Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EL CONTRATO DE GESTIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DENOMINADO: “CONCESIÓN ADMINISTRATIVA DEL MERCADO MUNICIPAL XX XXXXXXXXX”, A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO.
1.- OBJETO.
El presente Pliego Prescripciones Técnicas (en adelante PPT) tiene por objeto especificar las obras e instalaciones aportadas por la administración para la gestión del servicio público xx xxxxxxx municipal en el Mercado Municipal xx Xxxxxxxxx y establecer determinadas condiciones y obligaciones específicas de dicha gestión, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, (en adelante TRLCSP) y demás disposiciones estipuladas en la Cláusula 1 “Régimen jurídico” xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, en la Ordenanza de Mercados Municipales de 22 de diciembre de 2010, y demás normativa de aplicación.
2.- MEDIOS APORTADOS POR LA ADMINISTRACIÓN.
2.1.- INMUEBLE.
El inmueble del Mercado Municipal xx Xxxxxxxxx figura inscrito en el Inventario de Bienes Inmuebles del Ayuntamiento de Madrid, en el apartado Bienes y derechos revertibles, con el número 11.036.
Está ubicado en la calle Xxxxxxxxx, nº 2, 00000 Xxxxxx y linda al Norte con la calle Xxxxxxxxx, al Este con una zona deportiva, al Sur con los inmuebles número 1 a 23 de la calle Xxxxxx y al Oeste con la calle Guetaría. La superficie de la parcela asciende a 2.006,00 m2.
En las tablas I y II se indican las superficies construidas, la distribución por plantas y las diferentes dependencias del inmueble. Todas las plantas fueron reformadas integralmente en el año 2008, encontrándose en la actualidad el mercado en correcto estado de conservación y mantenimiento, sin perjuicio del normal desgaste debido a su uso.
TABLA I.- Superficies construidas del inmueble. | |
PLANTA | Superficie construida (m2) |
Bajo rasante: | |
Sótano -1 | 1.490,85 |
Semisótano | 1493,34 |
Sobre rasante: | |
Baja | 353,42 |
Primera | 2.015,95 |
Segunda | 533,15 |
Total superficie construida | 5.886,71 |
TABLA II.- Dependencias del inmueble. | |
PLANTA | DEPENDENCIAS |
Sótano -1 | Almacenes a-0 al a-19, instalaciones, cámaras, montacargas y zonas comunes. |
Semisótano | Local 0, almacenes de locales Ext-1 al Ext-6 e instalaciones y zonas comunes. |
Baja | Locales Ext-1 al Ext-6, accesos xxx xxxxxxx e instalaciones comunes. |
Primera | Locales 1 a 28, aseos, muelle de descarga e instalaciones y zonas comunes. |
Segunda | Local 29, oficinas xxx xxxxxxx, sala de juntas, aseos y vestuarios e instalaciones y zonas comunes. |
Como anexos a este pliego se adjuntan los planos de distribución de las plantas del inmueble.
3.- CONDICIONES ESPECÍFICAS DE GESTIÓN DEL MERCADO MUNICIPAL XX XXXXXXXXX.
3.1.- Distribución de usos y actividades.
En las distintas dependencias del Mercado Municipal xx Xxxxxxxxx se podrán implantar los siguientes usos y actividades:
- Usos cualificados de servicio público xx xxxxxxx: Comprende actividades de comercio minorista de artículos de consumo alimentarios y no alimentarios, actividades de gestión centralizada de envíos a domicilio, consignas, almacenaje y similares y actividades de gestión de servicios administrativos, técnicos, financieros, de información o similares, vinculadas a la prestación del servicio público, así como servicios e instalaciones comunes xxx xxxxxxx.
- Usos alternativos: Comprende actividades culturales, educativas, deportivas, de salud y bienestar social, que contribuyan a la mejora de la oferta de servicios al consumidor. La edificabilidad destinada a usos alternativos no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) de la edificabilidad total.
- Usos compatibles asociados: Comprende actividades de servicios terciarios que contribuyan al desarrollo y correcto funcionamiento xxx xxxxxxx. La edificabilidad destinada a usos compatibles asociados no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) de la edificabilidad destinada a usos cualificados.
- Aparcamiento.
Durante el plazo de duración de la concesión, con excepción de lo establecido en el presente PPT para el procedimiento de selección inicial de usuarios, el concesionario podrá destinar los distintos locales xxx xxxxxxx a las actividades que considere
convenientes para el correcto funcionamiento xxx xxxxxxx y la adecuada correspondencia entre la oferta y demanda de productos y servicios, siempre dentro de las proporciones de usos y actividades indicadas anteriormente y debiendo destinar a comercio alimentario, como mínimo, el 35 por 100 de la superficie total, excluyendo, a efectos de este último cómputo, la superficie correspondiente a servicios, instalaciones y zonas comunes xxx xxxxxxx.
