CONTRATOS
CONTRATOS
PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE
Contratos para la formación
Índice
¿Quiénes somos? 2
¿Cómo trabajamos? 2
Nuestros valores 3
Ventajas 4
Bonificaciones e incentivos 4
El contrato para la formación y el aprendizaje 4
Ventajas para la empresa 5
Ventajas para el trabajador 5
Bonificaciones y reducciones 6
Desglose de la cotización a la Seguridad Social 6
Bonificación de la formación teórica vinculada al contrato 6
¿Qué bonificaciones y reducciones ofrece el contrato para la formación y el aprendizaje? 6
Bonificación por tutorización 7
Plan de Garantía 8
Trámites 9
Autorización de inicio de la formación 9
En la tesorería general de la Seguridad Social 10
Formación 11
¿Qué titulación obtienen los alumnos-trabajadores? 11
¿Qué características debe tener el alumno-trabajador? 11
Información importante 12
¿Cuáles son las características de los cursos de certificados de profesionalidad impartidos por
Xxxxx? 12
¿Cómo es la distribución de horas laborales y formativas? 13
Normativa 13
Documentación vigente 13
Ocupaciones y certificados disponibles 14
¿Quiénes somos?
Xxxxx Studio es un centro de formación que desde su creación en el año 1978 desarrolla proyectos formativos de ámbito nacional con una amplia y diversa oferta de servicios de alta calidad, con el fin de fomentar el crecimiento y desarrollo profesional de los directivos y em- pleados de las empresas españolas. Cuenta con las certificaciones en la norma UNE-EN-ISO 9001:2008 de calidad, 14001:2004 de gestión medioambiental y OHSAS 18001 de gestión de seguridad y salud en el trabajo.
Desde su compromiso con la formación, cuenta con más de 6.000 clientes/empresas y más de 300.000 alumnos formados.
Gracias a su dilatada experiencia, Xxxxx ofrece un servicio integral en la gestión docu- mental, actualización legislativa y una atención personalizada a empresas y colaboradores. Además, el estudio está acreditado para la impartición de certificados de profesionalidad en modalidad presencial y teleformación, así como para la impartición de la formación teórica vinculada al contrato para la formación y el aprendizaje.
Xxxxx apuesta por un modelo empresarial de innovación y mejora continua, que se adapte a las nuevas y constantes exigencias xxx xxxxxxx, respondiendo a las necesidades de nues- tros principales grupos de interés y gestionando de forma continua la responsabilidad social corporativa, dotando de transversalidad en el desarrollo de los procesos de trabajo e imple- mentando políticas y prácticas de empresas.
¿Cómo trabajamos?
Xxxxx está compuesto por personal que posee una alta cualificación y experiencia profe- sional acorde con las funciones que desempeña, un gran equipo multidisciplinar que tiene como principal premisa la satisfacción de alumnos y trabajadores en la experiencia de la formación.
En Málaga, Maude cuenta con dos sedes: el aulario de formación (C/Xxxxxx Cortés 9-11) y la sede de gestiones (C/San Xxxxxxx, 23). El proceso de trabajo fluido entre ambas hace más fácil la consecución de objetivos y buenos resultados, convirtiendo al estudio en referente en la ciudad y en el resto del territorio nacional.
El amplio claustro de profesores y tutores especialistas, permite asignar por alumno y materia a la persona más adecuada para la temática según su experiencia académica, docente y laboral. La implicación de los tutores con el alumno es total, llevando a cabo todas las bue- nas prácticas recomendadas para que su periodo de formación sea eficaz y beneficioso para él.
Tel: 000 000 000
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Nuestros valores
Proporcionar a nuestros alumnos las habilidades, las aptitudes y los conocimientos
para su mejora profesional
Apostar por un modelo flexible de formación basado en las
nuevas teorías pedagógicas y las tecnologías de
la información actuales
Asesorar a las empresas para que aumenten su competividad mediante la formación
continua
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Tel: 000 000 000
El contrato para la formación y el aprendizaje
El contrato para la formación y el aprendizaje tiene por objeto la cualificación profesional de los trabajado- res en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa con actividad formativa recibida en el marco del sistema de Formación Profesional para el Empleo o del sistema educativo.
Desde Xxxxx ofrecemos los siguientes servicios asociados al contrato para la formación y el aprendizaje:
Actividad formativa
Impartición y tutorización de los cursos.
Seguimiento y evaluación de la formación.
Servicio integral en la gestión documental
Cumplimentación y envío de la documentación necesaria para formalizar el contrato.
Gestión del registro de la
documentación en el SEPE.
Atención personalizada a
empresas y colaboradores
Resolución de dudas.
Actualización en normativa. Cumplimentación y registro de la documentación
Ventajas
Bonificaciones e incentivos
Xxxx xx Xxxxxx Joven
Si se contrata a un trabajador residente en Andalucía, menor de 30 años, con titulación e inscrito en la Garantía Juvenil se pueden obtener hasta 4.800 euros anuales adicionales.
