Contract
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN, DIMANIZACIÓN, MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA EN LAS INSTALACIONES DE OCIO Y DEPORTES DEL MUNICIPIO XX XXXXXXXXX
I.- OBJETO DEL CONTRATO
Es objeto del presente contrato la prestación de los servicios de atención, dinamización, mantenimiento y limpieza de las instalaciones de ocio y deportivas del Municipio xx Xxxxxxxxx.
Aunque con diferentes tipologías de servicios, tal y como se detallará en el punto siguiente, el contrato comprende las siguientes instalaciones:
‐ Errotarena Polikiroldegia (polideportivo y piscinas).
‐ Frontón municipal.
‐ Canchas de Escuelas Xxxxxx.
Además de este pliego habrá que seguir lo dispuesto en el pliego de cláusulas administrativas y en el Reglamento de Centros Municipales e Instalaciones Deportivas.
II.- SERVICIOS A PRESTAR OBJETO DEL CONTRATO
Los servicios a prestar por la empresa adjudicataria para cada una de las instalaciones anteriormente señaladas serán las que se detallan a continuación:
1. En el Polideportivo Errotarena:
a) Actividades deportivas y de atención en el gimnasio
Monitorizar a las personas usuarias de la sala de musculación y de fitness.
Impartir, como mínimo, las siguientes actividades que se incluyen en el precio del abono: ciclo indoor, gap, pilates, gym pump, global training, abdominales.
Ciclo indoor, pilates, gym pump y abdominales se impartirán, como mínimo, cuatro veces por semana.
Gap y global training se impartirán, como mínimo, dos veces por semana.
Preparar las clases: música, estructura, dinámica, etc.
Preparar rutinas deportivas en función de las necesidades de cada usuario/a: preparación de oposiciones, preparación de pruebas deportivas, recuperación de lesiones, etc.
En los casos en que sea necesario, indicar pautas dietéticas y de suplementación.
Organizar el horario de actividades dirigidas, adaptándolo a las necesidades de cada momento en función de la época del año, número de abonados, etc.
Proponer nuevas actividades sin coste adicional para el Ayuntamiento sujetas a la tarifa establecida en las Ordenanza Fiscales.
Elaborar un calendario anual. En ese calendario caben modificaciones respecto a las actividades a impartir, respetando las frecuencias mínimas establecidas en el presente pliego y contando siempre con el acuerdo previo de la Concejalía de Deportes a la que se presentarán dichas modificaciones incluidas en el calendario anual.
Realización de dos campañas al año de captación de socios, con actividades de promoción, puertas abiertas,...
b) Limpieza de la instalación:
Diario. (Lunes x Xxxxxxx)
Limpieza y desinfección de vestuarios.
Limpieza de escaleras, xxxx y pasillos.
Limpieza túnel y pasillo.
Limpieza y desinfección del baño de recepción.
Limpieza de bancos de vestuarios.
Limpieza oficinas de recepción.
Limpieza xx xxxxxxxxx.
Limpieza de puertas, ascensores y maquinas canceladoras.
Limpieza de alfombras.
Limpieza xxxx 1ª planta
Limpieza de todos los vestuarios del polideportivo antes de la apertura todos los días.
Limpieza de la sala de musculación, pasillos, salas de spinning y sala multiusos antes de la apertura todos los días.
Días alternos
Fregado mecánico de entradas halls y pasillos
Limpieza de los alicatados.
Puertas y xxxxxx
Semanal
Limpieza en los vestuarios con rotativa
b).1 Piscinas Municipales (Edificio viejo)
Diario. (Lunes, Miércoles y Viernes) instalaciones para el personal municipal
Limpieza y desinfección de duchas y w.c,
Barrido y fregado de suelos de duchas y w.c
Limpieza de bancos de vestuarios
Limpieza Oficina
Semanal
Limpieza de los alicatados
Limpieza de taquillas
Puertas y xxxxxx
Limpieza de vestuarios con rotativa
Limpieza Xxxx entrada
Trimestral
Limpieza xx xxxxxxxxx interiores y exteriores. (galerías de pasillos y puertas de acceso).
Semestral (coincidiendo con las dos paradas anuales)
Galería acristalada del vaso de piscina. (interior y exterior).
NOTA: En periodo xx xxxxxx en la limpieza de las piscinas se incluirá:
Vaciado de papeleras y recogida de residuos depositados sobre el césped.
Limpieza y desinfección de duchas de entrada a piscinas.
b).2 Polideportivo (Edificio nuevo)
Limpieza de la cancha polideportiva dos veces por semana.
Limpieza de los baños de las gradas una vez por semana y, en cualquier caso, antes de la celebración de cualquier competición deportiva o evento a realizar en la instalación a la que se prevea que acuda público.
Limpieza de las gradas como mínimo una vez por semana y, en cualquier caso, antes de la celebración de cualquier competición deportiva o evento a realizar en la instalación a la que se prevea que acuda público.
Limpieza xx xxxxxxxxx exteriores como mínimo una vez al año.
Limpieza xx xxxxxxxxx interiores como mínimo tres veces por semana.
