Contract
“SUPERVISION DE CONSTRUCCION DE OSARIOS EN CEMENTERIO GENERAL, MUNICIPIO DE ANTIGUO CUSCATLÁN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”
Contrato L.G. AMAC No. 007/2020 Cód. Proyecto: 0660000003
Nosotros, XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX, Licenciada en Relaciones Públicas y Publicidad, de ==== años de edad, del domicilio de ====, Departamento de =====, con mi Documento Único de Identidad número: =====, con Número de Identificación Tributaria: ======, actuando en nombre y representación de la ALCALDÍA MUNICIPAL ANTIGUO CUSCATLAN, con Número de Identificación Tributaria: =====, en mi calidad de Alcaldesa Municipal, y que en este instrumento me denominaré LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE, y por otra parte XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, =====
años de edad, Ingeniero Civil, del domicilio de la ciudad y departamento de ====, con Documento Único de Identidad número: =====, con Número de Identificación Tributaria:
======; que en este instrumento me denominaré “EL CONTRATISTA”, y en las calidades antes expresadas MANIFESTAMOS: Que hemos acordado otorgar y en efecto otorgamos bajo la figura de Libre Gestión, el contrato denominado “SUPERVISION DE CONSTRUCCION DE OSARIOS EN CEMENTERIO GENERAL, MUNICIPIO DE ANTIGUO CUSCATLÁN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD” y que convenimos
someternos de conformidad a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, que en adelante se denominará LACAP, su Reglamento que en adelante se denominará RELACAP, y a las cláusulas que se detallan a continuación: I) OBJETO DEL CONTRATO: desarrollar la supervisión del proyecto: CONSTRUCCION DE OSARIOS EN CEMENTERIO GENERAL, MUNICIPIO DE ANTIGUO CUSCATLÁN,
DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, que ejecutara la Sociedad contratada para realizar dichas obras, conforme a la especificaciones estipuladas en el correspondiente contrato, y en particular con el siguiente detalle: Alcance de los servicios: a) Asesorar a la municipalidad de la obra en todos los asuntos técnicos relacionados al proyecto; b) Conocer y revisar el detalladamente el proyecto: planos, especificaciones y presupuestos, velar por el cumplimiento de las obras según lo ofertado y autorizado entre la contratista
ejecutora y la contratante; c) Solicitar y revisar el programa de trabajo, posteriormente debe efectuar sus actualizaciones; d) Reunirse con el propietario y el constructor previo al inicio de la obra; e) Dar posesión al constructor del sitio de la obra; f) Solicitar y revisar la lista de subcontratistas y sus calendarios de trabajo; g) Controlar que el contrato se cumpla correctamente; h) Aprobar oportunamente los pagos al constructor; i) Emitir informes correspondientes a los avances de la obra. El Supervisor vigilará que las obras se realicen de acuerdo a lo estipulado en los planos de proyecto y/o modificaciones autorizadas, las normas y especificaciones generales de construcción e instalaciones y las especificaciones técnicas particulares de edificación y/o construcción, para lo cual efectuará trabajos relacionados con verificación de información para la construcción de las obras, levantamiento de datos durante el proceso constructivo y cálculos de volúmenes de la obra ejecutada y procesamiento de la información generada (presentación de informes diarios, semanales, quincenales y mensuales). El Supervisor deberá entregar en tiempo y forma los reportes diarios, semanales, quincenales y mensuales, video con la narración de las obras en el que se observe en forma cronológica el avance de los trabajos, éstos últimos (mensuales), el día último de cada mes, incluyendo: números generadores de la obra ejecutada y reporte fotográfico representativo del proceso de ejecución; y la evaluación de los avances físicos y financieros, en función de los programas de trabajo pactados por la contratista y los propios, el incumplimiento de esto llevará consigo una llamada de atención (amonestación por escrito) en caso de reincidir se aplicarán las sanciones indicadas en el contrato. Todos los