Sistema Nacional de Garantía Juvenil
Cuando el trabajador esté inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil la cuantía máxima de las bonificaciones para financiar los costes formativos se eleva del 25 hasta el 50 % durante el primer año, y del 15 al 25 % el segundo y el tercer año de contrato, según la Orden ESS/41/2015 de 12 de enero.
Duración
Período mínimo de un año, prorrogable hasta tres.
(Dependiendo del plan formativo y la comunidad autónoma)
Edad
Para trabajadores mayores de 16 y menores de 30 años.
Ventajas para la empresa
Sin límite
No existe un límite de contratos
por empresa.
Sin mantenimiento
Esta modalidad de contrato NO exige mantenimiento del nivel de empleo alcanzado con la contratación.
Sin penalización
En caso de tener que despedir al trabajador, esta modalidad NO EXIGE la devolución de los beneficios aplicados en Seguri- dad Social o bonificación de la formación. Siempre y cuando el empresario respete las obliga- ciones del contrato.
Salario
Salario mínimo interprofesional, en proporción al tiempo de tra- bajo efectivo, según lo acorda- do en convenio colectivo.
Ventajas para el autónomo
El autónomo puede contratar a su hijo y beneficiarse de las bo- nificaciones y reducciones. Con la peculiaridad de no tener de- recho a desempleo si convive con él.
Coste cero
100% bonificado en cuotas a la Seguridad Social de la empresa y el trabajador, cuando se trate de trabajadores desempleados inscritos en la oficina de empleo, en empresas de 250 trabajado- res máximo. Reducción del 75% en empresas de más de 250 tra- bajadores. Bonificable el coste de la formación teórica1.
1Rigen las limitaciones de la sección I del Capítulo I de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre
Bonificación
Por la transformación de un contrato para la formación en indefinido en las cuotas empre- sariales de 1.500 euros anuales en caso de contratar hombres y 1.800 por la contratación de mu- jeres durante 3 años.
Bonificación adicional
Puede aplicar una bonificación adicional por las labores de tu- torización de empresa con una cuantía máxima de 1,5 euros por alumno y hora de tutoría, con un máximo de 40 horas por mes y alumno. En el supuesto de empresas de menos de cinco trabajadores la bonificación adi- cional tendrá una cuantía máxi- ma de 2 euros por alumno y hora de tutoría, con un máximo de 40 horas por mes y alumno.
Ventajas para el trabajador
• Prestación por desempleo.
• Cobertura total de la Seguridad Social y cobertura del Fondo de Garantía Salarial.
• Formación reglada acorde a la capacitación profesional con titulación expedida por el Ministerio de
Empleo.
Formación reglada
Con actividad formativa vinculada al puesto de trabajo desarrollado y durante la jornada labo- ral, vinculada a certificados de profesionalidad reconocida por el SEPE y Comunidades Autónomas, con validez a nivel europeo.
Bonificaciones y reducciones
¿Qué bonificaciones y reducciones ofrece el contrato para la
formación y el aprendizaje?
El contrato para la formación y el aprendizaje ofrece las siguientes bonificaciones:
• Cada mes la empresa podrá bonificarse el coste de la formación que recibe el trabajador.
• Cada mes podrá bonificar los costes de la tutorización en la empresa.
• Si el trabajador está incluido en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil tiene derecho a otra bonificación.
• La cotización del contrato de formación es fija y reducida, y asciende a 111,14 euros mensuales. Esta cantidad puede reducirse al 100 % (Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma xxx xxxxxxx laboral y requisitos fijados en la Ley 43/2006, de 29 de diciembre.) si la empresa tiene menos de 250 trabajadores (75 % si tiene 250 o más), se encuentra al día con Hacienda y la Seguridad Social y el trabajador está inscrito como demandante de empleo al firmar el contrato, entre otros requisitos.
Desglose de la cotización a la Seguridad Social
Según la Orden ESS/106/2017, de 9 febrero, esta es la cuantía de las diferentes contingencias que corresponde
a la cotización del contrato de formación y aprendizaje en 2018.
Concepto | Empresa | Trabajador | Total |
Contingencias comunes (formación) | 34,80 € | 6,94 € | 41,74 € |
Contingencias profesionales IT | 4,78 € | - | 4,78 € |
Fondo de Garantía Salarial | 2,64 € | - | 2,64 € |
Formación profesional | 1,28 € | 0,17 € | 1,45 € |
Desempleo | 47,22 € | 13,31 € | 60,53 € |
TOTAL | 90,72 € | 20,42 € | 111,14 € |
Base mínima diaria: 28,62 €
Base de cotización mensual : 858,60 €
Bonificación de la formación teórica vinculada al contrato
La formación teórica vinculada al contrato para la formación y el aprendizaje está totalmente bonificada, y a partir de 2016 los costes de bonificación se calculan según la jornada máxima pre- vista en el convenio colectivo (o, en su defecto, según la jornada máxima legal).
Sin embargo, los porcentajes dedicados a trabajo efectivo y for- mación seguirán siendo los mismos (75 % y 25 % respectivamente durante el primer año de contrato, 85 % y 15 % el segundo y tercer año).
Bonificación por tutorización
Cada trabajador tiene asignados dos tutores: uno dentro de la empresa y otro en el centro de formación, que deberán coordinar la actividad formativa y realizar su seguimiento.
Con el objetivo de incentivar el trabajo del tutor asignado dentro de la empresa a partir de 2016 se recibirá una bonificación adicional de entre 1,5 y 2 euros la hora, según la plantilla de la empresa, y hasta un máximo de 40 horas mensuales, según la orden ESS/41/2015 de 12 de enero.
Plantilla de la empresa | Máximo horas financiables | Financiación | TOTAL |
De 5 o más trabajadores | 40 h | 1,5 €/h | 60 € |
De 2 a 4 trabajadores | 40 h | 2 €/h | 80 € |
Obligaciones como tutor/a de empresa
Como tutor/a de empresa, eres responsable del seguimiento del acuerdo para la actividad forma- tiva anexo al contrato, de la coordinación de la actividad laboral con la actividad formativa, y de la comunicación con el centro de formación.
Más concretamente deberás:
• Realizar la comunicación con el centro de formación a través del tutor del centro de formación.
• Coordinar con el tutor del centro de formación la elaboración del programa de formación co- rrespondiente a la actividad formativa inherente al contrato.
En dicho programa se determinaran, entre otros aspectos, los resultados de aprendizaje que serán objeto de adquisición en el centro de formación y en la empresa, así como los criterios a evaluar en ambos escenarios.
• Realizar el seguimiento del acuerdo para la actividad formativa, atendiendo al trabajador con la periodicidad que se establezca, durante el periodo de trabajo efectivo en la empresa, con el objeto de valorar el desarrollo del programa y establecer los apoyos formativos necesarios.
• Colaborar con el tutor del centro de formación en la evaluación del aprendizaje desarrollado durante el tiempo del contrato y al término del mismo.
• Velar para que el trabajador cumpla los correspondientes protocolos de seguridad y prevención de riesgos laborales asociados a los diferentes puestos de trabajo y aprendizaje, suministrando el asesoramiento necesario.
• Facilitar al personal autorizado de los Servicios Públicos de Empleo el acceso a las instalaciones, así como a toda la documentación de carácter técnico y administrativo que tenga relación con la actividad, a requerimiento de los mismos, sometiéndose a las actuaciones de supervisión y control, que en cualquier momento, puedan realizarse por la Administración, colaborando con las tareas de seguimiento y control.
• Elaborar, al finalizar la actividad laboral de la persona trabajadora, un informe sobre el desempe- ño del puesto de trabajo y los resultados de aprendizaje alcanzados en la empresa.
Como tutor/a de empresa debes saber que el alumno debe cumplir con las siguientes obligacio- nes durante la formación para poder obtener la titulación oficial correspondiente.
El trabajador contratado mediante contrato de formación y aprendizaje, deberá tener asignado desde el momento en que se gestiona el contrato, el tutor de empresa. Este tutor cobra especial importancia con el contrato de formación en modalidad de teleformación, siendo una pieza clave en la formación del trabajador, y cuya predisposición puede ser de gran ayuda para que el trabajador en formación esté motivado y adquiera los conocimientos prácticos con su contrato.
Características que debe tener el tutor de empresa o centro de trabajo
• Este tutor, deberá estar en su mismo centro de trabajo, y su jornada deberá coincidir con la del trabajador que tutoriza.
• Podrá ser el autónomo, el administrador de la empresa o una persona designada por éste, siem- pre y cuando cuente con la cualificación adecuada. Es decir, tenga la experiencia en el puesto de trabajo que va a desempeñar el trabajador o formación que permitan guiarle durante el periodo de vigencia del contrato de formación.
Plan de Garantía Juvenil
Cuando el trabajador esté inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil la cuantía máxima de las bonificaciones para financiar los costes formativos se eleva del 25 hasta el 50 % durante el primer año, y del 15 al 25 % el segundo y el tercer año de contrato, según la Orden ESS/41/2015 de 12 de enero.
El día 24 de diciembre de 2016 se publicó el Real Decreto Ley 6/2016, de 23 de diciembre, de medidas
urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Esta norma flexibiliza los requisitos para que más jóvenes puedan beneficiarse de las medidas dispuestas para los inscritos en el Fichero de Garantía Juvenil.
¿Cuáles son los requisitos para inscribirse en Garantía Juvenil?
• Tener nacionalidad española, ser ciudadano de la UE o tener permiso de residencia.
• Estar empadronado en territorio español.
• Tener más de 16 años y menos de 30 (límite no aplicable a personas con discapacidad reconocida).
• Presentar una declaración expresa de su interés en participar en Garantía Juvenil.
Diferencias respecto al sistema anterior:
• No haber trabajado el día anterior a la presentación de la solicitud (antes se requerían 30 días naturales).
• No haber realizado acciones educativas o formativas el día natural anterior a la solicitud (antes se establecía un plazo que varíaba entre 30 y 90 días naturales).
• El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) incluye de forma automática a todos los jóvenes inscritos como demandantes de empleo que cumplan con los requisitos. Estos podrán ser inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil incluso con efecto retroactivo, en el caso de que hubieran participado o estén participando en alguna de las actuaciones previstas por el Sistema.
Ahora las reducciones en las cuotas a la Seguridad Social se convierten en bonificaciones
Cuando el trabajador esté inscrito en el Sistema de Garantía Juvenil, se deberá aplicar una bonificación del 100% del importe de los Seguros Sociales, en lugar de una reducción, que es lo que se hace habitualmente.
Por esta modificación será necesario confirmar si los trabajadores que se van a contratar bajo esta modalidad contractual se encuentran inscritos en el Fichero de Nacional de Garantía Juvenil.
La Seguridad Social dictará las pautas para realizar estas bonificaciones e introducir las modificaciones que considere necesarias para la correcta aplicación de las mismas. De igual modo, los programas de nóminas deberán realizar las correspondientes actualizaciones.
Sólo se produce un cambio de aplicación, el nuevo contrato sigue teniendo los mismos beneficios.
Trámites
“La actividad formativa del contrato para la formación y el aprendizaje será autorizada previamente a su inicio por el Servicio Público de Empleo competente”
» Artículo 16.7 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual y artículo 6 de la Orden ESS/2518/2013, de 26 de diciembre).
Autorización de inicio de la formación
Envío x Xxxxx de la solicitud, en la cual debe facilitar los datos correspondientes al perfil de la empresa y del trabajador, así como el puesto a desempeñar, para que podamos comprobar que la formación asigna- da es la más adecuada y revisemos que se cumplan los requisitos para la realización del contrato.
Registro telemático de la solicitud autorización para la actividad formativa:
Documentación que debe aportar el trabajador:
• Fotocopia de DNI.
• Aportar certificados de estudios (graduado en ESO o equivalente, Bachillerato, etc para casos en los que la formación vinculada sea de nivel 2 o 3).
Xxxxx realizará al Servicio de Empleo de la Comunidad Autónoma correspondiente el registro telemático de la solicitud de autorización para la actividad formativa del contrato, con los datos del contrato y de la formación.
Desde el Servicio de Empleo correspondiente tendrán que confirmar la autorización, como máximo, en el plazo de un mes.
El resguardo del registro se le enviará al cliente junto a la planificación de la formación registrada, indicán- dole cuáles son las fechas previstas de inicio-fin del contrato y fecha prevista inicio-fin de la formación re- gistradas, recordándole que no se podrá realizar el alta del trabajador antes de obtener la autorización, es imprescindible tenerla para formalizar el contrato (artículo 16 del RDL 1529/2012).
Si la solicitud presentada no reuniera los requisitos exigidos, se notificará para que en el plazo que se indique, el solicitante subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos. Si el plazo no se cumpliese o si no se aporta la documentación o información necesaria para la subsanación, se tendrá por desistida la peti- ción de autorización.
Importante:
No debes realizar el alta antes de obtener la autorización, ya que es imprescindible tenerla para formalizar el contrato (artículo 16 del RDL 1529/2012).
En cuanto nuestro centro obtenga la autorización de inicio, que permite incluir al trabajador en la actividad formativa, se comunicará que se puede realizar el alta del contrato, recordándole cuál debe ser la fecha de alta (fecha que se comunicó en su día en el registro de la autorización).
Registro al Servicio de Empleo de la Comunidad Autónoma correspondiente y a la Delegación xxx XXXX la formalización del Contrato y su Anexo.
Cuando la empresa/asesoría realice el alta del trabajador deberá enviarnos el IDC del alta con la fecha que se le indicó, Xxxxx cumplimentará y enviará a la empresa/asesoría el modelo 421 del contrato, la domici- liación bancaria y documento de las bonificaciones de la formación.
La empresa deberá comunicar la formalización del contrato y su Anexo, en el plazo xx xxxx días desde la fecha de la formalización del alta del trabajador, a la Delegación Territorial y Delegación xxx XXXX de su Comunidad Autónoma, de no hacerlo en tiempo y forma, procederán a la desestimación del expediente según el art. 7 del R.D. 1529/2012, de 8 de noviembre. Dichos registros los realizará Xxxxx y para ello debe- rán enviarnos lo antes posible la documentación:
• Anexo I: firma-sello de la empresa, firma del trabajador en todas las hojas en el margen izquierdo y donde proceda.
• Planificación de la formación: firma-sello de la empresa, firma del trabajador donde proceda.
• Mod. 421 de contrato: firma-sello de la empresa, firma del trabajador donde proceda.
• Comunicación del registro del contrato de trabajo al Servicio de Empleo.
• Domiciliación bancaria: firma-sello de la empresa donde proceda.
Xxxxx enviará a la empresa/asesoría los justificantes de ambos registros una vez realizados.
En la tesorería general de la Seguridad Social
Solicitar el Código de Cuenta de Cotización (C.C.C.) específico para el contrato de formación: Modelo TA-
7. Acompañado del TA-6 (nº de cuenta principal de la empresa).
Presentar parte de alta (modelo TA-2) del trabajador con carácter previo al inicio del contrato (TA-1, si el trabajador no tiene número de afiliación).
Formación
Nuestras sedes:
Xxxxx está acreditado por el Servicio de Empleo Público (SEPE) en teleformación, además dispone de centros presenciales acreditados y acuerdos con centros colaboradores presenciales en toda la geografía española.
Málaga
X/ Xxxxxx Xxxxxx 0-00, 00000
Xxxxx Xxxx xx Xxxxxxxx
Xx. Xxxxx, 00, 00000
Xxxxxxxxx
X/ Xxxxxxx 0, 00000
Xxxxxx, Xxxxx dispone de centros colaboradores de ámbito nacional, donde el alumno-trabajador puede realizar las sesiones presenciales vinculadas a su formación.
Póngase en contacto con nosotros para más información
952 225 571
¿Qué titulación obtienen los alumnos-trabajadores?
El alumno-trabajador contratado para la formación obtendrá un Certificado de Profesionalidad: título oficial de formación reglada con validez oficial en todo el territorio nacional gracias al respaldo del Sistema Públi- co de Empleo, este documento acredita qu e la persona trabajadora cuenta con todas las competencias necesarias para desarrollar una actividad profesional de manera solvente.
Además, se formará en materias complementarias de aplicación en su puesto de trabajo de las que obten- drán una titulación o la posibilidad de obtener una certificación oficial en un idioma.
¿Qué características debe tener el alumno-trabajador?
Competencias básicas tecnológicas y acceso a internet para poder formarse en teleformación. Esta mo- dalidad formativa permite al trabajador acceder a todo el contenido de su actividad formativa a través de una plataforma virtual.
En función a la ocupación se exigen unos requisitos de titulación mínimos para poder acceder al certificado de profesionalidad.
Compromiso activo con la formación ya que al ser un título oficial la Administración realizará un seguimiento exhaustivo de toda la formación.
Xxxxx pone a disposición de alumnado y empresas herramientas suficientes para que el alumnado com- plete la formación satisfactoriamente, informando en todo momento al tutor de empresa del estado de los alumnos-trabajadores.
Información importante
• Al impartirse la formación mediante teleformación, el trabajador deberá tener las competencias tecnoló- gicas básicas para realizar una formación online y tener acceso a Internet. Xxxxx Studio pone a disposición del alumno un teléfono gratuito de consultas y asesoramiento para que la formación se lleve a cabo con éxito.
• El Servicio de Empleo Público, al ser un título oficial el que obtendría el trabajador si supera la formación, vigila el cumplimiento de todos los aspectos relacionados con esta, así como la participación activa por parte del alumno.
• La formación, al igual que venía siendo hasta ahora, se convierte en una parte fundamental del contrato, por lo que debe ser realizada por el trabajador.
• La empresa debe comprometerse a respetar el tiempo de formación del trabajador tal y como es forma- lizado en el contrato.
¿Cuáles son las características de los cursos de certificados
de profesionalidad impartidos por Xxxxx?
Medio: Plataforma de formación virtual
La formación se realizará a través de una platafor- ma de formación virtual acreditada por el servicio de empleo estatal a la que accederá a numerosos recursos didácticos, contenidos interactivos y he- rramientas de comunicación que garantizarán un aprendizaje, contextualizado, colaborativo y de ca- lidad.
El alumnado tiene acceso además a recursos com- plementarios como zona para organizar su forma- ción y estudio, consulta de progresos, notas, fechas de entrega y realización de casos prácticos y prue- bas evaluativas.
Tutor-formador
Tendrán un tutor-formador asignado que realizarán labores de orientación y de apoyo a los procesos de aprendizaje, dando respuesta a los problemas que puedan surgir y a las consultas realizadas, mante- niendo un tiempo de demora no superior a 48 horas laborables.
Estas tutorías podrán ser individuales o colectivas cuando sea necesaria la intervención directa del tutor-formador con los alumnos, y podrán realizarse de forma asíncrona o síncrona. En este último caso se establecerá un horario para la participación co- mún.
Evaluación
Los tutores-formadores llevarán a cabo la evalua- ción durante el proceso de enseñanza-aprendizaje de cada módulo formativo y al final del mismo, te- niendo en cuenta lo establecido en la planificación de la evaluación.
Según el caso también realizarán tutorías presencia- les para afianzar conocimientos teórico-prácticos.
El alumno tendrá que hacer un examen presencial por cada módulo formativo del certificado de pro- fesionalidad vinculado a la ocupación en la que esté trabajando.
Tanto las tutorías presenciales como el examen pre- sencial lo podrán realizar en uno de nuestros centros ya sean propios o de nuestra red de centros cola- boradores.
Cada módulo aprobado supondrá una acredita- ción parcial oficial, y una vez supere todos los mó- dulos podrá conseguir su certificado de profesiona- lidad.
Prácticas
En esta modalidad contractual, el módulo de for- mación práctica en el centro de trabajo queda convalidada con el trabajo efectivo desempeñado por el alumno en la empresa a través de su contrato de formación.
¿Cómo es la distribución de horas laborales y formativas?
La distribución de horas se realizará de forma flexible, la distribución mas frecuente y que garantiza una homogeneidad trabajo/formación 10 horas formativas y 30 horas de trabajo a la semana (6 horas dirarias de trabajo y 2 horas de formación)
La normativa indica que las actividades formativas podrán concentrarse, en los términos que acuerden de forma expresa las partes contratantes, en determinados periodos de tiempo respecto a la actividad laboral durante la vigencia del contrato. De esta forma, podrán organizarse con una distribución temporal flexible que en todo caso debe garantizar que el trabajador pueda cursar los módulos del certificado de profesionalidad.
En este sentido y en función de las necesidades organizativas de la empresa, el alumno-trabajador tam- bién podrá acumular la formación en los días de menor actividad laboral, trabajando hasta un total de 8 horas los días de más actividad, como es el caso de un bar, comercio o empresa del sector servicios.
Normativa
• Ley 43/2006, de 29 de diciembre. Rigen las limitaciones de la sección I del Capítulo I
• Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma xxx xxxxxxx laboral. Artículo 11, aparta- do 2, del Texto Refundido de la ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx.
• Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.
• Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.
• Orden ESS/41/2015, de 12 de enero, por la que se modifica la Orden ESS/2518/2013, de 26 de diciembre.
• Real Decreto 189/2013, de 15 xx xxxxx, por el que se modifica el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen cer- tificados de profesionalidad dictados en su aplicación.
Documentación vigente
Le indicamos los documentos necesarios para la tramitación de un contrato para la formación y el apren- dizaje:
• Solicitud de trámite. Documento donde aparecen los datos correspondientes a la empresa y trabajador, el puesto a desempeñar, nivel del alumno y otros datos necesarios para poder realizar el trámite de autori- zación y registro
• Anexo I: acuerdo para la actividad formativa del contrato para la formación y elaprendizaje.
• Modelo contrato 421: contrato de trabajo para la formación y el aprendizaje.
• Domiciliación bancaria. Cuenta bancaria autorizada por la empresa, para realizar el pago de la forma- ción.
Ocupaciones y certificados disponibles
Niveles | |
Nivel | Titulación exigida |
1 | No se exigirán requisitos académicos ni profesionales |
2 | Título de Educación Secundaria Obligatoria (ESO), Prueba de Acceso a CFGM o de Universidad para mayores de 25 años o Certificado de Profesionalidad del mismo nivel o de nivel 1 (de la familia profesional) |
3 | Título de Bachillerato, Prueba de Acceso a CFGS o a la Universidad para mayores de 25 y/o 45 años, o Certificado de Profesionalidad del mismo nivel o de nivel 2 (de la misma familia profesional) |
Nota:
El alumno deberá contar con las competencias tecnológicas mínimas para poder realizar la formación online. Nuestro equipo realiza una prueba inicial para comprobarlo.
Administración y gestión | |
Certificado | Nivel |
ADGG0208 - Actividades administrativas en la relación con el cliente | 2 |
Ocupaciones | CNO |
Empleados administrativos de los servicios de almacenamiento y recepción | 41211056 |
Operadores-grabadores de datos en ordenador | 43011025 |
Azafatos o auxiliares de información | 44121011 |
Recepcionistas en establecimientos distintos de oficinas, en general | 44121048 |
Recepcionistas-telefonistas en oficinas, en general | 44121057 |
Operadores de central telefónica | 44231013 |
Empleados administraticos con tareas de atención al público no clasificados bajo otros epígrafes | 45001019 |
Certificado | Nivel |
ADGG0408 - Operaciones Auxiliares de Servicios Administrativos y Generales | 1 |
Ocupaciones | CNO |
Teleoperadores/as | 44241016 |
Clasificadores/as - repartidores/as de correspondencia | 42211011 |
Recepcionistas - telefonistas en oficinas, en general | 44121057 |
Ordenanzas | 94311020 |
Operadores/as de central telefónica | 44231013 |
Taquilleros/as | 55001036 |
Empleado/a de ventanilla de correos | 44461010 |
Certificado | Nivel |
ADGD0208 - Gestión integrada de recursos humanos | 3 |
Ocupaciones | CNO |
Empleados de servicio de personal | 42231017 |
Técnicos superiores en recursos humanos, en general | 26241050 |
Certificado | Nivel |
