PLIEGO DE CONDICIONES (Definitivo)Contrato de Prestación de ServiciosLicitación Pública No. 01 de 2012 Código 053 Versión 03 Fecha 2010-11-17
PLIEGO DE CONDICIONES (Definitivo) Contrato de Prestación de Servicios Licitación Pública No. 01 de 2012 | Código | 053 | |
Versión | 03 | ||
Fecha | 2010-11-17 |
1. GENERALIDADES
1.1. OBJETO
El INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO, está interesado en recibir propuestas para la “PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA EN LOS DIFERENTES CAMPUS DEL ITM”, de acuerdo con las especificaciones técnicas.
1.2. FUNDAMENTO DEL PROCESO DE SELECCIÓN
De conformidad con el artículo 2° de la Ley 1150 de 2007, y el Decreto 2474 de 2008 en su artículo 2°, la selección del contratista se efectuará a través de las modalidades de selección de Licitación Pública, Selección Abreviada, Concurso de Méritos y Contratación directa; siendo la regla general la licitación pública, y las demás, las excepciones contenidas en los numerales 2, 3 y 4 de la ley 1150 de 2007 artículo 2°, excepciones que no aplican al presente proceso toda vez que no se trata de un servicio de características técnicas uniformes y de común utilización, ni se trata de una consultoría ni interventoría, ni encuadra dentro de las causales de contratación directa, y así mismo su valor excede la menor cuantía de la Entidad.
En consecuencia, modalidad de selección a la cual se debe acudir para la contratación del servicio cuya prestación demanda el ITM, es de licitación pública, de conformidad con el Artículo 30 de la Ley 80 de 1993, y 15 del Decreto Reglamentario 2474 de 2008.
Para la debida publicidad del proceso de selección se observará y cumplirá lo dispuesto por el Artículo 4 del Decreto Reglamentario 2474 de 2008, referente a la convocatoria pública en los procesos de licitación, selección abreviada y concurso de méritos; así como lo contenido en los artículos 8 y 9 del mismo Decreto
1.3. INSTRUCCIÓN PRELIMINAR
• El proponente no podrá estar incurso dentro de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en el ordenamiento legal colombiano, para contratar con el Estado.
• El proponente deberá conocer el Pliego de Condiciones y las normas que regulan la contratación de las entidades públicas y en especial todos los aspectos que puedan influir en la elaboración de su propuesta.
• Los proponentes están en la obligación de actuar objetiva e imparcialmente; por lo que en todo momento deberán primar los intereses de la Entidad; asegurando así no incurrir en conflicto de intereses. En consecuencia, los proponentes evitarán dar lugar a situaciones en que se pongan en conflicto con sus obligaciones previas o vigentes, con respecto a las actividades que desarrollan o desarrollarán con terceros en ejercicio de su actividad profesional y/o comercial, o con su futura participación en el proceso de selección o en la ejecución de otros contratos. Por lo anterior, el proponente al momento de presentar su propuesta, deberá declarar que él, sus directivos y el equipo de trabajo, con el que se ejecutará el objeto contractual, no se encuentra incurso en conflicto de intereses.
• Los proponentes deberán darle estricto cumplimiento a las previsiones y exigencias indicadas en los pliegos de condiciones, pues, estos últimos forman parte esencial del contrato; son la fuente de derechos y obligaciones de las partes y elemento fundamental para su interpretación e integración, pues contienen la voluntad de la administración a la que se someten los proponentes durante los procesos de selección y el oferente favorecido durante el mismo lapso y, más allá, durante la vida del contrato.
1.4. VEEDURÍAS CIUDADANAS
En cumplimiento de lo establecido en la Ley 850 de 2003, las veedurías ciudadanas podrán ejercer control social sobre la presente contratación.
1.5. POLÍTICA ANTICORRUPCIÓN.
En todas las actuaciones derivadas de las estipulaciones del presente Pliego de Condiciones y del contrato que forma parte del mismo, el proponente obrará con la transparencia y la moralidad que la Constitución Política y las leyes consagran. Si el ITM comprobare hechos constitutivos de corrupción por parte de un proponente durante el proceso de selección, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiere lugar, podrá rechazar la respectiva propuesta.
Si los hechos constitutivos de corrupción tuvieren lugar dentro del plazo de ejecución del contrato, tales circunstancias podrán dar lugar a la declaratoria de caducidad, de conformidad con las reglas previstas para el efecto en la Ley y en el respectivo contrato.
1.6. FINANCIACION
Para la ejecución del contrato objeto de la presente selección, se cuenta con la Disponibilidad Presupuestal No. 120 del 16 de enero de 2012.
1.7. PRESUPUESTO OFICIAL
De conformidad con los estudios previos que sustentan el proceso de selección, se ha estimado como presupuesto oficial la suma de MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS MIL SETECIENTOS
VEINTIÚN PESOS M/CTE ($ 1.695.500.721) Incluido IVA y demás impuestos y costos en que los proponentes puedan incurrir para la ejecución de la propuesta.
1.8. PLAZO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del objeto a contratar será de nueve (9) meses, plazo que se contabilizará a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio.
1.9. IDIOMA
Toda información deberá presentarse en castellano.
1.10. MODALIDAD DE PAGO
Se efectuarán pagos mensuales de acuerdo a los servicios prestados en el respectivo mes. Cada pago se hará efectivo a los treinta (30) días calendario siguientes a la presentación de la factura o cuenta de cobro y previo recibo a satisfacción por parte del interventor del contrato, adjuntando el comprobante del pago de aportes al Sistema de Seguridad Social y parafiscales. No habrá lugar a anticipos.
1.11. INFORMACION SUMINISTRADA
La Entidad, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 83 de la Constitución Política, presume que toda la información que el proponente xxxxxxx al proceso de selección es veraz, y corresponde a la realidad. No obstante, la Entidad podrá verificar la información suministrada por el proponente y hacer las correcciones aritméticas que
considere necesarias.
El proponente responderá de conformidad con las normas legales establecidas para el efecto, por incurrir en prohibiciones, develar información reservada y/o suministrar información falsa.
NOTA: Los documentos o información suministrada por el proponente, no requerida por la entidad, que no sea necesaria para la habilitación de la propuesta o para su evaluación, se tendrá por no presentada.
1.12. INTERPRETACION, ACLARACION Y MODIFICACION DE LOS DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN.
La información contenida en el Pliego de Xxxxxxxxxxx, sustituye cualquier otra clase de información que la Entidad y/o sus funcionarios pudieron haber suministrado a los proponentes o terceros interesados en el proceso de selección. Por consiguiente, todas las informaciones preliminares, concomitantes o posteriores que los interesados hayan obtenido en forma diferente a la oficial, quedan sin valor y la Entidad, no se hace responsable por su utilización.
El proponente deberá examinar, analizar y estudiar cuidadosamente todos los documentos tales como formularios, condiciones, especificaciones, e informarse oportunamente de todas las circunstancias que puedan afectar el objeto, su costo y tiempo de ejecución, además de los anexos y adendas que se expidan durante el proceso; se entenderá que los documentos, incluidas las especificaciones, se complementan mutuamente de manera que lo consignado en uno de ellos se tomará como consignado en todos.
El medio oficial de publicidad para comunicar cambios, ajustes, observaciones, aclaraciones o en general, cualquier situación en el proceso, es a través de adendas, comunicaciones oficiales y Resoluciones, que a su vez se publicarán en el Sistema Electrónico de Contratación Pública (SECOP) a través del Portal Único de Contratación, xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y en el sitio web institucional xxx.xxx.xxx.xx
El Pliego de Condiciones conservará plena validez, mientras no sean modificados expresamente por el ITM y solo a través de adendas debidamente publicadas en el Sistema Electrónico de Contratación Pública (SECOP) a través del Portal Único de Contratación xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y en el sitio web institucional xxx.xxx.xxx.xx
Las interpretaciones o deducciones que el proponente hiciere del contenido xxx Xxxxxx de Condiciones, así como de los documentos que hacen parte integrante del proceso, serán de su exclusiva responsabilidad.
1.13. CALIDADES DEL PROPONENTE
La Entidad procederá a dar apertura al proceso a través de la publicación de la resolución motivada, donde podrán participar todas las personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, los consorcios y uniones temporales y demás formas asociativas legalmente constituidas, cuyo objeto social cubra las actividades necesarias para cumplir con el objeto del presente proceso de Selección, que no estén incursos en las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades consagradas en el ordenamiento legal Colombiano.
Los proponentes indicarán si su participación es a título de consorcio o unión temporal, y en el último caso señalarán los términos y la extensión de su participación en la presentación de la propuesta y en la ejecución del contrato, esto es, indicando cuales de las obligaciones contractuales habrán de ejecutar, e indicando el porcentaje de participación en el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 1º del artículo 7 de la Ley 80 de 1993, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo del ITM.
Los miembros del consorcio o de la unión temporal y demás formas asociativas legalmente constituidas, deberán designar la persona que, para todos los efectos, representará al consorcio o unión temporal y señalarán las reglas
básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad, de conformidad con lo señalado en el parágrafo 1º del artículo 7º de la Ley 80 de 1.993.
Las personas naturales y/o jurídicas integrantes de un consorcio o unión temporal, deben acreditar individualmente la información Tributaria, identificación y Régimen de Impuesto a las Ventas al que pertenecen, así como el Certificado de Existencia y Representación Legal. En atención a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 3050 de 1997, los integrantes del consorcio o unión temporal y demás formas asociativas legalmente constituidas, deberán escoger para efectos de pago, en relación con la facturación, una de las siguientes opciones, la misma que deberá manifestarse expresamente y por escrito al momento de la adjudicación del contrato:
• Si la va a efectuar en representación del Consorcio o Unión Temporal uno de sus integrantes, caso en el cual debe informar el porcentaje o valor del contrato que corresponda a cada uno de los integrantes, el nombre, razón social y el número del Nit de cada uno de ellos.
• Si la facturación es en forma separada, cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, deberá informar la participación en el valor del contrato.
• Si la facturación la va a realizar el consorcio o la unión temporal a nombre propio y en representación de sus miembros (es decir bajo su propio NIT), caso en el cual se debe señalar el porcentaje o valor del contrato que corresponda a cada uno de los integrantes, el nombre de la razón social y el número de identificación tributaria, NIT, de cada uno de ellos. Adicionalmente, en caso de ser el adjudicatario del contrato, deberá adelantar los trámites de expedición del RUT del consorcio o la unión temporal ante la DIAN; documento necesario para la los trámites de la legalización del contrato. Estas facturas deben cumplir con los requisitos señalados en las disposiciones legales y reglamentarias.
1.14. VIGENCIA DE LA PROPUESTA Y GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Las propuestas y la garantía de seriedad de la oferta deberán tener una vigencia mínima de noventa (90) días calendario, contados a partir del cierre del proceso de selección o del vencimiento de su prórroga, si la hay. Por solicitud de la Entidad, el Proponente prorrogará el término de validez de su propuesta y de la póliza de garantía de seriedad.
1.15. ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS
Forman parte del proyecto xx Xxxxxx de Condiciones y xxx Xxxxxx de Condiciones definitivo los estudios y documentos previos adelantados por la Entidad, los cuales se publican a través de la página del SECOP o la que haga sus veces.
Así mismo forma parte xxx xxxxxx de condiciones definitivo, la matriz de tipificación de riesgos previsibles identificados, los documentos que contengan especificaciones técnicas necesarias para el proceso de selección, el borrador de la minuta de contrato, el presupuesto oficial, las observaciones que realicen los interesados con anterioridad al cierre del proceso de selección y su correspondiente respuesta.
1.16. PUBLICIDAD DEL PROCEDIMIENTO EN EL SISTEMA ELECTRÓNICO PARA LA CONTRATACIÓN PÚBLICA (SECOP)
La Entidad garantiza la publicidad de todos los procedimientos y actos asociados a los procesos de contratación salvo los asuntos expresamente sometidos a reserva. La información contenida en los actos del proceso se considera oponible en el momento en que aparece publicada en el Portal Único de Contratación.
La publicidad se hará en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP) a través del Portal Único de Contratación, xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y en el sitio web institucional xxx.xxx.xxx.xx, con base en lo anterior, se publicarán los documentos señalados en el artículo 8 del decreto 2474 de 2008.
1.17. CRONOGRAMA
La siguiente es la cronología del proceso a llevar por el Instituto Tecnológico Metropolitano:
FECHA Y HORA | ACTIVIDAD | LUGAR |
30 de enero de 2012 | AVISO A CAMARAS DE COMERCIO. | Cámara de comercio y confecamaras. |
Del 10 al 24 de febrero de 2012 | CONSULTA DEL PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES | Portal Único de Contratación: xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y Página |
Del 10 al 24 de febrero de 2012 | PLAZO PARA PRESENTAR OBSERVACIONES AL PROYECTO DE PLIEGOS | |
A partir del 06 xx xxxxx de 2012 | CONSULTA DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS Y APERTURA DE LICITACIÓN | Portal Único de Contratación: xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y Página web: xxx.xxx.xxx.xx |
08 xx xxxxx de 2012, a las 09:00 horas | VISITA A LOS SITIOS | Sala de Reuniones, Bloque Administrativo, tercer piso calle 73 Nº 76 A - 354 Medellín |
08 xx xxxxx de 2012, a las 10:00 horas | AUDIENCIA DE ACLARACIÓN DE PLIEGOS, Y REVISIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS. | Sala de Reuniones, Bloque Administrativo, tercer piso calle 73 Nº 76 A - 354 Medellín |
Hasta el 16 xx xxxxx de 2012 a las 15:00 horas. | ENTREGA DE PROPUESTAS Y FECHA DE CIERRE DE LICITACIÓN | Oficina Archivo Central calle 73 No. 76A-354 ITM Xxxxxxx, Medellín |
El 16 xx xxxxx de 2012 a las 15:15 horas. | APERTURA DE PROPUESTAS | Sala de Reuniones, Bloque Administrativo, tercer piso calle 73 Nº 76 A - 354 Medellín |
Del 20 al 23 xx xxxxx de 2012 | EVALUACION DE PROPUESTAS | Oficina Asesoría Jurídica y Departamento Comercial |
Del 27 xx xxxxx al 10 xx xxxxx de 2012. | INFORMES DE EVALUACION | Secretaría General - Portal Único de Contratación: xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y Página web: xxx.xxx.xxx.xx |
El 12 xx xxxxx de 2012 a las 15:00 horas. | AUDIENCIA DE ADJUDICACION | Sala de Reuniones, Bloque Administrativo, tercer piso calle 73 Nº 76 A - 354 Medellín |
2. PROCEDIMIENTO
2.1. APERTURA
La presente contratación se abrirá el día 06 xx xxxxx de 2012 a partir de esta fecha podrán ser consultados los pliegos de condiciones en la Oficina Jurídica del ITM y estarán disponibles en el Portal Único de Contratación xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y en la página web de la institución xxx.xxx.xxx.xx
Se reciben las observaciones frente a los pliegos y/o especificaciones técnicas hasta el día señalado en el cronograma, a partir de esa fecha, de ser necesario, se publicarán las observaciones respectivas para la elaboración final de la propuesta.
2.2. PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA – Presentación de propuesta completa (Oferta y documentación de requisitos habilitantes).
La propuesta deberá entregarse en el Archivo General del Instituto Tecnológico Metropolitano bloque I primer piso en sobre cerrado, calle 73 Nº 76 A - 354 Medellín, en la fecha y horas dispuesta en el cronograma.
Si de acuerdo con los pliegos de condiciones, las propuestas hubieren sido enviadas por correo, se entenderá por fecha y hora de presentación las que aparezcan en el sello o escrito puesto sobre la oferta por el encargado de recibirla, en el momento de su llegada al sitio de entrega de las mismas que se haya fijado en los pliegos de condiciones.
El ITM, no se responsabilizará de las propuestas enviadas por correo.
Las propuestas se conformarán por un sobre y dos copias que se presentarán cerrados marcados como Sobre No. 1 así:
SOBRE 1. Correspondiente a Documentación para verificación de requisitos habilitantes y propuesta económica deberá contener (que se entregarán en Original y tres Copias) de acuerdo con el numeral 4.
2.3. PÚBLICACIÓN PLIEGOS DE CONDICIONES
El proyecto de pliegos de condiciones se publicara en la fecha señalada en el cronograma, términos durante el cual los interesados podrán presentar sus observaciones al proyecto de pliegos conforme lo dispuesto por el artículo 9 del Decreto 2474 de 2008 en la dirección de correo electrónico xxx@xxx.xxx.xx, los pliegos de condiciones definitivos se publicarán en el Portal Único de Contratación xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y en el sitio web institucional xxx.xxx.xxx.xx y podrán ser consultados a partir de la fecha de apertura según el cronograma propuesto, fecha a partir de la cual, conforme a lo prescrito por el Decreto 2474 de 2008 se entiende formalmente abierta la presente contratación.
La información contenida en el Pliego de Xxxxxxxxxxx y sus adendas sustituye totalmente cualquier otra que el ITM o sus funcionarios pudieran haber suministrado en forma preliminar a los proponentes en este proceso de selección.
NOTA: La publicación del proyecto de pliegos de condiciones no genera obligación para el Instituto Tecnológico Metropolitano de dar apertura al proceso de selección.
