Contrato de Suministro Contratación Selección Abreviada – Subasta Inversa Presencial No. 02 de 2015
PLIEGOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS
Contrato de Suministro
Contratación Selección Abreviada – Subasta Inversa Presencial No. 02 de 2015
1. GENERALIDADES
1.1. OBJETO
EL INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO, está interesado en recibir propuestas para el siguiente objeto: Suministro por demanda de papelería, útiles, equipos de escritorio, artículos de oficina requeridos para apoyar la gestión administrativa del ITM, hasta por el valor del presupuesto asignado, para los diferentes campus del ITM a nivel del Municipio de Medellín, con entregas periódicas, de conformidad con las especificaciones técnicas.
1.2. FUNDAMENTO DEL PROCESO DE SELECCIÓN
En virtud de lo establecido en el literal a) del numeral 2° del Artículo 2° de la Ley 1150 de 2007, reglamentado por los artículos 40 y siguientes del Decreto 1510 de 2013, por regla general, independientemente de la cuantía, los bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización, deben ser adquiridos haciendo uso de procedimientos de subasta inversa, compra por acuerdo marco de precios o adquisición a través de bolsa de productos.
La presente Selección Abreviada mediante Subasta Inversa Presencial, se regirá por las leyes colombianas vigentes, sobre todas y cada una de las materias que tengan relación con su desarrollo y ejecución, y, en especial, por las normas contenidas en las Leyes 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 1474 de 2011, en el Decreto Reglamentario 1510 de 2013 y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan.
De conformidad con lo establecido en el artículo 152 del Decreto 1510 de 2013, el presente proceso se adelantará mediante Selección Abreviada Subasta Inversa Presencial con convocatoria limitada a Mipymes.
En materia de publicidad y convocatoria pública del proceso de selección, se debe observar y cumplir lo dispuesto en los artículos 19 y 21 del Decreto 1510 de 2013.
1.3. INSTRUCCIÓN PRELIMINAR
• El proponente no podrá estar incurso dentro de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en el ordenamiento legal colombiano, para contratar con el Estado.
• El proponente deberá conocer el Pliego de Condiciones y las normas que regulan la contratación de las entidades públicas y en especial todos los aspectos que puedan influir en la elaboración de su propuesta.
• Los proponentes están en la obligación de actuar objetiva e imparcialmente; por lo que en todo momento deberán primar los intereses de la Entidad; asegurando así no incurrir en conflicto de intereses. En consecuencia, los proponentes evitarán dar lugar a situaciones en que se pongan en conflicto con sus obligaciones previas o vigentes, con respecto a las actividades que desarrollan o desarrollarán con terceros en ejercicio de su actividad profesional y/o comercial, o con su futura participación en el proceso de selección o en la ejecución de otros contratos. Por lo anterior, el proponente al momento de presentar su propuesta, deberá declarar que él, sus directivos y el equipo de trabajo, con el que se ejecutará el objeto contractual, no se encuentra incurso en conflicto de intereses.
• Los proponentes deberán darle estricto cumplimiento a las previsiones y exigencias indicadas en los pliegos de condiciones, pues, estos últimos forman parte esencial del contrato; son la fuente de derechos y obligaciones de las partes y elemento fundamental para su interpretación e integración, pues contienen la voluntad de la administración a la que se someten los proponentes durante los procesos de selección y el oferente favorecido durante el mismo lapso y, más allá, durante la vida del contrato.
1.4. VEEDURÍAS CIUDADANAS
En cumplimiento de lo establecido en la Ley 850 de 2003, las veedurías ciudadanas podrán ejercer control social sobre la
presente contratación.
Las veedurías ciudadanas establecidas de conformidad con la Ley podrán desarrollar su actividad durante las etapas precontractual, contractual y postcontractual de este proceso de selección, realizando oportunamente las recomendaciones escritas que consideren necesarias, e interviniendo en las audiencias que se convoquen durante el proceso, caso en el cual se les suministrará toda la información y documentación pertinente que soliciten y que no esté publicada en el sitio xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. El costo de las copias y las peticiones presentadas seguirán las reglas previstas en el Código Contencioso Administrativo.
1.5. POLÍTICA ANTICORRUPCIÓN
En todas las actuaciones derivadas de las estipulaciones del presente Pliego de Condiciones y del contrato que forma parte del mismo, el proponente obrará con la transparencia y la moralidad que la Constitución Política y las leyes consagran. Si el ITM comprobare hechos constitutivos de corrupción por parte de un proponente durante el proceso de selección, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiere lugar, podrá rechazar la respectiva propuesta.
Si los hechos constitutivos de corrupción tuvieren lugar dentro del plazo de ejecución del contrato, tales circunstancias podrán dar lugar a la declaratoria de caducidad, de conformidad con las reglas previstas para el efecto en la Ley y en el respectivo contrato.
1.6. PRESUPUESTO OFICIAL
EL INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO ha estimado el presupuesto oficial para esta contratación de Selección Abreviada por Subasta Inversa Presencial en la suma de CIENTO NOVENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS
M.L. ($197.600.000) IVA Incluido. Respaldados en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 168 de 2015.
Propuesta que supere el presupuesto oficial, quedará automáticamente eliminada, del proceso de selección.
La adjudicación del contrato se hará por el valor del presupuesto oficial y en las cantidades requeridas, de acuerdo a las necesidades del ITM, se hará el pedido al contratista.
1.7. PLAZO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del contrato será desde la fecha de la firma del Acta de Inicio hasta el 11 de diciembre de 2015 o hasta agotar el presupuesto oficial.
1.8. IDIOMA
Toda información deberá presentarse en castellano.
1.9. MODALIDAD DE PAGO
La modalidad de pago para el contrato que se suscriba, como resultado del proceso de selección, es a precio unitario fijo no reajustable, por lo tanto, el proponente deberá proyectar todos los costos en que pudiere incurrir durante la ejecución del contrato, los cuales deberá contemplar en el valor de su propuesta.
1.10. INFORMACIÓN SUMINISTRADA
La Entidad, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 83 de la Constitución Política, presume que toda la información que el proponente xxxxxxx al proceso de selección es veraz, y corresponde a la realidad. No obstante, la Entidad podrá verificar la información suministrada por el proponente y hacer las correcciones aritméticas que considere necesarias.
El proponente responderá de conformidad con las normas legales establecidas para el efecto, por incurrir en prohibiciones, develar información reservada y/o suministrar información falsa.
NOTA: Los documentos o información suministrada por el proponente, no requerida por la entidad, que no sea necesaria para la
habilitación de la propuesta o para su evaluación, se tendrá por no presentada.
1.11. INTERPRETACION, ACLARACION Y MODIFICACION DE LOS DOCUMENTOS DE LA SUBASTA INVERSA
La información contenida en el Pliego de Xxxxxxxxxxx, sustituye cualquier otra clase de información que la Entidad y/o sus funcionarios pudieron haber suministrado a los proponentes o terceros interesados en el proceso de selección. Por consiguiente, todas las informaciones preliminares, concomitantes o posteriores que los interesados hayan obtenido en forma diferente a la oficial, quedan sin valor y la Entidad, no se hace responsable por su utilización.
El proponente deberá examinar, analizar y estudiar cuidadosamente todos los documentos tales como formularios, condiciones, especificaciones, e informarse oportunamente de todas las circunstancias que puedan afectar el objeto, su costo y tiempo de ejecución, además de los anexos y adendas que se expidan durante el proceso; se entenderá que los documentos, incluidas las especificaciones, se complementan mutuamente de manera que lo consignado en uno de ellos se tomará como consignado en todos.
El medio oficial de publicidad para comunicar cambios, ajustes, observaciones, aclaraciones o en general, cualquier situación en el proceso, es a través de adendas, comunicaciones oficiales y Resoluciones, que a su vez se publicarán en el Sistema Electrónico de Contratación Pública (SECOP) a través del Portal Único de Contratación, xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y en el sitio web institucional xxx.xxx.xxx.xx
El Pliego de Condiciones conservará plena validez, mientras no sean modificados expresamente por el ITM y solo a través de adendas debidamente publicadas en el Sistema Electrónico de Contratación Pública (SECOP) a través del Portal Único de Contratación xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y en el sitio web institucional xxx.xxx.xxx.xx
Las interpretaciones o deducciones que el proponente hiciere del contenido xxx Xxxxxx de Condiciones, así como de los documentos que hacen parte integrante del proceso, serán de su exclusiva responsabilidad.
1.12. CALIDADES DEL PROPONENTE
1.12.1 PARTICIPANTES
Teniendo en cuenta que durante la publicación del proyecto xx xxxxxx de condiciones presentaron manifestaciones de interés en participar las siguientes Mipymes:
NUMERO | PROPONENTE | NIT | FECHA DE MANIFESTACIÓN | CUMPLE Mipyme |
1 | T&U IMPORTACIONES S.A. | 900.181.068-0 | 03/02/2015 | SI |
0 | XXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXX | 70.047.900-1 | 05/02/2015 | SI |
3 | PAPELERÍA EL PUNTO S.A.S. | 800.004.711-9 | 05/02/2015 | SI |
4 | FERRELECTRICA S.A.S. | 860.053.274-9 | 09/02/2015 | SI |
5 | TECNIGRUP S.A.S. | 802.002.769-3 | 09/02/2015 | SI |
6 | XXXXXX S.A.S. | 900.295.510-5 | 09/02/2015 | SI |
Las anteriores Xxxxxxx cumplen con los requisitos señalados en el Decreto 1510 de 2013 y la Ley 905 de 2004, por tal razón el presente proceso se tramitará con limitación a las mismas, con el objeto de que presenten ofertas quienes ostenten la calidad de Mipymes y las uniones temporales o consorcios integrados únicamente por Mipymes.
1.12.2 REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
Las Mipymes interesadas en participar en el presente proceso de selección diferentes a las señaladas en el numeral anterior, deberán demostrar los siguientes requisitos mínimos:
Acreditar la condición de Mipymes a través de la presentación de una certificación expedida por el representante legal y el revisor fiscal, si esta obligado a tenerlo, o contador público en la que se señale tal condición y su tamaño empresarial, además deberá presentar el certificado expedido por la Cámara de Comercio o por la autoridad que sea competente para acreditar la antigüedad y la copia del Registro Único Tributario (RUT). Estos dos últimos documentos deben estar incluidos en la propuesta para la verificación de los requisitos habilitantes.
Las Mipymes deberán acreditar mínimo un (1) año de existencia, tener por lo menos un (1) año de constituidas al momento de la convocatoria.
Las Mipymes deben garantizar la satisfacción de las condiciones técnicas y económicas requeridas en la contratación.
Los Consorcios o Uniones Temporales, deberán tener como mínimo un (1) año de existencia al momento de la convocatoria y estarán sujetos a lo siguiente:
El Representante Legal de la Persona Jurídica, Consorcio o Unión Temporal, debe estar facultado cualitativa y cuantitativamente para presentar la propuesta y firmar el contrato, bien por los respectivos estatutos o por manifestación expresa y escrita del órgano societario competente, antes de la presentación de la propuesta.
Los proponentes indicarán si su participación es a título de consorcio o unión temporal, y en el caso de Uniones Temporales, señalarán los términos y extensión en la presentación de la propuesta y en la ejecución del contrato, esto es, indicandocuales de las obligaciones contractuales habrán de ejecutar, e indicando el porcentaje de participación en el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 1° del artículo 7 de la Ley 80 de 1.993, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo del ITM, y en caso de no especificarse el porcentaje de participación se entenderá que se hace a través de consorcio.
Los miembros de consorcio o de la unión temporal deberán presentar el documento de constitución, el cual deberá expresar claramente su conformación, las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos y su responsabilidad
1.13. VIGENCIA DE LA PROPUESTA Y GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Las propuestas y la garantía de seriedad de la oferta deberán tener una vigencia mínima de tres (3) meses, contados a partir del cierre del proceso de selección o del vencimiento de su prórroga, si la hay. Por solicitud de la Entidad, el Proponente prorrogará el término de validez de su propuesta y de la garantía de seriedad.
1.14. SOLICITUD DE INFORMACION O ACLARACIONES
Toda solicitud de información o aclaración respecto al Pliego de Xxxxxxxxxxx, o cualquier correspondencia que se requiera enviar, se deberán entregar en el Archivo de la Entidad para ser radicado y se debe dirigir enunciando que se trata de la Selección Abreviada Mediante Subasta Inversa Presencial del encabezado y describiendo el objeto del presente proceso de Selección. Igualmente, estas podrán ser enviadas al electrónico xxx@xxx.xxx.xx. Las respuestas, serán suministradas a través del SECOP o PORTAL UNICO DE CONTRATACIÓN, xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx o a través del correo electrónico de los interesados que enviaron las observaciones.
1.15. ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS
Forman parte del proyecto xx Xxxxxx de Condiciones y xxx Xxxxxx de Condiciones definitivo los estudios y documentos previos adelantados por la Entidad, los cuales se publican a través de la página del SECOP xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y en el sitio web institucional xxx.xxx.xxx.xx.
Así mismo forma parte xxx xxxxxx de condiciones definitivo, la matriz de tipificación de riesgos previsibles identificados, los documentos que contengan especificaciones técnicas necesarias para el proceso de selección, el borrador de la minuta de
contrato, el presupuesto oficial, las observaciones que realicen los interesados con anterioridad al cierre del proceso de selección y su correspondiente respuesta. 1.16. PUBLICIDAD DEL PROCEDIMIENTO EN EL SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA CONTRATACIÓN PÚBLICA (SECOP) La Entidad garantiza la publicidad de todos los procedimientos y actos asociados a los procesos de contratación salvo los asuntos expresamente sometidos a reserva. La información contenida en los actos del proceso se considera oponible en el momento en que aparece publicada en el Portal Único de Contratación. La publicidad se hará en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP) a través del Portal Único de Contratación, xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y en el sitio web institucional xxx.xxx.xxx.xx, con base en lo anterior, se publicarán los documentos señalados en el artículo 19 el decreto 1510 de 2013. 1.17. CRONOGRAMA La siguiente es la cronología del proceso a llevar por el Instituto Tecnológico Metropolitano: | ||||
FECHA Y HORA | ACTIVIDADES | LUGAR | ||
03 de febrero de 2015 | AVISO DE CONVOCATORIA | Portal Único de Contratación: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y Página web: xxx.xxx.xxx.xx | ||
Desde el 03 hasta el 10 de febrero de 2015 | PUBLICIDAD PROYECTO DE PLIEGOS DE CONDICIONES | Portal Único de Contratación: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y Página | ||
Hasta el 10 de febrero de 2015 | PRESENTACIÓN DE OBSERVACIONES AL PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES | |||
12 de febrero de 2015 | RESPUESTA A OBSERVACIONES DEL PROYECTO DE PLIEGOS | Portal Único de Contratación: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y Página | ||
12 de febrero de 2015 | APERTURA DE LA CONTRATACION Y PUBLICACIÓN PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO | Portal Único de Contratación: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y Página web: xxx.xxx.xxx.xx | ||
Hasta el 00 xx xxxxxxx xx 0000 | XXXXX PARA PRESENTAR OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO | |||
Hasta el 17 de febrero de 2015 | ADENDAS Y RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO | Portal Único de Contratación: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y Página web: xxx.xxx.xxx.xx | ||
Desde el 12 de febrero de 2015, desde las 8:00 horas y hasta las 12:00 horas y desde las 13:30 horas las 17:30 horas, hasta el día 19 de febrero de 2015 desde las 8:00 horas hasta las 10:00 horas esta última fecha y hora de cierre de la presente contratación. | RECEPCIÓN DE PROPUESTAS | Archivo General calle 73 Nº 76 A - 354 Medellín. | ||
19 de febrero de 2015 a las 10:15 horas | AUDIENCIA DE APERTURA DE PROPUESTAS | Calle 73 N° 76 A 354 Sala de reuniones Bloque A, tercer piso. | ||
Hasta el 24 de febrero de 2015 | EVALUACION DE PROPUESTAS | Oficina Asesoría Jurídica y Departamento Comercial. | ||
Desde el 26 de febrero de 2015 hasta el 03 xx xxxxx de 2015 | PUBLICACION INFORME DE HABILITACIÓN | Portal Único de Contratación: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y Página |
05 xx xxxxx de 2015 | RESPUESTA A OBSERVACIONES AL INFORME DE HABILITACIÓN | Portal Único de Contratación: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y Página | ||
09 xx xxxxx de 2015 a las 15:00 horas. | AUDIENCIA SUBASTA INVERSA | Xxxxx 00 Xx 00 X 000 Sala de reuniones Bloque A, tercer piso. | ||
09 xx xxxxx de 2015 | ADJUDICACION DEL PROCESO | Calle 73 N° 76 A 354 Sala de reuniones Bloque A, tercer piso. | ||
10 xx xxxxx de 2015 | PUBLICACION DEL ACTO ADMINISTRATIVO DE ADJUDICACION | Portal Único de Contratación: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y Página web: xxx.xxx.xxx.xx | ||
1.18. PROMOCIÓN AL DESARROLLO Y PROTECCIÓN DE LA INDUSTRIA NACIONAL: CONVOCATORIA LIMITADA A MIPYMES NACIONALES. En el presente proceso de Selección Abreviada mediante Subasta Inversa Presencial, se presentaron seis (6) manifestaciones de interés por parte de Mipymes, una vez realizada la evaluación de la calidad de Mipymes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 2 de la Ley 905 de 2004 y el artículo 152 del Decreto 1510 de 2013, el presente proceso se adelantará con convocatoria limitada a Mipymes nacionales, debido a que reúnen los siguientes requisitos, de conformidad a la evaluación hecha por la administración de la calidad de Mipymes: 1. La cuantía del proceso está por debajo de los US$125.000 Mil Dólares americanos 2. Se haya recibido mínimo tres (3) manifestaciones de interés solicitando limitar la convocatoria exclusivamente a Mipymes. 3. Se haya acreditado mínimo un año de existencia por parte de las Mipymes que manifestaron interés. Las Mipymes que participen en la convocatoria limitada deben garantizar la satisfacción de las condiciones técnicas y económicas requeridas en la contratación. Limitado el proceso a Mipymes, podrán participar uniones temporales o consorcios, los cuales deberán estar integrados únicamente por Mipymes. En tal caso, para efectos de la limitación de la convocatoria, cada consorcio o unión temporal se contará por si mismo, y no por el numero de Mipymes que los integren, que deberán cumplir de manera individual los requisitos mínimos señalados. 1.19. TRATADOS INTERNACIONALES El Proceso de Contratación de que trata el presente documento está dentro de los procesos cubiertos por los Acuerdos Comerciales en atención a los montos mínimos (umbrales) previstos en ellos para su aplicación y el Instituto Tecnológico Metropolitano está dentro de la lista de entidades cubiertas por los mismos como se indica a continuación: Acuerdo Entidad Presupuesto del Excepción Proceso de Comercial Estatal Proceso de Aplicable al Contratación incluida Contratación Proceso cubierto superior al valor de Contratación por el Acuerdo del Acuerdo Comercial Comercial Chile SI NO NO NO Guatemala SI SI NO SI CAN SI SI NO SI Para el acuerdo comercial suscrito con Chile aplica para la contratación de Bienes y servicios superiores a $586’634.000 y Servicios de construcción superiores a $14.665’850.000. Para el acuerdo comercial suscrito con Guatemala y la CAN no se establecieron valores, por lo que las contrataciones que requieran la publicación de una invitación abierta a participar o a presentar ofertas, a excepción de la mínima cuantía están cubiertas. 1.19.1 Trato Nacional La Entidad Estatal debe dar a los bienes y servicios de los Estados con quienes Colombia ha suscrito un Acuerdo Comercial, el |
mismo trato que da a los bienes y servicios colombianos cuando un Acuerdo Comercial es aplicable a un Proceso de Contratación.
Adicionalmente, la Entidad Estatal debe dar a los servicios prestados por proponentes de la CAN el mismo trato que da a los servicios colombianos. La única excepción a los servicios de proponentes de la CAN es el servicio de transporte aéreo para el cual no hay trato nacional. Para efectos de claridad, los países miembros de la CAN son Colombia, Bolivia, Ecuador y Perú.
En aquellos casos en los que se deba otorgar a los bienes y servicios extranjeros el mismo trato que se les da a los bienes y servicios nacionales, la Entidad Estatal debe conceder a dichos bienes y servicios el puntaje adicional de que trata la Ley 816 de 2003 y las preferencias en caso de empates de acuerdo con el artículo 33 del Decreto 1510 de 2013.
1.20. INTERPRETACIÓN Y ACEPTACIÓN XXX XXXXXX DE CONDICIONES
Con la presentación de la oferta, el proponente manifiesta que estudió el pliego de condiciones y todos los documentos del presente proceso de selección, que obtuvo las aclaraciones sobre las estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la naturaleza de los trabajos, su costo y su tiempo de ejecución, que formuló su oferta de manera libre, seria, precisa y coherente, y que además, se acoge a los dictados de la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011, el Decreto 19 de 2012, el Decreto 1510 de 2013 y demás normas aplicables a la contratación estatal.
Todos los documentos del proceso de selección se complementan mutuamente, de tal manera que lo indicado en cada uno de ellos se entenderá como indicado en todos. Las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de lo establecido en este pliego de condiciones, serán de su exclusiva responsabilidad. En consecuencia, el Instituto Tecnológico Metropolitano “ITM” no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, mala interpretación u otros hechos desfavorables en que incurra el proponente y que puedan incidir en la elaboración de su oferta.
Las aclaraciones y respuestas a las observaciones presentadas por los proponentes durante el proceso de selección tendrán únicamente valor interpretativo.
El hecho de que el proponente no se informe y documente debidamente sobre los detalles y condiciones bajo los cuales serán ejecutados los trabajos objeto del presente proceso de selección, no se considerará como excusa válida para la futura formulación de eventuales reclamaciones.
En la propuesta no podrán señalarse condiciones diferentes a las establecidas en este pliego. En caso de hacerlo, se tendrán por no escritas y, por lo tanto, prevalecerán las disposiciones contenidas en este documento.
2. PROCEDIMIENTO
2.1. APERTURA
La presente contratación se abrirá en la fecha establecida en el cronograma, a partir de esta fecha podrán ser consultados los pliegos de condiciones en la Oficina Jurídica del ITM y estarán disponibles en el Portal Único de Contratación xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y en la página web de la institución xxx.xxx.xxx.xx
Se reciben las observaciones frente a los pliegos y/o especificaciones técnicas hasta el día señalado en el cronograma, a partir de esa fecha, de ser necesario, se publicarán las observaciones respectivas para la elaboración final de la propuesta.
2.2. PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA – Presentación de propuesta completa (Oferta inicial de precio y documentación de requisitos habilitantes).
La propuesta deberá entregarse en el Archivo General del Instituto Tecnológico Metropolitano bloque I primer piso en sobre cerrado, calle 73 Nº 76 A - 354 Medellín, en la fecha y horas dispuesta en el cronograma.
Si de acuerdo con los pliegos de condiciones, las propuestas hubieren sido enviadas por correo, se entenderá por fecha y hora de presentación las que aparezcan en el sello o escrito puesto sobre la oferta por el encargado de recibirla, en el momento de su llegada al sitio de entrega de las mismas que se haya fijado en los pliegos de condiciones.
El ITM, no se responsabilizará de las propuestas enviadas por correo.
Las propuestas se conformarán por dos sobres que se presentarán cerrados, separados y marcados como Sobre No. 1 y Sobre No. 2 así:
SOBRE 1. Correspondiente a Documentación para verificación de requisitos habilitantes, y deberá contener: Documentos habilitantes (que se entregarán en Original y Copia) de acuerdo con el numeral 4.
SOBRE 2. Correspondiente a la Propuesta inicial de precio. Este sobre sólo será abierto al momento de la iniciación de la puja. Los precios ofrecidos serán fijos no reajustables y deberán ser en cifras enteras sin decimales, en moneda colombiana.
2.3. PÚBLICACIÓN PLIEGOS DE CONDICIONES
El proyecto de pliegos de condiciones se publicara en la fecha señalada en el cronograma, términos durante el cual los interesados podrán presentar sus observaciones al proyecto de pliegos conforme lo dispuesto por el artículo 23 del Decreto 1510 de 2013 en la dirección de correo electrónico xxx@xxx.xxx.xx, los pliegos de condiciones definitivos se publicarán en el Portal Único de Contratación xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y en el sitio web institucional xxx.xxx.xxx.xx y podrán ser consultados a partir de la fecha de apertura según el cronograma propuesto, fecha a partir de la cual se entiende formalmente abierta la presente contratación.
La información contenida en el Pliego de Xxxxxxxxxxx y sus adendas sustituye totalmente cualquier otra que el ITM o sus funcionarios pudieran haber suministrado en forma preliminar a los proponentes en este proceso de selección abreviada mediante subasta inversa presencial.
NOTA: La publicación del proyecto de pliegos de condiciones no genera obligación para el Instituto Tecnológico Metropolitano de dar apertura al proceso de selección.
2.4. PLAZO DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El plazo de la presente selección es el comprendido entre la fecha para la presentación de ofertas y la fecha señalada para el cierre, de acuerdo a lo establecido en el CRONOGRAMA.
2.5. ACLARACIONES Y MODIFICACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES
Las consultas al Pliego de Condiciones, deberán formularse a través del correo electrónico xxx@xxx.xxx.xx, habilitado para el efecto, o por escrito a la calle 73 Nº 76 A - 000 Xxxxxxxx, Xxxxxxxx, Archivo del ITM para ser radicadas, indicando el número del proceso de selección y su objeto.
Dentro del plazo comprendido entre la publicación xxx Xxxxxx de Condiciones Definitivo y hasta dos (02) días hábiles antes de la fecha de cierre del proceso de selección, cualquier interesado podrá solicitar por escrito aclaraciones adicionales, las que serán resueltas y debidamente publicadas en el SECOP. Si la respuesta constituye una aclaración o adición a los mismos, la Entidad mediante Adenda las tendrá en cuenta, las cuales harán parte integrante xxx Xxxxxx de Condiciones y será publicado en el Portal Único de Contratación – SECOP y en el Portal del ITM.
Teniendo en cuenta que el artículo 25 de decreto 1510 de 2013, faculta a la entidad para llevar a cabo las modificaciones al pliego de condiciones, estas se efectuarán dentro del término de publicación xxx xxxxxx de condiciones definitivo, y en todo caso a más tardar con un (1) día de anterioridad a la fecha en que se tiene previsto el cierre del proceso.
Así mismo en el evento que sea necesario modificar el cronograma señalado en el inciso anterior, con posteridad a la diligencia de cierre, el Instituto Tecnológico Metroplitano de manera unilateral, lo efectuará a través del medio antes descrito, en el Portal Único de Contratación – SECOP y en el Portal del ITM.
Lo anterior no impide que dentro del plazo fijado en el cronograma del presente proceso, los posibles proponentes, si encontraren discrepancias en los documentos de los pliegos de condiciones o tuvieren dudas acerca de su significación o su interpretación, puedan consultarlas al Instituto Tecnológico Metroplitano. En ese sentido la entidad a través de documento
escrito que será publicado la página Web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx - Portal Único de Contratación – SECOP y en el Portal del ITM.
2.6. PRÓRROGA DEL PLAZO DEL PROCESO DE SELECCIÓN
Cuando lo estime conveniente la entidad interesada, de oficio o a solicitud de un número plural de posibles oferentes, podrá prorrogar el plazo del proceso de selección, por un término no superior a la mitad del inicialmente fijado, entendiendo por plazo, como el término que transcurre entre la fecha a partir de la cual se pueden presentar propuestas y la de su cierre.
Para la modificación del plazo, se tendrán en cuenta las condiciones señaladas en el numeral anterior.
2.7. CIERRE DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS
El proceso, se cerrará en la fecha y hora establecida para el efecto, de conformidad con lo señalado en el CRONOGRAMA y la Entidad, procederá a la apertura de las propuestas en audiencia pública, a los quince (15) minutos siguientes a la hora límite para la entrega de propuestas.
En la audiencia se dará apertura únicamente al sobre que contiene los requisitos habilitantes, el sobre con la propuesta económica permanecerá cerrado.
De dicha audiencia se suscribirá por los asistentes acta en la cual se relacionen los folios y el número de póliza de seriedad de cada una de las propuestas.
2.8. PUBLICACION DEL INFORME DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES
La Entidad publicará el Informe de verificación de requisitos habilitantes en la fecha establecida en el CRONOGRAMA, relacionando en él los proponentes que una vez surtido el trámite de verificación resultan habilitados para participar en el certamen de subasta inversa.
2.9. SUBASTA INVERSA PRESENCIAL – METODOLOGÍA
Subasta Inversa Presencial. Se entiende como la puja dinámica efectuada presencialmente, mediante la reducción sucesiva de precios durante un tiempo determinado, de conformidad con las reglas previstas en el presente pliego de condiciones y el Decreto 1510 de 2013.
2.9.1. Audiencia De Subasta Inversa Presencial y de Adjudicacion
Los proponentes habilitados deberán presentarse en el sitio lugar y hora indicados en el cronograma xxx xxxxxx de condiciones para dar inicio a la subasta inversa presencial. Los proponentes que no se encuentren a la hora allí señalada no podrán participar del certamen de subasta inversa presencial.
2.9.2. Procedimiento
Antes de dar inicio al certamen se pondrá a disposición de los participantes el acta de asistencia que una vez suscrita por los proponentes implicará el inicio del certamen.
Antes del inicio de cada lance se les distribuirán sobres y formularios a cada proponente para la presentación de sus lances. En dichos formularios se deberá consignar únicamente el precio ofertado por el proponente o la expresión clara e inequívoca de que no se hará ningún lance de mejora de precios.
Un funcionario del Departamento Comercial, abrirá los sobres con las ofertas iniciales de precio y comunicará a los participantes en la audiencia cuál fue la menor de ellas y se procederá a efectuar las correcciones de tipo aritmético.
La entidad otorgará a los proponentes un término tres minutos (3) para hacer un lance válido que mejore la menor de las ofertas iniciales de precio.
Los proponentes harán su lance utilizando los sobres y los formularios suministrados.
Un funcionario del Departamento Comercial, recogerá los sobres cerrados de todos los participantes.
El funcionario designado registrará los lances válidos y los ordenará descendentemente. Con base en este orden, dará a conocer únicamente el menor precio ofertado.
Los proponentes que no presentaron un lance válido no podrán seguir presentándolos durante la subasta.
La entidad repetirá el procedimiento descrito en los anteriores literales, en tantas rondas como sea necesario, hasta que no se reciba ningún lance que mejore el menor precio ofertado en la ronda anterior.
Si al terminar la subasta inversa hay empate, se adjudicará el contrato al que presentó el menor precio inicial. De persistir el empate, se aplicarán las reglas del numeral 1 al 5 del Artículo 33 del decreto 1510 de 2013 Factores de desempate.
Conocido el mejor precio ofertado, el Instituto hará público el resultado del certamen incluyendo la identidad de los proponentes y procederá a la adjudicación del contrato mediante acto administrativo, el cual quedará notificado por estrados.
Para constancia del desarrollo del certamen, se levantará un acta, la cual será firmada por todos los intervinientes.
Nota: Para los efectos en la audiencia, una ronda empieza desde el momento en que se reciben simultáneamente los lances en sobre cerrado y termina cuando se da a conocer el menor precio ponderado ofertado.
2.9.3. Representante o Apoderado para realizar lances.
El proponente autorizado para realizar la subasta inversa será el representante legal o su apoderado, debidamente autorizado por escrito y conforme lo señala la Ley.
2.9.4. Errores en el diligenciamiento del formulario de la propuesta de precio
En caso de presentarse cifras ilegibles o lances por estar por debajo del margen mínimo establecido, de conformidad con el artículo 41 del Decreto 1510 de 2013; no será válido y el oferente no podrá seguir presentando lances durante la subasta, solo se le tendrá en cuenta el primer lance, solo si este es legible.
Si el proponente presenta el formulario en blanco, o un sobre sin formulario o cualquier anotación adicional, anulará el lance, lo cual implicará la no presentación de un lance y no podrá seguir haciendo lances durante la subasta. Se le tendrá en cuenta el lance inmediatamente anterior.
2.9.5. Lances sin mejora de precios
En caso de que el proponente no haga ningún lance de mejora de precios, deberá consignarlo expresa e inequívocamente en formulario de propuesta de precio, en el campo destinado para el efecto y no podrá seguir haciendo lances durante la subasta. Por lo tanto, se considerará válido el primer lance.
2.9.6. Oferta con valor artificialmente bajo
De conformidad con lo establecido en el Artículo 28 del Decreto 1510 de 2013, cuando el ITM estime el valor de una oferta parece artificialmente bajo, requerirá al oferente para que explique las razones que sustentan el valor ofrecido. Analizadas las explicaciones, el comité evaluador, o quien haga la evaluación de las ofertas, debe recomendar rechazar la oferta o continuar con el análisis de la misma en la evaluación de las ofertas.
Cuando el valor de la oferta sobre la cual hubo dudas, responde a circunstancias objetivas del oferente y de su oferta que no ponen en riesgo el cumplimiento del contrato si este es adjudicado a tal oferta, se debe continuar con su análisis en el proceso de evaluación de ofertas.
En la subasta inversa esta disposición es aplicable sobre el precio obtenido al final de la misma.
2.9.7. Precio de la puja
Dentro del procedimiento para realizar la subasta inversa presencial, el certamen se hará mediante una puja dinámica efectuada presencialmente en donde el precio de puja será el valor total de la propuesta antes de IVA.
Abierto los sobres con las propuestas iníciales de precio en el certamen de la subasta, el Instituto verificará y realizará las correcciones de errores aritméticos si hay lugar a ello y dará a conocer el menor precio ofrecido en las ofertas iníciales de precio antes de IVA.
Con el fin de garantizar el principio de igualdad, el valor de las ofertas iniciales de precio se dará a conocer sin el Impuesto a las Ventas (IVA), las cuales no podrán superar el valor del presupuesto oficial con el IVA incluido, so pena de ser eliminadas del proceso de selección.
2.9.8. Margen Minimo De Mejora De Ofertas
La unidad de mejora de precio, será igual o superior a Cien Mil Pesos ($100.000), esto es, por cada lance los proponentes mejorarán el menor precio ofertado en el lance anterior en la unidad de mejora antes indicada. El lance inferior a esta suma se considerará no válido y en consecuencia el proponente que lo haga no podrá continuar participando en el certamen.
Por cada ronda el oferente no podrá presentar un lance igual o inferior al inmediatamente anterior, so pena de que el mismo sea considerado como no válido, situación que implica que no podrá seguir participando en el certamen de subasta inversa.
2.9.9. CRITERIO DE CALIFICACIÓN
El único criterio de calificación será el menor precio consolidado.
2.10. TERMINO PARA LA SUSCRIPCION Y LEGALIZACION DEL CONTRATO
Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la adjudicación, el proponente favorecido deberá presentarse personalmente o a través de apoderado debidamente constituido a suscribir el contrato y proceder a su legalización, previa presentación de las garantías.
Se podrán prorrogar dichos plazos antes de su vencimiento y por un término total no mayor de la mitad del inicialmente fijado, siempre que las necesidades de la administración así lo exijan. Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del término antes establecido, quedará a favor de la Entidad, en calidad de indemnizatorio, el valor del depósito o garantía constituidos para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes, al reconocimiento de perjuicios cuasados y no cubiertos por el valor del depósito o garantía. En dicho evento, la Entidad podrá adjudicar el contrato, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, al Proponente que haya presentado la segunda menor oferta durante el certamen de subasta, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la Entidad y no constituya un precio artificialmente bajo.
En el caso, que el proponente, sin justa causa se abstuviere de suscribir el contrato adjudicado, y sin perjuicio de hacer efectiva la póliza de seriedad de la oferta lo cual se declarará mediante acto administrativo debidamente motivado, quedará inhabilitado para contratar con el Estado por un término de cinco (05) años, de conformidad con el literal e) del numeral 1º del artículo 8º de la Ley 80 de 1993.
2.11. DECLARATORIA DE DESIERTA
Cuando no se presente oferta alguna o ninguna de ellas se ajuste al pliego de condiciones, o en general cuando existan factores que impidan la selección objetiva, se declarará desierto el presente proceso de selección, reservándose la Entidad el derecho a iniciar un nuevo proceso.
3. CONDICIONES GENERALES DE LA PRESENTACION DE LA PROPUESTA
Los oferentes deberán tener en cuenta las siguientes condiciones para su participación en el presente proceso:
3.1. PROPUESTA
Los proponentes presentarán una propuesta completa, incluyendo la información sobre la capacidad jurídica, las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes y una propuesta inicial de precio, la cual sólo será abierta al momento de inicio de la puja.
El Instituto Tecnológico Metropolitano no asumirá ninguna responsabilidad por no tener en cuenta cualquier propuesta que haya sido incorrectamente entregada o identificada, o las propuestas que se pretendan entregar después de la hora señalada.
Las propuestas se conformarán por dos sobres que se presentarán cerrados, separados y marcados como Sobre No. 1 y Sobre No. 2 así:
SOBRE 1. Correspondiente a Documentación para verificación de requisitos habilitantes, y deberá contener: Documentos habilitantes (que se entregarán en Original y Copia) de acuerdo con el numeral 4.
SOBRE 2. Correspondiente a la Propuesta inicial de precio. Este sobre sólo será abierto al momento de la iniciación de la puja. La información contenida en este sobre, deberá ser vertida en el formato N°2 (formulario de propuesta) establecido por el Instituto. Los precios ofrecidos serán fijos no reajustables y deberán ser en cifras enteras sin decimales, en moneda colombiana
Nota: El Instituto Tecnológico Metropolitano no se hará responsable por no abrir, o por abrir prematuramente los sobres mal identificados o incorrectamente dirigidos. En la propuesta no podrán señalarse condicionamientos al cumplimiento de la oferta, distintos a los establecidos en el presente documento; en caso de hacerlo, se generará el rechazo de la misma. No se aceptarán propuestas complementarias o modificaciones a la propuesta. Se entenderán por fecha y hora de presentación las que aparezcan en el sello o escrito puesto sobre la oferta por el encargado de recibirla, en el momento de su llegada al sitio de entrega de la misma. No se aceptarán propuestas que sean entregadas en una oficina diferente a la indicada anteriormente, así sea recepcionada dentro del plazo señalado para la entrega de propuestas.
Si de acuerdo con los pliegos de condiciones, las propuestas hubieren sido enviadas por correo, se entenderá por fecha y hora de presentación las que aparezcan en el sello o escrito puesto sobre la oferta por el encargado de recibirla, en el momento de su llegada al sitio de entrega de las mismas que se haya fijado en los pliegos de condiciones.
En caso de que el proponente incluya la oferta inicial de precio en el sobre que contiene los requisitos habilitantes, esta se resguardará por parte del ITM en un sobre cerrado y sólo se dará a conocer al momento del inicio del certamen de subasta inversa.
El ITM, no se responsabilizará de las propuestas enviadas por correo.
3.2. Requisitos generales que deben cumplir los proponentes
3.2.1. Todos los Proponentes Deben: 1. Tener capacidad jurídica para la presentación de la propuesta. 2. Tener capacidad jurídica para la celebración y ejecución del contrato. 3. No estar incursos en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en el Ordenamiento Legal Colombiano. 4. No estar reportados en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República.
3.2.2. Las personas Jurídicas nacionales y/o extranjeras: Las personas jurídicas que presenten propuestas deberán acreditar, que el período de vigencia de su empresa, es igual a la del plazo del contrato y dos (2) años más, contados a partir de la fecha del cierre del proceso de selección. Acreditar su existencia, representación legal y facultades del representante legal mediante el certificado de Existencia y Representación legal de la Cámara de Comercio respectiva, el cual deberá ser expedido con una antelación no superior de treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha de cierre del proceso de selección. En caso de apoderado, este podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que participan en consorcio o unión temporal, y en tal caso, bastará para todos los efectos, con la presentación del poder común otorgado por todos los participantes del consorcio o unión temporal, con los requisitos señalados en el presente Pliego de Condiciones.
3.2.2.1. Las personas jurídicas extranjeras con sucursal en Colombia, deberán acreditar la existencia y representación legal de su sucursal en Colombia mediante Certificado de la Cámara de Comercio de su jurisdicción, expedido con una antelación no mayor a treinta (30) días calendario, previos a la fecha de cierre del presente proceso. En dicho certificado deberán constar claramente las facultades del Gerente o del Representante Legal, el objeto social, el cual deberá comprender labores o actividades que tengan relación directa con el objeto del presente proceso y, la duración de la sociedad, la cual debe ser, como mínimo, igual al plazo de ejecución del contrato y un (1) año más.
Si el representante legal tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la sociedad, deberá adjuntar el documento de autorización expresa del órgano social competente, otorgado con anterioridad a la fecha de presentación de la oferta.
3.2.2.2. Las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia, deberán:
Acreditar su existencia y representación legal, para lo cual deberá presentar un documento expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio o su equivalente expedido por lo menos dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre del proceso, en el que conste su existencia, objeto, fecha de constitución, vigencia, nombre del representante legal de la sociedad o de la persona o personas que tengan la capacidad para comprometerla jurídicamente y sus facultades señalando expresamente, si fuere el caso, que el representante no tiene limitaciones para presentar la Propuesta.
En el evento en que conforme a la jurisdicción de incorporación del Interesado extranjero no hubiese un documento que contenga la totalidad de la información, presentarán los documentos que sean necesarios para acreditar lo solicitado en el presente numeral expedidos por las respectivas autoridades competentes.
Si en la jurisdicción de incorporación no existiese ninguna autoridad o entidad que certifique la información aquí solicitada, el Proponente extranjero deberá presentar una declaración juramentada de una persona con capacidad para vincular y representar a la sociedad en la que conste:
A) Que no existe autoridad u organismo que certifique lo solicitado en el presente numeral; B) la información requerida en el presente numeral; y C) la capacidad para vincular y representar a la sociedad de la persona que efectúa la declaración y de las demás personas que puedan representar y vincular a la sociedad, si las hay.
Acreditar que su objeto social principal o complementario permite la celebración y ejecución del Contrato, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el numeral 1 anterior). Para estos efectos, la autorización se entiende contenida dentro de las autorizaciones generales otorgadas para comprometer a la sociedad.
Acreditar la suficiencia de la capacidad de su representante legal y de su apoderado especial en Colombia para la suscripción del Contrato, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el numeral 1 anterior).
Acreditar que su duración es por lo menos igual al Plazo Total Estimado del Contrato y dos (2) años más, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el numeral 1 anterior).
Si el representante legal tuviere limitaciones estatutarias para presentar la Propuesta o suscribir el Contrato y en general para efectuar cualquier acto derivado del proceso licitatorio o de su eventual condición de adjudicatario, deberá adjuntarse una autorización del órgano social competente de la sociedad en la cual se eliminen dichas limitaciones, o si la duración de la sociedad no fuese suficiente en los términos de estos Pliegos, se adjuntará un documento en el que conste que el órgano social competente ha decidido aumentar el plazo de la sociedad en caso de resultar Adjudicatarios y antes de la suscripción del Contrato.
3.2.2.3. Apoderado domiciliado en Colombia para la presentación de la propuesta de las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia.
Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia, y las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del proceso de Selección, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el presente Xxxxxx, así como para representarla judicial o extrajudicialmente. Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que participen en consorcios, uniones temporales u otras formas de asociación y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los participantes en cualquier forma de asociación con los requisitos de autenticación, consularización y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución de la forma asociativa.
3.2.3. Los miembros de los Consorcios o Uniones Temporales deberán ser personas naturales o jurídicas que cumplan con los requisitos exigidos en este pliego de condiciones y en lo previsto en la legislación colombiana. Al conformarse el Consorcio o la Unión Temporal, el objeto social de cada uno de ellos deberá relacionarse conjuntamente con el objeto a contratar, de lo contrario, su propuesta será rechazada. Las personas jurídicas que sean integrantes de un consorcio o unión temporal, deberán acreditar que su existencia será igual a la del plazo de ejecución del contrato y dos (02) años más. En el acta de constitución, los miembros del consorcio o unión temporal, deberán manifestar que la duración del mismo, será igual al plazo de ejecución del contrato y dos (2) años más.
Deberán cumplir con lo estipulado en el artículo 7° de la Ley 80 de 1993 y con los siguientes aspectos:
La forma asociativa deberá indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes. En el documento de conformación de la forma asociativa se deberá designar la persona que para todos los efectos la representará con sus responsabilidades y facultades.
En caso de ser adjudicatarios los Consorcios, Uniones Temporales u otras formas asociativas deberán presentar ante el Instituto Tecnológico Metropolitano “ITM” el correspondiente RUT dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al acto de adjudicación, cuyo NIT deberá ser único y exclusivo para cada contrato, lo anterior conforme el Decreto 2645 del 27 de julio de 2011, modificado por el Decreto 2820 del 9 xx xxxxxx de 2011.
Tanto las personas naturales como las jurídicas, consorcios y uniones temporales deberán cumplir con lo establecido en la Circular Nro. 100 del 24 de febrero de 2012 (Instructivo Tributario para los Procesos Contractuales); las facturas deberán expedirse y presentarse conforme a los requisitos establecidos en el artículo 617 del Estatuto Tributario y la Ley 1231 de 2008 y sus decretos reglamentarios. Se debe indicar además el nombre y el NIT de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal y el porcentaje de participación en el mismo. Es importante aclarar que con independencia de las fechas en que se hayan realizado las obras o se entregue el bien o servicio, la factura y las certificaciones de pago a la seguridad social y parafiscales deben ser actualizados a la fecha que se presenta la cuenta.
Si la oferta es presentada en Consorcio, los integrantes del mismo se obligan en forma solidaria, tanto en la ejecución del contrato que se llegue a celebrar, como en las sanciones derivadas del mismo. En consecuencia, el Departamento de Antioquia- Secretaría de Infraestructura Física podrá exigir el cumplimiento de las obligaciones que se deriven de la licitación o del contrato, a cualquiera de los integrantes del consorcio, o a todos juntos.
Si la oferta es presentada en Unión Temporal, los integrantes de la misma se obligan en forma solidaria, tanto en la licitación como en la ejecución del contrato que se llegue a celebrar, pero las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución que se haya definido para cada uno. En consecuencia, se deberán indicar los términos y extensión de la participación de cada uno de los miembros de la unión temporal en la oferta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo del Instituto Tecnológico Metropolitano “ITM”. Si en el documento de conformación de la Unión Temporal no se determinan los términos y extensión de la participación de los integrantes, se le dará el tratamiento establecido para Consorcios.
3.2.4 Proponentes extranjeros.
Para los efectos previstos en este numeral, se consideran interesados de origen extranjero las empresas que no hayan sido constituidas de acuerdo con la legislación colombiana, sea que tengan o no domicilio en Colombia a través de sucursales, y las personas naturales que no tengan la nacionalidad colombiana.
Para todos los efectos, las Propuestas de Proponentes de origen extranjero se someterán a la legislación colombiana, sin perjuicio de lo cual, para su participación deberán cumplir con las siguientes condiciones:
3.2.5. Apoderado Para Oferentes Extranjeros
Los oferentes extranjeros sin sucursal o domicilio en Colombia deberán presentar sus propuestas a través de apoderado facultado para tal fin, con arreglo a las disposiciones legales que rigen la materia.
La persona natural o jurídica de origen extranjero, que no sea residente en Colombia, podrá presentar expresión de interés y propuesta, previo cumplimiento de los requisitos generales establecidos para tal fin, aplicables a los oferentes nacionales con las excepciones del caso y especialmente cumpliendo los siguientes requisitos:
Cuando se trate de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberá acreditar la constitución de un apoderado (poder especial), domiciliado y residente en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como para representarla administrativa, judicial o extrajudicialmente.
Deberá adjuntar el certificado de existencia y representación legal o el documento equivalente del país en que se haya constituido legalmente. Si el mismo se encuentra en idioma distinto al español x xxxxxxxxxx oficial de la República de Colombia, deberá adjuntar el texto en el idioma original acompañado de la traducción oficial respectiva. En el evento en que el oferente extranjero ostente limitación en su capacidad de contratación o de oferta, deberá adjuntar el documento mediante el cual se remueva dicha limitación. En lo no previsto aquí expresamente se aplicará el régimen dispuesto para
los nacionales colombianos y que le sea aplicable a los extranjeros.
El oferente extranjero, persona natural sin domicilio en Colombia o persona jurídica extranjera que no tenga establecida sucursal en el país, NO se encuentra obligado al registro en el RUP.
El oferente extranjero deberá relacionar y certificar la experiencia exigida en este proceso. En el evento en que dicha experiencia se haya obtenido en país distinto a Colombia, para efectos de acreditarla deberá adjuntar la certificación respectiva la cual deberá cumplir con los requisitos establecidos en este documento. Adicionalmente, si la certificación se encuentra en idioma distinto al de la República de Colombia, deberá adjuntarse además del documento en idioma extranjero, la traducción oficial del documento, tal y como lo establece el Artículo 260 del Código de Procedimiento Civil Colombiano.
3.3. VALOR DE LA PROPUESTA
En la propuesta económica contenida en el Formulario N° 2 anexo al Pliego de Condiciones, y que deberá ser presentado en el Sobre No. 2 “Oferta inicial de precio”, tanto en físico como en medio magnético CD, en archivo Excel, debe indicarse el precio global en pesos colombianos, incluyendo en este todos los costos y gastos en que se pueda incurrir desde la presentación de la propuesta y durante la ejecución del contrato, en caso de resultar favorecido con la adjudicación del mismo.
3.4. IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES
Al formular la oferta, el proponente acepta que estarán a su cargo todos los impuestos, gravámenes, tasas, contribuciones y similares establecidos por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales, y dentro de estos mismos niveles territoriales, los impuestos, tasas, contribuciones y/o similares establecidos por las diferentes autoridades ambientales, que afecten el contrato y las actividades que de él se deriven, que sean imputables y comprobables para el objeto y alcance del presente proceso. Por lo tanto, al preparar su oferta el proponente deberá comprender todos los tributos que puedan afectar su propuesta y hayan de causarse tanto en la presentación de la propuesta, así como con la suscripción, legalización y ejecución del contrato, en caso de resultar favorecido con la adjudicación. Igualmente, todos los gastos directos e indirectos, tales como el valor de las primas, la constitución de pólizas y demás emolumentos que impliquen el perfeccionamiento del contrato. Es entendido que el ITM no está obligado a expedir ningún certificado o a suscribir cualquier otro documento destinado a que el contratista obtenga exención del pago de impuesto o derechos a su cargo y derivados del contrato. Todos los gastos en que incurran los proponentes para presentar propuesta según lo establecido en el presente pliego de condiciones, tales como los de preparación de los documentos necesarios para acreditar el cumplimiento de las condiciones exigidas y sus propuestas económicas, serán de su propia responsabilidad y costo.
3.5. PROPUESTAS PARCIALES
Para el presente proceso no se aceptarán propuestas parciales. La propuesta debe incluir la totalidad de los ítems.
3.6. LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS
3.6.1. DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
Los documentos otorgados en el exterior, que no estén en idioma castellano, deberán presentarse legalizados y acompañados de una traducción oficial a dicho idioma. Los documentos públicos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados o apostillados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 65 y 259 del Código de Procedimiento Civil, artículo 480 del Código de Comercio, en el inciso 2º, numeral 22.4, del artículo 22 de la Ley 80 de 1.993 y en la Resolución 2201 del 22 de julio de 1997 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
3.6.2. CONSULARIZACIÓN
Según lo previsto por el Artículo 480 del Código de Comercio, los documentos públicos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes. Tratándose de sociedades, al autenticar los documentos a que se refiere el Artículo 480, antes citado, los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país. Surtido el trámite señalado en el numeral anterior, los documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Oficina de Legalizaciones, Xxxxxxxxxxx 00 Xx. 00- 00, Xxxxxx, X. X.) para la correspondiente legalización de la firma del cónsul
y demás trámites pertinentes.
3.6.3. APOSTILLA
Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de consularización señalado, siempre que provengan de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros. En este caso, sólo será exigible la apostilla, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título en que actúa la persona firmante del documento; trámite que se surte ante la autoridad competente en el país de origen. Si la apostilla está dada en idioma distinto del español, deberá presentarse acompañada de una traducción oficial a dicho idioma y la firma del traductor legalizada de conformidad con las normas vigentes.
3.7. RESERVA EN DOCUMENTOS
De conformidad con lo señalado en los numerales 2º y 3º del Artículo 24 de la Ley 80 de 1993, las personas interesadas en los procesos contractuales pueden conocer y controvertir los conceptos y las decisiones que tomen las entidades públicas, y para ello pueden examinar los expedientes, en este mismo sentido, el Articulo 74 de la Constitución Nacional dispone que “toda persona tiene derecho a acceder a los documentos públicos, salvo los casos que establece la ley”. Por lo anterior, todos los documentos que contenga la propuesta son públicos a excepción de aquellos que Constitucional y legalmente tengan la calidad de reservados y en especial los determinados el artículo 583 del Estatuto Tributario.
3.8. CORRECCIONES, ACLARACIONES O MODIFICACIONES A LA PROPUESTA
Toda corrección, aclaración o cambio de la propuesta, deberá hacerse por escrito y antes del cierre de la misma, y debidamente firmado por el proponente, el cual formará parte de la propuesta inicial. En todo caso, no será permitido modificar o adicionar cualquier propuesta después de que el proceso de selección se haya cerrado.
3.9. RETIRO DE LAS PROPUESTAS
El proponente podrá solicitar por escrito al ITM, el retiro de su propuesta antes de la fecha y hora prevista para el cierre del plazo de la Selección Abreviada, la cual será devuelta en las mismas condiciones en las que se radicó.
3.10. DEVOLUCION DE LAS PROPUESTAS
Una vez adjudicado el contrato, el ITM, previa solicitud, procederá a la devolución de la propuesta original presentada por el proponente no seleccionado, la que deberá presentarse dentro de los tres meses (3) siguientes a la fecha de la adjudicación del contrato; pasado este término sin que se hubiere presentado solicitud al respecto, la Entidad asumirá falta de interés del proponente y procederá a integrar la propuesta original para que haga parte del archivo histórico del presente proceso de selección, procediendo a la destrucción de las carpetas que contienen las copias de las propuestas.
Este procedimiento se observará en los siguientes casos: En caso de declararse desierto el presente proceso, teniendo como fecha de referencia para contar los tres (3) meses, la fecha de la resolución por medio de la cual se declara desierto el proceso. Igualmente, para aquellos casos en que se presente de forma extemporánea la propuesta, se observará el anterior procedimiento teniendo como referencia para contar los tres (3) meses la fecha del cierre del proceso de selección, cuya entrega incluirá el original y las copias.
4. DOCUMENTOS Y REQUISITOS DE LA PROPUESTA
El Proponente deberá presentar cada uno de los documentos que a continuación se relacionan, con el fin de evaluar cada una de las propuestas en igualdad de condiciones.
4.1. DOCUMENTOS HABILITANTES PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO
4.1.1. CAPACIDAD JURIDICA
4.1.1.1. Carta de presentación
La carta de presentación de la propuesta deberá estar firmada por la persona natural o por el representante legal si es persona jurídica, o por el apoderado constituido para el efecto, según el caso, quien debe estar debidamente facultado, indicando el nombre, cargo y documento de identidad. En el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma asociativa permitida por la Ley Colombiana, deberá estar firmada por el representante designado. El contenido de la carta de presentación, corresponderá con el texto del Formato N° 1, el cual no podrá ser modificado. Con la firma de la carta de presentación de la propuesta se presumirá la aprobación, legalidad y conocimiento de todos los documentos que acompañan el Pliego de Condiciones.
4.1.1.2. Resumen de la propuesta
El proponente deberá incluir debidamente diligenciado, el resumen de la propuesta, de acuerdo con el Formato N° 1, anexo a este Pliego de Condiciones, documento o formato que no podrá ser modificado en ninguna de sus partes.
4.1.1.3. Certificado de existencia y representación legal
Si el Proponente es una persona jurídica, deberá comprobar su existencia y representación legal, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio o por el organismo o autoridad competente. El certificado, deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de propuestas del presente proceso.
El objeto social de la persona jurídica deberá estar acorde con el objeto y las actividades a contratar.
La duración de la persona jurídica no puede ser inferior al plazo establecido para el contrato y dos (2) años más.
Si el representante legal tiene limitaciones para comprometer o contratar a nombre de la persona jurídica, deberá presentar copia de los Estatutos, del acta de la junta de socios o junta directiva en la cual haya sido facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato en el evento de resultar adjudicatario. En todo caso, dicha autorización debe ser anterior a la fecha del cierre para la presentación de la propuesta.
