CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
NIVM 160301
«ISIC ASSUR INDIVIDUALES» Xx XXXXXX0000000XXX-X & N°6368
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO «ISIC ASSUR INDIVIDUALES» N° MGENIB1100272SAN-E & N°6368
PARA CUALQUIER SOLICITUD DE ACLARACIONES SOBRE LAS GARANTÍAS DE SU PÓLIZA
KINOUSASSUR
17 Avenue Xxxxxx x’Xxx
94110 ARCEUIL ( FRANCIA )
De Lunes a Viernes – de 9 a 12 hrs y de 14 a 18 hrs
• Por teléfono desde España: x00 0 00 00 00 00 (comunicación sin recargo, coste según operador, llamada sujeta a grabación)
• Por teléfono desde el extranjero: + 33 1 49 85 82 20 (comunicación sin recargo, coste según operador, llamada sujeta a grabación)
• Por e-mail : xxxx@xxxxxxxxxxx.xxx
CÓMO PONERSE EN CONTACTO CON NUESTRA ASISTENCIA DE SERVICIO VYV INTERNATIONAL ASSISTANCE
3 Passage de la corvette
00000 Xx Xxxxxxxx - XXXXXXX 7 días de 7 – 24 horas de 24
• Por teléfono desde Francia: 00.00.00.00.00 (comunicación no recargada, costo según el operador, llamada que probablemente se registre)
• Por teléfono desde el extranjero: + 33. 00.00.00.00.00 (comunicación no recargada, costo según el operador, llamada que probablemente se registre)
Para permitirnos intervenir en las mejores condiciones, recuerde recopilar la siguiente información que se le solicitará durante su llamada:
• Su número de contrato,
• Su nombre y apellido,
• La dirección de su casa,
• El país, ciudad o pueblo donde se encuentra en el momento de la llamada, Especifique la dirección exacta (n. °, calle, hotel, etc.)
• El número de teléfono donde podemos contactarlo
• La naturaleza de su problema
CÓMO PONERSE EN CONTACTO CON NUESTRO SERVICIO DE SEGURO ASSUR TRAVEL – ISICASSUR
ZA Actiburo – 00, xxx Xxxxxxxxxx
00000 XXXXXXXXXX X’XXXX - XXXXXXX
Del lunes al viernes de 09h00 a 12h30 y de 13h30 a 18h00
• Por teléfono desde Francia: 00.00.00.00.00 (comunicación no recargada, costo según el operador, llamada que probablemente se registre)
NIVM 160301
• Por teléfono desde el extranjero: x00.0.00.00.00.00 (comunicación no recargada, costo según el operador, llamada que probablemente se registre)
• Por e-mail: xxxxxxxxx@xxxxx-xxxxxx.xxx
Recuerde recopilar la siguiente información que se le solicitará durante su llamada:
• Su número de contrato,
• Su nombre y apellido,
• La dirección de su casa,
• El país, ciudad o pueblo donde se encuentra en el momento de la llamada, Especifique la dirección exacta (n. °, calle, hotel, etc.)
• El número de teléfono donde podemos contactarlo
• La naturaleza de su problema
Durante la primera llamada, se le enviará un número de archivo de seguro. Siempre recuérdeles cualquier relación posterior con nuestro Departamento de Seguros.
PARA EL REEMBOLSO DE SUS GASTOS MEDICOS (excepto hospitalización) GAPI – ISICASSUR
ZA Actiburo – 00, xxx Xxxxxxxxxx
00000 XXXXXXXXXX X’XXXX - XXXXXXX
Del lunes al viernes de 09h00 a 12H30 y de 13H30 a 18h00
• Por teléfono desde Francia: 00.00.00.00.00 (comunicación no recargada, costo según el operador, llamada que probablemente se registre)
• Por teléfono desde el extranjero: x00.0.00.00.00.00 (comunicación no recargada, costo según el operador, llamada que probablemente se registre)
• por e-mail: xxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx
Para beneficiar del reembolso de sus gastos médicos (no generado por una hospitalización) tendrá que proveer al servicio administración ASSUR TRAVEL- GAPI, los documentos siguientes:
• N° de adhesión ASSUR TRAVEL y el número de contrato,
• Certificado de identidad bancaria (únicamente para el primero reembolso) o posible proxy,
• Facturas originales o digitalizadas de las atenciones pagadas y los recibos de pago correspondientes,
• Prescripciones médicas originales o digitalizadas,
• El formulario de solicitud de reembolso debidamente completado, firmado y sellado por el médico, acompañado de informes médicos (consulta / exámenes / hospitalización),
• En caso de tratamiento proporcionado en Francia: el original de las hojas de tratamiento CERFA y / o las facturas pagadas detalladas y el comprobante de pago, O en su defecto, los recibos de Seguridad Social correspondientes,
• Todo documento que el Asegurador considere necesario.
Para los gastos médicos inferior a 500€ pagados fuera de España, puede escanear las facturas y enviarlas por correo electrónico (conserva los documentos originales, el Asegurador puede preguntarlos en caso de control)
⮚ En caso de solicitud de anticipo de gastos de hospitalización
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Contacte el más rápidamente posible VYV INTERNATIONAL ASSISTANCE al + 33. 00.00.00.00.00 para una solicitud de anticipo de gastos de hospitalización
CUADRO DE GARANTÍAS
GARANTIÁS | INDEMNIZACION MÁXIMA EN € |
EQUIPAJE (A) | |
✓ En caso de destrucción, robo y perdidas (A1) | 1 530 € (A1) |
Cuyos los objetos de valores | 40% del capital asegurado con una máxima 612€ |
Cuya Ordenadores portátiles y teléfonos móviles | 150 € máximo |
Cuyo robo intervenido al interior de un vehículo | 500 € por cada estudio |
Franquicia | 30 € por persona |
✓ Limitación para los objetos adquiridos durante el viaje (A2) | 230 € por persona (A2) |
✓ Retraso en la entrega (+ de 24 horas) (A3) | 230 € por persona (A3) |
INDIVIDUAL ACCIDENTE (B) | |
✓ Fallecimiento (B1) ✓ Fallecimiento durante el uso de una moto, motocicleta o ciclomotor ✓ Invalidez permanente (B2) | 8 000 € (B1) 2 500 € 30 500 €, Reducible en caso de invalidez permanente parcial según el baremo Accidentes laborales de la Seguridad Social para una invalidez superiora a 10% (B2) |
GARANTIÁS ASISTENCIA | INDEMNIZACIÓN MAXIMA EN € |
ASISTENCIA REPATRIACIÓN (A) | |
✓ Repatriación sanitaría(A1) | Gastos reales (A1) |
✓ Repatriación de 2 acompañantes del asegurado (A2) | Gastos reales (A2) |
✓ Visita de una persona cercana (A3) | Gastos de transporte de ida y vuelta +Gastos de hotel 42€ por día durante 10 días (A3) |
✓ Ampliación de la estancia tras un accidente o enfermedad, indemnización por día durante un máximo de 10 días (A4) | Gastos de transporte de ida y vuelta +Gastos de hotel 42€ por día durante 10 días (A4) |
✓ Regreso anticipado (también en caso de Atentado, Actos terroristas o Catástrofes naturales) (A5) | El billete de transporte de ida y vuelta * (A5) |
✓ Gastos de búsqueda y salvamento (A6) | 12 000€ (A6) |
✓ Entrega de medicamentos (A7) | Incluido (A7) |
GASTOS MÉDICOS INCLUSO EN CASO DE EPIDEMIA O PANDEMIA (B) | |
✓ Gastos médicos al extranjero (B1) - Gastos dentales urgentes - Gastos dentales accidentales ✓ Gastos médicos en caso de retorno temporario del asegurado en su país de domicilio (duración de la cobertura 30 días máxima) (B2) - Gastos dentales urgentes - Gastos dentales accidentales ✓ Teleconsulta | 200 000 € por evento (B1) 190 € por persona 420 € por persona 10 000 € por evento con una franquicia de 50 € por persona et par evento (B2) 60 € por persona 60 € por persona Incluida |
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ASISTANCIA EN CASO DE FALLECIMIENTO (C) | |
✓ Repatriación del cuerpo (C1) ✓ Gastos funerarios necesario al transporte(C2) ✓ Formalidades de fallecimiento (C3) | Gastos reales (C1) Gastos reales (C2) Gastos de transporte de ida y vuelta +Gastos de hotel 80€ por día durante 8 días (C3) |
ASISTANCIA JURÍDICO AL EXTRANJERO (D) | |
✓ Adelanto de la fianza penal y el pago de los honorarios del abogado | 3 000 € (importe por periodo de seguro) |
ASISTANCIA EN CASO DE EPIDEMIA O PANDEMIA (E) | |
✓ Gastos de hotel por la cuarentena (E1) ✓ Apoyo psicológico por la cuarentena (E2) ✓ Retorno de vuelta no posible (E3) ✓ Soporte para la contratación de un operador de teléfono local (E4) ✓ Apoyo psicológico tras la repatriación (E5) | 80 € / noche / persona - Maxi 14 noches (E1) 6 entrevistas/evento (E2) Gastos de hotel: 80 €/noche/persona - Máximo 5 noches + Ampliación de las garantías del contrato durante 6 días (E3) 80 € máximo (E4) 6 entrevistas/evento (E5) |
EXTENSIONES ESPECIALES (F) | |
✓ Gastos de maternidad (F1) ✓ Enfermedades psicológicas (F2) | OPCIONAL |
DEPORTES DE INVIERNO Y DE RIESGO | |
✓ Cobertura en virtud del contrato nuevo en caso de ocurrencia de un evento garantizado durante la práctica de un deporte de riesgo como se define a la rúbrica «DEFINICIONES COMUNAS AL TOTALIDAD DE LA GARANTIAS» del presente contrato. | INCLUIDO |
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* en tren primera clase o avión, clase económica
DISPOSICIONES GENERALES DEL CONTRATO
Nota: Tenga cuidado, los "Deportes Peligrosos" tal como se definen en la sección "DEFINICIÓN" de este contrato nunca están cubiertos por este Contrato, lea cuidadosamente las Exclusiones Generales de su Contrato.
DEFINICIONES COMUNES A TODAS LAS GARANTÍAS
Los términos definidos en el párrafo siguiente, tendrán los siguientes significados entre las partes (excepto la definición específica a la garantía).
Accidente corporal
Evento repentino e inesperado que provoca de forma indirecta y no intencionada por parte de la víctima, un daño corporal al Asegurado, el cual debe ser certificado por un médico. Lo que resulta en la emisión de una prescripción de medicamentos al beneficio del paciente.
Aseguradoras
Garantias de Assistancia (Contrato MGENIB1100272SAN-E) :
La compañía de asistencia encargada por la aseguradora: VYV INTERNATIONAL ASSISTANCE. La aseguradora confía la implementación de servicios de asistencia a VYV International Assistance.
MGEN, 3 square Max-Xxxxxx – 75 748 PARIS Cedex 15, France, registrada bajo el numero SIREN 775 685 399, sometida a las disposiciones de libro II del Codigo de la Mutua, cuyo la sede se situa 3 square Max-Xxxxxx – 75 748 PARIS cedex 15, Francia
Garantias de Assurancia (contrato N°6368) :
MUTUAIDE ASSISTANCE – 126, rue de la Xxxxxx – 93196 Noisy le Grand Cedex – S.A. au capital de 12.558.240 € entièrement versé – Empresa registrada por el Codigo de Assurancias RCS 383 974 086 BOBIGNY – TVA FR 31 3 974 086 000 19.
En adelante, "nosotros"
Asegurado
La/s persona/s física/s designada/s en las Condiciones particulares y cubierta/s por la garantía. Este/s persona/s debe/n ser menor de 75 años al momento de la suscripción del contrato.
Autoridad médica competente
Profesional de la salud que se ha graduado de una facultad de medicina incluida en la lista de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y está autorizado para ejercer la medicina en el país donde se administra la atención médica.
Atentados, Actos de terrorismo
Cualquier acto de violencia que constituya un ataque criminal o ilegal contra personas y / o bienes en el país en el que se está hospedando, con el objetivo de perturbar gravemente el orden público mediante la intimidación y el terror y ser objeto de cobertura mediática.
Este "atentado" deberá ser registrado por el Ministerio de Relaciones Exteriores xx Xxxxxxx o el Ministerio del Interior. Si se producen varios ataques el mismo día, en el mismo país, y si las autoridades consideran que se trata de una misma acción coordinada, este evento se considerará como uno y el mismo evento.
Equipaje
Bolsas de viaje, maletas, baúles y su contenido, salvo de los efectos de vestimenta que lleva.
Catástrofes naturales
Intensidad anormal de un agente natural que no proviene de una intervención humana. Fenómeno, como un terremoto, erupción volcánica, maremoto, inundación o cataclismo natural, causado por la intensidad anormal de un agente natural, y reconocido como tal por las autoridades públicas.
Código de Seguros / Código de la Mutualidad
NIVM 160301
Recopilación de textos legislativos y reglamentarios que rigen los contratos de seguro.
Cuidado dental urgentes
Cobertura de atención dental de emergencia (vendaje, empaste, endodoncia, extracción, etc.) cuando el resultado
de un Accidente o una Enfermedad inesperada que requiere cirugía o tratamiento médico que no puede esperar el regreso al país de origen.
Curación natural
Osteopatía, acupuntura, homeopatía, fitoterapia, terapia de masajes.
Deportes clásicos: TODOS ESTÁN CUBIERTOS
Cualquier deporte no enumerado como Deporte de Riesgo o Deporte Peligroso (excluida).
Deportes de riesgo: CUBIERTOS
La escalada en rappel, el alpinismo hasta 6.500 metros, la espeleología, bicicleta de montaña fuera de pistas y caminos acondicionados, el piragüismo, canoa en aguas vivas, el rafting, el esquí náutico, el kite surf, el fútbol americano, el rugby, la equitación, el submarinismo hasta 40 metros, deportes náuticos xx xxxx, paseos en globo aerostático.
Deportes Peligrosos: Actividades NO CUBIERTAS
Deportes de combate y autodefensa, cualquier deporte que requiera el uso de un arma, de fuego o no; expedición en montaña más allá de los 6500 metros, submarinismo en aguas profundas (+ 40 metros), navegación en solitario o fuera de las aguas territoriales, salto de esquí, escalada sin arnés, todos los deportes que implican un vehículo terrestre de motor, todos los deportes que implican una aeronave (avión, planeador, ala delta, ultraligero motorizado, globo), paracaidismo y caída libre, cualquier actividad deportiva practicada a título profesional o parcialmente profesional, práctica de deportes náuticos de motor y entrenamiento en el ámbito privado a fin de participar en una competición organizada por una instancia deportiva oficial.
Domicilio
El domicilio del Asegurado es el lugar de residencia principal y habitual de residencia designado en el formulario de afiliación. En caso de litigio, la residencia fiscal del Asegurado es su lugar de residencia principal y habitual.
Efectos de primera necesidad
Los efectos de vestimenta y aseo le permiten sustituir temporalmente la falta de disponibilidad de sus pertenencias.
Enfermedad
Alteración de la salud constatada por una autoridad médica, que precisa cuidados médicos y el cese absoluto de toda actividad profesional o de otra índole.
Enfermedad grave
Alteración de la salud constatada por una autoridad médica, que precisa cuidados médicos y el cese absoluto de toda actividad profesional o de otra índole.
Enfermedad que pone en juego el pronóstico de vida.
Enfermedad imprevista
Alteración de la salud repentino e impredecible constatada por una autoridad médica competente y requiere una pronta respuesta médica.
Eventos garantizados
✓ Pérdida, robo y destrucción de equipaje
✓ Fallecimiento accidental
✓ Invalidez permanente total o parcial después de un accidente
✓ Enfermedad, lesión o Fallecimiento del Asegurado durante su viaje
✓ Hospitalización o fallecimiento de un miembro de la familia en el país de origen del asegurado,
✓ Procedimientos legales,
✓ Desaparición en el mar o en las montañas.
Europa
Europa, incluida Rusia, hasta los Urales, las islas y los países de todo el mar Mediterráneo, así como a Madeira, Canarias y las Azores.
Epidemia
Aparición de un gran número de enfermos en un lugar determinado a raíz de una enfermedad.
NIVM 160301
Extranjero
Todo el mundo, con la excepción del país de origen del Asegurado y de los países excluidos.
Ejecución de las prestaciones
Las prestaciones garantizadas de este contrato solo se pueden activar con la aprobación previa del Asegurador. En consecuencia, ningún gasto realizado por el Asegurado por la autoridad puede ser reembolsado por el Asegurador.
Franquicia
Parte de la indemnización que debe pagar el beneficiario.
Máximo por evento
En el caso de que la garantía sea a favor de varias víctimas del mismo evento y aseguradas bajo el mismo contrato, la garantía del Asegurador se limita en todo caso al importe máximo estipulado en esta garantía cualquiera que sea el número de víctimas. Como resultado, las indemnizaciones se reducen y se pagan en proporción a la cantidad de víctimas.
Nosotros nos encargamos.
Financiamos el servicio
Nosotros organizamos
Realizamos las gestiones necesarias para darte acceso al servicio.
Miembros de la familia (segundo grado)
Su cónyuge o pareja de hecho o cualquier persona vinculada a usted por un PACS, sus ascendientes o descendientes hasta el 2ndo grado o los de su cónyuge, sus padrastros, suegras, hermanos, hermanas, incluidos los hijos del cónyuge o pareja conviviente de uno de sus ascendientes directos, abuelos, nietos, cuñados, cuñadas, yernos, nueras o los de su cónyuge. Deben estar domiciliados en el mismo país que usted, a menos que se estipule lo contrario en el contrato.
Nulidad
Cualquier fraude, falsificación o declaración falsa y falso testimonio susceptible de implementar las garantías previstas en el acuerdo, dará como resultado la nulidad de nuestros compromisos y la pérdida de los derechos previstos en dicho acuerdo.
Pandemia
Propagación mundial de una enfermedad.
Período de seguro
El período de validez de este Contrato, tal como se define en "EFECTO Y DURACIÓN DEL CONTRATO".
Práctica médica vigente
Se refiere a un procedimiento médico correspondiente al tratamiento generalmente utilizado para tratar la patología a tratar de acuerdo con los estándares éticos comúnmente aceptados, excluyendo el tratamiento experimental, ensayo clínico, investigación médica.
Persona cercana
Un miembro de su familia o cualquier persona física designada por usted o una de sus personas asignadas, domiciliada en el mismo país que usted.
Cuarentena
Aislamiento de la persona, en caso de sospecha o de enfermedad comprobada, decidido por autoridad local competente, para evitar el riesgo de propagación de dicha enfermedad en el contexto de una epidemia o de una pandemia.
Siniestro
Evento aleatorio que pueda desencadenar la garantía de este contrato.
Subrogación
La situación jurídica por la cual una persona es transferida a los derechos de otra persona (en particular: la sustitución de la Aseguradora por el Asegurado para el procesamiento de la otra parte).
Estancia
NIVM 160301
Estancia o viaje a través del organizador de la estancia limitado a 12 meses consecutivos.
Tercero
Cualquier persona física o jurídica, excepto: la persona asegurada, personas cercanas tal como se han definido anteriormente, personas que lo acompañan, personal, asalariado o no, en el ejercicio de sus funciones, los empleados o persona autorizada.
LA EXTENSIÓN GEOGRÁFICA DEL CONTRATO
El Contrato es válido, siempre que se haya pagado la prima correspondiente, en las regiones indicadas en las Condiciones Particulares, es decir:
✓ Todo el mundo (excepto la exclusión específica en las condiciones especiales),
✓ Europa, incluida Rusia, a los Urales, las islas y los países de todo el mar Mediterráneo, así como Madeira, Canarias y las Azores
Atención, los Asegurados no están cubiertos en sus Países de Residencia, excepto por una duración maxima de 30 días consecutivos y siempre que salgan del país al final de este período.
En general, los países que están en estado xx xxxxxx civil o extranjera son excluidos de este contrato al igual que los países con instabilidad política conocida, movimientos populares, motines, acciones de terrorismo, represalia, restricción de la libre circulación de la populación y de los bienes (no importa el motivo, entre otros sanitario
salvo para la garantías de Asistencia, de seguridad, meteorológica, …)
PAGO DE LA PRIMA
La prima, incluidos los impuestos, aranceles e impuestos vigentes en esta clase de contrato, es pagadera por el suscriptor del Contrato en efectivo antes del inicio del riesgo. Si no hay pago de la prima antes del comienzo del riesgo, el Contrato se considerará nulo e inválido y no dará lugar a ninguna compensación.
La prima no será reembolsada si el/la Asegurado/a acaba su viaje antes que previsto.
SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO DESPUÉS DE LA FECHA DE RESERVA DEL VIAJE O LA ESTANCIA
Cualquier suscripción a este Contrato (excluyendo la opción "CANCELACIÓN DEL VIAJE/ INTERRUPCIÓN DE LA ESTANCIA O VIAJE"), después de la fecha de compra o reserva del viaje, se acepta en cualquier momento.
Un período de espera de 8 días, durante el cual ninguna garantía puede entrar en vigencia, será aplicable a partir de la fecha de suscripción del Contrato y la garantía no tendrá efecto hasta el final de este período.
EFECTO Y DURACIÓN DEL CONTRATO
Sujeto al pago de la prima, las garantías son válidas por el período indicado en el boletín de afiliación. Las garantías comienzan a aplicarse desde el momento en que sale de su casa para viajar al destino de su viaje y finaliza cuando regresa a su domicilio sea en la fecha de vencimiento de este Contrato según el evento que ocurre primero.
La fecha efectiva y la duración de las garantías bajo el Contrato deben corresponder a las fechas reales de su Estancia. El contrato se extenderá automáticamente sin cargos adicionales si no puede completar su estadía en la fecha programada debido a enfermedad o accidente, esta extensión cesa tan pronto como pueda regresar a su domicilio y solo es válida por 30 días máximo. Esta extensión solo es válida si, antes de comenzar su viaje, ha comprado un billete de regreso.
Nota: Este Contrato está suscrito por un período máximo de 12 meses. Sin embargo, antes de la fecha de vencimiento de la garantía actual, el Contrato puede extenderse en los mismos términos que el Contrato original, sujeto al acuerdo de la Aseguradora y al pago total de la prima correspondiente.
DERECHO DE RENUNCIA EN CASO DE SUSCRIPTIÓN A DISTANCIA
Contrato de menos de 1 més
NIVM 160301
De acuerdo con la orden n ° 2005-648 del 6 xx xxxxx de 2005 relativa a la comercialización a distancia de los servicios financieros y el artículo L.112-2-1-II-3 ° del Código de los seguros y el articulo L22-1-18 del Codigo de la Mutualidad, ningún derecho de renuncia se aplica a los contratos de seguro de viaje o equipaje de menos de 1 mes de duración.
Contrato de más de 1 més
El Asegurado tiene el derecho de renuncia dentro de los 14 días laborables a partir de la fecha de adhesión al Contrato, sin ningún gasto o penalidad. Este derecho no se aplica si el Asegurado declara un Siniestro garantizado a la Aseguradora durante este período de 14 días.
La carta de renunciación, cuyo el modelo se propone siguiente para el ejercicio de este derecho, debe enviarse por carta o cualquier otro medio duradero a la Aseguradora o al intermediario: KINOUSASSUR - 00 XXXXXX XXXXXX X'XXX 00000 XXXXXXX.
Propuesta de redacción para ejercer su renuncia
"Yo, el abajo firmante, Sr / Sra.............. Residiendo.............. Renuncia a mi adhesión al Contrato de Seguro N °... ...
certifico que no sé a la fecha de envío de mi correspondencia, de cualquier Reclamo que implique una garantía de este Contrato".
Consecuencias de la renuncia
El ejercicio del derecho de renuncia dentro del período definido anteriormente implica la rescisión del Contrato desde la fecha de recepción de la solicitud de renuncia. A continuación, se le reembolsa al asegurado la prima pagada por él, sin cargos o sanciones, dentro de los 30 días posteriores a la fecha de ejercicio de su derecho de renuncia, excepto en el caso de un Reclamo o siniestro que surja antes del ejercicio del derecho de renuncia.
CÁLCULO DE LA INDEMNIZACIÓN
Si la indemnización no puede determinarse por mutuo acuerdo, se evalúa mediante una evaluación amistosa, sujeta a nuestros respectivos derechos. Cada uno de nosotros elige a su experto. Si estos expertos no se ponen de acuerdo, recurren a un tercero y los tres operan en común y por mayoría de votos. Si uno de nosotros no designa a un experto o si los dos expertos acuerdan la elección de un tercero, el nombramiento lo realiza el Presidente del Tribunal Superior, que resuelve, en resumen. Cada una de las partes asume los costos y honorarios de su experto, y si es necesario, la mitad de los de la tercera.
PERIODO DE INDEMNIZACIÓN
El pago se produce dentro de los 15 días posteriores al acuerdo entre nosotros o de la notificación de la decisión judicial ejecutoria.
DECLARACIONES FALSAS:
• Cubriendo el riesgo a ser garantizado
Cualquier reticencia o y cualquier declaración falsa involuntaria de su parte en relación con el riesgo que debe garantizarse puede sancionarse en las condiciones previstas por los artículos L.113-8 y L.113-9 del Código francés de Seguros y el articulo L22-1-14 y L.221-15 del Código de la Mutualidad, teniendo en cuenta de la naturaleza colectiva del Contrato.
• En el momento del siniestro
Cualquier fraude, renuencia o declaración falsa intencional por parte de usted de las circunstancias o consecuencias de un Siniestro resultará en la pérdida de cualquier derecho a beneficio o indemnización por este Siniestro.
MODALIDADES DE REVISIÓN DE RECLAMOS
1. En caso de disconformidad o insatisfacción con la gestión de su solicitud de reembolso de gastos médicos ambulatorios, le invitamos a comunicarlo al departamento dedicado de GAPI o escribiendo un email a xxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx
Si la respuesta que obtiene no le satisface, puede enviar una carta por correo postal ordinario a la dirección siguiente:
ASISTENCIA INTERNACIONAL VYV ISICASSUR
NIVM 160301
Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxx, X. 0 XX 00000 – La Xxxxxxxx (FRANCIA)
Si la respuesta que recibe no es satisfactoria, puede enviar un Correo electrónico a:
VYV INTERNATIONAL ASSISTANCE ISICASSUR
0 Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxx 00000 Xx Xxxxxxxx XXXXXXX
VYV INTERNATIONAL ASSISTANCE se compromete a acusar recibo de su correspondencia dentro de los 10 días laborables. Será tratado dentro de 2 meses como máximo.
Si el desacuerdo persiste, puede recurrir a Mediación de Seguros:
LA MEDIATION DE L’ASSURANCE
TSA 50110
75441 PARIS CEDEX 09 FRANCIA
2. En caso de desacuerdo o insatisfacción con la implementación de la cobertura del seguro de su contrato, lo invitamos a que lo haga saber a ASSUR TRAVEL llamando al + 00.0.00.00.00.00 o escribiendo a isicassur@assur- xxxxxx.xxx .
Si la respuesta que recibe no es satisfactoria, puede enviar un Correo electrónico a:
MUTUAIDE ASSISTANCE SERVICE ASSURANCE TSA 20296
94368 BRY-SUR-XXXXX CEDEX FRANCIA
MUTUAIDE ASSISTANCE se compromete a acusar recibo de su correspondencia dentro de los 10 días hábiles. Será tratado dentro de 2 meses como máximo.
Si el desacuerdo persiste, puede recurrir a Mediación de Seguros:
LA MEDIATION DE L’ASSURANCE
TSA 50110
75441 PARIS CEDEX 09 FRANCIA
El asegurador acusa recibo del reclamo dentro de un período que no debe exceder los 10 días laborables desde la recepción del reclamo, a menos que la respuesta en sí se proporcione al cliente dentro de este período. Él envía la respuesta a la persona asegurada dentro de un período que no debe exceder los dos meses a partir de la fecha de recepción.
Finalmente, si su desacuerdo persiste después de la respuesta dada, puede tomar el mediador de la Federación Francesa de Compañías de Seguros siempre que no se haya tomado ninguna acción legal
LE MEDIATEUR DE LA FFSA BP290
75125 PARIS CEDEX 09
RECOPILACIÓN DE DATOS
NIVM 160301
De conformidad con el artículo 32 de la Ley de 6 de enero de 1978, el Asegurado acepta que se le informe que el Asegurador está procesando sus datos personales y que de lo contrario:
• Las respuestas a las preguntas son obligatorias y en caso de declaraciones falsas u omisiones, las consecuencias
para él pueden ser la nulidad de la adhesión al contrato de seguro (artículo L 113-8 del Código de Seguros) o la reducción de beneficios (Artículo L 113-9 del Código de Seguros). Los destinatarios de los datos que lo conciernen son principalmente los empleados de la Aseguradora, pero también sus socios para la implementación de las garantías y los organismos profesionales autorizados.
• Como institución financiera, el Asegurador está sujeto a las obligaciones legales que surgen principalmente del Código Monetario y Financiero en la lucha contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo y, como tal, implementa un proceso de supervisión de contratos que puede conducir a la redacción de un informe de transacción sospechosa o medida de congelación de activos de acuerdo con la autorización única otorgada por la Comisión Nacional de Tecnologías de la Información y Libertades (CNIL) el 16 xx xxxxx 2011.
• Sus datos personales también pueden ser utilizados como parte de un tratamiento antifraude contra seguros que la CNIL ha autorizado a la Aseguradora a implementar de conformidad con la autorización única con fecha del 17 de julio de 2014; este tratamiento puede conducir, si es necesario, a una inscripción en una lista de personas en riesgo de fraude.
• Como asegurador, tiene derecho a procesar datos relacionados con delitos, condenas y medidas de seguridad, ya sea en el momento de la suscripción del contrato de seguro o durante su ejecución o en el contexto del contrato de seguro. gestión de litigios de conformidad con la autorización única otorgada por la CNIL de fecha 23 de enero de 2014.
• Los datos personales también pueden ser utilizados por el asegurador como parte de los tratamientos que implementa y cuyo propósito es la investigación y el desarrollo para mejorar la calidad o la relevancia de sus futuros productos y ofertas de seguros. de servicios.
• Los datos personales que le conciernen pueden ser accesibles para algunos de los empleados o prestadores de servicios del Asegurador establecidos en países fuera de la Unión Europea.
El Asegurado también puede solicitar la divulgación de esta información y ejercer su derecho de acceso y rectificación sobre todos los datos que le conciernen poniéndose en contacto con:
• Los miembros y/o los beneficiarios disponen de un derecho de acceso, de rectificación o de eliminación, de limitación del tratamiento de sus datos, de portabilidad, oposición a los tratamientos, así que de su derecho a definir las directivas de su situación después su deceso. Pueden usar de sus derechos con el Delegado de la Protección de los datos del grupo VYV: Tour Montparnasse – 00, xxxxxx xx Xxxxx – BP 245 – 75755 Paris Cedex 15 o xxx@xxxxxx-xxx.xx. Cuando ejercen sus derechos, la producción de un título de identidad puede ser preguntada. En caso de litigio persistente, disponen de un derecho a recurrir a la CNIL mediante xxx.xxxx.xx o a 3, place xx Xxxxxxxx – TSA 80715 – 75334 Paris cedex 7, France.
DERECHO E IDIOMAS APLICABLES
El presente contrato está rigiendo por el derecho francés. Los diferentes partes contratantes declaran someterse a la jurisdicción de los tribunales francés y renuncian a todo otro tipo de procedimiento en otros países.
PLURALIDAD DE SEGURO
NIVM 160301
De conformidad con las disposiciones del Artículo L 121-4 del Código de Seguros francés, cuando se contratan varios seguros sin fraude, cada uno de ellos produce sus efectos dentro de los límites de las garantías del contrato, y de conformidad con las disposiciones del Artículo L 121-1 del Código de Seguros
SUBROGACION
Como contrapartida del pago de una indemnización efectuada por parte de la Aseguradora al Asegurado en virtud de la presente póliza, la Aseguradora se convierte en beneficiaria -hasta completar esta indemnización- de todos los derechos y acciones del Asegurado contra cualquier responsable del siniestro, conforme al artículo L. 121-12 del Código de Seguros y el articulo L.224-9 del Código de la Mutualidad xx Xxxxxxx.
El Asegurado deberá entregar todos los documentos y certificados necesarios y hacer todo lo posible para que la Aseguradora pueda defender sus derechos. El Asegurado no debe iniciar ninguna acción que pueda perjudicar los derechos de la Aseguradora en relación a la subrogación. Si ya no se puede ejercer la subrogación a favor de la Aseguradora, por motivo imputable al Asegurado, la Aseguradora anulará todo o parte de sus derechos hacia el Asegurado.
PRESCRIPCION
De conformidad con el artículo L 114-1 del Código de Seguros y el articulo L.221-11 del Código de la Mutualidad, cualquier acción derivada de este contrato está prescrita por dos años a partir del evento que la origina.
Sin embargo, este período no se ejecuta:
• En caso de renuencia, omisión, declaración falsa o inexacta del riesgo incurrido, a partir del día en que el Asegurador tomó conocimiento de ello;
• En el caso de una Siniestro, solo el día en que los reclamantes tuvieron conocimiento de ella, si prueban que la ignoraron hasta ahí
Cuando la acción del Asegurado contra el Asegurador es causada por el recurso de un tercero, este período de prescripción se aplica únicamente desde el día en que el tercero interpuso una acción legal contra el Asegurado o fue indemnizado por esta última.
Este período de prescripción puede verse interrumpido, de conformidad con el artículo L 114-2 del Código de Seguros y los artículos L.221-11 y el L.221-12 del Código de la Mutualidad, por una de las siguientes causas ordinarias de interrupción:
• El reconocimiento por parte del deudor del derecho de la persona contra la que prescribió (artículo 2240 del Código Civil)
• una demanda judicial, hasta que el proceso se extinga. Es lo mismo cuando se presenta ante una jurisdicción incompetente o cuando el acto de remisión a la jurisdicción se anula por el efecto de una violación procesal (artículos 2241 y 2242 del Código Civil). La interrupción es nula si el solicitante retira su solicitud o permite que el caso expire, o si su solicitud es definitivamente rechazada (Artículo 2243 del Código Civil)
• una medida cautelar tomada bajo el Código de Procedimiento de Ejecución Civil o un acto de ejecución obligatoria (Artículo 2244 del Código Civil).
Se recuerda que:
La interpelación hecha a uno de los deudores solidarios mediante una petición o mediante un acto de ejecución forzada o el reconocimiento por parte del deudor del derecho del que él prescribe, interrumpe el plazo de prescripción contra todos los derechos, incluso contra sus herederos.
Por otro lado, el interrogatorio de uno de los herederos de un deudor solidario o el reconocimiento de ese heredero no interrumpe el período de prescripción con respecto a los demás coherederos, incluso en el caso de una deuda hipotecaria, si la obligación es divisible. Esta interpelación o reconocimiento interrumpe el período de prescripción, con respecto a los otros codeudores, solo por la parte de la cual se mantiene este heredero.
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Para interrumpir el plazo de prescripción para el todo, respecto de los demás codeudores, es necesaria la consulta a todos los herederos del deudor fallecido o el reconocimiento de todos estos herederos (artículo 2245 del Código Civil).
El interrogatorio al deudor principal o su reconocimiento interrumpe el plazo de prescripción de la fianza (artículo 2246 del Código Civil).
El plazo de prescripción puede ser interrumpido también por:
• Designación de un experto después de un Siniestro;
• El enviado de una carta certificada con acuse de recibo (enviada por el Asegurador al Asegurado con respecto a la acción para el pago de la contribución, y enviada por el Asegurado a el Asegurador con respecto al pago de la indemnización de Siniestro)
AUTORIDAD DE CONTROL DEL ASEGURADOR
NIVM 160301
VYV INTERNATIONAL ASSISTANCE y MUTUAIDE ASSISTANCE están controladas por la Autoridad de Control y Resolución Prudencial (ACPR) - 4, place de Budapest – CS 92 459 – 75 436 Paris Cedex 9.
DESCRIPCIÓN DE GARANTIAS DE SEGUROS
EQUIPAJE
Le garantizamos, al límite indicada en el Cuadro de Garantías, su equipaje, objetos y efectos personales, transportados con usted o comprados durante su viaje, fuera de su lugar de residencia primaria o secundaria o el lugar de alojamiento en caso de:
▪ Robo,
▪ Destrucción total o parcial durante el transporte por parte de una empresa de transporte,
▪ Pérdida durante el transporte por parte de una empresa de transporte.
RETRASO EN LA ENTRAGA
Si su equipaje personal no le es devuelto en el aeropuerto de destino (a la ida) y si lo devuelve con más de 24 horas de retraso, le reembolsaremos en la presentación de los recibos, la compra de bienes de primera necesidad en el límite indicado en el cuadro de garantía.
Sin embargo, no puede acumular esta indemnización con las otras indemnizaciones de la garantía de EQUIPAJE.
¿CUÁLES SON LOS LÍMITES DE NUESTRA GARANTÍA?
Para objetos de valor: perlas, joyas, relojes, así como cualquier equipo y accesorios de reproducción de sonido y / o imagen, rifles xx xxxx, equipos de pesca, ordenadores portátiles. El valor del reembolso no puede ningún caso excede la cantidad indicada en la Tabla de Garantías.
Para ordenadores portátiles y teléfonos móviles, la compensación no puede exceder el importe establecido en la Tabla de garantías.
Los objetos enumerados anteriormente están garantizados solo contra el robo caracterizado y declarado como tal a una autoridad competente (policía, gendarmería, empresa de transporte, comisionado, etc.)
⮚ El robo xx xxxxx SÓLO se garantiza cuando se coloca en una caja de seguridad o cuando le lleva.
⮚ El robo de cualquier dispositivo y accesorio de reproducción de sonido y / o imagen UNICAMENTE se garantiza cuando se coloca en una caja de seguridad o cuando usted le lleva.
Si utiliza un vehículo particular, el riesgo de robo está cubierto siempre que su equipaje y sus efectos personales estén en el maletero del vehículo cerrado y protegidos de todas las miradas. Solo el robo con allanamiento está cubierto.
Si el vehículo está estacionado en vías públicas, la garantía solo está garantizada entre las 7h y las 22h.
En todos los casos, si el robo ocurrió a bordo de un vehículo, la indemnización se limitará a la cantidad fija en la Tabla de Garantía.
EXCLUSIONES
Además de las exclusiones contenidas en la sección "EXCLUSIONES APLICABLES A TODAS LAS GARANTÍAS", no podemos intervenir en las siguientes circunstancias:
1) LAS CIRCUNSTANCIAS EXCLUIDAS
♦ El robo de equipaje, efectos y objetos personales que se dejan desatendidos en un lugar público, hotel o albergue juvenil se almacenan en una habitación disponible para varias personas;
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♦ El robo de cualquier dispositivo de reproducción de sonido y / o imagen y sus accesorios cuando no se han colocado en una caja de seguridad con llave, mientras no se llevan, lo que implica Estos dispositivos no están garantizados cuando se confían a una empresa de transporte de cualquier tipo (aire, mar, ferrocarril, carretera, etc.);
♦ Olvido, pérdida (excepto por una compañía de transporte), el intercambio;
♦ Robo sin allanamiento obligatoriamente registrado y verbalizado por una autoridad (gendarmería policial, compañía de transporte, comisionado de juntas, etc.)
♦ Daño accidental debido al vertido de líquidos, grasa, colorante o corrosivo y contenido en su equipaje;
♦ La confiscación de bienes por las autoridades (aduanas, policía);
♦ Daño causado por ácaros y / o roedores, así como quemaduras de cigarrillos x xxxxxxx de calor no incandescentes;
♦ Daños por desgaste, depreciación, defectos mecánicos o eléctricos, cualquier proceso de limpieza, desinfección o retoque, circunstancias atmosféricas o climatológicas o cualquier causa que pudiera suceder poco a poco,
♦ Robo en cualquier vehículo descapotable o vehículo que no tiene una caja fuerte;
♦ Colecciones, muestras de representantes de ventas
♦ Robo, pérdida, olvido o deterioro de efectivo, documentos, libros, boletos y tarjetas de crédito;
♦ La omisión, pérdida o deterioro de los documentos oficiales: pasaporte, documento de identidad o permiso de residencia, certificado de registro y permiso de conducir
♦ El robo xx xxxxx cuando no se ha colocado en una caja de seguridad cerrada mientras no se usa, lo que implica que las joyas no están garantizadas cuando se coloca en una empresa de transporte, cualquiera que sea (aérea, marítima, ferroviaria, carretera, etc.)
♦ Rotura de objetos frágiles como objetos en porcelana, vidrio, loza, xxxxxx, cerámica, mármol
♦ Robos en camping
♦ Daños indirectos tales como la depreciación y la privación del disfrute.
2) LOS OBJETOS EXCLUIDOS
♦ Prótesis, dispositivos de cualquier tipo, binoculares, gafas y lentes de contacto,
♦ DVD, alarmas, videojuegos y accesorios, pieles, colecciones
♦ Bicicletas, remolques, caravanas y, en general, vehículos de transporte
♦ Efectivo, títulos de cualquier tipo, pinturas, obras de arte, llaves de todo tipo, remolques,
♦ Documentos registrados en cintas o películas, así como equipos profesionales, instrumentos musicales,
♦ Productos alimenticios, encendedores, bolígrafos, cigarrillos, alcoholes y cosmético
¿CUÁL ES LA FECHA DEL EFECTO Y LA VENCIMIENTO DE LA GARANTÍA?
La garantía entrará en vigencia en el momento de la entrega o el registro de su equipaje por parte del transportista a partir del momento de la entrega de las llaves para el alquiler.
Expira en el momento de la restitución final del equipaje por el transportista, en la devolución o la restitución de las llaves para el alquiler.
¿POR CUAL IMPORTE INTERVENEMOS?
El importe indicado en el cuadro de garantías constituía el máximo del reembolso, la franquicia se deduce por todos los siniestros que ocurrieron durante el período de garantía.
¿CÓMO SE CALCULA SU INDEMNIZACIÓN?
En caso de destrucción total o parcial, o en caso de pérdida durante el transporte por parte de una empresa de transporte, se le compensará con pruebas y sobre la base del valor de reposición por objetos equivalentes y de la misma naturaleza, deducidas en ruina.
Durante el primer año desde la fecha de compra, el importe reembolsado será igual al valor de compra del equipaje u objetos de valor. El año siguiente, el monto del reembolso se calculará al 75% del precio de compra. En los años siguientes, el valor se reducirá en un 10% adicional.
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En caso de robo, se le compensará con una prueba, deducción hecho de la vetustez calculada en el párrafo anterior. En ningún caso se aplica la regla de capital proporcional prevista en el artículo L.121-5 del Código de Seguros francés. Nuestro reembolso se realizará neto de los reembolsos obtenidos de la compañía de transporte y la franquicia.
¿CUÁLES SON SUS OBLIGACIONES EN CASO DE SINIESTRO?
La declaración del Siniestro debe llegar a ASSUR TRAVEL, dentro de los 5 días laborables (48 horas en caso de robo), excepto evento fortuito o fuerza mayor. Si no se respeta este plazo y, por lo tanto, sufrimos perjuicios, perderá todo derecho a indemnización.
La declaración de pérdida debe ser acompañada de lo siguiente:
✓ La recepción de una denuncia en caso de robo o declaración de robo por parte de una autoridad competente (policía, gendarmería, empresa de transporte, comisionado del buque, etc.) en caso de robo durante la estancia;
✓ El registro de pérdida o destrucción establecido con el transportista (marítimo, aéreo, ferroviario, vial) cuando el equipaje u objetos se perdieron, dañaron o robaron durante el período en que se encontraban bajo la custodia legal del transportista.
✓ El certificado de irregularidad en caso de pérdida o daño del equipaje por parte del transportista
✓ La copia de la lista de objetos declarados dañados o robados, entregada al transportista,
✓ Facturas iniciales del material dañado y facturas correspondientes a las reparaciones.
✓ La carta de reembolso del transportista que muestra la compensación que se le pagó. En caso de no presentación de estos documentos, incurre en la pérdida de sus derechos de compensación.
En caso de no presentación de estos documentos, usted puede perder sus derechos de compensación.
Las sumas aseguradas no pueden ser consideradas como una prueba del valor de los bienes por los cual pregunta una indemnización, ni como una prueba de la existencia de esos bienes. Tienes que justificar por todos los medios que puede y por todos los documentos a su disposición de la existencia y del valor de sus bienes al momento del siniestro así que la importancia del daño. Si deliberadamente, como justificación, usa documentos falsos o usa de medio fraudulento o hace declaraciones inexactas o reticentes, será apartado de un cualquier derecho a una indemnización, y este, sin prejudicio a las actuaciones judiciales que podríamos entablar contra usted.
RECURSO
Nuestra garantía se suma a otras garantías otorgadas en otros lugares, es su responsabilidad completar el remedio con la Compañía aérea u otro organismo responsable de los daños. Se le exige que tome medidas, ante todo, para limitar el daño y hacer que las autoridades competentes lo registren.
El equipaje dañado durante el viaje, o no entregado por el transportista, debe ser objeto de un certificado de irregularidad y un informe redactado por él antes de ser aceptado por usted. Si descubre daños después de la entrega, debe convocar, dentro de los tres días, al transportista para establecer un informe. En caso de negativa a informar, debe notificar su protesta dentro de los tres días.
Además, en caso de robo cometido en un vehículo de motor, las autoridades policiales redactarán un informe de los robos y se lo comunicará al asegurador.
¿QUÉ OCCURE SI RECUPERA TODO O PARTE DEL EQUIPAJE, OBJETOS O EFECTOS PERSONALES?
Debe notificar a ASSUR TRAVEL inmediatamente por carta certificada tan pronto como se le informe:
- si aún no le hemos pagado la indemnización, debe recuperar el equipaje, los objetos o los efectos personales; solo se nos exige pagar por los daños que intervengamos para reembolsar los artículos faltantes.
- Si ya lo hemos indemnizado, puede optar por hacerlo dentro de los 15 días siguientes:
✓ por el descuido de tal equipaje, objetos o efectos personales para nuestro beneficio,
✓ recuperación de dicho equipaje, objetos o efectos personales, sujeto a la devolución de la indemnización que haya recibido, descontada, en su caso, de la parte de esta indemnización correspondiente a los deterioros o los objetos faltantes.
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Si no ha elegido dentro de los 15 días, consideramos que opta por la rendición.
INDIVIDUAL ACCIDENTE
DEFINICIONES ESPECÍFICA A LA GARANTIA «INDIVIDUAL ACCIDENTE»
Beneficiario(s)
La o las personas quien recibe del asegurador la indemnización adeudada al título del siniestro
En caso de fallecimiento del asegurado, si no había una persona designada por el asegurado, la indemnización prevista está pagada:
- Si el asegurado está casado: su cónyuge de derecho, su conyugue no separado, ni divorciado, a falta sus niños nacidos o por nacer, viviente o representado a falta por sus herederos,
- Si el asegurado esta signatario de un PACS francés: su compañero, a falta sus herederos,
- Si el asegurado está viudo o divorciado: sus niños a falta sus herederos
- Si el asegurado está soltero: sus herederos.
En todos los otros casos las otras indemnizaciones están pagadas a la víctima asegurada del accidente. Está excluido de la garantía, cualquier persona quien hubiera provocado o causado intencionalmente el siniestro.
Accidente corporal
No obstante, lo dispuesto en las “definiciones comunes a todas las garantías” un accidente corporal se define por cualquier daño corporal no intencional del parte de la víctima y que viene de la acción súbita de una causa externa. Por extensión a esta definición, las manifestaciones patológicas quien serían las consecuencias directas de este daño corporal están también cubiertas
Se consideran como accidentes:
- Las lesiones causadas por fuego, chorros de vapor, ácidos y corrosivos, la rayo y la corriente eléctrica;
- Asfixia por inmersión y asfixia par inhalación imprevista de gas o de vapores;
- Las consecuencias de envenenamiento y lesiones corporales debidas a la absorción no intencional de sustancias toxicas;
- Los casos de insolases, congestión y congelación consecutiva a naufragios, aterrizajes forzosos, derrumbes, avalanchas, inundaciones y todos otros eventos a carácter accidental;
- Las consecuencias directas de mordeduras animales o picaduras de insectos, con exclusión de las enfermedades (como el paludismo o enfermedad del sueño), que tienen su primer origen en relación con este tipo de mordeduras y picaduras;
- Las lesiones que pudiera surgir en la práctica de buceo, incluido las consecuencias de la hidrocución o del síndrome de descompresión;
- Las lesiones corporales resultante de une agresión u atentado en la cual el asegurado sería una víctima a menos que no está probado que ha jugado un papel activo como autor o investigador en estos eventos;
- Las consecuencias psicológicas de las operaciones quirúrgicas, a menos que había sido necesitado par un accidente incluido en la garantía.
No se consideran como accidentes:
- Las rupturas del aneurisma, infarto del miocardio, una trombosis cerebral, Las crisis epilépticas, las hemorragias subaracnoideas.
Invalidez permanente
Se considera que existe invalidez permanente cuando existe una perdida anatómica supuesta permanente del asegurado. El importe de la indemnización se determina por una tasa determinada en referencia con la escala Invalidez de la “Seguridad Social”.
¿CUAL ES EL OBJETO DE LA GARANTIA?
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En caso de accidente corporal que pueda hacer daño al asegurado, garantizamos el pagamento de la indemnización como queda determinado a continuación que está prevista y que está fijado por el cuadro de las garantías.
EXCLUSIONES
Además de las exclusiones generales recogidas en "CUAL SON LOS EXCLUSIONES GENERALES APLICABLES A TODAS LAS GARANTIAS", No podemos intervenir en los casos siguientes:
♦ Los accidentes causados o provocado intencionalmente por el Asegurado. Consecuencias de su suicidio, intento de suicidio, embriaguez o uso de estupefacientes o medicamentos no prescritos por una autoridad médica competente.
♦ Los accidentes que ocurre cuando el Asegurado es el conductor del vehículo y que su índice de alcoholemia está superior a lo que está legalmente tolerado en el país donde se produce el accidente.
♦ Los accidentes derivados de la participación del asegurado en un crimen, delito o altercado, excepto en casos de legítima defensa o asistencia a una persona en peligro.
♦ Los accidentes que ocurre cuando el Asegurado usa, como piloto o como miembro del equipaje, un vehículo que permite desplazarse en el aire o que ocurre durante la práctica de un deportivo en relación con uno de esos aparatos.
♦ Los accidentes ocasionados por la participación como competidor profesional o igualmente como competidor aficionado para todos los deportes necesitando el uso aparatos mecánicos a motor, como piloto o pasajero. La práctica de un deporte se define por la participación a torneos o pruebas deportivos, partidos, entrenamiento, o sus pruebas preparatorias.
♦ Las consecuencias de guerras civiles o extranjeras, declarado o no.
♦ Las consecuencias de radiaciones ionizantes emitidas por combustibles nucleares o por productos o residuos radioactivos, o causadas por armas o aparatos destinados a explotar por modificación de estructura del núcleo del átomo.
LA NATURALEZA DE LA INDEMNISACION
FALLACIMIENTO
Si en el plazo máximum de 24 meses después la fecha del accidente en el cual el Asegurado ha sido la víctima, el asegurado fallece, garantizamos el pagamento del capital fijado en el cuadro de garantías en beneficio de la o las personas inscrito como beneficiario en su Formulario.
Cuando, previamente al fallecimiento, el mismo accidente habrá dado lugar al pagamiento para invalidez permanente en aplicación de las condiciones a continuación, el capital será reducido del importe de esta indemnización.
La desaparición oficialmente reconocida del cuerpo del Asegurado durante un naufragio, de la desaparición o la destrucción del medio de transporte en el cual circulaba, creara la presunción del fallecimiento del Asegurado a la expiración del periodo de un año a cuento del día del accidente.
Sin embargo, Xx aparece a cualquier momento que el Asegurado esta todavía viviendo después el pagamento de la indemnización a título de su desaparición, los importes indebidamente abonados por este título deberán ser integralmente reembolsados
INVALIDEZ PERMANENTE
Cuando el Accidente produce un Invalidez permanente, pagamos al Asegurado una indemnización cuyo máximum corresponde al tasa de 100% de la escala Invalidez de la “Seguridad Social”. Si la invalidez es solamente parcial, el Asegurado tiene únicamente derecho a une parte de la indemnización que es proporcionado a su grado de invalidez.
Las invalideces no listadas están indemnizadas en función de su gravedad en comparación con las que están lisadas.
La indemnización tiene un carácter fijo y contractual, está determinada según las reglas fijas indicadas previamente, sin tener en cuento la edad o del trabajo del Asegurado.
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El grado de invalidez será establecido al momento donde las consecuencias definitivas del Accidente podrán ser fijado de manera segura, y a más tardar, salvo que se den condiciones particulares adoptadas por ambos partes: asegurado y nosotros, a la expiración del periodo de un año a cuenta del día del accidente.
Las garantías fallecimiento e invalidez no se combinan cuando resultan del mismo accidente.
INVALIDECES MULTIPLES
Cuando el mismo accidente produce varias invalideces distintas, la invalidez principal es evaluado en primer lugar en las condiciones prevista anteriormente, y las otras invalideces serán estimadas sucesivamente, baja proporcionalmente con respecto a la capacidad restante después de la adición de los precedentes, sin que la global tasa supera 100%. La pérdida de funcionalidad absoluta de los miembros o de los órganos está asimilado a la pérdida de este miembro u órgano.
La pérdida de un miembro u órgano estropeado ante el accidente no da lugar a una indemnización. Si el Accidente afecta a un miembro o órgano ya lisiado antes del accidente, la indemnización será determinada por la diferencia entre su estado anterior y posterior al Accidente. En ningún caso la evaluación de las lesiones consecutivas al accidente puede ser superado por el estado de discapacidad de los miembros e órganos que no fueron impactados por el accidente.
Los trastornos nerviosos o cerebrales y lesiones nerviosas no pueden ser tomados en consideración, siempre que serían las consecuencias de un accidente garantizado, que se traducen al examen por signos clínicos claramente caracterizados.
Franquicia: la tasa de discapacidad debe ser superiora a 10%
¿CUAL SON SUS OBLIGACIONES EN CASO DE SINIESTRO?
En caso de siniestro, está muy importante que estuvimos informado rápidamente y con detalle de las circunstancias en las cuales el accidente se produjo et sus consecuencias posibles.
INFORMACIONES NECESITAS
Usted mismo o sus personas en derecho si se necesita, o cualquier representante actuando en su nombre tendrá que hacer una declaración a ASSUR TRAVAL de cualquier siniestro por escrito o verbalmente contra recibo en los quince días (15) a más tardar de la fecha de la cual han tenido conocimiento del evento.
Si la declaración del siniestro no está efectuada durante este periodo previsto anteriormente, salvo el caso fortuito o de fuerza mayor, podemos oponer el vencimiento de la garantía cuando se puede establecer que el retraso de la declaración nos ha causado prejudicio (artículo L.113-2 del Código de los seguros).
Además, tenemos que recibir con esta declaración, todas las informaciones en relación con la gravedad, las causas y las circunstancias del siniestro y cuando la situación lo permite: los nombres y direcciones de los testigos y autores responsables.
La declaración del siniestro deberá incluir les elementos siguientes:
- la fecha, las circunstancias y el lugar del accidente;
- el nombre, apellido, fecha de nacimiento, dirección y profesión de la o las víctimas;
- el certificado médico describiendo la naturaleza de las lesiones o heridas así que las consecuencias probables;
- Si se necesita, el acta de la policía gendarmería, los nombres y apellido de los autores del accidente y los eventual testigos.
La víctima o sus personas de derecho tienen que intentar todo lo que pueden para limitar las consecuencias del accidente y recurrir a las atenciones medicales necesitadas por el estado de la víctima.
Los mandatarios y los médicos, designados por nosotros, tendrán libro acceso a la víctima y a sus médicos para constatar sur estado, a menos que hay una oposición justificada.
NIVM 160301
Cualquier falsa declaración intencional sobre la fecha o las circunstancias de un accidente, debidamente constatado y que pudiera perjudicarnos, produce la privada de los derechos a una indemnización que, si ya fue pagado, deberá ser reembolsado.
CONTROL
Tiene la obligación someterse al examen de nos médicos delegados. Nos representantes tendrán libro acceso a usted cada vez que lo juzgaremos útil, bajo pena de exponerse la pérdida de su derecho, para usted o cualquier beneficiario. La pérdida de su derecho esta efectivo en el caso de que se niega a permitir el control de nos delegados u obstaculiza al ejercicio de este control, a pesar que hubiera recibido la notificación 48 hora por adelantado con un correo certificado. De hecho, encontramos a un rechazo persistente de su hecho o permanecemos impedido ejercitar nuestro control
Cualquier fraude, reticencia o falsa declaración de su parte o de la parte de su beneficiario de la indemnización, con el fin de inducirnos a error sobre las circunstancias o las consecuencias del siniestro, genera la pérdida de su derecho a la indemnización para el siniestro de referencia.
REGLAMENTO DE LAS INDEMNIZACION
DETERMINACION DE LAS CAUSAS Y CONSECUENCIAS DEL ACCIDENTE
Las causas del Accidente, sus consecuencias y la tasa de la invalidez están constatadas en acuerdo con los diferentes partes, si no hay acuerdo encontrado, cada parte elige un médico, y los dos médicos juntos serán encargados encontrar una solución.
Si todavía, no se acuerden, un tercero medico será encargado desempatarlos. Si no se acuerden sobre la elección xxx xxxxxxx médico, o si un parte no designa su experto, a petición del parte el más diligente, el presidente del tribunal civil de primera instancia del lugar de residencia del Asegurado hará la designación con exención de juramento y otras formalidades.
Cada parte conserva a su cargo los honorarios y gastos en relación con la intervención del médico que ha elegido. Los gastos generados por la eventual intervención xxx xxxxxxx medico serás compartidos entre los dos partes.
AGRAVAMIENTO INDEPENDANTE DEL ACCIDENTE
Non obstante, si las consecuencias de un accidente serian agravado por el estado constitucional de la víctima. Es decir, si se constata que las consecuencias esta debida a una falta de atención debida a su negligencia o por un tratamiento empírico, por una enfermedad o una debilidad preexistente y en particular por un estado diabético o hemático, las indemnizaciones adeudadas serán determinadas según las consecuencias que hubiera tenido el accidente en un sujeto valido y que tiene un estado físico normal sometido a un tratamiento racional.
PAGO DE LA INDEMNIZACION
Las indemnizaciones garantizadas están pagaderas:
- En caso de fallecimiento e invalidez permanente: en el mes siguiente la entrega de los documentos justificativos del fallecimiento accidental del asegurado y de su cualidad de beneficiario, o de un acuerdo de los partes sobre el grado de la invalidez.
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- A falta de un acuerdo entre los partes, el reglamento de las indemnizaciones tendrá lugar en un periodo de quince días a cuenta de la decisión judicial convertida en ejecutoria
DESCRIPCIÓN DE LAS GARANTÍAS ASISTENCIA
Está enfermo, herido o fallece durante su viaje. Intervinimos en las condiciones siguientes:
ASISTENCIA REPATRIACIÓN
1/ REPATRIACIÓN O TRANSPORTE SANITARIO
Está enfermo o herido durante su viaje. Organizamos y hacemos cargo de su repatriación al domicilio del asegurado o al centro hospitalario cerca de su domicilio.
La fecha elegida para la repatriación, el medio de transporte o el lugar de hospitalización debe estar basada únicamente en exigencias de orden medical
La decisión de reparación está tomada por el médico de nuestra compañía, previo dictamen del médico tratante ocasional y eventualmente del médico de la familia.
Durante su repatriación, y en relación con la prescripción del médico de nuestra compañía, organizamos y hacemos en cargo del transporte de 2 (dos) acompañantes con usted.
Cualquier rechazo a la solución propuesto por nuestro equipo medical produce la anulación de la garantía de asistencia.
2/ REPATRIACIÓN DE 2 ACOMPAÑANTES
Está repatriado medicamente o fallece durante su viaje.
Organizamos en hacemos en cargo, siempre que no puedan llegar por los medios inicialmente previstos, el transporte hasta el domicilio de 2 acompañantes asegurados cuando ocurra el siniestro, sobre la base de un billete de tren en 1ª clase o de avión en clase turista.
3 / VISITA DE UNA PERSONA CERCANA
Está hospitalizado in situ por decisión del equipo medical, ante de su repatriación sanitario, para un periodo igual o superior a 5 días consecutivas. Organizamos y se encargamos el transporte ida y vuelta en avión en clase turista
o en tren en 1ª clase, para una persona residente en el mismo país que usted así que sus gastos de estancia (camera, desayuno) para que permanezca a su lado.
Encarguemos de su alojamiento hasta los importes indicados del cuadro de garantías. Los gastos de restauración u otros gastos no están incluido en el marco de esta garantía.
Esta persona podrá beneficiar durante su estancia de las garantías “repatriación o transporte sanitario” y “gastos medicales y hospitalarios” al título de este contrato, para una duración de máximo 8 días y a concurrencia del importe en el cuadro de las garantías
La garantía «Presencia con el asegurado» no se puede combinar con la garantía “repatriación de los acompañantes”.
4/ AMPLIACIÓN DE LA ESTANCIA
Tras una enfermedad o un accidente durante su viaje, no es posible viajar a la fecha inicialmente prevista sobre su billete de vuelta.
Encarguemos de los gastos de alojamientos consecutivas a esta prórroga en la limitación de los importes del cuadro de las garantías.
Encarguemos también sus gastos adicionales de transporte, si el título de transporte previsto para su vuelta no se puede usar, sobre la base de un billete de tren en 1ª clase o de avión en clase turista.
En el marco de esta garantía, sólo las exigencias de orden medical deben estar tomadas en consideración.
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Los gastos de restauración u otros gastos no están incluido en el marco de esta garantía.
5/ REGRESO ANTICIPADO
Si el asegurado debe interrumpir su viaje en los casos siguientes, hacemos cargo el viaje ida y vuelta, sobre la base de un billete de tren en 1ª clase o de avión en clase turista.
Intervinimos en caso de:
• Caso de accidente o enfermedad imprevisible o grave que afecte a un miembro de su familia, o de la persona está a cargo del cuidado de su niño menor y/o discapacitado está a su domicilio.
• Fallecimiento de un miembro de su familia, de la persona a cargo del cuidado de su niño menor y/o discapacitado que está a su domicilio
• Siniestro grave a su residencia principal en su país de domicilio o sus locales profesionales
6/ GASTOS DE BÚSQUEDA Y SALVAMENTO
Encarguemos, en la limitación indicado en el cuadro de las garantías, los gastos de investigación y salvamento en caso de accidente o desaparición en el mar, en montaña, o en el deserto.
Solo los gastos facturados por una compañía debidamente acreditada para esas actividades pueden estar reembolsada.
Podemos nunca substituirnos a los organismos locales xxx Xxxxxxx de Emergencia
7/ ENTREGA DE MEDICAMENTOS
Durante su viaje, es privado de sus medicamentos indispensables a su salud, después de una pérdida o un robo. Encarguemos la búsqueda y él envió de esos medicamentos, en el caso de que esos medicamentos o su equivalente aconsejado por el medico de nuestra compañía no sea posible conseguirlos (a condición de que obtuvimos, de su parte, la dirección de su médico tratante)
Encarguemos él envió de los medicamentos por los medios los más rápidos, bajo reserva de las obligaciones locales y francés.
Los gastos de aduana y el coste de estos medicamentos corren por cuenta del asegurado.
GASTOS MÉDICOS Y DE HOSPITALIZACIÓN, INCLUSO EN CASO DE EPIDEMIA O PANDEMIA
1/ GASTOS MEDÍCALES Y DE HOSPITALIZACIÓN FUERA DE SU PAÍS DE DOMICILIÓ
En el límite que figura en la tabla de garantías, cobramos los gastos reales que hubiera pagado, de todos o en parte de los gastos de salud en consecuencia a una enfermedad imprevisible o de un accidente en la vida privada como en el marco de su vida estudiante o profesional temporal
La garantía está suscrita en adición con de la cobertura cuya beneficia con su organismo de “seguro médico” o al 1er
euro cuando no beneficia de la cobertura antes citada.
