PLIEGO ESPECIAL DE CONDICIONES N° 037-2018- PER1001711 2DA CONVOCATORIA (PER 215)
PLIEGO ESPECIAL DE CONDICIONES N° 037-2018- PER1001711 2DA CONVOCATORIA (PER 215)
ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE CÓMPUTO, SERVIDORES E IMPRESORAS PARA LA ESCUELA NACIONAL DE SALUD PÚBLICA
PERU
CÓDIGO NAVISION: PER1001711
ÍNDICE
1. GENERALIDADES 4
1.1. DEROGACIONES A LAS REGLAS GENERALES DE EJECUCIÓN 4
1.1.1. EL PODER ADJUDICADOR 4
1.2. MARCO INSTITUCIONAL XX XXXXXX 4
1.3. REGLAS QUE RIGEN EL CONTRATO 5
1.4. DEFINICIONES 5
1.5. CONFIDENCIALIDAD 6
1.5.1. OBLIGACIONES DEONTOLÓGICAS 6
1.5.2. DERECHO APLICABLE Y TRIBUNALES COMPETENTES 7
2. FINALIDAD Y ALCANCE DEL CONTRATO 8
2.1. NATURALEZA DEL CONTRATO 8
2.2. FINALIDAD DEL CONTRATO 8
2.3. LOTES 8
2.4. DURACIÓN 8
2.5 VARIANTES 8
2.5.1 OPCIONES 8
3. PROCEDIMIENTO 9
3.1. MODO DE REALIZACIÓN DE UN PEDIDO 9
3.2. PUBLICIDAD OFICIOSA 9
3.2.1. PUBLICACIÓN CTB 9
3.3. INFORMACIÓN 9
3.4. OFERTA 10
3.4.1. DATOS A MENCIONAR EN LA OFERTA 10
3.4.2. DURACIÓN DE VALIDEZ DE LA OFERTA 10
3.4.3. DETERMINACIÓN, COMPONENTES Y REVISIÓN DE LOS PRECIOS 11
3.4.4. ELEMENTOS INCLUIDOS EN EL PRECIO 11
3.5. INTRODUCCIÓN DE OFERTAS 11
3.5.1. MODIFICACIÓN O RETIRO DE UNA OFERTA YA INTRODUCIDA 12
3.6. SELECCIÓN DE OPERADORES ECONÓMICOS 12
3.6.1. MOTIVOS DE EXCLUSIÓN 12
3.6.2. CRITERIOS DE SELECCIÓN 13
3.6.3. VISTA PRELIMINAR DEL PROCEDIMIENTO 13
3.6.4. ATRIBUCIÓN DEL CONTRATO 14
3.7. ESTABLECIMIENTO DEL CONTRATO 14
4. CONDICIONES CONTRACTUALES PARTICULARES 15
4.1. FUNCIONARIO DIRIGENTE (ART. 11) 15
4.1.1. SUBCONTRATISTAS (12-15) 15
4.1.2. CONFIDENCIALIDAD (ART. 18) 15
4.1.3. DERECHOS INTELECTUALES (ART. 19 A 23) 16
4.2. FIANZA (ART. 25 A 33) 16
4.2.1. CONFORMIDAD DE LA EJECUCIÓN (ART. 34) 17
4.2.2. MODIFICACIONES (ART. 37 - 38/19) 17
4.2.3. RECEPCIÓN TÉCNICA PREVIA (ART. 42) 17
4.2.4. MODALIDADES DE EJECUCIÓN (ART. 146 ES) 18
4.2.4.1. PLAZOS Y CLAUSULAS 18
4.2.4.2. LUGARES EN EL QUE LOS SERVICIOS DEBEN EJECUTARSE Y FORMALIDADES (ART. 149) 18
4.2.5. RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO (ART. 152-153) 18
4.2.6. MEDIOS DE ACCIÓN DEL PODER ADJUDICADOR (ART. 44-53 Y 154-155) 18
4.2.6.1 INCUMPLIMIENTO DE EJECUCION (ART. 44) 19
4.2.6.2 MULTAS POR RETRASO (ART 46 – 154) 19
4.2.6.3 MEDIDAS DE OFICIO (ART 47 – 155) 19
4.2.7. FIN DEL CONTRATO 20
4.2.7.1 RECEPCION DE LOS SERVICIOS EJECUTADOS (ART 64-64 Y 156) 20
4.2.7.2 GASTOS DE RECEPCION 20
4.2.8. FACTURACIÓN Y PAGO DE LOS SERVICIOS (ART. 66 A 72 -160) 20
4.2.9. LITIGIOS (ART. 73 DEL R.D. DEL 14.01.2013) 21
5. PARTE 2: TÉRMINOS DE REFERENCIA 22
6. PARTE 3: FORMULARIOS 30
6.1. IDENTIFICACIÓN DEL OPERADOR ECONÓMICO 30
6.2. FORMULARIO DE OFERTA - PRECIO 31
6.3. DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD PARA LOS OPERADORES ECONÓMICOS 32
6.4. EXPEDIENTE DE SELECCIÓN 34
6.5. PRESENTACION DE LA PROPUESTA 37
1. Generalidades
1.1 Derogaciones a las reglas generales de ejecución
El capítulo del presente Pliego Especial de Condiciones (PEC), contiene las cláusulas administrativas y contractuales particulares aplicables al presente contrato público por derogación del R.D. del 14.01.2013 y R.D. 22.06.2017, o que completan o precisan éste.
1.1.1. El poder adjudicador
El poder adjudicador del presente contrato público es la Cooperación Técnica Belga, en lo sucesivo denominada CTB, sociedad anónima de derecho público con finalidad social, con sede social en 000, xxx Xxxxx, 0000 Xxxxxxxx (número de empresa 0264.814.354, RPM Bruselas).
Como agencia belga de desarrollo, Xxxxxx apoya para el gobierno belga a países en vías de desarrollo en su lucha contra la pobreza. Además de esta misión de servicio público para el gobierno belga, Xxxxxx también ejecuta prestaciones por cuenta de otras organizaciones nacionales e internacionales que contribuyen al desarrollo humano sostenible1.
Para el presente contrato público, Xxxxxx está representada válidamente por el Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, Representante Residente xx Xxxxxx en Perú.
1.2 Marco institucional xx Xxxxxx
El marco general de referencia en el que trabaja Xxxxxx es la Ley belga del 19 xx xxxxx de 2013 relativa a la Cooperación para el Desarrollo2, así como la Ley belga del 21 de diciembre de 1998 sobre la creación de la “Cooperación Técnica Belga” como sociedad de derecho público, tal como ha sido modificada por las Leyes del 3 de noviembre de 2001, del 12 xx xxxxx de 2012, del 27 de diciembre de 2012 y del 15 de enero de 20133.
Como ejemplos principales, los desarrollos siguientes también constituyen un hilo conductor en el trabajo xx Xxxxxx:
En el plano de la cooperación internacional: los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, la Declaración de París sobre la armonización y la alineación de la ayuda;
En el plano de la lucha contra la corrupción: la Ley del 8 xx xxxx de 2007, que corrobora el Convenio de las Naciones Unidas contra la corrupción, firmado en Nueva York el 31 de octubre de 2003,4, así como la Ley del 10 de febrero de 1999 relativa a la represión de la corrupción, que transpone el Convenio relativo a la lucha contra la corrupción de funcionarios extranjeros en transacciones comerciales internacionales;
En el plano del respeto a los derechos humanos: la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas (1948), así como los 8 convenios básicos de la Organización Internacional del Trabajo5, que contempla principalmente el derecho a la libertad sindical (C. n° 87), el derecho a la organización y a la negociación colectiva (C. n° 98), la prohibición del trabajo forzoso (C. n° 29 y 105), la prohibición de cualquier discriminación en materia de trabajo y de remuneración (C. n° 100 y 111), la edad mínima fijada para el trabajo infantil (C. n° 138) y la prohibición de las peores formas de este trabajo (C. n° 182);
1Para ampliar información ver xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxx.xxx?xXxxxXXx00) y la Ley del 21 de diciembre de 1998 sobre la creación de la Cooperación Técnica Belga, modificada por las Leyes del 13 de noviembre de 2001 y 30 de diciembre de 2001.
2 M.B. del 30 de diciembre de 1998, 17 de noviembre de 2001, 6 de julio de 2012, 15 de enero de 2013 y 26 xx xxxxx de 2013.
3 M.B. del 1de julio de 1999.
4 M.B. del 18 de noviembre de 2008.
5 xxxx://xxx.xxx.xxx/xxxxxx/xxxxxx/xxxxxxxx0.xxx.
En el plano del respeto al medioambiente: la Agenda 21 (Cumbre de Río, 1992), el Plan de aplicación de la Cumbre Mundial para el Desarrollo Sostenible (Johannesburgo, 2002), así como las iniciativas tomadas por la Unión Europea como “la Estrategia europea de 2001 a favor del desarrollo sostenible” adoptada en Göteborg.
1.3 Reglas que rigen el contrato
Se aplican igualmente en el presente contrato público:
La Ley del 17 xx xxxxx de 2016 relativa a la contratación pública6;
La Ley del 17 xx xxxxx de 2013 relativa a la motivación, la información y las vías de recurso en materia de contratación pública y de ciertos trabajos, suministros y servicios7.
El R.D. del 18 xx xxxxx de 2017 relativo a la concesión de la contratación pública en los sectores clásicos8;
El R.D. del 14 de enero de 2013, que establece las reglas generales de ejecución de la contratación pública y la concesión de obras públicas, modificado el 22 xx xxxxx de 20179;
Las Circulares del Primer Ministro en materia de contratación pública5.
1.4 Definiciones
En el marco de este contrato, se entiende por:
El operador económico: Un proponente u oferente que presenta una oferta;
El adjudicatario / proveedor de bienes: El operador económico al que se atribuye el contrato;
El poder adjudicador: Xxxxxx, representada por el Representante residente xx Xxxxxx en Perú;
La oferta: El compromiso del operador económico de ejecutar el contrato en las condiciones que presenta;
Días: Si no está indicado en el PEC y en la reglamentación aplicable, los días se entienden como días calendario;
Documentos xxx xxxxxx de licitación: PEC, incluyendo sus anexos y todos los documentos a los cuales se haga referencia;
Especificaciones técnicas/ Términos de Referencia: Una especificación contenida en un documento que define las características requeridas de un producto o servicio, tales como los niveles de calidad, los niveles de eficiencia medioambiental y climática, el diseño para todas las necesidades incluyendo la accesibilidad para personas con discapacidad y la evaluación de la conformidad, la propiedad de empleo, la utilización del producto, la seguridad o las dimensiones, incluyendo las prescripciones aplicables al producto en cuanto al nombre con el que este se vende, la terminología, los símbolos, las pruebas y métodos de prueba, el embalaje, la marcación y el etiquetado, las instrucciones de uso, los procesos y métodos de producción en cualquier fase del ciclo de vida del suministro o del servicio, así como los procedimientos de evaluación de la conformidad;
Variante: Un modo alternativo de creación o de ejecución que se introduce a petición del poder adjudicador o a instancias del operador económico;
6 M.B. del 14 de julio de 2016.
7 M.B. del 21 xx xxxxx de 2013.
8 M.B. del 9 xx xxxx de 2017.
9 M.B. del 27 xx xxxxx de 2017.
Opción: Un elemento accesorio y no estrictamente necesario para la ejecución del contrato, que se introduce bien a petición del poder adjudicador, bien a instancias del operador económico;
Fraccionamiento recapitulativo: En un contrato de obras, el documento del contrato que fracciona las prestaciones en diferentes partidas y precisa para cada una de ellas la cantidad o el modo de determinación del precio;
Inventario: En un contrato de suministros o de servicios, el documento del contrato que fracciona las prestaciones en diferentes partidas y precisa para cada una de ellas la cantidad o el modo de determinación del precio;
BDA: El Boletín de Adjudicaciones;
DOUE: El Diario Oficial de la Unión Europea;
OCDE: La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos;
Reglas generales de ejecución (RGE): Las reglas que se encuentran en el R.D. del 14.01.2013, modificado el 22.06.2017, que establecen las reglas generales de ejecución de la contratación pública;
El pliego especial de condiciones (PEC): El presente documento, así como todos sus anexos y documentación a los que hace referencia;
La práctica de corrupción: Toda propuesta de dar o consentir ofrecer a alguien un pago ilícito, un regalo, una gratificación o una comisión en calidad de incitación o de recompensa para que cumpla o se abstenga de cumplir actos que tengan relación con la atribución o la ejecución del contrato establecido con el poder adjudicador;
Litigio: La intervención judicial.
1.5 Confidencialidad
El operador económico o el adjudicatario y Xxxxxx están obligados al secreto respecto a terceros sobre todas las informaciones confidenciales obtenidas en el marco del presente contrato, y solo podrán transmitirlas a terceros previo acuerdo escrito de la otra parte. Sólo difundirán estas informaciones confidenciales entre los encargados a los que concierna la misión. Garantizan que estos encargados sean debidamente informados sobre sus obligaciones de confidencialidad y sobre su respeto.
1.5.1 Obligaciones deontológicas
Todo incumplimiento respecto a una o varias de las cláusulas deontológicas puede desembocar en la exclusión del candidato, del operador económico o del adjudicatario de otros contratos públicos para Xxxxxx.
Mientras dure el contrato, el adjudicatario y su personal respetarán los derechos humanos y se comprometen a no menoscabar los usos políticos, culturales y religiosos del país beneficiario. El operador económico o el adjudicatario está obligado a respetar las normas fundamentales en materia de trabajo convenidas en el plano internacional por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), particularmente los convenios sobre la libertad sindical y la negociación colectiva, la eliminación del trabajo forzado y obligatorio, la eliminación de discriminaciones en materia de empleo y profesión y la abolición del trabajo infantil.
Toda tentativa de un candidato o de un operador económico con la pretensión de obtener informaciones confidenciales, proceder a acuerdos ilícitos con competidores o influir sobre el comité de evaluación o el poder adjudicador durante los procedimientos de examen, clarificación, evaluación y comparación de las ofertas y de
las candidaturas genera el rechazo de su candidatura o de su oferta.
Además, para evitar toda impresión de riesgo de parcialidad o de connivencia en el seguimiento y el control de la ejecución del contrato, está estrictamente prohibido al proveedor de bienes ofrecer, directa o indirectamente, regalos, comidas o cualquier otra ventaja material o inmaterial, cualquiera que sea su valor, a los encargados del poder adjudicador concernidos directa o indirectamente por el seguimiento y/o el control de la ejecución del contrato, cualquiera que sea su rango jerárquico.
Toda oferta será rechazada o todo contrato (contratación pública) anulado desde el momento en que se compruebe que su atribución o su ejecución haya dado lugar al pago de “gastos comerciales extraordinarios”. Los gastos comerciales extraordinarios conciernen a cualquier comisión no mencionada en el contrato principal, o que no provenga de un contrato con todos los requisitos que hacen referencia a este contrato, cualquier comisión que no retribuya un servicio legitimo efectivo, pagada en un paraíso fiscal, o pagada a un beneficiario no claramente identificado o a una empresa que tenga todas las apariencias de una empresa pantalla.
El adjudicatario del contrato se compromete a proporcionar al poder adjudicador, previa petición, todos los comprobantes relativos con las condiciones de ejecución del contrato. El poder adjudicador podrá proceder a cualquier control, de documentos e in situ, que considere necesario para reunir elementos de prueba sobre una presunción de gastos comerciales inhabituales. El adjudicatario que ha pagado gastos comerciales inhabituales es susceptible, según la gravedad de los hechos observados, de que se le rescinda su contrato o que se le excluya de manera permanente.
1.5.2 Derecho aplicable y tribunales competentes
El contrato debe ejecutarse e interpretarse conforme al derecho belga.
Las partes se comprometen de buena fe a cumplir sus compromisos con vistas a asegurar el buen cumplimiento del contrato.
En caso de litigio o de divergencia de opiniones entre el poder adjudicador y el adjudicatario, las partes se concertarán para encontrar una solución amigable.
A falta de acuerdo, los tribunales de Bruselas actuarán con competencia exclusiva.
Ver también el punto 4.14 Reclamaciones y demandas (artículo 73 del R.D. del 14.01.2013)
2. Finalidad y alcance del contrato
2.1 Naturaleza del contrato
Contrato de bienes.
2.2 Finalidad del contrato
Fortalecer la Escuela Nacional de Salud Pública, con equipos informáticos para contribuir a mejorar la excelencia y calidad de los servicios académicos de la misma.
2.3 Lotes
El presente contrato está dividido en nueve (9) lotes, que forman cada una un todo invisible. El licitador puede introducir una oferta para uno o varios lotes. No se admite una oferta para una parte de un lote.
La descripción de cada lote en la parte 2 del presente PEC. Los lotes son los siguientes:
1. LOTE A: Equipos de computo de escritorio
2. LOTE B: Computadora de escritorio para Diseño Grafico
3. LOTE C: Computadora de escritorio para Edición y Post Producción Audio Visual
4. LOTE D: Laptop
5. LOTE E: Servidor tipo 1
6. LOTE F: Servidor tipo 2
7. LOTE G: Servidor tipo 3
8. LOTE H: Impresora tipo 1
9. LOTE I: Impresora tipo 2
9.1 Duración
El contrato comprende un promedio de treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente de notificado la carta de atribución. Los equipos deben ser entregados en la Sede de la Escuela Nacional de Salud Pública, ubicado en Xx. Xxxxxxxx Xx 000 0x xxxx, Xxxxxxx xx Xxxx; en el área xx xxxxxxx y control patrimonial deben realizar los controles correspondientes en el almacén del proveedor. El proveedor será responsable económica y administrativamente por el envío de los equipos.
9.2 Variantes
Cada operador económico puede introducir una sola oferta. Las variantes están prohibidas.
2.5.1. Opciones
No hay opciones en este contrato.
10. Procedimiento
3.1 Modo de realización de un pedido
Procedimiento negociado sin publicación previa en aplicación de:
- El Art. 42 § 1 1°a de la Ley del 17 xx xxxxx de 201610
3.2 Publicidad oficiosa
3.2.1. Publicación CTB
Este contrato es publicado en el sitio Web xx Xxxxxx (xxx.xxxxxx.xx) del 07/10/2018 al 29/10/2018
Además, se publicará en el diario El Comercio, en la sección Portafolio, el día 07/10/2018.
3.3 Información
La atribución de este contrato está coordinada por la Representación de la CTB en Perú mientras dure el procedimiento, todos los contactos entre el poder adjudicador y los operadores económicos (eventuales) que conciernan al presente contrato se harán exclusivamente a través del Xxx. Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx, Especialista en Logística, mediante el correo electrónico: xxxxxxxx.xxxxxxxxxx@xxxxxx.xx y se prohíbe a los operadores económicos (eventuales) entrar en contacto con el poder adjudicador de otra manera respecto al presente contrato, excepto disposición contraria en el presente PEC.
Hasta la notificación de la decisión de atribución, no se dará ninguna información sobre la evolución del procedimiento.
Conformemente al art. 81 del R.D. DEL 18 xx xxxxx del 2017, el operador económico debe denunciar inmediatamente toda laguna, error u omisión en los documentos de licitación en los cuales se haga imposible establecer el precio o comparar ofertas al menos 10 días antes de la fecha de recepción de las ofertas.
Por tanto, toda información debe solicitarse por escrito por trámite documentario ubicado en Av. Parque de las Xxxxxxxx Xx 000, Xxxxxxx Xx 000-X, Xxxxx X, xxxxxxxx xx Xxx Xxxxxx desde las 08:00 hasta las 17:00 horas o por correo electrónico: xxxxxxxx.xxxxxx@xxxxxx.xx.
