Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ECONÓMICO‐ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE 325 SISTEMAS DE APERTURA ELECTRÓNICA DE CONTENEDORES DE RSU DE CARGA LATERAL PARA SERVICIOS DE TXINGUDI – TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A.
1 OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del contrato lo constituye el suministro a SERVICIOS DE TXINGUDI ‐ TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A. de 325 sistemas de apertura electrónica de contenedores de RSU, con arreglo a lo previsto en el presente Pliego de Cláusulas Económico‐Administrativas y al Pliego de Prescripciones Técnicas.
2 ENTIDAD CONTRATANTE Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
La entidad contratante es SERVICIOS DE TXINGUDI – TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A. (en adelante STTZ).
El Órgano de Contratación será el Consejo de Administración de STTZ quien a su vez ha apoderado a su Presidente para la adjudicación del contrato y a la Directora‐Gerente para su formalización.
3 PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El contrato se licitará y adjudicará mediante procedimiento abierto urgente.
La urgencia viene motiva por la necesidad de empezar a recabar lo antes posible los datos relativos al uso efectivo del 5º contenedor o contenedor marrón al objeto de en su caso dejar de aplicar la tarifa reducida a quienes no hagan uso efectivo con el consiguiente incremento de la recaudación de la tasa para el ejercicio fiscal 2017.
El procedimiento tendrá por objeto la selección del empresario que presente la oferta económicamente más ventajosa de conformidad a los criterios de valoración de ofertas que se definen en el presente pliego.
4 VARIANTES
No admiten variantes.
5 DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL
Tendrán carácter contractual, además del correspondiente contrato que se formalice tras la adjudicación, el presente Pliego de Cláusulas Económico‐Administrativas y el Pliego de
Prescripciones técnicas, así como la oferta que realice el adjudicatario en todo lo que no contradiga a los anteriores y sea favorable a STTZ.
Dichos documentos habrán de ser firmados por el adjudicatario en prueba de conformidad con los mismos, en el acto mismo de la formalización del contrato.
6 PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA
El suministro objeto de contrato deberá realizarse en el plazo máximo de 8 semanas a contar desde el día siguiente a la firma del contrato. Este plazo podrá ser mejorado por los licitadores en sus ofertas.
El contratista se entenderá incurso en xxxx por el transcurso del plazo de entrega establecido en el contrato, no siendo preciso la comunicación por parte de STTZ a este respecto. En ese caso resultará de aplicación lo dispuesto en la Cláusula 21ª del presente Xxxxxx en relación a las penalidades por demora.
El lugar de entrega será la sede de STTZ, sita en Bº Olaberria nº 18 de Irun.
7 PRECIO MÁXIMO DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El presente contrato se suscribirá en base al precio unitario correspondiente a la unidad de sistema de apertura electrónica de contenedores de RSU, cuyo precio unitario máximo a estos efectos se fija en 257,00.‐ €/unidad (IVA no incluido).
El referido precio unitario máximo de licitación podrá ser reducido por los licitadores en sus ofertas, quedando directamente excluidas aquellas ofertas cuyas proposiciones económicas superen dicho precio máximo de licitación.
El IVA a soportar por XXXX se indicará por los licitadores como partida independiente en la proposición económica.
El precio ofertado por los licitadores deberá englobar todos los gastos necesarios para la prestación del suministro objeto del contrato, en los términos previstos en el presente pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, no admitiéndose a posteriori la facturación por conceptos que previamente deberían haber sido observados en el precio final.
Las ofertas realizadas por los licitadores comprenderán no sólo los honorarios, sino también el importe de la totalidad de los gastos que ocasione la ejecución del contrato, incluidos los de transporte, así como todos los gastos relativos al personal empleado (a saber, salarios y seguridad social, vacaciones y pagas extraordinarias, sustituciones por baja o enfermedad, seguro de accidentes individuales, etc.), así como las tasas y cualesquiera otros tributos que
pudieran corresponder a la realización de la actividad, con exclusión del I.V.A., que se indicará como partida independiente en la proposición presentada.
El valor estimado del contrato, a los efectos de lo previsto en el artículo 88 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en lo sucesivo, TRLCSP), es de OCHENTA Y TRES MIL QUINIENTOS VEINTICINCO EUROS (83.525,00.‐€), IVA excluido.
8 REVISIÓN DEL PRECIO
El precio del contrato no será objeto de revisión en ningún caso.
9 FORMA DE PAGO
El precio se abonará, previa presentación de la correspondiente factura emitida por el adjudicatario en el plazo de 15 días naturales desde la entrega del suministro a satisfacción de STTZ.
El precio por el suministro se abonará por STTZ, mediante transferencia bancaria a la C/C que indique el adjudicatario, a los 60 días desde la finalización del mes en el que se efectúe el suministro, siempre que se haya emitido la factura en el plazo señalado en el párrafo anterior y la misma cuente con el visto bueno de STTZ.
10 GARANTÍA DEFINITIVA
El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento del mismo, vendrá obligado a constituir, una garantía definitiva, por importe de 8.352,50.‐ euros.
El licitador que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá constituir la citada garantía en el plazo xx xxxx días hábiles contados a partir del día siguiente a aquél en que reciba el requerimiento efectuado por STTZ a tal efecto.
Podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSP.
En el caso de prestarse en forma de aval, el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Xxxxxx como Xxxxx XXX.
En el caso de prestarse en metálico, se hará en la cuenta corriente de Kutxabank 2095 5381 19 1061261870.
La acreditación de la constitución de la garantía no podrá hacerse mediante medios electrónicos.
La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales.
En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de 15 días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de 15 días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación.
La garantía definitiva no será devuelta al contratista por parte de STTZ hasta la finalización del plazo de garantía mínimo de dos años del producto y, en caso de haberse ofertado por el contratista adjudicatario, su ampliación.
En lo no previsto en el presente Pliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSP.
11 CONDICIONES DE APTITUD
Podrán tomar parte en la presente licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición de contratar y dispongan de la solvencia económico y financiera y técnica o profesional definida en la presente cláusula.
Los empresarios deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o suministro que constituye el objeto del contrato.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando su objeto esté comprendido dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Tendrán capacidad para contratar con STTZ en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar el suministro de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP.
Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder
realizar en él el suministro de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
Podrán contratar con XXXX las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP.
Los licitadores deberán acreditar su solvencia de la siguiente forma: A.‐ Solvencia económica y financiera:
- Tener contratado un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe mínimo de 300.000.‐ euros, con las coberturas especificadas en la cláusula 25 del presente pliego. Este aspecto deberá acreditarse en la forma prevista en la referida cláusula y en la cláusula 15 ambas del presente pliego.
B.‐ Solvencia técnica o profesional:
‐ Se deberá acreditar mediante relación de los principales suministros análogos al del objeto del presente contrato efectuados durante los cinco últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos.
‐ Asimismo, y dada la gran repercusión económica que se derivará de su correcto funcionamiento, se exige como solvencia técnica adicional el haber instalado a satisfacción de los adquirentes, tanto en cuanto a suministro, producto y funcionamiento se refiere, un mínimo de 300 sistemas de apertura electrónica, análogos al del objeto del contrato, en contenedores de carga lateral destinados a recogidas de RSU en vía pública, durante los 2 últimos años. A tal fin se facilitará la relación de municipios o mancomunidades a las que se hayan suministrado los sistemas de apertura electrónica identificando fecha, modelo concreto, número al objeto de que por parte de STTZ se compruebe la efectiva satisfacción de los adquirentes.
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La licitación se publicará en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y en el perfil del contratante de STTZ.
El resto de actos de trámite del procedimiento de licitación, así como la adjudicación del contrato se publicarán en el perfil de contratante de STTZ.
El acceso a dicho perfil de contratante se efectuará a través de la página Web: xxx.xxxxxxx.xxx.
13 PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES, PLAZO Y DOCUMENTACIÓN
La presentación de proposiciones presupone la aceptación incondicional por el licitador de la totalidad del presente Pliego de Cláusulas Económico‐Administrativas y de Prescripciones Técnicas, en su totalidad y sin salvedad alguna.
El acceso al presente Xxxxxx podrá realizarse a través del perfil del contratante, al que se accede desde la página web de la entidad xxx.xxxxxxx.xxx.
Para participar en la presente licitación, los licitadores deberán presentar en las oficinas de STTZ (sitas en IRUN, calle Xxxxxx nº 26 – CP 20304), en horario de Registro (de lunes a viernes, de 8:15 a 14:30) y dentro del plazo de *10 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, TRES SOBRES CERRADOS (A, B y C), con la documentación que luego se señalará, indicando en los mismos “Oferta para tomar parte en la licitación para la contratación del suministro de 325 sistemas de apertura electrónicos de contenedores de RSU para Servicios de Txingudi‐ Txingudiko Zerbitzuak SA.”, letra del sobre, denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, números de teléfono y de fax, y dirección de correo electrónico.
La referida limitación horaria para la presentación de proposiciones no será de aplicación cuando las proposiciones sean remitidas por correo, en cuyo caso, podrá realizarse la presentación a cualquier hora del último día del plazo de presentación de proposiciones, siempre que se cumplan los requisitos indicados en el apartado siguiente.
En el caso de que el licitador envíe su proposición por correo, deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar a STTZ la remisión de la oferta mediante télex, fax (al número siguiente: 943639700) o telegrama urgente el mismo día. Asimismo, podrá remitirse el anuncio de envío mediante correo electrónico (a la dirección siguiente: xxxxxxxx@xxxxxxx.xxx). El envío del anuncio por correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones, y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. En este supuesto, se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, 3 días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
Cada sobre constará de los documentos que se indican a continuación y contendrá una relación numerada de los documentos incluidos en el mismo.
* Se aplica un plazo reducido para de presentación de proposiciones por concurrir circunstancias excepcionales relacionadas con la aplicación de la Tasa de residuos 2017, tal y como se argumenta en la cláusula 3ª del presente pliego.
Sobre A‐ Se subtitulará “APTITUD PARA CONTRATAR":
Contendrá los siguientes documentos:
a) Designación de medio para la recepción de notificaciones, que se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Xxxxx X. Todo ello de forma legible.
b) D.N.I. de la persona que presente la proposición, ya en nombre propio, ya en representación de otra persona, física o jurídica.
c) Declaración responsable del licitador, ajustada al modelo del Anexo II, indicando que cumple con todas las condiciones establecidas legalmente para contratar con STTZ, y con todos los requisitos de capacidad y solvencia exigidos en la Cláusula 11ª del presente Xxxxxx.
En el caso de las empresas extranjeras, se incluirá en la referida declaración responsable, en la forma prevista en el referido Anexo II, la mención expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
Asimismo, en el caso de que la empresa licitadora perteneciera al mismo grupo empresarial que otra/s empresa/s licitadora/s (entendiendo por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio), en la declaración a que hace referencia este apartado 2 se incluirá dicha circunstancia,
identificando a la/s otra/s empresas licitadoras del grupo, en la forma prevista en el referido Anexo II.
d) En el caso de que varios empresarios deseen concurrir a la licitación integrados en una unión temporal, la declaración a que se refiere el apartado b) anterior deberá ser presentada por todos y cada uno de los que vayan a integrarla.
Adicionalmente, deberán presentar un documento privado, firmado por todos ellos, indicando los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios y de designar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo.
NOTAS:
(i) Las empresas extranjeras presentarán la documentación traducida de forma oficial al castellano o, en su caso, al euskera.
Sobre B‐ Se subtitulará “PROPUESTA TÉCNICA”.
Deberá elaborarse una Propuesta Técnica en la que se describan las características del producto ofertado. Se aportará todo tipo de documentación que se considere adecuada para conocer la calidad del producto, que obligatoriamente se deberá ajustar a lo requerido en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
La propuesta técnica como mínimo deberá contener la información del producto que se relaciona en la cláusula 14ª del presente pliego al objeto de su correcta valoración.
Sobre C‐ Se subtitulará “PROPOSICIÓN ECONÓMICA".
La misma deberá contener la proposición económica que necesariamente deberá ajustarse al modelo que se adjunta al presente Xxxxxx como Xxxxx XX.
