PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES DE CODEUR, S.A. PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ASESORIA LEGAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL, POR PARTE DE CODEUR, DE LOS SERVICIOS DEL AGUA DE VERA (ABASTECIMIENTO, SANEAMIENTO, DEPURACIÓN Y REUTILIZACIÓN), Y...
PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES DE CODEUR, S.A. PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ASESORIA LEGAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL, POR PARTE DE CODEUR, DE LOS SERVICIOS DEL AGUA XX XXXX (ABASTECIMIENTO, SANEAMIENTO, DEPURACIÓN Y REUTILIZACIÓN), Y AMPLIACIÓN DEL ÁMBITO DE PRESTACIÓN A OTROS MUNICIPIOS.
Expediente: AC-01/2016
Título: SERVICIOS DE ASESORIA LEGAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL, POR PARTE DE CODEUR, DE LOS SERVICIOS DEL AGUA XX XXXX (ABASTECIMIENTO, SANEAMIENTO, DEPURACIÓN Y REUTILIZACIÓN), Y AMPLIACIÓN DEL ÁMBITO DE PRESTACIÓN A OTROS MUNICIPIOS.
Localidad: Vera (Almería)
CUADRO RESUMEN
OBJETO Y CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
Localidad: Vera (Almería) |
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Título: SERVICIOS DE ASESORIA LEGAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL, POR PARTE DE CODEUR, DE LOS SERVICIOS DEL AGUA XX XXXX (ABASTECIMIENTO, SANEAMIENTO, DEPURACIÓN Y REUTILIZACIÓN), Y AMPLIACIÓN DEL ÁMBITO DE PRESTACIÓN A OTROS MUNICIPIOS. |
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Código CPV: |
Órgano de Contratación: |
CODEUR, S.A. |
Persona destinataria: |
CODEUR, S.A. |
Perfil de contratante: xxx.xxxxxx.xx |
Plazo de presentación de solicitudes y proposiciones: siete días naturales a partir de la fecha de publicación del anuncio de licitación en el perfil del contratante. |
Lugar de presentación de solicitudes y proposiciones: Oficinas de Codeur. X/Xxxxx 00, xxxx. 00000 Xxxx. Xxxxxxx. Telf.: 000000000. Fax 000000000. |
Presupuesto base de licitación (IVA excluido): |
80.000 € |
IVA (21%) 16.800 € |
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Presupuesto total (IVA incluido) |
Total: 96.800 € |
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Revisión de precios: No procede |
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Régimen de abono del precio: El precio del contrato se abonará: 35% a la finalización de los trabajos objeto del presente contrato. 65% restante en mensualidades a convenir. |
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Variación de precios en función de cumplimiento de objetivos de plazos o rendimiento/Penalidades por incumplimientos: No |
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Plazo de ejecución (en meses): 18 meses a partir de la formalización del contrato. |
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Posibilidad de prórroga del contrato: |
SI: |
NO: X |
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Sujeto a regulación armonizada: |
SI: |
NO: X |
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Tramitación del expediente: |
Ordinaria: |
Urgente: X |
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Posibilidad de variantes o mejoras: No |
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Único criterio de adjudicación: precio más bajo |
SI: |
NO: X |
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Comité de personas expertas y Organismo técnico especializado para evaluar las ofertas: No |
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Garantía Provisional: No En caso afirmativo: a) Indicar importe en cifras: b) Razones por las que se estima procedente su exigencia: Acreditación de la constitución por medios electrónicos, informáticos o telemáticos: No |
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Garantía definitiva: |
No procede |
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Acreditación por medios electrónicos, informáticos o telemáticos (Si/No): No |
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Clasificación del contratista: No procede |
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Presentación de certificados expedidos por organismos independientes acreditativos del cumplimiento de normas de garantía de calidad o de gestión medioambiental: No |
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Importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato: 0 |
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Posibilidad de aportar una dirección de correo electrónico a efectos de notificaciones: Si |
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Aspectos económicos y técnicos objeto de la negociación. Criterios de adjudicación. 1- Oferta técnica: Planeamiento de la estrategia en la negociación: coherencia y viabilidad de la estrategia. Grado de cumplimiento y satisfacción de las necesidades del órgano de contratación por medio del planteamiento ofertado. Haber participado en procesos, procedimientos, acciones y toda clase de asuntos relacionados con empresas del ciclo integral de agua 2- Oferta económica: Precio más bajo. Se otorgará una ponderación del 60% a la oferta económica y un 40% a la oferta técnica. |
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Penalidades |
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Penalidades por cumplimiento defectuoso del contrato: Si Según lo dispuesto en la cláusula 4.7 del presente pliego. |
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Penalidades por incumplimiento de las condiciones especiales u obligaciones esenciales de ejecución del contrato: No |
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Posibilidad de modificación del contrato: No Causas de resolución del contrato: Las contenidas en la normativa de aplicación (V. Cláusula 4.13) |
2.1. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO 7
2.4. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y PRECIO DEL CONTRATO 7
2.7 CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LA PERSONA EMPRESARIA PARA CONTRATAR 10
3 ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 10
3.1 TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE 10
3.2 LUGAR, PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN Y PROPOSICIONES 10
3.3 EXAMEN DE LAS SOLICITUDES Y DE LAS PROPOSICIONES 14
3.4 CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 15
3.5 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 15
4.1 RESPONSABLE DEL CONTRATO 16
4.2 CONDICIONES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO 16
4.3 OBLIGACIONES LABORALES, SOCIALES Y ECONÓMICAS DE LA PERSONA CONTRATISTA 17
4.4 OTRAS CONDICIONES XXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XX XXX XXXXXXXX 00
4.9 PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS REALIZADOS 19
4.10 CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN 19
4.11 EXTINCIÓN DEL CONTRATO 20
4.11.1 EXTINCIÓN POR CUMPLIMIENTO DE CONTRATO 20
4.11.2 EXTINCIÓN POR RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 21
5. PRERROGATIVAS DE CODEUR, JURISDICCIÓN Y RECURSOS 21
5.1 PRERROGATIVAS DE CODEUR 21
CODEUR, S.A. (en adelante CODEUR), es una sociedad anónima de economía mixta, participada mayoritariamente por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxx, que está incluida dentro del ámbito de aplicación objetiva y subjetiva del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) y de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.
De las normas citadas, se desprende la especificidad del régimen de contratación de CODEUR: sometimiento al ordenamiento jurídico privado, si bien este ordenamiento deberá aplicarse teniendo presentes los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación.
En virtud de todo lo anterior, CODEUR ha establecido unas “Normas Internas de Procedimientos de Contratación” (NIPC), desarrollando un procedimiento general y objetivo de adjudicación de los contratos, respetuoso con los principios citados anteriormente
CODEUR tiene establecida su sede en Vera C/ Mayor nº 22 – 04620. Teléfono 000000000 y Fax 000000000. CIF. X-00000000
En la web xxx.xxxxxx.xx las personas licitadoras tienen acceso al Perfil del Contratante de CODEUR.
El contrato objeto de la presente licitación se regirá por los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación establecidos en el artículo 191 del TRLCSP, que se materializan en las disposiciones previstas en las Normas Internas de Procedimientos de Contratación.
El objeto del contrato consiste en la contratación de los servicios de asesoramiento legal para la gestión integral, por parte de Codeur, de los servicios del agua xx Xxxx (abastecimiento, saneamiento, depuración y reutilización), y ampliación del ámbito de prestación a otros municipios.
El alcance del contrato es el siguiente:
Elaboración de un informe jurídico-administrativo que deberá comprender un estudio y la redacción de un informe sobre la estructura administrativa necesaria para llevar a cabo la gestión integral en Vera y otros municipios. El estudio tendrá en cuenta los siguientes puntos:
Valoración del estado actual de los recursos interpuestos por GALASA contra los acuerdos de cambio de forma de gestión de los servicios del agua en Vera, y de los efectos que su resultado puede tener en el actual sistema y los proyectos previstos. En su caso, procedimientos para la salida del Ayuntamiento xx Xxxx del ámbito de GALASA.
Modalidades para la prestación por CODEUR, en otros municipios, de los servicios de abastecimiento de agua potable, y de saneamiento, depuración y reutilización de las residuales (o de solo alguno o algunos de dichos servicios); revisión de los estatutos de CODEUR; valoración de esquemas de gestión supramunicipal.