informes, formatos y demás documentos emanados durante la ejecución de los trabajos, serán elaborados en base al software que indique la Coordinación Técnica del Proyecto, además se entregarán en archivo electrónico en CD con una impresión original y tres copias. Deberá llevar bitácora de obra por medio de Libro integrado por hojas foliadas en original y dos copias en el que se anotan en secuencia cronología los acontecimientos desarrollados durante el período que comprende la ejecución y finiquito del proyecto y construcción la obra y de la supervisión respectivamente. Debe permanecer en el sitio de los trabajos (lo definirá la residencia de obra) y sus anotaciones deberán ser validadas invariablemente por los responsables
(residencia de obra, supervisión y contratista de la obra) de la ejecución de la obra. Además deberá llevar control de calidad de la obra y materiales y equipo de instalación permanente a fin de verificar que los materiales naturales y fabricados que se emplearán en la obra, cumplan con la calidad especificada y que las obras se ejecuten de acuerdo a los procedimientos de construcción establecidos en la documentación del contrato, Usando como Metodología. la realizará trabajos de campo, laboratorio y gabinete, utilizando para ello los métodos y técnicas actualizadas que establece la Coordinación Técnica del Proyecto para el control de calidad de la construcción, debiendo someter a laboratorio las pruebas que sean necesarias y oportunas conforme a la propuesta de servicios presentada. Reporte de Obra: Conforme la obra se va desarrollando se debe de informar a la entidad del avance, actividades, fuerza de trabajo, maquinaria y equipo y materiales que la constructora utiliza en la construcción, y que pueden ayudar o retrasar el periodo de ejecución y por consecuencia variar el monto contratado. Esto es a través de reportes de obra los cuales se deben elaborar diariamente, semanalmente o mensualmente. Deberán de contener la información lo más clara y concisa posible y deben de apoyarse con gráficas, estadísticas, croquis de avance, y fotografías de los procesos y actividades relevantes. Reporte Diario: Indica en forma rápida los avances, maquinaria y equipo, actividades y fuerza de trabajo. Se anotan observaciones importantes. Reporte Mensual Indica avances por concepto, maquinaria y equipo, y fuerza de trabajo, presenta gráfica del avance financiero, maquinaria y equipo, y fuerza de trabajo, además se adicionan fotografías de los aspectos relevantes y comentarios de aspectos que puedan afectar o beneficiar los trabajos, además indica el avance de estimaciones, programas físico y financiero. Avances: Es indispensable llevar el control de la obra en cuanto a tiempo y costo, por lo que se deben de elaborar los programas de tiempo por cada rubro y concepto de acuerdo a su volumetría. Generalmente se lleva a cabo por el programa xx xxxxxx o diagrama xx Xxxxxx, y en el se califica de manera periódica el avance físico e la obra, haciendo cortes periódicos, por cada concepto. De igual manera se elaborará el programa valorizado el cual contiene el importe por periodo (semana o mes) que se debe erogar, por lo que con este se puede calificar si se el monto erogado está de acuerdo a lo
planeado. Una vez contando con los programas anteriores se procede a “cruzar” la información obteniendo una gráfica con la cual se observa si el avance físico corresponde al financiero, esto es, que se observa que si de acuerdo a lo hecho en obra realmente se ha cobrado lo programado, y detectar en que rubro se está retrasado en cuanto a avance y estimado. II) DOCUMENTOS CONTRACTUALES: Forman parte integral del contrato los siguientes documentos: Oferta presentada y aceptada por el Concejo Municipal de Antiguo Cuscatlán, Acuerdo de adjudicación, Garantía de Cumplimiento de Contrato, y otros documentos que emanaren del presente contrato, los cuales son complementarios entre sí y serán interpretados en forma conjunta, en caso de discrepancia entre alguno de los documentos contractuales y este contrato, prevalecerá el contrato. III) FUENTE DE LOS RECURSOS, PRECIO Y FORMA DE PAGO: Las obligaciones emanadas del presente instrumento serán cubiertas con cargo a Fondos Propios, para lo cual se ha verificado la correspondiente asignación presupuestaria. La Institución Contratante se compromete a cancelar al Contratista la cantidad de VEINTE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($20,000.00), precio que incluye el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (I.V.A.)., pagaderos así:
a) anticipo la suma de SEIS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, ($6,000.00) que corresponde al treinta por ciento de los honorarios, b) la suma de DOS MIL OCHOCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, ($2,800.00) que corresponde al catorce por ciento de los honorarios pagaderos a los treinta días de iniciada la supervisión, c) la suma de DOS MIL OCHOCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, ($2,800.00) que corresponde al catorce por ciento de los honorarios pagaderos a los sesenta días de iniciada la supervisión, d) la suma de DOS MIL OCHOCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, ($2,800.00) que corresponde al catorce por ciento de los honorarios pagaderos a los noventa días de iniciada la supervisión, e) la suma de DOS MIL OCHOCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, ($2,800.00) que corresponde al catorce por ciento de los honorarios pagaderos a los ciento veinte días de iniciada la supervisión, y f) la suma de DOS MIL OCHOCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,
($2,800.00) que corresponde al catorce por ciento de los honorarios pagaderos a los ciento cincuenta días de iniciada la supervisión, es decir, al finalizar los trabajos de la misma. Debiendo el Contratista presentar su factura, orden de compra y demás documentos contractuales, debidamente firmadas por el Administrador de Contrato, en la Tesorería Municipal, donde se tramitará el pago correspondiente. Para la finalización y liquidación del contrato, será necesario anexar a la documentación de pago el acta de recepción final del proyecto, mismo que será firmada por el representante de la Contratista y el Administrador de Contrato. IV) PLAZO DE CONTRATO Y VIGENCIA: El plazo del contrato será de ciento cincuenta (150) días calendario desde la fecha de la orden de inicio hasta la conclusión de las actividades. El tiempo descrito incluye el plazo de treinta días posteriores a la realización de la recepción provisional, el cual será utilizado para efectuar la revisión de la obra y hacer las observaciones correspondientes, así como la subsanación de defectos o irregularidades, de conformidad a lo establecido en los artículos ciento catorce y ciento quince LACAP, efectuándose posteriormente la recepción definitiva de la obra, según lo dispuesto en el Artículo Ciento dieciséis LACAP. V) GARANTÍAS: Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato el Contratista otorgará a favor de la Alcaldía Municipal Antiguo Cuscatlán: A) GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, de conformidad al artículo treinta y cinco de la LACAP, equivalente al DIEZ POR CIENTO del valor total contratado, es decir por la suma de DOS MIL 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($2,000.00); la cual
tendrá vigencia por un período de DOCE MESES contados a partir de la fecha de la Orden de Inicio y deberá entregarse a la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional de la Alcaldía Municipal Antiguo Cuscatlán, dentro de los CINCO DÍAS HÁBILES, posteriores de la entrega de la misma. B) GARANTÍA DE BUENA INVERSION DE ANTICIPO, de conformidad al artículo treinta y cuatro de la LACAP, equivalente al TREINTA POR CIENTO del valor total contratado, es decir por la suma de SEIS MIL 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($6,000.00); la cual tendrá
vigencia a partir de la fecha de la orden de Inicio del contrato y hasta que quede completamente amortizado y deberá entregarse a la Unidad de Adquisiciones y
Contrataciones Institucional de la Alcaldía Municipal Antiguo Cuscatlán, dentro de los CINCO DÍAS HÁBILES, posteriores de la entrega de la orden de inicio.