STTZ podrá comprobar, tanto antes como después de la adjudicación y en el curso del contrato, la veracidad del contenido de los documentos incluidos en los sobres A y B, entendiéndose que la falsedad de los datos y circunstancias presentados por la empresa puede ser causa de nulidad del contrato, por incumplimiento imputable al contratista.
Los licitadores no adjudicatarios podrán solicitar, una vez adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la
devolución de la documentación aportada en este sobre 1º. El adjudicatario podrá solicitarla, asimismo, una vez finalizada la ejecución del contrato y devuelta la garantía definitiva. En caso de que no medie solicitud de devolución de la documentación en el plazo de tres meses a contar desde la firma del contrato, XXXX procederá a la destrucción de la misma.
Las empresas extranjeras presentarán la documentación traducida de forma oficial al castellano o, en su caso, al euskera.
La presentación de ofertas presupone la aceptación incondicional por el licitador de la totalidad del presente Pliego de Cláusulas Económico‐Administrativas y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, sin salvedad alguna.
Se advierte expresamente a los licitadores de que:
a.‐ El conocimiento efectivo del contenido de la documentación que tiene que ser objeto de valoración en un momento anterior al previsto en el pliego, derivado de su inclusión incorrecta en los diferentes sobres por parte de las empresas licitadoras, comportará la exclusión de éstas del procedimiento de licitación.
b.‐ La inclusión de documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos en un sobre incorrecto comportará que tenga que volverse a presentar en el plazo de subsanación que se conceda al efecto.
c.‐ La inclusión de documentación relativa a criterios de adjudicación sometidos a un juicio de valor (B) en el sobre que contiene la documentación evaluable mediante criterios automáticos (C) comportará que la documentación incluida incorrectamente no se valore.
14 CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa de conformidad a los siguientes criterios de adjudicación ordenados de mayor a menor relevancia.
A) Criterios objetivos de valoración: hasta un máximo de 60 puntos.
A.1) Xxxxxx, hasta un máximo de 35 puntos.
Las proposiciones económicas que presenten los licitadores se valorarán de acuerdo con la siguiente fórmula denominada proporcional corregida, en la que se considerará que existe mejora significativa en el precio si efectivamente alguna de las proposiciones económicas supera el umbral del 10% en su baja. Las ofertas que igualen el precio máximo de licitación obtendrán 0 puntos, la más baja obtendrá la puntuación más alta, pero no necesariamente la máxima que sólo se otorgara si
efectivamente existe una mejora significativa del precio del contrato y quedarán excluidas las ofertas que superen el precio máximo de licitación.
Vi = [Bi/ Max (Bs, Bmax)] x Vmax
Dónde:
Vi: Valoración o puntuación correspondiente a cada oferta.
Bi: Baja correspondiente a cada oferta (i).
Bs: Baja significativa, valor correspondiente al 10% del precio unitario máximo de licitación.
Bmax: Baja máxima de entre las presentadas a la licitación.
Xxx (Bs, Bmax): representa el valor máximo de entre los dos indicados.
Vmax: Puntuación máxima a otorgar por el criterio precio, en este caso 35 puntos. A.2) Plazo de entrega, hasta un máximo de 15 puntos.
Se asignarán 5 puntos por cada semana de rebaja en el plazo de entrega máximo. A.3) Plazo de garantía, hasta un máximo de 10 puntos.
Se asignarán 2,5 puntos por cada semestre de ampliación del plazo de garantía, respecto al mínimo exigido.
B) Propuesta técnica presentada: hasta un máximo de 40 puntos.
• El sistema de captura de datos y su integración en los vehículos de recogida de RSU. Hasta un máximo de 12 puntos.
• El tamaño, peso y adecuación del sistema para su instalación en los contenedores de recogida selectiva de materia orgánica. Hasta un máximo de 6 puntos.
• Robustez, resistencia y estanqueidad. Hasta un máximo de 6 puntos.
• Adaptación al contenedor y facilidad de mantenimiento. Hasta un máximo de 6 puntos.
• La eficiencia energética y la duración de las baterías, autonomía de ciclos. Hasta un máximo de 6 puntos.
• Nivel de compatibilidad del producto ofertado con el sistema de tarjetas distribuidas en la prueba piloto realizada en la Parte Vieja‐ Alde Zaharra de Hondarribi. Hasta un máximo de 4 puntos.
15 APERTURA DE PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
El personal técnico de STTZ calificará previamente los documentos presentados en el sobre A (“Aptitud para contratar”) en tiempo y forma y si observare defectos u omisiones subsanables, concederá un plazo no superior a 24 horas para que el licitador subsane dichos defectos u omisiones.
Seguidamente, se procederá a la apertura del sobre B, comprensivo de la propuesta técnica, en orden a efectuar su estudio y valoración.
Una vez realizada la valoración de las propuestas técnicas presentadas en el sobre B, se procederá a la apertura de las proposiciones económicas contenidas en el sobre C, públicamente, comunicándose a todos los licitadores admitidos, a través del medio preferente para la recepción de notificaciones designado por los mismos conforme al Anexo I, las circunstancias de fecha, hora y lugar del acto público de apertura de las proposiciones económicas. Dichas circunstancias se publicarán, asimismo, en el perfil de contratante (xxx.XXXX.xxx) con una antelación mínima de 24 horas. En el acto público, con carácter previo a la apertura del sobre C, se harán públicas las puntuaciones de las propuestas técnicas presentadas en el sobre B.
En caso de que solo haya una única proposición económica (sobre C) para abrir, se prescindirá del acto público de apertura por perder este su sentido, sin perjuicio de que los datos relativos a dicha proposición sean conocidos mediante la publicación del resultado de la valoración de la oferta en el perfil del contratante.
Leídas las propuestas se desechará las que se encuentren incursas en alguna de las causas previstas en el artículo 84 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, que aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo, RGLCAP), que a estos efectos se establece como de aplicación.
Terminado, en su caso, el acto público de apertura de proposiciones económicas, se iniciará el estudio y valoración de las mismas.
Tras el estudio y valoración, el personal técnico de XXXX elevará al Órgano de Contratación la relación de proposiciones presentadas, clasificadas en orden decreciente, atendiendo a los criterios de valoración establecidos en la Cláusula 14ª e identificará la oferta económicamente más ventajosa.
Podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos.
En caso de empate, el mismo se resolverá en favor de la empresa que obtenga mejor puntuación en el criterio de adjudicación de mayor peso y, en caso de empate, en el siguiente criterio de adjudicación de más peso y así sucesivamente. En caso de que el empate no pueda ser resuelto de esta manera, por haber obtenido dos ofertas la máxima valoración con idéntica puntuación, el empate se resolverá por sorteo público, a poder ser en el mismo acto público de apertura del sobre C.
La identificación por parte del personal técnico de la proposición económicamente más ventajosa no genera derecho alguno a favor del licitador propuesto frente a STTZ.
XXXX, como regla general, deberá ajustarse a la propuesta realizada por el personal técnico. En caso contrario, deberá motivar su decisión de separarse de la propuesta, procediendo a realizar, en su caso, la clasificación definitiva de las ofertas.
XXXX requerirá al licitador que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa para que aporte, en el plazo de siete días naturales contados desde el siguiente a aquél en que reciba dicho requerimiento, la siguiente documentación:
A) Documentación justificativa de cumplir todas las condiciones establecidas legalmente para contratar con STTZ, y todos los requisitos de capacidad y solvencia exigidos en la Cláusula 11ª del presente Xxxxxx, en la forma indicada a continuación. En el supuesto de que la propuesta se hubiera formulado por empresarios que pretenden concurrir integrados en una unión temporal, la referida documentación debe referirse a la totalidad de las empresas que la han de integrar:
1. Documentos acreditativos de la capacidad de obrar del licitador y, en su caso, de su representación:
- La capacidad de obrar de los empresarios que fuesen personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los Estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén
establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
- La capacidad de obrar de los restantes empresarios extranjeros se acreditará mediante informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
- La capacidad de obrar de los empresarios que fuesen personas físicas se acreditará mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad, o equivalente de su Estado respectivo.
- Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia del Documento Nacional de Identidad, así como poder bastante al efecto. Si la empresa fuere persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando así se exija conforme a lo previsto en el artículo 94 del Reglamento del Registro Mercantil.
- Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyen y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios. Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones de que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
- Las empresas extranjeras deberán presentar declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
Aquellos licitadores que se encuentren inscritos en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi o en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, podrán presentar copia del certificado vigente de inscripción expedido por el letrado responsable del Registro en sustitución de la documentación requerida en el presente apartado 1. El certificado de inscripción
deberá acompañarse de una declaración responsable firmada por el licitador en virtud de la cual manifieste que las circunstancias reflejadas en el documento no han variado.
Toda esta documentación se presentará en original, o copia debidamente compulsada o autenticada.
2. Justificante acreditativo de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Se deberá acreditar estar dado de alta en el I.A.E., en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último recibo del I.A.E., en los restantes supuestos. En todo caso, se deberá acompañar de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto.
3. Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional del empresario con arreglo a lo previsto en las cláusulas 11, 25 y a continuación:
‐ La solvencia económica y financiera deberá ser acreditada mediante Copia de la póliza/s de seguro/s y los certificados de cobertura de los mismos en los términos previstos en la Cláusula 25ª del presente Pliego.
‐ La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante:
a.‐ Relación de los principales suministros análogos al del objeto del presente contrato efectuados durante los cinco últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos.
b.‐ Relación de municipios o mancomunidades a las que se hayan suministrado los sistemas de apertura electrónica identificando fecha, modelo concreto y número (mínimo total de 300 unidades en los dos últimos años) al objeto de que por parte de STTZ se compruebe la efectiva satisfacción de los adquirentes.
4. Justificante acreditativo de haber constituido la garantía definitiva prevista en la Cláusula 10ª del presente Xxxxxx.
5. En su caso, Acta notarial de manifestaciones para el supuesto de que el licitador, para acreditar la solvencia exigida o cumplir el compromiso de adscripción de determinados medios, pretenda basarse en la solvencia y los medios de otras entidades, según modelo contenido en el Anexo V.
6. Copia, en su caso, de la escritura pública de constitución en unión temporal de empresa.
Nota: STTZ se reserva el derecho a realizar las labores de comprobación que considere oportunas o de exigir cuanta documentación adicional entienda necesaria con la finalidad de comprobar la veracidad de la información aportada por los licitadores.
Nota: Si STTZ observara defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se concederá un plazo máximo de tres días hábiles para dicha subsanación.
Nota: La documentación que presenten estas empresas estará traducida de forma oficial al castellano o al euskera, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 del RD 1098/2001.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
STTZ acordará la adjudicación del contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la referida documentación, debidamente subsanada en su caso, y en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día de la apertura de las proposiciones.
La adjudicación se acordará por STTZ en resolución motivada, será notificada a los licitadores, mediante el medio indicado por ellos en su propuesta, y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato.
16 PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se perfeccionará mediante su formalización.
El contrato se formalizará en documento privado dentro del plazo máximo de 5 días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación por los licitadores y el adjudicatario.
El adjudicatario podrá solicitar, no obstante, la elevación del contrato a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
Cuando, por causas imputables al adjudicatario, no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, STTZ podrá requerir al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas, la documentación exigida en la Cláusula 15 del presente Pliego, concediendo un plazo de siete días naturales para presentar la misma.
17 RESPONSABLE DEL CONTRATO
STTZ designa al Responsable de Residuos y Limpieza Viaria de STTZ responsable del contrato, al que corresponderá supervisar la ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización del suministro pactada.
Las instrucciones que imparta el responsable del contrato serán de obligado cumplimiento para el contratista.
18 EJECUCIÓN DEL CONTRATO
- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
- El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente Xxxxxx, en el Pliego de Prescripciones Técnicas y conforme a las instrucciones que, en interpretación técnica del contrato, diera al contratista STTZ o, en su caso, el responsable del contrato.
- La ejecución del contrato se desarrollará bajo la dirección, inspección y control de STTZ. A estos efectos, STTZ podrá inspeccionar, en su caso, las diferentes fases de dicha ejecución. A este respecto, el contratista no podrá obstaculizar en ningún caso las labores de dirección, inspección y control ejercidas desde STTZ.
