N°.LPRNO-34-AMDC-48-2014
Alcaldía Municipal del Distrito Central
Documento para la Contratación de Obras por Licitación Privada Nacional (LPrN)
“AMPLIACIÓN 1ERA CALLE COL. SAN XXXXXXX, TEGUCIGALPA” CÓDIGO N 521
N°.LPRNO-34-AMDC-48-2014
CONTRATANTE: ALCALDÍA MUNICIPAL DEL DISTRITO CENTRAL TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS.
Septiembre 2014.
ÍNDICE GENERAL
Sección I. Instrucciones a los Oferentes 1
SECCIÓN II. DATOS DE LA LICITACIÓN (DDL) 17
Sección IV. Formularios de la Oferta 23
Sección V. Condiciones Generales del Contrato 35
Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato 64
Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 79
Sección VIII. Planos 129
Sección IX. Lista de Cantidades 132
Sección X. Formularios de Garantía 133
SECCIÓN I. INSTRUCCIONES A LOS OFERENTES ÍNDICE DE CLÁUSULAS
Índice de Cláusulas
4. Decisiones del Gerente de Obras 40
10. Riesgos del Contratante y del Contratista 41
11. Riesgos del Contratante 41
12. Riesgos del Contratista 42
14. Informes de investigación del Sitio de las Obras 43
15. Consultas acerca de las Condiciones Especiales del Contrato 43
16. Construcción de las Obras por el Contratista 43
17. Terminación de las Obras en la fecha prevista 43
18. Aprobación por el Gerente de Obras 43
21. Toma de posesión del Sitio de las Obras 44
22. Acceso al Sitio de las Obras 44
23. Instrucciones, Inspecciones y Auditorías 44
25. Procedimientos para la solución de controversias 45
26. Recursos contra la resolución del Contratante 45
28. Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación 46
29. Aceleración de las Obras 46
30. Xxxxxxx ordenadas por el Gerente de Obras 46
31. Reuniones administrativas 46
33. Identificación de Defectos 47
37. Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra) 49
40. Pagos de las Variaciones 49
41. Proyecciones de Flujo de Efectivos 50
E. Finalización del Contrato 55
54.Terminación de las Obras 55
57. Manuales de Operación y de Mantenimiento 57
58. Terminación del Contrato 57
60. Pagos posteriores a la terminación del Contrato 61
62. Liberación de cumplimiento 62
Instrucciones a los oferentes (IAO)
A. Disposiciones generales
1. Alcance de la licitación
1.1 La Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC) invita a presentar ofertas para la construcción de las obras que se describen en los DDL y en la Sección VI, “Condiciones Especiales del Contrato” (CEC). El nombre y los números de código e identificación del proceso están especificados en los DDL y en las CEC.
1.2 El oferente seleccionado deberá terminar las obras en la fecha prevista de terminación especificada en los DDL y en la subcláusula 1.1 (q) de las CEC.
1.3 En estos documentos de licitación:
(a) el término “por escrito” significa comunicación en forma escrita (por ejemplo, por correo, por correo electrónico, facsímile, télex) con prueba de recibido;
(b) si el contexto así lo requiere, el uso del “singular” corresponde igualmente al “plural” y viceversa; y “día” significa día calendario.
1.4 La Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC) no está obligado a aceptar ninguna propuesta y se reserva el derecho de anular el proceso de licitación en cualquier momento antes de la adjudicación del contrato, sin que incurra en ninguna obligación con los oferentes.
2. Fuente de fondos
2.1 La contratación a que se refiere esta licitación se financiará exclusiva y totalmente con recursos de la
Alcaldía Municipal del Distrito Central.
3. Fraude y corrupción
3.1 El Estado de Honduras exige a todos los organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o personas oferentes por participar o participando en procedimientos de contratación, incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, contratistas, consultores y concesionarios (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes), observar los más altos niveles éticos durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Los actos de fraude y corrupción están prohibidos.
3.2 Si se comprobare que ha habido entendimiento malicioso entre dos o más oferentes, las respectivas ofertas no serán consideradas, sin perjuicio de la responsabilidad legal en que éstos hubieren incurrido.
3.3 Los actos de fraude y corrupción son sancionados por la Ley de Contratación del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad en que se pudiera incurrir conforme al Código Penal.
4. Oferentes elegibles
4.1 Podrán participar en esta licitación únicamente empresas hondureñas, que teniendo plena capacidad de ejercicio, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias siguientes:
(a) Xxxxx sido condenados mediante sentencia firme por delitos contra la propiedad, delitos contra la fe pública, cohecho, enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, malversación de caudales públicos o contrabando y defraudación fiscal, mientras subsista la condena. Esta prohibición también es aplicable a las sociedades mercantiles u otras personas jurídicas cuyos administradores o representantes se encuentran en situaciones similares por actuaciones a nombre o en beneficio de las mismas;
(b) Haber sido declarado en quiebra o en concurso de acreedores, mientras no fueren rehabilitados;
(c) Ser funcionarios o empleados, con o sin remuneración, al servicio de los poderes del Estado o de cualquier institución descentralizada, municipalidad u organismo que se financie con fondos públicos, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 258 de la Constitución de la República;
(d) Haber dado lugar, por causa de la que hubiere sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración o a la suspensión temporal en el Registro de Proveedores y Contratistas en tanto dure la sanción. En el primer caso, la prohibición de contratar tendrá una duración de dos (2) años, excepto en aquellos casos en que haya sido objeto de resolución en sus contratos en dos ocasiones, en cuyo caso la prohibición de contratar será definitiva;
(e) Ser cónyuge, persona vinculada por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de cualquiera de los funcionarios o empleados bajo cuya responsabilidad esté la precalificación de las empresas, la evaluación de las propuestas, la adjudicación o la firma del contrato;
(f) Tratarse de sociedades mercantiles en cuyo capital social participen funcionarios o empleados públicos que tuvieren influencia por razón de sus cargos o participaren directa o indirectamente en cualquier etapa de los procedimientos de selección de contratistas. Esta prohibición se aplica también a las compañías que cuenten con socios que sean cónyuges, personas vinculadas por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de los funcionarios o empleados a que se refiere el literal anterior, o aquellas en las que desempeñen, puestos de dirección o de representación personas con esos mismos grados de relación o de parentesco;
(g) Xxxxx intervenido directamente o como asesores en cualquier etapa de los procedimientos de contratación o haber participado en la preparación de las especificaciones, planos, diseños o términos de referencia, excepto en actividades de supervisión de construcción; y,
(h) Estar suspendido del Registro de Proveedores y Contratistas o tener vigente sanción de suspensión para participar en procedimientos de contratación administrativa.
4.2 Los oferentes deberán proporcionar al contratante evidencia satisfactoria de su continua elegibilidad, en los términos establecidos en las IAO, cuando el contratante razonablemente la solicite.
5. Calificaciones del oferente
5.1 Sólo se considerarán las ofertas de los oferentes precalificados para la adjudicación del contrato.
5.2 Las ofertas presentadas por un consorcio constituido por dos o más empresas deberán cumplir con los siguientes requisitos, a menos que se indique otra cosa en los DDL:
(a) todos los integrantes del consorcio deben ser empresas precalificadas para la adjudicación del contrato.
(b) la oferta deberá ser firmada de manera que constituya una obligación legal para todos los socios;
(c) todos los socios serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del contrato de acuerdo con las condiciones del mismo;
(d) uno de los socios deberá ser designado como representante y autorizado para contraer responsabilidades y para recibir instrucciones por y en nombre de cualquier o todos los miembros de del consorcio;
(e) la ejecución de la totalidad del contrato, incluyendo los pagos, se harán exclusivamente con el socio designado;
(f) con la oferta se deberá presentar el acuerdo de consorcio firmado por todas las partes.
5.3 Los oferentes deberán confirmar en sus ofertas que la información presentada originalmente para precalificar permanece correcta a la fecha de presentación de las ofertas o, de no ser así, incluir con su oferta cualquier información que actualice su información original de precalificación. La confirmación o actualización de la información deberá presentarse en los formularios pertinentes incluidos en la Sección IV.
5.4 Si la persona que suscriba la oferta no es la misma que suscribió la solicitud de calificación, el oferente deberá incluir con su oferta, el poder otorgado a quien suscriba la oferta autorizándole a comprometer al oferente;
5.5 Todos los oferentes deberán presentar en la Sección IV, “Formularios de la oferta”, una descripción preliminar del método de trabajo y cronograma que proponen, incluyendo planos y gráficas, según sea necesario.
6. Una oferta por oferente
6.1 Cada oferente presentará solamente una oferta, ya sea individualmente o como miembro de un consorcio. El oferente que presente o participe en más de una oferta (a menos que lo haga como subcontratista o en los casos cuando se permite presentar o se solicitan propuestas alternativas) ocasionará que todas las propuestas en las cuales participa sean rechazadas.
7. Costo de las propuestas
7.1 Los oferentes serán responsables por todos los gastos asociados con la preparación y presentación de sus ofertas y el contratante en ningún momento será responsable por dichos gastos.
7.2 En cumplimiento a lo establecido en el artículo 71 de las Disposiciones Generales del Presupuesto para el año 2014; los pliegos de condiciones no tienen ningún costo para el oferente, con el propósito de promover la competencia y una mayor participación en los procesos de licitación, que realiza el Estado de Honduras.
8. Visita al sitio de las obras
8.1 Se aconseja que el oferente, bajo su propia responsabilidad, costo y riesgo, visite e inspeccione el sitio de las obras y sus alrededores y obtenga por sí mismo toda la información que pueda ser necesaria para preparar la oferta y celebrar el contrato para la construcción de las obras. Los gastos relacionados con dicha visita correrán por cuenta del oferente.
B. Documentos de licitación
9. Contenido de los documentos de licitación
9.1 El conjunto de los documentos de licitación comprende los documentos que se enumeran en la siguiente tabla y todas las enmiendas que hayan sido emitidas de conformidad con las IAO:
Sección I Instrucciones a los oferentes (IAO) Sección II Datos de la licitación (DDL) Sección III Elegibilidad
Sección IV Formularios de la oferta
Sección V Condiciones generales del contrato (CGC) Sección VI Condiciones especiales del contrato (CEC) Sección VII Especificaciones y condiciones de cumplimiento Sección VIII Planos
Sección IX Lista de cantidades
Sección X Formularios de garantías
10. Aclaración de los documentos de licitación
10.1 Todos los oferentes que requieran aclaraciones sobre los documentos de licitación deberán solicitarlas al contratante por escrito a la dirección indicada en los DDL. El contratante deberá responder a cualquier solicitud de aclaración recibida por lo menos diez (10) días antes de la fecha límite para la presentación de las ofertas. Se enviarán copias de la respuesta del contratante a todos los que adquirieron los documentos de licitación, la cual incluirá una descripción de la consulta, pero sin identificar su origen.
10.2 Las respuestas a solicitudes de aclaración se publicarán además en el sistema de información de contratación y adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx).
10.3 En el caso de que se establezca en los DDL la realización de una reunión de información para posibles aclaraciones, los posibles oferentes también tendrán la oportunidad de asistir a dicha reunión, que será efectuada en la fecha, hora y dirección indicada en los DDL. La inasistencia a la reunión de información para posibles aclaraciones no será motivo de descalificación para el oferente. Las modificaciones a los documentos de licitación que resulten necesarias en virtud de esta reunión, se notificarán mediante enmienda a los documentos de licitación, conforme a las IAO.
11. Enmiendas a los documentos de licitación
11.1 Antes de la fecha límite para la presentación de las ofertas, el contratante podrá modificar los documentos de licitación mediante una enmienda.
11.2 Cualquier enmienda que se emita formará parte integral de los documentos de licitación y será comunicada por escrito a todos los oferentes invitados y que confirmaron su participación. Los oferentes deberán acusar recibo de cada enmienda por escrito al contratante.
11.3 Las enmiendas a documentos de licitación se publicarán además en el sistema de información de contratación y adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx).
11.4 Con el fin de otorgar a los oferentes tiempo suficiente para tener en cuenta una enmienda en la preparación de sus ofertas, el contratante deberá extender, si fuera necesario, el plazo para la presentación de las ofertas, de conformidad con las IAO.
C. Preparación de las ofertas
12. Idioma de las ofertas
12.1 Todos los documentos relacionados con las ofertas deberán estar redactados en el idioma español. En caso de que se presenten documentos cuyo idioma original sea distinto al indicado, deberán ser presentados traducidos al español. En caso de contradicción privará la traducción.
13. Documentos que conforman la oferta
13.1 La oferta que presente el oferente deberá estar conformada por los siguientes documentos:
(a) La carta de oferta (en el formulario indicado en la Sección IV);
(b) La garantía de mantenimiento de la oferta, o la declaración de mantenimiento de la oferta, si de conformidad con las IAO así se requiere;
(c) La lista de cantidades valoradas (presupuesto de la obra) es decir, con indicación de precios;
(d) El formulario y los documentos de información sobre la calificación (Sección IV);
(e) Las ofertas alternativas, de haberse solicitado; y
(f) Cualquier otro documento que se solicite a los oferentes completar y presentar, según se especifique en los DDL.
14. Precios de la oferta
14.1 El contrato comprenderá la totalidad de las obras especificadas en las IAO, sobre la base de la lista de cantidades valoradas (presupuesto de la obra) presentado por el oferente.
14.2 El oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las obras descritos en la lista de cantidades valoradas (presupuesto de la obra). La no presentación de la lista de cantidades, o bien uno o más rubros de las obras descritos en dicha lista será motivo suficiente para desestimar la oferta.
14.3 Durante la ejecución de las obras, el contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en
los demás precios unitarios y totales que figuren en la lista de cantidades valoradas (presupuesto de la obra), esto último aplica para rubros no incluidos en la lista de cantidades.
14.4 Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente.
14.5 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el contratista en virtud de este contrato, o por cualquier otra razón, hasta veintiocho (28) días antes de la fecha del plazo para la presentación de las ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la oferta presentada por el oferente.
14.6 Los precios unitarios que cotice el oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del contrato. El oferente deberá proporcionar con su oferta toda la información requerida en las condiciones especiales del contrato y en la cláusula 47 de las CGC.
15. Monedas de la oferta y pago
15.1 Los precios unitarios deberán ser cotizados por el oferente enteramente en Lempiras (L.), salvo que en los DDL se establezca la posibilidad de ofertar en hasta tres monedas extranjeras a elección del oferente. Los pagos que correspondan conforme al contrato se harán en las mismas cotizadas.
15.2 Los oferentes indicarán en su oferta los detalles de las necesidades previstas en monedas extranjeras.
15.3 En caso de que los DDL permitan presentar ofertas en monedas extranjeras, los oferentes deberán aclarar sus necesidades en monedas extranjeras y sustentar que las cantidades incluidas en los precios, se traten de componentes de costo que deban adquirirse en el mercado internacional, sean razonables y se ajusten a los requisitos de las IAO.
16. Validez de las ofertas
16.1 Las ofertas permanecerán válidas por el período estipulado en los DDL.
16.2 En circunstancias excepcionales, el contratante podrá solicitar a los oferentes que extiendan el período de validez por un plazo adicional específico. La solicitud y las respuestas de los oferentes deberán ser por escrito. La garantía de mantenimiento de la oferta deberá extenderse también por veintiocho (28) días después de la fecha límite prorrogada para la presentación de las ofertas. Los oferentes podrán rechazar tal solicitud sin que se les haga efectiva la garantía. Al oferente que esté de acuerdo con la solicitud no se le requerirá ni se le permitirá que modifique su oferta, excepto como se dispone en las IAO.
17. Garantía de mantenimiento de la oferta
17.1 El oferente deberá presentar como parte de su oferta, una garantía de mantenimiento de la oferta que consistirá en:
(a) Una garantía emitida por un banco;
(b) Una fianza emitida por una aseguradora;
(c) Un cheque certificados a la orden del contratante; y/o
(d) Bonos del Estado de Honduras representativos de obligaciones de la deuda pública.
17.2 La garantía de mantenimiento de la oferta será por un dos por ciento (2%) del monto de la oferta y denominada en Lempiras (L.). En caso de que la oferta se presente en varias monedas, a los fines del cálculo de la garantía de mantenimiento de la oferta, estas se convertirán en Lempiras (L.) a la tasa de cambio aplicable según las IAO.
17.3 La garantía de mantenimiento de la oferta deberá:
(a) ser presentada en original (no se aceptarán copias);
(b) permanecer válida por un período que expire veintiocho (28) días después de la fecha límite de la validez de las ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con las IAO;
17.4 La garantía de mantenimiento de la oferta emitida por un banco o una aseguradora deberá:
(a) ser emitida por una institución que opere en Honduras, autorizada por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros;
(b) estar sustancialmente de acuerdo con uno de los formularios de garantía de mantenimiento de oferta incluidos en la Sección X, “Formularios de garantía” u otro formulario aprobado por el contratante con anterioridad a la presentación de la oferta;
(c) ser pagadera con prontitud ante solicitud escrita del contratante en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en las IAO; incluyendo cláusula obligatoria que rezará de la siguiente manera: “La presente garantía será ejecutada por el valor total de la misma, a simple requerimiento de la Alcaldía Municipal del Distrito Central acompañada de una resolución firme de incumplimiento, sin ningún otro requisito”.
17.5 Todas las ofertas que no estén acompañadas por una garantía de mantenimiento de la oferta que sustancialmente responda a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el contratante por incumplimiento.
17.6 La garantía de mantenimiento de oferta de los oferentes cuyas ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas inmediatamente después de que el oferente seleccionado suministre su garantía de cumplimiento.
17.7 La garantía de mantenimiento de la oferta se podrá hacer efectiva si:
(a) el oferente retira su oferta durante el período de validez de la oferta especificado por el oferente en la oferta, salvo lo estipulado en las IAO; o
(b) el oferente seleccionado no acepta las correcciones al precio de su oferta, de conformidad con las IAO;
(c) si el oferente seleccionado no cumple dentro del plazo estipulado con:
(i) firmar el contrato; o
(ii) suministrar la garantía de cumplimiento solicitada.
17.8 La garantía de mantenimiento de la oferta de un consorcio deberá ser emitida en nombre del consorcio que presenta la oferta.
18. Ofertas alternativas de los oferentes
18.1 No se considerarán ofertas alternativas a menos que específicamente se estipule en los DDL. Si se permiten, las IAO regirán y en los DDL se especificará cuál de las siguientes opciones se permitirá:
(a) Opción uno: Un oferente podrá presentar ofertas alternativas conjuntamente con su oferta básica. El contratante considerará solamente las ofertas alternativas presentadas por el oferente cuya oferta básica haya sido determinada como la oferta evaluada de menor precio.
(b) Opción dos: Un oferente podrá presentar una oferta alternativa con o sin una oferta para el caso básico. Todas las ofertas recibidas para el caso básico, así como las ofertas alternativas que cumplan con las especificaciones y los requisitos de funcionamiento de la Sección VII, serán evaluadas sobre la base de sus propios méritos.
18.2 Todas las ofertas alternativas deberán proporcionar toda la información necesaria para su completa evaluación por parte del contratante, incluyendo los cálculos de diseño, las especificaciones técnicas, el desglose de los precios, los métodos de construcción propuestos y otros detalles pertinentes.
19. Formato y firma de la oferta
19.1 El oferente preparará un original de los documentos que comprenden la oferta según se describe en las IAO, el cual deberá formar parte del volumen que contenga la oferta, y lo marcará claramente como “ORIGINAL”. Además el oferente deberá presentar el número de copias de la oferta que se indica en los DDL y marcar claramente cada ejemplar como “COPIA”. En caso de discrepancia entre el original y las copias, el texto del original prevalecerá sobre el de las copias.
19.2 El original y todas las copias de la oferta deberán ser mecanografiadas o escritas con tinta indeleble y deberán estar firmadas por la(s) persona(s) debidamente autorizada(s) para firmar en nombre del oferente, de conformidad con las IAO. Todas las páginas de la oferta que contengan anotaciones o enmiendas deberán estar rubricadas por la persona o personas que firme(n) la oferta.
19.3 La oferta no podrá contener alteraciones ni adiciones, excepto aquellas que cumplan con las instrucciones emitidas por el contratante o las que sean necesarias para corregir errores del oferente, en cuyo caso dichas correcciones deberán ser rubricadas por la persona o personas que firme(n) la oferta.
19.4 El oferente proporcionará la información sobre comisiones o gratificaciones que se describe en el formulario de la oferta, si las hay, pagadas o por pagar a agentes en relación con esta oferta, y con la ejecución del contrato si el oferente resulta seleccionado.
D. Presentación de las ofertas
20. Presentación, sello e identificación de las ofertas
20.1 Los oferentes siempre podrán enviar sus ofertas por correo o entregarlas personalmente. Los oferentes podrán presentar sus ofertas electrónicamente cuando así se indique en los DDL. Los oferentes que presenten sus ofertas electrónicamente seguirán los procedimientos indicados en los DDL para la presentación de dichas ofertas. En el caso de ofertas enviadas por correo o entregadas personalmente, el oferente pondrá el original y todas las copias de la oferta en dos sobres interiores, que sellará e identificará claramente como “ORIGINAL” y “COPIAS”, según corresponda, y que colocará dentro de un sobre exterior que también deberá sellar.
20.2 Los sobres interiores y el sobre exterior deberán:
(a) estar dirigidos al contratante a la dirección proporcionada en los DDL;
(b) llevar el nombre y número de identificación del contrato indicados en los DDL y CEC; y
(c) llevar la nota de advertencia indicada en los DDL para evitar que la oferta sea abierta antes de la hora y fecha de apertura de ofertas indicadas en los DDL.
20.3 Además de la identificación requerida en las IAO, los sobres interiores deberán llevar el nombre y la dirección del oferente, con el fin de poderle devolver su oferta sin abrir en caso de que la misma sea declarada oferta tardía, de conformidad con las IAO.
20.4 Si el sobre exterior no está sellado e identificado como se ha indicado anteriormente, el contratante no se responsabilizará en caso de que la oferta se extravíe o sea abierta prematuramente.
21. Plazo para la presentación de las ofertas
21.1 Las ofertas deberán ser entregadas al contratante en la dirección especificada conforme a las IAO, a más tardar en la fecha y hora que se indican en los DDL.
21.2 El contratante podrá extender el plazo para la presentación de ofertas mediante una enmienda a los documentos de licitación, de conformidad con las IAO. En este caso todos los derechos y obligaciones del contratante y de los oferentes previamente sujetos a la fecha límite original para presentar las ofertas quedarán sujetos a la nueva fecha límite.
