BASES
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
ADP N° 010/2013-SBS
BASES
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 010/2013-SBS
(PRIMERA CONVOCATORIA)
CONTRATACIÓN DE COBERTURAS DE SEGUROS PATRIMONIALES
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SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
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CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
1.1. BASE LEGAL
- Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
- Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
- Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
- Directivas del OSCE.
- Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Código Civil.
- Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
- Decreto Supremo Nº 007-2008-TR - Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.
- Decreto Supremo Nº 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.
1.2. CONVOCATORIA
Se efectuará de conformidad con lo señalado en el artículo 51 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.
1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento.
La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.
Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono y fax.
IMPORTANTE:
1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de tres (3) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 55 y 57 del Reglamento.
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1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.
El plazo para la absolución no podrá exceder de tres (3) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones.
De haberse presentado observaciones, el Comité Especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE.
IMPORTANTE:
• No se absolverán consultas ni observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.
1.6. ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCE
El plazo para solicitar la elevación de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación xxx xxxxxx absolutorio a través del SEACE.
Los participantes pueden solicitar la elevación de las observaciones para la emisión de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:
1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;
2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal acogimiento continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección; y
3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observación formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.
El Comité Especial, bajo responsabilidad, deberá remitir la totalidad de la documentación requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a más tardar al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de observaciones.
La emisión y publicación del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE
1.7. INTEGRACIÓN DE LAS BASES
Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, así como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión.
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Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.
El Comité Especial integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos:
1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para formularlas.
2. Cuando se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de dichas observaciones para la emisión de pronunciamiento, siempre que ningún participante haya hecho efectivo tal derecho.
3. Cuando se haya solicitado la elevación de observaciones, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.
Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artículos 59 y 60 del Reglamento.
De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.
1.8. FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN
Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o certificada efectuada por traductor público juramentado o traductor colegiado certificado, según corresponda, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.
Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.
Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.
En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos.
Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1)
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En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:
1. En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.
2. En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.
3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.
1.9. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas en el cronograma del proceso.
El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante.
Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.
IMPORTANTE:
• En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos.
En el caso que el Comité Especial rechace la acreditación del apoderado, representante legal o representante común, según corresponda en atención al numeral 1.8, y este exprese su disconformidad, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Xxxx xx Xxx) mantendrá la propuesta y los documentos de acreditación en su poder hasta el momento en que el participante formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases.
En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos —siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas—, se actuará conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica.
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En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se devolverá la propuesta, teniéndola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Xxxx xx Xxx) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Xxxx xx Xxx) procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Xxxx xx Xxx) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.
Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.
1.10. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:
La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.
El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.
IMPORTANTE:
• Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.1
1.11. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica.
Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes: Propuesta Técnica : 100 puntos
Propuesta Económica : 100 puntos
1 Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los que se presentó, por lo que, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si la totalidad de las propuestas económicas del postor se incluyen en un solo sobre.
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1.11.1. EVALUACIÓN TÉCNICA
Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.
Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica.
En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida.
Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor.
Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.
1.11.2. EVALUACIÓN ECONÓMICA
Si la propuesta económica excede el valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el artículo 33 de la Ley.
La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Pi = Om x PMPE
Oi
Donde:
i = Propuesta
Pi = Puntaje de la propuesta económica i
Oi = Propuesta Económica i
Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica
IMPORTANTE:
• En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva.
• Sólo cuando se haya previsto (según el caso concreto) aceptar propuestas económicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta económica se evaluará utilizando el método del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarán en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de interés, comisiones, seguros y otros, así como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 70 del Reglamento.
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1.12. ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última.
La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.
La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento.
El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos.
En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento.
Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial, así como por los veedores y los postores que deseen hacerlo.
El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.
1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los cinco (5) días hábiles de la notificación de su otorgamiento en acto público, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En este caso, el consentimiento se publicará en el SEACE al día hábil siguiente de haberse producido.
En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento en acto público, y podrá ser publicado en el SEACE ese mismo día o hasta el día hábil siguiente.
1.14. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
De acuerdo con el artículo 282 del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la vía administrativa conforme a lo previsto en el artículo 122 del Reglamento, hasta el décimo quinto día hábil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
El OSCE no expedirá constancias solicitadas fuera del plazo establecido.
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CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1. RECURSO DE APELACIÓN
A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato.
El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.
Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN
La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.
La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
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CAPÍTULO III DEL CONTRATO
3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los siete (7) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.
En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 148 del Reglamento.
El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Reglamento.
Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:
▪ Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
▪ Garantía de fiel cumplimiento.
▪ Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso corresponda.
▪ Garantía por el monto diferencial de propuesta, en caso corresponda.
▪ Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.
▪ Código de cuenta interbancario (CCI).
▪ Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.
3.2. VIGENCIA DEL CONTRATO
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago correspondiente.
3.3. DE LAS GARANTÍAS
3.3.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
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IMPORTANTE:
• Al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley, en los casos de prestación de servicios de ejecución periódica, alternativamente, las micro y pequeñas empresas pueden optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Para estos efectos, la retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.
3.3.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
3.3.3. GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA
Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más xxx xxxx por ciento (10%) de éste, para la suscripción del contrato, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
IMPORTANTE:
• Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución.
3.5. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164 del Reglamento.
3.6. ADELANTOS
La Entidad entregará adelantos directos, conforme a lo previsto en el artículo 171 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las Bases.
En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 172 del Reglamento.
3.7. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Las penalidades por retraso injustificado en la ejecución del servicio y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del
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Reglamento, respectivamente.
De acuerdo con los artículos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por xxxx.
3.8. PAGOS
La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los servicios objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación; salvo que, por razones xx xxxxxxx, el pago del precio sea condición para la realización del servicio.
La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma y oportunidad (pago único o pagos parciales) establecida en las Bases o en el contrato, siempre que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el pago y acredite la ejecución de la prestación de los servicios, conforme a la sección específica de las Bases.
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación de los servicios, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos prestados, a fin que la Entidad cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.
En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.
3.9. DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
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SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
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CAPÍTULO I GENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre | : | Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones |
RUC Nº | : | 20131370564 |
Domicilio legal | : | Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 – Xxx Xxxxxx. |
Teléfono/Fax: | : | 000-0000 |
Correo electrónico: | : |
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación de Coberturas de Seguros Patrimoniales para la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
1.3. VALOR REFERENCIAL2
El valor referencial asciende a US$ 130,184.00 (Ciento Treinta Mil Ciento Ochenta y Cuatro y 00/100 Dólares Americanos), incluido los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de octubre del 2013, según el siguiente detalle:
COBERTURAS | VALOR REFERENCIAL US$ |
Seguro de Incendio – Todo Riesgo | 73,858.00 |
Seguro de Responsabilidad Civil | 693.00 |
Seguros 3D, Deshonestidad, Desaparición y Destrucción | 28,822.00 |
Seguro de Vehículos | 26,811.00 |
VALOR REFERENCIAL TOTAL US$ | 130,184.00 |
El presente proceso se convoca por la totalidad de las pólizas requeridas.
IMPORTANTE:
• Las propuestas económicas no pueden exceder el monto consignado en las Bases como valor referencial de conformidad con el artículo 33 de la Ley. No existe un límite mínimo como tope para efectuar dichas propuestas.
2 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.
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1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante Memorándum N° 534-2013-SAAG, el 31 de octubre del 2013.
1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Recursos propios.
1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente proceso se rige por el sistema de precios unitarios, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El servicio a contratar está definido en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente Sección en el Capítulo III.
1.8. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Los servicios materia de la presente convocatoria se prestarán en el plazo de un (1) año. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación.
1.9. COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES
S/. 7.30 (Siete y 30/100 Nuevos Soles).
1.10. BASE LEGAL
- Resolución SBS N° 9497-2012 Medidas de austeridad, racionalidad, disciplina en el gasto y de ingresos de personal para el Ejercicio 2013 en la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
En este sentido, las disposiciones de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones son normas de aplicación supletoria para el presente proceso.
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CAPÍTULO II
DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN3
Etapa | Fecha, hora y lugar | |
Convocatoria | : | 04/11/2013 |
Registro de participantes | : | Del: 05/11/2013 Al: 19/11/2013 |
Formulación de Consultas y Observaciones a las Bases | : | Del: 05/11/2013 Al: 07/11/2013 |
Absolución de Consultas y Observaciones a las Bases | : | 12/11/2013 |
Integración de las Bases | : | 18/11/2013 |
Presentación de Propuestas | : | 22/11/2013 |
* El acto público se realizará en | : | Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 – Xxx Xxxxxx 10:00 horas. |
Calificación y Evaluación de Propuestas | : | Del 22/11/2013 al 27/11/2013 |
Otorgamiento de la Buena Pro | : | 28/11/2013 |
* El acto público se realizará en | : | Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 – Xxx Xxxxxx 10:00 horas |
2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de los participantes es gratuito y se realizará en el Departamento de Logística de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, sito en Av. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Nº 185, San Xxxxxx, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:30 a 16:45 horas.
En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción.
IMPORTANTE:
• Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproducción de las mismas.
2.3. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla xx Xxxx de Partes de la Entidad (Unidad de Trámite Documentario) o la que haga sus veces, sito en Av. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Nº 185 – San Xxxxxx, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:30 a 16:45 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial de la ADJUDICACIÓN DIRECTA PUBLICA N° 010/2013-SBS, pudiendo ser remitidas adicionalmente al siguiente correo electrónico: xxxxxxxx@xxx.xxx.xx
3 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma de la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.
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2.4. ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Las propuestas se presentarán en acto público, en Av. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx N° 185 – San Xxxxxx, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación xx Xxxxxxx.
Se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso.
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N° 010/2013-SBS, conforme al siguiente detalle:
SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:
Señores
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Av. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx N° 185 – San Xxxxxx Att.: Comité Especial
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N° 010/2013-SBS
Denominación de la convocatoria: Contratación de Coberturas de Seguros Patrimoniales
SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA [NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:
Señores
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Av. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx N° 185 – San Xxxxxx Att.: Comité Especial
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N° 010/2013-SBS
Denominación de la convocatoria: Contratación de Coberturas de Seguros Patrimoniales
SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA [NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
2.5.1. SOBRE N° 1 - PROPUESTA TÉCNICA
Se presentará en un original y una (01) copia.
El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos 4 , la siguiente documentación:
4 La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.
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Documentación de presentación obligatoria:
a) Declaración jurada de datos del postor. Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo Nº 1).
b) Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección (Anexo Nº 2).
Bastará la sola presentación de la Declaración Jurada para acreditar el cumplimiento de los Términos de Referencia
c) Declaración jurada simple de acuerdo al artículo 42 del Reglamento (Anexo Nº 3). En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
d) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 4)
La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes.
Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.
e) Declaración jurada de plazo de prestación del servicio (Anexo Nº 5).
f) Experiencia del Sectorista propuesto, teniendo en consideración lo relativo a los Términos de Referencia del Capítulo III y los Criterios de Evaluación del Capítulo IV, debidamente documentado con copia simple de contratos de trabajo, constancias o certificados emitidas por el/los empleadores.
IMPORTANTE:
• La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la no admisión de la propuesta, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 68 del Reglamento.
Documentación de presentación facultativa:
a) Certificado de inscripción o reinscripción en el registro de la Micro y Pequeña Empresa – REMYPE, de ser el caso5.
b) En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por éstas, deberá presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad6.
c) Factor Experiencia del Postor: Copia simple de contratos u órdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en
5 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del Reglamento.
6 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del Reglamento.
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consorcio, deberá presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo N° 6,
referido a la Experiencia del Postor.
d) Declaración Jurada de mejoras técnicas propuestas, teniendo en consideración lo relativo a los criterios de evaluación.
IMPORTANTE:
• En caso exista contradicción entre la información presentada en la propuesta técnica, la propuesta será descalificada.
Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o certificada efectuada por traductor público juramentado o traductor colegiado certificado, según corresponda, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
2.5.2. SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA7
El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:
Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial (Anexo Nº 7).
El monto total de la propuesta económica deberá ser expresado con dos decimales.
IMPORTANTE:
• La admisión de la propuesta económica que presenten los postores dependerá de si aquella se encuentra dentro los márgenes establecidos en el artículo 33 de la Ley y el artículo 39 de su Reglamento.
• En caso la información contenida en la propuesta económica difiera de la información contenida en la propuesta técnica, la propuesta económica será descalificada.
2.6. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL
Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.
El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:
PTPi = c1 PTi + c2 PEi
Donde:
PTPi = Puntaje total del postor i
7 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento la propuesta económica solo se presentará en original.
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PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i
c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica.
= 0.70
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica.
= 0.30
Donde: c1 + c2 = 1.00
2.7. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:
a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
b) Carta Fianza de Garantía de fiel cumplimiento del contrato.
c) Carta Fianza de Garantía por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso.
d) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.
e) Código de cuenta interbancario (CCI).
f) Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.
g) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.
h) Copia de DNI del Representante Legal.
i) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa.
j) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizadas o Copia Literal.
k) Copia del RUC de la empresa.
l) Cuadros de tasas y primas, según Anexo N° 07.1.
