PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES QUE HAN DE REGIR EN EL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN PARA ADJUDICAR LOS SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DEL PARQUE “TECNOGETAFE”, EN EL MUNICIPIO DE GETAFE (MADRID) MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON PLURALIDAD DE...
PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES QUE HAN DE REGIR EN EL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN PARA ADJUDICAR LOS SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DEL PARQUE “TECNOGETAFE”, EN EL MUNICIPIO DE GETAFE (MADRID) MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON PLURALIDAD DE CRITERIOS
NÚMERO DE EXPEDIENTE: PAS 2016-01_SERVICIOS VIGILANCIA Y SEGURIDAD
TÍTULO: Contratación mediante procedimiento abierto de los Servicios de Vigilancia y Seguridad del Parque Tecnogetafe.
PRESUPUESTO:
Base imponible: 164.000,00 euros
Importe del I.V.A 34.440,00 euros
Importe total: 198.440,00 euros
SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: NO
Categoría: Servicios: 23 correspondiente a “Servicios de Investigación y Seguridad, excepto los servicios de furgones blindados”
CPV: 79710000-4 Servicios de seguridad
79711000-1 Servicios de vigilancia de sistemas de alarma 79714000-2 Servicios de vigilancia
79715000-9 Servicios de patrullas
PLAZO DE EJECUCION:
Un (1) año a contar desde la firma del contrato
HABILITACIÓN PROFESIONAL:
Tipo: Deberán disponer de la correspondiente autorización administrativa y estar inscritas en el Registro de Empresas de Seguridad del Ministerio del Interior, acreditándose dicha habilitación mediante copia compulsada que deberá ser incluida en el sobre nº 1 “Documentación General”.
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN: Tramitación: Ordinaria. Procedimiento: abierto. Pluralidad de criterios de adjudicación.
INFORMACIÓN SOBRE LAS CONDICIONES DE LOS CONTRATOS DE LOS TRABAJADORES A LOS QUE AFECTA LA SUBROGACIÓN:
En Anexo 2 al Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
LOTES: No
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: Consejo de Dirección del Consorcio Urbanístico “Área Tecnológica del Sur”.
OBJETO, PRESTACIÓN Y FINALIDAD DEL CONTRATO
CLÁUSULA 1. OBJETO DEL CONTRATO.
Constituye el objeto principal del presente contrato: Los Servicios de Vigilancia y Seguridad del Parque Tecnogetafe, en el municipio de Getafe (Madrid).
El contrato se considera CERRADO, al ceñirse a los trabajos que figuran en el presente Xxxxxx.
CLÁUSULA 2. DESCRIPCIÓN DE LA PRESTACIÓN. FINES Y NECESIDADES.
El presente expediente tiene por objeto principal llevar a cabo la contratación de losServicios de Vigilancia y Seguridad del Parque Tecnogetafe. Para el desarrollo de las labores de vigilancia y seguridad se hacen imprescindibles determinados trabajos técnicos en las infraestructuras físicas y tecnológicas que sirven de apoyo al servicio. Todos los servicios sedefinen en detalle en el Pliego de CondicionesTécnicas.
Se hace necesaria la contratación de dichos Servicioscon el fin de garantizar la seguridad del Parque Tecnogetafe y el normal desarrollo de las actividades que se desarrollan en el mismo.
DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL. RÉGIMEN JURÍDICO
CLÁUSULA 3. DOCUMENTACIÓN CON CARÁCTER CONTRACTUAL.
Los documentos que tienen carácter contractual y que forman parte del expediente son los siguientes:
• El presente Xxxxxx y el Pliego de condiciones técnicas.
• La proposición seleccionada por el Consorcio.
• La resolución de adjudicación del contrato del órgano de contratación.
• El documento de formalización de contrato.
• Cualquier otro documento que contenga acuerdos, derechos y obligaciones para las partes y que con anterioridad o posterioridad a la formalización del contrato se incorporase al expediente.
En los casos en que exista discrepancia entre el contenido de este pliego, sus anexos y apéndices, prevalecerá el clausulado de este Pliego de Condiciones Generales.
CLÁUSULA 4. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.
El presente contrato tiene carácter privado. Se rige por lo dispuesto en las Instrucciones Internas de Contratación, en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, así como normas de derecho privado que resulten de aplicación. Igualmente, en cuanto a la preparación y adjudicación, se aplicará elTRLCSP y normas de contratación concordantes en lo que resulten de aplicación atendiendo a la naturaleza de la entidad contratante.
Sin perjuicio de lo anterior, será de aplicación laInstrucción Interna para la celebración de contratos del Consorcio, aprobada por el Consejo de Dirección de fecha 11 de julio de 2008, que se encuentra publicadaen el perfil del contratante en la Web xxxx://xxx. xxxxxxxxxxx.xx.
CLÁUSULA 5. REGULACIÓN ARMONIZADA.
De conformidad con lo estipulado en el artículo 13 del TRLCSP, el presente contrato NO está sujeto a REGULACIÓN ARMONIZADA, a los efectos de su publicidad en el Diario Oficial de la Unión Europea (DUOE) y de aplicación del régimen especial regulado en el artículo 37 TRLCSP.
Categoría: Servicios:23 correspondiente a “Servicios de Investigación y Seguridad, excepto los servicios de furgones blindados”
CPV:
79710000-4 Servicios de seguridad
79711000-1 Servicios de vigilancia de sistemas de alarma 79714000-2 Servicios de vigilancia
79715000-9 Servicios de patrullas
PRESUPUESTO. PRECIO DEL CONTRATO
CLÁUSULA 6. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, PRECIO Y PLAZO DEL CONTRATO.
La duración del contrato y las condiciones para posibles prórrogas se establecen en la Cláusula 30. En ningún caso podrán contemplar un aumento del precio mensual con respecto al de adjudicación del contrato.
El presupuesto base licitación del contrato es de164.000,00 €(IVA excluido).Cualquier oferta que supere tal cantidad será rechazada.
El importe de adjudicación tendrá la naturaleza de máximo, por lo que el adjudicatario no podrá exigir su aumento por ninguna circunstancia, sea por el aumento de sus costes, por haber utilizado medios o materiales de calidad superior a la exigida contractualmente o por haber finalizado el servicio antes de la fecha pactada. Asimismo, el cálculo del presupuesto incluye todos los gastos y factores de valoración, tasas, tributos, etc., que sean de aplicación que según los documentos contractuales y la legislación vigente sean de cuenta del adjudicatario.
Al importe neto de este contrato se le aplicará el IVA vigente.
Sistema de determinación del Presupuesto: Precio de componentes de la prestación y unidades de tiempo. El precio del contrato será aquél al que ascienda la adjudicación.
El plazo de ejecución será de Un (1) año a contar desde la firma del contrato.
CLÁUSULA 7. CONSTANCIA EXPRESA DE LA EXISTENCIA DE CRÉDITO.
El Consorcio ha cumplido los trámites legales y reglamentarios para asegurar la existencia de crédito para el pago de los trabajos objeto del presente contrato.
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. PERFIL DEL CONTRATANTE
CLÁUSULA 8. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y RESPONSABLE DEL CONTRATO.
El Consejo de Dirección del Consorcio es el Órgano de Contratación en el presente contrato.
CLÁUSULA 9. PERFIL DEL CONTRATANTE Y PUBLICIDAD.
Los pliegos y demás documentación se publicarán conforme a lo establecido en el artículo 142 del TRLCSP. Así mismo se encuentran a disposición de los interesados en el perfil del contratante delConsorcio.
El acceso al perfil de contratante se efectuará a través de la página web del Consorciohttp://www. xxxxxxxxxxx.xx, según lo establecido en el artículo 53 del TRLCSP.
Los pliegos y demás documentación, en su caso, también estarán a disposición de los interesados en la licitación en las oficinas del Consorcio en el Parque de Tecnogetafe, en la C/Xxxx Xxxxxx, 1 (Edificio de Servicios Centrales Campus Universidad Politécnica de Madrid), 28906 Getafe (Madrid), hasta las 14:00 horas del día anterior al de la fecha límite de presentación de proposiciones.
PROCEDIMIENTO Y FORMADE ADJUDICACIÓN
CLÁUSULA 10. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE.
El procedimiento de adjudicación de este contrato esAbierto, de conformidad con lo establecido en el artículo 157 del TRLCSP que establece que “en el procedimiento abierto todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores”.
REQUISITOS DE LOS LICITADORES
CLÁUSULA 11. CONTRATISTA. CAPACIDAD. PROHIBICIÓN DE CONTRATAR.
Los candidatos o los licitadores deberán acreditar su personalidad jurídica y capacidad de obrar. Cuando fueran personas jurídicas deberán justificar que el objeto social de la entidad comprende el desarrollo de todas las actividades que constituyen el objeto del contrato al que concurren. La acreditación se realizará mediante la presentación de los estatutos sociales inscritos en el Registro Mercantil o en aquel otro registro oficial que corresponda en función del tipo de entidad social.
La acreditación de disponer de los datos relativos a la personalidad jurídica y a la capacidad de obrar podrá realizarse mediante la certificación de la inscripción en el correspondiente Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas.
Cuando para la realización de una actividad sea requisito disponer de una habilitación especial deberá acreditarse que el candidato o el licitador están en posesión de la misma.
Los candidatos o los licitadores no deberán estar incursos en ninguna de las causas de prohibición de contratar establecidas en el artículo60 del TRLCSP, en los términos y condiciones previstas en la misma, en la Ley 14/1995 de 21 xx xxxxx, sobre incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid, y en el artículo
29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid,y en la normativa autonómica y municipal que a estos efectos resulte de aplicación en la fecha de conclusión del plazo de presentación de proposiciones. Tampoco deberán estar incursos en tal situación cuando se proceda a la adjudicación del contrato. Para acreditar tal circunstancia deberán aportar la correspondiente declaración responsable en la que el empresario, su representante o apoderado, en su caso, deje constancia de tal requisito.
CLÁUSULA 12. CONTRATISTA. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA Y PROFESIONAL.
El licitador podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación, en los contratos de servicios cuyo objeto esté incluido en el Anexo II del RGLCAP, o bien acreditando el cumplimiento de los siguientes requisitos específicos de solvencia:
Acreditación de la solvencia económica y financiera:
Criterios de selección:
a) Justificar la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales de al menos 6 millones de euros o el compromiso de su formalización en el caso de resultar adjudicatario. Se aportará copia de la póliza del seguro o compromiso.
Acreditación de la solvencia técnica o profesional:
Criterios de selección:
a) Justificar la capacidad tecnológica para la realización de los trabajos de suministro, instalación y mantenimiento del sistema de vigilancia con apoyo de cámaras ofertado. Para ello el licitante presentará al menos justificación documental de tres instalaciones similares ejecutadas a satisfacción de los clientes en los últimos dos años.
Clasificación del contratista
Grupo/s: | Subgrupo/s: | Categoría/s: |
GRUPO M | SUBGRUPO 2 | CATEGORÍA 2 (R.D. 773/2015) |
GRUPO M | SUBGRUPO 2 | CATEGORÍA B (R.D. 1098/2001) |
GRUPO M | SUBGRUPO 3 | CATEGORÍA B (R.D. 1098/2001) |
CRITERIOSDE ADJUDICACIÓN
CLÁUSULA 13. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
Los criterios objetivos que han de servir de base para la adjudicación del concurso, son los que se establecen a continuación.
Se puntuará de 0 al máximo de puntos atribuido a cada criterio para obtener la puntuación final, recayendo la elección en la propuesta que, en su conjunto, resulte más ventajosa.
En relación con los criterios de adjudicación que dependen de un juicio de valor, se valorará con un máximo de treinta (30) puntos atendiendo a los siguientes aspectos:
• Proyecto de rediseño del sistema de vigilancia con cámaras, traslado a la nueva caseta de vigilancia, incluyendo un plan de mantenimiento. Partiendo de las infraestructuras existentes (con el sistema de centralización de la señal en la caseta ubicada en la Avda. de Xxxx Xxxx Xxxxxxxxxxx que se desmontará), se necesita un sistema reforzado y versátil para la vigilancia completa de los viales y de las implantaciones existentes. Los trabajos deben estar totalmente terminados en tres meses desde la firma del contrato asegurando que únicamente se suspende el servicio de grabación durante el traslado y la implantación del nuevo sistema hasta un máximo de 8 horas en horario diurno. Justificación detallada del presupuesto y de las mejoras propuestas. Puntuación de 0 a 14 puntos.
• Plan general de organización del servicio de vigilancia y personal, y medios materiales adscritos al contrato. Justificación del presupuesto. Puntuación de 0 a 8 puntos.
o Plan de Control y seguimiento del servicio. Hasta 2 puntos
o Características y organización del Centro del Control atendido 24 horas todos los días del año.
Hasta 4 puntos
o Organización de respuesta ante situaciones de emergencia. Hasta 2 puntos
o Equipos de comunicación. Se valorará la calidad y el número de los equipos que garanticen la comunicación del personal operativo de seguridad, el centro de control y el Consorcio. Se valorará la dotación con equipos móviles para enviar imágenes y correos en tiempo real que permita una adecuada comunicación con el servicio durante las 24 horas, así como la posibilidad de tomar y enviar imágenes o vídeos. Hasta 2 puntos
• Detalle de mejoras propuestas en contenido y alcance en los trabajos a ejecutar que superen las exigencias mínimas identificadas en el Pliego Técnico. Puntuación de 0 a 8 puntos.
o Mejoras referidas a medios humanos. Hasta 2 puntos
o Mejoras referidas a medios técnicos. Hasta 6 puntos
Se establece como valoración mínima en el bloque de los criterios de adjudicación no evaluables mediante fórmulas para la evaluación del bloque de los criterios de adjudicación evaluables mediante fórmulas, y por tanto para poder ser adjudicatario del concurso, alcanzar al menos 21 puntos del total máximo de los 30 puntos reservados para dicho bloque.
En relación con los criterios de adjudicación evaluables mediante fórmulas, se valorará con un máximo de
setenta (70) puntos atendiendo a los siguientes criterios:
La puntuación máxima setenta (70) puntos se otorgará a la oferta cuyo presupuesto sea el más bajo de todas las ofertas admitidas y que no incurra en presunción de temeridad.
Se valorará con cero (0) puntos el precio tipo de licitación.
A cada una de las ofertas le corresponderá una puntuación obtenida como proporcionalidad, distribución lineal, respecto de los criterios de puntuación establecidos, es decir:
Puntuacióndellicitador = Bajadellicitador Mayorbajadetodaslasofertasadnitidas
× 70
A efectos de apreciar, en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, los límites para apreciar que se da dicha circunstancia, son los siguientes:
Si se presenta un único licitador se considerará que incurre en oferta desproporcionada si ésta es inferior al presupuesto base de licitación en más de un 25%.
Cuando sean varias ofertas, se considerará desproporcionada la oferta cuyo porcentaje de baja exceda en diez
(10) puntos porcentuales respecto a la media aritmética de los porcentajes de baja de todas las proposiciones admitidas.
No se admitirán propuestas superiores al precio tipo de licitación.
CLÁUSULA 14. VARIANTES.
No procede. Sólo se admitirán aquellas mejoras dentro del precio del contrato que el contratista haya presentado en su oferta.
CLÁUSULA 15. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
La ejecución del contrato se realizará con las órdenes e instrucciones que desde el Consorcio emitan las personas responsables de la supervisión del contrato que sean designadas por éste.
El adjudicatario se compromete a mantener esos precios ofertados de referencia para cualquier servicio complementario que se solicite, bien directamente para el Parque o para entidades con él relacionadas.
CLÁUSULA 16. PREFERENCIA EN LA ADJUDICACION.
Tendrán preferencia en la adjudicación de los contratos las proposiciones presentadas por aquellas empresas públicas o privadas, que en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un numero de trabajadores con discapacidad superior al 2 por ciento, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación.
PROPOSICIONES
CLÁUSULA 17. PROPOSICIONES.
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en los pliegos correspondientesy su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna.Las ofertas se realizarán por la totalidad del servicio y comprenderán todos los bienes y prestaciones objeto del contrato que figuran en los respectivos pliegos.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
La presentación de distintas proposiciones por empresas vinculadas producirá los efectos que reglamentariamente se determinen en relación con la aplicación del régimen de ofertas con valores anormales o desproporcionados. Se considerarán empresas vinculadas las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio.
En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
MODO DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES. DOCUMENTOS A PRESENTAR POR LOS LICITADORES
CLÁUSULA 18. MODO DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES. DOCUMENTOS A PRESENTAR POR LOS LICITADORES.
La proposición se ha de presentar por escrito, en el modelo Anexo Ial presente pliego. Podrán tomar parte en la presente licitación todas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios (UTE), que tengan plena capacidad de obrar y para contratar con el Consorcio. Deberán poseer la solvencia económica, financiera y técnica exigida en el presente pliego, y contar con la habilitación empresarial o profesional que sea exigible para la ejecución del contrato.
Los licitadores presentarán TRES (3) sobres cerrados, dirigidos al órgano de contratación, firmados por el interesado o persona que lo represente. En el exterior de los mismos deberá figurar, además, lo siguiente: número de identificación y título del expediente, nombre o razón social del licitador, número del sobre y denominación de su contenido (sobre 1:Documentación General; sobre 2:Proposición relativa a los criterios no evaluables mediante fórmulas; sobre 3: Proposición relativa a los criterios evaluables mediante fórmulas), además de dirección, teléfono, fax y correo electrónico.
En cada sobre y en hoja independiente se hará constar el índice de los documentos que contiene, enunciados numéricamente.
Todos los documentos serán originales o copias de los mismos que tengan carácter de auténticas conforme a la legislación vigente. A los documentos que presenten los licitadores que no estén en castellano deberán unirse su traducción oficial al mismo.
La documentación que deberá contener cada uno de los sobres será la siguiente:
SOBRE NÚM. 1.- DOCUMENTACIÓN GENERAL.
Se realizará con la presentación de la siguiente documentación, en original o copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello:
A) Los que acrediten la capacidad de obrar de:
Las EMPRESAS NACIONALES:
Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. Igualmente, deberán presentar el Código de Identificación Fiscal (CIF), Alta en el Impuesto de Actividades Económicas y último recibo abonado o declaración de Exención o, en su caso, declaración responsable conforme contenida en elAnexo VIII del presente pliego. Estos documentos deberán recoger el exacto régimen jurídico del licitador en el momento de la presentación de la proposición.
Para los empresarios individuales, Presentación del Documento Nacional de Identidad (DNI) o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán poder notarial bastante al efecto y fotocopia legitimada del documento nacional de identidad (DNI) o del que le sustituya. Si la empresa fuera persona jurídica el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no será necesaria la inscripción en el citado Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.5 del Reglamento del Registro Mercantil. En cuanto al DNI se estará a lo dicho en el punto 2 de este apartado A.
Finalidad o actividad de la empresa y de su organización: Documentación que acredite debidamente que la finalidad o actividad de la persona física o jurídica tenga relación directa con el objeto del contrato según resulte de sus estatutos o reglas fundacionales. Igualmente deberán acreditar que disponen de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
Las EMPRESAS EXTRANJERAS.
Empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo:
Se acreditará mediante su inscripción en un Registro profesional o comercial, cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo, o presentación de las certificaciones indicadas en el Anexo I del RGLCAP, para los contratos de servicios.
Para el resto de las empresas extranjeras se acreditará mediante:
Informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figura inscrita en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
Informe de la citada Misión Diplomática o de la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Economía sobre la condición,del Estado de procedencia de la empresa, de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, siempre que se trate de contratos de cuantía igual o superior a la prevista en el artículo 15.1.a del TRLCSP o, en caso contrario, el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 55.1 del TRLCSP.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán:
Fotocopia legalizada del pasaporte, en vigor, de la persona que firma la oferta, que deberá coincidir con la que xxxx a firmar el futuro contrato en caso de adjudicársele.
Fotocopia legalizada del poder notarial que autoriza al firmante a obligarse en nombre de la empresa con la oferta presentada. Deberá ir acompañada de certificación del acuerdo societario autorizando el otorgamiento de poder, con firma legitimada o, en su caso, cláusula estatutaria compulsada notarialmente, que faculta al poderdante para otorgar dicho poder.
Para las empresas con domicilio social en cualquiera de las naciones participantes en la Convención de la Haya, de 5 de octubre de 1961, sobre supresión de legalización de documentos públicos extranjeros, deberán presentar la documentación antes indicada con la inclusión de la correspondiente “Apostille” de dicha Convención.
Finalidad o actividad de la empresa y de su organización: Documentación que acredite debidamente que la finalidad o actividad de la persona física o jurídica tenga relación directa con el objeto del contrato según resulte de sus estatutos o reglas fundacionales. Igualmente deberán acreditar que disponen de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
B) La que acredite la capacidad de las empresas para contratar con el Consorcio:
Declaración responsable de que el empresario, si se trata de persona física, o la empresa, sus administradores y representantes, si se trata de persona jurídica, así como del firmante de la proposición, no están incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar, conforme a los artículos 60, 61 y 73 del TRLCSP.
La citada declaración podrá ser realizada por cualquiera de los medios indicados en el artículo 73 del TRLCSP, o según el modelo recogido en el Anexo VI del presente pliego.
La declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Getafe, así como con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Lo anterior es sin perjuicio de que la justificación acreditativa deba presentarse antes de la formalización del contrato al adjudicatario, a cuyos efectos se les concederá un plazo máximo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente al que se notifique la adjudicación o se publique la adjudicación en un diario oficial o en el perfil del contratante.
La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes, se podrá realizar mediante certificación “positiva” del órgano competente de la Administración. Se exceptúa el alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, que se efectuará mediante la presentación del alta, referida al ejercicio corriente, o del último recibo del Impuesto, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto (A efectos de lo dispuesto en el artículo 60.1 d del TRLCSP, se considerará que las empresas se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social cuando concurran, respectivamente, las circunstancias previstas en los artículos 13 al 16 del RGLCAP).
Cuando la empresa no esté obligada a presentar las declaraciones o documentos a que se refieren los artículos 13 y 14 del RGLCAP (cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social), se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable.
La documentación acreditativa de la personalidad jurídica, capacidad de obrar, así como en su caso, la que acredite la representación de quienes pretendan actuar en su nombre puede ser sustituida por el certificado expedido por el Registro de Licitadores de la Comunidad de Madrid o, en su caso, del Ayuntamiento de Getafe. La certificación del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o de la Comunidad de Madrid, en su caso, producirá los efectos establecidos en el artículo 83 del TRLCSP, en conexión con lo establecido en el artículo 146.3 del mismo cuerpo legal, según modelo recogido en el Anexo VII del presente pliego.
C) La que justifique la solvencia financiera y económica, conforme a lo indicado en la Cláusula 12del presente pliego.
Si por razones justificadas un empresario no pueda facilitar las referencias solicitadas podrá acreditar su solvencia económica y financiera por cualquier otra documentación considerada como suficiente por la Administración (art. 75.2 del TRLCSP).
D) La que justifique la solvencia técnica o profesional, conforme a lo indicado en la Cláusula 12del presente pliego.
Cuando la acreditación de las circunstancias indicadas en los apartados A, C y D de esta cláusula se realice mediante certificación del Registro Oficial de Licitadores y, o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme lo establecido en el artículo 84 del TRLCSP, deberá acompañarse a la certificación una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en éste no han experimentado variación (art. 146.3 TRLCSP), según modelo recogido en el Anexo VII.
E) Para el caso de unióntemporal de empresarios (UTE). Artículos 59TRLCSP y 24 del RGLCAP):
Además de la documentación de cada empresa que conforme la UTE (acreditativa de la personalidad, capacidad de obrar y para contratar, de la solvencia económica, financiera y técnica, de los acuerdos de seguridad y habilitaciones OTAN que figuran en esta cláusula), deberá presentarse la siguiente documentación:
Compromiso de su constitución, suscrita por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión.
Deberán indicar, en documento privado, los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente al Consorcio.
No será necesaria la formalización de la U.T.E. enescritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. Dichos empresarios quedarán obligados solidariamente ante el Consorcio. Deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo. Lo anterior es sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La escritura pública de constitución la deberán presentar en el plazo xx xxxx días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación.
G) Datos a proporcionar.
Con el fin de poder realizar, entre otras, las comunicaciones para la subsanación de defectos u omisiones subsanables, deberán indicar los datos siguientes:
Nombre y apellidos de la persona que suscribe la proposición. Razón y domicilio social de la empresa.
Nombre de la persona, dirección postal, teléfono, fax y correo electrónico, a efectos de notificaciones y a la que se dirigirán las comunicaciones de los defectos y omisiones subsanables, a las que hace referencia el artículo
81.2 del RGLCAP, y cualquier otra relacionada con el proceso de licitación.
H) Otros documentos:
Se deberán aportar, los siguientes documentos:
• Declaración, en su caso, de pertenecer a un grupo de empresas.
• Declaración por parte de las empresas extranjeras de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles de cualquier orden para todas las incidencias que pudieran surgir, en los términos expresados en el artículo 146 d) del TRLCSP.
• Declaración que justifique y acredite la preferencia en la adjudicación, conforme a lo indicado en la cláusula 16del presente pliego.
SOBRE NÚM. 2.- PROPOSICIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS
Documentación a presentar en relación a los criterios de adjudicación del concurso.
Las empresas licitantes deberán presentar una propuesta de actuación que incluya los siguientes parámetros:
a) Proyecto de rediseño del sistema de vigilancia con cámaras, traslado a la nueva caseta de vigilancia, incluyendo un plan de mantenimiento.
b) Plan General de Organización del Servicio de seguridad y vigilancia del Parque de Tecnogetafe.
Cualquier otro documento que permita valorar las condiciones técnicas del Servicio a prestar recogido en el Pliego de prescripciones técnicas, así como las mejoras.
SOBRE NÚM.3.- PROPOSICIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS
Proposición ajustada al modelo del Anexo I del presente pliego.
Los precios se indicarán en euros, en función del correspondiente sistema de determinación del precio. Se considerarán comprendidos todos los gastos precisos que se originen por las exigencias de este pliego y del de prescripciones técnicas.
En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que deba ser repercutido o, en su caso, indicación de que está exento.
En caso de discrepancia entre el importe expresado en letra y en cifra, prevalecerá la cantidad que se consigne en letra.
PRESENTACIÓN DE OFERTAS. PLAZO Y LUGAR DE RECEPCIÓN.ÓRGANO DE ASISTENCIA
CLÁUSULA 19. PRESENTACIÓN DE OFERTAS. PLAZO Y LUGAR DE RECEPCIÓN.
Las ofertas se podrán presentar hasta las 14:00 horas del día señalado en la anuncio de licitación, en la sede central del Consorcio, sita en el Parque de Tecnogetafe, en la C/ Xxxx Xxxxxx, 1 (Edificio de Servicios Centrales Campus Universidad Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxx), 00000 Xxxxxx (Xxxxxx).
CLÁUSULA 20. ÓRGANO DE ASISTENCIA.
Para la adjudicación del presente contrato, el Órgano de Contratación delConsorcio estará asistido por la Mesa de Xxxxxxxxxxxx.Xx composición será la siguiente: El Presidente del Consejo de Dirección, o la persona en quien éste delegue, que hará a su vez de Presidente de la Mesa de Contratación y cuatro vocales entre los que se encontrarán: un representante dela Comunidad de Madrid, un representante del Ayuntamiento de Getafe, un representante del área técnica del Consorcio y el Director Gerente del Consorcio. Asimismo, la Mesa de Contratación contará con un Secretario, con voz pero sin voto, que será a su vez el que lo sea en ese momento del Consejo de Dirección y que asistirá a la Mesa realizando las tareas propias de Secretaría.
EXAMEN DE LA DOCUMENTACIÓN. APERTURA DE LAS PROPOSICIONES. ADJUDICACIÓN
CLÁUSULA 21. EXAMEN DE LA DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LOS REQUISITOS DE CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES O CANDIDATOS.
Una vez recibida las ofertas para participar en el presente procedimiento de adjudicación, se reunirá el órgano de asistencia, en sesión no pública, para proceder al examen de la documentación acreditativa de los requisitos de capacidad y solvencia de los licitadores o candidatos.
La comunicación de los defectos y omisiones subsanables en la documentación presentada en el SOBRENº 1, a las que hace referencia el artículo 81.2 del RGLCAP, se realizarán por vía fax, correo electrónico o a la dirección que figure al efecto en el sobre nº 1, concediéndose un plazo de al menos 3 días hábiles para la subsanación de dichos defectos u omisiones.
CLÁUSULA 22. APERTURA DE LAS PROPOSICIONES ADMITIDAS.
Posteriormente, el Órgano de Asesoramiento y Apoyo procederáa la apertura del SOBRE Nº 2 de las proposiciones admitidas en sesión no pública para su evaluación.
Con posterioridad, y en el día señalado a tal efecto y publicado oportunamente en el perfil del contratante, se procederá a la apertura en acto público del SOBRE Nº. 3 “Proposición Económica”. Solamente se procederá a la apertura del SOBRE Nº 3 de aquellos licitadores que hubiesen obtenido la calificación mínima exigida (21 puntos) respecto de los criterios cuya valoración dependen de un juicio de valor. Antes de su apertura y en el mismo acto público, se expondrán las puntuaciones obtenidas por los licitadores admitidos tras la valoración de la documentación del SOBRE Nº 2.
Podrán ser rechazadas las proposiciones que no guarden concordancia con la documentación examinada y admitida, excedan del presupuesto base de licitación, varíen del modelo establecido, o comporten error manifiesto en el importe de la proposición, así como cuando existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. En ningún caso se admitirá la presentación de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas en el sobre correspondiente.
El Órgano de Asesoramiento y Apoyo podrá requerir cualquier aclaración de la documentación presentada por alguno de los ofertantes con el carácter fehaciente que considere necesario, para una mayor comprensión y adecuada valoración de las ofertas presentadas.
CLÁUSULA 23. OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS.
Para la determinación sobre si la oferta es desproporcionada o temeraria, habrá que estar a lo dispuesto en la Cláusula 13 del presente pliego, sin perjuicio de la facultad del órgano de contratación de apreciar, no obstante, previos los informes adecuados, como susceptible del normal cumplimiento de las respectivas proposiciones.
CLÁUSULA 24. RENUNCIA O DESISTIMIENTO.
Corresponde al órgano de contratación por razones de interés público debidamente justificadas renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación. También podrá desistir antes de la adjudicación cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.
CLÁUSULA 25. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
La adjudicación del contrato recaerá en el oferente que realice la oferta más ventajosa de acuerdo con los criterios señalados en este pliego. El Órgano de Contratación adjudicará el contrato en el plazo máximo de tres meses, a contar desde la apertura de las proposiciones. De no dictarse la adjudicación en dicho plazo el empresario tiene derecho a retirar su proposición y a que se le devuelva la garantía, en su caso, depositada.
La adjudicación del contrato se acordará por el órgano de contratación de forma motivada y será notificada a todos los candidatos y licitadores y publicada, en su caso, en el perfil del contratante de la entidad.
El órgano de contratación adjudicará el contrato, si procediera, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación señalada en el apartado anterior. El acto de adjudicación del contrato deberá ser motivado y se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil del contratante.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:
a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
b) Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el artículo 153 del TRLCSP.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx Xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado en los términos previstos anteriormente, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
Podrá declararse desierto el procedimiento de licitación en aquellos casos en los que no se hayan presentado ofertas, cuando éstas no sean admisibles o cuando, a juicio del órgano de contratación, motivadamente no satisfagan las necesidades del Consorcio.
Con independencia de ello, el órgano de contratación podrá renunciar a la celebración del contrato o desistir por razones justificadas del procedimiento de licitación inacabado. La decisión se publicará en el perfil del contratante y se notificará personalmente a los licitadores que hubieran presentado oferta, acompañándoles la resolución completa por la que se adopte dicho acuerdo.
Contra el acuerdo de adjudicación podrá, potestativamente, presentarse una reclamación ante el órgano de contratación en el plazo de quince días hábiles a contar desde la notificación del acuerdo de adjudicación. El recurrente podrá entender denegada la reclamación si transcurre un mes sin haber recibido contestación. Contra la resolución de esta reclamación o directamente contra el acuerdo de adjudicación, el interesado podrá acceder ante la jurisdicción ordinaria en los términos previstos en el artículo 21 del TRLCSP.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL ADJUDICATARIO.FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
CLÁUSULA 26. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL ADJUDICATARIO.
Dentro del plazo de 10 días siguientes a la fecha desde la que se notifique la adjudicación, el adjudicatario, en el caso de no justificarlo con anterioridad, deberá presentar la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de lasobligaciones tributarias con la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Getafe y con la Seguridad Social, de haber constituido la garantía definitiva, la póliza de responsabilidad civil y de haber abonado todos los anuncios de licitación. Asimismo, podrá solicitarse la presentación de cualquier otro documento acreditativo de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contratoy, en caso de UTE, presentar la escritura de constitución.
CLÁUSULA 27. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato se perfecciona mediante la adjudicación realizada por el órgano de contratación, formalizándose dentro del plazo máximo de 15 días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación. El Consorcio podrá acordar el comienzo de la ejecución del contrato, aunque éste no se haya formalizado, siempre que se haya constituido la garantía correspondiente.
El contrato podrá formalizarse en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no pudiese formalizarse el contrato, el Consorcio podrá acordar la resolución del mismo previa audiencia de aquél.
En el momento de la firma del contrato, el adjudicatario sellará y visará un ejemplar del presente pliego de condiciones generales y el pliego de prescripciones técnicas, que quedará en poder del servicio correspondiente.
GARANTÍAS A CONSTITUIR
CLÁUSULA 28. GARANTÍAS.
Para tomar parte en el procedimiento los licitadores deberán constituir las siguientes garantías:
A) Provisional.Noprocede.
B) Definitiva. Sí procede.
Importe: 5% del importe de adjudicación del contrato, excluido el IVA. A constituir en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 del TRLCSP.
La constitución de esta garantía deberá efectuarse por el adjudicatario en el plazo de 15días hábiles, contados desde el siguiente a aquél en que se publique la adjudicación en el perfil de contratante del órgano de contratación en Internet. En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 100 del TRLCSP.
La garantía definitiva se constituirá de conformidad con lo preceptuado en la Sección 1ª del Capítulo I del Título IV del Libro I del TRLCSP y en cualquiera de las formas que se establecen en los artículos 55, 56 y 57 del RGLCAP, en cuanto no se oponga a lo previsto en elTRLCSP, ajustándose, de acuerdo con la forma escogida, a los modelos que se establecen en los Anexos II, III, IV y Val presente pliego, debiendo consignarse en la Tesorería de la Comunidad de Madrid, de sus Organismos Autónomos, en su caso, o en los establecimientos equivalentes de otras Administraciones Públicas en los términos previstos en los Convenios que a tal efecto se suscriban con las mismas.
CLÁUSULA 29. CUMPLIMIENTO DE LA PRESTACIÓN.
El Consorcio determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, Consorciopodrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
El contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.
El Consorcio se reserva el derecho a realizar las comprobaciones necesarias para garantizar la realización de los trabajos o tareas encomendados de acuerdo con lo establecido en el presente pliego.
Si la prestación reúne las condiciones establecidas en las cláusulas del contrato y en los pliegos, la recepción, mediante acto formal y positivo constituido por el certificado del órgano receptor del contrato, se efectuará dentro del mes siguiente de haberse producido la entrega o cumplimiento de la respectiva ejecución parcial de la prestación. Si la prestación ejecutada no reuniera las condiciones aludidas, el procedimiento a seguir será la emisión de un acta de rechazo por parte del órgano receptor, en la que se especificarán los motivos del incumplimiento.
DURACIÓN DEL CONTRATO. PRÓRROGAS. GARANTÍA
CLÁUSULA 30. DURACIÓN DEL CONTRATO.PRÓRROGA.
La duración del contrato será de DOCE (12) meses. Prórroga del contrato: No procede.
CLÁUSULA 31. PLAZO DE GARANTÍA DE LA PRESTACIÓN CONTRATADA.
No procede. La empresa adjudicataria se compromete a facilitar cualquier entrega o trasvase de documentación, bienes o personal necesarios para la continuación del servicio, cuando esta continuidad sea realizada por entidad diferente.
EJECUCIÓN DEL CONTRATO. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA.DERECHOS Y OBLIGACIONES
CLÁUSULA 32. DERECHOS Y OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LAS PARTES DEL CONTRATO.
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en los pliegos correspondientes y a las órdenes e instrucciones concretas que se emita desde el Consorcio por responsable designado por éste.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para el Consorcio o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
Los derechos y obligaciones derivados de este contrato son los que se establecen en este Pliego, en cuanto no se oponga a las instrucciones internas de contratación del Consorcio, así como a las demás normas en vigor reguladoras de los contratos del Sector Público en lo que sean de aplicación imperativa al Consorcio.
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, el empresario quedará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, seguridad social, y de seguridad e higiene en el trabajo.
Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se acusen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.
El contratista, durante la vigencia de contrato, asumirá entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 trabajadores, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de Integración Social de Minusválidos, o la de adoptar las medidas alternativas de carácter excepcional al cumplimiento de la cuota de reserva del 2 por 100 en favor de trabajadores discapacitados en empresas de 50 o más trabajadores desarrollas reglamentariamente por el RD364/2005, de 8 xx xxxxx.
PAGO DEL PRECIO. RÉGIMEN DE PAGOS.TRANSMISIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO
CLÁUSULA 33. PAGO DEL PRECIO. TRANSMISIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO.
El pago del contrato se abonará previa recepción de los trabajos y previa certificación de conformidad de los trabajos realizados.
El pago de los trabajos se realizará por liquidaciones mensuales vencidas a partir de la puesta en marcha del servicio, mediante la emisión de las correspondientes facturas que deberán ir acompañadas de la documentación oportuna de justificación del servicio.
Los pagos se realizarán a los 30 días de presentada y recepcionada por el Consorcio la factura correspondiente.
El contratista tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos establecidos en el contrato, con arreglo al precio convenido.
El Consorcio tendrá la obligación de abonar el precio en los plazos que marca la Ley y en especial en lo recogido en la modificación de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 xx xxxxx, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de la Comunidad de Madrid, en relación con la lucha contra la morosidad de las Administraciones Públicas.
Sin perjuicio de lo anterior, dentro del plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada, en su caso, al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultante. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, el contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Si la demora en el pago fuese superior a cuatro meses, el contratista podrá proceder, en su caso, a la suspensión del cumplimiento del contrato, debiendo comunicar al Consorcio, con un mes de antelación, tal circunstancia, a efectos del reconocimiento de los derechos que puedan derivarse de dicha suspensión, en los términos establecidos en esta Ley.
Si la demora del Consorcio fuese superior a ocho meses, el contratista tendrá derecho, asimismo, a resolver el contrato y al resarcimiento de los perjuicios que como consecuencia de ello se le originen.
Los contratistas que, conforme al artículo anterior, tengan derecho de cobro frente al Consorcio, podrán ceder el mismo conforme a Derecho. Para que la cesión del derecho de cobro sea efectiva frente al Consorcio, será requisito imprescindible la notificación fehaciente aConsorciodel acuerdo de xxxxxx.Xx eficacia de las segundas y sucesivas cesiones de los derechos de cobro cedidos por el contratista quedará condicionada al cumplimiento de lo dispuesto en el número anterior.
Una vez que el Consorcio tenga conocimiento del acuerdo de cesión, el mandamiento de pago habrá de ser expedido a favor del cesionario. Antes de que la cesión se ponga en conocimiento del Consorcio, los mandamientos de pago a nombre del contratista o del cedente surtirán efectos liberatorios.
Los pagos por parte del Consorcio se formalizarán mediante transferencia bancaria a la cuentacorriente designada por el contratista. El procedimiento que utilizará para ello será cualquiera de los autorizado en materia de gasto y contemplados por la legislación presupuestaria de la Comunidad de Madrid.
Por cada pago el contratista deberá entregar la preceptiva factura que deberá contener los datos y requisitos establecidos en el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre. Se expedirán a nombre de:
CONSORCIO URBANÍSTICO “ÁREA TECNOLÓGICA DEL SUR”
Parque de Tecnogetafe - C/ Xxxx Xxxxxx, 1 (Edificio de Servicios Centrales Campus Universidad Politécnica de Madrid), 28906 Getafe (Madrid)
N.I.F.: V-83210856
REVISIÓN DE PRECIOS
CLÁUSULA 34. REVISIÓN DE PRECIOS. FÓRMULA O ÍNDICE OFICIAL APLICABLE A LA REVISIÓN DE PRECIOS.
No procede.
DEMORA EN LA EJECUCIÓN. INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS
CLÁUSULA 35. DEMORA EN LA EJECUCIÓN. INDEMNIZACIONES.
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva.
Para el caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del mismo o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos o de las condiciones especiales de ejecución del contrato que se hubiesen establecido se establece una indemnización que deberá ser proporcional a la gravedad del incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al 10 % del presupuesto del contrato.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, el Consorcio podrá optar indistintamente por instar la resolución del contrato o por la solicitud de una indemnización diaria en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato. Si el retraso fuese producido por motivos no imputables al contratista y éste ofreciera cumplir sus compromisos dándole prórroga del tiempo que se le había señalado, se concederá por el Consorcio un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor.
Cada vez que la indemnización por demora alcance un múltiplo del 5% del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para instar la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con solicitud de nueva indemnización.
El Consorcio tendrá la misma facultad a que se refiere el apartado anterior respecto al incumplimiento por parte del contratista de los plazos parciales o cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumir razonablemente la imposibilidad de cumplir el plazo total.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, el Consorcio podrá optar, indistintamente, por instar su resolución o por la solicitudde las indemnización indicada anteriormente. En estos casos, la base de cálculo se realizará sobre los importes de cada entrega.
Una vez declarada, en su caso, la procedencia de la indemnización por el Órgano judicial competente, se hará efectiva mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de las mencionadas certificaciones.
Si incumplido el plazo de ejecución por culpa del contratista se declarase la resolución del contrato, ésta conllevará los efectos siguientes:
• La incautación de la garantía definitiva, si la hubiere.
• Las indemnizaciones por daños y perjuicios, en lo que excedan de la garantía incautada, siguientes:
o Por no disponer el objeto del contrato en el plazo contractual. Será por el importe resultante de aplicar al precio del contrato el porcentaje correspondiente al tramo en el que se solicite la resolución. Superado el 40% de demora en la ejecución del contrato la indemnización será la que corresponda a la fecha de la solicitud de resolución.
o Por otros daños y perjuicios el importe que resulte.
o La infracción de las obligaciones en lo referente a la subcontratación podrá dar lugar a la imposición de penalidades de hasta el 50% del importe del subcontrato.
MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
CLÁUSULA 36. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
Cualquier modificación del contrato se deberá acordar de mutuo acuerdo entre las partes. La tramitación de la modificación del contrato requerirá exclusivamente:
•La justificación de la improcedencia de la convocatoria de una nueva licitación por las unidades o prestaciones constitutivas de la modificación emitida por el responsable del contrato.
•Certificado de existencia de crédito
•Una memoria explicativa, emitida por el responsable del contrato, que justifique la desviación producida que motiva la modificación, con expresión de las circunstancias no previstas en la aprobación xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
•Audiencia al contratista.
•Informe del asesor jurídico de la entidad.
•Aprobación del Órgano de Contratación.
Las modificaciones del contrato deberán formalizarse por escrito.
SUBCONTRATACIÓN
CLÁUSULA 37. SUBCONTRATACIÓN.
Se permite la subcontratación exclusivamente en los trabajos relativos a la ejecución del proyecto de rediseño del sistema de vigilancia con cámaras, y el traslado a la nueva caseta de vigilancia, no así en el servicio de seguridad y vigilancia del Parque de Tecnogetafe. Los trabajos a subcontratar en ningún caso podrán superar el 20% del importe base de licitación correspondiente a los primeros 12 meses. Se deberá explicitar en la memoria y en la justificación económica el importe a subcontratar y la naturaleza de los trabajos.
RÉGIMEN DE INFORMACIÓN Y GASTOS DE PUBLICIDAD
CLÁUSULA 38. INFORMACIÓN SOBRE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS A LA FISCALIDAD, PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE, EMPLEO Y CONDICIONES LABORALES.
Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección de trabajadores y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en:
Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 0, xxxxxxx 0x x 0x, 00000 Xxxxxx, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00.
CLÁUSULA 39. INFORMACIÓN CONFIDENCIAL FACILITADA AL CONTRATISTA.
El contratista deberá respetar, el carácter confidencial de la información a que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato, durante su periodo de vigencia, e incluso con posterioridad a la terminación del mismo.
El contratista, como encargado del tratamiento, según ladefinición de la letra g) del artículo 3 xx Xxx Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, queda obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la citada Ley y especialmente en lo indicado en sus artículos 9, 10, 12 y adoptará las medidas de seguridad que le correspondan según el Reglamento de Medidas de Seguridad, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, así como lo dispuesto en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid. No podrá aplicar o utilizar los datos obtenidos con fin distinto al que figura en este contrato, ni cederlo ni si quiera para su conservación, a otras personas.
CLÁUSULA 40. GASTOS DE PUBLICIDAD.
Los gastos de publicidad del presente contrato serán de cuenta del adjudicatario, que deberá abonarlos antes de la firma del mismo. EI importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación serán de1.000,00 euros por publicación en diarios oficiales.
CESIÓN DEL CONTRATO E INCIDENCIAS DURANTE LA EJECUCIÓN
CLÁUSULA 41. CESIÓN DEL CONTRATO.
Salvo autorización expresa y por escrito del órgano de contratación, en ningún caso podrá el contratista ceder a un tercero los derechos y obligaciones dimanantes del contrato.
CLÁUSULA 42. INCIDENCIAS DURANTE LA EJECUCIÓN. SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN.
En ningún caso podrá el contratista suspender ni retrasar el servicio, ni aún bajo fundamento o alegación de tener pendientes reclamaciones, diferencias o reservas de cualquier naturaleza o entidad y hayan dado éstas lugar o no a procedimientos arbitrales, judiciales o contenciosos de cualquier índole, salvo en lo expresamente previsto en este pliego.
El órgano de contratación podrá acordar la suspensión del contrato. De dicha suspensión se levantará acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél. La suspensión será automática sin perjuicio del abono al contratista de los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste.
CAUSAS Y EFECTOS DE RESOLUCIÓN. INCUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN
CLÁUSULA 43. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Son causas de resolución del contrato:
• La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
• La declaración de concurso o la declaración de insolvenciatendrán los efectos establecidos en la legislación concursal y demás legislación aplicable.
• El mutuo acuerdo entre las partes.
• La no formalización del contrato en plazo.
• La demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista, y el incumplimiento del plazo de inicio de la prestación en los expedientes declarados urgentes.
• La demora en el pago por parte del Consorcio por plazo superior a ocho meses.
• El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales, calificadas como tales en los pliegos o en el contrato.
• La suspensión por causa imputable al Consorcio de la iniciación del contrato por plazo superior a seis meses a partir de la fecha señalada en el mismo para su comienzo, salvo que en el pliego se señale otro menor.
• El desistimiento o la suspensión del contrato por plazo superior a un año acordada por el Consorcio, salvo que en el pliego se señale otro menor.
• La falta de acuerdo en las modificaciones en el contrato que, aunque fueran sucesivas, que impliquen, aislada o conjuntamente, alteraciones del precio del contrato en cuantía superior, en más o en menos, al 20% del precio primitivo del contrato, con exclusión del Impuesto sobre el Valor Añadido o representen una alteración sustancial del mismo.
• La pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con el Consorcio.
• El incumplimiento de las limitaciones establecidas en materia de subcontratación.
• El incumplimiento de las obligaciones del contratista de guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
• Que el contratista pierda, tenga suspendida, no renueve o haya perdido la vigencia de alguno de los requisitos que sirvieron para realizar la adjudicación. Se exceptúa lo acontecido por el cambio de normativa que exija nuevos requisitos ya que, en estos casos, se continuará con la ejecución del contrato de acuerdo con los requisitos que sirvieron para realizar la adjudicación.
En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
CLÁUSULA 44. EFECTOS DE LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
La resolución podrá instarse por aquella parte a la que no le sea imputable la circunstancia que diere lugar a la misma, sin perjuicio de que, en los supuestos de modificaciones que excedan el 20% del precio inicial del contrato, el Consorcio también pueda instar la resolución.
Cuando la causa de resolución sea la muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual el Consorcio podrá acordar la continuación del contrato con sus herederos o sucesores.
Cuando la resolución se produzca por mutuo acuerdo, los derechos de las partes se acomodarán a lo válidamente estipulado por ellas.
El incumplimiento por parte del Consorcio de las obligaciones del contrato determinará para esta entidad, con carácter general, el pago de los daños y perjuicios que por tal causa se irroguen al contratista.
Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar al Consorcio los daños y perjuicios ocasionados. La indemnización se hará efectiva, en primer término, sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere al importe que exceda del de la garantía incautada.
En todo caso el acuerdo de resolución contendrá pronunciamiento expreso acerca de la procedencia o no de la pérdida, devolución o cancelación de la garantía que, en su caso, hubiese sido constituida.
CLÁUSULA 45. INCUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN.
No procede al no existir condiciones especiales de ejecución.
PREVALENCIA ENTRE DOCUMENTOS CONTRACTUALES
CLÁUSULA 46. PREVALENCIA EN LOS CASOS DE DISCREPANCIA ENTRE DOCUMENTOS CONTRACTUALES.
En los casos que existan discrepancia entre el contenido de este pliego y otros documentos prevalecerá el contenido del presente pliego.
JURISDICCIÓN COMPETENTE
CLÁUSULA 47. JURISDICCIÓN.
Las partes contratantes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid, con renuncia de cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
De conformidad con el art. 20.1 TRLCSP, los contratos que celebre el Consorcio tienen naturaleza privada, por lo que la competencia para el conocimiento de las cuestiones relativas a la preparación, adjudicación, efectos y extinción del presente contrato corresponde a la jurisdicción civil.
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D./Dña................................................................, con domicilio en.............................., provincia de , en la
calle...…………….........................................., número..... y DNI número en nombre (propio) ó (de
la empresa que representa) ……............................................…………………………………………, con
CIF/NIF...................... y domicilio fiscal en ...................., calle……………………………………………..…………….
……………………………………...............................…….......………...., número , enterado de las condiciones,
requisitos y obligaciones que se exigen para la adjudicación del contrato relativo al EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN PARA ADJUDICAR MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DE TRAMITACIÓN ORDINARIA LOS SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DEL PARQUE DE TECNOGETAFE, EN EL
MUNICIPIO DE GETAFE (MADRID), se compromete a tomar a su cargo la ejecución de los mismos, con estricta sujeción a los expresados requisitos, condiciones y obligaciones, por un precio máximo total deXXXXXXXXXXXX DE EUROS(XXXXXXXX- €), IVA no incluido.
El importe correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) que figura en este apartado con partida independiente, asciende a la cantidad de XXXXXXXXXXXX DE EUROS (XXXXXXXX- €), todo ello de acuerdo con lo establecido en lospliegos que sirven de base a la convocatoria, cuyo contenido declaro conocer y acepto plenamente.
La oferta presentada representa una baja de adjudicación sobre el presupuesto base de licitación de %.
Fecha y firma del licitador
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN CONSORCIO URBANÍSTICO ÁREA TECNOLÓGICA DEL SUR
MODELO DE AVAL
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca).............................…………………………………………………………………………,....................................................
...............................................CIF...........................………..., con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos)
en...........…………………..….., en la Calle/Pza./Avda.………………...........................................….….............................……….
C.P................... y en su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados) con
poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento.
AVALA
a: (nombre y apellidos o razón social del avalado)…………………………………….……………………………………………
..................................................................................................................................................................……............., NIF/CIF
.................................................. en virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía)……………......................................................................................................................................................................
...........................................................................para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado)…………………………………………………………………………………….
......................................................................................................................................................................................................
.........................................................................................................................................................ante (órgano administrativo,
organismo autónomo o ente público)………………………………………………………………………………………
............................................................................................................................................................. por importe de: (en letra)
………………………………...........................................................................................................................................................
.....................................................................................euros ( en cifra ) ............................................…..........
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento delCONSORCIO URBANÍSTICO “ÁREA TECNOLÓGICA DEL SUR”, con sujeción a los términos previstos en la legislación de Contratos delSector Público, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
El presente aval estará en vigor hasta que el CONSORCIO URBANÍSTICO “ÁREA TECNOLÓGICA DEL SUR”, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución de acuerdo a lo establecido en la Ley de Contratos del SectorPúblico y legislación complementaria.
Este aval ha sido inscrito en el día de la fecha en el Registro Especial de Avales de Banco de España con el número ……
...................................................................................... (lugar y fecha )
........................................................................ (razón social de la entidad )
.......................................................................... (firma de los apoderados )
VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR EL SERVICIO JURÍDICO DEL CONSORCIO | ||
Provincia: | Fecha: | Número o código: |
MODELO DE GARANTÍA MEDIANTE VALORES ANOTADOS
(con inscripción )
Don (nombre y apellidos )...................................................................................................................…….
................................................................................................................................................................................
en representación de ,
NIF......................................................con domicilio ( a efectos de notificaciones y requerimientos
)en.............................................................................en la calle/plaza/avenida………………………………….
……………………………………..............................................................................................,C.P.................
PIGNORA
a favor de:(órgano administrativo, organismo autónomo o ente público).......................................……..
………………………………………………………………………………………………………………………….
Los siguientes valores representados mediante anotaciones en cuenta, de los cuales es titular el pignorante y que se identifican como sigue:
Valor de | |||||
Número valores | Emisión (entidad emisora, clase del valor y fecha de emisión) | Código valor | Referencia del Registro | Valor nominal unitario | realización de los valores a fecha de inscripción |
En virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía)………………........................….....................................................................................................................
..............................…………………......................................................................................................................,
para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado)…………………………………………………………………………………………………….
...............................................................................................................................………………......………..
.................................................................................................................................................. contraídas por
(contratista o persona física o jurídica garantizada………………………………………………………
………………………………………………………………………………........................................................................
...........................................................................................................................................................................NIF....
...................................................... con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en.................................................................................enla calle/plaza/avenida .............
....................................................................................................................................................................................
................................................................................ C.P. ............., por la cantidad de: (en
letra)…………………………………………………………………………………………………………............................
....................................................................................................................................................................................
....................................................................................................................................................................................
.......................................................................................................................................................euros (en cifra)
…………………………………………………………..................................................................................................
...........................................................................................................………………….........................................