La etapa de formulación de consultas a la presente convocatoria es del 08/10/2018 al 19/10/2018, las cuales serán presentadas al correo electrónico: xxxxxxxx.xxxxxx@xxxxxx.xx; o por trámite documentario ubicado en Av. Parque de las Xxxxxxxx Xx 000, Xxxxxxx Xx 000-X, Xxxxx X, xxxxxxxx xx Xxx Xxxxxx desde las 08:00 hasta las 17:00 horas
La presentación de las ofertas serán hasta el día 29/10/2018, presentado en sobre cerrado por trámite documentario ubicado en Av. Parque de las Xxxxxxxx Xx 000, Xxxxxxx Xx 000-X, Xxxxx X, xxxxxxxx xx Xxx Xxxxxx desde las 08:00 hasta las 17:00 horas, con el siguiente rotulado:
10 Cuando el importe del gasto a aprobar es ≤ a 144.000€ sin IVA
Señores:
PROGRAMA DE APOYO A LA POLÍTICA DE ASEGURAMIENTO UNIVERSAL EN SALUD EN EL PERÚ, A TRAVÉS DEL SIS
Av. Parque de las Xxxxxxxx Xx 000, Xxxxxxx Xx 000-X, Xxxxx X, xxxxxxxx xx Xxx Xxxxxx Atte.: Comité de evaluación
PLIEGO ESPECIAL DE CONDICIONES N° 037-2018-PER1001711 2da convocatoria
OBJETO DEL PROCESO: ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE CÓMPUTO, SERVIDORES E IMPRESORAS PARA LA ESCUELA NACIONAL DE SALUD PÚBLICA (ENSAP)
NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR
Hasta la notificación de la decisión de atribución, no se dará ninguna información sobre la evolución del procedimiento.
Conformemente al art. 81 del R.D. DEL 18 xx xxxxx del 2017, el operador económico debe denunciar inmediatamente toda laguna, error u omisión en los documentos de licitación en los cuales se haga imposible establecer el precio o comparar ofertas al menos 10 días antes de la fecha de recepción de las ofertas.
3.4 Oferta
3.4.1 Datos a mencionar en la oferta
El operador económico debe utilizar el formulario de oferta anexo. Si no se utiliza este formulario, el operador económico soportará toda la responsabilidad de la concordancia entre los documentos que ha utilizado y el formulario.”
La oferta y los anexos al formulario de oferta se redactan en español.
Al depositar su oferta, el operador económico renuncia automáticamente a sus condiciones generales o particulares de venta, incluso si éstas se mencionan en uno o u otro anexo a su oferta.
El operador económico indicará claramente en su oferta qué información es confidencial y/o está sometida a secretos técnicos o comerciales, no pudiendo por tanto ser divulgada por el poder adjudicador.
3.4.2 Duración de validez de la oferta
Los operadores económicos quedan vinculados por su oferta durante un plazo de noventa días calendario desde la fecha límite de recepción.
En caso de sobrepasar el lapso de tiempo antes descripto, la validez de la oferta será tratada durante las negociaciones.
3.4.3 Determinación, componentes y revisión de los precios
Todos los precios mencionados en el formulario de la oferta deben redactarse obligatoriamente en soles (S/).
El presente contrato es un contrato de precio global, lo que significa que el precio global es concertado y cubre el conjunto de prestaciones del contrato o de cada puesto del inventario.
Nota: Si el licitador presenta el formulario de oferta en otra moneda diferente a soles (dólares o euros), se tomará el tipo de cambio venta de la página web de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP de la fecha de presentación de su oferta para la comparación de las ofertas económicas.
El pago será en la misma moneda indicada en su oferta económica.
En aplicación del artículo 37 del Real Decreto del 18 xx xxxxx de 2017, el poder adjudicador puede efectuar cualquier comprobación en los documentos contables y cualquier control de la exactitud de las indicaciones proporcionadas.
3.4.4 Elementos incluidos en el precio
El proveedor de bienes habrá incluido en sus precios, tanto unitarios como globales, todos los gastos y las imposiciones que gravan los bienes, a excepción del IVA.
Se incluyen principalmente en los precios:
La gestión administrativa y la secretaría;
El desplazamiento, el transporte y la seguridad;
La documentación relativa a los bienes;
La entrega de documentos vinculados a la ejecución;
Los embalajes;
La formación necesaria para el uso;
En su caso, las medidas impuestas por la legislación en materia de seguridad y de salud de los trabajadores durante la ejecución de su trabajo.
Los derechos de aduana y de consumo relativos al material y a los productos
3.5 Introducción de ofertas
Sin perjuicio de las eventuales variantes, cada operador económico solo puede introducir una oferta. El operador económico introduce su oferta de la manera siguiente:
Un ejemplar original (con firmas originales del Representante) de la oferta completa será introducido en versión papel.
Se introduce en sobre definitivamente sellado con la mención: Oferta xxx Xxxxxx Especial de Condiciones N° 037- 2018-PER1001711, para la adquisición de equipos de cómputo, servidores e impresoras para la Escuela Nacional de Salud Pública (ENSAP), con atención al Comité de Evaluación.
La entrega de las ofertas serán hasta el día 29/10/2018 a horas 17:00. Puede introducirse:
a) Por correo postal (envío normal o certificado)
En este caso, el sobre sellado se introduce en un sobre cerrado, enviado a:
Xxxxxx
Av. Parque de las Leyendas N° 210, Xxxxxxx Xx 000-X, Xxxxx X, xxxxxxxx xx Xxx Xxxxxx Xxxx - Xxxx
b) Por remisión con acuse de recibo.
El servicio es accesible todos los días hábiles en horario laboral: de 08:30h a 13:00h y de 14:00h a 17:00h de lunes a viernes en Av. Parque de las Leyendas N° 210, Xxxxxxx Xx 000-X, Xxxxx X, xxxxxxxx xx Xxx Xxxxxx, Xxxx - Xxxx.
Todo pedido de participación u oferta debe llegar antes de la última hora y fecha indicada para la entrega. Los pedidos de participación u ofertas recibidas tarde no serán aceptadas; (Artículo 83 de la R.D. Contratación).
3.5.1 Modificación o retiro de una oferta ya introducida
Cuando un operador económico desea modificar o retirar una oferta ya enviada o introducida, debe realizarse conforme a las disposiciones de los artículos 43 y 85 del R.D. del 18 xx xxxxx del 2017.
A fin de modificar o retirar una oferta ya enviada o introducida, se exige una declaración escrita y correctamente firmada por el operador económico o por su mandatario. Deben mencionarse con precisión el objeto y el alcance de las modificaciones. La retirada debe ser incondicional.
La retirada también puede ser comunicada por fax, o por vía electrónica siempre y cuando sea confirmada por carta certificada o con recibo de recepción al menos 1 día antes de la fecha límite para recibir las ofertas.
3.6 Selección de operadores económicos
3.6.1 Motivos de exclusión
Artículos 67, 68 y 70 de la Ley, Artículos 51 del R.D. del 18 xx xxxxx del 2017
Los motivos de exclusión obligatorios están mencionados en el anexo del presente PEC.
Al depositar su oferta, el operador económico declara que no se encuentra en ninguno de los casos de exclusión que figuran en los artículos 67, 68 y 70 de la ley del 17 xx xxxxx del 2016 y en los artículos 61 al 64 del R.D. del 18 xx xxxxx del 2017.
El poder adjudicador verificará la exactitud de esta declaración sobre el honor de la oferta mejor calificada. Para este fin, pedirá al operador económico en cuestión por los medios más rápidos dentro de un lapso de tiempo determinado que éste presente las informaciones y/o documentos que permitan verificar su situación personal.
El poder adjudicador pedirá las mismas informaciones o documentos que pueda conseguir gratuitamente por los medios electrónicos disponibles.
3.6.2 Criterios de selección
El operador económico debe, además, demostrar por medio de los documentos requeridos en el “Expediente de selección” (Ver parte 3 - Formularios, 6.4 Expediente de selección) que es suficientemente capaz, tanto desde el punto de vista económico y financiero como desde el técnico, de llevar a cabo el presente contrato público. Los criterios de selección se basan en el cumplimiento del perfil del proveedor descrito en los términos de referencia.
3.6.3 Vista preliminar del procedimiento
En la primera fase, las ofertas introducidas por los operadores económicos seleccionados serán examinadas según su regularidad. Las ofertas irregulares serán rechazadas.
El poder adjudicador se reserva el derecho a hacer regularizar todas aquellas irregularidades en la oferta de los operadores económicos durante las negociaciones.
Seguidamente procede la fase de negociaciones. El poder adjudicador puede negociar con los operadores económicos las ofertas iniciales y todas las ofertas ulteriores que estos han presentado, a excepción de las ofertas finales, con vistas a mejorar su contenido. Las exigencias mínimas y los criterios de atribución no se someten a negociación. No obstante, el poder adjudicador también puede decidir no negociar. En este caso la oferta inicial vale como oferta definitiva.
Cuando el poder adjudicador decida establecer negociaciones, informará a los operadores económicos en lista y fijará una fecha límite común para la presentación de eventuales mejores ofertas finales (BAFO). Tras el cierre de las negociaciones, las BAFO se confrontarán con los criterios de exclusión, los criterios de selección y los criterios de atribución. El operador económico con la BAFO que presente la mejor relación calidad/precio (el que obtenga la mejor calificación sobre la base de los criterios de atribución mencionados a continuación) será designado adjudicatario del presente contrato.
El poder adjudicador se reserva del derecho de rever el procedimiento enunciado anteriormente teniendo en cuenta sus principios de igualdad y transparencia.
Criterios de atribución
Propuesta económica: Se cuenta con un precio competitivo que garantice la calidad del producto requerido.
(100 %)
La estructura de ponderación económica responde al siguiente detalle:
Criterio | Calificación (Puntos) |
a) Ponderación de la Propuesta Económica | 100 |
Total General | 100 puntos |
Atribución de acuerdo al precio:
La oferta económica más baja tendrá el mayor puntaje (100 puntos).
Las otras propuestas económicas obtendrán un puntaje inversamente proporcional al monto de su propuesta, de acuerdo a la siguiente formula:
POEi= (OEMB/OEi)*100%
Donde:
OEMB= Oferta económica más baja. OEi= Oferta económica de la empresa i.
POEi= Puntaje oferta económica de la empresa i.
3.6.4 Atribución del contrato
El contrato será atribuido al operador económico que haya introducido la oferta más ventajosa de acuerdo a los criterios de atribución.
No obstante, hay que subrayar que, conforme al art. 85 de la Ley del 17 xx xxxxx de 2016, no existe ninguna obligación para el poder adjudicador de atribuir el contrato.
El poder adjudicador puede bien renunciar a establecer el contrato, bien rehacer el procedimiento de otro modo, según la necesidad.
3.7 Establecimiento del contrato
Conforme al art. 88 del R.D. Atribución, el contrato se efectúa por la notificación al operador económico seleccionado de la aprobación de su oferta.
