MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL POLICÍA NACIONAL
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL POLICÍA NACIONAL
DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS
Contrato de prestación de servicios PN DIRÁN N° 02-7-14067-19 celebrado entre la Policía Nacional Dirección de Antinarcóticos y la firma CONSORCIO CABLEADO ANTINARCOTICOS, cuyo objeto es el “SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE PUNTOS DOBLES DE CABLEADO ESTRUCTURADO PARA LA DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS –
POLICÍA NACIONAL.”
Entre los suscritos, de una parte la POLICÍA NACIONAL DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS, quien actúa a través de su representante legal o su delegado, quien en adelante se denominará la DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS, y por la otra, el CONTRATISTA, debidamente identificados como aparece en el anexo No.1 “DATOS DEL CONTRATO”, hemos convenido celebrar el presente contrato, previos los siguientes considerandos: a) Que se elaboraron los estudios previos de conformidad con lo señalado en el Decreto 1082 del 26 xx Xxxx de 2015. b) Que al momento de la apertura del proceso de selección, se contó con la respectiva apropiación presupuestal que respalda el presente compromiso. c) Que el presente contrato se deriva de un proceso de contrata ción realizado por la modalidad de Selección Abreviada Subasta Inversa, fundamentada en la ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 del 26 xx Xxxx de 2015, Resolución N° 00008 del 01 de enero de 2017, por la cual se delega en algunos funcionarios la competencia para contratar, comprometer y ordenar el gasto, en desarrollo de las apropiaciones incorporadas al presupuesto de la Policía Nacional y suscribir convenios y/o contratos interadministrativos, Resolución No. 03049 del 30 de julio de 2014, por la cual se adopta el manual de Contratación de la Policía Nacional, Resolución No. 00090 del 15 de enero de 2018 “por la cual se actualiza, modifica y complementa el Manual de Contratación de la Policía Nacional. d) Que la DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS designará un supervisor para el presente contrato, el cual mantendrá comunicación con el CONTRATISTA, durante el desarrollo del contrato y ejercerá las funciones prescritas en la Resolución 03256 del 16 de diciembre de 2004 de la Policía Nacional. En atención a la implementación del SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN bajo la norma técnica (ISO 27001 de 2013) en la Dirección de Antinarcóticos, el supervisor realizará las coordinaciones necesarias con el Grupo de Inteligencia de la Dire cción de Antinarcóticos para la implementación de los estudios de seguridad y visitas a las empresas que se establecen como contratista de cada uno de los procesos de contratación que realiza la Dirección Antinarcóticos, tener en cuenta el diligenciamiento del fo rmato 1DT- FR-0016 “CONFIDENCIALIDAD Y COMPROMISO CON LA SEGURIDAD DE LA INFORMACION CONTRATISTAS Y TERCERO”,
para los procesos de contratación en los cuales durante su ejecución conlleven a una cadena de suministros, dicho formato debe ser diligenciado por aquellos que hacen parte de la cadena de suministros. e) Que habiéndose dado cumplimiento a todos los trámites y requisitos que exige la contratación administrativa para este tipo de contrato (Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 del 26 xx Xxxx de 2015), es procedente la celebración del mismo, el cual se regirá por las siguientes clausulas: PRIMERA. OBJETO: El objeto del presente contrato es el que se indica el Anexo No.1 “DATOS DEL CONTRATO”. PARAGRAFO PRIMERO: En caso de ser necesario una adición o modificación a las especificaciones técnicas, la administración realizará un estudio xx xxxxxxx con las empresas del sector, con el fin de definir el valor estimado para mencionada adición o modificación según corresponda, de acuerdo con lo establecido en la normatividad legal vigente. SEGUNDA. FINALIDADES DEL CONTRATO: El presente contrato está orientado a lograr la efectiva y eficiente prestación del servicio propio de la Policía Nacional, en consecuencia, el CONTRATISTA se compromete para con la DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS a prestar el servicio requerido para suplir las necesidades definidas en los estudios previos de conveniencia y oportunidad. En tal sentido, queda claro que todas las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, deriva das del presente contrato, así como de la naturaleza de su objeto y las finalidades por él previstas, son obligaciones de resultado. Estas finalidades deberán tenerse en cuenta para la adecuada comprensión e interpretación del presente contrato, especialmente en lo que concierne a sus reglas y condiciones, así como para determinar el alcance de los derechos y obligaciones que el mismo atribuye a las partes. TERCERA. VALOR: Para efectos legales, fiscales y presupuestales, el valor del contrato asciende a la suma descrita en el anexo No.1 “DATOS DEL CONTRATO”. CUARTA. FORMA DE PAGO: DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS pagará al
CONTRATISTA el valor de este contrato de conformidad con lo dispuesto en el anexo No.1 “DATOS DEL CONTRATO”. PARÁGRAFO PRIMERO: PAGOS CONTRA ENTREGA: Los pagos contra entrega que se efectúen en el presente contrato, se harán dentro de los sesenta (60) días calendario siguientes a la radicación y asignación del turno para pago respectivo, previa presentación de la factura acompañada de constancia de recibo a satisfacción de los bienes y/o servicios objeto del contrato suscrita por el supervisor del contrato y acreditación del contratista de encontrarse al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios xxx Xxxx, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda, documentos que deben ser tramitados al Grupo de Contratos de la Dirección Antinarcóticos, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley 1150 de 2007 Derecho a Turno se le asignará el respectivo turno de pago. En caso que el CONTRATISTA presente los documentos requeridos para el pago a más tardar el día veinticuatro (24) del mes en el cual se venció el plazo de ejecución, o del mes siguiente si el plazo es posterior al día 24, los pagos contra entrega se realizarán dentro de los noventa (90) días calendario siguientes. En todo caso, los pagos están sujetos a la disponibilidad de PAC. PARÁGRAFO SEGUNDO: CUENTA PARA PAGOS: Los pagos
2BS-FR-0020 1 de 24 Aprobación 05/07/2016
Versión 3
previstos en esta cláusula se acreditarán a la cuenta que se indica en el anexo No.1 “DATOS DEL CONTRATO”, a favor del CONTRATISTA, o en otro banco o cuenta que éste designe con anterioridad al vencimiento del pago, con sujeción a lo previsto en las disposiciones cambiarias, por medio de aviso escrito con no menos treinta (30) días de anticipación, acompañado de certificación bancaria a nombre de la firma Contratista. Todos los pagos efectuados tendrán los descuentos xx xxx. PARAGRAFO TERCERO. ADICION PRESUPUESTAL: El valor que se pretende adicionar no excede ni excederá la totalidad del cincuenta por ciento (50%) de la cuantía inicialmente pactada, expresada en salarios mínimos legales vigentes establecido en la ley 80 de 1993 en su artícu lo 40. QUINTA. APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: El presente contrato está amparado por la apropiación presupuestal que se indica en el anexo No.1 “DATOS DEL CONTRATO”. SEXTA. PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo de ejecución del contrato es el señalado en el anexo No.1 “DATOS DEL CONTRATO”. PARÁGRAFO PRIMERO: El término de ejecución del presente contrato podrá ser prorrogado, previo concepto del supervisor del contrato y el autorizado del ordenador del gasto, de acuerdo con lo establecido en la normatividad legal vigente. PARÁGRAFO SEGUNDO: De ser necesario realizar prorroga se debe solicitar con 10 días calendarios de anticipación al vencimiento del plazo de ejecución, de acuerdo a la normatividad vigente ante el señor Director de Antinarcóticos. SÉPTIMA. VIGENCIA: La Vigencia del presente contrato será de cuatro (4) meses adicionales al plazo de ejecución establecido en el anexo No.1 “DATOS DEL CONTRATO”. OCTAVA. LUGAR DE ENTREGA: El sitio de entrega de los servicios será de acuerdo a lo estipulado en los lugares y tiempos descritos, previa coordinación con el Supervisor del Contrato y será el que aparece en el anexo No.1 “DATOS DEL CONTRATO”. NOVENA. DERECHOS DEL CONTRATISTA: En general, son derechos del CONTRATISTA: 1.)
Recibir el pago que en su favor establece el presente contrato. 2.) Tener acceso a los elementos físicos necesarios para desa rrollar el objeto del contrato, en caso que los mismos sean necesarios, y cumplir con sus obligaciones. 3.) Obtener la colaboración necesaria de la Policía para el adecuado desarrollo del contrato. DÉCIMA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: En general, son obligaciones del CONTRATISTA: 1.) Cumplir con el objeto contractual. 2.) Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y trabas. 3.) Responder en los plazos que se establezca en el portafolio de servicios de la propuesta comercial. 4.) Cumplir cabalmente con sus obligaciones, frente al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, Sena e ICBF), por cuanto el cumplimiento de ésta obligación es requisito indispensable para la realización de cualquier pago. 5.) Constituir en debida forma y aportar al Grupo Contractual y Seguimiento de la Dirección Antinarcóticos, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato y cancelar los pagos a que hubiere lugar y las demás obligaciones que se requieran. 6.) Guardar la confidencialidad de toda la información que le sea entregada y que se encuentre bajo su custodia o que por cualquier otra circunstancia deba conocer o manipular y responderá civil, penal y disciplinariamente por los perjuicios de su divulgación y/o utilización indebida que por sí o por un tercero se cause a la administración o a terceros. 7.) No acceder a peticiones o amenazas, de quienes actuando por fuera de la ley pretendan obligarlo a hacer u omitir algún acto o hecho, el CONTRATISTA deberá Informar de tal evento a la DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS y a las autoridades competentes para que se adopte las medidas necesarias. 8.) Mantener activa la cuenta corriente o de ahorros reportada para los pagos con el fin de evitar traumatismos en el proceso de ejecución del contrato. 9.) Restituir a la DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS los elementos que haya colocado a su disposición para el desarrollo del objeto contractual, cuando se lo requiera o al finalizar el contrato, en caso que se hayan suministrado. 10.) Incluir todas aquellas obligaciones que el contratista debe cumplir con el fin de alinear la actividad contractual a las buenas prácticas en materia ambiental. (Tener en cuenta las disposiciones señaladas en la Resolución No.03049 del 2014, por el cual se adopta el manual de contratación de la Policía Nacional. 11.) Las demás obligaciones del CONTRATISTA contenidas en el artículo 5º de la Ley 80 de 1993, así mismo, será civil y penalmente responsable por sus acciones u omisiones en la actuación contractual. DECIMA PRIMERA. DERECHOS DE LA DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS: Supervisar el desarrollo y ejecución del presente contrato, y acceder a los documentos e información que soportan la labor del CONTRATISTA. DECIMA SEGUNDA. OBLIGACIONES DE LA DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS: 1.) Poner a disposición del CONTRATISTA los bienes y lugares que se requieran para la ejecución y entrega del objeto contratado. 2.) Una vez se surta el proceso de contratación estatal, asignar un Supervisor, a través de quien la DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS mantendrá la interlocución permanente y directa con el CONTRATISTA. 3) Ejercer el control sobre el cumplimiento del contrato a través del Supervisor de la Interventoría, exigiéndole la ejecución idónea y oportuna del objeto a contratar. 4.) Recibir a satisfacción los bienes que sean entregados por el CONTRATISTA, cuando estos cumplan con las condiciones establecidas y en especial las especificaciones u obligaciones técnicas contenidas en el Anexo “ANEXO TÉCNICO”. 5) Adelantar las gestiones necesarias para el reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias y garantías a que hubiere lugar, para lo cual el Supervisor dará aviso oportuno a la DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS, sobre la ocurrencia de hechos constitutivos xx xxxx o incumplimiento. 6.) Pagar al CONTRATISTA en la forma pactada y con sujeción a las disponibilidades presupuestales y de PAC previstas para el efecto. 7.) Tramitar diligentemente las apropiaciones presupuestales que requiera para solventar las prestaciones patrimoniales que hayan surgido a su cargo como consecuencia de la suscripción del contrato. 8.) Solicitar y recibir información técnica respecto del servicio y demás del CONTRATISTA en desarrollo del objeto del contractual. 9.) Rechazar los bienes cuando no cumpla con los requerimientos técnicos exigidos. DÉCIMA TERCERA. RESERVA DEL PRESENTE CONTRATO: El CONTRATISTA se obliga para con la DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS a no suministrar ninguna clase de información o detalle a terceros y a mantener como documentación reservada, todos los aspectos que conozca en el cumplimiento del presente contrato, así como los asuntos técnicos e instalaciones de la Policía Nacional, conocidos o que llegaren a ser conocidos por el contratista, durante el desa rrollo con posterioridad a la ejecución del contrato. DÉCIMA CUARTA. -MECANISMO DE COBERTURA DEL RIESGO A CARGO DEL CONTRATISTA: Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción y registro del contrato y la entrega de la copia firmada del mismo al CONTRATISTA, éste deberá constituir y presentar a favor de la DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS, uno cualquiera de los mecanismos de cobertura de riesgo establecidos en el Decreto 1082 de 2015, que cubra los siguientes riesgos:
ETAPA CONTRACTUAL
MECANISMOS DE COBERTURA | TIPIFICACIÓN DEL RIESGO | ESTIMACIÓN DEL RIESGO | VIGENCIA |
Garantía Única | Incumplimiento del contrato | 20% del Valor del Contrato | Su término de vigencia será igual a la vigencia del contrato y cuatro (04) meses más. |
Garantía Única | Calidad del servicio | 50% del Valor del Contrato | Vigente por un término igual a la vigencia del contrato y un (1) año más. |
Responsabilidad civil extracontractual | responsabilidad civil extracontractual (predios laborales y operacionales) | De acuerdo al Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015, en su Artículo 2.2.1.1 | La vigencia de esta garantía se otorgará por todo el período de ejecución del contrato |
lucro cesante | |||
perjuicios extra patrimoniales | |||
responsabilidad civil para contratistas y subcontratistas | |||
responsabilidad civil vehículos propios y no propios | |||
Cobertura expresa xx xxxxxx patronal. |
CLAUSULAS SANCIONATORIAS
MECANISMO DE COBERTURA | TIPIFICACIÓN DE LOS RIESGOS | ESTIMACIÓN DEL RIESGO | VIGENCIA |
Multa | la no constitución dentro del término y en la forma prevista en el contrato o en alguno de sus modificatorios la póliza de garantía única | multa cuyo valor se liquidara con base en un cero punto dos (0.2%) del valor del contrato | la multa se aplicara por cada día de retardo y hasta por diez(10) días |
Multa | incumplimiento parcial | multas cuyo valor se liquidara con base en un cero punto cinco (0.5%) del valor dejado de cumplir o entregar | la multa se aplicara por cada día de retardo hasta por un plazo de quince (15) días calendario que se descontara del saldo que le adeude la entidad. esta sanción se impondrá mediante acto administrativo motivado en el que se expresara las causas que dieron lugar a ella |
Clausula penal pecuniaria | incumplimiento total declaratoria de caducidad | veinte por ciento (20%) del valor total del contrato | el veinte por ciento (20%) del valor total del contrato cuando se trate de incumplimiento total del contrato y proporcional al incumplimiento parcial del contrato |
En caso de constituirse póliza, en la misma deberá constar expresamente que se ampara el cumplimiento del contrato, el pago de las multas y de la penal pecuniaria convenidas y que la entidad aseguradora renuncia al beneficio de excusión. Así mismo, se indicará que en el evento en que por incumplimiento del contratista garantizado el asegurador resolviera continuar, como cesionario, con la ejecución del contrato y la entidad estatal contratante estuviere de acuerdo con ello, el contratista garantizado aceptará desde el momento de contratación de la póliza la cesión del contrato a favor del asegurador. En todo caso, dependiendo del tipo de mecanismo de cobertura elegido, deberá cumplir con los requisitos establecidos en el decreto 1082 del 26 xx Xxxx de 2015. DÉCIMA QUINTA. INDEMNIDAD: El CONTRATISTA se obliga a mantener indemne a la DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS de cualquier reclamación proveniente de terceros que tenga como causa sus actuaciones. DÉCIMA SEXTA SANCIONES: a) MULTAS.- En caso xx xxxx o incumplimiento parcial de alguna de las obligaciones derivadas del presente contrato por causas imputables al CONTRATISTA - salvo circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito conforme a las definiciones del artículo 1º de la Ley 95 de 1890 – las partes acuerdan que la DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS, mediante acto administrativo, afectará al
CONTRATISTA con multas, cuyo valor se liquidará con base en el cero punto cinco por ciento (0,5%) del valor dejado de entregar, por cada día de retardo y hasta por quince (15) días calendario. Esta sanción se impondrá conforme a la ley y se reportará a la Cámara de Comercio competente de conformidad con lo previsto en el artículo 6º de la Ley 1150 de 2007. b). MULTA POR LA XXXX EN LA CONSTITUCIÓN DE LOS REQUISITOS DE EJECUCIÓN Y LEGALIZACIÓN: Cuando el contratista no constituya dentro del término y en la forma prevista en el contrato, o en alguno de sus modificatorios, la póliza de garantía única, en caso de existir, y/o alguno de los requisitos de legalización, la DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS podrá mediante acto administrativo afectar al CONTRATISTA con multa, cuyo valor se liquidará con base en un cero punto dos por ciento (0,2%) del valor del contrato, por cada día de retardo y hasta por diez (10) días. c) PENAL PECUNIARIA.- En caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento total de las obligaciones derivadas del presente contrato, EL CONTRATISTA pagará a la DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS, a título xx xxxx pecuniaria, una suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato cuando se trate de incumplimiento total del contrato y pro porcional al incumplimiento parcial del contrato que no supere el porcentaje señalado. Para efectos de calcular el monto del incumplimiento parcial relativo a la obligación de plazo de ejecución, se empleará la misma fórmula de estimación de valor contemplada en el literal a) del presente artículo. La imposición de esta pena pecuniaria se considerará como pago parcial y definitivo de los perjuicios que cause a la DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS. No obstante, la DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS se reserva el derecho de cobrar perjuicios adicionales por encima del monto de lo aquí pactado, siempre que los mismos se acrediten. El pago de la cláusula penal pecuniaria estará amparado mediante póliza de seguros en las condiciones establecidas en el presente contrato. PARÁGRAFO PRIMERO.- APLICACIÓN DEL VALOR DE LAS SANCIONES PECUNIARIAS: Una vez notificada la resolución por medio de la cual se imponen alguna de las sanciones antes descritas, el CONTRATISTA dispondrá de quince (15) días calendario para proceder de manera voluntaria para a su pago. Las multas no serán reintegrables aún en el supuesto que el CONTRATISTA dé posterior ejecución a la obligación incumplida. En caso de no pago voluntario y una vez en firme la resolución que imponga multas, podrá tomarse del saldo a favor del CONTRATISTA si lo hubiere, o acudir a la jurisdicción coactiva. PARÁGRAFO SEGUNDO: En el evento en que la Dirección de Antinarcóticos sancione a los diferentes contratistas bien sea con la imposición de multas o declaración de incumplimientos parciales o totales de los contratos, los recursos que de allí se deriven a favor de la Dirección de Antinarcóticos, serán consignados a las cuentas según correspondan así: Si el origen del recurso es con situación de fondos el contratista deberá consignarlo a la cuenta corriente del banco popular N°110-014031496 denominada DTN GASTOS DEL PERSONAL a nombre de la DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS y posteriormente el tesorero de esta dirección reintegrara el valor pecuniario al tesoro nacional a través de la Tesorería General de la Policía Nacional, si los recursos son de origen de fondos especiales sin situación de fondos deberá consignarlo a la cuenta corriente del banco popular N° 110-014031488 denominada DTN FONDOS ESPECIALES a nombre de la DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS y posteriormente se deben ingresar al presupuesto de la Policía Nacional para ser reinvertidos en el presupuesto de la unidad. DECIMA SÉPTIMA. CADUCIDAD ADMINISTRATIVA: Si se presenta algún hecho constitutivo de incumplimiento de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a su paralización, la DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS por medio de acto administrativo debidamente motivado podrá decretar la caducidad y ordenar la liquidación en el estado en que se encuentre, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 18 de la Ley 80 de 1.993. Ejecutoriada la resolución de caducidad, el contrato quedará definitivamente terminado y el CONTRATISTA no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna. La DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS, hará efectivo el valor de la pena pecuniaria, y procederá a su liquidación. Para efectos de esta liquidación, el CONTRATISTA devolverá a la DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS los dineros que hubiere recibido por concepto del presente contrato, previa deducción del valor de los elementos entregados por aquel y recibidos a satisfacción por la DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS de conformidad con lo establecido en la cláusula primera del presente contrato. En el acta de liquidación se determinarán las obligaciones a cargo de las partes, teniendo en cuenta el valor de las sanciones por aplicar o las indemnizaciones a cargo la DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS, si a esto hubiere lugar, y la fecha de pago. DECIMA OCTAVA. OTRAS FACULTADES EXCEPCIONALES: En caso de presentarse cualquiera de las circunstancias establecidas en los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80/93, debidamente establecidas y documentadas, la DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS podrá hacer uso de las facultades excepcionales allí previstas, en caso que las mismas resulten aplicables. DÉCIMA NOVENA. MONEDA DEL CONTRATO: La moneda del presente contrato es la indicada en el anexo No.1 DATOS DEL CONTRATO. VIGÉSIMA. CESIONES Y SUBCONTRATOS: El CONTRATISTA no podrá ceder en todo o en parte el presente contrato a persona alguna natural o jurídica, nacional o extranjera, sin previa autorización escrita de la DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS, pudiendo esta reservarse las razones que tenga para negar dicha autorización. La celebración de subcontratos no relevará al CONTRATISTA de las responsabilidades que asume en virtud del presente contrato. La DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS no adquirirá relación alguna con los Subcontratistas. VIGÉSIMA PRIMERA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: El CONTRATISTA declara bajo la gravedad del juramento, la cual se entenderá cumplida con la suscripción del presente Contrato, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad señaladas en la ley. VIGÉSIMA SEGUNDA. SUSPENSIÓN TEMPORAL: Las partes podrán suspender temporalmente el plazo de ejecución del contrato, cuando se presenten causas que impidan la ejecución temporal o transitoria, por ocurrencia de un imprevisto o hecho inevitable, una vez estableci da en debida forma la causal se suscribirá una acta entre las partes, donde conste el evento, su causa, el término de la suspensión y aquellas previsiones que se consideren necesario consignar. El tiempo de suspensión no se computará para los efectos del plazo extintivo del presente contrato. Para el reinicio de la ejecución y, superada la situación que originó la suspensión del plazo de ejecución, se suscribirá la correspondiente acta de reinicio. VIGÉSIMA TERCERA. SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: Si con ocasión del desarrollo y ejecución del contrato, sugieren diferencias o discrepancias entre las partes, estas se comprometen a utilizar los mecanismos de solución directa previstos en el artículo 68 de la Ley 80 de 1993. VIGÉSIMA CUARTA. PERFECCIONAMIENTO, LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN: Para el perfeccionamiento del presente contrato se requiere de las firmas de las partes y del correspondiente registro presupuestal. Para su ejecución se requiere de la aprobación por parte de la DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS del mecanismo de cobertura de riesgos, constituido por parte del CONTRATISTA. PARÁGRAFO.- Dentro de los
tres (3) días hábiles siguientes a la firma del contrato y entrega de una copia del mismo al CONTRATISTA, éste se obliga a constituir la garantía única, dentro de ese mismo término, deberá presentar el mecanismo de cobertura de riesgos en la oficina del Grupo de Contratos de la DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS. Las sanciones que ocasionen su no pago oportuno y la no entrega de los respectivos documentos a la DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS dentro del término antes fijado, serán a cargo del CONTRATISTA. VIGÉSIMA QUINTA. DOCUMENTOS: Entre otros, los documentos que a continuación se relacionan se consideran para todos los efectos parte integrante del presente contrato y en consecuencia producen sus mismos efectos u obligaciones jurídicas y contractuales: 1.) Invitación a presentar oferta. 2.) Propuesta del Contratista en aquellas partes aceptadas por la DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS 3). Anexos del contrato. 4.) Documentos que suscriban las partes. VIGÉSIMA SEXTA. IMPUESTOS: El CONTRATISTA pagará todos los impuestos, tasas, contribuciones y similares que se deriven de la ejecución del contrato, de conformidad con la ley colombiana. VIGÉSIMA SÉPTIMA. LIQUIDACIÓN: El presente contrato se podrá liquidar de conformidad con lo señalado en los artículos 60 de la Ley 80 de 1993 y artículo 11 de la Ley 1150 de 2007. VIGÉSIMA OCTAVA. VEEDURÍAS CIUDADANAS: el presente contrato está sujeto a la vigilancia y control ciudadano, en los términos que señala el artículo 66 de la Ley 80 de 1993. VIGÉSIMA NOVENA. RÉGIMEN LEGAL: Este contrato se regirá por el Estatuto General de Contratación Administrativa vigente y sus decretos reglamentarios, las leyes de presupuesto, en general las normas civiles y comerciales vigentes, las demás normas concordantes que rijan o lleguen a regir los aspectos del presente contrato y las disposiciones de la Policía Nacional que apliquen. TRIGÉSIMA: DOMICILIO CONTRACTUAL: Para todos los efectos, las partes acuerdan como domicilio contractual el Distrito Capital de Bogotá, para constancia de lo anterior, se firma en un (1) original en Bogotá, D.C., el
Dirección de Antinarcóticos
ORIGINAL FIRMADO
Brigadier General XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX
Director de Antinarcóticos (E)
Contratista
ORIGINAL FIRMADO
XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXX
Cedula de Ciudadanía No. 39.652.888 de Bogotá Representante Legal CONSORCIO CABLEADO ANTINARCOTICOS.