VI) ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO: El seguimiento al cumplimiento de las obligaciones contractuales estará a cargo del Administrador de Contrato, el Gerente de Planificación o quien haga sus veces, teniendo como atribuciones las establecidas en los artículos ochenta y dos Bis de la LACAP, cuarenta y dos inciso tercero, setenta y cuatro, setenta y cinco inciso segundo, setenta y siete, ochenta y ochenta y uno del RELACAP; además, contará con un plazo de OCHO DÍAS HÁBILES, posteriores a la presentación de la documentación que ampara la prestación de los servicios; para presentar algún reclamo ya sea porque el servicio haya sido desarrollado conforme a lo presentado en la oferta de la contratista, aceptado por la contratante y aprobado por el Concejo Municipal, de lo cual se le notificará por escrito para que en un plazo de cinco días hábiles, luego de presentado el reclamo, sea subsanado; si en el mismo sentido se le hicieren tres observaciones por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, procederá a caducar el contrato de conformidad a los artículos noventa y cuatro literal b) LACAP y Articulo sesenta y cuatro RELACAP; con lo acarreará la ejecución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato. VII) ACTA DE RECEPCIÓN: Corresponderá al Administrador del Contrato en coordinación con el Contratista, la elaboración y firma de las actas de recepción parciales y definitiva, las cuales contendrán como mínimo lo que establece el artículo setenta y siete del RELACAP. VIII) MODIFICACIÓN: El presente contrato podrá ser modificado o ampliado en sus plazos y vigencia antes del vencimiento de su plazo, de conformidad a lo establecido en los artículos ochenta y tres A y B de la LACAP, debiendo emitir La Institución Contratante la correspondiente resolución, modificativa, debiendo el Contratista en caso de ser necesario modificar o ampliar los plazos y montos de las Garantías de Cumplimiento de Contrato, según lo indique La Institución Contratante y formará parte integral de este contrato. IX) PRÓRROGA: Previo al vencimiento del plazo pactado, el presente contrato podrá ser prorrogado de conformidad a lo establecido en el artículo ochenta y tres de la LACAP y setenta y cinco del RELACAP; en tal caso, se deberá modificar o ampliar los plazos y montos de la Garantía de Cumplimiento de Contrato;
debiendo emitir La Institución Contratante la correspondiente resolución de prórroga.
X) CESIÓN: Salvo autorización expresa de la Alcaldía Municipal Antiguo Cuscatlán, el Contratista no podrá transferir o ceder a ningún título, los derechos y obligaciones que emanan del presente contrato. La transferencia o cesión efectuada sin la autorización antes referida dará lugar a la caducidad del contrato, procediéndose además a hacer efectiva la garantía de cumplimiento de contrato. XI) CONFIDENCIALIDAD: El Contratista se compromete a guardar la confidencialidad de toda información revelada por La Institución Contratante, independientemente del medio empleado para transmitirla, ya sea en forma verbal o escrita, y se compromete a no revelar dicha información a terceras personas, salvo que La Institución Contratante lo autorice en forma escrita. El Contratista se compromete a hacer del conocimiento únicamente la información que sea estrictamente indispensable para la ejecución encomendada y manejar la reserva de la misma, estableciendo las medidas necesarias para asegurar que la información revelada por La Institución Contratante se mantenga con carácter confidencial y que no se utilice para ningún otro fin. XII) SANCIONES: En caso de incumplimiento el Contratista expresamente se somete a las sanciones que emanaren de la LACAP ya sea imposición de multa por xxxx, inhabilitación, extinción, las que serán impuestas siguiendo el debido proceso por La Institución Contratante, a cuya competencia se somete para efectos de su imposición.