Consideración de la gestión de otros servicios y en especial, de la gestión de residuos sólidos urbanos.
Asunción por la EDAR xx Xxxx de la condición de macro-depuradora de los municipios del ámbito. Estudio del sistema de financiación a través de las figuras tributarias existentes.
Ampliación de la capacidad de regeneración de aguas residuales por la aportación de nuevos caudales a la EDAR, y abastecimiento en alta a otros municipios y/o entrega directa a usuarios concretos.
Estado del reconocimiento de los derechos del Ayuntamiento xx Xxxx/CODEUR sobre las aguas de captación, con especial valoración del contenido actual de la planificación hidrológica, de los procedimientos a seguir para la obtención de agua procedente de instalaciones de ACUAMED, y de la utilización de las aguas procedentes del trasvase del Negratín.
Régimen jurídico del establecimiento, en el territorio de municipios distintos xx Xxxx, de instalaciones afectas a los servicios.
Conclusiones y propuesta de actuaciones.
Asesoramiento continuado:
Asesoramiento jurídico-administrativo durante dieciocho meses posteriores a la entrega del informe, en los procedimientos necesarios relacionados con la gestión de los servicios, de acuerdo con las propuestas de actuación que se formulen.
El asesoramiento deberá incluir:
Redacción de solicitudes, escritos de comparecencia, y en general alegaciones de todo tipo en defensa de los intereses de CODEUR ante cualquier Administración.
Estudio de resoluciones y propuesta de actuación.
Asesoramiento en los procedimientos de contratación que en su caso resulten necesarios.
Resolución de consultas y redacción de notas.
Reuniones con el resto de Administraciones.
Reuniones con el cliente y sus técnicos que sean precisas para la realización de los trabajos.
PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y PRECIO DEL CONTRATO
El presupuesto de licitación es el que figura en el CUADRO RESUMEN, en el que se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido, en adelante (IVA).
Todas las ofertas deberán indicar por separado la cuantía correspondiente al precio neto con exclusión del IVA del contrato y, en su caso, la cuantía correspondiente al IVA. El importe neto con exclusión del IVA de las ofertas económicas que se formulen no podrán superar el presupuesto base de licitación.
El precio del contrato que regirá durante la ejecución de los trabajos será el que resulte de la aprobación de la proposición seleccionada e incluirá el IVA y demás tributos de cualquier índole que sean, en su caso, de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente Xxxxxx.
Existe crédito adecuado y suficiente para hacer frente al gasto máximo estimado del contrato a realizar.
Las ofertas económicas que se formulen no podrán en ningún caso superar dicho importe.
Atendiendo a la naturaleza del servicio, no procederá en ningún caso la revisión de precios del presente contrato y por tanto no se aplicará fórmula alguna de revisión.
El plazo de ejecución del contrato será el fijado en el CUADRO RESUMEN, y comenzará a contar a partir de la fecha que se establezca a este efecto en el contrato, sin posibilidad de prórroga.
De acuerdo con el artículo 2 de las NCIP de Codeur, el órgano de contratación es el Consejo de Administración de Codeur, S.A. y por delegación, el Director Gerente y/o apoderados que en cada momento se considere más adecuados para la supervisión y ejecución de las actuaciones que sean precisas.
Las funciones del Gerente como órgano de contratación serás las siguientes, sin carácter limitativo:
Adjudicación del contrato (tramitación de expediente de contratación, elaboración de pliegos, contrato, etc.).
Resolución de la adjudicación del contrato.
Interpretación del Contrato.
Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el Título V de las Normas Internas de Contratación (NIPC) de CODEUR.
Las empresas adjudicatarias deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato y disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de las Normas Internas de Contratación (NIPC) de CODEUR.
El acceso al perfil de contratante se efectuará a través de la Web de CODEUR, indicada en el CUADRO RESUMEN del presente pliego.
El expediente de contratación será objeto de TRAMITACIÓN URGENTE y la licitación y adjudicación del contrato se realizarán por el PROCEDIMIENTO NEGOCIADO previsto y regulado en el artículo 10 de las NIPC de CODEUR.
Los interesados en la licitación presentarán las Solicitudes de Participación y las Proposiciones en el Registro General de la Administración contratante, hasta las 14 horas del último día del plazo señalado en el CUADRO RESUMEN.
