CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 382-52-CME20
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 382-52-CME20
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES PARA LA ADQUISICIÓN DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL E INDUMENTARIA DE SEGURIDAD
ÍNDICE
ARTÍCULO 1º. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN ALCANZADO. ARTÍCULO 2º. OBJETO.
ARTÍCULO 3º. MONTO ESTIMADO DE LA CONTRATACIÓN - MONEDA DE COTIZACIÓN Y DE PAGO.
ARTÍCULO 4º. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA.
ARTÍCULO 5º. DESCARGA XXX XXXXXX DE BASES Y CONDICIONES – DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES.
ARTÍCULO 6º. CONSULTAS - ACLARACIONES - IMPUGNACIONES A LOS PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES.
ARTÍCULO 7º. OFERTAS – FECHA Y HORA LÍMITE PARA SU PRESENTACIÓN – APERTURA. ARTÍCULO 8º. CONTENIDO DE LA OFERTA.
ARTÍCULO 9°. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA.
ARTÍCULO 10. CONDICIONES, XXXXX X XXXXX XX XXXXXXX. XXXXXXXX 00. GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA. ARTÍCULO 12. ACTA DE APERTURA.
ARTÍCULO 13. EMPATE DE OFERTAS. ARTÍCULO 14. MEJORA DE OFERTA.
ARTÍCULO 15. INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA. MUESTRAS. ARTÍCULO 16. DICTAMEN DE PREADJUDICACIÓN.
ARTÍCULO 17. IMPUGNACIÓN DE LA PREADJUDICACIÓN. ARTÍCULO 18. MODALIDAD DE ADJUDICACIÓN – ADJUDICACIÓN. ARTÍCULO 19. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. ARTÍCULO 20. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. ARTÍCULO 21. MODIFICACIONES AL CONTRATO.
ARTÍCULO 22. FACTURAS Y PAGO.
ARTÍCULO 23. GARANTÍA ELEMENTOS - DEFECTOS DE ORIGEN - VICIOS DE FABRICACIÓN – EXTENSIÓN.
ARTÍCULO 24. INCUMPLIMIENTOS – SANCIONES. ARTÍCULO 25. CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD. ARTÍCULO 26. INSTANCIAS COMPETENTES. ARTÍCULO 27. COMPETENCIA JUDICIAL.
ARTÍCULO 28. OBLIGACIONES FISCALES DEL OFERENTE. ARTÍCULO 29. CONSULTAS TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS BÁSICAS ANEXO I - DENUNCIA DE DOMICILIO
XXXXX XX - DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR ANEXO III - DECLARACIÓN JURADA DE ACEPTACIÓN DE CONDICIONES
ANEXO IV - DECLARACIÓN JURADA DE NO UTILIZACIÓN DE MANO DE OBRA INFANTIL
ANEXO V - DECLARACIÓN JURADA DE COMPETENCIA JUDICIAL ANEXO VI - PERSONAS NO HABILITADAS PARA CONTRATAR XXXXX XXX – CRONOGRAMA DE ENTREGA
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES PARA LA ADQUISICIÓN DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL E INDUMENTARIA DE SEGURIDAD
ARTÍCULO 1º. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN ALCANZADO
El presente llamado se convoca en los términos del Régimen de Compras y Contrataciones vigente para el Sistema de Compras Electrónicas de la Provincia de Buenos Aires, en adelante “PBAC”, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 y concordantes de la Ley N° 13.981, y del Anexo I del Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA, Resolución N° RESOL-2019-76-GDEBA-CGP de la Contaduría Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx que aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios, Resolución Conjunta N° 20/17 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y N° 92/17 del Contador General de la Provincia de Buenos Aires, Resolución N° RESOL-2017-5-E-GDEBA-CGP y modificatorias y el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, las Especificaciones Técnicas Básicas y sus Anexos, que rigen para el procedimiento encuadrado en los artículos 18 de la Ley N°13.981 y 18 inciso 1º apartado a) del Anexo I del Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA, Contratación Directa N° 382-52-CME20, Expediente Nº 22700-30892/2020 (EX-2020-7664399-GDEBA- DPTAAARBA).
