PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA A LA DIRECCIÓN DE URBANISMO DE BARCELONA SAGRERA ALTA VELOCITAT
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA A LA DIRECCIÓN DE URBANISMO DE BARCELONA XXXXXXX XXXX VELOCITAT
(Expediente 2016-DC-0012)
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO A- OBJETO DEL CONTRATO
CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA A LA DIRECCIÓN DE URBANISMO DE BARCELONA XXXXXXX XXXX VELOCITAT, S.A.
B- PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN
Base imponible | 136.000 € CIENTO TREINTA Y SEIS MIL EUROS |
IVA 21% | 28.560 € VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS SESENTA EUROS |
B.1. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
Presupuesto máximo de licitación: | 136.000 € (sin IVA) |
Valor de las distintas opciones: prórrogas | 136.000 € (sin IVA) |
TOTAL | 272.000 € (sin IVA) |
C- GARANTÍAS
PROVISIONAL: 3% del presupuesto de licitación, 4.080 € (IVA no incluido).
DEFINITIVA: 5% del importe de adjudicación (IVA no incluido).
COMPLEMENTARIA (en caso de oferta incursa en presunción de temeridad): 5% del importe de adjudicación (IVA no incluido)
D- PLAZO MÁXIMO DE EJECUCIÓN
Dos (2) años, prorrogable por periodos anuales con un máximo de dos (2) años.
E- PLAZO DE GARANTÍA
No procede la aplicación de plazo de garantía
F- SOLVENCIA DE LOS CONSULTORES LICITANTES
Solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
G- FORMA DE PAGO
El precio del contrato se hará efectivo por parte de BSAV dentro de los plazos establecidos en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, a la fecha de la expedición de la factura
H- REVISIÓN DE PRECIOS
No procede la revisión de precios.
I- IMPORTE MÁXIMO DE GASTOS DE PUBLICIDAD DEL ANUNCIO DE LICITACION A ASUMIR POR EL ADJUDICTARIO
Dos mil quinientos euros (2.500 €).
J- ADMISIBILIDAD DE VARIANTES
No se admiten variantes.
K- PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Lugar: Barcelona Xxxxxxx Xxxx Velocitat S.A. x/ Xxxxxxxx xx 0, 0x xxxxxx. Xxxxxxxxx. Fecha: hasta el 13 xx xxxxx de 2017
Hora: antes de las 13 h de la fecha indicada.
L- APERTURA DE PROPUESTAS
Lugar: Barcelona Xxxxxxx Xxxx Velocitat S.A. x/ Xxxxxxxx xx 0, 0x xxxxxx. Xxxxxxxxx. Fecha: 00 xx xxxxx xx 0000
Xxxx: 12.00 x.
XXXXXX DE CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE LOS DE ASISTENCIA TÉCNICA A LA DIRECCIÓN DE URBANISMO DE BARCELONA XXXXXXX XXXX VELOCITAT
El órgano de contratación de BARCELONA XXXXXXX XXXX VELOCITAT, S.A, (en adelante BSAV), en fecha 13 de julio de 2016 ha aprobado el presente pliego de condiciones particulares.
Componen la Mesa de contratación, como órgano colegiado de asistencia al órgano de contratación, los siguientes miembros:
Presidente: El Director de Urbanismo de la Sociedad Vocales: Un vocal designado por cada socio de BSAV.
El Director Económico de BSAV.
Secretario: El del Consejo de Administración o persona en quien delegue.
I.- DISPOSICIONES GENERALES
1. OBJETO DEL CONTRATO
1.1. Justificación de la necesidad del contrato
De acuerdo con el convenio suscrito entre el Ministerio de Fomento, la Generalitat de Catalunya y el Ayuntamiento de Barcelona, de fecha 12 xx xxxxx de 2002, corresponde a Barcelona Xxxxxxx Xxxx Velocitat, S.A. (en adelante BSAV) coordinar los diferentes proyectos que deben desarrollarse en el ámbito de La Xxxxxxx – Sant Xxxxxx, promover el desarrollo urbanístico del sector participando en el reparto de cargas y beneficios derivados del planeamiento, en razón de los terrenos aportados por los socios, así como proyectar y ejecutar las obras que le deleguen cualquiera de los socios mediante acuerdo en el que se concrete la fuente de financiación.
Así pues, los trabajos relacionados con el planeamiento y la gestión urbanística en el ámbito de la sociedad implican, como parte del objeto de BSAV, un importante volumen de su actividad, resultando necesaria la existencia de un servicio de soporte técnico a la Dirección de Urbanismo de la Sociedad.
En la actualidad tramitación administrativa del planeamiento urbanístico en el ámbito de actuación de BSAV está en el siguiente estado:
• Plan de Mejora urbana del Sector del Triángulo Ferroviario: aprobado definitivamente el 18/11/2005.
• Modificación del Plan General Metropolitano del Sector de les Casernes y Defensa- Renfe: aprobado definitivamente el 1/06/2006.
• Plan de Mejora Urbana del Sector: Colorantes – Renfe, Subámbito 2: aprobado definitivamente el 23/3/2007.
• Plan de Mejora Urbana del Sector Entorn Xxxxxxx: aprobado definitivamente el 30/11/2007 y su Modificación está aprobada provisionalmente desde el 27 xx xxxxx de 2015.
• Modificación del Plan General Metropolitano del Sector xx Xxxx: suspendido por sentencia del TSJC en diciembre de 2014 y pendiente de nueva tramitación.
• Modificación puntual del PGM en el subámbito 2 del Sector Maquinista: aprobado definitivamente el 21 de enero de 2015.
• Quedan pendientes de redactar y tramitar el planeamiento de los sectores de la estación de la Xxxxxxx y de Renfe – Talleres, así como posibles ajustes motivados por la ejecución de las obras o de las urbanizaciones.
Asimismo el Ayuntamiento de Barcelona, mediante los correspondientes acuerdos de su Comisión de Gobierno ha encargado a Barcelona Xxxxxxx Xxxx Velocidad, S.A. la formulación, redacción y ejecución de los siguientes instrumentos de gestión urbanística:
• Proyecto de Reparcelación del Polígono de Actuación Urbanística número 1 del Sector Entorn Xxxxxxx, aprobado definitivamente el 13/03/2013.
• Proyecto de Reparcelación del Polígono de Actuación Urbanística número 1 del Sector Colorantes-Renfe, subámbito 2, aprobado definitivamente el 17/12/2014.
