Contract
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE REGIRÁ LA LICITACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO CON PLURALIDAD DE CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN, DEL CONTRATO DE CESIÓN DE USO DE DETERMINADOS ESPACIOS LOCALIZADOS EN BIENES MUEBLES E INMUEBLES TITULARIDAD DE SFM, PARA SU EXPLOTACIÓN PUBLICITARIA
FECHA: 0 xx xxxxxxx 0000
PROCEDIMIENTO: ABIERTO
FORMA DE ADJUDICACIÓN: PLURALIDAD DE CRITERIOS PRIMANDO EL ECONÓMICO
NÚMERO DE EXPEDIENTE:
IMPORTE MÍNIMO DE LICITACIÓN: CANON MÍNIMO GARANTIZADO DE
25.000 €, MÁS VARIABLES DE ACUERDO LO DISPUESTO EN LOS PLIEGOS.
OBJETO: Cesión de uso de espacios en bienes muebles e inmuebles titularidad de SFM, para la explotación publicitaria de los mismos.
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: Consejo de Administración de SFM
X/ Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, 0. Xxx Xxxxxx. 00000 Xxxxx.
Tel. 000 00 00 00. Fax 000 00 00 00
I. DISPOSICIONES GENERALES
1.- OBJETO
El objeto del contrato es el definido en el apartado A del cuadro de Características xxx Xxxxxx (en adelante CCP), que forma parte integrante de este pliego.
La ubicación de los espacios que son objeto de cesión para su explotación publicitaria se definen en el apartado B del CCP.
En el contenido de este Pliego, cuando en el apartado B del CCP se definan varios inmuebles/espacios, la expresión inmueble/espacios se entenderá referida a todos y cada uno de ellos.
Las características técnicas del inmueble/espacio así como cualquier otro dato relacionado con el mismo, se definen en el apartado H del CCP.
Revestirán carácter contractual, por lo que deberán ser firmados, en prueba de conformidad, por el Adjudicatario, el presente Pliego de Condiciones Particulares y sus Anejos, planos y condiciones específicas de los inmuebles/espacios objeto de contratación, así como su oferta (económica y técnica).
La entrega de los inmuebles/espacios objeto de contratación se realizará mediante acta de entrega por ambas partes.
2.- ACTIVIDAD A DESARROLLAR
La actividad a desarrollar en el inmueble que es objeto de contratación será exclusivamente la señalada en el apartado C del CCP.
Una vez resuelto el presente procedimiento de contratación, el Adjudicatario podrá proponer a SFM, la realización de otras actividades complementarias, que requerirán siempre la aprobación expresa y por escrito de SFM.
El inicio de la actividad se deberá formalizar mediante acta específica, a firmar entre representantes con poderes suficientes para dicho acto, de SFM y del Adjudicatario.
3.- PLAZO DE VIGENCIA DEL OBJETO DE CONTRATACIÓN
La vigencia del objeto de contratación, será la indicada en el apartado D del CCP.
Se podrá prorrogar la duración de la vigencia, si así se recoge en el citado apartado, mediante acuerdo previo y expreso de las partes, con las limitaciones establecidas en los artículos 46 y 47 de la Ley 6/2001, de 11 xx xxxxx, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balears.
4.- OFERTA TÉCNICA
Cada licitador acreditará suficientemente su capacidad financiera, técnica, económica y profesional, que considere necesaria para desarrollar la actividad indicada en el apartado C del CCP, para lo cual aportará información detallada sobre:
• Persona física o Jurídica
• Actividad a desarrollar
• Marca (en el caso de desarrollar la actividad bajo una Marca)
En todo caso deberá presentar obligatoriamente, los datos y documentación necesaria para valorar los aspectos definidos específicamente en el apartado K del CCP.
Los licitadores cumplimentarán, cuando así esté definido en el apartado K del CCP, el modelo de Cuenta de Explotación Provisional por cada uno de los años de vigencia del contrato con los datos previstos de la actividad a desarrollar en el inmueble/espacio objeto de contratación.
En el caso de que, en el apartado C del CCP, se admitan propuestas de actividades complementarias a la principal en el momento de la presentación de la oferta, deberá
incluirse, cuanta información detallada se las mismas sea necesaria para valorar la aceptación por parte de SFM de dichas actividades.
Los licitadores podrán aportar cuanta información relativa a su empresa o a la actividad a desarrollar en el inmueble relativa a su empresa o a la actividad a desarrollar en los inmuebles/espacios objeto de contratación, consideren necesario para la mejor valoración del conjunto de su oferta.
5.- OFERTA ECONÓMICA
El tipo xx xxxxx admitido será, exclusivamente, el indicado en el apartado L del CCP.
A la renta que resulte adjudicada se le añadirá el importe del IVA que reglamentariamente corresponda en cada caso y momento.
Será facultad de SFM rechazar aquellas Proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras, que impidan conocer claramente todo aquello que SFM estime fundamental para considerar la Oferta.
Cada licitador sólo podrá presentar una proposición económica, salvo indicación en contra definida en el apartado L del CCP.
Tampoco podrán suscribir ninguna oferta conjunta con otros licitadores si lo ha hecho individualmente. La contravención de este principio producirá la desestimación de todas las ofertas presentadas por el licitador.
La renta anual contratada, a abonar a SFM, se actualizará cada uno de enero en base a las variaciones que experimente el Índice General de Precios al Consumo que publique el Instituto Nacional de Estadística u Organismo que, en el futuro, pudiera sustituirle. En el caso xx xxxxxx variables con mínimo garantizado, será la renta mínima la cantidad a actualizar.
5.1.- Rentas variables
Cuando el tipo xx xxxxx admitida consista en renta variable (en todo o en parte), en el apartado L del CCP se definirá la renta mínima garantizada y, en el apartado M del CCP se definirá la consideración y tratamiento a efectos de valoración de la oferta.
No se admitirán rentas variables para aquellos inmuebles/espacios donde no se realice actividad de venta al público directamente.
Solo se admitirán ofertas con renta variable cuando el licitador, en el caso de ser adjudicado, se comprometa formalmente a facilitar a SFM, para cada ejercicio durante el cual esté vigente el contrato, información auditada sobre el volumen de ventas brutas del año. El adjudicatario se compromete asimismo, a permitir a SFM el examen de los justificantes y documentación que ésta pueda interesar para comprobar la veracidad de la información facilitada.
En caso de que el adjudicatario con renta variable, dejase de presentar a SFM información auditada de algunos de los ejercicios de vigencia del contrato, según se establece en el párrafo anterior, conllevará la modificación de la renta variable en renta fija durante el resto de la vigencia del contrato, tomando como valor la renta mínima garantizada del último ejercicio, con un incremente del CINCUENTA POR CIENTO (50%), sin perjuicio de la consideración de incumplimiento contractual, que podrá dar lugar a la inmediata resolución del Contrato, con ejecución de la garantía adicional depositada.
II. LICITACIÓN
6. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
La contratación se llevará a cabo mediante el procedimiento y forma de adjudicación que se indica en el apartado F del CCP.
En el caso de que la presente contratación no llegara a adjudicarse por falta de licitadores, porque las proposiciones presentadas se hayan declarado inadmisibles o bien porque habiendo sido adjudicado, el licitador no cumpla las condiciones necesarias para llevar a cabo la formalización del contrato, siempre que no hubiera transcurrido más de un año desde la licitación y se realice con sujeción a los mismos precios y condiciones anunciados, se procederá, previa autorización del Consejo de Administración de SFM, a realizar la
contratación por el procedimiento negociado sin publicidad invitando, cuando sea posible, a un mínimo de 3 candidatos.
6.1. Perfil del Contratante
El acceso a este pliego es posible a través del Perfil del Contratante publicado en INTERNET cuya dirección es xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxx.xx/
Asimismo han de ser objeto de publicación en el perfil del contratante el anuncio de licitación y la adjudicación.
Con independencia de lo anterior también se procederá a la publicación del procedimiento en el BOIB, cuyo importe deberá ser abonado por el adjudicatario y si los hubiera también en la prensa diaria.
7. REQUISITOS Y CAPACIDAD DE LOS LICITADORES
Podrán tomar parte en el presente procedimiento las personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, que tengan capacidad de obrar plena y reúnan los requisitos enumerados en el apartado 9.2.1 de este pliego (sobre nº 1 Documentación General) y en el apartado G del CCP.
Asimismo cuando se estime necesario, SFM podrá solicitar a los licitadores acreditación suficiente de solvencia económica, financiera y técnico o profesional, para realizar la actividad a desarrollar en el objeto de contratación, con independencia de lo solicitado expresamente en el apartado K del CCP.
8. GARANTÍA PROVISIONAL
Para poder participar en este proceso de contratación, cada licitador habrá de constituir una garantía provisional por el importe figurado en el apartado J del CCP, en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), acompañándose a la oferta en el sobre nº 1.
Esta garantía responderá del cumplimiento por el licitador de todas las condiciones establecidas en el presente proceso, en especial de la veracidad de la oferta que presente y del mantenimiento de la misma.
Las garantías presentadas en este proceso por los licitadores que no resultaran adjudicatarios, serán devueltas inmediatamente después de la comunicación de la adjudicación.
El adjudicatario recuperará la garantía provisional en la misma fecha en que presente la garantía adicional, y cuando proceda, la fianza legal, establecidas para suscribir el contrato con SFM.
9. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
9.1. Presentación
Los licitadores deberán presentar su oferta, en la forma, plazo y lugar indicados en el anuncio de licitación y apartado I del CCP.
Las proposiciones se ajustarán a lo establecido en este Pliego. Su presentación supone por parte del licitador la aceptación incondicional de las cláusulas de este Xxxxxx y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con SFM.
Ningún licitador podrá suscribir proposición en unión temporal con otros licitadores si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una unión temporal.