Que, asimismo, el presente procedimiento se encuentra alcanzado por las previsiones del artículo 4° del Decreto N° 167/20 dictado por el Xxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx y, de la Resolución Interna N° 87/2020 de ésta Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2º. OBJETO
La presente tiene por objeto la adquisición de elementos de protección personal e indumentaria de seguridad, con destino a cubrir las necesidades de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, conforme las condiciones del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas Básicas, detallados a continuación:
Renglón | Cantidad | Unidad | Descripción |
1 | 26 | Par | BOTA DE PVC Uso industrial, caña alta, altura hasta la rodilla, color negro, interior forrado. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
2 | 120 | Par | BOTIN DE SEGURIDAD Línea calzado tiempo libre y protección industrial, con puntera xx xxxxx o aluminio y fuelle, color marrón, para uso general y calzado con fondo dieléctrico. Suela de Poliuretano bidensidad. IRAM 3610 GD. Tipo Patria- Xxxxx o Pampero. Cuero vacuno premium. Taco antienganche con terminación radial. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
3 | 26 | Par | ZAPATILLAS DE SEGURIDAD PARA HOMBRES Tipo Funcional, modelo ultraliviana, sport soul gray. COMPOSICIÓN CAPELLADA: Exterior: combinación de cueros y materiales textiles. Con material reflectivo de alta visibilidad color gris plata. Punteras de protección de aleación de aluminio. Planta de poliuretano, dieléctrica y antideslizante. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
4 | 150 | Unidad | CAMPERA DE TRABAJO (ABRIGO) Con tela trucker Color Xxxx Xxxxxx. Interior forrado. Guata doble de 150 Gr., con alta resistencia y duración al desgaste, adaptable a diferentes condiciones de clima. Doble ajuste regulable y gorro plegable. Con material reflectivo. Color gris ancho 5 cm- Puño elastizado y costura reforzada. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
Renglón | Cantidad | Unidad | Descripción |
5 | 50 | Unidad | CAMPERA TÉRMICA PREMIUM Tipo TOP SAFE, con tela trucker, con alta resistencia y duración al desgaste. Con cierre YKK metálico, separable, 5, cursor libre con tirador, color empavonado o similar, con solapa cubre cierre con velcro. Con dos bolsillos laterales con cierre cremallera metálico YKK- fijo- 3, cursor de tipo libre con tirador, color empavonado o similar. Con abrigo interior para clima extremo (el abrigo interior será un chaleco desmontable en polar o similar con cierre metálico YKK, separable, color empavonado o similar). Ruedo con ajuste regulable y gorro plegable ajustable. Con material reflectivo. Color gris ancho 5 cm. Puño elastizado y costura reforzada. Color de la campera y chaleco desmontable: Azul. Campera con logo estampado según modelo de identidad institucional. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
6 | 180 | Unidad | CAMISETA TÉRMICA UNISEX Tipo Ombú aire libre. Confeccionada en Microfibra de poliéster con fibra de elastano. Cuello redondo. Manga larga con puños. Color: blanco. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
7 | 20 | Unidad | CAPA LIVIANA Confeccionado en PVC. Capucha desmontable con cordón de ajuste. Cierre y botones a presión. Dos bolsillos con solapa. Doble cierre con solapa y botones a presión. Doble puño. Ventilación en axilas y espalda. Costura soldada. Color azul. Espesor: 8 micrones. Ideal para el uso en tareas rurales, fumigación, lavado e hidrolavado. Logo impreso solo al frente a un color en tinta blanca según ilustración de identidad institucional. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
8 | 100 | Unidad | CAMISAS STD DE TRABAJO MANGA LARGA Tipo grafa OMBÚ. Gabardina liviana, sarga mediana. color Beige 112/pantone 17-1312PT. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
Renglón | Cantidad | Unidad | Descripción |
9 | 100 | Unidad | PANTALÓN CARGO REFORZADO, SIN PINZAS Y CON RECORTES Tipo grafa OMBÚ. Bolsillos con fuelle y chanfle. Gabardina liviana, sarga mediana. Color Beige 112/pantone 17-1312PT. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
10 | 70 | Unidad | FAJA LUMBAR Cierre de velcro de alta resistencia, 6 ballenas en la parte posterior con tiras antideslizantes. Tiradores elásticos ajustables. Interior con cinta antideslizante. Bandas laterales y regulables. Malla elastizada reforzada Tipo Top Safe. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
11 | 20 | Par | PROTECTORES AUDITIVOS ENDOAURALES Autoexpansible con cordel. Tipo Libus, modelo Quantum. Material: espuma de poliuretano ultra-soft hipoalergénica. Cordón textil de poliéster NRR 26 dB- SNR 28 dB. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
12 | 6 | Par | PROTECTOR AUDITIVO DE COPA Copa con orejera acolchada. Modelo: Vincha plástica flexible. NRR 20 dB – SNR 24 dB. Tipo Libus, modelo Alternative Multipropósito. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
13 | 16 | Unidad | CASCO DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Según norma IRAM 3620 Tipo 1-Clase B, carcaza de polipropileno inyectada clase A. Visera Frontal de 3,5 cm. Hebilla trasera para anclaje de mentonera de 3 puntos. Color: amarillo. Tipo Libus. Logo impreso a un color en tinta negra con tamaño y ubicación según imagen institucional. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
14 | 10 | Unidad | ANTIPARRA DE SEGURIDAD Cuerpo de PVC flexible, visor de policarbonato incoloro, antiempañante, ventilación directa (tipo MSA GH3000). Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
15 | 500 | Par | GUANTE TEJIDO Puño elastizado, palma moteada en PVC, cinco dedos, largos hasta la muñeca. Material tela tramada. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
Renglón | Cantidad | Unidad | Descripción |
16 | 200 | Par | GUANTES POLISTRECH Con poliéster y baño de poliuretano. Tipo Pampero. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
17 | 30 | Par | GUANTE DE ACRILO-NITRILO Interior liso, exterior antideslizante. Largo 33 cm. Tipo bil-vex. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
18 | 50 | Par | GUANTE MEDIO PASEO DE CUERO FLOR VAQUETA Dorso elastizado, pulgar volcado. Espesor del cuero 0,8/1,0 mm Costuras realizadas con hilo de algodón lustrado, peinado inverso 20/3. Tipo flexicuer. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
19 | 500 | Unidad | RESPIRADOR SEMIFACIAL Para partículas tóxicas, desechables (Barbijo). Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
20 | 120 | Unidad | CHALECO REFLECTIVO Color amarillo, 2 cintas reflectivas de 5 cm de ancho, tela fluo de alto contraste. Talle unisex. Cierre velcro vertical. Lavable. Con Logo impreso en frente y dorso a un color en tinta negra con ubicación y tamaño según imagen institucional. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
