DECISIÓN (UE) 2022/1974 DEL CONSEJO
(Actos no legislativos)
aCUERDOS INTERNaCIONaLES
DECISIÓN (UE) 2022/1974 DEL CONSEJO
de 13 de octubre de 2022
relativa a la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo de Asociación Voluntaria entre la Unión Europea y la República Cooperativa de Guyana sobre la aplicación de las leyes, la gobernanza y el comercio forestales en lo relativo a los productos de la madera con destino a la Unión Europea
EL CONSEJO DE La UNIÓN EUROPEa,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 207, apartado 4, párrafo primero, en relación con su artículo 218, apartado 5,
Vista la propuesta de la Comisión Europea, Considerando lo siguiente:
(1) El 00 xx xxxx xx 0000, xx Xxxxxxxx adoptó una comunicación al Consejo y al Parlamento Europeo titulada
«aplicación de las leyes, gobernanza y comercio forestales (FLEGT) – Propuesta de Plan de acción de la Unión Europea». El Plan de acción que figura en dicha comunicación (en lo sucesivo, «Plan de acción FLEGT») exigía medidas para hacer frente a la tala ilegal a través de la celebración de acuerdos de asociación voluntaria con países productores xx xxxxxx. El Consejo adoptó sus conclusiones sobre el Plan de acción FLEGT el 13 de octubre de 2003, y el 00 xx xxxxx xx 0000 xx Xxxxxxxxxx Europeo adoptó su Resolución en la materia.
(2) El 5 de diciembre de 2005, el Consejo autorizó a la Comisión a abrir negociaciones con países productores xx xxxxxx con relación a acuerdos de asociación para ejecutar el Plan de acción FLEGT.
(3) El 20 de diciembre de 2005, el Consejo adoptó el Reglamento (CE) n.o 2173/2005 (1), que establece un sistema de licencias FLEGT para las importaciones xx xxxxxx que permite importar en la Unión madera de países con los que la Unión haya concluido acuerdos de asociación voluntaria.
(4) Las negociaciones con la República Cooperativa de Guyana con miras a la celebración de un acuerdo de asociación Voluntaria entre la Unión Europea y la República Cooperativa de Guyana sobre la aplicación de las leyes, la gobernanza y el comercio forestales en lo relativo a los productos de la madera con destino a la Unión Europea (en lo sucesivo, «acuerdo») concluyeron satisfactoriamente el 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 xxx xx xxxxxxx xxx xxxxxxx.
(5) Procede firmar el acuerdo, a reserva de su conclusión en una fecha posterior.
ha aDOPTaDO La PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Se autoriza la firma, en nombre de la Unión, del acuerdo de asociación Voluntaria entre la Unión Europea y la República Cooperativa de Guyana sobre la aplicación de las leyes, la gobernanza y el comercio forestales en lo relativo a los productos de la madera con destino a la Unión Europea, a reserva de la celebración de dicho acuerdo (2).
(1) Reglamento (CE) n.o 2173/2005 del Consejo, de 20 de diciembre de 2005, relativo al establecimiento de un sistema de licencias FLEGT aplicable a las importaciones xx xxxxxx en la Comunidad Europea (DO L 347 de 30.12.2005, p. 1).
(2) El texto del acuerdo se publicará junto con la Decisión relativa a su celebración.
Artículo 2
Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona o personas facultadas para firmar el acuerdo en nombre de la Unión.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
hecho en Luxemburgo, el 13 de octubre de 2022.
Por el Consejo El Presidente
X. XXxXXX