IMPORTANTE:
• En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garantía para la suscripción del contrato carta fianza o póliza de caución, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios Nº 5196-2011-SBS y Nº 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecución de las mencionadas garantías, resulta necesario que éstas consignen en su texto, el nombre, denominación o razón social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas que integran el consorcio.
2.8. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citación alguna por parte de la Entidad, deberá presentar toda la documentación prevista para la suscripción del contrato dentro del plazo de siete (7) días hábiles, contados a partir del día siguiente de consentida la Buena Pro. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.
La citada documentación deberá ser presentada en Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000 – San Xxxxxx.
2.9. FORMA DE PAGO
La forma de pago será en doce cuotas mensuales iguales sin intereses al inicio de cada mes.
De acuerdo con el artículo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:
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- Recepción y conformidad del Departamento de Recursos Humanos de la Superintendencia Ajunta de Administración General.
- Informe del funcionario responsable del área usuaria emitiendo su conformidad de la prestación efectuada.
- Comprobante de pago.
2.10. PLAZO PARA EL PAGO
La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.
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CAPÍTULO III
TÉRMINOS DE REFERENCIA Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
COBERTURAS DE SEGUROS PATRIMONIALES
GENERALIDADES
ASEGURADO
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VIGENCIA
Anual
CONDICIONES GENERALES
Las coordinaciones y demás comunicaciones que el postor ganador necesite para realizar el cumplimiento del servicio, estarán a cargo del responsable del área de Seguros Personales y Patrimoniales, quien verificará en forma periódica el cumplimiento y el suministro de información necesaria y requerida por las partes.
El postor deberá asignar como mínimo un sectorista, quien estará a cargo del manejo de la cuenta de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, el cual deberá contar como mínimo con un (01) año de experiencia en el manejo de cuentas de seguros. Se aceptará la designación de un Ejecutivo a cargo de la cuenta o un Sectorista.
El postor ganador de la Buena Pro anexará en las pólizas su respectivo condicionado general y cláusulas adicionales de los seguros ofertados.
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1. PÓLIZA: MULTIRIESGO
1.1 UBICACION DEL RIESGO
Ver anexo A
1.2 MATERIA DEL SEGURO
Bienes en general de cualquier clase y naturaleza, de propiedad del asegurado, y/o de terceros bajo su responsabilidad, cargo, custodia y control, incluyendo obras en proceso de construcción y/o montaje y/o desmontaje, en locales propios y/o de terceros y/o alquilados, bajo cargo, custodia y control del asegurado, instalados o por instalarse, donde quiera y como quiera estén depositados y que no se encuentren especialmente excluidos en las Condiciones Generales de la Póliza, constituidos por, pero no limitados a:
• Edificios, obras civiles en general, incluyendo cimientos y fundaciones, instalaciones y mejoras.
• Maquinaria fija o móvil, instalaciones, equipos, accesorios en general, herramientas, Existencias en general, materias primas, productos semi-elaborados, elaborados y en proceso
• Muebles, útiles y enseres, equipos de cómputo y de oficina en general.
1.3 BIENES ASEGURADO Y VALOR DECLARADO
Edificios (excluido el valor del terreno) US$ 5’510,010.00
Contenido General US$ 11´117,299.00
Total General US$ 16’627,309.00
1.4 TIPO DE COBERTURA
Todo Riesgo a Valor Total, incluyendo Cobertura de Riesgos Políticos
1.5 SUMA ASEGURADA
US$ 16’627,309.00 Límite Único Combinado por toda y cada pérdida.
1.6 COBERTURAS ADICIONALES A PRIMER RIESGO POR TODA Y CADA PERDIDA
Gastos Extraordinarios | US$ | 700,000.00 |
Gastos Extras Cédula F | US$ | 600,000.00 |
1.7 SUB LÍMITES ADICIONALES A PRIMER RIESGO
Huelga, Conmoción Civil, Daño Malicioso, Vandalismo y/o Terrorismo | US$ | 16’627,309.00 |
Rotura Accidental xx Xxxxxxxxx, objetos frágiles o Avisos Luminosos | US$ | 50,000.00 |
Transporte Incidental | US$ | 100,000.00 |
Vehículos propios y/o de terceros dentro de los locales asegurados | US$ | 250,100.00 |
Cobertura Automática por nuevas adquisiciones | US$ | 700,000.00 |
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Equipo Electrónico: incluye Equipo Móvil y Portátil (Sección I, II y III) Límite Agregado Anual - Sección I - Sección II - Sección III | US$ | 180,000.00 |
US$ US$ | 120,000.00 120,000.00 | |
Gastos Extraordinarios de Equipo Electrónico hasta | US$ | 150,000.00 |
Infortunio Límite Agregado Anual | US$ | 40,000.00 |
Rotura de Maquinaria, Límite Agregado Anual - Flete Aéreo. - Gastos Adicionales por horas extras, días feriados, flete expreso - Derrame de Tanques - Materiales refractarios y/o revestimientos xx xxxxxx - Cables Eléctricos y cables no metálicos - Aceites Lubricantes y refrigerantes - Cadenas, Poleas y cintas transportadoras - Bombas Sumergidas y Bombas para Pozos Profundos - Inundación y/o Enlodamiento | US$ | 140,000.00 |
Acervo Documentario | US$ | 230,100.00 |
CAR/EAR | US$ | 100,000.00 |
En el slip de cotización se ha considerado un límite único y combinado para Rotura de Maquinaria y sus cláusulas adicionales.
Para la Cláusula Flete aéreo del Sub Limite Rotura de Maquinaria la cobertura es por ocurrencia.
Para la Cláusula de Gastos Adicionales por horas extras, días feriados, flete expreso del Sublimite de Rotura de Maquinaria, la cobertura es por ocurrencia.
CLAUSULAS ADICIONALES APLICABLES A TODA LA POLIZA
• Nombramiento de ajustadores
• Adelanto del 50% del siniestro
• Rehabilitación automática de la suma asegurada, excepto Sub Límites que son Límites en el agregado Anual, como Huelga, Conmoción Civil, Daño Malicioso, Vandalismo y/o Terrorismo; Equipo Electrónico; Infortunio y Rotura de Maquinaria.
• Errores u omisiones
• Propiedades fuera del control del asegurado
CLAUSULAS ADICIONALES APLICABLES A INCENDIO TODO RIESGO
• Propiedades fuera del control del asegurado
• Inclusión automática
• Traslado temporal
• Reparaciones y reconstrucciones
• Errores u omisiones
• Reemplazo
• Restitución automática de la suma asegurada, excepto Sub Límites que son Límites en el agregado Anual, como Huelga, Conmoción Civil, Daño Malicioso, Vandalismo y/o Terrorismo Equipo Electrónico; Infortunio y Rotura de Maquinaria.
• Combustión Espontánea.
• Permisos y privilegios
• Refrigeración. La cobertura de refrigeración ampara las pérdidas de o los daños a los bienes asegurados contenidos en las cámaras o aparatos de refrigeración instalados en los locales de la entidad.
• Suspensión del suministro de fluido eléctrico
• Gastos de Extinción de Incendio
• Gastos Extraordinarios incluyendo:
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✓ Honorarios profesionales
✓ Licencias
✓ Patentes de cualquier tipo
✓ Impuestos
✓ Defensa
✓ Salvamento
✓ Remediación y Limpieza
✓ Remoción de escombros
✓ Documentos y modelos
✓ Reacondicionamientos provisionales
CLAUSULAS ADICIONALES APLICABLES A ROTURA DE MAQUINARIA
• Valor de Reposición a nuevo para máquinas y equipos de hasta 03 años.
• Flete Aéreo
• Gastos Adicionales por horas extras, días feriados, flete expreso
• Derrame de Tanques
• Materiales refractarios y/o revestimientos xx xxxxxx
• Cables Eléctricos y cables no metálicos
• Aceites Lubricantes y refrigerantes
• Cadenas, Poleas y cintas transportadoras
• Bombas Sumergidas y Bombas para Pozos Profundos
• Inundación y/o Enlodamiento
CLAUSULAS ADICIONALES APLICABLES A EQUIPO ELECTRONICO
• Valor de Reposición a Nuevo: 03 años
• Cláusula de Nueva Tecnología
CONDICIONES ESPECIALES APLICABLES A TODA LA POLIZA
⮚ Aviso de Cancelación y/o Resolución de Contrato, 30 días previa comunicación escrita de la compañía de seguros y/o del Asegurado. En cualquier caso Cancelación y/o Resolución del Contrato, la prima de la póliza será calculada a prorrata.
⮚ Se extiende el plazo para el aviso de siniestro hasta 15 días contados a partir de la ocurrencia del siniestro.
⮚ En caso de siniestro que afecte más de una cobertura será de aplicación un solo deducible, el mayor.
⮚ La presente póliza se extiende a cubrir todos los gastos en los que tenga que incurrir el asegurado para sustentar un siniestro, incluyendo pero no limitado a ensayos, pruebas, análisis, fletes entre otros y cualquier otro gastos relacionado.
⮚ Para la cobertura de vehículos propios y/o de terceros dentro de los locales asegurados, se considerará a los vehículos de propiedad de los trabajadores de la SBS como vehículos de terceros.
⮚ El incumplimiento de cualquier Garantía estipulada en la póliza no invalidará la cobertura salvo en el caso que el Asegurador sustente adecuadamente que dicho incumplimiento fue factor directo, determinante y agravante para la ocurrencia del siniestro.
⮚ Esta póliza será prorrogada, desde la fecha de expiración y hasta un máximo del 30% del contrato original, de acuerdo x Xxx, en los mismos términos y condiciones en que expira, de común acuerdo entre las partes.
⮚ En caso de siniestro, el asegurado decidirá la forma de indemnización en caso se requiera la reposición, reparación o en general cualquier modalidad de atención del siniestro, la entidad será quien elija a la empresa proveedora, y la compañía de seguros pagará al proveedor el 100% del valor del bien y/o servicio, en caso de reposición se entregará un bien igual o de similares características al siniestrado, para determinar la similitud entre uno u otro deberá tenerse en cuenta la ocurrencia de alguna o algunas de las características que definen su naturaleza y de no poder cumplirse con esta disposición deberá evaluarse la aplicación de otra medida, como optar por la indemnización a través de la suma de dinero, previo al último pago al proveedor el asegurado remitirá a la aseguradora la conformidad de la prestación, con lo cual la
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aseguradora facturará al asegurado el importe correspondiente al deducible, el asegurado se compromete a realizar el pago del deducible a la aseguradora en un plazo máximo de
30 días útiles de haber recibido la factura correspondiente de superar este plazo la aseguradora podrá suspender el beneficio correspondiente en caso que el importe pagado por la aseguradora al proveedor resulte superior al que le correspondía según el informe del ajustador, la diferencia deberá ser reembolsada por el asegurado a la aseguradora en el plazo máximo de 30 días útiles de haber recibido la factura correspondiente, de superar este plazo la aseguradora podrá suspender el beneficio correspondiente.
CONDICIONES ESPECIALES APLICABLES A TODO RIESGO
⮚ La Cláusula de Infraseguro solamente será de aplicación en la eventualidad que como consecuencia de un siniestro, se compruebe que los Valores Declarados difieren en más de 10% respecto a los valores de reposición a nuevo al inicio de la vigencia.
⮚ El desglose de valores proporcionado (en cumplimiento a la norma de SBS 1305 o por cualquier otra razón) es referencial y no será considerado como una limitación de valores por local en caso de ocurrir un siniestro. Los activos en general (excluyendo inmuebles) pueden ser reubicados en cualquiera de los locales asegurados sin necesidad de comunicación a la Aseguradora durante toda la vigencia de la póliza.
⮚ La cobertura de transporte incidental se extiende a cubrir bienes de propiedad de terceros bajo cargo, custodia y control del Asegurado excepto existencias.
⮚ Dentro de la cobertura de remoción de escombros se considerará cubierto el gasto realizado para limpieza, reacondicionamiento y retiro de materiales u objetos que pudieran haber ingresado por arrastre.
⮚ La cobertura de Gastos Extraordinarios se extiende a cubrir los gastos de limpieza y/o contención efectuados a consecuencia de contaminación o polución por un evento accidental, súbito e imprevisto, inclusive por aquellos causados por contratistas y/o subcontratistas, durante sus operaciones y/o durante el transporte.
⮚ Se cubre Hurto.
⮚ No se aplicará la cláusula de infraseguro en caso hubiera una diferencia entre el valor asegurado declarado y el valor de los bienes, hasta un máximo de diferencia de 10%.
CONDICIONES ESPECIALES APLICADAS A LA SECCION TODO RIESGO PARA EQUIPO ELECTRONICO
⮚ En caso de ocurrencia de un eventual siniestro, de no existir en el mercado el modelo de la computadora y/o equipo y/o máquina afectados, se indemnizará tomando como referencia el valor de un modelo inmediato superior. No se considera descuento por mejora tecnológica, si la hubiere.
⮚ Se cubre hurto.
⮚ Se encuentran cubiertos los daños causados directa o indirectamente por fallas o interrupción en el aprovisionamiento de corriente eléctrica.
CONDICIONES ESPECIALES APLICADAS A INFORTUNIO
⮚ Xxxxxxxxx a Todo Riesgo (ampara todo lo que no está expresamente excluido)
⮚ Incluye la cobertura de Robo
CONDICIONES ESPECIALES APLICABLES A TRASNPORTE INCIDENTAL
⮚ Cobertura a Todo Riesgo, incluyendo Riesgos Políticos extendiéndose a cubrir eventualmente el transporte a las oficinas de provincias.
1.8 DEDUCIBLES
COBERTURA | DEDUCIBLE MÁXIMO |
TODO RIESGO | US$ 5,000 |
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TERREMOTO, TEMBLOR, ERUPOCION VOLCÁNICA, FUEGO SUBTERRÁNEO, MAREMOTO, TSUNAMI (SALIDA DE MAR), MERJADA Y/U OLEAJE | 1% DEL VALOR DEL PREDIO AFECTADO Y SUS BIENES CONTENIDOS, MÍNIMO US$ 5,000 |
OTROS RIESGOS DE LA NATURALEZA | 10% DEL MONTO INDEMNIZABLE, MÍNIMO US$ 2,500 |
RIESGOS POLÍTICOS | 10% DEL MONTO INDEMNIZABLE, MÍNIMO 2%o (POR MIL) DEL VALOR DECLARADO DE LA PÓLIZA O US$ 2,500, EL QUE SEA MAYOR |
ROTURA ACCIDENTAL XX XXXXXXXXX | 10% DEL MONTO INDEMNIZABLE, MÍNIMO US$ 50 |
GASTOS EXTRAS CÉDULA ―F‖ | TRES (03) DÍAS |
EQUIPO ELECTRONICO SECCION I Y II | 10% DEL MONTO INDEMNIZABLE, MÍNIMO US$ 300 |
EQUIPO ELECTRONICO SECCION III EQUIPO MÓVIL Y PORTÁTIL | TRES (03) DÍAS 14.95% DEL MONTO INDEMNIZABLE, MÍNIMO US$ 350 |
ROTURA DE MAQUINARIA | 10% DEL MONTO INDEMNIZABLE, MÍNIMO US$ 1,500 |
ACERVO DOCUMENTARIO | 10% DEL MONTO INDEMNIZABLE, MÍNIMO US$ 300 |
VEHÍCULOS PROPIOS Y/O DE TERCEROS | 10% DEL MONTO INDEMNIZABLE, MÍNIMO US$ 300 |
INFORTUNIO | 14.95% DEL MONTO INDEMNIZABLE, MÍNIMO US$ 350 |
TRANSPORTE INCIDENTAL | 10% DEL MONTO INDEMNIZABLE, MÍNIMO US$ 500 |
CAR/EAR | 10% DEL MONTO DEL SINIESTRO, MÍNIMO US$ 500.00 |
Por el momento no se están realizando obras pero en caso se realicen en el futuro, éstos serán comunicados con anticipación al postor ganador.
NOTAS
1. La cobertura de Riesgos Políticos comprende Huelgas, Conmoción Civil, Daño Malicioso, Vandalismo y Terrorismo. La Suma Asegurada es en límite agregado anual hasta el valor declarado.
2. La cobertura de equipo móvil y portátil fuera de los locales debe extenderse para amparar pérdidas por Xxxxx y/o Robo mientras se encuentren en tránsito en cualquier lugar del territorio nacional, y eventualmente en el extranjero, utilizando para su traslado cualquier medio de transporte, incluyendo su permanencia en aeropuertos, hoteles y en el domicilio de los trabajadores a quienes se les haya asignado dichos equipos.
La Superintendencia cuenta con un sistema de respaldo de información (backups) en diferentes medios, desde servidores, hasta medios ópticos (DVDs, Blu Rays) y magnéticos (cintas). Todos estos medios se custodian en los locales xx Xxxxxxxx N° 160 y Xxxxxxxx N° 341, donde funciona el Centro de Cómputo de Contingencia.
ANEXO N° A
REPORTE DE LOCALES Y BIENES ASEGURADOS.
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2. PÓLIZA: SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL
2.1. OBJETO DEL SEGURO
Sujeto a todos los términos y condiciones que forman parte de la presente Póliza, la COMPAÑÍA cubre al ASEGURADO contra las reclamaciones de Terceros por concepto de Responsabilidad Civil Extracontractual, exclusivamente a consecuencia de Daños Personales y/o Daños Materiales causados involuntariamente a dichos Terceros por un accidente ocurrido durante la vigencia de la Póliza, como resultado directo de las actividades o negocios declarados en las Condiciones Particulares.
2.2. UBICACIÓN DEL RIESGO
Todo el Territorio Peruano.
2.3. JURISDICCIÓN
Peruana
2.4. COBERTURAS
• Responsabilidad Civil Extracontractual
• Responsabilidad Civil Patronal
2.5. CLAUSULAS
• Contratistas y/o sub-contratistas
• Contractual
• Playas de estacionamiento
• Vehículos ajenos. No es en exceso de la póliza vehicular. Solo debe ser en exceso del deducible correspondiente.
• Uso xx xxxxx de fuego
• Vigilantes Particulares
• Contaminación y/o polución súbita, imprevista y accidental, incluyendo gastos de remediación y limpieza.
• Uso, transporte, manipulación y/o almacenamiento de combustibles u otros productos derivados de los hidrocarburos
• Responsabilidad Civil de locatarios y/o arrendatarios
• Ascensores, grúas y montacargas y escaleras mecánicas
• Vehículos de propiedad del Asegurado
• Vehículos Ajenos y/o de Terceros
• Alimentos y bebidas, elaborados y distribuidos por personal de la Asegurada
• Oficinas y similares
• Locales y operaciones
• Eventos y similares
• Incendio, explosión, humo, daños por agua
• Gastos admitidos hasta US$ 2,500.00
• Gastos penales hasta US$ 2,500.00
• Adelanto del 50% del Siniestro
2.6. SUMA ASEGURADA
US$ 600,100 por evento y en el Agregado Anual
2.7. DEDUCIBLE
Sólo para daños materiales: 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 350
2.8. CONDICIONES ESPECIALES
• Esta póliza se considerara como Primaria respecto a cualquier otra contratada por el Asegurado, y en consecuencia no será de aplicación ninguna condición establecida en cualquier parte de la póliza, respecto de concurrencia.
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• Esta póliza se amplía a cubrir la responsabilidad civil del asegurado frente a bienes de terceros bajo su cargo, custodia y control.
• La cláusula de playas de estacionamiento se considerara a los vehículos de propiedad del personal de la SBS como de terceros.
• Esta póliza se amplía a cubrir las demandas que reciba el asegurado hasta doce meses después del vencimiento de la póliza, por accidentes y/o eventos hayan ocurrido hasta 24 meses antes del inicio de vigencia de esta póliza.
• La póliza se extiende a cubrir daños materiales y/o personales causados a terceros como consecuencia de uso, transporte, manipuleo y almacenamiento de Hidrocarburos, Productos Químicos y otras mercaderías denominadas peligrosas, incluyendo los daños por contaminación, filtración y polución accidental, así como los gastos de contención, remediación y limpieza realizados por el Asegurado y/o sus representantes y/o terceros contratados por él.
• En concordancia con el Artículo 49° del D.S. N° 045-2001-EM, este seguro se extiende a cubrir las reclamaciones por daños personales y/o materiales a terceros, a sus bienes y daños al ambiente que pudieran ocurrir en las instalaciones que opere el Asegurado y como consecuencia del uso, transporte, manipulación y/o almacenamiento de combustibles u otros productos derivados de los hidrocarburos
• No obstante cualquier cosa en contrario establecida en las condiciones generales, cláusulas o condiciones particulares, la póliza se extiende a cubrir las reclamaciones por daños personales y/o materiales causados a terceros, derivados de contaminación, filtración y polución accidental, así como los gastos de contención, remediación y limpieza, ya sea que el evento materia de esta cobertura sea causado por Asegurado y/o sus contratistas y/o subcontratistas y/o terceros que realizan trabajos para el Asegurado, incluyendo pero no limitado sus operaciones y/o transporte .
• Se consideran como terceros, a los familiares de los trabajadores, al personal contratado y de contratistas y/o subcontratistas y/o empresas que prestan servicios al Asegurado.
• Se ampara también los daños o perjuicios a los familiares de los trabajadores y/o terceros, que participen en los programas de extensión cultural, recreativos, capacitación, actividades sociales, espectáculos y demás eventos que organice, promocione, patrocine o desarrolle el Asegurado, dentro o fuera de sus locales.
• La Póliza se extiende a cubrir hasta el límite asegurado indicado en las Condiciones Particulares, todas las cantidades que el ASEGURADO tuviera legalmente que pagar por concepto de Responsabilidad Civil Extracontractual proveniente de las reclamaciones que contra él pudiesen interponer cualquier miembro del personal de trabajadores que figure en sus planillas o preste servicio bajo contrato formal de trabajo, debido a lesiones corporales sufridas como consecuencia directa e inmediata de accidentes que ocurran durante el transporte del referido personal, hasta y/o desde y/o dentro del local del Asegurado. El presente transporte se realizará en vehículos de propiedad del ASEGURADO y/o de terceros bajo responsabilidad del ASEGURADO. En ningún caso esta cobertura reemplazará o suplirá el amparo otorgado a los trabajadores bajo los seguros obligatorios por ley y en general por la legislación sobre Seguridad Social.
• Se incluye la Responsabilidad que pudiera imputarse al asegurado por las labores de Seguridad y/o Vigilancia realizadas tanto por personal propio como de terceros.
• La presente póliza se extiende para cubrir los daños o pérdidas que pudieran sufrir los vehículos del personal o de los visitantes que se encuentran en los estacionamientos de los locales asegurados, según los alcances de la Ley 29461 para playas de estacionamiento vehicular
• Bajo la Cobertura de Responsabilidad Civil Patronal, se extiende a cubrir las pérdidas ocasionadas por accidentes donde intervengan trabajadores al servicio de la SBS bajo cualquier modalidad de contratación, así como personal contratado a través de empresas de servicios complementarios y cualquier otro trabajador que desarrolle actividades para el Asegurado.
• Esta póliza podrá ser prorrogada, desde la fecha de expiración y hasta por el 30% del valor del contrato original, según Ley, en los mismos términos, costos y condiciones en que expira, de común acuerdo entre las partes.
• Extensión de cobertura para pérdidas ocasionadas por accidentes donde intervengan trabajadores al servicio del asegurado, bajo cualquier modalidad de contratación, así como
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personal contratado a través de empresas de servicios complementarios y cualquier otro trabajador que desarrolle actividades para el asegurado, incluyendo practicantes.
• Se incluye a los trabajadores de los Contratistas y Subcontratistas Independientes, así como a las personas que mantengan cualquier vínculo laboral con la empresa y otras que brinden servicios, aún cuando no se encuentren en planillas, siempre que se encuentren efectuando trabajos para el Asegurado, tales como pero no limitados a policías particulares, vigilantes, miembros de las Fuerzas Armadas y/o Policía Nacional, trabajadores contratados y/o practicantes y/o eventuales y/o trabajadores en base a honorarios profesionales y/o transportistas y/o vendedores libres y/o comisionistas y/o personal de terceros al servicio del Asegurado y en general cualquier persona que desarrolle actividades para el Asegurado.
• Se incluye daños y accidentes sufridos como consecuencia del uso de medios de transporte y/o montacargas y/o maquinarias dentro de los predios utilizados por el asegurado y/o cuando por circunstancias especiales (traslados, trabajos) deban salir de los mismos.
NOTA
Se precisa que en caso de un eventual siniestro, la aplicación de la cláusula de "Adelanto del 50% de la Indemnización", opera siempre y cuando:
• Xxxx quedado debidamente comprobado que los daños estuvieron amparados bajo las condiciones de la Póliza.
• Intervenga un perito independiente aceptado por ambas partes para la fijación de un estimado del monto indemnizable del siniestro.
• En caso los pagos a cuenta hubieran excedido el monto indemnizable, el Asegurado se compromete a reintegrar a la Compañía dicho exceso.
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3. PÓLIZA: SEGURO 3D – DESHONESTIDAD, DESTRUCCIÓN Y DESAPARICIÓN
3.1. MATERIA DEL SEGURO
Sobre bienes de propiedad del asegurado o personal a su servicio y/o de terceros que estén a su cargo, custodia y/o control y/o por los que sea de alguna manera responsable, contenido en locales propios y/o de terceros, en planta interna o externa y/o a la intemperie (solo para bienes que suelen mantenerse a la intemperie) en todo el territorio nacional en forma permanente o temporal, entendiéndose como tales principalmente dinero, valores, existencias, activos incluyendo instalaciones fijas susceptibles de robo.