El licitador deberá presentar la documentación en dos sobres debidamente cerrados, indicando:
• Identificación de la licitación
• Denominación o razón social del licitador
• D.N.I. o N.I.F.
• Dirección Postal
• Núm. de teléfono
• Núm. de fax
• Firma del licitador o de los representantes con poderes para firmar la proposición.
Las proposiciones se redactarán en idioma español (castellano) y deberán presentarse en soporte papel en un sobre cerrado.
En el sobre 1 se incluirá lo siguiente:
1.- Capacidad de obrar:
1.1.- Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que conste las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Código de Identificación Fiscal (CIF), todo ello en original o copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello. Estos documentos deberán recoger el exacto régimen jurídico del licitador en el momento de la presentación de la proposición.
1.2.- Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente, en copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello.
1.3.- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, se acreditará mediante su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
2.- Declaraciones responsables:
2.1.- Declaración relativa a no estar incursos en prohibiciones para contratar, de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de que no existen deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo con ninguna Administración, así como de no tener deuda alguna contraída con Codeur, S.A.
2.2.- Declaración responsable de que el empresario, si se tratare de persona física, o la empresa, sus administradores y representantes, si se tratare de persona jurídica, así como el firmante de la proposición, no están incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 60 de la TRLCSP. Esta declaración comprenderá expresamente hallarse al corriente del cumplimiento de las Obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes, así como de no tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago.
3.- Solvencia económica y financiera, y técnica y profesional:
La solvencia económica y financiera se acreditará con la aportación de:
Declaración sobre el volumen global de negocios referido a los tres últimos ejercicios.
Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
La solvencia técnica se acreditará con la aportación de:
El equipo técnico participante en el contrato mediante la indicación del personal, haciendo constar su dedicación a los mismos y si su afección a la empresa es de modo permanente o de asesoramiento, que deberá contar con al menos 4 profesionales especialistas en la revisión financiera y jurídica de cumplimiento de los procedimientos jurídicos de contratación, de ejecución de contratos y las decisiones de los órganos de administración de la compañía, específicamente los relativos a la aprobación de las cuentas anuales.
Deberá presentarse:
Curriculum Vitae del personal que asumirá la responsabilidad en la ejecución de los trabajos.
Acreditación de las titulares exigidas (copia del título oficial).
Colaboradores que, en su caso, vayan a intervenir y trabajos que llevarán a cabo.
En el sobre 2 se incluirá lo siguiente:
El sobre 2 contendrá la oferta técnica y económica de los licitadores que hayan sido seleccionados.
Cada licitador no podrá presentar más que una sola proposición referida exclusiva y literalmente al Pliego de Cláusulas Particulares con un precio igual o inferior al recogido en el CUADRO RESUMEN. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
El contenido del sobre será el siguiente:
Oferta técnica: planeamiento de la estrategia. Los licitadores deberán presentar una estrategia jurídica sujeta a negociación para el desarrollo de esta asistencia conteniendo la justificación del cumplimiento del alcance del contrato.(Ver Punto 2.3)
Oferta económica, de acuerdo con el Modelo incluido en el Anexo I, en la que se incluirá el importe correspondiente a la oferta económica. Esta propuesta se presentará sin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas, y que, de producirse, provocarán que la proposición sea rechazada.
En caso de contradicción entre el importe escrito en letra y número resultará procedente excluir la oferta siempre que no pueda determinarse con carácter cierto cuál es el precio realmente ofertado.
El precio corresponderá al trabajo a realizar tal y como figura en el alcance definido en el presente Xxxxxx y no podrá superar el importe del contrato previsto en el CUADRO RESUMEN.
En el importe consignado en este documento se entenderá que se encuentran incluidos todos los gastos originados o que habrán de originarse por la contratación y ejecución de los trabajos y, en concreto, los siguientes:
• Los gastos de formalización del contrato, en su caso.
• Los gastos que el adjudicatario deba realizar para el cumplimiento de la prestación contratada, incluidos los generales, financieros, de seguros, tasas, fianzas, ensayos, transporte y desplazamientos, honorarios y dietas del personal técnico y auxiliar a su cargo, los que se requieran para la obtención de permisos, autorizaciones, licencias, envío y recogida de documentos o cualquier otra información de Organismos o particulares, los demás previstos en este Pliego y, en general, a cuantos trabajos e informes sean necesarios para el cumplimiento de los fines del contrato, así como para su comprobación.