21 | 20 | Unidad | PANTALÓN DE ABRIGO Tipo Prentex. Confeccionado con hilo título 60 100% poliéster. Tela exterior trucker. Tela interior guata matelasseada. Cintura elastizada con cordón de ajuste y bolsillos en laterales. Pespunte simple en laterales y atraques en bolsillos y cartera. Cintas reflectantes día y noche de 300 ilúminas. Color Azul. Logo impreso a un color en tinta blanca con ubicación y tamaño según imagen. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
22 | 60 | Caja | GUANTES DE LÁTEX Cajas por 100 unidades, manos ambidiestras. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
Renglón | Cantidad | Unidad | Descripción |
23 | 30 | Unidad | ANTEOJOS DE SEGURIDAD Tipo Libus, modelo Athos. Diseño envolvente. Patillas telescópicas con 4 posiciones de regulación. Puente nasal en TPR. Material: lente policarbonato. Color: gris fume. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
24 | 10 | Caja | GUANTES DE NITRILO PARA EXAMEN Talle XL. Caja por 100 unidades. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
25 | 10 | Caja | GUANTES DE NITRILO PARA EXAMEN Talle L. Caja por 100 unidades. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
26 | 10 | Caja | GUANTES DE NITRILO PARA EXAMEN Talle M. Caja por 100 unidades. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
27 | 20 | Unidad | CHAPA BALIZA TIPO ABC RECTANGULAR PARA IDENTIFICACIÓN DE EXTINTORES Superficie con franjas blancas y xxxxx de 10 cm de ancho inclinadas a 45º respecto de la vertical. Material: Poliéster Alto Impacto. Medidas: Largo: 880 mm, ancho: 290 mm, Espesor ≥ 0.5 mm. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
28 | 20 | Unidad | SOPORTE METÁLICO Tipo L para extintores de 2.5 Kg y 5 Kg. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
29 | 30 | Unidad | LUMINARIAS DE EMERGENCIAS Deberán ser de plástico ignífugo y contener 60 leds, botón de testeo y certificado de homologación. Alimentación: 220 Vca. Contiene 4 baterías recargables. Baterías recargables: 4V/0.9 Ah Acido plomo libre de mantenimiento. Tiempo de carga normal: 12-15 hs. Autonomía: posición 1 a 20 leds. Tipo SICA. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
Renglón | Cantidad | Unidad | Descripción |
30 | 50 | Unidad | CARTELES DE SEÑALIZACIÓN Deberán ser lumínicos Led, homologados, con la leyenda "Salida". Alimentación: 220-240 Vca. Iluminación a Leds. Recarga automática. Funcionamiento continuo. Instalación sencilla. Apto para cualquier tipo de montaje: Colgado o fijado al cielorraso. Perpendicular o paralelo a la pared. Tipo SICA. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
31 | 50 | Unidad | RESPIRADOR SEMIFACIAL DESCARTABLE CON VÁLVULA DE EXHALACIÓN Apto para polvo, humo y neblina. Tipo Libus N95 1740 o 3M 8822. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
32 | 100 | Unidad | RESPIRADOR SEMIFACIAL DESCARTABLE PARA VAPORES ORGÁNICOS Tipo 3M 8247. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
33 | 100 | Unidad | CALCO AUTOADHESIVO RIESGO ELÉCTRICO Medidas: 10cm X 15cm. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
34 | 40 | Unidad | CALZA TÉRMICA LARGA COLOR NEGRO Primera piel (para uso debajo de la ropa) para bajas temperaturas invierno-otoño, material principal poliéster. Mantienen la temperatura corporal. Diseño de la tela liso. Microfibras de poliéster, permiten una mayor absorción y ayuda al secado rápido. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
35 | 20 | Rollo | CINTA DOBLE FAZ Tipo 3 M, Rollo 19 mm x 5 mts. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
36 | 12 | Par | FILTRO AB Gases ácidos y vapores orgánicos. Según Especificaciones Técnicas Básicas. |
ARTÍCULO 3º. MONTO ESTIMADO DE LA CONTRATACIÓN - MONEDA DE COTIZACIÓN Y DE PAGO
El presupuesto oficial de la presente contratación asciende a la suma total de pesos dos millones setecientos cuarenta mil cuatrocientos setenta cinco con noventa y cuatro centavos ($2.740.475,94). La cotización y el pago se efectuará en moneda de curso legal.
ARTÍCULO 4º. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Los oferentes deben mantener y garantizar los términos de su oferta por el plazo de treinta
(30) días hábiles, contados a partir de la fecha del acto de apertura.
Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no mantener su oferta con una antelación mínima xx xxxx (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial.
ARTÍCULO 5º. DESCARGA XXX XXXXXX DE BASES Y CONDICIONES – DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES
El Pliego de Bases y Condiciones Particulares, las Especificaciones Técnicas Básicas y sus Anexos se encuentran a disposición de los interesados para su consulta en forma gratuita en los siguientes sitios web: xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx, xxxx://xxx.xxx.xxx.xxx.xx/, xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxx y xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxx/xxxxxxxxxxx.xxx. Para participar de un proceso de compra, es necesario ingresar con el usuario y contraseña asignados, buscar el proceso de compra y realizar la acción de “descargar el pliego”. Podrán descargar el Pliego quienes hubieren cumplido con el procedimiento de registración, autenticación y autorización como usuario externo de PBAC.
Los avisos, citaciones, notificaciones, intimaciones, así como cualquier tipo de comunicaciones que efectúe la Autoridad Administrativa en el marco de la Ley N° 13.981, serán practicados digitalmente en el domicilio electrónico establecido en el Registro de Proveedores y Licitadores conforme lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley N° 13.981 y Decreto Reglamentario Nº DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA, Resoluciones Nº RESOL-2019- 76-GDEBA-CGP y Nº 713/16 de Contaduría General de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 6º. CONSULTAS - ACLARACIONES - IMPUGNACIONES A LOS PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES
Los interesados podrán formular consultas xxx Xxxxxx, las Especificaciones Técnicas Básicas y Anexos hasta tres (3) días hábiles previos a la fecha establecida para la apertura de las
ofertas, sin computar el día de la apertura. Dichas consultas, deberán ser formuladas a través del portal de PBAC (xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx).
El Comitente podrá elaborar aclaraciones o modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares de oficio o como respuesta a consultas de los potenciales oferentes por medio de circulares que serán comunicadas al domicilio electrónico constituido por los interesados y publicadas en los siguientes sitios web xxxxx://xxxx.xxx.xxx.xxx.xx, xxxx://xxx.xxx.xxx.xxx.xx/, xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxx/xxxxxxxxxxx.xxx y xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxx.