2.4. PLAZO DEL PROCESO DE LA SELECCIÓN
El plazo de la presente selección es el comprendido entre la fecha para la presentación de ofertas y la fecha señalada para el cierre, de acuerdo a lo establecido en el CRONOGRAMA.
2.5. VISITA AL SITIO DONDE SE EJECUTARÁ EL CONTRATO
La visita se realizará en el sitio, fecha y hora estipulada en el cronograma del proceso, determinado en el acto administrativo de apertura de la licitación. El funcionario público encargado de dirigir la Visita, dará un margen de tiempo de 15 minutos adicionales al inicio de la diligencia para permitir la participación de interesados rezagados, en el sitio previamente establecido para el encuentro. Vencido éste término, no se aceptará la participación de posibles proponentes que llegasen posteriormente.
La visita no tiene el carácter de obligatoria, a ella podrá asistir el representante legal o un apoderado, mediante
escrito suscrito por el representante legal de la persona jurídica o de la persona natural a quien representa. El representante legal o el apoderado que asiste a la visita al lugar de ejecución del contrato en el presente proceso, sólo podrá representar a una persona interesada o proponente en la presente licitación. Sin embargo cuando el Consorcio o Unión Temporal se constituya o haya acuerdo de constitución de dichas modalidades de asociación al momento de la visita, no será necesario que todos y cada uno de los miembros del Consorcio o Unión Temporal asistan con un representante a la visita, bastando la representación de su representante legal, o un profesional idóneo por la modalidad de asociación constituida o por constituirse, debidamente apoderado.
Los proponentes deberán por su cuenta y riesgo, inspeccionar y examinar el sitio donde se realizarán los trabajos, los sitios aledaños al mismo y su entorno e informarse acerca de las condiciones de ejecución, la forma y características del sitio, las cantidades, localización y alcance del objeto y las condiciones de los suministros necesarios para su ejecución, transporte, mano de obra intelectual y material y de manera especial, sobre las condiciones de entrega y recibo, instalaciones que pueda requerir, las condiciones del medio ambiente y, en general, de todas las circunstancias legales y técnicas que puedan afectar o influir en el cálculo del valor de su propuesta.
El hecho de que el proponente no se familiarice debidamente con los detalles y condiciones del manejo general del proyecto, no le servirá de excusa válida para posteriores reclamaciones.
Los costos de visitar, conocer, examinar e inspeccionar el sitio donde se ejecutará el objeto serán por cuenta del proponente. Así mismo, deberán asumir los riesgos de pérdida, daño o perjuicio a su persona o sus propiedades y a las personas o propiedades de sus empleados, y agentes por cualquier siniestro que ocurra durante la visita.
Por lo tanto la Entidad no será responsable en ningún caso por pérdida, daño o perjuicio sufrido por cualquier persona o cosa durante la visita al sitio de ejecución.
2.6. AUDIENCIA PARA PRECISAR EL ALCANCE Y CONTENIDO XXX XXXXXX DE CONDICIONES, Y TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS
En la fecha, hora y lugar señalado en el cronograma incluido en el acto administrativo de apertura de la licitación se celebrará una audiencia con el objeto de precisar el contenido y alcance xxx xxxxxx de condiciones y de oír a los interesados en la licitación, de conformidad con lo previsto en el numeral 4, artículo 30 de la Ley 80 de 1993. En la audiencia se expondrán las solicitudes de aclaración al pliego de condiciones.
En primer lugar las que hubieren sido enviadas antes de la audiencia, a la dirección de correo electrónico habilitada para el efecto, y a continuación dará respuesta a las observaciones y aclaraciones formuladas en la audiencia, de ésta se levantará un acta en la que consten: los nombres de los asistentes, las aclaraciones solicitadas, las respuestas de la Entidad dentro de la audiencia y la indicación de las que se resolverán por escrito o mediante adenda.
Dentro del término establecido entre la apertura y el cierre de la licitación, no se admitirán consultas verbales para efectos de precisar el contenido y el alcance de los pliegos, razón por la cual, el ITM, no asume ninguna responsabilidad en caso de llegarse a presentar tal circunstancia.
Así mismo y de acuerdo con el articulo 4 de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 220 de decreto ley 19 de 2012, en esta misma audiencia se revisará la asignación de riesgos que trata el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007 con el fin de establecer su tipificación, estimación y asignación definitiva.
2.7. ACLARACIONES Y MODIFICACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES
Toda solicitud de información o aclaración respecto al Pliego de Condiciones, o cualquier correspondencia que se
requiera enviar, se deberá entregar en el Archivo de la Entidad para ser radicado y se debe dirigir a la Oficina Jurídica del ITM enunciando que se trata de la Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Xx. 000 xx 0000 xxxx xxxxxx xx: “PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA EN LOS DIFERENTES CAMPUS DEL ITM” . Igualmente, estas podrán ser
enviadas al correo electrónico registrado en el SECOP xxx@xxx.xxx.xx. Las respuestas, serán suministradas a través del SECOP o PORTAL UNICO DE CONTRATACIÓN, xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx o enviadas directamente al correo electrónico suministrado por el proponente. Estas serán las únicas respuestas válidas para el proceso.
2.8. PRÓRROGA DEL PLAZO DE LA LICITACIÓN
Cuando lo estime conveniente el ITM, o cuando lo soliciten por lo menos las dos terceras (2/3) partes de las personas que hayan retirado el Pliego de Condiciones, el plazo de la presente licitación, entendido como el término que transcurre entre la fecha a partir de la cual se pueden presentar propuestas y la de su cierre, se podrá prorrogar, antes del vencimiento.
2.9. SITIO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS:
Los interesados en participar podrán presentar su oferta en la oficina determinada previamente en la resolución de apertura del proceso, hasta la fecha y hora determinada en el cronograma de la Licitación Pública, incluido en el acto administrativo de apertura del presente proceso. La propuesta que se haga llegar en sitio y/u hora diferente a los establecidos, no se entenderá presentada por la entidad para el presente proceso y no será evaluada.
2.10. CIERRE DE LA LICITACIÓN Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS
La presente licitación se cerrará en la fecha, lugar y hora determinada en el cronograma del proceso de selección, incluido en el acto administrativo de apertura de la presente licitación. Una vez vencido dicho término, el ITM procederá a la apertura de las propuestas mediante acto público, es decir en presencia de los proponentes o terceros interesados que deseen asistir. La diligencia se llevará a cabo señalando a viva voz el nombre de los proponentes, los precios ofrecidos, el cumplimiento de las garantías de seriedad y todos los demás aspectos considerados relevantes por parte de la entidad, adicionalmente se revisará que las propuestas recibidas estén debidamente foliadas y de no estarlo, se procederá a ello por parte de los funcionarios de la Entidad. Las propuestas que llegaren después de la hora señalada para el cierre de la Licitación Pública, no se recibirán y serán devueltas al proponente sin abrir.
2.11. EVALUACIÓN Y TRASLADO DE LOS INFORMES DE EVALUACIÓN
En la fecha determinada en el cronograma del proceso de selección, incluido en el acto administrativo de apertura de la presente licitación, la entidad dará traslado de los informes de evaluación por cinco días hábiles a los proponentes, lapso en el cual éstos podrán presentar por escrito las observaciones que estimen pertinentes. En ejercicio de esta facultad aquellos no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas. (Artículo 30, numeral 8º de la Ley 80 de 1993).
2.12. ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
La adjudicación se hará previa evaluación de las propuestas y el análisis comparativo de las mismas, al proponente cuya propuesta ajustada al Pliego de Condiciones, resulte ser la más favorable para la Entidad. La adjudicación se hará en audiencia pública, en la fecha determinada en el cronograma del proceso de selección, incluido en el acto administrativo de apertura de la presente licitación.
Este término podrá prorrogarse antes de su vencimiento hasta en la mitad del inicialmente fijado, artículo 30 numeral 9 de la Ley 80 de 1993, siempre que las necesidades de la administración así lo exijan. Durante la misma audiencia
y previamente a la adopción de la decisión definitiva de adjudicación, los interesados podrán pronunciarse sobre la respuesta dada por el ITM, a las observaciones presentadas respecto de los informes de evaluación.
El acto de adjudicación es irrevocable y obliga a la Entidad y al adjudicatario. No obstante lo anterior, si dentro del plazo comprendido entre la adjudicación del contrato y la suscripción del mismo, sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o si se demuestra que el acto se obtuvo por medios ilegales, éste podrá ser revocado, caso en el cual, la Entidad, mediante acto motivado, podrá adjudicar el contrato dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la Entidad.
Sin perjuicio de las potestades a que se refiere el artículo 18 de la Ley 80 de 1993, en aquellos casos en que la Entidad declare la caducidad del contrato y se encuentre pendiente de ejecución un porcentaje igual o superior al cincuenta por ciento (50%) del mismo, con excepción de los contratos de concesión, se podrá contratar al proponente calificado en el segundo lugar en el proceso de selección respectivo, previa revisión de las condiciones a que haya lugar.
2.13. REGLAS PARA LA AUDIENCIA DE ADJUDICACIÒN.
La audiencia de adjudicación se celebrará en la fecha, hora y lugar indicados por la Entidad y se sujetará a las siguientes reglas:
2.13.1 Habrá un registro de asistencia.
2.13.2 La presidirá el representante legal de la Entidad o su delegado, quien designará un moderador.
2.13.3 Cada proponente podrá intervenir directamente o a través de un vocero debidamente autorizado, quien lo representará (no necesariamente apoderado legal).
2.13.4 El proponente o su vocero tendrá el derecho al uso de la palabra por una sola vez, entendiendo ésta como una réplica a lo ya resuelto por la Entidad en los informes, como resultado de las observaciones y requerimientos actuados.
2.13.5 El proponente o su vocero deberá pronunciarse únicamente sobre las respuestas dadas por la Entidad a las observaciones presentadas respecto de los informes de verificación de los requisitos habilitantes y de evaluación. En ningún caso esta posibilidad implica una nueva oportunidad para mejorar o modificar la oferta.
2.13.6 Los asistentes deberán observar una conducta respetuosa hacia los servidores públicos y los demás presentes. Quien preside la audiencia podrá tomar las medidas necesarias para preservar el orden y correcto desarrollo de la misma, pudiendo excluir de ella, a quien con su comportamiento altere su normal curso.
2.13.7 En caso de presentarse pronunciamientos que a juicio del representante de la Entidad o su delegado requieran de análisis y cuya solución podría incidir en el sentido de la decisión a adoptar, la audiencia podrá ser suspendida por el término razonable necesario para la verificación de los asuntos debatidos y la comprobación de lo alegado.
2.13.8 Como consecuencia de haber dado a conocer oportunamente el texto del borrador del acto administrativo de resolución de adjudicación, se prescinde de la lectura del mismo.
2.13.9 Podrá haber un receso con el fin de analizar las réplicas efectuadas.
2.13.10 Cumplido el término del receso, el representante o su delegado procederá a adoptar la decisión que corresponda y la notificará.
2.14 DECLARATORIA DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN
Cuando no se presente oferta alguna, o ninguna de ellas se ajuste al pliego de condiciones, o en general cuando existan factores que impidan la selección objetiva, el proceso se declarará desierto y se procederá de conformidad con las reglas establecidas en el artículo 2 numeral 2 literal d de la ley 1150 de 2007.
3. CONDICIONES GENERALES DE LA PRESENTACION DE LA PROPUESTA
Los oferentes deberán tener en cuenta las siguientes condiciones para su participación en el presente proceso:
3.1. PROPUESTA
Los proponentes presentarán una propuesta completa, incluyendo la información sobre la capacidad jurídica, las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes y la oferta económica.
El Instituto Tecnológico Metropolitano no asumirá ninguna responsabilidad por no tener en cuenta cualquier propuesta que haya sido incorrectamente entregada o identificada, o las propuestas que se pretendan entregar después de la hora señalada.
Las propuestas se conformarán por un sobre y dos copias que se presentarán cerrados marcados como Sobre No. 1 así:
SOBRE 1. Correspondiente a Documentación para verificación de requisitos habilitantes y propuesta económica deberá contener (que se entregarán en Original y tres Copias).
Nota: El Instituto Tecnológico Metropolitano no se hará responsable por no abrir, o por abrir prematuramente los sobres mal identificados o incorrectamente dirigidos. En la propuesta no podrán señalarse condicionamientos al cumplimiento de la oferta, distintos a los establecidos en el presente documento; en caso de hacerlo, se generará el rechazo de la misma. No se aceptarán propuestas complementarias o modificaciones a la propuesta. Se entenderán por fecha y hora de presentación las que aparezcan en el sello o escrito puesto sobre la oferta por el encargado de recibirla, en el momento de su llegada al sitio de entrega de la misma. No se aceptarán propuestas que sean entregadas en una oficina diferente a la indicada en el cronograma del proceso, así sea recepcionada dentro del plazo señalado para la entrega de propuestas.
Si de acuerdo con los pliegos de condiciones, las propuestas hubieren sido enviadas por correo, se entenderá por fecha y hora de presentación las que aparezcan en el sello o escrito puesto sobre la oferta por el encargado de recibirla, en el momento de su llegada al sitio de entrega de las mismas que se haya fijado en los pliegos de condiciones.
El ITM, no se responsabilizará de las propuestas enviadas por correo.
3.2. Requisitos generales que deben cumplir los proponentes
a) Todos los Proponentes Deben: 1. Tener capacidad jurídica para la presentación de la propuesta. 2. Tener capacidad jurídica para la celebración y ejecución del contrato. 3. No estar incursos en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en el Ordenamiento Legal Colombiano. 4. No estar reportados en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República.
b) Las personas Jurídicas nacionales y/o extranjeras: Las personas jurídicas que presenten propuestas deberán haber sido constituidas antes de la fecha de apertura de la presente licitación, con una antelación no menor de cinco
(5) años y acreditar que el período de vigencia de su empresa será de tres (3) años más, contados a partir de la fecha del cierre del proceso de selección. Acreditar su existencia, representación legal y facultades del representante legal mediante el certificado de Existencia y Representación legal de la Cámara de Comercio respectiva, el cual deberá ser expedido con una antelación no superior de treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha de cierre del proceso de selección. En caso de apoderado, este podrá ser el mismo apoderado único para el caso de
personas extranjeras que participan en consorcio o unión temporal, y en tal caso, bastará para todos los efectos, con la presentación del poder común otorgado por todos los participantes del consorcio o unión temporal, con los requisitos señalados en el presente Pliego de Condiciones. Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia, y las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias de la Licitación, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el presente Xxxxxx, así como para representarla judicial o extrajudicialmente. Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que participen en consorcios, uniones temporales u otras formas de asociación y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los participantes en cualquier forma de asociación con los requisitos de autenticación, consularización y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución de la forma asociativa.
C) Los miembros de los Consorcios o Uniones Temporales deberán ser personas naturales o jurídicas que cumplan con los requisitos exigidos en este pliego de condiciones y en lo previsto en la legislación colombiana. Al conformarse el Consorcio o la Unión Temporal, el objeto social de cada uno de ellos deberá relacionarse conjuntamente con el objeto a contratar, de lo contrario, su propuesta será rechazada. Las personas jurídicas que sean integrantes de un consorcio o unión temporal, deberán acreditar que su existencia será igual a la del plazo de ejecución del contrato, su liquidación y dos (02) años más. En el acta de constitución, los miembros del consorcio o unión temporal, deberán manifestar que la duración del mismo, será igual al plazo de ejecución del contrato y dos (2) años más.
3.3. VALOR DE LA PROPUESTA
En la oferta económica contenida en el Formulario N° 2 anexo al Pliego de Condiciones, debe indicarse el valor de su oferta económica, diligenciando completamente el Formulario so pena de incurrir en causal de rechazo.
3.4. IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES
Al formular la oferta, el proponente acepta que estarán a su cargo todos los impuestos, gravámenes, tasas, contribuciones y similares establecidos por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales, y dentro de estos mismos niveles territoriales, los impuestos, tasas, contribuciones y/o similares establecidos por las diferentes autoridades ambientales, que afecten el contrato y las actividades que de él se deriven, que sean imputables y comprobables para el objeto y alcance del presente proceso. Por lo tanto, al preparar su oferta el proponente deberá comprender todos los tributos que puedan afectar su propuesta y hayan de causarse tanto en la presentación de la propuesta, así como con la suscripción, legalización y ejecución del contrato, en caso de resultar favorecido con la adjudicación. Igualmente, todos los gastos directos e indirectos, tales como el valor de las primas, la constitución de pólizas y demás emolumentos que impliquen el perfeccionamiento del contrato. Es entendido que el ITM no está obligada a expedir ningún certificado o a suscribir cualquier otro documento destinado a que el contratista obtenga exención del pago de impuesto o derechos a su cargo y derivados del contrato. Todos los gastos en que incurran los proponentes para presentar propuesta según lo establecido en el presente pliego de condiciones, tales como los de preparación de los documentos necesarios para acreditar el cumplimiento de las condiciones exigidas y sus propuestas económicas, serán de su propia responsabilidad y costo.
3.5. PROPUESTAS PARCIALES
Para el presente proceso no se aceptarán propuestas parciales, su presentación parcial será causal de rechazo.
3.6. LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS
3.6.1. DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
Los documentos otorgados en el exterior, que no estén en idioma castellano, deberán presentarse legalizados y acompañados de una traducción oficial a dicho idioma. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados o apostillados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 65 y 259 del Código de Procedimiento Civil, artículo 480 del Código de Comercio, en el inciso 2º, numeral 22.4, del artículo 22 de la Ley 80 de 1.993 y en la Resolución 2201 del 22 de julio de 1997 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
3.6.2. CONSULARIZACIÓN
Según lo previsto por el Artículo 480 del Código de Comercio, los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes. Tratándose de sociedades, al autenticar los documentos a que se refiere el Artículo 480, antes citado, los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país. Surtido el trámite señalado en el numeral anterior, los documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Oficina de Legalizaciones, Xxxxxxxxxxx 00 Xx. 00- 00, Xxxxxx, X. X.) para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes.
3.6.3. APOSTILLA
Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de consularización señalado, siempre que provengan de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros. En este caso, sólo será exigible la apostilla, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título en que actúa la persona firmante del documento; trámite que se surte ante la autoridad competente en el país de origen. Si la apostilla está dada en idioma distinto del español, deberá presentarse acompañada de una traducción oficial a dicho idioma y la firma del traductor legalizada de conformidad con las normas vigentes.
3.7. RESERVA EN DOCUMENTOS
De conformidad con lo señalado en los numerales 2º y 3º del Artículo 24 de la Ley 80 de 1993, las personas interesadas en los procesos contractuales pueden conocer y controvertir los conceptos y las decisiones que tomen las entidades públicas, y para ello pueden examinar los expedientes, en este mismo sentido, el Articulo 74 de la Constitución Nacional dispone que “toda persona tiene derecho a acceder a los documentos públicos, salvo los casos que establece la ley”. Por lo anterior, todos los documentos que contenga la propuesta son públicos a excepción de aquellos que Constitucional y legalmente tengan la calidad de reservados y en especial los determinados el artículo 583 del Estatuto Tributario.
3.8. CORRECCIONES, ACLARACIONES O MODIFICACIONES A LA PROPUESTA
Toda corrección, aclaración o cambio de la propuesta, deberá hacerse por escrito y antes del cierre de la misma, y debidamente firmado por el proponente, el cual formará parte de la propuesta inicial. En todo caso, no será permitido modificar o adicionar cualquier propuesta después de que el proceso de selección se haya cerrado.
3.9. RETIRO DE LAS PROPUESTAS
El proponente podrá solicitar por escrito al ITM, el retiro de su propuesta antes de la fecha y hora prevista para el cierre del plazo de la Selección Abreviada, la cual será devuelta en las mismas condiciones en las que se radicó.
3.10. DEVOLUCION DE LAS PROPUESTAS
Una vez adjudicado el contrato, el ITM, previa solicitud, procederá a la devolución de la propuesta original presentada por el proponente no seleccionado, la que deberá presentarse dentro de los tres meses (3) siguientes a la fecha de la adjudicación del contrato; pasado este término sin que se hubiere presentado solicitud al respecto, la Entidad asumirá falta de interés del proponente y procederá a integrar la propuesta original para que haga parte del archivo histórico del presente proceso de selección, procediendo a la destrucción de las carpetas que contienen las copias de las propuestas.
Este procedimiento se observará en los siguientes casos: En caso de declararse desierto el presente proceso, teniendo como fecha de referencia para contar los tres (3) meses, la fecha de la resolución por medio de la cual se declara desierto el proceso. Igualmente, para aquellos casos en que se presente de forma extemporánea la propuesta, se observará el anterior procedimiento teniendo como referencia para contar los tres (3) meses la fecha del cierre del proceso de selección, cuya entrega incluirá el original y las copias.
CAPITULO IV
4. DOCUMENTOS Y REQUISITOS DE LA PROPUESTA
El Proponente deberá presentar cada uno de los documentos que a continuación se relacionan, con el fin de evaluar cada una de las propuestas en igualdad de condiciones.
4.1. DOCUMENTOS HABILITANTES PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO
4.1.1. CAPACIDAD JURIDICA
4.1.1.1. Carta de presentación
La carta de presentación de la propuesta deberá estar firmada por la persona natural o por el representante legal si es persona jurídica, o por el apoderado constituido para el efecto, según el caso, quien debe estar debidamente facultado, indicando el nombre, cargo y documento de identidad. En el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma asociativa permitida por la Ley Colombiana, deberá estar firmada por el representante designado. El contenido de la carta de presentación, corresponderá con el texto del Formulario N° 1, el cual no podrá ser modificado. Con la firma de la carta de presentación de la propuesta se presumirá la aprobación, legalidad y conocimiento de todos los documentos que acompañan el Pliego de Condiciones.
4.1.1.2. Resumen de la propuesta
El proponente deberá incluir debidamente diligenciado, el resumen de la propuesta, de acuerdo con el Formulario N° 1, anexo a este Pliego de Condiciones, documento o formato que no podrá ser modificado en ninguna de sus partes.
4.1.1.3. Certificado de existencia y representación legal
Si el Proponente es una persona jurídica, deberá comprobar su existencia y representación legal, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio o por el organismo o autoridad competente. El certificado, deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de propuestas del presente proceso.
El objeto social de la persona jurídica deberá estar acorde con el objeto y las actividades a contratar.
La duración de la persona jurídica no puede ser inferior al plazo establecido para el contrato y tres (3) años más.
Si el representante legal tiene limitaciones para comprometer o contratar a nombre de la persona jurídica, deberá presentar copia de los Estatutos, del acta de la junta de socios o junta directiva en la cual haya sido facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato en el evento de resultar adjudicatario. En todo caso, dicha autorización debe ser anterior a la fecha del cierre para la presentación de la propuesta.
Si el proponente es persona jurídica extranjera sin sucursal en Colombia, deberá:
• Acreditar su existencia y representación legal, para lo cual deberá presentar un documento expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio, expedido por lo menos dentro de los sesenta (60) días calendarios anteriores a la fecha de presentación de la Propuesta, conforme a lo dispuesto en el capítulo 3.6.1 de este pliego de condiciones, en el que conste su existencia, objeto, fecha de constitución, vigencia, nombre del representante legal de la sociedad o de la persona o personas que tengan la capacidad para comprometerla jurídicamente y sus facultades señalando expresamente, si fuere el caso, que el representante no tiene limitaciones para presentar la Propuesta. En el evento en que conforme a la jurisdicción de incorporación del Interesado extranjero no hubiese un documento que contenga la totalidad de la información, presentarán los documentos que sean necesarios para acreditar lo solicitado en el presente numeral expedidos por las respectivas autoridades competentes.
Si en la jurisdicción de incorporación no existiese ninguna autoridad o entidad que certifique la información aquí solicitada, el Proponente extranjero deberá presentar una declaración juramentada de una persona con capacidad para vincular y representar a la sociedad en la que conste: Que no existe autoridad u organismo que certifique lo solicitado en el presente numeral; y que la capacidad para vincular y representar a la sociedad de la persona que efectúa la declaración y de las demás personas que puedan representar y vincular a la sociedad, si las hay.
• Acreditar que su objeto social principal o complementario permite la celebración y ejecución del Contrato, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado. Para estos efectos, la autorización se entiende contenida dentro de las autorizaciones generales otorgadas para comprometer a la sociedad.
• Acreditar la suficiencia de la capacidad de su representante legal o de su apoderado especial en Colombia para la suscripción del Contrato, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado.
• Acreditar que su duración es por lo menos igual al Plazo del Contrato y dos (2) años más, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario .
4.1.1.4. Copia de la cedula del representante legal
El representante legal deberá aportar copia del documento de identidad vigente (cédula amarilla con hologramas), en atención al decreto 4969 de 2009.
4.1.1.5. Certificación del revisor fiscal para Sociedades Anónimas Abiertas.
De la sociedad anónima interesada en que, para los efectos del artículo 8°, numeral 1°, literal h) de la Ley 80 de 1993, se le dé el tratamiento de “abierta”, deberá presentar un certificado expedido por el Revisor Fiscal en el que conste que ésta tiene tal carácter por cuanto reúne los requisitos que establece el artículo 5° del Decreto No. 679 de 1994.
4.1.1.6. Documento formal que acredite la constitución del Consorcio o Unión Temporal
Cuando el proponente sea un Consorcio o Unión Temporal deberá adjuntar los certificados de Existencia y
representación legal de cada uno de los miembros que los conforman, en caso de ser persona jurídica, con fecha de expedición no inferior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de propuestas. El objeto social de la persona jurídica deberá tener relación con el objeto y las actividades a contratar; adicionalmente, deberá aportar el Acta de Constitución, con el lleno de los requisitos exigidos por el parágrafo 1º del artículo 7º de la Ley 80 de 1993 e indicando lo siguiente:
En caso de que el proponente sea una Unión Temporal indicará el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes, en la ejecución del contrato, así como las obligaciones contractuales que estarán a cargo de cada uno de sus miembros. La duración del consorcio o unión temporal, será igual al plazo de ejecución del contrato y dos (2) años más.
En el caso de la Unión Temporal, las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato, se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de los miembros de la misma. Los miembros del Consorcio o de la Unión Temporal, designarán en el respectivo acto de constitución, la persona que los representará en lo atinente a la presentación de la propuesta, suscripción, legalización, ejecución y liquidación del contrato.
Si este documento no es aportado se procederá a rechazar la oferta.
4.1.1.7. Garantía de seriedad de la oferta
El Proponente debe incluir en su propuesta, una garantía de seriedad, consistente en póliza de seguro, fiducia mercantil en garantía, garantía bancaria a primer requerimiento, endoso en garantía de títulos valores y depósito de dinero en garantía, con los requisitos exigidos a continuación:
Si se trata de personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio o sucursal en Colombia podrán otorgar como garantía carta de crédito stand by expedidas en el exterior.
Expedición de la Garantía: La Garantía de Seriedad podrá ser expedida por una compañía de seguros legalmente constituida en Colombia o podrá constar en una garantía bancaria expedida por entidades bancarias legalmente establecidas en Colombia y deberá ser expedida con fecha anterior a la presentación de la oferta.
Beneficiario de la Garantía: La Garantía de Seriedad debe estar debidamente firmada y establecer como beneficiario al ITM, y al proponente como tomador y afianzado de la misma. Cuando el ofrecimiento sea presentado por un proponente plural bajo la figura de Unión Temporal, Consorcio o Contrato de Asociación Futura, la garantía deberá ser otorgada por todos los integrantes del proponente plural.
Monto de la Garantía: El valor de la garantía será del valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del presupuesto oficial estimado o del valor total de su oferta para la presente contratación, incluido el impuesto al valor agregado IVA, si se causa.
Vigencia de la Garantía: La Garantía de Seriedad deberá tener una vigencia de noventa (90) días calendario, que como mínimo, cubra desde la fecha y hora del cierre del presente proceso y hasta la aprobación de la garantía que ampara los riegos propios de la etapa contractual. El Proponente deberá ampliar la vigencia de la póliza en el caso de presentarse prórrogas en los plazos de la Selección, de la adjudicación, o de la suscripción del contrato según sea el caso, no cubiertas con la vigencia inicial. La no aceptación de prorrogar la garantía por el término señalado, o el no hacerlo oportunamente, es signo evidente de la voluntad de abandonar el proceso y en consecuencia se rechazará la propuesta, con base en lo establecido en el numeral 4.1.2. del artículo 4 del Decreto 4828 de 2008.
Recibo de pago de la garantía: Se deberá anexar a la póliza de seriedad el recibo de pago de la prima o su constancia de que no expira por falta de pago.
Devolución de la Garantía: La Garantía de Seriedad de la Propuesta les será devuelta a los proponentes calificados del tercer lugar en adelante que no resulten favorecidos con la adjudicación, que así lo soliciten. Con relación al segundo calificado, se dará aplicación a lo previsto en el numeral 12 inciso segundo del artículo 30 de la Ley 80 de 1993. Al proponente favorecido, y al segundo elegible, se les devolverá la garantía de seriedad de la propuesta cuando esté perfeccionado el contrato. La no presentación de la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta será causal de rechazo de esta última.
Riesgos derivados del incumplimiento del ofrecimiento: La garantía de seriedad de la oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos:
• La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado.
• La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en el Pliego de Condiciones para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan un término de tres (3) meses.
• La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato.
• El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas.
• La falta de pago de los derechos de publicación en el Diario Único de Contratación previstos como requisitos de legalización del contrato.
4.1.1.8. Certificación de pago de seguridad social y aportes parafiscales.
a) Para personas jurídicas:
Acreditar el pago de los aportes de sus empleados a la EPS, al fondo de pensiones y a la ARP. Así mismo deberá acreditar el pago por concepto de los aportes parafiscales (SENA, ICBF y Caja de Compensación Familiar), mediante certificación expedida por el revisor fiscal y el anexo de los documentos que acreditan dicha calidad (tarjeta profesional y certificado de antecedentes disciplinarios vigentes expedido por la Junta Central de Contadores) o por el Representante Legal, según el caso. Dicho documento debe certificar que, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina, el cual en todo caso no será inferior a los seis (6) meses anteriores a la celebración del contrato, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos, de conformidad con el artículo 50 de la ley 789 de 2002. En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas, deberá manifestar que existe acuerdo de pago y que se encuentra al día en cumplimiento del mismo. En este evento el oferente deberá anexar certificación expedida por la entidad con la cual existe el acuerdo de pago. Cuando se trate de consorcio o uniones temporales, cada uno de sus miembros integrantes que sea persona jurídica, deberá aportar el certificado aquí exigido.
b) Para personas naturales con personal a cargo:
Deberá presentar una declaración donde certifique el pago de su aporte y de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar y Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento, el cual en todo caso no será inferior a los seis (6) meses anteriores a la celebración del contrato, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos o la autoliquidación de los aportes en el evento de que se trate de persona individual, de conformidad con el artículo 50 de la ley 789 de 2002. En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas, deberá manifestar que existe acuerdo de pago y que se encuentra al día con el cumplimiento del mismo. En este evento el oferente deberá anexar certificación expedida por la entidad con la cual existe el acuerdo de pago. Cuando se trate de consorcio o uniones temporales, cada uno de sus miembros integrantes que sea persona natural, deberá aportar el certificado aquí exigido.
c) Para persona natural sin personal a cargo:
De conformidad con lo establecido en el inciso primero del artículo 23 del decreto 1703 de 2002, que señala que en los contratos en donde esté involucrada la ejecución de un servicio por una persona natural a favor de una persona natural o jurídica de derecho público o privado, tales como contratos de obra, de arrendamiento de servicios, de prestación de servicios, consultoría, asesoría, la parte contratante deberá verificar la afiliación al Sistema de Seguridad Social. En concordancia con los artículos 3 y 4 de la Ley 797 de 2003, que modifican los artículos 15 y 17 de la Ley 100 de 1993, en concordancia con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, deberá acreditar que al momento de la presentación de la propuesta se encuentra afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud y al Sistema General de Seguridad Social en Pensiones. En todo caso, deberá tener en cuenta que conforme a las normas mencionadas y a la Circular 00001 del 6 de diciembre de 2004 expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de la Protección Social, la base de cotización para los sistemas salud y pensiones del contratista, corresponde al cuarenta por ciento (40%) del valor bruto del contrato facturado en forma mensualizada, porcentaje sobre el cual se calculará el monto del aporte que en salud y pensiones debe efectuarse. 4.1.1.8.1. Disposiciones generales en cuanto al pago de Seguridad Social y Aportes Parafiscales: En concordancia con los artículos 3 y 4 de la Ley 797 de 2003, que modifican los artículos 15 y 17 de la Ley 100 de 1993, en concordancia con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, deberá acreditar que al momento de la presentación de la propuesta se encuentra afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud y al Sistema General de Seguridad Social en Pensiones. Con respecto a la ACREDITACIÓN DEL PAGO AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL de los proponentes y contratistas, la Ley 1150 de 2007 en su artículo 23 modificó el inciso segundo del artículo 41 de la Ley 80 de 1993, estableciendo: “... El proponente y el contratista deberán acreditar que se encuentran al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios xxx Xxxx, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda”. En todo caso, deberá tener en cuenta que conforme a las normas mencionadas y a la Circular 00001 del 6 de diciembre de 2004 expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de la Protección Social, la base de cotización para los sistemas salud y pensiones del contratista, corresponde al cuarenta por ciento (40%) del valor bruto del contrato facturado en forma mensualizada, porcentaje sobre el cual se calculará el monto del aporte que en salud y pensiones debe efectuarse. 4.1.1.9. Registro Único Tributario (RUT) Con el fin de conocer el régimen Tributario a que pertenece el proponente, deberá presentarse con la propuesta, fotocopia del Registro Único Tributario, actualizado y expedido por la Dirección General de Impuestos Nacionales, donde aparezca claramente el NIT del proponente. En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los integrantes deberá aportar este documento, o el RUT de la respectiva forma asociativa. 4.1.1.10.REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP) Para poder contratar, los proponentes deberán estar inscritos, clasificados y calificados en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio de su jurisdicción. El Registro Único de proponentes presentado con la propuesta deberá estar actualizado con una expedición no superior a un (1) mes anterior a la fecha de cierre del proceso establecida en el Pliego de Condiciones. La clasificación en el RUP, deberá realizarse en los siguientes grupos: | ||||
ACTIVIDAD | ESPECIALIDAD | GRUPO | ||
03 | 23 | 02 | ||
03 | 23 | 15 |
Si la propuesta se presenta en Consorcio o Unión Temporal cada uno de los miembros deberá aportar el certificado de inscripción en el RUP, de acuerdo con las condiciones antes señaladas.