22. Ofertas tardías
22.1 Toda oferta que reciba el contratante después de la fecha y hora límite para la presentación de las ofertas especificada de conformidad con las IAO será devuelta al oferente remitente sin abrir.
23. Retiro, sustitución y modificación de las ofertas
23.1 Los Oferentes podrán retirar, sustituir o modificar sus ofertas mediante una notificación por escrito antes de la fecha límite indicada en las IAO.
23.2 Toda notificación de retiro, sustitución o modificación de la oferta deberá ser preparada, sellada, identificada y entregada de acuerdo con las estipulaciones de las IAO, y los sobres exteriores y los interiores debidamente marcados, “RETIRO”, “SUSTITUCIÓN”, o “MODIFICACIÓN”, según corresponda.
23.3 Las notificaciones de retiro, sustitución o modificación deberán ser entregadas al contratante en la dirección especificada conforme a las IAO, a más tardar en la fecha y hora que se indican en los DDL.
23.4 El retiro de una oferta en el intervalo entre la fecha de vencimiento del plazo para la presentación de ofertas y la expiración del período de validez de las ofertas indicado en los DDL de conformidad con la subcláusula 16.1 o del período prorrogado de conformidad con las IAO, puede dar lugar a que se haga efectiva la garantía de mantenimiento de la oferta o se ejecute la garantía de la oferta, según lo dispuesto en las IAO.
23.5 los oferentes solamente podrán ofrecer descuentos o modificar los precios de sus ofertas sometiendo modificaciones a la oferta de conformidad con esta cláusula, o incluyéndolas en la oferta original.
E. Apertura y evaluación de las ofertas
24. Apertura de las ofertas
24.1 El contratante abrirá las ofertas, y las notificaciones de retiro, sustitución y modificación de ofertas presentadas de conformidad con la cláusula 23, en acto público con la presencia de los representantes de los oferentes que decidan concurrir, a la hora, en la fecha y el lugar establecidos en los DDL. El procedimiento para la apertura de las ofertas presentadas electrónicamente si las mismas son permitidas de conformidad con las IAO, estará indicados en los DDL.
24.2 Primero se abrirán y leerán los sobres marcados “RETIRO”. No se abrirán las ofertas para las cuales se haya presentado una notificación aceptable de retiro, de conformidad con las disposiciones de las IAO.
24.3 En el acto de apertura, el contratante leerá en voz alta, y notificará por línea electrónica cuando corresponda, y registrará en un acta los nombres de los oferentes, los precios totales de las ofertas y de cualquier oferta alternativa (si se solicitaron o permitieron ofertas alternativas), descuentos, notificaciones de retiro, sustitución o modificación de ofertas, la existencia o falta de la garantía de mantenimiento de la oferta o de la declaración de mantenimiento de la oferta, si se solicitó, y cualquier otro detalle que el contratante considere apropiado. Ninguna oferta o notificación será rechazada en el acto de apertura, excepto por las ofertas tardías de conformidad con las IAO. Las sustituciones y modificaciones a las ofertas presentadas de acuerdo con las disposiciones de las IAO que no sean abiertas y leídas en voz alta durante el acto de apertura no podrán ser consideradas para evaluación sin importar las circunstancias y serán devueltas sin abrir a los oferentes remitentes.
24.4 Inmediatamente después del acto de apertura, se permitirá a los representantes de los oferentes, que decidan concurrir, examinar únicamente los documentos listados a continuación:
(a) La carta de oferta;
(b) La garantía de mantenimiento de la oferta, o la declaración de mantenimiento de la oferta;
(c) La lista de cantidades valoradas (presupuesto de la obra).
24.5 El contratante preparará un acta de la apertura de las ofertas que incluirá el registro de las ofertas leídas y toda la información dada a conocer a los asistentes de conformidad con las IAO y enviará prontamente copia de dicha acta a todos los oferentes que presentaron ofertas puntualmente.
25. Confidencialidad
25.1 No se divulgará a los oferentes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso de la licitación, información relacionada con el examen, aclaración, evaluación, comparación de las ofertas, ni la recomendación de adjudicación del contrato hasta que se haya publicado la adjudicación del contrato al oferente seleccionado de conformidad con las IAO. Cualquier intento por parte de un oferente para influenciar al contratante en el procesamiento de las ofertas o en la adjudicación del contrato podrá resultar en el rechazo de su oferta. No obstante lo anterior, si durante el plazo transcurrido entre el acto de apertura y la fecha de adjudicación del contrato, un oferente desea comunicarse con el contratante sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escrito.
26. Aclaración de las ofertas
26.1 Para facilitar el examen, la evaluación y la comparación de las ofertas, el contratante tendrá la facultad de solicitar a cualquier oferente que aclare su oferta, incluyendo el desglose de los precios unitarios. La solicitud de aclaración y la respuesta correspondiente deberán efectuarse por escrito pero no se solicitará, ofrecerá ni permitirá ninguna modificación de los precios o a la sustancia de la oferta, salvo las que sean necesarias para confirmar la corrección de errores aritméticos que el contratante haya descubierto durante la evaluación de las ofertas, de conformidad con lo dispuesto en las IAO.
27. Examen de las ofertas para determinar su cumplimiento
27.1 Antes de proceder a la evaluación detallada de las ofertas, el contratante determinará si cada una de ellas:
(a) cumple con los requisitos de elegibilidad establecidos en las IAO;
(b) ha sido debidamente firmada;
(c) está acompañada de la garantía de mantenimiento de la oferta o de la declaración de mantenimiento de la oferta si se solicitaron; y
(d) cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación.
27.2 Una oferta que cumple sustancialmente es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones de los documentos de licitación sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una desviación, reserva u omisión significativa es aquella que:
(a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de las obras;
(b) limita de una manera considerable, inconsistente con los documentos de licitación, los derechos del contratante o las obligaciones del oferente en virtud del contrato; o
(c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros oferentes cuyas ofertas cumplen sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación.
27.3 Si una oferta no cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación, será rechazada por el contratante y el oferente no podrá posteriormente transformarla en una oferta que cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación mediante la corrección o el retiro de las desviaciones o reservas.
27.4 Defectos u omisiones subsanables: Podrán ser subsanados los defectos u omisiones contenidas en las ofertas, en cuanto no impliquen modificaciones del precio, objeto y condiciones ofrecidas. Por lo que no se considerarán subsanables los siguientes documentos:
(a) La carta de oferta;
(b) La garantía de mantenimiento de la oferta, o la declaración de mantenimiento de la oferta;
(c) La lista de cantidades valoradas completa (presupuesto de la obra), sin perjuicio de las correcciones de errores establecidas en estas CGC.
28. Corrección de errores
28.1 El contratante verificará si las ofertas que cumplen sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación contienen errores aritméticos. Dichos errores serán corregidos por el contratante de la siguiente manera:
(a) cuando haya una discrepancia entre los montos indicados en cifras y en palabras, prevalecerán los indicados en palabras y
(b) cuando haya una discrepancia entre el precio unitario y el total de un rubro que se haya obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario cotizado, a menos que a juicio del contratante hubiera un error evidente en la expresión del decimal en el precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado para ese rubro y se corregirá el precio unitario.
28.2 El contratante ajustará el monto indicado en la oferta de acuerdo con el procedimiento antes señalado para la corrección de errores y, con la anuencia del oferente, el nuevo monto se considerará de obligatorio cumplimiento para el oferente. Si el oferente no estuviera de acuerdo con el monto corregido, la oferta será rechazada y podrá hacerse efectiva la garantía de mantenimiento de su oferta de conformidad con las IAO.
29. Moneda para la evaluación de las ofertas
29.1 Para efectos de evaluación y comparación, el contratante convertirá todos los precios de las ofertas expresados en diferentes monedas a Lempiras (L.) utilizando el tipo de cambio vendedor establecido por el Banco Central de Honduras (BCH) para transacciones semejantes, vigente veintiocho (28) días antes de la fecha de apertura de ofertas.
30. Evaluación y comparación de las ofertas
30.1 El contratante evaluará solamente las ofertas que determine que cumplen sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación de conformidad con las IAO.
30.2 Al evaluar las ofertas, el contratante determinará el precio evaluado de cada oferta, ajustándolo de la siguiente manera:
(a) corrigiendo cualquier error, conforme a lo estipulado en las IAO;
(b) excluyendo las sumas provisionales y las reservas para imprevistos, si existieran, en la lista de cantidades valoradas (presupuesto de la obra), pero incluyendo los trabajos por día, siempre que sus precios sean cotizados de manera competitiva;
(c) haciendo los ajustes correspondientes por otras variaciones, desviaciones u ofertas alternativas aceptables presentadas de conformidad con las IAO; y
(d) haciendo los ajustes correspondientes para reflejar los descuentos u otras modificaciones de precios ofrecidas de conformidad con las IAO.
30.3 El contratante se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier variación, desviación u oferta alternativa. En la evaluación de las ofertas no se tendrán en cuenta las variaciones, desviaciones, ofertas alternativas y otros factores que excedan los requisitos de los documentos de licitación o que resulten en beneficios no solicitados para el contratante.
30.4 En la evaluación de las ofertas no se tendrá en cuenta el efecto estimado de ninguna de las condiciones para ajuste de precio estipuladas en virtud de las CGC, durante el período de ejecución del contrato.
30.5 En caso de que existan varios lotes, de acuerdo con la subcláusula 30.2 (d), el contratante determinará la aplicación de los descuentos a fin de minimizar el costo combinado de todos los lotes.
30.6 Toda oferta que exceda el monto exigible para un proceso de licitaciones privadas quedará desestimada y no será considerada.
F. Adjudicación del contrato
31. Criterios de adjudicación
31.1 De conformidad con las IAO, el contratante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta el contratante haya determinado que cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación y que representa el costo evaluado como más bajo, siempre y cuando el contratante haya determinado que dicho oferente (a) es elegible de conformidad con las IAO y (b) está calificado de conformidad con las disposiciones de las IAO.
32. Derecho del contratante a aceptar cualquier oferta o a rechazar cualquier o todas las ofertas
32.1 No obstante lo dispuesto en la cláusula 31, el contratante se reserva el derecho a aceptar o rechazar cualquier oferta, y a cancelar el proceso de licitación y rechazar todas las ofertas, en cualquier momento antes de la adjudicación del contrato, sin que por ello incurra en ninguna responsabilidad con el (los) oferente(s) afectado(s), o esté obligado a informar al (los) oferente(s) afectado(s) los motivos de la decisión del contratante.
33. Notificación de adjudicación y firma del contrato
33.1 Antes de la expiración de la validez de la oferta, el contratante le notificará por escrito la decisión de adjudicación del contrato a todos los oferentes. Esta carta (en lo sucesivo y en las CGC denominada la “Notificación de la resolución de adjudicación”) deberá estipular el monto que el contratante pagará al contratista por la ejecución, cumplimiento y mantenimiento de las obras por parte del contratista, de conformidad con el contrato (en lo sucesivo y en el contrato denominado el “Precio del Contrato”).
33.2 El contrato incorporará todos los acuerdos entre el contratante y el oferente seleccionado. Dentro de los veintiocho (28) días siguientes a la fecha de la notificación de la resolución de adjudicación, el contratante firmará y enviará el contrato al oferente seleccionado. Dentro de los treinta (30) días siguientes después de haber recibido el contrato, el oferente seleccionado deberá firmarlo y enviarlo al contratante.
33.3 El contratante publicará en el sistema de información de contratación y adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx), los resultados de la licitación, identificando la oferta y los números de los lotes y la siguiente información:
(i) el nombre de cada oferente que presentó una oferta;
(ii) los precios que se leyeron en voz alta en el acto de apertura de las ofertas;
(iii) el nombre y los precios evaluados de cada oferta evaluada;
(iv) los nombres de los oferentes cuyas ofertas fueron rechazadas y las razones de su rechazo; y
(v) el nombre del oferente seleccionado y el precio cotizado, así como la duración y un resumen del alcance del contrato adjudicado. Después de la publicación de la información relativa a la adjudicación del contrato, los oferentes no seleccionados podrán solicitar por escrito al contratante una reunión informativa a fin de obtener explicaciones de las razones por las cuales sus ofertas no fueron seleccionadas. El contratante responderá prontamente por escrito a cada oferente no seleccionado que tras la publicación de los detalles de la adjudicación del contrato, solicite por escrito explicaciones de las razones por las cuales su oferta no fue seleccionada.
34. Garantía de Cumplimiento
34.1 Dentro de los treinta (30) días siguientes después de haber recibido la notificación de la resolución de adjudicación, el oferente seleccionado deberá firmar el contrato y entregar al contratante una garantía de cumplimiento por el monto estipulado en las CGC y en la forma de una garantía bancaria o fianza emitida por un banco o una aseguradora que opere en Honduras, autorizada por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, en el formulario original especificado en la Sección X (Formularios de garantía). También será admisible la presentación de cheques certificados a la orden del contratante y bonos del Estado Hondureño representativos de obligaciones de la deuda pública y de conformidad con las CGC.
34.2 El incumplimiento del oferente seleccionado con las disposiciones de las IAO constituirá base suficiente para anular la adjudicación del contrato y hacer efectiva la garantía de mantenimiento de la oferta o ejecutar la declaración de mantenimiento de la oferta. Tan pronto como el oferente seleccionado firme el contrato y presente la garantía de cumplimiento de conformidad con las IAO, el contratante comunicará el nombre del oferente seleccionado a todos los oferentes no seleccionados y les devolverá las garantías de mantenimiento de la oferta de conformidad con las IAO.
35. Pago de anticipo y garantía
35.1 El contratante proveerá un anticipo sobre el precio del contrato, de acuerdo a lo estipulado en las CGC y supeditado al monto máximo establecido en los DDL. El pago del anticipo deberá ejecutarse contra la recepción de una garantía. En la Sección X “Formularios de garantía” se proporciona un formulario de garantía para pago de anticipo.
SECCIÓN II. DATOS DE LA LICITACIÓN (DDL)
A. Disposiciones generales
IAO 1.1 | |
Las obras son: | AMPLIACION 1ERA CALLE COL. SAN XXXXXXX, TEGUCIGALPA. Ampliación de la 1ra calle de la colonia San Xxxxxxx, desde Residencial Chalet Frances hasta entrada Col. Palmeras de San Xxxxxxx. EL tramo se encuentra en mal estado, en ciertos tramos el ancho de la calle es de 4.2 metros, esta medida impide la circulación de ambos carriles. |
El nombre del contrato es: | AMPLIACION 1ERA CALLE COL. SAN XXXXXXX, TEGUCIGALPA |
Código: | 521 |
La identificación del proceso es: | No.LPrNO-34-AMDC-48-2014.. |
IAO 1.2 | |
La fecha prevista de terminación de las obras es: | 150 dias a partir de la orden de inicio. |
B. Documentos de Licitación
IAO 10.1 | |
La dirección del contratante para | Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC) |
solicitar aclaraciones es: | Gerencia de Licitaciones, Contrataciones y Servicios Internos |
(GLCSI), | |
Edificio Ejecutivo, 1°. Piso, frente al Hospital y Clínicas Viera | |
avenida Colón, barrio El Centro, Tegucigalpa, M. D. C., | |
Honduras C. A. | |
Tel. (000) 0000-0000 |
IAO 10.3 | |
Adicionalmente a la posibilidad del envío de solicitud de aclaración a los documentos de licitación, | No se celebrará una reunión de información para posibles aclaraciones. |
C. Preparación de las Ofertas
IAO 13.1 (f) | |
Los oferentes deberán presentar los siguientes materiales adicionales con su oferta: | 1. Fichas de precios unitarios de todas las actividades; 2. Copia autenticada de la Escritura Pública de Constitución de la Empresa y sus reformas si las hubiere;(Aplica solo a Empresas) 3. Copia documentos personales del representante legal: Tarjeta de identidad o pasaporte; 4. Poder del representante legal inscrito en el registro mercantil; 5. Declaración jurada sobre prohibiciones e inhabilidades (Sección IV); 6. Copia de notificación de precalificación; 7. Copia del documento de licitación, adendas y planos debidamente foliados, firmados y sellados por el representante legal de la empresa. 8. Documentos de identificación personal del representante legal (fotocopia): Tarjeta de identidad o pasaporte, RTN; En caso de ser la empresa favorecida, previo a la firma del contrato deberá presentar la siguiente documentación: 9. Constancia vigente, expedida por la Procuraduría General de la República de no haber sido objeto de resolución firme en cualquier contrato celebrado con la administración pública, tanto de la empresa como del representante legal; 10. Constancia vigente de solvencia de la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI) de la empresa y representante legal; 11. Constancia vigente emitida por la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE): 12. Solvencia municipal vigente de la empresa y representante legal; 13. Constancias de inscripción y solvencia con el Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras (CICH). tanto de la empresa, del representante y del personal clave o del colegio profesional respectivo; 14. Copia de INFOP, IHSS, Cámara de Comercio e Industria que corresponde. ;(Aplica solo a Empresas) |
IAO 15.1 | |
Los oferentes: | Presentarán sus ofertas en la moneda nacional: Lempiras (L.). |
IAO 16.1 | |
El período de validez de las ofertas será de: | Noventa (90) días. |
IAO 17.2 | |
La garantía de mantenimiento de la oferta | La garantía de mantenimiento de la oferta será denominada únicamente en Lempiras (L.). |
IAO 18.1 | |
ofertas alternativas | No se considerarán ofertas alternativas. |
IAO 19.1 | |
El número de copias de la oferta que los oferentes deberán presentar es: | Una original y una copia |
D. Presentación de las Ofertas
IAO 20.1 | |
Los oferentes: | No podrán presentar ofertas electrónicamente. |
IAO 20.2 (a) | |
Para propósitos de la presentación de las ofertas, la dirección del contratante es: | Atención: Licenciado Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Lugar: Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC) Gerencia de Licitaciones, Contrataciones y Servicios Internos (GLCSI), Edificio Ejecutivo, 1°. piso, frente al Hospital y Clínicas Viera, avenida Colón, barrio El Centro, Tegucigalpa, M. D. C., Honduras C. A. e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xx Tel. (000) 0000-0000 |
IAO 20.2 (b) | |
Nombre y número de identificación del proceso: | Remitirse a la IAO. 1.1 |
IAO 20.2 (c) | |
La nota de advertencia será: | “NO ABRIR ANTES DE 23 DE SEPTIEMBRE DE 2014 A LAS 02:00 pm” |
IAO 21.1 | |
La fecha y la hora límite para la presentación de las ofertas serán: | Fecha: 23 de SEPTIEMBRE de 2014 Hora: 02:00 pm |
E. Apertura y Evaluación de las ofertas
IAO 24.1 | |
La apertura de las ofertas tendrá lugar en: | La Gerencia de Licitaciones, Contrataciones y Servicios Internos (GLCSI) de la Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC) Lugar: Edificio Ejecutivo, 1°. piso, frente al Hospital y Clínicas Viera, avenida Colón, barrio El Centro, Tegucigalpa, M. D. C., Honduras C. A. Fecha: 23 de septiembre de 2014. Hora: 02:00 pm |
IAO 24.5 | |
La información dada a conocer a los asistentes que constará en el acta es: | (a) Cartas de oferta de todos los oferentes que presentaron ofertas puntualmente, (b) Garantías de mantenimiento de la oferta de todos los oferentes que presentaron ofertas puntualmente, (c) Listas de cantidades valoradas (presupuesto de la obra) de todos los oferentes que presentaron ofertas puntualmente, (d) Observaciones al proceso realizadas por los asistentes y que solicitaran constar en el acta. |
F. Adjudicación del Contrato
IAO 35.1 | |
El pago de anticipo será por un monto máximo. | Quince por ciento 15 % del monto contratado inicial. |
SECCIÓN III. ELEGIBILIDAD
Elegibilidad para el suministro de bienes, la construcción de obras y la prestación de servicios en contratos financiados exclusiva y totalmente con recurso nacionales
El contrato resultante de ésta licitación se financiará exclusiva y totalmente con recursos nacionales, por lo que de conformidad con el artículo 147 numeral 5 de la Ley de Contratación del Estado se permitirá únicamente la participación de contratistas hondureños.
Para efectuar la determinación sobre la nacionalidad de las firmas e individuos elegibles para participar en contratos financiados exclusiva y totalmente con recursos nacionales, se utilizarán los siguientes criterios:
a) Un individuo tiene la nacionalidad hondureña si el o ella es ciudadano Hondureño.
b) Una firma tiene la nacionalidad hondureña si está legalmente constituida y registrada como persona jurídica en Honduras conforme a las leyes hondureñas.
En un consorcio, al menos un integrante debe cumplir con los requisitos arriba establecidos.
SECCIÓN IV. FORMULARIOS DE LA OFERTA
1. Oferta
[El oferente deberá completar y presentar este formulario junto con su oferta]
[Ciudad] [fecha]
A: Atención Licenciado Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC)
Gerencia de Licitaciones, Contrataciones y Servicios Internos (GLCSI), Edificio Ejecutivo, 1°. piso, frente al Hospital y Clínicas Viera
Avenida Colón, barrio El Centro, Tegucigalpa, M. D. C., Honduras C. A. e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xx
Tel. (000) 0000-0000
Número de Identificación: [indique el número de identificación del proceso]
Código: [indique el número de código]
Título del Contrato: [indique el número de identificación y
título del proceso]
Después de haber examinado los documentos de licitación, incluyendo la(s) enmienda(s) [liste enmiendas recibidas], ofrecemos ejecutar el [nombre y número de identificación del contrato] de conformidad con las CGC que acompañan a esta oferta por el precio del contrato de [indique el monto en palabras] [indique el nombre de la moneda] [indique el monto en cifras].
El contrato deberá ser pagado en las siguientes monedas en lempiras:
CANTIDAD EN LETRAS | CANTIDAD EN NUMERO |
Esta oferta y su aceptación por escrito constituirán un contrato de obligatorio cumplimiento entre ambas partes. Entendemos que ustedes no están obligados a aceptar la oferta más baja ni ninguna otra oferta que pudieran recibir.
Confirmamos por la presente que esta oferta cumple con el período de validez de la oferta y con el suministro de garantía de mantenimiento de la oferta, exigidos en los documentos de licitación y especificados en los DDL.
No presentamos ningún conflicto de interés de conformidad con la Subcláusula 4.1 de las IAO.