Elaboró: PT. XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX Analista de Contratos DIRAN | Revisó: TE. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX Jefe Grupo Contratos DIRAN (E) | Revisó: TC. XXXXX XXXXXX XXXXXXXXXXX Jefe Área Administrativa y Financiera DIRAN | Revisó: TE. XXXX XXXXXXXXX XXXXX Asesor Jurídico DIRAN |
CONSORCIO CABLEADO ANTINARCOTICOS | NIT | PORCENTAJE DE PARTICIPACION |
TEC-CONS INGENIERIA S.A.S. | 000.000.000-2 | 70% |
ESI DE COLOMBIA S.A.S. | 000.000.000-7 | 30% |
ANEXO No.1 “DATOS DEL CONTRATO”
Contrato | Prestación de servicios No. 02-7-14067-19 | ||||
Contratante | Policía Nacional de Colombia | ||||
Nit | 000.000.000-2 | ||||
Representante legal y/o delegado | Brigadier General XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX | ||||
Cédula de Ciudadanía no. | 91.260.408 de Bucaramanga | ||||
Cargo | Director de Antinarcóticos (E) | ||||
Resolución de Delegación | Fundamentada en la ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 del 26 xx Xxxx de 2015, Resolución N° 00008 del 01 de enero de 2017, por la cual se delega en algunos funcionarios la competencia para contratar, comprometer y ordenar el gasto, en desarrollo de las apropiaciones incorporadas al presupuesto de la Policía Nacional y suscribir convenios y/o contratos interadministrativos, Resolución No. 03049 del 30 de julio de 2014, por la cual se adopta el manual de Contratación de la Policía Nacional, Resolución No. 00090 del 15 de enero de 2018 “por la cual se actualiza, modifica y complementa el Manual de Contratación de la Policía Nacional. | ||||
Contratista | Nombre: CONSORCIO CABLEADO ANTINARCOTICOS Nit: 901284409-5 PARTICIPANTES: Representante Legal: XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXX Doc. Identidad: c.c. 39.652.888 de Bogotá Ciudad notificación: Bogotá D.C. Dirección: Xxxxxxx 00 X Xx. 00-00 Teléfono: 0000000 - 0000000 | ||||
Considerandos | Que el presente contrato se deriva del proceso de Selección Abreviada Subasta Inversa PN DIRAN XX 000 2019. | ||||
Supervisor del Contrato | El supervisor del contrato será el Jefe de la oficina de Telemática de la Dirección Antinarcóticos, o quien con posterioridad autorice el ordenador del gasto de la Dirección de Antinarcóticos, quien verificará la ejecución idónea y el cumplimiento del objeto del contrato de acuerdo con las funciones asignadas para el efecto de la Resolución No. 03256 del 16 de diciembre del 2004 y Artículos 82,83 y 84 de la Ley 1474 de 2011. En atención a la implementación del SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN bajo la norma técnica (ISO 27001 de 2013) en la Dirección de Antinarcóticos, el supervisor realizara las coordinaciones necesarias con el grupo de Inteligencia de la Dirección de Antinarcóticos para la implementación de los estudios de seguridad y visitas a las empresas que se establecen como contratista de cada uno de los procesos de contratación que realiza la Dirección Antinarcóticos, tener en cuenta el diligenciamiento del formato 1DT-FR-0016 “CONFIDENCIALIDAD Y COMPROMISO CON LA SEGURIDAD DE LA INFORMACION CONTRATISTAS Y TERCERO”, para los procesos de contratación en los cuales durante su ejecución conlleven a una cadena de suministros, dicho formato debe ser diligenciado por aquellos que hacen parte de la cadena de suministros. | ||||
Clausula Primera.- Objeto | El objeto del presente contrato es el “SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE PUNTOS DOBLES DE CABLEADO ESTRUCTURADO PARA LA DIRECCIÓN DE ANTINARCÓTICOS – POLICÍA NACIONAL.” CERTIFICACIÓN PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES | ||||
No | RUBRO | DESCRIPCIÓN | RECURSO | VALOR TOTAL | |
053 | SERVICIO DE MANTENIMIENTO REPARACIÓN E INSTALACIÓN, (EXCEPTO SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN) | INSTALACIÓN E INTEGRACIÓN DE CABLEADO ESTRUCTURADO PUNTOS DOBLES A TODO COSTO CREG 2, CREG 3, CREG 5, CREG 6, CREG 7, CREG 8 | RECURRENTE | $ 380.000.000,00 | |
VALOR TOTAL | $ 380.000.000,00 | ||||
Clausula Tercera.- Valor | Para efectos legales y presupuestales, el valor del presente contrato asciende hasta por TRECIENTOS OCHENTA MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE LEGAL ($380.000.000,00), INCLUIDOS IMPUESTOS XX XXX, teniendo en cuenta los valores a pagar por cada ítem del proceso, así: |
PRECIO UNITARIO PRECIO PRECIO TOTAL ÍTEM DESCRIPCIÓN CANT ESTIMADO POR LA UNITARIO ADJUDICADO DIRAN ADJUDICADO CABLEADO HORIZONTAL: suministro, 1. instalación y puesta en funcionamiento de puntos 1 $ 1.152.944,17 $ 774.000,00 $ 774.000,00 dobles de cableado estructurado. CABLEADO HORIZONTAL: suministro, 2 instalación y puesta en funcionamiento de puntos 1 $ 966.494,67 $ 649.000,00 $ 649.000,00 sencillos de cableado estructurado. 3 ADECUACIÓN DE CENTROS DE CABLEADO 1 $ 43.283.365,34 $ 29.086.000,00 $ 29.086.000,00 4 CABLEADO VERTICAL: suministro y tendido de 1 $ 38.669.606,17 $ 25.985.000,00 $ 25.985.000,00 fibra óptica desde MDA hasta puntos requeridos. NOTA 1: La ejecución del presente contrato se realizará teniendo en cuenta el valor adjudicado por ítem de acuerdo con el cuadro anterior y será hasta agotar el presupuesto oficial asignado, según requerimiento del supervisor del contrato. | |
Clausula Cuarta.- Forma de Pago | La Dirección de Antinarcóticos pagará al contratista el 100% del valor de cada factura de los servicios suministrados de acuerdo al requerimiento realizado por el supervisor del contrato, dentro de los sesenta (60) días siguientes a la presentación de la factura comercial, acompañada de la certificación de aportes parafiscales vigente, el recibido a satisfacción por parte del supervisor del contrato, previo el cumplimiento de los trámites administrativos y fiscales vigentes a que haya lugar y de acuerdo con la disponibilidad presupuestal y plan anual de caja. De conformidad con el derecho a turno estipulado en Art. 19 Ley 1150 de 2007. PARÁGRAFO PRIMERO: Si los documentos en referencia no se reciben dentro del plazo estipulado o que recibidos sean devueltos por la Dirección de Antinarcóticos, por inconsistencias, como la falta de información o mal diligenciado, la Policía Nacional – Dirección de Antinarcóticos realizará el pago en el siguiente mes al que está programado el pago de dicha factura, siempre y cuando se hayan subsanado las observaciones y cumplido con el tramite documental solicitado. PARÁGRAFO SEGUNDO: Si los documentos recibidos son devueltos por la Dirección de Antinarcóticos, por inconsistencias, como la falta de información, mal diligenciados o son entregados con posterioridad para el pago en el mes de diciembre de 2019, la Policía Nacional – Dirección de Antinarcóticos constituirá la factura en cuentas por pagar y realizará el pago una vez la Dirección xxx Xxxxxx Nacional ubique los recursos para el pago de las cuentas por pagar del año 2020, siempre y cuando se hayan subsanado las observaciones y cumplido con el tramite documental solicitado. Lo anterior no acarreará ningún pago de intereses y se constituirá como un riesgo asumido por el contratista. El valor total de la factura deberá ser presentado en pesos colombianos discriminado los valores en forma individual de los servicios a adquirir si es del caso, incluyendo descuentos, impuestos o cualquier otro aspecto que pudiera afectarlos, de modo que los mismos constituyan precios finales y no puedan ser objeto de modificaciones. En cumplimiento al Artículo 19 de la ley 1150 de 2007 que a letra dice: El artículo 4° de la Ley 80 de 1993, tendrá un numeral 10 del siguiente tenor. “Artículo 4°. 10. Respetarán el orden de presentación de los pagos por parte de los contratistas. Sólo por razones de interés público, el jefe de la entidad podrá modificar dicho orden dejando constancia de tal actuación. Para el efecto, las entidades deben llevar un registro de presentación por parte de los contratistas, de los documentos requeridos para hacer efectivos los pagos derivados de los contratos, de tal manera que estos puedan verificar el estricto respeto al derecho de turno. Dicho registro será público. Lo dispuesto en este numeral no se aplicará respecto de aquellos pagos cuyos soportes hayan sido presentados en forma incompleta o se encuentren pendientes del cumplimiento de requisitos previstos en el contrato del cual se derivan”. Para dar cumplimiento a la Ley en mención a partir de la fecha para acceder a dicho turno deberán entregar al supervisor del contrato la factura original y certificación de cumplimiento al Sistema de |
Seguridad Social Integral, parafiscales. El cual a su vez elaborará la constancia de recibido a satisfacción del objeto contractual y remitirá al Grupo de Contratos de la Dirección de Antinarcóticos ubicada en el Aeropuerto Dorado entrada seis edificio Antinarcóticos piso No. 3 los siguientes Documentos: así; Factura Original Pago de Aportes Parafiscales Constancia de recibido a satisfacción Para tal efecto se servirán anexar la anterior documentación en la fecha que realice la entrega de los bienes y o servicios objeto del contrato, con el fin de cumplir con la Ley en mención y el plan de pagos. En cumplimiento a la ley 828 de 2003 en su artículo No 1. Se deberá anexar certificación de cumplimiento al Sistema de Seguridad Social Integral, parafiscales. Para tal efecto se servirán anexar la anterior documentación en la fecha que realice la entrega de los bienes y o servicios objeto del contrato, con el fin de cumplir con la ley en mención y el plan de pagos. Lo anterior de acuerdo a la disponibilidad presupuestal y plan anual de caja, ajeno esto al cumplimiento de la entrega del objeto contractual y demás requisitos legales para la ejecución del mismo y previo los demás trámites administrativos y fiscales a que hay lugar. Los pagos se harán a la siguiente cuenta: NOMBRE BENEFICIARIO: TEC-CONS INGENIERIA S.A.S. BANCO: BANCOLOMBIA TIPO DE CUENTA: AHORROS NUMERO DE CUENTA: 18994048658 | |
Xxxxxxxx Xxxxxx.- Apropiación Presupuestal | Certificado de Disponibilidad presupuestal SIIF No. 6719 del 22 xx xxxxx de 2019, expedido por el Jefe de presupuesto de la Dirección de Antinarcóticos |
Clausula Sexta.- Plazo de Ejecución | El contrato que se suscribió como consecuencia de la adjudicación del proceso de selección, se contará a partir de la aprobación de la Garantía Única hasta el 30 de noviembre de 2019 o hasta agotar el presupuesto oficial asignado lo que primero ocurra. NOTA: De ser necesario realizar prorroga se debe solicitar con 10 días calendarios de anticipación al vencimiento del plazo de ejecución, de acuerdo a la normatividad vigente ante el señor Director de Antinarcóticos. |
Clausula Octava: sitio de entrega de los elementos. | El lugar de prestación de los servicios objeto del presente contrato se realizará en los sitios que se relacionan a continuación, previa coordinación y verificación por parte del supervisor del contrato en todo lo referente a la parte técnica, lo cual quedará estipulado y firmado tanto por el supervisor, como por el futuro contratista. A continuación, se citan los sitios estimados, así: |
Clausula Decima Octava- Moneda del Contrato | Pesos colombianos |
Vigencia | Es igual al plazo de ejecución y cuatro meses más. |
Perfeccionamiento |
CIUDADES MUNICIPIOS | UBICACIÓN |
(Región 7) San Xxxx del Guaviare | Xxxxx 00 X 00- 00 xxxxxx xx xxxxxx base antinarcóticos san Xxxx del Guaviare |
(Región 8) Santa Xxxxx | Troncal caribe, finca la remonta, Comando de Región 8 Dirección Antinarcóticos Santa Xxxxx. |
(Región 5)Cúcuta | Calle 22n # 2-03 Vía Aeropuerto -Aeropuerto Xxxxxx Xxxx Compañía antinarcóticos Cúcuta, Norte xx Xxxxxxxxx |
(Región 2) Neiva | Aeropuerto Xxxxxx Xxxxx Entrada Barrio las Granjas, Comando de región N 2, Neiva, Huila. |
BOGOTÁ D.C (Guarnición Bogotá) | Xxxxxxx Xx Xxxxxx Xxxxxxx 0 Xxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxx Bloque administrativo Despachos. |
Avenida El Dorado Xxxxx 00 # 00-00 Edificio el Dólar. | |
Xxxxxxxxx xxxxx Xxxxxxxxx 00 Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx I-II-III Policía Nacional. |
Dirección de Antinarcóticos
ORIGINAL FIRMADO
Brigadier General XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX
Director de Antinarcóticos (E)
Contratista
ORIGINAL FIRMADO
XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXX
Cedula de Ciudadanía No. 39.652.888 de Bogotá Representante Legal CONSORCIO CABLEADO ANTINARCOTICOS
Elaboró: PT. XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX Analista de Contratos DIRAN | Revisó: TE. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX Jefe Grupo Contratos DIRAN (E) | Revisó: TC. XXXXX XXXXXX XXXXXXXXXXX Jefe Área Administrativa y Financiera DIRAN | Revisó: TE. XXXX XXXXXXXXX XXXXX Asesor Xxxxxxxx XXXXX (E) |
ANEXO No 2
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS Y DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO
ÍTEM 1: CABLEADO HORIZONTAL: Suministro, instalación y puesta en funcionamiento de puntos dobles cableado estructurado. | |||
No. | Descripción | UNID | CANT |
1 | Face plate 2 espacios blanco liso, con lugar de marcación. | UNID | 1 |
2 | Conector tipo Jack RJ 45 categoría 6a. | UNID | 4 |
3 | Patch cord categoria 6a 2.0mts | UNID | 4 |
4 | Cable U/FTP cat 6a lszh x mts | GLOBAL | 1 |
5 | Toma eléctrica doble de energía regulada | UNID | 1 |
6 | Toma eléctrica doble de energía no regulada | UNID | 1 |
7 | Cable trenzado de fábrica 3x12 awg certificado | ML | 1 |
8 | Canaleta 12x5cm metálica blanca con división tramo 2.4mts | UNID | 1 |
9 | Troquel datos p/canaleta 12 cm blanco. | UNID | 1 |
10 | Troquel eléctrico p/canaleta 12 cm blanco. | UNID | 2 |
11 | Chazo puntilla 1-5/8 x 1/4 con tornillo nylon | UNID | 1 |
12 | Tornillo #7x 7/16 autoperforante pavonado | UNID | 1 |
13 | Riel omega 35mm ranurado cabur tramo 2mt. | UNID | 1 |
14 | Chazo 1/2x2-3/4 tipo xxxxx xxxxxx (xxxxx xx 0/0) | XXXX | 0 |
00 | Xxxxxxxx 0/0 xxxxx galvanizada | UNID | 1 |
16 | Varilla roscada 3/8 x 3mts galvanizada. | ML | 1 |
17 | Tubo emt 3 x 3mts ntc-105 colmena | ML | 1 |
18 | Union emt 1-1/2 acero xxxxxx-xxxxx | ML | 2 |
19 | Conector emt 3 acero xxxxxx-xxxxx | UNID | 1 |
20 | Grapa 3 doble ala tubo flojo galvanizado en caliente mecano | UNID | 2 |
21 | Chazo 1/2x2-3/4 tipo perno mecano (perno de 3/8) | UNID | 2 |
22 | Tubo emt 1-1/2x3mts ntc-105 colmena | ML | 1 |
23 | Union emt 1 1/2 acero xxxxxx-xxxxx | UNID | 2 |
24 | Conector emt 1-1/2 acero xxxxxx-xxxxx | UNID | 1 |
25 | Grapa 1-1/2 doble ala metálica. | UNID | 2 |
26 | Chazo 1/2x2-3/4 tipo perno mecano (perno de 3/8) | UNID | 1 |
27 | tubo emt 1-x 3mts ntc-105 colmena | ML | 1 |
28 | Unión emt 1 acero xxxxxx-xxxxx | UNID | 2 |
29 | Conector emt 1 acero xxxxxx-xxxxx | UNID | 1 |
30 | Grapa 1 doble ala metálica. | UNID | 2 |
31 | Chazo 1/2x2-3/4 tipo perno mecano (perno de 3/8) | UNID | 4 |
32 | Instalación del punto doble de red (punto doble de red, punto eléctrico regulado y punto eléctrico no regulado): Retiro de cableado UTP, canaleta, cable eléctrico, multipares, accesorios del cableado antiguo. Adecuaciones necesarias de las áreas a intervenir. Adecuación y/o instalación de los sistemas de canalización con todos los accesorios necesarios. Certificación acorde a la norma de todos los puntos de cableado. Marcación y documentación de todo el cableado estructurado conforme a la norma. Instalación de ducteria metálica y/o escalerilla necesaria para la instalación de los puntos de red Se deben realizar el suministro e instalación de los patch panel plano modular necesarios para el funcionamiento del punto Se deben realizar el suministro e instalación de los organizadores necesarios para el funcionamiento del punto Se deben realizar el suministro e instalación de los rack o gabinetes necesarios para el funcionamiento de todos los puntos en cada sitio. | GLOBAL | 1 |
ÍTEM 2: CABLEADO HORIZONTAL: Suministro, instalación y puesta en funcionamiento de puntos sencillo cableado estructurado. | |||
No. | Descripción | UNID | CANT |
1 | Face plate de 1 espacio blanco liso, con lugar de marcación. | UNID | 1 |
2 | Conector tipo Jack RJ 45 categoría 6a. | UNID | 2 |
3 | Patch cord categoria 6a 2.0mts | UNID | 2 |
4 | Cable U/FTP cat 6a lszh x mts | GLOBAL | 1 |
5 | Toma eléctrica doble de energía regulada | UNID | 1 |
6 | Toma eléctrica doble de energía no regulada | UNID | 1 |
7 | Cable trenzado de fábrica 3x12 awg certificado | ML | 1 |
8 | Canaleta 12x5cm metálica blanca con división tramo 2.4mts | UNID | 1 |
9 | Troquel datos p/canaleta 12 cm blanco. | UNID | 1 |
10 | Troquel eléctrico p/canaleta 12 cm blanco. | UNID | 2 |
11 | Chazo puntilla 1-5/8 x 1/4 con tornillo nylon | UNID | 1 |
12 | Tornillo #7x 7/16 autoperforante pavonado | UNID | 1 |
13 | Riel omega 35mm ranurado cabur tramo 2mt. | UNID | 1 |
14 | Chazo 1/2x2-3/4 tipo xxxxx xxxxxx (xxxxx xx 0/0) | XXXX | 0 |
00 | Xxxxxxxx 0/0 xxxxx galvanizada | UNID | 1 |
16 | Varilla roscada 3/8 x 3mts galvanizada. | ML | 1 |
17 | Tubo emt 3 x 3mts ntc-105 colmena | ML | 1 |
18 | Union emt 1-1/2 acero xxxxxx-xxxxx | ML | 2 |
19 | Conector emt 3 acero xxxxxx-xxxxx | UNID | 1 |
20 | Grapa 3 doble ala tubo flojo galvanizado en caliente mecano | UNID | 2 |
21 | Chazo 1/2x2-3/4 tipo perno mecano (perno de 3/8) | UNID | 2 |
22 | Tubo emt 1-1/2x3mts ntc-105 colmena | ML | 1 |
23 | Union emt 1 1/2 acero xxxxxx-xxxxx | UNID | 2 |
24 | Conector emt 1-1/2 acero xxxxxx-xxxxx | UNID | 1 |
25 | Grapa 1-1/2 doble ala metálica. | UNID | 2 |
26 | Chazo 1/2x2-3/4 tipo perno mecano (perno de 3/8) | UNID | 1 |
27 | tubo emt 1-x 3mts ntc-105 colmena | ML | 1 |
28 | Unión emt 1 acero xxxxxx-xxxxx | UNID | 2 |
29 | Conector emt 1 acero xxxxxx-xxxxx | UNID | 1 |
30 | Grapa 1 doble ala metálica. | UNID | 2 |
31 | Chazo 1/2x2-3/4 tipo perno mecano (perno de 3/8) | UNID | 4 |
32 | Instalación a todo costo del punto sencillo de red (punto sencillo de red, punto eléctrico regulado y punto eléctrico no regulado): Retiro de cableado UTP, canaleta, cable eléctrico, multipares, accesorios del cableado antiguo. Adecuaciones necesarias de las áreas a intervenir. Adecuación y/o instalación de los sistemas de canalización con todos los accesorios necesarios. Certificación acorde a la norma de todos los puntos de cableado. Marcación y documentación de todo el cableado estructurado conforme a la norma. Instalación de ducteria metálica y/o escalerilla necesaria para la instalación de los puntos de red Se deben realizar el suministro e instalación de los patch panel plano modular necesarios para el funcionamiento del punto Se deben realizar suministro e instalación de los organizadores necesarios para el funcionamiento del punto Se deben realizar suministro e instalación de los rack o gabinetes necesarios para el funcionamiento de todos los puntos en cada sitio. | GLOBAL | 1 |
ÍTEM 3: ADECUACIÓN DE CENTROS DE CABLEADO. | |||
No. | Descripción | UNID | CANT |
1 | Conectorización (peinado) necesaria para dejar habilitados todos los puntos del cableado estructurado (patch panel, jacks, organizadores, patch cord). | UNID | 1 |
2 | Suministro, ubicación e instalación de los gabinetes y rack relacionados en los lugares establecidos por el supervisor del contrato. | UNID | 1 |
3 | Adecuación de la escalerilla existente y nuevas necesaria para realizar el tendido del cableado estructurado. | UNID | 1 |
4 | Suministro e instalación de la escalerilla mecano de 25x5 sin división, necesarias para realizar el tendido del cableado estructurado. | UNID | 1 |
5 | Suministro e instalación del tubo galvanizado 3” necesario para realizar el tendido del cableado estructurado donde sea requerido. | UNID | 1 |
6 | Adecuaciones necesarias de las áreas a intervenir. | UNID | 1 |
7 | Se debe suministrar e instalar los tableros eléctricos necesarios y acometidas eléctricas para el control de los circuitos regular (conexión UPS en cada uno de los cuartos de acuerdo a instrucciones del supervisor del contrato). | UNID | 1 |
8 | Transceiver de fibra 1 GB dual multimodo, el cual debe ser compatible según al modelo del switch del sitio. | UNID | 30 |
9 | Se debe suministrar y configurar la cantidad de PDUs necesarias (Toma múltiple horizontal 12 salidas) para permitir la conexión de los equipos del rack a dos circuitos eléctricos independientes. Deben ser de la misma marca del rack o estar certificadas por el fabricante. | UNID | 10 |
ÍTEM 4: CABLEADO VERTICAL: Suministro y tendido de fibra óptica desde MDA hasta a puntos requeridos. | |||
N° | DESCRIPCIÓN | UNID | CANT |
1 | Patch cord fibra LC-LC multimode 3 mts OM4 50/125um duplex | UNID | 20 |
2 | Bandeja de fibra montaje en pared p/2 acoples max 24 puertos LC | UNID | 12 |
3 | Acople fibra LC multiomodo placa 6 dúplex | UNID | 12 |
4 | Organizador 1u rack frontal | UNID | 12 |
5 | Fibra óptica multimodo OM4 de 12 hilos interior/exterior | UNID | 1000 M |
Suministro e instalación de la fibra óptica como en cada caso se indica: | |||
1. SANTA XXXXX | |||
Suministro, instalación y conectorización de la fibra óptica desde cuarto de equipo de la oficina de Telemática (principal MDA) hasta los cuartos de equipos de: | |||
Hangar Compañía Aérea Piso 2 (bloque administrativo) | |||
Hangar Compañía Aérea Piso 1 (bloque mantenimiento) | |||
Oficina Combustibles (plataforma) | |||
Oficina sala de radio | |||
Bloque administrativo (Compañía Jungla - Intendencia) | |||
Oficina (seguridad a instalaciones Guardia) | |||
2. SAN XXXX DEL GUAVIARE | |||
Suministro, instalación y conectorización de la fibra óptica desde cuarto de equipo de la oficina de Telemática (rack principal) hasta los cuartos de equipos de: | |||
Jefe información y seguridad instalaciones (Guardia) | |||
Auditorio diagonal piscina |
Oficina tanqueador Aravi (contenedor) | |||
Se debe realizar la Conectorizacion de todos los hilos de fibra existentes y nuevas en terminal LC. En cada uno de los sitios. | |||
6 | Marquillado o etiquetado de los patch panel y switchs existentes y nuevos en cada uno de los rack del cuarto de equipos de cada sitio. | UNID | 12 |
7 | Adecuación e interconexión de las puestas a tierra de los cuartos de quipos en cada sitio. | UNID | 12 |
8 | Adecuaciones necesarias de las áreas a intervenir, de requerirse se deben realizar cajas de paso, adecuar ductos subterráneos para interconectar lugares que en la actualidad no lo están en cada uno de las sedes. | GLOBAL |
GENERALIDADES Y DETALLES TÉCNICOS | |
ALCANCE | Suministro, instalación y puesta en funcionamiento de puntos dobles de cableado de cobre para datos, esta infraestructura debe cumplir con todos los estándares internacionales vigentes: ANSI/TIA-568-C o 568-D– 2009+A1:2010, Balanced Twisted-Pair Telecommunications Cabling and Components Standard, ISO/IEC 11801 Ed 2:2010, Information Technology—Generic Cabling for Customer Premises. |