9.1.1. ACEPTACIÓN DE LA LICITACIÓN
La mera presentación de proposiciones implica , por parte del firmante de la oferta, la aceptación, sin reserva, del contenido del presente documento y sus Anejos, así como el compromiso de suscribir el correspondiente contrato, en la fecha que SFM le indique caso de resultar adjudicatario.
El incumplimiento por el adjudicatario de las obligaciones que adquiere en virtud de la presentación de su oferta, dará lugar a la pérdida de la garantía provisional a favor de SFM.
9.2. Documentos y sobres a presentar
Las ofertas constarán de TRES sobres, cerrados y firmados por el licitador o persona que le represente, cada sobre contendrá un índice de su contenido.
En cada uno de los cuales hará constar:
9.2.1. SOBRE NÚMERO 1: Documentación General.
En forma bien visible se consignará en la portada del sobre lo siguiente:
SOBRE Nº 1
DOCUMENTACIÓN GENERAL
Título del Contrato:
Referencia completa del expediente consignado en el Anuncio de licitación del BOIB y número de expediente.
Licitador: (Denominación y NIF/C.I.F.) Fecha y Firma:
Los documentos deberán ser originales o copias autenticadas por notario o autoridad administrativa competente y deberán estar escritos en una de las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balears o traducidos oficialmente a una de ellas.
En él se incluirán todos los Documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos para licitar.
En el sobre se hará constar su respectivo contenido en un índice y el nombre del licitador.
1.- Documentos acreditativos de la capacidad de obrar.
La capacidad de obrar de los empresarios que sean persona jurídica se acreditará mediante escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación se realizará mediante escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Fotocopia compulsada del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) correspondiente a la actividad objeto del contrato, del documento acreditativo del pago del último recibo y CIF.
Los empresarios individuales deberán presentar fotocopia legitimada notarialmente del Documento Nacional de Identidad.
Los empresarios extranjeros acreditarán su capacidad de obrar en la forma establecida en el artículo 61 del TRLCSP.
Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el punto 2 del Anexo I del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RLCAP).
2.- Documentos que acrediten, en su caso, la representación.
Los que firmen proposiciones en nombre de otro presentarán la Escritura de Poder inscrita en el Registro Mercantil y fotocopia legitimada notarialmente del Documento Nacional de Identidad del firmante de la proposición.
La Escritura de poder del representante de la empresa será bastanteada por los Servicios Jurídicos de SFM en el momento de la apertura de la documentación general correspondiente al sobre nº 1.
3.- Compromiso de constitución en Unión Temporal de Empresas, en su caso.
En el supuesto de que dos o más empresas presenten oferta conjunta de licitación, cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar su personalidad y capacidad por separado. Asimismo deberán aportar un documento privado en el que asuman el compromiso de constituirse en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que lo suscriban, su participación en la misma, así como la designación de la persona o entidad, que durante la vigencia del contrato ostentará la representación de todos los firmantes frente a SFM.
El documento de compromiso deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la futura unión.
4.- Resguardo acreditativo de la constitución de fianza provisional.
De acuerdo con lo indicado en el apartado 8 de este Pliego.
5.- Documento acreditativo del cumplimiento de las obligaciones tributarias para con la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balear.
Se presentará declaración responsable que acredite que el licitador se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias para con la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balears, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 6 del Decreto Autonómico 147/2000, de 10 de noviembre, sobre Contratación de la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balears
6.- Documento acreditativo de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar con la Administración.
Se presentará certificación otorgada ante una autoridad administrativa x xxxxxxx público, o bien Testimonio judicial o certificación administrativa o declaración responsable, que
acredite que la empresa no está incursa en las prohibiciones para contratar con la Administración enumeradas en el artículo 49 del TRLCSP.
7.- Documento acreditativo del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social de la Administración General del Estado.
Certificación administrativa emitida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria acreditativa de que está al corriente de sus obligaciones tributarias ante ésta, adecuada a la normativa vigente.
Certificación administrativa emitida por la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativa de que está al corriente de sus obligaciones ante ésta, y adecuada a la normativa vigente.
8.- Documento acreditativo de no estar incurso el licitador en causa de incompatibilidad.
Se presentará testimonio judicial, certificación administrativa, o declaración responsable que acredite que no forma parte de los órganos de gobierno de la entidad licitadora, persona alguna de aquellas a las que se refiere la Ley 2/1996, de 19 de noviembre, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balears.
Si se trata de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad está prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse la documentación precedente por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
9.- Declaración de sumisión a la Jurisdicción española
Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de sumisión a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto, puedan surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
10.- Sucursal en España.
Las empresas extranjeras no comunitarias deberán acreditar que tienen abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
9.2.2. SOBRE NÚMERO 2: Documentación Técnica.
En forma bien visible se consignará en la portada del sobre lo siguiente:
SOBRE Nº 2
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
Título del Contrato:
Referencia completa del expediente consignado en el Anuncio del licitación del BOIB y número de expediente.
Licitador:(Denominación y C.I.F.) Fecha y Firma:
Contendrá los datos y la documentación necesaria para valorar los aspectos definidos en el
apartado K del CCP.
Asimismo, se podrá agregar cualquier otra información que considere el licitador de interés para esta convocatoria.
9.2.3. SOBRE NÚMERO 3: Proposición Económica.
SOBRE Nº 3
PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Título del Contrato:
Referencia completa del expediente consignado en el Anuncio de licitación del BOIB y número de expediente.
Licitador:(Denominación y C.I.F.) Fecha y Firma:
9.2.3.1. PROPOSICIÓN ECONÓMICA
La proposición económica se presentará exclusivamente en el modelo que figura como
ANEXO B en el CCP.
La oferta económica será firmada por la persona interesada o por el representante de la Sociedad facultado para ello y sellada con el sello de la Empresa.
9.2.3.2. PREVISIÓN DE CUENTA DE EXPLOTACIÓN
Cuando en el apartado K del CCP, se solicite cuenta de explotación previsional de la actividad a desarrollar en el inmueble objeto de contratación, se incluirá en este sobre nº 3, cumplimentado, por cada uno de los años de vigencia del contrato, el modelo que figura como ANEXO D al CCP.
10. VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas presentadas, mantendrán su validez, durante el plazo establecido en el apartado Ñ
del CCP, contado a partir de la fecha de apertura de las ofertas económicas.
11. CONSULTA Y ACLARACIONES
Los interesados en la licitación podrán examinar tanto el presente pliego, como los restantes documentos obrantes en el expediente, en la Dirección de SFM, sita en X/ Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx 0, Xxxxx xx Xxxxxxxx (Xxxxxx) de 9 a 14 horas de lunes a viernes. Asimismo los Pliegos que rigen la presente licitación, serán publicados en el perfil del contratante de esta entidad.
Como resultado de las consultas planteadas, si SFM lo estimase conveniente, se publicarán las oportunas notas aclaratorias en el mencionado perfil del contratante, al que las empresas interesadas en participar en el procedimiento deberán prestar la debida atención durante todo el proceso de licitación bajo su total y exclusiva responsabilidad.
Por lo demás, se recomienda a los potenciales licitadores que, con el objetivo de recibir información directa acerca de las novedades que pudieran acontecer en el presente procedimiento, remitan un fax dirigido al Servicio Jurídico y de Contratación de SFM (nº 871930001/3) en el que se consigne con claridad los datos del procedimiento en cuestión, así como aquella información relativa a la empresa que permita comunicarle tales novedades. Estos datos serán, como mínimo, los siguientes:
Procedimiento de licitación en el que se pretende participar.
Empresa interesada en la licitación (CIF).
Persona de contacto (con indicación del nombre, DNI y cargo).
Dirección, fax y correo electrónico.
Importante: Para visitar las instalaciones se fijará día y hora, previa cita a concretar con el Técnico correspondiente. Para concertar citas, pueden contactar mediante la dirección de correo: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.
12. MESA DE CONTRATACIÓN
El Órgano de Contratación, salvo en los procedimientos negociados sin publicidad, estará asistido por una Mesa de Contratación que será el órgano competente para la valoración de las ofertas que, previos los trámites que se establezcan, elevará a aquél la correspondiente propuesta.
13. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Las ofertas se presentarán en mano en el lugar y plazo indicado en el apartado I del CCP. No siendo admitidas ofertas presentadas de otra forma y/o fuera de dicho lugar y plazo.
La presentación de la oferta implicará la aceptación, por parte del licitador, de las condiciones del presente Xxxxxx, y de la declaración de que reúne todas y cada una de las condiciones necesarias para que le sea adjudicado el objeto de este Proceso.
14. APERTURA DE PROPOSICIONES
14.1. Apertura sobres Documentación General y Técnico (sobre nº 1 y 2)
Concluido el plazo de presentación de ofertas recogido en los anuncios de licitación se procederá, acto seguido a la apertura y lectura pública de las mismas en la Mesa de Contratación constituida al efecto y que tendrá al menos 4 miembros (Presidente, dos vocales y un secretario). Dicho acto de apertura tendrá lugar el día y hora indicados en el anuncio de licitación, en la Sala de Juntas de Son Xxxxxx. Los sobres número 1 se abrirán con anterioridad en acto privado, sin asistencia de los licitadores para la calificación de la documentación integrante.
La documentación aportada será examinada y declarada bastante, en su caso, por la Mesa constituida al efecto, pudiéndose, también en su caso, otorgar un plazo de 3 días para subsanar los defectos no esenciales apreciados, con apercibimiento de exclusión en caso de no efectuar dicha subsanación. Si la documentación contuviese defectos sustanciales o diferencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición, comunicándoselo a los interesados.
14.2. Apertura sobre Proposición Económica (sobre nº 3)
Se procederá a la apertura y lectura públicas de las “Proposiciones Económicas” (sobre nº 3) de aquellos licitadores no excluidos, en el lugar, fecha y hora indicado en el apartado N del CCP.
15. VALORACIÓN
15.1. Criterios de valoración
Los criterios de valoración del presente proceso y valoración global de las ofertas se realizarán conforme a lo indicado en el apartado M del CCP.
