REGLAMENTO PROMOCIÓN
REGLAMENTO PROMOCIÓN
“Compre el regalo para papá con su debito Promerica ”
La promoción “Compre el regalo para papá con su debito Promerica” se regirá bajo las siguientes reglas y condiciones. Por el solo hecho de participar en la promoción, los participantes aceptan todas y cada una de las reglas de este reglamento en forma incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad de los organizadores. Asimismo, aceptan someterse a las decisiones de los organizadores en cualquier asunto relacionado con la promoción.
El otorgamiento de cualquiera de los beneficios de la promoción “Compre el regalo para papá con su debito Promerica” estará condicionado al cumplimiento de todas y cada una de las leyes y regulaciones aplicables, así como lo dispuesto por este reglamento en específico.
Banco Promerica de Costa Rica S.A se reserva el derecho de descalificar y/o exigir la devolución de los beneficios otorgados a aquellos participantes que directa o indirectamente incumpla las normas y condiciones aquí establecidas.
1. DEFINICIONES
Para los efectos de este Reglamento se establecen las siguientes definiciones:
a. Banco Promerica de Costa Rica S.A.: para efectos de este reglamento se denominará como Promerica.
b. "Tarjeta de Débito Promerica": Tarjeta de débito emitida por Banco Promerica de Costa Rica S.A.
c. "Tarjetahabiente": Es aquella persona física titular o adicional de un producto de tarjeta de débito.
d. BENEFICIO: Se sortearán dos órdenes de compra en Tiendas Arenas Skate and Surf por un monto de treinta mil colones (₡30.000) y dos cámaras generales 4K sport 16 ml. todo uso, será dos ganadores que recibirán una cámara y una orden de compra. La promoción consiste en: por cada diez mil colones (₡10.000,00) de compras con la tarjeta de débito Promerica durante el plazo de vigencia de la promoción se acumula una acción electrónica para participar en el sorteo de los dos premios.
2. ORGANIZADOR
La presente promoción es organizada por Banco Promerica de Costa Rica S.A
3. PATROCINADORES
La promoción la patrocina BANCO PROMERICA XX XXXXX RICA.
4. OBJETO DE LA PROMOCIÓN Y PROCEDIMIENTO
La Promoción consiste en la posibilidad de optar por el beneficio asignado mediante esta promoción, cuyo detalle se indica en el punto 1d del presente reglamento para aquellos tarjetahabientes titulares o adicionales, que realicen sus compras de bienes o servicios en cualquier comercio según lo indicado en este Reglamento, durante el período de vigencia de esta promoción y que el consumo sea cancelado con la Tarjeta de Débito Promerica de Banco Promerica de Costa Rica S.A. Las personas que podrán participar por el otorgamiento del beneficio, serán únicamente aquellas que formen parte de los clientes de tarjeta de débito de Banco Promerica de Costa Rica S.A. y que cumplan las demás condiciones establecidas en este reglamento, durante el periodo de vigencia de esta promoción que inicia el seis (06) xx Xxxxx y finaliza el treinta (30) xx Xxxxx ambos del 2018.
5. PARTICIPANTES
Todos aquellos tarjetahabientes de débito de Promerica, que realicen compras con la tarjeta de débito Promerica por cada diez mil colones costarricenses exactos (¢10.000,00) durante el plazo de vigencia de
la promoción según lo indicado en este reglamento acumula una acción electrónica, y participa en el sorteo del premio indicado en el presente reglamento para dos ganadores, según la base de datos que al efecto levante Banco Promerica de Costa Rica S.A.
6. SORTEO
Se realizará un único sorteo mediante un sistema de elección aleatoria donde se elegirán dos (2) ganadores. El sorteo se llevará a cabo en las Oficinas Centrales de PROMERICA situadas en San Xxxx, Escazú, San Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxxxxx, Centro Corporativo El Cedral, Edificio Número Dos, ante notario público, el día nueve (09) de Julio del año 2018. Se seleccionaran dos (02) ganadores, una vez que se haya verificado que cumple con todos los requisitos ya mencionados anteriormente para recibir el premio correspondiente.
Adicionalmente se elegirán dos (2) suplentes por sorteo a fin de que en caso de que el ganador elegido no reúna parcial o totalmente los requisitos o si reuniéndolos no se presentaré a retirar su premio en el plazo que se indicará en este reglamento, serán beneficiados con el premio, en el orden de selección en que hayan resultado.
Luego de verificarse que la persona favorecida cumple con todos los requisitos establecidos en este Reglamento, se declararán los ganadores de la promoción.
7. AVISO Y ENTREGA DE LOS PREMIOS A LOS GANADORES
La persona favorecida será notificada por los medios de contacto que mantenga activos con el Banco; y deberá manifestar la aceptación del premio y las condiciones establecidas en este reglamento para hacerlo efectivo. Se realizarán cinco (5) intentos de contactarlo por dichos medios, en caso de no ser contactado el ganador, se procederá a contactar al suplente en la misma cantidad de cinco (5) intentos. La persona favorecida para ganadora debe confirmar por medio de la llamada realizada por el personero del Banco que conoce y debe mencionar al menos que conoce de la promoción para declararse como ganador definitivo.
Para retirar el premio de la promoción “Compre el regalo para papá con su debito Promerica”, la persona favorecida deberá presentarse con su cédula de identidad, vigente y en buen estado, con las excepciones según lo indicado en este Reglamento, en las Oficinas Centrales de PROMERICA situadas en San Xxxx, Escazú, San Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxxxxx, Centro Corporativo El Cedral, Edificio Número Dos. La fecha límite para retirar el premio será el día treinta y uno (31) de Julio del año 2018. Si no se presentan los documentos o respaldos solicitados, salvo las excepciones indicadas en este reglamento, la persona elegida perderá (caducará) su derecho a reclamar el premio y en general a todo derecho a indemnización o reclamo de cualquier índole y el ORGANIZADOR Y LOS PATROCINADORES estarán liberados de cualquier tipo de responsabilidad judicial o administrativa.
En caso de que en el sorteo resulte favorecida una tarjeta de débito adicional el premio le será otorgado al titular de la cuenta de ahorro o corriente donde se encuentra asociada la tarjeta de débito ganadora.
8. CADUCIDAD DEL PREMIO
A más tardar el día treinta (30) de Xxxxx del año 2018, el favorecido con la promoción “Compre el regalo para papá con su debito Promerica”, deberá aceptar el premio, caso contrario se contactará al suplente número uno, según se indicará posteriormente en este Reglamento vencido dichos plazos caducará totalmente el derecho para retirar el premio, sin ninguna responsabilidad para Promerica y el patrocinador.
9. ACEPTACIÓN DE LAS CONDICIONES Y LIMITACIONES DEL REGLAMENTO Y LA PROMOCIÓN
Para PARTICIPAR es necesario que el participante conozca y acepte las condiciones y limitaciones establecidas en este Reglamento, de no aceptarlas no tendrá derecho a reclamar el premio. Asimismo, con la aceptación del premio ratificará la plena aceptación de todas y cada una de las condiciones y restricciones de este Reglamento. Adicional
10. RESPONSABILIDAD GENERAL
Promerica se responsabiliza únicamente por la entrega del Premio con las características señaladas anteriormente. El favorecido aceptará el Premio que se otorgará, no pudiendo hacer reclamos de ningún tipo, cambios posteriores, ni exigir mejorías en el mismo. De la misma forma, ninguna de las empresas involucradas en la presente promoción asumirá, ---bajo ninguna circunstancia--- responsabilidad alguna por situaciones o eventualidades no previstas dentro del presente reglamento, lo anterior de conformidad con lo establecido dentro del artículo 37 de la Ley de la Promoción de la Competencia y Protección del Consumidor número 7472 de la República xx Xxxxx Rica en relación al inciso d) del artículo 43 del Reglamento a la Ley citada. Además se exime de cualquier responsabilidad civil, penal y de cualquier índole a las empresas involucradas en esta promoción.
11. RESTRICCIONES
No participan de ninguna forma del sorteo del premio de la Promoción: “Compre el regalo para papá con su debito Promerica”:
a. La Junta Directiva y empleados del departamento de Mercadeo, Productos Pasivos y Equipo Gerencial de la empresa BANCO PROMERICA DE COSTA RICA S.A.
b. Empleados, ejecutivos y funcionarios de las agencias de publicidad y demás proveedores involucrados en esta promoción.
c. No participan los tarjetahabientes de débito titulares y adicionales asociadas a cuentas de ahorro y cuentas corrientes Empresariales emitidas por Banco Promerica de Costa Rica, S.A.
d. El ganador suplente tendrá un plazo de quince días naturales a partir de la fecha en que fue notificado en los medios que consten ante Promerica para presentarse a reclamar el premio presentando su cédula de identidad,. En caso de que el suplente tampoco cumpla con lo establecido el premio se declarará desierto extinguiéndose cualquier derecho a reclamo del ganador, suplente y demás participantes. El ganador de este sorteo no tendrá derecho a transferir el premio y en caso de que no lo acepte con estas condiciones se considera renunciado.
e. El banco no se hará rembolso por los gastos en que incurra el cliente por hacer efectivo su premio
f. El premio no es transferible.
g. Por ningún motivo se pagará o compensará este premio por dinero efectivo o cualquier otro beneficio.
h. Todos los beneficios contenidos en el premio otorgado mediante esta promoción serán definidos a exclusivo criterio de los Patrocinadores, de manera que nada de lo otorgado podrá ser variado o modificado.
i. El ganador debe estar al día en el pago de sus obligaciones con Banco Promerica de Costa Rica S.A.
El beneficio de la promoción únicamente aplica para el producto de Tarjeta de Débito de Promerica de Banco Promerica de Costa Rica S.A.
El ganador de la promoción será el titular de la cuenta de ahorros o corriente en Promerica asociada a la tarjeta de débito titular o adicional que resulte favorecida mediante el sorteo.
12. DE LA SUSPENSIÓN DE LA PROMOCIÓN
Promerica suspenderá en forma inmediata la presente promoción, sin asumir responsabilidad alguna, de forma total o parcial, indefinida o definitivamente, si se producen causas de fuerza mayor, que puedan provocar un grave perjuicio y que así obliguen. La suspensión de la promoción por alguna o varias causas antes indicadas, será comunicada por Banco Promerica de Costa Rica S.A en forma escrita en un diario de circulación nacional.
13. PUBLICIDAD
La publicidad que se hace del presente reglamento no obliga al patrocinador con determinada persona o determinada colectividad sino solo con quien acepte los términos del presente reglamento así como los reglamentos de cada una de las promociones ligadas a esta y sus eventuales modificaciones, en los términos establecidos por estos y que cumpla con los requisitos que los mismo establecen.
Con el fin de hacer público el resultado de la promoción, la persona que resulte favorecida autoriza a que su nombre e imagen aparezcan en publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo
material de divulgación de las actividades posteriores a la promoción, como entrega y aplicación del premio, sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen.
14. INFORMACIÓN ADICIONAL Y CONSULTAS
Para mayor información y/o consultas los interesados pueden llamar al teléfono 0000-0000, o consultar los reglamentos de ésta y de la promoción ligada en la página de Internet xxx.xxxxxxxxx.xx.xx. Se prohíbe la reproducción total o parcial de este documento por cualquier medio. El nombre de Promerica y sus productos son marca registrada a nombre de su respectivo propietario.