4231000-Bogotá D.C., Señores. SEGUROS DEL ESTADO S.A Calle 17 No. 10-16 Piso 3. Teléfono: 3414646 Ciudad.
4231000-Bogotá D.C.,
Xxxxxxx.
XXXXXXX XXX XXXXXX X.X
Xxxxx 00 Xx. 00-00 Xxxx 0.
Teléfono: 0000000
Ciudad.
Asunto: Reanudación de la Audiencia Pública prevista por el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, para determinación de posible incumplimiento en contrato de prestación de servicios No. 2213100-153-2015.
Referencia: Contrato de prestación de servicios profesionales No. 2113100-153-2015. “Prestar servicios profesionales para la gestión del conocimiento relacionado con el desarrollo institucional mediante la identificación, el análisis y la síntesis xx xxxxxxx de información, como contribución al proceso de acompañamiento en materia de gestión pública”.
Póliza de cumplimiento: 00-00-000000000.
Cordial saludo.
De acuerdo a la instalación de la audiencia pública llevada a cabo el día 23 xx xxxxx de 2017 a las 02:00 p.m en las instalaciones de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., la cual fue continuada el día 07 xx xxxxx de 20417 y respecto al presunto incumplimiento al contrato citado en la referencia, por ausencia del contratista; con el fin de con el fin de garantizar el derecho constitucional al debido proceso previsto en el artículo 29 de la Constitución Política de Colombia en concordancia con el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, y atendiendo la solicitud elevada por la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional, mediante el radicado 0-0000-00000, como supervisor del contrato, con el fin de que se adelante por esta Dirección de Contratación lo concerniente al trámite de que trata el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, por el presunto incumplimiento al contrato No. 2113100-153-2015, correspondiente al señor XXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX , comedidamente nos permitimos citar a la audiencia de que trata el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, la cual tendrá lugar el día viernes 19 xx xxxx de 2017, a partir de las 03:00 p.m. en la Dirección de Contratación, ubicada en la Xxxxxxx 0 Xx. 00-00, Xxxxxxx xxx Xxxxxxx, Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., edificio Bicentenario II.
Por lo anterior y con el fin de garantizar sus derechos consagrados en la Constitución Política; a la defensa y contradicción, tal y como lo establece el literal a) del artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, a continuación, ponemos de presente los hechos en los cuales se soporta por parte de la supervisión los presuntos incumplimientos que se le imputan.
a) Hechos que soportan el presunto incumplimiento.
Entre la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., y XXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, se suscribió el día 13 xx xxxxx de 2015, el Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No. 2213100-153-2015, el cual tuvo por objeto “ Prestar servicios profesionales para la gestión del conocimiento relacionado con el desarrollo institucional mediante la identificación, el análisis y la síntesis xx xxxxxxx de información , como contribución al proceso de acompañamiento en materia de gestión pública”.
El plazo de ejecución del contrato era de 10 meses, contados a partir de la suscripción del acta de inicio, hecho que ocurrió el 18 xx xxxxx de 2015, con fecha de terminación 17 de enero de 2016.
Dentro del contrato se pactaron las siguientes obligaciones específicas “OBLIGACIONES ESPECIFICAS: 1) Presentar un plan de trabajo y una propuesta metodológica a la supervisión para el desarrollo del objeto contractual 2) Retomar procesar y evaluar los trabajos previos sobre la política pública de desarrollo institucional. 3) Identificar, analizar y sintetizar fuentes de información relacionadas con el desarrollo institucional en el distrito capital. 4) Articular y consolidar la formulación de la propuesta para la política pública de desarrollo institucional, que consistirá en un documento técnico que contenga un análisis de antecedentes, revisión documental, un diagnóstico. 5) Presentar una propuesta de política pública de desarrollo institucional. Dicho documento técnico deberá estar socializado y retro alimentado con los actores estratégicos priorizados por la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional. 6) Presentar informes mensuales al supervisor sobre las actividades y la ejecución del contrato”.
Dentro de sus obligaciones específicas se encontraba la entrega de los siguientes productos:
Plan de trabajo y una propuesta metodológica a la supervisión para el desarrollo del objeto contractual.
Retoma, procesamiento y síntesis xx xxxxxxx de información relacionadas con el desarrollo institucional en el distrito capital. Se entiende que ello constituía un producto del que también debía hacer entrega el contratista.
Identificación, análisis y síntesis xx xxxxxxx de información relacionadas con el desarrollo institucional en el distrito capital. Se entiende que ello constituía un producto del que también debía hacer entrega el contratista.
Articulación y consolidación de la formulación de la propuesta para la política pública de desarrollo institucional, que consistiría en un documento técnico contentivo de un análisis de antecedentes, revisión documental y un diagnóstico.
Presentación de una propuesta de política pública de desarrollo institucional. Dicho documento técnico debía estar socializado y retroalimentado con los actores estratégicos priorizados por la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional.
El primer producto acordado fue entregado por el contratista y radicado por la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional (en adelante la DDDI), a la Subdirección de Contratación mediante el memorando con número de radicado 0-0000-00000 del 24 xx xxxxx de 2015.
Mediante memorando 00-0000-00000, del 30 de diciembre de 2015, se remitió el informe final de supervisión de la vigencia 2015, en donde se evidencia que el señor Xxxxxx entregó en su totalidad los productos b) y c), presentó avances del producto d) y señaló que el producto e) sería entregado con la llegada de la nueva administración.
El contrato terminó el pasado 17 de enero de 2016, sin que el contratista entregara finiquitados los productos faltantes.
Al ver el incumplimiento en la entrega de los productos acordados y que el contrato ya había culminado, la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional procedió a requerir al señor Xxxxxx Xxxxxxxx, en 3 ocasiones, solicitando la entrega de los informes de ejecución contractual y los productos acordados, que hasta el momento hacen falta por entregar. Estos requerimientos se realizaron mediante los oficios Nros. 0-0000-0000 del 18 de febrero, 0-0000-0000 del 08 xx xxxxx y 0-0000-00000 del 00 xx xxxx xx 0000 (xxx cuales se adjuntan).
b) OBLIGACIONES NO CUMPLIDAS DEL CONTRATO No. 2213100-153-2015.
Frente a las cláusulas contractuales incumplidas.
CLAUSULA QUINTA. PLAZO Y VIGENCIA
Al no entregar los productos en el plazo establecido.
CLAUSULA SEXTA: Obligaciones. Literal B) DEL CONTRATISTA OBLIGACIONES ESPECÍFICAS.
Incumplió 3 obligaciones.
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA. - CESIÓN DE DERECHOS DE AUTOR.
Hasta el momento no ha entregado los productos contratados de los cuales debía ceder los derechos de autor a la Secretaría General.
c) Xxxxxx que presuntamente ha incumplido el contratista.
Frente a la norma violada por el contratista:
El señor Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx ha incurrido en el incumplimiento señalado en las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y 1474 de 2011, al vulnerar específicamente el articulo 5 numerales 2,4, de la Ley 80 de 1993.
Tipo de incumplimiento.
Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, concluye que existe un incumplimiento parcial del Contrato de Prestación de Servicios Profesionales Nro. 2213100-153-2015, en virtud a que no se presentó 2 de los productos contratados (2 obligaciones específicas) e incumplió la obligación especifica No. 6 al no haber presentado el informe de ejecución contractual del periodo comprendido entre el 18 de diciembre de 2015 y el 17 de enero de 2016.
Consecuencias a derivarse para el contratista de llegar a declararse el incumplimiento.
El incumplimiento del señor Xxxxxx Xxxxxxxx en cuanto a la entrega de estos dos productos contratados, genera alto impacto para la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional, de la siguiente forma:
La DDDI, contaba con el Proyecto de Inversión 745 “Fortalecimiento de la transparencia y la eficiencia de la gestión pública distrital” que a su vez tenía como
una de sus metas “ Diseñar, formular y hacer seguimiento al 0,23 de una política pública de transparencia, probidad y lucha contra la corrupción” y actividad “Adelantar acciones para la gestión de la información en materia de gestión pública, en el marco del Observatorio de Transparencia e Integridad de Bogotá”, la cual no pudo ser cumplida en su totalidad pues los productos contratados no fueron entregados por el señor Xxxxx Xxxxxx, los cuales estaban planeados que servirían de insumo para fortalecer los documentos técnicos de la Política Pública de Transparencia y Lucha contra la corrupción en Bogotá.