• Proyecto de Reparcelación del Polígono de Actuación Urbanística número 1 del Sector xx Xxxx. Los servicios de redacción de dicho Proyecto de Reparcelación han sido licitados, y contratados por la sociedad en mayo de 2011 y están pendientes de finalización.
• Proyecto de Reparcelación del Polígono de Actuación Urbanística número 2 del Sector Entorn Xxxxxxx, y se encuentra pendiente de redacción por parte de la Sociedad.
Para poder continuar desde BSAV con los trabajos de planeamiento y de gestión urbanística en los sectores mencionados anteriormente que permitan culminar el desarrollo urbano de su ámbito de actuación hace necesaria la existencia de un servicio de soporte técnico a la Dirección de Urbanismo de la Sociedad que se articule mediante el correspondiente contrato de servicios.
1.2. Objeto
El objeto del presente contrato es la prestación de un servicio que proporcione soporte a la ejecución urbanística, que incluye todos los aspectos relacionados con la redacción y tramitación del Planeamiento y la ejecución de la Gestión Urbanística en los cuales la sociedad ha de participar como coordinadora e impulsora así como promotora en el caso de que la administración actuante así lo solicite y acuerde.
1.3. Documentación que se facilitará a los interesados
Desde el día de la publicación del anuncio del procedimiento abierto, las empresas interesadas podrán examinar en la sede de Barcelona Xxxxxxx Xxxx Velocitat S.A., X/ Xxxxxxxx xxx. 0, 0x, 00000, xx Xxxxxxxxx, en horario de oficina de lunes a jueves de 9:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas, y los viernes de 9:00 a 14 horas, la documentación
por la cual se regulará este procedimiento abierto y formará parte integrante del presente contrato, que es la siguiente:
- El presente pliego de condiciones particulares.
- El pliego de prescripciones técnicas que se encuentra en el perfil del contratante de BSAV.
2. PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN
1. El presupuesto de licitación es el que figura en el Apartado B del Cuadro de Características que encabeza el presente Pliego.
2. El importe del contrato será el que resulte de la adjudicación.
3. No se admiten variantes.
4. Las propuestas que superen el presupuesto máximo de licitación serán automáticamente rechazadas.
3. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO
El plazo de ejecución figura en el apartado D del Cuadro de Características que encabeza este Pliego. Dicho plazo comenzará a contar a partir de la firma del contrato. Los plazos máximos para el inicio y/o terminación de determinadas partes del servicio son de obligada observancia para la confección del programa de trabajo por el LICITADOR.
II.- DE LAS CLÁUSULAS ESPECIALES DE ADJUDICACIÓN
4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación será objeto de tramitación ordinaria.
El presente contrato se adjudicará por procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación.
5. PUBLICIDAD DE LA LICITACIÓN
La presente licitación se publicará mediante anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea, en el Boletín Oficial del Estado y en el perfil del contratante de BSAV con una antelación mínima de 15 días.
El envío del anuncio al Diario Oficial de la Unión Europea precederá a cualquier otra publicidad. El anuncio que se publique en el BOE deberá indicar la fecha de aquél envío de la que el órgano de contratación dejará prueba suficiente en el expediente.
6. CAPACIDAD PARA CONTRATAR DE LAS EMPRESAS Y REQUISITOS PARA LA CELEBRACIÓN DE ESTE CONTRATO
Están facultados para suscribir este contrato las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar de acuerdo con lo que establece el artículo
53 del Texto Refundido de al Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP), que no estén incluidas en ninguna de las prohibiciones de contratar que se recogen en el artículo 60.1 del TRLCSP y que acrediten la suficiente solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Las empresas extranjeras no comunitarias tendrán que cumplir, además, con los requisitos del artículo 55 TRLCSP.
BSAV puede contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de éstas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. Estos empresarios quedarán obligados solidariamente ante BSAV y tendrán que nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
En el presente contrato no se exige clasificación, sin perjuicio de la acreditación por parte de los empresarios de la precisa solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
7. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
1. Las proposiciones se presentarán en las dependencias de BSAV en horas de oficina y dentro del plazo señalado en el anuncio de licitación, o bien se enviarán por correo a las señas indicadas en dicho anuncio en tiempo y plazo.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante, fax o telegrama en el mismo día y hora que finalice el plazo para presentar ofertas, en el que se consignaráel número de expediente, título completo del contrato y nombre del licitador. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso. Las proposiciones presentadas fuera de plazo no serán admitidas bajo ningún concepto.
2. Las proposiciones se ajustarán a lo establecido en este Pliego de Condiciones Particulares. Su presentación supone por parte del licitador, la aceptación incondicional de las cláusulas de este pliego y demás documentación contractual reseñada en el apartado I.1.3. y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con BSAV.
Ningún licitador podrá suscribir proposición en unión temporal con otros licitadores si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una unión temporal.
3. Las proposiciones y documentación necesarias deberán presentarse en tres sobres, cerrados y firmados por el licitador o persona que le represente, en cada uno de los cuales se hará constar:
• Número del sobre con la denominación de su contenido:
- Sobre nº 1: Documentación Administrativa
- Sobre nº 2: Proposición Técnica
- Sobre nº 3: Proposición Económica
• Nombre del licitador
• Título del servicio objeto del contrato.
4. Una vez constituido el órgano colegiado de asistencia al órgano de contratación: la Mesa de Contratación de BSAV, su Presidente procederá a la apertura de los sobres, con exclusión del relativo a la proposición económica, y al examen y calificación de la documentación aportada, con anterioridad al acto público de la apertura de plicas.
Si la Mesa de Contratación observara defectos materiales en la documentación presentada concederá, mediante comunicación vía fax, un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el defecto o error. La falta de subsanación en el plazo otorgado será causa de exclusión del procedimiento abierto.
En caso de que existieran errores no subsanables, o teniendo tal carácter no hayan sido subsanados, o, de otro modo, resultara que hubiera licitadores que no reúnan los requisitos de personalidad, capacidad o solvencia, la Sociedad determinará la exclusión de los mismos en el procedimiento, sin que proceda la apertura de su oferta económica.
La Mesa de Contratación podrá solicitar del licitador aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirle la presentación de otros complementarios, lo que deberá cumplimentar en el plazo de cinco días.
5. Todos los licitadores deberán designar un domicilio para las comunicaciones y relaciones que en general se deriven del procedimiento abierto o que de cualquier manera puedan afectar al licitador.
6. Las proposiciones tendrán una validez de cuatro meses.
8. GARANTÍAS
Será requisito necesario para acudir a la licitación el acreditar la constitución previa de una GARANTÍA PROVISIONAL equivalente al TRES POR CIENTO (3%) del presupuesto de licitación (IVA no incluido).
La garantía provisional resulta necesaria para responder del mantenimiento de las ofertas de los licitadores hasta la adjudicación del contrato y por razón de la urgencia e importancia de la adjudicación de dicho contrato para el desarrollo urbanístico del ámbito.
La garantía provisional se constituirá mediante Aval prestado por Bancos o Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de Garantía recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones reglamentariamente establecidas, a disposición de la sociedad.
La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al adjudicatario hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.
En el caso de uniones temporales de empresarios las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida, y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal.
El adjudicatario podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva.
El adjudicatario está obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 5 % del importe de adjudicación (IVA no incluido) a disposición del Órgano de Contratación de BSAV, cualquiera que haya sido el procedimiento y la forma de adjudicación del contrato.
Cuando la adjudicación se realice, por el órgano de contratación, a favor del empresario cuya proposición hubiera estado incursa inicialmente en presunción de temeridad, se exigirá al mismo una garantía complementaria del 5% del importe de adjudicación (IVA no incluido).
Las garantías definitivas se constituirán mediante aval prestado por Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito o Sociedades de
Garantía Recíproca autorizados a operar en España o por contrato de Seguro de Caución celebrado en las formas y condiciones que las normas de desarrollo de la LCSP establezcan. Los importes de estas garantías se indican en el apartado C del Cuadro de Características.
Estarán exentos de la obligación de constituir las citadas garantías las entidades públicas empresariales, los Organismos públicos regulados por su normativa específica y dependientes del Estado o sus Organismos Autónomos, y los órganos constitucionales.
9. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
9.1. SOBRE N° 1: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
En forma bien visible, y sin que sea preciso para su lectura abrir el sobre, se consignará lo siguiente:
SOBRE Nº 1
DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA
Título del Servicio …………………………………………
LICITADOR…………………………………………………..
Fecha y Firma...............................................................
A.- DOCUMENTOS COMUNES PARA TODOS LOS LICITADORES:
1) Documentos que acrediten, en su caso, la personalidad y capacidad de obrar del empresario
1.1 Para las personas físicas (empresarios individuales y profesionales), documento nacional de identidad (DNI), o documento que lo sustituya, y el número de identificación fiscal (NIF), debidamente legitimados notarialmente.
1.2 Para las personas jurídicas; escritura de constitución y modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y el NIF. Cuando esta inscripción no sea exigida por la legislación mercantil aplicable, se aportará la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acta fundacional, en que consten las normas reguladoras de la actividad de la empresa, inscritos, en su caso, en el Registro oficial correspondiente.
1.3 Para empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea: tendrán capacidad para contratar con la sociedad las personas jurídicas o naturales no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo las que, de conformidad con la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación del servicio. La capacidad de obrar de estas empresas se acreditará mediante su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde esté establecidas o mediante la presentación de una declaración jurada o de una certificación, a que hace referencia el apartado 1 del anexo I del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. Cuando la legislación del Estado en el que se encuentren establecidas estas
empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito. Asimismo, deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles de cualquier orden para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que les pudiera corresponder a licitador.
Las empresas presentarán los referidos documentos en castellano o en catalán
1.4 Para las empresas extranjeras no comprendidas en el apartado anterior, informe expedido por la Misión diplomática permanente o oficina consular de España del lugar del domicilio de la empresa. Además, se deberá acompañar informe de la respectiva misión diplomática permanente de España o de la Secretaria general de Comercio exterior del Ministerio de Economía sobre la condición de Estado firmante del acuerdo sobre contratación pública de la Organización Mundial del Comercio, siempre que el contrato esté sujeto a regulación armonizada, o en caso contrario, informe de reciprocidad entregado por la referida misión diplomática. Asimismo, deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles de cualquier orden para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que le pudiera corresponder al licitador.
Las empresas presentarán los referidos documentos en castellano o en catalán.
2) Documentos que acreditan el apoderamiento, si el empresario actúa mediante representante o se trata de una persona jurídica:
2.1 Documento público de apoderamiento, debidamente inscrito en el Registro público correspondiente.
2.2 DNI y NIF del representante y del firmante de la proposición económica debidamente legitimados notarialmente.
Todos los documentos relacionados en los apartados 1 y 2 que se presenten, de no ser originales, deberán tener carácter de auténticos conforme a la legislación vigente.
3) Compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresas, en su caso.
Cuando dos o más empresas acudan a una licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar su capacidad y solvencia, acumulándose a efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma.
Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la unión temporal será necesario que los empresarios que deseen concurrir integrados en ella indiquen en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, y la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a BSAV.
El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión.
Se podrá incorporar el NIF provisional asignado por al Administración competente. En el caso que, de conformidad con lo establecido por el órgano de contratación, la unión haya presentado la propuesta económicamente más ventajosa, la Mesa de Contratación requerirá a la unión temporal de empresas para que en el plazo xx xxxx hábiles a contar a partir de aquél en que hubiera recibido el requerimiento, aporte copia auténtica de su constitución en escritura pública, así como el NIF definitivamente asignado.
4) Declaración responsable de no estar incursa la empresa en las prohibiciones para contratar.
La declaración responsable a que se refiere el el presente párrafo comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, según modelo que se adjunta como Anejo nº 1. Dicha declaración se adjuntará sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor vaya a efectuarse ésta, de conformidad con lo establecido en la cláusula 11 de los presentes pliegos.
- Obligaciones tributarias
Se considerará que las empresas se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias cuando, en su caso, concurran las siguientes circunstancias:
a) Estar dadas de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerzan actividades sujetas a este impuesto, en relación con las actividades que vengan realizando a la fecha de presentación de las ofertas en el procedimiento abierto, que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejercen.
b) Haber presentado, si estuvieran obligadas, las declaraciones por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, o de Sociedades, según se trate de personas o entidades sujetas a alguno de estos impuestos, así como las correspondientes declaraciones por pagos fraccionados, ingresos a cuenta y retenciones que en cada caso procedan.
c) Haber presentado, si estuvieran obligadas, las declaraciones periódicas por el Impuesto sobre el Valor Añadido, así como la declaración resumen anual.
d) No tener deudas con el Estado de naturaleza tributaria en período ejecutivo, o en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía del apremio, deudas no atendidas en período voluntario.
A los efectos de la expedición de las certificaciones acreditativas de dichas circunstancias, se considerará que las empresas se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera
acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de las correspondientes liquidaciones.
Las circunstancias indicadas en los párrafos b) y c) anteriores, se refieren a declaraciones cuyo plazo reglamentario de presentación hubiese vencido en los doce meses precedentes al mes inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la certificación.
- Obligaciones de Seguridad Social
Se considerará que las empresas se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social cuando, en su caso, concurran las siguientes circunstancias:
a) Estar inscritas en el sistema de la Seguridad Social y, en su caso, si se tratase de un empresario individual, afiliado y en alta en el régimen que corresponda por razón de la actividad.
b) Xxxxx afiliado, en su caso, y haber dado de alta, a los trabajadores que presten servicios a las mismas.
c) Haber presentado los documentos de cotización correspondientes a las cuotas de la Seguridad Social y, si procediese, de los conceptos de recaudación conjunta con las mismas, así como de las asimiladas a aquellas a efectos recaudatorios, correspondientes a los doce meses anteriores a la fecha de solicitud de la certificación.
d) Estar al corriente en el pago de las cuotas o de otras deudas con la Seguridad Social.
A los efectos de la expedición de las certificaciones acreditativas de dichas circunstancias, se considerará que las empresas se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de tales deudas.
5) Declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del Impuesto sobre Actividades Económicas.
6) Garantía provisional o certificado de seguro de caución, según modelos que se adjuntan como Anexo 2.A) y 2.B).
7) Compromiso de aportar a BSAV, en el supuesto de ser el licitador que presenta la oferta económicamente más ventajosa, un certificado específico de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias en los términos que se establecen en el articulo 43, 1.f) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, emitido a estos efectos por la Administración Tributaria en los doce meses anteriores al pago de cada factura/certificación.
8) Compromiso de aportar a BSAV, en el supuesto de ser el licitador que presenta la oferta económicamente más ventajosa, y en el plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles desde que BSAV se lo requiera, la documentación exigida por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales y
por el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, que desarrolla el articulo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.
9) A los efectos de determinar el carácter desproporcionado o anormal de las bajas, las empresas del mismo grupo que concurran a una misma licitación deberán presentar declaración de tal extremo, entendiéndose por empresas pertenecientes a un mismo grupo las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio.
10) Declaración responsable sobre obligaciones laborales. El licitador tiene la obligación de someterse a cuantas disposiciones sobre protección y condiciones de trabajo resulten de aplicación en el lugar donde vayan a efectuarse las obras o prestarse los servicios objeto del contrato, debiendo manifestar que han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones.
11) En su caso, una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.
12) Solvencia económica y financiera y técnica o profesional. Las personas naturales o jurídicas que pretendan contratar con BSAV deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
No resultarán adjudicatarias las empresas cuya actividad no responda a la naturaleza y objeto de la prestación que se licita.
La justificación de la solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por todos y cada unos de los siguientes medios:
a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior al presupuesto máximo de licitación del contrato.
b) Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior al presupuesto máximo de licitación del contrato.
c) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al presupuesto máximo de licitación del contrato.
La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá acreditarse por los medios siguientes:
a) Una relación de los principales trabajos realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos, señalando especialmente aquellos que sean similares a los del contrato. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea una entidad del sector privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario, en su caso, estos
certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad.
c) Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.
d) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones.
e) Información relativa al equipo humano: El licitador presentará (i) una relación de personal que se compromete a adscribir al contrato ordenada por equipos de trabajo; (ii) un organigrama donde se detallen las competencias y dependencias del equipo propuesto;
(iii) currículum vitae de las personas que integren el equipo. Las titulaciones académicas y profesionales del equipo propuesto deberán cumplir los mínimos requeridos en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Los técnicos no integrados directamente en la empresa del contratista deberán suscribir documento suficiente de compromiso de colaboración en la prestación del servicio.
BSAV en ningún caso asumirá relación laboral alguna con el personal dedicado por el consultor a la ejecución del contrato.
9.2. SOBRE N° 2: PROPUESTA TÉCNICA
En forma bien visible, y sin que sea preciso para su lectura abrir el sobre, se consignará lo siguiente:
SOBRE Nº2 PROPUESTA TÉCNICA
Título del servicio……………………
LICITADOR………………………………………………..
Fecha y Firma...............................................................
En él se incluirá:
Información Técnica
El licitador presentará un estudio técnico del servicio a realizar, ordenado con arreglo al siguiente índice:
a) Memoria técnica.
b) Organización de los equipos de trabajo.
c) Mejoras al contrato.
a) Memoria técnica: el licitador presentará una Memoria de los trabajos a realizar en la que, de forma clara y concisa, exponga su propuesta para el contenido y desarrollo del contrato, limitándose al caso concreto objeto de análisis, huyendo de vaguedades genéricas que no le impliquen directamente. Incluirá, como mínimo, un análisis
urbanístico del ámbito de la sociedad, los sistemas de trabajo propuestos por el licitador para el desarrollo del contrato así como ejemplos de documentación que se generará (planos, hojas de cálculo, bases de datos,…).
b) Organización de los equipos de trabajo: Se presentará el organigrama con la estructura del equipo propuesto, incluyendo la dedicación al contrato de cada uno de sus componentes, así como una breve memoria de la propuesta de relación entre el licitador y BSAV.
c) Mejoras al contrato: adicionalmente el licitador podrá presentar un documento en el que oferte la ejecución, sin incremento de coste para BSAV, de actividades que supongan una mejora de la oferta respecto de lo exigido en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Este documento de mejoras deberá ser aceptado por BSAV, y una vez firmado formará parte integrante del contrato.
9.3. SOBRE N° 3: PROPOSICIÓN ECONÓMICA
En forma bien visible, y sin que sea preciso para su lectura abrir el sobre, se consignará lo siguiente:
SOBRE Nº 3
DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA
Título del Servicio……………………
LICITADOR………………………………………………..
Fecha y Firma: …………………………………………….
CONTENIDO:
Cada licitador formulará su proposición económica utilizando el modelo que se incluye en este Pliego como Anejo nº 3. No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que BSAV estime fundamental para considerar la oferta. En caso de existir discrepancia entre el importe propuesto en número y su expresión en letra, se atenderá a esta última.
El documento estará fechado y firmado por la persona que ostente poder suficiente para suscribirlo, de acuerdo con la documentación presentada.