4.1.2. DOCUMENTOS DE CONTENIDO FINANCIERO OBJETO DE VERIFICACIÓN.
4.1.2.1. Capacidad Financiera.
La verificación de este requisito se establecerá a partir del análisis de los siguientes indicadores financieros, los cuales se calcularán, con base en la información suministrada por el proponente en el certificado de registro único de proponentes, verificada por la Cámara de Comercio, para lo cual deberá contar el R.U.P. renovado a la fecha de presentación de la propuesta.
La información financiera deberá ser presentada en moneda legal colombiana, por ser ésta la unidad contable por expresa disposición legal, expresada en miles de pesos.
La capacidad financiera del proponente se calculará a partir de la verificación de los siguientes factores:
4.1.2.2. Índice de Liquidez.
Se calcula con la siguiente fórmula: IL = Activo Corriente / Pasivo Corriente
Indica la capacidad de la empresa para cubrir pasivos a corto plazo. Por cada peso que tiene que cubrir en el corto plazo (pasivo corriente), con cuánto cuenta para cubrirlo (activo corriente).
Para poder participar el proponente deberá tener un Índice de Xxxxxxxx igual o superior a 1.5.
Para consorcios o uniones temporales, la calificación por Índice de Liquidez se obtendrá para cada uno de sus integrantes, debiendo cada uno cumplir con el requisito mínimo.
NOTA: En el caso de decimales en el valor consolidado final del criterio, el valor obtenido se aproximará por exceso o por defecto a la unidad entera más cercana. Así las cosas, cuando el primer decimal sea inferior o igual a 5, se reducirá a la unidad entera más cercana y si el primer decimal es superior a 5, se incrementará a la unidad entera más cercana.
4.1.2.3. Índice de Endeudamiento.
Se calcula con la siguiente fórmula: IE = Pasivo Total / Activo Total.
Indica el grado de apalancamiento que corresponde a la participación de los acreedores en los activos de la empresa. Mientras más alto sea este índice, mayor será el -apalancamiento financiero de la empresa.
El proponente deberá contar con un Índice de Endeudamiento igual o inferior al 60%.
Para el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma de asociación, la calificación por Índice de Endeudamiento se obtendrá para cada uno de sus integrantes, debiendo cada uno cumplir con el requisito mínimo.
NOTA: En el caso de decimales en el valor consolidado final del criterio, el valor obtenido se aproximará por exceso o por defecto a la unidad entera más cercana. Así las cosas, cuando el primer decimal sea inferior o igual a 5, se reducirá a la unidad entera más cercana y si el primer decimal es superior a 5, se incrementará a la unidad entera más cercana.
4.1.2.4. Patrimonio.
Patrimonio = Activo total - Pasivo total. Representa la solidez económica de la empresa. Para participar se requiere que el proponente tenga un patrimonio igual o superior al 20% del presupuesto oficial del presente proceso de selección, según la información financiera reportada en el Registro Único de Proponentes.
4.1.2.5. Capital de Trabajo.
Capital de Trabajo= Activo Corriente- Pasivo Corriente. Representa la solidez económica de la empresa. Para participar se requiere que el proponente tenga un capital de trabajo igual o superior al 20% del presupuesto oficial del presente proceso de selección, según la información financiera reportada en el Registro Único de Proponentes.
4.1.3. DOCUMENTOS DE CONTENIDO ECONÓMICO, TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO
El Instituto Tecnológico Metropolitano verificará el cumplimiento de los requisitos jurídicos, técnicos y los establecidos en el Decreto 2474 de 2008 y los contenidos en los presentes pliegos de condiciones, así:
4.1.3.1. Experiencia Específica del proponente
Los proponentes deberán acreditar experiencia en contratos en ejecución o ejecutados en los últimos cinco (5) años contados a partir de la fecha de cierre de esta contratación, cuyo objeto corresponda al de la presente contratación.
La(s) certificación(es) deberá(n) indicar con claridad los siguientes aspectos:
Nombre de la entidad contratante
Objeto del contrato
Vigencia de los contratos indicando fecha de iniciación y terminación
Valor total del contrato (con sus adiciones, si las hay)
Indicación de la Cobertura del Servicio (nombre de cada una de las ciudades en las cuales se prestó el servicio)
Dirección y Teléfonos de LA ENTIDAD o empresa contratante
Indicación del cumplimiento, calidad, tipo de trabajo, cumplimiento, asesoría, servicio
Calificación dada al servicio prestado por el contratista que debe haber sido excelente, buena, satisfactoria o expresiones positivas similares.
Se verificará la experiencia especifica relacionada por el proponente (Tiempo y cuantía de contratos), quien deberá acreditarla mediante la presentación de certificaciones de contratos celebrados con entidades públicas o privadas que se encuentren vigentes o ejecutados, cuyo valor de la suma de las cinco (5) primeras certificaciones válidamente aportadas sea igual o superior al 11.000 SMMLV del presupuesto oficial establecido para esta contratación, indicando su objeto, valor y plazo de ejecución. En el evento de que la certificación sea expedida por personas de derecho privado, naturales o jurídicas, el proponente deberá anexar a la misma, copia del respectivo contrato o factura cambiaria.
La experiencia a tener en cuenta será en contratos ejecutados y terminados a satisfacción y contratos en ejecución, entendiéndose por ésta aquella en la cual el contratista no haya sido objeto de multas, declaratorias de incumplimiento o declaratoria de caducidad. En el evento en que alguna de dichas circunstancias se presente frente a la experiencia acreditada no se tendrá en cuenta la respectiva certificación.
Para contratos ejecutados o en ejecución, en consorcio o unión temporal, la certificación debe indicar claramente el
porcentaje de participación; sin este requisito No se tomará en cuenta como experiencia. En ningún caso se tendrán en cuenta los subcontratos.
Cuando el contrato haya sido desarrollado por un Consorcio o Unión Temporal, la certificación deberá indicar el porcentaje de participación de cada uno de ellos, pero bastará con que uno de sus integrantes sea NO ADMISIBLE para que el Consorcio o la Unión Temporal también lo sea. En caso contrario se calificará ADMISIBLE.
La propuesta se considerará ADMISIBLE si la sumatoria del valor de los contratos de las cinco (5) primeras certificaciones foliadas, es mayor o igual a 11.000 SMMLV.
Adicionalmente se debe anexar una certificación de un contrato que el proponente tenga en ejecución en cualquier sector, que se encuentre vigente (mínimo con un 80% ejecutado) o liquidado y que su valor ejecutado a la fecha corresponda mínimo al 200% del presupuesto oficial de la presente contratación o liquidado satisfacción por este mismo valor.
Adicional a lo anterior, para un proponente ser habilitado deberá demostrar una experiencia general mayor o igual a 15 años, la cual será verificada en el registró único de proponentes RUP.
4.1.3.2. Licencia de Funcionamiento del Proponente
Copia legible de la Licencia de funcionamiento vigente del proponente, expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, con cobertura en la ciudad de Medellín, la cual deberá mantenerse vigente durante la ejecución del contrato.
En el caso de presentarse propuesta por parte de una agencia o sucursal, esta deberá tener una antigüedad mínima de cinco (5) años, los cuales serán verificados con la Resolución de aprobación expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. En caso, que el proponente seleccionado se le vence la licencia durante la vigencia del contrato, para la adjudicación deberá anexar una carta de compromiso de mantenerla vigencia durante el desarrollo del mismo.
No se aceptaran licencias en trámite de renovación.
4.1.3.3. Licencia de Funcionamiento de la Escuela o Departamento de Capacitación en la cual se capacitó el personal del proponente
Copia legible de la Licencia de funcionamiento de la Escuela o Departamento de Capacitación donde se capacitó y entrenó el personal que destacará para la prestación del servicio, expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
4.1.3.4. Licencia de Funcionamiento Ministerio de Comunicaciones
Copia legible de la Resolución vigente expedida por el Ministerio de Comunicaciones por medio de la cual se concede licencia de funcionamiento para el uso de frecuencias, con cobertura nacional y registro TIC, para comunicación punto a punto y repetidora, la cual deberá tener una vigencia igual al término del contrato. En caso de salir favorecido, el proponente se comprometerá a renovarla si se vence antes del término del contrato.
4.1.3.5. Certificación xx Xxxxx y demás licencias exigidas en el pliego.
Copia legible del salvo conducto vigente que ampare el armamento de su propiedad que destinará a la prestación de los servicios de vigilancia en la entidad.
4.1.3.6. Resolución de autorización y registro de los diseños, colores, distintivos y demás especificaciones de los uniformes.
El proponente debe aportar copia legible de la Resolución vigente, expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, mediante la cual le autoriza y registra los diseños, colores, distintivos y demás especificaciones de los uniformes del personal a su servicio.
4.1.3.7. Licencia de Utilización de medios tecnológicos
Copia legible de la Resolución vigente, para la utilización de medios tecnológicos.
4.1.3.8. Credenciales del Personal Directivo:
El proponente debe aportar copia de las credenciales del personal directivo Gerente General y Jefe de Operaciones expedidas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada así: credencial y/o resolución vigente que los acredite como consultor y credencial vigente que los acredite como directivos de la compañía. En caso de no poseer la credencial debe por lo menos haberla solicitado antes de la fecha de apertura del proceso ante Cámara de comercio.
Para el caso de Consorcios y/o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes debe acreditar este requisito.
4.1.3.9. Carta Orgánica de la sede Medellín, incluyendo la planta de personal.
4.1.3.10.Relación de armamento y equipo de radiocomunicación disponible para la prestación del servicio de vigilancia armada.
4.1.3.11.Certificación ISO de calidad 9001 versión 2008 vigente. 4.1.3.12.Certificación BASC
4.1.3.13.Certificación OHSAS 18001:2007 o Registro Único de Contratistas (RUC) emitido por el Consejo Colombiano de Seguridad.
4.1.3.14.Certificado de Responsabilidad social empresarial emitido por FENALCO. 4.1.3.15.Certificado de afiliación a la Red de apoyo de la policía nacional.
4.1.3.16.Certificado de afiliación al Frente de Seguridad Empresarial de la DIJIN. 4.1.3.17.Listado de clientes
Será de estricto cumplimiento por todos los proponentes la entrega de una lista de clientes con trabajos similares al objeto de esta invitación.
NOTA: Los documentos requeridos en los ítem anteriores, podrán ser solicitados a los proponentes, todos aquellos que no sean necesarios para la comparación de las ofertas en cualquier momento, hasta la adjudicación, de conformidad con el artículo 10 del decreto 2474 de 2008.
4.1.3.18. ESPECIFICACIONES TECNICAS
Las especificaciones técnicas mínimas pueden ser consultadas en los Estudios Previos del Proceso de Contratación.
PERSONAL CAPACITADO:
El oferente deberá garantizar que va a emplear personal reservista, con libreta de primera o segunda clase, debidamente carnetizado por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, entrenado y capacitado, con aptitud psicológica, mental y condiciones físicas para el ejercicio de la función, de buen trato y atención, tanto con los funcionarios de la Institución, como con los visitantes, uniformado de acuerdo con las normas legales y reglamentarias vigentes.
Que tendrán certificado de antecedentes disciplinarios vigente expedido por la Procuraduría General de la Nación, certificado del curso de vigilante expedido por una academia debidamente aprobada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, documentos que se verificarán antes de suscribirse el acta de iniciación respectiva.
El personal femenino deberá tener experiencia en atención al público. Igualmente cada vigilante deberá tener cursos completos de: Primeros Auxilios, atención y relaciones interpersonales, planes de evacuación y reacción, observación y detección de sospechosos, extinción de incendios, manejo de crisis y perfil del adversario, documentos que se verificarán antes de suscribirse el acta de iniciación respectiva.
El proponente debe anexar por lo menos cincuenta (50) certificados de competencias laborales vigentes, expedidos por una entidad reconocida en Colombia.
DOTACIÓN:
Todo el personal debe estar dotado de uniforme, carné de identificación, equipos de comunicación y armas de fuego adecuadas y debidamente autorizadas, para la prestación del servicio de vigilancia.
LUGAR:
- Campus xx Xxxxxxx: Universitario, con un área de terreno de 32.000m2 y un área construida estimada en 29.600m2, distribuidos en 9 bloques, zona húmeda, zona deportiva, zonas de parqueo, plazoletas, sitios de encuentro, vías y zonas de circulación.
- Campus xx Xxxxx: Sede de Extensión Académica, Casa y de la Imprenta ITM. Tiene un área construida en 2.063m2 aproximadamente, distribuidos en una edificación de dos niveles, sitios de encuentro y zonas exteriores y de circulación.
- Campus xx Xxxxxxxx: Sede de los Programas de Educación Básica y Media de Adultos. Conformada por un área construida estimada en 5.612 m2, distribuidos en Aulas, oficinas, circulaciones, laboratorios, zonas verdes y sitios de encuentro.
- EPA: Corresponde a las instalaciones cedidas por el Municipio para el desarrollo de proyectos y programas de artes plásticas, danzas, teatro y música de educación no formal y formal; y programas de educación formal como el programa de educación media técnica artística y el programa de Tecnología en Informática Musical. Con un área construida estimada en 2.861m2, distribuidos en talleres, aulas, cafeterías, sitios de encuentro y oficinas.
- Campus Fraternidad Medellín: Universitario, con un área de terreno de 150.000m2 de los cuales el ITM administra un área construida de 16.634m2 y zonas de parqueo.
TURNOS :
En concordancia con lo anterior y teniendo en cuenta el área del lote y el área construida de cada uno de los campus, se requiere contar con el siguiente número de turnos y requerimientos mínimos:
Item | INSTITUCION EDUCATIVA | SERVICIOS | HORARIO | ||
1 | ITM-XXXXXXX | 7 | LSDF 16 horas 06:00 22:00 | ||
2 | ITM-XXXXXXX | 7 | LSDF 8 horas 22:00 06:00 | ||
3 | ITM-XXXXXXX | 5 | L-S 16.5 horas 05:30 22:00 | ||
4 | ITM-XXXXXXX | 4 | 12 Horas L - V 08:00 20:00 NI X ,X X X | ||
0 | XXX-XXXXXXX | 1 | 10 Horas L - S 08:00 20:00 NI D Y F | ||
6 | ITM-XXXXXXX | 1 | 8 Horas L - S 14:00 22:00 NI-D Y F | ||
7 | ITM XXXXX CENTRO | 1 | LSDF 24 horas | ||
8 | ITM XXXXX XXXXXX | 0 | X-X 00 horas | ||
9 | ITM XXXXX CENTRO | 1 | L-S 16.5 HORAS 05:30 22:00 | ||
10 | ITM EPA | 2 | LSDF 24 horas | ||
11 | ITM CASTILLA | 2 | LSDF 24 horas | ||
12 | ITM FRATERNIDAD | 10 | LSDF 16 horas 06:00 22:00 | ||
13 | ITM FRATERNIDAD | 10 | LSDF 8 horas 22:00 06:00 | ||
14 | ITM FRATERNIDAD | 1 | L-S 12 horas diurnas 08:00 20:00 | ||
15 | ITM FRATERNIDAD | 2 | L-S 12 horas diurnas 10:00 22:00 | ||
16 | ITM FRATERNIDAD | 3 | L-S 16.5 horas 05:30 22:00 |
17 | ITM FRATERNIDAD | 1 | L-S 16 horas 06:00 22:00 | ||
18 | ITM FRATERNIDAD | 2 | L-S 10 horas 12:30 22:30 | ||
Servicios de caninos | |||||
Ítem | INSTITUCION EDUCATIVA | SERVICIOS | HORARIO | ||
19 | ITM XXXXXXX | 1 | 24 horas lunes x xxxxxxx | ||
20 | ITM XXXXXXX | 1 | lunes a Sábado hábiles 08-20 h | ||
21 | ITM FRATERNIDAD | 1 | 24 horas lunes x xxxxxxx | ||
22 | ITM FRATERNIDAD | 1 | 12 Horas lunes sábado 08-20 horas | ||
REEMPLAZO Y RELEVO DEL PERSONAL: Se tendrá el personal suficiente para reemplazar o relevar los Vigilantes y supervisores cuando la Institución lo requiera en razón de sus fallas en el servicio, hechos constitutivos de mala conducta, sin que esto aumente el valor del contrato o cuando el personal asignado se encuentre en licencia, incapacidad o se presenten faltas absolutas o temporales de cualquier índole. SUPERVISIÓN DEL SERVICIO: SUPERVISIÓN PERSONALIZADA: El servicio de vigilancia deberá realizar diariamente visitas de control a los diferentes puestos de trabajo, para supervisar la correcta y eficiente prestación del servicio, atendiendo las sugerencias e instrucciones que se impartan por parte del ITM. El proponente debe demostrar que cuenta con por lo menos dos (2) carros mínimo modelo 2011 y dos (2) motos mínimo modelo 2011 de propiedad de la empresa los cuales son necesarios para garantizar el servicio. SUPERVISOR RESIDENTE: Se requiere de dos (2) supervisores residentes para la vigilancia armada en los campus Xxxxxxx y Fraternidad respectivamente, las 24 horas del día. Dicha supervisión será prestada sin costo adicional y coordinada por el Coordinador del Área Física y Servicios Generales del ITM. COMUNICACIONES Y EQUIPOS Para la prestación adecuada del servicio de vigilancia, el ITM requiere que todo el personal cuente con un radio de comunicaciones con alcance mínimo de seis (6) kilómetros, al igual que un radio para uso del Coordinador del Área |
Física y Servicios Generales del ITM y cada uno de los coordinadores Administrativos de cada campus. Así mismo debe garantizarse la comunicación vía radio a través de un canal alterno entre los diferentes campus, servicio habilitado a los radios de los supervisores y Coordinadores administrativos de cada campus, así como la comunicación directa vía radio con la central de la empresa de Vigilancia
Se requiere de un detector de metales portátiles para la vigilancia en cada uno de los accesos principales de los campus académicos así:
Xxxxxxx: 3 Detectores de metal manuales y 3 espejos cóncavos para revisión de vehículos Fraternidad: 2 Detectores de metal manuales y 2 espejos cóncavos para revisión de vehículos Xxxxx: 2 Detectores
EPA: 1 Detector
Castilla: 1 Detector
UNIFORMES Y DISTINTIVOS
Corresponde a la manera como deben estar vestidos los vigilantes durante el turno de servicio de conformidad con la resolución 510/2004 expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada; Además se incluyen los elementos que por parte de la Fiscalía se consideran indispensables y que deben ser dotados por la empresa de seguridad privada.