Si el proponente es persona jurídica extranjera sin sucursal en Colombia, deberá:
• Acreditar su existencia y representación legal, para lo cual deberá presentar un documento expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio, expedido por lo menos dentro de los sesenta (60) días calendarios anteriores a la fecha de presentación de la Propuesta, conforme a lo dispuesto en el capítulo 3.6.1 de este pliego de condiciones, en el que conste su existencia, objeto, fecha de constitución, vigencia, nombre del representante legal de la sociedad o de la persona o personas que tengan la capacidad para comprometerla jurídicamente y sus facultades señalando expresamente, si fuere el caso, que el representante no tiene limitaciones para presentar la Propuesta. En el evento en que conforme a la jurisdicción de incorporación del Interesado extranjero no hubiese un documento que contenga la totalidad de la información, presentarán los documentos que sean necesarios para acreditar lo solicitado en el presente numeral expedidos por las respectivas autoridades competentes.
Si en la jurisdicción de incorporación no existiese ninguna autoridad o entidad que certifique la información aquí solicitada, el Proponente extranjero deberá presentar una declaración juramentada de una persona con capacidad para vincular y representar a la sociedad en la que conste: Que no existe autoridad u organismo que certifique lo solicitado en el presente numeral; y que la capacidad para vincular y representar a la sociedad de la persona que efectúa la declaración y de las demás personas que puedan representar y vincular a la sociedad, si las hay.
• Acreditar que su objeto social principal o complementario permite la celebración y ejecución del Contrato, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el numeral (1) anterior). Para estos efectos, la autorización se entiende contenida dentro de las autorizaciones generales otorgadas para comprometer a la sociedad.
• Acreditar la suficiencia de la capacidad de su representante legal o de su apoderado especial en Colombia para la suscripción del Contrato, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el numeral (1) anterior).
• Acreditar que su duración es por lo menos igual al Plazo del Contrato y dos (2) años más, para lo cual presentará un extracto
de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el numeral (1) anterior).
4.1.1.4. Certificado de Registro Mercantil
Las personas naturales deberán presentar su certificado de registro mercantil. La expedición de dicho certificado no podrá tener una anterioridad superior a un (1) mes, contado a partir de la fecha de cierre de la contratación.
4.1.1.5. Copia de la cedula del representante legal
El representante legal deberá aportar copia del documento de identidad vigente (cédula amarilla con hologramas), de acuerdo con el Decreto 4969 de 2009.
4.1.1.6. Certificación del revisor fiscal para Sociedades Anónimas Abiertas.
De la sociedad anónima interesada en que, para los efectos del artículo 8°, numeral 1°, literal h) de la Ley 80 de 1993, se le dé el tratamiento de “abierta”, deberá estar inscrita en el Registro Nacional de Valores y Emisores, de acuerdo a a lo establecido en el Artículo 32 del decreto 1510 de 2013.
4.1.1.7. Documento formal que acredite la constitución del Consorcio o Unión Temporal
Cuando el proponente sea un Consorcio o Unión Temporal deberá adjuntar los certificados de Existencia y representación legal de cada uno de los miembros que los conforman, en caso de ser persona jurídica, con fecha de expedición no inferior a treinta
(30) días calendarios anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de propuestas. El objeto social de la persona jurídica deberá tener relación con el objeto y las actividades a contratar; adicionalmente, deberá aportar el Acta de Constitución, con el lleno de los requisitos exigidos por el parágrafo 1º del artículo 7º de la Ley 80 de 1993 e indicando lo siguiente:
En caso de que el proponente sea una Unión Temporal indicará el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes, en la ejecución del contrato, así como las obligaciones contractuales que estarán a cargo de cada uno de sus miembros. La duración del consorcio o unión temporal, será igual al plazo de ejecución del contrato y dos (2) años más.
En el caso de la Unión Temporal, las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato, se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de los miembros de la misma. Los miembros del Consorcio o de la Unión Temporal, designarán en el respectivo acto de constitución, la persona que los representará en lo atinente a la presentación de la propuesta, suscripción, legalización, ejecución y liquidación del contrato.
Si este documento no es aportado se procederá a rechazar la oferta.
4.1.1.8. Garantía de seriedad de la oferta
El Proponente debe incluir en su propuesta, una garantía de seriedad, consistente en póliza de seguro, fiducia mercantil en garantía, garantía bancaria a primer requerimiento, endoso en garantía de títulos valores y deposito de dinero en garantía, con los requisitos exigidos a continuación:
Si se trata de personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio o sucursal en Colombia podrán otorgar como garantía carta de crédito stand by expedidas en el exterior.
Expedición de la Garantía: La Garantía de Seriedad podrá ser expedida por una compañía de seguros legalmente constituida en Colombia o podrá constar en una garantía bancaria expedida por entidades bancarias legalmente establecidas en Colombia.
Beneficiario de la Garantía: La Garantía de Seriedad debe estar debidamente firmada y establecer como beneficiario al ITM, y al proponente como tomador y afianzado de la misma. Cuando el ofrecimiento sea presentado por un proponente plural bajo la figura de Unión Temporal, Consorcio o Contrato de Asociación Futura, la garantía deberá ser otorgada por todos los integrantes del proponente plural.
Monto de la Garantía: El valor de la garantía será del valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del presupuesto
oficial, incluido el impuesto al valor agregado IVA, si se causa.
Vigencia de la Garantía: La Garantía de Seriedad deberá tener una vigencia de tres (3) meses, que como mínimo, cubra desde la fecha y hora del cierre del presente proceso y hasta la aprobación de la garantía que ampara los riegos propios de la etapa contractual. El Proponente deberá ampliar la vigencia de la póliza en el caso de presentarse prórrogas en los plazos de la Selección, de la adjudicación, o de la suscripción del contrato según sea el caso, no cubiertas con la vigencia inicial. La no aceptación de prorrogar la garantía por el término señalado, o el no hacerlo oportunamente, es signo evidente de la voluntad de abandonar el proceso y en consecuencia se rechazará la propuesta, con base en lo establecido en el Artículo 115 del decreto 1510 de 2013.
Recibo de pago de la garantía: Se deberá anexar a la póliza de seriedad el recibo de pago de la prima o su constancia de que no expira por falta de pago.
Devolución de la Garantía: La Garantía de Seriedad de la Propuesta les será devuelta a los proponentes calificados del tercer lugar en adelante que no resulten favorecidos con la adjudicación, que así lo soliciten. Con relación al segundo calificado, se dará aplicación a lo previsto en el numeral 12 inciso segundo del artículo 30 de la Ley 80 de 1993. Al proponente favorecido, y al segundo elegible, se les devolverá la garantía de seriedad de la propuesta cuando esté perfeccionado el contrato. La no presentación de la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta será causal de rechazo de esta última.
Riesgos derivados del incumplimiento del ofrecimiento: La garantía de seriedad de la oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos:
• La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses.
•.El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas
• La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.
• La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato.
4.1.1.9. Certificación de pago de seguridad social y aportes parafiscales.
a) Para personas jurídicas:
Acreditar el pago de los aportes de sus empleados a la EPS, al fondo de pensiones y a la ARP. Así mismo deberá acreditar el pago por concepto de los aportes parafiscales (SENA, ICBF y Caja de Compensación Familiar), mediante certificación expedida por el revisor fiscal y el anexo de los documentos que acreditan dicha calidad (tarjeta profesional y certificado de antecedentes disciplinarios vigentes expedido por la Junta Central de Contadores) o por el Representante Legal, según el caso. Dicho documento debe certificar que, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nomina, el cual en todo caso no será inferior a los seis (6) meses anteriores a la celebración del contrato, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos, de conformidad con el artículo 50 de la ley 789 de 2002. En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas, deberá manifestar que existe acuerdo de pago y que se encuentra al día en cumplimiento del mismo. En este evento el oferente deberá anexar certificación expedida por la entidad con la cual existe el acuerdo de pago. Cuando se trate de consorcio o uniones temporales, cada uno de sus miembros integrantes que sea persona jurídica, deberá aportar el certificado aquí exigido.
b) Para personas naturales con personal a cargo:
Deberá presentar una declaración donde certifique el pago de su aporte y de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar y Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento, el cual en todo caso no será inferior a los seis (6) meses anteriores a la celebración del contrato, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos o la autoliquidación de los aportes en el evento de que se trate de persona individual, de conformidad con el artículo 50 de la ley 789 de 2002. En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas, deberá manifestar que existe acuerdo de pago y que se encuentra al día con el cumplimiento del mismo. En este evento el oferente deberá anexar certificación expedida por la entidad con la cual existe el acuerdo de pago. Cuando se trate de consorcio o uniones temporales, cada uno de sus miembros integrantes que sea persona natural, deberá aportar el certificado aquí exigido.
c) Para persona natural sin personal a cargo:
De conformidad con lo establecido en el inciso primero del artículo 23 del decreto 1703 de 2002, que señala que en los contratos en donde esté involucrada la ejecución de un servicio por una persona natural a favor de una persona natural o jurídica de derecho público o privado, tales como contratos de obra, de arrendamiento de servicios, de prestación de servicios, consultoría, asesoría, la parte contratante deberá verificar la afiliación al Sistema de Seguridad Social. En concordancia con los artículos 3 y 4 de la Ley 797 de 2003, que modifican los artículos 15 y 17 de la Ley 100 de 1993, en concordancia con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, deberá acreditar que al momento de la presentación de la propuesta se encuentra afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud y al Sistema General de Seguridad Social en Pensiones. En todo caso, deberá tener en cuenta que conforme a las normas mencionadas y a la Circular 00001 del 6 de diciembre de 2004 expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de la Protección Social, la base de cotización para los sistemas salud y pensiones del contratista, corresponde al cuarenta por ciento (40%) del valor bruto del contrato facturado en forma mensualizada, porcentaje sobre el cual se calculará el monto del aporte que en salud y pensiones debe efectuarse.
4.1.1.9.1. Disposiciones generales en cuanto al pago de Seguridad Social y Aportes Parafiscales:
En concordancia con los artículos 3 y 4 de la Ley 797 de 2003, que modifican los artículos 15 y 17 de la Ley 100 de 1993, en concordancia con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, deberá acreditar que al momento de la presentación de la propuesta se encuentra afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud y al Sistema General de Seguridad Social en Pensiones. Con respecto a la ACREDITACIÓN DEL PAGO AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL de los proponentes y contratistas, la Ley 1150 de 2007 en su artículo 23 modificó el inciso segundo del artículo 41 de la Ley 80 de 1993, estableciendo: “... El proponente y el contratista deberán acreditar que se encuentran al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios xxx Xxxx, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda”. En todo caso, deberá tener en cuenta que conforme a las normas mencionadas y a la Circular 00001 del 6 de diciembre de 2004 expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de la Protección Social, la base de cotización para los sistemas salud y pensiones del contratista, corresponde al cuarenta por ciento (40%) del valor bruto del contrato facturado en forma mensualizada, porcentaje sobre el cual se calculará el monto del aporte que en salud y pensiones debe efectuarse.
4.1.1.10. Certificacion de Responsabilidad Fiscal.
Quien aspira a contratar con el ITM no podrá estar reportado en el Boletín de Responsables Fiscales, como consecuencia debe disponerse de la constancia de la Contraloría que de cuenta de dicha situación.
El Instituto Tecnológico Metropolitano verificará que no se encuentren reportados en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República de conformidad con el Artículo 60 de la Ley 610 de 2000, respecto del proponente y el representante legal de las personas jurídicas, consorcios o uniones temporales o cualquier otra forma de asociación.
Para obtener dicha constancia deberá consultar la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
4.1.1.11. Certificado de Antecedentes Disciplinarios.
El Instituto Tecnológico Metropolitano verificará el certificado de antecedentes disciplinarios a través de la página xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx respecto del proponente y el representante legal de las personas jurídicas, consorcios o uniones temporales o cualquier otra forma de asociación.
Si el proponente es una Persona Natural que haya sido sancionada en proceso disciplinario con destitución, existirá una inhabilidad para contratar con el Estado, y no se tendrá en cuenta su propuesta.
Debe disponerse del certificado de antecedentes disciplinarios con una fecha de antelación no superior a tres (3) meses, contado a partir de la fecha de entrega de documentos habilitantes.
Para obtener dicha constancia deberá consultar la página xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
4.1.1.12. Verificacion de Antecedentes Judiciales.
El Instituto Tecnológico Metropolitano verificará que no registren antecedentes judiciales el proponente y su representante legal.
Con respecto a los socios de las personas jurídicas, consorcios, uniones temporales o cualquier otra forma de asociación, con excepción de las sociedades anónimas abiertas, dicha consulta debe ser realizada por el Representante Legal en forma previa a la suscripción del certificado de inhabilidades, incompatibilidades y/o consultas, en la que se deja constancia escrita y expresa que ninguno de los socios tiene asuntos pendientes ni es solicitado por las autoridades judiciales. Además deberá anexarse la manifestación escrita y expresa por parte del representante legal que no registran antecedentes judiciales, diligenciando el certificado de inhabilidades e incompatibilidades anexo.
Para realizar dicha verificación acceder al siguiente link: xxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx:0000/XxxXxxxxxxx/
4.1.1.13. Registro Único Tributario (RUT)
Con el fin de conocer el régimen Tributario a que pertenece el proponente, deberá presentarse con la propuesta, fotocopia del Registro Único Tributario, actualizado y expedido por la Dirección General de Impuestos Nacionales, donde aparezca claramente el NIT del proponente. En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los integrantes deberá aportar este documento, o el RUT de la respectiva forma asociativa.
4.1.1.14. Registro Único de Proponentes (RUP)
Para poder contratar, los proponentes deberán estar inscritos, clasificados y calificados en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio de su jurisdicción, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Título VI Registro Único De Proponentes –RUP del Decreto 1510 de 2013.
El Registro Único de proponentes presentado con la propuesta deberá estar renovado o actualizado con una expedición no superior a un (1) mes anterior a la fecha de cierre del proceso establecida en el Pliego de Condiciones.
Si la propuesta se presenta en Consorcio o Unión Temporal, cada uno los integrantes de la respectiva forma de asociación deberá acreditar la clasificación exigida en el Pliego de Condiciones.
El certificado constituye plena prueba respecto de la información verificada documentalmente y cuyo registro se encuentre EN FIRME, firmeza que se produce diez (10) días HABILES después de su publicación en el Registro Único Empresarial (RUE).
Si fueren sociedades extranjeras con sucursal en el país y dentro del RUP no se encuentra toda la información requerida por la entidad, se deberá adjuntar certificación del representante legal de la sociedad extranjera o en su defecto del mandatario de la sucursal con los datos que faltan, la cual se entiende formulada bajo la gravedad del juramento. El objeto social del proponente debe tener relación directa con el objeto de la contratación.
Tratándose de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia no se les exigirá RUP. En consecuencia el Instituto Tecnológico Metropolitano verificará directa y únicamente la información sobre la capacidad jurídica, y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes.
Dicha verificación se efectuará con base en el diligenciamiento de los formularios modelo, utilizados por las cámaras de comercio, los cuales deberán ser descargados del siguiente link. (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx/Xxxxxxxxx- Registrales/Registro-Unico-de-Proponentes/Inscripcion/Modelos-de-certificacion.aspx).
4.1.2. DOCUMENTOS DE CONTENIDO FINANCIERO OBJETO DE VERIFICACIÓN.
4.1.2.1. Capacidad Financiera.
La verificación de este requisito se establecerá a partir del análisis de los siguientes indicadores financieros, los cuales se calcularán, con base en la información suministrada por el proponente en el certificado de registro único de proponentes, verificada por la Cámara de Comercio, para lo cual deberá contar el R.U.P. renovado o actualizado a la fecha de presentación de la propuesta.
Para el presente proceso contractual la información financiera se verificará con corte a Diciembre 31 de 2013, para lo cual los
oferentes deberán tener actualizada dicha información en el R.U.P. Para los oferentes que tengan la información en el R.U.P. actualizada con corte a junio 30 de 2014, la información financiera se verificará con corte a esta fecha.
Se aceptará la información financiera, siempre que el Certificado del Registro Único de Proponentes este vigente y se encuentra en firme, en caso de que se renueve o actualice la información financiera en el R.U.P. y esta no se encuentre EN FIRME a la fecha de cierre del proceso, firmeza que se produce diez (10) días HÁBILES después de su publicación en el Registro Único Empresarial (RUE), el proponente deberá aportar el Certificado del Registro Único de Proponentes con la información que contaba antes de su renovación o actualización.
La información financiera deberá ser presentada en moneda legal colombiana, por ser ésta la unidad contable por expresa disposición legal, expresada en miles de pesos.
La capacidad financiera del proponente se calculará a partir de la verificación de los siguientes factores:
4.1.2.2. Índice de Liquidez.
Se calcula con la siguiente fórmula: IL = Activo Corriente / Pasivo Corriente
Indica la capacidad de la empresa para cubrir pasivos a corto plazo. Por cada peso que tiene que cubrir en el corto plazo (pasivo corriente), con cuánto cuenta para cubrirlo (activo corriente).
Para poder participar el proponente deberá tener un Índice de Liquidez igual o superior a (1.1).
Para consorcios o uniones temporales, la calificación por Índice de Liquidez se obtendrá para cada uno de sus integrantes, debiendo cada uno cumplir con el requisito mínimo.
NOTA: En el caso de decimales en el valor consolidado final del criterio, el valor obtenido se aproximará por exceso o por defecto a la unidad entera más cercana. Así las cosas, cuando el primer decimal sea inferior o igual a 5, se reducirá a la unidad entera más cercana y si el primer decimal es superior a 5, se incrementará a la unidad entera más cercana.
4.1.2.3. Índice de Endeudamiento.
Se calcula con la siguiente fórmula: IE = Pasivo Total / Activo Total.
Indica el grado de apalancamiento que corresponde a la participación de los acreedores en los activos de la empresa. Mientras más alto sea este índice, mayor será el -apalancamiento financiero de la empresa.
El proponente deberá contar con un Índice de Endeudamiento igual o inferior al setenta por ciento (70%)
Para el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma de asociación, la calificación por Índice de Endeudamiento se obtendrá para cada uno de sus integrantes, debiendo cada uno cumplir con el requisito mínimo.
NOTA: En el caso de decimales en el valor consolidado final del criterio, el valor obtenido se aproximará por exceso o por defecto a la unidad entera más cercana. Así las cosas, cuando el primer decimal sea inferior o igual a 5, se reducirá a la unidad entera más cercana y si el primer decimal es superior a 5, se incrementará a la unidad entera más cercana.
4.1.2.4. Razón de cobertura de intereses.
Se calcula con la siguiente fórmula: utilidad operacional dividida por los gastos de intereses.
Para poder participar el proponente deberá tener un indicador de razón de cobertura de intereses, igual o superior a (4.23).
Para el indicador de razón de cobertura de intereses, los Oferentes cuyos gastos de intereses sean cero (0), no podrán calcular el indicador de razón de cobertura de intereses. En este caso el Oferente cumple el indicador, salvo que su utilidad operacional sea negativa o pérdida, caso en el cual no cumple con dicho indicador.
Para el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma de asociación, la calificación por este indicador se obtendrá para cada uno de sus integrantes, debiendo cada uno cumplir con el requisito mínimo.
NOTA: En el caso de decimales en el valor consolidado final del criterio, el valor obtenido se aproximará por exceso o por defecto a la unidad entera más cercana. Así las cosas, cuando el primer decimal sea inferior o igual a 5, se reducirá a la unidad entera más cercana y si el primer decimal es superior a 5, se incrementará a la unidad entera más cercana.
4.1.3. CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN
Los Proponentes deben acreditar los siguientes indicadores de capacidad organizacional, con base en la información contenida en el certificado del RUP, vigente y en firme.
4.1.3.1. Rentabilildad del patrimonio.
Se calcula con la siguiente fórmula: Utilidad Operacional / Patrimonio
Determina la rentabilidad del patrimonio del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el patrimonio.
Para poder participar el proponente deberá tener un indicador de rentabilidad del patrimonio, igual o superior a (0.11).
Para el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma de asociación, la calificación por este indicador se obtendrá para cada uno de sus integrantes, debiendo cada uno cumplir con el requisito mínimo.
NOTA: En el caso de decimales en el valor consolidado final del criterio, el valor obtenido se aproximará por exceso o por defecto a la unidad entera más cercana. Así las cosas, cuando el primer decimal sea inferior o igual a 5, se reducirá a la unidad entera más cercana y si el primer decimal es superior a 5, se incrementará a la unidad entera más cercana.
4.1.3.2. Rentabilidad del activo.
Se calcula con la siguiente fórmula: Utilidad Operacional / Activo Total
Determina la rentabilidad de los activos del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el activo.
Para poder participar el proponente deberá tener un indicador de rentabilidad del activo, igual o superior a (0.06).
Para el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma de asociación, la calificación por este indicador se obtendrá para cada uno de sus integrantes, debiendo cada uno cumplir con el requisito mínimo.
NOTA: En el caso de decimales en el valor consolidado final del criterio, el valor obtenido se aproximará por exceso o por defecto a la unidad entera más cercana. Así las cosas, cuando el primer decimal sea inferior o igual a 5, se reducirá a la unidad entera más cercana y si el primer decimal es superior a 5, se incrementará a la unidad entera más cercana.
4.1.4. DOCUMENTOS DE CONTENIDO TÉCNICO Y DE EXPERIENCIA
El Instituto Tecnológico Metropolitano verificará el cumplimiento de los requisitos técnicos, de experiencia y los establecidos en el Decreto 1510 de 2013 y los contenidos en los presentes pliegos de condiciones, así:
4.1.4.1. Experiencia Específica del proponente
Para la verificación de la experiencia específica del proponente, se tomará la información contenida en el Registro Único de Proponentes R.U.P., se tendrá en cuenta la experiencia de contratos ejecutados que se relacionen en el R.U.P. y solo serán válidos los contratos relacionados que se encuentre clasificados en alguna de las clasificaciones indicadas en el cuadro abajo relacionado. La experiencia debe corresponder al 100% del presupuesto oficial expresado en SMMLV. Para las formas asociativas la experiencia se determinará del R.U.P. y será ponderada de acuerdo a su porcentaje de participación en la forma asociativa.
CLASIFICACIÓN De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1510 de 2013 el proponente conforme al clasificador de bienes y servicios adoptado por Colombia Compra Eficiente para verificar la experiencia se hará con alguna de las siguientes clasificaciones: | |||||
CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS DE LA ONU | |||||
GRUPO | SEGMENTOS | FAMILIAS | CLASES | ||
E | 44 | 12 | 19 |
CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS DE LA ONU | |||
GRUPO | SEGMENTOS | FAMILIAS | CLASES |
B | 14 | 11 | 15 |
Materias Primas | Materiales y Productos de Papel. | Productos de Papel. | Papel de Imprenta y Papel de Escribir. |
CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS DE LA ONU | |||
GRUPO | SEGMENTOS | FAMILIAS | CLASES |
B | 14 | 12 | 19 |
Materias Primas | Materiales y Productos de Papel. | Papel para uso industrial. | Papel de prensa y offset. |
CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS DE LA ONU | |||
GRUPO | SEGMENTOS | FAMILIAS | CLASES |
E | 44 | 12 | 16 |
Productos de uso final | Equipos de oficina, accesorios y suministros | Suministros de oficina | Suministros de escritorio |
CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS DE LA ONU | |||
GRUPO | SEGMENTOS | FAMILIAS | CLASES |
E | 44 | 12 | 17 |
Productos de uso final | Equipos de oficina, accesorios y suministros | Suministros de oficina | Instrumenos de escritura |
CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS DE LA ONU | |||
GRUPO | SEGMENTOS | FAMILIAS | CLASES |
E | 44 | 12 | 18 |
Productos de uso final | Equipos de oficina, accesorios y suministros | Suministros de oficina | Medios de corrección |
Productos de uso final | Equipos de oficina, accesorios y suministros | Suministros de oficina | Repuestos de tinta y minas de lapices | ||
Si la propuesta se presenta en Consorcio o Unión Temporal, los integrantes deberán reunir, cada uno, cualquiera de la clasificación, exigida en el Pliego de Condiciones. 4.1.4.2. Verificación de Especificaciones Técnicas 4.1.4.2.1 Los proponentes deberá aportar en el sobre N°1 la ficha técnica de las especificaciones de lo ofertado, debidamente firmada, de acuerdo con lo establecido en el formato N° 5 de los pliegos de condiciones. 5. CAUSALES DE RECHAZO O INADMISIBILIDAD DE PROPUESTAS Las propuestas se eliminarán, sin que haya lugar a su evaluación, en cualquiera de los siguientes casos: a) Cuando el proponente esté incurso en alguna de las prohibiciones, causales de inhabilidad o incompatibilidad, establecidas en la Ley 80 de 1993, sus decretos reglamentarios y demás normas concordantes. b) Cuando la propuesta se presente extemporáneamente, o en oficina o lugar diferente a la indicada en estos pliegos. c) Cuando el valor de la propuesta supere el presupuesto oficial o cuando efectuada la corrección aritmética de la propuesta económica esta sobrepase el presupuesto oficial o cuando no coincida el valor de la oferta con el indicado en los demás documentos que conforman la oferta económica. d) Cuando el plazo ofrecido por el proponente, supere el plazo oficial establecido en los pliegos de condiciones. e) Cuando el objeto social de la empresa no corresponda al objeto de la contratación. En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, la propuesta será eliminada si respecto de cada miembro, no se cumple con el objeto de la contratación. f) Cuando la propuesta sea presentada por un Consorcio o Unión Temporal y no determinen los términos y extensión de la participación de sus integrantes en la constitución de la misma. g) Cuando existan varias propuestas presentadas por la misma persona, natural o jurídica, individualmente o formando parte de un consorcio o unión temporal. h) Cuando para la preparación y presentación de la propuesta no se hayan tenido en cuenta las adendas, si a ello hubo lugar. i) Cuando no se cotice uno o varios ítems del formulario de propuesta, o cuando se modifique una cantidad o unidad del mismo formulario o cuando se modifique alguno de los ítems o su especificación. j) Cuando no se cumpla con la totalidad de los requisitos de Verificación establecidos en los pliegos de condiciones. k) Cuando el valor de la oferta se presente en moneda extranjera. El Instituto Tecnológico Metropolitano sólo admite ofertas en pesos colombianos. l) Cuando el proponente no presente los requisitos subsanables en el término otorgado para ello. m) Cuando el proponente no cumpla con la capacidad jurídica, financiera y técnica exigida en los pliegos. |
CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS DE LA ONU | |||
GRUPO | SEGMENTOS | FAMILIAS | CLASES |
E | 44 | 12 | 20 |
Productos de uso final | Equipos de oficina, accesorios y suministros | Suministros de oficina | Carpetas de archivo, carpetas y separadores |
CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS DE LA ONU | |||
GRUPO | SEGMENTOS | FAMILIAS | CLASES |
E | 44 | 12 | 21 |
Productos de uso final | Equipos de oficina, accesorios y suministros | Suministros de oficina | Suministros de sujeción |
n) Cuando lo ofertado no cumpla la totalidad de las especificaciones técnicas mínimas exigidas en este pliego.
o) Cuando el proponente no adjunte en el sobre 1 con los documentos habilitantes el Formato 5 de Especificaciones Técnicas.
p) Cuando se compruebe que la información suministrada es contradictoria o no corresponda en algún aspecto a la verdad o sea artificiosamente incompleta.
q) Cuando se presente la propuesta sometida al cumplimiento de cualquier condición o modalidad que represente un condicionamiento para la Entidad.
r) Cuando se presenten en forma incompleta o no cumplan con las disposiciones legales y las reglas del presente Pliego de Condiciones, las aclaraciones y/o subsanaciones solicitadas.
s) Cuando no se aporte el Certificado de Registro Único de Proponentes o la inscripción no se encuentre en firme, firmeza que se produce diez (10) días HABILES después de su publicación en el Registro Único Empresarial (RUE).
t) Cuando no se aporte el formato de propuesta económica según el Archivo de Excel publicado con los Pliegos de condiciones, no se diligencie completamente o se altere la información allí señalada.
u) Cuando las Mipymes no cumplan con lo estipulado en el Decreto 1510 de 2013 y la Ley 905 de 2004.
v) Cuando el proponente no cumpla con los requisitos para acreditar la calidad de Xxxxxx.
Nota Cuando la propuesta se presente fuera de la hora estipulada para el cierre de la contratación y apertura de propuestas, será devuelta sin abrir al proponente.
6. ESPECIFICACIONES TECNICAS
Las especificaciones técnicas mínimas pueden ser consultadas en los Estudios Previos del Proceso de Contratación o en la ficha técnicas de especificaciones, formato N°5 (FICHA TECNICA DE ESPECIFICACIONES).
