TÉRMINOS Y CONDICIONES
TÉRMINOS Y CONDICIONES
Por el presente contrato, Xxxxxx Alquiler de vehículos S.L (en adelante R.A.V S.L), arrienda el vehículo descrito en la parte frontal al arrendatario, bajo los términos y condiciones recogidos en dicha página frontal y en esta. En cualquier caso, el arrendatario acepta en todos sus términos las Condiciones Generales de R.A.V S.L vigentes en cada momento. Asimismo el arrendatario asume las condiciones particulares de las tarifas que tenga asignadas en cada momento. El arrendatario al firmar este contrato, se obliga a dichos términos y condiciones.
1.- UTILIZACIÓN DEL VEHÍCULO:
El Arrendatario reconoce recibir el vehículo en perfectas condiciones mecánicas, provisto de la documentación necesaria y herramientas, neumáticos y accesorios adecuados, y se compromete a conservarlo en buen estado. Asimismo y además de las prohibiciones de utilización que figuran en el anverso, que se compromete a respetar, se obliga a:
a) No transportar personas o mercancías o dedicarlo a cualquier otro tipo de actividad, cuando ello implique directa o indirectamente subarriendo del vehículo.
b) No permitir que lo conduzcan otras personas más que el mismo o las que expresamente estén autorizadas en el anverso de este contrato.
c) No conducir el vehículo en inferioridad de condiciones físicas motivada por alcohol, drogas, fatiga o enfermedad.
d) No utilizarlo para empujar o remolcar otros vehículos o remolques.
e) No participar con el vehículo en carreras u otras pruebas deportivas o rallies, entrenamientos de cualquier modalidad, oficiales o no, ni en pruebas de resistencia de materiales, accesorios o productos para automóviles.
f) No desprecintar o manipular el cuentakilómetros, debiendo comunicar inmediatamente a R.A.V S.L cualquier avería del mismo.
g) No llevar más pasajeros que los especificados por el fabricante del vehículo o permitidos por las leyes.
h) Tener el vehículo adecuadamente estacionado y custodiado cuando no lo utilice y a protegerlo del deterioro de las heladas.
i) No utilizar un vehículo comercial para transportar mercancías con peso superior al máximo autorizado para el vehículo, ni mercancías deficientemente distribuidas o mal sujetas, ni para efectuar servicios de carga fraccionada, entendiéndose por tal las expediciones en que haya más de un solo remitente y/o más de un solo consignatario.
j) No utilizar el vehículo para transportar: pescado, carnes, frutas, hortalizas, animales vivos o muertos, así como cualquier clase de líquido envasado.
k) No transitar fuera de las vías nacionales de España y todos los demás países que aparecen en la carta verde que se adjunta en la carpeta “documentación del seguro” o cualquier terreno no adecuado.
l) Detener el vehículo lo antes posible, cuando se detecte cualquier anormalidad en el normal funcionamiento del mismo o ilumine cualquier testigo que indique anomalía en el funcionamiento del vehículo, debiendo contactar con el arrendador o con la Compañía de Asistencia que éste tenga concertada.
m) Está terminantemente prohibido fumar dentro del vehículo. Cualquier daño producido en el mismo será íntegramente facturado al titular del contrato.
n) El vehículo se entrega limpio al arrendatario y éste debe devolverlo en el mismo estado al arrendador. El incumplimiento de ésta cláusula implica una penalización de 100€.
2.- DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO:
El vehículo se devolverá en el lugar y fecha indicados en el anverso. Cualquier alteración deberá ser previamente autorizada por R.A.V S.L El incumplimiento de esta condición faculta a R.A.V S.L para hacerse cargo del vehículo o requerirlo judicialmente, asimismo R.A.V S.L se reserva el derecho de obtener la devolución del vehículo en cualquier momento durante la vigencia del presente contrato si su utilización contraviniera lo dispuesto en el mismo.