Descripción de Uniformes y Distintivos con su respectiva autorización expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada de acuerdo a resolución vigente.
En caso de encontrarse en trámite, deberá presentar adicionalmente copia del radicado expedido por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y constancia de encontrarse en trámite
Durante el servicio cada vigilante contará con los elementos necesarios para protegerse de las inclemencias del clima, como chaquetas, ponchos, capas impermeables, y botas de caucho, pero manteniendo la uniformidad de los mismos. Además portará bolígrafo y libreta de apuntes.
Durante la jornada diurna los vigilantes portarán uniforme de diario, corbata, quepis, camisa, pantalón, zapato color negro.
4.2 FACTORES DE CALIFICACIÓN
Una vez cumplidos los criterios verificables (habilitantes) y las especificaciones técnicas, se procederá a la valoración de los criterios calificables, mediante el sistema de puntos, de la siguiente manera: Para las propuestas seleccionadas en primer término, o sea las que cumplieron con la totalidad de las Especificaciones Técnicas del equipo, el ITM, aplicará la ponderación por medio de puntos, de acuerdo a los siguientes factores:
FACTOR DE EVALUACION | PUNTAJE |
PRECIO | 600 |
CAPACIDAD TÉCNICA | 400 |
TOTAL PARCIAL | 1000 |
MENOS PUNTOS POR ANTECEDENTES NEGATIVOS | |
TOTAL CONSOLIDADO |
4.2.1 EVALUACIÓN DE PRECIO - 600 PUNTOS
Para la evaluación económica sólo se tendrán en cuentas las propuestas hábiles, es decir aquellas que cumplan con los requisitos jurídicos, técnicos y financieros exigidos. No se tendrán en cuenta las propuestas que una vez corregidas superen el presupuesto oficial.
El presupuesto asignado para este proceso de selección comprende todos los costos directos e indirectos en que el proponente va a incurrir para cumplir con el objeto del contrato, tales como salarios, horas extras, recargos nocturnos, prestaciones sociales, costos operativos inherentes o que pueda generar la prestación del servicio de vigilancia durante toda la vigencia del contrato que llegare a suscribirse.
En el momento de la evaluación de las propuestas se revisará y determinará si existen errores entre el valor unitario y el valor total que resulte de multiplicar el valor unitario por las cantidades correspondientes, caso en el cual el ITM verificará los cálculos aritméticos de los componentes de los valores, prevaleciendo el valor unitario presentado por el proponente y el valor total será corregido.
NOTA: Teniendo en cuenta que el contrato se ejecutará durante las vigencias, 2012 y 2013, las propuestas deben presentarse teniendo en cuenta estos costos.
Para otorgar los seiscientos (600) por concepto de oferta económica se aplicará la siguiente formula
Se calculará la media Aritmética Baja (AB) de las propuestas económicas válidas. MEDIA ARITMETICA BAJA
AB = (A + Xb) / 2
Dónde:
AB= Media aritmética baja de los valores totales de las propuestas hábiles. A = Media aritmética de las propuestas hábiles
Xb = Valor de la propuesta hábil más baja.
Las propuestas económicas cuyos valores sean inferiores al 90% de la media Aritmética baja (AB), tendrán cero (0) puntos.
Las propuestas económicas cuyos valores estén comprendidos entre el 90% y el 110% de la media Aritmética baja (AB), tendrán entre cero (0) y seiscientos (600) puntos.
Las propuestas económicas cuyos valores sean superiores al 110% de la media Aritmética Baja (AB), tendrán cero (0) puntos.
Se le otorgarán seiscientos (600) puntos a la propuesta que presente menor diferencia absoluta (diferencia en valor absoluto) entre el valor de la propuesta y la media aritmética baja; a las demás propuestas se les otorgará el puntaje en forma inversamente proporcional aplicando la
siguiente fórmula:
Puntaje Xn= 600 x (Propuesta con la menor diferencia Absoluta/Diferencia del valor Xn) Xn= Propuesta evaluada.
4.2.2 EVALUACIÓN CAPACIDAD TÉCNICA – 400 PUNTOS
En este punto, el proponente que ofrezca las siguientes consideraciones obtendrá el máximo puntaje cuatrocientos (400 pts):
FACTOR DE EVALUACION | PUNTAJE |
Credencial consultor en seguridad privada | 200 |
Vigilantes certificados en brigadas de emergencia y primeros auxilios | 200 |
Total | 400 |
4.2.2.1 CREDENCIAL CONSULTOR EN SEGURIDAD PRIVADA (200 pts.)
Al proponente que acredite una credencial vigente de CONSULTOR EN SEGURIDAD PRIVADA, del Gerente y/o representante legal de la empresa y certifique una experiencia de por lo menos 10 años en la actividad de seguridad privada, obtendrán el máximo puntaje.
Estos documentos nos garantizan que los directivos de la empresa y el responsable de la operación, son idóneos para ejercer el cargo, pues para obtener estas credenciales la superintendencia les exige cursos y especializaciones establecidas, por la ley, en instituciones autorizadas.
4.2.2.2 VIGILANTES CERTIFICADOS EN BRIGADAS DE EMERGENCIA Y PRIMEROS AUXILIOS (200 pts.)
Las empresas proponentes que ofrezcan el 50% o más de vigilantes, certificados en brigadas de emergencia y primeros auxilios, obtendrán el máximo puntaje.
Teniendo en cuenta que la vigilancia privada permanece en las instalaciones, su misión no se limita únicamente a la labor de vigilancia y seguridad, sino además deben estar en capacidad de atender situaciones de emergencia, por lo que se requiere que las empresas proponentes designen para este contrato cincuenta vigilantes o más
4.2.3 ANTECEDENTES NEGATIVOS EN CONTRATOS ESTATALES (MENOS 50 PUNTOS)
Al proponente que haya sido multado o sancionado o se le haya impuesto alguna medida de carácter sancionatorio, resarcitorio o compulsivo, por la ejecución de contratos de naturaleza pública y por incumplimiento de obligaciones post contractuales, dentro de los cinco (5) últimos años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso, se le descontarán diez (10) puntos del puntaje total obtenido como resultado de la sumatoria de los puntajes asignados para los dos (2) factores de ponderación. La información será verificada del RUP, sin embargo cuando un proponente o alguno de sus miembros tratándose de oferta presentada bajo alguna de las modalidades asociativas, haya sido multado o sancionado o se le haya impuesto alguna medida de carácter sancionatorio, resarcitorio o compulsivo, por la ejecución de contratos de naturaleza pública y por incumplimiento de obligaciones post
contractuales, dentro de los cinco (5) últimos años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso, deberán ser informadas con la propuesta de conformidad con el anexo xxx xxxxxx, que será el documento soporte para proceder a efectuar la evaluación pertinente.
4.2.4 CRITERIO DE DESEMPATE
En caso de empate en el puntaje total, se escogerá un proponente agotando los criterios que a continuación se especifican en el orden siguiente:
4.2.4.1 Precio: Propuesta que presente menor precio.
4.2.4.2 Competencias Laborales: La empresa que anexe certificado donde conste que ha adelantado procesos de certificación en competencias laborales con una entidad reconocida con un mínimo de cincuenta (50) trabajadores.
4.2.4.3 Sorteo.
5. CAUSALES DE RECHAZO O INADMISIBILIDAD DE PROPUESTAS
Las propuestas se eliminarán, sin que haya lugar a su evaluación, en cualquiera de los siguientes casos:
a) Cuando el proponente esté incurso en alguna de las prohibiciones, causales de inhabilidad o incompatibilidad, establecidas en la Ley 80 de 1993, sus decretos reglamentarios y demás normas concordantes.
b) Cuando la propuesta se presente extemporáneamente, o en oficina o lugar diferente a la indicada en estos pliegos.
c) Cuando el plazo ofrecido por el proponente, supere el plazo oficial establecido en los pliegos de condiciones.
d) Cuando el objeto social de la empresa no corresponda al objeto de la contratación. En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, la propuesta será eliminada si respecto de cada miembro, no se cumple con el objeto de la contratación.
e) Cuando la propuesta sea presentada por un Consorcio o Unión Temporal y no determinen los términos y extensión de la participación de sus integrantes en la constitución de la misma.
f) Cuando existan varias propuestas presentadas por la misma persona, natural o jurídica, individualmente o formando parte de un consorcio o unión temporal.
g) Cuando para la preparación y presentación de la propuesta no se hayan tenido en cuenta las adendas, si a ello hubo lugar.
h) Cuando el valor de la propuesta una vez revisados y corregidos aritméticamente, los valores unitarios; presente una diferencia del 5% del valor originalmente propuesto, ya sea por exceso o por defecto.
i) Cuando en el formato de propuesta económica se modifiquen las especificaciones técnicas y las cantidades requeridas por la entidad.
j) Cuando no se cumpla con la totalidad de los requisitos de Verificación establecidos en los pliegos de condiciones.
k) Cuando no cumpla con alguno de los requisitos solicitados en el ítem "Participantes"
l) Cuando la propuesta contenga defectos insubsanables, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10 del Decreto 2474 de 2008.
m) Cuando el valor de la oferta se presente en moneda extranjera. El Instituto Tecnológico Metropolitano sólo admite ofertas en pesos colombianos.
n) Cuando el proponente no presente los requisitos subsanables en el término otorgado para ello.
o) Cuando el proponente no cumpla con la capacidad jurídica y técnica exigida en los pliegos.
p) Cuando lo ofertado no cumpla la totalidad de las especificaciones técnicas mínimas exigidas en este pliego.
q) Cuando no se presente la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta.
r) Cuando se compruebe que la información suministrada es contradictoria o no corresponda en algún aspecto a la verdad o sea artificiosamente incompleta.
s) Cuando se presente la propuesta sometida al cumplimiento de cualquier condición o modalidad que represente un condicionamiento para la Entidad.
t) Cuando se presenten en forma incompleta o no cumplan con las disposiciones legales y las reglas del presente Pliego de Condiciones, las aclaraciones y/o subsanaciones solicitadas.
Nota Cuando la propuesta se presente fuera de la hora estipulada para el cierre de la contratación y apertura de propuestas, será devuelta sin abrir al proponente.
6. CONDICIONES ECONÓMICAS
6.1 Forma de pago
Se efectuarán pagos mensuales de acuerdo a los servicios prestados en el respectivo mes. Cada pago se hará efectivo a los treinta (30) días calendario siguientes a la presentación de la factura o cuenta de cobro y previo recibo a satisfacción por parte del interventor del contrato, adjuntando el comprobante del pago de aportes al Sistema de Seguridad Social y parafiscales. No habrá lugar a anticipos.
6.2 Duración del contrato
El plazo de ejecución del objeto a contratar será de nueve meses, plazo que se contabilizará a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio.
7 CONTRATACIÓN
El Instituto Tecnológico Metropolitano celebrará con el proponente o favorecido en la presente invitación, el contrato para la ejecución del objeto de la invitación, fundamentándose en la ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007 sus decretos reglamentarios y pliegos de condiciones.
7.1 Documentos para la suscripción y legalización del contrato
El proponente favorecido con la adjudicación, deberá presentar para la suscripción y legalización del contrato los siguientes documentos:
Copia del documento de identificación personal del Representante Legal o persona natural.
Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio
Garantías exigidas: Se deberán otorgar las garantías exigidas en la minuta del contrato, de conformidad con lo establecido en el numeral 7.3, en el Decreto 4828 de 2008 y en el Decreto 2493 de 2009.
Publicación en Gaceta Municipal.
Certificado xx xxx y salvo de los aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y de Aportes Parafiscales expedido por el Revisor Fiscal y en su defecto por el Representante Legal.
Fotocopia del registro único tributario (RUT), en caso de Consorcio o Uniones Temporales deberán traer el RUT consorcial.
7.2 Domicilio del contrato
De conformidad con las normas legales colombianas, el lugar del cumplimiento de los contratos que se llegaren a celebrar, es la ciudad de Medellín, por lo tanto, todas las actividades judiciales a que hubiere lugar, deberán adelantarse en esta ciudad.
7.3 Garantías.
El contratista seleccionado para la ejecución del contrato constituirá, a favor del ITM, como mecanismo de cobertura del riesgo derivado del incumplimiento de las obligaciones legales o contractuales, cualquiera de las garantías autorizadas por el Decreto 4828 del 2008 a saber: (1) Pólizas de seguros, (2) Fiducia mercantil en garantía, (3) Garantía bancaria a primer requerimiento; (4) Endoso en garantía de títulos valores y depósito de dinero en garantía, otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia o por una entidad bancaria, o una sociedad fiduciaria, o una entidad financiera sometida a vigilancia y control de la Superintendencia Financiera, legalmente establecida en Colombia, con el fin de cubrir los perjuicios derivados de las obligaciones, así:
De Cumplimiento del Contrato: Por un valor equivalente al Diez por ciento (10%) del valor del contrato, con una vigencia igual al término del contrato y cuatro (4) meses más. |
De calidad del servicio: Por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, con una vigencia igual al término del contrato y cuatro (4) meses más. |
Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: Por un valor equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, con vigencia por el plazo de ejecución del mismo y tres (3) años más. |
De responsabilidad civil extracontractual: Se genera con ocasión de las actuaciones, hecho u omisiones del contratista o sus empleados. Para lo cual se deberá constituir garantía por un equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, pero en ningún caso inferior a 200 SMLMV, con una vigencia igual al término del contrato y cuatro (4) meses más. |
La garantía se constituirá en la misma moneda del contrato. El pago de la prima respectiva correrá por cuenta del contratista, así como el de las ampliaciones a que haya lugar.
El contratista deberá restablecer el valor de la garantía cuando éste se haya visto reducido por razón de las reclamaciones efectuadas por la entidad contratante y/o terceros afectados De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el contratista deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. El incumplimiento de la obligación del contratista de mantener la suficiencia de la garantía, facultará al ITM para declarar la caducidad del contrato.
La garantía deberá acompañarse del correspondiente recibo de pago, estar firmada por el contratista, deberá ser constituida en forma tal que cubra única y exclusivamente los riesgos contemplados para la ejecución del contrato.
La garantía deberá estar vigente durante toda la vida del contrato, su liquidación, y la prolongación de sus efectos. Tratándose de póliza no expirará por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral.
7.4 Plazo para la firma
El ITM dispondrá hasta de tres (3) días hábiles a partir de la notificación de adjudicación para elaborar y entregar el respectivo contrato al proponente favorecido, quien dispondrá de tres (3) días hábiles para devolverlo firmado, acompañado de los documentos exigidos, so pena de hacerse acreedor a la sanción establecida en el art. 30 numeral 12, ley 80 de 1993.
7.5 De La Adjudicación Del Contrato
7.5.1 Plazo para la adjudicación
La adjudicación se efectuará dentro de los 60 días hábiles siguientes a la fecha de cierre de la licitación, pudiendo prorrogarse en los términos del artículo 30 numeral 9o. ley 80 de 1993.
Dentro del mismo término podrá declararse desierta la licitación, conforme a lo previsto en el Régimen de Contratación Administrativa, Ley 80/93 y Ley 1150 de 2007.
Contra la resolución de adjudicación no proceden recursos por la vía gubernativa. En firme la resolución de adjudicación, esta es irrevocable y obliga, por lo mismo, al ITM y al proponente que resulte favorecido.
7.5.2 Competencia para la adjudicación
Corresponde adjudicar el presente proceso al Representante Legal o a su delegado de conformidad con las normas de delegación vigentes.
7.6 PROPONENTE ÚNICO.
Cuando se presente sólo una propuesta, el proceso continuará con este único proponente y podrá adjudicársele el contrato si su oferta cumple con las condiciones jurídicas, técnicas y económicas establecidas por el ITM en el pliego de condiciones, lo anterior de conformidad con el artículo 90 del decreto 2474 de 2008.