La no presentación de este documento supondrá la exclusión por la Mesa de Contratación de la proposición presentada por los licitadores.
Cada licitador podrá presentar una única proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición conjunta con otros licitadores si lo ha hecho individualmente. La contravención de estos principios producirá la desestimación de todas las proposiciones presentadas por el licitador.
10. CRITERIOS A TENER EN CUENTA PARA LA ADJUDICACIÓN
Las ofertas presentadas y admitidas serán estudiadas, homogeneizadas, valoradas y ponderadas de acuerdo con lo que se establece y formula en el Anejo 4. La fórmula de puntuación se explicita de forma gráfica en el Anejo 5.
La adjudicación se hará a la oferta con más puntuación de entre todas las admitidas al procedimiento abierto que igualen o superen los mínimos de puntuación establecidos en el Anejo 4. Ello no obstante, BSAV podrá, cuando no se obtenga la puntuación mínima para resultar adjudicatario de conformidad con el Anejo 4, y en base a los criterios de adjudicación, rechazar igualmente todas las propuestas y declarar desierto el procedimiento abierto. Las resoluciones serán motivadas y, salvo que la resolución resulte contradictoria con la propuesta de la Mesa de Contratación o se base en consideraciones diferentes, se entenderá que adopta los motivos contenidos en la propuesta de la Mesa.
Las propuestas presuntamente anormales o desproporcionadas se apreciarán de conformidad con lo que se indica en el Anejo 4.
Si de la aplicación de estos criterios se identifica una determinada oferta como presuntamente temeraria o desproporcionada, la Mesa de Contratación solicitará a los licitadores afectados, por escrito, la información y las justificaciones que considere oportunas en relación con los diferentes componentes de la oferta, lo que deberá cumplimentarse ante la Mesa de Contratación en el plazo de cinco días.
Cuando empresas pertenecientes a un mismo grupo (entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio) presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación de un contrato, se tomará únicamente, para aplicar el régimen de apreciación de ofertas desproporcionadas o anormales, la oferta más baja, produciéndose la aplicación de los efectos derivados del procedimiento establecido para la apreciación de ofertas desproporcionadas o anormales respecto de las restantes ofertas formuladas por las empresas del grupo. Estas reglas también serán de aplicación a las sociedades en las que concurra alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, respecto de los socios que las integran.
BSAV podrá tomar en consideración justificaciones objetivas tales como la economía del método de prestación del servicio, las soluciones elegidas, las condiciones excepcionalmente ventajosas de que se beneficie el licitador para la ejecución del contrato, o la originalidad del producto propuesto por el licitador.
Si transcurrido este plazo la Mesa de Contratación no hubiera recibido dichas justificaciones, considerará que la proposición no podrá ser cumplida y por lo tanto la empresa o empresas que la hayan realizado no podrán ser adjudicatarias del contrato.
Si por el contrario se recibiera en plazo las citadas justificaciones, la Mesa de Contratación, previos los informes que estime oportunos y el asesoramiento técnico del servicio correspondiente, resolverá sobre la aceptación o no de la oferta. En este último caso, la empresa o empresas que hayan realizado la oferta no aceptada, no podrán ser adjudicatarias del contrato.
11. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Una vez calificados los documentos presentados en tiempo y forma, y transcurrido en su caso el plazo otorgado para su subsanación, en la forma prevista en el apartado 7.4 de este
Pliego, la Mesa de Contratación procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección previstos en el Pliego, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas del rechazo.
En el día señalado en la convocatoria de la licitación se procederá en acto público a la apertura de las proposiciones económicas presentadas por los licitadores.
En el supuesto de presunción de proposiciones que no puedan ser cumplidas, como consecuencia de bajas desproporcionadas o anormales, la Mesa de Contratación notificará aquella circunstancia a los interesados, en la forma y con las consecuencias que se indican en la cláusula 10.
La Mesa de Contratación elevará la propuesta de adjudicación que estime pertinente al órgano de contratación, en base al informe de valoración global elaborado. Dicha propuesta se elevará al órgano de contratación de la Sociedad para su aprobación en su caso.
La Mesa de Contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
1.- En caso de que el licitador que haya realizado la oferta económicamente más ventajosa sea una unión o agrupación de empresas, en cualquier régimen jurídico legalmente admitido, éstas tendrán que acreditar su constitución en escritura pública, y el NIF asignado a la unión y la representación, si ocurre.
2.- Documentación acreditativa de que el licitador se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social:
a) Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, y último recibo, siempre que ejercite actividades sujetas y no exentas del mencionado impuesto.
b) Certificado positivo, emitido por el órgano competente, acreditando que la empresa se encuentra al corriente de obligaciones tributarias y la inexistencia de deudas de naturaleza tributaria con el Estado.
c) Certificado positivo, emitido por el órgano competente, acreditando que la empresa se encuentra al corriente de obligaciones tributarias y la inexistencia de deudas de naturaleza tributaria con la Generalitat de Catalunya.
d) Certificado positivo, emitido por el órgano competente, de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
e) Certificado positivo emitido por el Ayuntamiento de Barcelona acreditativo de la inexistencia de deudas tributarias con dicha Administración.
f) Certificado específico de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias en los términos que se establecen en el articulo43.f) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, emitido a estos efectos por la Administración.
3.- Garantía definitiva.
De acuerdo con lo establecido en la cláusula 8ª xxx xxxxxx, el licitador deberá constituir dicha garantía por el importe y forma establecidos en la cláusula 8ª del presente pliego. Figura como Anexo nº 6 modelo de aval definitivo.
4.- Garantía en caso de baja temeraria.
En el supuesto de adjudicación a un empresario cuya propuesta hubiera sido presuntamente temeraria (o esté en baja anormal), el Órgano de contratación de BSAV exigirá al contratista la constitución de una garantía definitiva por el 5% del importe de adjudicación, más una complementaria de otro 5% del importe de adjudicación.
5.- Certificado de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. No podrá declararse desierta la licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente pliego.
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante.
La notificación de la adjudicación deberá contener los siguientes extremos:
a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
b) Con respecto a los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia las que hayan presentado los restantes licitadores, cuyas ofertas hayan sido admitidas.
En todo caso en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del recurso especial en materia de contratación, conforme al artículo 44 TRLCSP.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario.
Las ofertas presentadas, tanto las declaradas admitidas como las excluidas sin abrir, serán archivadas. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de los recursos sin que hayan sido interpuestos, la documentación del sobre núm. 1 quedará a disposición de los interesados.