3.2. UBICACIÓN DEL RIESGO
Todo y/o cualquier predio propio y/o alquilado, usado y/u ocupado por el asegurado, con el propósito principal de realizar sus operaciones, que estén o no bajo su cargo, custodia y/o control, bajo techo o a la intemperie, dentro del territorio de la República del Perú.
3.3. LIMITES ASEGURADOS
CONVENIO I: COBERTURA DE DESHONESTIDAD DE EMPLEADOS
Pérdida de dinero y/u objetos convertibles en dinero imputables a hechos realizados por cualquier persona actuando por si solo o en colusión con otros, pudiendo ser estos empleados directos del asegurado, temporales, practicantes, eventuales y/o personal contratado bajo cualquier modalidad al servicio del asegurado incluyendo vigilantes.
Categoría A 144 Trabajadores Categoría B 25 Trabajadores Categoría C 869 Trabajadores TOTAL 1,038 Trabajadores
Límite Asegurado
US$ 120,000 LAA
CONVENIO II: COBERTURA POR PÉRDIDA DENTRO DEL LOCAL
Pérdida, daño o destrucción del dinero efectivo y/o valores por robo, asalto o fractura o por cualquier causa no excluida expresamente en este contrato, ocurrida dentro del local o locales materia del seguro indicados en esta póliza, incluyendo dentro de las oficinas bancarias cuando el dinero y/o valores aún no esté bajo responsabilidad del banco. El dinero efectivo y/o valores debe estar contenido en caja fuerte y/o bóvedas y/o cajas de seguridad y/o cajas registradoras y/o gavetas y/o caja chica, mientras estén cerradas adecuadamente o cuando este fuera de ellas solo para su conteo.
Pérdida, daño o destrucción de las cajas fuertes, bóvedas, cajas de seguridad, cajas registradoras, gavetas y/x xxxxx xxxxxx que contienen el dinero efectivo y/o valores, como consecuencia de violentar ilícitamente dichos contenedores.
Daño o deterioro al local o locales materia del seguro, detallados en esta póliza, como consecuencia de violentar o el intento de violentar ilícitamente tales locales para cometer un robo, siempre y cuando el ASEGURADO sea el propietario o sea responsable por los daños que sufra el local y sus ambientes interiores.
Límite Asegurado
US$ 16,000 LAA
CONVENIO III: COBERTURA POR PÉRDIDA FUERA DEL LOCAL
Pérdida de dinero efectivo y/o valores provenientes de la destrucción o sustracción ocurrida fuera del local del ASEGURADO causados por robo o asalto o el intento de los mismos o por cualquier causa no excluida expresamente en este contrato, mientras sean transportados por mensajeros o trabajadores autorizados del ASEGURADO o estén bajo la custodia de empresas de transporte de valores en vehículos blindados así como también, el robo perpetrado en circunstancias en que la
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persona o personas encargadas del transporte del dinero efectivo y/o valores, sufriera accidente, desmayo o fallecimiento.
Esta cobertura cubre el tránsito de dinero y/o valores entre los locales del asegurado, entre los locales del asegurado y/o bancos y/o clientes y/o viceversa
Límite Asegurado
US$ 16,000 LAA, sub-limitado a:
A) Todos los días: US$ 16,000
B) 2 veces al mes en exceso de ―A‖: US$ 10,000
El Convenio III, se encuentran en Limite Agregado Anual y la cobertura es: A) Todos los días: US$ 16,000 y B) 2 veces al mes en exceso de ―A‖: US$ 10,000; quedando el límite del convenio en un caso extremo hasta la suma de $26, 000.
CONVENIO IV: COBERTURA CONTRA FALSIFICACIÓN DE GIROS POSTALES, LIBRANZAS O PAPEL MONEDA Y SIMILARES
Pérdida que sufra el ASEGURADO por la aceptación de buena fe, a cambio de mercadería o en pago de servicios prestados, de cualquier cheque de gerencia emitido y/o girado por un banco local y siempre que no sea pagado o ejecutado a su presentación.
Pérdida que sufra el ASEGURADO por la aceptación de buena fe, a cambio de mercadería o en pago de servicios prestados, de moneda o billetes falsificados de uso corriente en el Perú.
Adicionalmente se cubre la falsificación de boletas de depósito y/o guías de remisión y/o carta de transferencia y/o cualquier otro documento similar.
Límite Asegurado
US$ 120,000
CONVENIO V: COBERTURA CONTRA FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS BANCARIOS
Pérdida sufrida por el Asegurado o por cualquier banco que se incluye en la evidencia de la pérdida y en el cual el Asegurado mantenga una cuenta corriente o una cuenta de ahorros, de acuerdo a como aparezcan sus intereses respectivos, a causa de la falsificación o alteración de cualquier cheque, giro, pagaré, letra de cambio, o cualquier otra nota comercial, orden o instrucción escrita de pagar alguna cantidad de dinero o entregar mercadería, emitida o girada por el Asegurado o girada a cargo del Asegurado, o emitida o girada por un tercero que actúe en calidad de agente del Asegurado o que da a entender que ha sido emitida o girada tal y como se ha descrito más arriba.
Límite Asegurado
US$ 120,000
CONVENIO VI: ROBO DE ACTIVOS Y/O EXISTENCIAS (A PRIMER RIESGO)
Se amparan contra Xxxx por Xxxxxx y/o con Fractura y/o cualquier otra modalidad cubierta por la póliza, todos los bienes de propiedad del Asegurado y/o de terceros bajo responsabilidad, custodia y/o control del asegurado, con excepción de dinero y/o valores, mientas estén contenidos en los locales propios y/o de terceros utilizados por el Asegurado, incluyendo a la intemperie debido a su naturaleza.
Límite Asegurado
US$ 500,000
3.4. COBERTURAS ADICIONALES
Hurto de activos y existencias incluyendo dinero y/o valores de terceros donde preste servicio.
Límite Asegurado
US$ 7,000
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3.5. DEDUCIBLES
Para Todos los convenios: 15.00% del monto indemnizable, mínimo US$. 500.
3.6. CLAUSULAS
• Reemplazo a valor a nuevo, no se considera el descuento por mejora tecnológica, si la hubiere.
• Adelanto del 50% de la indemnización.
• Restitución automática de la suma asegurada, sólo para activo fijo.
3.7. CONDICIONES ESPECIALES
• Para todos los Convenios
▪ La base de valorización de los bienes en caso de siniestro será el valor de reemplazo a nuevo.
▪ Las Normas Mínimas de Control y/o Cláusulas de Garantía establecidas en cualquier condición general, particular ó especial, se incluyen como recomendaciones y su incumplimiento no invalidará el derecho del Asegurado a ser indemnizado.
▪ No se incluirá cláusula de garantía sin previo acuerdo con el asegurado.
▪ Se incluye bajo las coberturas de la póliza, las mercaderías entregadas al asegurado en consignación, así como activos del asegurado en locales de terceros.
▪ La Cobertura de la póliza es a nivel nacional, salvo los casos de extensiones.
▪ Esta póliza se prorrogará, desde la fecha de expiración y hasta por el 30% del valor del contrato original, según Ley, en los mismos términos y condiciones en que expira.
▪ En caso de siniestro, el asegurado decidirá la forma de indemnización en caso se requiera la reposición, reparación o en general cualquier modalidad de atención del siniestro, la entidad será quien elija a la empresa proveedora, y la compañía de seguros pagará al proveedor el 100% del valor del bien y/o servicio, en caso de reposición se entregará un bien igual o de similares características al siniestrado, para determinar la similitud entre uno u otro deberá tenerse en cuenta la ocurrencia de alguna o algunas de las características que definen su naturaleza y de no poder cumplirse con esta disposición deberá evaluarse la aplicación de otra medida, como optar por la indemnización a través de la suma de dinero, previo al último pago al proveedor el asegurado remitirá a la aseguradora la conformidad de la prestación, con lo cual la aseguradora facturará al asegurado el importe correspondiente al deducible, el asegurado se compromete a realizar el pago del deducible a la aseguradora en un plazo máximo de 30 días útiles de haber recibido la factura correspondiente de superar este plazo la aseguradora podrá suspender el beneficio correspondiente en caso que el importe pagado por la aseguradora al proveedor resulte superior al que le correspondía según el informe del ajustador, la diferencia deberá ser reembolsada por el asegurado a la aseguradora en el plazo máximo de 30 días útiles de haber recibido la factura correspondiente, de superar este plazo la aseguradora podrá suspender el beneficio correspondiente.
• Para el Convenio I
▪ El Asegurado no tiene la obligación de identificar al trabajador deshonesto, bastará con sustentar con los documentos respectivos la pérdida sufrida.
▪ Bajo el Convenio I serán considerados como trabajadores:
i) Secigristas
ii) Practicantes
iii) Vigilantes y trabajadores temporales o permanentes, que pertenezcan a personas jurídicas distintas del Asegurado.
iv) Profesionales o especialistas u otros, cuyos servicios sean cancelados mediante honorarios profesionales.
Siempre que presten servicios al Asegurado y que tenga una relación continua de dependencia y que el asegurado tenga el derecho de dirigir permanentemente mientras desempeñe sus labores.
▪ La cobertura se extiende a incluir las pérdidas ocurridas con una anterioridad no mayor a tres años contados desde el inicio de la vigencia, y que sean descubiertos dentro de la presente vigencia.
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▪ Se cubren los actos deshonestos cometidos mediante el uso de las computadoras que tienen acceso directo a cuentas bancarias del ASEGURADO para efectos de transferencias, pagos y/u operaciones de dinero y/o valores.
▪ En caso de ocurrir un siniestro, para la evaluación del infraseguro se efectuará la comparación entre la cantidad real de trabajadores con que contaba el Asegurado al inicio de la vigencia con la cantidad declarada en la póliza.
• Para los Convenios II y III
▪ En caso de huelgas o paros bancarios y feriados, se duplicará el Límite Asegurado, durante el tiempo que dure la huelga o paro.
▪ La cobertura será de pérdida, deshonestidad, destrucción o desaparición, sin que en ningún caso la cobertura sea limitada a solo robo con fractura y/o asalto.
▪ Se incluye el costo de reposición de cheques y/o letras y/u otros documentos bancarios.
• Para el Convenio II
▪ Se excluye limitación de que el dinero esté guardado en Caja Fuerte y/o de Seguridad, pudiendo permanecer durante horas laborables en cualquier lugar dentro de las instalaciones del Asegurado.
• Para el Convenio III
▪ Durante los traslados de dinero, la cobertura se extiende a todo el proceso que dure el pago, considerando demoras o paradas técnicas por problemas meteorológicos, fallas técnicas y cualquier motivo de fuerza, incluyendo conteo, ensobrado y pago final.
▪ Se cubre dinero y/o bienes en poder de empleados y/o cobradores/vendedores dentro del territorio nacional, entre locales del Asegurado y/o lugares donde el cliente realice operaciones propias del giro del negocio. Asimismo bajo esta cobertura se cubren los traslados que el asegurado y/o personal autorizado por el asegurado realice en vehículos contratados en la vía pública.
▪ Se cubren los tránsitos realizados por funcionarios y/o personas encargadas y/o vendedores y cobradores a sus domicilios y/o viceversa, hasta el límite asegurado.
▪ Se cubre el dinero y/o valores en poder de empleados autorizados cuando por motivos de trabajo estos deban efectuar viajes a provincias y/o el extranjero se vea obligados a guardar el dinero y/o los valores en las habitaciones del hotel y/o locales similares donde se hospeden, hasta el límite asegurado.
▪ Se extiende a cubrir el dinero y/o valores de propiedad del Asegurado mientras sean transportados por trabajadores autorizados y cuando por circunstancias especiales, el dinero efectivo y/o valores se encuentren dentro de la vivienda habitual del trabajador autorizado para el transporte.
▪ Se cubren bienes, mercaderías, equipos de cómputo, computadores personales, equipos de comunicación (radios, teléfonos, agendas electrónicas) en tránsito, en poder de empleados y/o cobradores/vendedores incluyendo cuando se encuentren dentro de los vehículos utilizados por ellos.
▪ Ante la eventualidad de que el Asegurado incumpla con adecuar el número de personas y las exigencias de seguridad para los límites de remesa establecidos, la Compañía de Seguros reconocerá en caso de siniestro hasta el monto establecido para el número de personas y/o garantías otorgadas al traslado.
• Para los Convenios IV y V
▪ Se cubren cheques, cheques de gerencia, tarjetas de crédito, débito, boletas de depósito, guías xx xxxxxxx, guías de entrega y órdenes de compra.
• Para el Convenio VI
▪ Se ampara los bienes que se encuentran en patios, jardines, terrazas, azoteas que no tengan más defensa que muros perimétricos o en vitrinas fijas o movibles que se hallen colocadas fuera del edificio o de los ámbitos que constituyen un lugar seguro.