7.7 PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICION DE MULTAS
De conformidad con el numeral 2° del artículo 4° de la ley 80 de 1993, y el Artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, EL ITM, adelantará las gestiones necesarias para el reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias para efectos de la presente contratación de la siguiente manera:
a. En caso xx xxxx o incumplimiento parcial de las obligaciones adquiridas por EL CONTRATISTA adjudicatario sin perjuicio de la declaratoria de la caducidad del Contrato. EL ITM podrá mediante resolución imponer multas diarias equivalentes al uno por mil (1x1000) del valor del Contrato por cada día xx xxxx o de incumplimiento total.
b. En caso de incumplimiento del término para legalizar debidamente el contrato (8 días hábiles a partir de la suscripción del Contrato), se impondrá una multa del 0.5% del valor del Contrato por cada día de retraso.
c. Por incumplimiento en la obligación de iniciar la ejecución del Contrato de acuerdo a la fecha señalada en el acta de iniciación por un valor del 0.5% del valor del Contrato por cada día de retraso.
d. Por el incumplimiento en el plazo inicialmente pactado en el contrato por un valor del 1% del valor del Contrato por cada día de retraso injustificado.
Para la imposición de multas y declaratoria de incumplimiento del contrato, el ITM dará aplicación al procedimiento establecido por el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, el cual establece:
“Las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública podrán declarar el incumplimiento, cuantificando los perjuicios del mismo, imponer las multas y sanciones pactadas en el contrato, y hacer efectiva la cláusula penal. Para tal efecto observarán el siguiente procedimiento:
a. Evidenciado un posible incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista, la entidad pública lo citará a audiencia para debatir lo ocurrido. En la citación, hará mención expresa y detallada de los hechos que la soportan, acompañando el informe de interventoría o de supervisión en el que se sustente la actuación y enunciará las normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para el contratista en desarrollo de la actuación. En la misma se establecerá el lugar, fecha y hora para la realización de la audiencia, la que podrá tener lugar a la mayor brevedad posible, atendida la naturaleza del contrato y la periodicidad establecida para el cumplimiento de las obligaciones contractuales. En el evento en que la garantía de cumplimiento consista en póliza de seguros, el garante será citado de la misma manera.
b. En desarrollo de la audiencia, el jefe de la entidad o su delegado, presentará las circunstancias de hecho que motivan la actuación, enunciará las posibles normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para el contratista en desarrollo de la actuación. Acto seguido se concederá el uso de la palabra al representante legal del contratista o a quien lo represente, y al garante, para que presenten sus descargos, en
desarrollo de lo cual podrá rendir las explicaciones del caso, aportar pruebas y controvertir las presentadas por la entidad.
c. Hecho lo precedente, mediante resolución motivada en la que se consigne lo ocurrido en desarrollo de la audiencia y la cual se entenderá notificada en dicho acto público, la entidad procederá a decidir sobre la imposición o no de la multa, sanción o declaratoria de incumplimiento.
Contra la decisión así proferida sólo procede el recurso de reposición que se interpondrá, sustentará y decidirá en la misma audiencia. La decisión sobre el recurso se entenderá notificada en la misma audiencia.
d. En cualquier momento del desarrollo de la audiencia, el jefe de la entidad o su delegado, podrá suspender la audiencia cuando de oficio o a petición de parte, ello resulte en su criterio necesario para allegar o practicar pruebas que estime conducentes y pertinentes, o cuando por cualquier otra razón debidamente sustentada, ello resulte necesario para el correcto desarrollo de la actuación administrativa. En todo caso adoptar la decisión, se señalará fecha y hora para reanudar la audiencia. La entidad podrá dar por terminado el procedimiento en cualquier momento, si por algún medio tiene conocimiento de la cesación de situación de incumplimiento”
El valor de las multas y la cláusula penal pecuniaria será impuesta por el Instituto Tecnológico Metropolitano, mediante resolución motivada. Una vez ejecutoriados los actos administrativos que la impongan serán cobrados con cargo a la garantía de cumplimiento del contrato, de conformidad con lo establecido por el numeral 4.2.3., del artículo 4 del decreto 4828 de 2008, o en su defecto, podrán ser descontados dichos valores de los saldos adeudados al CONTRATISTA o en el proceso de liquidación del saldo no pagado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17, parágrafo de la ley 1150 de 2002. Si no fuere posible lo anterior, se cobrará vía jurisdicción coactiva o acudiendo a la vía judicial correspondiente.
La Resolución, mediante la cual se hace efectiva la multa o multas, se notificará al CONTRATISTA y a la Compañía Aseguradora de conformidad con lo señalado en los artículos 44 y 45 del Código Contencioso Administrativo.
7.8 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se liquidará de común acuerdo dentro de los cuatro (4) meses siguientes al día en que se reciba el objeto contractual a entera satisfacción, o que se expida el acto administrativo que ordene la liquidación, o a la fecha del acuerdo que la disponga.
En el evento en que EL CONTRATISTA no se presentare a la liquidación o las partes no llegaren a acuerdo sobre el contenido de la misma, será practicada directa y unilateralmente por la Entidad, mediante acto administrativo motivado el cual es susceptible del recurso de reposición dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación, ante el mismo funcionario que suscribió dicho acto.
Durante esta etapa las partes acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar. En el acta de liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones, transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse x xxx y salvo.
Para la liquidación se exigirá al CONTRATISTA la extensión o ampliación, si es el caso, de la garantía única del contrato y responsabilidad civil extracontractual, para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extinción del contrato.
EL CONTRATISTA acatará las disposiciones legales aplicables a las empresas o personas que desarrollan la actividad objeto del contrato, así como toda la normatividad relacionada con el objeto contractual.
7.9 CLÁUSULA DE INDEMNIDAD DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO
EL CONTRATISTA, mantendrá indemne a EL ITM por razón de reclamos, demandas, acciones legales y costos que surjan como resultado del uso de patentes, diseños o derechos de autor que sean propiedad de terceros. Mantendrá
indemne a EL ITM contra todo reclamo, demanda, acción legal y costo que pueda causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, que tengan como causa las actuaciones de EL CONTRATISTA, sus subcontratistas o sus proveedores, cuando hubiera lugar a ello. Así como por el pago de salarios y prestaciones sociales a todo el personal vinculado y a los contratistas para la ejecución del objeto contractual, cuando a ello haya lugar.
En caso de que se entable un reclamo, demanda o acción legal contra la Entidad por asuntos que según el contrato sean de responsabilidad del CONTRATISTA, éste será notificado lo más pronto posible de ellos para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas previstas por la Ley para mantener indemne al ITM.
EL CONTRATISTA será responsable ante la Entidad de todos los daños causados a los bienes propiedad del ITM, ya sea por culpa de él directamente o del personal a su servicio, y le reconocerá y pagará el valor de tales daños o procederá a repararlos debidamente a satisfacción del ITM.
7.10 INTERVENTORÍA
Una vez adjudicado el contrato, el Instituto Tecnológico Metropolitano, el ITM nombrará a la Coordinadora de Área Física y Servicios Generales del ITM como interventora, quien tendrá la facultad de inspeccionar en cualquier tiempo el desarrollo del contrato, incluyendo las especificaciones técnicas, así como la calidad de los productos y/o servicios ofrecidos e igualmente velar por el estricto cumplimiento de su objeto. El Interventor ejercerá funciones de supervisión y vigilancia técnica, administrativa y financiera del contrato.
8 CONDICIONES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO:
8.1 Obligaciones del Contratista.
Cumplir con el objeto del contrato en la forma y dentro del plazo establecido en el contrato, de conformidad con las especificaciones técnicas señaladas en los estudios previos y la invitación.
Contar con la infraestructura necesaria para el cumplimiento del contrato.
Presentar junto con la factura o cuenta de cobro, el certificado del pago de aportes a la seguridad social y parafiscal del personal utilizado para la ejecución del contrato.
Acatar las recomendaciones del interventor, como enlace directo entre el ITM y el Contratista.
Presentar facturas correspondientes al cobro de tiquetes aéreos y servicios adicionales ejecutados durante el plazo del contrato.
Abstenerse de facturar por encima del presupuesto disponible, de acuerdo con el valor del contrato.
Garantizar una atención ágil y oportuna, frente a los requerimientos y órdenes efectuados por el interventor de acuerdo a las especificaciones técnicas y condiciones de los servicios adicionales, previamente estipuladas entre el contratista y el interventor.
Informar por escrito al interventor, las quejas, dudas, reclamos y demás inquietudes que puedan surgir en el desarrollo del objeto contractual.
Xxxxxxx los requerimientos que sean formulados por el interventor y para efectos de ejecutar en debida forma el contrato.
Toda comunicación entre el ITM y el contratista deberá constar por escrito con copia al interventor del contrato.
Realizar las reservas en las rutas autorizadas y en cualquiera de las compañías que operen en el país, en clase económica según solicitud del interventor.
Expedir e intermediar en el suministro de tiquetes nacionales e internacionales solicitados por la Institución.
Garantizar el servicio de situado y revisado de tiquetes
Ofrecer asesoría en itinerarios más favorables, conexiones con aeropuertos nacionales, terminales de transporte, ubicación de pasajes o tiquetes.
Proveer los tiquetes en las tarifas más favorables xxx xxxxxxx de acuerdo a la solicitud de la Institución. Garantizar los cambios xx xxxx y revisado de tiquetes necesarios para el adecuado desplazamientos de los funcionarios y/o invitados del ITM, a solicitud del interventor. Efectuar las reservaciones y confirmación de los vuelos que le solicite la Institución según solicitud del interventor. Realizar los reembolsos de tiquetes o generación de notas crédito cuando la empresa lo requiera de acuerdo con las condiciones y normas de las aerolíneas. Prestar la asesoría necesaria en viajes internacionales en aspectos tales como: documentos requeridos, distancias de los aeropuertos, transporte, restricciones de inmigración, tasas de cambio, temperaturas o condiciones ambientales, hoteles, recomendaciones de seguridad y todos los demás que sean necesarios para el cabal cumplimiento del objeto contractual. Disponer de una persona para la prestación del servicio personalizado para el objeto de la contratación. Proveer todos los bienes propios para la atención del contrato, tales como: instalaciones, fax, teléfono, correo electrónico, etc. Presentar la facturación correspondiente dentro de los tiempos establecidos para ello. Garantizar comunicación directa, eficaz y oportuna para la atención inmediata a los requerimientos. Garantizar que durante la vigencia del contrato se encuentra al día sobre pagos de seguridad social y aportes parafiscales. Adelantar los trámites y cumplir los requisitos para la ejecución del contrato dentro de los plazos establecidos. No generar costo adicional para el ITM cuando el interventor del contrato solicite las modificaciones, cancelaciones y confirmaciones de las reservas o tiquetes que se soliciten. Abstenerse de cobrar penalidad al ITM, por no utilizar tiquetes, cambiar fechas, nombres, rutas o tiquetes, devolver parcialmente tiquetes, cancelar de último momento, no presentarse el pasajero al vuelo, sean estos trayectos nacionales o internacionales. Todas las demás inherentes o necesarias para la correcta ejecución del objeto contractual. 8.2 Obligaciones Del Instituto Tecnológico Metropolitano. Suministrar la información y/o descripción y especificaciones requeridos que se encuentren disponibles en la Entidad y que fueren aplicables para el desarrollo del objeto del contrato. Efectuar los pagos de acuerdo con las condiciones establecidas en el presente pliego de condiciones. Designar y ejercer la Interventoría del Contrato, esta deberá dar cumplimiento a la normatividad relacionada y al manual de Interventoría aprobado por la Entidad 9 ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS Atendiendo a lo previsto por el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, y lo pretendido por las partes es suscribir un contrato de suministro, se observa que los riesgos que se pueden presentar son los siguientes. | |||||||
CLASE | TIPIFICACION DEL RIESGO | ASIGNACION DEL RIESGO | |||||
No. | DESCRIPCION | OBSERVACIONES | ITM | PROPONENTE Y/O CONTRATISTA |
Administrativos. | 1 | No firma del contrato por parte del proponente y/o CONTRATISTA. | Porque el CONTRATISTA se rehusó a firmarlo, no estuvo de acuerdo con el clausulado. En consecuencia se procede a la aplicación de la póliza de seriedad de la oferta. Xxxxxx que asume el CONTRATISTA. | X | |||
Jurídicos y/o legales y/o documentales y/o regulatorios. | 2 | Cambios normativos y/o tributarios | Ocurre en aquellos casos, cuando las condiciones inicialmente estipuladas en el Contrato ha sufrido una modificación sustancial, tal y como es el caso de una norma que modifique o exija la inclusión de un nuevo componente técnico que implique la destinación de mayores recursos, o cuando a consecuencia de una norma con efectos tributarios varia las condiciones económicas inicialmente establecidas. Xxxxxx que asume el ITM o el CONTRATISTA dependiendo quien es la parte afectada con el cambio. | X | X | ||
3 | Hurto | Ocurre en los eventos de que trata el Capítulo I del Título VII de la Ley 599 de 2000 (Código Penal). La ocurrencia de los eventuales riesgos por Xxxxx serán asumidos por quien es víctima de ellos, y en el caso en que este sea el CONTRATISTA, el ITM no asumirá ningún sobrecosto por la pérdida de materiales o cualquier otro implemento. | X | X | |||
4 | Incumplimiento del contrato por parte del CONTRATISTA. | Hace referencia a cualquier clase de incumplimiento por parte del CONTRATISTA, antes, durante y posterior a la órden de iniciación del contrato. Xxxxxx que asume el CONTRATISTA. | X | ||||
5 | Incumplimiento en la calidad de los bienes objeto del servicio por parte del CONTRATISTA. | Xxxxxx que asume el CONTRATISTA. | X | ||||
6 | No pago oportuno, por parte del CONTRATISTA o subcontratistas, a los trabajadores y personal en relación con salarios, prestaciones sociales y demás beneficios a que tengan derecho, a pesar de que la entidad haya dispuesto los recursos de forma eficiente. | Xxxxxx que asume el CONTRATISTA. | X |
7 | Paros ocasionados por los trabajadores y personal del contratista por la no cancelación oportuna de salarios y prestaciones sociales y demás beneficios a que tengan derecho. | Xxxxxx que asume el CONTRATISTA. | X | ||||
8 | Errores involuntarios que hayan quedado en los pliegos de condiciones. | Hace referencia a cualquier error que se pueda presentar en los archivos publicados en la página WEB. Riesgo que asume el ITM. | X | ||||
9 | Errores cometidos por el CONTRATISTA en la elaboración de las propuestas y/o en los documentos solicitados en los Pliegos de Condiciones o errores cometidos en documentos elaborados por el CONTRATISTA durante la ejecución del contrato. | Xxxxxx que asume el CONTRATISTA. | X | ||||
10 | No pago oportuno, por parte del CONTRATISTA, a toda clase de proveedores en relación con compras, alquileres, servicios, contratos, etc. | Xxxxxx que asume el CONTRATISTA. | X | ||||
11 | Problemas presentados entre socios y/o consorciados y/o integrantes de uniones temporales y/o familiares de las empresas y/o firmas que contratan con el ITM. | Xxxxxx que asume el CONTRATISTA. | X | ||||
12 | Muerte del CONTRATISTA y/o representante legal. | Xxxxxx que asume el CONTRATISTA. | X | ||||
13 | Escasez de cualquier tipo de material para la ejecución del contrato | El CONTRATISTA debe estudiar esta situación y tener planes de contingencia. Xxxxxx que asume el CONTRATISTA, por falta de gestión en la adquisición de insumos fundamentales y significativos para la ejecución del contrato | X | ||||
14 | Demora en la radicación oportuna por parte del CONTRATISTA de las facturas (correctamente diligenciadas y firmadas) y/o cuentas de los gastos reembolsables. | Xxxxxx que asume el CONTRATISTA, teniendo en cuenta que le corresponde a éste tener planes de contingencia y/o calidad para que las actas se elaboren correctamente y radiquen oportunamente de acuerdo con lo manifestado en el contrato. | X | ||||
15 | Errores cometidos por el CONTRATISTA en la elaboración de las facturas y sus soportes, que ocasionan | Xxxxxx que asume el CONTRATISTA, teniendo en cuenta que le corresponde a éste coordinar con la interventoría la | X |
demoras en su radicación. | elaboración de las facturas de acuerdo con lo manifestado en el contrato. | ||||||||
16 | Muerte de personal del CONTRATISTA durante la ejecución del contrato. | Riesgo que CONTRATISTA. | asume | el | X | ||||
17 | Cuando cualquier persona (de la empresa de vigilancia, visitantes o algún otro) que se encuentre en las instalaciones donde está prestando el servicio sufra un accidente y/o daño a su integridad física o mental. | Riesgo que CONTRATISTA | asume | el | X | ||||
18 | Por cambios en las especificaciones técnicas durante la ejecución del contrato | Riesgo que asume el ITM. | X | ||||||
19 | Demora en la legalización del contrato por parte del CONTRATISTA. | Causada por parte del CONTRATISTA, por no radicar completa, correcta y oportunamente la documentación de legalización, según el instructivo y lo manifestado en el contrato. Xxxxxx que asume el CONTRATISTA. | X | ||||||
20 | Suspensiones del contrato. | Xxxxxx que asume el CONTRATISTA, cuando la suspensión sea imputable a este. | X | ||||||
21 | Prórrogas del contrato. | Xxxxxx que asume el CONTRATISTA, salvo que haya justificación valida de la prórroga. | X | ||||||
NOTA 1: Cuando el riesgo sea compartido entre ITM y CONTRATISTA, el porcentaje a asumir es 50% para cada uno. | |||||||||
NOTA 2: La columna No. 6 corresponde a quien le corresponde asumir el riesgo. | |||||||||
No obstante lo anterior el pago se realizará una vez el proveedor seleccionado entregue los bienes a entera satisfacción. Para garantizar los anteriores riesgos, el contratista deberá suscribir garantía única para el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato, de acuerdo al numeral 7.3 xxx xxxxxx de condiciones. (SEÑOR PROPONENTE RECUERDE DILIGENCIAR Y ANEXAR A LA PROPUESTA, LOS SIGUIENTES FORMATOS ANEXOS) | |||||||||
FORMATO Nº 1 CARTA DE PRESENTACIÓN
SEÑORES
INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO MEDELLÍN
El suscrito en nombre de como únicos interesados en la propuesta, declaramos que no tenemos intereses patrimoniales en otra persona natural o jurídica participante en esta contratación y ninguno de los socios y empleados de nuestra firma ha tomado parte en la elaboración de la oferta que para contratación haya presentado otra persona natural o jurídica.
