PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES
TIPO DE CONTRATACION: CONCURSO DE PRECIOS OBJETO: PROVISIÓN DE MATERIALES
FECHA Y HORA DE APERTURA:
FECHA Y HORA PARA RECEPCIÓN DE OFERTAS: HASTA EXPEDIENTE NRO:
1. - OBJETO.-
La Municipalidad de la ciudad de La Falda llama a CONCURSO DE PRECIOS para la provisión de materiales de la ciudad de La Falda,
según detalle incluido en las Condiciones Particulares xxx Xxxxxx.
2. – LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA.-
Municipalidad de La Falda, sita en Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx 00 xx xx Xxxxxx xx Xx Xxxxx, o el día hábil subsiguiente si este resultare no laborable, a las 12:00 horas.
La fecha y hora pueden ser diferidos pero no adelantados, y el lugar cambiado, por razones de fuerza mayor, comunicando a los que hubieran adquirido los presentes Pliegos en forma fehaciente.
3. - CUERPO LEGAL DE APLICACIÓN.-
El presente Concurso de Precios se regirá por las prescripciones de la Carta Orgánica Municipal, la Ordenanza General de Presupuesto vigente, la Ordenanza de Régimen de Contrataciones vigente, el presente Pliego de bases y condiciones, la Ley Orgánica de Contabilidad de la Provincia xx Xxxxxxx Nro.7631 y sus Decretos reglamentarios; se considerará Autoridad de Aplicación a la definida en el Pliego de Condiciones Particulares.
4. - LUGAR DE CONSULTA.-
El citado cuerpo legal podrá ser consultado por los interesados en la Secretaría definida en el Pliego de Condiciones Particulares, en el horario corriente de atención al público.-
5. - SOLICITUD DE ACLARACIONES.-
Los oferentes contarán con un plazo de hasta (3) TRES días hábiles anteriores a la fecha
fijada para la apertura, al efecto de solicitar por escrito las aclaraciones e información adicional que crean necesarias sobre la forma y contenido xxx xxxxxx.
Tanto las consultas como las contestaciones serán comunicadas por la Municipalidad a todas las personas físicas o jurídicas que hayan retirado la documentación del Concurso de Precios. Estos documentos pasarán a formar parte integrante de los elementos del Concurso de Precios.
La Municipalidad, si lo juzga necesario, podrá también formular aclaraciones de oficio hasta tres ( 3) días antes de la fecha de apertura. Todas las aclaraciones que se remitan llevarán numeración corrida y entrarán a formar parte de la documentación.
6. - PRESUPUESTO OFICIAL.-
Fijase el Presupuesto oficial total en la suma de pesos ……
Las ofertas se realizarán por Unidad de Medidas y deberán incluir precios unitarios y totales; en caso de discrepancia entre dichos valores se dará preeminencia al valor unitario de cada ítem.
7.- FORMA DE PAGO.-
La forma de pago se fija de la siguiente manera:…….
El Contratista presentará la factura de las entregas parciales de los materiales detallados en la cláusula 1 del presente Pliego de Bases y Condiciones en un todo de acuerdo al cronograma de entrega de materiales presentado; la Municipalidad de la Ciudad de La Falda abonará a los (30) treinta días de recibida la factura presentada, previa retención de 5 % en concepto de Fondo de reparo.-
El fondo de reparo será devuelto a los quince ( 15 ) días de emitida el acta de recepción definitiva de la provisión
8. - VALOR DE PLIEGOS.-
El valor de los Pliegos se fija en la suma de Pesos ; este precio no incluye el valor
del derecho de oficina que deberá abonarse para poder participar del concurso de precios el cual se adjuntará con la solicitud de admisión.
9. – PLAZO DE LA PROVISIÓN.-
La obra contempla un plazo de provisión del total de material de …………… días hábiles de acuerdo al avance de la provisión propuesto.
Si por cuestiones ajenas a la Municipalidad de La Falda o al Contratista se debiera extender el plazo de la provisión de material, dicha extensión se podrá realizar de común acuerdo mediante comunicación fehaciente, sin requerimiento de ajuste complementario, reajuste de precios o cobro de acopio de material, siempre que la extensión de plazo no exceda los treinta días corridos; caso contrario, la Municipalidad y el Contratista acordarán la modificación de plazos y precios.