XIII) SANCIONES PARTICULARES: si durante la ejecución del contrato se comprobare por la Dirección General de Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, incumplimiento por parte del Contratista a la normativa que prohíbe de trabajo infantil y de protección de la persona adolescente trabajadora, se deberá tramitar el procedimiento sancionatorio que dispone el artículo ciento sesenta LACAP, para determinar el cometimiento o no durante la ejecución del contrato de la conducta tipificada como causal de inhabilitación en el artículo ciento cincuenta y ocho romano v) literal b) LACAP relativa a la invocación de hechos falsos para obtener la adjudicación de la contratación. Se entenderá por comprobado el incumplimiento a la normativa por parte de la Dirección General de Inspección de Trabajo, si durante el trámite de re inspección se determina que hubo subsanación por haber cometido una infracción, o por el contrario si
se remitiere a procedimiento sancionatorio, y en éste último caso deberá finalizar el procedimiento para conocer la resolución final. XIV) TERMINACIÓN BILATERAL. Las partes contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a La Contratista y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del contrato, sin más responsabilidad que la que corresponda por el suministro parcialmente ejecutado, o los bienes entregados. XV) SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: En caso de conflicto ambas partes se someten a sede judicial señalando para tal efecto como domicilio especial la ciudad de Santa Tecla, La Libertad, a la competencia de cuyos tribunales se someten; en caso de embargo a La Contratista, La Institución Contratante nombrará al depositario de los bienes que se le embargaren a La Contratista, quien releva La Institución Contratante de la obligación de rendir fianza y cuentas, comprometiéndose La Contratista a pagar los gastos ocasionados, inclusive los personales aunque no hubiere condenación en costas. XVI) INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO: La Alcaldía Municipal Antiguo Cuscatlán se reserva la facultad de interpretar el presente contrato, de conformidad a la Constitución de la República, la LACAP, el RELACAP, demás legislación aplicable, y los Principios Generales del Derecho Administrativo y de la forma que más convenga a los intereses de la Alcaldía Municipal Antiguo Cuscatlán, con respecto a la prestación objeto del presente instrumento, pudiendo en tal caso girar las instrucciones por escrito que al respecto considere convenientes. La Contratista expresamente acepta tal disposición y se obliga a dar estricto cumplimiento a las instrucciones que al respecto dicte la Alcaldía Municipal Antiguo Cuscatlán. XVII) MARCO LEGAL: El presente contrato queda sometido en todo a la LACAP, RELACAP, la Constitución de la República, y en forma subsidiaria a las Leyes de la República de El Xxxxxxxx, aplicables a este contrato.
XVIII) NOTIFICACIONES: La Institución Contratante señalan como lugar para recibir notificaciones en Xxxxxxx Municipal, Boulevard Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Calle principal, número uno, Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, y; El Contratista señala para el mismo efecto la siguiente dirección: ==== o a través del medio electrónico: ======. Todas las comunicaciones o notificaciones referentes a la ejecución de este contrato,
serán válidas solamente cuando sean hechas por escrito en la dirección física o a través de los medios electrónicos señalados, de conformidad a lo establecido en el artículo setenta y cuatro de la LACAP y artículos noventa y siete y noventa y ocho de la Ley de Procedimientos Administrativos. En fe de lo cual suscribimos el presente contrato, en la ciudad de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, a los dieciséis días del mes xx xxxxx del año dos mil veinte.