Limpieza de las diferentes máquinas de las instalaciones. Bicis, cintas de correr, máquinas de musculación etc…
Para la ejecución de las tareas descritas en este apartado todo el material, útiles y herramientas necesarias correrán por cuenta de la empresa adjudicataria. Igualmente la compra y el mantenimiento de la maquinaria necesaria para efectuar las tareas de limpieza aquí descritas.
c) Mantenimiento de maquinaria de piscinas y controles bacteriológicos.
Se incluyen todas las tareas de mantenimiento necesarias para cumplir con la normativa establecida en materia higiénico-sanitaria y en especial:
Aplicar el Plan de Autocontrol de piscina climatizada y xx xxxxxx.
Control integral de legionella. Control de moluscos.
Analíticas de los vasos: cloro, ph, cloro combinado, temperaturas y humedad.
Limpieza y desinfección anual de los vasos de piscinas dos veces al año.
Limpieza y desinfección diaria de la playa de piscinas.
Revisión, mantenimiento y conservación de la maquinaria existente. (ver anexo 1).
Para la ejecución de las tareas descritas en este apartado todo el material, útiles, herramientas y suministros necesarios correrán por cuenta de la empresa adjudicataria. Igualmente la compra y el mantenimiento de la maquinaria necesaria para efectuar las tareas de mantenimiento y control aquí descritas.
d) Mantenimiento de maquinaria de polideportivo.
Se incluyen todas las tareas de mantenimiento necesarias para cumplir con la normativa establecida en materia higiénico-sanitaria y en especial:
Aplicar el Plan de Autocontrol.
Control integral de legionella.
Mantenimiento de la maquinaria de frío y calor.
Para la ejecución de las tareas descritas en este apartado todo el material, útiles, herramientas y suministros necesarios correrán por cuenta de la empresa adjudicataria. Igualmente la compra y el mantenimiento de la maquinaria necesaria para efectuar las tareas de mantenimiento y control aquí descritas.
Con respecto a la maquinaria de la sala de fitness la titularidad de la misma es municipal y el mantenimiento está incluido en el contrato de renting de vencimiento en junio 2019. Si, llegada esa fecha, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx no decidiese renovar dicho renting el mantenimiento de dichas máquinas también correrá a cargo del adjudicatario.
e) Conserjería (en el horario no cubierto por el personal municipal).
En coordinación con el personal municipal adscrito a este servicio (ver anexo 2) se deberán realizar las siguientes tareas:
Apertura y cierre de la instalación.
Control en la entrada de los usuarios/as.
Expedición de los carnets de polideportivo y piscinas cumpliendo con los plazos establecidos en el Manual de Procedimientos del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx.
Expedición de documentos de carta de pago de acuerdo a la normativa bancaria CSB-60.
Atención telefónica.
Atención a colectivos (clubes deportivos, centros docentes, grupos…) y acceso a las instalaciones de los mismos.
Venta de entradas y otros artículos, cobros, altas y bajas de cursillos.
Alquiler de canchas.
Programación de la información a exhibir en las pantallas (dicha información se coordinará con los responsables de comunicación del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx).
Coordinar la correcta utilización de las instalaciones
Todas aquellas inherentes al puesto
f) Personal de refuerzo socorrismo.
La empresa adjudicataria proveerá el personal necesario para el cumplimiento, conforme a lo previsto en la normativa vigente, de la programación municipal en lo referente a cursillos de natación y servicio de socorrismo además de otras circunstancias que pudieran darse (bajas, horas sindicales…).
Para esta cuestión se tendrá en cuenta, en primer lugar, lo dispuesto en la cláusula IV-3 del presente pliego de condiciones técnicas.
g) Coordinación de horarios del personal destinado a la instalación.
El adjudicatario nombrará un responsable de la instalación quien, en coordinación con la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, propondrá un calendario de todo el personal adscrito a las instalaciones (sea personal municipal o perteneciente a la empresa adjudicataria) y de las tareas a realizar por cada persona. En este último punto siempre teniendo en cuenta la definición de los puestos de trabajo vigentes en la RPT del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx.
2. En el Frontón municipal:
a) Atención a reservas, clubes y otras actividades de interés municipal.
Se incluyen los siguientes servicios:
Cobro de las reservas individuales o de grupos incluso de las duchas de los baños exteriores.
Apertura de accesos y vestuarios a los mismos y a los clubes usuarios de la instalación incluso las duchas de los baños exteriores.
A petición de cualquier responsable municipal apertura y acondicionamiento de la instalación para la celebración de eventos, ensayos o cualquier otra actividad de interés municipal.
b) Limpieza de la instalación.
Se incluyen los siguientes servicios:
Limpieza con mopa de la cancha dos veces por semana.
Limpieza diaria de vestuarios anterior al acceso a los mismos de usuarios o clubes.
Limpieza posterior a la celebración de eventos de interés municipal.
Para la ejecución de las tareas descritas en este apartado todo el material, útiles y herramientas necesarias correrán por cuenta de la empresa adjudicataria. Igualmente la compra y el mantenimiento de la maquinaria necesaria para efectuar las tareas de limpieza aquí descritas.
3. Canchas de Escuelas Xxxxxx:
a) Apertura y cierre en horario no escolar.
Se incluyen los siguientes servicios:
En coordinación con la Concejalía de Educación y la dirección del CEP Xxxxxx LHI se mantendrán abiertos los patios y las canchas en el horario establecido en este pliego.
Además, a requerimiento de cualquier responsable municipal apertura y cierre de la instalación para la celebración de cualquier otra actividad de interés municipal o que cuente con permiso.
En el caso de pernoctaciones en el gimnasio u otras instalaciones del centro por grupos con la debida autorización municipal, se deberá, únicamente, controlar y facilitar el acceso a las instalaciones al citado colectivo, siendo éste responsable del buen uso.
b) Control del buen uso de las instalaciones durante el horario de apertura.
c) Atención a reservas y clubes.
Para la prestación de estos servicios se elaborará un calendario para el adecuado desarrollo de las actividades de los clubes deportivos usuarios de la instalación.
III.- HORARIO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO
Los horarios mínimos a cubrir por parte del adjudicatario con los servicios anteriormente señalados son los siguientes:
1. Errotarena Polikiroldegia
Lunes a viernes de 9:00 a 22:00.
Sábados y Domingos de 10:00 a 14:00.
Festivos cerrado.
Horario especial temporada xx xxxxxx (del 15 xx Xxxxx al 15 de Setiembre): apertura de las Piscinas todos los días incluidos festivos de 11:00 a 20:00, y el Polideportivo de lunes a viernes de 9:00 a 22:00 y sábados y domingos de 10:00 a 14:00, festivos cerrado.
2. Frontón Municipal:
Las reservas se admitirán en el mismo horario que Errotarena Polikiroldegia: lunes a viernes de 9:00 a 22:00 y sábados y domingos de 10:00 a 14:00.
3. Canchas de Escuelas Xxxxxx:
Lunes a viernes de 16:30 a 20:30.
Sábados y domingos de 10:00 a 14:00.
Los meses de Julio y Agosto no se prestará el servicio, si no determina el Ayuntamiento otra cosa.
Además de cubrir este horario habitual explicitado anteriormente se deberá atender los horarios por el uso por parte de clubes, asociaciones o centros escolares según se especifica:
1. Errotarena Polikiroldegia:
Club de baloncesto Balmaseda Kadagua S.B.T.:
Habilitar cuatro vestuarios en los días de entrenamiento y tres en los días de partidos federados (1 para árbitros).
Reservar dos canchas en horario de 16:30 a 22:00 los lunes, miércoles y viernes y de 16:30 a 20:00 los martes y jueves.
Reservar dos canchas sábados y domingos de 10:00 a 14:00 para partidos. Reservar la cancha central los viernes de 20:00 a 22:00 para la celebración de partidos federados.
Esta reserva no devengará tasas. Si el club quiere ampliar el número de horas/semana deberá abonar las tasas correspondientes.
Federación Vizcaína de Taekwondo:
Habilitar dos vestuarios en los días de entrenamiento. Reservar una cancha en horario de 17:00 a 19:00 los lunes y miércoles. Esta reserva está sujeta al pago de tasas.
Centros escolares:
Ikastola Zubi Zaharra: durante el curso escolar los lunes de 11:00 a 13:00 y de 14:35 a 16:35, martes de 9:00 a 13:00 y de 14:35 a 16:35, miércoles de 9:00 a
13:00, jueves de 9:55 a 11:50 y viernes de 9:00 a 13:00. Habilitando dos vestuarios.
IES Xxxxxxxxx BHI: Durante el curso escolar los lunes de 10:30 a 15:30, martes de 11:25 a 12:20 y de 13:30 a 15:30, miércoles de 10:30 a 14:30, jueves de 10:30 a 15:30 y viernes de 10:30 a 13:30. Habilitando dos vestuarios.
En ambos casos, a demanda de los centros escolares al inicio del curso y sin que suponga perjuicio para la actividad deportiva habitual, se podrá acordar entre el adjudicatario y el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx modificaciones a estos horarios básicos planteados.
Actividades de interés municipal
A requerimiento, con una semana de antelación, de cualquier instancia municipal se deberá atender la realización en cualquiera de las instalaciones de actividades de interés municipal (encuentros, competiciones, cesiones a otras asociaciones, conciertos…). Este hecho conllevará el uso de las instalaciones demandadas en las condiciones y horarios solicitados, poniendo la empresa adjudicataria los medios necesarios.
2. Frontón Municipal:
Sociedad Pelotazale.
Reserva de la cancha y vestuarios los martes y jueves de 17:00 a 20:00 para entrenamientos y los sábados por la tarde de acuerdo al calendario oficial de competición facilitado por la Sociedad.
Fútbol Club Balmaseda.
Reserva de cancha y vestuarios los lunes, miércoles y viernes de 17:00 a 18:30.
IES Xxxxxxxxx BHI:
Reserva de canchas y vestuarios xx xxxxxx a viernes de 8:00 a 10:00.
Actividades de interés municipal
A requerimiento, con una semana de antelación, de cualquier instancia municipal se deberá atender la realización en cualquiera de las instalaciones de actividades de interés municipal (encuentros, competiciones, cesiones a otras asociaciones, conciertos…). Este hecho conllevará el uso de las instalaciones demandadas en las condiciones y horarios solicitados, poniendo la empresa adjudicataria los medios necesarios.
3. Canchas de Escuelas Xxxxxx:
Fútbol Club Balmaseda.
Reserva del campo de fútbol 5 lunes, martes, miércoles y viernes de 17:00 a 20:00. Previo aviso sábados por la mañana de 10:00 a 14:00 para partidos de deporte escolar.
Club de baloncesto Balmaseda Kadagua S.B.T.:
Reserva de la cancha trasera de baloncesto lunes, martes, y jueves de 17:00 a 20:00. Previo aviso sábados por la mañana de 10:00 a 14:00 para partidos de deporte escolar.
Actividades de interés municipal
A requerimiento, con una semana de antelación, de cualquier instancia municipal se deberá atender la realización en cualquiera de las instalaciones de actividades de interés municipal (encuentros, competiciones, cesiones a otras asociaciones, conciertos…). Este hecho conllevará el uso de las instalaciones demandadas en las condiciones y horarios solicitados, poniendo la empresa adjudicataria los medios necesarios.
IV.- MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES
El adjudicatario deberá destinar como mínimo el número de personas suficientes para cubrir la correcta atención de las obligaciones establecidas en este pliego y en función de los horarios de apertura señalados anteriormente.
En cualquier caso deberán al menos dotarse del siguiente personal para prestar los servicios indicados:
1. Responsables de cada instalación.
La empresa adjudicataria nombrará una persona responsable de cada una de las instalaciones objeto de este pliego y les dotará de los medios necesarios para poder facilitar un contacto continuado entre éstos y el Ayuntamiento (dirección de correo electrónico, teléfono móvil…).
2. Interlocutor de la empresa con el Ayuntamiento.
La empresa adjudicataria nombrará un responsable del global del proyecto que se presente como oferta a este pliego. Esta persona actuará como interlocutor válido para cualquier incidencia, petición o consulta relacionada con la prestación de los servicios.
3. Personal municipal adscrito a la instalación.
El Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx cuenta con personal (funcionario y laboral) adscrito al Errotarena Polikiroldegia y a las piscinas municipales (ver anexo 2). La relación laboral, funcional y jerárquica de estas personas seguirá siendo con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx mientras se mantengan en vigor sus contratos si bien, tal y como se ha establecido en el punto g) de la cláusula II, se propondrá una coordinación de horarios a la Concejalía de Deportes.
4. Obligación de cumplimiento de obligaciones legales.
La empresa adjudicataria deberá cumplir con todas la obligaciones legales laborales y de Seguridad Social, debiendo satisfacer al personal que presta el servicio objeto de adjudicación, como mínimo, el salario correspondiente según lo previsto en el convenio colectivo provincial vigente. Igualmente la empresa adjudicataria deberá cumplir con los requisitos legales que existen en materia de contrataciones de trabajadores con discapacidad, de forma que su plantilla esté conformada, cuando menos, por el porcentaje mínimo de trabajadores con estas características que la legislación estipula.
5. Personal de la empresa adjudicataria.
Todo el personal que ejecute las prestaciones (excepto los incluidos en el ANEXO) dependerá únicamente de la empresa adjudicataria o, en su caso, de las empresas subcontratadas, a todos los efectos, sin que exista vínculo alguno de dependencia funcionarial ni laboral con el Ayuntamiento. A tal efecto, y con carácter previo al inicio de la ejecución del contrato, estará obligado a especificar las personas concretas que ejecutarán las prestaciones y a acreditar su afiliación y su situación de alta en la Seguridad Social. Durante la vigencia del contrato, cualquier modificación o sustitución de esas personas deberá comunicarse previamente al Ayuntamiento, así como acreditar que su situación laboral está ajustada a derecho.
6. Titulaciones.
El personal contratado deberá contar con la titulación mínima legalmente requerida por la normativa vigente y, en especial, a lo que la Ley determine en cuanto a competencias profesionales en el sector y prevención de riesgos laborales.
7. Indumentaria.
El personal de las instalaciones deberá poder ser identificado en todo momento como tal por las personas usuarias de las mismas, para lo que la empresa adjudicataria deberá dotarles de la indumentaria y uniformidad necesarias apropiada para época del año, facilitarles acreditaciones visibles, que deberán incluir el nombre de la instalación y el logotipo del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx. Previamente se consensuará con la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento para que sea acorde con el Manual de Estilo xx Xxxxxxxxx.
8. Consecuencias en caso de rescate del servicio.
En el caso de que, en el futuro y por razones de interés público, el Ayuntamiento optase por el rescate del servicio en aras a gestionarlo directamente, de conformidad con los dispuesto en la TRLCSP, el personal contratado directamente por la empresa adjudicataria, así como el perteneciente a las empresas subcontratadas por aquél, en ningún caso quedará vinculado ni funcionarial ni laboralmente con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx. Tampoco existirá dicho vínculo funcionarial para el caso de que, una vez acabada la vigencia del contrato o alguna de sus prórrogas, el Ayuntamiento optase por no volver a licitar los servicios que se incluyen en este pliego, pasando a explotarlos directamente.
NOTA: La información relativa a los trabajadores que desempeñan sus tareas en las instalaciones municipales se facilita en cumplimiento de lo previsto en el precitado art. 120 TRLCSP y sin que suponga prejuzgar la existencia y el alcance de la obligación de subrogación.
V.- OTRAS CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
V.1. Satisfacción de los servicios prestados:
La empresa adjudicataria deberá medir el nivel de satisfacción de los servicios prestados y para ello deberá realizar, con una periodicidad anual, una encuesta de satisfacción a los usuarios de cada instalación. El coste de dicha encuesta deberá ser sufragada por la empresa concesionaria.
La encuesta de satisfacción deberá ser lo suficientemente representativa del conjunto de los usuarios de la instalación y, necesariamente, deberá recabar la opinión de los usuarios acerca de, al menos, los siguientes aspectos:
Satisfacción de los usuarios con el mantenimiento y grado de conservación de las instalaciones.
Satisfacción de los usuarios con el contenido, calidad y variedad de las actividades deportivas organizadas por la empresa adjudicataria.
Satisfacción de los usuarios con el sistema de usos y preferencias en el acceso establecido para las instalaciones.
Satisfacción de los usuarios con el tratamiento dispensado por el personal al servicio de la empresa adjudicataria.
Posibles aspectos a mejorar en la gestión y conservación de las instalaciones (preguntas abiertas).
El Ayuntamiento podrá supervisar, con anterioridad a su puesta en marcha, el contenido y estructuración del modelo de encuesta, estando facultado para proponer al adjudicatario los ajustes que estime necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en esta cláusula, debiendo la empresa adjudicataria atender estas indicaciones.
Los resultados de esta encuesta de satisfacción deberán trasladarse al Ayuntamiento durante los tres primeros meses de cada ejercicio. En base a dichos resultados, el Ayuntamiento podrá sugerir al adjudicatario mejoras en la gestión de las instalaciones deportivas, sin perjuicio de la aplicación del régimen de penalidades previsto en el presente Pliego, en caso necesario.
V.2. Mecanismos de coordinación e información
La empresa adjudicataria del presente contrato deberá, además, establecer mecanismos de coordinación e información con el Ayuntamiento y como mínimo realizar las siguientes tareas:
a) A la conclusión de cada ejercicio, y dentro de los tres primeros meses inmediatamente posteriores a ésta, la empresa adjudicataria deberá presentar una
memoria resumen del servicio correspondiente al ejercicio terminado, incluyendo información sobre:
Número de abonados iniciales, finales y variaciones habidas durante el ejercicio, detalladas conforme a las categorías establecidas.
Memoria deportiva y resumen de las actividades dirigidas: calendario, duración y horarios, plazas ofertadas y plazas finalmente cubiertas.
Resumen de los alquileres de cada una de las instalaciones.
Resultados de la encuesta de satisfacción del cliente (conforme a los criterios recogidos en la cláusula XV de este Pliego).
Análisis de las principales incidencias producidas: en mantenimiento, en aspectos organizativos, en eventos, etc.).
b) Todo lo anterior se deberá entender sin perjuicio de la facultad del Ayuntamiento de la verificación de cuanta información se considere oportuna en relación con la memoria, datos y propuestas ofrecidas por la empresa adjudicataria, así como del cumplimiento de la legislación aplicable a las relaciones jurídicas que se establezcan. Los gastos del cumplimiento de todos estos compromisos se entenderán de cuenta y cargo de la empresa adjudicataria.
c) Elaborar o actualizar conforme a la normativa vigente el Manual de Autocontrol de Piscinas, así como aplicar e implantar las medidas que se deriven de dicho plan, manteniéndolo actualizado.
d) Garantizar que todas las personas usuarias dispongan de toda la información pertinente sobre el funcionamiento de la instalación. En este sentido, habrá de colocar en un lugar visible y de fácil acceso un panel o pantalla, además de cuentas en redes sociales y página web creadas al efecto, en las que se indique como mínimo, y en euskera y castellano:
Las tarifas vigentes.
El horario en el que la instalación permanece abierta.
El horario de atención al público.
Los servicios y programas que se ofertan.
El nombre de la empresa adjudicataria.
El nombre de la instalación y el logotipo del Ayuntamiento.
e) La empresa concesionaria deberá implantar, en un lugar accesible al público ubicado en la propia instalación, un sistema de recogida de avisos, quejas y sugerencias acerca del funcionamiento de la instalación y de los servicios ofrecidos en la misma, debiendo periódicamente dar cuenta al Ayuntamiento acerca de las informaciones recabadas por este sistema.
f) Habrá de presentar, en los plazos que se establezcan, la siguiente documentación:
Antes del 31 de julio de cada ejercicio, contenido completo de la oferta deportiva programada para la siguiente temporada dentro de sus instalaciones
(tipo de actividad, público objetivo, horarios de impartición, etc.) y propuesta de actualización de precios para el siguiente ejercicio.
Deberá disponer de Libro de Mantenimiento, Limpieza y Control de todos los espacios y las instalaciones, especificando todas las operaciones que van a efectuarse en las instalaciones, tanto preventivas como correctivas, con indicación de la planificación del programa de trabajo. El contenido de este Libro habrá de respetar, en todo caso, lo dispuesto en los presentes Pliegos y en la oferta formulada por la empresa adjudicataria en la licitación.
Auditoría técnica sobre las instalaciones, si fuera solicitada por el Ayuntamiento.
g) Informe mensual relativo al número de abonados con desglose de altas y bajas. En la medida de lo posible se recabará la motivación de dichas bajas. Deberá incluir un análisis de las anomalías (si se produjesen) y una evolución numérica del grado de aceptación de los cursillos.
V.3. Obligaciones de la empresa en materia de Prevención de Riesgos Laborales.
La adjudicataria está obligada al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como la demás normativa vigente.
En el modelo de proposición económica que figura como Anexo I del presente pliego se hace manifestación expresa a que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones.
Tendrá entre sus obligaciones la elaboración de un Plan de Autoprotección conforme al Decreto 277/2010 de 2 de noviembre, “Obligaciones de autoprotección exigibles a determinadas actividades, centros o establecimientos para hacer frente a situaciones de emergencia”, así como su implantación y mantenimiento.
Además, la empresa adjudicataria presentará al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx la siguiente documentación en el plazo máximo de tres meses a contar desde la formalización del contrato:
Listado de personal que va a trabajar con DNI, Nombre y apellidos, y calificación profesional. En dicho listado, adicionalmente se designará una persona responsable de la prevención de la empresa contratada (recurso preventivo y su formación en materia preventiva, recurrido conforme Ley 54/03).
Recibo de los trabajadores de haber recibido los Equipos de Protección Individual que correspondiesen, así como su uso.
Contrato en vigor con el Servicio de Prevención Ajeno.
Evaluación de Riesgos laborales.
Certificado de la realización de la vigilancia de salud de los trabajadores.
Listado de maquinaria y equipos a usar en el servicio, adjuntando declaración de conformidad del mismo.
Certificados de formación en materia de prevención sobre los riesgos específicos y medidas preventivas a adoptar en su trabajo y en servicio, así como copia de la información de riesgos recibida por parte de los trabajadores.
Póliza de Responsabilidad Civil y estado de pago.
Toda aquella documentación requerida en materia de PRL.
La documentación relacionada anteriormente deberá ser actualizada en caso de modificaciones de la misma, o en su caso, de darse la circunstancia de inicio de una nueva relación contractual, previa autorización del órgano de contratación.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 31/95, de ocho de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, el incumplimiento por los empresarios de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales dará lugar a responsabilidades administrativas, así como, en su caso, a responsabilidades penales y a las civiles por los daños y perjuicios que puedan derivarse de dicho incumplimiento.
Asimismo, el incumplimiento por el contratista de las disposiciones previstas en la presente cláusula, sobre prevención de riesgos laborales, será causa de resolución del contrato.
V.4. Obligaciones de la empresa en materia de comunicación, publicidad e imagen del servicio.
La entidad adjudicataria se obliga a:
1. No utilizar el nombre, ni la imagen externa o interna de las instalaciones con motivos publicitarios o por cualesquiera otros de interés exclusivo de la entidad, excepto que medie autorización expresa previa por parte del Ayuntamiento.
2. En cualquier difusión de las actividades o servicios de la instalación, además de la identificación de la empresa concesionaria (nombre, logotipo…), habrá de hacerse constar la titularidad pública de la instalación, así como el logotipo del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx.
3. Las tarifas, impresos, avisos, propaganda, elementos de rotulación o señalización y similares se redactarán siempre previa autorización del Ayuntamiento, en los dos idiomas oficiales de la CAV.
4. La publicidad que se realice en la instalación habrá de ajustarse a la normativa legal vigente. En cualquier caso, la colocación de carteles o cualquier otro elemento publicitario, ya sea fijo o móvil, deberá contar con la previa autorización del Ayuntamiento.
5. El Ayuntamiento podrá incluir, dentro de las comunicaciones y acciones de difusión generales que realice sobre la oferta deportiva, información acerca de la oferta deportiva existente en las instalaciones, así como sobre las actividades y cursos que la empresa adjudicataria de la gestión de dichas instalaciones realice. En estas comunicaciones se indicará, en todo caso, que esta oferta se presta en las instalaciones a cargo dla empresa adjudicataria.
6. La empresa concesionaria deberá informar, a aquellos usuarios que demanden dicha información, de la posibilidad de acogerse al régimen de exenciones y bonificaciones vigentes en el Ayuntamiento para el uso de las instalaciones deportivas, encauzando a los interesados a las instancias municipales oportunas.
V.5. Obligaciones de la empresa en materia de tratamiento de la información y cumplimiento de las disposiciones legales en materia de protección de datos de carácter personal.
La entidad adjudicataria se obliga a:
1. En el tratamiento, la comunicación y la cesión de cualquier información que contenga datos de carácter personal (datos de abonados, matriculaciones, etc.), la adjudicataria deberá cumplir en todo momento con las disposiciones legales vigentes en esta materia y, más concretamente, con lo dispuesto por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como por el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros Automatizados que contengan Datos de Carácter Personal, aprobado por RD 994/1999, de 11 xx xxxxx.
2. El Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx mantendrá la condición de titular de los datos personales necesarios para la gestión de la actividad de las instalaciones objeto de esta contratación, actualmente registrados convenientemente ante la Agencia Vasca de Protección de Datos.
3. La empresa adjudicataria estará obligada a la firma de un convenio específico de cesión para el tratamiento de dichos datos de carácter personal. En este sentido, no podrá aplicar o utilizar los datos de carácter personal que obtenga por razón del contrato con fin distinto al que figura en el mismo, ni cederlos a terceros bajo ningún concepto, ni siquiera para su conservación.
4. Una vez cumplida la prestación contractual, la empresa adjudicataria entregará al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx los datos de carácter personal tratados. La empresa concesionaria deberá destruir los suyos, salvo que medie autorización escrita del Ayuntamiento, motivada por la posibilidad de ulteriores servicios, en
cuyo caso se podrán almacenar, con las debidas condiciones de seguridad, por un período de cinco años.
5. De cualquier incumplimiento en este sentido responderá la adjudicataria ante el posible afectado, sin perjuicio de la responsabilidad que, ante el propio Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx posea la empresa adjudicataria en virtud de estos pliegos.
6. La adjudicataria deberá, una vez le sea notificada la adjudicación del contrato y con carácter previo al comienzo de su actividad, cumplimentar por escrito los compromisos necesarios para poder efectuar el posible tratamiento de datos de carácter personal en poder del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, según lo dispuesto en el artículo 12.2 de la LOPD.
VI.- DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del contrato será de 4 años, siendo susceptible de prórroga por dos periodos sucesivos de un año de duración cada uno de ellos, sin que se pueda exceder de seis años la duración total del contrato.
La prórroga se acomodará a lo previsto en el artículo 23 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, acordándose de manera expresa por el órgano de contratación y siendo de obligado cumplimiento para el adjudicatario.
VII.- PRESUPUESTO
Se fija el precio máximo de licitación por año en 400.000 euros (CUATROCIENTOS MIL euros), I.V.A. del 21% incluido.
VIII.-FORMA DE PAGO
El pago de los servicios prestados se realizará mensualmente, a mes vencido, previa presentación de la correspondiente factura por parte del adjudicatario.
IX.-SOLVENCIA DE LOS LICITADORES
Para acceder al proceso de valoración de las propuestas, los licitadores deberán acreditar documentalmente una experiencia mínima de tres años en la realización de servicios similares al del objeto del contrato para instituciones públicas o privadas.
La experiencia se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad de derecho público o cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
X.- CRITERIOS DE VALORACIÓN
Los criterios de valoración de las ofertas que han de servir de base para la adjudicación del contrato serán los siguientes:
1. Criterios de adjudicación no cuantificables mediante fórmula (42 puntos)
Valoración del proyecto técnico deportivo propuesto (30 puntos):
Los criterios que se van a utilizar para valorar los proyectos técnicos deportivos que presenten las empresas licitadoras serán los siguientes:
Criterio 1: Se valorará la diversidad de actividades y la capacidad dinamizadora de la instalación y de las personas y clubes usuarias, entendiendo por ello un mayor uso potencial de las instalaciones, que se deduzca del Plan de Gestión Deportiva aportado por el licitador en su oferta y su contraste con la programación de las actividades deportivas especificadas en el Pliego Técnico. En esta línea se valorará especialmente la propuesta de actividades dirigidas a colectivos específicos como personas discapacitadas, personas mayores, etc… (10 puntos)
Criterio 2: Para la valoración de los sistemas de organización, coordinación, control y evaluación de las actividades objeto del presente contrato se tendrá en cuenta el nivel de transmisión de la información u opinión, tanto en volumen de información, en calidad de la misma y en la agilidad de su transmisión, en todo el ciclo comunicativo, partiendo desde las personas y clubes usuarias finales hasta llegar a los diferentes responsables municipales (7 puntos).
Criterio 3: En el ámbito del mantenimiento y conservación de las maquinarias que se encuentran en el complejo Polideportivo – Piscinas y del control bacteriológico de las piscinas y del control integral de la legionela, se valorará el grado de severidad de los controles propuestos por parte de las empresas licitadoras, de tal manera, que se alcancen altos niveles de prevención de accidentes o procesos infecciosos. También, se valorará el tiempo de reacción en la respuesta por parte de la empresa licitadora que se proponga en caso de accidente o infección (5 puntos).
Criterio 4: La amplitud del horario de atención y la facilidad y agilidad de la comunicación entre la empresa adjudicataria y las diferentes tipologías de usuarios del Polideportivo-Piscinas, Frontón y canchas de Escuela Xxxxxx y con el propio Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx serán los criterios para valorar los servicios de conserjería y atención de estas instalaciones propuestos por los adjudicatarios (4 puntos).
Criterio 5: La frecuencia y el grado de profundidad de la misma serán los criterios para valorar las propuestas presentadas en lo referido a la limpieza del Polideportivo y del Frontón municipal (4 puntos).
Valoración del equipo propuesto y las prácticas de gestión de la empresa o entidad (12 puntos):
Los criterios que se van a utilizar para valorar el equipo propuesto y las prácticas de gestión que presenten las empresas licitadoras serán los siguientes:
Criterio 1: Como criterios de valoración de los recursos materiales se evaluará la calidad de los mismos en atención a la declaración realizada por las empresas licitantes y con respecto al equipo de trabajo propuesto el mayor grado de nivel
académico y las labores realizadas en trabajos similares a los servicios objeto del presente contrato. Asimismo se valorará la presencia en el equipo de personas con discapacidad aptas para la prestación de los servicios. (6 puntos).
Criterio 2: La continuidad y capacidad de reciclaje del personal propuesto para el servicio serán los criterios para valorar la formación continua y la motivación del equipo. Para ello se analizará el Plan de Formación y la declaración de acciones concretas de formación y motivación dirigidas al personal presentado por las empresas licitadoras (3 puntos).
Criterio 3: Con el fin de valorar el respeto por la calidad, el medio ambiente o la igualdad de género se valorará la actividad desarrollada por le entidad o empresas en estos ámbitos y para ello se tendrán en cuenta las acreditaciones, certificaciones o planes obtenidos o realizados por las empresas o entidades licitadoras en estos ámbitos (3 puntos).
Puntuación mínima necesaria: de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150.4 del TRLCSP, para ser admitidos en la valoración global se exigirá que los licitadores alcancen un umbral mínimo de puntuación en la valoración de los criterios no cuantificables de forma automática o mediante fórmulas, de forma que no serán tenidas en cuenta por la Mesa de Contratación las proposiciones de los licitadores que no superen los 15 puntos quedando excluidas del proceso de valoración de las ofertas.
2. Criterios de adjudicación cuantificables mediante fórmula (58 puntos):
Mejoras (18 puntos)
Las mejoras que las empresas licitadoras pueden plantear en sus propuestas podrán ser de cuatro tipos:
a) Propuesta de actividades deportivas complementarias tanto de carácter puntual como de cierta continuidad y gestión de otros espacios municipales (ejemplo: refugio Kolitza). (5 puntos).
b) Propuestas que mejoren la gestión y calidad del servicio: ampliación de horarios, de personal, otras actividades, nuevas tecnologías o innovaciones en la gestión de las entidades o personas usuarias como la aportación de un programa informático que permita la realización de alquileres en remoto y realizar reservas vía web municipal y smartphones… (5 puntos).
c) Obras de mejora o inversión en las diferentes instalaciones y que redunden en una mejoría del servicio a prestar a usuarios/as (4 puntos).
d) Tareas de mantenimiento adicionales a las expuestas en este pliego (jardinería, instalaciones…) (4 puntos).
El criterio de evaluación será la aplicación de una fórmula matemática por ello las empresas licitantes deberán cuantificar económicamente sus mejoras al objeto de poder ser valoradas mediante dicha fórmula. El Ayuntamiento en el caso de observar una valoración económica desproporcionada de la mejora podrá reducir la cuantía hasta la cantidad que considere más ajustada. Únicamente se valorarán las mejoras que el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx considere interesantes para la prestación del servicio y no supongan un coste adicional para el Ayuntamiento.
Se dará la puntuación máxima por cada uno de los aspectos a la oferta con la mejora de más elevada cuantía. El resto de las propuestas recibirá su puntuación en aplicación de la fórmula prevista en el pliego de cláusulas administrativas.
La empresa adjudicataria deberá justificar el gasto efectivamente realizado objeto de la mejora y, en el caso de que la ejecución no alcanzase la cantidad presentada en la propuesta, de manera acordada con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, deberá realizar otra mejora para cubrir esa parte de gasto no ejecutada.
Valoración del precio del contrato. (40 puntos)
Se otorgará la puntuación máxima 40 puntos a la oferta con el precio del contrato propuesto más bajo.
El resto de las propuestas recibirá su puntuación en aplicación de la fórmula prevista en el pliego de cláusulas administrativas.
Baja temeraria o desproporcionada: Teniendo en cuenta lo expuesto en el artículo 152 del TRLCSP, cuando para la adjudicación deba considerarse más de un criterio de valoración, se podrán apreciar ofertas anormales o desproporcionadas aquellas en que la oferta económica sea inferior en más de un 10 puntos porcentuales a la media de todas las ofertas presentadas. Si en función de la aplicación de dicho límite, se apreciaran oferta u ofertas anormales o desproporcionadas, se excluirá la ofertas u ofertas que no pueden ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados. Para apreciarlas se emitirá informe técnico pertinente.
El procedimiento a seguir será el que se establece en el artículo 152.3 del TRLCSP. Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma. Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes mencionados en el apartado anterior, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas.
Balmaseda, Octubre de 2015