- El contratista deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia fiscal y en materia laboral y de Seguridad Social y Prevención de Riesgos Laborales en relación con el personal que emplee en la ejecución de la prestación.
La totalidad del personal dependerá exclusivamente del contratista, ostentando el mismo los derechos y deberes inherentes a su condición de empresario, sin que pueda realizarse reclamación alguna a STTZ derivada de tales relaciones laborales o restantes obligaciones.
El contratista será el único responsable ante cualquier siniestro o reclamación (judicial o extrajudicial) relacionada con el personal que trabaje en la ejecución de la prestación, propio o de las eventuales subcontrataciones, no asumiendo STTZ ningún
tipo de responsabilidad laboral (incluida la referente a la seguridad, higiene y salud laboral), de Seguridad Social o fiscal que el contratista contraiga directa o indirectamente. Igualmente, el contratista asumirá exclusivamente las responsabilidades que pudieran derivarse de siniestros originados por la ejecución de la prestación.
19 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Serán obligaciones del contratista las siguientes:
a) El cumplimiento del contrato con estricta sujeción a lo establecido en su clausulado, en los Pliegos y en la oferta que haya resultado adjudicataria en todo aquello que no contradigan los pliegos y/o sean favorables para STTZ.
b) El cumplimiento de los plazos para el suministro indicado en la Cláusula 6ª del presente Xxxxxx, o en su oferta en caso de que éste hubiera mejorado aquél.
c) La obediencia a las instrucciones dadas por los responsables del contrato y por el personal técnico de XXXX y la ejecución de las tareas objeto del contrato de manera coordinada con ellos, debiéndoles mantener informados de manera continua.
d) La obtención de cuantas licencias y permisos fuesen necesarios para el ejercicio de su actividad, así como el cumplimiento de cualquier normativa sectorial que por razón de la materia le sea de aplicación.
e) La satisfacción de cualesquiera gastos que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, incluidos los fiscales, tasas y gravámenes según las disposiciones vigentes.
f) El cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral y de Seguridad Social en relación con el personal que emplee en la prestación del suministro contratado.
g) El cumplimiento del deber de confidencialidad, con arreglo a la Cláusula 20ª del presente Xxxxxx.
h) La indemnización por los daños y perjuicios que se causen, tanto a STTZ, como a terceros, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato
i) La prestación, sin derecho de pago suplementario, de los servicios que XXXX estime necesarios para el correcto desarrollo y cumplimiento del contrato, tales como asistencia a reuniones de trabajo o informativas. Esta obligación se mantendrá hasta la finalización del contrato.
j) El cumplimiento del suministro y sus servicios adicionales en el supuesto de huelga. Si no garantizasen tales, XXXX estaría facultada para promover los contratos precisos para cubrir los mismos, deduciéndose de su facturación el importe de los referidos contratos.
Durante el período de huelga, se abonará únicamente el precio correspondiente a los suministros y servicios efectivamente prestados.
k) La sustitución del personal, en el supuesto de que éste no cumpliera su función con la debida diligencia y eficiencia, no estuviese capacitado, fuese poco cuidadoso en el suministro contratado o cometiese actos perniciosos para la buena marcha del contrato. Ello en el plazo máximo de 72 horas desde el requerimiento que efectúe STTZ a tal fin.
l) El reemplazo de personal para cubrir las ausencias de trabajo ocasionadas por bajas por enfermedad, vacaciones, permisos, licencias, accidentes, etc., el suministro contratado en tiempo y forma, así como los servicios vinculados al mismo, definidos en el pliego.
m) La suscripción y mantenimiento durante toda la vigencia del contrato, así como durante el plazo de garantía, de una póliza de seguro en los términos previstos en la Cláusula 25ª del presente Pliego.
Todas las obligaciones de la presente cláusula tendrán el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de las mismas causa de resolución del contrato, a voluntad de STTZ.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y del suministro y de los servicios vinculados realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para STTZ o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
20 CONFIDENCIALIDAD Y DEBER XX XXXXXXX
Sin perjuicio de lo dispuesto en este Pliego con relación a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los licitadores, STTZ no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado en sus ofertas como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas.
El contratista, por su parte, deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato y a la que se dé el referido carácter en el mismo, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.
En particular, serán consideradas como confidenciales, no pudiendo ser objeto de publicación o difusión, las informaciones, documentos, archivos o especificaciones en cualquier soporte, que sean facilitadas al contratista como consecuencia de la ejecución del contrato.
La utilización por el adjudicatario de datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizado que pueda resultar precisa para el cumplimiento del contrato, se efectuará con observancia de lo dispuesto en la legislación vigente sobre protección de datos de carácter personal.
Adicionalmente y de conformidad con lo previsto en la LOPD, el hecho de participar en el tratamiento de datos de carácter personal por cuenta de XXXX hace que el contratista y su personal estén obligados al secreto profesional respecto de los mismos y al deber de guardarlos.
Este deber de confidencialidad se mantendrá indefinidamente.
21 PENALIZACIONES
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora, ejecución defectuosa de las prestaciones contratadas o incumplimiento de cualesquiera otras condiciones contractuales , STTZ podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato, en los términos de la Cláusula 27ª del presente Xxxxxx, o continuar en su ejecución, devengándose en todos los casos, a favor de STTZ, adicionalmente a cualesquiera indemnizaciones de daños y prejuicios que procedan, una cantidad equivalente al 10% del precio de adjudicación.
El suministro objeto del presente contrato es esencial para la verificación del uso efectivo del 5º contenedor por parte de los vecinos de la comarca y la aplicación de la correspondiente tarifa reducida. La demora en el suministro implicará la demora en la implantación del sistema de comprobación del uso efectivo, lo que implicará una merma en los ingresos de STTZ. Por este motivo, tendrá la consideración de daño a STTZ la merma de sus ingresos derivada de la demora en la comprobación del uso efectivo imputable al adjudicatario. Para la cuantificación económica del daño derivado de la demora, se compararán a efectos de liquidación y recaudación, periodos equivalentes al de la demora correspondientes a periodo sin comprobación de uso efectivo y a al primer periodo equivalente con datos de comprobación del uso efectivo.