Las impugnaciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares podrán ser efectuadas hasta un (1) día hábil previo a la fecha establecida para la apertura de ofertas. La impugnación, mientras dure el aislamiento social preventivo y obligatorio prorrogado por Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-641-APN-PTE (o sus prórrogas), podrá presentarse en el siguiente correo electrónico: xxxxx.xxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx, consignado como referencia “impugnaciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares”. Levantada la mentada medida, la impugnación deberá ser presentada ante la Mesa de Entradas del Departamento de Actuaciones Administrativas de la Gerencia General de Administración, sito en xxxxx 00 xxxxx 0 x 0, 0x xxxx, corredor “X”, xxxxxxx 000, xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx, días hábiles, en el horario de 8:00 a 16:00 horas. La misma tramitará como alcance al expediente principal, y en ningún caso suspenderá el procedimiento. De la impugnación articulada se dará intervención a los Organismos de Asesoramiento y Control en forma simultánea, quienes se expedirán en un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días. La impugnación será resuelta en el acto por el que se apruebe el procedimiento, o se deje sin efecto. Asimismo, el impugnante deberá acreditar la constitución de la garantía de impugnación por el dos por ciento (2%) del presupuesto oficial indicado en el artículo 3º del presente Pliego de Bases y Condiciones de acuerdo a lo establecido en el artículo 19, apartado 1º, inciso d) del Anexo I del Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
La garantía deberá constituirse mediante las formas establecidas en el artículo 19 apartado 2°, incisos 2 al 6 del Anexo I del Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA. En caso que el interesado optare por constituir garantía mediante póliza de seguros de caución, la misma deberá ser emitida por las compañías autorizadas por la Superintendencia
de Seguros de la Nación, extendidas a favor de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires y contendrá la cláusula de liso, llano y principal pagador y el sometimiento a la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de La Plata.
Los importes correspondientes a las garantías de impugnación serán reintegrados al impugnante si la misma fuera resuelta favorablemente.
ARTÍCULO 7º. OFERTAS – FECHA Y HORA LÍMITE PARA SU PRESENTACIÓN - APERTURA
El presente llamado se publicará y comunicará de acuerdo con lo establecido en los artículos 15 y 16 de la Ley N° 13.981 y Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA. La cotización de la oferta será por renglón.
A tal efecto, se deja constancia que la apertura de ofertas se realizará electrónicamente mediante el PBAC, el día 25 xx xxxxxx de 2020 a las 11:00 horas.
ARTÍCULO 8º. CONTENIDO DE LA OFERTA
El contenido de la oferta deberá acreditar por si sólo el cumplimiento de los requisitos formales detallados a continuación:
Requisitos económicos:
1) La oferta económica de los renglones detallados en el artículo 2° del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, la que debe contener el precio unitario, el total por renglón y el total general en moneda de curso legal. Se debe consignar el precio neto, es decir, con sus descuentos e incluyendo Impuesto al Valor Agregado (I.V.A) y demás tributos que correspondieren.
Requisitos técnicos:
1) Se deberán consignar especificaciones técnicas de los bienes ofrecidos en los renglones. Requiere documentación electrónica. Generar archivo en formato PDF denominado “Descripción”.
2) En caso de corresponder, se deberán adjuntar imágenes ilustrativas, diseño y/u otros, de los bienes ofrecidos. Requiere documentación electrónica. Generar archivo en formato PDF denominado “Folletos”.
3) El oferente deberá acreditar comprobante de entrega de muestras en el lugar indicado en los términos del artículo 15 del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Generar archivo en formato PDF denominado “Presentación de Muestras”.
Requisitos administrativos:
1) Acreditar su inscripción o haber dado inicio al trámite de inscripción en el Registro de Proveedores y Licitadores. Específicamente, deberá acreditar inscripción en dicho Registro, para los renglones 1 y 3, Rubro 53: ropa, maletas y productos de aseo personal, Subrubro: 110.000, calzado; para los renglones 2, 11/14, 19, 32 y 36, Rubro 46: equipos y suministros de defensa, orden público, protección y seguridad, Subrubro 180.000: seguridad y protección personal; para los renglones 4/9, 15/18, 20, 21 y 34, Rubro 53: ropa, maletas y productos de aseo personal, Subrubro 100.000: ropa; para el renglón 10, Rubro 42: equipo, accesorios y suministros médicos, Subrubro 250.000: productos de rehabilitación, terapia ocupacional y física; para los renglones 22, 24/26, Rubro 42: equipo, accesorios y suministros médicos, Subrubro 130.000: telas y vestidos médicos; para el renglón 23, Rubro 42: equipo, accesorios y suministros médicos, Subrubro 210.000: ayuda para personas con desafíos físicos para vivir independiente; para los renglones 27 y 30, Rubro 55: productos publicados, Subrubro 120.000: etiquetado y accesorios; para el renglón 28, Rubro 31: componentes y suministros de fabricación, Subrubro 160.000: ferretería; para el renglón 29, Rubro 39: suministros y accesorios eléctricos y de iluminación, Subrubro 110.000: iluminación, artefactos y accesorios; para el renglón 31, Rubro 41: equipos de laboratorio, medida, observación y comprobación, Subrubro 100.000: material de laboratorio; para el renglón 33, Rubro 45: equipo y suministros de imprenta, fotográficos y audiovisuales, Subrubro 100.000: equipo de imprenta y publicación; para el renglón 35, Rubro 44: equipos accesorios y suministros de oficina, Subrubro 120.000: suministros de oficina. Requiere documentación electrónica. Generar archivo en formato PDF denominado “Credencial Registro de Proveedores PBA”.
2) La indicación de los domicilios real y legal que se fijen en la Provincia de Buenos Aires y electrónico del oferente. Este último será el provisto por el Registro de Proveedores de la Provincia, de acuerdo a lo establecido en la Resolución N° 263/16 y N° 713/16 de Contaduría General de la Provincia y la indicación de un número telefónico de contacto. Requiere documentación electrónica. Ver Anexo I “Denuncia de Domicilio”.
3) Declaración jurada de aptitud para contratar. Requiere documentación electrónica. Ver Anexo II “Declaración Jurada de Aptitud Para Contratar” (artículo 9° xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales).
4) Declaración Jurada donde el oferente declara conocer todos y cada uno de los aspectos y las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Requiere documentación electrónica. Ver Anexo III “Declaración Jurada de Aceptación de Condiciones”.
5) Declaración jurada que indique que la firma no utiliza ni utilizará mano de obra infantil en ninguno de sus procesos, de conformidad con las normas legales vigentes. Requiere documentación electrónica. Ver Anexo IV “Declaración Jurada de no Utilización de Mano de Obra Infantil”;
6) Declaración Jurada donde el oferente manifiesta que ante cualquier cuestión judicial que pudiera suscitarse en torno al presente procedimiento de selección y perfeccionamiento del contrato, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo de la Provincia de Buenos Aires del Departamento Judicial de La Plata, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción (artículo 6º xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales). Requiere documentación electrónica. Ver Anexo V “Declaración Jurada de Competencia Judicial”.
7) Acreditar haber tomado conocimiento de lo normado en el artículo 16, apartado III del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA denominado “Personas no habilitadas para contratar”. Requiere documentación electrónica. Ver Anexo VI “Personas no habilitadas para contratar”.
8) El oferente deberá acreditar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Fisco de la Provincia de Buenos Aires al momento de la apertura de la oferta (Certificado de Cumplimiento Fiscal –A404W-). Artículo 28 del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. No requiere documentación electrónica.
9) En caso de corresponder, Certificado MIPyME de Micro, Pequeña y Mediana Empresa emitido por autoridad competente vigente a la fecha de apertura de ofertas y acreditación de origen nacional de lo cotizado. No requiere documentación electrónica.
10) En caso de corresponder, deberá presentar garantía de mantenimiento de oferta, según lo establecido en el artículo 11 de este Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
ARTÍCULO 9°. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Quienes hubieren descargado el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, las Especificaciones Técnicas Básicas y los Anexos, conforme a las pautas establecidas en el artículo 5° del presente podrán formular las ofertas correspondientes. La presentación de la oferta se hará a través de los formularios electrónicos disponibles en PBAC cumpliendo todos los requerimientos exigidos en los Pliego de Bases y Condiciones Generales, de Condiciones Particulares y sus Anexos, adjuntando todos y cada uno de los documentos solicitados en ellos en soporte electrónico. Asimismo, los documentos deberán ingresarse en el sistema PBAC en formato PDF, no pudiendo superar cada uno los 20 MB.
Toda documentación que se adjunte y que sea requerida en los pliegos, deberá encontrarse redactada en idioma castellano o en su defecto deberá acompañar la traducción realizada por un traductor oficial.
A fin de garantizar su validez, la oferta electrónicamente cargada deberá ser confirmada por el oferente, lo cual podrá realizarlo únicamente a través de un usuario habilitado para ello, conforme lo normado en el artículo 3° del Anexo Único de la Resolución Conjunta N° 20/17 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Xxxxxxxxx x Xx 00/00 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
ARTÍCULO 10. CONDICIONES, LUGAR Y PLAZO DE ENTREGA
La entrega de los bienes se efectuará en Economato - Departamento Logística - ARBA, Xxxxx 00 xxxxx 0 x 0, xxxxxxxx, corredor "B" naranja, Oficina N°19.
Al solo efecto de evitar demoras al momento de la descarga de los productos, el adjudicatario deberá coordinar el horario de las entregas con el responsable de la recepción, a saber: Xxxx Xxxxxxxxxxx, Jefe de Departamento Logística, teléfono de contacto (0000) 00 000-0000 y/o Xxxxxxxx Xxxxx, Subgerenta de Logística y Servicios Generales, teléfono de contacto (0000) 00 000-0000; días hábiles, en el horario de 8:00 a 16:00 horas.
Los gastos de traslados, xx xxxxx y descarga correrán por cuenta del Adjudicatario.
La entrega de los bienes se realizará según lo detallado en el Anexo VII- Cronograma de Xxxxxxx.
ARTÍCULO 11. GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
De corresponder, los oferentes deberán presentar e individualizar la garantía de mantenimiento de oferta en el formulario electrónico de PBAC. El original del instrumento deberá ser presentado ante el Departamento Gestión de Adquisiciones y Contrataciones, sito en xxxxx 00 xxxxx 0 x 0, 0x xxxx, corredor “X”, xxxxxxx 000, xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx, dentro del plazo de veinticuatro (24) horas computado a partir del acto de apertura, en sobre cerrado que indique los datos de la contratación. La fecha de emisión del instrumento de garantía no podrá exceder del día y hora de apertura de ofertas. No obstante, mientras dure el aislamiento social preventivo y obligatorio prorrogado por Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020- 641-APN-PTE (o sus prórrogas), podrá presentarse en el siguiente correo electrónico: xxxxxxxxxxxxx.xxx@xxxx.xxx.xx, consignado como referencia “garantía de mantenimiento de oferta”.
El monto de la garantía de mantenimiento de oferta deberá ser equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta, de conformidad con lo prescripto en el artículo 19 de la Ley N° 13.981, artículo 19 apartado 1 a) del Anexo I del Decreto Reglamentario N° DECTO-2019- 59-GDEBA-GPBA y artículo 19 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, con la excepción prevista en su apartado 3°, que determina que las ofertas y adjudicaciones menores a 100.000 UC y mayores a 10.000 UC no requieren garantía de mantenimiento de oferta, pero sí de cumplimiento de contrato y, de existir anticipo financiero, también contragarantía.
El valor actual de la UC (Unidad de Compra) es de pesos cincuenta ($50).
La falta de presentación de la garantía producirá la desestimación de la oferta sin más trámite. La garantía deberá constituirse mediante las formas establecidas en el artículo 19 apartado 2° del Anexo I del Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
En caso de resultar adjudicatario/s, la garantía de mantenimiento de oferta se prorrogará hasta la constitución de la garantía de cumplimiento de contrato.
ARTÍCULO 12. ACTA DE APERTURA
El acto de apertura de ofertas se efectuará a través del PBAC, liberándose las ofertas en el día y hora establecidos en el presente pliego, formulándose electrónicamente el Acta pertinente con los siguientes requisitos:
a) Xxxxx, hora, e identificación de la contratación;
b) Número de orden asignado a cada oferta;
c) Monto de cada oferta y sus variantes;
d) Nombre del oferente y número de C.U.I.T.;
e) Xxxxx y forma de la garantía cuando corresponda su presentación. Ninguna oferta puede ser desestimada en el acta de apertura
ARTÍCULO 13. EMPATE DE OFERTAS
Se considerará empate técnico de ofertas, conforme lo normado por el artículo 20, apartado 4º, del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA, cuando la diferencia entre las ofertas más convenientes (por precio unitario de renglón o monto global, según corresponda) no sea superior al dos por ciento (2%).
En este caso, la preadjudicación corresponde a la propuesta que ofrezca mayor cantidad de elementos de origen nacional. De subsistir el empate, se solicitará a los proponentes que, por escrito y dentro de los tres (3) días, formulen una mejora de precios.
Las nuevas propuestas que se presenten, son abiertas en el lugar, día y hora establecidos en el requerimiento, labrándose el Acta pertinente.
El silencio del oferente invitado a desempatar, se entiende como mantenimiento de la propuesta sin modificación.
De mantenerse el empate, se analizará la posibilidad de adjudicar en base a otras ventajas como: mayor cantidad de criterios sustentables incorporados a la oferta, mayor cantidad de elementos de mejor calidad o características diferenciales similares.
Si ninguno de estos criterios resultara de aplicación, se preadjudicará finalmente a la oferta económica más baja.
En caso que exista paridad exacta de ofertas, es decir, sin ningún tipo de diferencia numérica entre las propuestas más convenientes, se seguirán los pasos previstos para el empate técnico, con la salvedad que agotadas todas las instancias de desempate (esto es: i) constatación de mayor cantidad de elementos de origen nacional, ii) pedido de mejora de precios, iii) análisis de otras ventajas tales como criterios sustentables, mayor cantidad de elementos de mejor calidad o características diferenciales) se procederá al sorteo público de
las ofertas empatadas. Para ello, deberá fijarse día, hora y lugar del sorteo público y notificarse a los oferentes llamados a desempatar.
ARTÍCULO 14. MEJORA DE OFERTA
Cuando la Comisión Asesora de Preadjudicación estime que el precio de la mejor oferta presentada resulte excesivo con relación al monto estimado de la contratación, podrá solicitar, por PBAC una mejora en el precio de la oferta, a los fines de conseguir la más conveniente a los intereses de la Provincia. Ante la negativa del oferente de mejorar el precio, dicha Comisión en su caso, aconsejará proseguir con la adjudicación o declarar la inconveniencia de todas las propuestas, exponiendo los fundamentos en su dictamen.
ARTÍCULO 15. INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA. MUESTRAS
Para la evaluación de las ofertas, el organismo podrá requerir de los oferentes, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas. Dicho requerimiento se efectuará por PBAC.
Los Oferentes deberán presentar una (1) muestra del producto sin cargo alguno, para los renglones 1/10, 13, 16/17, 20/21, 23 y 34, debiendo ser nueva y en el mismo material que el requerido. Dicha muestra deberá presentarse antes del Acto Apertura de Ofertas, en el sector Economato - Departamento Logística - ARBA, Xxxxx 00 xxxxx 0 x 0, xxxxxxxx, corredor "B" naranja, Oficina N°19 y coordinarse con la responsable del Sector Gestión en Salud y Seguridad en el Trabajo Xxxxxxx Xxxxx, teléfono de contacto (000) 00-000-0000, días hábiles, en el horario de 9 horas a 15 horas.
La muestra deberá indicar en forma clara y visible los datos del presente procedimiento de selección (Número de Expediente y Objeto de la Licitación), fecha y hora de apertura de las ofertas y la identificación del oferente. Como constancia de su recepción, se extenderá un recibo en original y copia. Al momento de cotizar la oferta a través de PBAC, deberá el oferente adjuntar el archivo en formato PDF correspondiente al remito-recibo de la citada muestra. La no presentación de la muestra facultará al Organismo a desestimar la oferta sin más trámite. Resuelta la adjudicación por la autoridad competente, la muestra presentada por el oferente, quedará a su disposición para el retiro hasta veinte (20) días corridos después de la comunicación efectuada por el organismo licitante juntamente con la notificación del resultado
del acto licitatorio. De no procederse a su retiro, vencido el plazo estipulado precedentemente, la muestra pasará a ser propiedad del Organismo sin cargo.
Las muestras deberán cumplir con las especificaciones solicitadas para poder ser consideradas técnicamente aceptadas. En caso de no cumplir con los requisitos técnicos, la propuesta será desestimada.
ARTÍCULO 16. DICTAMEN DE PREADJUDICACIÓN
Las ofertas serán analizadas por una Comisión de Preadjudicación.
La Comisión de Preadjudicación evaluará en cada oferta el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente y los establecidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares, la aptitud de los oferentes para contratar, los aspectos formales, legales, económicos, forma de cotización y técnicos de cada oferta.
El cuadro comparativo de precios será confeccionado automáticamente por PBAC tomando la información que surja de la cotización de las ofertas presentadas en el sistema.
En el Acta que se emita como consecuencia de su dictamen, se indicará si hay ofertas inadmisibles, explicando los motivos y disposiciones aplicables, siguiendo igual procedimiento en caso de ofertas manifiestamente inconvenientes. Se dejará constancia de la evaluación de las observaciones que se hayan efectuado y se consignarán los fundamentos normativos de la recomendación aconsejada en el dictamen.
La Comisión emitirá su dictamen mediante PBAC dentro de cinco (5) días hábiles contados desde la fecha de apertura de las propuestas indicando el orden de mérito de las ofertas que hayan sido aceptadas en el proceso de selección en forma fundada.
Dicho plazo se suspenderá por el requerimiento de informes técnicos o por la intimación a subsanar defectos formales, cursada a los oferentes. La Comisión deberá intimar al oferente, bajo apercibimiento de desestimar la oferta, a subsanar deficiencias insustanciales de su oferta dentro del término que se fije en la intimación.
Es condición que al momento de la adjudicación el oferente se encuentre inscripto en el Registro de Proveedores y Licitadores.
El dictamen de evaluación de las ofertas se notificará a todos los oferentes por avisos mediante mensajería de PBAC, en el domicilio electrónico declarado por los proveedores de
acuerdo a los términos y condiciones establecidos en la Xxxxxxxxxx Xx 000/00 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
ARTÍCULO 17. IMPUGNACIÓN DE LA PREADJUDICACIÓN
El dictamen de preadjudicación se notifica electrónicamente a los oferentes haciéndoles saber el derecho a tomar vista de las actuaciones y a formular impugnaciones dentro del plazo de tres (3) días hábiles desde la notificación.
Los interesados podrán impugnarlo dentro de los plazos establecidos en el párrafo anterior, presentando el correspondiente descargo ante la Mesa de Entradas del Departamento de Actuaciones Administrativas de la Gerencia General de Administración, sito en xxxxx 00 xxxxx 0 x 0, 0x xxxx, corredor “X”, xxxxxxx 000, xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx, días hábiles, en el horario de 8:00 a 16:00 horas, junto con la garantía de impugnación. No obstante, mientras dure el aislamiento social preventivo y obligatorio prorrogado por Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-641-APN-PTE (o sus prórrogas), podrá presentarse en el siguiente correo electrónico: xxxxx.xxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx, consignado como referencia “impugnaciones al Dictamen de Preadjudicación”.
La garantía deberá constituirse por el tres por ciento (3%) del monto de la oferta del renglón impugnado, si el Dictamen de Preadjudicación no aconsejare la aceptación de ninguna oferta, el importe de la garantía se calculará sobre la base del monto ofertado por el impugnante por el renglón cuestionado, conforme lo establecido en el artículo 19, apartado 1, inciso f) del Anexo I del Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
La garantía deberá constituirse mediante las formas establecidas en el artículo 19 apartado 2°, incisos 2 al 6 del Anexo I del Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA. En caso que el oferente optare por constituir garantía mediante póliza de seguros de caución, la misma deberá ser emitida por las compañías autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires y contendrán la cláusula de liso, llano y principal pagador y el sometimiento a la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de La Plata.
Las impugnaciones serán resueltas en el mismo acto administrativo de adjudicación, previa vista y nuevo Dictamen de Preadjudicación, el que no se sustanciará.
Los importes correspondientes a las garantías de impugnación serán reintegrados al impugnante si la impugnación es resuelta favorablemente.
ARTÍCULO 18. MODALIDAD DE ADJUDICACIÓN -
La adjudicación será efectuada por renglón, según lo dispuesto por el artículo 21 del Anexo I del Decreto Nº DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA y los artículos 22 y 23 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales.
ARTÍCULO 19. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la notificación de la orden de compra al adjudicatario o del instrumento que la sustituya, ello de acuerdo con los lineamientos vertidos en el artículo 23 de la Ley N° 13.981 y Decreto N° DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
ARTÍCULO 20. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Los oferentes deberán constituir una garantía de cumplimiento de contrato, la que no podrá ser inferior al diez por ciento (10%) del valor total adjudicado, la misma deberá presentarse en el Departamento Órdenes de Compra y Facturación, sito en xxxxx 00 xxxxx 0 x 0, 0x xxxx, corredor “X”, xxxxxxx 000X, xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx, dentro de los siete (7) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación, ello de acuerdo a lo establecido en el artículo 19, apartado 1º, inciso b) del Anexo I del Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-59- GDEBA-GPBA. No obstante, mientras dure el aislamiento social preventivo y obligatorio prorrogado por Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-641-APN-PTE (o sus prórrogas), podrá presentarse en el siguiente correo electrónico: xxxxxxx.xxx@xxxx.xxx.xx, consignando en referencia “Garantía de cumplimiento de contrato”.
La garantía deberá constituirse mediante las formas establecidas en el artículo 19 apartado 2°, del Anexo I del Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA. Si el oferente optare efectuarlo mediante pagaré, el mismo deberá ser a la vista, suscripto por quienes ejerzan la representación de la persona jurídica o cuenten con poder suficiente para su libramiento en su caso, únicamente cuando la contratación supere las 10.000 UC y hasta las
100.000 UC. Los pagarés deberán contener la cláusula “sin protesto” y consignar como lugar
de pago el del domicilio del organismo contratante, debiendo el librador fijar el mismo domicilio que el legal constituido en la oferta. En tanto, si optare por constituirlo mediante póliza de seguros de caución, deberá ser emitida por las compañías autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires.
Dicha póliza deberá mantener plena vigencia durante todo el plazo del Contrato y determinando que la Provincia de Buenos Aires, en la persona de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, será el asegurado y contendrá el sometimiento a la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de La Plata.
