PALACIO DE CONGRESOS DE VALENCIA
XXXXXXX DE CONGRESOS DE VALENCIA
CONDICIONES PARA EL CONTRATO DEL SERVICIO DE TELEFONÍA FIJA, CENTRALITA DE VOZ Y ACCESOS A INTERNET
VALENCIA, NOVIEMBRE 2014
ÍNDICE
1.- OBJETO DEL CONTRATO
2.- PLAZO Y FORMA DE PAGO
3.- DURACIÓN DEL CONTRATO
4.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
5.- RIESGO Y XXXXXXX
6.- JURISDICCIÓN COMPETENTE
7.- OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA
8.- PRECIO
9.- ADJUDICACIÓN
10.- FALTAS Y SANCIONES
11.- INFORMACIÓN SOBRE EL EDIFICIO
1.- OBJETO
1.- OBJETO DEL CONTRATO
El presente documento tiene por objeto definir el alcance del CONTRATO DEL SERVICIO DE TELEFONÍA FIJA, CENTRALITA DE VOZ Y ACCESOS A INTERNET EN EL XXXXXXX DE CONGRESOS DE VALENCIA.
2.- PLAZO Y FORMA DE PAGO
El pago del precio de los servicios se efectuará mediante facturación mensual que presentará la empresa adjudicataria para su aprobación. Las facturas, una vez dado el visto bueno, se liquidarán 90 días fecha factura con vencimiento día 1.
Se entenderá que en las ofertas y en los precios aprobados están incluidos todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, toda clase de tributos, así como los que pudieran establecerse durante la vigencia del contrato.
Los adjudicatarios entregarán al Consorcio Xxxxxxx de Congresos de Valencia, en el plazo de 10 días desde la firma de este contrato y en todo caso con anterioridad a la fecha de la primera factura emitida por los adjudicatarios, el certificado específico de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias emitido a estos efectos por la Administración Tributaria, según lo previsto en el artículo 43.1.f) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Los adjudicatarios deberán tener adaptado su proceso de facturación a la factura electrónica, debiendo anexar el resto de documentación solicitada por el Consorcio y relacionada con la facturación en documento PDF.
3.-DURACIÓN DEL CONTRATO
El contrato tendrá una duración de DOS AÑOS. Prorrogables por 2 años más.
4.- PRESENTACION DE PROPOSICIONES
Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados denominados A y B y en cada uno de los cuales se hará constar el contenido, en la forma que se indicará, y el nombre del licitador.
A. Sobre « A », denominado proposición económica, se presentará en sobre cerrado, en cuyo anverso se escribirá: “PROPOSICIÓN ECONÓMICA PARA ADJUDICAR EL CONTRATO DEL SERVICIO DE TELEFONÍA FIJA, CENTRALITA DE VOZ Y ACCESOS X XXX XXXXXXX DE CONGRESOS DE VALENCIA”.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, ni presentar propuesta en régimen de agrupación temporal de empresas si lo ha hecho individualmente, con la penalización, en su caso, de la desestimación de todas las proposiciones por él presentadas. En este sobre se incluirá la oferta económica.
B. Sobre « B », denominado oferta técnica y mejoras, expresara la inscripción: “ DOCUMETACIÓN DE LA OFERTA TÉCNICA Y MEJORAS”
a. Certificados de calidad.
b. Entidad de empresas: organigrama, nº de trabajadores de los dos últimos años.
C. Sobre « C », denominado personalidad, capacidad y solvencia, expresará la inscripción : “DOCUMENTACION PARA ADJUDICAR EL CONTRATO DEL SERVICIO DE TELEFONÍA FIJA, CENTRALITA DE VOZ Y ACCESOS A INTERNET DEL PALACIO DE CONGRESOS DE VALENCIA”, y contendrá la siguiente documentación que se facilitará respetando este orden:
a. Copia legalizada por notario del DNI del firmante de la proposición.
b. Escritura de poder otorgado a su favor, bastanteada por el Servicio Jurídico Municipal, acompañado de declaración de vigencia del mismo.
c. Si el licitador fuere persona jurídica presentará fotocopia bastanteada por notario de la escritura de constitución o modificación.
d. Declaración responsable del licitador de no hallarse comprendido en ninguna de las prohibiciones de contratar
e. Certificación de estar al corriente en el pago de las obligaciones en materia de tributos locales (los referentes a Impuesto de Bienes Inmuebles, Impuesto de Actividades Económicas y demás gravámenes municipales)
f. Certificación de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias autonómicas
g. Certificación de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias estatales
h. Certificación de estar al corriente en el pago de obligaciones de Seguridad Social.
i. Ultimo recibo del pago del I.A.E. en el municipio de Valencia o en un municipio de la provincia de Valencia.
j. Escrito detallando nombre, domicilio, número de teléfono y número de fax a efectos de comunicaciones oficiales de cuanto se relacione con este concurso y su adjudicación.
k. La documentación exigida en las presentes bases de contratación en la cláusula VII.- “Adjudicación”, y que sea necesaria para poder puntuar según los criterios que se especifican en dicha ficha.
l. Póliza de seguros de responsabilidad civil. Importe por siniestro.
m. Facturación de los tres últimos ejercicios cerrados.
n. Relación de clientes por facturación
Los documentos referenciados se presentarán en copia legalizada por Notario, para el caso de que no se presente el original, admitiéndose también copias compulsadas por organismo público competente.
Los licitadores deberán entregar o enviar por correo sus proposiciones en la Recepción del Palacio de Congresos de Valencia, Xx. Xxxxxx Xxxxxxxxxxx 00, 00000 Xxxxxxxx, desde el 7 de noviembre de 2014, fecha de publicación en la página web xxx Xxxxxxx de las bases de contratación en el espacio de contratación de la misma, hasta el 24 de NOVIEMBRE de 2014. Cuando la proposición se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y comunicar al Xxxxxxx de Congresos la remisión de la oferta mediante e-mail o fax (00-0000000) en el mismo día.
5.-RIESGO Y XXXXXXX
El presente contrato se conviene a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario. Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.
6.-JURISDICCIÓN COMPETENTE
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de estos contratos.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato serán resueltas por el Órgano de Contratación del Consorcio. A tal efecto las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales de Valencia
7.- OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA
a) Será a cargo de la EMPRESA ADJUDICATARIA el pago de su personal y del ajeno a que recurra para cualquier trabajo realizado, coste de la Seguridad Social, impuestos, excepto los legalmente repercutibles.
b) La EMPRESA ADJUDICATARIA vendrá obligada a proponer al cliente las modifi- caciones que deban realizarse en las instalaciones para su correcto funcionamiento o motivadas por el cambio de la legislación y todo ello dentro de los plazos previstos por la misma.
c) Para cubrir cualquier riesgo, la EMPRESA ADJUDICATARIA tendrá suscrito un Seguro de Responsabilidad Civil y daños a terceros de suficiente amplitud para cubrir cualquier eventualidad, con un riesgo mínimo de hasta 300.000 euros (trescientos mil euros) por siniestro.
d) Los servicios y equipos relacionados con el presente contrato deberán estar suministrados y totalmente operativos en un plazo máximo de 15 días desde la firma del contrato correspondiente a este servicio.
8.- PRECIO (SE EXPRESARÁ EN EUROS sin IVA).
Los servicios que se incluirán en la oferta son los siguientes:
Tipo de Servicio | Uds | €/año sin IVA | |
RDSI Primario ampliado con 50 DDI de numeración extra RDSI, adicionales para el primario adicional y tarifa Concertada de Voz, con revisión trimestral. | 1 | ||
Tarifa concertada para los Servicios de Voz, CON REVISIÓN TRIMESTRAL. | 1 | ||
Servicio Internet Garantizado Simétrico, para red wifi, contratada a 50 Mbps. (Una de las cuales sustituirá a la de 20 Mbps, ahora existente el el edificio). | 2 | ||
Servicio Internet Garantizado Simétrico de 2 Mbps. Complementaria para actuar de “backup”. | 1 | ||
Servicio de acceso o conexión a Internet (ADSL) 200/15MB (o similar). Con Router e Ip fija, para cada uno. | 8 | ||
Línea de voz analógica básica RTC | 4 | ||
Línea de voz digital RDSI | 4 | ||
Mantenimiento Centralita telefónica de voz, instalada PANASONIC KX-TDA 100D343SP. Con 2 operadoras KX-DT343SP y 8 Terminales digitales KX-DT321S. | 1 | ||
Servicio de TV por cable, básico. | 1 |
Total anual
Total 2 años
9.- ADJUDICACIÓN:
Para la evaluación de la oferta, el precio no será la única variable a tener en cuenta, se ponderará tanto las distintas características de Los equipos y servicios ofertados, como el precio. El Xxxxxxx de Congresos adjudicará el contrato a la empresa que, reuniendo las condiciones establecidas en estas condiciones, considere más conveniente a sus intereses, teniendo en cuenta la siguiente ponderación :
1.- Menor precio para la ejecución de los trabajos descritos. Se valorará el total de la
« tabla resumen del coste estimado », en la página 7 de este documento; hasta 50 puntos.
2.- Mejor Oferta Técnica, especialmente en cuanto a las opciones técnicas propuestas, justificadas y valoradas; hasta 20 puntos.
3.- Entidad de la empresa : hasta 15 puntos. Se tendrán en cuenta los siguientes factores, que deberán acreditarse documentalmente al presentar la oferta:
3.1.- Infraestructura de apoyo tanto de personal como técnica que sea indicativa de la capacidad de respuesta en caso de imprevistos o emergencias. En cuanto a la infraestructura de personal se facilitará un currículum profesional de las personas con cierto grado de responsabilidad sobre el servicio: (hasta 5 puntos).
3.2.- Servicios similares realizados: (hasta 5 puntos).
3.3.- Garantías de la póliza de Responsabilidad Civil: (hasta 5 puntos).
4.- Mejoras de prestación del servicio; toda mejora cualitativa o cuantitativa respecto a lo inicialmente demandado, que será explicada por escrito al presentar la oferta en una sucinta memoria que exponga con claridad la-s mejora-s: hasta 15 puntos.
10- FALTAS Y SANCIONES:
10.1.- Faltas.
Se considerará falta leve las deficiencias en la ejecución de las prestaciones, el comportamiento irregular del personal de la empresa o retraso en la ejecución de sus obligaciones.
Se considerará falta grave el incumplimiento de alguna de las obligaciones contenidas en el contrato, o la reiteración de falta leve.
Se considerará falta muy grave la reiteración de falta grave.
10.2.- Sanciones:
La Dirección podrá sancionar, según la normativa vigente y teniendo en cuenta el perjuicio que la falta pueda haber producido al Xxxxxxx, económicamente o con la rescisión del contrato.
11.- INFORMACIÓN SOBRE EL EDIFICIO.
Las empresas que lo deseen podrán visitar las instalaciones objeto de este documento. Para ello deberán concertar dicha visita llamando al teléfono 00.000.00.00.
12.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Están capacitados para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten la correspondiente clasificación y no estén afectadas por ninguna de las siguientes circunstancias:
a) Haber sido condenadas mediante sentencia firme por delitos de asociación ilícita, corrupción en transacciones económicas internacionales, tráfico de influencias, cohecho, fraudes y exacciones ilegales, delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, delitos contra los derechos de los trabajadores, malversación y receptación y conductas afines, delitos relativos a la protección del medio ambiente, o a pena de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio. La prohibición de contratar alcanza a las personas jurídicas cuyos administradores o representantes, vigente su cargo o representación, se encuentren en la situación mencionada por actuaciones realizadas en nombre o a beneficio de dichas personas jurídicas, o en las que concurran las condiciones, cualidades o relaciones que requiera la correspondiente figura de delito para ser sujeto activo del mismo.
b) Xxxxx solicitado la declaración de concurso, haber sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declaradas en concurso, estar sujetas a intervención judicial o haber sido inhabilitadas conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
c) Haber sido sancionadas con carácter firme por infracción grave en materia de disciplina xx xxxxxxx, en materia profesional o en materia de integración laboral y de igualdad de oportunidades y no discriminación de las personas con discapacidad o por infracción muy grave en materia social, incluidas las infracciones en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 xx xxxxxx, o en materia medioambiental, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 xx xxxxx, de Evaluación de Impacto Ambiental; en la Xxx 00/0000, xx 00 xx xxxxx, xx Xxxxxx; en la Ley 4/1989, de 27 xx xxxxx, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres; en la Ley 11/1997, de 24 xx xxxxx, de Envases y Residuos de Envases; en la Ley 10/1998, de 21 xx xxxxx, de Residuos; en el Texto Refundido de la Xxx xx Xxxxx, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación
d) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos que reglamentariamente se determinen.
e) Haber incurrido en falsedad al efectuar la declaración al facilitar cualesquiera otros datos relativos a su capacidad y solvencia, o haber incumplido, por causa que le sea imputable, la obligación de comunicar la información relativa a plazo de vigencia, revisión y actualización del registro de de clasificaciones.
f) Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con una Administración Pública.
g) Xxxxx infringido una prohibición para contratar con cualquiera de las Administraciones públicas.
h) Estar afectado por una prohibición de contratar impuesta en virtud de sanción administrativa, con arreglo a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. [NNB letra c}
i) Xxxxx retirado indebidamente su proposición o candidatura en un procedimiento de adjudicación, o haber imposibilitado la adjudicación definitiva del contrato a su favor dentro del plazo señalado mediando dolo, culpa o negligencia.
j) Las prohibiciones de contratar afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquellas.
Los empresarios, de no estar incursos en prohibiciones para contratar, ésta podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
Las referidas empresas deberán tener como finalidad realizar actividades que tengan relación directa con el objeto del contrato y dispongan de una organización dotada de elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato
13.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El Consorcio Xxxxxxx Congresos de Valencia, recibida la documentación y a la vista de los informes técnicos correspondientes, dictará resolución adjudicando el contrato a la proposición más ventajosa, sin atender exclusivamente al valor económico de la misma. El contratista, además del contrato, deberá firmar las presentes base que formarán parte del contrato
14.- GASTOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO
La información relativa a la solicitud de ofertas estará insertada en la página Web del Consorcio (xxx.xxxxxxxxxx-xxx.xxx en la sección CONTRATACIÓN).
Serán de cuenta del adjudicatario los gastos relativos a la publicación en prensa si los hubiere.
15.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Será causa de resolución del contrato el rescate o suspensión del servicio por razones de interés público y el incumplimiento de las obligaciones establecidas en los convenios, acuerdos, reglamentaciones y demás normas aplicables en el caso, así como la comisión de falta muy grave.