Declaramos que nuestro representante legal no ostenta igual condición en entidad o entidades que participen en el presente concurso, diferente a la nuestra. Declaramos igualmente que no nos estemos incursos en las prohibiciones mencionadas en los pliegos de condiciones definitivos y que al presentar la propuesta estamos afirmando bajo la gravedad del juramento, que tampoco estamos comprendidos en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades consagrados en los artículos 8, 9, 10 y 58 ordinal 6 del Estatuto General de Contratación de la Administración Publica (Ley 80 de 1993, Ley 1474 de 2011 y sus Decretos Reglamentarios), el cual conocemos y acatamos.
Bajo la gravedad del juramento declaramos que no nos encontramos cobijados por ninguna inhabilidad o incompatibilidad para contratar con el Instituto Tecnológico Metropolitano.
Desde ahora manifestamos que el hecho de incurrir en alguna de la causales anteriores o en otra u otras de similar calidad, ética o moral, a juicio del Instituto Tecnológico Metropolitano, tiene la virtualidad suficiente para que se disponga la inmediata descalificación de nuestra propuesta,
Igualmente manifestamos que conocemos los pliegos de condiciones definitivos y especificaciones y que estamos de acuerdo con su contenido, que lo hemos estudiado, al igual que las demás adiciones entregadas y que aceptamos todo lo que ellos contienen en relación con esta contratación.
Proponente:
Dirección: Teléfono: Fax:
Representante Legal del proponente:
Dirección: Teléfono:
Nombre del Representante Legal:
Documento de identificación:
Nombre de contacto: Teléfono contacto
E-mail contacto:
RESUMEN DE LA PROPUESTA:
En caso de que se nos adjudique el contrato, nos comprometemos a ejecutar el trabajo en un plazo de:
Esta propuesta está compuesta de: Folios.
VALOR DE LA PROPUESTA:
GARANTIA DE LA PROPUESTA N°:
ENTIDAD ASEGURADORA:
DURACIÓN DE LA GARANTÍA:
NOMBRE DEL PROPONENTE REPRESENTANTE LEGAL
C.C. o NIT O PERSONA NATURAL
(Es obligatoria la presentación de este formato con la propuesta).
FORMATO Nº 2 FORMULARIO DE PROPUESTA
SEÑORES
INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO
MEDELLÍN
LICITACIÓN PÚBLICA N° DE 2012
Item | INSTITUCION EDUCATIVA | SERVICIOS | HORARIO | S.M | FACTOR PRESTACIONAL | TOTAL UNITARIO | I.V.A. 1.6% | TOTAL INC. I.V.A. | VALOR TOTAL MENSUAL |
1 | ITM- XXXXXXX | 7 | LSDF 16 horas 06:00 22:00 | ||||||
2 | ITM- XXXXXXX | 7 | LSDF 8 horas 22:00 06:00 | ||||||
3 | ITM- XXXXXXX | 5 | L-S 16.5 horas 05:30 22:00 | ||||||
4 | ITM- XXXXXXX | 4 | 12 Horas L - V 08:00 20:00 NI S ,D Y F | ||||||
5 | ITM- XXXXXXX | 1 | 10 Horas L - S 08:00 20:00 NI D Y F | ||||||
6 | ITM- XXXXXXX | 1 | 8 Horas L - S 14:00 22:00 NI-D Y F | ||||||
7 | ITM XXXXX CENTRO | 1 | LSDF 24 horas | ||||||
8 | ITM XXXXX XXXXXX | 0 | X-X 00 horas | ||||||
9 | ITM XXXXX CENTRO | 1 | L-S 16.5 HORAS 05:30 22:00 | ||||||
10 | ITM EPA | 2 | LSDF 24 horas | ||||||
11 | ITM CASTILLA | 2 | LSDF 24 horas | ||||||
12 | ITM FRATERNIDA D | 10 | LSDF 16 horas 06:00 22:00 | ||||||
13 | ITM FRATERNIDA D | 10 | LSDF 8 horas 22:00 06:00 | ||||||
14 | ITM XXXXXXXXXX X | 0 | X-X 00 horas diurnas 08:00 20:00 |
15 | ITM XXXXXXXXXX X | 0 | X-X 00 horas diurnas 10:00 22:00 | ||||||
16 | ITM XXXXXXXXXX X | 0 | X-X 00.0 horas 05:30 22:00 | ||||||
17 | ITM XXXXXXXXXX X | 0 | X-X 00 horas 06:00 22:00 | ||||||
18 | ITM XXXXXXXXXX X | 0 | X-X 00 horas 12:30 22:30 | ||||||
Total |
SERVICIOS CANINOS
Item | INSTITUCION EDUCATIVA | SERVICIOS | HORARIO | S.M | FACTOR PRESTA-CIONAL | TOTAL UNITARIO | I.V.A. 1.6% | TOTAL INC. I.V.A. | VALOR TOTAL MENSUAL |
19 | ITM XXXXXXX | 1 | 24 horas lunes a dominfo | ||||||
20 | ITM XXXXXXX | 1 | lunes a Sabado hábiles 08- 20 h | ||||||
21 | ITM FRATERNIDA D | 1 | 24 horas lunes a dominfo | ||||||
22 | ITM FRATERNIDA D | 1 | 12 Horas lunes sabado 08- 20 horas | ||||||
Total |
valor servicios de vigilancia mes 2012 | |
Valor propuesta 9 meses 2012 |
ITEM | DESCRIPCIÓN DE LA OFERTA |
CREDENCIAL VIGENTE DE CONSULTOR EN SEGURIDAD PRIVADA, DEL GERENTE Y/O REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA Y CERTIFIQUE UNA EXPERIENCIA DE POR LO MENOS 10 AÑOS EN LA ACTIVIDAD DE SEGURIDAD PRIVADA | |
MOTOCICLETA ADICIONAL AL CONTRATO PARA LA REVISTA DE LAS SEDES EXTERNAS ASIGNADA AL SUPERVISOR DE LA EMPRESA CONTRATISTA Y DOS CASETAS METÁLICAS DE VIGILANCIA NUEVAS | |
RELACIÓN DE VIGILANTES CERTIFICADOS EN BRIGADAS DE EMERGENCIA Y PRIMEROS AUXILIOS |
NOMBRE DEL PROPONENTE FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O
CC. o NIT PERSONA NATURAL
(Es obligatoria la presentación de este formato con la propuesta en sobre aparte).
FORMATO Nº 3 MULTAS O SANCIONES
SENORES
INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO MEDELLIN
LICITACIÓN PÚBLICA DE 2012
Nº | CONTRATO | RESOLUCIÓN MULTA | FECHA DE EJECUTORIADA LA MULTA | RESOLUCIÓN SANCIÓN | FECHA DE EJECUTORIADA LA SANCIÓN |
NOMBRE DEL PROPONENTE CC. o NIT
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA NATURAL
(Es obligatoria la presentación de este formato con la propuesta).
FORMATO N° 4 RELACION DE EXPERIENCIA ESPECIFICA
SEÑORES
INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO MEDELLIN
LICITACIÓN PÚBLICA DE 2012
EXPERIENCIA ESPECIFICA
No. | NOMBRE DE LA ENTIDAD O EMPRESA CONTRATANTE | CERTIFICACION (Señale sí la entidad que la otorga es Pública o Privada) | CONTRATO No. | FACTURA No. | OBJETO | VALOR |
NOMBRE DEL PROPONENTE FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O
CC. o NIT. PERSONA NATURAL
(Es obligatoria la presentación de este formato con la propuesta).
FORMATO N° 5 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
SEÑORES
INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO MEDELLIN
LICITACIÓN PÚBLICA DE 2012
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Los proponentes deberán anexar el siguiente formato, con el fin de verificar las condiciones técnicas de lo ofrecido:
PERSONAL CAPACITADO:
El oferente deberá garantizar que va a emplear personal reservista, con libreta de primera o segunda clase, debidamente carnetizado por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, entrenado y capacitado, con aptitud psicológica, mental y condiciones físicas para el ejercicio de la función, de buen trato y atención, tanto con los funcionarios de la Institución, como con los visitantes, uniformado de acuerdo con las normas legales y reglamentarias vigentes.
Que tendrán certificado Judicial vigente expedido por el DAS, certificado de antecedentes disciplinarios vigente expedido por la Procuraduría General de la Nación, certificado del curso de vigilante expedido por una academia debidamente aprobada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, documentos que se verificarán antes de suscribirse el acta de iniciación respectiva.
El personal femenino deberá tener experiencia en atención al público. Igualmente cada vigilante deberá tener cursos completos de: Primeros Auxilios, atención y relaciones interpersonales, planes de evacuación y reacción, observación y detección de sospechosos, extinción de incendios, manejo de crisis y perfil del adversario, documentos que se verificarán antes de suscribirse el acta de iniciación respectiva.
El proponente debe anexar por lo menos cincuenta (50) certificados de competencias laborales vigentes, expedidos por una entidad reconocida en Colombia.
DOTACIÓN:
Todo el personal debe estar dotado de uniforme, carné de identificación, equipos de comunicación y armas de fuego adecuadas y debidamente autorizadas, para la prestación del servicio de vigilancia.
LUGAR:
- Campus xx Xxxxxxx: Universitario, con un área de terreno de 32.000m2 y un área construida estimada en 29.600m2, distribuidos en 9 bloques, zona húmeda, zona deportiva, zonas de parqueo, plazoletas, sitios de encuentro, vías y zonas de circulación.
- Campus xx Xxxxx: Sede de Extensión Académica, Casa y de la Imprenta ITM. Tiene un área construida en 2.063m2 aproximadamente, distribuidos en una edificación de dos niveles, sitios de encuentro y zonas exteriores y de circulación.
- Campus xx Xxxxxxxx: Sede de los Programas de Educación Básica y Media de Adultos. Conformada por un área construida estimada en 5.612 m2, distribuidos en Aulas, oficinas, circulaciones, laboratorios, zonas verdes y sitios de encuentro.
- EPA: Corresponde a las instalaciones cedidas por el Municipio para el desarrollo de proyectos y programas de artes plásticas, danzas, teatro y música de educación no formal y formal; y programas de educación formal como el programa de educación media técnica artística y el programa de Tecnología en Informática Musical. Con un área construida estimada en 2.861m2, distribuidos en talleres, aulas, cafeterías, sitios de encuentro y oficinas.
- Campus Fraternidad Medellín: Universitario, con un área de terreno de 150.000m2 de los cuales el ITM administra un área construida de 16.634m2 y zonas de parqueo.
TURNOS :
En concordancia con lo anterior y teniendo en cuenta el área del lote y el área construida de cada uno de los campus, se requiere contar con el siguiente número de turnos y requerimientos mínimos:
Item | INSTITUCION EDUCATIVA | SERVICIOS | HORARIO |
1 | ITM-XXXXXXX | 7 | LSDF 16 horas 06:00 22:00 |
2 | ITM-XXXXXXX | 7 | LSDF 8 horas 22:00 06:00 |
3 | ITM-XXXXXXX | 5 | L-S 16.5 horas 05:30 22:00 |
4 | ITM-XXXXXXX | 4 | 12 Horas L - V 08:00 20:00 NI X ,X X X |
0 | XXX-XXXXXXX | 1 | 10 Horas L - S 08:00 20:00 NI D Y F |
6 | ITM-XXXXXXX | 1 | 8 Horas L - S 14:00 22:00 NI-D Y F |
7 | ITM XXXXX CENTRO | 1 | LSDF 24 horas |
8 | ITM XXXXX XXXXXX | 0 | X-X 00 horas |
9 | ITM XXXXX CENTRO | 1 | L-S 16.5 HORAS 05:30 22:00 |
10 | ITM EPA | 2 | LSDF 24 horas |
11 | ITM CASTILLA | 2 | LSDF 24 horas |
12 | ITM FRATERNIDAD | 10 | LSDF 16 horas 06:00 22:00 |
13 | ITM FRATERNIDAD | 10 | LSDF 8 horas 22:00 06:00 |
14 | ITM FRATERNIDAD | 1 | L-S 12 horas diurnas 08:00 20:00 |
15 | ITM FRATERNIDAD | 2 | L-S 12 horas diurnas 10:00 22:00 |
16 | ITM FRATERNIDAD | 3 | L-S 16.5 horas 05:30 22:00 |
17 | ITM FRATERNIDAD | 1 | L-S 16 horas 06:00 22:00 |
18 | ITM FRATERNIDAD | 2 | L-S 10 horas 12:30 22:30 |
Servicios de caninos
Ítem | INSTITUCION EDUCATIVA | SERVICIOS | HORARIO |
19 | ITM XXXXXXX | 1 | 24 horas lunes x xxxxxxx |
20 | ITM XXXXXXX | 1 | lunes a Sábado hábiles 08-20 h |
21 | ITM FRATERNIDAD | 1 | 24 horas lunes x xxxxxxx |
22 | ITM FRATERNIDAD | 1 | 12 Horas lunes sábado 08-20 horas |
Nota: El proponente para deberá anexar licencia de funcionamiento que lo autorice al servicios con medio canino, además de contar con la infraestructura necesaria para la prestación del servicio.
REEMPLAZO Y RELEVO DEL PERSONAL:
Se tendrá el personal suficiente para reemplazar o relevar los Vigilantes y supervisores cuando la Institución lo requiera en razón de sus fallas en el servicio, hechos constitutivos de mala conducta, sin que esto aumente el valor del contrato o cuando el personal asignado se encuentre en licencia, incapacidad o se presenten faltas absolutas o temporales de cualquier índole.
SUPERVISIÓN DEL SERVICIO SUPERVISIÓN PERSONALIZADA:
El servicio de vigilancia deberá realizar diariamente visitas de control a los diferentes puestos de trabajo, para supervisar la correcta y eficiente prestación del servicio, atendiendo las sugerencias e instrucciones que se impartan por parte del ITM.
El proponente debe demostrar que cuenta con por lo menos dos (2) carros mínimo modelo 2011 y dos (2) motos mínimo modelo 2011 de propiedad de la empresa los cuales son necesarios para garantizar el servicio.
SUPERVISOR RESIDENTE:
Se requiere de dos (2) supervisores residentes para la vigilancia armada en los campus Xxxxxxx y Fraternidad respectivamente, las 24 horas del día. Dicha supervisión será prestada sin costo adicional y coordinada por el Coordinador del Área Física y Servicios Generales del ITM.
COMUNICACIONES Y EQUIPOS
Para la prestación adecuada del servicio de vigilancia, el ITM requiere que todo el personal cuente con un radio de comunicaciones con alcance mínimo de seis (6) kilómetros, al igual que un radio para uso del Coordinador del Área Física y Servicios Generales del ITM y cada uno de los coordinadores Administrativos de cada campus. Así mismo debe garantizarse la comunicación vía radio a través de un canal alterno entre los diferentes campus, servicio habilitado a los radios de los supervisores y Coordinadores administrativos de cada campus, así como la comunicación directa vía radio con la central de la empresa de Vigilancia
Se requiere de un detector de metales portátiles para la vigilancia en cada uno de los accesos principales de los campus académicos así:
Xxxxxxx: 3 Detectores de metal manuales y 3 espejos cóncavos para revisión de vehículos Fraternidad: 2 Detectores de metal manuales y 2 espejos cóncavos para revisión de vehículos Xxxxx: 2 Detectores
EPA: 1 Detector
Castilla: 1 Detector
UNIFORMES Y DISTINTIVOS
Corresponde a la manera como deben estar vestidos los vigilantes durante el turno de servicio de conformidad con la resolución 510/2004 expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada; Además se incluyen los elementos que por parte de la Fiscalía se consideran indispensables y que deben ser dotados por la empresa de seguridad privada.
Descripción de Uniformes y Distintivos con su respectiva autorización expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada de acuerdo a resolución vigente.