III.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
12. FORMALIZACIÓN Y PUBLICIDAD DE LA FORMALIZACIÓN
Una vez acordada la adjudicación se procederá a la elaboración del contrato, de conformidad con el art. 156 TRLCSP.
La formalización se hará en documento privado. No obstante, el contrato podrá formalizarse en ESCRITURA PÚBLICA cuando así lo solicite el adjudicatario, siendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento.
El contrato quedará perfeccionado mediante su formalización.
Del documento del contrato se firmarán dos ejemplares. El adjudicatario sellará y visará un ejemplar del presente pliego completo y, en su caso xxx Xxxxxx de prescripciones Técnicas que quedarán en poder de la Sociedad. Una vez firmado el contrato por el adjudicatario, se procederá a recabar la firma del órgano de contratación competente de la Sociedad.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo legalmente establecido, BSAV podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que en su caso hubiese exigido.
Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.
No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
La formalización del contrato deberá ser publicada en el perfil del contratante del órgano de contratación indicando como mínimo los mismos datos mencionados en el anuncio de la adjudicación.
13. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
13.1.- La preparación y adjudicación del contrato objeto de la presente licitación queda sujeta a lo previsto en los artículo 21.1, 189 y 190 del TRLCSP, referidos a contratos sujetos a regulación armonizada, y a aquello establecido por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, así como en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
13.2.- Por lo que respecta a los efectos y extinción del contrato de la presente licitación, queda sujeto a derecho privado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20 del TRLCSP. No obstante, la modificación del contrato será de aplicación las normas contenidas en el Título V del Libro I, sobre modificación de los contratos.
El orden jurisdiccional contencioso administrativo será competente para resolver las controversias entre las partes en relación a las fases de preparación y adjudicación del contrato.
El orden jurisdiccional civil será competente para resolver las controversias entre las partes en relación a los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 21.2 de la TRLCSP.
IV.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
14. FORMA DE PAGO DE LOS TRABAJOS
El adjudicatario tiene derecho al abono de los trabajos que realmente ejecute con arreglo al precio convenido y con sujeción al contrato otorgado.
BSAV abonará al contratista el precio dentro de los plazos establecidos en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, a la fecha de la expedición de la factura, y de acuerdo con los plazos y porcentajes establecidos en el apartado G del cuadro de características del contrato. Si se demorase en el pago al contratista, BSAV deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento del plazo legal, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre.
Si la demora excediese de cuatro meses, el contratista podrá suspender el cumplimiento del contrato, debiendo comunicar a BSAV, con un mes de antelación, dicha circunstancia.
Si la demora excediese de ocho meses, el contratista tendrá derecho a resolver el contrato y al resarcimiento de daños y perjuicios.
15. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
1. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del Contratista.
2. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia LABORAL y SEGURIDAD SOCIAL y de SEGURIDAD y SALUD en el trabajo. BSAV en ningún caso asumirá relación laboral ni responsabilidad de especie alguna con el personal dedicado por el contratista a la ejecución del contrato.
3. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias y efectos que se deduzcan para BSAV, o para terceros, de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas producidas en la ejecución del contrato.
4. El contratista se obliga a efectuar los trabajos de la presente contratación por medio del equipo humano reseñado en la documentación técnica presentada a BSAV para tomar parte en la licitación.
5. El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva. En caso de incumplimiento de esta obligación, BSAV podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades diarias en la proporción de 0,12 por cada 601,01 euros del precio del contrato.
6. El contratista quedará obligado, durante el plazo de un año, contado desde la finalización de los trabajos, a atender consultas y aclaraciones que BSAV le formule. Se obligará igualmente a subsanar a su cargo aquellos errores que puedan detectarse en sus informes a BSAV.
7. El contratista quedará obligado al pago del precio del importe de gastos de publicidad del anuncio de la licitación del presente contrato.
16. INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS
Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, así como los que cause a BSAV como consecuencia de errores en la ejecución del contrato.
Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de BSAV, será ésta responsable dentro de los límites señalados en las leyes.
El contratista se obligará a suscribir o mantener en vigor, según corresponda, póliza de Responsabilidad Civil General que cubra la responsabilidad en que pueda incurrir con motivo de la ejecución del contrato.
17. GASTOS
Serán de cuenta del adjudicatario todos los gastos, derechos de visado y tributos derivados de la licitación (incluido el pago de los anuncios de licitación del contrato), los gastos de formalización y cumplimiento del contrato, y cualquier otro que resulte de aplicación según las disposiciones vigentes, en la forma y cuantía que éstas señalen.
18. LOCALIZACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El lugar de prestación del servicio objeto del contrato será el domicilio o sede social del adjudicatario.
19. DOMICILIO Y REPRESENTACIÓN DEL CONTRATISTA
El contratista estará obligado a comunicar a BSAV en un plazo de 15 días contados a partir de la fecha en que haya recibido notificación de la adjudicación, y a efectos de notificaciones, su domicilio o en su caso el de su representante o delegado, debiendo comunicar asimismo y en el mismo plazo cualquier cambio futuro.
20. PROPIEDAD INTELECTUAL
Toda la información generada durante el desarrollo del contrato será propiedad de BSAV. Será BSAV el que detentará la propiedad intelectual de la totalidad de los trabajos con las limitaciones previstas en el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por RDL 1/1996, de 12 xx xxxxx y posteriores modificaciones al mismo.
Los integrantes del equipo del adjudicatario que hayan participado en el contrato se comprometerán expresamente mediante documento escrito a no divulgar información relacionada con el mismo durante su duración.
21. DIRECCIÓN E INSPECCIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La Sociedad designará un responsable del contrato entre el personal técnico de la misma o ajeno. Al responsable del contrato le corresponde la comprobación, coordinación y vigilancia de la correcta realización de los servicios contratados, y ejercerá las potestades de dirección e inspección mediante las verificaciones correspondientes.
V.- MODIFICACIONES DEL CONTRATO
22. MODIFICACIONES CONTRACTUALES
Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones en el mismo cuando se justifique en el expediente suficientemente la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el apartado 1 del artículo 107 del TRLCSP. Estas modificaciones no podrán afectar a las condiciones esenciales del contrato de acuerdo con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 107 TRLCSP.
Las modificaciones del contrato deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 156 TRLCSP y de acuerdo con lo establecido en el artículo 108 TRLCSP.
23. SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN
Si se acordara una suspensión de los trabajos por mutuo acuerdo, ya sea "TEMPORAL- PARCIAL", "TEMPORAL-TOTAL" o "DEFINITIVA", deberá levantarse la correspondiente Acta de Suspensión, en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél.
VI.- CONCLUSIÓN DEL CONTRATO
24. FINALIZACIÓN
El contrato se entenderá cumplido por el adjudicatario cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de BSAV, la totalidad de su objeto.
25. LIQUIDACIÓN
Una vez finalizado el contrato se procederá a la liquidación del mismo, y al retorno de la garantía definitiva. Para la cancelación y devolución de la garantía se estará al procedimiento establecido en el artículo 102 TRLCSP.
VII.-EXTINCIÓN DEL CONTRATO
26. CAUSAS DE RESOLUCIÓN
Además de las generales previstas en el derecho privado, y las previstas en el presente pliego, serán causas que motiven la resolución del contrato las siguientes:
a) La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento.
c) El mutuo acuerdo entre BSAV y el contratista.
d) La demora injustificada en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista.
e) El retraso culpable en la ejecución del Programa de Trabajos.
f) La deficiente ejecución de los trabajos contratados.
g) La falta de prestación por el contratista de la garantía definitiva o las especiales o complementarias de aquélla en plazo.
h) La suspensión unilateral del contrato llevada a cabo por BSAV por un plazo superior a ocho meses.
i) La utilización, para la prestación de los servicios contratados, sin la expresa y previa aprobación de BSAV, de otras personas físicas o jurídicas, distintas de las propuestas en la oferta, aunque perteneciera a la plantilla del contratista adjudicatario, subcontratista o colaboradores, así como la utilización de medios materiales diferentes a los ofertados.
j) La inobservancia de la confidencialidad en el trato de la documentación manejada.
k) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados o la posibilidad cierta de producción de una lesión grave al interés público, de continuarse ejecutando la prestación en esos términos, cuando no sea posible modificar el contrato conforme a los dispuesto en el título V del libro I de la LCSP.
La apreciación de concurrir las causas señaladas con las letras d), e) y f) será libre decisión de BSAV, que podrá optar por la resolución del contrato o por su continuación en las condiciones que se pacten. Si BSAV opta por la resolución, ésta tendrá efectos inmediatos sin perjuicio de las acciones, reclamaciones o recursos que procedan.
BSAV podrá, en cualquier momento, desistir del contrato por determinación propia, abonando al Contratista todas las cantidades que tuviera acreditadas y además una indemnización del tres por ciento (3%) del valor restante del contrato en el momento de declarar la resolución.
En caso de resolución por la causa recogida en la letra k), el contratista tendrá derecho a una indemnización del 3 por ciento del importe de la prestación dejada de realizar, salvo que la causa sea imputable al contratista.
27. SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN
El licitador puede proponer la realización de parte de los trabajos por subcontratación.
La celebración de los subcontratos estará sometida al cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Que en todo caso se dé conocimiento por escrito a BSAV del subcontrato a celebrar, con indicación de las partes del contrato a realizar por el subcontratista.
b) El contratista podrá subcontratar hasta un porcentaje que no exceda del 50 por 100 del importe de adjudicación.
El contratista, en cualquier caso, asume la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a BSAV, con arreglo estricto a los pliegos de cláusulas administrativas particulares y a los términos del contrato.
BSAV se reserva el derecho a prohibir la subcontratación, con posterioridad a la adjudicación, de cualquier parte de los trabajos no especificada por el adjudicatario en su propuesta.
Barcelona, enero de 2017
ANEJO Nº 1
MODELO DE DECLARACIÓN EXPRESA RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSA LA EMPRESA EN PROHIBICIÓN DE CONTRATAR Y ESTAR AL CORRIENTE DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y DE SEGURIDAD SOCIAL
Don ............................................................................................................................
como ................................................................................................ de la Empresa
..................................................................., DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
Que la empresa a la cual representa, se encuentra al corriente del cumplimiento de las Obligaciones Tributarias y de Seguridad Social impuestas por las Disposiciones vigentes.
Que la empresa a la cual representa, sus representantes y sus administradores no están incursos en ninguna de las restantes prohibiciones de contratar señaladas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
La adjudicación de contratos a personas que se hallen comprendidas en alguno de los supuestos mencionados será nula de pleno derecho, con los efectos, en su caso indemnización de daños y perjuicios que se prevén en el TRLCSP.
(Lugar, fecha y firma)
ANEJO Nº 2.A)
MODELO DE AVAL BANCARIO PARA LA FIANZA PROVISIONAL
(LEGITIMADO POR XXXXXXXXX PÚBLICO)
El Banco ........................................ y en su nombre y representación ........................, en calidad de .................................. según las facultades dimanadas de la escritura de poder otorgada ante el/la Notario/Notaria de ......................., D/Da..................................., en fecha
............................ , número ............................. de su protocolo, y que afirma encontrarse íntegramente subsistente, se constituye en avalista fiador de ....................... en interés y beneficio de la sociedad BARCELONA XXXXXXX XXXX VELOCITAT, S.A., y hasta la suma de ............... euros (3% del presupuesto de licitación IVA no incluido), a efectos de garantizar el exacto cumplimiento por la empresa antes mencionada de todas y cada una de las obligaciones que le resulten como consecuencia de la participación en el procedimiento abierto y posible adjudicación del contrato de servicios para
…………………………………………………………............................................................
El indicado aval se presta por el Banco con expresa y formal renuncia
de los beneficios de excusión, división, orden y cualquier otro que pudiera en su caso ser de aplicación, y a tal efecto el Banco ................. declara que quiere obligarse y se obliga conjunta y solidariamente con la empresa ................................... hasta la finalización del plazo de vigencia de la oferta de ésta, o hasta la formalización del contrato definitivo en el caso de que el avalado resultara adjudicatario, a pagar con carácter incondicional, dentro, como máximo, de los ocho días siguientes a ser requerido, la suma o sumas que, hasta la concurrencia de la cifra afianzada (3% del presupuesto de licitación IVA no incluido) se exprese en el requerimiento, renunciando el Banco expresa y solemnemente a toda excepción o reserva en cuanto a la entrega de las cantidades que le fueran reclamadas, cualquiera que fuera la causa o motivo en que éstas pudieran fundamentarse, e incluso en el supuesto de que se manifestara oposición o reclamación por parte de o de
terceros, cualesquiera que fueran.
ANEJO N° 2.B)
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN PARA LA FIANZA PROVISIONAL
(LEGITIMADO POR XXXXXXXXX PÚBLICO)
Certificado número.................