Licda. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxx Ing. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Alcaldesa Municipal Antiguo Cuscatlán Contratista
En la ciudad de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, a las catorce horas veinte minutos del día dieciséis del mes xx xxxxx del año dos mil veinte. Ante mí, XXXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXXXX, Notario del domicilio de Antiguo Cuscatlán, comparecen: XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX, Licenciada en Relaciones Públicas y Publicidad, de ===== años de edad, del domicilio de =====, departamento de ====, a quien conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número:
======, con Número de Identificación Tributaria: =======, actuando en nombre y representación de la ALCALDÍA MUNICIPAL ANTIGUO CUSCATLAN, con Número de Identificación Tributaria: =======, en su calidad de Alcaldesa Municipal, personería que doy fe de ser legitima y suficiente por haber tenido a la vista: a) certificación de credencial extendida por el Tribunal Supremo Electoral, en la ciudad de San Xxxxxxxx, a los veinticinco días del mes xx xxxxx de dos mil dieciocho, en la que se xxx que resultó electa como Alcaldesa para el periodo que inicio el uno xx xxxx del dos mil dieciocho y que finaliza el treinta xx Xxxxx del año dos mil veintiuno, b) Certificación del Acuerdo Número DOS, del Acta Número TREINTA, extendida en fecha veinticinco del mes xx xxxx del año
dos mil veinte, por su persona en su carácter de Alcaldesa Municipal y la señora Xxxx xx Xxxxx Xxxxxxxx, en su carácter de Secretaria Municipal, Acuerdo tomado en Sesión Extraordinaria, celebrada por el Concejo Municipal a las diez horas del día veinticinco del mes xx xxxx del año dos mil veinte, del que consta la autorización del Concejo Municipal para que celebre este contrato en los términos expresados, c) artículos cuarenta y siete, y cuarenta y ocho número uno del Código Municipal, que le confieren la Representación Legal y d) los artículos diecisiete y dieciocho inciso final de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, Institución a la que en el instrumento que por este medio se denominará LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE; y por otra parte, XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, de ===== años de edad, Ingeniero Civil, del domicilio de la ciudad y departamento de =====, a quien no conozco pero identifico por medio de su Documento Único de Identidad número: ======, con Número de Identificación Tributaria: ======, y que en adelante se denominara EL CONTRATISTA; y en los caracteres dichos, ME DICEN: I) Que reconocen como propias las firmas que calzan el anterior contrato de “SUPERVISION DE CONSTRUCCION DE OSARIOS EN CEMENTERIO GENERAL, MUNICIPIO DE ANTIGUO CUSCATLÁN, DEPARTAMENTO
DE LA LIBERTAD”; II) Que asimismo reconocen todos los derechos, obligaciones, pactos y renuncias de sus representados contenidos en todas su cláusulas que forman parte de dicho instrumento, el cual ha sido otorgado en esta ciudad y en esta fecha, constando de cuatro hojas simples y que entre sus cláusulas principales establece que el CONTRATISTA, se compromete a ejecutar a favor de la ALCALDÍA MUNICIPAL DE ANTIGUO CUSCATLÁN, el contrato de SUPERVISION DE CONSTRUCCION DE OSARIOS EN CEMENTERIO GENERAL, MUNICIPIO DE ANTIGUO CUSCATLÁN,
DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, descrito en la cláusula primera del contrato;
III) Que por el cumplimiento del objeto del presente contrato se pagará la cantidad de VEINTE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($20,000.00), monto que incluye el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (I.V.A.); IV) El plazo de ejecución de las obligaciones emanadas del presente contrato será de ciento cincuenta (150) días calendario y se contarán a partir de la fecha
en la Orden de Inicio y hasta la finalización de las obras descritas en el contrato de SUPERVISION DE CONSTRUCCION DE OSARIOS EN CEMENTERIO GENERAL, MUNICIPIO DE ANTIGUO CUSCATLÁN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD de
conformidad a la programación presentada por el administrador de contrato. Yo el suscrito Notario DOY FE: De ser auténticas las firmas que calzan al final del anterior documento, por haber sido puestas en mi presencia por los comparecientes en el carácter en que actúan, así como de ser legitima y suficiente la personería para actuar en nombre de sus representadas, por haber tenido a la vista la documentación antes relacionada. Además, les expliqué claramente los derechos y obligaciones a los que se han sometido por medio de este instrumento. Así se expresaron los comparecientes, a quienes expliqué los efectos legales de la presente Acta Notarial que principia al pie del contrato ya relacionado y que consta de dos hojas simples y leído que les hube íntegramente todo lo escrito en un solo acto, sin interrupción, ratifican su contenido y para constancia firmamos. DOY FE.-
Licda. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxx Ing. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Alcaldesa Municipal Antiguo Cuscatlán Contratista