En caso de encontrarse en trámite, deberá presentar adicionalmente copia del radicado expedido por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y constancia de encontrarse en trámite
Durante el servicio cada vigilante contará con los elementos necesarios para protegerse de las inclemencias del clima, como chaquetas, ponchos, capas impermeables, y botas de caucho, pero manteniendo la uniformidad de los mismos. Además portará bolígrafo y libreta de apuntes.
Durante la jornada diurna los vigilantes portarán uniforme de diario, corbata, quepis, camisa, pantalón, zapato color negro.
NOMBRE DEL PROPONENTE FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O
CC. o NIT. PERSONA NATURAL
(Es obligatoria la presentación de este formato con la propuesta).
SENORES
FORMATO Nº 6 RUP
INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO MEDELLIN
LICITACIÓN PÚBLICA DE 2012
PROPONENTE | N° DE INSCRIPCIÓN EN LA CÁMARA DE COMERCIO | CLASIFICACIÓN (Código de clasificación del presente proceso de acuerdo con los decretos 4881 de 2008 y 1464 de 2010) | |||
NIT | NOMBRE | ||||
ACTIVIDAD | ESPECIALIDAD | GRUPO | |||
NOMBRE DEL PROPONENTE CC. o NIT
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA NATURAL
Señor oferente recuerde que el código solicitado en este formato es el que tiene que ver con el objeto de la presente contratación
(Es obligatoria la presentación de este formato con la propuesta).
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PS-……… DE 20
Entre los suscritos, de una parte, XXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX, identificada con la cédula de ciudadanía N. 32.320.618, actuando en calidad de Secretaria General del Instituto Tecnológico Metropolitano, delegada para la contratación administrativa, según Resoluciones Rectorales 02 de 2008 y 411 de 2009 del INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO – INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA, adscrita a la Alcaldía de Medellín con Nit. 800.214.750-7, debidamente autorizado por el Acuerdo 19 de 1993 del Consejo Directivo y Normas concordantes, previa adjudicación de la Rectora del ITM, que en adelante se denominará INSTITUTO y de otra parte ………………………………………………, identificado con cédula de ciudadanía , actuando en
calidad de Representante Legal de ………………………., constituida por escritura pública No. , otorgada en la Notaría
………………………. de ……………, el ………… de ………… de …………, registrada el ………… de …………… de , en el
libro ……………., folio ………………………, bajo el No. ……, con Nit. ……………………… que en adelante se denominará el
CONTRATISTA, se ha convenido celebrar el presente contrato, que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA. - Objeto del Contrato. El CONTRATISTA se obliga por su cuenta y riesgo para con el ITM a la ejecución del siguiente objeto: ……………. SEGUNDA. - Duración del Contrato. El plazo de ejecución del presente contrato …………, plazo que se contabilizará a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio, previa legalización del conrato. No obstante el Instituto se reserva el derecho a dar por terminado el contrato en el momento que lo considere conveniente, con sujeción a los parámetros xx xxx. TERCERA. - Valor y forma de pago. El valor del presente contrato se fija en la suma de
……………………………………………………………………… ($ ,oo) INCLUIDO EL IVA. EL INSTITUTO pagará
al CONTRATISTA la suma descrita en la cláusula anterior, por la facturación mensual por los productos entregados y remisionados, previa certificación del interventor, donde conste que el suministro fue entregado a entera satisfacción al INSTITUTO y dentro de los ocho (8) días siguientes a la fecha de recepción de la factura. CUARTA. - Obligaciones especificas del Contratista. EL CONTRATISTA se obliga en forma especial a prestar el suministro objeto de este contrato en los términos señalados en el pliego de condiciones definitivo y específicamente a: ………………………………………………………………………………. El CONTRATISTA se obliga igualmente a responder civil y penalmente por sus acciones y omisiones en la actuación contractual, en los términos de la Ley (Artículos 52º y 53º Ley 80 de 1993). QUINTA. - Derechos y Deberes. Las partes declaran conocer y desarrollar los derechos y deberes consagrados en la ley 80 de 1993 y cumplir las obligaciones específicas consagradas en este contrato. SEXTA. - Modificación, Interpretación y terminación del Contrato. EL INSTITUTO tendrá la dirección general y la responsabilidad de ejercer control y vigilancia de la ejecución del contrato. En consecuencia, este contrato se rige por los principios de modificación unilateral, interpretación unilateral y terminación unilateral por parte del Instituto Tecnológico Metropolitano conforme a las disposiciones contenidas en los Artículos 14, 15, 16, 17 y 18 de la Ley 80 de 1993, la cual para todos los efectos legales hace parte integral de este contrato. SÉPTIMA. - Garantía. El contratista seleccionado para la ejecución del contrato constituirá, a favor del ITM, como mecanismo de cobertura del riesgo derivado del incumplimiento de las obligaciones legales o contractuales, cualquiera de las garantías autorizadas por el Decreto 4828 del 2008 a saber: (1) Pólizas de seguros, (2) Fiducia mercantil en garantía, (3) Garantía bancaria a primer requerimiento; (4) Endoso en garantía de títulos valores y depósito de dinero en garantía, otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia o por una entidad bancaria, o una sociedad fiduciaria, o una entidad financiera sometida a vigilancia y control de la Superintendencia Financiera, legalmente establecida en Colombia, con el fin de cubrir los perjuicios derivados de las obligaciones, así:
De Cumplimiento del Contrato: Cubrirá al ITM de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato así como de su cumplimiento tardío o su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Este amparo comprende además siempre el pago de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato por una cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato y con una vigencia igual a su plazo y cuatro (4) meses más. |
De calidad del servicio: Cubrirá al ITM por los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia de los perjuicios imputables al contratista garantizado que se deriven de la mala calidad del servicio prestado, de acuerdo con las obligaciones del contrato, por el equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato y con una vigencia igual a su plazo y cuatro (4) meses más. |
Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: Cubrirá al Instituto Tecnológico Metropolitano por los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales del contratista garantizado, derivadas de la contratación de personal utilizado para la ejecución del contrato amparado, por el equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, con una vigencia igual a su plazo y tres (3) años más. |
De responsabilidad civil extracontractual: Se genera con ocasión de las actuaciones, hecho u omisiones del contratista o sus empleados. Para lo cual se deberá constituir garantía por un equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, pero en ningún caso inferior a 200 SMLMV, con una vigencia igual al término del contrato y cuatro (4) meses más, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 numeral 7.9 del Decreto 4828 de 2008 y con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato. Esta póliza deberá considerar las siguientes especificaciones: Tomador: Contratista Asegurado: INSTITUTO TECNOLOGICO METROPOLITANO –ITM. y Contratista. Beneficiarios. ITM y terceros. Esta póliza deberá cumplir con todas las especificaciones señaladas en el artículo 16 del Decreto 4828 de 2008. |
OCTAVA. - Caducidad. EL INSTITUTO, podrá declarar la caducidad si se presentan algunos de los hechos constitutivos del incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista, que afecta de manera grave y directa la ejecución del contrato, y evidencie que puede conducir a su paralización: La Entidad por acto administrativo debidamente motivado lo dará por terminado y ordenará su
liquidación en el estado en que se encuentre. NOVENA. - Efectos de la Caducidad. Declarada la caducidad, no habrá lugar a la indemnización para el contratista, quien se hará acreedor a las sanciones e inhabilidades previstas en las Leyes 80 de 1993 y 1474 de 2011 y demás normas que consagren las modifiquen o adicionen. DECIMA Multas. - De conformidad con el numeral 2° del artículo 4° de la ley 80 de 1993, y el Artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, EL ITM, adelantará las gestiones necesarias para el reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias para efectos de la presente contratación de la siguiente manera:
a. En caso xx xxxx o incumplimiento parcial de las obligaciones adquiridas por EL CONTRATISTA adjudicatario sin perjuicio de la declaratoria de la caducidad del Contrato. EL ITM podrá mediante resolución imponer multas diarias equivalentes al uno por mil (1x1000) del valor del Contrato por cada día xx xxxx o de incumplimiento total.
b. En caso de incumplimiento del término para legalizar debidamente el contrato (8 días hábiles a partir de la suscripción del Contrato), se impondrá una multa del 0.5% del valor del Contrato por cada día de retraso.
c. Por incumplimiento en la obligación de iniciar la ejecución del Contrato de acuerdo a la fecha señalada en el acta de iniciación por un valor del 0.5% del valor del Contrato por cada día de retraso.
d. Por el incumplimiento en el plazo inicialmente pactado en el contrato por un valor del 1% del valor del Contrato por cada día de retraso injustificado.
Para la imposición de multas y declaratoria de incumplimiento del contrato, el ITM dará aplicación al procedimiento establecido por el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, el cual establece:
“Las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública podrán declarar el incumplimiento, cuantificando los perjuicios del mismo, imponer las multas y sanciones pactadas en el contrato, y hacer efectiva la cláusula penal. Para tal efecto observarán el siguiente procedimiento:
a. Evidenciado un posible incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista, la entidad pública lo citará a audiencia para debatir lo ocurrido. En la citación, hará mención expresa y detallada de los hechos que la soportan, acompañando el informe de interventoría o de supervisión en el que se sustente la actuación y enunciará las normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para el contratista en desarrollo de la actuación. En la misma se establecerá el lugar, fecha y hora para la realización de la audiencia, la que podrá tener lugar a la mayor brevedad posible, atendida la naturaleza del contrato y la periodicidad establecida para el cumplimiento de las obligaciones contractuales. En el evento en que la garantía de cumplimiento consista en póliza de seguros, el garante será citado de la misma manera.
b. En desarrollo de la audiencia, el jefe de la entidad o su delegado, presentará las circunstancias de hecho que motivan la actuación, enunciará las posibles normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para el contratista en desarrollo de la actuación. Acto seguido se concederá el uso de la palabra al representante legal del contratista o a quien lo represente, y al garante, para que presenten sus descargos, en desarrollo de lo cual podrá rendir las explicaciones del caso, aportar pruebas y controvertir las presentadas por la entidad.
c. Hecho lo precedente, mediante resolución motivada en la que se consigne lo ocurrido en desarrollo de la audiencia y la cual se entenderá notificada en dicho acto público, la entidad procederá a decidir sobre la imposición o no de la multa, sanción o declaratoria de incumplimiento.
Contra la decisión así proferida sólo procede el recurso de reposición que se interpondrá, sustentará y decidirá en la misma audiencia. La decisión sobre el recurso se entenderá notificada en la misma audiencia.
d. En cualquier momento del desarrollo de la audiencia, el jefe de la entidad o su delegado, podrá suspender la audiencia cuando de oficio o a petición de parte, ello resulte en su criterio necesario para allegar o practicar pruebas que estime conducentes y pertinentes, o cuando por cualquier otra razón debidamente sustentada, ello resulte necesario para el correcto desarrollo de la actuación administrativa. En todo caso adoptar la decisión, se señalará fecha y hora para reanudar la audiencia. La entidad podrá dar por terminado el procedimiento en cualquier momento, si por algún medio tiene conocimiento de la cesación de situación de incumplimiento”
El valor de las multas y la cláusula penal pecuniaria será impuesta por el Instituto Tecnológico Metropolitano, mediante resolución motivada. Una vez ejecutoriados los actos administrativos que la impongan serán cobrados con cargo a la garantía de cumplimiento del contrato, de conformidad con lo establecido por el numeral 4.2.3., del artículo 4 del decreto 4828 de 2008, o en su defecto, podrán ser descontados dichos valores de los saldos adeudados al CONTRATISTA o en el proceso de liquidación del saldo no pagado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17, parágrafo de la ley 1150 de 2002. Si no fuere posible lo anterior, se cobrará vía jurisdicción coactiva o acudiendo a la vía judicial correspondiente. La Resolución, mediante la cual se hace efectiva la multa o multas, se notificará al CONTRATISTA y a la Compañía Aseguradora de conformidad con lo señalado en los artículos 44 y 45 del Código Contencioso Administrativo. DECIMA PRIMERA. - Cláusula Penal Pecuniaria. Sin perjuicio de lo dispuesto en las cláusulas anteriores, EL INSTITUTO podrá imponer al CONTRATISTA, en caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento como pena, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato. El valor de la cláusula penal que se haga efectiva, se considera como pago parcial pero definitivo de los perjuicios causados al INSTITUTO. DECIMA SEGUNDA. - De la Aplicación de la multa y la Cláusula Penal Pecuniaria. Una vez ejecutoriados los actos administrativos que la imponen podrán ser tomados dichos valores del saldo a favor del CONTRATISTA o de las garantías constituidas. Si no fuere posible lo anterior, se cobrará por jurisdicción coactiva. DECIMA TERCERA. - Cesión del Contrato. Los contratos estatales son "intuitu personae" y en consecuencia, una vez celebrados no podrán cederse en caso contrario deberá realizar mediante acto administrativo debidamente sustentado. DECIMA CUARTA. - Repercusiones laborales.- EL CONTRATISTA se obliga a título de contratista independiente. EL INSTITUTO en consecuencia no adquiere ningún vínculo de carácter laboral, administrativo, con él. DECIMA QUINTA.- Inhabilidades e incompatibilidades. El presente contrato está sujeto a las inhabilidades e incompatibilidades contempladas en las Leyes 80 de 1993 y 1474 de 2011. EL CONTRATISTA, para todos los efectos legales de este contrato, declara bajo la gravedad de juramento que no está incluido dentro de dichas inhabilidades e incompatibilidades legales. DECIMA SEXTA.- Vigilancia. El desarrollo de este contrato se ejecutará bajo la vigilancia e interventoría de la Coordinadora de Área Física y Servicios Generales del ITM, quien se obliga a informar periódicamente a la Secretaría General sobre la ejecución
contractual, además de las obligaciones inherentes a la gestión de vigilancia. DÉCIMA SÉPTIMA. - Apropiación Presupuestal. El pago de las sumas de dinero que el INSTITUTO queda obligado en razón de éste contrato, se subordina a la apropiación presupuestal que de ellas se haga en el respectivo presupuesto. DÉCIMA OCTAVA. - Imputación de Gastos. Los gastos que demanden la legalización del presente contrato correrán a cargo del CONTRATISTA, y los que impliquen para el INSTITUTO el cumplimiento del mismo durante la presente vigencia fiscal se hace con cargo al certificado de compromiso No , el cual hace parte integral de los Anexos
de éste contrato. DÉCIMA NOVENA. - Perfeccionamiento del Contrato. De conformidad con del Artículo 41 de la Ley 80 de 1993, el presente contrato se perfecciona con el acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y la firma de este escrito. Para la ejecución se requerirá la aprobación de la existencia de la disponibilidad presupuestal correspondiente. VIGÉSIMA. - Certificación de pago de los Aportes a sus Empleados: De conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, el proponente persona jurídica deberá acreditar el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar, mediante certificación expedida por el Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos xx Xxx, o por el Representante Legal, durante un lapso equivalente al que exija el respectivo régimen de contratación para que se hubiera constituido la sociedad, el cual no será inferior a los seis (6) meses anteriores a la fecha de apertura de la contratación, o por el tiempo que haya existido hasta la fecha, en caso de que el proponente haya sido constituido antes de seis meses. Lo anterior también aplica para cada miembro de consorcio o unión temporal, cuando se trate de personas jurídicas. VIGÉSIMA PRIMERA. - Publicación - De conformidad con lo previsto en los Decretos nacionales 2150 de 1995, 327 de 2002 y 2474 de 2008, deberán publicarse en el diario único de contratación, o en su defecto, en la gaceta oficial de la respectiva entidad territorial o por algún mecanismo determinado en forma general por la autoridad administrativa territorial, que permita a los habitantes conocer su contenido, todos los contratos que celebren las entidades estatales sometidas al estatuto general de la contratación pública cuyo valor sea igual o superior a cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes. (Decreto 2474/08 Artículo 84.) VIGÉSIMA SEGUNDA. - Naturaleza Jurídica del contrato. Esta consagrado en el artículo 32 de la ley 80 de 1993 y en el Decreto 2474/08 y demás normas afines con la materia, por ser un contrato de suministros, no genera relación laboral, ni prestaciones sociales, además se celebra en consideración a las calidades personales del contratista. VIGÉSIMA TERCERA. Cláusula de indemnidad. Será obligación del CONTRATISTA mantener libre al ITM de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes. VIGÉSIMA CUARTA. - Documentos del Contrato. Para todos los efectos legales se entienden incorporados al presente contrato la Ley 80 de 1993 y normas concordantes, es decir, los decretos reglamentarios, así mismo los siguientes documentos anexos: 1) Propuesta económica del contratista; 2) Carta de adjudicación de la Rectora; 3) Certificado de compromiso presupuestal 4) Fotocopia de cédula de ciudadanía del Representante Legal; 5) Recibo de pago de la publicación en Gaceta; 6) Póliza de Cumplimiento y 7) Fotocopia del Rut 8) Pliegos de condiciones; PARÁGRAFO: Si dentro de los cinco días hábiles siguientes, el contratista no presenta a la oficina jurídica las pólizas y demás documentos del contrato, se entiende que renuncia al mismo y en consecuencia, se contratará con el segundo calificado para tal efecto.
Para constancia se firma el presente contrato por las partes en la ciudad de Medellín el día ……………………...
EL INSTITUTO: EL CONTRATISTA:
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c.c. ……………………… c.c. ………………………
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