Nuestra empresa, su matriz, sus afiliados o subsidiarias, incluyendo todos los subcontratistas o proveedores para cualquier parte del contrato, somos elegibles bajo las leyes hondureñas, de conformidad con la subcláusula 4.1 de las IAO.
De haber comisiones o gratificaciones, pagadas o a ser pagadas por nosotros a agentes en relación con esta oferta y la ejecución del contrato si nos es adjudicado, las mismas están indicadas a continuación:
Nombre y dirección del agente | Xxxxx y moneda | Propósito de la comisión o gratificación | ||
[Si no hay comisiones o gratificaciones indicar “ninguna”] |
Firma autorizada:
Nombre del firmante: [indique el nombre del representante que firma la oferta] Cargo del firmante: [indique el cargo del representante que firma la oferta] Nombre del oferente: [indique completo de la empresa]
Dirección: [indique dirección completa de la empresa]
Teléfonos: [indique números de teléfono de la empresa]
Correo electrónico: [indique correo electrónico de la empresa]
2. Información sobre la Calificación
2.1 Formulario sobre Información sobre la Calificación
[Ciudad] [fecha]
A: Atención Licenciado Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC)
Gerencia de Licitaciones, Contrataciones y Servicios Internos (GLCSI),
Edificio Ejecutivo, 1°. piso, frente al Hospital y Clínicas Viera
avenida Colón, barrio El Centro, Tegucigalpa, M. D. C., Honduras C. A. e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xx
Tel. (000) 0000-0000
Número de Identificación: [indique el número de identificación del proceso]
Código: [indique el número de código]
Título del proceso: [indique el número de identificación y
título del proceso]
Respecto a la licitación arriba identificada, confirmamos por la presente que la información que presentamos originalmente para precalificar:
Fue actualizada por última vez: [Indique última fecha de actualización]
[Indique “y permanece correcta e inalterada a la fecha de presentación de esta oferta”].
.
La información técnica propuesta para la ejecución de la obra objeto de esta licitación (metodología, programa de trabajo, descripciones, planos, tablas, equipo) según sea necesario, para cumplir con los requisitos de los documentos de licitación, se adjunta. [Adjuntar información solicitada en la subcláusula 2.2 de esta sección]
Firma autorizada:
Nombre del firmante: [indique el nombre del representante que firma la oferta] Cargo del firmante: [indique el cargo del representante que firma la oferta] Nombre del oferente: [indique completo de la empresa]
Dirección: [indique dirección completa de la empresa]
Teléfonos: [indique números de teléfono de la empresa]
Correo electrónico: [indique correo electrónico de la empresa]
2.2 Requisitos y criterios de evaluación
Se seleccionará la oferta más conveniente a los intereses de la Alcaldía Municipal del Distrito
Central (AMDC) de acuerdo a estos criterios de evaluación, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en el presente documento. Los requisitos y criterios de evaluación que el oferente debe presentar se resumen a continuación:
A. Documentos que conforman la oferta
IAO y DDL 13.1 La oferta que presente el oferente deberá estar conformada por los siguientes documentos:
(a) La carta de oferta (en el formulario indicado en la Sección IV);
(b) La garantía de mantenimiento de la oferta (o la declaración de mantenimiento de la oferta);
(c) si de conformidad con las IAO así se requiere;
(d) La lista de cantidades valoradas (presupuesto de la obra) con indicación de precios;
(e) El formulario y los documentos de información sobre la calificación (Sección IV);
(f) Documento solicitados en los DDL:
1. Fichas de precios unitarios de todas las actividades;
2. Copia de documentos personales del representante legal: Tarjeta de identidad o pasaporte;
3. Poder del representante legal inscrito en el registro mercantil;
4. Declaración jurada sobre prohibiciones e inhabilidades (Sección IV);
5. Copia de notificación de precalificación;
6. Copia del documento de licitación, adendas y planos debidamente foliados, firmados y sellados por el representante legal de la empresa.
B. Información técnica que conforma la oferta
El oferente deberá presentar junto a su oferta la siguiente información técnica:
1. Listado de proyectos que ejecuta actualmente el oferente con fecha probable de finalización
Proyectos en ejecución | Monto | Porcentaje EJECUTADO | Fecha PROBABLE DE FINALIZACIÓN |
1. | |||
2. |
2. Metodología o procedimiento de trabajo y programa de trabajo
2.1 Metodología:
Esta metodología deberá abarcar todos los aspectos necesarios Para el cumplimiento de: i) metodología de avance de las obras tanto física como financiera; ii) cumplimiento de las normas de construcción y ambientales; iii) control de calidad de las obras; iv) organización; v) cumplimiento del plan de manejo ambiental, desarrollando en forma detallada los métodos y técnicas que empleará en cada actividad
Incluir propuesta de:
• Organización y asignación de personal
• Organización y asignación de equipo
2.2 Programa de trabajo:
Actividad | Recurso/ Responsable | MES 1 | MES 2 | MES 3 | |||||||||
Excavación común. | Ingeniero Residente | ||||||||||||
Demolición de Concreto Hidráulico. | Ingeniero Residente | ||||||||||||
Conformación de Sub-rasante | Ingeniero Residente | ||||||||||||
Sub-base | Ingeniero Residente | ||||||||||||
Concreto Hidráulico MR 650. | Ingeniero Residente | ||||||||||||
Corte de Juntas. | Ingeniero Residente | ||||||||||||
Construcción de Bordillo 15 x 15 cms. | Ingeniero Residente | ||||||||||||
Concreto Clase B 2,500 Psi | Ingeniero Residente | ||||||||||||
Suministro e Instalación de Tapadera de Polietileno H-20 | Ingeniero Residente |
Orden de inicio Terminación de las obras
El programa de trabajo debe incluir todas las actividades a realizar y dentro del plazo de ejecución, de conformidad a lo establecido en los documentos de licitación.
3. Listado de maquinaria que será asignada al proyecto
Equipo mínimo | Número de unidades MÍNIMAS | Propio/ ARRENDADO | |
Solicitado | Propuesto | ||
Cortadora de Concreto | 1 | ||
Draga o escoba arpillera | 1 | ||
Volqueta de 10m3 | 2 | ||
Cargadora | 1 | ||
Mezcladora de concreto multiple | 1 | ||
Motoniveladora | 1 | ||
Herramienta Menor | 1 |
4. Listado de personal clave a ser asignado para cubrir cada una de las etapas de la obra
Nombre | Cargo |
1. | |
n. |
C. Evaluación del personal clave
1. Currículo vitae del personal clave, que debe cumplir con los criterios y subcriterios solicitados
A. Ingeniero
(i) Formación y nivel académico:
• Obligatorio nivel de pregrado Ingeniero Civil u otra carrera afín
(ii) Calificaciones generales:
• Con un mínimo de cinco (5) años de experiencia general.
(iii) Competencia para el trabajo:
• Haber sido ingeniero residente por lo menos en cinco (5) proyectos similares
• Haber trabajado en proyectos de construcción xx xxxxx, Proyectos de alcantarillados y sanitario y otros proyectos de infraestructura.
D. Análisis y Evaluación Económica
2.3 Tablas de Evaluación
TABLA N°. 1
A. Documentos que conforman la oferta
IAO y DDL 13.1 La oferta que presente el oferente deberá estar conformada por los siguientes documentos:
Documentación | Subsanable | Cumple/ No Cumple | |
Si | No | ||
(a) La carta de oferta (en el formulario indicado en la Sección IV) | X | ||
(b) La garantía de mantenimiento de la oferta (o la declaración de mantenimiento de la oferta, si de conformidad con las IAO así se requiere) en forma correcta | X | ||
(c) La lista de cantidades valoradas completa (presupuesto de la obra) con indicación de precios | X | ||
(d) El formulario y los documentos de información sobre la calificación (Sección IV) | X | ||
(e) Documento solicitados en los DDL. | |||
1. Fichas de precios unitarios de todas las actividades | X | ||
2. Copia documentos personales del representante legal | X | ||
• Tarjeta de identidad o pasaporte | X | ||
3. Poder del representante legal inscrito en el registro mercantil | X | ||
4. Declaración jurada sobre prohibiciones e inhabilidades (Sección IV) | X | ||
5. Copia de notificación de precalificación | X | ||
6. Copia del documento de licitación, adendas y planos debidamente foliados, firmados y sellados por el representante legal de la empresa | X |
TABLA N°. 2
B. Información técnica que conforma la oferta
Sección IV
Subcláusula 2.2 La oferta que presente el oferente deberá estar conformada por la siguiente información técnica:
Información Técnica | Subsanable | Cumple/ No cumple | |
Si | No | ||
1. Listado de proyectos que ejecuta actualmente el oferente con fecha probable de finalización | X |
Información Técnica | Subsanable | Cumple/ No cumple | |
Si | No | ||
2. Metodología o procedimiento de trabajo y programa de trabajo | X | ||
2.1 Metodología: | X | ||
i) Organización | X | ||
• Organización y asignación de personal | X | ||
• Organización y asignación de Equipo | X | ||
• Cumplimiento de las normas de manejo ambiental | X | ||
• Programa de contigencia para no obstaculizar la circulación vehicular (cuando aplique) | X | ||
2.2 Programa de trabajo: | X | ||
• Incluye todas las actividades a realizar | X | ||
• Se encuentra dentro del plazo de ejecución | X | ||
3. Listado de maquinaria y equipo mínimo que será asignada al proyecto: | X | ||
1. | X | ||
2. | X | ||
… | X | ||
n. | X | ||
4. Listado de personal clave a ser asignado para cubrir cada una de las etapas de la obra: | X | ||
1. | X | ||
2. | X |
Tabla N°.3
C. Evaluación de personal clave propuesto
Sección IV
Subcláusula 2.2 La oferta que presente el oferente deberá estar conformada por el siguiente personal clave:
Criterios y Subcriterios | Puntos | |||
A. INGENIERO RESIDENTE O ENCARGADO DE LA OBRA : | 100 | |||
(i) Formación y nivel académico: | ||||
• Nivel de pregrado: Ingeniero Civil | Obligatorio | |||
(ii) Calificaciones generales: • Con un mínimo de cinco (5) años de experiencia general preferiblemente dos (2) | 40 | |||
o cinco (5) en experiencia general o más | 40 | |||
o cuatro (4) en experiencia general | 30 | |||
o tres (3) en experiencia general o más | 20 | |||
o De uno (1) a dos (2) en experiencia general | 10 | |||
(iii) Competencia para el trabajo: | 60 | |||
• Haber sido ingeriero residente por lo menos en cinco (5) proyectos. | 30 | |||
o cinco (5) proyectos o más | 30 | |||
o cuatro (4) proyectos | 20 | |||
o tres (3) proyectos | 10 | |||
o De uno (1) a dos (2) proyectos | 5 | |||
• Haber trabajado en proyectos de cinco (5) proyectos o mas proyectos | 30 | |||
o cinco (5) proyectos o más | 30 | |||
o cuatro (4) proyectos | 20 | |||
o tres (3) proyectos | 15 | |||
o De uno (1) a dos (2) proyectos | 10 | |||
EL MÍNIMO PARA CALIFICAR SERÁ DE 70 PUNTOS |
3. Declaración jurada sobre prohibiciones o inhabilidades
Yo [indicar nombre de repesentante legal de la empresa oferente], mayor de edad, de estado civil [indicar estado civil de repesentante legal de la empresa oferente], de nacionalidad [indicar nacionalidad de repesentante legal de la empresa oferente], con domicilio en [indicar domicilio (ciudad o municipio y departamento de repesentante legal de la empresa oferente] y con tarjeta de identidad/pasaporte N°. [Indicar número de tarjeta de identidad o de pasaporte de repesentante legal de la empresa oferente] actuando en mi condición de representante legal de [Indicar el nombre de la empresa oferente / en caso de consorcio indicar al consorcio y a las empresas que lo integran], por la presente HAGO DECLARACIÓN JURADA:
Que ni mi persona ni mi representada se encuentran comprendidos en ninguna de las prohibiciones o inhabilidades a que se refieren los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado, que a continuación se transcriben:
“ARTÍCULO 15. Aptitud para contratar e inhabilidades. Podrán contratar con la Administración, las personas naturales o jurídicas, hondureñas o extranjeras, que teniendo plena capacidad de ejercicio, acrediten su solvencia económica y financiera y su idoneidad técnica y profesional y no se hallen comprendidas en algunas de las circunstancias siguientes:
1) Xxxxx sido condenados mediante sentencia firme por delitos contra la propiedad, delitos contra la fe pública, cohecho, enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, malversación de caudales públicos o contrabando y defraudación fiscal, mientras subsista la condena. Esta prohibición también es aplicable a las sociedades mercantiles u otras personas jurídicas cuyos administradores o representantes se encuentran en situaciones similares por actuaciones a nombre o en beneficio de las mismas;
2) DEROGADO;
3) Haber sido declarado en quiebra o en concurso de acreedores, mientras no fueren rehabilitados;
4) Ser funcionarios o empleados, con o sin remuneración, al servicio de los Poderes del Estado o de cualquier institución descentralizada, municipalidad u organismo que se financie con fondos públicos, sin perjuicio de lo previsto en el Artículo 258 de la Constitución de la República;
5) Haber dado lugar, por causa de la que hubiere sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración o a la suspensión temporal en el Registro de Proveedores y Contratistas en tanto dure la sanción. En el primer caso, la prohibición de contratar tendrá una duración de dos (2) años, excepto en aquellos casos en que haya sido objeto de resolución en sus contratos en dos ocasiones, en cuyo caso la prohibición de contratar será definitiva;
6) Ser cónyuge, persona vinculada por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de cualquiera de los funcionarios o empleados bajo cuya responsabilidad esté la precalificación de las empresas, la evaluación de las propuestas, la adjudicación o la firma del contrato;
7) Tratarse de sociedades mercantiles en cuyo capital social participen funcionarios o empleados públicos que tuvieren influencia por razón de sus cargos o participaren directa o indirectamente en cualquier etapa de los procedimientos de selección de contratistas. Esta prohibición se aplica también a las compañías que cuenten con socios que sean cónyuges, personas vinculadas por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de los funcionarios o empleados a que se refiere el numeral anterior, o aquellas en las que desempeñen, puestos de dirección o de representación personas con esos mismos grados de relación o de parentesco; y,
8) Xxxxx intervenido directamente o como asesores en cualquier etapa de los procedimientos de contratación o haber participado en la preparación de las especificaciones, planos, diseños o términos de referencia, excepto en actividades de supervisión de construcción.
ARTÍCULO 16. Funcionarios cubiertos por la inhabilidad. Para los fines del numeral 7) del Artículo anterior, se incluyen el Presidente de la República y los Designados a la Presidencia, los Secretarios y Subsecretarios de Estado, los Directores Generales o Funcionarios de igual rango de las Secretarías de Estado, los Diputados al Congreso Nacional, los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, los miembros del Tribunal Nacional de Elecciones, el Procurador y Subprocurador General de la República, el Contralor y Subcontralor General de la República, el Director y Subdirector General Probidad Administrativa, el Comisionado Nacional de Protección de los Derechos Humanos, el Fiscal General de la República y el Fiscal Adjunto, los mandos superiores de las Fuerzas Armadas, los Gerentes y Subgerentes o funcionarios de similares rangos de las instituciones descentralizadas del Estado, los Alcaldes y Regidores Municipales en el ámbito de la contratación de cada Municipalidad y los demás funcionarios o empleados públicos que por razón de sus cargos intervienen directa o indirectamente en los procedimientos de contratación.”
En fe de lo cual firmo la presente en la ciudad de [indicar ciudad], Departamento de [indicar departamento], a los [indicar fecha en letras] ([indicar fecha en números]) días de mes de [indicar mes] de [indicar año en letras] ([indicar año en números]).
Firma:
Esta declaración jurada debe presentarse en original con la firma autenticada ante notario (En caso de autenticarse por notario extranjero debe ser apostillado).
4. Contrato
CONTRATO No. .- CÓDIGO No.
- LICITACIÓN Nº
Este Contrato se celebra entre XXXXX XXXX XXXXXX XXXXXX, mayor de edad, casado, empresario, hondureño y de este domicilio, portador de la tarjeta de identidad 0801-1958- 03886, actuando en mi condición xx Xxxxxxx Municipal del Distrito Central, nombrado para tal cargo mediante Acta Especial de Juramentación número GDFM 001-2014 de fecha veinte (20) de enero del año dos mil catorce (2014), quien para los efectos legales de este contrato se denominará “El Contratante” por una parte y _, mayor de edad, casado, ingeniero civil, hondureño, y de este domicilio con tarjeta de identidad número
, solvencia municipal número , de este domicilio, en adelante denominado “El Contratista” por la otra parte; por cuanto El Contratante desea que El Contratista ejecute por su cuenta y riesgo el contrato
”, con código en adelante denominado “Las Obras” y el Contratante ha aceptado la oferta para la ejecución y terminación de dichas obras y la subsanación de cualquier defecto de las mismas;
En consecuencia, este contrato atestigua lo siguiente:
1. En este contrato las palabras y expresiones tendrán el mismo significado que respectivamente se les ha asignado en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato a las que se hace referencia en adelante, y las mismas se considerarán parte de este contrato y se leerán e interpretarán como parte del mismo.
2. En consideración a los pagos que el Contratante hará al Contratista como en lo sucesivo se menciona, el Contratista por este medio se compromete con el Contratante a ejecutar y completar las obras y a subsanar cualquier defecto de las mismas de conformidad en todo respecto con las disposiciones del contrato.
3. El Contratante por este medio se compromete a pagar al Contratista como retribución por la ejecución y terminación de las obras y la subsanación de sus defectos, el precio del contrato o aquellas sumas que resulten pagaderas bajo las disposiciones del contrato en el plazo y en la forma establecidas en éste.
4. El monto de éste contrato asciende a la cantidad de: (L.
)”, monto que será financiado con fondos municipales.
En testimonio de lo cual las partes firman el presente contrato el día veintisiete xx xxxxxx del año 2014.
---------------------------------- ----------------------------------
Xxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx
Alcalde Municipal El Contratista
El Contratante
SECCIÓN V. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
Sección V. Condiciones Generales del Contrato 35
A. Disposiciones Generales ¡Error! Marcador no definido.
1. Definiciones ¡Error! Marcador no definido.
2. Interpretación ¡Error! Marcador no definido.
3. Idioma y Ley Aplicables ¡Error! Marcador no definido.
4. Decisiones del Gerente de Obras ¡Error! Marcador no definido.
5. Delegación de funciones ¡Error! Marcador no definido.
6. Comunicaciones ¡Error! Marcador no definido.
7. Subcontratos ¡Error! Marcador no definido.
8. Otros Contratistas ¡Error! Marcador no definido.
9. Personal ¡Error! Marcador no definido.
10. Riesgos del Contratante y del Contratista ¡Error! Marcador no definido.
11. Riesgos del Contratante ¡Error! Marcador no definido.
12. Riesgos del Contratista ¡Error! Marcador no definido.
13. Seguros ¡Error! Marcador no definido.
14. Informes de investigación del Sitio de las Obras ¡Error! Marcador no definido.
15. Consultas acerca de las Condiciones Especiales del Contrato¡Error! Marcador no definido.
16. Construcción de las Obras por el Contratista ¡Error! Marcador no definido.
17. Terminación de las Obras en la fecha prevista ¡Error! Marcador no definido.
18. Aprobación por el Gerente de Obras ¡Error! Marcador no definido.
19. Seguridad ¡Error! Marcador no definido.
20. Descubrimientos ¡Error! Marcador no definido.
21. Toma de posesión del Sitio de las Obras ¡Error! Marcador no definido.
22. Acceso al Sitio de las Obras ¡Error! Marcador no definido.
23. Instrucciones, Inspecciones y Auditorías ¡Error! Marcador no definido.
24. Controversias ¡Error! Marcador no definido.
25. Procedimientos para la solución de controversias ¡Error! Marcador no definido.
26. Recursos contra la resolución del Contratante ¡Error! Marcador no definido.
27. Programa ¡Error! Marcador no definido.
28. Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación ¡Error! Marcador no definido.
29. Aceleración de las Obras ¡Error! Marcador no definido.
30. Xxxxxxx ordenadas por el Gerente de Obras ¡Error! Marcador no definido.
31. Reuniones administrativas ¡Error! Marcador no definido.
32. Advertencia Anticipada ¡Error! Marcador no definido.
C. Control de Calidad ¡Error! Marcador no definido.
33. Identificación de Defectos ¡Error! Marcador no definido.
34. Pruebas ¡Error! Marcador no definido.
35. Corrección de Defectos ¡Error! Marcador no definido.
36. Defectos no corregidos ¡Error! Marcador no definido.
D. Control de Costos ¡Error! Marcador no definido.
37. Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra)..¡Error! Marcador no definido.