ADGD0308 - Actividades de Gestión Administrativa | 2 |
Ocupaciones | CNO |
Empleados administrativos de contabilidad, en general | 41111011 |
Empleados administrativos comercial, en general | 41221011 |
Empleados administrativos, en general | 43091029 |
Empleados administrativos con tareas de atención al público no clasificado bajo otros epígrafes | 45001019 |
Certificado | Nivel |
ADGD0108 - Gestión contable y gestión administrativa para auditoría | 3 |
Ocupaciones | CNO |
Técnicos superiores en contabilidad y/o finanazas en general | 26111052 |
Técnicos de apoyo en audotoría y/o operaciones financieras | 34021022 |
Empleados administrativos en general | 41111011 |
Certificado | Nivel |
ADGD0110 - Asistencia en la gestión de los procedimientos tributarios | 3 |
Ocupaciones | CNO |
Agentes tributarios | 36211014 |
Otros profesionales de apoyo de la administración pública para tareas de inspección, control y tareas similares | 36291018 |
Comercio y Marketing | |
Certificado | Xxxxx |
XXXX0000 - Actividades auxiliares xx xxxxxxx | 1 |
Ocupaciones | CNO |
Conductores-operadores de carretilla elevadora, en general | 83331015 |
Embaladores/as-empaquetadores/as-etiquetadores/as, a mano | 97001010 |
Mozos de carga y descarga, almacén y/o xxxxxxx xx xxxxxxx | 98111024 |
Peones del transporte, en general | 98111060 |
Reponedor/a | 98201011 |
Reponedores/as de Hipermercado | 98201011 |
Embaladores/as - Empaquetadores/as - Etiquetadores/as a mano | 97001010 |
Repartidor a domicilio, a pie | 94331026 |
Certificado | Xxxxx |
XXXX0000 - Actividades auxiliares de comercio | 1 |
Ocupaciones | CNO |
Reponedores/as de hipermercado | 98201011 |
Reponedor/a | 98201011 |
Repartidores/as de proximidad, a pie | 94331026 |
Embaladores/as-empaquetadores/as- etiquetadores/as, a mano | 97001010 |
Certificado | Nivel |
CMOV0108 - Actividades de Venta | 2 |
Ocupaciones | CNO |
Teleoperadores | 44241016 |
Vendedores por Teléfono | 00000000 |
Cajeros de Comercio | 55001018 |
Dependientes de Tejidos y Prendas de Vestir | 52201018 |
Dependientes de Ropa de Hogar | 52201325 |
Dependientes de Perfumería y Droguería | 52201251 |
Dependientes de Peletería | 52201240 |
Dependientes de Muebles y Artículos de Decoración | 52201213 |
Dependientes de Juguetería | 52201176 |
Dependientes de Grandes Superficies | 52201143 |
Dependientes de Electrodomésticos | 52201091 |
Dependientes de Comercio, en general | 52201079 |
Dependientes xx Xxxxxxx y Artículos xx Xxxx | 52201057 |
Dependientes de Artículos de Regalo | 52201046 |
Dependientes de Deporte, Caza y Pesca | 52201013 |
Empleados del área de atención al cliente | 44111018 |
Certificado | Nivel |
CMOT0411 - Gestión Comercial de Ventas | 3 |
Ocupaciones | CNO |
Vendedores/as no clasificados bajo otros epígrafes | 54991013 |
Encargados/as xx Xxxxxx | 52101034 |
Representantes de Comercio en general | 35101037 |
Delegados/as Comerciales, en general | 35101028 |
Agentes Comerciales | 35101019 |
Vendedores Técnicos, en general | 26401047 |
Hostelería y turismo | |
Certificado | Xxxxx |
XXXX00000 - Operaciones Básicas de Pisos en Alojamientos | 1 |
Ocupaciones | CNO |
Mozos de Habitación o Valets | 92101049 |
Camareros de Piso (Hostelería) | 92101027 |
Certificado | Xxxxx |
XXXX0000 - Gestión de Pisos y Limpieza en Alojamientos | 3 |
Ocupaciones | CNO |
Encargados de Lencería y Lavandería (Hostelería) | 58311026 |
Gobernantes (Hostelería) | 58311035 |
Certificado | Xxxxx |
XXXX0000 - Recepción de Alojamientos | 3 |
Ocupaciones | CNO |
Conserje de Hotel | 58331013 |
Recepcionista de Hotel | 44221010 |
Certificado | Nivel |
HOTG108 - Creación y Gestión de Viajes Combinados y Evento | 3 |
Ocupaciones | CNO |
Técnicos de Productos en Agencias de Viaje | 44211053 |
Técnicos de Promoción en Agencias de Viaje | 44211062 |
Técnicos de Ventas en Agencias de Viaje | 44211071 |
Certificado | Nivel |
HOTR0208 - Operaciones Básicas de Restaurante y Bar | 1 |
Ocupaciones | CNO |
Ayudantes de Servicios de Hostelería | 92101016 |
Certificado | Xxxxx |
XXXX0000 - Servicios de Restaurante | 2 |
Ocupaciones | CNO |
Camareros y Cocineros Propietarios | 50001017 |
Camareros xx Xxxx o Jefes de Rango | 51201038 |
Camareros, en general | 51201049 |
Certificado | Nivel |
HOTR0108 - Operaciones Básicas de Cocina | 1 |
Ocupaciones | CNO |
Piches de Cocina | 93101024 |
Marmitones | 93101013 |