15.2. Valoración de las ofertas
La Mesa de Contratación podrá solicitar a los técnicos que considere oportuno la elaboración de los informes de valoración de las ofertas técnicas y económicas de las ofertas presentadas y consideradas por la Mesa como válidas y formulará una Propuesta de Adjudicación que el Director-Gerente elevará al Consejo de Administración de SFM. La propuesta de adjudicación no creará derecho alguno a favor del adjudicatario propuesto.
15.2.1. OFERTA TÉCNICA
Se realizará la valoración de cada uno de los aspectos definidos en el apartado K del CCP y con los criterios de valoración definidos para cada apartado en el apartado M del CCP, en base a los datos proporcionados por el licitador sobre cada uno de los aspectos de la Oferta Técnica presentada y cualesquiera otros extremos que se consideren de interés.
La valoración máxima por este concepto será la definida en el apartado M del CCP.
15.2.2. OFERTA ECONÓMICA
SFM establecerá una valoración que será proporcional al importe económico de la oferta más elevada.
El criterio de valoración de las ofertas con renta variable vendrá determinada en el apartado M del CCP.
La valoración máxima por este concepto será la definida en el apartado M del CCP.
16. PROCEDIMIENTO NEGOCIADO
16.1. Aspectos a negociar
Cuando en el apartado F del CCP se defina que el proceso de contratación es Negociado, se indicarán en el mismo los aspectos objeto de negociación.
16.2. Proceso de negociación
El órgano de contratación negociará con los licitadores las ofertas que éstos hayan presentado para adaptarlas a los requisitos indicados en el presente Pliego y CCP:
Este proceso se podrá realizar de forma sucesiva, a fin de reducir progresivamente el número de ofertas a negociar o adecuación de las ofertas a los requisitos indicados.
Se realizará la valoración de las ofertas presentadas según lo indicado en el apartado 15 de este Pliego.
En el expediente deberá dejarse constancia de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo.
17. Adjudicación
Una vez obtenida la valoración total (Técnica y Económica), la oferta adjudicada será la que obtenga mayor valoración. En caso de igualdad en la valoración total tendrá preferencia la oferta con mayor valoración técnica.
La Propuesta de adjudicación de la Mesa de Contratación servirá de base para que el órgano de contratación adopte el correspondiente acuerdo, pudiendo, no obstante, apartarse de la propuesta o declarar desierta este proceso, motivando en todo caso su resolución, sin que ello genere derechos para los licitadores participantes.
17.1. COMUNICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
Dentro del mes siguiente a la fecha de apertura de las ofertas económicas SFM notificará la adjudicación a los licitadores.
17.2. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS
El adjudicatario queda obligado, dentro de los diez días hábiles, contados desde el día siguiente a la notificación de la adjudicación, a presentar la siguiente documentación:
a) En el caso de que varias Empresas se hayan presentado como Unión Temporal deberán presentar la escritura de constitución de la Unión Temporal designando a la persona que ha de ostentar la representación de la Unión Temporal.
b) Constitución de la garantía definitiva conforme al apartado J del CCP, en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 del TRLCSP.
c) Pago del importe de los anuncios de licitación, en su caso.
En el caso de que el licitador seleccionado no presentase en el plazo indicado los documentos exigidos o éstos fuesen incorrectos se le comunicará que la selección ha quedado sin efecto alguno, perdiendo la fianza provisional.
En tal caso el Órgano de Contratación, podrá seguir el proceso de adjudicación, seleccionando la siguiente mejor oferta.
18. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El adjudicatario queda obligado a formalizar el contrato dentro del plazo xx xxxx días hábiles, contado desde la notificación de la adjudicación, previa la presentación de la documentación exigida en el apartado 17 de este Pliego. Queda obligado a comparecer para suscribir el contrato el día, la hora y en el lugar que se indique.
Si el Adjudicatario desistiese de firmar el contrato con SFM, además de proceder a la ejecución de la fianza provisional, podrá adjudicar el contrato a la segunda mejor oferta.
III DISPOSICIONES FINALES
19. CONDICIONES DEL CONTRATO
Las condiciones del contrato a firmar con el Adjudicatario serán las incluidas en el modelo que se adjunta como ANEXO D al CCP.
Las principales condiciones del contrato, así como cualquier otra circunstancia específica del mismo, se definen en el apartado O del CCP.
El contrato entrará en vigor en la fecha de su otorgamiento, a partir de la cual surtirá los efectos jurídicos y económicos que le sean propios.
19.1. NATURALEZA JURÍDICA
El contrato es de carácter privado y se regirá por sus propios términos y pactos contenidos en sus condiciones particulares y, subsidiariamente, por la Xxx 00/0000, xx 00 xx xxxxxxxxx, xxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx y su Reglamento de desarrollo, por la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos y en lo no dispuesto en estas normas por lo establecido en la Ley 6/2001, de 11 xx xxxxx, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balears y demás normas legales que les sean de aplicación.
19.2. CESIÓN
El Adjudicatario no podrá ceder, traspasar ni subcontratar, por ningún título el objeto de esta licitación, salvo que SFM lo autorice expresamente por escrito.
La cesión, traspaso o subcontratación inconsentidos serán causa suficiente para la resolución del contrato.
19.3. PUESTA A DISPOSICIÓN DE LOS INMUEBLES/ESPACIOS E INICIO DE LA ACTIVIDAD
La entrega de los inmuebles/espacios se realizará a partir de la adjudicación y una vez formalizado el contrato correspondiente. Se establecerá un acta con la fecha de entrega concreta.
Para el inicio de la actividad el Adjudicatario garantizará la puesta en servicio de la actividad, como máximo, dentro del plazo de 15 días desde la entrega del local y una vez realizadas en ese plazo, en su caso, las obras propuestas en su oferta y consentidas por SFM, salvo indicación expresa que figure en el apartado O del CCP. La fecha de inicio de la actividad constará en un Acta que firmarán las partes contratantes.
19.4. LICENCIAS Y OBRAS
El Adjudicatario deberá obtener y solicitar, por su propia cuenta, todas las licencias y autorizaciones necesarias para desarrollar la actividad.
Serán por cuenta y cargo del Adjudicatario la realización de las obras necesarias para la adaptación del inmueble, siendo amortizadas tales inversiones de forma lineal y constante durante la vigencia del contrato.
El Adjudicatario deberá presentar a SFM la justificación documental de la inversión efectuada, diferenciada por obra civil y mobiliario (facturas conformadas y justificantes de pago debidamente autenticados) tanto de la puesta en marcha de la actividad como de las inversiones que realice a lo largo del período de vigencia y que hubieran sido propuestas en su oferta.
19.5. CAMBIO DE INMUEBLE/ESPACIOS Y RESOLUCIÓN POR OBRAS.
Si por necesidades del servicio público ferroviario, o en virtud de disposiciones administrativas, o en ejecución de planes urbanísticos, o a consecuencia de las obras de remodelación de los bienes objeto de explotación, SFM precisase ocupar el inmueble arrendado, el Adjudicatario se compromete a devolver su posesión a SFM, libre de cualquier responsabilidad, al primer requerimiento que SFM le dirija.
En tal supuesto, y siempre que sea posible, SFM ofrecerá un inmueble alternativo al Adjudicatario, pudiendo éste optar por resolver, en cuanto al inmueble afectado, o por continuar desarrollando su actividad previo el traslado al nuevo inmueble y continuación de la actividad, sin derecho a indemnización por alguna parte de SFM.
El contrato quedará resuelto, en cuanto al inmueble afectado, para el caso de que la magnitud y características de las obras a realizar en la Estación en cuestión, impidiesen a SFM ofrecer
al Adjudicatario un inmueble alternativo para su traslado y cambio de ubicación. La resolución por esta causa no generará derecho a indemnización alguna y el Adjudicatario expresamente se manifiesta con este pacto.
19.6. SEGUROS.
El Adjudicatario tomará a su cargo durante toda la vigencia del contrato, una póliza de seguro de incendio y otros daños a los bienes y una póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos de cualquier tipo de daños o perjuicios causados, durante la realización de las obras y en el ejercicio de la actividad que garanticen, en caso de siniestro, el abono de la indemnización correspondiente hasta el importe mínimo de 100.000 €. En dichas pólizas se designará a SFM como beneficiario de las mismas, por lo que será éste el que, en su caso perciba directamente las indemnizaciones que abone la compañía de seguros, aplicándolas a la reconstrucción y/o reparación del inmueble e instalaciones siniestradas. Si los gastos de reparación y/o reconstrucción fueran superiores al importe de la indemnización, el Adjudicatario cubrirá la diferencia.
19.7. UTILIZACIÓN DE MARCAS
El adjudicatario deberá probar a SFM, estar en posesión de los títulos que le legitimen para utilizar y disponer de la marca y de la imagen de la misma que oferte, aportando la documentación que lo acredite.
SFM para la difusión informativa de la actividad comercial, podrá solicitar al Adjudicatario, los derechos de uso de éstas.
SFM con objeto de mejorar la promoción comercial conjunta de las estaciones requerirá al Adjudicatario el uso del Logo Comercial propiedad de SFM que éste determine, tanto en el exterior del inmueble, bolsas, etiquetas, papelería, etc. Como en la publicidad de campañas promocionales de cualquier tipo.
19.8. GASTOS Y TRIBUTOS
Serán por cuenta del Adjudicatario la totalidad de los tributos de cualquier clase que, en la actualidad gravan, o puedan gravar en el futuro, el ejercicio de la actividad a desarrollar en el inmueble o que recaigan o puedan recaer sobre el inmueble ocupado, aunque se hubieran liquidado a SFM. Igualmente serán por cuenta del Adjudicatario los gastos y tributos que puedan recaer sobre este contrato o sobre cualquiera de las operaciones físicas o jurídicas que motive.
19.9. SUMINISTROS
El consumo eléctrico será a cargo del Adjudicatario, según lo indicado en el apartado O del CCP.
El Adjudicatario renuncia a reclamar a SFM los posibles daños y perjuicios que le puedan ocasionar las incidencias de cualquier clase en estos suministros siempre que dichas incidencias no se deban a causas imputables a SFM.
19.10. FINALIZACIÓN DE LA VIGENCIA
Finalizada la vigencia del contrato, si el Adjudicatario no dejase libre el inmueble con entrega de llaves a SFM, éste podrá imponer al Adjudicatario el pago de una indemnización en concepto de daños, por ocupación indebida del inmueble, hasta un importe igual a una anualidad de la renta.
Esta indemnización se hará efectiva a SFM con independencia de la ejecución de la fianza.
19.11. OBLIGACIONES ESPECIALES DEL ADJUDICATARIO RELATIVAS A LA VIGENCIA EN AQUELLOS INMUEBLES/ESPACIOS DONDE SE REALICE ACTIVIDAD DE LA VENTA AL PÚBLICO DIRECTAMENTE
Finalizada la vigencia del contrato o, en su caso, la/s prórrogas/s concedida/s, el Adjudicatario estará obligado a continuar explotando la actividad, hasta que se produzca una nueva adjudicación, en las mismas condiciones económicas que el último año de vigencia, Si en el plazo de TRES MESES, no fueran ocupadas las superficies por el nuevo Adjudicatario, se dará por concluido el contrato.
Dicha continuidad temporal en la explotación de la actividad no podrá suponer un exceso de los límites temporales establecidos en la Ley 6/2001, de 11 xx xxxxx, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balears.
Cuando sea el Adjudicatario quien formule la resolución anticipada del contrato, vendrá obligado a preavisar a SFM al menos SEIS MESES antes de la fecha en que sea efectiva la resolución, manteniendo la actividad durante dicho período, con el fin de permitir a SFM la formalización de una nueva adjudicación. Además del preaviso indicado en el párrafo anterior deberá indemnizar a SFM con hasta seis meses de la renta vigente.
19.12. RESTO DE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES
En el modelo de contrato que se adjunta como ANEXO D al CCP, se incluyen otras condiciones contractuales referentes, entre otras, a retirada de residuos que se generen como consecuencia de la realización de obras privativas en el inmueble y/o por la realización de la actividad, novación de los pactos y condiciones establecidos en el contrato, publicidad y rótulos, prohibiciones, medidas de seguridad, uso y conservación del inmueble, jurisdicción, etc.
IV ANEJOS
Forman parte integrante del presente Pliego de Condiciones Particulares los siguientes ANEJOS:
ANEJO 1: Cuadro de Características xxx Xxxxxx.
ANEJO 2: Modelo de carta compromiso. Este modelo se incluirá en el sobre nº 1 de la Oferta ANEJO 3: Relación de soportes y elementos de señalización en las estaciones de SFM. ANEJO 4: Relación de material móvil.
ANEJO 5: Características técnicas de los soportes disponibles para explotación publicitaria.
ANEJO 1
AL PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES “CUADRO DE CARACTERÍSTICAS XXX XXXXXX” (CCP)
ANEJO 1
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS XXX XXXXXX
CCP
A. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
Cesión de espacios físicos de bienes mueble e inmuebles titularidad de SFM, para su explotación publicitaria
B. UBICACIÓN
Los espacios disponibles para la explotación publicitaria son los reseñados en el punto H.
C. ACTIVIDAD A DESARROLLAR
Explotación de espacios publicitarios en los trenes, espacios disponibles en estaciones e instalación y mantenimiento de nuevos soportes para la explotación publicitaria en las instalaciones de SFM.
D. PLAZO DE VIGENCIA
La duración del contrato será de dos años prorrogable anualmente por mutuo acuerdo hasta un máximo de cuatro años, contando las posibles prórrogas.
E. IMPORTE DE LICITACIÓN
El canon anual mínimo por el conjunto global de la explotación que deberá garantizarse en las ofertas será de 25.000 €/año. Asimismo, se ofertará un canon variable sobre la tarifa de precios de comercialización de los espacios. Serán con cargo al adjudicatario los costes derivados del consumo eléctrico de los soportes instalados.
F. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
Procedimiento: Abierto
Adjudicación: Con varios criterios
G. CAPACIDAD Y REQUISITOS DE LOS OFERTANTES
Sólo se podrán presentar aquellas personas físicas o jurídicas, que tengan como actividad principal o secundaria la definida en el Apartado C.
H. REQUISITOS TÉCNICOS DEL PROYECTO
H.1. ÁMBITO DE ACTUACIÓN
El ámbito de actuación, tal y como se define en el objeto, se circunscribe a las instalaciones y trenes de la red de SFM según los siguientes ámbitos de gestión y explotación:
− Gestión y explotación de la publicidad en soportes MUPIS (soporte publicitario que aprovecha el espacio disponible en un elemento de mobiliario urbano), OPIS (soporte exclusivamente con fines publicitarios) y vallas publicitarias.
− Gestión y explotación de la publicidad interior y exterior de los trenes.
− Gestión y explotación de la exhibición publicitaria en las instalaciones de la red ferroviaria de SFM.
Queda excluida la instalación y explotación de OPIS y vallas en el corredor ferroviario Palma-Inca-Sa Pobla.
H.2. CRITERIOS GENERALES PARA TODOS LOS ÁMBITOS DE ACTUACIÓN
El adjudicatario desarrolla su actividad como empresa independiente y autónoma, sin que ello suponga el establecimiento de ningún vínculo asociativo entre las partes contratantes.
El adjudicatario presentará las campañas publicitarias con la indicación de contenidos, inicio y duración de la publicidad para la aprobación por parte de SFM; la aprobación o rechazo de la campaña SFM la dará en un plazo máximo de tres días laborables.
H.2.1. Campañas publicitarias excluidas
En el ejercicio de la actividad de publicidad tendrán que respetarse los principios que, en materia de publicidad general, limiten el libre ejercicio. Se tendrá que cumplir lo que disponga la normativa específica que regule la publicidad de determinados productos, bienes, actividades y servicios.
Quedan expresamente excluidas las campañas con los siguientes contenidos:
− Publicidad de productos del tabaco
− Publicidad de bebidas alcohólicas de más de 20°.
− Publicidad que presente una imagen negativa del transporte público.
− Publicidad que atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores y derechos reconocidos en la Constitución y, especialmente, los relativos a la infancia, la juventud y la mujer.
− Publicidad engañosa.
− Publicidad desleal con los competidores.
Sin perjuicio de las limitaciones transcritas que resultarán siempre y en cualquier caso de aplicación, SFM podrá dirigirse a la adjudicataria solicitando la retirada de aquellas campañas que estime inadecuadas, concretando los motivos de tal solicitud. En el supuesto que el anunciante o intermediario publicitario contratante del servicio se opusiera a tal retirada, SFM procederá unilateralmente a su retirada, y los costes derivados serán repercutidos aI adjudicatario.
El adjudicatario se obliga a trasladar el presente compromiso a la totalidad de los contratos de publicidad que subscriba, con el fin de que cualquier contratante del servicio quede también sujeto a la obligación de retirada de publicidad.
H.2. ESPACIOS PARA LA EXHIBICIÓN Y EXPLOTACIÓN PUBLICITARIA:
H.2.1. Relación de estaciones:
− Intermodal xx Xxxxx
− Xxxxxx Xxxxxxxxx
− Son Xxxxx-Son Fortesa
− Son Xxxxxx
− Verge de Lluc
− Pont d’Inca
− Pont d’Inca Nou
− Polígono de Marratxí
− Marratxí
− Es Caülls
− Santa Xxxxx
− Binissalem
− Alaró-Consell
− Lloseta
− Inca
− Enllaç
− Llubí
− Muro
− Sa Pobla
− Sineu
− Petra
− Manacor
− Son Xxxxxx Xxxx
− Polígono de Son Xxxxxxxx
− Gran Vía Xxxxx
− Camí dels Xxxx
− Son Sardina
− UIB
H.2.2. Tipología de los soportes:
En la actualidad, SFM dispone de los siguientes espacios y/o soportes susceptibles de ser explotados publicitariamente:
Material móvil:
Constituido por los trenes que prestan el servicio de transporte de viajeros en toda la red ferroviaria. La explotación publicitaria es posible tanto con publicidad aplicada en el exterior de la unidad, como en el interior: en las pantallas LCD, en los reposacabezas de los asientos y/o en otros soportes que puedan ser instalados sin perjuicio de la seguridad de los viajeros y la integridad del vehículo (ver ANEJO correspondiente en el que se detallan las unidades- tren en explotación).
Estaciones:
a) Pantallas LCD
b) Accesos: escaleras mecánicas y ascensores
c) Marquesinas xx xxxxxx
d) Otros: OPIS, marquesinas de hormigón, cerramientos y paredes.
Otros:
La empresa adjudicataria podrá proponer la instalación de nuevos soportes como: MUPIS, OPIS, vallas publicitarias y otros elementos que permitan la exhibición publicitaria.
La instalación de estos nuevos soportes para su explotación, supondrá también su mantenimiento, conservación y/o reposición, sin coste adicional para SFM. A la finalización del contrato, la propiedad de estos soportes no revertirá a SFM.
H.2.3. Requisitos para la instalación de nuevos soportes publicitarios:
a) SFM facilitará los locales y espacios donde se puedan instalar los soportes, así como las tomas para las conexiones eléctricas necesarias para el correcto funcionamiento de los mismos. Los soportes con iluminación propia deberán contar con un interruptor magneto térmico y un diferencial. La instalación se realizará según las indicaciones técnicas de SFM.