En la devolución del vehículo por finalización del alquiler y se apreciaran daños en el vehículo, el cliente deberá abonar la valoración de los daños resultantes de la inspección realizada por el personal de R.A.V S.L
3.- PAGOS:
El arrendatario se compromete expresamente a pagar a R.A.V S.L:
a) El cargo correspondiente por tiempo, kilometraje y kilometraje excedido calculado según la tarifa reflejada en la página frontal de este contrato o según tarifa en vigor. Si el alquiler debe cargarse en una tarjeta de crédito o de cargo, su firma en el "acepta" correspondiente a tal efecto del contrato de alquiler en la página frontal de este documento, autoriza al arrendador para que cargue el importe contra su cuenta con la entidad emisora de la tarjeta, y se considerará como hecha en la nota de cargo de dicha entidad.
b) Los cargos que corresponden por relevo al arrendatario de la responsabilidad total o parcial por daños causados al vehículo derivados de colisión, por relevo total o parcial de responsabilidad respecto a robo o hurto del vehículo, por cargo adicional del Seguro de daños Corporales, y de robo de efectos personales.
c) Gastos incurridos por R.A.V S.L en la reclamación de las cantidades adeudadas por el Arrendatario en virtud del presente contrato.
d) El importe de toda clase de multas, gastos judiciales y extrajudiciales, derivados de aparcamientos indebidos, infracciones de Tráfico y normas de transporte o de cualquier otra clase, que sean dirigidas contra el vehículo, el arrendatario o arrendador durante el tiempo de vigencia del contrato a no ser que se haya originado por culpa del arrendador.
e) Los costos de reparación de daños ocasionados por colisión o vuelco de dicho vehículo, o los perjuicios al arrendador por robo o hurto del vehículo.
f) El importe o diferencia del valor de toda rueda de repuesto, neumático, herramienta, accesorio o equipo de radio que al término del alquiler falte del vehículo o haya sido sustituido por otro, aclarándose expresamente que cualquier falta o sustitución no está cubierta por ninguna póliza de seguro, siendo el arrendatario responsable de la misma y de los gastos ocasionados. Asimismo, la pérdida de llaves del vehículo, así como el extravío de la documentación, tendrá los cargos correspondientes a los daños y perjuicios efectivamente ocasionados a R.A.V S.L
g) Las cantidades correspondientes a COMBUSTIBLE.
h) Los gastos de traslado y reparación del vehículo motivados por el uso de combustible inadecuado.
i) Los costes de reparación o sustitución de los daños excluidos de todas las coberturas. Son exclusiones de todas las coberturas los daños en bajos, techos, interiores, desde el interior y todo faltante o elemento sustituido o alterado y cualquier daño o desperfecto cuando se incumplan las condiciones generales o la normativa o legislación vigente,
j) Todos los impuestos de cualquier naturaleza que graven los alquileres.
l) Los gastos calculados sobre tarifa por kilómetro excedido. 4.- SEGUROS:
a) Las tarifas de alquiler incluyen las coberturas del seguro obligatorio del automóvil y el complementario de responsabilidad civil de las garantías por daños frente a terceros derivados del uso y circulación de vehículos. Estas coberturas quedan garantizadas por el asegurador con el que el arrendador tenga concertada la correspondiente póliza de seguros, y quedan sujetos a lo pactado en el condicionado general y particular de la misma.
b) El seguro quedará sin efecto si se conduce bajo los efectos del alcohol o droga y todos los daños serán por cuenta del arrendatario.
c) Esta póliza no cubre los daños, pérdidas ni cualquier otro perjuicio sufrido en los equipajes, mercancías u objetos personales transportados en el vehículo, ni la pérdida total o parcial en el vehículo por robo y/o vandalismo y/o accidente de circulación.
d) El suplemento cobertura franquicia es un servicio opcional prestado directamente por el arrendador que exime al arrendatario de la responsabilidad económica únicamente por los daños causados al vehículo con motivo del accidente de circulación además de la indemnización por inmovilización.