38. Desglose de Costos ¡Error! Marcador no definido.
39. Variaciones ¡Error! Marcador no definido.
40. Pagos de las Variaciones ¡Error! Marcador no definido.
41. Proyecciones de Flujo de Efectivos ¡Error! Marcador no definido.
42. Estimaciones de Obra ¡Error! Marcador no definido.
43. Pagos ¡Error! Marcador no definido.
44. Eventos Compensables ¡Error! Marcador no definido.
45. Impuestos ¡Error! Marcador no definido.
46. Monedas ¡Error! Marcador no definido.
47. Ajustes de Precios ¡Error! Marcador no definido.
48. Multas ¡Error! Marcador no definido.
49. Bonificaciones ¡Error! Marcador no definido.
50. Pago de anticipo ¡Error! Marcador no definido.
51. Garantías ¡Error! Marcador no definido.
52. Trabajos por día ¡Error! Marcador no definido.
53. Costo de reparaciones ¡Error! Marcador no definido.
E. Finalización del Contrato ¡Error! Marcador no definido.
54. Terminación de las Obras ¡Error! Marcador no definido.
55. Recepción de las Obras ¡Error! Marcador no definido.
56. Liquidación final ¡Error! Marcador no definido.
57. Manuales de Operación y de Mantenimiento ¡Error! Marcador no definido.
58. Terminación del Contrato ¡Error! Marcador no definido.
59. Fraude y Corrupción ¡Error! Marcador no definido.
60. Pagos posteriores a la terminación del Contrato ¡Error! Marcador no definido.
61. Derechos de propiedad ¡Error! Marcador no definido.
62. Liberación de cumplimiento ¡Error! Marcador no definido.
A. DISPOSICIONES GENERALES
1.1 Las palabras y expresiones definidas aparecen en negrillas (a) El Conciliador es la persona nombrada en forma conjunta por el Contratante y el Contratista o en su defecto, por la Autoridad Nominadora de conformidad con la cláusula 26.1 de estas CGC, para resolver en primera instancia cualquier controversia, de conformidad con lo dispuesto en las cláusulas 24 y 25 de estas CGC, (b) La Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra es la lista debidamente preparada por el Oferente, con indicación de las cantidades y precios, que forma parte de la Oferta. (c) Eventos Compensables son los definidos en la cláusula 44 de estas CGC (d) La Fecha de Terminación es la fecha de terminación de las Obras, certificada por el Gerente de Obras de acuerdo con la Sub cláusula 54.1 de estas CGC. (e) El Contrato es el Contrato entre el Contratante y el Contratista para ejecutar, terminar y mantener las Obras. Comprende los documentos enumerados en la Sub cláusula 2.3 de estas CGC. (f) El Contratista es la persona natural o jurídica, cuya Oferta para la ejecución de las Obras ha sido aceptada por el Contratante. (g) La Oferta del Contratista es el documento de licitación que fue completado y entregado por el Contratista al Contratante. (h) El Precio del Contrato es el precio establecido en la Notificación de la Resolución de Adjudicación y subsecuentemente, según sea ajustado de conformidad con las disposiciones del Contrato. (i) Días significa días calendario; (j) Meses significa meses calendario. (k) Trabajos por día significa una variedad de trabajos que se pagan en base al tiempo utilizado por los empleados y equipos del Contratista, en adición a los pagos por concepto de los materiales y planta conexos. (l) Defecto es cualquier parte de las Obras que no haya sido terminada conforme al Contrato. (m) El Certificado de Responsabilidad por Defectos es el certificado |
emitido por el Gerente de Obras una vez que el Contratista ha corregido los defectos.
(n) El Período de Responsabilidad por Defectos es el período estipulado en la Sub cláusula 35.1 de las XXXx calculado a partir de la fecha de terminación.
(o) Los Planos incluye los cálculos y otra información proporcionada o aprobada por el Gerente de Obras para la ejecución del Contrato.
(p) El Contratante es la Alcaldía Municipal del Distrito Central quien contrata con el Contratista para la ejecución de las Obras, según se estipula en las CEC.
(q) Equipos es la maquinaria y los vehículos del Contratista que han sido trasladados transitoriamente al Sitio de las Obras para la construcción de las Obras.
(r) El Precio Inicial del Contrato es el Precio del Contrato indicado en la Notificación de la Resolución de Adjudicación del Contratante.
(s) La Fecha Prevista de Terminación de las Obras es la fecha en que se prevé que el Contratista deba terminar las Obras y que se especifica en las CEC. Esta fecha podrá ser modificada únicamente por el Contratante mediante una prórroga del plazo o una orden de acelerar los trabajos.
(t) Materiales son todos los suministros, inclusive bienes consumibles, utilizados por el Contratista para ser incorporados en las Obras.
(u) Planta es cualquiera parte integral de las Obras que tenga una función mecánica, eléctrica, química o biológica.
(v) El Gerente de Obras es la persona cuyo nombre se indica en las CEC (o cualquier otra persona competente nombrada por el Contratante con notificación al Contratista, para actuar en reemplazo del Gerente de Obras), responsable de supervisar la ejecución de las Obras.
(w) CEC significa las Condiciones Especiales del Contrato.
(x) El Sitio de las Obras es el sitio definido como tal en las CEC.
(y) Los Informes de Investigación del Sitio de las Obras, incluidos en los documentos de licitación, son informes de tipo interpretativo, basados en hechos, y que se refieren a las condiciones de la superficie
y en el subsuelo del Sitio de las Obras. (z) Especificaciones significa las especificaciones de las Obras incluidas en el Contrato y cualquier modificación o adición hecha o aprobada por el Contratante. (aa) La Fecha de Inicio es la fecha más tardía en la que el Contratista deberá empezar la ejecución de las Obras y que está estipulada en las CEC. No coincide necesariamente con ninguna de las fechas de toma de posesión del Sitio de las Obras. (bb) Subcontratista es una persona natural o jurídica, contratada por el Contratista para realizar una parte de los trabajos del Contrato, y que incluye trabajos en el Sitio de las Obras. (cc) Obras Provisionales son las obras que el Contratista debe diseñar, construir, instalar y retirar, y que son necesarias para la construcción o instalación de las Obras. (dd) Una Variación es una instrucción impartida por el Contratante que modifica las Obras. (ee) Las Obras es todo aquello que el Contrato exige al Contratista construir, instalar y entregar al Contratante como se define en las CEC. | |
2.1 Para la interpretación de estas CGC, si el contexto así lo requiere, el singular significa también el plural, y el masculino significa también el femenino y viceversa. Los encabezamientos de las cláusulas no tienen relevancia por sí mismos. Las palabras que se usan en el Contrato tienen su significado corriente a menos que se las defina específicamente. El Gerente de Obras proporcionará aclaraciones a las consultas sobre estas CGC. 2.2 Si las CEC estipulan la terminación de las Obras por secciones, las referencias que en las CGC se hacen a las Obras, a la Fecha de Terminación y a la Fecha Prevista de Terminación aplican a cada Sección de las Obras (excepto las referencias específicas a la Fecha de Terminación y de la Fecha Prevista de Terminación de la totalidad de las Obras). 2.3 Los documentos que constituyen el Contrato se interpretarán en |
el siguiente orden de prioridad: (a) Contrato, (b) Notificación de la Resolución de Adjudicación, (c) Oferta, (d) Condiciones Especiales del Contrato, (e) Condiciones Generales del Contrato, (f) Especificaciones, (g) Planos, (h) Lista de Cantidades valoradas (Presupuesto de la Obra),y (i) Cualquier otro documento que en las CEC se especifique que forma parte integral del Contrato. | |
3.1 El idioma del Contrato será el español y la ley que lo regirá será la hondureña. | |
4.1 Salvo cuando se especifique otra cosa, el Gerente de Obras, en representación del Contratante, podrá dirigir órdenes e instrucciones al Contratista para la correcta ejecución del contrato, de acuerdo con los planos y especificaciones contractuales y teniendo en cuenta las disposiciones de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento | |
5.1 El Gerente de Obras, después de notificar al Contratista, podrá delegar en otras personas, cualquiera de sus deberes y responsabilidades y, asimismo, podrá cancelar cualquier delegación de funciones, después de notificar al Contratista. | |
6.1 Las comunicaciones cursadas entre las partes a las que se hace referencia en las Condiciones del Contrato sólo serán válidas cuando sean formalizadas por escrito. Las notificaciones entrarán en vigor una vez que sean entregadas. | |
7.1 El Contratista sólo podrá subcontratar trabajos si cuenta con la aprobación del Contratante. La subcontratación no altera las obligaciones del Contratista. 7.2 La aprobación de la subcontratación deberá ser expresa, por escrito, con indicación de su objeto y de las condiciones económicas. Los trabajos que se subcontraten con terceros, no excedan del cuarenta por Ciento (40%) del monto del Contrato. |
7.2 Tampoco podrá el Contratista ceder el Contrato sin la aprobación por escrito del Contratante. | |
8.1 El Contratista deberá cooperar y compartir el Sitio de las Obras con otros contratistas, autoridades públicas, empresas de servicios públicos y el Contratante en las fechas señaladas en la Lista de Otros Contratistas indicada en las CEC. El Contratista también deberá proporcionarles a éstos las instalaciones y servicios que se describen en dicha Lista. El Contratante podrá modificar la Lista de Otros Contratistas y deberá notificar al respecto al Contratista. | |
9.1 El Contratista deberá emplear el personal clave enumerado en la Lista de Personal Clave, de conformidad con lo indicado en las CEC, para llevar a cabo las funciones especificadas en la Lista, u otro personal aprobado por el Gerente de Obras. El Gerente de Obras aprobará cualquier reemplazo de personal clave solo si las calificaciones, habilidades, preparación, capacidad y experiencia del personal propuesto son iguales o superiores a las del personal que figura en la Lista. 9.2 Si el Gerente de Obras solicita al Contratista la remoción de un integrante de la fuerza laboral del Contratista, indicando las causas que motivan el pedido, el Contratista se asegurará que dicha persona se retire del Sitio de las Obras dentro de los siete (7) días siguientes y no tenga ninguna otra participación en los trabajos relacionados con el Contrato. | |
10.1 Son riesgos del Contratante los que en este Contrato se estipulen que corresponden al Contratante, y son riesgos del Contratista los que en este Contrato se estipulen que corresponden al Contratista. | |
11.1 Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, son riesgos del Contratante: (a) Los riesgos de lesiones personales, de muerte, o de pérdida o daños a la propiedad (sin incluir las Obras, Planta, Materiales y Equipos) como consecuencia de: (i) el uso u ocupación del Sitio de las Obras por las Obras, o con el objeto de realizar las Obras, como resultado inevitable de las Obras, o (ii) negligencia, violación de los deberes establecidos por la ley, o interferencia con los derechos legales por |
parte del Contratante o cualquiera persona empleada por él o contratada por él, excepto el Contratista. (b) El riesgo de daño a las Obras, Planta, Materiales y Equipos, en la medida en que ello se xxxx x xxxxxx del Contratante o en el diseño hecho por el Contratante, o a una guerra o contaminación radioactiva que afecte directamente al país donde se han de realizar las Obras. 11.2 Desde la Fecha de Terminación hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, será riesgo del Contratante la pérdida o daño de las Obras, Planta y Materiales, excepto la pérdida o daños como consecuencia de: (a) un defecto que existía en la Fecha de Terminación; (b) un evento que ocurrió antes de la Fecha de Terminación, y que no constituía un riesgo del Contratante; o (c) las actividades del Contratista en el Sitio de las Obras después de la Fecha de Terminación. | |
12.1 Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, cuando los riesgos de lesiones personales, de muerte y de pérdida o daño a la propiedad (incluyendo, sin limitación, las Obras, Planta, Materiales y Equipo) no sean riesgos del Contratante, serán riesgos del Contratista | |
13.1 El Contratista deberá contratar seguros emitidos en el nombre conjunto del Contratista y del Contratante, para cubrir el período comprendido entre la Fecha de Inicio y el vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos, por los montos totales y los montos deducibles estipulados en las CEC, los siguientes eventos constituyen riesgos del Contratista: (a) pérdida o daños a -- las Obras, Planta y Materiales; (b) pérdida o daños a -- los Equipos; (c) pérdida o daños a -- la propiedad (sin incluir las Obras, Planta, Materiales y Equipos) relacionada con el Contrato, y (d) lesiones personales o muerte. 13.2 El Contratista deberá entregar al Gerente de Obras, para su aprobación, las pólizas y los certificados de seguro antes de la |
Fecha de Inicio. Dichos seguros deberán contemplar indemnizaciones pagaderas en los tipos y proporciones de monedas requeridos para rectificar la pérdida o los daños o perjuicios ocasionados. 13.3 Si el Contratista no proporcionara las pólizas y los certificados exigidos, el Contratante podrá contratar los seguros cuyas pólizas y certificados debería haber suministrado el Contratista y podrá recuperar las primas pagadas por el Contratante de los pagos que se adeuden al Contratista, o bien, si no se le adeudara nada, considerarlas una deuda del Contratista. 13.4 Las condiciones del seguro no podrán modificarse sin la aprobación del Gerente de Obras. 13.5 Ambas partes deberán cumplir con todas las condiciones de las pólizas de seguro. | |
14.1 El Contratista, al preparar su Oferta, se basará en los informes de investigación del Sitio de las Obras indicados en las CEC, además de cualquier otra información de que disponga el Oferente. | |
15. Consultas acerca de las Condiciones Especiales del Contrato | 15.1 El Gerente de Obras responderá a las consultas sobre las CEC. |
16.1 El Contratista deberá construir e instalar las Obras de conformidad con las Especificaciones y los Planos. | |
17.1 El Contratista podrá iniciar la construcción de las Obras en la Fecha de Inicio y deberá ejecutarlas de acuerdo con el Programa que hubiera presentado, con las actualizaciones que el Contratante hubiera aprobado, y terminarlas en la Fecha Prevista de Terminación. | |
18.1 El Contratista será responsable por el diseño de las obras provisionales. 18.2 El Contratista deberá obtener las aprobaciones del diseño de las obras provisionales por parte de terceros cuando sean necesarias. 18.3 Todos los planos preparados por el Contratista para la ejecución de las obras definitivas deberán ser aprobados previamente por |
el Gerente de Obras antes de su utilización. | |
19.1 El Contratista será responsable por la seguridad de todas las actividades en el Sitio de las Obras. 19.2 El Contratista deberá suministrar a sus trabajadores los equipos e implementos necesarios de protección y tomará las medidas necesarias para mantener en sus campamentos y en la obra, la higiene y seguridad en el trabajo, según las disposiciones sobre la materia. | |
20.1 Cualquier elemento de interés histórico o de otra naturaleza o de gran valor que se descubra inesperadamente en la zona de las obras será de propiedad del Contratante. El Contratista deberá notificar al Gerente de Obras acerca del descubrimiento y seguir las instrucciones que éste imparta sobre la manera de proceder. | |
21.1 El Contratante traspasará al Contratista la posesión de la totalidad del Sitio de las Obras. Si no se traspasara la posesión de alguna parte en la fecha estipulada en las CEC, se considerará que el Contratante ha demorado el inicio de las actividades pertinentes y que ello constituye un evento compensable. | |
22.1 El Contratista deberá permitir al Gerente de Obras, y a cualquier persona autorizada por éste, el acceso al Sitio de las Obras y a cualquier lugar donde se estén realizando o se prevea realizar trabajos relacionados con el Contrato. | |
23.1 El Contratista deberá cumplir todas las instrucciones del Gerente de Obras que se ajusten a los planos y especificaciones contractuales y teniendo en cuenta las disposiciones de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 23.2 El Contratista permitirá que el Banco inspeccione las cuentas, registros contables y archivos del Contratista relacionados con la presentación de ofertas y la ejecución del contrato y realice auditorías por medio de auditores designados por el Banco, si así lo requiere el Banco. Para estos efectos, el Contratista deberá conservan todos los documentos y registros relacionados con el proyecto financiado por el Banco, por un período de cinco (5) años luego de terminado el trabajo. Igualmente, entregará al Banco todo documento necesario para la investigación pertinente sobre denuncias de fraude y corrupción y ordenará a los individuos, empleados o agentes del Contratista que tengan conocimiento del proyecto financiado por el Banco a responder a las consultas provenientes de personal del Banco. |
24.1 Cualquier divergencia que se presente sobre un asunto que no se resuelva mediante un arreglo entre el Contratista y el Contratante, deberá ser resuelto por éste, quien previo estudio del caso dictará su resolución y la comunicará al reclamante. | |
25.1 En el caso de controversias el Contratante interpretará mediante acto administrativo motivado, las cláusulas objeto de la discrepancia, resolviendo las dudas que resultaren. Esta potestad se ejercitará por medio del órgano administrativo de mayor jerarquía responsable de la ejecución del contrato, con audiencia del Contratista; y sin perjuicio de los recursos legales que correspondan. | |
26.1 Contra la resolución del Contratante quedará expedita la vía judicial ante los tribunales de lo Contencioso Administrativo, salvo que las CEC establezcan la posibilidad de acudir al Arbitraje. |
B. Control de Plazos
27. Programa | 27.1 Dentro del plazo establecido en las CEC y después de la fecha de la Notificación de la Resolución de Adjudicación, el Contratista presentará al Gerente de Obras, para su opinión y posterior aprobación por el Contratante, un Programa en el que consten las metodologías generales, la organización, la secuencia y el calendario de ejecución de todas las actividades relativas a las Obras. 27.2 El Programa actualizado será aquel que refleje los avances reales logrados en cada actividad y los efectos de tales avances en el calendario de ejecución de las tareas restantes, incluyendo cualquier cambio en la secuencia de las actividades. 27.3 El Contratista deberá presentar al Gerente de Obras para su opinión y posterior aprobación por el Contratante, un Programa con intervalos iguales que no excedan el período establecidos en las CEC. Si el Contratista no presenta dicho Programa actualizado dentro de este plazo, el Gerente de Obras podrá retener el monto especificado en las CEC de la próxima estimación de obra y continuar reteniendo dicho monto hasta el pago que prosiga a la fecha en la cual el Contratista haya presentado el Programa atrasado. |
27.4 La aprobación del Programa no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Contratista podrá modificar el Programa y presentarlo nuevamente al Gerente de Obras en cualquier momento. El Programa modificado deberá reflejar los efectos de las Variaciones y de los Eventos Compensables. | |
28.1 El Contratante deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación cuando se produzca un Evento Compensable o se ordene una Variación que haga imposible la terminación de las Obras en la Fecha Prevista de Terminación sin que el Contratista adopte medidas para acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos pendientes y que le genere gastos adicionales. 28.2 El Contratante determinará si debe prorrogarse la Fecha Prevista de Terminación y por cuánto tiempo, dentro de los veintiún (21) días siguientes a la fecha en que el Contratista solicite al Contratante una decisión sobre los efectos de una Variación o de un Evento Compensable y proporcione toda la información sustentadora. Si el Contratista no hubiere dado aviso oportuno acerca de una demora o no hubiere cooperado para resolverla, la demora debida a esa falla no será considerada para determinar la nueva Fecha Prevista de Terminación. | |
29.1 Cuando el Contratante quiera que el Contratista finalice las Obras antes de la Fecha Prevista de Terminación, el Contratante deberá solicitar al Contratista propuestas valoradas para conseguir la necesaria aceleración de la ejecución de los trabajos. Si el Contratante aceptara dichas propuestas, la Fecha Prevista de Terminación será modificada como corresponda y ratificada por el Contratante y el Contratista. 29.2 Si las propuestas con precios del Contratista para acelerar la ejecución de los trabajos son aceptadas por el Contratante, dichas propuestas se tratarán como Variaciones y los precios de las mismas se incorporarán al Precio del Contrato. | |
30.1 El Gerente de Obras podrá ordenar al Contratista que demore la iniciación o el avance de cualquier actividad comprendida en las Obras. | |
31.1 Tanto el Gerente de Obras como el Contratista podrán solicitar a la otra parte que asista a reuniones administrativas. El objetivo de dichas reuniones será la revisión de la programación de los trabajos pendientes y la resolución de asuntos planteados conforme con el procedimiento de Advertencia Anticipada descrito en la Cláusula 32. |
31.2 El Gerente de Obras deberá llevar un registro de lo tratado en las reuniones administrativas y suministrar copias del mismo a los asistentes y al Contratante. Ya sea en la propia reunión o con posterioridad a ella, el Gerente de Obras deberá decidir y comunicar por escrito a todos los asistentes sus respectivas obligaciones en relación con las medidas que deban adoptarse. | |
32.1 El Contratista deberá advertir al Gerente de Obras lo antes posible sobre futuros posibles eventos o circunstancias específicas que puedan perjudicar la calidad de los trabajos, elevar el Precio del Contrato o demorar la ejecución de las Obras. El Gerente de Obras podrá solicitarle al Contratista que presente una estimación de los efectos esperados que el futuro evento o circunstancia podrían tener sobre el Precio del Contrato y la Fecha de Terminación. El Contratista deberá proporcionar dicha estimación tan pronto como le sea razonablemente posible. 32.2 El Contratista colaborará con el Gerente de Obras en la preparación y consideración de posibles maneras en que cualquier participante en los trabajos pueda evitar o reducir los efectos de dicho evento o circunstancia y para ejecutar las instrucciones que consecuentemente ordenare el Gerente de Obras. |
C. CONTROL DE CALIDAD
Defectos | 33.1 El Gerente de Obras controlará el trabajo del Contratista y le notificará de cualquier defecto que encuentre. Dicho control no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Gerente de Obras podrá ordenar al Contratista que localice un defecto y que ponga al descubierto y someta a prueba cualquier trabajo que el Gerente de Obras considere que pudiera tener algún defecto. |
34.1 Si el Gerente de Obras ordena al Contratista realizar alguna prueba que no esté contemplada en las Especificaciones a fin de verificar si algún trabajo tiene defectos y la prueba revela que los tiene, el Contratista pagará el costo de la prueba y de las muestras. Si no se encuentra ningún defecto, la prueba se considerará un Evento Compensable. | |
35.1 El Gerente de Obras notificará al Contratista todos los defectos de que tenga conocimiento antes de que finalice el Período de Responsabilidad por Defectos, que se inicia en la fecha de |
terminación y se define en las CEC. El Período de Responsabilidad por Defectos se prorrogará mientras queden defectos por corregir. 35.2 Cada vez que se notifique un defecto, el Contratista lo corregirá dentro del plazo especificado en la notificación del Gerente de Obras. | |
36.1 Si el Contratista no ha corregido un defecto dentro del plazo especificado en la notificación del Gerente de Obras, este último estimará el precio de la corrección del defecto, y el Contratista deberá pagar dicho monto. |
D. Control de Costos
Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra) | 37.1 La Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra) deberá contener los rubros correspondientes a la construcción, el montaje, las pruebas y los trabajos de puesta en servicio que deba ejecutar el Contratista. 37.2 La Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra) se usa para calcular el Precio del Contrato. Al Contratista se le paga por la cantidad de trabajo realizado al precio unitario especificado para cada rubro en la Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra). |
38.1 Si el Contratante o el Gerente de Obras lo solicita, el Contratista deberá proporcionarle un desglose de los costos correspondientes a cualquier precio que conste en la Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra). | |
39.1 Todas las Variaciones deberán incluirse en los Programas actualizados que presente el Contratista y deberán ser autorizadas por escrito por el Contratante. 39.2 Cuando las variaciones acumuladas superen el 10% del Precio Inicial del Contrato se formalizarán mediante modificación del Contrato. | |
40.1 Cuando el Gerente de Obras la solicite, el Contratista deberá presentarle una cotización para la ejecución de una Variación. El Contratista deberá proporcionársela dentro de los siete (7) días siguientes a la solicitud, o dentro de un plazo mayor si el Gerente de Obras así lo hubiera determinado. El Gerente de Obras deberá analizar la cotización antes de opinar sobre la Variación. 40.2 Cuando los trabajos correspondientes a la Variación coincidan con un rubro descrito en la Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra) y si, a juicio del Gerente de Obras, la cantidad de trabajo o su calendario de ejecución no produce cambios en el costo unitario por encima del límite establecido en la Sub cláusula 38.1, para calcular el valor de la Variación se usará el precio indicado en la Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra). Si el costo unitario se modificara, o si la naturaleza o el calendario de ejecución de los trabajos correspondientes a la Variación no coincidieran con los rubros de la Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra), el |
Contratista deberá proporcionar una cotización con nuevos precios para los rubros pertinentes de los trabajos. 40.3 Si el Contratante no considerase la cotización del Contratista razonable, el Contratante podrá ordenar la Variación y modificar el Precio del Contrato basado en su propia estimación de los efectos de la Variación sobre los costos del Contratista. 40.4 Si el Contratante decide que la urgencia de la Variación no permite obtener y analizar una cotización sin demorar los trabajos, no se solicitará cotización alguna y la Variación se considerará como un Evento Compensable. 40.5 El Contratista no tendrá derecho al pago de costos adicionales que podrían haberse evitado si hubiese hecho la Advertencia Anticipada pertinente. | |
41.1 Cuando se actualice el Programa, el Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras una proyección actualizada del flujo de efectivos. Dicha proyección podrá incluir diferentes monedas según se estipulen en el Contrato, convertidas según sea necesario utilizando las tasas de cambio del Contrato. | |
42.1 El Contratista presentará al Gerente de Obras cuentas mensuales por el valor estimado de los trabajos ejecutados menos las sumas acumuladas previamente certificadas por el Gerente de Obras de conformidad con la Sub cláusula 42.2. 42.2 El Gerente de Obras verificará las cuentas mensuales del Contratista y certificará la suma que deberá pagársele. 42.3 El valor de los trabajos ejecutados será determinado por el Gerente de Obras. 42.4 El valor de los trabajos ejecutados comprenderá el valor de las cantidades terminadas de los rubros incluidos en la Lista de Cantidades Valoradas (Presupuesto de la Obra). 42.5 El valor de los trabajos ejecutados incluirá la estimación de las Variaciones y de los Eventos Compensables. 42.6 El Gerente de Obras podrá excluir cualquier rubro incluido en una estimación anterior o reducir la proporción de cualquier rubro que se hubiera aprobado anteriormente en consideración de información más reciente. | |
43.1 Los pagos serán ajustados para deducir los pagos de anticipo y |
las retenciones. El Contratante pagará al Contratista los montos de la estimación de obras aprobada por el Gerente de Obras dentro de los veintiocho (28) días siguientes a la fecha de cada certificado. Si el Contratante emite un pago atrasado, en el pago siguiente se deberá pagarle al Contratista interés sobre el pago atrasado. El interés se calculará a partir de la fecha en que el pago atrasado debería haberse emitido hasta la fecha cuando el pago atrasado es emitido, a la tasa de interés promedio para operaciones activas vigente en el sistema bancario nacional determinada mensualmente para la respectiva moneda por la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones, en consulta con el Banco Central de Honduras. 43.2 Si el monto aprobado es incrementado en una estimación posterior o como resultado de una decisión del Conciliador, Arbitro o Juez, se le pagará interés al Contratista sobre el pago demorado como se establece en esta cláusula. El interés se calculará a partir de la fecha en que se debería haber aprobado dicho incremento si no hubiera habido controversia. 43.3 Salvo que se establezca otra cosa, todos los pagos y deducciones se efectuarán en las proporciones de las monedas en que está expresado el Precio del Contrato. 43.4 El Contratante no pagará los rubros de las Obras para los cuales no se indicó precio y se entenderá que están cubiertos en otros precios en el Contrato. | |
Compensables | 44.1 Se considerarán eventos compensables los siguientes: (a) El Contratante no permite acceso a una parte del Sitio de las Obras en la Fecha de Posesión del Sitio de las Obras de acuerdo con la Subcláusula 21.1 de las CGC. (b) El Contratante modifica la Lista de Otros Contratistas de tal manera que afecta el trabajo del Contratista en virtud del Contrato. (c) El Gerente de Obras ordena una demora o no emite los Planos, las Especificaciones o las instrucciones necesarias para la ejecución oportuna de las Obras. (d) El Gerente de Obras ordena al Contratista que ponga al descubierto los trabajos o que realice pruebas adicionales a los trabajos y se comprueba posteriormente que los mismos no presentaban Defectos. |
(e) El Gerente de Obras sin justificación desaprueba una subcontratación.