.............................................................................., (en adelante, el asegurador), con domicilio
en ..................................................., calle........................................., y con NIF
................................, debidamente representado por el señor ,
con poderes suficientes para obligarlo en este acto, según resulta de
.................................................................................................,
ASEGURA
A .............................................................., NIF/CIF , en concepto de
tomador del seguro, ante BARCELONA XXXXXXX XXXX VELOCITAT, S.A., hasta el importe de .............................. (3% del presupuesto de licitación IVA NO INCLUIDO), a efectos de garantizar el exacto cumplimiento por el tomador del seguro de todas y cada una de las obligaciones que le resulten como consecuencia de su participación en el procedimiento abierto y posible adjudicación del contrato de servicios para
…………………………………………………………….
La falta de pago de la prima, sea ésta única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste se extinguirá, ni la cobertura del asegurador quedará suspendida, ni éste liberado de su obligación, en el caso de que el asegurador haya de hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que pudieran corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar a BARCELONA XXXXXXX XXXX VELOCITAT, S.A., y a pagar con carácter incondicional y dentro, como máximo, de los ocho días siguientes a ser requerido, la suma o sumas que hasta la concurrencia de la cifra asegurada se exprese en el requerimiento.
El presente seguro estará en vigor hasta la finalización del plazo de vigencia de la oferta que, en relación con el procedimiento abierto señalado, el tomador del seguro presentará a BARCELONA XXXXXXX XXXX VELOCITAT, S.A., o hasta la finalización del contrato definitivo, en el supuesto de que el tomador resultara ser adjudicatario.
En .................., a ....................... de ................ de 20....
Firma del Asegurador
ANEJO Nº 3
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
El Sr. .................................. con residencia en ................................ calle ....................…..
……………........................... nº enterado del anuncio publicado en el BOE/ DOUE
o en el perfil de contratante de la web de BSAV en fecha ..... y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del por el sistema de procedimiento abierto del contrato servicios para............., se compromete en nombre (propio o de la empresa que representa) a realizarla con estricta sujeción a los mencionados requisitos y condiciones por la cantidad de....................................... (expresar claramente escrita en letras y números la cantidad en € por la cual se compromete el proponente a la ejecución del Contrato), más la cantidad de .............................(valor del IVA) € en concepto de IVA, en caso que sea procedente.
Total valor oferta económica (IVA no incluido).
(El precio ofertado no podrá superar el importe de licitación)
Plazo de validez de la oferta: 4 meses.
Firma:
ANEJO Nº 4
CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Los sistemas empleados para la valoración de cada uno de los criterios de adjudicación serán los siguientes:
1.- Oferta económica: De 0 a 60 puntos, otorgados según la siguiente fórmula:
P= 30 + 475·| d + 0,10 | - 450·| d + 0,04 | - 25·| d - 0,02 |
Donde: d = - (O-M)/T
O € Oferta; T € Licitación; M € Media
Las Ofertas presuntamente temerarias o desproporcionadas se apreciarán cuando la oferta económica sea inferior en más de 4 unidades porcentuales a la media.
2.-Oferta técnica 0 a 40 puntos, otorgados de acuerdo con los siguientes criterios: 2.1.- Memoria Técnica de 0 a 25 puntos
Se puntuará teniendo en cuenta la propuesta del licitador en cuanto al contenido y desarrollo de los trabajos objeto de la presente licitación. Se puntuará la claridad y presentación de la oferta técnica, el estudio de la problemática del ámbito y los sistemas de trabajo propuestos por el licitador.
2.2.- Organización de los equipos de Trabajo de 0 a 5 puntos
Se puntuará teniendo en cuenta la organización de los equipos de trabajo en lo relativo a la estructura de trabajo, la dedicación al contrato y las relaciones propuestas entre el licitador y BSAV.
2.3.- Mejoras propuestas de 0 a 10 puntos
Se puntuará la propuesta de actividades que supongan una mejora de las ofertas respecto de lo exigido en el Pliego de Prescripciones Técnicas y no representen incremento de coste para la sociedad.
Total puntuación... 0 a 100
(1) La puntuación mínima para ser adjudicatario será de 35.
(a) Las ofertas presentadas serán revisadas adecuadamente y homogeneizadas, antes de ser puntuadas.
ANEJO Nº 5
Puntuación de las Ofertas Económicas
60,00
55,00
50,00
45,00
40,00
35,00
30,00
25,00
20,00
15,00
10,00
5,00
0,00
-16%
-13%
-10%
-7%
-4%
-1%
2%
5%
8%
11%
Desviación baja s/media
ANEJO Nº. 6 MODELO DE AVAL DEFINITIVO
(INTERVENIDO POR FEDATARIO PÚBLICO)
El (Banco o la Compañía) .................. y en su nombre y representación en
calidad de y según las facultades dimanadas de la Escritura de Poder otorgada
delante xxx Xxxxxxx de ..............., D. ....................................... con fecha de , número
........... de su protocolo, y que afirman encontrarse íntegramente subsistentes, se constituye avalista fiador solidario de la empresa ......................., en interés y beneficio de BARCELONA XXXXXXX XXXX VELOCITAT, S.A. y hasta la suma de € (5% del importe del Contrato IVA no incluido), a efectos de garantizar el exacto cumplimiento por la empresa mencionada de todas y cada una de las obligaciones concretadas en el correspondiente Contrato de servicios para ………………………………………………………
El aval indicado se presta por el (Banco o la Compañía) , con expresa y formal
renuncia de los beneficios de excusión, división, orden y cualquier otro que pudiera en su caso ser de aplicación, y al efecto declara el (Banco o la Compañía) que quiere obligarse y se obliga conjuntamente y solidariamente con la compañía ........................ hasta la liquidación por BARCELONA XXXXXXX XXXX VELOCITAT, S.A. del contrato mencionado, a pagar con carácter incondicional y dentro de, como máximo, de los ocho días siguientes a ser requerido, la suma o sumas que, hasta la concurrencia de la cifra fiada de (5% del importe del Contrato IVA no incluido) se exprese en el requerimiento, renunciando el (Banco o la Compañía), expresa y solemnemente, a toda excepción o reserva en cuanto a la entrega de las cantidades que le fueran reclamadas, cualquiera que fuera la causa o motivo en que éstas pudieran fundamentarse, y aunque se manifestara oposición o reclamación por parte de , o de terceros, cualesquiera que éstos fueran.