CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES
AMABLE 030 DE 2015
CONTRATANTE: AMABLE Empresa Industrial y Comercial del Estado
NIT 900.333.837-1
CONTRATISTA: XXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX
Cédula 7.557.628 de Armenia Q.
Entre los suscritos a saber: AMABLE Empresa industrial y Comercial del Estado del orden Municipal de Armenia, identificada con NIT N° 900.333.837-1, domiciliada en Armenia, en la Xxxxxxx 00 # 00-00 xxxx 0x xxx Xxxxxx Administrativo Municipal y representada legalmente por XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXX, mayor de edad y vecina del municipio de Armenia Q., identificada con la cédula de ciudadanía N° 24.672.803, en su calidad de Gerente ( E ), debidamente facultada para celebrar contratos con base en lo señalado en el artículo 11 numeral 3 literal
c) de la ley 80 de 1993, en concordancia con los artículos 18 y 21 de los estatutos de la Empresa Industrial y Comercial del Estado AMABLE, y quien para los efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATANTE de una parte, y por la otra, XXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, mayor de edad y vecino de Armenia, identificado con C.C. N° 7.557.628 de Armenia Q, con domicilio en la urbanización LA ARCADIA casa 13 manzana 15 de la ciudad Armenia, quien en adelante para efectos de este contrato se llamará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato de prestación de servicios profesionales contenido en las cláusulas que a continuación se señalan, previas las siguientes consideraciones: 1) Que conforme al literal h) del numeral 4, del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, procede la contratación directa para la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, (...). 2) Que conforme al artículo 81 del decreto 1510 de 2013, para la prestación de servicios profesionales, la entidad estatal podrá contratar directamente con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato y que haya demostrado la idoneidad y experiencia directamente relacionada con el área de que se trate, sin que sea necesario que se haya obtenido previamente varias ofertas, de lo cual el ordenador del gasto deberá dejar constancia escrita. 3) Que la Empresa Industrial y Comercial del Estado AMABLE, requiere de los servicios profesionales topográficos para que acompañen los diferentes proyectos de obra civil y adquisición predial que se ejecutan en la implementación del proyecto SETP. 4) Que en cumplimiento de lo previsto en los numerales 7 y 12 del Artículo 25 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 20 del decreto 1510 de 2013, se realizaron los estudios previos, en los cuales se analizó la conveniencia, necesidad y la oportunidad para celebrar este contrato. 5) Que en la Empresa Industrial y Comercial del Estado el orden municipal “AMABLE”, no se cuenta con la planta de servidores públicos para desarrollar tareas topográficas para el desarrollo de los componentes del sistema. 6) Que para el cumplimiento del objeto de AMABLE y del documento CONPES 3572 de 2009, es necesario contar con el apoyo profesional de las actividades topográficas para el proyecto Sistema Estratégico de Transporte Público. 7) Que en virtud de lo anterior se invitó al topógrafo XXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX a presentar oferta. 8) Que una vez presentada la oferta y verificados los documentos aportados por el proponente se evidenció que cuenta con la idoneidad, capacidad y experiencia suficientes para desarrollar
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el objeto del contrato, razón por la cual es pertinente suscribir el presente contrato que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA. OBJETO: CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES TOPOGRAFÍCOS PARA APOYAR EL DESARROLLO DE LAS OBRAS DEL PROYECTO SETP. SEGUNDA. OBLIGACIONES DE LAS PARTES: A. OBLIGACIONES DEL
CONTRATANTE: 1) Realizar el pago convenido oportunamente y en el término estipulado en el contrato. 2) Realizar el seguimiento al cumplimiento del objeto del contrato a través del funcionario encargado de ejercer las labores de interventoría, vigilancia y control. 3) Exigir y verificar, por intermedio del funcionario designado para ejercer la vigilancia y control de la ejecución del contrato, el cumplimiento de las obligaciones del contratista frente al pago de los aportes al sistema de seguridad social en salud, pensión y riesgos laborales, así como de los aportes parafiscales (en caso de estar obligado a ello). B. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: En virtud del presente contrato el contratista se obliga a: 1) Prestar apoyo en el proceso de levantamiento topográfico básico con cinta y flexómetro de los terrenos, predios y áreas que intervenga AMABLE para la implementación del SETP. 2) Desarrollar la identificación predial y cotejo con cartas catastrales de los predios a intervenir en el desarrollo de las obras del proyecto SETP. 3) Elaborar en Autocad o programas similares dibujos y planos topográficos, entregándolos en medio magnético al equipo técnico. 4) Realizar cálculos de áreas y/o volúmenes de cantidades de obra. 5) Realizar la verificación documental en los archivos de la disponibilidad técnica de los predios a intervenir.