(f) Las condiciones del terreno son más desfavorables que lo que razonablemente se podía inferir antes de la emisión de la Notificación de la Resolución de Adjudicación, a partir de la información emitida a los Oferentes (incluyendo el Informe de Investigación del Sitio de las Obras), la información disponible públicamente y la inspección visual del Sitio de las Obras.
(g) El Gerente de Obras imparte una instrucción para lidiar con una condición imprevista, causada por el Contratante, o de ejecutar trabajos adicionales que son necesarios por razones de seguridad u otros motivos.
(h) Otros contratistas, autoridades públicas, empresas de servicios públicos, o el Contratante no trabajan conforme a las fechas y otras limitaciones estipuladas en el Contrato, causando demoras o costos adicionales al Contratista.
(i) El anticipo se paga atrasado.
(j) Los efectos sobre el Contratista de cualquiera de los riesgos del Contratante.
(k) El Gerente de Obras demora sin justificación alguna la emisión del Certificado de Terminación.
44.2 Si un evento compensable ocasiona costos adicionales o impide que los trabajos se terminen con anterioridad a la Fecha Prevista de Terminación, se deberá aumentar el Precio del Contrato y/o se deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras decidirá si el Precio del Contrato deberá incrementarse y el monto del incremento, y si la Fecha Prevista de Terminación deberá prorrogarse y en qué medida.
44.3 Tan pronto como el Contratista proporcione información que demuestre los efectos de cada evento compensable en su proyección de costos, el Gerente de Obras la evaluará y ajustará el Precio del Contrato como corresponda. Si el Gerente de Obras no considerase la estimación del Contratista razonable, el Gerente de Obras preparará su propia estimación y ajustará el Precio del Contrato conforme a ésta. El Gerente de Obras supondrá que el Contratista reaccionará en forma competente y
oportunamente frente al evento. 44.4 El Contratista no tendrá derecho al pago de ninguna compensación en la medida en que los intereses del Contratante se vieran perjudicados si el Contratista no hubiera dado aviso oportuno o no hubiera cooperado con el Gerente de Obras. | |
45.1 El Gerente de Obras deberá ajustar el Precio del Contrato si los impuestos, derechos y otros gravámenes cambian en el período comprendido entre la fecha que sea veintiocho (28) días anterior a la de presentación de las Ofertas para el Contrato y la fecha del Acta de Recepción Definitiva. El ajuste se hará por el monto de los cambios en los impuestos pagaderos por el Contratista, siempre que dichos cambios no estuvieran ya reflejados en el Precio del Contrato, o sean resultado de la aplicación de la cláusula 47 de las CGC. | |
46.1 La moneda o monedas en que se le pagará al Proveedor en virtud de este Contrato se especifican en las CEC. | |
47.1 Los precios se ajustarán para tener en cuenta las fluctuaciones del costo de los insumos, en la forma estipulada en las CEC. | |
48.1 El Contratista deberá indemnizar al Contratante por daños y perjuicios conforme al precio por día establecido en las CEC, por cada día de retraso de la Fecha de Terminación con respecto a la Fecha Prevista de Terminación. El monto total de daños y perjuicios no deberá exceder del monto estipulado en las CEC. El Contratante podrá deducir dicha indemnización de los pagos que se adeudaren al Contratista. El pago por daños y perjuicios no afectará las obligaciones del Contratista 48.2 Si después de hecha la liquidación por daños y perjuicios se prorrogara la Fecha Prevista de Terminación, el Gerente de Obras deberá corregir en la siguiente estimación de obra los pagos en exceso que hubiere efectuado el Contratista por concepto de liquidación de daños y perjuicios. Se deberán pagar intereses al Contratista sobre el monto pagado en exceso, calculados para el período entre la fecha de pago hasta la fecha de reembolso, a las tasas especificadas en la Subcláusula 43.1 de las CGC. 48.3 Adicionalmente el Contratista deberá pagar al Contratante en concepto de multa: |
(a) Por no contar con la Bitácora del Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras (CICH): al precio por día establecido en las CEC. La adquisición de la Bitácora corre por cuenta del Contratista. (b) Por no contar con un rótulo que cumpla las especificaciones técnicas solicitadas: al precio por día establecido en las CEC. La adquisición e instalación del rótulo corre por cuenta del Contratista. | |
49.1 En los casos en que ello se estipule en las CEC, se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras, si fuere el caso) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 54.1 de las CGC aun cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido. | |
50.1 El Contratante pagará al Contratista un anticipo por el monto estipulado en las CEC en la fecha también estipulada en las CEC, contra la presentación por el Contratista de una Garantía Bancaria Incondicional o una Fianza, emitida en la forma y por un banco o aseguradora aceptables para el Contratante en los mismos montos y monedas del anticipo. La garantía o fianza deberá permanecer vigente hasta que el anticipo pagado haya sido reembolsado, pero el monto de la misma será reducido progresivamente en los montos reembolsados por el Contratista. El anticipo no devengará intereses. 50.2 El Contratista deberá usar el anticipo únicamente para pagar equipos, planta, materiales, servicios y gastos de movilización que se requieran específicamente para la ejecución del Contrato. El Contratista deberá demostrar que ha utilizado el anticipo para tales fines mediante la presentación de copias de las facturas u otros documentos al Gerente de Obras. 50.3 El anticipo será reembolsado mediante la deducción de montos proporcionales de los pagos que se adeuden al Contratista, de conformidad con la valoración del porcentaje de las Obras que haya sido terminado. No se tomarán en cuenta el anticipo ni sus reembolsos para determinar la valoración de los trabajos realizados, Variaciones, ajuste de precios, eventos compensables, bonificaciones, o liquidación por daños y |
perjuicios. | |
51.1 El Contratista deberá proporcionar al Contratante la Garantía de Cumplimiento a más tardar en la fecha definida en la Notificación de la Resolución de Adjudicación y por el monto estipulado en las CEC, emitida por un banco o compañía afianzadora aceptables para el Contratante y expresada en los tipos y proporciones de monedas en que deba pagarse el Precio del Contrato. La validez de la Garantía de Cumplimiento excederá en tres (3) meses la Fecha Prevista de Terminación. 51.2 Una vez efectuada la recepción final de las obras y realizada la liquidación del contrato, el Contratista sustituirá la garantía de cumplimiento del contrato por una garantía de calidad de la obra, con vigencia por el tiempo estipulado en las CEC y cuyo monto será equivalente al cinco por ciento (5%) del valor de la obra ejecutada. | |
52.1 Cuando corresponda, los precios para trabajos por día indicadas en la Oferta se aplicarán para pequeñas cantidades adicionales de trabajo sólo cuando el Gerente de Obras hubiera impartido instrucciones previamente y por escrito para la ejecución de trabajos adicionales que se han de pagar de esa manera. 52.2 El Contratista deberá dejar constancia en formularios aprobados por el Gerente de Obras de todo trabajo que deba pagarse como trabajos por día. El Gerente de Obras deberá verificar y firmar dentro de los dos días siguientes después de haberse realizado el trabajo todos los formularios que se llenen para este propósito. 52.3 Los pagos al Contratista por concepto de trabajos por día estarán supeditados a la presentación de los formularios mencionados en la Subcláusula 52.2 de las CGC. | |
53.1 El Contratista será responsable de reparar y pagar por cuenta propia las pérdidas o daños que sufran las Obras o los Materiales que hayan de incorporarse a ellas entre la Fecha de Inicio de las Obras y el vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos, cuando dichas pérdidas y daños sean ocasionados por sus propios actos u omisiones. |
E. FINALIZACIÓN DEL CONTRATO
las Obras | 54.1 Terminada sustancialmente las Obras, se efectuará en forma inmediata una inspección preliminar, que acredite |
que las Obras se encuentran en estado de ser recibidas, todo lo cual se consignará en Acta de Recepción Provisional suscrita por un representante del órgano responsable de la contratación por el Contratante, el Gerente de Obras designado y el representante designado por el Contratista. 54.2 Entiéndase por terminación sustancial la conclusión de la obra de acuerdo con los planos, especificaciones y demás documentos contractuales, de manera que, luego de las comprobaciones que procedan, pueda ser recibida definitivamente y puesta en servicio, atendiendo a su finalidad. | |
55.1 Acreditado mediante la inspección preliminar, que las obras se encuentran en estado de ser recibidas, y dentro de los siete (7) días siguientes a la fecha en que el Contratista efectúe su requerimiento, el Contratante procederá a su recepción provisional, previo informe del Gerente de Obras. 55.2 Si de la inspección preliminar resultare necesario efectuar correcciones por defectos o detalles pendientes, se darán instrucciones precisas al contratista para que a su costo proceda dentro del plazo que se señale a la reparación o terminación de acuerdo con los planos, especificaciones y demás documentos contractuales. 55.3 Cuando las obras se encuentren en estado de ser recibidas en forma definitiva, se procederá a efectuar las comprobaciones y revisiones finales. Si así procediere, previo dictamen del Gerente de Obras, se efectuará la recepción definitiva de la obra mediante acta suscrita de manera similar a como dispone el artículo anterior. 55.4 Cuando conforme a las CEC proceda la recepción parcial por tramos o partes de la obra un proyecto, la recepción provisional y definitiva de cada uno de ellos se ajustará a lo dispuesto en los artículos anteriores. Cuando así ocurra, el plazo de la garantía de calidad correspondiente a cada entrega a que estuviere obligado el Contratista se contará a partir de la recepción definitiva de cada tramo. 55.5 Hasta que se produzca la recepción definitiva de las obras, su custodia y vigilancia será de cuenta del Contratista, teniendo en cuenta la naturaleza de las mismas y de |
acuerdo con lo que para tal efecto disponga el contrato. | |
56.1 El Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras un estado de cuenta detallado del monto total que el Contratista considere que se le adeuda en virtud del Contrato antes del vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos. El Gerente de Obras emitirá un Certificado de Responsabilidad por Defectos y certificará cualquier pago final que se adeude al Contratista dentro de los cincuenta y seis (56) días siguientes a haber recibido del Contratista el estado de cuenta detallado y éste estuviera correcto y completo a juicio del Gerente de Obras. De no encontrarse el estado de cuenta correcto y completo, el Gerente de Obras deberá emitir dentro de veintiocho (28) días una lista que establezca la naturaleza de las correcciones o adiciones que sean necesarias. Si después de que el Contratista volviese a presentar el estado de cuenta final aún no fuera satisfactorio a juicio del Gerente de Obras, éste decidirá el monto que deberá pagarse al Contratista, y emitirá el certificado de pago. 56.2 El órgano responsable de la contratación deberá aprobar la liquidación y ordenar el pago, en su caso, del saldo resultante, debiendo las partes otorgarse los finiquitos respectivos. | |
57.1 Si se solicitan planos finales actualizados y/o manuales de operación y mantenimiento actualizados, el Contratista los entregará en las fechas estipuladas en las CEC. 57.2 Si el Contratista no proporciona los planos finales actualizados y/o los manuales de operación y mantenimiento a más tardar en las fechas estipuladas en las CEC, o no son aprobados por el Gerente de Obras, éste retendrá la suma estipulada en las CEC de los pagos que se le adeuden al Contratista. | |
58.1 El Contratante o el Contratista podrán terminar el Contrato si la otra parte incurriese en incumplimiento fundamental del Contrato. 58.2 Los incumplimientos fundamentales del Contrato incluirán, pero no estarán limitados a los siguientes: (a) Si el Contratista suspende los trabajos por veintiocho (28) días cuando el Programa vigente no prevé tal |
suspensión y tampoco ha sido autorizada por la Dirección de Control y Seguimiento.
(b) La suspensión temporal de las obras por un plazo superior a dos (2) meses sin que medien fuerza mayor o caso fortuito, acordada por la Administración.
(c) La disolución de la sociedad mercantil contratista, salvo en los casos de fusión de sociedades y siempre que solicite de manera expresa al Contratante su autorización para la continuación de la ejecución del contrato, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que tal fusión ocurra. El Contratante podrá aceptar o denegar dicha solicitud, sin que, en este último caso, haya derecho a indemnización alguna.
(d) La declaración de quiebra o de suspensión de pagos del contratista, o su comprobada incapacidad financiera y si se le embarga el equipo, maquinaria, fondos, implementos o materiales que se utilicen en la elaboración de los trabajos contratados o cualquier suma que deba pagarse por este contrato, si el monto del embrago le impidiere cumplir con las obligaciones contractuales.
(e) El incumplimiento de las obligaciones de pago más allá del plazo de cuatro (4) meses si no se establece en las CEC un plazo menor.
(f) Si la Dirección de Control y Seguimiento le notifica al Contratista que el no corregir un defecto determinado constituye un caso de incumplimiento fundamental del Contrato, y el Contratista no procede a corregirlo dentro de un plazo razonable establecido por la Dirección de Control y Seguimiento en la notificación.
(g) La falta de constitución de la garantía de cumplimiento del contrato o de las demás garantías a cargo del contratista dentro de los plazos correspondientes;
(h) Si el Contratista no mantiene una garantía que sea exigida en el Contrato.
(i) La evidente negligencia por parte del contratista en la
ejecución de los trabajos requeridos debido a la insuficiente mano de obra, falta de equipo o materiales necesarios para cumplir con el programa de trabajo aprobado para asegurar la conclusión del contrato en el tiempo estipulado y si el Contratista ha demorado la terminación de las Obras por el número de días para el cual se puede pagar el monto máximo por concepto de daños y perjuicios, según lo estipulado en las CEC.
(j) Si el Contratista, a juicio del Contratante, ha incurrido en fraude o corrupción al competir por el Contrato o en su ejecución, conforme a lo establecido la Cláusula 59 de estas CGC.
(k) Si el Contratista rehusare proseguir o dejare de cumplir con cualquiera de las obligaciones contraídas en este contrato en forma parcial o total con la diligencia necesaria para cumplir con el programa de trabajo aprobado y asegurar su terminación dentro del plazo establecido o cualquier ampliación que se le conceda.
(l) La falta de corrección de defectos de diseño cuando éstos sean técnicamente inejecutables;
58.3 El Contratante o el Contratista podrán terminar el Contrato también en los siguientes casos:
a) Por la suspensión definitiva de las obras o la suspensión temporal de las mismas por un plazo superior a seis (6) meses, en caso de fuerza mayor o caso fortuito;
b) Por la muerte del contratista individual, salvo que los herederos ofrezcan concluir con el mismo con sujeción a todas sus estipulaciones; la aceptación de esta circunstancia será potestativa del Contratante sin que los herederos tengan derecho a indemnización alguna.