Este contrato se otorga de conformidad y con plena sujeción a lo dispuesto en la legislación de Contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
..................................................................(nombre o razón social del pignorante )
................................................................................................................... (firma/s)
Con mi intervención, el Notario/Corredor de Comercio,
( firma) ..........................................................................................................
Don .......................................................................................................
con DNI ......................................., en representación de ( Entidad adherida encargada del Registro contable)
........................................................certifica la
inscripción de la prenda. (fecha)..............................................................................................
(firma)..............................................................................................
ANEXO IV
MODELO DE GARANTÍA MEDIANTE PIGNORACIÓN DE PARTICIPACIONES DE FONDOS DE INVERSIÓN
Don ( nombre y apellidos )...................................................................................................................……..
................................................................................................................................................................................
en representación de ,
NIF............................con domicilio ( a efectos de notificaciones y requerimientos
)en.............................................................................en la calle/plaza/avenida………………………………….
……………………………………..............................................................................................,C.P...........
PIGNORA
a favor de:(órgano administrativo, organismo autónomo o ente público)……………………………………………………………………………...... las siguientes participaciones, de las cuales es titular el pignorante y que se identifican como sigue:
Número participación | Identificación del fondo de inversión (nombre y número de registro administrativo de la CNMV ) | Entidad gestora | Entidad depositaria | Valor liquidativo a la fecha de la inscripción | Valor total |
En virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía)………………........................….....................................................................................................................
...........,para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado)……………………………………………………………………………………………………......................
contraídas por (contratista o persona física o jurídica garantizada..........................................................................NIF.......................................................... con domicilio
(a efectos de notificaciones y requerimientos) en................enla calle/plaza/avenida
........................................................................................................................................ C.P.
…......................................., por la cantidad de: (en letra) euros (en
cifra) ……………………….....
Este contrato se otorga de conformidad y con plena sujeción a lo dispuesto en la legislación de Contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos. La entidad Gestora del Fondo se compromete a mantener la prenda sobre las participaciones señaladas, no reembolsando, en ningún caso, al partícipe el valor de las participaciones mientras subsista la prenda, así como a proceder al reembolso de las participaciones a favor del Instituto Madrileño de Desarrollo, a primer requerimiento de éste.
.........................................................(nombre o razón social del pignorante) (firma/s)
Con mi intervención, el Notario/Corredor de Comercio,
(firma) ..................................................................................................
Don.........................................................................................................
con DNI......................................., en representación de ( Entidad Gestora del Fondo)
.................................................................................................................., certifica laconstitución de la prenda
sobre las participaciones indicadas.
(fecha)...........................................................................
(firma)...........................................................................
ANEXO V
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
Certificado número..............................................……………………………………………………………….
(1)............................................................................................................... ( en adelante, asegurador ), con
domicilio en....................................., calle ,
yCIF..................................., debidamente representado por don (2) , con poderes suficientes para obligarle en este acto, según
resulta de……………………………………………………………………….
....................................................................................................................................................................... ASEGURA
A (3) .................................................................................................., NIF/CIF ........................................., en
concepto de tomador del seguro, ante (4)el CONSORCIO URBANÍSTICO “ÁREA TECNOLÓGICA DEL SUR”en adelante asegurado, hasta el importe de euros (5)..........................................………..
................................................................., en los términos y condiciones establecidos en la Leyde Contratos de las Administraciones Públicas, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato (6) ................................................…………
......................................................................................., en concepto de garantía
(7)..................................................................................................., para responder de las obligaciones,
penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento del Instituto Madrileño de Desarrollo, en los términos establecidos en la Leyde Contratos del Sector Público, y normas de desarrollo.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el CONSORCIO URBANÍSTICO “ÁREA TECNOLÓGICA DEL SUR” , o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el texto refundido de la Leyde Contratos de las Administraciones Públicas, y legislación complementaria.
En..................................., a ................ de ............................................. de ...................
Firma: Asegurador
VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR EL SERVICIO JURÍDICO | ||
Provincia: | Fecha: | Número o código: |
INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DEL MODELO
(1) Se expresa la razón social completa de la entidad aseguradora.
(2) Nombre y apellidos del Apoderado o Apoderados.
(3) Nombre de la persona aseguradora.
(4) Órgano de contratación.
(5) Importe en letras por el que se constituye el seguro.
(6) Identificar individualmente de manera suficiente ( naturaleza, clase, etc...) el contrato en virtud del cual se presta la caución.
(7) Expresar la modalidad del seguro de que se trata.
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR INCURSOS EN PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN Y DE QUE NO EXISTEN DEUDAS EN PERÍODO EJECUTIVO CON LA COMUNIDAD DE MADRID NI CON EL AYUNTAMIENTO DE GETAFE
D./Dña. ………………………………………….,con D.N.I., …………….………………,en nombre propio o en representación de la empresa ……….…………………………, con CIF …………………….., en calidad de……………………..……………………….
DECLARA RESPONSABLEMENTE
I.- Que continua vigente el poder para ser el representante legal de la citada sociedad y poder contratar con el CONSORCIO URBANÍSTICO “ÁREA TECNOLÓGICA DEL SUR”.
II.- Que la citada sociedad, sus administradores, representantes legales, así como el firmante de la proposición, no se hallan comprendidos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en los arts. 49.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, Ley 30/2007, de 30 de octubre, en los términos y condiciones previstas en la misma, en la Ley 14/1995 de 21 xx xxxxx, sobre incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid, y en el art. 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
III.- Que la citada entidad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, y no tiene deudas en periodo ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid ni con el Ayuntamiento de Getafe y, si las tiene, están garantizadas.
Fecha y firma del licitador
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN DEL CONSORCIO URBANÍSTICO ÁREA TECNOLÓGICA DEL SUR
MODELO DE AUTORIZACIÓN DE ACCESO Y DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOS EN EL REGISTRO DE LICITADORES1
D./D.ª .................................................................... en calidad de 2 con DNI / NIE n.º:
..........................................., en nombre propio o en representación de la empresa
................................................................., con C.I.F:.........................., inscrita en el Registro de Licitadores de
3……………………….……………….………, con el n.º , al objeto de participar en la contratación denominada
…......................…………………….
…………………………………………. convocada por 4 .................................................., de acuerdo con lo establecido en el artículo 72 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, bajo su personal responsabilidad,
DECLARA:5
A) Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Licitadores no han sido alterados en ninguna de sus circunstancias y que se corresponden con el certificado del Registro.
B) Que de los datos de esta empresa anotados en el Registro de Licitadores han sufrido variación los que a continuación se indican, según se acredita mediante los documentos que se adjuntan, manteniéndose los demás datos sin ninguna alteración respecto del contenido del Certificado del Registro.
Datos que han sufrido variación:
Documentación justificativa que se adjunta:
En ................................., a ....... de .......................... de 20...
Fdo:
1 Esta declaración es de presentación obligatoria en cada licitación.
2 Indíquese la representación que ostenta el declarante en la empresa. 3 Indíquese la Administración correspondiente
4 Indíquese órgano, unidad o ente que tramita el expediente de contratación.
5 Las opciones A) y B) son incompatibles entre sí, señale solamente la que corresponda
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A ESTAR EXENTO DEL PAGO DEL IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS (I.A.E)
D./Dña. ……………………………………………..... con domicilio en …………………. ……, provincia de
……………………….., en la calle……………………………………, nº ……… y D.N.I., , en nombre
(propio o de la empresa que representa ………………………………………………, con CIF y
domicilio a efectos de notificaciones en la calle ,
nº …………
DECLARA RESPONSABLEMENTE
Que la empresa arriba mencionada se encuentra dado de Alta en el Impuesto de Actividades Económicas, y no se ha dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Asimismo, declaro que se encuentra exenta del pago del Impuesto de Actividades Económicas, conforme a lo indicado en el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, siendo la causa de exención la establecido en el apartado (*) (completar por el licitante) del citado artículo.
En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de las Haciendas Locales, deberán presentar, asimismo, resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
(*) apartado que ha de completar la empresa licitante. Fecha y firma del licitador