• Toda clase de tributos, incluido el IVA y cualesquiera otros que pudieran establecerse o modificarse durante la vigencia del contrato. A estos efectos, el importe del impuesto sobre el valor añadido que deba ser repercutido figurará como partida independiente, debiendo señalarse separadamente la base imponible, el tipo impositivo aplicable e importe del impuesto y la suma de la base imponible y el importe del impuesto.
Ninguno de estos conceptos podrá luego repercutirse como conceptos o partidas independientes.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes de participación y proposiciones, la Administración Contratante examinará en primer lugar el contenido de las Solicitudes de Participación y calificará los documentos presentados en tiempo y forma.
Si se observaren defectos materiales en la documentación presentada lo comunicará a los interesados y concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el error.
Una vez calificada la documentación de la Solicitud procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.
Realizado lo anterior, el órgano de contratación dictará resolución decretando la selección de los licitadores que cumplieron con la solvencia económica y técnica, y se procederá a abrir las proposiciones de los seleccionados iniciándose así la fase de negociación de las condiciones del contrato.
El procedimiento de negociación consistirá en una única fase en la que se atenderá a los aspectos técnicos y económicos objeto de la negociación, tal y como consta en el CUADRO RESUMEN, adaptando las ofertas a dichos requisitos para obtener la oferta económicamente más ventajosa.
Durante la negociación se velará porque todos los licitadores reciban igual trato. En particular no se facilitará, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados licitadores respecto del resto.
En todo caso se garantizará la confidencialidad de la documentación presentada y de las ofertas. Para tal fin, tras la solicitud de documentación de un licitador por otro se solicitará la conformidad de aquél para facilitarla.
El órgano encargado de la negociación, emitirá informe en el que dejará constancia de todas las actuaciones llevadas a cabo en el curso de la misma y de la aceptación bilateral de las condiciones del contrato. Los términos de la negociación con el licitador que resulte adjudicatario serán recogidos en el documento contractual.
Finalizada la fase de negociación se decidirá sobre la adjudicación del contrato.
El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas, valorando en un 30% la oferta económica y un 70% la técnica.
Se considerará temeraria la baja en la oferta económica que supere un 20% respecto del resto de ofertas económicas presentadas. En este caso, el órgano de contratación dará un trámite de 2 días hábiles para que el licitador correspondiente aclare y justifique la baja realizada, tras lo cual decidirá motivadamente admitir o rechazar la oferta.
Realizado lo anterior, el órgano de contratación resolverá la adjudicación del contrato a la oferta económicamente más ventajosa en un plazo de 3 días hábiles, desde el día siguiente de la apertura de las ofertas.
Transcurrido el plazo señalado para la adjudicación sin que se haya dictado el acuerdo de adjudicación, los licitadores tendrán derecho a retirar su propuesta, sin ningún tipo de indemnización. No obstante, el órgano de contratación podrá solicitar a los licitadores que mantengan su oferta por un plazo superior previa comunicación a los licitadores y publicación en el Perfil Contratante, manteniéndose la licitación con aquellos licitadores que acepten la prórroga.
El resultado de la adjudicación se notificará motivadamente en el plazo máximo de 3 días al licitador adjudicatario y al resto de licitadores, publicándose en el Perfil de Contratante en el mismo plazo.
El contrato deberá formalizarse por escrito, mediante documento privado, firmándose por las partes, en el plazo máximo de 7 días a contar desde la fecha de notificación de la adjudicación y previa aportación de la documentación requerida por el órgano de contratación.
En el supuesto que el adjudicatario no atendiera el requerimiento de la entidad, no cumpliera los requisitos para la celebración del contrato o impidiera que se formalizara en el plazo señalado, la entidad podrá proceder a resolver la adjudicación, dando un trámite de audiencia al interesado de 15 días naturales. En este supuesto se podrá exigir la indemnización por los daños y perjuicios causados. En estos casos, la entidad podrá adjudicar el contrato a la siguiente oferta económicamente más ventajosa.
Los efectos y extinción del contrato se regirán principalmente por la normativa aplicable de Derecho Privado. No obstante, se establecen algunas especificidades que se desarrollan a continuación.
El órgano de contratación designará una persona responsable del contrato, a la que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta ejecución de la prestación pactada. La responsable del contrato podrá ser una persona física o jurídica.
El nombramiento será comunicado por escrito a la persona contratista en el plazo de quince días desde la fecha de formalización del contrato y, en su caso, su sustitución en idéntico plazo, desde la fecha en que se hubiera producido. La persona responsable y su personal colaborador, acompañados por la/el delegada/o de la persona contratista, tendrán libre acceso a los lugares donde se realice el servicio.
La persona contratista, sin coste adicional alguno, facilitará a CODEUR asistencia profesional en las reuniones explicativas o de información, que ésta estime necesarias para el aprovechamiento de la prestación contratada.
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en el Pliego, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere a la persona contratista el órgano de contratación. En el supuesto de que fuese necesario que la prestación se ejecutase en forma distinta a la pactada inicialmente, deberá procederse a la resolución del contrato en los términos establecidos en la Cláusula 4.13 del presente Pliego.
La persona contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para CODEUR o para terceras personas de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
La persona contratista estará obligada a presentar un programa de trabajo, cuando así se especifique en el CUADRO RESUMEN.
La persona contratista no podrá sustituir al personal facultativo adscrito a la realización de los trabajos, sin la expresa autorización de la persona responsable del contrato.
La persona contratista está obligada a guardar sigilo respecto de los datos y antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión de la ejecución del mismo.
El personal adscrito a los trabajos dependerá exclusivamente de la persona contratista, quién tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de persona empresaria respecto del mismo.
En general, la persona contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleadora, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquella, o entre sus subcontratistas, y las personas trabajadoras de una y otra, sin que pueda repercutir contra CODEUR ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los Organismos competentes.
En cualquier caso, la persona contratista, indemnizará a CODEUR de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones establecidas en este pliego, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
Corresponderá y será a cargo de la persona contratista:
La obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, que se requieran para la realización del servicio contratado.
Los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de ejecución y posterior asistencia durante el plazo de garantía.
Las pruebas, ensayos o informes necesarios para verificar la correcta ejecución del servicio contratado.
La indemnización de los daños que se causen tanto a CODEUR como a terceras personas, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del servicio, salvo cuando tales perjuicios hayan sido ocasionados por una orden inmediata y directa de CODEUR.
Los trabajos se realizarán con estricta sujeción a los documentos contractuales y demás datos básicos que definan y condicionen el objeto del contrato que corresponda.
Mientras dure la redacción del proyecto, la persona contratista estará obligada a informar detalladamente por escrito a CODEUR del estado de los trabajos en curso. También facilitará CODEUR los datos correspondientes a la actualización del programa de trabajo.
La persona contratista, simultáneamente a la realización del proyecto, desarrollará un expediente que conservará hasta el final del periodo de garantía del proyecto, que recogerá la totalidad de los datos, cálculos y operaciones que se hagan durante el estudio y la formulación efectuados. Este expediente estará siempre a disposición de CODEUR a efectos de control y comprobación de la calidad en la elaboración del proyecto.
Si durante la elaboración de los trabajos, la persona contratista precisare algún dato no contenido o detallado en los documentos contractuales o información facilitada, deberá solicitarlo a la persona responsable del contrato con la antelación suficiente, de manera que nunca podrá imputar a éste una actuación defectuosa o tardía. Está obligada, también la persona contratista, a poner en conocimiento de la persona responsable del contrato cualquier anomalía técnica que observara en los documentos contractuales o en la información facilitada.
La persona contratista queda obligada a aportar los medios personales y materiales propuestos en su oferta, todo ello en número y grado preciso para la realización del objeto de contrato de que se trate a satisfacción de CODEUR. Los técnicos o especialistas que intervengan deberán estar en posesión de la correspondiente titulación y colegiación para poder, en su caso, nominar y firmar el trabajo realizado, así como para solicitar permisos o licencias administrativas.
En todo caso, la persona contratista estará obligada a adscribir los equipos y medios ofertados para la realización de los trabajos, incluso con el carácter nominal y en los mismos términos en que se hubiesen ofertado. La falta de intervención de cualquier persona propuesta en la oferta y en especial el Director del Proyecto, facultará a CODEUR para resolver el contrato por causa imputable al contratista o, alternativamente, aplicar las penalidades correspondientes. CODEUR podrá optar, excepcionalmente y por causas justificadas de suficiente entidad, por aceptar al contratista la adscripción a los trabajos de otro técnico o especialista de similares características. Al efecto, la persona contratista deberá formular la correspondiente propuesta acompañando los datos profesionales y las referencias que permitan juzgar su preparación, capacidad y experiencia.
La persona contratista deberá tener suscritos los seguros obligatorios, así como un seguro que cubra las responsabilidades que se deriven de la ejecución del contrato.
La persona contratista queda obligada al cumplimiento del contrato dentro del plazo total fijado para su realización en el CUADRO RESUMEN, así como de los plazos parciales señalados en el mismo si los hubiere.
La constitución en xxxx por la persona contratista no precisará intimación previa por parte de CODEUR. La imposición de penalidades consecuentes con dicho retraso se aplicará automáticamente por el órgano de contratación. Si llegado al término de cualquiera de los plazos, la persona contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, CODEUR podrá optar indistintamente, en la forma y condiciones establecidas en el artículo 212 del TRLCSP, por la resolución del contrato con pérdida de garantía definitiva o por la imposición de las penalidades establecidas en el citado artículo.
En el caso de que el contrato incluyera cláusulas de revisión de precios y el incumplimiento del plazo fuera imputable a la persona contratista, se procederá en la forma y en los términos previstos en el artículo 93 del TRLCSP. El importe de las penalidades no excluye la indemnización a que pudiese tener derecho CODEUR por daños y perjuicios originados por la demora de la persona contratista. Si el retraso fuera por motivos no imputables a la persona contratista se estará a lo dispuesto en el artículo 213.2 del TRLCSP.
El CUADRO RESUMEN podrá incluir penalidades para el caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del mismo o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos o de las obligaciones esenciales de ejecución del contrato que se hubiesen establecido conforme a los artículos 64, 118.1 y 228 bis del TRLCSP. Estas penalidades serán proporcionales a la gravedad del incumplimiento, y su cuantía no podrá ser superior al 10% del presupuesto del contrato. Para la imposición de este tipo de penalidades se sustanciará un procedimiento en el que necesariamente tendrá lugar trámite de alegaciones a la persona contratista.
La recepción del objeto de contrato se efectuará de acuerdo con lo previsto en los artículos 222 y 307 del TRLCSP. El órgano de contratación, a través de la persona responsable del contrato, determinará si la prestación realizada por la persona contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de la recepción. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables a la persona contratista, podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
La persona adjudicataria tiene derecho al abono del precio convenido, con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato, correspondiente a los trabajos efectivamente realizados y formalmente recibidos por CODEUR.
El pago del precio se realizará, según se indique en el CUADRO RESUMEN, de una sola vez a la finalización del trabajo, previa recepción de conformidad. El pago del precio se efectuará previa presentación de factura, debiendo ser repercutido como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido en el documento que se presente para el cobro, sin que el importe global contratado experimente incremento alguno.
En la factura y en el CUADRO RESUMEN se incluirá la identificación del órgano de contratación y de la persona destinataria.
Los contratos de servicios que tengan por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial llevarán aparejada la cesión de éste a CODEUR.
La persona contratista tendrá la obligación de proporcionar en soporte informático a CODEUR todos los datos, cálculos, procesos y procedimientos empleados durante la elaboración de los trabajos.
Los trabajos que constituyan objeto de propiedad intelectual, se entenderán expresamente cedidos en exclusiva a CODEUR, salvo en el caso de derechos preexistentes, en los que la cesión puede no ser con carácter de exclusividad.
La presente cláusula tiene por objeto establecer las obligaciones y responsabilidades de las partes intervinientes respecto de los ficheros que contengan datos de carácter personal propiedad de CODEUR a los cuales la persona adjudicataria tenga acceso exclusivamente para el cumplimiento de los servicios objeto del presente contrato, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter personal.