c) Cualquier otra disposición establecida en la Ley de Contratación del Estado y demás leyes aplicables al caso
58.4 No obstante lo anterior, el Contratante podrá terminar el
Contrato en cualquier momento por motivos de interés público o las circunstancias imprevistas calificadas como caso fortuito o fuerza mayor, sobrevinientes a la celebración del contrato, que imposibiliten o agraven desproporcionadamente su ejecución. 58.5 Cuando se presentaren divergencias entre las partes contratantes se intentará solucionar mediante el dialogo y la rescisión del contrato se efectuara sin más trámite judicial o administrativo, que la emisión de un acuerdo municipal por parte de la Corporación Municipal del Distrito Central. 58.6 Si el Contrato fuere terminado, el Contratista deberá suspender los trabajos inmediatamente y disponer las medidas de seguridad necesarias en el sitio de las obras y retirarse del lugar en el tiempo razonablemente posible. | |
59.1 El Estado Hondureño exige a todos los organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o personas oferentes por participar o participando en procedimientos de contratación, incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, contratistas, consultores y concesionarios (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes), observar los más altos niveles éticos durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Los actos de fraude y corrupción están prohibidos. 59.2 El Contratante, así como cualquier instancia de control del Estado Hondureño tendrán el derecho revisar a los Oferentes, proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y concesionarios sus cuentas y registros y cualesquiera otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Contratante, o la respectiva instancia de control del Estado Hondureño. Para estos efectos, el Contratista y sus subcontratistas deberán: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con este Contrato por un período de tres (3) años luego de terminado el trabajo contemplado en el Contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de fraude o corrupción, y pongan a la disposición del Contratante o la respectiva instancia de |
control del Estado Hondureño, los empleados o agentes del Contratista y sus subcontratistas que tengan conocimiento del Contrato para responder las consultas provenientes de personal del Contratante o la respectiva instancia de control del Estado Hondureño o de cualquier investigador, agente, auditor o consultor apropiadamente designado para la revisión o auditoría de los documentos. Si el Contratista o cualquiera de sus subcontratistas incumple el requerimiento del Contratante o la respectiva instancia de control del Estado Hondureño, o de cualquier otra forma obstaculiza la revisión del asunto por éstos, el Contratante o la respectiva instancia de control del Estado Hondureño bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el contratista o subcontratista para asegurar el cumplimiento de esta obligación. 59.3 Los actos de fraude y corrupción son sancionados por la Ley de Contratación del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad en que se pudiera incurrir conforme al Código Penal. | |
60.1 Si el Contrato se termina por incumplimiento fundamental del Contratista, el Supervisor deberá emitir un certificado en el que conste el valor de los trabajos realizados y de los Materiales ordenados por el Contratista, menos los anticipos recibidos por él hasta la fecha de emisión de dicho certificado y menos el valor de las Multas por retraso en la entrega de la Obra aplicables. Ello sin menoscabo de las acciones que procedan para la indemnización por daños y perjuicios producidos al Contratante. Si el monto total que se adeuda al Contratante excediera el monto de cualquier pago que debiera efectuarse al Contratista, la diferencia constituirá una deuda a favor del Contratante. 60.2 Si el Contrato se rescinde por conveniencia del Contratante o por incumplimiento fundamental del Contrato por el Contratante, el Gerente de Obras deberá emitir un certificado por el valor de los trabajos realizados, los materiales ordenados, el costo razonable del retiro de los equipos y la repatriación del personal del Contratista ocupado exclusivamente en las Obras, y los costos en que el Contratista hubiera incurrido para el resguardo y seguridad de las Obras, menos los anticipos que hubiera recibido hasta la fecha de emisión de dicho certificado. |
propiedad | 61.1 Si el Contrato se termina por incumplimiento del Contratista, todos los Materiales que se encuentren en el Sitio de las Obras, la Planta, los Equipos, las Obras provisionales y las Obras incluidas en estimaciones aprobadas o las indicadas a tales efectos en la Liquidación, se considerarán de propiedad del Contratante. |
62.1 Si se hace imposible el cumplimiento del Contrato por motivo de una guerra, o por cualquier otro evento que esté totalmente fuera de control del Contratante o del Contratista, el Gerente de Obras deberá certificar la imposibilidad de cumplimiento del Contrato. En tal caso, el Contratista deberá disponer las medidas de seguridad necesarias en el Sitio de las Obras y suspender los trabajos a la brevedad posible después de recibir este certificado. En caso de imposibilidad de cumplimiento, deberá pagarse al Contratista todos los trabajos realizados antes de la recepción del certificado, así como de cualesquier trabajos realizados posteriormente sobre los cuales se hubieran adquirido compromisos. | |
63. Medio ambiente y seguridad | 63.1 El Contratista deberá tomar por su cuenta absolutamente todas las prevenciones del caso, con el propósito de preservar el medio ambiente y la salubridad de las zonas de influencias durante la ejecución de los trabajos, así como todas las medidas de seguridad que salvaguarden al personal que trabaja en la zona de las obras y todas aquellas personas que circulen por las mismas. Si los daños causados por negligencia de El Contratista no son reparados por éste cuando se lo requiera El Contratante, sus costos serán deducidos de la estimación o pago pendiente.- Además El Contratista obtendrá a su costo chalecos de seguridad para el uso de personal de campo que laborará en el proyecto; vallas de seguridad y rótulos, que portará el equipo a utilizar en el proyecto; todos los implementos anteriores deberán reunir las especificaciones exigidas por El Contratante. |
64. Inscripción | 64.1 El Contratista tendrá la obligación de inscribir en la Cámara Hondureña de la Industria de la Construcción (CHICO) el presente Contrato, de igual forma deberá acreditar ante la Dirección de Control y Seguimiento de la AMDC dicha inscripción para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 35 de la Ley de Contratación del Estado |
Condiciones Especiales del Contrato
A. Disposiciones Generales
CGC 1.1 (a) | En el presente Contrato no se prevé Conciliador. |
CGC 1.1 (p) | Representante autorizado del Contratante: Señor Xxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Alcalde Municipal del Distrito Central La dirección del Contratante: Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC) Gerencia de Licitaciones, Contrataciones y Servicios Internos (GLCSI), Edificio Ejecutivo, 1°. piso, frente al Hospital y Clínicas Viera avenida Colón, barrio El Centro Tegucigalpa, M. D. C., Honduras C. A. e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xx Tel. (000) 0000-0000 |
CGC 1.1 (s) | La fecha prevista de terminación de la totalidad de las Obras es 150 días contados a partir de la orden de inicio. |
CGC 1.1 (v) | El Gerente de obras es la Dirección de Control y Seguimiento. |
CGC 1.1 (x) | El Sitio de las obras está ubicada desde Residencial Chalet Frances hasta entrada col. Palmeras de San Xxxxxxx |
CGC 1.1 (aa) | La Fecha de Inicio es la indicada en la orden de inicio emitida por la Dirección de Control y Seguimiento y que será emitida dentro de los (15) quince días después del pago del anticipo. |
CGC 1.1 (ee) | La obra Consiste en forma general en la ampliación de la 1ra calle de la colonia San Xxxxxxx, desde Residencial Chalet Frances hasta entrada Col. Palmeras de San Xxxxxxx. EL tramo se encuentra en mal estado, en ciertos tramos el ancho de la calle es de 4.2 metros, esta medida impide la circulación de ambos carriles, en la actualidad cuando 2 vehículos en sentido contrario se intersectan en estos estrechos puntos; los vehículos realizan maniobras para que no se produzca ningún accidente |
CGC 2.2 | Las secciones de las Obras con fechas de terminación distintas a las de la totalidad de las Obras son: N/A |
CGC 2.3 (i) | Los siguientes documentos también forman parte integral del Contrato: a) Las Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento. |
b) El Formulario de Oferta, la Lista de Actividades y Cantidades y las Fichas de Precios Unitarios presentados por el Contratista en su Oferta. c) El Formulario de Declaración de Comisiones o Gratificaciones. d) La Notificación del Contratante al Contratista, de que se le ha adjudicado el Contrato. e) Los Planos del proyecto. f) Enmiendas. g) Garantías. h) Cronograma de Actividades. i) Orden de Inicio, j) Bases de licitación y enmiendas firmadas por el oferente. | |
CGC 8.1 | Lista de otros Contratistas |
CGC 9.1 | Personal Clave: Ingeniero residente. El contratista será el único responsable para con sus trabajadores de las obligaciones laborales y personales que se deriven de su actividad en el cumplimiento de este contrato, de conformidad a lo establecido en el Código de Trabajo; responderá también por los daños y perjuicios que ocasionalmente cause a terceros |
CGC 13.1 | El Contratista deberá contratar seguros emitidos en el nombre conjunto del Contratista y del Contratante, para cubrir el período comprendido entre la Fecha de Inicio y el vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos, los siguientes eventos constituyen riesgos del Contratista: (a) pérdida o daños a -- las obras, planta y materiales; (b) pérdida o daños a -- los equipos; (c) pérdida o daños a -- la propiedad (sin incluir las obras, planta, materiales y equipos) relacionada con el contrato, y (d) lesiones personales o muerte. |
CGC 13.2 | Cuando el Gerente de Obras así lo solicite, el Contratista deberá presentar, para su aprobación, las pólizas y los certificados de seguro antes de la Fecha de Inicio. Dichos seguros deberán contemplar indemnizaciones pagaderas en los tipos y proporciones de monedas requeridos para rectificar la pérdida o los daños o perjuicios ocasionados. Sin menos cabo de lo anterior, el Gerente de Obras en cualquier momento durante el período de ejecución de las obras podrá pedir los seguros mencionados en el párrafo anterior. |
CGC 14.1 | Los Informes de Investigación del Sitio de las Obras son: No es Obligatorio. |
CGC 21.1 | La(s) fecha(s) de Toma de Posesión del Sitio de las Obras será(n) la indicada por la Dirección de Control y Seguimiento |
CGC 26.1 | Contra la resolución del Contratante procederá la vía judicial ante los |
tribunales de lo Contencioso Administrativo. |
B. Control de Plazos
CGC 27.1 | El Contratista presentará un Programa para la aprobación del Gerente de Obras dentro xx xxxx (15) días a partir de la fecha de la Notificación de la Resolución de Adjudicación. |
CGC 27.3 | Los plazos entre cada actualización del Programa serán de las indicadas por la Dirección de Control y Seguimiento. El monto que será retenido por la presentación retrasada del Programa actualizado será de QUINIENTOS LEMPIRAS CON 00/100 (L. 500.00) |
C. Control de la Calidad
CGC 35.1 | El Período de Responsabilidad por Defectos es: doce (12) meses contados a partir de la Fecha de Terminación. |
D. Control de Costos
CGC 43.1 | Los pagos se harán en Lempiras, Moneda Oficial de la República de Honduras, mediante estimaciones de acuerdo al avance de las obras, las cuales serán autorizadas por La Dirección de Control y Seguimiento. El contratante de cada pago hará las retenciones que correspondan de acuerdo x Xxx de Impuesto Sobre la Renta y su reglamento. |
CGC 46.1 | La moneda del País del Contratante es: Lempiras. |
CGC 47.1 | En caso de que los pagos en moneda extranjeras representen menos de 51% del monto total del contrato, los montos autorizados en cada estimación de obra, se deberán ajustar aplicando el siguiente mecanismo: A) El Ajuste de Precios se realizará individualmente, Ítem por Ítem, conforme a las cantidades o volúmenes efectivos de obra que se hayan ejecutado en el período que comprende el ajuste. El reconocimiento se hará sobre la porción de los Costos Directos exclusivamente .Si un determinado concepto o ítem de obra no figurara en la Lista del Cuadro de Incidencias Porcentuales anexo y que forma parte integral de esta metodología, éste se asimilará al ítem más afín de que se disponga, cualquiera que fuere la naturaleza de la obra, pero tomando en cuenta el procedimiento constructivo u otras características conexas al Ítem; de no poderse implementar esta asimilación, se empleará la respectiva Ficha de Costos presentada por el Contratista en la Licitación o entrega de Xxxxxx, pero ajustándose en todo caso a los aspectos conceptuales |
estipulados en el presente documento. Los componentes fundamentales del costo directo a los que se aplicará el nuevo procedimiento son: Mano de obra (calificada y no calificada) ,Equipos y Maquinaria (incluyendo por separado los combustibles y lubricantes en el caso de proyectos viales) y los Materiales, desglosados y tratados en la forma que se describe más adelante. El reconocimiento total en una determinada Estimación de Obra a través del presente procedimiento, será la suma de los reconocimientos individuales que se calculen ítem por ítem, conforme al volumen o cantidad efectiva de la obra realizada en un determinado período, de acuerdo a la siguiente expresión general: RT= Reconocimiento total en una determinada estimación de obra, igual a la sumatoria de los RI. RI= Reconocimientos Individuales en cada ítem, según los rubros sujetos a ajuste. RI= Xxxxx ejecutado del ítem x (FAMnc + FAMc + FAE + FACL+ FAMT), siendo FAMnc, FAMc, FAE, FACL y FAMT los Factores de Ajuste correspondientes al ítem bajo ajuste, cuya forma de cálculo se describe a continuación: I. Mano de obra en general El ajuste en este rubro se realizará en el mismo mes que el Gobierno emita un Decreto o Acuerdo estipulando una variación en el Salario Mínimo, independientemente del plazo que haya transcurrido desde la presentación de Oferta y la emisión del Acuerdo respectivo. Si el Acuerdo o Decreto establecer otro actividad en su aplicación, esta condiciónseaplicaráigualmenteenloscálculosatinentesaesteprocedim iento.El primer ajuste se efectuará en el mismo mes que se decrete la primera variación xxx Xxxxxxx Mínimo posterior a la fecha de licitación o presentación de la Oferta. El ajuste se hará tantas veces como variaciones se decreten en el Salario Mínimo, dentro del plazo contractual establecido, hasta su finalización. Con el propósito de simplificar la aplicación del procedimiento, se han unificado en un solo rubro los dos tipos de mano de obra normalmente empleados en la ejecución de proyectos (No Calificada y Calificada), que se ajustarán mediante un Índice común ponderado, compuesto por el Salario Mínimoy el IPC. Su incremento se reconocerá mediante la aplicación de la siguiente |
fórmula: FAM= IPM(((0.70 (S/So) + 0.30 (IPC/IPCo))- 1) dónde: FAM = Factor de Ajuste de la Mano de Obra en general a multiplicar por el monto ejecutado en un ítem determinado, en una estimación. IPM = Incidencia Porcentual de la mano de obra en general en un ítem dado (tomada del cuadro de Incidencias Porcentuales anexo). S = Xxxxxxx Xxxxxx decretado por el Gobierno, vigente para la zona del proyecto, correspondiente al período de ejecución de la estimación de obra bajo ajuste. So = Salario Mínimo decretado por el Gobierno, vigente para la zona del proyecto, correspondiente a la fecha de quince (15) días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo Ítem durante la ejecución. IPC = Índice de Precios al Consumidor según datos del Banco Central de Honduras, correspondiente al mes cuando se emite el Decreto que estipule una variación xxx Xxxxxxx Mínimo, con posterioridad a la licitación o presentación de la Oferta. El valor del IPC permanecerá invariable durante todo el período entre una variación y otra xxx Xxxxxxx Mínimo correspondiente. IPCo = Índice de Precios al Consumidor según datos del Banco Central de Honduras, correspondiente a la fecha de quince (15) días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo Ítem durante la ejecución. II. Equipos y maquinaria Su incremento se reconocerá dependiendo de la presencia parcial o ausencia total de divisas en el Contrato, según las fórmulas siguientes: a) Contratos con otorgamiento parcial de divisas (máximo 51 % de divisas). Fórmula de Reconocimiento: FAE= IPE ((R / Ro) – 1) donde, |
FAE= Factor de Ajuste de los Equipos y Maquinaria, en un ítem dado a multiplicar por el monto ejecutado en un Ítem determinado, en una estimación. IPE= Incidencia Porcentual del Equipo y Maquinaria en un ítem dado (tomada del cuadro de Incidencias Porcentuales anexo) R= Índice general de precios de los repuestos y partes tomado del US Department of Labor, Bureau of Labor Statistics para el renglón de Maquinaria de Construcción y Equipo (Construction Machinery and Equipment), del documento llamado Índices de los Precios de los Productos, vigente para el período de la estimación de obra bajo ajuste. Ro= Índice general del precio de los repuestos y partes tomado de US Department of Labor, Bureau of Labor Statistics, para el renglón de Maquinaria de Construcción y Equipo (Construction Machinery and Equipment), del documento llamado Índices de los Precios de los Productos, correspondiente a la fecha de quince (15) días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo Ítem durante la ejecución. En el caso que no se disponga oportunamente de este Índice generado en el exterior, se empleará el Índice más actualizado de que se tenga información y posteriormente se podrán efectuar los ajustes pertinentes. Las cantidades correspondientes a la Cláusula Escalatoria o Ajuste de Precios no formarán parte del monto de los contratos para efectos de otorgamiento de divisas; es decir que el Ajuste de Precios se pagará en todo caso en moneda nacional (Lempiras). b) Contratos sin otorgamiento de divisas Fórmula de Reconocimiento FAE= IPE ((DV / DVo) – 1) dónde, FAE,IPE son los mismos conceptos descritos en el inciso a) precedente. DV= Valor de la divisa, o tasa cambiaria de compra, Lempira: |
US$ emitida por el Banco Central de Honduras (BCH), correspondiente al período de la estimación de obra bajo ajuste. DVo= Valor de la divisa, o tasa cambiaria de compra, Lempira: US$ emitida por el Banco Central de Honduras, correspondiente a la fecha de quince (15) días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo Ítem durante la ejecución. Una vez que la ONCAE realice las validaciones del caso, la Divisa como Indicador de Alza podrá sustituirse íntegramente por el Índice de Repuestos (IR) que en un futuro se emita en el Boletín de la CHICO o mediante las respectivas Certificaciones de Precios, como un valor más representativo de las variaciones que en el mercado local experimentan los Repuestos, llantas, partes y otros conceptos afines al Equipo y Maquinaria, empleada en la ejecución de las obras. III. Combustibles y lubricantes El ajuste de este rubro se aplicará exclusivamente a los proyectos de obras viales y afines (carreteras, puentes y urbanizaciones), donde es intensivo el uso de equipos y maquinaria pesada. Su incremento se reconocerá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: FACL= IPCL (( D / Do ) - 1) dónde: FACL= Factor de Ajuste de los Combustibles y Lubricantes, a multiplicar por el monto ejecutado en un ítem determinado, en una estimación. IPCL = Incidencia Porcentual de los Combustibles y Lubricantes en un ítem dado (tomada del cuadro de Incidencias Porcentuales anexo). D= Precio Oficial del Diesel en Bomba para la zona del Proyecto, decretado por el Gobierno, correspondiente al período de ejecución de la estimación de obra bajo ajuste. Do= Precio Oficial del Diesel en Bomba para la zona del Proyecto, decretado por el Gobierno, correspondiente a la fecha de quince (15) días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo Ítem durante la ejecución. IV. Materiales |
Fórmula de Reconocimiento: FAMT = IPMT ((MAT / MATo) – 1) donde, FAMT= Factor de ajuste de los Materiales, a multiplicar por el monto ejecutado en un ítem determinado, en una estimación. IPMT= Incidencia Porcentual de los Materiales en un ítem dado (tomada del cuadro de Incidencias Porcentuales anexo) MAT= Precio del Material o Canasta de Materiales (suma ponderada de sus precios individuales) más representativos o afines al Ítem, vigente para el período de la estimación de obra bajo ajuste o al precio al que se haya adquirido con el anticipo o bajo la modalidad de material almacenado o en bodega. MATo= Precio del Material o Canasta de Materiales (suma ponderada de sus precios individuales) más representativos o afines al Ítem, correspondiente a la fecha de quince (15) días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo Ítem durante la ejecución. Para establecer los precios de los materiales sujetos a reconocimiento, la cotización o valor a utilizar será siempre en las mismas condiciones, en la misma zona geográfica más cercana a la obra y con idénticas características durante toda la vigencia del contrato, a fin de evitar distorsiones y mantener la consistencia en los cálculos. En el caso de productos asfálticos, la confrontación de precios se hará “en puerto de entrada al país o en refinería”, según corresponda. Cuando fuere posible, dichos precios deberán provenir xx xxxxxxx oficiales del mismo Gobierno, pudiendo además emplearse al efecto el rango de precios promedio o Tendencia Media que contiene el Boletín o las Certificaciones de Precios que periódicamente emite la Cámara Hondureña de la Industria de la Construcción (CHICO). Si se produjeren variaciones en los impuestos, estos se reconocerán por separado, previa investigación y análisis especial que efectuará el Gobierno. Los materiales objeto de reconocimiento por incremento de costos y que pueden seleccionarse para integrar la “canasta representativa de un ítem” en proyectos viales se limitarán específicamente a los siguientes: cemento tipo Portland, cal, acero, productos asfálticos (cementos asfálticos, asfaltos rebajados o asfaltos especiales), |
alambre de púas, explosivos, gaviones, neopreno, elementos prefabricados de concreto, tuberías de cualquier tipo, pintura y señales viales. Solamente en los contratos de construcción xx xxxxxxx, cajas u otras estructuras mayores de drenaje, se efectuará el ajuste de precios incluyendo además la Madera, arena y grava como Indicador de Alza, bajo el mismo procedimiento descrito anteriormente. Cualquier otro material no comprendido en el listado anterior, no será sujeto de reconocimientos o ajustes en las obras viales y sus alcances deberán ser considerados por los Licitantes en sus distintos precios unitarios de oferta. Ver cuadro Anexo con consumo predeterminado de materiales clave en los proyectos viales. Dada la sensibilidad y repercusiones en el ajuste, para el caso especial de los diferentes productos asfálticos, cemento o la cal utilizados en proyectos de pavimentos, estabilizaciones u otros trabajos similares, o en el caso del cemento tipo Portland empleado en estructuras de gran magnitud, su consumo por unidad de medida (rendimiento) para encontrar su peso o influencia en la composición porcentual del ítem (Incidencia Porcentual IP) y su ajuste por unidad de medida, se determinará únicamente en función de la fórmula de trabajo específica que se derive del respectivo diseño de proporciones de mezcla que certifique el Gerente de Obras encargado para ese proyecto. Los precios de estos u otros materiales deberán ser obtenidos directamente xx xxxxxxx confiables y objetivas. Los materiales objeto de reconocimiento por incremento de costos y que pueden seleccionarse para integrar la “canasta representativa de un ítem o proyecto” en proyectos de Edificaciones y obras afines, serán listadas predeterminadamente en cada ítem pero su distribución, peso o incidencia en este rubro será obtenida de la respectiva Ficha de Costos presentada por el Contratista con su oferta, a objeto de buscar la mayor exactitud y similitud posible con el trabajo a desarrollar. Esta distribución se hará sumando los costos de cada uno de los materiales previamente listados, con lo cual se obtendrá el 100% de los materiales clave seleccionados; luego el costo de cada material se dividirá entre este total sumado, para obtener el correspondiente peso relativo o participación porcentual, la cual finalmente se reducirá o referirá al Porcentaje global o Incidencia Porcentual que el Cuadro general señale en forma fija para ese Ítem, en el renglón de Materiales. Tales materiales clave incluyen entre otros: cemento, acero, láminas de distinto tipo, canaletas, accesorios eléctricos y sanitarios, madera, agregados pétreos, ventanería, material selecto, pisos varios, cerámica, ladrillo, |