Se entiende por punto doble de cableado lo siguiente: dos conectores x xxxxx de datos activos en un face plate, una toma de energía regulada, una toma de energía no regulada, dos cables de distancia máxima 90 mts cada uno desde patch panel hasta face plate. | |
Se entiende por punto sencillo de cableado lo siguiente: un conector o toma de datos activo en un face plate, una toma de energía regulada, una toma de energía no regulada, un cable de distancia máxima 90 mts desde patch panel hasta face plate. | |
La instalación de los puntos se debe realizar de acuerdo a la ubicación de los puestos de trabajo y/o planos dispuestos por el supervisor del contrato en cada dependencia. | |
El contratista deberá entregar la certificación del cableado estructurado para cada uno de los puntos de cobre, enlaces de fibra óptica y para cada elemento que constituye el canal. | |
El contratista debe realizar pruebas de los bienes suministrados he instalados los cuales deben ser probados y certificados por algún laboratorio independiente como UL, Intertek-ETL para TIA o Delta para ISO. En dicho documento se debe poder verificar el resultado de cada una de las pruebas realizadas sobre un canal de 100 mts y los elementos del mismo claramente identificado. Se deben poder ver los resultados de las siguientes pruebas como mínimo: - NEXT - PSNEXT -RL -ACRF -PSACRF -TCL -IL -PSANEXT -PSAACRF | |
Todos los elementos de infraestructura de cableado estructurado que conformaran el canal de comunicación deberán ser monomarca, no se aceptarán productos con diferentes marcas así pertenezcan al mismo grupo económico de manera que se asegure la total compatibilidad electrónica entre los elementos de cableado, se prevengan degradaciones en el desempeño de la red y se tenga un único punto de contacto en caso tener que hacer efectiva la garantía. | |
El contratista debe retirar el cableado de red (cable UTP, eléctrico) y canaleta existente, se debe instalar una nueva canalización que cumpla con los estándares RETIE en coordinación del supervisor del contrato. | |
Identificación, marcación y administración del sistema de cableado estructurado de cobre y de fibra óptica, de acuerdo a ANSI/TIA-606-B-2012, Administration Standard for Commercial Telecommunications Infrastructure. | |
El contratista hará una distribución de los circuitos eléctricos regulados y no regulados existentes y se instalarán los circuitos nuevos que sean necesarios, así como también los tableros de distribución que garantice el cumplimiento de los estándares RETIE vigentes. Los circuitos de energía regulada en ningún caso pueden superar 6 tomas por cada uno de estos, y deben ajustarse a lo recomendado por la norma RETIE. | |
Marcación del sistema eléctrico existente, para identificar las salidas y distribución de cada uno de los circuitos existentes, incluyendo sistema eléctrico regulado y sistema eléctrico normal que alimenta los puestos de trabajo. | |
Para la red eléctrica, el contratista instalará nuevamente el cableado eléctrico haciendo reúso del mismo, si se requiere cantidad adicional de cable o instalación de nuevos circuitos estos costos serán a cargo del contratista. Para la instalación de circuitos nuevos, se deberá contar con los espacios libres en los tableros existentes, de no haber espacio en estos, se instalará un tablero nuevo de acuerdo a los circuitos que sean necesarios, esto será a cargo del contratista. |
El contratista debe realizar la marcación de los tableros, circuitos eléctricos regulados y circuitos eléctricos no regulados de los puestos de trabajo cumpliendo con los estándares RETIE. | |
Suministro, Instalación y puesta en funcionamiento del sistema de puesta a tierra de telecomunicaciones de acuerdo a XXXX/XXX-000-X-0000, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Grounding (Earthing) and Bonding Requirements for Telecommunications. | |
Para el diseño de la infraestructura física y la implementación del cableado estructurado, el contratista debe basarse en los estándares: Cumplir con el conjunto de normas ANSI/TIA–568-C o 568-D para instalaciones de cableado. Cumplir norma EIA/TIA 568-C o 568-D Cumplir norma EIA/TIA 568-C o 568-D Cumplir norma EIA/TIA 568-C o 568-D Cumplir norma EIA/TIA 568-C o 568-D ANSI/TIA-569-C o 569-D–2012, Telecommunications Pathways and Spaces, que estandariza prácticas de diseño y construcción dentro y entre edificios, que son hechas en soporte de medios y/o equipos de telecomunicaciones tales como canaletas y guías, facilidades de entrada al edificio, armarios y/o closet de comunicaciones y cuarto de equipos. ANSI/TIA-606-B-2012, Administration Standard for Commercial Telecommunications Infrastructure, que da las guías para marcar y administrar los componentes de un sistema de Cableado Estructurado. ANSI/TIA-607-B-2011, Commercial Building Grounding (Earthing) and Bonding Requirements for Telecommunications. que describe los métodos estándares para distribuir las señales de tierra a través de un edificio. | |
ÁREAS Y SUBSISTEMAS A CONSIDERAR: Entiéndase como elementos de infraestructura de cableado estructurado al conjunto de todos los componentes que se utilizan en la construcción de la red tales como: *Salida de Telecomunicaciones – Jack Module. *Xxxxx Xxxxxxxx en el puesto de trabajo – Faceplate. *Cable U/FTP, categoría 6ª, clasificación LSZH. *Paneles de Conexión - Patch Panel Modular. *Patch Cord de Administración en el cuarto de telecomunicaciones y patch cord en el área de trabajo, clasificados LSZH. *Conectores, acopladores y paneles adaptadores de Fibra Óptica Multimodo. *Bandejas de Interconexión de Fibra Óptica. *Cables de Fibra Óptica para uso interior/exterior preconectorizada. *Patch Cords de Fibra Óptica. *Racks y gabinetes para organización de cableado, equipos activos y servidores. *Organizadores de Cableado Horizontales con manejo de radio de curvatura. *Organizadores de Cableado Verticales con manejo de radio de curvatura. *Sistemas de Marcación del cable, faceplate, patch panel, patch cords, etc. *Sistemas de puesta a tierra de telecomunicaciones excepto los conductores de unión individuales tales como TBB, BCT, TBBIBC, etc. | |
Área de Trabajo: Es el espacio donde sus ocupantes interactúan con los equipos de telecomunicaciones o de cómputo. Para cada área se requiere mínimo un (1) punto doble teniendo en cuenta que por norma ANSI/TIA 568-C o 568-D, 568-C o 568-D y 568-C o 568-D (Commercial Building Telecommunications Cabling Standard), el área de trabajo (AT) debe estar conformada como mínimo con dos salidas de telecomunicaciones modulares que permitan albergar diferentes conectores (UTP y STP, categoría 6A, 6, 5e y 3, fibra óptica con diferentes tipos de conectores tales como (ST, SC, LC FC-PC, Fj, MT-Rj, etc.). Las placas de pared deben tener sello de calidad de UL listado, deben ser CSA registrado y venir con el logo respectivo impreso directamente sobre cada uno de los elementos de cableado estructurado ofrecidos. | |
De acuerdo con la norma ANSI/TIA 568-C o 568-D se debe permitir trabajar con el mapa de cables T568A o el T568B en los conectores, cada uno señalizado con un símbolo y con un número de identificación de acuerdo a una secuencia estandarizada. | |
También, de acuerdo a la norma ANSI/TIA 606-B se debe utilizar un código de identificación que permita una fácil administración para la marcación del Faceplate y del patch panel de acuerdo a lo siguiente: Formato: fs-an Donde: fs = espacio de telecomunicaciones a = uno o dos caracteres alfabéticos identificando el patch panel n = dos o cuatro caracteres numéricos identificando el puerto en el patch panel. | |
En esta área se deben incluir los patch cords que unen los equipos al área de trabajo, los cuales deben ser originales de fábrica y de la misma marca del cable utilizado en el proyecto, de acuerdo con la norma ANSI/TIA 568 C. El conector debe estar diseñado con un mecanismo integral de bloqueo que proteja el ajuste mecánico de la |
conexión, el cual después de haber sido insertado, provea protección para no ser extraído de forma accidental. | |
Estos patch cord deben ser elaborados por el mismo fabricante de la conectividad. | |
De acuerdo a la norma ANSI/TIA 606-B se debe utilizar un código de identificación que permita una fácil administración para la marcación del cable y del patch cord de acuerdo a lo siguiente: Formato: fs-an Donde: fs = espacio de telecomunicaciones a = uno o dos caracteres alfabéticos identificando el patch panel n = dos o cuatro caracteres numéricos identificando el puerto en el patch panel. | |
No se permitirá el uso xx xxxx o anillos plásticos para la identificación en ningún lugar del sistema de cableado estructurado, toda vez que estos pueden afectar el trenzado de los cables disminuyendo su desempeño. | |
Cableado Horizontal: El cableado horizontal es la porción del sistema de cableado estructurado que se extiende desde cada área de trabajo (AT) hasta el cuarto de telecomunicaciones de cada piso del edificio. Este segmento incluye los cables, los conectores del AT, los puntos de consolidación, las terminaciones mecánicas y las conexiones en el cuarto de telecomunicaciones. El Sistema de Cableado Estructurado debe estar diseñado para soportar todas las aplicaciones existentes, incluyendo: 10/100BASE-T, Fast Ethernet, Gigabit Ethernet y 10GBASE-T. | |
Cableado Vertical: Se define como la parte permanente de una red operativa de comunicaciones y tiene como misión cargar el tráfico más pesado de toda la red. Se deberá instalar un segmento vertical para datos. La función de este cableado es proporcionar la interconexión entre cuarto de telecomunicaciones principal y los demás cuartos de telecomunicaciones. Los estándares ANSIA/TIA-568-C o 568-D e IEEE 802.3ae especifican la disposición vertical que conecta varios pisos de un edificio que interactúan con equipos de Telecomunicaciones, los tipos de cableado de cobre y fibra óptica multimodo 50/125 μm ó 62.5/125 μm ó fibra óptica monomodo 9/125 μm, que soporte velocidades de 10 Gbps para datos. Patch Cord de área de trabajo. Salida de Telecomunicaciones – Jack RJ45. Tapa plástica en el puesto de trabajo – Face plate. Cable categoría 6A U/FTP clasificación LSZH. Páneles de Conexión - Patch Panel. Patch Cord de administración en el cuarto de telecomunicaciones. Conectores, acopladores y paneles adaptadores de fibra óptica. Bandejas de interconexión de fibra óptica. Bloques de conexión 110 para sistemas de cobre (puntos de consolidación) desempeño mínimo cat 6A. Cables de Fibra Óptica Patch Cords de fibra óptica Organizadores horizontales con manejo de radio de curvatura. Organizadores verticales con manejo de radio de curvatura PDU: Unidad de Distribución de Potencia Sistema Inteligente y de seguridad en cobre y Fibra Óptica Toma eléctrica normal de 15amp o superior Toma eléctrica tierra aislad de 15amp o superior | |
Rack abierto 34 unidades | Los racks deben tener mínimo 34 UR: Debe cumplir con los requerimientos exigidos por TIA en la norma EIA-310-D. y ANSI/TIA-568-C o 568-D. |
Se ofrecerá Rack tipo metálico con pintura electrostática color negro. | |
El método de construcción de este debe asegurar que la estructura genere continuidad eléctrica al ser armados e incluir los elementos (tornillos, arandelas, bandejas, etc.) que ayuden a hacer el aterrizamento del Rack fácilmente. | |
El Rack deberá poseer una bandeja en la parte superior para el manejo del cable, la cual maneje los respectivos radios de curvatura del cable U/FTP Categoría 6A | |
Debe contar con organizadores verticales de cableado delantero trasero. Debe ser fabricado en material plástico, incorporar dedos para el control de radios de curvatura, huecos para el paso del cableado y transiciones entre el trayecto horizontal y el vertical. | |
También se debe incluir organizadores de cableado horizontal, delanteros y fabricados para proteger los radios de curvatura de los patch cords, es decir que todas las superficies por las que pueda pasar alguno de los cables o patch cords deben ser redondeadas de acuerdo a lo estipulado por TIA/EIA, con un radio de giro de por lo menos 4 veces el diámetro del cable. | |
Organizador es verticales | Deben ser de tipo cerrado con tapa. |
Su construcción debe ser en ABS calificado ABS calificado como UL94HB y clasificado listado UL 94V-0. |
Comprobable en ficha técnica. | |
Debe ser listado UL y cumplir con los requerimientos de la TIA/EIA 568C. | |
Debe incluir: 4 Spools para el correcto manejo del radio de curvatura. retenedores de cable tapa Accesorios de montaje en Rack. | |
La tapa debe poderse abrir tanto para la izquierda como para la derecha sin necesidad de accesorios adicionales. | |
Debe ser delantero. Y cumplir con ANSI/TIA-568-C o 568-D y con ANSI/TIA-1096A (formerly FCC Parte 68. | |
Debe tener la siguiente capacidad como mínimo: 192 cables cat 6A., 384 cables cat 6, 738 cables cat 5E. | |
Dimensiones: Alto 80" x Ancho 5" x Profundo 8.5" | |
Debe estar compuesto por dos secciones de 40" cada una. | |
Los organizadores de cable deben ser originales de fábrica bajo el concepto monomarca junto con el canal de comunicaciones. | |
Organizador es Horizontales | Deben ser de tipo cerrado con tapa. |
Su construcción debe ser en PVC listado UL 94V-0. | |
Deben ser de dos unidades de rack para respetar el radio de curvatura de los cables categoría 6A UTP. Y con dimensiones 3” X 3”. | |
Debe ser listado UL y cumplir con los requerimientos de la TIA/EIA 568C. | |
Debe incluir 4 accesorios para el correcto manejo del radio de curvatura. | |
Debe ser delantero. | |
Debe tener la posibilidad de manejar la tapa abisagrada a 180 grados. | |
Deben poseer accesorios laterales para que los patch cord tengan manejo y control de radio de curvatura y evitar deterioro cuando se dirigen hacia los organizadores verticales. Los organizadores ranurados horizontales deben estar diseñados para soportar accesorios de manejo y organización adicionales tales como retenedores de cable y bisagras para la tapa (éstas últimas para un acceso rápido). | |
Los organizadores de cable deben ser originales de fábrica bajo el concepto monomarca junto con el canal de comunicaciones. | |
Gabinete de Pared 15UR- 24 UR | Para los puntos del área requerida, debe ir instalado un gabinete de pared de 15 UR- 24 UR. |
Debe soportar hasta 250lbs de carga o superior. | |
Debe contar con accesorios propios de organización y adicional Kit de ventilación, en el caso que se requiera. | |
Los rieles internos deben poderse ajustar máximo 1 pulgada, en caso que el equipo activo lo requiera. | |
Patch Panel | Debe estar disponible para categorías 5E, 6 y 6A. |
Debe tener 19 pulgadas de ancho para ser instalados en los racks, deben acomodar al menos 24 0 48 puertos en una 0XX. | |
Xxxxx poseer un sistema de fuerza de retención para proteger y evitar daños por la utilización de conectores de 4 y 6 pines | |
Los jacks utilizados en el herraje deben ser los mismos para media y alta densidad. | |
Debe ser modular puerto por puerto, NO se aceptaran soluciones con cassettes de 4 o 6 puertos en el herraje. | |
Debe ser construido en acero, color negro. | |
Los patch panels deben ser Intelligent ready. Se debe poder hacer el upgrade de los patch panels básicos a inteligentes sin necesidad de cambiarlos. Se debe anexar la ficha técnica correspondiente. | |
Los patch panels serán certificados por UL y CSA. Y cumplir con ANSI/TIA-568-C o 000-X | |
Xxxx soportar los dos mapas de cableado T568A y T568B los cuales deben estar identificados en un lugar visible del patch panel. | |
Estos deben ser elaborados por el mismo fabricante de la conectividad. | |
Cable fibra óptica multimodo | Los cables de fibra óptica: Deben ser de 12 hilos, con conectores LC en cada extremo. |
Los conectores LC deben tener una terminación UPC. Se aceptaran soluciones terminadas en campo. | |
La fibra óptica deberá ser Riser I/O dry loose tube o tipo LSZH | |
Los cables de interconexión entre los adaptadores deben cumplir con los requerimientos de desempeño de TIA/EIA 568 C.3, IEEE 802.3ae rev. 2002, adheres to TIA-942 data center design guidelines. | |
Un cable debe ser de 12 hilos de fibra óptica de uso interior LSZH -3 (riser) 50um multimodo con capacidad de manejar 10G hasta 300 metros y con conectores LC Duplex en cada extremo. | |
Deben ser probados según IEEE 802.3ae 10 GbE para soportar velocidades de transmisión de hasta 10Gbps para enlaces de hasta 300m de longitud. | |
El tamaño de los hilos de fibra (Breakout) desde la bifurcación del cable debe ser de 90cm. Y así mismo, deben tener una chaqueta de 2mm. No se aceptarán con chaquetas de 900um. | |
El cable debe tener una coraza externa que proteja la fibra óptica y que permita su instalación y tendido por las bandejas porta cables. | |
Debe tener una perdida por inserción máximas de 0.5db por mated pair, y 0.2db típicas. |
Debe tener una perdida por retorno mínima de -25db por mated pair. | |
Debe tener certificación ETL. | |
Debe ser certificado de fábrica. | |
Debe anexar con la entrega de los puntos de cableado, garantía por 30 años certificados por el fabricante. | |
Estos deben ser elaborados por el mismo fabricante de la conectividad. | |
Patch Cord de Fibra Óptica | Deben ser probados para soportar velocidades de transmisión hasta de 10 Gb/s. |
Compatibles con todos los sistemas de fibra 50/125 µm presentes y futuros. | |
Patch cord de fibra, estos deben ser originales de fábrica con conector multimodo de 50/125µm OM4, LC – LC de 2 metros. | |
Deben estar disponibles con bota de seguridad, con la cual se asegure la no desconexión del patch cord sin la respectiva herramienta de extracción. Esta bota debe ser de fábrica. No se aceptaran accesorios adicionales para terminación en campo. | |
Las pérdidas por retorno deben ser mayores a -24dB. | |
100% probados e inspeccionados para un desempeño óptimo. | |
Deben estar disponibles en diversas longitudes y configuración de sus conectores (LC, SC, ST, pigtail, etc) | |
Estos deben ser elaborados por el mismo fabricante de la conectividad. | |
Bandejas de Fibra Óptica | Las Bandejas de fibra para fibras de 50/125µm OM3, deben poseer capacidad para 24 puertos para terminaciones SFF (Small Form Factor): LC. Además de proporcionar la capacidad de instalar terminaciones tipo ST, LC, SC, MTP 12 hilos en la misma bandeja. |
La bandeja de fibra debe ser de 24 puertos para terminaciones SFF y debe ocupar una unidad de rack. | |
Debe existir una bandeja de fibra de una unidad de rack para cada centro de cableado como mínimo. | |
La bandeja debe permitir la instalación de conectores XXX Xxx 0X, XXX Cat 6, UTP cat 6A, conectores coaxiales tipo BNC y tipo F, Conectores RCA tipo 110, RCA tipo Pass Though, RCA tipo soldadura todos estos para Audio, Conectores S-Video tipo Pass-Through, S-Video tipo 110, HDMI y USB. | |
La bandeja debe estar compuesta por adaptadores tipo LC dúplex OM3, para soportar aplicaciones de 10G a 300 metros. | |
Debe tener variedad de adaptadores para instalar en la bandeja con conectores ST, SC, LC, MT-RJ, MTP. Estos adaptadores deben ser construidos en acero calibre 16”. | |
Las bandejas de fibra deben tener tapa delantera y trasera removibles con posibilidad de agregar seguro y llave. | |
Deben tener la posibilidad de ser deslizables para adelante. | |
Debe tener la posibilidad de agregar Splice trays o bandejas para empalme. | |
Debe tener una profundidad de 12’’ para organizar los loops de fibra e incluir todos los accesorios necesarios para esto. | |
Debe estar disponible en versiones de 1U de 1.75¨ Alt, 2U 3.5¨ Alt, 3U 5.25¨ Alt y debe estar fabricada en lamina, con pintura electroestática negra. que cumpla con la norma UL,CE. | |
Debe poder montarse en racks o gabinetes de 19’’ o 23’’. Esta debe tener entrada de cables en los lados, en la parte inferior y en la parte superior. | |
Estos deben ser elaborados por el mismo fabricante de la conectividad. | |
Conectores Tipo Pulido en Campo OM3 | Conector de fibra óptica, SFF (small form factor), pre-pulido en fábrica, LC, tipo OM3/OM4, 50/125mm. |
Deben cumplir y ser compatibles con XXX/XXX-000 XXXXX-00; y exceder los requerimientos de la TIA/EIA-568-B.3. | |
Las pérdidas por inserción deben ser máximo de 0.3 dB en promedio para conectores multimodo y monomodo. | |
Las pérdidas por retorno deben ser > 20 dB para conectores del tipo multimodo. | |
Los hilos de la fibra óptica del cable deben ser del tipo tight-buffered de 900 mm. | |
Deben ser conectores xx xxxxxx en campo. | |
El ferrul debe ser de Zirconia-Cerámica de 1,25 mm de diámetro. | |
El conector tipo pulido en campo debe ser elaborado por el mismo fabricante de los elementos que conforman el canal de comunicaciones en fibra óptica. | |
Cable U/FTP Cat 6A | Debe cumplir o superar las especificaciones de las normas ANSI/TIA 568-C o 568-D CAT 6A, ISO/IEC 11801 Class EA, IEC 61156-5, EN50173. IEC 60332-1 , IEC 61034-2, IEC 60754-1, IEC 60754-2. |
Debe ser de tipo U/FTP. | |
Los conductores deben estar perfectamente entorchados en pares y los cuatro pares contenidos en una chaqueta. El cobre interno debe tener 23 AWG. | |
La chaqueta del cable debe ser continua, sin porosidades, y con especificación de su cubierta tipo LSZH, no se aceptaran CM, CMR ni CMP. | |
El color de la chaqueta deberá ser color xxxx x xxxxxx. | |
El diámetro externo máximo del cable es de 7.9 mm. | |
No se aceptarán cables con conductores pegados u otros métodos de ensamblaje que requieran herramientas especiales para su terminación | |
El código de colores de pares debe ser el siguiente: Par 1: Azul-Blanco/con una franja azul en el conductor blanco. |
Par 2: Xxxxxxxxxx-Xxxxxx/con una franja anaranjada en el conductor blanco. Par 3: Verde-Blanco/ con una franja verde en el conductor blanco. Par 4: Marrón-Blanco/ con una franja marrón en el conductor blanco. | |
Resistencia DC 8.2 a 19 ohm por 100m a 20° C | |
Desbalance resistencia DC 2 % a 20° C | |
Capacitancia Mutua 5.6 nf/100m at 1kHz | |
Desbalance de capacitancia 160 pF/100 m a 1 KHz | |
Delay Skew max 45 ns/100 m. | |
Velocidad de Propagación 67% al 80 %nominal. | |
Debe estar probado por un tercero por lo menos hasta 500Mhz. | |
Debe tener cumplimiento RoHS 2. Se debe anexa ficha técnica donde se vea esta característica. | |
Debe permitir en su instalación al menos un radio mínimo de curvatura de 4 veces su diámetro externo. Y tener certificado ETL component rated (certificado ETL solo del cable). | |
El cable debe cumplir mínimo con los siguientes rangos de temperatura: Para la instalación entre 0ºC y 50ºC y para operación entre – 20ºC a 60ºC. | |
Estos deben ser elaborados por el mismo fabricante de la conectividad. | |
Patch Cord de Usuario Categoría 6A | Deben estar construidos en cable FTP de cobre sólido, 26AWG y plugs modulares en cada uno de sus extremos. |
Deben estar disponibles con bota de seguridad. Esta bota debe ser de fábrica. No se aceptaran accesorios adicionales para terminación en campo. | |
Los contactos de los plugs deben tener un recubrimiento de oro de 50 micro pulgadas de oro. y cumplir con ANSI/TIA-568-C o 568-D; ISO/IEC 11801 Clase EA; Listado culus. | |
Deberán ser construidos directamente en fábrica y certificados como estipula la TIA/EIA, adicionalmente deben venir en su bolsa original de empaque. | |
No se aceptarán patch cord fabricados localmente. | |
Los plugs usados para los patch cords deben venir diseñados para que estos eviten trabarse al momento de conexión o desconexión de los equipos activos (Tarjetas de Red). Todo lo anterior, con el fin de permitir un crecimiento adecuado de la red, ordenado y evitar daños. | |
Estos deben ser elaborados por el mismo fabricante de la conectividad. | |
Debe cumplir especificaciones de desempeño para Categoría 6A según requerimientos del estándar ANSI/TIA/EIA 568C. y Power over HDBaseT (PoH) – comprobable en ficha técnica. | |
Debe ser compatible con Categoría 3, 5e y 6. | |
Patch Cords Administraci ón Cat 6A | Deben estar construidos en cable FTP de cobre sólido, 26AWG y plugs modulares en cada uno de sus extremos. |
Deben estar disponibles con bota de seguridad. Esta bota debe ser de fábrica. No se aceptaran accesorios adicionales para terminación en campo. | |
Los contactos de los plugs deben tener un recubrimiento de oro de 50 micro pulgadas de oro. y cumplir con ANSI/TIA-568-C o 568-D ; ISO/IEC 11801 Clase EA ; Listado cULus. | |
Deberán ser construidos directamente en fábrica y certificados como estipula la TIA/EIA, adicionalmente deben venir en su bolsa original de empaque. | |
No se aceptarán patch cord fabricados localmente. | |
Los plugs usados para los patch cords deben venir diseñados para que estos eviten trabarse al momento de conexión o desconexión de los equipos activos (Tarjetas de Red). Todo lo anterior, con el fin de permitir un crecimiento adecuado de la red, ordenado y evitar daños. | |
Estos deben ser elaborados por el mismo fabricante de la conectividad. | |
Debe cumplir especificaciones de desempeño para Categoría 6A según requerimientos del estándar ANSI/TIA/EIA 568C. y Power over HDBaseT (PoH). | |
Debe ser compatible con Categoría 3, 5e y 6. | |
Salidas de telecomunica ciones (Jack RJ45) categoría 6A. | Debe tener desempeño certificado en un canal con 4 conexiones, de 100m y exceder los requerimientos de a ANSI/TIA-568-C o 568-D, ISO/IEC 11801 Class EA, IEEE 802.3an 10GBASE-T, cULus Listed, ANSI/TIA-1096-A (formerly FCC Part 68). |
Debe soportar los dos mapas de cableado T568A y T568B los cuales deben estar identificados en un lugar visible del conector. | |
Debe ser de dos piezas, el conector y la tapa protectora del cable. | |
Deben incluir un accesorio reductor del Alien Crosstalk para proteger del ruido generado por las salidas adyacentes. | |
Deben tener pintura metálica en los costados para mejorar la protección contra el Alien Crosstalk. | |
Los conectores deben poseer contactos terminales provistos de un recubrimiento de 50 micro pulgadas de oro, con lo cual se asegura de por vida que no existan problemas de sulfatación. | |
Deben permitir la instalación de una tapa guardapolvo (original de fábrica) exterior a estos elementos con el fin de proteger contra el polvo y los agentes contaminantes. La tapa guardapolvo debe tener la posibilidad de ser rotulada mediante un label externo, con el cual se identificada fácilmente el tipo de servicio que presta la salida (fax, video, |
datos, teléfono, etc). | |
Deben poseer un sistema de fuerza de retención para proteger y evitar daños por la utilización de conectores de 4 y 6 pines. | |
Los conectores deben tener : •IEEE 802.3at (Type 1) Power over Ethernet (XxX) applications up to 15.4 watts • IEEE 802.3at (Type 2) Power over Ethernet (PoE+) applications up to 30 watts • IEEE 802.3bt/D1.7 (Type 3) Power over Ethernet (PoE+) applications up to 60 watts • IEEE 802.3bt/D1.7 (Type 4) Power over Ethernet (PoE+) applications up to 100 watts • Cisco Universal Power Over Ethernet (UPOE) applications up to 60 watts • Power over HDBaseTTM (POH) applications up to 100 watts | |
Deben incluir xxxxxx de separación de pares en su parte trasera para facilitar la instalación. | |
Xxxxx poseer una tarjeta electrónica que mejore el desempeño tanto de canal como enlace permanente. | |
Estos deben ser elaborados por el mismo fabricante de la conectividad. | |
Placas de pared | Placa de pared debe tener como mínimo un puerto modular para alojar diferentes tipos de conectores como UTP, FTP, RCA, HDMI, fibra óptica, etc. |
Las placas deben ser listadas UL, certificadas CSA, cumplir FCC Parte 68 y las especificaciones TIA/EIA 568C. | |
El material de estas placas debe ser ABS de alto impacto. Cumpliendo (UL 1863 & CAN/CSA-C22.2 No. 182.4). | |
Deben estar disponibles en configuraciones de 1, 2, 3, 4 y 6 puertos según sea el caso. | |
Las placas deben incluir como mínimo una ventana para hacer la marcación, esta ventana debe ser compatible con los requerimientos del estándar TIA/EIA-606. | |
El plástico de la placa debe cumplir el estándar UL 94V-0. | |
Debe incluir las etiquetas y sus respectivas protecciones para la identificación del puerto. | |
Las placas deben estar armadas con una toma de datos. | |
Las placas deben ser elaboradas por el mismo fabricante de la conectividad. | |
El logo del laboratorio UL debe estar impreso directamente sobre cada elemento face plate. | |
Toma Eléctrica Normal | La toma de debe ser de 15ª o mayor, color blanco. |
Debe ser construida en Nylon Termo-plastico de alta Resistencia a impactos. | |
Debe anexar con la entrega de los puntos de cableado, garantía por 5 años certificados por el fabricante. | |
Debe contar con certificado RETIE, y UL y CSA. | |
Toma Eléctrica Tierra Aislada (regulada) | La toma de debe ser de 15A o mayor, color naranja. |
Debe ser construida en Nylon Termo-plastico de alta Resistencia a impactos. | |
Debe contar con certificado RETIE, y UL , CSA. | |
Debe anexar con la entrega de los puntos de cableado, garantía por 10 años certificados por el fabricante. |
Identificación y señalización: | Se debe definir cada elemento del cableado estructurado, identificándolo de forma única y que permita realizar una perfecta administración de acuerdo a ANSI/TIA-606-B- 2012. El contratista deberá entregar la respectiva documentación organizada en una base de datos, la cual debe contener información detallada de (cables, hardware de terminación, distribuidores de conexión cruzada, conduits, bandejas, canaletas, cuartos de telecomunicaciones etc.), las marquillas de identificación deben ser colocadas en cada elemento para ser identificados usando material adhesivo. No se permitirán aros o anillos plásticos. | Esta marcación debe cumplir estrictamente con los parámetros y norma ANSI/TIA-606-B- 2012 utilizando marquillas autoadhesivas profesionales, auto-laminables y cuya impresión se pueda hacer con impresoras para los diferentes componentes; con el modelo de clases, teniendo en cuenta que son cuatro clases (clase 1, clase 2, clase 3, y clase 4). La marcación se debe llevar a cabo utilizando estos parámetros definidos dentro de la Norma ANSI/TIA-606-B-2012, con el modelo de clases, teniendo en cuenta que son cuatro clases (clase 1, clase 2, clase 3, y clase 4). |
Sistema de Tierras para Telecomunicaciones | Debe cumplir con el estándar y las normas ANSI/TIA-607- X-0000, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Grounding (Earthing) and Bonding Requirements for Telecommunications, IEEE Std 1100 (IEEE Emerald Book), EIA/TIA-942A, UL, y CSA que describe los métodos estándares para distribuir las | Cada conductor de unión para telecomunicaciones deberá estar etiquetado. La marcación deberá estar lo más cerca posible del punto de terminación. Las marquillas no deberán ser metálicas. |
señales de tierra a través de un edificio. Los sistemas de tierra para telecomunicaciones son una parte integral del cableado estructurado al que soportan. Este sistema ayuda a proteger al ser humano a voltajes y corrientes peligrosas para su integridad, a proteger al equipo electrónico de telecomunicaciones que utiliza la red física de cableado y a proteger la información que va por la red física de cableado. | El kit de aterrizamiento de equipos para rack o gabinete debe incluir la barra, los tornillos y el antioxidante para poder realizar su montaje adecuadamente. Adicionalmente y certificado CSA. | |
Todos los conductores de unión usados en el sistema (aterrizamiento de racks, equipos activos, etc.) deben hacer parte de un kit elaborado en fábrica, que contenga todos los elementos requeridos para su montaje, que disminuya el tiempo de instalación, y certificados CSA y CE. | ||
El sistema debe contar con un puerto de descarga electrostática y una manilla con las siguientes características: - Debe poder alojar manillas estándar con plugs de 4mm. - Debe poderse montar en la parte frontal o posterior del rack o gabinete para facilidad en el acceso. - El conector de potencia usado debe tener un ángulo de 45º, ser de dos huecos para evitar rotaciones y debe estar marcado con el símbolo de protección de tierras universal. - La manilla debe poseer un cordón bobinado de 6 pies, una resistencia de 1 mega ohm. Adicionalmente, debe ser listada UL (90P1C) y cumplir con ANSI/ESD 20.20, MIL- STD-1686 y EIA62. | ||
Las barras de aterrizamiento para telecomunicaciones (TGB y TMGB) deben cumplir con los requerimientos de BICSI y ANSI/TIA-607-B-2011 ser cULs listadas. | ||
Las barras de aterrizamiento para telecomunicaciones (TGB y TMGB) deben ser elaboradas de cobre de alta conductividad y tener una capa delgada xx xxxxx para evitar la corrosión. | ||
Las barras de aterrizamiento para telecomunicaciones (TGB y TMGB) deben venir pre-ensambladas con brackets y aisladores para una instalación rápida. | ||
Los conectores de potencia usados para ponchar los cables de unión de los elementos deben cumplir con ANSI/TIA-607-B-2011, y cumplir con NEBS Level 3. | ||
Los conectores de potencia usados para ponchar los cables de unión de los elementos deben ser listados UL y certificados CSA para uso en aplicaciones de hasta 35 KV y temperaturas de 90ºC. | ||
Para las derivaciones en conductores como empalmes o pigtails dentro del sistema, se |
deben utilizar conectores con las siguientes características: | ||
- Pueden ser tipo H, G, I. | ||
- Listado UL y Certificado CSA. | ||
- Cumplimiento RoHS. | ||
- Terminar una amplia gama de conductores y combinaciones entre sólidos y flexibles. | ||
- Tener un diseño ranurado que permita un ensamble rápido y sencillo con la ayuda de amarres plásticos 94 V0. | ||
- Debe estar marcado con un código de color y número de dato para la correcta selección de las herramientas. | ||
- Conexión Listada UL y certificada CSA hasta para 600 Voltios cuando se realiza con la herramienta y dados recomendados por el fabricante. | ||
- Debe poseer cubierta plástica transparente, clasificado UL 94 V0 de flamabilidad, y un índice de oxígeno de 28, lo que proporciona propiedades retardante de flamas y auto extinción de fuego. | ||
En caso de utilizar piso falso en algún espacio de telecomunicaciones, los pedestales que lo soportan deberán estar aterrizados a través de conectores con las siguientes características: | ||
- Pueden ser tipo H, G, I. | ||
- Listado UL y Certificado CSA. | ||
- Diseñados para unir perpendicularmente los conectores de la malla de alta frecuencia según la ANSI/TIA-942-A-2012. | ||
- Deben acomodar conductores entre 6 y 1/0 AWG. | ||
- Debe poder acomodar tanto pedestales redondos como cuadrados. | ||
- Debe cumplir RoHS. | ||
- La grapa que sostiene los cables deberá estar elaborada de una aleación de cobre de alta conductividad. | ||
Todos los conductores de unión del sistema serán de cobre y aislados, de color verde y amarillo. Los elementos tales como TBB, BCT y TBBIBC podrán ser de fabricación local y no es requisito que sean hechos por el mismo fabricante de la conectividad, sin embargo deben seguir la especificación de la norma en cuanto al calibre a utilizar, deben cumplir con la normas y códigos locales, deberán utilizar los elementos de terminación enumerados anteriormente y su proceso de ponchado se lleve a cabo mediante las herramientas profesionales que aseguren una conexión |
superior disponible. | con | la | más | alta | confiabilidad | ||
Cada conductor de unión para telecomunicaciones deberá estar etiquetado. La marcación deberá estar lo más cerca posible del punto de terminación. | |||||||
Resumen de estándares | El Sistema de Cableado Estructurado debe cumplir con las especificaciones de la categoría 6A y las recomendaciones consignadas en los siguientes estándares: | ANSI/TIA-568-C o 568-D– 2009+A1:2010+A2:2012, Generic Telecommunications Cabling for Customer Premises. | |||||
ANSI/TIA-568-C o 568-D–2009+A1:2012, Commercial Building Telecommunications Cabling Standard. | |||||||
ANSI/TIA-568-C o 568-D–2009+A1:2010, Balanced Twisted-Pair Telecommunications Cabling and Components Standard. | |||||||
ANSI/TIA-568-C o 568-D–2009+A1:2011, Optical Fiber Cabling Components Standard. | |||||||
ANSI/TIA-569-C o 569-D–2012, Telecommunications Pathways and Spaces. | |||||||
ANSI/TIA-606-B-2012, Administration Standard for Commercial Telecommunications Infrastructure. | |||||||
ANSI/TIA-607-B-2011, Commercial Building Grounding (Earthing) and Bonding Requirements for Telecommunications. | |||||||
ANSI/TIA-942-A-2012, Telecommunications Infrastructure Standard for DataCenters. | |||||||
Los resultados de las pruebas de laboratorio deben arrojar por lo menos los siguientes valores (peor caso) para sus respectivas pruebas: | Freq. (Mhz) 500 | ||||||
IL (peor caso dB) ≤ 46,6 | |||||||
RL (peor caso dB) ≥ 21,2 | |||||||
NEXT (peor caso dB) ≥ 40 | |||||||
ACRF (dB) ≥ 22,0 | |||||||
PSNEXT (peor caso dB) ≥ 78,1 | |||||||
PSAACRF (peor caso dB) ≥ 42.6 | |||||||
PSACRF (peor caso dB) ≥ 19.5 | |||||||
TCL (peor caso dB) > 31,4 | |||||||
Consideraciones técnicas operativas generales | y | El contratista antes de iniciar cualquier actividad de implementación, deberá coordinar, planificar y desarrollar una Ingeniería de Detalle para prevenir inconvenientes u obstáculos que se puedan presentar en el montaje de cada una de las infraestructuras. | |||||
El contratista deberá garantizar la conectividad de todos los elementos activos y pasivos ofertados | |||||||
El personal de instalación y supervisión que se encuentre en las instalaciones deberá estar completamente identificado y deberá cumplir con todos los requisitos establecidos por la ley en cuanto seguridad social integral, seguridad industrial, salud ocupacional y aportes parafiscales. No se aceptará el ingreso del personal, contratistas o subcontratistas del proponente escogido por parte de la entidad, que no presente antes de comenzar cualquier instalación sus afiliaciones vigentes a la A.R.P., E.P.S. y Pensiones. | |||||||
El contratista, deberá informar a la entidad por escrito los nombres, apellidos y documentos de identificación del personal, contratistas o subcontratistas autorizados para realizar los trabajos. | |||||||
Todo el personal de instalación y supervisión deberá estar completamente dotado por parte del Contratista de todos los elementos de protección y seguridad industrial como son botas, cascos, overoles, gafas, tapabocas, guantes, etc. necesarios para el adecuado desarrollo de los trabajos, minimizando la posibilidad de accidentes y problemas de salud del personal o sus contratistas o subcontratistas. | |||||||
Los técnicos encargados de la instalación que el contratista asigne, antes de comenzar la implementación deberán presentar a la entidad los certificados donde el fabricante los avala como personal idóneo para realizar la instalación de los sistemas de cobre y fibra óptica a implementarse. | |||||||
El contratista se responsabiliza por cualquier trabajo o actividad mal ejecutada, que se realice en contra de |
las normas de estabilidad y calidad. | ||
Durante el desarrollo del contrato, el supervisor podrá revisar e inspeccionar todo proceso y estado general del contrato, y ordenar la remoción de cualquier parte o elemento, que no cumpla con las condiciones técnicas, así mismo, ordenará el retiro de cualquier material que no reúna las condiciones de calidad, estabilidad o presentación estética, además debe reparar o subsanar los daños causados a la infraestructura de o elementos durante la ejecución del mismo. | ||
Los escombros y deshechos deberán ser retirados de las instalaciones de la entidad por el contratista, manteniendo siempre en perfecto estado de limpieza las áreas donde se desarrolle el contrato. | ||
El contratista deberá presentar un listado completo de las Herramientas y Equipos de Medición profesionales que se requieran y vayan a utilizar para desarrollar de manera adecuada los trabajos de implementación. Estas herramientas deberán estar avaladas y certificadas. | ||
El contratista deberá disponer de un personal que en caso de requerirse deberá laborar en horario nocturno o días festivos, para efectos de no causar traumatismos en las labores cotidianas de la Dirección de Antinarcóticos, el supervisor podrá indicar alguna variación de este horario | ||
El Contratista debe otorgar a la entidad una garantía del Fabricante del sistema de conectividad, de aplicación de mínimo 25 años a través de un Integrador Certificado. Esta garantía será válida para los canales de comunicaciones del cableado estructurado en cobre categoría 6A UTP, y para los enlaces de cableado en Fibra Óptica Multimodo. | ||
El contratista será el responsable de los daños y/o fallas que se ocasionen a sistemas, equipos, redes, obras civiles internas o externas, oficinas y espacio público. En caso de que estas se presenten se reestablecerán al estado original y los costos serán a cargo del contratista. | ||
El contratista deberá presentar las siguientes certificaciones directas del fabricante de la solución ofertada, dirigidas expresamente al contratante específico, las cuales deberán tener fecha de expedición no mayor a 30 días a la presentación de la oferta. | El contratista del sistema de conectividad que instalará la solución debe anexar y cumplir estrictamente con la siguiente documentación: Certificación donde el fabricante autorice al contratista y conste que es un Integrador Certificado lo cual lo hace idóneo para diseñar, instalar y colocar en funcionamiento la solución presentada. Esta certificación se debe anexar a la propuesta y deberá estar vigente a la fecha de presentación de la misma. Certificación donde el fabricante ofrece a través del contratista un acompañamiento directo o virtual en la ejecución del proyecto con el fin de asegurar las buenas prácticas en el uso de sus soluciones y cumplimiento de la normatividad vigente. | |
El contratista deberá destinar un ingeniero que acompañe toda la ejecución del contrato, el cual debe estar certificado como diseñador e instalador de la solución propuesta. Deberá ser un Ingeniero Electrónico, Eléctrico, de Sistemas, de telemática, o de Telecomunicaciones con Matricula Profesional vigente y con experiencia en la implementación de soluciones de cableado estructurado (anexando certificación) y tarjeta profesional. Además, debe anexar certificación por parte del fabricante de un curso de diseñador, especificador e instalador de soluciones de Data Center con una intensidad no menor a 60 horas, dicha documentación debe ser presentada al supervisor del contrato para el aval de la misma previo inicio de la ejecución del contrato. | ||
El contratista deberá presentar los certificados vigentes de ISO 9001 del Fabricante de la solución de Cableado Estructurado. | ||
El contratista deberá anexar todos los certificados ETL o UL de los productos ofrecidos para los sistemas que apliquen estas certificaciones. Se exige que la solución propuesta este probada y certificada por el laboratorio independiente ETL y se debe anexar su certificación, esta certificación con fecha de expedición no mayor a 5 años y con pruebas de la norma ANSI/TIA 568C. No se aceptan pruebas sobre draft de la norma. Esta prueba como requisito indispensable deberá tener involucrados los mismos números de parte del fabricante que se presenten con la oferta y que luego se deben instalar en la ejecución del contrato. La verificación se realizará mediante cada uno de los catálogos de cada elemento que deberán ser anexados en la propuesta. • Las pruebas ETL deben ser de canal, 90 mts + Patch cords, incluye punto de consolidación, del cableado estructurado. No se aceptaran pruebas ETL sin punto de consolidación. | ||
El contratista deberá certificar que cuentan con todos los elementos en Colombia para la firma del contrato. El contratista deberá ofrecer una contingencia si se presenta alguna falla que afecte el normal funcionamiento de la plataforma tecnológica durante la ejecución del mismo. | ||
Entregables | El contratista deberá hacer entrega de la siguiente documentación: | Planos con la ubicación de los puntos de cableado estructurado. |
Planos eléctricos normales y regulados. | ||
Diagramas unifilares. | ||
Certificaciones en forma magnética y en forma física de cada uno de los puntos de cableado estructurado. | ||
Plan de marquillado y etiquetado de cableado eléctrico y estructurado. |
ANEXO No 3
ÍTEM | NORMATIVIDAD AMBIENTAL |
1 | El contratista no debe encontrarse registrado en el Registro Único de Infractores Ambiental RUIA. |
2 | Cualquier infracción ambiental por omisión de permisos, concesiones o licencias ambientales que hubiese sido necesario tramitar antes del inicio, durante y al final del contrato, serán asumidas como responsabilidad del CONTRATISTA. |
3 | Los elementos que conforman los equipos eléctricos y electrónicos deben considerar el uso de elementos reciclables y que sus baterías y acumuladores no contemplen cadmio, plomo o mercurio. |
4 | El contratista cumplirá con lo estipulado en el Decreto No. 1076 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible." TÍTULO 6 RESIDUOS PELIGROSOS - para que este una vez terminada la vida útil de los bienes que provea a la entidad, los reciba nuevamente y proceda a realizar su disposición final adecuada. |
Dirección de Antinarcóticos
ORIGINAL FIRMADO
Brigadier General XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX
Director de Antinarcóticos (E)
Contratista
ORIGINAL FIRMADO
XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXX
Cedula de Ciudadanía No. 39.652.888 de Bogotá Representante Legal CONSORCIO CABLEADO ANTINARCOTICOS
Elaboró: PT. XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX Analista de Contratos DIRAN | Revisó: TE. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX Jefe Grupo Contratos DIRAN (E) | Revisó: TC. XXXXX XXXXXX XXXXXXXXXXX Jefe Área Administrativa y Financiera DIRAN | Revisó: TE. XXXX XXXXXXXXX XXXXX Asesor Xxxxxxxx XXXXX (E) |