7. CONDICIONES ECONÓMICAS
7.1. Forma de pago
Se realizarán pagos parciales mensuales, de acuerdo al suministro entregado en el respectivo mes, previo recibido a satisfacción por parte del supervisor y presentación de la factura o cuenta de cobro, adjuntando el comprobante del pago de aportes a la seguridad social. No habrá lugar a anticipos.
El ITM tomará como base de liquidación los valores unitarios cotizados. De presentarse diferencia en los valores totales, se tomará el menor precio, sin derecho a reclamo por el proponente.
Si hubiere lugar a otros pagos, los proponentes deberán consignarlos en su oferta, indicando claramente el concepto, valor y forma que propone.
En tal caso, dicho costo será tenido en cuenta en la evaluación económica de la propuesta y será consignado en el contrato respectivo, si resultase favorecido.
Así mismo, se elaborará la orden de pago teniendo en cuenta las retenciones xx xxx.
Igualmente debe tener presente que el pago final se realizará una vez que el ITM expida un acta de recibo a satisfacción de los trabajos realizados.
El ITM podrá retener total o parcialmente cualquiera de los pagos pendientes a favor del Contratista, hasta donde sea necesario, para protegerse de pérdidas debidas a trabajos defectuosos no corregidos, a garantías no cumplidas, al pago de multas, pleitos, acciones legales o perjuicios imputables al Contratista. Cuando el motivo que originó la retención sea subsanado por el Contratista, el ITM hará la devolución de los pagos retenidos.
7.2. Duración del contrato
El plazo de ejecución del contrato será desde la fecha de la firma del Acta de Inicio hasta el 11 de diciembre de 2015 o hasta agotar el presupuesto oficial.
8. CONTRATACIÓN
El Instituto Tecnológico Metropolitano celebrará con el proponente o favorecido en la presente invitación, el contrato para la ejecución del objeto de la invitación, fundamentándose en la ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007 sus decretos reglamentarios y pliegos de condiciones.
8.1. Documentos para la suscripción, legalización y ejecución del contrato
El proponente favorecido con la adjudicación, deberá presentar para la suscripción y legalización del contrato los siguientes documentos:
Garantías exigidas: Se deberán otorgar las garantías exigidas en la minuta del contrato, de conformidad con lo establecido en el Artículo 111 del Decreto 1510 de 2013.
Certificado xx xxx y salvo de los aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y de Aportes Parafiscales expedido por el Revisor Fiscal y en su defecto por el Representante Legal.
Fotocopia del registro único tributario (RUT), en caso de Consorcio o Uniones Temporales deberán traer el RUT consorcial.
8.2. Domicilio del contrato
De conformidad con las normas legales colombianas, el lugar del cumplimiento de los contratos que se llegaren a celebrar, es la ciudad de Medellín, por lo tanto, todas las actividades judiciales a que hubiere lugar, deberán adelantarse en esta ciudad.
8.3. Garantías.
El contratista seleccionado para la ejecución del contrato constituirá, a favor del ITM, como mecanismo de cobertura del riesgo derivado del incumplimiento de las obligaciones legales o contractuales, cualquiera de las garantías autorizadas por el Decreto 1510 de 2013 a saber: (1) Contrato de seguro contenido en una póliza, (2) Patrimonio autónomo, (3) Garantía bancaria; otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia o por una entidad bancaria, o una sociedad fiduciaria, o una entidad financiera sometida a vigilancia y control de la Superintendencia Financiera, legalmente establecida en Colombia, con el fin de cubrir los perjuicios derivados de las obligaciones, así:
De Cumplimiento del Contrato: Cubrirá al ITM de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato así como de su cumplimiento tardío o su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Este amparo comprende además siempre el pago de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y con una vigencia igual a su plazo y seis (6) meses más. |
De calidad y correcto funcionamiento de los bienes: Cubrirá al ITM por los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia de los perjuicios imputables al contratista garantizado que se deriven de la mala calidad o deficiencias técnicas de los bienes o equipos objeto del contrato de acuerdo con las especificaciones técnicas o por el incumplimiento de los parámetros o normas técnicas establecidas para el respectivo bien o equipo, por el equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y con una vigencia igual a su plazo y seis (6) meses más. |
Además, de acuerdo con lo establecido en los artículos 7 a 17 de la Ley 1480 de 2011, en asocio con las determinaciones de los artículos 932 y 958 del Código de Comercio, el Contratista tiene la obligación de garantizar la calidad del bien o servicio objeto del contrato.
La garantía se constituirá en la misma moneda del contrato. El pago de la prima respectiva correrá por cuenta del contratista, así como el de las ampliaciones a que haya lugar.
El contratista deberá restablecer el valor de la garantía cuando éste se haya visto reducido por razón de las reclamaciones efectuadas por la entidad contratante y/o terceros afectados De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el contratista deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. El incumplimiento de la obligación del contratista de mantener la suficiencia de la garantía, facultará al ITM para declarar la caducidad del contrato.
La garantía deberá acompañarse del correspondiente recibo de pago, estar firmada por el contratista, deberá ser constituida en forma tal que cubra única y exclusivamente los riesgos contemplados para la ejecución del contrato.
La garantía deberá estar vigente durante toda la vida del contrato, su liquidación, y la prolongación de sus efectos. Tratándose de póliza no expirará por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral.
8.4. Plazo para la firma
El ITM dispondrá hasta de cinco (5) días hábiles a partir de la notificación de adjudicación para elaborar y entregar el respectivo contrato al proponente favorecido, quien dispondrá de tres (3) días hábiles para devolverlo firmado, acompañado de los documentos exigidos, so pena de hacerse acreedor a la sanción establecida en el art. 30 numeral 12, ley 80 de 1993.
8.5. De La Adjudicación Del Contrato
La Adjudicación del presente proceso contractual se hará al oferente que presente el menor precio al final del certamen de Subasta Inversa.
La adjudicación del contrato se hará por el valor del presupuesto oficial y en las cantidades requeridas, de acuerdo a las necesidades del ITM, se hará el pedido al contratista.
8.5.1. Plazo para la adjudicación
El Instituto adjudicará el presente contrato mediante acto administrativo, el cual se notificará por estrados en el momento de la culminación de la audiencia de subasta inversa presencial.
8.5.2. Competencia para la adjudicación
Corresponde adjudicar el presente proceso al Representante Legal o a su delegado de conformidad con las normas de delegación vigentes.
9. ADJUDICACIÓN CUANDO RESULTARE HABILITADO UN SOLO OFERENTE
De acuerdo con lo establecido por los Artículos 30 y el 41 numeral quinto del decreto 1510 de 2013, si un solo oferente resultare habilitado para participar en la subasta, la entidad adjudicará el contrato al proponente habilitado, siempre que cumpla con los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones, y el valor de su oferta sea igual o inferior a la disponibilidad presupuestal para el contrato, caso en el cual no hay lugar a subasta inversa.
10. PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICION DE MULTAS
De conformidad con el numeral 2° del artículo 4° de la ley 80 de 1993, y el Artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, el ITM, adelantará las gestiones necesarias para el reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias para efectos de la presente contratación de la siguiente manera:
a. En caso xx xxxx o incumplimiento parcial de las obligaciones adquiridas por EL CONTRATISTA adjudicatario sin perjuicio de la declaratoria de la caducidad del Contrato. EL ITM podrá mediante resolución imponer multas diarias equivalentes al uno por mil (1x1000) del valor del Contrato por cada día xx xxxx o de incumplimiento total.
b. En caso de incumplimiento del término para legalizar debidamente el contrato (8 días hábiles a partir de la suscripción del Contrato), se impondrá una multa del 0.5% del valor del Contrato por cada día de retraso.
c. Por incumplimiento en la obligación de iniciar la ejecución del Contrato de acuerdo a la fecha señalada en el acta de iniciación por un valor del 0.5% del valor del Contrato por cada día de retraso.
d. Por el incumplimiento en el plazo inicialmente pactado en el contrato por un valor del 1% del valor del Contrato por cada día de retraso injustificado.
Para la imposición de multas y declaratoria de incumplimiento del contrato, el ITM dará aplicación al procedimiento establecido por el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, el cual establece:
“Las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública podrán declarar el incumplimiento, cuantificando los perjuicios del mismo, imponer las multas y sanciones pactadas en el contrato, y hacer efectiva la cláusula penal. Para tal efecto observarán el siguiente procedimiento:
a. Evidenciado un posible incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista, la entidad pública lo citará a audiencia para debatir lo ocurrido. En la citación, hará mención expresa y detallada de los hechos que la soportan, acompañando el informe de interventoría o de supervisión en el que se sustente la actuación y enunciará las normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para el contratista en desarrollo de la actuación. En la misma se establecerá el lugar, fecha y hora para la realización de la audiencia, la que podrá tener lugar a la mayor brevedad posible, atendida la naturaleza del contrato y la periodicidad establecida para el cumplimiento de las obligaciones contractuales. En el evento en que la garantía de cumplimiento consista en póliza de seguros, el garante será citado de la misma manera.
b. En desarrollo de la audiencia, el jefe de la entidad o su delegado, presentará las circunstancias de hecho que motivan la actuación, enunciará las posibles normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para el contratista en desarrollo de la actuación. Acto seguido se concederá el uso de la palabra al representante legal del contratista o a quien lo represente, y al garante, para que presenten sus descargos, en desarrollo de lo cual podrá rendir las explicaciones del caso, aportar pruebas y controvertir las presentadas por la entidad.
c. Hecho lo precedente, mediante resolución motivada en la que se consigne lo ocurrido en desarrollo de la audiencia y la cual se entenderá notificada en dicho acto público, la entidad procederá a decidir sobre la imposición o no de la multa, sanción o declaratoria de incumplimiento.
Contra la decisión así proferida sólo procede el recurso de reposición que se interpondrá, sustentará y decidirá en la misma audiencia. La decisión sobre el recurso se entenderá notificada en la misma audiencia.
d. En cualquier momento del desarrollo de la audiencia, el jefe de la entidad o su delegado, podrá suspender la audiencia cuando de oficio o a petición de parte, ello resulte en su criterio necesario para allegar o practicar pruebas que estime conducentes y pertinentes, o cuando por cualquier otra razón debidamente sustentada, ello resulte necesario para el correcto desarrollo de la actuación administrativa. En todo caso adoptar la decisión, se señalará fecha y hora para reanudar la audiencia. La entidad podrá dar por terminado el procedimiento en cualquier momento, si por algún medio tiene conocimiento de la cesación de situación de incumplimiento”
El valor de las multas y la cláusula penal pecuniaria será impuesta por el Instituto Tecnológico Metropolitano, mediante resolución motivada. Una vez ejecutoriados los actos administrativos que la impongan serán cobrados con cargo a la garantía de cumplimiento del contrato, de conformidad con lo establecido por el decreto 1510 de 2013 o en su defecto, podrán ser descontados dichos valores de los saldos adeudados al CONTRATISTA o en el proceso de liquidación del saldo no pagado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la ley 1150 de 2007. Si no fuere posible lo anterior, se cobrará vía jurisdicción coactiva o acudiendo a la vía judicial correspondiente.
La Resolución, mediante la cual se hace efectiva la multa o multas, se notificará al CONTRATISTA y a la Compañía Aseguradora de conformidad con lo señalado en los artículos 44 y 45 del Código Contencioso Administrativo.
11. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se liquidará de común acuerdo dentro de los cuatro (4) meses siguientes al día en que se reciba el objeto contractual a entera satisfacción, o que se expida el acto administrativo que ordene la liquidación, o a la fecha del acuerdo que la disponga.
En el evento en que EL CONTRATISTA no se presentare a la liquidación o las partes no llegaren a acuerdo sobre el contenido de la misma, será practicada directa y unilateralmente por la Entidad, mediante acto administrativo motivado el cual es susceptible del recurso de reposición dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación, ante el mismo funcionario que suscribió dicho acto.
Durante esta etapa las partes acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar. En el acta de liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones, transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse x xxx y salvo.
Para la liquidación se exigirá al CONTRATISTA la extensión o ampliación, si es el caso, de la garantía única del contrato y responsabilidad civil extracontractual, para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extinción del contrato.
EL CONTRATISTA acatará las disposiciones legales aplicables a las empresas o personas que desarrollan la actividad objeto del contrato, así como toda la normatividad relacionada con el objeto contractual.
12. CLÁUSULA DE INDEMNIDAD DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO
EL CONTRATISTA, mantendrá indemne a EL ITM por razón de reclamos, demandas, acciones legales y costos que surjan como resultado del uso de patentes, diseños o derechos de autor que sean propiedad de terceros. Mantendrá indemne a EL ITM contra todo reclamo, demanda, acción legal y costo que pueda causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, que tengan como causa las actuaciones de EL CONTRATISTA, sus subcontratistas o sus proveedores, cuando hubiera lugar a ello. Así como por el pago de salarios y prestaciones sociales a todo el personal vinculado y a los contratistas para la ejecución del objeto contractual, cuando a ello haya lugar.
En caso de que se entable un reclamo, demanda o acción legal contra la Entidad por asuntos que según el contrato sean de responsabilidad del CONTRATISTA, éste será notificado lo más pronto posible de ellos para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas previstas por la Ley para mantener indemne al ITM.
EL CONTRATISTA será responsable ante la Entidad de todos los daños causados a los bienes propiedad del ITM, ya sea por culpa de él directamente o del personal a su servicio, y le reconocerá y pagará el valor de tales daños o procederá a repararlos debidamente a satisfacción del ITM.
13. SUPERVISIÓN
Una vez adjudicado el contrato, el Instituto Tecnológico Metropolitano, el ITM designará la supervisión a quien se señale en los estudios y documentos previos, quien tendrá la facultad de inspeccionar en cualquier tiempo el desarrollo del contrato, incluyendo las especificaciones técnicas, así como la calidad de los productos y/o servicios ofrecidos e igualmente velar por el estricto cumplimiento de su objeto. El superivisor ejercerá funciones de supervisión y vigilancia técnica, administrativa y financiera del contrato.
14. CONDICIONES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO:
14.1. Obligaciones del Contratista.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista deberá cumplir el contrato de conformidad con las especificaciones técnicas y la propuesta económica presentada para el proceso, los requerimientos que en virtud del contrato le haga el supervisor del contrato ejecutando las actividades que se encaminen al cabal cumplimiento y ejecución de sus obligaciones contractuales, descritas así:
Cumplir con el objeto del contrato en la forma dentro del plazo establecido en el contrato, de conformidad con las especificaciones técnicas señaladas en los estudios previos y la invitación.
Cumplir con la entrega de los bienes requeridos en el sitio acordado con el supervisor del contrato, según las especificaciones técnicas indicadas en los estudios previos y la Invitación.
Contar con la infraestructura necesaria para el cumplimiento del contrato.
Presentar junto con la factura o cuenta de cobro, el certificado del pago de aportes a la seguridad social y parafiscal del personal utilizado para la ejecución del contrato.
Acatar las recomendaciones del supervisor, como enlace directo entre el ITM y el Contratista.
Presentar facturas correspondientes al cobro de las actividades realizadas durante la ejecución del contrato.
Abstenerse de facturar por encima del presupuesto disponible, de acuerdo con el valor del contrato.
Garantizar la entrega de los bienes objeto del contrato, en las condiciones previamente estipuladas entre el contratista y el supervisor.
Garantizar que el producto final entregado cumpla con las especificaciones técnicas, de acuerdo con las órdenes que emite el supervisor del contrato.
Informar por escrito al supervisor, las quejas, dudas, reclamos y demás inquietudes que puedan surgir en el desarrollo del objeto contractual.
Xxxxxxx los requerimientos que sean formulados por el supervisor y para efectos de ejecutar en debida forma el contrato.
Toda comunicación entre el ITM y el contratista deberá constar por escrito con copia al supervisor del contrato. 14.2. Obligaciones Del Instituto Tecnológico Metropolitano. 14.2.1. Suministrar la información y/o descripción y especificaciones requeridos que se encuentren disponibles en la Entidad y que fueren aplicables para el desarrollo del objeto del contrato. 14.2.2. Efectuar los pagos de acuerdo con las condiciones establecidas en el presente pliego de condiciones. 14.2.3. Designar y ejercer la Interventoría del Contrato, esta deberá dar cumplimiento a la normatividad relacionada y al manual de Interventoría aprobado por la Entidad 15. ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS Atendiendo a lo previsto por el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, y lo pretendido por las partes es suscribir un contrato de compraventa, se observa que los riesgos que se pueden presentar son los siguientes. | |||||||
CLASE | TIPIFICACION DEL RIESGO | ASIGNACION DEL RIESGO | |||||
No. | DESCRIPCION | OBSERVACIONES | ITM | PROPONENTE Y/O CONTRATISTA | |||
Administrativos. | 1 | No firma del contrato por parte del proponente y/o CONTRATISTA. | Porque el CONTRATISTA se rehusó a firmarlo, no estuvo de acuerdo con el clausulado. En consecuencia se procede a la aplicación de la póliza de seriedad de la oferta. Xxxxxx que asume el CONTRATISTA. | X | |||
Jurídicos y/o legales y/o documentales y/o regulatorios. | 2 | Cambios normativos y/o tributarios | Ocurre en aquellos casos, cuando las condiciones inicialmente estipuladas en el Contrato ha sufrido una modificación sustancial, tal y como es el caso de una norma que modifique o exija la inclusión de un nuevo componente técnico que implique la destinación de mayores recursos, o cuando a consecuencia de una norma con efectos tributarios varia las condiciones económicas inicialmente establecidas. Xxxxxx que asume el ITM o el CONTRATISTA dependiendo quien es la parte afectada con el cambio. | X | X | ||
3 | Hurto | Ocurre en los eventos de que trata el Capítulo I del Título VII de la Ley 599 de 2000 (Código Penal). La ocurrencia de los eventuales riesgos por Xxxxx serán asumidos por quien es víctima de ellos, y en el caso en que este sea el CONTRATISTA, el ITM no asumirá ningún sobrecosto por la pérdida de materiales o cualquier otro implemento. | X | X | |||
4 | Incumplimiento del contrato por parte del CONTRATISTA. | Hace referencia a cualquier clase de incumplimiento por parte del CONTRATISTA, antes, durante y posterior a la órden de iniciación del contrato. Xxxxxx que asume el CONTRATISTA. | X | ||||
5 | Incumplimiento en la calidad de los bienes objeto de suministro por parte del CONTRATISTA. | Xxxxxx que asume el CONTRATISTA. | X | ||||
6 | No pago oportuno, por parte del CONTRATISTA o subcontratistas, a los trabajadores y personal en relación con salarios, prestaciones sociales y demás beneficios a que tengan derecho, a pesar de que la entidad haya dispuesto los recursos de forma eficiente. | Xxxxxx que asume el CONTRATISTA. | X |
7 | Paros ocasionados por los trabajadores y personal del contratista por la no cancelación oportuna de salarios y prestaciones sociales y demás beneficios a que tengan derecho. | Xxxxxx que asume el CONTRATISTA. | X | ||||
8 | Errores involuntarios que hayan quedado en los pliegos de condiciones, | Hace referencia a cualquier error que se pueda presentar en los archivos publicados en la página WEB. Riesgo que asume el ITM. | X | ||||
9 | Errores cometidos por el CONTRATISTA en la elaboración de las propuestas y/o en los documentos solicitados en los Pliegos de Condiciones o errores cometidos en documentos elaborados por el CONTRATISTA durante la ejecución del contrato. | Xxxxxx que asume el CONTRATISTA. | X | ||||
10 | No pago oportuno, por parte del CONTRATISTA, a toda clase de proveedores en relación con compras, alquileres, servicios, contratos, etc. | Xxxxxx que asume el CONTRATISTA. | X | ||||
11 | Problemas presentados entre socios y/o consorciados y/o integrantes de uniones temporales y/o familiares de las empresas y/o firmas que contratan con el ITM. | Xxxxxx que asume el CONTRATISTA. | X | ||||
12 | Muerte del CONTRATISTA y/o representante legal. | Xxxxxx que asume el CONTRATISTA. | X | ||||
13 | Escasez de cualquier tipo de material para la ejecución del contrato | El CONTRATISTA debe estudiar esta situación y tener planes de contingencia. Xxxxxx que asume el CONTRATISTA, por falta de gestión en la adquisición de insumos fundamentales y significativos para la ejecución del contrato | X | ||||
14 | Demora en la radicación oportuna por parte del CONTRATISTA de las facturas (correctamente diligenciadas y firmadas) y/o cuentas de los gastos reembolsables. | Xxxxxx que asume el CONTRATISTA, teniendo en cuenta que le corresponde a éste tener planes de contingencia y/o calidad para que las actas se elaboren correctamente y radiquen oportunamente de acuerdo con lo manifestado en el contrato. | X | ||||
15 | Errores cometidos por el CONTRATISTA en la elaboración de las facturas y sus soportes, que ocasionan demoras en su radicación. | Xxxxxx que asume el CONTRATISTA, teniendo en cuenta que le corresponde a éste coordinar con la interventoría la elaboración de las facturas de acuerdo con lo manifestado en el contrato. | X | ||||
16 | Muerte de personal del CONTRATISTA durante la ejecución del contrato. | Xxxxxx que asume el CONTRATISTA. | X | ||||
17 | Accidentalidad presentada por la deficiente seguridad industrial y dotación de los operarios y trabajadores, etc., por parte del CONTRATISTA. | Riesgos que asume el CONTRATISTA. | X | ||||
18 | Por cambios en las especificaciones técnicas durante la ejecución del contrato | Xxxxxx que asume el ITM. | X | ||||
19 | Demora en la legalización del contrato por parte del CONTRATISTA. | Causada por parte del CONTRATISTA, por no radicar completa, correcta y oportunamente la documentación de legalización, según el instructivo y lo manifestado en el contrato. Xxxxxx que asume el CONTRATISTA. | X | ||||
20 | Suspensiones del contrato. | Xxxxxx que asume el CONTRATISTA, cuando la suspensión sea imputable a este. | X | ||||
21 | Prórrogas del contrato. | Xxxxxx que asume el CONTRATISTA, salvo que haya justificación valida de la prórroga. | X |
técnicos y/o operativos | 22 | Daños en el funcionamiento de la maquinaria y/o equipos del contratista. | Xxxxxx que asume el CONTRATISTA. | X | |||
23 | Problemas de la calidad de los materiales | Xxxxxx que asume el CONTRATISTA. | X | ||||
24 | Deficiencias presentadas durante la producción de los insumos por parte de los proveedores del contratista. | Xxxxxx que asume el CONTRATISTA. | X | ||||
NOTA 1: Cuando el riesgo sea compartido entre ITM y CONTRATISTA, el porcentaje a asumir es 50% para cada uno. | |||||||
NOTA 2: La columna No. 6 corresponde a quien le corresponde asumir el riesgo. | |||||||
CÓMO MINIMIZAR EL RIESGO: Estableciendo una forma de pago de tal manera que sólo se efectúe el mismo, una vez se produzca la entrega a entera satisfacción del bien o servicio. Consignando las cláusulas de multas y penal pecuniaria en el contrato. Estricto y permanente acompañamiento y seguimiento por parte de la supervisión asignada. | |||||||
No obstante lo anterior el pago se realizará una vez el proveedor seleccionado entregue los bienes a entera satisfacción. Para garantizar los anteriores riesgos, el contratista deberá suscribir garantía para el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato, de acuerdo al numeral 8.3. Xxx xxxxxx de condiciones. (SEÑOR PROPONENTE RECUERDE DILIGENCIAR Y ANEXAR A LA PROPUESTA, LOS SIGUIENTES FORMATOS ANEXOS) |
FORMATO Nº 1 CARTA DE PRESENTACIÓN
SEÑORES
INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO MEDELLÍN
El suscrito en nombre de como únicos interesados en la propuesta, declaramos que no tenemos intereses patrimoniales en otra persona natural o jurídica participante en esta contratación y ninguno de los socios y empleados de nuestra firma ha tomado parte en la elaboración de la oferta que para contratación haya presentado otra persona natural o jurídica.
Declaramos que nuestro representante legal no ostenta igual condición en entidad o entidades que participen en el presente concurso, diferente a la nuestra. Declaramos igualmente que no nos estemos incursos en las prohibiciones mencionadas en los pliegos de condiciones definitivos y que al presentar la propuesta estamos afirmando bajo la gravedad del juramento, que tampoco estamos comprendidos en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades consagrados en los artículos 8, 9, 10 y 58 ordinal 6 del Estatuto General de Contratación de la Administración Publica (Ley 80 de 1993, Ley 1474 de 2011 y sus Decretos Reglamentarios), el cual conocemos y acatamos.
Bajo la gravedad del juramento declaramos que no nos encontramos cobijados por ninguna inhabilidad o incompatibilidad para contratar con el Instituto Tecnológico Metropolitano.
Desde ahora manifestamos que el hecho de incurrir en alguna de la causales anteriores o en otra u otras de similar calidad, ética o moral, a juicio del Instituto Tecnológico Metropolitano, tiene la virtualidad suficiente para que se disponga la inmediata descalificación de nuestra propuesta,
Igualmente manifestamos que conocemos los pliegos de condiciones definitivos y especificaciones y que estamos de acuerdo con su contenido, que lo hemos estudiado, al igual que las demás adiciones entregadas y que aceptamos todo lo que ellos contienen en relación con esta contratación.
Proponente:
Dirección: Teléfono: Fax:
Representante Legal del proponente:
Dirección: Teléfono:
Nombre del Representante Legal:
Documento de identificación:
Nombre de contacto: Teléfono contacto
E-mail contacto:
RESUMEN DE LA PROPUESTA:
En caso de que se nos adjudique el contrato, nos comprometemos a ejecutar el trabajo en el plazo establecido en el contrato.
Esta propuesta está compuesta de: Folios.
GARANTIA DE LA PROPUESTA N°:
ENTIDAD ASEGURADORA:
DURACIÓN DE LA GARANTÍA:
NOMBRE DEL PROPONENTE REPRESENTANTE LEGAL
C.C. o NIT O PERSONA NATURAL
(Es obligatoria la presentación de este formato con la propuesta).
SEÑORES
FORMATO Nº 2
FORMULARIO DE PROPUESTA ECONÓMICA
INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO MEDELLÍN
SELECCIÓN ABREVIADA – SUBASTA INVERSA DE 2015
ITEM | DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO | CANT. | VALOR UNITARIO ANTES DE IVA | % DE IVA | VALOR DEL IVA | VALOR UNITARIO IVA INCLUIDO | VALOR TOTAL ANTES DE IVA |
1 | ADHESIVO BARRA TOIT X20GR | 1 | |||||
2 | ADHESIVO INSTANT. X3GR | 1 | |||||
3 | ADHESIVO LIQ.PAPEL X4000GR | 1 | |||||
4 | ADHESIVO LIQ.PEGAUCHO MADERA X4000 CC | 1 | |||||
5 | ADHESIVO LIQ. PEGA ESCOLAR X125GR | 1 | |||||
6 | ADHESIVO LIQ. PEGA PAPEL X 250GR | 1 | |||||
7 | ADHESIVO LIQ. PEGA PAPEL X 1000GR | 1 | |||||
8 | ADHESIVO LIQ. PEG.UNIVERSAL X20ML | 1 | |||||
9 | ADHESIVO PEGAUCHO X 375CC AMLLO P/FOMI | 1 | |||||
10 | ADHESIVO PEGAUCHO X 375CC BLCO (24) | 1 | |||||
11 | ADHESIVO X 750CC BLCO | 1 | |||||
12 | AGENDA 2015 | 1 | |||||
13 | ALFILER X28MMX50GR- GALVANIZADO (200) | 1 | |||||
14 | ALMOHADILLA P/SELLO | 1 | |||||
15 | ARCHIVADOR FUELLE OFICINA.LITOARCHIVO X28BOL | 1 | |||||
16 | ARCHIVADOR FUELLE OFICINA. PLASTICO X13 | 1 | |||||
17 | ARCHIVADOR FUELLE OF. X30BOL.CARTON(6) | 1 | |||||
18 | BANDA CAUCHO #16 X1000GR TIPO LATEX | 1 | |||||
19 | BANDA CAUCHO #18 X 25GR EN BOLSA | 1 | |||||
20 | BANDA CAUCHO #18 X 50GR EN BOLSA | 1 | |||||
21 | BANDA CAUCHO #22 X 25GR EN BOLSA | 1 | |||||
22 | BISTURI XXX XXXXX. | 0 | |||||
00 | XXXXXXX GDE PLAST.-METAL+RPTO TOIT 12154 | 1 | |||||
24 | BISTURI.METAL #11+REPUESTO | 1 | |||||
25 | BISTURI.METAL+RPTO +REPUESTO | 1 | |||||
26 | BLOCK 1/2 CARTA C/R X80HJ | 1 | |||||
27 | BLOCK 1/2 CARTA IMPRENTA X70HJ (100) | 1 | |||||
28 | BLOCK 1/2 CARTA S/R X 80 HOJAS | 1 | |||||
29 | BLOCK 25X35CM MANTEQUILLA X40H 40GR | 1 | |||||
30 | BLOCK 50X35CM BOND X 50HJ X75 GR | 1 |
31 | BLOCK 50X35CM X 50HJ X115 GR | 1 | |||||
32 | BLOCK CARTA C/R X80HJ | 1 | |||||
33 | BLOCK CARTA CUAD.X50HJ | 1 | |||||
34 | BLOCK CARTA IRIS X40HJ-10 | 1 | |||||
35 | BLOCK CARTA IRIS X40HJ-8 | 1 | |||||
36 | BOLIGRAFO NGO | 1 | |||||
37 | XXXXXXXXX XXX | 0 | |||||
00 | XXXXXXXXX FINO NGO | 1 | |||||
39 | BOLIGRAFO FINO RJO | 1 | |||||
40 | BOLIGRAFO FUCSIA | 1 | |||||
41 | BOLIGRAFO .PLUS NGO | 1 | |||||
42 | BOLIGRAFO PLUS RJO | 1 | |||||
43 | BOLIGRAFO RETRAC. AZUL | 1 | |||||
44 | BOLIGRAFO RETRACTIL. NEGRO | 1 | |||||
45 | BOLIGRAFO RETRAC. RJO | 1 | |||||
46 | BOLSA PLAST. 45X45 CAL0.5 AD NGA X100 | 1 | |||||
47 | BOLSA PLAST. C/CIERRE 25X34 X1 | 1 | |||||
48 | BOLSA PLAST. C/CIERRE 30X40 CM | 1 | |||||
49 | BOLSA PLAST. C/CIERRE CAL2.0 30X40X1 | 1 | |||||
50 | BOLSILLO CARTA POLIP. XXXX 1046 | 1 | |||||
51 | BOLSILLO P/CD LISO CARTA X1 PARA 4CD | 1 | |||||
52 | BOLSILLO P/CD LISO X 1 | 1 | |||||
53 | BOLSILLO P/CD LISO X10. | 1 | |||||
54 | BOLSILLO P/CD LISO X100 | 1 | |||||
55 | BORRADOR MIGA D/PAN | 1 | |||||
56 | BORRADOR DE NATA | 1 | |||||
57 | BORRADOR MP-20 MIGA D/PAN | 1 | |||||
58 | BORRADOR MIGA D/PAN NGO | 1 | |||||
59 | BORRADOR TABLERO ECONOMICO | 1 | |||||
60 | BORRADOR TABLERO ACRÍLICO EN FELPA, CON SOPORTE XX XXXXXX | 1 | |||||
61 | CAJA D/CARTON 46X 29X 30 #11 ESTIBA | 1 | |||||
62 | CAJA D/CARTON 40X21X26 #12 ARCHIVO | 1 | |||||
63 | CAJA D/COLORES X 12 | 1 | |||||
64 | CAJA D/COLORES X 12 MINA GRUESA | 1 | |||||
65 | CAJA D/COLORES X 36 | 1 | |||||
66 | CAJA MENOR ESCRITURA 653 DE 21X15X9 | 1 | |||||
67 | CALCULADORA CIENT X10DIG. | 1 | |||||
68 | CALCULADORA FINANCIERA PROGRAMABLE | 1 | |||||
69 | CALCULADORA X 8 DIG. | 1 | |||||
70 | CALCULADORA X12 DIG. | 1 | |||||
71 | CALCULADORA X14 DIG. | 1 |
72 | CARPETA PLASTICA MINIBISEL OF. | 1 | |||||
73 | CARTELERA 61X 45CM+12 CHINCHONES | 1 | |||||
74 | CARTELERA 92X 62CM+24 CHINCHONES | 1 | |||||
75 | CARTON CORRUG.97.5X200CM LAMINA C/C620 | 1 | |||||
76 | CARTON IND.70X100X1.0MM | 1 | |||||
77 | CARTON PAJA 25X35CM CREMA | 1 | |||||
78 | CARTON PAJA 50X70CM CREMA | 1 | |||||
79 | CARTON PAJA 70X100CM CREMA | 1 | |||||
80 | CARTULINA 25X35 IRIS X18 XXXXXXXX | 0 | |||||
00 | XXXXXXXXX 00X00 XXXXXXXX X 200GR | 1 | |||||
82 | CARTULINA 70X100 X150GR BLCA | 1 | |||||
83 | CARTULINA 70X100 | 1 | |||||
84 | CARTULINA 70X100 X180GR | 1 | |||||
85 | CARTULINA 70X100 OPALINA X180GR (100) | 1 | |||||
86 | CARTULINA 70X100 X180GR NGA (200) | 1 | |||||
87 | CARTULINA ACUARELA 70X100 CM 355GRS | 1 | |||||
88 | CARTULINA CARTA AMLLA X100 | 1 | |||||
89 | CARTULINA CARTA AZUL X100 | 1 | |||||
90 | CARTULINA CARTA BLCA X 10 | 1 | |||||
91 | CARTULINA CARTA BLCA X100 | 1 | |||||
92 | CARTULINA CARTA VDE X100 | 1 | |||||
93 | CARTULINA CARTA OPALINA X180GR X500HJ | 1 | |||||
94 | CARTULINA LEGAJADORA OF.X100 | 1 | |||||
95 | CARTULINA OF. AMLLA X100 | 1 | |||||
96 | CARTULINA OF. BLCA X100 | 1 | |||||
97 | XXXXXXXXX XXXXX 0/0 XXXXXXX X00 | 0 | |||||
00 | XXXXXXXXX XXXXX 70X50 XXXXX XXXXX | 0 | |||||
00 | XXXXXXXXX XXXXX 70X50 AZUL XXX | 0 | |||||
000 | XXXXXXXXX XXXXX 70X50 CAFE | 1 | |||||
101 | CARTULINA PLANA 70X50 NEGRA | 1 | |||||
102 | CARTULINA PLANA 70X50 XXX XXX | 0 | |||||
000 | XXXXXXXXX XXXXX 70X50 XXX XXXXX | 0 | |||||
000 | XXXXXXXXX XXXXX 70X50 VDE OSC | 1 | |||||
105 | CARTULINA REFLECTIVA 70X50 AMLLA | 1 | |||||
106 | CARTULINA REFLECTIVA 70X50 FUCSIA | 1 | |||||
107 | CARTULINA REFLECTIVA 70X50 NJA | 1 | |||||
108 | CARTULINA REFLECTIVA 70X50 VERDE | 1 | |||||
109 | CASETTE P/GRAB.X60 VIDEO | 1 | |||||
110 | CD-R I700MB X 80 | 1 | |||||
111 | CD-R 700MB X100 | 1 | |||||
112 | CD-RW 700MB X 80 | 1 |
113 | CD-RW 700MB X 74 X1 95161 | 1 | |||||
114 | CHINCHE PINTADO AZUL OSCURO X50 | 1 | |||||
115 | CHINCHON X 35 SURTIDO | 1 | |||||
116 | CINTA AISLANTE 18MMX 5M | 1 | |||||
117 | CINTA D/ENMASC 18MMX40M | 1 | |||||
118 | CINTA D/ENMASC.12MMX40M | 1 | |||||
119 | CINTA D/ENMASC.24MMX40M 3M | 1 | |||||
120 | CINTA DOBLE F.ESP.19MMX25M | 1 | |||||
121 | CINTA DOBLE F.PAPEL 12MMX10M | 1 | |||||
122 | CINTA ENGOMADA 2X40M | 1 | |||||
123 | CINTA ENGOMADA 3X40M | 1 | |||||
124 | CINTA INVISIBLE 12MMX 33M | 1 | |||||
125 | CINTA INVISIBLE 18MMX 33M | 1 | |||||
126 | CINTA P. 12MMX 40M | 1 | |||||
127 | CINTA P.12MMX 20M | 1 | |||||
128 | CINTA P.12MMX 40M | 1 | |||||
129 | CINTA P.24MMX 40M | 1 | |||||
130 | CINTA P.48MMX 40M TRANSP | 1 | |||||
131 | CINTA P.48MMX100M 3M | 1 | |||||
132 | CLIP ESTANDAR -COLORES X80 | 1 | |||||
133 | CLIP ESTANDAR X100 | 1 | |||||
134 | CLIP MARIPOSA X50 | 1 | |||||
135 | COMPAS D/PRECISION METALICO(10/80) | 1 | |||||
136 | CONTACT BLCO X3M (30) | 1 | |||||
137 | CONTACT TRANSP.X 1M | 1 | |||||
138 | CONTACT TRANSP.X 1M (20/240) | 1 | |||||
139 | CONTACT TRANSP.X20M | 1 | |||||
140 | CORCHO 5.0MM X60X92CM | 1 | |||||
141 | CORDON P/ESCARAPELA FLA AZUL OSCURO | 1 | |||||
142 | CORDON P/ESCARAPELA FLA NGO | 1 | |||||
143 | CORRECTOR LIQ.LAPIZ | 1 | |||||
144 | CORRECTOR TIPO LAPIZ | 1 | |||||
145 | COSEDORA ALICATE | 1 | |||||
146 | COSEDORA CLAVADORA | 1 | |||||
147 | COSEDORA EST.1TIRA MET.XXXXX 550 | 1 | |||||
148 | XXXXXXXX X 00 | 0 | |||||
000 | XXXXXXXX XXXX-XXX X/00XX XXXX | 1 | |||||
150 | CRAYOLA ESCOLAR X12 COLORES | 1 | |||||
151 | XXXXXXX XXXXXXXXXX X 0 XXXX | 0 | |||||
000 | XXXXXXXX ARGOLLA 105X80H | 1 | |||||
153 | CUADERNO ARGOLLA 85X80H | 1 |
154 | CUADERNO GRAPADO 85X100H | 1 | |||||
155 | CUBIERTA BISEL CARTA IPP 2001 TRANSP (100) | 1 | |||||
156 | CUCHILLA BISTURI GDE X10 4124 (200/1000) | 1 | |||||
157 | CUCHILLA BISTURI T/BOLIG. #11 X 10 (10/100) | 1 | |||||
158 | DIRECTORIO ESCRITURA 22X14CM | 1 | |||||
159 | DISPENSADOR D/CINTA 12MMX40M | 1 | |||||
160 | DISPENSADOR D/CINTA 48MM | 1 | |||||
161 | DVD +8.5 DUAL | 1 | |||||
162 | DVD+R +4.7 | 1 | |||||
163 | ESCARAPELA VERT. 80X110 CARTOP.+CORD.AZU | 1 | |||||
164 | ESCARAPELA VERT.132X105 | 1 | |||||
165 | ESCUADRA 45X32CM | 1 | |||||
166 | ESCUADRA 60X32CM | 1 | |||||
167 | FONOMEMO CON RELACIÓN DE FECHA Y HORA DE LLAMADA, DESTINATARIO (PARA), MENSAJE, REMITENTE (DE PARTE DE), TIPO DE COMUNICADO (VINO A VERLE, VOLVERÁ, URGENTE, LLAMÓ POR TELÉFONO ENTRE OTROS), TELÉFONO, CELULAR, E-MAIL, TOMADO POR. | 1 | |||||
168 | FECHADOR X4MM | 1 | |||||
169 | FICHA BIBLIOG. 10X14CM X50 BCA | 1 | |||||
170 | FIJABOLIGRAF ADHESIVO | 1 | |||||
171 | FIJABOLIGRAFO ADHES..PLASTICO | 1 | |||||
172 | FOLDER CARTON CARTA HORIZ.CELUG.FABRIF. | 1 | |||||
173 | FOLDER CARTON CARTA HORIZ.YUTE FABRIF. | 1 | |||||
174 | FOLDER CARTON XXXX.XXXX V/P FOLDEX | 1 | |||||
175 | FOLDER CARTON OF.HORIZ.CELUG.FABRI CAFE) | 1 | |||||
176 | FOLDER CARTON OF.XXXXX.YUTE FABRIF. | 1 | |||||
177 | FOLDER CARTON OF.VERT.SUP.CELUG.FABRIF. | 1 | |||||
178 | FOLDER CARTON OF.VERT.SUP.YUTE FABRIF. | 1 | |||||
179 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS AMLLO BANDERA | 1 | |||||
180 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS AZUL MEDIO | 1 | |||||
181 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS XXXX XXX | 1 | |||||
182 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS BLCO | 1 | |||||
183 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS CAFE | 1 | |||||
184 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS DURAZNO | 1 | |||||
185 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS FUCSIA | 1 | |||||
186 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS GRIS | 1 | |||||
187 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS NGO | 1 | |||||
188 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS NJA | 1 | |||||
189 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS PIEL | 1 |
190 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS PURPURA | 1 | |||||
191 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS RJO | 1 | |||||
192 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS RJO INTEN. | 1 | |||||
193 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS VDE BOTELLA | 1 | |||||
194 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS VDE LIMON | 1 | |||||
195 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS VDE MANZANA | 1 | |||||
196 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS VDE NAVIDAD | 1 | |||||
197 | FOMI ESPUMA CARTA X5 SURTIDOS | 1 | |||||
198 | GANCHO LEGAJ.CABEZA RED.#9 X90MM X100 | 1 | |||||
199 | GANCHO LEGAJADOR PLÁSTICO ANTICORTANTES PARA XXXXXXX XXXXXXX X XX XXXXXXX XXXX X00 | 0 | |||||
200 | GANCHO LEGAJ.TODO PLAST.BOLSA X20 | 1 | |||||
201 | GEL ANTIBACTERIAL P/MANOS X1000CC | 1 | |||||
202 | GRAPA 13X 6MM X5000 | 1 | |||||
203 | GRAPA 26X 6MM X5000 XXXXXXXXX | 0 | |||||
000 | XXXXX 26X 6MM X5000 | 1 | |||||
205 | GRAPA 26X 8MM X5000 | 1 | |||||
206 | GRAPA 132X10MM X5000 | 1 | |||||
207 | GRAPA 23X 8MMX1000 | 1 | |||||
208 | GRAPA 23X12MMX1000 | 1 | |||||
209 | GUANTE DESE. ETERNA P/EXAM TALL M | 1 | |||||
210 | GUANTE DESECH.ETERNA P/EXAM TALLA M X50P | 1 | |||||
211 | GUANTE DESECH.ETERNA P/EXAM.TALLA L X50P | 1 | |||||
212 | GUANTE INDUST.ANTIALERGICO TELA BLCO T9 | 1 | |||||
213 | GUIAS P/FOLDER XXXXX.XXXXX BLCA X160 | 1 | |||||
214 | GUILLOTINA PARA PAPEL X30CM | 1 | |||||
215 | GUILLOTINA X45CM | 1 | |||||
216 | HILO TERLENKA BLCO 2228 X 176M (48) | 1 | |||||
217 | HUELLERO NO RECARGABLE DE MAS DE 2000 HUELLAS | 1 | |||||
218 | HUMEDECEDOR X 42GR | 1 | |||||
219 | HUMEDECEDOR X14GR | 1 | |||||
220 | HUMEDECEDOR X11GR | 1 | |||||
221 | LAPIZ 2H | 1 | |||||
222 | LAPIZ CARBONCILLO | 1 | |||||
223 | LAPIZ D/CHEQUEO RJO | 1 | |||||
224 | LAPIZ GRADUADO 2B | 1 | |||||
225 | LAPIZ XXXXXXXX 0X | 0 | |||||
000 | XXXXX XXX #2 | 1 | |||||
227 | LAPIZ P/VIDRIO BLCO | 1 | |||||
228 | LAPIZ PASTEL | 1 | |||||
229 | LEGAJADOR AZ CARTA AZUL | 1 |
230 | LEGAJADOR AZ OF. | 1 | |||||
231 | LIBRO ACTAS 600 FOLIOS- | 1 | |||||
232 | LIBRO 80-OF 1/2 OF.RAYADO | 1 | |||||
233 | LIBRO 80-OZK 1/2 OF.80HJ | 1 | |||||
234 | LIBRO 100-3F OF.X3COL.X200 FOLIO | 1 | |||||
235 | LIBRO 100-OF OFICIO.RAYADO | 1 | |||||
236 | LIMPIADOR P/TABLERO X120CC | 1 | |||||
237 | MANECILLA XXXXXX 25MM X12 | 1 | |||||
238 | MANECILLA XXXXXX 25MMX1 | 1 | |||||
239 | MANECILLA XXXXXX 31MMX1 | 1 | |||||
240 | MANECILLA XXXXXX 32CM | 1 | |||||
241 | MANECILLA XXXXXX 41MM X12 | 1 | |||||
242 | MANECILLA XXXXXX 51MM X12 | 1 | |||||
243 | MANECILLA XXXXXX X19MMX1 | 1 | |||||
244 | MANECILLA XXXXXX X41MM X1 | 1 | |||||
245 | MANECILLA XXXXXX X51MMX1 | 1 | |||||
246 | MARCADOR AL AGUA X10 LAVABLE | 1 | |||||
247 | MARCADOR BORRABLE AZUL | 1 | |||||
248 | MARCADOR BORRABLE NGO | 1 | |||||
249 | MARCADOR BORRABLE RJO PTA BISELADA | 1 | |||||
250 | MARCADOR BORRABLE VDE PTA BISELADA | 1 | |||||
251 | MARCADOR BORRABLE RECARGABLE NGO | 1 | |||||
252 | MARCADOR GRAFICO X10 COLORES | 1 | |||||
253 | MARCADOR INDELEBLE PUNTA FINA ROJO | 1 | |||||
254 | MARCADOR INDELEBLE PUNTA FINA AZUL | 1 | |||||
255 | MARCADOR INDELEBLE PUNTA FINA MORADO | 1 | |||||
256 | MARCADOR INDELEBLE PUNTA.FINA NEGRO | 1 | |||||
257 | MARCADOR INDELEBLE PUNTA FINA NARANJA | 1 | |||||
258 | MARCADOR INDELEBLE PUTNA XXXX XXXXXXXX | 1 | |||||
259 | MARCADOR INDELEBLE PUNTA FINA VDE | 1 | |||||
260 | MARCADOR METALICO | 1 | |||||
261 | MARCADOR P/AFICHE AMLLO | 1 | |||||
262 | MARCADOR P/AFICHE X 120 AZUL | 1 | |||||
263 | MARCADOR P/AFICHE X 120 BLCO | 1 | |||||
264 | MARCADOR P/AFICHE X 120 NGO | 1 | |||||
265 | MARCADOR P/AFICHE X 120 RJO | 1 | |||||
266 | MARCADOR P/AFICHE X 150 BLCO | 1 | |||||
267 | MARCADOR P/AFICHE X 150 RJO | 1 | |||||
268 | MARCADOR P/AFICHE X 150 VDE | 1 | |||||
269 | MARCADOR PERM X 150 NGO | 1 | |||||
270 | MARCADOR PERM. AZUL | 1 |
271 | MARCADOR PERM. NGO | 1 | |||||
272 | MARCADOR PERM. XXX | 0 | |||||
000 | XXXXXXXX XXXX. VDE | 1 | |||||
274 | MARCADOR PERM.P/ACET.X4 | 1 | |||||
275 | MARCADOR PERMANENTE ERGONOMICO AZUL | 1 | |||||
276 | MARCADOR PERMANENTE ERGONOMICO NGO | 1 | |||||
277 | MARCADOR PERMANENTE XXXXXXXXXX XXX | 0 | |||||
000 | XXXXXXXXXX DESECHABLE MEDICA 36313 X1 | 1 | |||||
279 | MEMO 87X87MM X250H | 1 | |||||
280 | MEMORIA USB 16GB | 1 | |||||
281 | MEMORIA USB 8GB | 1 | |||||
282 | MINA 0.5MM HB | 1 | |||||
283 | MINA 0.7MM 2B | 1 | |||||
284 | MINA 0.7MM HB | 1 | |||||
285 | MINA 2.0MM 2B | 1 | |||||
286 | MINA 2.0MM HB | 1 | |||||
287 | XXXXXXX XXXXXXXXXX | 0 | |||||
000 | XXXXXXX XXXX | 1 | |||||
289 | XXXXXXX BLCO MURANO | 1 | |||||
290 | XXXXXXX CAFE | 1 | |||||
291 | XXXXXXX DORADA | 1 | |||||
292 | XXXXXXX XXXXXX | 1 | |||||
293 | XXXXXXX XXXX | 1 | |||||
294 | XXXXXXX XXXXXX | 1 | |||||
295 | XXXXXXX MULTICOLOR | 1 | |||||
296 | XXXXXXX XXX | 1 | |||||
297 | XXXXXXX NJA | 1 | |||||
298 | XXXXXXX XXXXXXXX | 0 | |||||
000 | XXXXXXX XXX | 1 | |||||
300 | XXXXXXX VDE | 1 | |||||
301 | NOTA ADHESIVA.MEDIANA.SURTIDA. | 1 | |||||
302 | NOTA PEGANTE MEDIANA X3 COLORES | 1 | |||||
303 | NOTA PEGANTE MEDIANA CUBO NEON X5COLORES | 1 | |||||
304 | NOTA PEGANTE.PEQUEÑA. AMARILLA X1 | 1 | |||||
305 | NOTA PEGANTE.PEQUEÑA. AMARILLA X12 | 1 | |||||
306 | NOTA PEGANTE.PEQUEÑA AMLLO X3 | 1 | |||||
307 | NOTA PEGANTE MEDIANA NEON X5 | 1 | |||||
308 | NOTA PEGANTE. BANDERITA AZUL | 1 | |||||
309 | NOTA PEGANTE. BANDERITA X4 COL | 1 | |||||
310 | NUMERADOR AUTOMATICO .X6 DIG. | 1 |
311 | ORDENADOR D/LLAVES X 35LL | 1 | |||||
312 | ORDENADOR D/LLAVES X135LL | 1 | |||||
313 | PAPEL 70X100 BOND 60GR | 1 | |||||
314 | PAPEL 70X100 BOND 75GR | 1 | |||||
315 | PAPEL 70X100 BOND 115GR | 1 | |||||
316 | PAPEL 70X100 IMPRENTA | 1 | |||||
317 | PAPEL CARBON MANO CARTA X50HJ | 1 | |||||
318 | PAPEL CARTA BOND 90GR X250 | 1 | |||||
319 | PAPEL CARTA IMPRENTA X500 | 1 | |||||
320 | PAPEL CARTA INKJ.FOTOG. X180GR X20 | 1 | |||||
321 | PAPEL CARTA K.TRAD.BLCO GRANITO X80H 626 | 1 | |||||
322 | PAPEL CARTA MULTIP.X500 BLCO | 1 | |||||
323 | PAPEL CARTA OPALINA 90GR X100- | 1 | |||||
324 | PAPEL CELOFAN 96X112CM AMARILLO | 1 | |||||
325 | PAPEL CELOFAN 96X112CM AZUL | 1 | |||||
326 | PAPEL CELOFAN 96X112CM ROJO | 1 | |||||
327 | PAPEL CELOFAN 96X112CM VERDE | 1 | |||||
328 | PAPEL CREPE 50X1.50CM AMARILLO BANDERA | 1 | |||||
329 | PAPEL CREPE 50X1.50CM AZUL CLARO | 1 | |||||
330 | PAPEL CREPE 50X1.50CM AZUL MEDIO | 1 | |||||
331 | PAPEL CREPE 50X1.50CM MDO | 1 | |||||
332 | PAPEL CREPE 50X1.50CM RJO BANDERA | 1 | |||||
333 | PAPEL CREPE 50X1.50CM VDE MANZANA | 1 | |||||
334 | PAPEL CREPE 50X1.50CM VDE OSCURO | 1 | |||||
335 | PAPEL CREPE 50X150CM AZUL BANDERA | 1 | |||||
336 | PAPEL CREPE 50X150CM BLCO | 1 | |||||
337 | PAPEL CREPE 50X150CM FUCSIA | 1 | |||||
338 | PAPEL CREPE 50X150CM NARANJA | 1 | |||||
339 | PAPEL CREPE 50X150CM RSADO | 1 | |||||
340 | PAPEL CUADRICULADO ESCRIT.60GR X50X70CM | 1 | |||||
341 | PAPEL D/REGALO AZUL | 1 | |||||
342 | PAPEL D/REGALO VERDEDE | 1 | |||||
343 | PAPEL D/REGALO ROJO | 1 | |||||
344 | PAPEL HIG.X400M | 1 | |||||
345 | PAPEL XXXXX 20X6.7KG | 1 | |||||
346 | PAPEL XXXXX 24X 8KG | 1 | |||||
347 | PAPEL XXXXX 30X 10KG | 1 | |||||
348 | PAPEL XXXXX 60X 20KG | 1 | |||||
349 | PAPEL OF.DOBLE CUADROS X100 | 1 | |||||
350 | PAPEL OF.DOBLE RAYADO X100 | 1 | |||||
351 | PAPEL OF.MULTIP.X500 BLCO CARTOPRINT | 1 |
352 | PAPEL REGALO 50 X 70 DORADO | 1 | |||||
353 | PAPEL REGALO IONIZADO X50MT AZUL- PLATA | 1 | |||||
354 | PAPEL REGALO IONIZADO X50MT RJO- PLATA | 1 | |||||
355 | PAPEL REGALO ESTRELLITAS | 1 | |||||
356 | PAPEL SEDA 50X70 AMARILLO BANDERA | 1 | |||||
357 | PAPEL SEDA 50X70 AZUL CLARO | 1 | |||||
358 | PAPEL SEDA 50X70 AZUL MEDIO | 1 | |||||
359 | PAPEL SEDA 50X70 BLCO | 1 | |||||
360 | PAPEL SEDA 50X70 CAFE | 1 | |||||
361 | PAPEL SEDA 50X70 DORADO | 1 | |||||
362 | PAPEL SEDA 50X70 FUCSIA | 1 | |||||
363 | PAPEL SEDA 50X70 LILA | 1 | |||||
364 | PAPEL SEDA 50X70 MORADO OSCURO | 1 | |||||
365 | PAPEL SEDA 50X70 ROJO | 1 | |||||
366 | PAPEL SEDA 50X70 VERDE LIMON | 1 | |||||
367 | PAPEL SEDA 50X70 VERDE MANZANA | 1 | |||||
368 | PAPEL SEDA 50X70CM NARANJA | 1 | |||||
369 | PAPEL SEDA 50X70CM ROSADO | 1 | |||||
370 | PAPEL SEDA 50X70CM VERDE OSCURO | 1 | |||||
371 | PAPEL SILUETA 50X70CM AMARILLO BANDERA | 1 | |||||
372 | PAPEL SILUETA 50X70CM AZUL OSCURO | 1 | |||||
373 | PAPEL SILUETA 50X70CM BLANCO | 1 | |||||
374 | PAPEL SILUETA 50X70CM CAFE | 1 | |||||
375 | PAPEL SILUETA 50X70CM FUCSIA | 1 | |||||
376 | PAPEL SILUETA 50X70CM LILA | 1 | |||||
377 | PAPEL SILUETA 50X70CM MDO ESPECIAL | 1 | |||||
378 | PAPEL SILUETA 50X70CM NARANJA | 1 | |||||
379 | PAPEL SILUETA 50X70CM NEGRO | 1 | |||||
380 | PAPEL SILUETA 50X70CM RJO BANDERA | 1 | |||||
381 | PAPEL SILUETA 50X70CM RSDO | 1 | |||||
382 | PAPEL SILUETA 50X70CM VERDE OSCURO | 1 | |||||
383 | PAPELERA D/ESCRITORIO 103X1PISO NGA | 1 | |||||
384 | PAPELERA D/ESCRITORIO 120X2 PISO CAFE | 1 | |||||
385 | PAPELERA D/ESCRITORIO 130 TRIPLE CAF | 1 | |||||
386 | PAPELERA D/ESCRITORIO 136 TRIPLE NGA | 1 | |||||
387 | PAPELERA D/ESCRITORIO X2PISOS 124 NGA | 1 | |||||
388 | PAPELERA D/PISO 64.NGA | 1 | |||||
389 | PAPELERA D/PISO ESCRITURA CAFE | 1 | |||||
390 | PASTA CARTA 1.0R CARTOP.129 BLANCA X/X | 0 | |||||
000 | XXXXX XXXXX X0.5R CARTOP. 278 BLCA C/B | 1 | |||||
392 | PASTA CARTA X1.5D CARTOP.279 BLCA C/B | 1 |
393 | PASTA CARTA X2.0D CARTOP.280 BLCA X/X | 0 | |||||
000 | XXXXX XXXXX X2.5D FASOR 245 BLCA C/B | 1 | |||||
395 | PASTA CARTA X3.0D CARTOP.370 BLCA C/B | 1 | |||||
396 | PASTA LIMPIATIPOS AZUL EST 4 | 1 | |||||
