Contract
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE OBRA DE “CONEXIÓN ENTRE LA FUTURA ACERA – BIDEGORRI DE GERNIKA – LUMO A ARRATZU CON EL BIDEGORRI EXISTENTE DESDE GERNIKA – LUMO HASTA EL BARRIO XXXXXXXX (ARRATZU)” POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD.
1. Objeto del contrato: El contrato tendrá por objeto la “CONEXIÓN ENTRE LA FUTURA ACERA – BIDEGORRI DE GERNIKA – LUMO A ARRATZU CON EL BIDEGORRI EXISTENTE DESDE GERNIKA – LUMO HASTA EL BARRIO XXXXXXXX (ARRATZU)”, conforme a proyecto redactado por Ingeniería XXXXXX S.L. y aprobado por acuerdo plenario de 15 de Noviembre de 2013. Un CD donde se recogeran el Proyecto y el presente Xxxxxx sera entragado a aquellas empresas que lo soliciten dentro los 10 dias naturales a la inlusión del anuncio en el Perfil de Contratante.
2. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato: Mediante la ejecución del contrato a que se refiere este Pliego de cláusulas administrativas particulares se satisface la siguiente necesidad: “CONEXIÓN ENTRE LA FUTURA ACERA
– BIDEGORRI DE GERNIKA – LUMO A ARRATZU CON EL BIDEGORRI EXISTENTE DESDE GERNIKA – LUMO HASTA EL BARRIO XXXXXXXX (ARRATZU)”.
3. Presupuesto base de licitación: El presupuesto base de licitación tiene un importe de: 321.770,47 €, IVA no incluido. La cuantía correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido es de: 67.571,80 €
4. Anualidades en que se distribuye. El pago de las cantidades correspondientes al presupuesto del contrato se abonará en una sola anualidad correspondiente al año 2013 o en anualidades a determinar el importe según grado de ejecución temporal de la obra.
5. Aplicación presupuestaria. El proyecto se financia con cargo a las siguientes partidas:
- 71005. Bidegorriaren III fasea Xxxxxx Xxxxxxxx. EUSKO JAURLARITZA
- 72002. Bidegorriaren III fasea Xxxxxx Xxxxxxxx. BIZKAIKO FORU ALDUNDIA
6. Régimen jurídico del contrato y documentos que tienen carácter contractual.
Sin perjuicio de lo dispuesto con carácter general para los contratos de las Corporaciones Locales, el contrato se regirá por las siguientes normas:
- Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
- Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que no se oponga a la anterior.
Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos:
- Los planos.
- La memoria del proyecto en el contenido que se determina en el artículo
128 de Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
- El programa de trabajo aceptado por el órgano de contratación.
- Los cuadros de precios.
- El documento en que se formalice el contrato.
7. Plazo de ejecución. El plazo de ejecución del contrato será de 4 meses a contar del día siguiente a la firma del acta de comprobación del replanteo.
8. Procedimiento de adjudicación. El contrato se adjudicará por el procedimiento negociado con publicidad puesto que se encuentra incluido en el supuesto previsto en el artículo 177.2 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
9. Clasificación exigible. Los licitadores deberán acreditar estar clasificados en los siguientes grupos, subgrupos y categorías:
Grupo: G Subgrupo: 6 Categoría: C
10.Solvencia económica y financiera.
La solvencia económica y financiera se acreditará a traves de:
- Declaración apropiada de las instituciones finacieras, o en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
11.Solvencia económica y financiera.
La solvencia técnica se acreditará a traves de:
- Relación de obras ejecutadas en los 5 años anteriores.
- Declaración indicando material,maquinaria y equipo técnico que se dispondrá para la ejecución de la obra.
12.Garantías exigibles.
Provisional: Para concurrir a la presente licitación no se exige la constitución de garantía provisional.
Definitiva: El licitador que resulte adjudicatario provisional del contrato deberá prestar una garantía del 5% del importe de la adjudicación del contrato, sin incluir el IVA que asciende a 16.088,53 €.
13. Publicidad de la licitación.
El anuncio se publicará en el perfil del contratante del Ayuntamiento de Arratzu.
13.1 Invitación para presentar ofertas. Todos los empresarios que lo deseen y cumplan la condición de solvencia y clasificación están invitados a presentar oferta para la ejecución de los trabajos en las condiciones descritas en el artículo 12 de este pliego. En caso de incumplimiento de la condición de clasificación serán excluidos del procedimiento y, en consecuencia no se abrirán sus sobres 2 y 3.
13.2 Plazo de presentación de ofertas. Los licitadores interesados en el procedimiento entregarán sus ofertas en el plazo de 15 días hábiles desde la fecha de publicación de este anuncio en el perfil del contratante.
13.3 Lugar de presentación. Las ofertas se presentarán en el registro del Ayuntamiento de Arratzu entre las 9 horas y las 14 horas.
14. Forma en que deben presentarse las ofertas. Los empresarios interesados presentarán sus ofertas en tres sobres numerados correlativamente:
A. EL SOBRE NÚMERO 1. Contendrá, de conformidad con lo que dispone el artículo 146 del texto refundido de la ley de contratos de los servicios públicos, la siguiente documentación que deberá reunir los requisitos de autenticidad previstos en las Leyes:
1) Documentos acreditativos de la personalidad jurídica: Los empresarios individuales, copia auténtica del DNI; los empresarios personas jurídicas, la escritura o los documentos en que conste la constitución de la entidad y los estatutos por que se rija, debidamente inscritos en el Registro Mercantil o en el que corresponda.
La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
2) Documentos acreditativos de la representación: Cuando la solicitud y, en su caso, la proposición no aparezca firmada por los licitadores, deberá incluirse el poder otorgado a favor de quien o quienes suscriban la proposición junto con una copia auténtica del Documento Nacional de Identidad del o los apoderados.
3) Documento acreditativo de no estar incurso en prohibición de contratar: que incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
Las empresas comunitarias, no españolas, podrán acreditar que no están incursas en prohibición de contratar mediante los certificados de clasificación o documentos similares que acrediten su inscripción en listas oficiales de empresarios autorizados para contratar establecidas por los Estados miembros de la Unión Europea o mediante certificación emitida por organismos que respondan a las normas europeas de certificación expedidas de conformidad con la legislación del Estado miembro en que esté establecido el empresario. Dichos documentos deberán indicar las referencias que hayan permitido la inscripción del empresario en la lista o la expedición de la certificación, así como la clasificación obtenida.
4) Documentos acreditativos de la clasificación: Se incluirá el certificado que acredite que la empresa licitadora está clasificada en los términos exigidos en este pliego.
La falta o insuficiencia de la clasificación no podrá suplirse mediante la integración de la solvencia con medios externos.
Si está dado de alta en el Registro Oficial de Contratistas del Gobierno Xxxxx o de la Diputación Xxxxx de Bizkaia, o en su caso, del Estado, en lugar de la documentación anteriormente señalada, se podrá presentar la siguiente:
- Certificado vigente de estar dado de alta en el Registro de Contratistas del Gobierno Xxxxx, DFB o en su caso, del Estado, en el que se recoja la clasificación requerida.
- Declaración jurada de que los datos recogidos en el documento acreditativo son válidos y están vigentes.
5) Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras: Las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
6) Domicilio. Todos los licitadores deberán señalar un domicilio para la práctica de notificaciones. Esta circunstancia podrá ser complementada indicando una dirección de correo electrónico y un número de teléfono y fax.
7) Documento de compromiso de constituir una Unión Temporal de Empresas: En los casos en que varios empresarios concurran agrupados en unión temporal aportarán un documento, que podrá ser privado, en el que, para el caso de resultar adjudicatarios, se comprometan a constituirla. Este documento deberá ir firmado por el representante de cada una de las empresas y en él se expresará la persona a quien designan representante de la UTE ante la Administración para todos los efectos relativos al contrato, así como la participación que a cada uno de ellos corresponda en la UTE.
8) Empresas que tengan en su plantilla personas con discapacidad o en situación de exclusión social. Los licitadores que pretenda contar para la adjudicación con la preferencia regulada en la disposición adicional 6ª de la LCSP, deberán aportar los documentos que acrediten que, al tiempo de presentar su proposición, tiene en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100 o que la empresa licitadora está dedicada
específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social, junto con el compromiso formal de contratación a que se refiere la disposición adicional sexta de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público.
9) Documentación acreditativa de la Solvencia Económica y Financiera y de la Solvencia Técnica. Mediante la presentación de la documentación que se menciona en los apartados 10 y 11 de este pliego.
B. EL SOBRE Nº 2. Contendrá la oferta económica en la que se expresará el precio de ejecución del contrato debiendo figurar como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido.
En este mismo sobre se incluirán los documentos relativos a los criterios de valoración, distintos del precio, que deban evaluarse mediante la aplicación de una fórmula. En particular deberá incluirse el relativo las normas ISO.
La oferta económica y compromiso sobre el plazo ( no se admiten reducciones de plazo) se presentará conforme al modelo que se incorpora como ANEXO I.
C. EL SOBRE Nº 3. Incluirá aquellos documentos que sean precisos para la valoración de los criterios que dependan de un juicio de valor.
La documentación para las licitaciones se presentará en sobres cerrados, identificados en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurran y firmados por el licitador o la persona que lo represente e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente.
Los sobres se presentarán en las dependencias u oficinas designadas en este pliego y en el anuncio, dando al presentador como acreditación recibo en el que constará el nombre del licitador, la denominación del objeto del contrato y el día y hora de la presentación.
De igual modo, las ofertas podrán ser presentadas por correo. En tal caso, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en este pliego y en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
15. Requisitos de las ofertas. Las ofertas de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares, y su presentación supondrá la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, así como del proyecto y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna.
Las ofertas serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento en que deba procederse a la apertura en público de las mismas.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de la admisibilidad de variantes o mejoras cuando así se autorice.
Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
16. Cuestiones que pueden ser objeto de negociación. Criterios para la adjudicación del contrato: La negociación que deba celebrarse a efectos de lo dispuesto en el artículo 178 versará sobre los aspectos de carácter económico y técnico del contrato. Una vez fijadas definitivamente las ofertas de los licitadores, tras la negociación, la adjudicación del contrato se efectuará mediante la valoración de los siguientes criterios:
a) Precio: (Ponderación) De 0 a 51 puntos
Se asignarán 5,1 puntos por cada 1% de porcentaje de baja ofertado por el licitador con el tope de 51 puntos.
b) Estudio del proyecto y planificación de la obra: De 0 a 20 puntos
Se valorará el estudio detallado del proyecto, así como la fijación de los medios, organización y procedimientos a seguir, cálculo de los tiempos de duración de las actividades con su planning correspondiente.
c) Mejoras sin costo para el Ayuntamiento: De 0 a 10 puntos
Se señalaran las mejoras propuestas sin costo para el Ayuntamiento, valorándose de manera que el importe global ofertado para las mismas sea considerado un compromiso frente al ayuntamiento
que se plasmará en documento de manera previa a la adjudicación con la condición de que se ejecuten bien las mejoras ofertadas bien aquellas otras que ordene el ayuntamiento. La puntuación de mejoras se realizará a través de un juicio de valor que tenga en cuenta tanto su importe como su idoneidad.
d) Idoneidad de los técnicos: De 0 a 10 puntos
Se señalarán los técnicos adscritos a la obra, confiriendo especial atención al Jefe de Obra, al Encargado y a otros posibles Técnicos intervinientes. Se incluirá el currículum y las labores realizadas de similares características en los últimos años.
e) Certificados de sistema de gestión: De 0 a 9 puntos
Certificación calidad ISO 9.001 3 puntos
Certificación medio ambiente ISO 14.001 3 puntos Certificación prev. riesgos lab. OHSAS 18.001 3 puntos
(se aportarán a través de copia compulsada por la Administración o legitimada notarialmente).
La documentación relativa a los apartados a) y e) se incluirá en el sobre 2. La de los apartados b), c) y d) se incluirá en el sobre 3.
17. Confidencialidad. Sin perjuicio de las disposiciones de la Ley relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, éstos podrán designar como confidencial parte de la información facilitada por ellos al formular las ofertas, en especial con respecto a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las mismas. Los órganos de contratación no podrán divulgar esta información sin su consentimiento.
De igual modo, el contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que los pliegos o el contrato establezcan un plazo mayor.
18. Revisión de Xxxxxxx: Por aplicación de lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley no existe revisión de precios.
19. Apertura de la documentación y de las ofertas.
a)La calificación de la documentación presentada se efectuará por la Mesa de contratación. En la Mesa de Contratación estará el Ingeniero o el Arquitecto que al efecto se designe a los solos efectos de asesoramiento con voz pero sin voto. El Secretario será el de la corporación y su único cometido será dar fe del resultado de la apertura y calificación de los documentos.
b)Si la Mesa de contratación observase defectos u omisiones subsanables en la documentación que se incluye en el sobre nº 1, lo comunicará verbalmente a los interesados, sin perjuicio de que estas circunstancias se hagan públicas a través de anuncios del órgano de contratación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia mesa de contratación. De lo actuado se dejará constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse.
c)Una vez calificada la documentación, y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada la mesa declarará admitidos a la licitación a los licitadores que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos previos indicados en el artículo 146 de la Ley haciendo declaración expresa de los rechazados y de las causas de su rechazo. A dichos licitadores no se les abrirán los demás sobres. De igual modo se procedera a fijar el día en que se efectuará la apertura de sobres 2 y 3 dentro de los 7 dias habiles siguientes.
El día de aperturas de sobres 2 y 3, se procedera al acto público de apertura de las ofertas. A las empresas participantes se les avisará a este acto público por si estuvieran interesadas en asistir.Antes de comenzar el acto público en que se abran los sobres 2 se dará lectura a la valoración de los aspectos técnicos de las ofertas a que se refiere la documentación contenida en el sobre núm. 3.
20. Adjudicación.
La mesa de contratación clasificará por orden decreciente. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego o en el anuncio pudiendo solicitar para ello cuantos informes sean pertinentes.
La Mesa de contratación por medio xxx Xxxxxx requerirá a la empresa que haya presentado la oferta mas ventajosa para que en el plazo de 5 dias naturales presenté:
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar, que incluirá además la certificación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Resguardo de la garantía definitiva.
- Cuando los licitadores hayan concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato. Igualmente, cuando se exija al adjudicatario que concierte algún tipo de seguro, antes de la formalización del contrato, deberá aportarse la póliza correspondiente.
El pleno de la corporación deberá adjudicar el contrato dentro de los 5 dias hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
La adjudicación se notificará a todos los solicitantes y se publicará en el perfil del contratante donde igualmente posteriormente se anunciará la fecha de formalización del contrato.
21. Responsable del contrato, dirección de la obra y delegado de la obra. El órgano de contratación podrá designar una persona responsable del contrato conforme se establece en la Ley. El Director de obra que se designe por el órgano de contratación ejercerá las funciones de dirección, inspección, comprobación y vigilancia necesarias para la correcta ejecución de la obra contratada. El Director de las obras podrá estar auxiliado por el personal que el órgano de contratación designe. El Delegado de obra del contratista deberá ser un técnico titulado, con experiencia acreditada en obras de similar naturaleza a las que son objeto de este contrato.
22. Comprobación del replanteo. En el plazo de un mes como máximo, contados a partir de la fecha de formalización del contrato deberá realizarse el replanteo y extenderse el acta relativa al mismo.
23. Plan de seguridad y salud en el trabajo. En el plazo de quince días naturales desde la notificación de la adjudicación definitiva el contratista presentará al Órgano de contratación el Plan de seguridad y salud en el trabajo, que será informado en el plazo de siete días naturales sobre la procedencia de su aprobación. En todo caso, el plazo máximo para la aprobación del Plan de seguridad y salud en el trabajo será de un mes desde la firma del contrato.
24. Plazos. El adjudicatario estará obligado al cumplimiento del plazo total fijado para la realización del contrato, así como de los plazos parciales que, en su caso, se hubieran establecido, que comenzarán a contar para el adjudicatario a partir del día siguiente a la firma del acta de comprobación del replanteo.
25. Régimen de pagos.
El pago se efectuará mediante certificaciones mensuales de los trabajos efectuados que se abonarán de conformidad con lo establecido en la legislación de aplicación. Las certificaciones así expedidas sólo devengarán intereses por demora desde la fecha señalada en la Ley. El contratista tendrá derecho a percibir también abonos a cuenta en los términos establecidos en la Ley y 1 el Reglamento. En todo caso, se le exigirá la constitución de garantía en forma de aval, u otra admitida por la Ley.
26. Condiciones especiales de ejecución. No se establecen.
27. Penalidades. Se impondrán penalidades al contratista cuando incurra en alguna de las causas previstas a continuación:
a) Por cumplimiento defectuoso. Se impondrán penalidades por cumplimiento defectuoso en los siguientes términos:
- Si, al tiempo de la recepción, las obras no se encuentran en estado de ser recibidas por causas imputables al contratista.
- Como regla general, su cuantía será un 1% del presupuesto del contrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
- En todo caso, la imposición de las penalidades no eximirá al contratista de la obligación que legalmente le incumbe en cuanto a la reparación de los defectos.
b) Por demora. Cuando el contratista, por causas que le fueran imputables, hubiera incurrido en demora, tanto en relación con el plazo total como con los
plazos parciales establecidos, se estará a lo dispuesto en la Ley en cuanto a la imposición de estas penalidades.
28. Subcontratación. La subcontratación se regirá por lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en la Ley 32/2006, de 18 de Octubre, Reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción.
29. Cumplimiento del contrato. La recepción del contrato se regirá por lo establecido en el artículo correspondiente de la Ley y en los artículos 163 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Al tiempo de la recepción se comprobará en particular el cumplimiento por el contratista de las siguientes obligaciones:
- El despeje final de las obras, debiendo el contratista haber restituido a su situación inicial las zonas afectadas por las obras y no ocupadas por ellas.
- El cumplimiento no defectuoso del contrato
- El cumplimiento de los criterios de adjudicación.
- El cumplimiento de las condiciones de ejecución.
30. Resolución del contrato. La resolución del contrato se regirá por lo establecido con carácter general en la Ley de Contratos del Sector Público y específicamente para el contrato de obras en dicha Ley, así como en los artículos 109 a 113 y 172 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. En todo caso en caso de resolución del contrato por causa imputable al contratista se estará a lo dispuesto en el artículo 225.3 de la Ley.
31. Plazo de garantía. El plazo de garantía será de un año y comenzará a partir de la fecha de la recepción. Durante este plazo se aplicará lo establecido en el artículo 167 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuanto a las obligaciones del contratista, así como en lo relativo a la facultad de la Administración de, en caso de incumplimiento, ejecutar x xxxxx de aquél los trabajos necesarios para la conservación de la obra. Todos los gastos que se ocasionen por la conservación de las obras durante el periodo de garantía serán de cuenta del contratista no teniendo derecho a ninguna indemnización por este concepto. Se
exceptúan los daños ocasionados en la obra por fuerza mayor, que serán soportados por la Corporación, si bien ésta tendrá la facultad de exigir al contratista que realice las obras de reparación.
32. Liquidación. Transcurrido el plazo de garantía a que se refiere la cláusula anterior se procederá a la liquidación del contrato conforme a lo dispuesto en el artículo 179 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
33. Jurisdicción. Las cuestiones que puedan plantearse durante el desarrollo del contrato serán resueltas por el órgano de contratación. Los acuerdos adoptados para su resolución pondrán fin a la vía administrativa, y podrán ser impugnados ante la Jurisdicción contencioso-administrativa.
ANEXO I PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D/Dña……………………………………………………., con domicilio en …………………, calle
……………………………………….., …………… y provisto de D.N.I. nº …………………, (en su propio nombre y representación o) en representación de la empresa
……………………………………. con domicilio en ………………….., calle
……………………………………, CP ………, Tfno. ………………, Fax ……………….. y CIF
………………………,
DECLARO:
I. Que he quedado enterado del anuncio de licitación para la adjudicación del contrato que tiene por objeto la obra “………………………………………” convocado por parte del Ayuntamiento de ………………..
II. Que igualmente conozco el Proyecto, con su contenido, al que se presta conformidad a expensas de la comprobación del replanteo, el pliego de cláusulas administrativas particulares y demás documentación que debe regir el presente contrato que expresamente asumo y acato en su totalidad, sin salvedad alguna.
III. Que la empresa a la que represento cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para la apertura, instalación y funcionamiento.
IV. Que en relación con la indicada obra, oferta su ejecución por la cifra total de:
………………………………………………………………. – en letra - (……………….. €), comprendiéndose en el precio ofertado todos los conceptos, incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal y también el IVA y el beneficio industrial del contratista, y en el plazo de ……….. –en letra- (….)
En el importe total ofertado se encuentra incluida la cuantía de
……………………………… -en letra- (…………….. €) correspondiente al IVA que debe ser repercutido.
En ………………………….., a …………… de …………… de ………
Fdo.: D/Dña ……………………………………………