La notificación se efectúa por las plataformas electrónicas, correo electrónico o fax y, el mismo día, por envío certificado.
El contrato íntegro consiste desde ese momento en un contrato atribuido por Xxxxxx al operador económico, elegido conforme:
El presente PEC y sus anexos;
La BAFO aprobada del adjudicatario y todos sus anexos;
La carta certificada con la notificación de la decisión de atribución;
En su caso, a los eventuales documentos ulteriores, aceptados y firmados por ambas partes.
4. Condiciones contractuales particulares
El presente capítulo de este PEC contiene las cláusulas particulares aplicables al presente contrato público por derogación de las reglas generales de ejecución de la contratación pública y la concesión de obras públicas del
D.R. del 14 de enero de 2013 y D.R. 22.06.2017, en lo sucesivo “RGE” o que completan o precisan éste. Los artículos indicados más arriba (entre paréntesis) remiten a los artículos de las RGE. A falta de indicación, se aplican íntegramente las disposiciones pertinentes de las RGE.
4.1 Funcionario dirigente (art. 11)
La dirección y el control de la ejecución del contrato está a cargo de la Escuela Nacional de Salud Pública y el Programa SISTEC, en representación del SISTEC, por la Xxx. Xxxxxx Xxxx Xxxx, Especialista en capacitación y desarrollo organizacional del Programa SISTEC, al siguiente correo: xxxxxx.xxxx@xxxxxx.xx
Una vez establecido el contrato, el funcionario dirigente es el interlocutor principal del proveedor de bienes. Se le enviarán toda la correspondencia y todas las preguntas sobre la ejecución del contrato, excepto mención contraria expresa en el PEC (ver principalmente “Pagos” a continuación).
El funcionario dirigente es responsable del seguimiento de la ejecución del contrato.
El funcionario dirigente tiene plena competencia en lo que respecta al control de la ejecución del contrato, incluyendo la expedición de órdenes de servicio, el establecimiento de actas e inventarios y la aprobación de bienes, estados de avance y recuentos. Puede ordenar todas las modificaciones al contrato que se remitan a su función y a su ámbito.
No obstante, no le competen la firma de cláusulas adicionales y cualquier otra decisión o acuerdo que conlleve la derogación de las cláusulas y condiciones esenciales del contrato. Para tales decisiones, el poder adjudicador está representado como estipula el punto “El poder adjudicador”.
El funcionario dirigente no está habilitado en ningún caso a modificar las modalidades (ej., plazos de ejecución, etc.) del contrato, incluso aunque el impacto financiero fuera nulo o negativo. Todo compromiso, modificación o acuerdo que contravenga las condiciones estipuladas en el PEC y que no haya sido notificado por el poder adjudicador debe ser considerado como nulo.
4.1.1 Subcontratistas (12-15)
El adjudicatario está autorizado a subcontratar (máximo dos subcontrataciones directa) determinadas partes del objeto del presente pedido, bajo su entera responsabilidad. La subcontratación corre totalmente a riesgo del adjudicatario y no le exime en nada de la buena ejecución del contrato frente al Poder adjudicador que no reconoce ningún lazo jurídico con el/los subcontratista(s) tercero(s).
Una parte no puede ceder sus derechos y obligaciones que resultan del pedido a un tercero, sin haber obtenido previamente el acuerdo escrito de la otra parte.
4.1.2 Confidencialidad (art. 18)
El adjudicatario se compromete a no hacer publicidad de este contrato sin el acuerdo previo y escrito del poder adjudicador. No obstante, puede mencionar este contrato como referencia en el marco de un contrato público, a condición de que indique el estado con veracidad (ej. “en ejecución”), y siempre que el poder adjudicador no haya retirado esta autorización por inadecuada ejecución del contrato.
4.1.3 Derechos intelectuales (art. 19 a 23)
§1 El poder adjudicador si adquiere los derechos de propiedad intelectual creados, puestos a punto o utilizados con motivo de la ejecución del contrato.
Sin perjuicio del párrafo 1 y salvo disposición contraria en los documentos del contrato, cuando el objeto de éste consiste en la creación, la fabricación o el desarrollo de diseños y modelos o signos distintivos, el poder adjudicador adquiere la propiedad intelectual y el derecho de patentarlos, registrarlos y protegerlos.
En cuanto a los nombres de dominio creados con motivo de un contrato, el poder adjudicador también adquiere el derecho de registrarlos y protegerlos, excepto disposición contraria en los documentos del contrato.
Cuando el poder adjudicador no adquiere los derechos de propiedad intelectual, obtiene una licencia de explotación de los resultados protegidos por el derecho de la propiedad intelectual para los modos de explotación mencionados en los documentos del contrato.
El poder adjudicador enumerará en los documentos del contrato los modos de explotación para los que pretenda obtener una licencia.
4.2 Fianza (art. 25 a 33)
La fianza responde a las obligaciones del prestatario de bienes hasta completar la ejecución del contrato.
Se presentará solo en el caso en que el monto de la oferta presentada sea mayor a 25,000 Euros.
La fianza se fija en el 5% del importe total, sin IVA, del contrato. El importe obtenido se redondea por encima al décimo de euro.
La fianza puede constituirse conforme a las disposiciones legales y reglamentarias, bien en efectivo o en fondos públicos, bien en forma de fianza colectiva.
La fianza también puede constituirse con una garantía concedida por una entidad de crédito que satisfaga lo prescrito por la legislación sobre el estatuto y el control de entidades de crédito, o por una aseguradora que satisfaga lo prescrito por la legislación sobre el control de aseguradoras y que esté autorizada para la rama 15 (fianza).
Por derogación al artículo 26, la fianza puede establecerse a través de un establecimiento cuya sede social esté situada en uno de los países destinatarios de los bienes. El poder adjudicador se reserva el derecho aceptar o no la constitución de la fianza a través de este establecimiento. El adjudicatario mencionará el nombre y la dirección de este establecimiento en la oferta.
La derogación está motivada para dar la oportunidad de introducir una oferta a eventuales operadores económicos locales.
El adjudicatario debe, en los treinta días naturales siguientes al día del establecimiento del contrato, justificar la constitución de la fianza directamente o a través de un tercero, por uno de los modos siguientes:
1° Cuando se trata de efectivo, la transferencia del importe.
2° Cuando se trata de fondos públicos, por el depósito de éstos al cajero del Estado en la sede del Banque nationale de Bruselas o en una de sus agencias provinciales, por cuenta de la Xxxxxx des Dépôts et Consignations, o en un organismo público con función similar11
3° Cuando se trata de una fianza colectiva, por el depósito por una empresa que ejerce legalmente esta
11 Solo aplica para licitadores de Bélgica, previa evaluación de la representación de la CTB.
actividad, de un acto de caución solidaria en la Xxxxxx des Dépôts et Consignations o en un organismo público con función similar
4° Cuando se trata de una garantía, por el acto de compromiso de la entidad de crédito o de la aseguradora. Esta justificación se da, según el caso, por la producción al poder adjudicador:
1° Bien del recibo de depósito de la transferencia bancaria.
2° Bien con una nota de débito de la entidad de crédito o la aseguradora
3° Bien el reconocimiento de depósito expedido por el cajero del Estado o por el organismo público con función similar
4° Bien del original del acto de caución solidaria refrendado por la Xxxxxx des Dépôts et Consignations o por un organismo público con función similar
5° Bien del original del acto de compromiso establecido por la entidad de crédito o la aseguradora que concede una garantía.
Estos documentos, firmados por el depositante, indican en provecho de quién está constituida la fianza, su asignación precisa con la indicación sumaria del objetivo del contrato y de la referencia de los documentos del contrato, así como los apellidos, el nombre y la dirección completa del adjudicatario, y eventualmente xxx xxxxxxx que haya efectuado el depósito con la mención “proveedor de fondos” o “mandatario”, según el caso.
El plazo de treinta días naturales aludido anteriormente se suspende durante el período de cierre de la empresa del adjudicatario en los días de vacaciones anuales pagados y los días de descanso compensatorios previstos por vía reglamentaria o en un convenio colectivo de trabajo obligatorio.
La prueba de la constitución de la fianza debe enviarse a la dirección mencionada en la notificación del establecimiento del contrato.
La demanda del adjudicatario de proceder a la recepción:
1° En caso de recepción provisional: tiene efecto de solicitud de liberación de la primera mitad de la fianza
2º En caso de recepción definitiva: tiene efecto de demanda de liberación de la segunda mitad de la fianza o, si no se ha previsto una recepción provisional, de demanda de liberación de la totalidad de ésta.
4.2.1 Conformidad de la ejecución (art. 34)
Los trabajos y los bienes deben conformarse en todos los informes a los documentos del contrato. Aun a falta de las especificaciones técnicas, mencionadas en los documentos del contrato, responderán en todos los puntos a las reglas profesionales.
4.2.2 Modificaciones (art. 37 - 38/19)
Revisión de los precios (38/7)
En el presente contrato no se aplica ninguna revisión de precios.
4.2.3 Recepción técnica previa (art. 42)
El poder adjudicador se reserva el derecho en cualquier momento de la misión de pedir al proveedor de bienes un informe de actividad (Reuniones, personas encontradas, instituciones visitadas, resumen de resultados, problemas encontrados y problemas no resueltos, desviación respecto a la planificación y las desviaciones con relación a los EETT).
4.2.4 Modalidades de ejecución (art. 146 es)
4.2.4.1 Plazos y cláusulas (art. 147)
El contrato comprende un promedio de treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente de notificado la carta de atribución.
4.2.4.2 Lugar en el que los bienes deben ejecutarse y formalidades (art. 149)
La entrega de los equipos será en la Sede de la Escuela Nacional de Salud Pública, ubicado en Xx. Xxxxxxxx Xx 000 0x xxxx, Xxxxxxx xx Xxxx, en el horario de 08:00 am a 04:30 pm.
El proveedor será responsable económica y administrativamente por el envío de los equipos.
4.2.5 Responsabilidad del adjudicatario (art. 152-153)
El adjudicatario asume plena responsabilidad de las faltas e incumplimientos en los bienes proporcionados.
Por otra parte, el adjudicatario garantiza al poder adjudicador contra daños y perjuicios frente a terceros por el retraso en la ejecución de la entrega de los bienes o la incapacidad del proveedor de bienes.