Incluso en el supuesto de opción por la continuación en la ejecución de contrato, mientras dure el incumplimiento por demora o por ejecución defectuosa, en cualquier momento STTZ podrá optar por la resolución con los efectos antes referidos.
Las penalidades se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o en contra del aval, siendo objeto de la correspondiente reclamación cuando no puedan deducirse de aquéllas.
En todo caso, tanto de opción por la resolución como por la continuación del contrato, XXXX podrá decidir unilateralmente la continuación del contrato de suministro durante el tiempo que estime preciso, por medios propios o de terceros, repercutiendo el coste de dicha continuación en el contratista, sin perjuicio de las indemnizaciones de daños y perjuicios y demás efectos previstos en la presente Cláusula.
22 CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DEL CONTRATO
No cabrá la cesión de los derechos y obligaciones dimanantes del contrato, ni la subcontratación de las prestaciones del mismo, salvo autorización previa expresa y por escrito de STTZ.
23 MODIFICACIONES DEL CONTRATO
STTZ se reserva la posibilidad de modificar el número de unidades a suministrar en caso de que el contrato sea objeto de adjudicación por un precio unitario menor al fijado como máximo hasta alcanzar el valor estimado del contrato.
Sin perjuicio de todo lo anterior, XXXX podrá modificar el contrato por razones de interés público en los casos y en la forma prevista en el Título V del Libro I del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, las cuales tendrán carácter obligatorio para el contratista.
24 SUSPENSIÓN DEL CONTRATO
Si STTZ acordara la suspensión del contrato o ésta tuviera lugar por aplicación de lo dispuesto en el artículo 216, apartado 5, del TRLCSP, se levantará un Acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél.
Acordada la suspensión, XXXX abonará al contratista los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste siempre y cuando la causa de la suspensión sea la mera voluntad de XXXX y esta no traiga causa de una circunstancia ajena a la misma.
25 SEGURO
El adjudicatario del contrato deberá contratar y mantener en vigor a su cargo durante el período de duración de este contrato los siguientes seguros:
a) Seguros sociales y de accidentes y/o vida o cualquier otro a los que esté obligado conforme x Xxx o por convenio laboral con los trabajadores empleados para la ejecución del servicio, bien sea personal propio o subcontratado.
b) Seguro de responsabilidad civil obligatoria y voluntaria ilimitada para los vehículos que use en el desarrollo de sus obligaciones.
c) Seguro de responsabilidad civil para cubrir las reclamaciones de terceros derivadas de la ejecución de las obligaciones que se deriven de este contrato por daños materiales o personales y sus consecuencias, incluyendo como mínimo las siguientes garantías y/o coberturas (así como límites):
‐ Responsabilidad civil (explotación) y fianzas civiles.
‐ Responsabilidad civil (patronal) por accidentes de trabajo.
‐ Fianzas Penales y Defensa criminal.
Para todas las coberturas mencionadas con anterioridad se exigirá un capital mínimo de
300.000 euros por siniestro. No se admitirá, limitación por anualidad. Por otra parte, el sublímite por víctima se aceptará exclusivamente para la cobertura y/o garantía de responsabilidad civil (patronal) por accidente de trabajo, con un sublímite mínimo de
100.000 euros. Esta póliza deberá incluir las siguientes provisiones:
‐ En caso de siniestro que caiga en el ámbito de la responsabilidad del adjudicatario (y/o sus subcontratistas), serán por cuenta de éste las franquicias que sean de aplicación conforme las condiciones de la póliza.
‐ Esta póliza garantizará la responsabilidad civil del adjudicatario, frente a terceros, frente a STTZ y sus empleados, derivada de la ejecución del contrato.
Los seguros señalados en esta Cláusula, deberán contratarse con aseguradoras de reconocida solvencia, reservándose STTZ, el derecho de aceptar, o no, la compañía aseguradora.
El adjudicatario, deberá entregar a STTZ, antes del comienzo de las operaciones a las que obliga este contrato, un certificado de seguro por el seguro indicado en el apartado c) responsabilidad civil, confirmando que se encuentra la prima al corriente de pago. Dicho certificado deberá ser renovado anualmente previo a su vencimiento.
Con respecto a los seguros a que se refieren los apartados a) y b) anteriores, STTZ podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier momento, la acreditación documental de su contratación, vigencias y coberturas.
El adjudicatario, se obliga a exigir a sus subcontratistas la contratación de los seguros y el cumplimiento de las obligaciones recogidas en esta Cláusula (Responsabilidades y Seguros, Seguros del Adjudicatario), y el cumplimiento de las obligaciones recogidas y mencionadas anteriormente. El incumplimiento de esta obligación no eximirá al adjudicatario de sus obligaciones frente a STTZ.
El adjudicatario queda obligado a informar a XXXX, durante la ejecución del contrato, de cualquier incidencia que afecte a la vigencia y condiciones de los seguros contratados descritos en las Cláusulas anteriores, prestándose a colaborar con los empleados, agentes o representantes de STTZ.
En caso de siniestro, cualquier diferencia que surja en el pago de las indemnizaciones, ya sea por aplicación de franquicias, u otro tipo de descubierto, en los seguros contratados, siguiendo las cláusulas a), b) y c), deberán ser soportados por el adjudicatario del presente contrato.
El adjudicatario se obliga a reparar los daños y responder por aquellos riesgos que no queden garantizados en las pólizas de seguro descritas en cualquiera de las cláusulas anteriores, a fin de llevar a buen término la ejecución del presente contrato, conforme las obligaciones y responsabilidades asumidas en dicho contrato.
El cumplimiento de lo indicado en las condiciones anteriores, no eximirá al adjudicatario de sus responsabilidades frente a STTZ, de acuerdo con las demás Cláusulas del contrato.
26 RECEPCIÓN DEL SUMINISTRO Y PLAZO DE GARANTÍA.
El contrato se entenderá cumplido totalmente por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de STTZ, la totalidad del suministro.
STTZ determinará si el suministro efectuado por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, el suministro contratado y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción.
Si el suministro no se adecua al contratado, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, XXXX podrá rechazar los mismos quedando exenta de obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
Ello sin perjuicio de lo previsto en la Cláusula 21ª, pudiendo exigir STTZ las correspondientes penalidades, además de la indemnización por daños y perjuicios por razón de la demora en las entregas o el suministro de producto defectuoso.