10. - COMPUTO DE PLAZOS.-
El cómputo de los plazos se efectuará conforme las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación, salvo que expresamente en estos Pliegos se disponga lo contrario. Los términos referidos a los procedimientos expresados en días se computarán en días hábiles para la Administración Municipal salvo que se indique expresamente lo contrario.
11. - OFERENTES.-
Están capacitados para contratar con la Municipalidad, las personas de existencia ideal o real que teniendo la capacidad jurídica para contratar que fija el derecho común, y no estén comprendidos dentro de las siguientes causales:
a) Encontrarse en relación de dependencia con la Municipalidad, sus organismos descentralizados oferentes donde esta sea parte.
b) Los funcionarios o empleados de la Municipalidad.
c) Los deudores morosos de la Municipalidad ya sea por Tasa de Comercio e Industria, Tasa de Servicios a la Propiedad o multas.
d) Aquellos contratistas que no hubieren dado satisfactorio cumplimiento a contratos celebrados anteriormente con este Municipio, que hayan sido sancionados en el cumplimiento de contratos con apercibimientos, actas, multas o cualesquiera otras sanciones administrativas y los que no hayan cumplido con regularidad en sus obligaciones para con el Municipio.
Esta inhabilitación alcanza al deudor / incumplidor según el párrafo anterior, su cónyuge y/o conviviente, hermanos, ascendientes y descendientes en línea recta hasta el 1ª grado de consanguinidad como asimismo a parientes por afinidad hasta el 2ª grado y por el termino de
5 años contados a partir de la exigibilidad del crédito municipal.
Para el caso de personas jurídicas estas condiciones serán extensivas a todos sus integrantes.
e) Quienes hayan sido condenados por cualquier clase xx xxxxx, delitos, falsedad, estafa, o estén procesados por tales delitos. Esta incapacidad rige hasta el momento de la absolución o sobreseimiento definitivo.
f) Quienes hayan sido declarados en quiebra, mientras no se opere la rehabilitación o estén en concurso de acreedores.
g) Quienes estén privados por cualquier causa de la libre disponibilidad de sus bienes.
12. - OFERTAS.-
Las Ofertas se deberán presentar en sobre cerrado sin membrete, firmadas por el oferente o representante legal en todas sus hojas, condición esta última que deberá acreditarse mediante poder debidamente legalizado ante Escribano Público, en sobre cerrado sin membrete, dirigido a:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE LA FALDA - LLAMADO A CONCURSO DE PRECIOS PARA …….
Dicha presentación deberá efectuarse ante la Oficina xx Xxxx de Entradas, hasta el día y hora establecidos como fecha y hora de apertura.-
El sobre contendrá en su interior:
a) Solicitud de admisión con el sellado Municipal y el derecho de oficina establecido por la Ordenanza Tributaria Vigente, dicho formulario será retirado xx Xxxx de Entradas de la Municipalidad de La Falda.
b) Comprobante de pago de pliegos.
c) Constancia de haber consignado la Garantía de Oferta a favor de la Municipalidad de la Ciudad de La Falda, de acuerdo a lo que establece el presente Xxxxxx.
d) Pliego General de Bases y Condiciones Generales y Particulares.
e) Descripción, lo más detallada posible, de los antecedentes técnicos comerciales al igual que los referidos al desarrollo o contratos en ejecución en provisiones similares a las que se licitan.
f) Constancia asumiendo expresa obligación de que en caso de resultar adjudicatario del
Concurso de Precios se procederá en un término no mayor a QUINCE (15) días a inscribirse como contribuyente de la Tasa que incide sobre la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios de la Municipalidad de La Falda.
g) Constancia de Inscripción en AFIP y DGR.
h) Constitución de domicilio legal en la Ciudad de La Falda, donde serán válidas todas las comunicaciones y emplazamientos que se efectúen.
i) Declaración expresa del sometimiento a la jurisdicción de los Tribunales contencioso administrativo de la ciudad xx Xxxx del Eje, obligándose a agotar la vía administrativa, previo a acudir a la instancia judicial.