4.2.6 Medios de acción del poder adjudicador (art. 44-53 y 154-155)
El incumplimiento del adjudicatario no se aprecia únicamente respecto a los propios bienes, sino igualmente respecto al conjunto de sus obligaciones.
Para evitar toda impresión de riesgo de parcialidad o de connivencia en el seguimiento y el control de la ejecución del contrato, está estrictamente prohibido al adjudicatario ofrecer, directa o indirectamente, regalos, comidas o cualquier otra ventaja material o inmaterial, cualquiera que sea su valor, a los encargados del poder adjudicador concernidos directa o indirectamente por el seguimiento y/o el control de la ejecución del contrato, cualquiera que sea su rango jerárquico.
En caso de infracción, el poder adjudicador podrá exigir al adjudicatario una sanción global por infracción que irá hasta el triple del importe obtenido por la suma de los valores (estimados) de la ventaja ofrecida al comisionado y de la ventaja que el adjudicatario esperaba obtener ofreciendo la ventaja al comisionado. El poder adjudicador juzgará soberanamente la aplicación de esta sanción y de su magnitud.
Esta cláusula no menoscaba la aplicación eventual de las otras medidas de oficio previstas en el RGE, particularmente la anulación unilateral del contrato y/o la exclusión de la contratación del poder adjudicador para una duración determinada.
4.2.6.1 Incumplimiento de ejecución (art. 44)
§1 El adjudicatario es considerado en incumplimiento de ejecución del contrato:
1° Cuando las prestaciones no son ejecutadas en las condiciones definidas por los documentos del contrato;
2° En cualquier momento, cuando las prestaciones no se desarrollan de modo que puedan terminarse definitivamente en las fechas fijadas;
3° Cuando no se cumplen las órdenes escritas válidamente dadas por el poder adjudicador.
§ 2 Todos los incumplimientos de las cláusulas del contrato, incluyendo la inobservancia de las órdenes del poder adjudicador, se constatan por un acta cuya copia se transmite inmediatamente al adjudicatario por carta certificada.
El adjudicatario está obligado a reparar sin demora sus faltas. Éste puede hacer valer sus medios de defensa por carta certificada enviada al poder adjudicador en los quince días siguientes al día determinado por la fecha del envío del acta. Su silencio se considera, tras este plazo, como reconocimiento de los hechos comprobados.
§ 3 Los incumplimientos comprobados a su cargo convierten al adjudicatario en imputable respecto a una o varias de las medidas previstas en los artículos 45 a 49, 154 y 155.
4.2.6.2 Multas por retraso (art. 46-154)
Las multas por retraso son independientes de las sanciones previstas en el artículo 45. Son debidas, sin emplazamiento, por la simple expiración del plazo de ejecución sin intervención de un acta y se aplican de pleno derecho para todos los días de retraso.
Aparte de la aplicación de multas por retraso, el adjudicatario es responsable frente al poder adjudicador de los daños y perjuicios, en su caso, causados a terceros por retraso en la ejecución del contrato.
4.2.6.3 Medidas de oficio (art. 47-155)
§ 1 Cuando, a la expiración del plazo señalado en el artículo 44, § 2, para hacer valer sus medios de defensa, el adjudicatario permanece inactivo o ha presentado medios considerados no justificados por el poder adjudicador, éste puede recurrir a las medidas de oficio descritas en el apartado 2.
El poder adjudicador puede no obstante recurrir a las medidas de oficio sin esperar a la expiración del plazo señalado al artículo 44, § 2, cuando, previamente, el adjudicatario reconoce expresamente los incumplimientos comprobados.
§ 2 Las medidas de oficio son:
1° la anulación unilateral del contrato. En este caso, el poder adjudicador reclamará de pleno derecho la totalidad de la fianza o, a falta de constitución, un importe equivalente en calidad de daños y perjuicios. Esta medida excluye la aplicación de cualquier multa por retraso de ejecución a la parte rescindida;
2° la ejecución por administración directa de todo o parte del contrato no ejecutado;
3° el establecimiento de uno o varios contratos por subcontratación o con uno o varios terceros para todo o parte del contrato que queda por ejecutar.
Las medidas previstas en el apartado 1, 2° y 3° se aplican sobre los gastos, riesgos y peligros del adjudicatario contumaz. No obstante, las multas y las sanciones aplicadas durante la ejecución de un contrato por subcontratación quedan a cargo del nuevo adjudicatario.
4.2.7 Fin del contrato
4.2.7.1 Recepción de los servicios ejecutados (art. 64-65 y 156)
Los bienes serán controlados y verificados durante su ejecución por un delegado del poder adjudicador. La identidad de este delegado será comunicada al adjudicatario cuando se inicie la ejecución de los bienes.
Las prestaciones se recibirán solo después de haber satisfecho las comprobaciones, las recepciones técnicas y a las pruebas prescritas.
A la expiración del plazo de treinta días siguientes al día fijado para la terminación de la totalidad de los bienes, se redacta, según el caso, un acta de recepción o de negativa de recepción del contrato.
Cuando los bienes terminan antes o después de esta fecha, corresponde al adjudicatario comunicarlo por carta certificada al funcionario dirigente y solicitar, por la misma vía, proceder a la recepción. En los treinta días siguientes al día de la recepción de la solicitud del adjudicatario, se redacta según el caso un acta de recepción o de negativa de recepción.
4.2.7.2 Gastos de recepción
No se reconocen gastos de recepción en este PEC.
4.2.8 Facturación y pago de los bienes (art. 66 a 72 -160)
El adjudicatario enviará las facturas (en un solo ejemplar) y el acta de recepción del contrato (ejemplar original) a la dirección siguiente:
Av. Parque de las Leyendas N° 210, Xxxxxxxx Xxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx Xx 000-X, xxxxxxxx xx Xxx Xxxxxx. Factura deberá ser llenada con los siguientes datos:
RAZÓN SOCIAL: COOPERACIÓN TECNICA BELGA - CTB RUC: 20505342195
DIRECCIÓN: Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx 000, Xxxxxxxxxx
Solo podrán facturarse los bienes ejecutados correctamente.
El poder adjudicador dispone de un plazo de comprobación de treinta días a partir de la fecha del fin de los bienes, comprobada conforme a las modalidades fijadas en los documentos del contrato, para proceder a las formalidades de recepción técnica y de recepción provisional, y notificar el resultado al adjudicatario.
El pago del importe debido al adjudicatario debe intervenir en un plazo de treinta días a partir del vencimiento del plazo de comprobación.
Cuando los documentos del contrato no prevean una declaración de deuda separada, la factura es válida como declaración de deuda.
La factura debe indicarse en moneda ofertada en el Precio.
El adjudicatario no puede pedir ningún anticipo, y el pago se efectuará tras la recepción de cada prestación de bienes objeto del mismo pedido.
El pago podrá efectuarse en una (1) sola armada, una vez entregado los equipos en cada sede, previa conformidad de la dirección de Escuela de Salud Pública y del Programa SISTEC.
4.2.9 Litigios (art. 73)
Todos los litigios relativos a la ejecución de este contrato son competen exclusivamente a los tribunales del distrito judicial de Bruselas. La lengua vehicular es el francés o el neerlandés.
El poder adjudicador no es responsable en ningún caso de los daños causados a personas o a bienes por consecuencia directa o indirecta de las actividades necesarias para la ejecución de este contrato. A tal respecto, el adjudicatario garantiza al poder adjudicador contra toda acción en daños y perjuicios por parte de terceros.
En caso de “litigio”, es decir de acción judicial, la correspondencia (igualmente) deberá enviarse a la dirección siguiente:
Coopération Technique Belge S.A.
Cellule juridique du service Logistique et Achats (L&A)
À l’attention de Mme Xxxx Xxxxxxxx xxx Xxxxx 000
0000 XXXXXXXX
Xxxxxxx
5 Parte 2: Especificaciones técnicas
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE CÓMPUTO PARA ESCUELA NACIONAL DE SALUD PÚBLICA (ENSAP)
1. Dirección/Gerencia/UDR
Escuela Nacional de Salud Pública (ENSAP)
2. Antecedentes y Justificación:
El Programa de Apoyo a la Política de Aseguramiento Universal en Salud en el Perú, a través del SIS (Programa SISTEC) es un apoyo técnico para fortalecer el funcionamiento del sistema de aseguramiento universal de salud en el Perú, que garantice a la población acceso y calidad a la prestación sanitaria, con el objetivo de incidir en el mejoramiento de la salud de los peruanos. Este programa es ejecutado por La Agencia Belga de Desarrollo - CTB, que es una Sociedad Anónima según las normas legales de Bélgica, con una personalidad jurídica propia.
Así, en el marco del Resultado 1 se ha diseñado una actividad de capacitación que se integra en el Producto 1, Gestión de Recursos Humanos, que es la realización Diplomado de Especialización en Aseguramiento Universal en Salud, y en este contexto, el Programa de especialización en Aseguramiento Universal en Salud abordará el enfoque de gestión por resultados a fin de desarrollar en los participantes las habilidades necesarias para aplicar con eficiencia en el marco legal y técnico vigente, y facilitar los procesos internos de gestión, atención y procesos financieros bajo el marco de Aseguramiento Universal en Salud.
Para ello se ha detectado la necesidad de fortalecimiento de la Escuela Nacional de Salud Pública, cuya finalidad es la contribución a mejorar la excelencia y calidad de los servicios académicos de la misma.
3. Objetivo de la adquisición
Adquirir y entregar el equipo de cómputo, servidores e impresoras, acuerdo a las especificaciones técnicas detalladas.
a) Equipo de Cómputo de escritorio.