▪ Se cubren todas las mercaderías importadas por el asegurado mientras se encuentren depositadas en almacenes fiscales, públicos y/o particulares, y en exceso de los plazos de cobertura que otorga la póliza flotante de importaciones, hasta 30 días adicionales.
3.8. CLÁUSULA DE TRASLADO DE DINERO
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El número mínimo de personas requerido para los traslados de dinero se detalla a continuación: Hasta US$ 10,000 Un servidor del asegurado
De US$ 10,001 a US$ 30,000 Dos servidores del asegurado
De US$ 30,001 a US$ 50,000 Dos servidores del asegurado acompañados de un efectivo
de la Policía Nacional y/o vigilante de empresa de Seguridad, en cualquier caso portando arma de fuego. El Policía y/o el vigilante pueden estar vestidos de civil para no despertar sospechas.
De US$ 50,001 a más Vehículos blindados para transporte de caudales
NOTA
En la Entidad se realizan arqueos aleatorios permanentes de la caja chica y documentos valorados y anualmente se tienen los exámenes de Auditoría Interna (a cargo del Órgano de Control de la SBS) y Auditoría Externa (dispuesto por la Contraloría General de la Republica).
La última Auditoría a la Entidad fue efectuada en el mes xx xxxx de 2013.
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4. PÓLIZA: SEGURO DE VEHÍCULOS
4.1. VEHÍCULOS ASEGURADOS
Según la relación de unidades oficiales en anexo B.
4.2. COBERTURAS
Cobertura | Suma Asegurada |
Daño Propio a Todo Riesgo (incluyendo pero no limitado a Accidente, choque, volcadura, incendio, robo total, robo parcial, rotura de lunas) | A Valor Pactado |
Huelgas, Conmoción Civil, Daño Malicioso, Vandalismo, Motín, Tumultos Populares, Sabotaje y Terrorismo, así como actuaciones de las fuerzas armadas y/o de seguridad en tiempos xx xxx | A Xxxxx Xxxxxxx |
Ausencia de Control para vehículos conducidos por personal autorizado por la empresa, estén o no en planilla del Asegurado. | A Valor Pactado |
Riesgos de la Naturaleza (incluyendo pero no limitado a terremoto, temblor, inundación, huayco, granizo, lluvias, desprendimiento de rocas y cualquier otra perturbación atmosférica) | A Valor Pactado |
Responsabilidad Civil frente a terceros, por vehículo, hasta | US$ 120,000 |
Responsabilidad Civil por Ausencia de Control, por vehículo | US$ 50,000 |
Responsabilidad Civil de Ocupantes, por vehículo, según tarjeta de propiedad, excepto el conductor) hasta | US$ 50,100 |
Accidentes Personales (incluye chofer), según tarjeta de propiedad • Muerte y/o invalidez permanente, límite por evento, por ocupante • Gastos de curación, límite por evento, por ocupante (incluyendo cirugía plástica) • Gastos de Sepelio, límite por evento, por ocupante | US$ 24,100 US$ 4,000 US$ 2,000 |
Accesorios Musicales originales hasta su valor de reposición. Otros, (incluye accesorios especiales de audio y video fijas a la unidad) hasta | US$ 1,000 |
Accesorios Especiales incluyendo radiotransmisores. | US$ 250 |
Gastos de Búsqueda, Rescate y/o Traslados por siniestros cubiertos por la póliza, por evento, hasta | US$ 3,100 |
4.3. EXTENSIONES DE COBERTURA
• Daño propio hasta la suma asegurada, incluyendo cobertura de robo para motocicletas
• Uso de vías o rutas no autorizadas.
• Restitución automática de la suma asegurada sin cobro de prima, no aplicable a accesorios musicales
• Cobertura automática de nuevas unidades y/o vehículos usados hasta por 30 días.
• Vehículo de reemplazo hasta por 16 días al año por choque y 31 días por robo total. Provincias por Reembolso. La unidad de reemplazo a otorgar será de acuerdo a la disponibilidad del proveedor.
• De no existir un proveedor en el lugar de residencia, el vehículo de reemplazo será a reembolso con un importe de acuerdo a los costos xxx xxxxxxx para este tipo de servicio. No aplicará para motos, camiones y buses.
• Libre Elección de Taller.
4.4. SERVICIOS ADICIONALES
• Servicio xx Xxxx por Accidente al 100% en Lima - Provincias por reembolso hasta US$ 500
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• Servicio de Ambulancia por Accidente al 100% en Lima - Provincias por reembolso hasta US$ 500
• Servicio de Asistencia de procuraduría en caso de siniestros vía Central de Emergencias.
• Auxilio Mecánico sin limitarse a siniestros vía Central de Emergencias en Lima, Provincias donde no
pueda brindar servicio, por reembolso hasta US$ 250.00.
4.5. CONDICIONES ESPECIALES CONDICIONES GENERALES
• Aviso por modificación de riesgo 30 días
• La declaración del siniestro a la aseguradora estará sujeta a límite de tiempo máximo de 30 días, siempre y cuando el asegurado haya hecho la Denuncia policial y el Dosaje Etílico dentro de las cuatro horas de ocurrido el evento, si corresponde, y no exista agravación del riesgo.
• El Asegurado estará exonerado de presentar la denuncia policial, en los casos donde no intervengan terceros (robos parciales, rotura de lunas, choques estacionados, choque y fuga, choque sin terceros, impacto contras sardineles, huecos o postes, etc.), bastará con la presencia del procurador de la Aseguradora.
• Para indemnizar el robo del equipo musical no es necesario entregar la mascarilla.
• La Pérdida Total de una unidad estará configurada cuando el costo razonable de reparación sea igual o mayor al 70% de la suma asegurada del vehículo.
• La declaración de robo total, será efectuada por la aseguradora luego de 30 días calendarios de ocurrido la desaparición del vehículo, y el pago deberá ser efectuado dentro de los 15 días siguientes a la presentación de la documentación completa.
• El aire acondicionado, las bolsas de aire (Air Bag), así como cualquier otro equipamiento que posean los vehículos, se encuentran incluidas en el valor del vehículo.
• Cobertura de sistema dual (incluye incremento de suma asegurada a presentación de factura por instalación)
• Se cubre los siniestros cuando la licencia de conducir del chofer se encuentre vencida y se haya efectuado el trámite de renovación y este se encuentre pendiente de entrega del nuevo documentó.
• Las condiciones del presente slip se mantendrán sin modificaciones hasta el final de la vigencia.
• La presente póliza podrá ser prorrogada desde la fecha de expiración y hasta por el 30% del valor del contrato original, según Ley, en los mismos términos y condiciones en que expira, de común acuerdo entre las partes.
• En caso de siniestros amparados bajo la Cláusula de Ausencia de Control, su alcance se extiende a todas las demás coberturas de la póliza afectadas por el siniestro.
• La cláusula de Ausencia de control es extensiva a todos los conductores sean o no de la planilla del asegurado.
• En caso de aplicar la cobertura de ausencia de control, la aseguradora no repetirá en contra de los conductores, salvo de que el chofer presente una licencia de conducir falsificada y/o adulterada y/o se encuentre suspendida, y este hecho no fuera de conocimiento del asegurado o estuviera conduciendo vehículo sin autorización del Asegurado.
• Pérdida total pagadera en 30 días sin aplicación de deducibles.
• Reposición de lunas nacionales sin deducible.
ACCIDENTES PERSONALES
• La cobertura de Accidentes Personales para Ocupantes se activa por cualquier evento o accidente que se encuentre debidamente amparado por la cobertura de daño propio.
• Las sumas aseguradas bajo las coberturas de accidentes personales, serán iguales para todos los pasajeros de cualquier edad, sin ninguna limitación o reducción, o aplicación de porcentaje.
AUSENCIA DE CONTROL
• Para la aplicación de la cláusula de Ausencia de Control no es necesario que el chofer se encuentre en la planilla del asegurado.
• Bajo la Cláusula de Ausencia de control, es obligación del Asegurado efectuar la denuncia policial correspondiente tan pronto tenga conocimiento de la ocurrencia de un accidente.
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• La Cláusula de Ausencia de Control será de aplicación los 365 días del año las 24 horas del día aún cuando el siniestro no se produzca en el desempeño de las funciones autorizadas a los trabajadores (sólo para vehículos de la empresa).
• La Cláusula de Ausencia de Control ampara inclusive cuando el vehículo se encuentre conducido por el Titular y/o personal del Asegurado.
• La Cobertura de la Cláusula de Ausencia de Control no se invalidará por el hecho de que el chofer presente una licencia de conducir falsificada y/o adulterada y/o se encuentre suspendida, y este hecho no fuera de conocimiento del asegurado.
• En los siguientes siniestros no se aplicará deducible:
• Daños Personales
• Pérdida total
• Rotura de Lunas , cuando se reponga con una luna alternativa
• Cuando este definida la responsabilidad xxx xxxxxxx y esté completamente identificado.
• En caso de un siniestro en el cual se aplique más de un deducible, coaseguro o la combinación de ambos se aplicara uno solo el mayor.
• Los deducibles indicados en las condiciones particulares primaran sobre cualquier deducible indicado en las condiciones generales o cualquier cláusula.
• Depreciación máxima a aplicar para la indemnización será de 10% de la suma asegurada del vehículo.
• No se aplicará depreciación para las llantas.
• En caso de pérdida total, la indemnización será hasta la suma asegurara indicada en la póliza, sin depreciación.
4.6. SERVICIOS ADICIONALES
• La aseguradora se obliga a informar por escrito al Asegurado todos aquellos casos en que sea necesario aplicar la Cláusula de Ausencia de Control para cubrir el reclamo, debiendo reportar el nombre y apellido del conductor, el rodaje del vehículo afectado y el monto del siniestro.
Si la aseguradora no cumple con brindar esta información oportunamente, no podrá rechazar un posterior siniestro por la reincidencia del chofer.
• Bajo los términos y condiciones de la presente póliza, también son cubiertos los Vehículos de Timón Cambiado, sin aplicación de cláusula alguna para vehículos de Timón Cambiado.
• En caso de robos parciales la aseguradora se compromete a emitir las órdenes de compra en forma inmediata después de conocer el siniestro, con una validez de 30 días. En caso dicho repuesto y/o accesorio no estuviera en stock del proveedor autorizado, el asegurado podrá optar entre las siguientes alternativas:
A) solicitar la renovación de la orden hasta que el repuesto sea habido.
B) solicitar el valor respectivo en efectivo del repuesto y/o accesorio
• Cuando los vehículos asegurados sean detenidos en comisarías y/o internados en depósitos por disposición de la autoridad competente, en cualquier lugar de la república, debido a siniestros cubiertos, la aseguradora se compromete a enviar carta de garantía y a enviar a un procurador en forma exclusiva para realizar los trámites y obtener la liberación del vehículo
• El técnico revisará y aprobará el presupuesto por la reparación del vehículo a mas tardar en 24 horas de emitido el presupuesto por el taller
• Los gastos que haya efectuado el asegurado serán reembolsados previa presentación de las facturas y/o presupuestos en un máximo de veinticuatro (24) horas
• En caso de siniestro de una unidad asegurada, que por falta de un taller autorizado y/o de la marca sea necesario su traslado a otra localidad distinta a donde tuvo el siniestro, a efectos de ser reparada; se amparan los gastos que este transporte ocasione
• En el caso de un siniestro causado por una falla mecánica súbita e imprevista, no provocada por
falta o insuficiencia de mantenimiento por parte del asegurado, la aseguradora no indemnizará la reparación de la falla, pero si el siniestro causado por tal falla y sus consecuencias. La aseguradora podrá solicitar el récord de mantenimiento de la unidad para verificar el adecuado mantenimiento.
4.7. DEDUCIBLES
• Vehículo de Reemplazo; US$ 100 + IGV por evento, la asegurada, asume garantías exigidas por proveedor del servicio.
• En caso de reposición xx xxxx nacional, se incluye laminas de seguridad sin deducible alguno.
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ADP N° 010/2013-SBS
• Daño propio, 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 150 más IGV.
Nota.- se adjunta en el anexo C, el reporte de siniestralidad de los últimos 5 años.