397 | ROLLO DE PELICULA PLASTICA PARA PROTEGER, TRANSPORTAR E INMOVILIZAR 30CMX15MICX457M | 1 | |||||
398 | ROLLO DE PELICULA PLASTICA PARA PROTEGER, TRANSPORTAR E INMOVILIZAR 45CMX17MICX450M | 1 | |||||
399 | PERCHERO LE LINEA PLANA MADERA 1MX45CM | 1 | |||||
400 | PERFORADORA AJUS 3H X4.5MM | 1 | |||||
401 | PERFORADORA X1H X1.0MM | 1 | |||||
402 | PERFORADORA X2H X1.0MM | 1 | |||||
403 | PERFORADORA X2H X1.8MM | 1 | |||||
404 | PERFORADORA X2H X4.0MM | 1 | |||||
405 | PERFORADORA X2HX1.5MM | 1 | |||||
406 | PERFORADORA X2HX1.8MM | 1 | |||||
407 | PERFORADORA X2HX2MM | 1 | |||||
408 | PERFORADORA X3H X1.2MM | 1 | |||||
409 | PILA AA X2 ALKAL. | 1 | |||||
410 | PILA AAA X2 ALKAL. | 1 | |||||
411 | PILA CUAD.X1 ALKAL.X9V | 1 | |||||
412 | PILA ULTRA 23AE X12V PARA ABASTECER CRECIENTE NÚMERO DE NUEVOS APARATOS ELÉCTRICOS. | 1 | |||||
413 | PINCEL CHINO PLANO #1 | 1 | |||||
414 | PINCEL CHINO PLANO #2 | 1 | |||||
415 | PINCEL CHINO PLANO #3 | 1 | |||||
416 | PINCEL CHINO PLANO #4 | 1 | |||||
417 | PINCEL CHINO PLANO #5 | 1 | |||||
418 | PINCEL CHINO PLANO #6 | 1 | |||||
419 | PINCEL CHINO PLANO #7 | 1 | |||||
420 | PINCEL CHINO PLANO #8 | 1 | |||||
421 | PINCEL CHINO REDONDO #1 | 1 | |||||
422 | PINCEL CHINO REDONDO #10 | 1 | |||||
423 | PINCEL CHINO REDONDO #3 | 1 | |||||
424 | PINCEL CHINO REDONDO #4 | 1 | |||||
425 | PINCEL CHINO REDONDO #5 | 1 | |||||
426 | PINCEL CHINO REDONDO #6 | 1 | |||||
427 | PINCEL CHINO REDONDO #7 | 1 | |||||
428 | PINCEL CHINO REDONDO #8 | 1 | |||||
429 | PINCEL CONDOR RED.#2 | 1 | |||||
430 | PITILLO FLEXIBLE X50 XXXX. | 0 | |||||
000 | XXXXXXXXXX XXXXX X 8 COLORES | 1 |
432 | PLASTILINA LARGA X12 COLORES | 1 | |||||
433 | PLASTILINA X 200GR AMLLA | 1 | |||||
434 | PLASTILINA X 200GR AZUL | 1 | |||||
435 | PLASTILINA X 200GR BLCA | 1 | |||||
436 | PLASTILINA X 200GR CAFE | 1 | |||||
437 | PLASTILINA X 200GR MORADA | 1 | |||||
438 | PLASTILINA X 200GR NEGRA | 1 | |||||
439 | PLASTILINA X 200GR NARANJA | 1 | |||||
440 | PLASTILINA X 200GR PIEL | 1 | |||||
441 | PLASTILINA X 200GR ROJA | 1 | |||||
442 | PLASTILINA X 200GR VERDE | 1 | |||||
443 | PLUMIGRAFO 0.4MMX10 | 1 | |||||
444 | PLUMIGRAFO X0.4MM NEGRO | 1 | |||||
445 | PLUMIGRAFO MICROP. AZUL | 1 | |||||
446 | PLUMIGRAFO MICROP. NGO | 1 | |||||
447 | PLUMIGRAFO MICROP. RJO | 1 | |||||
448 | PLUMIGRAFO MICROP. VERDE | 1 | |||||
449 | PLUMIGRAFO MICRO.AZUL | 1 | |||||
450 | PLUMIGRAFO XXXXX.XXXX | 1 | |||||
451 | PLUMIGRAFO MICRO | 1 | |||||
452 | PLUMIGRAFO MICRO NEGRO | 1 | |||||
453 | PLUMIGRAFO MICRO ROJO | 1 | |||||
454 | PLUMIGRAFO MICRO ROSADO | 1 | |||||
455 | PLUMIGRAFO MICRO VERDE | 1 | |||||
456 | PLUMIGRAFO MICRO.X10 | 1 | |||||
457 | PLUMIGRAFO MICRO.X20 | 1 | |||||
458 | PLUMIGRAFO ULTRAFINO NEGRO | 1 | |||||
459 | PLUMON BICOLOR X10 | 1 | |||||
460 | PLUMON COLORES SURTIDOS X12 | 1 | |||||
461 | PLUMON X10 XXXXXXX | 0 | |||||
000 | XXXXX XX | 1 | |||||
463 | PORTACARNET HORIZ.Y/O VERT | 1 | |||||
464 | PORTACARNET TIPO YOYO AMERICANO AZUL | 1 | |||||
465 | PORTACLIPS NGO | 1 | |||||
466 | PORTAGUIAS P/FOLD.COLG. | 1 | |||||
467 | PORTALAPIZ CUAD. | 1 | |||||
468 | PORTALAPIZ CUAD. NGO | 1 | |||||
469 | PORTAMEMOS-CLIPS-LAPIZ | 1 | |||||
470 | PORTAMINAS 0.5 | 1 | |||||
471 | PORTAMINAS 0.7 | 1 | |||||
472 | PORTAMINAS 0.7 | 1 |
473 | PORTAMINAS 2.0 | 1 | |||||
474 | PORTAMINAS 2.0 | 1 | |||||
475 | RAPIDOGRAFO X0.1MM NGO | 1 | |||||
476 | REFUERZO ADHESIVO X100 | 1 | |||||
477 | REGLA X 30CM TRANSPARENTE | 1 | |||||
478 | REGLA X50CM TRANSP. | 1 | |||||
479 | REGLA X50CM METALICA | 1 | |||||
480 | REPUESTO BOLIGRAFO -NEGRO | 1 | |||||
481 | REPUESTO PARA LAPICERO NEGRO (12) | 1 | |||||
482 | RESALTADOR AMLLO | 1 | |||||
483 | RESALTADOR AZUL | 1 | |||||
484 | RESALTADOR NARANJA | 1 | |||||
485 | RESALTADOR ROSADO | 1 | |||||
486 | RESALTADOR VERDE | 1 | |||||
487 | REVISTERO AZUL RAYA BLCA | 1 | |||||
488 | REVISTERO S/ARCHIVO AZUL RAYA BLCA | 1 | |||||
489 | REVISTERO S/ARCHIVO VERDE RAYA BLCA | 1 | |||||
490 | LAPICERO DE TINTA MOJADA NEGRO | 1 | |||||
491 | XXXXX XXXX 57MMX40M | 1 | |||||
492 | ROLLO FAX 210MMX30M | 1 | |||||
493 | ROLLO TERMICO 80MMX60M- X12.5MM | 1 | |||||
494 | ROTULO F.C. 30X22X 1320-6X11 | 1 | |||||
495 | ROTULO F.C. 86X42X 108-3X 6 | 1 | |||||
496 | ROTULO LASER P/CD X 60 2X1 PRESS 3150 (1) | 1 | |||||
497 | ROTULO MULTIP. 216X280X 20-1X1 | 1 | |||||
498 | ROTULO MULTIP. 89X24X 660-2X | 1 | |||||
499 | ROTULO MULTIP.216X280X 400-1X1 | 1 | |||||
500 | ROTULO P/CD X60 | 1 | |||||
501 | SACAGRAPAS | 1 | |||||
502 | SACUDIDOR DULCEABRIGO 35X 70 BLCO | 1 | |||||
503 | SEPARADOR 105 X5-COLOR. | 1 | |||||
504 | SEPARADOR 105 X5-COLORES PASTEL | 1 | |||||
505 | SEPARADOR CARTA 1 AL 31 | 1 | |||||
506 | SEPARADOR CARTA AZ | 1 | |||||
507 | SEPARADOR CARTA X5 XXXX | 0 | |||||
000 | XXXXXXXXX XXXXX X5 COLO AMLLO | 1 | |||||
509 | SILICONA LIQUIDA X100ML | 1 | |||||
510 | SILICONA LIQUIDA X30ML | 1 | |||||
511 | SILICONA LIQUIDA X250ML | 1 | |||||
512 | SOBRE CARABELA OF.S/VENT. 75GR | 1 | |||||
513 | SOBRE ECOL.17.5X24.0 | 1 |
514 | SOBRE ECOL.17.5X24.0 | 1 | |||||
515 | SOBRE ECOL.22.0X29.0 | 1 | |||||
516 | SOBRE ECOL.22.5X29.0 | 1 | |||||
517 | SOBRE ECOL.25.0X35.0 | 1 | |||||
518 | SOBRE ECOL.25X35 X10 BOLSA | 1 | |||||
519 | SOBRE ECOL.27.0X37.0 ESPECIAL. | 1 | |||||
520 | SOBRE ECOL.36.5X44.5 RADIOGRAFIA. | 1 | |||||
521 | SOBRE GOLD 25.0X31.0 | 1 | |||||
522 | SOBRE LORD BLCO BOND 75GR | 1 | |||||
523 | SOBRE PLAST.OF.VERT. | 1 | |||||
524 | TABLA LEGAJ.OF.PLAST.AZUL | 1 | |||||
525 | TABLA LEGAJ.OF.PLAST.FORMAS AZUL | 1 | |||||
526 | TABLA LEGAJ.OF.PLAST.FORMAS NGO | 1 | |||||
527 | TABLA P/PLASTILINA ESCRITURA 30X27CM | 1 | |||||
528 | TABLA P/PUNZAR 30X27CM | 1 | |||||
529 | TABLA SALVA CORTE 30X45CM | 1 | |||||
530 | TABLA SALVA CORTE 60X45CM | 1 | |||||
531 | TABLERO ACRILICO 60X40 +4MARC. ALUM. | 1 | |||||
532 | TABLERO ACRILICO 80X60+4MARC.MAD. | 1 | |||||
533 | TABLERO ACRILICO 120X 80+4MARC.ALUM. | 1 | |||||
534 | TABLERO Y PAPELOG+TRIPODE 120X80+4MARC | 1 | |||||
535 | TAJALAPIZ ELECTRICO | 1 | |||||
536 | TAJALAPIZ METALICO | 1 | |||||
537 | TAPETE P/MOUSE | 1 | |||||
538 | TAPETE P/MOUSE AZUL | 1 | |||||
539 | TAPETE P/MOUSE GEL XXXX- | 0 | |||||
000 | XXXXXXXXX P/ 90-TARJ.CARTOP.308 19X14CM | 1 | |||||
541 | TARJETERO P/ 96-TARJ.CARTOP.376 NGO | 1 | |||||
542 | TARJETERO P/168-TARJ.CARTOP.372 20X11CM | 1 | |||||
543 | TARJETERO P/560-TARJ.CARTOP.375 22X24CM | 1 | |||||
544 | TEMPERA X 6 COLORES | 1 | |||||
545 | TERMO EN ACERO INOXIDABLE | 1 | |||||
546 | TIJERA X5.0 ESCOLAR | 1 | |||||
547 | TIJERA X5.0 ESCOLAR PUNTA OVALADA((25) | 1 | |||||
548 | TIJERA X6.0 | 1 | |||||
549 | TIJERA X7.0 CORNETA | 1 | |||||
550 | TIJERA X7.0 | 1 | |||||
551 | TIJERA X8.0 3M- | 1 | |||||
552 | TINTA CHINA NEGRO | 1 | |||||
553 | TINTA P/XXXX.XXXXXXXX XXXX | 0 | |||||
000 | XXXXX X/XXXXX X 28CC NGA (10) | 1 |
555 | TINTA P/SELLO X 28CC RJA (10) | 1 | |||||
556 | TIZA ORQUIDEA CUAD.BLANCA X68 (60) | 1 | |||||
557 | TIZA ORQUIDEA CUAD.COLOR X68 (60) | 1 | |||||
558 | TIZA PIZARRA RED COLOR X100 ANTIALERGICA(1) | 1 | |||||
559 | TRANSPORTADOR X360 | 1 | |||||
560 | VARSOL X 400CC | 1 | |||||
561 | VASO DESECH. 3.5 ONZ.X25 BLCO DOMINGO | 1 | |||||
562 | VASO DESECH. 3.5 ONZ.X50 COLOR BAR | 1 | |||||
563 | VASO DESECH. 7.0 ONZ.X50 COLOR 1034 | 1 | |||||
564 | VASO DESECH.10.0 ONZ.X25 BLCO DOMINGO | 1 | |||||
565 | VINILO X 80CC AMLLO | 1 | |||||
566 | VINILO X 80CC X6 COLORES BASICOS | 1 | |||||
567 | VINILO X 120CC AMLLO | 1 | |||||
568 | VINILO X 120CC AZUL MEDIO | 1 | |||||
569 | VINILO X 120CC AZUL ORIENTAL | 1 | |||||
570 | VINILO X 120CC BLCO | 1 | |||||
571 | VINILO X 120CC CAFE | 1 | |||||
572 | VINILO X 120CC FUCSIA | 1 | |||||
573 | VINILO X 120CC MORADO | 1 | |||||
574 | VINILO X 120CC NGO | 1 | |||||
575 | VINILO X 120CC NJA | 1 | |||||
576 | VINILO X 120CC RJO | 1 | |||||
577 | VINILO X 120CC VDE | 1 | |||||
VALOR TOTAL ANTES DE IVA | (a) | ||||||
VALOR DEL IVA | |||||||
VALOR TOTAL IVA INCLUIDO |
(a) Este será el valor tenido en cuenta para las ofertas iniciales de precio al momento de la apertura de las propuestas económicas, pero en todo caso el valor total con IVA incluido, no podrá superar el valor del presupuesto oficial.
Nota: El precio o precios ofertados deberán incluir todos los costos relacionados con legalización, impuestos, administración, variaciones monetarias, derechos laborales y prestaciones sociales, pérdidas, y corresponderá dentro del área comercial del oferente cerciorarse y calcular todas estas variables, por lo tanto el ITM no será responsable por reclamaciones que tengan como causa los elementos antes descritos.
Los precios ofrecidos serán fijos no reajustables y deberán ser en cifras enteras sin decimales, en moneda colombiana.
Para la verificación de la menor oferta inicial de precio, se tomará la relación entre los precios unitarios y los totales por medio de operaciones aritméticas, en caso de encontrarse diferencia, se tomará como base el precio unitario y con base en este se corregirá y calculará el valor total de la oferta, el cual será dado a conocer a los participantes en la subasta.
NOTA: La adjudicación del contrato se hará por el valor del presupuesto oficial y de acuerdo a las necesidades del ITM, en las cantidades requeridas se hará el pedido al contratista.
NOTA: Las propuestas se deberán entregar cotizando la totalidad de los ítems requeridos por el ITM, so pena de incurrir en rechazo de la propuesta. NO SE ACEPTAN OFERTAS PARCIALES O INCOMPLETAS
(Es obligatoria la presentación de este formato con la propuesta en sobre aparte).
NOMBRE DEL PROPONENTE FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O
CC. o NIT PERSONA NATURAL
FORMATO Nº 3 MULTAS O SANCIONES
SENORES
INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO MEDELLIN
SELECCIÓN ABREVIADA – SUBASTA INVERSA DE 2015
Nº | CONTRATO | RESOLUCIÓN MULTA | FECHA DE EJECUTORIADA LA MULTA | RESOLUCIÓN SANCIÓN | FECHA DE EJECUTORIADA LA SANCIÓN |
NOMBRE DEL PROPONENTE CC. o NIT
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA NATURAL
(ES OBLIGATORIA LA PRESENTACIÓN DE ESTE FORMATO CON LA PROPUESTA EN CASO DE QUE EL PROPONENTE TENGA MULTAS O SANCIONES. SI NO TIENE MULTAS O SANCIONES DEBERÁ ANEXAR LA SIGUIENTE DECLARACIÓN).
DECLARACION JURAMENTADA
Ciudad y fecha
SEÑORES
INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO MEDELLIN
Asunto: Declaración de multas y/o sanciones
Yo identificado con cédula de ciudadanía y representante legal de , declaro bajo gravedad de juramento, que la firma que represento no ha sido objeto de multas y/o sanciones a consecuencia de incumplimientos cualquiera sea su denominación, durante los últimos dos (2) años.
Cordialmente,
Nombre, Apellidos o Razón Social Firma
Identificación Número
FORMATO N° 4 RELACION DE EXPERIENCIA ESPECIFICA
SEÑORES
INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO MEDELLIN
SELECCIÓN ABREVIADA – SUBASTA INVERSA DE 2015
EXPERIENCIA ESPECIFICA
(Relacionar en este formato la experiencia que se reporto al RUP, la cual será objeto de verificación)
No. | NOMBRE DE LA ENTIDAD O EMPRESA CONTRATANTE | CONTRATO No. | CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS DE LA ONU | OBJETO | VALOR EN SMLMV |
NOMBRE DEL PROPONENTE FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O
CC. o NIT. PERSONA NATURAL
CERTIFICADO DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
El suscrito declara que:
Conozco las causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar con las Entidades Estatales de conformidad con las Leyes: 80 de 1993, 1150 de 2007, 1474 de 2011 y demás normas sobre la materia.
Así como las sanciones establecidas por transgresión a las mismas en los artículos 26 numeral 7o. y 52 y los efectos legales consagrados en el Art. 44 numeral. 1o. del Estatuto Contractual. Declaro bajo la gravedad del juramento que se entiende prestado con la firma del presente documento, que no me encuentro incurso en ninguna de ellas, ni mis socios, ni tampoco la sociedad que represento.
Dado en el Municipio de a los del mes del 20
Nombre y firma del Representante Legal
FICHA TECNICA DE ESPECIFICACIONES PARA PROCESOS DE SUBASTA INVERSA | Código | FBS 047 | |
Versión | 01 | ||
Fecha | 2009-10-23 |
FORMATO N° 5
FECHA | Febrero de 2015 | DEPENDENCIA: | Área Comercial. | ||
OBJETO: | Suministro por demanda de papelería, útiles, equipos de escritorio, artículos de oficina requeridos para apoyar la gestión administrativa del ITM, hasta por el valor del presupuesto asignado, para los diferentes campus del ITM a nivel del Municipio de Medellín, con entregas periódicas, de conformidad con las especificaciones técnicas. | ||||
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Los proponentes deberán anexar en el sobre N.1 el siguiente formato, con el fin de verificar las condiciones técnicas de lo ofrecido: | |||||
ITEM | DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO | CANT. | |||
1 | ADHESIVO BARRA TOIT X20GR | 1 | |||
2 | ADHESIVO INSTANT. X3GR | 1 | |||
3 | ADHESIVO LIQ.PAPEL X4000GR | 1 | |||
4 | ADHESIVO LIQ.PEGAUCHO MADERA X4000 CC | 1 | |||
5 | ADHESIVO LIQ. PEGA ESCOLAR X125GR | 1 | |||
6 | ADHESIVO LIQ. PEGA PAPEL X 250GR | 1 | |||
7 | ADHESIVO LIQ. PEGA PAPEL X 1000GR | 1 | |||
8 | ADHESIVO LIQ. PEG.UNIVERSAL X20ML | 1 | |||
9 | ADHESIVO PEGAUCHO X 375CC AMLLO P/FOMI | 1 | |||
10 | ADHESIVO PEGAUCHO X 375CC BLCO (24) | 1 | |||
11 | ADHESIVO X 750CC BLCO | 1 | |||
12 | AGENDA 2015 | 1 | |||
13 | ALFILER X28MMX50GR- GALVANIZADO (200) | 1 | |||
14 | ALMOHADILLA P/SELLO | 1 | |||
15 | ARCHIVADOR FUELLE OFICINA.LITOARCHIVO X28BOL | 1 | |||
16 | ARCHIVADOR FUELLE OFICINA. PLASTICO X13 | 1 | |||
17 | ARCHIVADOR FUELLE OF. X30BOL.CARTON(6) | 1 | |||
18 | BANDA CAUCHO #16 X1000GR TIPO LATEX | 1 | |||
19 | BANDA CAUCHO #18 X 25GR EN BOLSA | 1 | |||
20 | BANDA CAUCHO #18 X 50GR EN BOLSA | 1 | |||
21 | BANDA CAUCHO #22 X 25GR EN BOLSA | 1 | |||
22 | BISTURI XXX XXXXX. | 0 | |||
00 | XXXXXXX GDE PLAST.-METAL+RPTO TOIT 12154 | 1 | |||
24 | BISTURI.METAL #11+REPUESTO | 1 |
25 | BISTURI.METAL+RPTO +REPUESTO | 1 | ||
26 | BLOCK 1/2 CARTA C/R X80HJ | 1 | ||
27 | BLOCK 1/2 CARTA IMPRENTA X70HJ (100) | 1 | ||
28 | BLOCK 1/2 CARTA S/R X 80 HOJAS | 1 | ||
29 | BLOCK 25X35CM MANTEQUILLA X40H 40GR | 1 | ||
30 | BLOCK 50X35CM BOND X 50HJ X75 GR | 1 | ||
31 | BLOCK 50X35CM X 50HJ X115 GR | 1 | ||
32 | BLOCK CARTA C/R X80HJ | 1 | ||
33 | BLOCK CARTA CUAD.X50HJ | 1 | ||
34 | BLOCK CARTA IRIS X40HJ-10 | 1 | ||
35 | BLOCK CARTA IRIS X40HJ-8 | 1 | ||
36 | BOLIGRAFO NGO | 1 | ||
37 | XXXXXXXXX XXX | 0 | ||
00 | XXXXXXXXX FINO NGO | 1 | ||
39 | BOLIGRAFO FINO RJO | 1 | ||
40 | BOLIGRAFO FUCSIA | 1 | ||
41 | BOLIGRAFO .PLUS NGO | 1 | ||
42 | BOLIGRAFO PLUS RJO | 1 | ||
43 | BOLIGRAFO RETRAC. AZUL | 1 | ||
44 | BOLIGRAFO RETRACTIL. NEGRO | 1 | ||
45 | BOLIGRAFO RETRAC. RJO | 1 | ||
46 | BOLSA PLAST. 45X45 CAL0.5 AD NGA X100 | 1 | ||
47 | BOLSA PLAST. C/CIERRE 25X34 X1 | 1 | ||
48 | BOLSA PLAST. C/CIERRE 30X40 CM | 1 | ||
49 | BOLSA PLAST. C/CIERRE CAL2.0 30X40X1 | 1 | ||
50 | BOLSILLO CARTA POLIP. XXXX 1046 | 1 | ||
51 | BOLSILLO P/CD LISO CARTA X1 PARA 4CD | 1 | ||
52 | BOLSILLO P/CD LISO X 1 | 1 | ||
53 | BOLSILLO P/CD LISO X10. | 1 | ||
54 | BOLSILLO P/CD LISO X100 | 1 | ||
55 | BORRADOR MIGA D/PAN | 1 | ||
56 | BORRADOR DE NATA | 1 | ||
57 | BORRADOR MP-20 MIGA D/PAN | 1 | ||
58 | BORRADOR MIGA D/PAN NGO | 1 | ||
59 | BORRADOR TABLERO ECONOMICO | 1 | ||
60 | BORRADOR TABLERO ACRÍLICO EN FELPA, CON SOPORTE XX XXXXXX | 1 | ||
61 | CAJA D/CARTON 46X 29X 30 #11 ESTIBA | 1 | ||
62 | CAJA D/CARTON 40X21X26 #12 ARCHIVO | 1 | ||
63 | CAJA D/COLORES X 12 | 1 |
64 | CAJA D/COLORES X 12 MINA GRUESA | 1 | ||
65 | CAJA D/COLORES X 36 | 1 | ||
66 | CAJA MENOR ESCRITURA 653 DE 21X15X9 | 1 | ||
67 | CALCULADORA CIENT X10DIG. | 1 | ||
68 | CALCULADORA FINANCIERA PROGRAMABLE | 1 | ||
69 | CALCULADORA X 8 DIG. | 1 | ||
70 | CALCULADORA X12 DIG. | 1 | ||
71 | CALCULADORA X14 DIG. | 1 | ||
72 | CARPETA PLASTICA MINIBISEL OF. | 1 | ||
73 | CARTELERA 61X 45CM+12 CHINCHONES | 1 | ||
74 | CARTELERA 92X 62CM+24 CHINCHONES | 1 | ||
75 | CARTON CORRUG.97.5X200CM LAMINA C/C620 | 1 | ||
76 | CARTON IND.70X100X1.0MM | 1 | ||
77 | CARTON PAJA 25X35CM CREMA | 1 | ||
78 | CARTON PAJA 50X70CM CREMA | 1 | ||
79 | CARTON PAJA 70X100CM CREMA | 1 | ||
80 | CARTULINA 25X35 IRIS X18 XXXXXXXX | 0 | ||
00 | XXXXXXXXX 00X00 XXXXXXXX X 200GR | 1 | ||
82 | CARTULINA 70X100 X150GR BLCA | 1 | ||
83 | CARTULINA 70X100 | 1 | ||
84 | CARTULINA 70X100 X180GR | 1 | ||
85 | CARTULINA 70X100 OPALINA X180GR (100) | 1 | ||
86 | CARTULINA 70X100 X180GR NGA (200) | 1 | ||
87 | CARTULINA ACUARELA 70X100 CM 355GRS | 1 | ||
88 | CARTULINA CARTA AMLLA X100 | 1 | ||
89 | CARTULINA CARTA AZUL X100 | 1 | ||
90 | CARTULINA CARTA BLCA X 10 | 1 | ||
91 | CARTULINA CARTA BLCA X100 | 1 | ||
92 | CARTULINA CARTA VDE X100 | 1 | ||
93 | CARTULINA CARTA OPALINA X180GR X500HJ | 1 | ||
94 | CARTULINA LEGAJADORA OF.X100 | 1 | ||
95 | CARTULINA OF. AMLLA X100 | 1 | ||
96 | CARTULINA OF. BLCA X100 | 1 | ||
97 | XXXXXXXXX XXXXX 0/0 XXXXXXX X00 | 0 | ||
00 | XXXXXXXXX XXXXX 70X50 XXXXX XXXXX | 0 | ||
00 | XXXXXXXXX XXXXX 70X50 AZUL XXX | 0 | ||
000 | XXXXXXXXX XXXXX 70X50 CAFE | 1 | ||
101 | CARTULINA PLANA 70X50 NEGRA | 1 | ||
102 | CARTULINA PLANA 70X50 XXX XXX | 0 | ||
000 | XXXXXXXXX XXXXX 70X50 XXX XXXXX | 0 |
000 | XXXXXXXXX XXXXX 70X50 VDE OSC | 1 | ||
105 | CARTULINA REFLECTIVA 70X50 AMLLA | 1 | ||
106 | CARTULINA REFLECTIVA 70X50 FUCSIA | 1 | ||
107 | CARTULINA REFLECTIVA 70X50 NJA | 1 | ||
108 | CARTULINA REFLECTIVA 70X50 VERDE | 1 | ||
109 | CASETTE P/GRAB.X60 VIDEO | 1 | ||
110 | CD-R I700MB X 80 | 1 | ||
111 | CD-R 700MB X100 | 1 | ||
112 | CD-RW 700MB X 80 | 1 | ||
113 | CD-RW 700MB X 74 X1 95161 | 1 | ||
114 | CHINCHE PINTADO AZUL OSCURO X50 | 1 | ||
115 | CHINCHON X 35 SURTIDO | 1 | ||
116 | CINTA AISLANTE 18MMX 5M | 1 | ||
117 | CINTA D/ENMASC 18MMX40M | 1 | ||
118 | CINTA D/ENMASC.12MMX40M | 1 | ||
119 | CINTA D/ENMASC.24MMX40M 3M | 1 | ||
120 | CINTA DOBLE F.ESP.19MMX25M | 1 | ||
121 | CINTA DOBLE F.PAPEL 12MMX10M | 1 | ||
122 | CINTA ENGOMADA 2X40M | 1 | ||
123 | CINTA ENGOMADA 3X40M | 1 | ||
124 | CINTA INVISIBLE 12MMX 33M | 1 | ||
125 | CINTA INVISIBLE 18MMX 33M | 1 | ||
126 | CINTA P. 12MMX 40M | 1 | ||
127 | CINTA P.12MMX 20M | 1 | ||
128 | CINTA P.12MMX 40M | 1 | ||
129 | CINTA P.24MMX 40M | 1 | ||
130 | CINTA P.48MMX 40M TRANSP | 1 | ||
131 | CINTA P.48MMX100M 3M | 1 | ||
132 | CLIP ESTANDAR -COLORES X80 | 1 | ||
133 | CLIP ESTANDAR X100 | 1 | ||
134 | CLIP MARIPOSA X50 | 1 | ||
135 | COMPAS D/PRECISION METALICO(10/80) | 1 | ||
136 | CONTACT BLCO X3M (30) | 1 | ||
137 | CONTACT TRANSP.X 1M | 1 | ||
138 | CONTACT TRANSP.X 1M (20/240) | 1 | ||
139 | CONTACT TRANSP.X20M | 1 | ||
140 | CORCHO 5.0MM X60X92CM | 1 | ||
141 | CORDON P/ESCARAPELA FLA AZUL OSCURO | 1 | ||
142 | CORDON P/ESCARAPELA FLA NGO | 1 | ||
143 | CORRECTOR LIQ.LAPIZ | 1 |
144 | CORRECTOR TIPO LAPIZ | 1 | ||
145 | COSEDORA ALICATE | 1 | ||
146 | COSEDORA CLAVADORA | 1 | ||
147 | COSEDORA EST.1TIRA MET.XXXXX 550 | 1 | ||
148 | XXXXXXXX X 00 | 0 | ||
000 | XXXXXXXX XXXX-XXX X/00XX XXXX | 1 | ||
150 | CRAYOLA ESCOLAR X12 COLORES | 1 | ||
151 | XXXXXXX XXXXXXXXXX X 0 XXXX | 0 | ||
000 | XXXXXXXX ARGOLLA 105X80H | 1 | ||
153 | CUADERNO ARGOLLA 85X80H | 1 | ||
154 | CUADERNO GRAPADO 85X100H | 1 | ||
155 | CUBIERTA BISEL CARTA IPP 2001 TRANSP (100) | 1 | ||
156 | CUCHILLA BISTURI GDE X10 4124 (200/1000) | 1 | ||
157 | CUCHILLA BISTURI T/BOLIG. #11 X 10 (10/100) | 1 | ||
158 | DIRECTORIO ESCRITURA 22X14CM | 1 | ||
159 | DISPENSADOR D/CINTA 12MMX40M | 1 | ||
160 | DISPENSADOR D/CINTA 48MM | 1 | ||
161 | DVD +8.5 DUAL | 1 | ||
162 | DVD+R +4.7 | 1 | ||
163 | ESCARAPELA VERT. 80X110 CARTOP.+CORD.AZU | 1 | ||
164 | ESCARAPELA VERT.132X105 | 1 | ||
165 | ESCUADRA 45X32CM | 1 | ||
166 | ESCUADRA 60X32CM | 1 | ||
167 | FONOMEMO CON RELACIÓN DE FECHA Y HORA DE LLAMADA, DESTINATARIO (PARA), MENSAJE, REMITENTE (DE PARTE DE), TIPO DE COMUNICADO (VINO A VERLE, VOLVERÁ, URGENTE, LLAMÓ POR TELÉFONO ENTRE OTROS), TELÉFONO, CELULAR, E-MAIL, TOMADO POR. | 1 | ||
168 | FECHADOR X4MM | 1 | ||
169 | FICHA BIBLIOG. 10X14CM X50 BCA | 1 | ||
170 | FIJABOLIGRAF ADHESIVO | 1 | ||
171 | FIJABOLIGRAFO ADHES..PLASTICO | 1 | ||
172 | FOLDER CARTON CARTA HORIZ.CELUG.FABRIF. | 1 | ||
173 | FOLDER CARTON CARTA HORIZ.YUTE FABRIF. | 1 | ||
174 | FOLDER CARTON XXXX.XXXX V/P FOLDEX | 1 | ||
175 | FOLDER CARTON OF.HORIZ.CELUG.FABRI CAFE) | 1 | ||
176 | FOLDER CARTON OF.HORIZ.YUTE FABRIF. | 1 | ||
177 | FOLDER CARTON OF.VERT.SUP.CELUG.FABRIF. | 1 | ||
178 | FOLDER CARTON OF.VERT.SUP.YUTE FABRIF. | 1 | ||
179 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS AMLLO BANDERA | 1 | ||
180 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS AZUL MEDIO | 1 | ||
181 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS XXXX XXX | 1 |
182 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS BLCO | 1 | ||
183 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS CAFE | 1 | ||
184 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS DURAZNO | 1 | ||
185 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS FUCSIA | 1 | ||
186 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS GRIS | 1 | ||
187 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS NGO | 1 | ||
188 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS NJA | 1 | ||
189 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS PIEL | 1 | ||
190 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS PURPURA | 1 | ||
191 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS RJO | 1 | ||
192 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS RJO INTEN. | 1 | ||
193 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS VDE BOTELLA | 1 | ||
194 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS VDE LIMON | 1 | ||
195 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS VDE MANZANA | 1 | ||
196 | FOMI ESPUMA 4 CARTAS VDE NAVIDAD | 1 | ||
197 | FOMI ESPUMA CARTA X5 SURTIDOS | 1 | ||
198 | GANCHO LEGAJ.CABEZA RED.#9 X90MM X100 | 1 | ||
199 | GANCHO LEGAJADOR PLÁSTICO ANTICORTANTES PARA XXXXXXX XXXXXXX X XX XXXXXXX XXXX X00 | 0 | ||
200 | GANCHO LEGAJ.TODO PLAST.BOLSA X20 | 1 | ||
201 | GEL ANTIBACTERIAL P/MANOS X1000CC | 1 | ||
202 | GRAPA 13X 6MM X5000 | 1 | ||
203 | GRAPA 26X 6MM X5000 XXXXXXXXX | 0 | ||
000 | XXXXX 26X 6MM X5000 | 1 | ||
205 | GRAPA 26X 8MM X5000 | 1 | ||
206 | GRAPA 132X10MM X5000 | 1 | ||
207 | GRAPA 23X 8MMX1000 | 1 | ||
208 | GRAPA 23X12MMX1000 | 1 | ||
209 | GUANTE DESE. ETERNA P/EXAM TALL M | 1 | ||
210 | GUANTE DESECH.ETERNA P/EXAM TALLA M X50P | 1 | ||
211 | GUANTE DESECH.ETERNA P/EXAM.TALLA L X50P | 1 | ||
212 | GUANTE INDUST.ANTIALERGICO TELA BLCO T9 | 1 | ||
213 | GUIAS P/FOLDER XXXXX.XXXXX BLCA X160 | 1 | ||
214 | GUILLOTINA PARA PAPEL X30CM | 1 | ||
215 | GUILLOTINA X45CM | 1 | ||
216 | HILO TERLENKA BLCO 2228 X 176M (48) | 1 | ||
217 | HUELLERO NO RECARGABLE DE MAS DE 2000 HUELLAS | 1 | ||
218 | HUMEDECEDOR X 42GR | 1 | ||
219 | HUMEDECEDOR X14GR | 1 | ||
220 | HUMEDECEDOR X11GR | 1 |
221 | LAPIZ 2H | 1 | ||
222 | LAPIZ CARBONCILLO | 1 | ||
223 | LAPIZ D/CHEQUEO RJO | 1 | ||
224 | LAPIZ GRADUADO 2B | 1 | ||
225 | LAPIZ XXXXXXXX 0X | 0 | ||
000 | XXXXX XXX #2 | 1 | ||
227 | LAPIZ P/VIDRIO BLCO | 1 | ||
228 | LAPIZ PASTEL | 1 | ||
229 | LEGAJADOR AZ CARTA AZUL | 1 | ||
230 | LEGAJADOR AZ OF. | 1 | ||
231 | LIBRO ACTAS 600 FOLIOS- | 1 | ||
232 | LIBRO 80-OF 1/2 OF.RAYADO | 1 | ||
233 | LIBRO 80-OZK 1/2 OF.80HJ | 1 | ||
234 | LIBRO 100-3F OF.X3COL.X200 FOLIO | 1 | ||
235 | LIBRO 100-OF OFICIO.RAYADO | 1 | ||
236 | LIMPIADOR P/TABLERO X120CC | 1 | ||
237 | MANECILLA XXXXXX 25MM X12 | 1 | ||
238 | MANECILLA XXXXXX 25MMX1 | 1 | ||
239 | MANECILLA XXXXXX 31MMX1 | 1 | ||
240 | MANECILLA XXXXXX 32CM | 1 | ||
241 | MANECILLA XXXXXX 41MM X12 | 1 | ||
242 | MANECILLA XXXXXX 51MM X12 | 1 | ||
243 | MANECILLA XXXXXX X19MMX1 | 1 | ||
244 | MANECILLA XXXXXX X41MM X1 | 1 | ||
245 | MANECILLA XXXXXX X51MMX1 | 1 | ||
246 | MARCADOR AL AGUA X10 LAVABLE | 1 | ||
247 | MARCADOR BORRABLE AZUL | 1 | ||
248 | MARCADOR BORRABLE NGO | 1 | ||
249 | MARCADOR BORRABLE RJO PTA BISELADA | 1 | ||
250 | MARCADOR BORRABLE VDE PTA BISELADA | 1 | ||
251 | MARCADOR BORRABLE RECARGABLE NGO | 1 | ||
252 | MARCADOR GRAFICO X10 COLORES | 1 | ||
253 | MARCADOR INDELEBLE PUNTA FINA ROJO | 1 | ||
254 | MARCADOR INDELEBLE PUNTA FINA AZUL | 1 | ||
255 | MARCADOR INDELEBLE PUNTA FINA MORADO | 1 | ||
256 | MARCADOR INDELEBLE PUNTA.FINA NEGRO | 1 | ||
257 | MARCADOR INDELEBLE PUNTA FINA NARANJA | 1 | ||
258 | MARCADOR INDELEBLE PUTNA FINA TURQUEZA | 1 | ||
259 | MARCADOR INDELEBLE PUNTA FINA VDE | 1 | ||
260 | MARCADOR METALICO | 1 |
261 | MARCADOR P/AFICHE AMLLO | 1 | ||
262 | MARCADOR P/AFICHE X 120 AZUL | 1 | ||
263 | MARCADOR P/AFICHE X 120 BLCO | 1 | ||
264 | MARCADOR P/AFICHE X 120 NGO | 1 | ||
265 | MARCADOR P/AFICHE X 120 RJO | 1 | ||
266 | MARCADOR P/AFICHE X 150 BLCO | 1 | ||
267 | MARCADOR P/AFICHE X 150 RJO | 1 | ||
268 | MARCADOR P/AFICHE X 150 VDE | 1 | ||
269 | MARCADOR PERM X 150 NGO | 1 | ||
270 | MARCADOR PERM. AZUL | 1 | ||
271 | MARCADOR PERM. NGO | 1 | ||
272 | MARCADOR PERM. XXX | 0 | ||
000 | XXXXXXXX XXXX. VDE | 1 | ||
274 | MARCADOR PERM.P/ACET.X4 | 1 | ||
275 | MARCADOR PERMANENTE ERGONOMICO AZUL | 1 | ||
276 | MARCADOR PERMANENTE ERGONOMICO NGO | 1 | ||
277 | MARCADOR PERMANENTE XXXXXXXXXX XXX | 0 | ||
000 | XXXXXXXXXX DESECHABLE MEDICA 36313 X1 | 1 | ||
279 | MEMO 87X87MM X250H | 1 | ||
280 | MEMORIA USB 16GB | 1 | ||
281 | MEMORIA USB 8GB | 1 | ||
282 | MINA 0.5MM HB | 1 | ||
283 | MINA 0.7MM 2B | 1 | ||
284 | MINA 0.7MM HB | 1 | ||
285 | MINA 2.0MM 2B | 1 | ||
286 | MINA 2.0MM HB | 1 | ||
287 | MIRELLA XXXXXXXXXX | 0 | ||
000 | XXXXXXX XXXX | 1 | ||
289 | XXXXXXX BLCO MURANO | 1 | ||
290 | XXXXXXX CAFE | 1 | ||
291 | XXXXXXX XXXXXX | 1 | ||
292 | XXXXXXX XXXXXX | 1 | ||
293 | XXXXXXX XXXX | 1 | ||
294 | XXXXXXX XXXXXX | 1 | ||
295 | XXXXXXX MULTICOLOR | 1 | ||
296 | XXXXXXX XXX | 1 | ||
297 | XXXXXXX NJA | 1 | ||
298 | XXXXXXX XXXXXXXX | 0 | ||
000 | XXXXXXX XXX | 1 | ||
300 | XXXXXXX VDE | 1 |
301 | NOTA ADHESIVA.MEDIANA.SURTIDA. | 1 | ||
302 | NOTA PEGANTE MEDIANA X3 COLORES | 1 | ||
303 | NOTA PEGANTE MEDIANA CUBO NEON X5COLORES | 1 | ||
304 | NOTA PEGANTE.PEQUEÑA. AMARILLA X1 | 1 | ||
305 | NOTA PEGANTE.PEQUEÑA. AMARILLA X12 | 1 | ||
306 | NOTA PEGANTE.PEQUEÑA AMLLO X3 | 1 | ||
307 | NOTA PEGANTE MEDIANA NEON X5 | 1 | ||
308 | NOTA PEGANTE. BANDERITA AZUL | 1 | ||
309 | NOTA PEGANTE. BANDERITA X4 COL | 1 | ||
310 | NUMERADOR AUTOMATICO .X6 DIG. | 1 | ||
311 | ORDENADOR D/LLAVES X 35LL | 1 | ||
312 | ORDENADOR D/LLAVES X135LL | 1 | ||
313 | PAPEL 70X100 BOND 60GR | 1 | ||
314 | PAPEL 70X100 BOND 75GR | 1 | ||
315 | PAPEL 70X100 BOND 115GR | 1 | ||
316 | PAPEL 70X100 IMPRENTA | 1 | ||
317 | PAPEL CARBON MANO CARTA X50HJ | 1 | ||
318 | PAPEL CARTA BOND 90GR X250 | 1 | ||
319 | PAPEL CARTA IMPRENTA X500 | 1 | ||
320 | PAPEL CARTA INKJ.FOTOG. X180GR X20 | 1 | ||
321 | PAPEL CARTA K.TRAD.BLCO GRANITO X80H 626 | 1 | ||
322 | PAPEL CARTA MULTIP.X500 BLCO | 1 | ||
323 | PAPEL CARTA OPALINA 90GR X100- | 1 | ||
324 | PAPEL CELOFAN 96X112CM AMARILLO | 1 | ||
325 | PAPEL CELOFAN 96X112CM AZUL | 1 | ||
326 | PAPEL CELOFAN 96X112CM ROJO | 1 | ||
327 | PAPEL CELOFAN 96X112CM VERDE | 1 | ||
328 | PAPEL CREPE 50X1.50CM AMARILLO BANDERA | 1 | ||
329 | PAPEL CREPE 50X1.50CM AZUL CLARO | 1 | ||
330 | PAPEL CREPE 50X1.50CM AZUL MEDIO | 1 | ||
331 | PAPEL CREPE 50X1.50CM MDO | 1 | ||
332 | PAPEL CREPE 50X1.50CM RJO BANDERA | 1 | ||
333 | PAPEL CREPE 50X1.50CM VDE MANZANA | 1 | ||
334 | PAPEL CREPE 50X1.50CM VDE OSCURO | 1 | ||
335 | PAPEL CREPE 50X150CM AZUL BANDERA | 1 | ||
336 | PAPEL CREPE 50X150CM BLCO | 1 | ||
337 | PAPEL CREPE 50X150CM FUCSIA | 1 | ||
338 | PAPEL CREPE 50X150CM NARANJA | 1 | ||
339 | PAPEL CREPE 50X150CM RSADO | 1 | ||
340 | PAPEL CUADRICULADO ESCRIT.60GR X50X70CM | 1 |
341 | PAPEL D/REGALO AZUL | 1 | ||
342 | PAPEL D/REGALO VERDEDE | 1 | ||
343 | PAPEL D/REGALO ROJO | 1 | ||
344 | PAPEL HIG.X400M | 1 | ||
345 | PAPEL XXXXX 20X6.7KG | 1 | ||
346 | PAPEL XXXXX 24X 8KG | 1 | ||
347 | PAPEL XXXXX 30X 10KG | 1 | ||
348 | PAPEL XXXXX 60X 20KG | 1 | ||
349 | PAPEL OF.DOBLE CUADROS X100 | 1 | ||
350 | PAPEL OF.DOBLE RAYADO X100 | 1 | ||
351 | PAPEL OF.MULTIP.X500 BLCO CARTOPRINT | 1 | ||
352 | PAPEL REGALO 50 X 70 DORADO | 1 | ||
353 | PAPEL REGALO IONIZADO X50MT AZUL-PLATA | 1 | ||
354 | PAPEL REGALO IONIZADO X50MT RJO-PLATA | 1 | ||
355 | PAPEL REGALO ESTRELLITAS | 1 | ||
356 | PAPEL SEDA 50X70 AMARILLO BANDERA | 1 | ||
357 | PAPEL SEDA 50X70 AZUL CLARO | 1 | ||
358 | PAPEL SEDA 50X70 AZUL MEDIO | 1 | ||
359 | PAPEL SEDA 50X70 BLCO | 1 | ||
360 | PAPEL SEDA 50X70 CAFE | 1 | ||
361 | PAPEL SEDA 50X70 DORADO | 1 | ||
362 | PAPEL SEDA 50X70 FUCSIA | 1 | ||
363 | PAPEL SEDA 50X70 LILA | 1 | ||
364 | PAPEL SEDA 50X70 MORADO OSCURO | 1 | ||
365 | PAPEL SEDA 50X70 ROJO | 1 | ||
366 | PAPEL SEDA 50X70 VERDE LIMON | 1 | ||
367 | PAPEL SEDA 50X70 VERDE MANZANA | 1 | ||
368 | PAPEL SEDA 50X70CM NARANJA | 1 | ||
369 | PAPEL SEDA 50X70CM ROSADO | 1 | ||
370 | PAPEL SEDA 50X70CM VERDE OSCURO | 1 | ||
371 | PAPEL SILUETA 50X70CM AMARILLO BANDERA | 1 | ||
372 | PAPEL SILUETA 50X70CM AZUL OSCURO | 1 | ||
373 | PAPEL SILUETA 50X70CM BLANCO | 1 | ||
374 | PAPEL SILUETA 50X70CM CAFE | 1 | ||
375 | PAPEL SILUETA 50X70CM FUCSIA | 1 | ||
376 | PAPEL SILUETA 50X70CM LILA | 1 | ||
377 | PAPEL SILUETA 50X70CM MDO ESPECIAL | 1 | ||
378 | PAPEL SILUETA 50X70CM NARANJA | 1 | ||
379 | PAPEL SILUETA 50X70CM NEGRO | 1 | ||
380 | PAPEL SILUETA 50X70CM RJO BANDERA | 1 |
381 | PAPEL SILUETA 50X70CM RSDO | 1 | ||
382 | PAPEL SILUETA 50X70CM VERDE OSCURO | 1 | ||
383 | PAPELERA D/ESCRITORIO 103X1PISO NGA | 1 | ||
384 | PAPELERA D/ESCRITORIO 120X2 PISO CAFE | 1 | ||
385 | PAPELERA D/ESCRITORIO 130 TRIPLE CAF | 1 | ||
386 | PAPELERA D/ESCRITORIO 136 TRIPLE NGA | 1 | ||
387 | PAPELERA D/ESCRITORIO X2PISOS 124 NGA | 1 | ||
388 | PAPELERA D/PISO 64.NGA | 1 | ||
389 | PAPELERA D/PISO ESCRITURA CAFE | 1 | ||
390 | PASTA CARTA 1.0R CARTOP.129 BLANCA X/X | 0 | ||
000 | XXXXX XXXXX X0.5R CARTOP. 278 BLCA C/B | 1 | ||
392 | PASTA CARTA X1.5D CARTOP.279 BLCA C/B | 1 | ||
393 | PASTA CARTA X2.0D CARTOP.280 BLCA X/X | 0 | ||
000 | XXXXX XXXXX X2.5D FASOR 245 BLCA C/B | 1 | ||
395 | PASTA CARTA X3.0D CARTOP.370 BLCA C/B | 1 | ||
396 | PASTA LIMPIATIPOS AZUL EST 4 | 1 | ||
397 | ROLLO DE PELICULA PLASTICA PARA PROTEGER, TRANSPORTAR E INMOVILIZAR 30CMX15MICX457M | 1 | ||
398 | ROLLO DE PELICULA PLASTICA PARA PROTEGER, TRANSPORTAR E INMOVILIZAR 45CMX17MICX450M | 1 | ||
399 | PERCHERO LE LINEA PLANA MADERA 1MX45CM | 1 | ||
400 | PERFORADORA AJUS 3H X4.5MM | 1 | ||
401 | PERFORADORA X1H X1.0MM | 1 | ||
402 | PERFORADORA X2H X1.0MM | 1 | ||
403 | PERFORADORA X2H X1.8MM | 1 | ||
404 | PERFORADORA X2H X4.0MM | 1 | ||
405 | PERFORADORA X2HX1.5MM | 1 | ||
406 | PERFORADORA X2HX1.8MM | 1 | ||
407 | PERFORADORA X2HX2MM | 1 | ||
408 | PERFORADORA X3H X1.2MM | 1 | ||
409 | PILA AA X2 ALKAL. | 1 | ||
410 | PILA AAA X2 ALKAL. | 1 | ||
411 | PILA CUAD.X1 ALKAL.X9V | 1 | ||
412 | PILA ULTRA 23AE X12V PARA ABASTECER CRECIENTE NÚMERO DE NUEVOS APARATOS ELÉCTRICOS. | 1 | ||
413 | PINCEL CHINO PLANO #1 | 1 | ||
414 | PINCEL CHINO PLANO #2 | 1 | ||
415 | PINCEL CHINO PLANO #3 | 1 | ||
416 | PINCEL CHINO PLANO #4 | 1 | ||
417 | PINCEL CHINO PLANO #5 | 1 | ||
418 | PINCEL CHINO PLANO #6 | 1 |
419 | PINCEL CHINO PLANO #7 | 1 | ||
420 | PINCEL CHINO PLANO #8 | 1 | ||
421 | PINCEL CHINO REDONDO #1 | 1 | ||
422 | PINCEL CHINO REDONDO #10 | 1 | ||
423 | PINCEL CHINO REDONDO #3 | 1 | ||
424 | PINCEL CHINO REDONDO #4 | 1 | ||
425 | PINCEL CHINO REDONDO #5 | 1 | ||
426 | PINCEL CHINO REDONDO #6 | 1 | ||
427 | PINCEL CHINO REDONDO #7 | 1 | ||
428 | PINCEL CHINO REDONDO #8 | 1 | ||
429 | PINCEL CONDOR RED.#2 | 1 | ||
430 | PITILLO FLEXIBLE X50 XXXX. | 0 | ||
000 | XXXXXXXXXX XXXXX X 8 COLORES | 1 | ||
432 | PLASTILINA LARGA X12 COLORES | 1 | ||
433 | PLASTILINA X 200GR AMLLA | 1 | ||
434 | PLASTILINA X 200GR AZUL | 1 | ||
435 | PLASTILINA X 200GR BLCA | 1 | ||
436 | PLASTILINA X 200GR CAFE | 1 | ||
437 | PLASTILINA X 200GR MORADA | 1 | ||
438 | PLASTILINA X 200GR NEGRA | 1 | ||
439 | PLASTILINA X 200GR NARANJA | 1 | ||
440 | PLASTILINA X 200GR PIEL | 1 | ||
441 | PLASTILINA X 200GR ROJA | 1 | ||
442 | PLASTILINA X 200GR VERDE | 1 | ||
443 | PLUMIGRAFO 0.4MMX10 | 1 | ||
444 | PLUMIGRAFO X0.4MM NEGRO | 1 | ||
445 | PLUMIGRAFO MICROP. AZUL | 1 | ||
446 | PLUMIGRAFO MICROP. NGO | 1 | ||
447 | PLUMIGRAFO MICROP. RJO | 1 | ||
448 | PLUMIGRAFO MICROP. VERDE | 1 | ||
449 | PLUMIGRAFO MICRO.AZUL | 1 | ||
450 | PLUMIGRAFO XXXXX.XXXX | 1 | ||
451 | PLUMIGRAFO MICRO | 1 | ||
452 | PLUMIGRAFO MICRO NEGRO | 1 | ||
453 | PLUMIGRAFO MICRO ROJO | 1 | ||
454 | PLUMIGRAFO MICRO ROSADO | 1 | ||
455 | PLUMIGRAFO MICRO VERDE | 1 | ||
456 | PLUMIGRAFO MICRO.X10 | 1 | ||
457 | PLUMIGRAFO MICRO.X20 | 1 | ||
458 | PLUMIGRAFO ULTRAFINO NEGRO | 1 |
459 | PLUMON BICOLOR X10 | 1 | ||
460 | PLUMON COLORES SURTIDOS X12 | 1 | ||
461 | PLUMON X10 XXXXXXX | 0 | ||
000 | XXXXX XX | 1 | ||
463 | PORTACARNET HORIZ.Y/O VERT | 1 | ||
464 | PORTACARNET TIPO YOYO AMERICANO AZUL | 1 | ||
465 | PORTACLIPS NGO | 1 | ||
466 | PORTAGUIAS P/FOLD.COLG. | 1 | ||
467 | PORTALAPIZ CUAD. | 1 | ||
468 | PORTALAPIZ CUAD. NGO | 1 | ||
469 | PORTAMEMOS-CLIPS-LAPIZ | 1 | ||
470 | PORTAMINAS 0.5 | 1 | ||
471 | PORTAMINAS 0.7 | 1 | ||
472 | PORTAMINAS 0.7 | 1 | ||
473 | PORTAMINAS 2.0 | 1 | ||
474 | PORTAMINAS 2.0 | 1 | ||
475 | RAPIDOGRAFO X0.1MM NGO | 1 | ||
476 | REFUERZO ADHESIVO X100 | 1 | ||
477 | REGLA X 30CM TRANSPARENTE | 1 | ||
478 | REGLA X50CM TRANSP. | 1 | ||
479 | REGLA X50CM METALICA | 1 | ||
480 | REPUESTO BOLIGRAFO -NEGRO | 1 | ||
481 | REPUESTO PARA LAPICERO NEGRO (12) | 1 | ||
482 | RESALTADOR AMLLO | 1 | ||
483 | RESALTADOR AZUL | 1 | ||
484 | RESALTADOR NARANJA | 1 | ||
485 | RESALTADOR ROSADO | 1 | ||
486 | RESALTADOR VERDE | 1 | ||
487 | REVISTERO AZUL RAYA BLCA | 1 | ||
488 | REVISTERO S/ARCHIVO AZUL RAYA BLCA | 1 | ||
489 | REVISTERO S/ARCHIVO VERDE RAYA BLCA | 1 | ||
490 | LAPICERO DE TINTA MOJADA NEGRO | 1 | ||
491 | XXXXX XXXX 57MMX40M | 1 | ||
492 | ROLLO FAX 210MMX30M | 1 | ||
493 | ROLLO TERMICO 80MMX60M- X12.5MM | 1 | ||
494 | ROTULO F.C. 30X22X 1320-6X11 | 1 | ||
495 | ROTULO F.C. 86X42X 108-3X 6 | 1 | ||
496 | ROTULO LASER P/CD X 60 2X1 PRESS 3150 (1) | 1 | ||
497 | ROTULO MULTIP. 216X280X 20-1X1 | 1 | ||
498 | ROTULO MULTIP. 89X24X 660-2X | 1 |
499 | ROTULO MULTIP.216X280X 400-1X1 | 1 | ||
500 | ROTULO P/CD X60 | 1 | ||
501 | SACAGRAPAS | 1 | ||
502 | SACUDIDOR DULCEABRIGO 35X 70 BLCO | 1 | ||
503 | SEPARADOR 105 X5-COLOR. | 1 | ||
504 | SEPARADOR 105 X5-COLORES PASTEL | 1 | ||
505 | SEPARADOR CARTA 1 AL 31 | 1 | ||
506 | SEPARADOR CARTA AZ | 1 | ||
507 | SEPARADOR CARTA X5 XXXX | 0 | ||
000 | XXXXXXXXX XXXXX X5 COLO AMLLO | 1 | ||
509 | SILICONA LIQUIDA X100ML | 1 | ||
510 | SILICONA LIQUIDA X30ML | 1 | ||
511 | SILICONA LIQUIDA X250ML | 1 | ||
512 | SOBRE CARABELA OF.S/VENT. 75GR | 1 | ||
513 | SOBRE ECOL.17.5X24.0 | 1 | ||
514 | SOBRE ECOL.17.5X24.0 | 1 | ||
515 | SOBRE ECOL.22.0X29.0 | 1 | ||
516 | SOBRE ECOL.22.5X29.0 | 1 | ||
517 | SOBRE ECOL.25.0X35.0 | 1 | ||
518 | SOBRE ECOL.25X35 X10 BOLSA | 1 | ||
519 | SOBRE ECOL.27.0X37.0 ESPECIAL. | 1 | ||
520 | SOBRE ECOL.36.5X44.5 RADIOGRAFIA. | 1 | ||
521 | SOBRE GOLD 25.0X31.0 | 1 | ||
522 | SOBRE LORD BLCO BOND 75GR | 1 | ||
523 | SOBRE PLAST.OF.VERT. | 1 | ||
524 | TABLA LEGAJ.OF.PLAST.AZUL | 1 | ||
525 | TABLA LEGAJ.OF.PLAST.FORMAS AZUL | 1 | ||
526 | TABLA LEGAJ.OF.PLAST.FORMAS NGO | 1 | ||
527 | TABLA P/PLASTILINA ESCRITURA 30X27CM | 1 | ||
528 | TABLA P/PUNZAR 30X27CM | 1 | ||
529 | TABLA SALVA CORTE 30X45CM | 1 | ||
530 | TABLA SALVA CORTE 60X45CM | 1 | ||
531 | TABLERO ACRILICO 60X40 +4MARC. ALUM. | 1 | ||
532 | TABLERO ACRILICO 80X60+4MARC.MAD. | 1 | ||
533 | TABLERO ACRILICO 120X 80+4MARC.ALUM. | 1 | ||
534 | TABLERO Y PAPELOG+TRIPODE 120X80+4MARC | 1 | ||
535 | TAJALAPIZ ELECTRICO | 1 | ||
536 | TAJALAPIZ METALICO | 1 | ||
537 | TAPETE P/MOUSE | 1 | ||
538 | TAPETE P/MOUSE AZUL | 1 |
539 | TAPETE P/MOUSE GEL XXXX- | 0 | ||
000 | XXXXXXXXX P/ 90-TARJ.CARTOP.308 19X14CM | 1 | ||
541 | TARJETERO P/ 96-TARJ.CARTOP.376 NGO | 1 | ||
542 | TARJETERO P/168-TARJ.CARTOP.372 20X11CM | 1 | ||
543 | TARJETERO P/560-TARJ.CARTOP.375 22X24CM | 1 | ||
544 | TEMPERA X 6 COLORES | 1 | ||
545 | TERMO EN ACERO INOXIDABLE | 1 | ||
546 | TIJERA X5.0 ESCOLAR | 1 | ||
547 | TIJERA X5.0 ESCOLAR PUNTA OVALADA((25) | 1 | ||
548 | TIJERA X6.0 | 1 | ||
549 | TIJERA X7.0 CORNETA | 1 | ||
550 | TIJERA X7.0 | 1 | ||
551 | TIJERA X8.0 3M- | 1 | ||
552 | TINTA CHINA NEGRO | 1 | ||
553 | TINTA P/XXXX.BORRABLE XXXX | 0 | ||
000 | XXXXX X/XXXXX X 28CC NGA (10) | 1 | ||
555 | TINTA P/SELLO X 28CC RJA (10) | 1 | ||
556 | TIZA ORQUIDEA CUAD.BLANCA X68 (60) | 1 | ||
557 | TIZA ORQUIDEA CUAD.COLOR X68 (60) | 1 | ||
558 | TIZA PIZARRA RED COLOR X100 ANTIALERGICA(1) | 1 | ||
559 | TRANSPORTADOR X360 | 1 | ||
560 | VARSOL X 400CC | 1 | ||
561 | VASO DESECH. 3.5 ONZ.X25 BLCO DOMINGO | 1 | ||
562 | VASO DESECH. 3.5 ONZ.X50 COLOR BAR | 1 | ||
563 | VASO DESECH. 7.0 ONZ.X50 COLOR 1034 | 1 | ||
564 | VASO DESECH.10.0 ONZ.X25 BLCO DOMINGO | 1 | ||
565 | VINILO X 80CC AMLLO | 1 | ||
566 | VINILO X 80CC X6 COLORES BASICOS | 1 | ||
567 | VINILO X 120CC AMLLO | 1 | ||
568 | VINILO X 120CC AZUL MEDIO | 1 | ||
569 | VINILO X 120CC AZUL ORIENTAL | 1 | ||
570 | VINILO X 120CC BLCO | 1 | ||
571 | VINILO X 120CC CAFE | 1 | ||
572 | VINILO X 120CC FUCSIA | 1 | ||
573 | VINILO X 120CC MORADO | 1 | ||
574 | VINILO X 120CC NGO | 1 | ||
575 | VINILO X 120CC NJA | 1 | ||
576 | VINILO X 120CC RJO | 1 | ||
577 | VINILO X 120CC VDE | 1 | ||
DETALLE DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
NOTA 1: La adjudicación del contrato se hará por el valor del presupuesto oficial y de acuerdo a las necesidades del ITM, en las cantidades requeridas se hará el pedido al contratista.