CARACTERÍSTICA | ESPECIFICACIÓNES MÍNIMAS REQUERIDAS |
COMPUTADORAS | |
Cantidad | 15 unidades |
Marca | Indicar marca |
Modelo | Indicar modelo |
Tipo | Horizontal o vertical |
Chipset | Debe incluir funciones avanzadas de administración de seguridad. Se debe indicar la marca y modelo de chipset. |
Procesador | Procesador de 4 cores, 4 Threads, cache de 6 MB, frecuencia máxima de 3.5 GHz. Procesador de septima generación o su equivalente. Debe indicar marca y modelo de procesador. |
Arquitectura de Fabricación: 14nm | |
Memoria RAM | 8 GB |
Sonido | Integrado |
DVD | Multiburner |
Video | Integrado |
Teclado y mouse | Estándar en español (Deberá ser de la misma marca que el CPU) |
Disco Duro | 1 TB |
Conectividad | Ethernet Integrado 10/100/1000 |
Puertos | 04 Puertos USB 2.0 como mínimo |
01 puerto VGA, HDMI o DisplayPort para conexión con monitor. | |
1 Puerto RJ 45 | |
Accesorios | Cable de seguridad |
Software Ofimática | Debe incluir como mínimo las herramientas para: Administración de correos, procesador de textos, hoja de cálculo y una herramienta para la realización de presentaciones. En idioma español. Se debe incluir licencias del software y no debe ser una versión demo o trial. |
Sistema Operativo | Sistema Operativo de 64 Bits en la versión Profesional (En español). Debe poder integrarse con el Directorio Activo de Windows Server. |
Certificaciones | FCC, CE o UE, ISO9001, ISO14001, RoHS, EPEAT GOLD, ENERGY STAR, MS WHQL |
MONITOR | |
Cantidad | 15 unidades |
Marca | Deberá ser de la misma marca que el CPU |
Modelo | Deberá ser de la mismo modelo que el CPU |
Tamaño | 21 " |
Conexión de entrada | 01 puerto VGA, HDMI o DisplayPort para conexión con CPU. |
Fuente de alimentación | 220 V |
Certificaciones | FCC, CE o UE, ISO9001, ISO14001, RoHS, EPEAT GOLD, ENERGY STAR, MS WHQL |
Garantía mínima | 1 año |
b) Computadora de escritorio para Diseño Gráfico
CARACTERÍSTICA | ESPECIFICACIÓNES MÍNIMAS REQUERIDAS |
COMPUTADORAS | |
Cantidad | 01 unidad |
Marca | Indicar marca |
Modelo | Indicar modelo |
Tipo | Horizontal o vertical |
Chipset | Basado en el chipset Intel Q270, equivalente o superior. Debe incluir funciones avanzadas de administración de seguridad. Se debe indicar la marca y modelo de chipset |
Procesador | Procesador de 4 cores, 8 Threads, cache de 8 MB, frecuencia máxima de 4.2 GHz. Procesador de séptima generación o su equivalente. Debe indicar marca y modelo de procesador. |
Arquitectura de Fabricación: 14nm | |
Memoria RAM | 16 GB |
Sonido | Integrado |
DVD | Multiburner |
Video | Nvidia Geforce GTX1060 3GB GDDR5, su equivalente o superior |
Teclado y mouse | Estándar en español (Deberá ser de la misma marca que el CPU) |
Disco Duro | SSD 256 GB (sólido) |
Disco Duro | Sata 1 TB |
Conectividad | Ethernet Integrado 10/100/1000 |
Puertos | 04 Puertos USB 2.0 como mínimo |
01 puerto VGA, HDMI o DisplayPort para conexión con monitor. | |
1 Puerto RJ 45 | |
Accesorios | Cable de seguridad |
Software Ofimática | Debe incluir como mínimo las herramientas para: Administración de correos, procesador de textos, hoja de cálculo y una herramienta para la realización de presentaciones. En idioma español. Se debe incluir licencias del software y no debe ser una versión demo o trial. |
Sistema Operativo | Sistema Operativo de 64 Bits en la versión Profesional (En español). Debe poder integrarse con el Directorio Activo de Windows Server. |
Certificaciones | FCC, CE o UE, ISO9001, ISO14001, RoHS, EPEAT GOLD, ENERGY STAR, MS WHQL |
MONITOR | |
Cantidad | 01 unidad |
Marca | Deberá ser de la misma marca que el CPU |
Modelo | Deberá ser de la mismo modelo que el CPU |
Tamaño | 24 " |
Conexión de entrada | 01 puerto VGA, HDMI o DisplayPort para conexión con CPU. |
Fuente de alimentación | 220 V |
Certificaciones | FCC, CE o UE, ISO9001, ISO14001, RoHS, EPEAT GOLD, ENERGY STAR, MS WHQL |
Garantía mínima | 1 año |
c) Computadora de Escritorio para Edición y Post Producción Audio – Visual
CARACTERÍSTICA | ESPECIFICACIÓNES MÍNIMAS REQUERIDAS |
COMPUTADORAS | |
Cantidad | 01 unidad |
Marca | Indicar marca |
Modelo | Indicar modelo |
Tipo | Horizontal o vertical |
Chipset | Basado en el chipset Intel Q270, equivalente o superior. Debe incluir funciones avanzadas de administración de seguridad. Se debe indicar la marca y modelo de chipset |
Procesador | Procesador de 4 cores, 8 Threads, cache de 8 MB, frecuencia máxima de 4.2 GHz. Procesador de séptima generación o su equivalente. Debe indicar marca y modelo de procesador. |
Arquitectura de Fabricación: 14nm | |
Memoria RAM | 32 GB |
Sonido | Integrado |
DVD | Multiburner |
Video | Nvidia Geforce GTX1060 6GB GDDR5, su equivalente o superior |
Teclado y mouse | Estándar en español (Deberá ser de la misma marca que el CPU) |
Disco Duro | SSD 256 GB (sólido) |
Disco Duro | Sata 1 TB |
Conectividad | Ethernet Integrado 10/100/1000 |
Puertos | 04 Puertos USB 2.0 como mínimo |
01 puerto VGA, HDMI o DisplayPort para conexión con monitor | |
1 Puerto RJ 45 | |
Accesorios | Cable de seguridad |
Software Ofimática | Debe incluir como mínimo las herramientas para: Administración de correos, procesador de textos, hoja de cálculo y una herramienta para la realización de presentaciones. En idioma español. Se debe incluir licencias del software y no debe ser una versión demo o trial. |
Sistema Operativo | Sistema Operativo de 64 Bits en la versión Profesional (En español). Debe poder integrarse con el Directorio Activo de Windows Server. |
Certificaciones | FCC, CE o UE, ISO9001, ISO14001, RoHS, EPEAT GOLD, ENERGY STAR, MS WHQL |
MONITOR | |
Cantidad | 01 unidad |
Marca | Deberá ser de la misma marca que el CPU |
Modelo | Deberá ser de la mismo modelo que el CPU |
Tamaño | 24 " |
Conexión de entrada | 01 puerto VGA, HDMI o DisplayPort para conexión con CPU |
Fuente de alimentación | 220 V |
Certificaciones | FCC, CE o UE, ISO9001, ISO14001, RoHS, EPEAT GOLD, ENERGY STAR, MS WHQL |
Garantía mínima | 1 año |
d) Laptop:
CARACTERÍSTICA | ESPECIFICACIÓNES MÍNIMAS REQUERIDAS |
LAPTOPS | |
Cantidad | 05 unidades |
Marca | Indicar marca |
Modelo | Indicar modelo |
Chipset | Debe incluir funciones avanzadas de administración de seguridad. Se debe indicar la marca y modelo de chipset. |
Procesador | Procesador de 4 cores, 4 Threads, cache de 6 MB, frecuencia máxima de 3.5 GHz. Procesador de séptima generación o su equivalente. Debe indicar marca y modelo de procesador. |
Arquitectura de Fabricación: 14nm | |
Memoria RAM | 8 GB |
Sonido | Integrado |
DVD | Multiburner |
Video | Integrado |
Pantalla | 15.6” LED Full HD 1920x1080 |
Cámara web | Integrado |
Disco Duro | Sata 1 TB |
Conectividad | Ethernet Integrado 10/100/1000 |
Wireless 802.11 a/g/n | |
Puertos | 02 Puertos USB como mínimo |
01 puerto HDMI | |
1 Puerto RJ 45 | |
Accesorios | Maletín, mouse, Cable de seguridad |
Software Ofimática | Debe incluir como mínimo las herramientas para: Administración de correos, procesador de textos, hoja de cálculo y una herramienta para la realización de presentaciones. En idioma español. Se debe incluir licencias del software y no debe ser una versión demo o trial. |
Sistema Operativo | Sistema Operativo de 64 Bits en la versión Profesional (En español). Debe poder integrarse con el Directorio Activo de Windows Server. |
Certificaciones | FCC, CE o UE, ISO9001, ISO14001, RoHS, EPEAT GOLD, ENERGY STAR, MS WHQL |
e) Servidor tipo 1
SERVIDOR TIPO 1 | |
Cantidad | Uno (01) |
Arquitectura | 64 bits |
Case | Modelo Tipo Rack 1RU para gabinete de 19 pulgadas, no incluye gabinete ni Rack adicional. |
Procesador | 1 Procesador Intel® Xeon Silver 2.2 GHz/10-core/13.75MB o superior. |
Memoria RAM | 16 GB. Banco de memoria de mínimo 16 GB. |
Controlador de discos | Integrada con soporte a (RAID 0/1+0/5) |
Discos SAS | Dos (02) discos Hot Plug/Hot Swap internos de 10K RPM, 2.5 pulgadas. Capacidad mínima de 300 GB cada disco. |
Unidad Óptica | DVD – ROM como mínimo |
Fuente de poder | Redundantes en caliente mínimo 02 Unidades de 500W y 94% de eficiencia. |
Conectividad | Cuatro (4) interfaces de red mínimo de 100/1000Mbps, 1 puerto serial, 1 VGA, 1 puerto de administración remota, 3 ranuras PCI – Express y 4 puertos USB 2.0 o superior. |
Administración | ILO 5 ASIC |
Incluye | Rieles y accesorios para su instalación en el gabinete. |
f) Servidor tipo 2
SERVIDOR TIPO 2 | |
Cantidad | Dos (02) |
Arquitectura | 64 bits |
Case | Modelo Tipo Rack 1RU para gabinete de 19 pulgadas, no incluye gabinete ni Rack adicional. |
Procesador | 1 Procesador Intel® Xeon Silver 2.2 GHz/10-core/13.75MB o superior. |
Memoria RAM | 32 GB como mínimo. Banco de memoria de mínimo 16 GB. |
Controlador de discos | Integrada con soporte a (RAID 0/1+0/5) |