El acceso por parte de la persona adjudicataria a los ficheros responsabilidad de CODEUR no tiene la consideración legal de comunicación o cesión de datos sino de simple acceso a los mismos como elemento necesario para la realización de los servicios contractuales establecidos. Por ello, tanto a los ficheros a los que accede la persona adjudicataria, como aquellos que puedan sufrir derivados de la prestación del servicio, son propiedad exclusiva de ésta.
La determinación de los concretos ficheros a los que se tendrá acceso podrá modificarse por comunicación expresa de una persona responsable del contrato.
La persona adjudicataria adoptará las medidas de seguridad legalmente exigibles, de índole técnica y organizativa que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal de los ficheros, evitando se alteración, perdida, tratamiento o acceso no autorizado, de conformidad con el estado de la tecnología en cada momento, la naturaleza de los datos y los posibles riesgos a los que estén expuestos, a cuyo fin aplicará las medidas de seguridad del nivel que proceda en función de la naturaleza de los datos objeto del tratamiento, y que tenga establecidas CODEUR.
La persona adjudicataria se compromete a tratar los datos personales a los que tenga acceso únicamente conforme a las instrucciones que, al efecto, le indique CODEUR. En consecuencia, los datos que se conozcan u obtengan en virtud de este contrato no podrán ser utilizados para ninguna otra finalidad distinta de la ejecución del mismo, tendrán carácter confidencial y no podrán ser publicados o puestos en conocimiento de terceros sin la autorización previa y por escrito de CODEUR.
Para los supuestos de cesión o subcontratación regulados en la normativa de contratos del sector, se requerirá el consentimiento previo y escrito de CODEUR, en cuyo caso, deberá suscribirse el correspondiente documento que regule el cumplimiento y aceptación por parte del subcontratista y/o cesionario de las presentes obligaciones en materia de protección de datos de carácter personal.
En el momento de la finalización del contrato, y a elección de la CODEUR, la persona adjudicataria destruirá o devolverá a CODEUR los datos de carácter personal que sean de propiedad de esta, y destruirá y borrará o inutilizará sin posible impresión futura, todos los soportes de su propiedad en los cuales hubiesen sido insertados los datos propiedad de CODEUR, sin conservar copia alguna de los mismos.
El contrato se extingue por cumplimiento o por resolución.
En todo caso, a la extinción del contrato no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del órgano de contratación.
El contrato se extingue por el cumplimiento por parte de la persona contratista de la totalidad de la prestación, de acuerdo con los términos establecidos en el mismo.
Son causas de resolución del contrato, las previstas en los artículos 223 y 308 del TRLCSP, con los derechos que se establecen en los mismos.
El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente podrá modificar los contratos celebrados y acordar su resolución.
Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe jurídico de los órganos competentes, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución, serán inmediatamente ejecutivos.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato, serán sometidos a los Juzgados y Tribunales xx Xxxx (Almería).
XXXXX X.- MODELO DE PROPOSICIÓN
D/Xx................................., mayor de edad, con domicilio en............................... y D.N.I. nº............, en nombre y representación de.................., con domicilio social en............................. y C.I.F. nº...................... con Tel. ..................... fax............................. y/o dirección de correo electrónico.........................
EXPONE
Primero.- Que conoce el Pliego de cláusulas particulares de CODEUR, S.A. para la contratación de servicios de revisión legal de cumplimiento de los procedimientos jurídicos de contratación y las decisiones de los órganos de administración de CODEUR, S.A.
Segundo.- Que declara bajo su responsabilidad que la empresa licitadora no se halla comprendida en ninguno de los casos de prohibición para contratar con la Administración señalados en la legislación vigente, tiene capacidad jurídica y medios suficientes para realizar los trabajos y reúne los requisitos específicos exigidos para este contrato.
Tercero.- Que, caso de resultar adjudicataria, realizará los trabajos conforme a las condiciones de su oferta y con estricta sujeción en todo a los requisitos y condiciones xxx Xxxxxx aprobado.
Cuarto.- Que la cantidad y el plazo por los que se compromete a ejecutar los trabajos son los que se enumeran a continuación, según la siguiente proposición
PROPUESTA |
OFERTA ECONÓMICA EN LETRA Y NÚMERO |
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PRECIO (en letra) |
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PRECIO (en número) |
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IVA (…%) |
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TOTAL (IVA incluido) |
€ |
(Fecha y firma del licitador)
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