NOTA 2: Las propuestas se deberán entregar cotizando la totalidad de los ítems requeridos por el ITM, NO SE ACEPTAN OFERTAS PARCIALES O INCOMPLETAS.
NOTA 3: El proponente adjudicatario del contrato, al final del certamen de subasta inversa, en la distribución de los valores unitarios para cada ítem en la propuesta económica ajustada, no podrá superar los valores de cada ítem presentados por el ITM en los estudios previos y en los precios xx xxxxxxx.
NOTA 4: Es posible que durante la ejecución del contrato, y para dar cumplimiento al objeto, se requieran bienes que no se encuentran relacionados en el listado de especificaciones técnicas o en la propuesta económica presentada por el contratista. Dicha posibilidad solo procederá respecto a bienes y servicios que se encuentren directamente relacionados con el objeto del RESPECTIVO GRUPO y sujeto a cotización, aplicando las siguientes reglas del Código de Comercio,
Art.969.- Para establecer la cuantía del suministro si las partes no lo hubieran fijado en cantidad determinada o señalado las bases para determinarla, se aplican las siguientes reglas:
4. Cuando la cuantía del suministro no haya sido determinada, se entenderá que las partes han pactado aquellas que corresponda al ordinario consumo o a las normales necesidades del consumidor, salvo la existencia de costumbre en contrario.
Parágrafo.- La capacidad o la necesidad ordinarias de consumo serán las existentes en el momento de efectuarse el pedido.
Art.970.- Si las partes no señalan el precio del suministro, en el todo o para cada prestación, o no fijan en el contrato la manera de determinarlo sin acudir a un nuevo acuerdo de voluntades, se presumirá que aceptan el precio medio que las cosas o servicios suministrados tengan en el lugar y el día del cumplimiento de cada prestación, o en el domicilio del consumidor, si las partes se encuentran en lugares distintos. En caso xx xxxx del proveedor, se tomará el precio del día en que haya debido cumplirse la prestación.
NOTA 5: Los pedidos se efectuarán separados por cada punto de entrega y las entregas serán mediante remisión en cada centro de costos, previamente definidos, en sus cinco sedes así:
Campus Xxxxxxx.
Campus Xxxxx Centro.
Campus Castilla.
Campus Escuela Profesional de Artes – La Floresta.
Ciudadela Educativa Fraternidad de Medellín – Boston.
Los suministros deben ser entregados en paquetes individuales debidamente marcados con los nombres de las dependencias solicitantes, según la solicitud.
La duración inicial del contrato será desde el Acta de Inicio hasta el 15 de diciembre de 2015 y/o hasta agotar el presupuesto oficial.
La propuesta debe contener como mínimo los siguientes elementos:
Las condiciones de entrega: periodo y tiempo estipulado para la entrega de la totalidad de los elementos requeridos, en cada centro de costo en forma personalizada a la persona asignada para la recepción.
Características de los bienes: los elementos a suministrar deben ser de óptima calidad y de marcas reconocidas en el mercado. En todo caso reponer los insumos que se suministren en condiciones defectuosas o de mala calidad, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al reporte de la supervisión sobre el particular.
Tiempo de entrega “Respuesta”: El proveedor debe estar en condiciones de entregar en los tiempos solicitados por la entidad, los suministros contratados, con entregas periódicas no superior a 24 horas después del pedido, así mismo pedidos extraordinarios con un tiempo de respuesta no superior a 12 horas después del pedido. Lo anterior de conformidad con el Código de Comercio, Artículo 972 (…) Cuando se deje a una de las partes señalamiento de la época en que cada prestación debe efectuarse, estará obligada a dar preaviso prudencial a la otra de la fecha en que debe cumplirse la correspondiente prestación. (…)
(…) Si las partes tuvieren diferencias sobre la oportunidad del preaviso, el caso se decidirá por el procedimiento verbal, con intervención de peritos (…)
Administración del sistema de suministros: Atención de urgencias, novedades por devolución y faltantes, sistema de pedidos.
Condiciones comerciales: Forma de pago y descuentos.
Condiciones generales y particulares para el desarrollo del contrato.
Disponibilidad de productos: El contratista deberá tener la capacidad de entregar las cantidades totales para cada pedido y deberá efectuar entregas en forma completa de acuerdo a lo solicitado.
Precios unitarios de productos lista anexa con promedio de consumo mensual. Las cantidades señaladas son aproximadas y representa un estimativo del suministro, en consecuencia podrán aumentar o disminuir durante la ejecución del contrato. Bajo esta modalidad de contrato, la cantidad será determinada por las necesidades reales de las dependencias usuarias (centro de costos), las cuales pueden variar mes a mes.
La lista de los artículos solicitados con los precios debe ser entregada en medio impreso y en medios magnéticos.
Informes en medios magnéticos e impresos, que entrega el proveedor a la institución, como mínimo debe ser:
Detalle de factura de consumo por centro de costos y productos.
Informe de consumos acumulados por centros de costos, mes y periodo.
Informe de consumos por líneas, mes y periodo.
La facturación se hará en forma mensual de acuerdo a lo remisionado durante el periodo.
El proponente que resulte favorecido con uno o varios contratos deberá tener la infraestructura logística, administrativa y financiera necesarias para mantener inventario disponible en la ciudad de Medellín, la cual será verificada por el ITM, para la ejecución del contrato.
Por razones de demanda o del servicio se podrá solicitar materiales y suministros no contemplados en el listado inicial de requerimientos, siempre y cuando el precio se ajuste al mercado, para lo cual el ITM podrá realizar 2 cotizaciones del insumo o elemento con otro proveedor y el costo a cancelar será el promedio de las 3 cotizaciones.
El ITM se reserva la facultad de cambiar algunos artículos durante la ejecución del contrato sino satisfacen la necesidad en términos de calidad, eficiencia y rendimiento. Para el efecto el articulo objeto
del cambio será reemplazado por otro de mejor calidad y su precio deberá ser acorde al mercado.
En caso que el oferente cuente dentro de su empresa con una herramienta o aplicativo electrónica (software) tipo web para la elaboración de pedidos, deberá facilitarlo a la entidad, el cual debe ser de fácil utilización, consolidación, control, y posterior envío de pedidos. Esta herramienta debe ser habilitada para los funcionarios que autorice el ITM con clave de acceso restringida y personal.
El sistema habilitado deberá garantizar los medios que generen toda la seguridad del aplicativo, definición de usuarios y generan información en archivos planos que permitan su utilización y manipulación en tiempo real para análisis estadísticos.
Cumplir con el objeto del contrato en la forma dentro del plazo establecido en el contrato, de conformidad con las especificaciones técnicas señaladas en los estudios previos y la invitación.
Cumplir con la entrega de los bienes requeridos en el sitio acordado con el supervisor del contrato, según las especificaciones técnicas indicadas en los estudios previos y la Invitación.
Presentar facturas mensuales correspondientes al cobro de las actividades realizadas durante la ejecución del contrato.
Presentar junto con la factura o cuenta de cobro, el certificado del pago de aportes a la seguridad social y parafiscal del personal utilizado para la ejecución del contrato. Adicionalmente debe presentar un informe mensual correspondiente al consumo facturado, con el acumulado de los consumos totales del contrato, especificando las cantidades, el insumo, valores, números de factura y remisiones. Los informes serán presentados física y digitalmente al interventor/supervisor del contrato.
Acatar las recomendaciones del supervisor, como enlace directo entre el ITM y el Contratista.
Abstenerse de facturar por encima del presupuesto disponible, de acuerdo con el valor del contrato.
Garantizar la entrega de los bienes objeto del contrato, en las condiciones previamente estipuladas entre el contratista y el supervisor.
Garantizar que el suministro, cumpla con las especificaciones técnicas, de acuerdo con las órdenes que emite el supervisor del contrato.
Informar por escrito al supervisor, las quejas, dudas, reclamos y demás inquietudes que puedan surgir en el desarrollo del objeto contractual.
Xxxxxxx los requerimientos que sean formulados por el supervisor y para efectos de ejecutar en debida forma el contrato.
Toda comunicación entre el ITM y el contratista deberá constar por escrito con copia al supervisor del contrato.
Nota: Las obligaciones y especificaciones técnicas establecidas en los estudios previos hacen parte integral de la propuesta presentada por el contratista.
NOMBRE DEL PROPONENTE FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O
CC. o NIT. PERSONA NATURAL
(Es obligatoria la presentación de este formato con la propuesta).
CONTRATO -……… DE 2015
Entre los suscritos, de una parte, xxxxxxxxxxxxxx, identificada con la cédula de ciudadanía N. xxxxxxxxx, actuando en calidad de Asesora Jurídica del Instituto Tecnológico Metropolitano, delegada para la contratación administrativa, según Resolucion Rectoral N. 821 de 2014 del INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO – INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA, adscrita al Municipio de
Medellín, identificado con Nit. 800.214.750-7, debidamente autorizado por el Acuerdo 04 de 2011 del Consejo Directivo y Normas concordantes, previa adjudicación de la Rectora del ITM, que en adelante se denominará INSTITUTO y de otra parte
………………………………………………, identificado con cédula de ciudadanía ………………………, actuando en calidad de Representante Legal de ………………………., constituida por escritura pública No. ………, otorgada en la Notaría
………………………. de ……………, el ………… de ………… de …………, registrada el ………… de …………… de , en el
libro ……………., folio ………………………, bajo el No. ……, con Nit. ……………………… que en adelante se denominará el
CONTRATISTA, se ha convenido celebrar el presente contrato, que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA. - Objeto del Contrato. El CONTRATISTA se obliga por su cuenta y riesgo para con el ITM a la ejecución del siguiente objeto: ::::::::::::::::::::SEGUNDA. - Duración del Contrato. El plazo de ejecución del presente contrato será de ::::::::::::::::::::::, plazo que se contabilizará a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio, previa legalización del conrato. No obstante el Instituto se reserva el derecho a dar por terminado el contrato en el momento que lo considere conveniente, con sujeción a los parámetros xx xxx. TERCERA.
- Valor y forma de pago. El valor del presente contrato se fija en la suma de
……………………………………………………………………… ($ ,oo) INCLUIDO EL IVA. EL INSTITUTO pagará
al CONTRATISTA la suma descrita en la cláusula anterior, por la facturación mensual por los productos entregados y remisionados, previa certificación del supervisor, donde conste que el suministro fue entregado a entera satisfacción al INSTITUTO y dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de recepción de la factura. CUARTA. - Obligaciones especificas del Contratista. EL CONTRATISTA se obliga en forma especial a prestar el suministro objeto de este contrato en los términos señalados en el pliego de condiciones definitivo y específicamente a: ………………………………………………………………………………. El CONTRATISTA se obliga igualmente a responder civil y penalmente por sus acciones y omisiones en la actuación contractual, en los términos de la Ley (Artículos 52º y 53º Ley 80 de 1993). QUINTA. - Derechos y Deberes. Las partes declaran conocer y desarrollar los derechos y deberes consagrados en la ley 80 de 1993 y cumplir las obligaciones específicas consagradas en este contrato. SEXTA. - Modificación, Interpretación y terminación del Contrato. EL INSTITUTO tendrá la dirección general y la responsabilidad de ejercer control y vigilancia de la ejecución del contrato. En consecuencia, este contrato se rige por los principios de modificación unilateral, interpretación unilateral y terminación unilateral por parte del Instituto Tecnológico Metropolitano conforme a las disposiciones contenidas en los Artículos 14, 15, 16, 17 y 18 de la Ley 80 de 1993, la cual para todos los efectos legales hace parte integral de este contrato. SÉPTIMA. - Garantía. El contratista seleccionado para la ejecución del contrato constituirá, a favor del ITM, como mecanismo de cobertura del riesgo derivado del incumplimiento de las obligaciones legales o contractuales, cualquiera de las garantías autorizadas por el Decreto 1510 de 2013 a saber: (1) Contrato de seguro contenido en una póliza, (2) Patrimonio autónomo, (3) Garantía bancaria,otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia o por una entidad bancaria, o una sociedad fiduciaria, o una entidad financiera sometida a vigilancia y control de la Superintendencia Financiera, legalmente establecida en Colombia, con el fin de cubrir los perjuicios derivados de las obligaciones, así:
De Cumplimiento del Contrato: Cubrirá al ITM de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato así como de su cumplimiento tardío o su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Este amparo comprende además siempre el pago de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y con una vigencia igual a su plazo y seis (6) meses más. |
De calidad y correcto funcionamiento de los bienes: Cubrirá al ITM por los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia de los perjuicios imputables al contratista garantizado que se deriven de la mala calidad o deficiencias técnicas de los bienes o equipos objeto del contrato de acuerdo con las especificaciones técnicas o por el incumplimiento de los parámetros o normas técnicas establecidas para el respectivo bien o equipo, por el equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y con una vigencia igual a su plazo y seis (6) meses más. |
OCTAVA. - Caducidad. EL INSTITUTO, podrá declarar la caducidad si se presentan algunos de los hechos constitutivos del incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista, que afecta de manera grave y directa la ejecución del contrato, y evidencie que puede conducir a su paralización: La Entidad por acto administrativo debidamente motivado lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre. NOVENA. - Efectos de la Caducidad. Declarada la caducidad, no habrá lugar a la indemnización para el contratista, quien se hará acreedor a las sanciones e inhabilidades previstas en las Leyes 80 de 1993 y 1474 de 2011 y demás normas que consagren las modifiquen o adicionen. DECIMA Multas. - De conformidad con el numeral 2° del artículo 4° de la ley 80 de 1993, y el Artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, EL ITM, adelantará las gestiones necesarias para el reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias para efectos de la presente contratación de la siguiente manera:
a. En caso xx xxxx o incumplimiento parcial de las obligaciones adquiridas por EL CONTRATISTA adjudicatario sin perjuicio de la declaratoria de la caducidad del Contrato. EL ITM podrá mediante resolución imponer multas diarias equivalentes al uno por mil (1x1000) del valor del Contrato por cada día xx xxxx o de incumplimiento total.
b. En caso de incumplimiento del término para legalizar debidamente el contrato (8 días hábiles a partir de la suscripción del Contrato), se impondrá una multa del 0.5% del valor del Contrato por cada día de retraso.
c. Por incumplimiento en la obligación de iniciar la ejecución del Contrato de acuerdo a la fecha señalada en el acta de iniciación por un valor del 0.5% del valor del Contrato por cada día de retraso.
d. Por el incumplimiento en el plazo inicialmente pactado en el contrato por un valor del 1% del valor del Contrato por cada día de retraso injustificado.
Para la imposición de multas y declaratoria de incumplimiento del contrato, el ITM dará aplicación al procedimiento establecido por el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, el cual establece:
“Las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública podrán declarar el incumplimiento, cuantificando los perjuicios del mismo, imponer las multas y sanciones pactadas en el contrato, y hacer efectiva la cláusula penal. Para tal efecto observarán el siguiente procedimiento:
a. Evidenciado un posible incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista, la entidad pública lo citará a audiencia para debatir lo ocurrido. En la citación, hará mención expresa y detallada de los hechos que la soportan, acompañando el informe de interventoría o de supervisión en el que se sustente la actuación y enunciará las normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para el contratista en desarrollo de la actuación. En la misma se establecerá el lugar, fecha y hora para la realización de la audiencia, la que podrá tener lugar a la mayor brevedad posible, atendida la naturaleza del contrato y la periodicidad establecida para el cumplimiento de las obligaciones contractuales. En el evento en que la garantía de cumplimiento consista en póliza de seguros, el garante será citado de la misma manera.
b. En desarrollo de la audiencia, el jefe de la entidad o su delegado, presentará las circunstancias de hecho que motivan la actuación, enunciará las posibles normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para el contratista en desarrollo de la actuación. Acto seguido se concederá el uso de la palabra al representante legal del contratista o a quien lo represente, y al garante, para que presenten sus descargos, en desarrollo de lo cual podrá rendir las explicaciones del caso, aportar pruebas y controvertir las presentadas por la entidad.
c. Hecho lo precedente, mediante resolución motivada en la que se consigne lo ocurrido en desarrollo de la audiencia y la cual se entenderá notificada en dicho acto público, la entidad procederá a decidir sobre la imposición o no de la multa, sanción o declaratoria de incumplimiento.
Contra la decisión así proferida sólo procede el recurso de reposición que se interpondrá, sustentará y decidirá en la misma audiencia. La decisión sobre el recurso se entenderá notificada en la misma audiencia.
d. En cualquier momento del desarrollo de la audiencia, el jefe de la entidad o su delegado, podrá suspender la audiencia cuando de oficio o a petición de parte, ello resulte en su criterio necesario para allegar o practicar pruebas que estime conducentes y pertinentes, o cuando por cualquier otra razón debidamente sustentada, ello resulte necesario para el correcto desarrollo de la actuación administrativa. En todo caso adoptar la decisión, se señalará fecha y hora para reanudar la audiencia. La entidad podrá dar por terminado el procedimiento en cualquier momento, si por algún medio tiene conocimiento de la cesación de situación de incumplimiento”
El valor de las multas y la cláusula penal pecuniaria será impuesta por el Instituto Tecnológico Metropolitano, mediante resolución motivada. Una vez ejecutoriados los actos administrativos que la impongan serán cobrados con cargo a la garantía de cumplimiento del contrato, de conformidad con lo establecido por el decreto 1510 de 2013, o en su defecto, podrán ser descontados dichos valores de los saldos adeudados al CONTRATISTA o en el proceso de liquidación del saldo no pagado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17, parágrafo de la ley 1150 de 2007. Si no fuere posible lo anterior, se cobrará vía jurisdicción coactiva o acudiendo a la vía judicial correspondiente. La Resolución, mediante la cual se hace efectiva la multa o multas, se notificará al CONTRATISTA y a la Compañía Aseguradora de conformidad con lo señalado en los artículos 44 y 45 del Código Contencioso Administrativo. DECIMA PRIMERA. - Cláusula Penal Pecuniaria. Sin perjuicio de lo dispuesto en las cláusulas anteriores, EL INSTITUTO podrá imponer al CONTRATISTA, en caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento como pena, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato. El valor de la cláusula penal que se haga efectiva, se considera como pago parcial pero definitivo de los perjuicios causados al INSTITUTO. DECIMA SEGUNDA. - De la Aplicación de la multa y la Cláusula Penal Pecuniaria. Una vez ejecutoriados los actos administrativos que la imponen podrán ser tomados dichos valores del saldo a favor del CONTRATISTA o de las garantías constituidas. Si no fuere posible lo anterior, se cobrará por jurisdicción coactiva. DECIMA TERCERA. - Cesión del Contrato. Los contratos estatales son "intuitu personae" y en consecuencia, una vez celebrados no podrán cederse en caso contrario deberá realizar mediante acto administrativo debidamente sustentado. DECIMA CUARTA. - Repercusiones laborales.- EL CONTRATISTA se obliga a título de contratista independiente. EL INSTITUTO en consecuencia no adquiere ningún vínculo de carácter laboral, administrativo, con él. DECIMA QUINTA.- Inhabilidades e incompatibilidades. El presente contrato está sujeto a las inhabilidades e incompatibilidades contempladas en las Leyes 80 de 1993 y 1474 de 2011. EL CONTRATISTA, para todos los efectos legales de este contrato, declara bajo la gravedad de juramento que no está incluido dentro de dichas inhabilidades e incompatibilidades legales. DECIMA SEXTA.- Vigilancia. El desarrollo de este contrato se ejecutará bajo la vigilancia e interventoría de la xxxxxxxxx, quien se obliga a informar periódicamente a la Secretaría General sobre la ejecución contractual, además de las obligaciones inherentes a la gestión de vigilancia. DÉCIMA SÉPTIMA. - Apropiación Presupuestal. El pago de las sumas de dinero que el INSTITUTO queda obligado en razón de éste contrato, se subordina a la apropiación presupuestal que de ellas se haga en el respectivo presupuesto. DÉCIMA OCTAVA. - Imputación de Gastos. Los gastos que demanden la legalización del presente contrato correrán a cargo del CONTRATISTA, y los que impliquen para el INSTITUTO el cumplimiento del mismo durante la presente vigencia fiscal se hace con cargo al certificado de compromiso No , el
cual hace parte integral de los Anexos de éste contrato. DÉCIMA NOVENA. - Perfeccionamiento del Contrato. De conformidad con del Artículo 41 de la Ley 80 de 1993, el presente contrato se perfecciona con el acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y la firma de este escrito. Para la ejecución se requerirá la aprobación de la existencia de la disponibilidad presupuestal correspondiente y la aprobación de las garantías. VIGÉSIMA. - Certificación de pago de los Aportes a sus Empleados: De conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, el proponente persona jurídica deberá acreditar el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Servicio
Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar, mediante certificación expedida por el Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos xx Xxx, o por el Representante Legal, durante un lapso equivalente al que exija el respectivo régimen de contratación para que se hubiera constituido la sociedad, el cual no será inferior a los seis (6) meses anteriores a la fecha de apertura de la contratación, o por el tiempo que haya existido hasta la fecha, en caso de que el proponente haya sido constituido antes de seis meses. Lo anterior también aplica para cada miembro de consorcio o unión temporal, cuando se trate de personas jurídicas. VIGÉSIMA PRIMERA. Naturaleza Jurídica del contrato. Esta consagrado en el artículo 32 de la ley 80 de 1993 y en el Decreto 1510 de 2013 y demás normas afines con la materia, por ser un contrato de , no genera relación laboral, ni prestaciones sociales, además se celebra en consideración a las calidades personales del contratista. VIGÉSIMA SEGUNDA. Cláusula de indemnidad. Será obligación del CONTRATISTA mantener libre al ITM de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes. VIGÉSIMA TERCERA. - Documentos del Contrato. Para todos los efectos legales se entienden incorporados al presente contrato la Ley 80 de 1993 y normas concordantes, es decir, los decretos reglamentarios, así mismo los siguientes documentos anexos: 1) Propuesta económica del contratista; 2) Carta de adjudicación; 3) Certificado de compromiso presupuestal 4) Fotocopia de cédula de ciudadanía del Representante Legal; 5) Garantías y 6) Fotocopia del Rut 7) Pliegos de condiciones; PARÁGRAFO: Si dentro de los cinco días hábiles siguientes, el contratista no presenta a la Secretaría General las pólizas y demás documentos del contrato, se entiende que renuncia al mismo y en consecuencia, se contratará con el segundo calificado para tal efecto.
Para constancia se firma el presente contrato por las partes en la ciudad de Medellín el día ……………………...
EL INSTITUTO: EL CONTRATISTA:
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