Al objeto de contemplar lo establecido para el procedimiento de selección inicial de usuarios, que valora la contribución que a la calidad de la oferta xxx xxxxxxx hayan supuesto las actividades ejercidas anteriormente en los locales por los solicitantes, la tabla III indica dichas actividades, que el concesionario deberá respetar durante todo el procedimiento de selección inicial.
TABLA III.- Actividad | es iniciales | de los locales. | |
Local | Actividad | Local | Actividad |
Sótano -1 | Primera | ||
a - 0 | Almacenaje | 1 | Reparación xx xxxxxxx (u.a.) |
a - 1 | Almacenaje | 2 | Carnicería |
a - 2 | Almacenaje | 3 | Charcutería |
a - 3 | Almacenaje | 4 | Pescadería |
a - 4 | Almacenaje | 5 | Carnicería |
a - 5 | Almacenaje | 6 | Congelados |
a - 6 | Almacenaje | 7 | Alimentación |
a - 7 | Almacenaje | 8 | Frutería |
a - 8 | Almacenaje | 9 | Carnicería |
a - 9 | Almacenaje | 10 | Charcutería |
a - 10 | Almacenaje | 11 | Aves, huevos y caza |
a - 11 | Almacenaje | 12 | Charcutería |
a - 12 | Almacenaje | 13 | Xxxxxxxxx |
x - 00 | Xxxxxxxxxx | 00 | Congelados |
a - 14 | Almacenaje | 15 | Cafetería-bar (u.a.) |
a - 15 | Xxxxxxxxxx | 00 | Xxxxxxxx (u.a.) |
a - 16 | Almacenaje | 17 | Peluquería (u.a.) |
a - 17 | Almacenaje | 18 | Relojería |
a - 18 | Almacenaje | 19 | Cristalería |
a - 19 | Almacenaje | 20 | Frutos secos y variantes |
Semisótano | 21 | Pescadería | |
0 | Supermercado | 22 | Aves, huevos y caza |
Baja | 23 | Frutería | |
Ext - 1 | Peluquería (u.a) | 24 | Pescadería |
Ext - 2 | Farmacia | 25 | Frutería |
Ext - 3 | Dulces y cafés | 26 | Carnicería |
Ext - 4 | Ferretería | 27 | Panadería |
Ext - 5 | Moda y complementos | 28 | Mercería |
Ext - 6 | Bar (u.a.) | Segunda | |
29 | Oficinas supermercado |
(u.a.).- Uso asociado.
3.2.- Reglamento de Régimen Interior xxx Xxxxxxx y Documento de Condiciones Técnicas.
En el plazo de 10 días naturales a contar desde el día siguiente al de la suscripción del contrato, el concesionario comunicará al órgano competente en materia de gestión de mercados del Ayuntamiento de Madrid, el Reglamento de Régimen Interior xxx xxxxxxx y el Documento de Condiciones Técnicas de los locales.
El órgano competente dispondrá de un plazo de 10 días naturales a partir de la fecha de su comunicación, para imponer las modificaciones a su contenido que considere necesarias para asegurar la adecuada prestación del servicio.
3.3.- Personal.
Corresponde al concesionario dotar al mercado, por sí mismo o a través de terceros, del personal necesario y suficiente para asegurar el correcto funcionamiento general del mismo.
El Ayuntamiento de Madrid no tendrá relación jurídico-administrativa, laboral, ni de otra índole, con el personal al servicio del concesionario, ni durante el plazo de vigencia del contrato de concesión, ni al término del mismo.
El concesionario vendrá obligado a cumplir con la legislación laboral en vigor en cada momento, y en particular la relativa a las materias de Seguridad Social y Prevención de Riesgos Laborales, dando cobertura jurídica a las obligaciones derivadas de dicha normativa y proponiendo alternativas y compromisos que den cumplimiento a la misma, incluso partiendo de la actual situación de prestación del servicio.
3.4.- Procedimiento inicial de selección de usuarios.
3.4.1.- Convocatoria y plazo de presentación de solicitudes.
En el plazo de 30 días naturales a contar desde el día siguiente al de la suscripción del contrato, el concesionario deberá publicar, como mínimo en uno de los diarios de mayor circulación en el término municipal de Madrid y en el tablón de anuncios xxx xxxxxxx, el inicio del procedimiento inicial de selección de usuarios de los locales xxx xxxxxxx, con indicación expresa de que la información y documentación necesaria estará a disposición de los interesados en las oficinas xxx xxxxxxx, de lunes a viernes, de 11 a 15 horas, y de que se concede un plazo de presentación de solicitudes de 20 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio.
Durante el periodo de presentación de solicitudes el concesionario deberá poner a disposición de cualquier interesado la siguiente documentación:
- Relación de locales xxx xxxxxxx y actividades a ejercer en los mismos.