j) Declaración jurada de bienes, indicando la naturaleza, características, ubicación, inscripción, gravámenes y valor de cada uno de los que integraren el patrimonio del Oferente, obligándose a denunciar dentro del término de VEINTICUATRO (24) horas todo gravamen o transferencia que efectuare respecto de ellos.
k) Declaración jurada en la que deberá manifestar en forma clara y detallada si mantiene reclamaciones administrativas y/o acciones judiciales con la Municipalidad de La Falda.
l) Libre deuda municipal o certificado de inexistencia de planes de pago vigentes.-
m) Sobre cerrado detallando:
1. Oferta económica expresada en pesos siendo posible cotizar rubros en forma parcial o total.
2. Cronograma de Entrega de Materiales.
3. Forma de pago de acuerdo al Punto SIETE (7) del presente Xxxxxx.-; el oferente podrá agregar alternativas de pago adicionales.
La presentación de la oferta implica que los proponentes han estudiado exhaustivamente los documentos del Concurso de Precios y que obtuvieron todos los datos e informes necesarios para su correcta elaboración; no se admitirá, por lo tanto, con posterioridad al acto de apertura de las propuestas, reclamo alguno fundado en deficiencias de información.
13.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.-
Los proponentes se obligan a mantener sus ofertas por el término de TREINTA (30) días corridos a contar de la fecha indicada para su presentación, pudiendo prorrogarse por un período igual con consentimiento expreso de los oferentes y a pedido de la municipalidad de La Falda; la falta de contestación a este pedido dentro del término de cinco (5) días hábiles
de su recepción, hará presumir la falta de interés del oferente y por tanto su desistimiento, procediéndose de oficio a la devolución de la garantía constituida.
14.- RECHAZO DE OFERTAS.-
Serán motivo de rechazo:
a) La falta parcial o total de la documentación a incluir en el sobre de la oferta, el que será devuelto al mismo.
b) Las ofertas condicionadas o que se aparten de las bases de la contratación
c) Las ofertas que no estén firmadas en todos sus folios por el oferente o representantes legales.
d) Las ofertas que correspondan a firmas suspendidas o inhabilitadas comercialmente.
e) Las ofertas que no incluya la garantía correspondiente o cuando ésta no reúna las formas exigidas.
En el caso que faltare algún comprobante o certificado de la documentación exigida y/o recaudo que no modifique la oferta, la Municpalidad, a su exclusivo criterio, podrá establecer un plazo a contar desde el momento de recibir la notificación para completar dicha documentación, bajo apercibimiento de desestimación de la oferta.
15.- GARANTIA DE OFERTA.-
Para afianzar el cumplimiento de todas sus obligaciones, los proponentes en el presente Concurso de Precios deberán presentar una garantía de oferta por el UNO POR CIENTO (1%) del valor del Presupuesto oficial de / de los rubros cotizados. La misma deberá ser presentada conjuntamente con la oferta, y podrá ser constituida en algunas de las siguientes formas:
1) EN EFECTIVO: mediante depósito efectuado en la Caja Municipal o acompañar boleta de depósito por dicho importe, en la cuenta que designe la Municipalidad.-
2) CON FIANZA BANCARIA o SEGURO DE CAUCION: Con plazo de validez hasta la adjudicación del Concurso de Precios. Esta garantía no será aceptada, en caso que contenga cláusulas condicionantes, restrictivas o limitativas de la responsabilidad que contrae el asegurador, debiendo garantizar xxxx y llanamente el resarcimiento del riesgo asegurado, dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a contar de la comunicación expresa, sobre el cumplimiento del oferente.
16.- PÉRDIDA DE LA GARANTÍA DE OFERTA:
La garantía de la oferta se perderá en los siguientes casos:
a) el desistimiento de la oferta antes del vencimiento del plazo de mantenimiento establecido respecto de la misma.
b) la no integración en tiempo y forma de la garantía de contrato.
c) la no suscripción en tiempo útil del contrato de adjudicación
d) la falsedad de datos proporcionados por el Oferente
Todo esto acarreará la pérdida de la garantía de oferta sin perjuicio de las penalidades y acciones que correspondieren.-
La garantía de oferta de los oferentes no adjudicados será reintegrada a los cinco ( 5 ) días de concretada la adjudicación del concurso de precios.
17.- ACTO DE APERTURA DE OFERTAS.-
La Municipalidad por medio de sus representantes procederá a la apertura de sobres, controlar su contenido, determinar eventuales rechazos de ofertas según lo establecido en el punto 14 del presente pliego, recibir impugnaciones de oferta y labrar el acta correspondiente, dejando constancia de todo lo actuado durante el acto de Apertura.
Sin perjuicio de lo señalado, no serán rechazadas las ofertas que a criterio de la Municipalidad contengan defectos formales que no afecten su análisis, valoración y comparación con las demás ofertas.
Estos defectos formales no esenciales deberán ser detallados en el Acta de Apertura y subsanados por los oferentes dentro de las cuarenta y ocho (48) horas subsiguientes, bajo apercibimiento de procederse al rechazo de la oferta.
18.- SELECCIÓN DE LA OFERTA MÁS CONVENIENTE.-
La Municipalidad procederá a la evaluación de las ofertas recibidas y detalladas en el acta de apertura.
En la evaluación de las ofertas considerará:
1. Capacidad, experiencia, solvencia, antecedentes de conducta contractual, y estructura empresarial del oferente.-
2. Características particulares de cada propuesta.-
3. Todo otro elemento que a criterio de la Municipalidad contribuya a formar juicio sobre la conveniencia de la propuesta o su desestimación.-
A los fines de su cometido, la Municipalidad podrá requerir los informes que estimare necesarios, tanto de parte de los oferentes, terceros, organismos públicos o privados, etc. pudiendo incorporar cualquier documentación y antecedentes que a su juicio sea de utilidad para el análisis comparativo.
Podrán asimismo requerir a los oferentes aclaraciones de la propuesta, las que deberán ser contestadas en el plazo perentorio de CINCO (5) días corridos a partir de su requerimiento.- Las aclaraciones de propuesta en ningún caso podrán modificar la misma, en tal supuesto, las modificaciones que se efectúen no serán tenidas en consideración.-
La Municiaplidad, luego del análisis y consideración de todas las ofertas, emitirá dictamen fundado en informe de evaluación seleccionando la oferta más conveniente para cada rubro y conformando el orden de mérito de las ofertas restantes.
La Municipalidad, podrá emitir dictamen recomendando adjudicar aún en el caso de presentarse solo un oferente.
Si entre las ofertas recibidas se verificara igualdad en su calificación como más conveniente la Municipalidad llamará exclusivamente a esos oferentes a mejorar su propuesta.
En cualquier estado del trámite de adjudicación la Municipalidad podrá:
a. Rechazar todas o parte de las propuestas.
b. Adjudicar parte de los rubros objeto del concurso si es que no se cumplimentó con lo requerido en la totalidad de los rubros licitados.
c. Si considerara conveniente a los intereses del municipio, podrá realizar la adjudicación por cantidades menores a las establecidas en el punto 1 del presente pliego; es este caso; en este caso los importes detallados como base presupuestaria en el artículo 6 y los de garantía de oferta exigido en el artículo 15, podrán ser disminuido exactamente en la misma proporción en que se reduzca el plazo de la adjudicación.
d. declarar desierta la licitación de un rubro en particular.
19.- INTENCION DE ADJUDICACIÓN.-
Finalizada la labor de la Municipalidad y elaborado el informe correspondiente, la Municipalidad notificará fehacientemente y por escrito a todos los oferentes sobre su intención de adjudicar la oferta más conveniente de cada rubro.
En el caso de rechazo de intención de adjudicación por parte del oferente seleccionado, la Municipalidad, podrá optar por las ofertas incluidas en el orden de mérito.
20.- IMPUGNACIONES A LA INTENCIÓN DE ADJUDICACIÓN.-
Dentro del plazo de dos (2) días posteriores a las notificaciones de intención de la adjudicación, los oferentes podrán formular impugnación fundada a la misma.
Para presentar impugnación el interesado deberá constituir un depósito de garantía en efectivo xxx xxxx por ciento (10%) del presupuesto oficial de los rubros impugnados, el que será depositado en la cuenta corriente bancaria que la Municipalidad determine o tesorería municipal.
En caso de producirse impugnación a la intención de adjudicación, la misma deberá ser notificada por la Municipalidad a todos los oferentes del rubro.
La Municipalidad dictaminará sobre las impugnaciones recibidas, aceptando o desechando las mismas, manteniendo firme la intención de adjudicación original o dando lugar a una nueva adjudicación.
21.- ADJUDICACIÓN.-
La Municipalidad adjudicará el Concurso de Precios mediante decreto con publicación en boletín oficial y difusión en medios de comunicación.
La Municipalidad podrá adjudicar en caso de que se presente un solo oferente, siempre y cuando se hayan cumplido con las difusiones previstas en el régimen de Contrataciones en un todo de acuerdo a la Ordenanza de Presupuesto vigente.
22. - NUEVA ADJUDICACIÓN.-
En caso de no aceptarse la adjudicación original por parte del oferente, o bien por resolución del contrato por incumplimiento del contratista, la Municipalidad se reserva el derecho de adjudicar al oferente cuya propuesta siga en orden de méritos y que resulte ser la más conveniente a los intereses municipales, o de convocar a un nuevo procedimiento de selección de oferentes.
23.- RESERVAS.-
En cualquier estado del trámite previo a la adjudicación la Municipal podrá:
a- Rechazar todas o parte de las propuestas, todo ello sin derecho a indemnización alguna por parte de los Oferentes.-
b- Adjudicar parte de los rubros licitados si es que no se cumplimentó con lo requerido en la totalidad de los rubros solicitados.
c- Si considerara conveniente a los intereses del municipio, podrá realizar la adjudicación por cantidades menores a los establecido en el punto 1 del presente cuerpo legal; en este caso los importes detallados como base presupuestaria en el artículo 6 y los de garantía de Oferta exigido en el art. 15, podrán ser disminuido exactamente en la misma proporción en que se reduzcan las cantidades objeto de la licitación.
24.- CONTRATO.-
Una vez que quede firme el acto administrativo, y efectuadas las comunicaciones xx xxx, el adjudicatario deberá firmar el contrato de provisión, dentro de los tres (3) días contados a partir de la notificación fehaciente.
La firma del contrato implica la presentación de la garantía de contrato y la devolución de la garantía de oferta.-
Los documentos a considerar para la interpretación del contrato, en orden de prioridades, serán los siguientes:
• Pliego de Concurso de Precios.
• Oferta y notas complementarias y/o aclaratorias.
• Cronograma de desarrollo de la provisión del servicio
• Las notas aclaratorias intercambiadas con el contratista con posterioridad a la firma el contrato
A partir de la firma del Contrato, la Municipalidad ejecutará a través de la Secretaría que se designe, el Control y Seguimiento, siendo su misión asegurar el fiel cumplimiento del Contrato.
La garantía de contrato se extenderá por un plazo definido en el Pliego de Condiciones Particulares.
Hasta la firma del contrato se reservarán los depósitos en garantía de las ofertas subsiguientes en orden de mérito, a las respectivas propuestas adjudicadas.
El CONTRATISTA estará obligado a ampliar o reducir el monto del contrato hasta un 15% de las cantidades contratadas en forma global o por ítem a solo requerimiento de la
municipalidad manteniendo los precios unitarios y demás condiciones contractuales.
25.- DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE OFERTA
Una vez resuelta la adjudicación o el rechazo de las propuestas, la Municipalidad procederá a la devolución de las garantías a aquéllos proponentes cuyas ofertas no hayan sido aceptadas, sin que tengan derecho a reclamar indemnización alguna por la no adjudicación y en un plazo no mayor de cinco (5) días contados desde la firma del contrato de provisión o desde el rechazo de todas las ofertas recibidas.
La garantía de la oferta adjudicataria no será devuelta hasta su reemplazo por la garantía de contrato.
26.- GARANTÍA DE CONTRATO.-
Para afianzar el cumplimiento de todas sus obligaciones, el adjudicatario del presente concurso de precios deberá presentar una GARANTIA por el 10% del valor total adjudicado, la cual deberá ser constituida a la firma del contrato respectivo y en cualquiera de las formas expresadas en el punto 15 del presente.
27.- RECOMPOSICIÓN DE LA GARANTÍA DE CONTRATO.-
Todo pago o erogación que el Municipio se viera obligado a realizar por acciones u omisiones del Contratista será descontada de la garantía de contrato, pero esta deberá ser restablecida por el Contratista a su valor original en un plazo no mayor a siete (7) días después de reclamados por la Municipalidad. El incumplimiento de estos plazos será causal de resolución del contrato respectivo.
28.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO.-
El Contratista deberá ajustarse estrictamente a los términos y condiciones que imparta la Municipalidad de La Falda, obligándose a:
1. Entregar los materiales conforme al cronograma presentado y aprobado por la Municipalidad.
2. Producir dentro del SETENTA Y DOS (72) horas requerido, cualquier informe que solicite la Municipalidad, como así también informar, dentro de idéntico plazo de cualquier hecho o circunstancias que pudiera entorpecer la entrega de materiales.
3. El Contratista se obliga a rembolsar y/o reparar a la Municipalidad de la ciudad de la Falda por todo daño y/o suma dinero que por cualquier concepto pudiera sufrir o se viera obligada a abonar a terceros, personas físicas o jurídicas como consecuencias de daños y perjuicios causados directa o indirectamente por defectos en los materiales.
4. Los reembolsos y/o reparaciones deberán efectivizarse dentro de los DIEZ (10) días de efectuado el reclamo por parte de la Municipalidad, con más los accesorios que pudieren corresponder de acuerdo a la legislación vigente al momento del efectivo pago.
5. Responder en forma exclusiva por cualquier daño que pudiere ocasionarse a terceros y/o a sus bienes, así como al personal bajo su dependencia, por lo que el Contratista deberá contratar seguro que cubra los siguientes riesgos:
Responsabilidad del Trabajo y/o Enfermedades Profesionales: Xxxxxxxxx para el personal afectado por las actividades del contrato sobre el total de las obligaciones emergentes de las leyes de trabajo y seguridad social.
Responsabilidad Civil: Cobertura de esta responsabilidad sin límites por pérdidas, daños o lesiones que pudieran sobrevenir a cualquier persona o bienes de propiedad de terceros, originados o provenientes de las actividades contractuales desarrolladas.-
29.- RECEPCIÓN DE MATERIALES.-
Los materiales se entregarán acompañados de remitos con el detalle de los mismo según especificaciones técnicas del contrato; dentro de los cinco (5) días la Municipalidad prestará su conformidad y dará curso a la correspondiente certificación a los efectos de su facturación, si así fuera la modalidad establecida por el pliego en lo atinente a forma de pago.
30.- RECEPCIÓN PROVISORIA DE LA PROVISIÓN.-
Dentro de los diez (10) días de la recepción de la totalidad de los materiales incluidos en el contrato, la Municipalidad elaborará el acta de recepción provisoria, siempre que los materiales recepcionados cumplan con las especificaciones xxx xxxxxx y no merezcan observaciones.
Si al momento de la recepción provisoria de los materiales no se ajustarán a las especificaciones del contrato se suspenderá la emisión del acta hasta tanto se subsanen los inconvenientes registrados.
31.- RECEPCIÓN DEFINITIVA DE LA PROVISIÓN.
Vencido el plazo establecido como garantía por el Pliego, contado desde la correspondiente recepción provisoria, y no habiéndose registrado observaciones, o en dicho plazo no hubieren aparecido defectos como consecuencia de vicios ocultos, se procederá, dentro de los cinco (5) días, a emitir el certificado de recepción definitiva de la obra, al reintegro de la garantía de contrato y la devolución del fondo de reparo.
32.- INTERRUPCIÓN DE LA PROVISIÓN DE MATERIALES.
Cuando mediaren circunstancias que determinaren la interrupción de la provisión de materiales, cualquiera sea la causa que la motive y sin perjuicio de la aplicación de las otras disposiciones que regulen el caso, la Municipalidad de la Ciudad de La Falda podrá asumir directamente o por terceros la provisión de los mismos x xxxxx del contratista.
33.- PENALIDADES.
El incumplimiento de los plazos establecidos por el contrato representará para el contratista una penalidad por día de atraso, establecida en el Pliego de Condiciones Particulares, las cuales, acumuladas, no podrán exceder del 15% del valor del contrato.
Superado dicho monto la Municipalidad podrá anular el suministro siendo pasible el contratista de la recisión del contrato
34.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA.-
Las sanciones establecidas en el presente régimen serán aplicadas al titular del contrato, aun cuando la falta sea imputable a la acción u omisión de personal de él dependiente.-
35.- INFRACCIONES DE CARÁCTER PERMANENTE.-
En el caso de deficiencias técnicas, el Contratista deberá subsanarlas o hacerlas desaparecer dentro del plazo que a tal fin le fije la Municipalidad, vencido el cual, si subsistieran, se consideraran a los fines sancionatorios a punitivos como un hecho nuevo.-
36.- DESCARGO PREVIO.-
La aplicación de las sanciones previstas en los puntos anteriores, se efectuará previa intimación al Contratista para que formule los descargos pertinentes en un plazo no mayor a SETENTA Y DOS HORAS (72 hs.).-
37.- DE LA TRANSFERENCIA DEL CONTRATO.-
El contrato no podrá ser cedido o transferido por el Contratista por ninguna causa, sin previo consentimiento expreso de la Municipalidad de la Ciudad de La Falda y Ad-Referéndum del Concejo Deliberante.-
El nuevo contratista deberá cumplir los mismos requisitos exigidos en el contrato original.
38.- IMPUESTOS, TASAS y SERVICIOS.-
Será responsabilidad del Contratista el pago de los impuestos y tasas Nacionales, Provinciales y Municipales, creados o a crearse, que graven la actividad a desarrollar.
39.- DE LAS CAUSAS DE LA CONCLUSIÓN.-
La relación contractual quedará extinguida por:
1. - Vencimiento de la duración del contrato.-
2. - Mutuo acuerdo.-
3.- Resolución por parte de la Municipalidad por incumplimiento de las condiciones generales de funcionamiento.
40.- DE LA CONCLUSIÓN POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATISTA.
La Municipalidad de la ciudad de La Falda, podrá disponer la caducidad de la Adjudicación, con la pérdida de la Garantía de ejecución del contrato, incautación de los bienes para asegurar la actividad comercial a desarrollar, cuando mediaren algunas de las siguientes causas:
1. Cuando el contratista sea culpable de fraude, negligencia grave o contravenga las obligaciones y condiciones establecidas en el Pliego de Concurso de Precios, Contrato y/o disposiciones legales que regulen la contratación.-
2. Por deficiencias reiteradas en los materiales, fehacientemente comprobadas y notificadas al Contratista.-
3. Por transferencia o cesión parcial o total del contrato sin consentimiento expreso de la Municipalidad.-
4. Por no reintegrar en término el depósito de la garantía del contrato y/o los montos que pudieran serle aplicados por multas.-
5. Cuando el contratista suprima, modifique o suspenda, total o parcialmente la provisión de materiales.-
6. Por concurso o quiebra del contratista.-
7. Por incumplimiento de las disposiciones legales reguladoras de la adjudicación.-
8. Por la falta de constitución o mantenimiento o acreditación trimestral de los seguros exigidos.-
9. Por falseamiento de la información, datos o antecedentes proporcionados a la Municipalidad, adulteración de registraciones y toda otra actividad que tenga por objeto viciar de error una decisión administrativa o proporcionar al contratista beneficios económicos indebidos.-
10. Por la muerte del titular, si se tratare de persona física, y en el caso de no existir sucesión familiar que exprese voluntad fehaciente de mantener el contrato en vigencia.
41.- EFECTOS DE LA CONCLUSIÓN.-
La conclusión del contrato según punto 40 del presente pliego llevará implícita la pérdida del depósito constituido en garantía y la inhabilitación por DOS (2) años para concurrir en calidad de oferente a cualquier llamado de selección que pudiera efectuar la Municipalidad o para asumir el carácter de proveedor de la misma.-
42.- JURISDICCIÓN JUDICIAL.-
En caso de existir cuestiones litigiosas, se debe agotar la vía administrativa, posteriormente se podrá recurrir a la Jurisdicción de los Tribunales xx Xxxx del Eje.-