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ANEXO A
M ON ED A : D OLA R ES A M ER IC A N OS
D irecció n | C aracterí sticas del Inmueble | Valo res D eclarado s al 100 % | |||||||||||||||||||
N° | T ipo de Ví a | N o mbre de Ví a | N ro . | Urbanizació n | Otras N umeracio nes de Lo cal | D pto . | P ro vincia | D istrito | N úmero de | A ño de C o nstrucció n | Uso ( I) | T .E.P . (*) ( II) | Edificacio nes | C o ntenido (**) | T o tal Suma A segurada | ||||||
P iso s | Só tano s | ||||||||||||||||||||
M aquinaria | M aquinaria M o vil y Equipo s | M o biliario en Xxxxxxx | X xxxxx X xxxxxxxxx | Xxxxxxxxxxx | |||||||||||||||||
0 | XX XXX | XXX XX XXXXXX | 214 | COUNTRY CLUB | 218 | LIM X | XXX A | SA X XXXXXX | 9 | 1 | 1980 | U002 | 3 | 1,384,917 | 350838.51 | 4360898.95 | 300899.11 | 14583.34 | 6 ,412 ,136 | ||
2 | A VENIDA | XXXXXXXX X XXXXXXXX | 160 | COUNTRY CLUB | LIM X | XXX A | SA X XXXXXX | 2 | 0 | 1941 | U002 | 4 | 119,649 | 40457 | 232637 | 125743 | 57509 | 575 ,995 | |||
3 | A VENIDA | XXXXXXXX X XXXXXXXX | 180 | COUNTRY CLUB | LIM X | XXX A | SA X XXXXXX | 2 | 0 | 1940 | U002 | 4 | 100,995 | 29116 | 88804 | 48000 | 1003 | 267 ,917 | |||
4 | A VENIDA | XXXXXXXX X XXXXXXXX | 185 | COUNTRY CLUB | LIM X | XXX A | SA X XXXXXX | 2 | 0 | 1977 | U002 | 4 | 154,623 | 50899 | 169389 | 452893 | 326 | 828 ,129 | |||
5 | A VENIDA | XXXXXXXX X XXXXXXXX | 220 | COUNTRY CLUB | LIM X | XXX A | SA X XXXXXX | 2 | 0 | 1953 | U002 | 4 | 114,637 | 114 ,637 | |||||||
6 | A VENIDA | XXXXXXXX X XXXXXXXX | 240 | COUNTRY CLUB | 260 | LIM X | XXX A | SA X XXXXXX | 2 | 0 | 1951 | U002 | 4 | 138,590 | 22525 | 12043 | 173 ,158 | ||||
7 | CA LLE | BARCELONA | 131 | COUNTRY CLUB | LIM X | XXX A | SA X XXXXXX | 2 | 0 | 1949 | U002 | 4 | 104,104 | 24097 | 37850 | 166 ,051 | |||||
8 | CA LLE | LOS LA URELES | 231 | COUNTRY CLUB | 235 | LIM X | XXX A | SA X XXXXXX | 2 | 1 | 1998 | U002 | 4 | 110,580 | 45796 | 178072 | 26847 | 2345 | 363 ,639 | ||
9 | A VENIDA | DOS DE M A YO | 1511 | COUNTRY CLUB | LIM X | XXX A | SA X XXXXXX | 2 | 0 | 1943 | U002 | 4 | 134,455 | 36396 | 189658 | 90195 | 5944 | 48352 | 504 ,999 | ||
10 | A VENIDA | DOS DE M A YO | 1421 | COUNTRY CLUB | LIM X | XXX A | SA X XXXXXX | 3 | 0 | 1997 | U002 | 4 | 341,534 | 86636 | 238007 | 115736 | 3720 | 785 ,633 | |||
11 | CA LLE | LOS CEDROS | 269 | COUNTRY CLUB | LIM X | XXX A | SA X XXXXXX | 2 | 0 | 1980 | U002 | 4 | 407,133 | 57614 | 518848 | 159591 | 7030 | 1,150 ,217 | |||
12 | A VENIDA | SA LA VERRY | 2555 | LIM X | XXX A | SA X XXXXXX | 2 | 1 | 1995 | U002 | 4 | 147,673 | 38279 | 614746 | 136113 | 1771 | 938 ,582 | ||||
13 | CA LLE | XXX AS EDISON | 205 | COUNTRY CLUB | LIM X | XXX A | SA X XXXXXX | 2 | 1 | 1958 | U002 | 4 | 131,227 | 36564 | 188702 | 43239 | 3023 | 402 ,756 | |||
14 | CA LLE | SEB A STIA X XXXXXXXX | 341 | LIM X | XXX A | SA X XXXXXX | 2 | 0 | 1946 | U002 | 4 | 75,436 | 56625 | 28849 | 180185 | 4025 | 345 ,120 | ||||
00 | XXXXX | XXXXX | 000 | LIM X | XXX A | CERCA DO | 2 | 0 | 1901 | U002 | 2 | 1,006,573 | 23964 | 325814 | 112347 | 204708 | 1,673 ,405 | ||||
00 | XXXXX | XXXX | 000 | XXX X | XXX X | XXXXX XX | 7 | 1 | 1960 | U010 | 4 | 624,969 | 18257 | 84464 | 19698 | 656 | 748 ,044 | ||||
17 | CA LLE | BURGOS | 341 | LIM X | XXX A | SA X XXXXXX | 1 | 0 | 1977 | U010 | 4 | 181,426 | 313125 | 259429 | 86969 | 212 | 841,160 | ||||
18 | CA LLE | CEDROS SUB LOTE | 2 | LIM X | XXX A | SA X XXXXXX | 1 | 0 | 2002 | U010 | 8 | 19,650 | 19 ,650 | ||||||||
19 | CA LLE | LOS ARCES | 302 | LOS ARCES | AREQUIP A | AREQUIP A | CA YM A | 2 | 0 | 1968 | U002 | 4 | 95,933 | 1916 | 32517 | 17255 | 147 ,621 | ||||
20 | CA LLE | PROCER X XXXXX | 000 | XXXX XXX X | XXXXX | XXXXX | 0 | 0 | 1990 | U002 | 4 | 115,908 | 8331 | 28890 | 15134 | 197 | 168 ,460 | ||||
5 ,510 ,010 | 1,217 ,338 | 7 ,563 ,822 | 1,980 ,737 | 307 ,051 | 48 ,352 | 16 ,627 ,309 |
(*) T .E.P . = T ipo de Estructura P redo minante (**) = Ver N o tas adicio nales
( I) T abla N ° 1
Uso | |
Có digo | Descripció n |
U001 | Vivienda |
U002 | Oficina |
U003 | Taller |
U004 | Comercio |
U005 | Nave industrial |
U006 | Grandes almacenes |
U007 | Centro Educativo |
U008 | Centro de Salud |
U009 | M ina |
U010 | Otro s |
Tipo de estructura | Descripció n | |
1. Pó rtico xx xxxxx a diago nales | Estructura co nfo rmada po r pó rtico s con xxxxx xxxxx xx xxxxx de alma llena. Las luces son co rtas. Las lo sas son macizas, de po co espeso r. Las fuerzas ho rizo ntales son resistidas po r lo s esfuerzo s de tensió n y compresió n de las xxxxx xxxxx xx xxxxx . Cimentació n con zapatas aisladas o plateas de cimentació n. | |
2. A do be y quincha | Co nstrucció n de uno o do s niveles, principalmente xx xxxx s de ado be de gran espeso r en el primer nivel y estructura de quincha en el segundo nivel. Techo s y entrepiso s xx xxxxxx, en alguno s caso s con cielo raso s de yeso . Las fuerzas ho rizo ntales son resistidas po r lo s muro s. Diafragmas flexibles, co nstituido s po r viguetas xx xxxxxx y entablado s. | |
3. Pó rtico s de co ncr | Estructuras con pó rtico s de co ncreto armado . Las fuerzas verticales son resistidas po r las vigas y co lumnas de lo s pó rtico s. Las fuerzas ho rizo ntales son resistidas po r lo s pó rtico s, en lo s que puede tenerse un pequeño número de placas, tales como las de xxxxx xx xxxxxxxxx y de ascenso res. Se puede supo ner que lo s diafragmas ho rizo ntales son rígido s. Cimentació n con zapatas aisladas o plateas de cimentació n. | |
4. Pó rtico s de co ncr placas | Estructuras co nfo rmadas po r pó rtico s y muro s estructurales (placas) de co ncreto armado . Las fuerzas verticales son resistidas po r las vigas y co lumnas de lo s pó rtico s. Las fuerzas ho rizo ntales son resistidas po r lo s muro s de co ncreto armado de gran rigidez. Se puede supo ner que lo s diafragmas ho rizo ntales son rígido s. Cimentació n con zapatas aisladas o plateas de cimentació n. | |
5. Entramado s de m | Co nstruccio nes de uno o más piso s. Cargas mo deradas. Luces relativamente co rtas. Lo s piso s y techo s están co nstruido s so bre la base de viguetas xx xxxxxx que se apo yan so bre po stes o dinteles. Las fuerzas ho rizo ntales son so po rtadas po r lo s muro s, cuya rigidez depende del revestimiento . Lo s diafragmas son flexibles. Frecuentemente están co nstituido s po r entablado s xx xxxxxx. | |
6. M ampo stería | M uro s po rtantes de mampo stería co nfinada con unidades só lidas de arcilla, co ncreto o sílico calcáreas. Las fuerzas ho rizo ntales son resistidas po r lo s muro s. Diafragmas rígido s o flexibles en piso s, con lo sas aligeradas o macizas. Cimentació n co rrida o zapatas aisladas de Co ncreto A rmado . | |
7. Estructuras indust comerciales | Estructuras de grandes luces con áreas de 500 m2 o más destinadas a la industria o al comercio . Pocos muro s interio res. La estructura de techo s o piso s están co nfo rmado s po r tijerales xx xxxxxx o acero , que se apo yan en co lumna de co ncreto xxxxxx x xxxx s de mampo stería. | |
8. Otro s | Estructuras especiales diferentes a las mencio nadas anterio rmente tales como Reservo rio s, Tanques, Silo s, P uentes, To rres de Transmisió n, M uelles, Estructuras Hidráulicas, P lantas Nucleares, etc. |
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ANEXO B
REGISTRO DE VEHICULOS OFICIALES SBS
PLACA | CLASE | MARCA | MODELO | COLOR | AÑO | Nº MOTOR | Nº DE SERIE | USO | SUMA ASEGURADA | |
1 | A2-1713 | L3-VEH. AUT. MEN. | HONDA | SHADOW | BLANCO | 2009 | RC50E2442261 | XX0XX00X00X000000 | OPERATIVO | $12,312.00 |
2 | BOH-530 | AUTOMOVIL | TOYOTA | COROLLA | PLATA METALICO | 2004 | ZZ4339703 | 0XX00XXX000000000 | ADMINISTRATIVO | $9,000.00 |
3 | BOY-257 | AUTOMOVIL | VOLVO | S60 | AZUL OSCURO | 2005 | B5204T53789119 | XX0XX000000000000 | OPERATIVO | $40,500.00 |
0 | XXX-000 | X0-XXXXXXXXX | XXXXXX | XXXXX | XXXXX XXXXXX | 0000 | VQ25532629A | XX0XXXX00XX000000 | OPERATIVO | $23,400.00 |
0 | XXX-000 | X0-XXXX. XXXXX | XXXXXX | XXXXXXXXXX | NEGRO METALICO | 2010 | YD25643643B | XXXXXXX00XX000000 | OPERATIVO | $31,500.00 |
0 | XXX-000 | X0-XXXX. XXXX XX | NISSAN | FRONTIER | PLATA METALICO | 2010 | KA24821847Z | XX0XXXX00XX000000 | OPERATIVO | $19,350.00 |
0 | XXX-000 | X0-XXXXXXXXX | XXXXXX | XXXXXX | NEGRO METALICO | 2010 | QG16298407P | XXXX0X0XXXX000000 | ADMINISTRATIVO | $9,900.00 |
0 | XXX-000 | X0-XXXXXXXXX | XXXXXX | XXXXXX | XXXX XXXXXXXXX | 0000 | MR20486112H | 0X0XX0XX0XX000000 | ADMINISTRATIVO | $16,650.00 |
0 | XXX-000 | X0-XXXXXXXXX | XXXXXX | XXXXXX | XXXX XXXXXXXXX | 0000 | MR20482569H | 0X0XX0XX0XX000000 | ADMINISTRATIVO | $16,650.00 |
00 | XXX-000 | X0-XXXXXXXXX | XXXXXX | XXXXXX | XXXX XXXXXXXXX | 0000 | MR20485790H | 0X0XX0XX0XX000000 | ADMINISTRATIVO | $16,650.00 |
00 | XXX-000 | X0-XXXXXXXXX | XXXXXX | XXXXXX | XXXX XXXXXXXXX | 0000 | MR20484064H | 0X0XX0XX0XX000000 | ADMINISTRATIVO | $16,650.00 |
00 | XXX-000 | X0-XXXXXXXXX | XXXXXX | XXXXXX | XXXX XXXXXXXXX | 0000 | MR20484669H | 0X0XX0XX0XX000000 | ADMINISTRATIVO | $16,650.00 |
00 | XXX-000 | X0-XXXXXXXXX | XXXXXX | XXXXXX | XXXX XXXXXXXXX | 0000 | MR20483573H | 0X0XX0XXXXX000000 | ADMINISTRATIVO | $16,650.00 |
00 | XXX-000 | X0-XXXXXXXXX | XXXXXX | XXXXXX | XXXX XXXXXXXXX | 0000 | MR20482079H | 0X0XX0XX0XX000000 | ADMINISTRATIVO | $16,650.00 |
00 | XXX-000 | X0-XXXXXXXXX | XXXXXX | XXXXXX | XXXX XXXXXXXXX | 0000 | MR20481701H | 0X0XX0XX0XX000000 | ADMINISTRATIVO | $16,650.00 |
00 | XXX-000 | X0-XXXXXXXXX | XXXXXX | XXXXXX | XXXX XXXXXXXXX | 0000 | MR20482651H | 0X0XX0XX0XX000000 | ADMINISTRATIVO | $16,650.00 |
00 | XXX-000 | X0-XXXX. PICK UP | NISSAN | FRONTIER | NEGRO | 2010 | KA24832725Z | XX0XXXX00XX000000 | OPERATIVO | $19,350.00 |
18 | EGB-142 | M1-AUTOMOVIL | NISSAN | SENTRA | AZUL OSCURO | 2010 | MR20505035H | 0X0XX0XX0XX000000 | ADMINISTRATIVO | $16,650.00 |
19 | EGB-158 | M1-AUTOMOVIL | NISSAN | SENTRA | GRIS MAGNETICO | 2010 | MR20507500H | 0X0XX0XX0XX000000 | ADMINISTRATIVO | $16,650.00 |
20 | EGB-159 | M1-AUTOMOVIL | NISSAN | SENTRA | AZUL OSCURO | 2010 | MR20492012H | 0X0XX0XX0XX000000 | OPERATIVO | $16,650.00 |
21 | EGK-710 | M1-AUTOMOVIL | NISSAN | ALMERA | NEGRO METALICO | 2011 | QG16392321P | XXXX0X0XXXX000000 | OPERATIVO | $13,050.00 |
22 | MG-43648 | VEH. AUT. MEN. | HONDA | CGL-125 | ROJO | 2004 | WH156FMI204A70123 | XXXXXX0X000000000 | OPERATIVO | $720.00 |
23 | MG-50504 | VEH. AUT. MEN. | HONDA | CGL-125 | ROJO | 2004 | WH156FMI204J70071 | XXXXXX0X000000000 | OPERATIVO | $720.00 |
00 | XXX-000 | XXXX. XXXXX | XXXXXXX | XXXXXXXX | XXXXX XXXX | 0000 | J3867082 | XXXXX00XX0X000000 | OPERATIVO | $13,950.00 |
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ADP N° 010/2013-SBS
ANEXO C
REPORTE DE SINIESTRALIDAD SEGUROS PATRIMONIALES SBS
Del 05.05.2009 al 05.07.2010 En Dolares Americanos
Ramo | Poliza | Fecha Inicio | Prima Neta | Prima Ganada | Nro Items | Siniestros Ocurridos | Nro Sntros | %Sntrldad |