En la oferta deberá indicarse el consumo eléctrico de los soportes instalados ya que éste será a cargo del adjudicatario.
b) Si la instalación requiere cualquier tipo de obra o modificación de las instalaciones existentes estas correrán a cargo de la empresa previa aceptación de SFM. SFM, a través de la persona que designe, podrá supervisar e inspeccionar la obra.
c) En las zonas de paso los soportes no podrán obstaculizar pasillos ni salidas. Las ubicaciones específicas se acordarán previamente con SFM y se colocarán siempre en zonas que no dificulten la accesibilidad para personas con movilidad reducida.
e) Podrá acordarse, a lo largo de la ejecución del contrato, la instalación de nuevos soportes. A propuesta del adjudicatario se podrá autorizar la reubicación de los soportes. Cualquier modificación de carácter técnico, incluyendo la sustitución o ampliación de los soportes instalados, deberá tener previamente la autorización de SFM.
f) Durante la vigencia del contrato el adjudicatario será responsable del mantenimiento, reparación y, en su caso, sustitución de los soportes.
h) Una vez finalizado el contrato de explotación, las obras e instalaciones que hubiera realizado la empresa adjudicataria pasarán a ser propiedad de SFM. Si, en caso contrario, SFM decidiera restituir los elementos afectados por la instalación a su estado original, el coste de las operaciones necesarias será asumido por el adjudicatario.
i) Serán a cargo de la empresa adjudicataria los gastos de transporte, instalación, puesta en marcha de los soportes, desinstalación y cuantas licencias y/o autorizaciones administrativas sean precisas.
j) El personal encargado del mantenimiento y operación de los soportes deberá cumplir la legislación reguladora que le sea de aplicación. Los soportes deben cumplir con la normativa europea vigente. Se aportarán los respectivos certificados de homologación y conformidad CE. Recordar, en este caso, la obligación de cumplir lo previsto en la legislación vigente para la prevención de riesgos laborales. El adjudicatario recabará toda la documentación y procedimientos de trabajo de aplicación para compatibilizar sus trabajos con la operación de la línea ferroviaria y sus instalaciones.
H.3 CONDICIONES DE LA EXPLOTACIÓN:
a) El adjudicatario se compromete al mantenimiento de los soportes (a excepción de los soportes audiovisuales de trenes y estaciones), a explotarlos en un perfecto estado de uso, mantenimiento, limpieza e iluminación, así como a la fijación, mantenimiento y retirada de la publicidad a la finalización de cada campaña.
b) Los horarios de fijación, limpieza y mantenimiento se acordarán en función de las necesidades de las dependencias y de la circulación de los trenes, teniéndose que realizar según la afluencia de viajeros a las dependencias y de acuerdo con los períodos de revisión y limpieza de los trenes.
c) El adjudicatario se compromete a la fijación, mantenimiento y retirada de los soportes publicitarios interiores y exteriores de las unidades de tren, teniendo especial atención en que las unidades de tren deben quedar en el mismo estado de limpieza, pintura, etc. en que se hallaban al inicio de la campaña.
La producción, fijación, mantenimiento y la retirada de la publicidad será a cargo del adjudicatario, el cual se compromete a dejar en perfecto estado la parte de la unidad de tren utilizada como soporte, y asumiendo todos los costes derivados de daños que se puedan derivar a la hora de la fijación o retirada (pintura, limpieza, etc.). La empresa adjudicataria propondrá un sistema de aseguramiento de la calidad del montaje y desmontaje del soporte publicitario en las unidades.
Los anuncios no deberán producir perforación o deterioro en la carrocería del vehículo. Los anuncios, en todos los formatos publicitarios, deberán respetar la normativa vigente en cada momento con respecto a visibilidad, salidas de emergencia, accesibilidad de los elementos de seguridad, etc.
La colocación de los anuncios en los vehículos será efectuada por el adjudicatario en los momentos en que los vehículos se encuentren fuera de servicio. El adjudicatario deberá cuidar de su conservación, reponer a su xxxxx los anuncios que sufrieran deterioro, con independencia de la causa que lo origine, y asumir el coste de los daños en el vehículo producidos al ser instalados o retirados los citados anuncios.
La empresa adjudicataria se hará cargo de los costes de limpieza y mantenimiento originados por la publicidad en las unidades tanto a la hora de la colocación como de la retirada. Cualquier daño que se produzca a la unidad de tren, que a criterio de SFM, sea imputable a la explotación publicitaria, se repercutirá económicamente al adjudicatario por parte de SFM.
d) En los soportes audiovisuales de trenes y estaciones la emisión publicitaria se realizará sin audio. La producción de los soportes necesarios para la emisión correrá a cargo del adjudicatario y se realizará según las especificaciones técnicas determinadas por SFM (ver anejo 5).
e) El personal del adjudicatario que esté trabajando en SFM, atenderá en todo momento las indicaciones que pueda dar el personal de SFM.
f) Para que el adjudicatario pueda realizar los trabajos de mantenimiento y/o adecuación a las dependencias de SFM, su personal deberá estar previamente autorizado por SFM.
g) El adjudicatario designará un responsable con capacidad de tomar decisiones para conseguir el objetivo principal del contrato.
h) SFM se reserva el derecho a trasladar o suprimir, temporal o permanentemente, cualquiera de los soportes publicitarios por razones de explotación o de la empresa. En caso de supresión permanente se facilitará a la empresa adjudicataria su explotación en otra ubicación similar si la hubiera. El ejercicio de este derecho será preavisado con 15 días de antelación y no dará lugar a indemnización alguna.
H.4. CONDICIONES DE LA OFERTA ECONÓMICA
Como contraprestación de esta cesión de la explotación publicitaria, el adjudicatario abonará a SFM un canon fijo y un porcentaje en función de la tarifa de precios que la empresa aplique por la comercialización publicitaria a sus clientes.
El licitador propondrá el porcentaje a pagar a SFM de acuerdo con el modelo de oferta económica xxx Xxxxxx Administrativo, así como el canon anual mínimo garantizado.
Sin perjuicio que la liquidación definitiva tendrá siempre carácter anual, mensualmente se practicara una liquidación por anticipado y pendiente de ser integrada en la liquidación anual final y de acuerdo con lo indicado en el Pliego Administrativo
A efectos de cálculo del canon la adjudicataria facilitará, en el plazo máximo del día 10 de cada mes, la tarifa de precios vigente durante el mes precedente y la relación de elementos comercializados en el citado mes.
Serán con cargo al adjudicatario los costes derivados del consumo eléctrico de los soportes
instalados. Para el pago del consumo eléctrico la empresa adjudicataria presentará mensualmente una hoja de declaración-liquidación, desglosando el número de soportes instalados y su potencia.
H.5. OTRAS CONDICIONES
a) El adjudicatario pondrá a disposición de SFM los medios necesarios (diseño, producción e instalación) para el mantenimiento, reposición y sustitución de los contenidos y/o soportes informativos relativos al servicio ferroviario, que se encuentran ubicados en los trenes y estaciones de la red ferroviaria. Estos soportes incluyen elementos de señalización, de información genérica y horaria. En el anejo 3 se incluye un inventario.
b) Además, ofrecerá espacios para campañas de la Administración autonómica o estatal, sin coste alguno tanto para la producción como instalación y retirada de dicha campañas. Estas promociones podrán suponer, al finalizar el año, la ocupación de hasta un 10% de las superficies disponibles.
I. FECHA Y LUGAR DE PRESENTACIÓN OFERTAS
Fecha:
Lugar: SFM
X/ Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx, 0 Xxxxx xx Xxxxxxxx
De 9 a 14:00 h.
Hora:
X. XXXXXXXXX
J.1.- Provisional: 3.000 €
J.2.- Definitiva: Por importe del 5 % del precio de adjudicación (renta anual fija).
K. OFERTA TÉCNICA
K.1. Proyecto de Implantación:
K.1.1. Especificar, del inventario de elementos disponibles, la relación de elementos a explotar.
K.1.2. Indicar la tipología y el número total de soportes a instalar, desglosando el número y ubicación por estaciones.
K.1.3. Incluir la descripción de la funcionalidad del soporte y de sus características (diseño, tamaño, consumo eléctrico, prestaciones, etc.).
K.1.4. Presentar propuesta de instalación de los soportes, detallando la ubicación y los plazos para la instalación.
L. OFERTA ECONÓMICA
Cumplimentar el modelo que se adjunta como Anexo B a éste CCP.
L.1. Renta admitida en la licitación:
L.1.1. Renta Fija con un mínimo igualo mayor al definido en el apartado L.2.1
L.1.2. Renta Variable: se propondrá un porcentaje sobre el total de la tarifa de precios.
L.2. Renta mínima anual garantizada:
L.2.1. La renta mínima garantizada será de 25.000 €/año.
M. CRITERIOS DE VALORACIÓN
M.1. Valoración de la Oferta Económica: Máximo 85 puntos
a. Canon Fijo 60%
b. Canon Variable 40%
Forma de valoración aspecto económico, hasta 85 puntos como máximo:
−Canon Fijo = Puntuación x oferta valorada / mejor oferta
−Canon variable = Puntuación x oferta valorada / mejor oferta
M.2. Valoración de la Oferta Técnica: Máximo 15 puntos. Desglosados en:
M.2.1. Aprovechamiento y variedad en el tipo de soportes a explotar: 5 puntos.
Se otorgará la mayor puntuación a la propuesta que incluya mayor aprovechamiento de los diversos espacios y soportes existentes, el resto se valorará proporcionalmente.
M.2.2. En la instalación de nuevos soportes:
a) funcionalidad del mobiliario en cuanto al servicio aportado e integración de los elementos entre sí y respecto a los que ya están instalados, minimizando la ocupación del espacio público: 3 puntos.
Se otorgará la mayor puntuación a la propuesta que aporte mayor funcionalidad y facilite la integración evitando dificultar el tránsito fluido de personas, el resto se valorará
proporcionalmente.
b) La estética del diseño y facilidad de integración en el entorno y paisaje urbano y rural: 3 puntos.