Encargados de Economato y Bodega (Hostelería) | 52101012 |
Certificado | Xxxxx |
XXXX0000 - Operaciones Básicas de Pastelería | 1 |
Ocupaciones | CNO |
Reposteros - Pasteleros (Hostelería) | 51101071 |
Galleteros | 77031020 |
Pasteleros | 77031048 |
Trabajadores de la Elaboración de Caramelos y Dulces | 77031057 |
Certificado | Xxxxx |
XXXX0000 - Cocina | 2 |
Ocupaciones | CNO |
Jefes de cocina (hostelería) | 37341015 |
Camareros y cocineros propietarios | 50001017 |
Cocineros, en general | 51101026 |
Certificado | Nivel |
HOTR0508 - Servicios de bar y cafetería | 2 |
Ocupaciones | CNO |
Camareros y cocineros propietarios | 50001017 |
Bármanes | 50001016 |
Camareros xx xxxxx y/o dependientes de cafetería | 51201027 |
Jefes xx xxxxx o cafetería | 51201050 |
Certificado | Nivel |
HOTG0208 - Venta de productos y servicios turísticos | 3 |
Ocupaciones | CNO |
Técnicos de productos en agencias de viaje | 44211053 |
Técnicos de promoción en agencias de viaje | 44211062 |
Técnicos de ventas en agencias de viaje | 44211071 |
Técnicos en agencia de viaje | 44211080 |
Imagen Personal Certificado presencial en Málaga. | |
Certificado | Xxxxx |
XXXX0000 - Asesoría integral de imagen personal | 3 |
Ocupaciones | CNO |
Asesores de imagen | 26511012 |
Ambientadores de vestuarios | 37391010 |
Estilistas | 58121049 |
Certificado | Xxxxx |
XXXX0000 - Maquillaje integral | 3 |
Ocupaciones | CNO |
Maquilladores | 58121058 |
Certificado | Xxxxx |
XXXX0000 - Tratamientos estéticos | 3 |
Ocupaciones | CNO |
Esteticistas | 58121030 |
Manicuros y/o pedicuros | 58121067 |
Certificado | Nivel |
IMPP0208 - Servicios estéticos de higiene depilación y maquillaje | 2 |
Ocupaciones | CNO |
Esteticistas | 58121030 |
Maquilladores | 58121058 |
Certificado | Xxxxx |
XXXX0000 - Peluquería técnico-artística | 3 |
Ocupaciones | CNO |
Peluqueros xx xxxxxxxxxx | 58111019 |
Peluqueros de señoras | 58111028 |
Peluqueros unisex | 58111037 |
Certificado | Xxxxx |
XXXX0000 - Peluquería | 2 |
Ocupaciones | CNO |
Peluqueros xx xxxxxxxxxx | 58111019 |
Peluqueros de señoras | 58111028 |
Peluqueros unisex | 58111037 |
Certificado | Xxxxx |
XXXX0000 - Servicios auxiliar de estética | 1 |
Ocupaciones | CNO |
Esteticista | 58121030 |
Certificado | Nivel |
IMPQ0108 - Servicios auxiliar de peluquería | 1 |
Ocupaciones | CNO |
Peluqueros unisex | 58111037 |
Certificado | Nivel |
IMPP0108 - Cuidados estéticos de manos y pies | 2 |
Ocupaciones | CNO |
Manicura y/o pedicura | 58121067 |
Informática y comunicaciones | |
Certificado | Xxxxx |
XXXX0000 - Confección y Publicación de Páginas Webs | 2 |
Ocupaciones | CNO |
Diseñadores de Páginas Webs | 27131015 |
Certificado | Nivel |
IFCT0108 - Operaciones Auxiliares de Montaje y Mantenimiento de Sistemas Microinformáticos | 1 |
Ocupaciones | CNO |
Electrónicos - Ajustadores de Ordenadores y Microprocesadores | 75331049 |
Certificado | Nivel |
IFCT0209 -Sistemas Microinformáticos | 2 |
Ocupaciones | CNO |
Técnicos en Sistemas Microinformáticos | 38121023 |
Certificado | Nivel |
IFCT0309 - Montaje y reparación de Sistemas Microinformáticos | 2 |
Ocupaciones | CNO |
Técnicos en Sistemas Microinformáticos | 38121023 |
Servicios socioculturales y a la comunidad | |
Certificado | Xxxxx |
XXXX0000 - Limpieza de Superficies y Mobiliario en Xxxxxxxxx x Xxxxxxx | 0 |
Xxxxxxxxxxx | XXX |
Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx | 92231012 |
Personal de Limpieza o Limpiador, en general | 92101050 |
Cristalero de edificios | 72931013 |
Certificado | Xxxxx |
XXX0000 - Atención Sociosanitaria a Personas en el Domicilio | 2 |
Ocupaciones | CNO |
Asistentes Domiciliarios | 57101013 |
Certificado | Xxxxx |
XXX0000 - Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en Instituciones Sociales | 2 |
Ocupaciones | CNO |
Cuidadores de Personas con Discapacidad y/o Dependencia, en Instituciones | 56291025 |
Certificado | Xxxxx |
XXXX0000 - Dinamización de Actividades de tiempo libre, educativo infantil y juvenil | 2 |
Ocupaciones | CNO |
Monitores de educación y tiempo libre | 37241034 |
Certificado | Nivel |
SSCE0110 - Docencia de la Formación Profesional para el empleo | 3 |
Ocupaciones | CNO |
Formador de Formadores | 23211034 |
Formador de Formación no reglada | 23291010 |
Formador de Formación para el empleo | 23291029 |
xxx.xxxxxxxxxxx.xxx xxxx@xxxxxxxxxxx.xxx 952 225 571
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