e) La no contratación del suplemento cobertura franquicia en caso de accidente implica al arrendatario el pago de la Franquicia y la indemnización por inmovilización del vehículo estimada con el número de días necesarios para la reparación del mismo, en función del certificado del taller reparador a razón del precio estipulado en el contrato.
f) La contratación de la franquicia o del suplemento cobertura franquicia no cubre en ningún caso los daños causados en los bajos del vehículo ni en los neumáticos y llantas, cualquiera que sea su categoría cuando se produzcan como consecuencia de conducir el vehículo sobrecargado, por encima de los límites autorizados en el permiso de circulación y/o en la ficha técnica del vehículo o por conducir éste por sitios tales como playas, caminos inapropiados, caminos forestales o de montaña etc. que no sean carreteras autorizadas y pavimentadas.
5.- ACCIDENTES:
El arrendatario se compromete a informar inmediatamente de cualquier siniestro a R.A.V S.L y a transmitirle inmediatamente cuantas cartas, citaciones o notificaciones que a dicho siniestro se refieran y a prestar completa colaboración a R.A.V S.L y a la Compañía Aseguradora en la investigación y defensa de cualquier reclamación y proceso. En el momento del accidente o siniestro tomará las siguientes medidas:
a) No reconocer o prejuzgar la responsabilidad del hecho, salvo la "Declaración Amistosa de Accidentes".
b) Obtener datos completos de la parte contraria, realizar la "Declaración Amistosa de Accidentes" o el "Parte de Siniestro", testigos, que junto con los detalles del accidente (forma, lugar, fecha, hora, etc.) remitirá urgentemente a R.A.V S.L avisando telefónicamente en caso de accidente grave.
c) Notificar inmediatamente a las autoridades si existe culpabilidad de la parte contraria.
d) No abandonar dicho vehículo sin tomar las adecuadas medidas para protegerlo y salvaguardarlo.
En caso de incumplimiento por parte del arrendatario de cualquiera de estas medidas, si son de aplicación, R.A.V S.L, podrá reclamar al arrendatario daños y perjuicios ocasionados por negligencia de este, quedando en tal caso el seguro contratado sin efecto.
6.- ROBO:
En caso de robo del vehículo, el arrendatario está obligado a presentar la correspondiente denuncia del hecho ante la autoridad competente, entregando la misma en la oficina de R.A.V S.L, junto con las llaves del vehículo, quedando sin efecto, en caso contrario, los seguros y coberturas contratados.
7.- MANTENIMIENTO Y REPARACIONES:
El desgaste mecánico normal del vehículo lo asume el arrendador. En el caso en que el vehículo quede inmovilizado, las reparaciones sólo podrán efectuarse mediante acuerdo escrito y según instrucciones del arrendador, las cuales deberán constar en una factura detallada. Las piezas defectuosas remplazadas deberán presentarse junto con la factura. En ningún caso el arrendatario podrá reclamar daños y perjuicios por retraso en la entrega del vehículo, anulación del alquiler o inmovilización a causa de reparaciones efectuadas durante el alquiler. El arrendador no será responsable en caso de lesiones corporales o daños materiales por defecto de construcción o de reparaciones anteriores.
8.- RESPONSABILIDAD:
El arrendador, siempre que tome las debidas precauciones y realice todo lo necesario para prevenir tal posibilidad, no será responsable de fallos mecánicos del vehículo debidos al deterioro normal del mismo, ni es responsable de gastos, retrasos o perjuicios de alguna manera producidos, directa o indirectamente como consecuencia de tales fallos o averías. .
9.- JURISDICCIÓN:
Cualquier discrepancia que pudiera surgir entre el arrendatario y R.A.V S.L será sometida a los Tribunales correspondientes al lugar en que debe cumplirse la obligación, con renuncia expresa a cualquier otro.