ARTÍCULO 21. MODIFICACIONES AL CONTRATO
Conforme lo establecido en el artículo 26 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, la decisión de aumentar o disminuir en hasta un treinta y cinco por ciento (35%) será notificada antes de la finalización del plazo de ejecución contractual.
Toda decisión de aumentar o disminuir la prestación deberá notificarse al cocontratante con una antelación no menor a cinco (5) días corridos de la finalización del plazo de ejecución contractual y deberá perfeccionarse, mediante la notificación de la respectiva orden de compra o suscripción del contrato, hasta treinta (30) días corridos posteriores a la terminación del plazo aludido, previa renovación de la garantía de cumplimiento de contrato. Los efectos del perfeccionamiento no podrán retrotraerse más allá del dictado del acto administrativo que apruebe el aumento o disminución.
Superado el plazo de treinta (30) días corridos, el perfeccionamiento del aumento o disminución requerirá nueva conformidad del cocontratante.
ARTÍCULO 22. FACTURAS Y PAGO
Las facturas serán presentadas en original con cada entrega y acompañadas de los remitos respectivos, en el Departamento Órdenes de Compra y Facturación de la Gerencia de Adquisiciones y Contrataciones, y cumplir con las exigencias previstas en la normativa fiscal, tanto Nacional como Provincial. El pago se efectuará conforme lo estipulado en los artículos 30 y 31 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales.
Ante cualquier consulta contactarse al siguiente correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx.xxx@xxxx.xxx.xx.
ARTÍCULO 23. GARANTÍA ELEMENTOS - DEFECTOS DE ORIGEN - VICIOS DE FABRICACIÓN - EXTENSIÓN
El Adjudicatario garantizará los elementos entregados, desde la fecha de la recepción definitiva de los mismos, contra defectos o vicios que se adviertan con motivo de su uso, lo que será notificado de manera fehaciente al mismo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 punto II apartado 3° y subsiguientes del Decreto Reglamentario Nº DECTO-2019-59- GDEBA-GPBA, excepto que se prevea un plazo superior que será especificado para cada renglón.
El tiempo máximo de respuesta entre la notificación del defecto o vicio detectado y el reemplazo del insumo afectado por uno nuevo será de siete (7) días hábiles. El horario disponible para reclamos deberá ser de 8:00 a 16:00 horas.
ARTÍCULO 24. INCUMPLIMIENTOS - SANCIONES
Cuando el Adjudicatario incumpliere con las obligaciones contraídas de la presente contratación, éste será pasible de las sanciones previstas en el artículo 24 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
ARTÍCULO 25. CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD
El Adjudicatario y la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires se comprometen a preservar la confidencialidad de los datos y/o información propiedad de la otra parte que tome conocimiento por el cumplimiento de la presente Contratación, como así también se obligan al cumplimiento del deber de confidencialidad por parte de sus empleados o terceros subcontratados, cuando el Comitente hubiera autorizado la misma. Se obligan a no retener, copiar o de cualquier manera reproducir, en forma total o parcial, la información a la que tuviera acceso o que la otra parte le hubiera entregado. También se obligan a que terceros contratados para cualquier servicio respeten esta cláusula de confidencialidad. La Agencia podrá controlar a la otra parte permanentemente o en cualquier momento para prevenir la
utilización impropia o no autorizada de la información. El deber de confidencialidad subsistirá aún después de finalizado el contrato.
La presentación de la oferta implica el conocimiento y aceptación, en todos sus términos y condiciones, del presente artículo.
ARTÍCULO 26. INSTANCIAS COMPETENTES
Las instancias administrativas o técnicas competentes del Organismo Contratante, con la intervención de Contaduría General de la Provincia y de los Órganos de Asesoramiento y Control cuando corresponda según la materia, serán quienes se expedirán respecto de la interpretación de las presentes Bases de la Contratación y demás documentación que, posteriormente, integre el contrato.
Serán también quienes intervendrán en todas las cuestiones que las Bases de la Contratación prevén, autorizan, reservan o imponen al Comitente.
En particular, la Gerencia de Recursos Humanos será responsable de actuar como contraparte de la relación contractual y tendrá a su cargo la verificación del cumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones que las Bases de la Contratación establecen.
ARTÍCULO 27. COMPETENCIA JUDICIAL
Ante cualquier cuestión judicial que pudiera suscitarse en torno al presente procedimiento de selección y perfeccionamiento del contrato conforme Ley N° 13.981, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo de la Provincia de Buenos Aires del Departamento Judicial de La Plata renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción (artículo 6º xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales).
ARTÍCULO 28. OBLIGACIONES FISCALES DEL OFERENTE
Los oferentes, al momento de la apertura de ofertas, deberán acreditar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Si en dicha oportunidad se verifica la existencia de deuda exigible correspondiente a períodos no prescriptos, que no supere el monto establecido en el artículo 134 de la Ley N° 14.200 (Texto según Ley N° 14.880) o aquel que en el futuro lo sustituya, al momento de la preadjudicación, esta Agencia de Recaudación intimará al preadjudicatario a la cancelación total en el plazo de tres (3) días, bajo apercibimiento de tener por desistida la oferta, ello en virtud de lo dispuesto por el artículo
121 de la Ley N° 15.079. Como constancia de lo anterior, esta Agencia de Recaudación emitirá el correspondiente Certificado de Cumplimiento Fiscal (A404-W).
ARTÍCULO 29. CONSULTAS TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS
Para consultas técnicas referente a la utilización del sistema PBAC comunicarse al (0000) 000-0000 / 000-0000 / 000-0000 o enviar un correo a mesadeayuda@cgp.gba.gov.a para consultas administrativas, enviar un correo a xxxxxxxxxxxxx.xxx@xxxx.xxx.xx o comunicarse al teléfono (0000) 000-0000/4520, en días hábiles, en el horario de 8:00 a 16:00 hs.