INCENDIO | 5703007 | 05/05/2009 | 21,435 | 21,435 | 49 | 0 | 0 | 0.00% |
TRANSPORTES | 5703010 | 05/05/2009 | 35 | 35 | 32 | 0 | 0 | 0.00% |
RESPONSABILIDAD CIVIL | 5703015 | 05/05/2009 | 512 | 512 | 32 | 0 | 0 | 0.00% |
VEHICULOS | 5703023 | 05/05/2009 | 11,416 | 11,416 | 33 | 7,359 | 9 | 64.46% |
XXXXXX XX XXXXXXXXXX | 0000000 | 05/05/2009 | 525 | 525 | 32 | 0 | 0 | 0.00% |
DESHONESTIDAD | 5703016 | 05/05/2009 | 8,095 | 8,095 | 32 | 0 | 0 | 0.00% |
TODO RIESGO EQUIPO ELECTRONICO | 5703012 | 05/05/2009 | 3,122 | 3,122 | 32 | 135 | 1 | 4.32% |
45,139 | 45,139 | 242 | 7,494 | 10 | 16.60% |
Del 05.07.2010 al 05.09.2011 En Dolares Americanos
Ramo | Poliza | Fecha Inicio | Prima Neta | Prima Ganada | Nro Items | Siniestros Ocurridos | Nro Sntros | %Sntrldad |
RESPONSABILIDAD CIVIL | 220000776 | 05/07/2011 | 370 | 370 | 13 | 0.00% | ||
VEHICULOS | 220000771 | 05/07/2011 | 30,105 | 30,105 | 55 | 6,892 | 15 | 22.89% |
VEHICULOS | 220001052 | 05/07/2011 | 3,031 | 3,031 | 2 | 91 | 1 | 3.00% |
3D | 220000777 | 05/07/2011 | 6,377 | 6,377 | 13 | 0.00% | ||
MULTIRIESGOS | 220000778 | 05/07/2011 | 29,250 | 29,250 | 198 | 1,517 | 2 | 5.19% |
MULTIRIESGOS | 230015290 | 05/07/2011 | 2,964 | 2,964 | 8 | 0.00% | ||
72,097 | 72,097 | 289 | 8,500 | 18 | 11.79% |
Del 05.09.2011 al 05.11.2012 En Dolares Americanos
Ramo | Poliza | Fecha Inicio | Prima Neta | Prima Ganada | Nro Items | Siniestros Ocurridos | Nro Sntros | %Sntrldad |
RESPONSABILIDAD CIVIL | 220001995 | 05/09/2011 | 364 | 364 | 13 | 0.00% | ||
VEHICULOS | 220001979 | 05/09/2011 | 32,500 | 32,500 | 13 | 17,846 | 12 | 54.91% |
3D | 220001985 | 05/09/2011 | 11,328 | 11,328 | 13 | 1,800 | 1 | 15.89% |
MULTIRIESGOS | 220001993 | 05/09/2011 | 44,389 | 44,389 | 119 | 4,747 | 6 | 10.69% |
88,581 | 88,581 | 158 | 24,393 | 19 | 27.54% |
Del 05.11.2012 al 26.09.2013 En Dolares Americanos
Ramo | Poliza | Fecha Inicio | Prima Neta | Prima Ganada | Nro Items | Siniestros Ocurridos | Nro Sntros | %Sntrldad |
RESPONSABILIDAD CIVIL | 220003272 | 05/11/2012 | 500 | 500 | 12 | 0.00% | ||
VEHICULOS | 220003275 | 05/11/2012 | 24,335 | 24,335 | 12 | 2,688 | 6 | 11.05% |
3D | 220003274 | 05/11/2012 | 15,420 | 15,420 | 12 | 1,270 | 3 | 8.24% |
MULTIRIESGOS | 220003279 | 05/11/2012 | 45,579 | 45,579 | 120 | 1,801 | 3 | 3.95% |
85,834 | 85,834 | 156 | 5,759 | 12 | 6.71% |
43
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CAPÍTULO IV
CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA
EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)
FACTORES DE EVALUACIÓN | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN | |
A. | EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD | M = Monto facturado acumulado por el postor por la prestación de servicios correspondientes a la actividad objeto del proceso M >= 4 veces el valor referencial: 50.000 puntos M >= 3 veces el valor referencial y < 4 veces el valor referencial: 45.000 puntos M >= 2 veces el valor referencial y < 3veces el valor referencial: 40.000 puntos |
Criterio: Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor por la prestación de servicios iguales y/o similares al objeto de la convocatoria referidos a coberturas de seguros patrimoniales (multiriesgo y/o responsabilidad civil y/o 3D y/o vehículos), durante un periodo no mayor a ocho (8) años, a la fecha de la presentación de propuestas. Acreditación: La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos u órdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con voucher de depósito, reporte de estado de cuenta o cancelación en el documento, correspondientes a un xxxxxx xx xxxx (10) servicios. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar la prestación de un solo servicio, se deberá acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación y calificación, los diez (10) primeros servicios indicados en el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor. En el caso de servicios de ejecución periódica, sólo se considerará como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor. |
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FACTORES DE EVALUACIÓN | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN |
B. CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO Criterio: Se evaluará el nivel de cumplimiento del postor (sin que haya incurrido en penalidades), respecto de los servicios presentados para acreditar la experiencia del postor, en función al número de constancias de prestación presentadas. Acreditación: Mediante la presentación de un xxxxxx xx xxxx (10) constancias de prestación o cualquier otro documento que, independientemente de su denominación, indique, como mínimo, lo siguiente: 1. La identificación del contrato u orden de servicio, indicando como mínimo su objeto. 2. El monto correspondiente; esto es, el importe total al que asciende el contrato, comprendiendo las variaciones por adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado durante la ejecución contractual. 3. Las penalidades en que hubiera incurrido el contratista durante la ejecución de dicho contrato. | Se debe utilizar la siguiente fórmula de evaluación8: PCP= PF x CBC NC Donde: PCP = Puntaje a otorgarse al postor. PF = Puntaje máximo al postor. NC = Número de contrataciones presentadas para acreditar la experiencia del postor. CBC = Número de constancias de prestación válidas. 10 puntos |
FACTORES DE EVALUACIÓN | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN | |
C. | PERSONAL PROPUESTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO | Más de 3 años: 20 puntos Más de 2 hasta 3 años: 15 puntos Más de 1 hasta 2 años: 10 puntos |
Criterio: Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la actividad de manejo de cartera de seguros, del sectorista o ejecutivo asignado para el manejo de la cuenta de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. Acreditación: Mediante la presentación de copia simple de contratos de trabajo, constancias o certificados emitidas por el/los empleadores del sectorista asignado, en el cual se deberá consignar los años de experiencia y/o servicio de la persona asignada. Al personal que no acredite la experiencia con las constancias de trabajo no se le asignará puntaje. | ||
C. MEJORAS |
8 Para mayor detalle, se recomienda revisar el Pronunciamiento Nº 087-2010/DTN en xxx.xxxx.xxx.xx
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FACTORES DE EVALUACIÓN | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN |
Criterios: a. Límite asegurado Se otorgará el puntaje que se establece a continuación, al postor que oferte incrementos para las siguientes pólizas (a partir de las sumas aseguradas, límites y sublímites detallados en los Términos de Referencia del Capítulo III). • Incendio – Todo Riesgo Gastos Vehículos Propios y/o de terceros dentro de los locales asegurados Más de US$ 250,100 hasta US$ 275,000 Más de US$ 275,000 hasta US$ 300,000 Más de US$ 300,000 Equipo electrónico (Sección I) Más de US$ 180,000 hasta US$ 190,000 Más de US$ 190,000 hasta US$ 200,000 Más de US$ 200,000 • Responsabilidad Civil Extracontractual Más de US$ 600,100 hasta US$ 650,000 Más de US$ 650,000 hasta US$ 700,000 Más de US$ 700,000 • Vehículos Muerte e invalidez permanente de ocupantes c/u Más de US$ 24,100 hasta US$ 24,500 Más de US$ 24,500 hasta US$ 25,000 Más de US$ 25,000 Gastos de Búsqueda, Rescate y/o Traslados por siniestros cubiertos por la póliza, por evento Más de US$ 3,100 hasta US$ 3,500 Más de US$ 3,500 hasta US$ 4,000 Más de US$ 4,000 Responsabilidad Civil de Ocupantes, por vehículo Más de US$ 50,100 hasta US$ 51,000 Más de US$ 51,000 hasta US$ 52,000 Más de US$ 52,000 El postor que oferte el límite asegurado igual al solicitado en los Términos de Referencia no se le otorgará puntaje. b. Deducibles 1) Se otorgará el puntaje que se indica a continuación al postor que reduzca el monto mínimo del deducible para las siguientes pólizas: | 0.100 puntos 0.300 puntos 0.500 puntos 0.100 puntos 0.300 puntos 0.500 puntos 0.100 puntos 0.300 puntos 0.500 puntos 0.100 puntos 0.300 puntos 0.500 puntos 0.100 puntos 0.300 puntos 0.500 puntos 0.100 puntos 0.300 puntos 0.500 puntos |
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FACTORES DE EVALUACIÓN | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN |
• Incendio – Todo Riesgo Todo riesgo Menos de US$ 5,000 hasta US$ 4,000 Menos de US$ 4,000 hasta US$ 3,000 Menos de US$ 3,000 hasta US$ 2,000 Menos de US$ 2,000 hasta US$ 1,000 Menos de US$ 1,000 Terremoto, temblor, erupción volcánica, fuego subterráneo, maremoto, tsunami (salida de mar), marejada y/u oleaje Menos de US$ 5,000 hasta US$ 4,500 Menos de US$ 4,500 hasta US$ 4,000 Menos de US$ 4,000 hasta US$ 3,500 Menos de US$ 3,500 hasta US$ 3,000 Menos de US$ 3,000 hasta US$ 2,500 Menos de US$ 2,500 Equipo móvil y portátil Menos de US$ 350 hasta US$ 300 Menos de US$ 300 hasta US$ 250 Menos de US$ 250 • 3 – D Deshonestidad, Desaparición, Destrucción Menos de US$ 500 hasta US$ 475 Menos de US$ 475 hasta US$ 450 Menos de US$ 450 • Vehículos Menos de US$ 150.00 + IGV hasta US$ 145.00+ IGV Menos de US$ 145.00 + IGV hasta US$ 140.00+ IGV Menos de US$ 140.00 + IGV 2) Al postor que ofrezca menores deducibles a los consignados en el slip técnico se hará acreedor al puntaje según se establece a continuación: • 3 – D Deshonestidad, Desaparición, Destrucción Menos de 15.0% hasta 12.5% Menos de 12.5% hasta 10.0% Menos de 10.0% (Del monto indemnizable) c. Cláusulas Adicionales • Incendio – Todo Riesgo Pérdidas en vehículos desocupados temporalmente | 1.000 puntos 2.000 puntos 3.000 puntos 4.000 puntos 5.000 puntos 1.000 puntos 2.000 puntos 3.000 puntos 4.000 puntos 5.000 puntos 6.000 puntos 0.100 puntos 0.300 puntos 0.500 puntos 0.100 puntos 0.300 puntos 0.500 puntos 1.000 puntos 1.500 puntos 2.000 puntos 0.100 puntos 0.300 puntos 0.500 puntos 1.000 puntos |
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FACTORES DE EVALUACIÓN | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN |
aplicables a todo riesgo, equipo electrónico e infortunio • Vehículos Rembolso de gastos de gestión de duplicado de documentos de los afectados que se encontrasen dentro de la unidad en el momento de la ocurrencia de un siniestro de robo total, por evento hasta US$ 30.00 Cobertura de cambio del sistema de llaves electrónicas, únicamente por pérdida de la llave a consecuencia de un evento de Robo con Fractura y/o por Asalto Hasta US$ 1,000 Más de US$ 1,000 hasta US$ 1,500 Más de US$ 1,500 Vehículo de Reemplazo Menor a US$ 100 + IGV hasta US$ 90 + IGV por evento Menor a US$ 90 + IGV hasta US$ 80 + IGV por evento Menor a US$ 80 + IGV por evento Acreditación: Mediante Declaración Jurada de mejoras técnicas propuestas. | 0.500 puntos 0.100 puntos 0.300 puntos 0.500 puntos 0.100 puntos 0.300 puntos 0.500 puntos |
PUNTAJE TOTAL | 100 puntos9 |
IMPORTANTE:
• Los factores de evaluación no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos.