6) Incorporar en los planos del proyecto SETP imágenes paralelas (montajes) con las cartas catastrales y mapas de la ciudad. 7) Verificar las medidas de las áreas adquiridas en el proceso predial del SETP para su entrega al municipio. 8) Proyectar presentaciones en multimedia con imágenes de los levantamientos topográficos del proyecto cuando lo requiera la gerencia. 9) Disponer del equipo de cómputo, calculo, software y elementos básicos de medición para la elaboración de los dibujos y planos. 10) Apoyar la verificación en secciones reales para los andenes, vías y construcciones del proyecto SETP. 11) Acompañar técnicamente al equipo técnico en la definición de alturas, niveles, cotas, coordenadas, localización y demás aspectos topográficos de las obras del proyecto. 12) Prestar el apoyo técnico a la supervisión de los contratos en los proyectos de construcción del SETP. 13) Apoyar a la subgerencia la revisión y verificación del replanteo y de los levantamientos topográficos de los contratistas de obra en los proyectos que se ejecuten. 14) Apoyar al equipo de adquisición de predios en la revisión y verificación técnica de los avalúos que se realicen a los predios en proceso de adquisición. 15) Asistir a las reuniones que convoque la gerencia en que sea necesaria su presencia para brindar apoyo técnico. 16) Cumplir con los ítems del objeto y apoyar integralmente los procesos que se generen en el Sistema Estratégico de Transporte Público, complementarios o conexos. 17) Presentar informes donde relacione las actividades desarrolladas durante el periodo ejecutado en desarrollo del objeto contractual. 18) Estar afiliado al sistema de seguridad integral, y mantener los pagos al día durante la ejecución del contrato de prestación de servicios. 19) Xxxxxxx y asumir el compromiso de aplicar en todos sus comportamientos el Código de Ética de Xxxxxx E.I.C.E. TERCERA. VALOR Y FORMA DE PAGO: SIETE MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS MCTE ($7.200.000.00) incluido impuestos, se pagará mediante tres pagos parciales por cada mes de servicios al contratista en mensualidades vencidas de DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS MCTE ($2.400.000.oo) cada una incluido impuestos, previa entrega a satisfacción del informe de actividades del contratista aprobado por el interventor designado para ejercer la vigilancia y
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control del contrato. Cada pago se realizará dentro de los tres días (3) hábiles siguientes a la aprobación del informe respectivo, mediante transferencia bancaria a la cuenta informada para tal efecto por el contratista. PARÁGRAFO: Xxxxxx realizará en cada pago parcial los descuentos correspondientes a los tributos que cause este contrato. CUARTA. PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo de ejecución del presente contrato se estipuló por el término tres (3) meses, contados a partir de la suscripción del presente contrato, previa expedición del registro presupuestal. QUINTA. CAPACIDAD TÉCNICA Y CONTRACTUAL: EL
CONTRATISTA declara que tiene la capacidad legal para contratar con XXXXXX E.I.C.E., de conformidad con la Ley 80 de 1993 artículo 6°. Así mismo, que tiene la idoneidad y la experiencia suficiente para cumplir las obligaciones contempladas en el presente contrato. Se anexa al presente contrato la propuesta de servicios del contratista, en la cual se acredita su capacidad técnica para la prestación del servicio. SEXTA: TERMINACIÓN, MODIFICACIÓN E INTERPRETACIÓN
UNILATERALES: En el presente contrato se entienden incluidos los principios de terminación, modificación e interpretación unilaterales en los términos de los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993. SEPTIMA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: El contratista declara bajo la gravedad del juramento que no se encuentra incurso en ninguna causal de inhabilidad e incompatibilidad de las señaladas en los artículos 8, 9 y concordantes de la Ley 80/93, así como en la contemplada en el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 y artículos 1, 2, 3 y 4 de la Ley 1474 de 2011. OCTAVA. PRESTACIONES SOCIALES: El presente contrato no causa prestaciones sociales a cargo de la entidad contratante, de conformidad con el artículo 32 numeral 3 de la ley 80/93. NOVENA. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN: El contratista no podrá ceder, ni subcontratar sin previa autorización escrita del Contratante (artículo 41 Ley 80/93). DÉCIMA. MULTAS: AMABLE E.I.C.E. podrá imponer al contratista multas sucesivas diarias del uno por mil del valor total del contrato, por cada día xx xxxx, deficiencias o incumplimiento de las obligaciones que adquiere con este contrato. DÉCIMOPRIMERA: PERFECCIONAMIENTO Y REQUISITOS PARA LA
EJECUCIÓN: El presente contrato se entiende perfeccionado una vez suscrito y queda legalizado una vez expedido el correspondiente registro presupuestal. DÉCIMASEGUNDA CONTROL Y VIGILANCIA Y/O SUPERVISION: El
seguimiento de este contrato lo ejercerá quién designe la Gerencia de la Empresa, quien tendrá las siguientes funciones: a) Verificar el cumplimiento de las obligaciones, b) Verificar la afiliación al sistema de seguridad social y el correcto cumplimiento de los aportes en salud, pensión y riesgos profesionales del contratista y su equipo de trabajo, c) Certificar el cumplimiento a satisfacción de las obligaciones, para realizar cada uno de los pagos del contrato. d) Enviar a Amable E.I.C.E. Copias de los aportes al sistema de seguridad social, informes de actividades y demás actas que surjan en cumplimiento del objeto del contrato. DECIMOTERCERA. DOMICILIO Y LEYES: Para todos los efectos legales el domicilio es la ciudad de Armenia Quindío. Este contrato se rige por las normas civiles, la ley 80 de 1993 así como por la Ley 1150 de 2007 y el decreto 1510 de 2013. DECIMOCUARTA: IMPUTACION PRESUPUESTAL. El presente contrato
se cancelará con base en la disponibilidad presupuestal No. 0039 del 02 de enero de 2015, correspondiente al rubro gerencia del proyecto Personal de Apoyo Técnico Nro. 2.3.09.00.0.020. DECIMOQUINTA: CADUCIDAD: En caso de
incumplimiento del contratista que pueda afectar de manera grave y directa la ejecución del contrato y se evidencie que pueda conducir a su paralización, AMABLE E.I.C.E. podrá declarar la caducidad del mismo, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 18 de la ley 80 de 1993. DECIMOSEXTA:
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AUTONOMÍA TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA: EL CONTRATISTA actúa con
autonomía administrativa y financiera en el cumplimiento de sus obligaciones y, en consecuencia, no contrae ni él ni su personal relación laboral alguna con AMABLE
E.I.C.E. DECIMOSEPTIMA: PENAL PECUNIARIA: El incumplimiento parcial o total del contratista de las obligaciones emanadas de este contrato, tiene como sanción una pena pecuniaria equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato. DECIMOCTAVA: AFILIACIÓN A SEGURIDAD SOCIAL. Será responsabilidad del contratista afiliarse a salud y pensión, como lo estipula la ley 797 de 2002 y sus Decretos Reglamentarios. Será afiliado por la entidad al sistema de riesgos laborales, pero en todo caso, el contratista asumirá el pago de sus aportes y el del personal que dedique a la operación de la estación topográfica total en los términos xx xxx. DECIMONOVENA LIQUIDACIÓN: De conformidad con lo establecido en el artículo 217 del Decreto 019 de 2012, no es obligatoria la liquidación de este contrato. VIGESIMA. CLAUSULA DE INDEMNIDAD: El contratista se obliga a mantener indemne a AMABLE E.I.C.E. de cualquier reclamación proveniente de terceros que tengan como causa las actuaciones del contratista con ocasión de la ejecución de este contrato. En constancia se firma el presente contrato en Armenia Quindío, a los cinco (5) días del mes de enero de 2015.
XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXX
Gerente ( E ) Contratante
XXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX
Contratista
Contrato de prestación de servicios Profesionales No. 030 Proyectó y Elaboró: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx
Revisó: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx.
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