Discos SAS | Dos (02) discos Hot Plug/Hot Swap internos de 10K RPM, 2.5 pulgadas. Capacidad mínima de 300 GB cada disco. |
Unidad Óptica | DVD – ROM como mínimo |
Fuente de poder | Redundantes en caliente mínimo 02 Unidades de 500W y 94% de eficiencia. |
Conectividad | Cuatro (4) interfaces de red mínimo de 100/1000Mbps, 1 puerto serial, 1 VGA, 1 puerto de administración remota, 3 ranuras PCI – Express y 4 puertos USB 2.0 o superior. |
Administración | iLO 5 ASIC |
Incluye | Rieles y accesorios para su instalación en el gabinete. |
g) Servidor tipo 3
SERVIDOR TIPO 3 | |
Cantidad | Dos (02) |
Arquitectura | 64 bits |
Case | Modelo Tipo Rack 1RU para gabinete de 19 pulgadas, no incluye gabinete ni Rack adicional. |
Procesador | 1 Procesador Intel® Xeon Silver 2.2 GHz/10-core/13.75MB o superior. |
Memoria RAM | 32 GB como mínimo. Banco de memoria de mínimo 16 GB. |
Controlador de discos | Integrada con soporte a (RAID 0/1+0/5) |
Discos SAS | Dos (02) discos Hot Plug/Hot Swap internos de 10K RPM, 2.5 pulgadas. Capacidad mínima de 300 GB cada disco. Seis (02) discos Hot Plug/Hot Swap internos de 10K RPM, 2.5 Pulgadas. Capacidad mínima de 2.4TB cada disco. |
Unidad Óptica | DVD – ROM como mínimo |
Fuente de poder | Redundantes en caliente mínimo 02 Unidades de 500W y 94% de eficiencia. |
Conectividad | Cuatro (4) interfaces de red mínimo de 100/1000Mbps, 1 puerto serial, 1 VGA, 1 puerto de administración remota, 3 ranuras PCI – Express y 4 puertos USB 2.0 o superior. |
Administración | iLO 5 ASIC |
Incluye | Rieles y accesorios para su instalación en el gabinete. |
h) Impresora tipo 1
IMPRESORA TIPO 1 | |
TIPO | Multifuncional monocromático |
FORMATO | A3 |
VELOCIDAD | 60 ppm |
CONECTIVIDAD USB | Si |
CONECTIVIDAD LAN | Si |
MEMORIA INTERNA | 1024 MB |
DISCO DURO | Estándar de 320 GB |
DÚPLEX AUTOMÁTICO(DA) | Si, dúplex en una sola pasada |
RESOLUCIÓN DE IMPRESIÓN | 1200 x 1200 ppm |
RESOLUCIÓN DE CAPTURA | 600 x 600 |
ALIMENTADOR AUTOMÁTICO DE DOCUMENTOS(ADF) | Si |
CICLO DE TRABAJO MENSUAL RECOMENDADO | 200,000 pg./mes |
OTRAS CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS ADICIONALES MÍNIMAS REQUERIDAS DEL EQUIPO | |
EMULACIONES: | Pcl6 , kpdl3 (ps3), xps y pdf |
SISTEMAS OPERATIVOS SOPORTADOS: | Windows server 2003, 2008, 2008 r2, 2012, 2012 r2; windows vista, 7, 8, 8.1, 10 y linux, apple macintosh os x 10.5 |
FORMATO DE ARCHIVOS | Blanco y negro: pdf y tif; color: pdf, tif, jpeg y xps |
BANDEJAS DE PAPEL | Dos bandeja de 500 hojas y una bandeja multipropósito (mpt) para 100 hojas |
TAMAÑO DE PAPEL SOPORTADO | A4, A3 ,oficio |
GARANTÍA | 1 a 3 años de fábrica onsite |
i) Impresora tipo 2
IMPRESORA TIPO 2 | |
VELOCIDAD MÍNIMA DE IMPRESIÓN | A4: 40 PPM |
RESOLUCIÓN DE IMPRESIÓN | 1200 x 1200 dpi |
MEMORIA MÍNIMA | 1 GB RAM |
VELOCIDAD DEL PROCESADOR | 1.2 Ghz |
VOLUMEN DE IMPRESIÓN MENSUAL RECOMENDADO | 4000 Páginas |
EMULACIONES | PCL6 , KPDL3 (PS3), y PDF |
SISTEMAS OPERATIVOS SOPORTADOS | Windows Server 2003, 2008, 2008 X0, 0000, 0000 X0; Windows XP, Vista, Windows 7, 8, 8.1, 10 y Linux, Apple Macintosh OS X 10.5 |
CAPACIDAD DÚPLEX AUTOMÁTICA | Si |
BANDEJAS DE PAPEL | Bandeja de Salida mínima de 250 hojas y Una bandeja multipropósito para 100 hojas mínima , 1 bandeja de Entrada de 500 hojas |
TAMAÑOS DE PAPEL | A4, Carta, A5, etc. |
TIPO DE PAPEL | Común (Normal), Bond, Sobres, reciclado, etc. |
INTERFAZ | Red: Tarjeta de Red 10/100/1000 BaseTX; Local: USB 2.0. |
ALIMENTACIÓN | Funcionamiento a 220v / 60 HZ |
OBSERVACIONES | El equipo debe ser nuevo y de primer uso. El proveedor debe indicar por lo menos 01 Centro Autorizado de Servicio (CAS) en el Perú de la marca del equipo. Documentos Técnicos y Drivers. El fabricante del equipo ofertado deberá contar con página Web con funciones de descarga de drivers. No se aceptaran Clones, equipos remanufacturados. |
GARANTÍA | 01 a 3 años de fábrica, OnSite. |
4. Fecha de entrega
El proveedor deberá entregar los bienes en el periodo máximo de treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente que el adjudicatario reciba la carta de atribución. Los equipos deben ser entregados en la Sede de La Escuela Nacional de Salud Pública, ubicado en la Avenida Arequipa Nº 810 6to piso – Lima, en el horario de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:30 p.m.
5. Garantía de los bienes y servicio post venta
El proveedor realizará el control de calidad del material antes de ser entregado, adjuntando una declaración jurada de haber ejecutado dicho control.
El proveedor asumirá el remplazo parcial o total del bien de ser en caso de no tener la calidad y/o características requeridas, o en caso de haberse deteriorado en el traslado, en un plazo máximo de 07 (siete) días calendario.
GARANTÍA PARA LOS SERVIDORES
Garantía y soporte de fábrica, mantenimiento y soporte técnico de tercer nivel de la plataforma ofertada
1.1. Garantía
Se requiere garantía y soporte de fábrica de 24x7x365 in-situ durante de tres (3) años, que cubra la mano de obra, partes y componentes de los equipos ofertados.
1.2. Mantenimiento
El proveedor debe considerar como mínimo dos (02) mantenimientos preventivos de los servidores por cada año durante el tiempo que dure la garantía, a partir del segundo año de garantía, en el 13avo mes, 18avo mes, 25avo mes y 36vo mes de garantía respectivamente
1.3. Soporte técnico de tercer nivel
El proveedor deberá considerar una bolsa de 200 horas de soporte técnico de tercer nivel de durante el tiempo que dure la garantía. Este soporte debe ser brindado por el proveedor y considerar la atención de cambios en la configuración de la solución, incidencias y cualquier tipo de solicitud que sea requerido por la entidad a fin de mantener operativo el servicio de respaldo y restauración. Las atenciones de solicitudes podrán ser atendidas de manera remota o presencial según sea la necesidad de la ENTIDAD. El tiempo de respuesta para las atenciones remotas será de una hora, las atenciones presenciales no deberán ser mayor a 2 horas. El proveedor deberá entregar mensualmente un informe de las solicitudes atendidas y las recomendaciones si las hubiera.
6. Coordinación, supervisión y conformidad del bien
La conformidad será dada por el Área Usuaria - ENSAP.
El pago, se realizará en una sola armada, una vez entregado los equipos en cada sede, previa conformidad de la dirección de Escuela de Salud Pública y del Programa SISTEC.
Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, el proveedor deberá contar con la conformidad respectiva de acuerdo al siguiente detalle:
Conformidad de la prestación.
Comprobante de pago (Factura).
Guía de remisión
Carta de Garantía (para el caso de los servidores)
Plan de Mantenimiento Preventivo (para el caso de los servidores)
7. Criterios de selección
Persona jurídica o natural con experiencia mínima de cinco (05) años en venta de equipos de cómputo, laptop, servidores e impresoras.
Acreditación:
Se acreditará mediante la presentación de copia simple de contratos u órdenes de compra u órdenes de servicio o comprobantes de pago o cualquier otro documento que acredite fehacientemente cinco
(05) años en la venta de los equipos detallados.
8. Modalidad de pago
El presupuesto es a todo costo, incluidos impuestos, los pasajes y viáticos del proveedor y cualquier otro gasto que se requiera para la entrega del bien solicitado.
El monto debe ser presentado en soles. La propuesta económica debe detallarse por cada bien.
Para efectos del pago, el contratista presentará el comprobante de pago.
9. Fuente de financiamiento
Programa de Apoyo a la Política de Aseguramiento Universal en Salud en el Perú, a través del SIS, financiado por la Agencia Belga de Desarrollo, con código de presupuesto: A0607130603 - Implementación y fortalecimiento de la ENSAP.
10. Penalidades
El Programa SISTEC podrá aplicar penalidades:
En el caso de retraso injustificado en la ejecución de la prestación o incumplimiento de las actividades descritas en los términos de referencia, por parte de “EL CONTRATISTA”, “EL PROGRAMA” le aplicará una penalidad de 0.5% por cada día de atraso hasta un monto máximo equivalente al 10% del monto contractual, del ítem o etapa que debió ejecutarse. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta o del pago final.
El Programa podrá resolver el contrato por incumplimiento, cuando llegue a tope del 10 % del monto contractual.
Para tal efecto, la penalidad se comunicará por medio de una carta del programa.
11. Resolución de Controversias
De existir alguna situación que amerite modificaciones a la prestación del servicio, estas deberán ser presentadas por escrito por parte del contratista y serán dirimidas en situación que no afecte el cumplimiento de los servicios a cada una de las partes.
6 Parte 3: Formularios
6.1 Identificación del operador económico
Apellidos y nombre del operador económico o denominación de la sociedad y forma jurídica | |
Nacionalidad del operador económico y del personal (en caso de diferencia) | |
Domicilio / Sede social | |
Número de teléfono y fax | |
Número de inscripción INSS o equivalente | |
Número de empresa | |
Representado(a) por el(los) infrascrito(s) (apellidos, nombre y calidad) | |
Persona de contacto (número de teléfono, número de fax, o eventualmente e-mail) | |
En caso de diferencia: jefe del proyecto (número de teléfono, fax, e-mail) | |
N° de cuenta para los pagos Entidad financiera Abierta a nombre de |
Firma(s):
6.2 Formulario de oferta - Precio
Al depositar esta oferta, el operador económico ………………………………………… declara explícitamente aceptar todas las condiciones mencionadas en el PEC y renunciar a sus propias condiciones de venta. Se compromete a ejecutar el presente contrato al precio expresado en y sin IVA (en cifras):
N° | Descripción | Cantidad | Unidad Medida | Precio Unitario | Total |
Lote a ofertar | |||||
Sub Total | |||||
IVA (IGV) o impuestos | |||||
Total |
Nota: Si el licitador presenta el formulario de oferta en otra moneda diferente a soles (Dólares o euros), se tomara el tipo de cambio venta de la página web de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP de la fecha de presentación de su oferta para la comparación de las ofertas económicas.
Hecho en xxxxxx fecha xxxxxx Certificado auténtico y conforme,
Firma / nombre:
6.3 Declaración de integridad para los operadores económicos
Corresponde al operador económico:
Domicilio / Sede social:
Referencia del contrato público:
A la atención de la Xxxxxx,
Por la presente, yo / nosotros, actuando en mi/nuestra calidad de representante(s) legal/legales del operador económico precitado, declaro / declaramos lo que sigue:
Los miembros de la administración, empleados, o cualquier persona física o jurídica con la cual el operador económico ha establecido un acuerdo para la ejecución del contrato, no pueden obtener o aceptar de un tercero, directamente o por medio de otra persona física o jurídica, una ventaja apreciable en valor monetario (por ejemplo, donativos, gratificaciones o cualquier otra ventaja), directa o indirectamente relacionada con las actividades de la persona vinculada a la Xxxxxx.
Los administradores, colaboradores o sus socios no tienen intereses financieros u otros en las empresas, las organizaciones, etc. que tengan un vínculo directo o indirecto con la Xxxxxx (lo que podría, por ejemplo, llevar a un conflicto de intereses).
He tomado / hemos tomado conocimiento de los artículos relativos a la deontología y a la lucha contra la corrupción expuestos el pliego especial de condiciones y declaro / declaramos cumplir y respetar totalmente estos artículos.
Soy / somos consciente(s) de que los miembros del personal de la Xxxxxx están sujetos a las disposiciones de un código ético que precisa lo siguiente: “Para garantizar la imparcialidad de los miembros del personal, les está prohibido solicitar, exigir o aceptar donativos, gratificaciones o cualquier ventaja destinada a sí mismos o a terceros, ya sea o no en el ejercicio de su función cuando los donativos, gratificaciones o ventajas precitadas estén relacionadas con este ejercicio. A subrayar que lo más importante en esta problemática no es tanto el enriquecimiento resultante de la aceptación xx xxxxx, gratificaciones o ventajas de cualquier tipo como la pérdida de la imparcialidad requerida por parte del miembro del personal en el ejercicio de su función. A título personal, los miembros del personal no aceptan ninguna gratificación, donativo, ventaja financiera u otra por los servicios proporcionados”.
Si el contrato precitado se atribuyera al operador económico, declaro / declaramos, por otra parte, mi / nuestro acuerdo con las disposiciones siguientes:
A fin de evitar toda impresión de riesgo de parcialidad o de connivencia en el seguimiento y el control de la ejecución del contrato, está estrictamente prohibido al contratante (es decir a los miembros de la administración y a los trabajadores) ofrecer, directa o indirectamente, regalos, comidas u otra ventaja material o inmaterial, cualquiera que sea su valor, a los miembros del personal de la Xxxxxx, directa o indirectamente relacionados con el seguimiento y/o el control de la ejecución del contrato, cualquiera que sea su rango jerárquico.
Todo contrato (contrato público) será rescindido desde que se demuestre que su atribución o su ejecución dé lugar a la obtención o a la oferta de las ventajas apreciables en valor monetario precitadas.
Todo incumplimiento respecto a una o varias de las cláusulas deontológicas puede desembocar en la exclusión del contratante del presente contrato y de otros contratos públicos para la Xxxxxx.
El contratante del contrato (adjudicatario) se compromete a proporcionar al poder adjudicador, previa petición, todos los comprobantes relativos con las condiciones de ejecución del contrato. El poder adjudicador podrá proceder a cualquier control, de documentos e in situ, que considere necesario para reunir elementos de prueba sobre una presunción de gastos comerciales inhabituales.
El operador económico tomará finalmente conocimiento de que la Xxxxxx se reserva el derecho a denunciar ante las instancias judiciales competentes cuando se comprueben hechos en contra de la presente declaración, y cuyos gastos administrativos y otros correrán a cargo del operador económico.
Firma precedida de la mención manuscrita “Leído y aprobado” por: Con mención del nombre y de la función
…………………………….. Lugar, fecha
6.4 Expediente de selección
Con vistas a la selección cualitativa de los operadores económicos, deben adjuntarse a la oferta la información o los documentos mencionados más abajo (ver “Selección cualitativa”).
El operador económico indicará cada vez el número del anexo.
Motivos de Exclusión - ver art. 67 hasta 70 de la ley de 17 junio 2016 | |
1.Los poderes adjudicadores excluirán a un operador económico de la participación en un procedimiento de contratación cuando hayan determinado mediante la comprobación a que se refieren el artículo 67, o tengan constancia de algún otro modo de que dicho operador económico ha sido condenado mediante sentencia firme por uno de los siguientes motivos: a) Participación en una organización delictiva; b) Corrupción, tal como se defina en la legislación nacional del poder adjudicador o del operador económico; c) Fraude; d) Delito de terrorismo o delito ligado a las actividades terroristas; e) Blanqueo de capitales o financiación del terrorismo; f)Trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos; g)Ocupación de extranjero en situación ilegal La obligación de excluir a un operador económico se aplicará también cuando el condenado mediante sentencia firme sea un miembro del órgano de administración, de dirección o de vigilancia del operador económico o tenga poderes de representación, decisión o control en el mismo. 2.Un operador económico quedará excluido de la participación en un procedimiento de contratación en caso de que el poder adjudicador tenga conocimiento de que el operador económico ha incumplido sus obligaciones en lo referente al pago de impuestos o cotizaciones a la seguridad social y que ello haya quedado establecido en una resolución judicial o administrativa firme y vinculante, según las disposiciones legales del país en el que esté establecido el operador económico o las del Estado miembro del poder adjudicador. Asimismo, los poderes adjudicadores podrán excluir a un operador económico de la participación en un procedimiento de contratación, por sí mismos o por requerimiento de los Estados miembros, cuando el poder adjudicador pueda demostrar por cualquier medio adecuado que el operador económico ha incumplido sus obligaciones en lo referente al pago de impuestos o cotizaciones a la seguridad social. El presente apartado dejará de aplicarse una vez que el operador económico haya cumplido sus obligaciones de pago o celebrado un acuerdo vinculante con vistas al pago de los impuestos o las cotizaciones a la seguridad social que adeude, | Acreditar con declaración Jurada que no se encuentra impedido de contratar según el artículo 67 hasta 70 de la ley de 17 junio 2016 |
incluidos en su caso los intereses acumulados o las multas impuestas. 3. El poder adjudicador podrá establecer una excepción a la exclusión obligatoria prevista en los apartados 1 y 2, con carácter excepcional, por razones imperiosas de interés general como la salud pública o la protección del medio ambiente. |
Capacidad económica y financiera: Ver art. 67 del RD del 18.04.2017 | |
El operador económico debe haber realizado durante uno de los tres últimos ejercicios un volumen de negocio total al menos igual a <150,000.00>Soles. Adjuntará a su oferta para acreditar la capacidad económica, mediante estados financieros de la empresa, certificados de impuestos (PDT Renta) o similar al país donde reside, contratos u órdenes de compra, Vouchers, estados de cuenta, abono en cuenta, cheque y/o conformidad, relativa al volumen de negocio total realizado durante los tres últimos ejercicios, a menos que el volumen de negocio total sea mencionado en las cuentas anuales aprobadas, que pueden consultarse por ventanilla electrónica (se trata de cuentas anuales depositadas en el Banque Nationale de Belgique, redactadas según el esquema contable completo o según el esquema contable reducido, en la que se haya completado la mención facultativa del volumen de negocio total realizado). | Acreditar con estados financieros de la empresa, certificados de impuestos (PDT Renta) o similar al país donde reside, contratos u órdenes de compra, Vouchers, estados de cuenta, abono en cuenta, cheque y/o conformidad |
Aptitud técnica: Ver art. 68 del RD del 18.04.2017 |
Perfil del Postor
Persona jurídica o natural con experiencia mínima de cinco (05) años en venta de equipos de cómputo, laptop, servidores e impresoras.
Acreditación:
Se acreditará mediante la presentación de copia simple de contratos u órdenes de compra u órdenes de servicio o comprobantes de pago o cualquier otro documento que acredite fehacientemente cinco
(05) años en la venta de los equipos detallados.
6.5 Presentación de la propuesta
El proponente tiene la obligatoriedad de completar los siguientes formularios y presentarlos con la documentación adjunta especificada para cada uno en el siguiente orden:
El Operador económico (Licitador) deberá componer la propuesta (oferta), con los siguientes documentos:
Formulario de identificación (Numeral 6.1 Identificación del operador económico);
Formulario de oferta - Precio (Numeral 6.2)
Declaración de integridad para los operadores económicos (Numeral 6.3)
Formulario de Expediente de Selección o Criterios de selección (Numeral 6.4), que se divide de la siguiente manera:
Declaración jurada de los motivos de Exclusión - ver art. 67 hasta 70 de la ley de 17 junio 2016.
Capacidad económica y financiera: Ver art. 67 del RD del 18.04.2017.
Aptitud técnica: Ver art. 68 del RD del 18.04.2017.
Criterios de atribución.