• Para acceder a la etapa de evaluación económica, el postor deberá obtener un puntaje técnico mínimo de ochenta (80) puntos.
9 Es la suma de los puntajes de todos los factores de evaluación, incluyendo los opcionales.
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CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO
Conste por el presente documento, la contratación de Coberturas de Seguros Patrimoniales, que celebra de una parte, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en adelante LA SUPERINTENDENCIA, con RUC Nº 20131370564, con domicilio legal en Av. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx N° 185 – San Xxxxxx, representada por [… ],
identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [… ] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de
[………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [… ],
a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [………………..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 010/2013-SBS para la contratación de Coberturas de Seguros Patrimoniales, a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles, importes unitarios y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
El presente contrato tiene por objeto, la contratación de Coberturas de Seguros Patrimoniales, conforme a los Términos de Referencia.
CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV, según el siguiente detalle:
POLIZAS | MONTO US$ |
Seguro de Incendio – Todo Riesgo | |
Seguro de Responsabilidad Civil | |
Seguros 3D, Deshonestidad, Desaparición y Destrucción | |
Seguro de Vehículos | |
MONTO TOTAL US$ |
Este monto comprende el costo del servicio, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.
CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO
LA SUPERINTENDENCIA se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en Nuevos Soles al tipo de cambio vigente a la fecha de emisión del comprobante de pago correspondiente, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
El pago se efectuará en doce (12) cuotas mensuales iguales sin intereses al inicio de cada mes.
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser estos recibidos.
LA SUPERINTENDENCIA debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás
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condiciones establecidas en el contrato.
En caso de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la oportunidad en el que el pago debió efectuarse.
CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
El plazo de ejecución del presente contrato es de un (1) año desde …..………
hasta……………………….
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149º del Reglamento, el contrato tendrá vigencia desde del día siguiente de la fecha de suscripción del documento que lo contiene hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo de EL CONTRATISTA y se efectúe el pago.
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS
EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA SUPERINTENDENCIA, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:
• De fiel cumplimiento del contrato: US$ [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:
• Garantía por el monto diferencial de la propuesta: US$ [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA SUPERINTENDENCIA está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO
La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será otorgada por el Departamento de Recursos Humanos.
De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor xx xxxx (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA SUPERINTENDENCIA podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.
Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA SUPERINTENDENCIA no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.
CLÁUSULA DÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
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CLÁUSULA UNDÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR LA CALIDAD OFRECIDA Y POR VICIOS OCULTOS
La conformidad de recepción de la prestación por parte de LA SUPERINTENDENCIA no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos en la calidad ofrecida y por vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado.
El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de un (1) año, contado a partir de la conformidad del servicio.
CLÁUSULA DUODÉCIMA: PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA SUPERINTENDENCIA le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, en concordancia con el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = | 0.10 x Monto |
F x Plazo en días |
Donde:
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días;
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o, en caso que éstos involucrarán obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.
Esta penalidad será deducida de los pagos periódicos, de los pagos parciales o del pago final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de Fiel Cumplimiento o por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso).
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA SUPERINTENDENCIA podrá resolver el contrato por incumplimiento.
La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, el Código Civil y demás normas aplicables, según corresponda.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167 y 168 de su Reglamento. De darse el caso, LA SUPERINTENDENCIA procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.
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CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Las partes acuerdan que cualquier controversia que surja desde la celebración del contrato será resuelta mediante arbitraje de derecho con árbitro único, conforme a las disposiciones de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, y bajo la organización y administración de los Órganos del Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE y de acuerdo con su Reglamento.
Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.
CLÁUSULA DÉCIMO SETIMA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:
DOMICILIO DE LA SUPERINTENDENCIA: [ ]
DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO]
La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.
De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [. ] al
[CONSIGNAR FECHA].
―LA SUPERINTENDENCIA‖ | EL CONTRATISTA |
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FORMATOS Y ANEXOS
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FORMATO N° 110
MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN
Lima, [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 010/2013-SBS
Presente.-
[CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y/O CONSORCIO)], identificado con DNI [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA NATURAL] y Nº
RUC Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], debidamente representado por su [CONSIGNAR SI SE TRATA DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA O DEL REPRESENTANTE COMÚN EN CASO DE CONSORCIOS, ASÍ COMO SU
NOMBRE COMPLETO], identificado con DNI Nº […………], tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con la Adjudicación Directa Pública N° 010/2013-SBS, a fin de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO] identificado con DNI Nº [………], quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.
Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.11
…..………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
10 El presente formato será utilizado cuando la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante común del consorcio no concurra personalmente al proceso de selección.
11 Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas.
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ANEXO Nº 1
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 010/2013-SBS
Presente.-
Estimados Señores:
El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD]
N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA],
DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre | o Razón | Social | : | ||
Domicilio | Legal | : | |||
RUC | : | Teléfono : | Fax : |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
IMPORTANTE:
• Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
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ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 010/2013-SBS
Presente.-
De nuestra consideración:
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece el servicio de Coberturas de Seguros Patrimoniales de conformidad con los Términos de Referencia, las demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 010/2013-SBS
Presente.-
De nuestra consideración:
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:
1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado.
2.- Xxxxxxx, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.
3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección.
4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.
5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
IMPORTANTE:
• Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
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ANEXO Nº 4
PROMESA FORMAL DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 010/2013-SBS
Presente.-
De nuestra consideración,
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta a la ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 010/2013-SBS, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.
Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado), de conformidad con lo establecido por el artículo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD],
como representante común del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el contrato correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [. ].
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones
▪ [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]
▪ [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones
▪ [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]
▪ [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]
TOTAL: 100%
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
..…………………………………. …………………………………..
Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del
Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2
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ANEXO Nº 5
DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 010/2013-SBS
Presente.-
De nuestra consideración,
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a prestar el Servicio de Coberturas de Seguros Patrimoniales, en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN AÑOS].
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 6 EXPERIENCIA DEL POSTOR
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 010/2013-SBS
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD:
Nº | CLIENTE | OBJETO DEL SERVICIO | N° CONTRATO / O/S / COMPROBANTE DE PAGO | FECHA12 | MONEDA | IMPORTE | TIPO DE CAMBIO VENTA13 | MONTO FACTURADO ACUMULADO14 |
1 | ||||||||
2 | ||||||||
3 | ||||||||
4 | ||||||||
5 | ||||||||
6 | ||||||||
7 | ||||||||
8 | ||||||||
9 | ||||||||
10 | ||||||||
TOTAL |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
La columna “Fecha” del anexo 06 corresponde a la fecha del documento presentado para acreditar la Experiencia en la Actividad.
12 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
13 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
14 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.
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ANEXO Nº 7
CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA (MODELO)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 010/2013-SBS
Presente.-
De nuestra consideración,
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección y los Términos de Referencia, mi propuesta económica es la siguiente:
Riesgos | Prima Anual Neta | Derecho de Emisión | Impuestos | Prima Total por un año (12 Meses) |
Multiriesgo | ||||
Responsabilidad Civil | ||||
Seguro 3D | ||||
Vehículos | ||||
TOTAL US$ |
La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales.
El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 07.1
CUADRO DE TASAS Y PRIMAS
COBERTURA | TASA | SUMA ASEGURADA | PRIMA NETA | DERECHO DE EMISION | IMPUESTOS | PRIMA TOTAL ANUAL |
Multiriesgo |
COBERTURA | TASA | SUMA ASEGURADA | PRIMA NETA | DERECHO DE EMISION | IMPUESTOS | PRIMA TOTAL ANUAL |
Responsabilidad Civil |
COBERTURA 3D | TASAS | SUMA ASEGURADA | PRIMA NETA | DERECHO DE EMISION | IMPUESTOS | PRIMA TOTAL ANUAL |
Convenio I | ||||||
Categoría A | ||||||
Categoría B | ||||||
Categoría C | ||||||
Convenio II | ||||||
Convenio III | ||||||
Convenio IV | ||||||
Convenio V | ||||||
Convenio VI | ||||||
Coberturas adicionales | ||||||
Hurto | ||||||
Total 3D |
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N° | CLASE | MARCA | MODELO | PLACA | AÑO | USO | SUMA ASEGURADA $ | TASA % | PRIMA NETA ANUAL | DERECHO DE EMISION | IMPUESTOS | PRIMA TOTAL ANUAL |
1 | ||||||||||||
2 | ||||||||||||
3 | ||||||||||||
4 | ||||||||||||
5 | ||||||||||||
6 | ||||||||||||
7 | ||||||||||||
8 | ||||||||||||
9 | ||||||||||||
10 | ||||||||||||
11 | ||||||||||||
12 | ||||||||||||
13 | ||||||||||||
14 | ||||||||||||
15 | ||||||||||||
16 | ||||||||||||
17 | ||||||||||||
18 | ||||||||||||
19 | ||||||||||||
20 | ||||||||||||
21 | ||||||||||||
22 | ||||||||||||
23 | ||||||||||||
24 | ||||||||||||
TOTAL VEHICULOS |
NOTA: Este anexo es un requisito para la suscripción del contrato, según lo indicado en el numeral 2.7, literal l) del Capítulo II de las Bases. No es materia de evaluación económica.
Ciudad y fecha, ……………………………
……………………………….………………….. Firma y sello del representante legal Nombre / Razón social del postor
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ANEXO N° 8
Modelo de Carta para el abono con abonos en la cuenta bancaria del proveedor) LOGO DE EMPRESA SOLICITANTE
CARTA DE AUTORIZACIÓN
Lima, Señores
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones Presente
Asunto: Autorización para el pago con abonos en cuenta
Por medio de la presente, comunico a usted los datos para el pago con abonos en nuestra cuenta de la empresa que represento:
Número de Cuenta:….………………………………………………………..…
Código de Cuenta Interbancario (CCI):……………………………………….
Tipo de Cuenta:………………………………………………………………….
Nombre del Banco:………………………………………………………………
Razón social:……………………………………………………………………..
Agradeceré se sirva disponer lo conveniente para que los pagos a nombre de mi representada sean abonados a la cuenta indicada.
Asimismo, dejo constancia que la factura a ser emitida por mi representada, una vez cumplida o atendida la correspondiente Orden de Compra y/o de Servicio o las prestaciones en bienes y/o servicios materia del contrato quedará cancelada para todos sus efectos mediante la sola acreditación del importe de la referida factura a favor de la cuenta en la entidad bancaria a que se refiere el primer párrafo de la presente.
Para cualquier comunicación al respecto sírvase coordinar con:
Nombre y Apellidos de la Persona:…………………………………………
Correo electrónico y N° Telefónico:…………………………………………
Atentamente,
Firma del proveedor o su representante legal
Nombre y apellidos Xxxxx Social de la Empresa
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