bloques, luminarias, pinturas, tuberías, ductos, accesorios tipo, etc. Cuando en un mismo ítem de obra se presenten varios elementos del mismo tipo (p.e. varios tipos de xxxxxxx xx xxxxx en un mismo concepto), se elegirá uno o hasta tres elementos que sean los más representativos o con mayor peso o influencia en el ítem, a objeto de simplificar los cálculos y la consecuente aplicación del procedimiento. Cuando el Contratista utilice elementos estructurales prefabricados de alta complejidad (vigas pre – esforzadas, columnas, y otros productos similares ), que por razones especiales el Contratista no fabrique en sus planteles o en el sitio de la Obra, tal como lo ofertó y lo reflejó en sus fichas de costos, si no que ya en el desarrollo del proyecto le compre a un proveedor determinado, previa autorización escrita del Gerente de Obras y el Contratante, los cálculos para su ajuste de precios en función de las cantidades consumidas en obra y usando los precios finales del proveedor, se harán tomando en cuenta la relación resultante de dividir el diferencial de precios finales del proveedor, entre el Factor de Sobre costo FSo de Indirectos que el propio Contratista haya considerado en las Fichas de Costos de su Oferta, para el Ítem en cuestión, así: Precio utilizado para Ajuste:(Precio actual - Precio oferta)/FS Ajuste = Precio de Ajuste x Cantidad de Obra consumida en el período Lo anterior en virtud que no se efectúa ningún ajuste en la porción de los gastos indirectos. A estos propósitos, el Gobierno efectuará las revisiones e investigaciones que considere necesarias y el Contratista deviene obligado a brindar todas las facilidades del caso Cuando se utilice Concreto Premezclado en cualquier tipo de elemento o estructura, independientemente de su complejidad o magnitud, (soleras, zapatas, muros, columnas, vigas, etc.), la llamada “Canasta de Materiales” fijada para denotar los Ajustes en el renglón de los Materiales, se sustituirá directamente por el Precio del Concreto Premezclado que figure en el Boletín de la CHICO, como Índice para ajustar dicho renglón. El ajuste en Equipos o aditamentos especiales que se incorporen a la obra, tales como ascensores, aires acondicionados, equipos de seguridad, aparatos electrónicos o de telecomunicaciones, luminarias no convencionales, artículos suntuarios, pintura vial, señales viales y otros bienes especializados similares, los cuales no puedan ser certificados la variación de precio por la CHICO entonces se hará por medio de la variación en la Divisa (tasa cambiaria de |
compra Lempira : US$), entre la fecha del compra del bien y el valor ofertado originalmente, agregándole un dos por ciento (2 %) anual aplicado proporcionalmente si fuere el caso, para cubrir la propia inflación en el país de origen, siempre y cuando haya transcurrido al menos noventa (90) días calendario entre la presentación de la Oferta y la compra del bien. Los valores de los Índices de ajuste y los precios de los Materiales representativos para un proyecto en particular, de la naturaleza que fuere, deben ser obtenidos de una misma fuente confiable y con iguales características, a fin de mantener la homogeneidad y consistencia del procedimiento, a lo largo del desarrollo de la obra. Los Materiales que sean adquiridos para ser almacenados o colocados en bodega se ajustaran o escalaran únicamente en el período comprendido entre la fecha de presentación de la Oferta y la fecha de adquisición del bien. Se exceptúan de reconocimiento o ajuste de precios aquellos materiales que de alguna manera hubieren sido obtenidos en calidad de Donación, o que sean suministrados directamente por el Contratante. B) Si en el mismo período que abarque una determinada estimación de obra se suscitan dos o más valores de los Índices de Ajuste (Índice de Precios al Consumidor, Salario Mínimo, precio del Diesel, valor del Índice de Equipos y Maquinaria del US Department of Labor, valor de la Divisa, Materiales representativos, etc.) se deberá efectuar una ponderación de dichos valores, de acuerdo a su respectiva duración en el período de la estimación de obra bajo ajuste, a fin de obtener un único valor que sirva en el Índice respectivo. C) Los cálculos en las fórmulas de ajuste se realizarán con un máximo de cuatro (4) cifras significativas a la derecha del punto decimal (diezmilésima), haciendo las aproximaciones del caso. Para obtener el valor final del ajuste en Lempiras, se aproximarán los cálculos resultantes a la segunda cifra decimal (centésima). D) Cuando se ejecute obra más allá del plazo contractual establecido, bajo el régimen de multa o penalización de acuerdo al contrato, los valores de los Índices de Ajuste y de los precios de los materiales y servicios a utilizar hasta completar del contrato, serán los vigentes a la fecha de vencer el último plazo que haya estado protegido contractualmente con la aplicación de la Cláusula Escalatoria o Ajuste de Precios, conforme lo indicado en la Ley de Contratación del Estado. En el caso que se negocien precios unitarios para nuevos ítems que deban ser incorporados a la Lista de Cantidades (Presupuesto de la obra) por no figurar en los cuadros de la Oferta original, los valores base o de origen para los Índices de Xxxxxx |
aplicables a estos nuevos ítems, serán los prevalecientes a la fecha o mes en que se haya producido dicha negociación. En caso de que los pagos en moneda extranjeras representen 51% o más del monto total del contrato, se aplicará el siguiente mecanismo de ajuste de precios: [Iindique el mecanismo aplicable, pej: Los montos autorizados en cada estimación de obra, antes de las deducciones por concepto de anticipo, se deberán ajustar aplicando el respectivo factor de ajuste de precios a los montos que deban pagarse en cada moneda. Para cada moneda del Contrato se aplicará por separado una fórmula similar a la siguiente: Pc= Ac + Bc (Imc/Ioc) en la cual: Pc = al factor de ajuste correspondiente a la porción del Precio del Contrato que debe pagarse en una moneda específica, "c"; Acy Bc = coeficientes1estipulados en las CEC que representan, respectivamente, las porciones no ajustables y ajustables del Precio del Contrato que deben pagarse en esa moneda específica "c", e Imc = al índice vigente al final del mes que se factura, e Ioc es el índice correspondiente a los insumos pagaderos, vigente veintiocho (28) días antes de la apertura de las Ofertas; ambos índices se refieren a la moneda “c” Los coeficientes para el ajuste de precios son: (a) Para[indique el nombre de la moneda]: (i) [indique el porcentaje] % es la porción no ajustable (coeficiente A). (ii) [indique el porcentaje] % es la porción ajustable (coeficiente B). (b) Para[indique el nombre de la moneda]: (i) [indique el porcentaje] % es la porción no ajustable (coeficiente A). (ii) [indique el porcentaje] % es la porción ajustable (coeficiente B).]. |
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CGC 48.1 | El monto de la indemnización por daños y perjuicios para la totalidad de las Obras es del punto diecisiete por ciento (0.17 %) del Precio final del Contrato por día de atraso. El monto máximo de la indemnización por daños y perjuicios para la totalidad de las Obras es xxx xxxx por ciento (10 %), no será superior en su conjunto al monto de la garantía de cumplimiento del contrato. |
48.3 (a) | Por no contar con la Bitácora del Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras (CICH): Quinientos Lempiras Exactos (L.500.00) diarios contados a partir de la Orden de Inicio. La adquisición de la Bitácora corre por cuenta del Contratista. |
48.3 (b) | Por no contar con un rótulo que cumpla las especificaciones técnicas solicitadas: Quinientos Lempiras Exactos (L.500.00) diarios contados a partir de la Orden de Inicio. La adquisición e instalación del rótulo corre por cuenta del Contratista. |
CGC 50.1 | El pago por anticipo será de: 15% del monto del contrato. Y se pagará una vez presentada la garantía por el 100% del valor del anticipo. |
CGC 51.1 | El monto de la Garantía de Cumplimiento es quince por ciento (15 %) del Precio del Contrato para el monto de la Garantía de Cumplimiento. con una duración hasta tres meses adicionales al plazo previsto para la terminación del contrato, contado a partir de la orden de inicio del contrato, Esta Garantías deberá ser emitidas por un Banco o Compañía de Seguros legalmente establecida y autorizada para operar en la República de Honduras y deberá contener la Cláusula Siguiente: “Esta Garantía será ejecutada a simple requerimiento de la Alcaldía Municipal del Distrito Central, con la simple presentación de una nota de incumplimiento” |
CGC 51.2 | El Contratista debe presentar Garantía de Calidad, por un plazo de doce (12) meses contados a partir de la fecha del Acta de Recepción Definitiva de la Obra. Esta Garantías deberá ser emitidas por un Banco o Compañía de Seguros legalmente establecida y autorizada para operar en la República de Honduras y deberá contener la Cláusula Siguiente: “Esta Garantía será ejecutada a simple requerimiento de la Alcaldía Municipal del Distrito Central, con la simple presentación de una nota de incumplimiento” |
E. Finalización del Contrato
CGC 57.1 | Los planos actualizados finales deberán presentarse a la Dirección de Control y Seguimiento si esta fuere necesaria dentro del término de 5 días calendarios después de haber finalizado la obra solicitada |
CGC 57.2 | La suma que se retendrá por no cumplir con la presentación de los planos actualizados finales y/o los manuales de operación y mantenimiento en la fecha establecida en las CGC 57.1 la Dirección de Control y Seguimiento retendrá un porcentaje de 20% de la ultima estimación |
CGC 58.2 (i) | El número máximo de días es 60 días Sub cláusula 48.1 sobre liquidación por daños y perjuicios. |
CGC 58.4 | En caso de recorte presupuestario de fondos nacionales que se efectúe por razón de la situación económica del país, la estimación de la percepción de ingresos menores a los gastos proyectados y en caso de necesidades imprevistas o de emergencia, se puede dar lugar a la rescisión o resolución del contrato sin más obligación por parte de la Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC), que al pago de las obras ya ejecutadas a la fecha de vigencia de la rescisión o resolución del contrato. |
SECCIÓN VII. ESPECIFICACIONES Y CONDICIONES DE CUMPLIMIENTO
1. EXCAVACIÓN COMÚN:
Descripción.
1. Este trabajo consistirá en toda excavación necesaria para la construcción del camino e incluirá la ejecución de desmontes, la construcción, profundización y rectificación de cunetas, zanjas, cauces y canales; la apertura de préstamos para extracción de suelos, la remoción de materiales para destapes de yacimientos; la formación de terraplenes, rellenos y hombros, utilizando los productos excavados y todo otro trabajo de excavación o utilización de materiales excavados no incluí dos en otro ítem del contrato y necesario para la terminación del camino de acuerdo con los perfiles e indicaciones de los planos, las especificaciones respectivas y las órdenes del Ingeniero.
2. Incluirá asimismo la conformación, el perfilado y la conservación de taludes, hombros, calzadas, subrasantes, cunetas, préstamos y demás superficies formadas con los productos de la excavación o dejados al descubierto por la misma; así como también el afinado de la subrasante (203.01.II) y el reacondicionamiento.
3. Será parte de este ítem todo desmonte, desbrozo y preparación del terreno, en aquellos sitios en los cuales su pago no esté previsto por ítem separado.
Clasificación
1. "Excavación General": Consiste en la excavación de todo material encontrado, sin tener en cuenta su naturaleza ni los medios empleados en su remoción.
2. "Excavación en Roca": Se considerará como excavación en roca, la de todo material rocoso o material compactado que no pueda ser escarificado por un desgarrador de un sólo vástago operado por un tractor de 300 Hp en el volante, en perfectas condiciones de trabajo, hábilmente operado. El ángulo con que el vástago penetre en la roca para esta prueba, deberá ser a satisfacción del Ingeniero. Asimismo, se considerará como excavación en roca a la remoción de peñones o pedruscos que tengan un volumen de un metro cúbico, según sea comprobado mediante mediciones físicas o visualmente por el Ingeniero.
Construcción
1. Todos los materiales aptos, producto de las excavaciones, serán utilizados, en la medida de lo posible, en la formación de terraplenes, hombros y en todo otro lugar de la obra indicado en los planos o por el Ingeniero. Todos los productos de la excavación que no sean utilizados, serán dispuestos en forma conveniente en lugares aprobados por el Ingeniero. Los depósitos de materiales deberán tener apariencia ordenada y no dar lugar a perjuicios en propiedades vecinas ni alterar el paisajismo.
Se conducirán los trabajos de excavación de forma de obtener una sección transversal terminada de acuerdo con las indicaciones de Especificaciones Generales para Construcción de
Caminos Diciembre, 1996 Capítulo II – 6 los planos o el Ingeniero. No se deberá, salvo por orden escrita del mismo, efectuar excavaciones por debajo de la cota de la subrasante proyectada, ni por debajo de las cotas de fondo de desagüe indicadas en los planos. El Ingeniero podrá exigir la reposición de los materiales indebidamente excavados, estando el Contratista obligado a efectuar este trabajo, a su exclusivo costo y de acuerdo a lo especificado en 203.02.
3. Durante los trabajos de excavación y formación de terraplenes, la calzada y demás partes de la obra en construcción deberán tener asegurado su correcto desagüe en todo momento, por lo que el Contratista conducirá sus operaciones de modo que las cunetas, canales de alcantarillas y demás excavaciones correspondientes a los desagües, se ejecuten en lo posible simultáneamente con el movimiento de tierra.
4. Si a juicio del Ingeniero el material, a la cota de subrasante, no fuera apto, la excavación se profundizará en todo el ancho de la calzada y, como mínimo, en 0.30 m. por debajo de la cota de la subrasante proyectada y se rellenará con suelo de mejor calidad.
5. Durante la ejecución se protegerá la obra de los efectos de la erosión, socavaciones, derrumbes, etc., por medio de cunetas o zanjas provisorias. Los productos de los deslizamientos y derrumbes deberán removerse y acondicionarse convenientemente en la forma indicada por el Ingeniero.
6. El Contratista notificará al Ingeniero, con la anticipación suficiente, el comienzo de todo trabajo de excavación y realizará las mediciones previas necesarias, de manera que sea posible determinar posteriormente el volumen excavado, y el Ingeniero pueda verificar los mismos.
7. Todos los préstamos se excavarán con formas regulares y serán conformados y perfilados cuidadosamente para permitir la adecuada medición del material extraído. Las cotas de fondo xx xxxxxxxx se mantendrán en forma tal que permitan un correcto desagüe en todos sus puntos. Si dichas cotas figuran en los planos, en ningún caso deberá excavarse por debajo de las mismas. Cuando, sin autorización escrita del Ingeniero, se efectúe hasta una cota inferior a la indicada en los planos o a la fijada con anterioridad por el Ingeniero, el Contratista, a requerimiento de aquel, estará a reponer a su exclusiva cuenta el material sobreexcavado. No se permitirá la construcción de préstamos con taludes que tengan una inclinación mayor de 45/, salvo orden escrita de la Supervisión. En los préstamos a excavar en zonas montañosas, el Ingeniero podrá autorizar taludes compatibles con la naturaleza del terreno, pudiendo llegar a ser verticales si la naturaleza del terreno así lo permite.
8. Préstamos contiguos, de anchos o profundidades diferentes, deberán vincularse con curvas o planos de suave transición. Todos los préstamos tendrán una pendiente transversal que aleje las aguas del camino.
9. En el caso que en el proyecto se indique la ejecución de voladura controlada con el uso de explosivos, el mismo se realizará de acuerdo a lo establecido en las condiciones particulares. Este trabajo consistirá en fracturar la roca y construir un plano final estable en el corte de acuerdo con el talud especificado, mediante el empleo de técnicas Manual de Carreteras - Tomo 5 Diciembre, 1996 Capítulo II – 7 que permiten la voladura y su producción en forma controlada. Con una anticipación de por lo menos en 15 días, el Contratista deberá someter al Ingeniero par aprobación el plan de voladura en el que se
especifique el tipo de la roca a remover, naturaleza, tipo de explosivos, y los antecedentes del personal encargado que permitan evaluar el conocimiento y experiencia probada en esta técnica.
(D) Equipo.
El Contratista deberá disponer, en obra, de los equipos necesarios, en número y calidad tal que permitan el cumplimiento de los planes de trabajo, asegurando asimismo la ejecución de las tareas conforme a las especificaciones de excelencia exigidas.
(E) Condiciones para la recepción.
Los trabajos serán aceptados cuando satisfagan, a través de mediciones efectuadas por el Ingeniero, todas las indicaciones del proyecto u órdenes del mismo, con las tolerancias establecidas en las especificaciones particulares, en caso que estas se incluyan.
(F) Medición.
Una vez efectuada la limpieza del terreno se levantarán perfiles transversales iniciales antes de efectuar el trabajo que, conformados por el Ingeniero y el Contratista, servirán de base para la medición final. El volumen excavado se calculará en su posición original en el terreno natural por el método de la media de las áreas.
Se medirá asimismo:
1) Toda excavación debajo de la rasante del proyecto, autorizada por el Ingeniero.
2) Todo mayor volumen excavado, resultante de una disminución de la inclinación de los taludes, autorizada por el Ingeniero, en base a la naturaleza de los suelos.
Los volúmenes excavados en exceso sobre lo indicado en los planos o lo autorizado por el Ingeniero, no se medirán ni recibirán pago alguno.
(G) Forma de pago.
El volumen aceptado de excavación, medido en la forma indicada, se pagará por metro cúbico al precio unitario de contrato, establecido para los ítems "Excavación General" y "Excavación en Roca".Dicho precio será la compensación por todo trabajo de excavación no pagado en otro ítem del contrato; por la carga y descarga del producto de las excavaciones, por el transporte de los materiales excavados; por la conformación y perfilado del fondo y taludes de las excavaciones; la construcción y compactación de terraplenes, la formación de los hombros y revestimiento de taludes; por la ejecución de voladura controlada, incluidos los materiales necesarios para su ejecución, cuando dicha exigencia figure en el proyecto; por la compactación especial; por el relleno de préstamos; por la recolocación del material sobrante del destape de los yacimientos y la conformación de los mismos; por todo desmonte y desbrozo, cuando el ítem respectivo no figure en el contrato; por la remoción y recolocación de cercos, incluyendo la reposición de los materiales inutilizados, cuando deba extraerse suelo fuera del derecho de vía; por la conservación de las obras y cualquier otro gasto para la total terminación del trabajo en la forma especificada. Especificaciones Generales para Construcción de Caminos Diciembre, 1996 Capítulo II - 8
A fines de permitir una cotización más ajustada, el ítem "Excavación General" podrá dividirse en subitems. Dichos subitems deberán cumplimentar todas las exigencias incluidas en esta especificación. Como ejemplo de subitems posibles, sin que sean excluyentes, se indican: Canales de alcantarillas, banqueo de hombros, etc.
2. DEMOLICIÓN DE CONCRETO HIDRÁULICO:
Todos los pavimentos de concreto, capas de base, aceras, etc., que estén señalados para su remoción, deberán ser: (1) Quebrados en pedazos y utilizados como revestimiento en el proyecto ó (2) Quebrados en pedazos, el volumen de los cuales no deberá exceder los 28 decímetros cúbicos por pieza y apilado en lugares del proyecto designadas a tal efecto, a fin de que los utilice la AMDC, o bien; (3) De otro modo, se dispondrá de dicho material en la forma que sea ordenada. Cuando así se especifique, el balastro, grava, material bituminoso, o cualquier otro material para pavimentación o acabado, deberán ser removidos o apilados, de lo contrario, se deberán eliminar tales materiales según sea ordenado.
Medición. Las mediciones se efectuarán indistintamente por unidad de metros cúbicos.
Forma de Pago. Las partidas se pagarán al precio unitario propuesto y aceptado, por unidad de medida especificada en el Contrato, siendo este precio compensación total por la remoción y eliminación de tales objetos, así como la excavación y subsecuente rellenado inherentes a la remoción de los mismos. El precio también incluirá la recuperación de los materiales de la remoción, su vigilancia, conservación, almacenamiento en derecho de vía y la disposición de ellos, según queda estipulado en la presente. Cuando la propuesta no incluya partidas de pago por la remoción de estructuras y obstrucciones en la forma expuesta en esta sección, por tratarse de trabajos esporádicos, tal trabajo se considerará incluido en las tareas de la sección 203-Excavación y Terraplén, no recibiendo en consecuencia pago directo alguno.
3. CONFORMACIÓN DE SUB RASANTE
Descripción.
Este trabajo consistirá en la compactación y perfilado de la subrasante de un camino para la construcción inmediata de un recubrimiento con suelo selecto o un firme. Se considerará como subrasante aquella porción de superficie que servirá de asiento para el recubrimiento a construir, arriba mencionado. Esta superficie puede resultar de movimientos de tierra efectuados con anterioridad, de excavaciones necesarias para lograr la cota de rasante del proyecto o de la apertura de caja para ensanche del pavimento.
Construcción.
La subrasante será conformada de acuerdo a los perfiles señalados en los planos u ordenados por el Ingeniero, debiendo lograrse, en los 0,30m. superiores de la misma la densidad exigida en 203.04. El Contratista debe prever la posibilidad, a fin de lograr la densidad antedicha, de tener que remover los 0,30m. en cuestión, procediendo luego al escarificado y recompactación de la base de asiento resultante, para finalmente recolocar y compactar el material extraído. Una vez afinada, la subrasante deberá ser conservada con la lisura y el perfil correcto, hasta que se proceda a la construcción de la capa inmediata superior.
Condiciones para la recepción.
El Ingeniero hará las determinaciones necesarias para verificar el grado de compactación de la subrasante, o fondo de la caja para ensanche, las que en los 0,30m. superiores del terraplén o 0,30m. superiores, respectivamente, deberá cumplimentar lo establecido en
203.04. El Ingeniero podrá ordenar la ejecución de una prueba de carga con una compactadora de peso suficiente entre 30 y 50 Ton para verificar la estabilidad de la capa afinada. Esta prueba podrá ser efectuada con otro tipo de equipo que sea aprobado por el Ingeniero. El perfil transversal de la subrasante deberá respetar las indicaciones de los planos o las que, en su reemplazo, disponga el Ingeniero, admitiéndose las siguientes tolerancias:
- En trechos rectos, la diferencia de cotas entre ambos bordes no superará el 4/oo (cuatro por mil) del ancho teórico de la subrasante.
- En trechos en curva, el peralte obtenido no diferirá, en exceso o defecto, en más de un 5/oo (cinco por mil) respecto al indicado en los planos o establecido por el Ingeniero.
- La flecha indicada en los planos o por el Ingeniero, para los perfiles de la subrasante, tendrá una tolerancia de hasta un 20% (veinte por ciento) en exceso y 10% (diez por ciento) en defecto respecto de la misma.
- El perfil transversal de la subrasante se Manual de Carreteras - Tomo 5 Diciembre, 1996 Capítulo II – 9 verificará en toda la longitud de la obra, a los intervalos que el Ingeniero estime convenientes.
- El control de bordes se efectuará con anterioridad al xx xxxxxx y en caso de sobrepasar la tolerancia correspondiente, deberá ser corregido antes de proceder al control de esta última.
Medición. Las mediciones se efectuarán indistintamente por unidad de metros cuadrados.
Forma de Pago. Las partidas se pagarán al precio unitario propuesto y aceptado, por unidad de medida especificada en el Contrato, siendo este precio compensación total por los trabajos de conformación de la sub-rasante.
4. SUB BASE:
Descripción
la construcción de una base o sub-base granular sobre una fundación ya preparada, de acuerdo con estas especificaciones y en conformidad con el trazado, rasante, espesor y secciones transversales típicas indicadas en los planos o establecidos por el Ingeniero.
Materiales. Los materiales deberán conformar lo establecido en las subsecciones del manual de carreteras tomo V:
Agregados | 703.04 |
Agua | 714.01 |
Cloruro de Calcio | 714.02 |
Cloruro de Sodio | 714.04 |
La aceptación estará basada en la extracción de muestras al azar tomadas a la salida de la mezcladora, en el caso del método de mezcla estacionaria, o del caballete en el camino luego de ser procesado, en el método de mezcla en camino. Además las cualidades exigidas deberán cumplirse una vez colocados los materiales en obra, cuando ya han sufrido la abrasión y consecuentemente el desgaste del equipo.
Los procedimientos y equipo de explotación, clasificación, trituración y eventual lavado, así como la forma de almacenamiento, deben permitir el suministro de un producto de características uniformes. El Contratista estará obligado a cumplir con estos requisitos.
Requerimientos constructivos.
(A) Colocación. Si el espesor de la capa de base o su-base compactada excede los 15 cm, la base o sub-base deberá ser construída en dos o más capas de igual espesor. El material de la base o sub-base será colocado mediante una distribuidora mecánica capaz de colocar el material en una superficie uniforme sin provocar segregación. El máximo espesor compactado de cada capa no excederá los 15 cm. El espesor de cada capa puede ser incrementado hasta 20 cm medidos ya compactada la base o sub-base, si el Contratista demuestra que el equipo vibratorio empleado o cualquier otro equipo de compactación especial que utilice permite llegar a la densidad especificada.