En cualquier caso, la garantía no puede superar los importes de los gastos realmente comprometidos.
Esta cobrado por el reembolso de sus gastos de hospitalización y los gastos médicos recetados por cualquier autoridad medicales al extranjero, consecutivas a un daño corporal que ocurrió y fue constatado al extranjero durante su viaje.
Esa prestación para el día en el que podemos repatriarle.
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Este reembolso cubre las atenciones medicales descritos más abajo, a condición de que son atenciones medicales recibidos por usted fuera de su país de domicilio (excepto derogación prevista en el parágrafo “gastos médicos y hospitalización en caso de retorno prematuro” consecuencia a una enfermedad o un accidente ocurrido fuera de su país de domicilio. En este caso, reembolsamos los importes comprometidos en el límite que figura en la tabla de garantías.
Naturaleza de los gastos médicos que dan derecho a reembolso después de un evento garantizado:
✓ Honorarios médicos,
✓ Gastos de medicamentos prescritos por un médico o un cirujano,
✓ Gastos de hospitalización a condición de que esta no trasladable por decisión de los médicos de nuestra compañía, basada sobre las informaciones de los médicos locales (los gastos de hospitalización comprometidos a cuenta del día que se puede repatriarle).
✓ En general, todos los actos medicales o quirúrgicos en relación con su patológica,
✓ Gastos de ambulancia o de taxi, u los otros medios de transporte si no está en estado tomar los transportes públicos prescritos por un médico,
✓ Gastos de urgencia dental dentro del límite previsto en la Tabla de Garantías,
✓ Gastos de quinesioterapia, prescrito por un médico: 10 sesión máximo,
✓ Gastos quiropráctica: 5 sesión máximo,
✓ Curación natural: 3 sesiones máximo y 50 € TTC / sesión máxima.
El importe máximo del reembolso para los gastos de urgencia dental (dentición natural) figura en la tabla de las garantías. Están excluido tartrectomia, check-up y otros tratamientos rutinarios. En caso de tratamiento dental exclusivamente debido a un accidente ocurrido durante la duración de validez del contrato, y que no fue provocado por una deterioración ulterior de la dentición, se considera como un accidente el caso en que sufre igualmente des otras heridas corporales para las cuales un tratamiento medical o una hospitalización está prevista. Las coronas, puentes y aparatos dentales no están considerados como parte de una dentición natural.
EXTENCION DE LA PRESTACION: ANTICIPO DE GASTOS DE HOSPITALIZACION (únicamente al extranjero)
En el límite de los importes cobrados previstos antes, podemos pagar de antemano los gastos de hospitalización que se debe comprometer fuera de su país de domicilio, a las condiciones combinadas siguientes:
• les médicos de VYV INTERNATIONAL ASSISTANCE tienen que juzgar, Basándose en las informaciones de los médicos locales, que es imposible repatriarse inmediatamente en su país de su domicilio.
• Las atenciones medicales que pueden beneficiar del anticipo tienen que estar prescrito en acuerdo con los médicos de VYV INTERNATIONAL ASSISTANCE Usted o cualquier persona autorizada para usted tiene que comprometerse expresamente por firma de un documento especifico, provisto por VYV INTERNATIONAL ASSISTANCE en el caso de la aplicación de las prestaciones siguientes:
⮚ Empezar el proceso del cargo de los gastos de los organismos de seguro en el periodo de 15 días a cuento de la fecha del envió de los elementos necesitados a ese proceso por VYV INTERNATIONAL ASSISTANCE,
⮚ A realizar à VYV INTERNATIONAL ASSISTANCE los reembolsos de los importes percibidos a este título de las partes de los organismos de seguro en la semana que sigue la recepción de esos importes.
Permanecerán únicamente a nuestro cargo, y en el límite del importe previsto para la prestación «gastos médicos», los gastos no cubiertos por los organismos de seguro. Tendría que proveer el certificado de incompatibilidad de los organismos de seguro en la semana que sigue su recepción.
En orden de mantener sus derechos ulteriores, nos reservamos el derecho preguntarle o su persona con derechos un correo de compromiso en el que compromete efectuar los tramitos juntos a los organismos sociales y reembolsarnos los importes percibidos.
NIVM 160301
Si los tramitos no fueron realizados juntos a los organismos de seguro o si no puede producir el certificado de incompatibilidad a VYV INTERNATIONAL ASSISTANCE en el plazo, no pudiera beneficiar de la prestación “gastos médicos” y tendrá que reembolsar la integralidad de los gastos de hospitalización entrados por VYV INTERNATIONAL ASSISTANCE, quien iniciará, llegado al caso, cualquier procedimiento de recobro útil cuyo coste correrá por cuenta de usted.
En el caso en que haríamos el anticipo a la altura de los importes que figura en la tabla de las garantías, se compromete a transferir les reembolsos obtenidos de los organismos sociales y de previsión en un plazo de 3 meses a contar del día del anticipo.
2/ GASTOS MÉDICOS Y DE HOSPITALIZACIÓN EN CASO DE RETORNO TEMPORAL DEL ASEGURADO EN SU PAÍS DE DOMICILIO
Su retorno en su país de domicilio es la consecuencia de su repatriación organizado por nuestro cuidado. En este caso específico, la garantía está limitado a un máximo de 30 días a partir del día de llegada en su país de domicilio.
Su retorno temporal de 30 días consecutivos máximo en su país de domicilio está hecho durante el periodo de cobertura conforme a las fechas indicadas sobre su formulario de adhesión.
En el límite del importe que figura en la tabla de garantías, podemos reembolsar los gastos médicos o de hospitalización que debería pagar en su país de domicilio en consecuencia a una enfermedad o accidente grave.
La garantía “gastos de hospitalización” se aplica solamente a los gastos en relación con un acuerdo de nuestro equipo medical, materializada por la comunicación de un número de expediente a usted o a cualquier persona actuando en su nombre en el momento que la legitimidad de la solicitud esta constatada.
En caso de que el asegurado no esté afiliado a ningún régimen social y de seguro en su país de domicilio, os reembolsamos las prestaciones “Gastos médicos y hospitalarios” en el límite de los importes previstos en la tabla de garantía.
Usted se compromete a transferirnos los certificados de incompatibilidad de los organismos de seguro en la semana que sigue su recepción.
La franquicia de la que se indica el importe en la tabla de garantías, se aplica en todos los casos.
Esta prestación para a la fecha la fecha de vencimiento del contrato, indicado sobre su formulario de adhesión.
Naturaleza de los gastos médicos que dan derecho a reembolso después de un evento garantizado:
✓ Los gastos de consultación,
✓ Los gastos de farmacia y de enfermería prescritos por un médico
✓ Los gastos de hospitalización médica y cirujana incluyendo los honorarios médicos y cirujanos, en general todos los actos médicos o cirujanos en relación con su patología
✓ Los gastos de ambulancia o de taxi ordenados por un médico,
✓ Los gastos de urgencia dental tal como definidos en el parágrafo “GASTOS MEDICALES Y DE HOSPITALIZACION FUERA DE SU PAIS DE DOMICILIO”.
¿CUAL ES EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA GARANTIA «GASTOS MEDICOS Y DE HOSPITALIZACION»?
Los actos médicos que pueden estar reembolsado son los definidos en el parágrafo “Naturaleza de los gastos médicos que dan derecho a reembolso” a condición de que sean
- prescrito y practicado por una Autoridad médica competente,
- reconocido por esa misma Autoridad como medialmente apropiada e indispensable al tratamiento de la patología en cuantidad como en cualidad,
- conforme a los practicas medicales en vigor como definido en el parágrafo “Definiciones comunes al conjunto completo de las garantías”
- retribuido a un coste razonable y habitualmente practicado para el tratamiento considerado en el país en el que está impartido, detallando que el administrador puede proveer un referencial de los costes por país bajo solicitud,
- practicado preferiblemente en el sector público o vinculado cuando esos sectores existen en su país de domicilio, Y que no están excluido por el contrato
- Las garantías tomadas en cuenta por el cálculo de los reembolsos son los vigentes a la fecha de las atenciones realizadas por el profesional de la salud.
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¿CUAL SON SUS OBLIGACIONES EN CASO DE SINIESTRO?
⮚ Para el reembolso de sus gastos médicos (excepto hospitalización).
Para beneficiar del reembolso de sus gastos médicos (no generado por una hospitalización) tendrá que proveer al servicio administración ASSUR TRAVEL- GAPI, los documentos siguientes:
• N° de adhesión ASSUR TRAVEL y el número de contrato,
• Certificado de identidad bancaria (únicamente para el primero reembolso) o posible proxy,
• Facturas originales o digitalizadas de las atenciones pagadas y los recibos de pago correspondientes,
• Prescripciones médicas originales o digitalizadas,
• El formulario de solicitud de reembolso debidamente completado, firmado y sellado por el médico, acompañado de informes médicos (consulta / exámenes / hospitalización),
• En caso de tratamiento proporcionado en Francia: el original de las hojas de tratamiento CERFA y / o las facturas pagadas detalladas y el comprobante de pago, O en su defecto, los recibos de Seguridad Social correspondientes,
• Todo documento que el Asegurador considere necesario.
Para los gastos médicos inferior a 500€, puede escanear las facturas y enviarlas por correo electrónico (conserva
los documentos originales, el Asegurador puede preguntarlos en caso de control)
⮚ En caso de solicitud de anticipo de gastos de hospitalización
Contacte el más rápidamente posible VYV INTERNATIONAL ASSISTANCE al 00.00.00.00.00 para una solicitud de anticipo de gastos de hospitalización
PRESTACIONES EN CASO DE FALLECIMIENTO
1/ TRANSPORTE DEL CUERPO
Fallece durante su viaje. Organizamos y se hacemos cargo del transporte del cuerpo hasta el lugar de su inhumación en el país de su domicilio.
En este marco, nos encargamos:
✓ Los gastos de transporte del cuerpo,
✓ Los gastos liados a las atenciones de conservación obligatorias por la legislación aplicable
✓ Los gastos directamente necesitados por el transporte del cuerpo (manutención, disposición específica al transporte, envasado) en el límite de los importes indicados en la tabla de garantías.
2/ FORMALIDADES FALLACIMIENTO
Si es necesaria la presencia de un miembro de su familia o un pariente para reconocer el cuerpo y tramitar la repatriación o encargarse de la incineración, organizamos y nos encargamos del desplazamiento de ida y vuelta en avión de línea, clase turista, o en tren de 1ª clase, así que sus gastos de estancia (alojamiento y desayuno) pagado por cuenta de la dicha persona por hasta el importe indicado en el cuadro de garantías.
Todos los otros gastos no están incluidos en el marco de esta garantía y correrán por cuenta de ella.
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Esta persona podrá beneficiar durante su estancia de las garantías “repatriación o transporte sanitario” y “gastos medicales” al título de este contrato, para una duración de máximo 8 días y a concurrencia del importe en el cuadro de las garantías.
ASISTENCIA EN CASO DE EPIDEMIA O PANDEMIA
1/ GASTOS DE HOTEL DESPUÉS DE LA CUARENTENA
Si se ve obligado a extender su estancia o modificar su alojamiento después de su cuarentena:
Para asegurados adultos: cubrimos los gastos de hotel (habitación y desayuno) así como los de los miembros de su familia beneficiaria o acompañante asegurado/a, hasta 80 € impuestos incluidos por noche para 14 noches por persona máximo impuestos incluidos por noche para un máximo de 14 noches por persona.
Para menores asegurados menores: únicamente con el acuerdo del adulto acompañante con el que se realizarán los intercambios directamente y bajo su responsabilidad, la Central de Asistencia se encargará de buscar el hotel en el que se alojará el menor.
Este acompañante habrá sido designado previamente por la organización o los dos representantes legales cuyo respectivo acuerdo será imprescindible. También será responsable del joven menor durante todo el tiempo que dure su cuarentena y hasta que éste abandone el territorio.
Cubriremos entonces los gastos de hotel (habitación y desayuno) así como los de sus familiares beneficiarios o
acompañante asegurado/a, hasta 80€ impuestos incluidos por noche para un máximo de 14 noches por persona.
2/ APOYO PSICOLÓGICO VINCULADO A LA CUARENTENA
En caso de trauma importante a raíz de un evento relacionado con una epidemia o una pandemia, podemos ponerle, a petición suya, en contacto telefónico con un psicólogo, dentro del límite de 6 entrevistas por evento. Estas entrevistas son completamente confidenciales.
Este trabajo de escucha no debe confundirse con el trabajo psicoterapéutico realizado en la práctica liberal. En ningún caso, por ausencia física de la persona que llama, este servicio puede sustituir a la psicoterapia.
3/ RETORNO DE VUELTA NO POSIBLE
Su vuelo ha sido cancelado o su embarque ha sido denegado a raíz de las medidas que restringen el movimiento de poblaciones en caso de epidemia o pandemia tomadas por el gobierno local o las aerolíneas. Si está obligado a prolongar su estancia:
Para asegurados adultos: cubrimos los gastos de hotel (habitación y desayuno) así como los de los miembros de su familia beneficiaria o acompañante asegurado/a, hasta 80 € impuestos incluidos por noche para 5 noches por persona máximo.
Para menores asegurados menores: únicamente con el acuerdo del adulto acompañante con el que se realizarán los intercambios directamente y bajo su responsabilidad, la Central de Asistencia se encargará de buscar el hotel en el que se alojará el menor.
Este acompañante habrá sido designado previamente por la organización o los dos representantes legales cuyo respectivo acuerdo será imprescindible. También será responsable del joven menor durante todo el tiempo que dure su cuarentena y hasta que éste abandone el territorio.
Cubriremos entonces los gastos de hotel (habitación y desayuno) así como los de sus familiares beneficiarios o acompañante asegurado/a, hasta 80 € impuestos incluidos por noche para un máximo de 5 noches por persona. Si corresponde, también extenderemos la duración de su cobertura hasta 6 días de más como máximo.
4/ SOPORTE PARA LA CONTRATACION DE UN OPERADOR DE TELEFONO LOCAL
NIVM 160301
Durante un viaje con cobertura fuera de su país de residencia, está puesto en cuarentena. Cubrimos los gastos de
contratación de un paquete de telefonía local, hasta un máximo de 80 € impuestos incluidos por persona.
5/ APOYO PSICOLÓGICO DESPUÉS DE LA REPATRIACIÓN
En caso de trauma importante a raíz de un evento relacionado con una epidemia o una pandemia, podemos ponerlo, a petición suya, en contacto telefónico con un psicólogo, dentro del límite de 6 entrevistas por evento. Estas entrevistas son completamente confidenciales.
Este trabajo de escucha no debe confundirse con el trabajo psicoterapéutico realizado en la práctica liberal. En ningún caso, por ausencia física de la persona que llama, este servicio puede sustituir a la psicoterapia.
ASISTENCIA JURIDICA
1/ ANTICIPO DE LA FIANZA PENAL
Durante un desplazamiento garantizado, está sujeto a enjuiciamiento, encarcelamiento para falta de respeto o violación accidental de las leyes y reglamentos locales.
Hacemos el anticipo de la fianza penal exigida por las autoridades locales para permitir su puesta en libertad, en el límite indicado en la tabla de garantía
Está obligado a reembolsar el anticipo realizado a efectos de la fianza penal en un plazo de 1 mes a contar desde la presentación de nuestra solicitud de reembolso. Si las autoridades del país le la reembolsan antes, deberá estar restituido inmediatamente.
2/ PAGO DE HONORARIOS DE ABOGACIA
Durante un desplazamiento garantizado, está sujeto a enjuiciamiento, encarcelamiento para falta de respeto o violación accidental de las leyes y reglamentos locales.
Podemos reembolsar hasta el importe indicado en el cuadro de garantías los honorarios de abogacía y representantes judiciales por quien pudiera recurrir libremente si una acción esta emprendida contra usted, a condición de que los hechos imputados podrían imponer una sanción penal según la legislación del país.
Esta garantía no se aplica para los hechos en relación con una actividad profesional o la guardia de un vehículo terrestre a motor.
EXTENCIONES ESPECIFICALES (OPCIONAL)
1/ GASTOS DE MATERNIDAD
Como complemento a los importes previstos en el marco de la garantía «gastos médicos» de su contrato, garantizamos el reembolso los gastos de maternidad hasta 90% del coste realmente incurridos con un máximo de:
✓ 2 000 € por periodo de seguro para los gastos salvo hospitalización, desde la 14ª semana de embarazo: gastos de consultación médica, farmacéuticos, ecografía y examen de laboratorio prescritos por un médico,
✓ 6 000 € por periodo de seguro para la hospitalización: reembolso de los gastos del alumbramiento,
la habitación individual y de estancia en el límite de 12 días.
Elementos a proveer en caso de Siniestro:
-Copia de la declaración de embarazo antes la 14ª semana de embarazo. Esta declaración está certificada por el documento medical notando que el premier examen prenatal fue hecho y con su fecha.
-Las facturas originales de las atenciones recibidas
-Los informes de las visitas y exámenes efectuados
EXCLUSIONES
NIVM 160301
Como complemento a las exclusiones figurando en la sección "EXCLUSIONES APPLICABLES A TODAS LAS GARANTIAS", no dan lugar a nuestra intervención:
♦ Las sesiones de preparación al alumbramiento,
♦ Las sesiones de reeducación postnatales,
♦ Los gastos de transporte al hospital,
♦ Los gastos liados a las atenciones del recién nacido y en general a los gastos a la salida del hospital
♦ La interrupción voluntaria del embarazo
2/ ENFERMEDADES PSICOLÓGICAS
Como complemento a los importes previstos en el marco de la garantía «gastos médicos» de su contrato, garantizamos el reembolso los gastos de consultación salvo hospitalización, si usted tiene una enfermedad psicológica hasta 80% del coste realmente incurridos con un máximo de 1500€ por asegurado y por periodo de seguro.
Por enfermedad psicológica, se define una enfermedad mental, física, psíquica, psiquiátrica, o los neurosis y los ataques de nervios.
Elementos que proveer en caso de Siniestro:
-Las facturas originales de las atenciones recibidas
EXLUSIONES
Como complemento a las exclusiones figurando en la sección "EXCLUSIONES APPLICABLES A TODAS LAS GARANTIAS", no dan lugar a nuestra intervención:
♦ Las patologías preexistentes
EXCLUSIONES APPLICABLES A LAS GARANTIAS DE ASISTENCIA
Como complemento a las exclusiones figurando en la sección "EXCLUSIONES APPLICABLES A TODAS LAS GARANTIAS", no dan lugar a nuestra intervención:
♦ Los gastos:
- No prescrito médicamente,
- No realizado por una autoridad médica competente como se define en la sección "DEFINICIONES COMUNES A TODA LA COBERTURA" de este Contrato,
- Inadecuado para la patología,
♦ Los viajes emprendidos con la finalidad de recibir un diagnostico o un tratamiento,
♦ Los gastos médicos y de hospitalización en su país de domicilio, salvo en el caso de un retorno temporal (duración de la garantía de 30 días a contar de la fecha del retorno en el país de domicilio)
♦ Las enfermedades ya existentes a la fecha de efecto del contrato, es decir todas las afecciones cuyas el Suscritor o el Asegurado conoce a la fecha de entrada en vigor de las garantías,
♦ Las enfermedades que hayan sido objeto de un tratamiento en los 12 ultimes meses, si esas enfermedades no son consolidadas a la fecha de efecto del contrato; a excepción de alergias que permanecen cubiertas en el caso de recaída,
♦ Auto-prescripción y automedicación,
♦ Costos incurridos como parte de procedimientos administrativos,
♦ La ausencia de peligro,
♦ Las afecciones, las vacunaciones,
♦ Los chequeos médicos que no haya como objeto la curación o la consolidación de una enfermedad
♦ Las atenciones médicas no prescrito medialmente,
♦ Las atenciones no realizado por una autoridad medica competente,
NIVM 160301
♦ Las atenciones inapropiado a la patología,
♦ Cualquier control o examen periódico y controles periódicos de anticonceptivos,
♦ Los tratamientos hormonales, anticonceptivos, tratamiento de incontinencia,
♦ Las visitas médicas liadas al embarazo o la maternidad (excepto para los asegurados que hayan subscritos a la opción: Extensión especifica (cf. cuadro de las garantías),
♦ Las enfermedades de transmisión sexual,
♦ Las prescripciones oftalmológicas (gafas, lentes de contacto),
♦ Las consecuencias y consecuencias (excepto para los Asegurados que se han suscrito a la Cobertura Extendida de "Enfermedades Psicológicas"):
- De trastornos psiquiátricos, neuropsiquiátricos o psicológicos, de cualquier manifestación que justifique un tratamiento con fines neuropsiquiátricos, y en particular, la crisis nerviosa, la ansiedad, los trastornos de la personalidad y / o el comportamiento, la fibromialgia, los trastornos de la dieta, fatiga crónica,
- El consumo de drogas no prescritas médicamente.
♦ Las terapias de adelgazamiento o y en general cualquier terapia de confort estético,
♦ La embriaguez, el suicido o intento de suicidio y sus consecuencias,
♦ Cualquiera mutilación voluntaria del Beneficiario/Asegurado,
♦ Los afecciones o lesiones benignas que puedan estar tratadas sobre el terreno y/o que no impidan el Beneficiario/Asegurado de proseguir su viaje,
♦ Los embarazos, salvo complicaciones imprevisibles, y en todos los casos a partir de la semana 36 de gestación excepto para los asegurados que hayan subscritos a la opción: Extensión especifica (cf. cuadro de las garantías), las interrupciones voluntarias del embarazo, las repercusiones del parto.
♦ Las convalecencias y las afecciones (enfermedad, accidente) en curso de tratamiento aun no consolidadas y constando un riesgo de agravación brutal,
♦ Los eventos liados a un tratamiento médico o a una intervención cirujano que no presentare un carácter imprevisto, fortuita o accidental,
♦ Los gastos de prótesis: óptico, dental, acústico, funcional, prótesis, material ortopédico o en relación con ortesis y material osteosintetico, ect
♦ Los gastos de tratamiento termales, los tratamientos estéticos, las vacunaciones y los gastos asociados
♦ Las estancias en clínica de reposo y los gastos asociados.
♦ Las estancias en centro de rehabilitación
♦ Las hospitalizaciones programadas,
♦ Los tratamientos que no han sido objetos de un acuerdo previo de la Aseguradora en caso de hospitalización,
♦ La atención dental que no sea atención dental de emergencia,
♦ Las vitaminas, minerales, suplementos alimenticios o dietéticos, incluso si han sido recetados médicamente para tener efectos terapéuticos.
♦ Los gastos del trasplante de órganos no necesarios por un accidente o una enfermedad garantizada,
♦ Los gastos de la cirugía estética o reconstructiva.
♦ Los tratamientos de confort como el acné, alergias, incluidas las pruebas de alergia, con la excepción de la primera consulta y / o el primer tratamiento de emergencia,
♦ Las operaciones de cirugía estética de cualquier tipo, sin seguimiento de un accidente garantizado,
♦ Las pruebas de fertilidad y tratamientos relacionados con la fertilidad (hombres y mujeres), ligadura de trompas, FIV, MAP,
♦ Los exámenes prenupciales
♦ Los tratamientos preventivos no consecutivos a un evento garantizado.
♦ Los tratamientos para el insomnio,
♦ La vasectomía,
NIVM 160301
♦ Todos los actos y tratamientos médicos que caen dentro del campo de la investigación o experimentación, o que generalmente no se reconocen como prácticas médicas ordinarias.
EXCLUSIONES APPLICABLES A TODAS LAS GARANTIAS
Están excluidas:
♦ Las prestaciones que no fue solicitadas durante el viaje o que no fue organizadas por nosotros, o en acuerdo con nosotros, no dan derecho, a posteriori, a un reembolso o a una indemnización;
♦ Los gastos de restauración y hotel salvo los que están detallados en el texto de las garantías;
♦ Los daños provocados intencionadamente por un asegurado o aquellos derivados de su participación en un crimen, delito o altercado, excepto en casos de legítima defensa;
♦ Los importes de las condenas y sus consecuencias;
♦ El uso de drogas, estupefacientes y productos parecidos no prescritos por un médico;
♦ El estado de alcoholemia;
♦ Los gastos de aduana;
♦ La participación como competidor a un deporte de competición o a un rally que den derecho una clasificación nacional o internacional y que está organizada por una federación deportiva para que una licencia está extendida así que los entrenamientos con el ámbito de participar a unas competiciones;
♦ La práctica, a título profesional, semiprofesional (a cambio de una remuneración) o como titular de una licencia de una federación deportiva de cualquier deporte;
♦ La participación a unas competiciones o a evento de resistencia o de velocidad y a sus pruebas preparatorias a bordo de cualquier dispositivo de locomoción terrestre, acuático o aéreo;
♦ Las consecuencias del non respeto de las reglas de seguridad reconocidas liadas a la práctica de cualquier actividad deportivista de ocio;
♦ Los gastos pagados después el retorno del viaje o a la expiración de la garantía;
♦ Los accidentes resultando de su participación, incluso a título de aficionado de los deportes siguientes: deportes mecánicos (sea cual sea el vehículo a motor utilizado), deporte aéreo, alpinismo en alta montaña (más de 6500 metros), bobsleigh, caza a los animales peligrosos, hockey sobre hielo, skeleton, deporte de combate, espeleología, deporte de nieve incluyendo un clasificación nacional o regional
♦ La práctica de cualquier deporte que caiga dentro de la categoría "Deportes peligrosos" según se define en "DEFINICIONES COMUNES A TODAS LAS GARANTÍAS" de este contrato,
♦ Las consecuencias de un incumplimiento voluntario de la legislación de los países que se visite o de prácticas no permitidas por las autoridades locales
♦ Las interdicciones oficiales, de embargados o de obligaciones por la fuerza pública;
♦ El uso por el asegurado de un dispositivo de navegación aéreo;
♦ El uso de artefactos bélicos, explosivos y armas de fuego;
♦ Los daños provocados por una falta intencional o doloso del asegurado según el artículo L.113-1 del código de seguro y el articulo L221-14 del Código de la Mutualidad franceses;
♦ El suicidio o intento de suicidio;
♦ Epidemias, pandemias, contaminación y catástrofes naturales (salvo que se estipule lo contrario en la garantía)
♦ Las guerras civiles o extranjeras, revueltas, huelgas, movimientos populares, atentado/actos de terrorismo (salvo indicación contrario en la garantía), toma de rehenes,
♦ La desintegración del núcleo atómico o de radiaciones que provenga de una fuente de energía que presente carácter radioactivo.
NIVM 160301
El Asegurado rehúsa toda responsabilidad por ausencia de ejecución de las prestaciones de asistencia que deriven de casos de fuerza mayor o acontecimientos como los siguientes: guerra civiles o extranjeras, inestabilidad política notable, movimientos populares, revueltas, epidemias, pandemias, confinamientos, actos de terrorismo o represalias, restricción a la libre circulación de personas y bienes, huelgas, explosiones, catástrofes naturales (tempestad, huracán, temblor de tierra, ciclón, erupción volcánica y otros cataclismos), la piratería, la desintegración del núcleo atómico, los efectos nucleares radioactivos, los efectos de la radiación o todo otro caso fortuito por retrasos en la ejecución de las prestaciones como consecuencia de la mismas causas.
Contrato GROUPAMA Xxxxx Alpes Auvergne N°42190225 D
NIVM 160301
RESPONSABILIDAD CIVIL VIDA PRIVADA
RESPONSABILIDAD CIVIL VIDA PRIVADA
Daños materiales, inmateriales o corporales: 150 000 € par siniestro
Cuyo
Daños materiales e inmateriales consecuentes con una franquicia absoluta de 100€ por siniestro: 150 000 € por
siniestro
DEFINICIONES
Daño corporal
Cualquier lesión corporal sufrida por una persona física y el daño resultante.
Daño material
Cualquier daño o destrucción de una cosa o sustancia. Cualquier daño físico a un animal.
Daño inmaterial consecuente
Cualquier daño pecuniario resultante de la privación de goce total o parcial de bienes o derechos, pérdida de beneficios, pérdida de clientela, y de la interrupción de un servicio o actividad, y que es la consecuencia directa de los daños corporales o materiales garantizados.
El hecho dañoso
Hecho que constituye la causa generadora del daño
Franquicia absoluta
El importe (o porcentaje) que queda en cualquier caso al gasto del Asegurado en el importe de la indemnización adeudada por el Asegurador.
La franquicia absoluta se aplica por siniestro, cualquiera que sea el número de víctimas. Las franquicias expresadas como porcentaje se aplican al importe de la indemnización adeudada por el Asegurador.
Contaminación accidental
La emisión, dispersión, rechazo o deposición de cualquier sustancia sólida, líquida o gaseosa, difundida por la atmósfera, el suelo o las aguas, que resulten de un evento repentino e inesperado y que no se lleven a cabo de manera lenta y gradual o progresista.
Reclamación
Cualquier solicitud de reparación amistosa o contenciosa, formada por la víctima de un daño o sus cesionarios y dirigida al Asegurado o al Asegurador
Responsabilidad civil
La obligación legal de cualquier persona de reparar el daño causado a otros.
Siniestro
Cualquier daño o conjunto de daños causados a terceros, incurriendo en la responsabilidad del Asegurado, como resultado de un evento dañoso y dando lugar a una o más reclamaciones. El evento dañoso es el que constituye la causa del daño. Un conjunto de hechos perjudiciales con la misma causa técnica se trata como un hecho dañino único.
Tercero
Cualquier persona física o jurídica, excepto: la persona asegurada.
Vehículo terrestre motorizado
NIVM 160301
Máquina que se mueve en el suelo (es decir, que no sea aérea o naval), sin estar vinculada a un ferrocarril, autopropulsada (propulsada por su propia fuerza motriz) y utilizada para el transporte de personas (incluso si es solo el conductor) o cosas.
(Sin embargo, por excepción, están garantizados los daños materiales y corporales causados por los gyropodes y patinetes por un importe máximo de 5 000 €).
1. OBJETIVO DE LA GARANTÍA
El Asegurador garantiza al Asegurado contra las consecuencias pecuniarias de la responsabilidad civil que pueda incurrir como resultado de lesiones corporales, daños corporales, materiales e inmateriales consecuentes causados a terceros durante su vida privada. La vida privada se refiere a cualquier actividad no profesional.
Defensa
a. Dirección del proceso
Para los daños y perjuicios que se refieren a las garantías y dentro de los límites de estas, el Asegurador solo asume la dirección de la demanda presentada contra el Asegurado y tiene el libre ejercicio de los recursos.
El asegurador sufragará los gastos de investigación, experiencia, abogado y costos del proceso. Estas tarifas y gastos se deducen del importe de la garantía aplicable.
La toma de dirección por parte del Asegurador de Defensa del Asegurador no constituye una renuncia al Asegurador para acogerse a cualquier excepción de garantía que no hubiera conocido al momento que tomó la dirección de esta defensa.
En caso de un proceso penal en el que se busquen intereses civiles en el contexto de esta instancia u otro procedimiento, el Asegurado se compromete a asociar al Asegurador con su defensa sin que este compromiso pueda modificar el alcance de la garantía de este contrato.
Bajo pena de perder, el Asegurado no debe interferir en la dirección del proceso/juicio cuando el objeto de este último se encuentre bajo la garantía de "Responsabilidad Civil".
b. Transacción
El Asegurador solo tiene el derecho dentro de los límites de su garantía para tratar con las personas perjudicadas.
Ninguna transacción o reconocimiento de responsabilidad fuera del asegurador es exigible.
Sin embargo, la confesión de un hecho material no se considera como un reconocimiento de responsabilidad, ni es simplemente el hecho de haber proporcionado a la víctima asistencia urgente en el caso de un acto de asistencia que toda persona tiene el deber moral de realizar.
2. EXCLUSIONES
Están excluidos:
♦ Las consecuencias de la falta intencional del Asegurado.
♦ Daños causados por guerra civil o civil declarada o no declarada, disturbios y movimientos populares, actos de terrorismo, ataques o sabotaje.
♦ Daños causados por erupciones volcánicas, terremotos, tormentas, huracanes, ciclones, inundaciones, maremotos y otros cataclismos.
♦ Daños inevitables por el acto voluntario del Asegurado y que hacen que el contrato de seguro pierda su carácter de contrato aleatorio que garantiza sucesos inciertos (Artículo 1964 del Código Civil)
♦ La multa y cualquier otra sanción penal infligida personalmente al Asegurado.
♦ Daño o agravamiento del daño causado:
-mediante armas o dispositivos destinados a explotar mediante la modificación de la estructura del núcleo del átomo,
-por cualquier combustible nuclear, producto radiactivo o residuo,
-por cualquier fuente de radiación ionizante (en particular, cualquier radioisótopo).
♦ Las consecuencias de la presencia de amianto o plomo en edificios o estructuras propiedad u ocupados por el Asegurado, investigación, destrucción o neutralización del amianto o plomo, o el uso de productos. que contiene amianto o plomo.
♦ Las consecuencias de los compromisos contractuales aceptados por el Asegurado, que tienen el efecto de agravar la responsabilidad que le habría correspondido en ausencia de tales compromisos.
♦ En los Estados Unidos de América y Canadá:
NIVM 160301
-las indemnizaciones represivas (daños punitivos) o disuasivo (daños ejemplares),
-danos por contaminación
♦ Daños de la naturaleza de los mencionados en el artículo L. 211-1 del Código de Seguros sobre la obligación del seguro del automóvil y causados por vehículos terrestres motorizados (excepto los gyropodes y
patinetes), sus remolques o semirremolques que el asegurado tenga. la propiedad, custodia o uso (incluido el hecho o la caída de los accesorios y productos utilizados en el uso del vehículo, y los objetos y sustancias que lleva).
♦ Daños materiales e inmateriales como consecuencia de incendios, explosiones o daños causados por el agua en edificios propiedad, alquilados u ocupados por el Asegurado.
♦ Robos cometidos en los edificios mencionados en la exclusión anterior.
♦ Daños materiales (que no sean los mencionados en las dos exclusiones anteriores) y el consiguiente daño no material a la propiedad por la cual la persona asegurada responsable tiene custodia, uso o disposición.
♦ Las consecuencias de la navegación aérea, marítima, fluvial o lacustre mediante dispositivos que el Asegurado posee, conserva o utiliza.
♦ Daños causados por armas y sus municiones, cuya posesión está prohibida y de las cuales el Asegurado es el poseedor o poseedor sin autorización prefectoral.
♦ Daños sujetos a una obligación legal de seguro y como resultado de la práctica de la caza.
♦ Daños causados por animales que no sean domésticos.
♦ Daños causados por perros de primera clase (perros de ataque) y perros de segunda categoría (perros xx xxxxxxx y defensa), según se define en el artículo 211-1 del Código Rural, y por animales domésticos domesticados o mantenidos en cautiverio, mencionados en el artículo 212-1 del Código Rural, vagabundos o no, de los cuales el Asegurado es el propietario o tutor (ley n ° 99-5 del 6 de enero de 1999 relativa a los animales peligrosos y vagabundos a la protección los animales).
♦ Las consecuencias:
-la organización de competiciones deportivas;
-la práctica de los deportes como titular de una licencia de una federación deportiva;
-la práctica de deportes aéreos o acuáticos.
3. PERIODO DE GARANTÍA
La garantía de este contrato es desencadenada por el evento perjudicial y cubre al Asegurado contra las consecuencias pecuniarias de las pérdidas, tan pronto como el evento dañoso ocurra entre el efecto inicial de la garantía y su fecha de rescisión o expiración, independientemente de la fecha de los demás componentes de la reclamación (Artículo L. 124-5 del Código de Seguros).
4. IMPORTE DE LAS GARANTÍAS
Los importes de garantía expresados por siniestro constituyen el límite de la responsabilidad del Asegurador por todos los reclamos relacionados con el mismo evento perjudicial.
La fecha del siniestro es la del evento dañoso. Las condiciones y importes de garantía son las vigentes en esa fecha.
5. ¿QUÉ HACER EN CASO DE SINIESTRO?
Bajo pena de pérdida de la garantía, el Asegurado debe declarar su reclamo dentro de los 5 días laborales posteriores al evento con ASSUR TRAVEL en la dirección Actiburo Zone 00 xxx Xxxxxxxxxx 00000 Xxxxxxxxxx x'Xxxx XXXXXXX, que transmitirá a la Aseguradora por gestionarlos.
6. INFORMACIÓNES LEGALES
ASEGURADOR:
El contrato se suscribe a través de Groupe Special Lines en nombre de:
Groupama Xxxxx-Alpes Auvergne Fondo Regional Mutuo de Seguros de Rhône-Alpes Auvergne 00 xxx xx Xxxxx-Xxx
NIVM 160301
- 69251 Lyon cedex 09 - SIRET n. ° 779 838 366 000 28 Empresa regida por el Código de Seguros y remitida a la Autoridad de Prudencial Control y de Supervisión Prudencial 4, place de Budapest – CS 92 459–75 436 Paris Cedex 9.
PROCESAMIENTO DE RECLAMACIONES
En caso de dificultad, el Suscriptor consulta al Corredor de seguros a través del cual se suscribe el contrato. Si su respuesta no lo satisface, el Suscriptor puede dirigir su reclamo al servicio de "Reclamos" de Groupe Special Lines:
o Por correo postal:
Groupe Special Lines Service Réclamations 0-0 xxx Xxxx Xxxxxx 00000 XXXXXXX
o Por correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx
Si la respuesta al reclamo sigue siendo insatisfactoria, el Suscriptor puede ponerse en contacto con el Departamento de Reclamaciones de Groupama Xxxxx-Alpes Auvergne:
o Por correo postal:
Groupama Xxxxx-Alpes Auvergne Service Consommateurs
TSA 70019 – 69252 LYON CEDEX 09
o Por correo electronico: Xxxxxxx-xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx-xx.xxx
Finalmente, si el desacuerdo persiste con respecto a la posición o la solución propuesta, el Suscriptor puede ingresar a la Mediación de Seguros:
o Por correo postal:
Médiation de l’Assurance
TSA 50110
75441 PARIS CEDEX 09
o Por internet en el sitio xxx.xxxxxxxxx-xxxxxxxxx.xxx
ORGANISMO DE CONTROL
NIVM 160301
De conformidad con el Código de Seguros (Artículo L. 112-4), se especifica que la autoridad de control de GROUPE SPECIAL LINES y GROUPAMA es la ACPR, 4, place de Budapest – CS 92 459 – 75 436 Paris Cedex 9.