CONSECUENCIAS.
Teniendo en cuenta que el presunto incumplimiento en la ejecución del contrato ha sido parcial. L a Dirección Distrital de Desarrollo Institucional, solicita que se inicie el trámite correspondiente para hacer efectiva la Cláusula Penal Pecuniaria, teniendo en cuenta que el perjuicio ocasionado a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., es equivalente a un 10.44% de la cláusula penal pecuniaria, lo cual corresponde a Dos Millones Ciento Treinta y Seis Mil Quinientos Setenta y Cinco Pesos M/cte. ($ 2.136.575).
Lo anterior en consecuencia, que de las seis (6) obligaciones específicas contempladas en el Contrato de Prestación de Servicios Profesionales Nro. 2213100-153-2015, el señor Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, incumplió en un total de 3, constitutivas de 2 productos entregables, las cuales son:
“(..) 4) Articular y consolidar la formulación de la propuesta para la política pública de desarrollo institucional, que consistirá en un documento técnico que contenga un análisis de antecedentes, revisión documental, un diagnóstico.
5) presentar una propuesta de política pública de desarrollo institucional. Dicho documento técnico deberá estar socializado y retroalimentado con los actores estratégicos priorizados por la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional.
6) Presentar informes mensuales al supervisor sobre las actividades y la ejecución del contrato”
El porcentaje de cumplimiento asignado a cada una de las obligaciones específicas es del 16.6% es decir, el incumplir 3 de sus obligaciones, el porcentaje de incumplimiento asciende a un 50%. No obstante, ello, frente a la última obligación es del caso reducir su porcentaje de incumplimiento toda vez que los 10 meses de ejecución contractual, el incumplimiento solo se presentó en el último mes, es decir que, el porcentaje de incumplimiento de esta última obligación es de 1,6%.
Así las cosas, en virtud del principio de proporcionalidad, el porcentaje real de incumplimiento contractual asciende al 34,8% equivalente a un 10,44% de la Cláusula Penal Pecuniaria establecida en el contrato, por el no cumplimiento de dos (2) obligaciones específicas y el incumplimiento correspondiente a un (1) mes de la obligación No. 6 contemplada en la cláusula sexta del contrato.
Por otra parte, en cumplimiento a lo señalado en los literales b) y c) del artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, nos permitimos poner en su conocimiento el orden del día que se llevará a cabo para el desarrollo de la audiencia así:
Instalación de la audiencia-verificación de los asistentes.
Presentación de las circunstancias de hecho que motivan la actuación, enunciación de las normas u obligaciones posiblemente violadas y las consecuencias derivadas para el contratista de llegarse a demostrar el presunto incumplimiento.
Uso de la palabra al contratista o a su apoderado, por única vez, para que presenten los descargos y aporten las pruebas que consideren pertinentes.
Uso de la palabra al garante del contratista, por única vez, para que presenten los descargos y aporten las pruebas que consideren pertinentes.
Respuestas de la entidad a los descargos presentados por el contratista y su garante.
Adopción de la decisión por parte del Ordenador del Gasto- Notificación en Estrados.
Adicionalmente, nos permitimos adjuntar el informe de supervisión, en el cual se describen los hechos que sustentan el presunto incumplimiento de las obligaciones contractuales, así como las cláusulas del contrato, las normas eventualmente vulneradas y las posibles consecuencias.
De todo lo anterior como se enunció al comienzo con el fin de garantizar su derecho a la defensa, principio de publicidad y en cumplimiento a la Ley 1712 de 2014; el expediente contractual No. 2213100-153-2015, se encuentra a su disposición en la Dirección de Contratación, ubicada en la Xxxxxxx 0 Xx. 00-00, Xxxxxxx xxx Xxxxxxx, Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., edificio Bicentenario II, en un horario de atención de 07:00 a 04:00 pm.
Atentamente,
XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX
Directora de Contratación
c.c.
Anexos: Cuatro (4) folios.
Proyectó: Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx
Revisó: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx