Anexo 2 del Acuerdo No. 005 Ahorro Futuro
Anexo 2 del Acuerdo No. 005 Ahorro Futuro
Artículo 1°. PUBLICO OBJETIVO: solo podrán tener el Ahorro Futuro las personas asociadas al Fondo PRESENTE y el Incentivo al Ahorro solo lo recibirán las personas asociadas que tengan un contrato laboral con alguna de las empresas patrocinadoras.
Artículo 2. EMPRESAS PATROCINADORAS: es el empleador de la persona asociada el cual otorga un porcentaje adicional al ahorro a manera de Incentivo.
Artículo 3. SOLICITUD DE APERTURA: las personas asociadas podrán solicitar la apertura del Ahorro Futuro a través del gestor asignado, el Contact Center o cualquier otro medio que establezca PRESENTE.
PARAGRAFO: mientras se estabiliza el proceso en PRESENTE, la afiliación y/o retiros del Ahorro Futuro continuará en forma transitoria como se realizaba en el Fondo Futuro.
Artículo 4. CUOTA: es el aporte que hace la persona asociada al Ahorro Futuro.
Artículo 5. VALOR CUOTA: el valor de la cuota del ahorro no podrá estar por debajo de lo mínimo establecido por el Fondo PRESENTE. Dado el caso que una persona asociada desee cambiar el valor de su cuota, esto lo podrá hacer a través de los canales que el Fondo PRESENTE disponga para esto.
Artículo 6. INCENTIVO AL AHORRO: es un beneficio que otorgan las empresas patrocinadoras a sus empleados que estén asociados al Fondo PRESENTE y tengan activo el Ahorro Futuro. El valor del incentivo será definido por las empresas patrocinadoras.
Las Empresas Patrocinadoras, podrán modificar en cualquier momento el porcentaje del incentivo al ahorro que corresponda a la cuota, mediante comunicación escrita al Fondo Presente.
Los cambios en el valor del incentivo deben ser comunicado por las empresas patrocinadoras a sus empleados.
Artículo 7. TASA DE INTERÉS: el Ahorro Futuro y el Incentivo al Ahorro, tendrán la tasa de interés fija que se apruebe a través del órgano que tiene dicha faculta de autorizar cambios en la misma.
Artículo 8. RETIROS DEL SALDO DEL AHORRO FUTURO CON CAUSA CONTEMPLADA: las
personas asociadas solo podrán retirar el capital del Ahorro Futuro, los intereses y el Incentivo al Ahorro que les corresponda en los siguientes casos:
• Compra de vivienda
• Inversión en proyecto inmobiliario
• Pago de crédito hipotecario
• Pago de estudios técnicos y/o universitarios (pregrado – posgrado)
Las personas asociadas podrán hacer retiros parciales o totales de los recursos que tengan en PRESENTE, siempre que el asociado cumpla con el procedimiento y los plazos que fije PRESENTE y suministre los soportes documentales que permitan acreditar la finalidad de la inversión.
PARAGRAFO 1: El pago de lo que corresponda al afiliado por retiros parciales o totales se hará mediante abono en cuenta o en cheque, de acuerdo con la disponibilidad de PRESENTE, siguiendo el orden de presentación de las solicitudes y en un término no superior a treinta (30) días calendario.
PARAGRAFO 2: para la causa de Pago de estudios técnicos y/o universitarios, aplicaría para la persona asociada, hijos o cónyuge.
PARAGAFO 3: Si la persona asociada retira su ahorro con justificación, podrá seguir con el Ahorro Futuro sin penalidades y sin perder el tiempo de vinculación al ahorro.
PARAGRAFO 4: La persona asociada podrá retirar el 100% de su Ahorro Futuro o un porcentaje, pero el Incentivo al Ahorro solo lo podrá retirar en los porcentajes descritos en el Articulo 9.
Artículo 9. RETIRO DEL INCENTIVO AL AHORRO BAJO LAS CAUSAS CONTEMPLADAS: el
Incentivo al Ahorro solo podrá ser retirado por las personas asociadas de acuerdo con las siguientes reglas:
1. La persona asociada que no complete un (1) año en el plan de ahorro, no podrá retirar el Incentivo al Ahorro otorgado.
2. La persona asociada que complete un (1) año en el plan de ahorro tendrá derecho a retirar el equivalente al treinta por ciento (30%) del Incentivo al Ahorro que tenga hasta la fecha.
3. La persona asociada que complete dos (2) años en el plan de ahorro, tendrá derecho a retirar el sesenta por ciento (60%) del Incentivo al Ahorro que tenga hasta la fecha.
4. La persona asociada que complete tres (3) años en el plan de ahorro, tendrá derecho a retirar el cien por ciento (100%) del Incentivo al Ahorro.
PARAGRAFO: la persona asociada solo podrá hacer un único retiro del Incentivo al Ahorro por año antes de cumplir los 3 años con el Ahorro Futuro.
Artículo 10. RETIROS DE SALDO DEL AHORRO FUTURO POR OTRAS CAUSAS NO
CONTEMPLADAS: las personas asociadas solo podrán retirar saldo del Ahorro Futuro por una causa diferente a las contempladas anteriormente, si la causa está contemplada en el Reglamento de Ahorros Acuerdo 005, siempre y cuando lleve más de 3 años en dicho ahorro. Sin embargo, no podrá retirar el Incentivo al Ahorro, este solo es sujeto de retiro bajo las causas enumeradas en el artículo 8 del presente reglamento.
PARAGRAFO: para las causas de retiro no contempladas en el presente reglamento y que se aplicaban de manera consuetudinaria en el Fondo de Inversión Futuro, las mismas serán analizadas por un estamento de Fondo PRESENTE designado para analizar y aprobar dichos retiros.
Artículo 11. CANCELACIÓN TOTAL DEL AHORRO FUTURO: si una persona asociada desea cancelar el Ahorro Futuro, debe tramitar la solicitud de cancelación y solo se le devolverá el ahorro que haya realizado. El Incentivo al Ahorro, será devuelto solo después de cumplir los 3 años de otorgado.
PARAGRAFO: dado la cancelación total, la persona asociada solo podrá volver a abrir el Ahorro Futuro después de 6 meses. Cuando la persona asociada vuelva a crear el Ahorro Futuro, inicia con la antigüedad desde cero con el producto, es decir que, el Incentivo al Ahorro que tenga acumulado a la fecha iniciaría con antigüedad en cero también.
Artículo 12. DESVINCULACIÓN DEL FONDO PRESENTE: si una persona asociada se desvincula del Fondo PRESENTE, el Ahorro Futuro y el Incentivo al Ahorro, se llevarán al proceso de xxxxx xx xxxxxxx.
Artículo 13. PENALIDAD DE INTERESES: Los retiros que se hagan en virtud del artículo 11 y 12, antes de los tres años, pierde la totalidad de los intereses que el Fondo PRESENTE le haya provisionado.
Artículo 14. TRASLADOS DE SALDOS DE AHORRO: el Ahorro Futuro en PRESENTE se iniciará con los saldos de ahorros causados de las personas asociadas en Fondo Futuro, siempre y cuando ellos hayan autorizado el traslado. Los cuales estarán discriminados en dos conceptos, 1. Ahorro Futuro, allí se trasladarán los valores de: aporte legal, aporte adicional, aporte extra y Fondo de Perseverancia. Y 2. Incentivo al Ahorro, allí se llevará el beneficio otorgado por la Empresa Patrocinadora.
PARAGRAFO 1: dado que el ahorro inicia con saldos del Fondo Futuro, se respetará la condición de antigüedad en el Ahorro Futuro para efectos de retiro de los saldos bajo las estipulaciones del presente reglamento.
PARAGRAFO 2: después del traslado, el Ahorro Futuro se seguirá abonando con el aporte que realizan las personas asociadas y el Incentivo al Ahorro con el beneficio otorgado por las empresas patrocinadoras.
PARAGRAFO 3: los afiliados que no manifestaron voluntariamente su derecho al retiro al corte del 30 noviembre 2023 y sus saldos consolidados fueron sujetos de traslado a PRESENTE, en caso de reintegro o devolución de estos valores por no realizar de manera voluntaria su asociación al Fondo PRESENTE, se le aplicarán las condiciones de retiro según reglamento Fondo Futuro.
ARTICULO 15. NÓMINA 999: las personas asociadas al Fondo PRESENTE, que pertenezcan a la nómina 999 (pensión o continuidad) y deseen retirarse del ahorro, se les hará una validación de sus obligaciones pendientes por pagar al Fondo PRESENTE, donde si tiene una(s) obligación(es) de consumo y los aportes acumulados a la fecha no cubren la totalidad de la deuda, cuando se realice la cancelación el saldo del ahorro futuro incluyendo el incentivo, se cruzará con dicha(s) obligación(es).
ARTICULO 16. GENERALIDADES: Lo que no esté estipulado en esta línea de ahorro, le aplicará lo dispuesto en el acuerdo número 005 Reglamento de Ahorros.
Para constancia se firma a los 30 días del mes xx xxxx del año 2024 y se transcribe en el Acta No. 288 de la Junta Directiva.
(original firmado) (original firmado)
XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXX
Presidente Secretario
(original firmado)
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX
Gerente