Se otorgará la mayor puntuación a la propuesta que mejor se adapte estéticamente a la imagen de marca del servicio, el resto se valorará proporcionalmente.
c) Características constructivas y calidad de los materiales que permitan una mejor presentación y mantenimiento y una menor deterioración: 2 puntos.
Se otorgará la mayor puntuación a la propuesta que garantice la perdurabilidad de los soportes, el resto se valorará proporcionalmente.
d) El uso de tecnologías de la información: 2 puntos.
Se otorgará la mayor puntuación a la propuesta que recoja la incorporación de TIC en los soportes informativos, el resto se valorará proporcionalmente.
N. APERTURA DE PROPOSICIONES
Se anunciará en el Perfil del Contratante. xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxx.xx
Ñ. VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas presentadas mantendrán su validez durante un período de 6 meses, a contar desde la fecha de apertura de las ofertas económicas.
O. PRINCIPALES CONDICIONES DEL CONTRATO
O.1.- Régimen Jurídico del contrato: Naturaleza jurídico privada. Aplicación supletoria Ley 39/2003 del Sector Ferroviario y Ley 6/2001 de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de les Xxxxx Balears, junto con sus respectivos desarrollos reglamentarios.
O.2.- Renta: La resultante de la adjudicación.
O.3.- Vigencia y duración: La definida en el apartado D.
O.4.- Fecha de entrega de los espacios: Mediante Acta.
O.5.- Actividad a desarrollar en los espacios: La definida en el apartado C.
O.6.- Inicio de la Actividad: Mediante Acta y como máximo 15 días después de la entrega del los espacios.
O.7.- Inicio de pago de la renta: Al inicio de la actividad.
O.8.- Seguros: El adjudicatario tomará a su cargo durante la vigencia del contrato una póliza
de seguro de incendio y otros daños a los bienes que garantice, en caso de siniestro, el abono de la indemnización correspondiente hasta un importe, como mínimo de 100.000 €.
Asimismo deberá tener suscrita una póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos de cualquier tipo de daños y perjuicios causados, durante la realización de las obras y en el ejercicio de la actividad en el local arrendado tanto a terceros como a bienes e instalaciones de SFM, en una cuantía mínima de 100.000 €.
O.9.- Obras.- Por cuenta del adjudicatario, las inversiones realizadas se deberán amortizar obligatoriamente como máximo en el periodo de vigencia del contrato.
O.10.- Suministros: Son a su cargo los consumos que genere la instalación, conforme al apartado H.
O.11.- Licencias: Por cuenta del adjudicatario.
O.12.- Información de la actividad: Se compromete a aportar información de las ventas mensuales obtenidas.
P. CONSULTAS Y ACLARACIONES RELACIONADAS CON LA LICITACIÓN
Se podrá examinar el pliego como los restantes documentos en SFM, xxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx, 0 Xxxxx de 9 a 14 h de lunes a viernes.
En el Perfil del Contratante se publicarán las oportunas notas aclaratorias a las que se deberán prestar la debida atención durante todo el proceso de licitación bajo su total y exclusiva responsabilidad.
Si se quiere recibir información directa remitir un fax al “Servicio Jurídico y de Contratación de SFM” 871 930001/3, debe consignarse los datos del procedimiento en cuestión así como la información de la empresa que permita comunicarle tales novedades, como mínimo:
-
-
-
-
Para
Procedimiento de licitación en el que se pretende participar. Empresa interesada en la licitación (CIF).
Persona de contacto (con indicación del nombre, DNI y cargo).
Dirección, fax y correo electrónico.
concertar
citas
pueden
contactar
mediante
la
dirección
de correo:
Q. ANEXOS
Forman parte integrante del presente CCP los siguientes Anexos:
Anexo A al CCP: Es posible descargar los planos de las instalaciones en las que se pueden ubicar los soportes desde la siguiente dirección: xxx://xxxxx0.xxxxxxx.xxx con usuario: publicidad y contraseña: publicidad
Anexo B al CCP: Modelo de Oferta Económica. Este modelo se incluirá en el sobre nº 3 de la Oferta. Anexo C al CCP: Modelo de contrato.
ANEXO B
MODELO OFERTA ECONÓMICA
D/Xx (nombre y apellidos), xxxxxxxxx en
c/pl
, teléfono , DECLARO:
número , CP
y NIF
Que estoy informado/da de las condiciones y los requisitos que se exigen para poder ser adjudicatario/a del contrato de “cesión de espacios localizados en bienes muebles e inmuebles titularidad de SFM, para su explotación publicitaria”
Que me comprometo en nombre propio (o en nombre y representación de la empresa)
, NIF , a ejecutarlo con sujeción estricta a los requisitos y las condiciones en los pliegos de Condiciones Particulares y de Prescripciones Técnicas del contrato, por el canon fijo total anual (IVA excluido) de: (en cifras y en letras) y un porcentaje sobre la tarifa de precios de:
(en cifras y en letras).
Palma, de de (Firma)
ANEXO C AL CUADRO DE CARACTERÍSTICAS XXX XXXXXX “MODELO DE CONTRATO”
C O N T R A T O
En , a de 201_.
REUNIDOS:
De una parte, SERVEIS FERROVIARIS DE MALLORCA (en adelante SFM), con domicilio en Palma en la calle Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx xx 0, XX 00000, con CIF número X0000000X, representado en este acto por .
Y, de otra , que en lo sucesivo se denominará CESIONARIO, con CIF
y domicilio en_ , representada por .
Ambas partes con capacidad jurídica bastante, que mutuamente se reconocen y aceptan.
EXPONEN
I. SERVEIS FERROVIARIS DE MALLORCA es una entidad pública empresarial del Gobierno de las Xxxxx Balears que en virtud del Decreto 10/1994, de 13 de enero, de Constitución y Organización (BOIB nº 15 de 03.02.1994), se articula como entidad pública con personalidad jurídica propia.
II. Que en fecha de , el Consejo de Administración de SFM adoptó, entre otros, acuerdo en virtud del cual se adjudicó a la precitada empresa, contrato de “cesión de espacios localizados en bienes muebles e inmuebles titularidad de SFM, para su explotación publicitaria” (Expt ).
III. Que estando interesada la precitada mercantil, en proceder a la ejecución del contenido del presente contrato, declara conocer y aceptar todas y cada una de las condiciones planteadas por SFM, así como los correspondientes pliegos empleados en el procedimiento de licitación del que éste trae causa.
La mencionada mercantil asegura, asimismo, conocer como suya la oferta presentada en el correspondiente procedimiento abierto, la cual ha dado lugar al acuerdo señalado en el expositivo anterior. Se reafirma, en consecuencia, en el contenido de la misma y asegura que mantiene su total y plena vigencia.
En virtud de todo cuanto antecede, y habiendo llegado las partes suscribientes a un total y completo acuerdo, celebran el presente contrato de servicios con sujeción a las siguientes,
ESTIPULACIONES PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO
Por el presente contrato SFM autoriza al CESIONARIO a llevar a cabo la explotación publici- taria de los espacios objeto de cesión, de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego que rigió la licitación.
SEGUNDA.- RECUPERACIÓN DE LOS ESPACIOS POR SFM DURANTE LA VI- GENCIA DEL CONTRATO
SFM entrega al CESIONARIO los espacios citados y se obliga a mantenerle en el goce pací- fico de los mismos durante el tiempo de vigencia del contrato, a no ser que, por las causas que se indican en el párrafo siguiente, se haga necesaria la recuperación inmediata por SFM de los o de algunos citados espacios, en cuyo caso el CESIONARIO se obliga desde ahora, a entre- xxxxxx libres de cualquier responsabilidad y en la fecha que SFM le comunique.
Si por necesidades de la explotación o del servicio público ferroviario, o en cumplimiento de disposiciones administrativas, o en ejecución de planes urbanísticos, o a consecuencia de las obras de remodelación que se prevean llevar a cabo en determinadas Estaciones, SFM preci- sase recuperar los espacios cedidos, el CESIONARIO se compromete a devolver su posesión a SFM, libre de cualquier responsabilidad, al primer requerimiento que SFM le dirija.
En tal supuesto, y siempre que sea posible, SFM ofrecerá unos espacios alternativos al CE- SIONARIO, pudiendo éste optar por resolver el contrato, en cuanto a los espacios afectados, o por continuar desarrollando su actividad previo el traslado de las máquinas, soportes y demás enseres a los nuevos espacios y corriendo con los gastos de traslado, adaptación de los nuevos
espacios y continuación de la actividad, sin derecho a indemnización alguna por parte de SFM.
El contrato quedará resuelto, en cuanto a los espacios afectados, para el caso de que la magni- tud y características de las obras a realizar en las Estaciones en cuestión, impidiesen a SFM ofrecer al CESIONARIO unos espacios alternativos para su traslado y cambio de ubicación. La resolución por esta causa no generará derecho a indemnización alguna y el CESIONARIO expresamente se manifiesta conforme con este pacto.
TERCERA.- VIGENCIA Y DURACIÓN
III.1. El presente contrato entra en vigor el _ de _ de 201_ y finalizará el _ de _ de 20_. Las prórrogas, en su caso, deberán formalizarse siempre expresamente sin que, en ningún caso, pueda entenderse prorrogado ni operada la tácita reconducción.
Transcurrido dicho plazo de duración inicial, previo acuerdo expreso de las partes, éste podrá ser prorrogado de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego que inspiró la licitación.
III.2. Al término de la vigencia del Contrato, sin necesidad de requerimiento previo al- guno, el CESIONARIO deberá desalojar y dejar libre y a disposición de SFM el espacio cedido.
El incumplimiento de lo convenido en el párrafo anterior, incluso el mero retraso en el desalojo del espacio, implicará una penalización en concepto de daños y per- juicios que expresamente se conviene, como consecuencia del uso y detentación indebida del inmueble, por importe equivalente a dos meses del precio vigente por cada mes o fracción de mes (cualquiera que sea el número de días) durante el que el CESIONARIO mantenga su uso indebido.
III.3. Para llevar a cabo la resolución anticipada del contrato por voluntad de una de las partes, se establece que notifique fehacientemente a la otra parte su decisión al menos TRES MESES antes de la fecha en que sea efectiva la resolución.
Si el CESIONARIO desistiese por anticipado del Contrato además del preaviso in- dicado en el párrafo anterior deberá indemnizar a SFM con hasta TRES MESES del precio vigente.
CUARTA.- INSTALACIÓN Y AMORTIZACIÓN DE LAS INVERSIONES
Si se hiciese necesario realizar alguna obra de adaptación en los espacios titularidad de SFM donde se autoriza la explotación publicitaria, el CESIONARIO deberá someter a la aproba- ción de SFM, con carácter previo, un Proyecto Constructivo que respetará en todo caso las características arquitectónicas de la edificación y su entorno. SFM manifestará por escrito su conformidad o reparos, con las modificaciones que pretendan introducirse y con la obra pro- puesta por el CESIONARIO.
Tanto la elaboración del Proyecto Constructivo como el coste, en su caso, de las obras de adaptación a realizar serán por cuenta y cargo exclusiva del CESIONARIO y quedarán en beneficio de los espacios titularidad de SFM al término del Contrato, sin que por ello deba SFM satisfacer cantidad alguna. Ello, salvo en aquellos elementos en los que el Pliego indique expresamente que no revierten a favor de SFM los cuales podrán ser retirados por el Cesiona- rio.
Las inversiones que, en caso necesario, hubiera realizado el CESIONARIO, se amortizarán durante el tiempo de duración del presente Contrato, de forma que, al final del período de vigencia del mismo, su valor residual sea CERO euros.
QUINTA.- INICIO DE LA ACTIVIDAD
El CESIONARIO garantiza el inicio efectivo de la actividad, como máximo, dentro de los
días siguientes a la fecha en que se entregue el espacio. La fecha de inicio efectivo de la actividad se hará constar en un Acta de inicio de la Actividad que será firmada por un representante de SFM y por el CESIONARIO.
Un retraso en la puesta en servicio superior a 30 días, por causas imputables al CESIONARIO en los términos señalados anteriormente, podrá acarrear la resolución del contrato.
Si por causas imputables a SFM se retrase el inicio de la actividad, quedará retrasado en la misma proporción el inicio del pago del precio.
SEXTA.- LICENCIAS
El CESIONARIO deberá estar en posesión de todas las licencias y permisos necesarios para ejercer la actividad que constituye el objeto del Contrato.
La obtención y vigencia de dichas licencias y autorizaciones constituyen requisito esencial para la celebración de este Contrato, de forma tal que la inobservancia por el CESIONARIO de esta obligación, dará lugar a la inmediata resolución de aquél.
SÉPTIMA.- INSTALACIÓN Y SUMINISTROS
Serán de cuenta y cargo del CESIONARIO la instalación y puesta en marcha de las máquinas, soportes y demás enseres necesarios para la explotación publicitaria.
Asimismo se encargarán, a su xxxxx, de los suministros de todo tipo y de mantener en perfecto estado de limpieza y conservación los espacios cedidos en explotación.
El coste del consumo eléctrico será a cargo del CESIONARIO.
OCTAVA.- CONDICIONES DE LA EXPLOTACION
El CESIONARIO llevará a cabo la explotación publicitaria de los espacios objeto de cesión, con las limitaciones y prebendas contenidas en los Pliegos.
DÉCIMA.- CALIDAD DE LA ACTIVIDAD
El CESIONARIO se compromete a dar un servicio óptimo, atendiendo en todo momento las indicaciones que SFM realice.
El CESIONARIO se compromete a atender en un breve plazo de tiempo las reclamaciones de los clientes, proporcionando en todo momento a los mismos un trato extremadamente amable y cortés.
UNDÉCIMA.- SEGUROS
El CESIONARIO deberá suscribir, bajo su exclusiva responsabilidad, los seguros exigidos en el Pliego que rige la presente licitación.
DUODÉCIMA.- COMPENSACIÓN ECONÓMICA A SFM
El CESIONARIO abonará a SFM un precio anual de explotación y un precio variable de acuerdo con lo previsto en su oferta económica.
12.1. El CESIONARIO hará efectivo a SFM por el derecho que éste le concede para la explotación publicitaria de los espacios especificados en el Pliego, durante toda la vigencia del Contrato, un precio anual de .- EUROS/AÑO ( €).
Dicha cantidad no sufrirá modificación alguna a la baja siendo susceptible de ajuste al alza en caso de ampliación de los espacios a explotar.
Este precio pagadero a SFM por el CESIONARIO comenzará a devengarse a partir del inicio de la actividad, fecha que constará en Acta que suscribirán un representante de SFM y el CESIONARIO y, como máximo, días después de la entrega del espacio.
12.2. La cifra expresada como precio se revisará (mes de formalización del contrato) de cada año de forma proporcional al tiempo efectivamente transcurrido desde la fecha en que el Contrato entre vigor, incrementándose o disminuyéndose según la variación que experimente el Índice General de Precios al Consumo (IPC) correspondiente al año inmediatamente anterior, siguiendo los datos que publica el Instituto Nacional de Estadística u Organismo que, en el futuro, pudiera sustituirle.
La base para cada revisión anual la constituirá el importe acumulado incluyendo la revisión de los años precedentes.
Para la efectividad de lo acordado en este apartado 13.2 no será necesaria la notificación previa al CESIONARIO.
12.3 El pago del precio se realizará por año adelantado, previa presentación por SFM de la correspondiente factura, para lo cual el CESIONARIO domiciliará los pagos en cuenta bancaria, cuya identificación comunicará por escrito a SFM, acompañando copia de la carta que, en tal sentido, haya dirigido a la entidad bancaria afectada.
12.4 El CESIONARIO hará efectivo a SFM un precio variable, equivalente al % ( POR CIENTO) de los ingresos brutos totales anuales (es decir, desde el primer euro ingresado), excluido el IVA, que obtenga el CESIONARIO de la explotación en los términos contenidos en su oferta económica.
SFM podrá exigir que se realice una auditoría anual, o bien aplicar otro medio de verificación de los ingresos con objeto de contrastarlos con los facilitados por el CESIONARIO, siendo su coste a cargo de éste.
El pago del precio se realizará por meses vencidos, previa presentación por SFM de las correspondientes facturas, para lo cual el CESIONARIO domiciliará los pagos en cuenta bancaria, cuya identificación comunicará por escrito a SFM, acompañando copia de la carta que, en tal sentido, haya dirigido a la entidad bancaria afectada.
12.5 Las cuantías anteriormente señaladas son cuantías sin IVA, por lo que se incrementarán tales cifras con el importe de IVA legalmente aplicable en cada momento.
12.6 El impago por el CESIONARIO de cualquiera de las partes alícuotas del precio devengará el interés de demora vigente en la fecha en que se produzca el impago y desde la fecha de éste. Ello sin perjuicio de las consecuencias resolutorias que pudiera acarrear el impago.
DECIMOTERCERA.- FIANZA
Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato, el CESIONARIO, ha constituido, hasta el buen fin de la operación fianza a favor de SFM por importe de .- EUROS ( €).
Si la fianza fuese ejecutada total o parcialmente durante la vigencia del Contrato, el CESIONARIO vendrá obligado a reponerla a su total importe y, en caso de no verificarlo en el plazo de 15 días desde la ejecución de la misma, SFM podrá optar por resolver el Contrato.
Extinguido el contrato y siempre que no existan responsabilidades pendientes de las que el CESIONARIO deba responder, SFM le devolverá la fianza depositada que, en ningún caso servirá para fijar por anticipado el límite máximo de la responsabilidad del CESIONARIO, de manera que si los daños y perjuicios ocasionados a SFM superasen la cantidad establecida en la fianza, el CESIONARIO deberá abonar la diferencia.
DECIMOCUARTA.- TRIBUTOS
Serán de cuenta del CESIONARIO la totalidad de los tributos de cualquier clase que en la actualidad graven, o puedan gravar en el futuro, el ejercicio de las actividades a desarrollar. Igualmente serán de cuenta del CESIONARIO los que puedan recaer sobre este Contrato o sobre cualquiera de las operaciones físicas o jurídicas que motive.
DECIMOQUINTA.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Procederá la resolución del presente Contrato además de por las cusas previstas en el Ordenamiento Jurídico, por las siguientes:
15.1 Si el CESIONARIO estuviera al descubierto en el pago del precio correspondiente a dos meses o más, sin necesidad de reclamación judicial o extrajudicial.
15.2 Por explotar los espacios con campañas que previamente no hayan sido autorizadas por SFM, o con campañas prohibidas.
15.3 En el caso de que el CESIONARIO sea sancionado por la Administración o por los Tribunales, con motivo xx xxxxxx graves que puedan perjudicar el prestigio o la imagen de SFM.
15.4 Por no suscribir y/o por estar al descubierto en el pago de los seguros, previstos en las estipulaciones de este Contrato.
15.5 Por infringir o no observar estrictamente la normativa vigente reguladora de la explotación publicitaria objeto del contrato, sin necesidad de reclamación judicial o extrajudicial.
15.6 Por retraso en el inicio de la actividad imputable al CESIONARIO.
15.7 No facilitar en el plazo ofertado por el adjudicatario la información sobre la explotación con el nivel de detalle requerido en el Pliego.
15.8 Por manipulación o trucaje de los contadores.
15.9 Por cualquier otro incumplimiento de las obligaciones contenidas en el Pliego o en la normativa vigente.
SFM notificará por escrito al CESIONARIO la causa de resolución en que haya incurrido. Si dicha causa de resolución fuese subsanable, el CESIONARIO dispondrá de CINCO días desde la notificación del escrito de SFM para llevar a cabo la subsanación.
También se resolverá el Contrato por las causas establecidas en la Estipulación Segunda.
DECIMOSEXTA.- LIMITACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD DE SFM
SFM queda exenta de responsabilidad por faltas, sustracciones, averías, desperfectos, incendios o daños en general cualquiera que fuese la causa, que pudieran afectar o tener su origen en los espacios explotados por el CESIONARIO.
Asimismo, SFM declina cualquier responsabilidad por las reclamaciones que los clientes puedan efectuar relacionadas con el objeto del contrato.
DECIMOSÉPTIMA.- OBLIGACIONES A LA FINALIZACIÓN DEL CONTRATO
Extinguido el Contrato por el transcurso del plazo de vigencia o por cualquier otra causa, el CESIONARIO queda obligado a retirar todas las máquinas y enseres que tenga instalados en los espacios propiedad de SFM y a cesar en la actividad, sin más requisito que la comunicación que SFM le dirija.
En el supuesto de que el CESIONARIO no retirase el material instalado, deberá abonar a SFM una indemnización en concepto de daños y perjuicios equivalente, como mínimo, al importe de la cuantía del precio anual, sin que ello impida a SFM reclamar, en su caso, el valor real de los perjuicios sufridos si excedieran de dicha suma. Serán por cuenta del CESIONARIO cuantos gastos se le deriven a SFM en concepto de pagos de honorarios profesionales y costas judiciales si se viera obligada a interponer acción ante los Tribunales para conseguir la retirada de las máquinas, soportes y demás enseres vinculados al contrato.
DECIMOOCTAVA.- RETIRADA DE RESIDUOS
El CESIONARIO se obliga, por su cuenta y cargo, a retirar todos los residuos que se generen como consecuencia de la realización de su actividad.
La retirada de dichos residuos deberá realizarse conforme a las disposiciones legales en vigor en materia de medio ambiente, y a través de un Gestor Medioambiental cuando sea preceptivo, aportando copia a SFM de los documentos que suscriba para la retirada de todos los residuos.
DÉCIMONOVENA.- COMUNICACIONES
Todas las comunicaciones que el CESIONARIO dirija a SFM en relación con este contrato, deberá enviarlas al domicilio reflejado en el encabezamiento, de forma tal que tenga la seguridad de que han llegado a su destino.
Las que SFM dirija al CESIONARIO las enviará al domicilio reflejado en el encabezamiento de este Contrato.
En tanto SFM no reciba comunicación del CESIONARIO notificando alguna anomalía, se entenderá que el contrato se desarrolla normalmente.
VIEGESIMA.- NOVACIÓN
La totalidad de los pactos y condiciones establecidas en este Contrato no podrán ser modificados o novados si no en virtud de acuerdo específico de las partes, que deberá ser suscrito por los mismos otorgantes, o por personas que tengan poderes suficientes para ello.
VIGESIMOPRIMERA.- JURISDICCIÓN
Para cuantas cuestiones puedan derivarse de la interpretación y cumplimiento del presente Contrato, las partes con renuncia expresa a su fuero propio y domicilio, si fuere otro, se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Palma de Mallorca.
VIGESIMOSEGUNDA.- RÉGIMEN JURÍDICO
El presente Contrato, dada su naturaleza jurídico privada, se regirá por sus propios términos y pactos y, subsidiariamente, por lo establecido en la Xxx 00/0000, xx 00 xx xxxxxxxxx, xxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx y su Reglamento de desarrollo, y en lo no dispuesto en estas normas por lo establecido en la Ley 6/2001, de 11 xx xxxxx, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Xxxxx Balears en lo que resulte de aplicación.
Este Contrato queda expresamente excluido del ámbito de aplicación de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
VIGESIMOTERCERA.- DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO
Forman parte integrante de este Contrato, además de las presentes condiciones particulares, los Pliegos empleados en la licitación del mismo.
Así lo acuerdan y convienen a cuyo fin y para su debida constancia, firman el presente Contrato, en duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.
POR EL CESIONARIO POR SFM
ANEJO 2
AL PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES “MODELO DE CARTA COMPROMISO”
ANEJO 2
MODELO DE CARTA COMPROMISO
D. , con NIF , en
calidad de de la Entidad Mercantil
, con CIF y
DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES en ,
teléfonos y números de fax ,
DECLARA:
1º. Que conoce y acepta el Pliego de Condiciones Particulares de la Licitación Pública
número de expediente para la adjudicación de “cesión de espacios
localizados en bienes muebles e inmuebles titularidad de SFM, para su explotación publicitaria”.
2º. Que en el caso de resultar adjudicatario, se compromete a realizar la citada actividad con estricta sujeción al mencionado Pliego de Condiciones Particulares y a su propia oferta.
3º. Que manifiesta haber tenido en cuenta en su oferta la obligación de someterse a cuantas disposiciones sobre protección y condiciones de trabajo resulten de aplicación en el lugar donde vayan a ejecutarse las obras de primera instalación y realizarse la actividad.
4º. Que se obliga a mantener vigente la presente oferta por seis (6) meses desde la fecha de su presentación.
Y para que conste y a los efectos oportunos, firma la presente en , a
de de .
ANEJO 3
INVENTARIO DE SOPORTES INFORMATIVOS DE SFM
SOPORTE HORARIOS | HORARIOS | RÓTULO ESTACIÓN | BANDEROLA | MONOLIT | |
ESTACION INTER- MODAL | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
XXXXXX XXXXXXXXX | 0 | 2* | 0 | 0 | 0 |
SON XXXXX-SON FORTESA | 0 | 2* | 0 | 0 | 0 |
SON XXXXXX | 0 | 2* | 0 | 0 | 0 |
XXXXX XX XXXX | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
XXXX X'XXXX | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 |
PONT X'XXXX XXX | 0 | 0* | 0 | 0 | 0 |
XXXXXXX XX XX- XXXXXX | 0 | 2* | 0 | 4 | 2 |
MARRATXI | 1 | 2 | 1 | 1 | 2 |
ES CAÜLLS | 2 | 2 | 3*** | 4 | 0 |
XXXXX XXXXX | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
XXXXX-XXXXXXX | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 |
BINISSALEM | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 |
XXXXXXX | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
XXXX | 1 | 2** | 0 | 2 | 0 |
LLUBI | 0 | 0 | 0 | 1 | 0 |
MURO | 0 | 0 | 0 | 1 | 0 |
SA POBLA | 0 | 0 | 0 | 1 | 0 |
PETRA | 0 | 0 | 0 | 2 | 0 |
SINEU | 0 | 0 | 0 | 2 | 0 |
MANACOR | 0 | 0 | 2 | 2 | |
unidades | 16 | 28 | 13 | 34 | 17 |
dimensiones 198,5x99cm 193,5x94cm | 902x70cm | 36x85,5cm | 41x156cm |
material Forex+aluminio vinilo | vinilo | vinilo | vinilo |
* Estos vinilos son en formato vertical, son murales o sobre marquesina cristal. Sin
soporte
** Uno sobre soporte y otro sobre la máquina venta billetes
*** Un rótulo está ubicado en el exterior del apeadero
ANEJO 4
INVENTARIO DE MATERIAL MÓVIL DE SFM
Matrículas | Tipo | Columna1 |
6115-6203-6116 | Diesel-Triple | |
6117-6201-6118 | Diesel-Triple | |
6119-6204-6120 | Diesel-Triple | |
6129-6130 | Diesel-doble | |
6131-6132 | Diesel-doble | |
6133-6134 | Diesel-doble | |
6139-6140 | Diesel-doble | |
6143-6144 | Diesel-doble | |
6145-6146 | Diesel-doble | |
7101-7102 | Metro Palma – eléctrica Doble | |
7103-7104 | Metro Palma – eléctrica Doble | |
7105-7106 | Metro Palma – eléctrica Doble | |
7107-7108 | Metro Palma – eléctrica Doble | |
7109-7110 | Metro Palma – eléctrica Doble | |
7111-7112 | Metro Palma – eléctrica Doble | |
8101-8301-8102 | Eléctrica – Triple | |
8103-8302-8104 | Eléctrica – Triple | |
8107-8304-8108 | Eléctrica – Triple | |
8109-8305-8110 | Eléctrica – Triple | |
8105-8303-8106 | Eléctrica – Triple | |
8111-8306-8307-8112 | Eléctrica – Cuádruple | |
8113-8308-8309-8114 | Eléctrica – Cuádruple | |
8115-8310-8311-8116 | Eléctrica – Cuádruple | |
8117-8312-8313-8118 | Eléctrica – Cuádruple | |
8119-8314-8315-8120 | Eléctrica – Cuádruple | desde octubre 2012 |
8121-8316-8317-8122 | Eléctrica – Cuádruple | desde noviembre 2012 |
8123-8318-8319-8124 | Eléctrica – Cuádruple | desde diciembre 2012 |
8125-8320-8321-8126 | Eléctrica – Cuádruple | desde enero 2013 |
9101-9301-9102 | Tram-Tren Triple | |
9103-9302-9104 | Tram-Tren Triple | |
9105-9303-9106 | Tram-Tren Triple | |
9107-9304-9108 | Tram-Tren Triple |
9109-9305-9110 | Tram-Tren Triple | |
0000-0000-0000 | Tram-Tren Triple |
ANEJO 5
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LOS SOPORTES DISPONIBLES PARA EXPLOTACIÓN PUBLICITARIA.
1. OPIS línea Palma-UIB (Metro): caja de xxx xxxxx inoxidable y vidrio 115x162cm.
2. Reposacabezas unidades-tren eléctricas: 25x30 cm. Material: Polipropileno
3. Pantallas (trenes y estaciones):
a. Monitores TFT 32”, resolución 1633x768.
4. Vidrio puerta cabinas Tram-Tren: 1.374 x 460 mm (una cara)
5. Papel térmico para emisión billetes:
x. Xxxxx 80mm x ø45mm mandril 12mm.
b. Rollo 80mm x ø80mm mandril 12mm.
c. Rollo 80mm x ø150mm mandril 24mm.