(B) Mezclado. La capa de base o sub-base, incluyendo los aditivos requeridos si asi ocurriera, serán mezclados mediante uno de los siguientes métodos:
1. Método con planta estacionaria. El agregado deberá ser mezclado en un mezclador capaz de incorporar aditivos y agua para proveer el contenido óptimo de humedad para la compactación y un mezclado homogéneo con los aditivos. Inmediatamente después de mezclado, el material de base o sub-base será transportado y colocado sobre la subrasante mediante un distribuidor mecánico.
2. Método con planta ambulo-operante. El agregado deberá ser colocado con un distribuidor mecánico o un formador de caballetes y uniformemente mezclado por
una planta ámbulo-operante, añadiéndose el agua durante la operación del mezclado para proveer el contenido óptimo de humedad para la compactación.
3. Método de mezcla en camino. Luego de su colocación en el camino, el agregado será mezclado uniformemente mediante motoniveladoras u otro equipo aprobadoañadiéndose el agua durante la operación de mezclado para proveer el contenido óptimo de la humedad para la compactación.
(C) Conformado y compactación. El agregado deberá ser conformado a la sección requerida y el contenido de humedad aumentado o disminuído para proveer la humedad óptima de compactación. La compactación continuará hasta obtener una densidad no menor que el 100% de la densidad máxima determinada por la norma AASHTO T 180 método D. La superficie deberá ser mantenida durante la operación de compactación en tal forma de obtenerse una textura uniforme y que los agregados permanezcan firmemente trabados. El agua deberá ser aplicada sobre los materiales de la base o sub-base durante la compactación como sea necesario para una consolidación adecuada. La densidad in-situ será determinada utilizando AASHTO T 191, T205 o T238. El uso del AASHTO T 224 (alternativo) puede ser requerido para corregir por partículas con
sobretamaño. La compactación de la base o sub-base deberá comenzar en los bordes y avanzar hacia el centro, con excepción de las curvas peraltadas, donde la compactación comenzará en el borde interno de la curva y avanzará hacia el borde peraltado.
(D) Tolerancia superficial. La superficie será terminada en forma tal que las desviaciones no excedan los 12mm cuando sean controladas en forma longitudinal o transversal según lo establecido en la subsección 501.03(N) Ensayo de superficie del manual de carreteras.
(E) Ancho. No se admitirá ninguna sección de base o sub-base cuyo ancho no iguale la dimensión indicada en los planos o establecida por el Ingeniero.
(F) Espesor. No se admitirá en ninguna parte que el espesor sea menor que el indicado en el proyecto o establecido por el Ingeniero.
Medición. La base o sub-base granular será medida en toneladas, m3 o m2 según lo establecido en el contrato. El peso del agua (superficial e higroscópica) será deducido en el caso en que los agregados sean medidos por peso. Cuando las variaciones en el peso específico de los agregados provoquen que el tonelaje usado difiera con las cantidades establecidas en el proyecto, no se realizará ajuste alguno del precio unitario del contrato. Cuando el agua esté específicamente ordenada y tenga ítem de pago, se medirá en m3 mediante tanques calibrados, distribuidores o medidores de confianza. Los cloruros de sodio y calcio serán medidos en toneladas. Si se utiliza cloruro de sodio o de calcio en sacos se usará para la medida de los mismos el peso neto indicado en los envoltorios.
Forma de pago. El pago de las cantidades aceptadas se realizará como lo establece el contrato.
5. BASE TRITURADA:
A. DESCRIPCION.
La capa de base xx xxxxxxxx triturado consistirá xx xxxxxx o grava triturada, de un espesor compactado después de terminado, como indican los planos o como lo especifique el Supervisor.
B. MATERIALES.
Los agregados consistirán de grava x xx xxxxxx triturada.- La piedra consistirá xx xxxx tenaz durable, libre de textura pizarrosa y/o Grava.- La grava consistirá de partículas tenaces, duras, durables e impermeables, podrá ser triturada o sin triturar como se requiera, completamente lavada para quitar las impurezas antes de ser cargada.
Todos los materiales para producir la capa de base reunirán los siguientes requisitos físicos de calidad.
Requisitos Físicos
Piedra | Grava | Grava sin triturar | |
Ensayo de Sulfato de sodio máximo % de perdida, por peso en 5 ciclos, Método T-104 AASHTO | 10 | 10 | 10 |
Ensayo de desgaste, los Ángeles Máximo, según método T -96, AASHTO en material superficialmente seco % de la perdida por peso a 500 revoluciones, granulometría A, B y C | 40 | 40 | 40 |
Partículas delgadas y alargadas (ver nota 1) | 5 | 5 | 5 |
Perdida por lavado, % por peso (Máximo), Método T -11 AASHTO (ver nota 2) | 0.5 | 0.5 | 0.5 |
Fragmentos triturados (Mínimo) % peso, Tamaño Individual % peso, Tamaños Combinados (ver nota 3) | 85 35 |
Nota (1) Como se determina en una muestra que representa el material retenido en el cedazo xx xxxxx cuadrada de 1 pulgada.- Cualquier fragmento que tenga un espesor medio menor de 1/5 de la dimensión mayor se considerara como partícula delgada y alargada.
Nota (2) Con excepción de que se usar el cedazo No. 100 Y el tamaño de la muestra que se pruebe deberá pesar entre 50 libras y 100 libras dependiendo en el tamaño xxx xxxxxxxx que se este probando.
Nota (3) Trituración artificial de la grava con todos los fragmentos que tengan por lo menos 1 cara resultante por fractura, la grava mellada no se considerar como fragmentos triturados.
El agregado fino provendrá del cernido que se obtenga de la trituración de la grava o piedra y se combinará con el agregado grueso para obtener una graduación de acuerdo a los siguientes requisitos según los métodos de la AASHTO T -11 y T -12:
Tamiz (Cedazo) | Porcentaje en. Peso que pasa por el cedazo xx xxxxx Cuadrada. |
1” 3/4" 3/8" 4 8 40 200 | 100 85 -100 50 -85 35 -65 00-00 00-00 3-10 |
Para la grava triturada, el 50% por peso de la porción retenida en el Cedazo No. 4 deber tener por lo menos dos caras fracturadas.
El índice de plasticidad no ser mayor de 6 y el limite liquido no mayor de 25.
El porcentaje del material que pase el tamiz No. 200 no debe ser mayor al 50 % del material que pase el tamiz No. 40.
El valor "Equivalente de arena" deber ser mayor a 35. El valor soporte (CBR) del material determinado mediante el ensayo AASHTO T -193, usando el m‚todo AASHTO T - 180, para compactar las muestras, no deberán ser en ningún caso menor de 80.
El agregado grueso deber tener un porcentaje de desgaste no mayor de 40, según se determina en la prueba Los Ángeles (AASHO T -96).
Todas las características anteriores las deber cumplir el material después de haber sido colocado y compactado en obra y así lo verificar la supervisión; es decir que esas serán sus cualidades remanentes y el contratista tomar para ello las previsiones necesarias.
C. REQUISITOS GENERALES.
(a) Plantillas para Bombeo, Reglas y Cordeles.- El Contratista proveerá y usará plantillas aprobadas del largo requerido y recortadas al bombeo especificado para la superficie terminada de la capa de base, para comprobar el bombeo y la conformación de la superficie.- Estas deberán ser equipadas con pies metálicos verticales en los extremos o de otra manera que sean aprobadas, de modo que la cara inferior de la plantilla quede a la altura de la superficie xxx xxxxxxxx suelto.- Se proveerá por lo menos de 3 de estas plantillas, las que se usarán a intervalos de no más de 10 metros.
El Contratista también proveerá y usará reglas aprobadas de 5 metros de largo para comprobar las irregularidades longitudinales en la superficie de la capa de base, excepto que podría usarse reglas de 3 metros en las curvas verticales.
Se proveerán y colocaran cordeles en cada extremo de la calzada al nivel de la superficie xxx xxxxxxxx suelto, a lo largo de los bordes de la capa de base requerida.
(b) Requisitos Varios.- Las áreas de la capa de base inaccesibles a las aplanadoras deberán compactarse satisfactoriamente por medio de pisones aprobados.
Si en cualquier momento el material de la sub-rasante se entremezclara con el material de la capa de base, el Contratista, a su costo, cavará y retirará el material mezclado, explanará y recompactará la sub-rasante y reemplazará los materiales que se hayan quitado con material limpio, el que deberá compactar satisfactoriamente.
El Contratista no deberá transportar cargas pesadas sobre esta capa de base.- Las huellas o material desplazado por el tráfico o equipo o cualquier daño causado por el Contratista antes de la aceptación final del pavimento se reparara satisfactoriamente a costo del Contratista.
D. METODOS DE CONSTRUCCION.
(a) Esparcido del Material para Capa de Base.- El material se deberá esparcir uniformemente sobre la sub-rasante previamente acondicionada, la base se colocará por medio xx xxxxx esparcidoras aprobadas, o directamente desde los camiones cuando el material sea satisfactoriamente manipulado, o mediante otro dispositivo para distribuir el material al espesor requerido en todo el ancho de la capa de base, salvo especificación contraria para construcción en anchos parciales.- Se añadirá agua como ordene el Supervisor.- Todo el material segregado deber ser quitado y reemplazado con material bien graduado. No se deberá colocar el material en más de un día promedio de trabajo por delante de la compactación.
Después que el material ha sido colocado y esparcido deber ser explanado y conformado a las líneas, niveles y secciones transversales requeridas, luego se comprobar con las plantillas y reglas, y se corregir n todas las irregularidades.
(b) Compactación.- La capa de base se colocará y compactará a una densidad no menor del ciento (100) por ciento del máximo de la densidad seca determinada por la prueba AASHTO T-180 (Xxxxxxx modificado) Método D.-La capa base se compactará con aplanadoras apropiadas y como lo ordene el Ingeniero Supervisor. Cuando se utilicen tramos continuos y no como rellenos para la reparación de baches.
La base compactada deber cubrir todo el ancho de la sección transversal tipo como se indica en los planos y/o la sección completa xxx xxxxx como lo indique la supervisión.
El cilindrado debe comenzar en los bordes y avanzar hacia el centro, con excepción de las curvas peraltadas, donde el cilindrado deberá comenzar en el lado bajo y avanzar hacia el lado alto.- El cilindrado deber hacerse paralelamente al eje de la calzada, traslapando la huella en cada pasada sucesiva y cubriendo enteramente toda la superficie con las ruedas traseras, continuando así hasta que el material no se desplace ni ondule por delante de las ruedas de la aplanadora.- Durante el avance del trabajo, el Supervisor inspeccionará el material en cuanto a tiempo, condiciones, contenido de humedad y densidades; y podrá indicar el sitio para su colocación. en el terraplén.- La compactación de cada capa deberá complementarse tanto al ancho como longitudinalmente antes de iniciar la colocación de la siguiente capa.- La cantidad de material que se este colocando no deber exceder la capacidad del equipo de compactación.- El Supervisor hará la determinación de densidad y humedad "in situ" y aprobará la compactación y contenido de humedad de cada capa.- La distribución de los materiales ser tal que el material compactado este libre de material laminado suelto, cavidades, huellas u otras imperfecciones.- A base de los resultados no satisfactorios de las pruebas para densidad y humedad "in situ" el Supervisor exigirá al Contratista hacer cambios del sistema de trabajo que sean necesarios para obtener los valores especificados de la densidad y humedad.
Para facilitar la compactación y desagüe del terraplén durante su acondicionamiento, el Contratista deber mantener suficientes niveladoras xx xxxxxxxx u otro equipo aprobado para mantener el terraplén liso, libre de huellas.
Durante la construcción de la base, las capas se colocaran aproximadamente paralelas a la superficie de la sub-rasante terminada.- Cualquier tramo que en opinión del Supervisor haya sufrido desplazamiento o resultare inestable será reconstruido a costo del contratista antes de la aceptación de supervisión.
(c) Espesor de las capas.- El material para base, se colocara en capas sucesivas horizontales de espesor suelto, en todo el ancho del terraplén, o según lo indique el Ingeniero Supervisor.
(d) Contenido de Humedad.- El material en las capas no se deberá compactar cuando el contenido de humedad sea mas de dos (2) puntos de porcentaje en exceso o tres puntos de porcentaje por debajo del contenido de humedad optimo, con excepción de los materiales sin cohesión, para los que no se pueda obtener un punto óptimo de humedad y los que puedan ser compactados mientras contengan suficiente agua para la lubricación de las partículas y que permitan la debida compactación.- Si el material está demasiado húmedo o demasiado seco, el trabajo de compactación en todas las partes del terraplén así afectado, se demorará hasta que el material haya sido secado o regado como sea necesario, hasta que la densidad de compactación y contenido de humedad reúnan los requisitos aquí especificados.- Se requerirá un contenido de humedad uniforme en toda la capa para la clase de material en uso; se deber humedecer o secar y hacer el manipuleo consiguiente del material, si es necesario, para conseguir el resultado deseado.
El riego se deberá hacer con un camión regador, distribuidores a presiones, u otro equipo que distribuya el agua eficientemente, todo como apruebe la Supervisión.- Se deber disponer en todo tiempo del suficiente equipo que provea la cantidad de agua requerida.- Por la provisión y aplicación del agua no se hará pago directo y su costo se considerar como incluido en otros ítems pagados de contrato, los que constituirán compensación completa por la provisión de todos los materiales, mano de obra, equipo y herramientas necesarias para obtener, transportar y aplicar el agua xx xxxxx.
(e) Pruebas de Densidad en Sitio.- La prueba de los materiales para densidad en sitio se hará por los métodos que el Ingeniero Supervisor estime más apropiados, excepto que en caso de cualquier desacuerdo o donde sea impracticable nivelar perfectamente el lugar de la prueba, esta se hará de acuerdo con el método de cono de arena, AASHTO.- Designación: T 147, usando plancha con un hueco de seis (6) pulgadas y haciendo el hueco en una profundidad igual al espesor de la capa que se está probando.
Cuando la superficie no se pueda nivelar perfectamente, deberá usarse el método xx xxxxx cono de arena, en el cual se determina el espacio vacío entre la cara inferior de la plancha y la superficie desigual del terreno, con anterioridad a la prueba de hueco en la capa compactada.
(f) Comprobación de la Superficie de la Capa de Base.- Después de que la capa haya sido terminada como se ha especificado, se comprobara la superficie con plantillas y reglas aprobadas.- Cualquier irregularidad de la superficie que exceda de un centímetro será corregida a satisfacción del Supervisor, escarificando la superficie y aumentando o quitando material como se requiera, después de lo cual se aplanar toda el área, incluyendo la superficie adyacente, hasta que la capa de base quede satisfactoriamente compactada.
(g) Comprobación del Espesor de la Capa de Base Terminada.- El contratista no podrá exigir pago correspondiente a un mayor espesor de capa de base al señalado en los planos.-
Durante el avance del trabajo, el Supervisor verificará el espesor de la capa de base y el trabajo insatisfactorio deber ser reparado, reemplazado o corregido a costo del Contratista.
Cuando las mediciones indiquen una deficiencia no mayor del centímetro en el espesor se considerará la capa de base de espesor satisfactorio.- Cualquier capa de base con mayor deficiencia de 1 centímetro de espesor especificado deberá ser corregida satisfactoriamente a costo del Contratista.- Todo los huecos para las pruebas el Contratista a su costo los volverá a llenar con material aceptable y compactará satisfactoriamente.
E. BASE DE PAGO.
Se medirá la capa de base en metros cúbicos (M3), puestos en obra y compactados y se hará el cálculo multiplicando el área designada sobre la que se ha colocado la capa de base por el espesor indicado en los planos o los indicados por el Supervisor en el caso.
Este trabajo se pagará al precio unitario de contrato por metro cúbico para capa de base xx xxxxxxxx triturado completa en su lugar, precio que incluirá todos los materiales, equipo herramientas, mano de obra, y demás imprevistos para su terminación, incluyendo su acarreo, así como las pruebas de espesor de la capa de base como se ha estipulado.
6. MEZCLA ASFÁLTICA PARA BACHES:
A. DESCRIPCIÓN:
A.1 ALCANCE DE LOS TRABAJOS:
La presente especificación establece los requisitos que deben reunir los concretos asfálticos elaborados y colocados en caliente, de aplicación en bases y capa de rodamiento.
La ejecución de concretos asfálticos en caliente incluyen las siguientes operaciones:
• Estudio de la mezcla y obtención de la fórmula de trabajo.
• Fabricación de la mezcla de acuerdo con la fórmula de trabajo.
• Transporte de la mezcla al lugar de empleo.
• Preparación de la superficie que va a recibir la mezcla.
• Extensión y compactación de la mezcla.
A.2 DEFINICIONES:
Se define como Concreto Asfáltico en Caliente a la combinación de un ligante asfáltico, áridos, cal, polvo mineral y, eventualmente aditivos tales como mejoradores de adherencia (afinidad). Esta mezcla es tal que todas las partículas del árido queden recubiertas por una película homogénea de ligante. Su proceso de fabricación implica el uso de plantas asfálticas
estacionarias, donde se procede a calentar el ligante y los áridos (excepto, la cal hidratada y otro polvo mineral de aporte que se emplee) y su puesta en obra debe realizarse a una temperatura muy superior a la ambiente.
En la dosificación, elaboración, colocación y compactación de una mezcla asfáltica, se pretenden obtener las siguientes propiedades:
• Estabilidad.
• Durabilidad.
• Flexibilidad.
• Resistencia a la fatiga.
• Adherencia neumático – pavimento (propiedades antiderrapantes).
• Trabajabilidad.
• Impermeabilidad.
• Resistencia a las deformaciones permanentes.
• Resistencia al deterioro por el agua.
• Economía.
Algunas de las mismas deben ser adecuadamente compatibilizadas en aras de obtener un justo equilibrio en los resultados obtenidos.
A los efectos de producir mejoras en varias de las propiedades citadas precedentemente, es obligatorio el empleo de cal hidratada como filler de aporte.
A.3 Terminología Técnica:
B. REQUISITOS DE LOS MATERIALES:
B.1 AGREGADOS PÉTREOS:
Los agregados pétreos que se empleen se indican en la especificación complementaria a la presente. Los agregados deben cumplir con los requerimientos indicados en las especificaciones generales “Agregados Pétreos para Concretos Asfálticos” y “Rellenos Minerales”.
B.2 GRADUACIÓN GRANULOMÉTRICA DE LA MEZCLA DE AGREGADOS:
La granulometría del árido obtenido combinando las distintas fracciones de los áridos (incluido el polvo mineral de recuperación o aportación), debe estar comprendida dentro de alguno de los husos granulométricos indicados en la tabla Nº 01.
La especificación complementaria a la presente, indica el tipo de mezcla de agregados que se aplica a las capas de mezclas asfálticas que define el proyecto. Cuando se utilicen agregados de diferentes fuentes con una diferencia en el peso específico de más de 0.20 Kg/dm3, la granulometría de la fórmula de trabajo debe calcularse en volumen en lugar de en peso.
B.3 CEMENTO ASFÁLTICO:
El cemento asfáltico que se emplee en la mezcla, debe ser del tipo indicado en la especificación complementaria a la presente. El cemento asfáltico debe cumplir con los requerimientos indicados en la especificación general “Cemento Asfáltico Convencional para Uso Vial” o “Cemento Asfáltico Modificado para Uso Vial”, según corresponda.
B.4 TIPOS DE MEZCLAS ASFÁLTICAS Y ÁMBITO DE APLICACIÓN:
El tipo de mezcla asfáltica en caliente a emplear en función del tipo y del espesor de la capa que ocupe en el pavimento, se define en la especificación complementaria a la presente y, corresponde a las aplicaciones que se indican en la tabla Nº 02.
C. REQUERIMIENTOS CONSTRUCTIVOS:
C.1 DOSIFICACIÓN DE LAS MEZCLAS ASFÁLTICAS:
Los criterios para la dosificación de las mezclas asfálticas se indican en la Tabla Nº 03.
(*) El número de golpes por cara se define en la Especificación Técnica Complementaria. (1) ESAL Equivalent Standard
Axe Load – (Número de tránsito equivalente en efecto destructivo a un eje de 8.16 toneladas métricas)
El relleno mineral debe consistir en polvo de trituración xx xxxx o grava, mezlcado con cal hidratada como polvo mineral de aportación. La proporción de cal debe estar comprendida entre uno y dos por ciento (1 % y 2 %) del peso total de los agregados pétreos que integren la mezcla asfáltica. En caso de no existir en el mercado cal hidratada, se puede utilizar como filler cemento portland tipo I. La granulometría del relleno mineral total debe pasar en su totalidad por el tamiz 600 µm (N° 30) y al menos un setenta por ciento debe pasar por el tamiz de 75 µm (N° 200).
C.2 CRITERIOS DE DOSIFICACIÓN:
El orden establecido en la tabla Nº 04 debe aplicarse en la interpretación de los resultados del ensayo Xxxxxxxx:
Para condiciones especiales de aplicación de las mezclas asfálticas, los criterios de dosificación pueden encontrarse indicados en la Especificación Técnica Complementaria.
C.3 FÓRMULA DE TRABAJO:
El Contratista debe presentar a la Supervisión, la fórmula de obra que propone emplear para cada mezcla asfáltica. Debe adjuntar todos los resultados que expresen el cumplimiento de los requisitos indicados en el apartado 3.1.- Requisitos para la Dosificación de las Mezclas Asfálticas. Además, debe haber realizado las pruebas de producción en el proceso de mezclado en planta, adjuntando los respectivos resultados.
La fabricación y colocación de las respectivas mezclas no se debe iniciar hasta que la Supervisión haya aprobado la correspondiente fórmula de trabajo.
El Contratista debe suministrar a la Supervisión, con suficiente antelación al inicio de los trabajos de pavimentación, muestras representativas de los agregados, filler y cemento asfáltico que propone emplear. La supervisión debe verificar la o las fórmulas de trabajo propuestas por el Contratista, las que para su aprobación deben cumplir con todos los requisitos establecidos para cada mezcla.
La fórmula debe cumplirse durante todo el proceso constructivo de la obra. Este concepto tiene vigencia siempre que se mantengan las características de los materiales que componen la mezcla. Toda vez que cambie alguno de los materiales que la integran o se excedan sus tolerancias de calidad, su composición debe ser reformulada. Por lo tanto, debe excluirse el concepto de “fórmula de obra única e inamovible”. La fórmula debe incluir como mínimo, las características que se indican en la Tabla Nº 05:
En la alimentación (plantas Tambor Secador Mezclador) y, en su caso, después de su clasificación