- Planos de localización de los locales xxx xxxxxxx.
- Reglamento de Régimen Interior.
- Documento de Condiciones Técnicas.
- Modelo de contrato a suscribir.
- Plazo de duración de la cesión del local, incluidas las prorrogas.
- Precios de cesión de los locales.
- Presupuesto total de gastos comunes y cuotas de participación de los locales.
- Criterios de selección para la adjudicación de los locales.
- Modelo de solicitud, cuyo contenido mínimo deberá ser el siguiente:
• Datos del solicitante: Nombre y apellidos o razón social, nombre y apellidos del representante legal en su caso, NIF o CIF, dirección particular o social y datos de contacto del solicitante o del representante.
• Local que se solicita.
• Criterios que se acreditan para la valoración de la solicitud.
• Declaración responsable de la veracidad de la información aportada.
• Indicación de que cualquier litigio, conflicto o reclamación derivado del procedimiento, será cuestión exclusiva entre el concesionario y el solicitante y, en su caso, deberá sustanciarse ante los Tribunales Civiles. Todo ello sin perjuicio de las penalizaciones que el Ayuntamiento pudiera imponer al concesionario en el caso de incumplimiento de las obligaciones que, en relación con el procedimiento inicial de selección de usuarios, se establecen en el presente PPT.
• Indicación del tratamiento de los datos presentados bajo las garantías previstas por la Ley de Protección de Datos de carácter Personal 15/1999, de 13 de diciembre.
• Indicación de que, en caso de empate entre varias solicitudes, se seleccionará la solicitud con mejor puntuación en el criterio a) y, de persistir el empate, mediante concurso ante notario, cuyo coste deberá ser asumido por el solicitante que gane dicho concurso.
3.4.2.- Criterios de selección.
Los criterios de selección que han de servir de base para la adjudicación de los locales xxx xxxxxxx, hasta un máximo de 100 puntos, son los siguientes:
a) Contribución que a la calidad de la oferta xxx xxxxxxx haya supuesto la actividad del solicitante.
Se valorará con hasta 40 puntos de acuerdo con la siguiente distribución:
- Haber ejercido la actividad en el local para el que se solicita la adjudicación durante al menos los dos años previos al inicio del procedimiento de selección: 40 puntos.
- Haber ejercido la actividad en el local para el que se solicita la adjudicación durante al menos un año previo al inicio del procedimiento de selección: 20 puntos.
Para poder valorarse el presente criterio, el solicitante deberá acreditar el ejercicio de la actividad en el local solicitado mediante la presentación del contrato de adjudicación del local o, en el caso de que la actividad haya sido ejercida por un usuario distinto al titular del contrato de adjudicación del local, documentación que lo acredite. En ningún caso se valorará el presente criterio a aquellos usuarios xxx
xxxxxxx que hubieran cedido el ejercicio de la actividad en el local durante los dos años previos al inicio del procedimiento.
b) Profesionalidad acreditada por el solicitante.
Se valorará con hasta 30 puntos de acuerdo con la siguiente distribución:
- De 1 a 3 años de experiencia en la actividad asignada al local ofertado: 15 puntos.
- Más de 3 años de experiencia en la actividad asignada al local ofertado: 30 puntos.
c) Mejoras del precio de cesión del local ofertadas por el solicitante.
Se valorará con hasta 30 puntos de acuerdo con la siguiente distribución:
- Para una oferta de entre un 20 y un 40 % más de precio de cesión: 10 puntos.
- Para una oferta superior al 40 % y hasta un 60 % más de precio de cesión: 20 puntos.
- Para una oferta superior a un 60 % más de precio de cesión: 30 puntos.
Para la valoración de este criterio, el solicitante deberá aportar compromiso firmado de la mejora del importe del precio de cesión ofertada.
3.4.3.- Selección de usuarios y suscripción de los contratos de cesión.
El concesionario publicará el resultado de la valoración de las solicitudes en el tablón de anuncios xxx xxxxxxx, dando un plazo de 3 días hábiles para la presentación de alegaciones.
Finalizado dicho plazo, y estudiadas las alegaciones presentadas, el concesionario seleccionará aquellas solicitudes que obtengan mayor puntuación de acuerdo con los criterios establecidos en el apartado anterior. En caso de empate de puntuación entre varias solicitudes para un mismo local, se seleccionara la solicitud con mejor puntuación en el criterio a). Si aplicados tales criterios existiera igualdad entre dos o más solicitudes, se seleccionará la solicitud que resulte ganadora mediante sorteo entre ellas, que deberá celebrarse ante notario.
El concesionario convocará a los solicitantes con mayor puntuación a los efectos de suscripción del contrato de cesión, debiendo facilitarles, si así lo requiriesen, el acceso al local con carácter previo a la suscripción del contrato. Si el solicitante desistiese finalmente de su solicitud, el concesionario convocará al siguiente solicitante del local que haya obtenido mayor valoración de acuerdo con los criterios establecidos.