Se establece un plazo de 2 años mínimo, ampliable por los licitadores en sus ofertas, a contar desde la fecha de recepción, como garantía a los efectos previstos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Durante dicho periodo, y en su caso la ampliación ofertada por el adjudicatario, STTZ no procederá a la devolución de la garantía definitiva.
27 RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causas de resolución del contrato las previstas en el artículo 223, letras a) ‐sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 85‐, b), d), f), g) y h) del TRLCSP y, en general, cualquier incumplimiento de las obligaciones contractuales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1.124 del Código Civil.
En cualquiera de los casos de resolución previstos en esta Cláusula, dicha resolución operará automáticamente, sin más requisito que la notificación de STTZ mediante el medio designado por el adjudicatario en el Anexo I de su decisión a tal efecto.
Recibida dicha notificación, el contratista vendrá obligado de inmediato a entregar a XXXX, poniendo a su disposición, la totalidad de los documentos elaborados o generados por el contratista hasta la fecha para llevar a cabo las prestaciones contratadas, junto con el material y los documentos utilizados y entregados por STTZ al contratista, pasando todos ellos a ser propiedad de STTZ.
Las responsabilidades económicas que pudieran derivarse de la resolución del contrato por las causas previstas en esta Cláusula, así como por cualesquiera otras que pudieran resultar legalmente procedentes, se liquidarán una vez resuelto efectivamente el contrato, no siendo óbice para que XXXX pueda continuar con su ejecución.
En todo caso de resolución, el contratista tendrá en principio derecho a percibir el precio de la totalidad de los trabajos que efectivamente le hubiesen sido contratados y hubiese realizado.
Cuando la resolución del contrato se produzca por cualquier causa imputable al contratista, se devengará a favor de STTZ, adicionalmente a cualesquiera indemnizaciones de daños y perjuicios que procedan, con carácter cumulativo, una cantidad equivalente al 20% del valor estimado del contrato.
Ambas cantidades se deducirán de las cantidades que, en concepto de pago deban abonarse al contratista, cuando no puedan deducirse de aquéllas, siendo objeto de la
correspondiente reclamación extrajudicial adicional, en la cuantía que exceda de dichas cantidades pendientes de pago.
28 RÉGIMEN JURÍDICO y JURISDICCIÓN COMPETENTE
En cuanto a su preparación y adjudicación, el contrato se regirá por el Pliego de Cláusulas Económico‐Administrativas, por el Pliego de Prescripciones Técnicas y, en lo no previsto en los mismos, por las instrucciones internas de contratación de STTZ, por las normas establecidas al efecto en el TRLCSP y, en su caso, en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, RD 817/2009), para los contratos no sujetos a regulación armonizada celebrados por las entidades del sector público que reúnan la condición de poder adjudicador y no sean Administración Pública, y, en cuanto no se oponga a lo previsto en dichas normas, por el RGLCAP.
En cuanto a sus efectos, cumplimiento y extinción, el contrato se regirá por el Pliego de Cláusulas Económico‐Administrativas, por el Pliego de Prescripciones Técnicas y, en lo no previsto en los mismos, por las normas de derecho privado, salvo en lo relativo a la modificación del contrato, en que en todo caso será de aplicación lo dispuesto en el Titulo V del Libro I del TRLCSP.
Adicionalmente, el TRLCSP, el RD 817/2009 y el RGLCAP serán de aplicación en todo en cuanto este Xxxxxx se remita expresamente a dichos textos normativos.
Asimismo, al presente contrato le será de aplicación la normativa sectorial relativa de aplicación.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato.
En caso de litigio en relación con el contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Irún.
ANEXO I. DESIGNACIÓN DE MEDIO DE RECEPCIÓN DE NOTIFICACIONES
D./Xx ……………………………..……………………, con domicilio en y
D.N.I. nº ………………….. en nombre propio, o en representación de
………………………………………………………., con domicilio en y D.N.I. o
C.I.F. nº ............................................., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico‐Administrativas y Técnicas que habrán de regir la contratación del SUMINISTRO DE 325 SISTEMAS DE APERTURA ELECTRÓNICA DE CONTENEDORES DE RSU PARA SERVICIOS DE TXINGUDI‐TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A., mediante la presente, designa como medio para la recepción de cualquier notificación que SERVICIOS DE TXINGUDI‐TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A. deba realizar con motivo de esta licitación las siguientes direcciones de correo electrónico:
A) Durante el procedimiento de contratación y hasta la formalización del correspondiente contrato, en su caso: ……….………………………………………………………........
B) Tras la formalización del contrato y durante toda su ejecución:
…………………………………………………………………………………………………….
Nota 1: En caso de que se identifique una única dirección de correo electrónico se entenderá que la misma es la designada por el licitador y/en su caso adjudicatario para las distintas fases especificadas (procedimiento de contratación y ejecución del contrato.
Nota 2: La justificación del envío de email por parte de STTZ a la dirección previamente establecida por los licitadores y adjudicadores será prueba suficiente de la notificación, sin necesidad de que tenga que constar la confirmación de recepción por parte del destinatario.
En ........................, a . …..de… de 2016
Fdo:……………………
Administrador/Apoderado/…
ANEXO II. DECLARACIÓN RESPONSABLE
“D./Xx..............................................................................................................con domicilio
en. ,
D.N.I. nº........................, teléfono....................................................., e‐
mail........................................., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de)
.............................................................................................................................................., con
domicilio en.............................................................................................................., y D.N.I. o
C.I.F. [Según se trate de persona física o jurídica] nº. , enterado xxx
Xxxxxx de Cláusulas Económico‐Administrativas y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas que han de regir la contratación del “SUMINISTRO DE 325 SISTEMAS DE APERTURA ELECTRÓNICA DE CONTENEDORES DE RSU PARA SERVICIOS DE TXINGUDI‐TXINGUDIKO
ZERBITZUAK, S.A.”, facultado suficientemente en virtud de poder/nombramiento otorgado ante DECLARA:
I. Que cumple con todas las condiciones establecidas legalmente para contratar con SERVICIOS DE TXINGUDI‐TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A., y con todos los requisitos de capacidad y solvencia exigidos en el Pliego de Cláusulas Económico‐Administrativas.
II. Que la citada entidad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
III. Que la citada sociedad está dada de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto de Actividades Económicas.
IV. Que la citada sociedad, sus administradores y representantes legales así como el/la firmante no se hallan comprendidos en causa alguna de prohibición e incompatibilidad para contratar de las señaladas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto 3/2011 de 14 de noviembre.
(A incluir en el caso de que, para acreditar la solvencia exigida y/o cumplir el compromiso mínimo de adscripción de determinados medios humanos y materiales pretendiera basarse en los de otras entidades) Que no obstante lo anterior, a efectos de completar su solvencia y/o cumplir el compromiso mínimo de adscripción de determinados medios humanos, pretende integrar tal solvencia y medios con los de la empresa …, lo que acreditará en forma cuando proceda, en la forma establecida en los Pliegos de la licitación a la que concurre.
(A incluir en el caso de que empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial – entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio‐ presenten individualmente distintas proposiciones para concurrir a la adjudicación del contrato). Que la empresa que representa forma parte del mismo grupo de sociedades que la empresa , que también presenta proposición a la
presente licitación.
(A incluir en el caso de empresas extranjeras). Que la empresa a la que representa se somete a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero extranjero que le pudiera corresponder.
En ........................, a …. .de… de 2016.
Fdo:……………………
Administrador/Apoderado/……
ANEXO III.‐ MODELO DE AVAL
La entidad […………………] (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), con C.I.F. [……………..], con domicilio en […………………..] (a efectos de notificaciones y requerimientos), y en su nombre [… ] (nombre y apellidos del
apoderado), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento, AVALA ante […………………………….…] a: […………………………………………..…] (nombre y apellidos o razón social del avalado), C.I.F. [……………], para responder de las obligaciones derivadas del contrato de “SUMINISTRO DE 325 SISTEMAS DE APERTURA ELECTRÓNICA DE CONTENEDORES DE RSU PARA SERVICIOS DE TXINGUDI‐TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A.”, por importe total de OCHO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS EUROS Y CINCUENTA CÉNTIMOS DE EUROS (8.352,50.‐).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, que aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto del obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento realizado por SERVICIOS DE TXINGUDI ‐ TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A.
El presente aval estará en vigor hasta que SERVICIOS DE TXINGUDI ‐ TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A., o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución.
Lugar y fecha […].
Razón social de la entidad […].
Firma de los apoderados […].
ANEXO IV. PROPOSAMEN EKONOMIKOA / PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D./Xx..............................................................................................................con domicilio
en. y
D.N.I. nº........................, teléfono....................................................., e‐
mail........................................., en nombre propio, o en representación de. ,
con domicilio en.............................................................................................................., en
virtud de apoderamiento/nombramiento otorgado el día ………..ante el notario de
………………… D./Dña………………………………………….. (nº protocolo ……………) y D.N.I. o C.I.F. [Según se trate de persona física o jurídica] nº. , en plena posesión
de su capacidad jurídica y de obrar, enterado de los Pliegos de Cláusulas Económico Administrativas y de Prescripciones Técnicas que han de regir la licitación para la contratación del “SUMINISTRO DE 325 SISTEMAS DE APERTURA ELECTRÓNICA DE CONTENEDORES DE RSU PARA SERVICIOS DE TXINGUDI‐TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A.”
DECLARA:
1.‐ Que conoce el Pliego de Cláusulas Económico‐Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas que habrá de regir la licitación para la contratación del SUMINISTRO DE 325 SISTEMAS DE APERTURA ELECTRÓNICA DE CONTENEDORES DE RSU
PARA SERVICIOS DE TXINGUDI‐TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A., que expresamente asume y acata en su totalidad.
2.‐ Que tiene capacidad y medios suficientes para cumplir el referido suministro en las condiciones establecidas en el Pliego mencionado y en la propuesta que acompaña.
3.‐ Que se compromete a la realización del suministro objeto del contrato en el plazo de
……………… semanas. (no se valorarán fracciones inferiores a la semana).
4.‐ Que se compromete aumentar el plazo de garantía de dos años del producto objeto de suministro, en …………. semestres adicionales (no se valorarán fracciones inferiores al semestre).
5.‐ Que se compromete al SUMINISTRO DE 325 SISTEMAS DE APERTURA ELECTRÓNICA DE CONTENEDORES DE RSU PARA SERVICIOS DE TXINGUDI‐TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A.
por el precio total de …………………….......….……………………………………………… [Indíquese en letra y cifra] euros, incrementados en [Indíquese en
letra y cifra] euros correspondientes al I.V.A., debiendo entenderse comprendidos en el precio cualesquiera conceptos, incluyendo los restantes impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal, así como el beneficio industrial del contratista.
En ........................, a …. .de… de 2016.
Fdo:……………………
Administrador/Apoderado/……
ANEXO V. MODELO DE ACTA NOTARIAL DE MANIFESTACIONES PARA EL SUPUESTO DE QUE EL LICITADOR, PARA ACREDITAR LA SOLVENCIA EXIGIDA, PRETENDA BASARSE EN LA SOLVENCIA DE OTRAS ENTIDADES
D./Xx …, con D.N.I. …, como representante legal de la empresa …, con C.I.F. …, manifiesta que conoce en todo su alcance las condiciones de la licitación para la contratación del SUMINISTRO DE 325 SISTEMAS DE APERTURA ELECTRÓNICA DE CONTENEDORES DE RSU PARA SERVICIOS DE TXINGUDI‐TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A. a la que concurre el
licitador (nombre de la empresa licitadora), que ostenta la
solvencia requerida y manifiesta su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la ejecución del contrato, con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, debiendo autorizarse expresamente por SERVICIOS DE TXINGUDI‐TXINGUDIKO ZERBITZUAK, S.A. su sustitución o modificación.
La presentación de este escrito ante SERVICIOS DE TXINGUDI‐TXINGUDIKO ZERBITZUAK,
S.A. tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso, para el supuesto de que el licitador en cuestión resulte adjudicatario.
En ………….…, a ……..… de de 2016
Fdo:……………………
Administrador/Apoderado/……