En el plazo de 30 días naturales, a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el concesionario deberá valorar las solicitudes presentadas, seleccionar a los usuarios y formalizar los correspondientes contratos de cesión de los locales xxx xxxxxxx y comunicar al órgano competente en gestión de mercados del Ayuntamiento de Madrid los datos de identificación de los usuarios xxx xxxxxxx.
3.5.- Relación entre el concesionario y los usuarios.
Sin perjuicio de las potestades administrativas de policía, sancionadoras y de defensa del dominio público que corresponden al Ayuntamiento de Madrid, de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza de Mercados Municipales y demás legislación aplicable, la relación concesionario – usuario se regulará a través de un contrato de cesión de uso de local, en régimen de derecho privado.
Con carácter previo a la suscripción del contrato, toda persona física o jurídica que desee explotar un local xxx xxxxxxx deberá conocer las prescripciones contenidas en el Reglamento de Régimen Interior y el Documento de Condiciones Técnicas, que le serán entregados por el concesionario y que quedarán incorporados al contrato como parte de su contenido.
La duración del contrato será la libremente pactada entre el concesionario y los usuarios, no pudiendo exceder ésta, incluidas las prórrogas, del plazo de vigencia del presente contrato de concesión administrativa.
El contrato entre el concesionario y el usuario deberá indicar expresamente que extinguido el presente contrato de concesión administrativa, el contrato de cesión del local quedará igualmente extinguido y sin efecto alguno, quedando los usuarios obligados al desalojo y entrega del local, aun cuando no se hubiera practicado ningún tipo de requerimiento.
Además de la duración, el contrato entre el concesionario y el usuario deberá reflejar expresamente la actividad a la que se destina el local y las condiciones de su explotación y uso; las obligaciones económicas del usuario, en especial el precio de cesión del local y el procedimiento para su revisión y la cuota de participación del local en el presupuesto de gastos comunes xxx xxxxxxx y el procedimiento para la revisión de dicho presupuesto; las cantidades aportadas por el usuario en garantía del cumplimiento de sus obligaciones contractuales; las condiciones para la realización de obras en el local, así como la obligación del usuario de mantener el local, sus instalaciones y equipos en perfecto estado de uso y conservación y de permitir al concesionario el acceso al local para la realización de cuantas obras fueran necesarias para el correcto funcionamiento xxx xxxxxxx; los seguros a suscribir por el usuario; la necesaria autorización del concesionario para efectuar traspasos, las condiciones para la transmisión de la titularidad del contrato y la cantidad a pagar al concesionario en concepto de derechos económicos por la transmisión, que no podrá superar el 30 % del importe de dicha transmisión; la necesaria autorización del concesionario para la cesión del ejercicio de la actividad, en todo o en parte del local; el procedimiento de desalojo y devolución del local una vez extinguido el contrato; los efectos del incumplimiento de las obligaciones del usuario establecidas en el contrato y; la sumisión jurisdiccional a los juzgados y tribunales civiles de Madrid.
3.6.- Otras obligaciones del concesionario.
3.6.1.- Obligaciones en relación con los usuarios xxx xxxxxxx de la anterior concesión administrativa.
En la fecha de finalización de la anterior concesión, quedarán automáticamente extinguidos y sin efecto alguno, por expiración de su plazo de vigencia, la totalidad de los contratos de adjudicación de locales del Mercado Municipal xx Xxxxxxxxx suscritos por el anterior concesionario, quedando los usuarios obligados al desalojo y entrega del local, aun cuando no se hubiera practicado ningún tipo de requerimiento.
No obstante lo anterior, al objeto del mantenimiento del servicio público del Mercado Municipal xx Xxxxxxxxx durante el procedimiento de selección de usuarios, el nuevo concesionario deberá respetar un plazo de dos meses para el desalojo y entrega de los locales xxx xxxxxxx por los usuarios de la anterior concesión, salvo que estos
resultaran seleccionados para la ocupación del mismo local tras la realización del procedimiento de selección inicial por el nuevo concesionario.
3.6.2.- Obligación de entregar el mercado libre de usuarios.
Extinguido el contrato de concesión administrativa, por cumplimiento o por causa de resolución, el concesionario deberá entregar el mercado y sus locales, libre de usuarios.
Si para el cumplimiento de esta obligación hubiera de practicarse algún desalojo forzoso, éste será de la exclusiva responsabilidad del concesionario, que le será exigible inclusive finalizado el plazo de concesión administrativa.
JEFE DE SERVICIO DE MERCADOS
Xxxx Xx Xxxx Xxxxxxxx
Enterado y conforme,
EL DIRECTOR GENERAL DE COMERCIO
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx