PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGULAN LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO QUE TIENE POR OBJETO EL SERVICIO INTEGRAL DE RECOGIDA, CUSTODIA Y CONTROL DE ANIMALES DOMÉSTICOS EN MARURI-JATABE
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGULAN LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO QUE TIENE POR OBJETO EL SERVICIO INTEGRAL DE RECOGIDA, CUSTODIA Y CONTROL DE ANIMALES DOMÉSTICOS EN XXXXXX-JATABE
1. OBJETO DEL CONTRATO 2
2. RÉGIMEN JURÍDICO 3
3. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN 3
4. FINANCIACIÓN 3
5. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 4
6. PRECIO DEL CONTRATO 7
7. PLAZO DE EJECUCIÓN 8
8. FORMA DE PAGO 8
9. REVISIÓN DE PRECIOS 8
10. GARANTÍA PROVISIONAL 8
11. - GARANTÍA DEFINITIVA 8
12. CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR 9
13. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES 9
14. MESA DE CONTRATACIÓN 13
15. ÓRGANO DE CONTRATACION 13
16. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL 13
17. APERTURA DE PROPOSICIONES 14
18. CRITERIO DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS Y EVALUACIÓN DE LAS MISMAS 14
19. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 17
20. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 17
21. INFRACCIONES Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO 17
22. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 19
23. OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA 19
24. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO 20
25. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO 20
26. CONFIDENCIALIDAD 20
27. TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL 20
28. JURISDICCIÓN COMPETENTE 22
XXXXX X.-Modelo de solicitud de participación a presentar por las empresas licitadoras. 23
ANEXO II- Modelo de declaración 24
ANEXO III.- Modelo de proposición económica 25
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGULAN LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO QUE TIENE POR OBJETO EL SERVICIO INTEGRAL DE RECOGIDA, CUSTODIA Y CONTROL DE ANIMALES DOMÉSTICOS EN XXXXXX-JATABE
1. OBJETO DEL CONTRATO
Es objeto del presente contrato la adjudicación de la prestación del Servicio Integral de recogida, custodia y control de animales domésticos abandonados en el municipio de Maruri-Jatabe.
Será obligación de la parte adjudicataria, la recogida y alojamiento de los animales abandonados y/o se encuentren en propiedad particular, cuando el Ayuntamiento lo determine por razones de higiene, salubridad, seguridad, tranquilidad ciudadana o semejantes o cuando se trate de animales peligrosos.
La parte adjudicataria deberá cumplir las disposiciones reguladas en el Decreto sobre autorización, registro y control de núcleos zoológicos de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx.
Incluirá los siguientes trabajos:
Recogida de animales y destino.
Alojamiento, cuidado y manutención de los animales recogidos.
Realojamiento en otros centros, si procediera, de acuerdo con el tipo de animal.
Eutanasiar los animales en los casos en que la situación así lo demande.
Gestiones administrativas y atención al público.
Asesoramiento técnico y participación en campañas de concienciación.
Resolución de cuantas incidencias se presenten, en relación con perros o gatos o cualquier tipo de animal domestico.
Asesoramiento técnico y jurídico en la actualización de las tasas fiscales con relación a los animales domésticos y en actualización en su caso de la Ordenanza Reguladora.
Actualización del censo canino según lo establecido en el Decreto 101/2004, de 1 xx xxxxx, sobre la tenencia de animales de la especie canina en la Comunidad Autónoma del País Xxxxx.
Cuantas incidencias se presenten, en relación con los perros o cualquier otro tipo de animales domésticos.
2. RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato al que se refiere este pliego, es de naturaleza administrativa y para lo no previsto en los pliegos se regirá por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre y las disposiciones de desarrollo de la misma.
3. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará por procedimiento abierto, previsto y regulado por los artículos 138.2 y 157 a 161 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Publico y tramitación ordinaria.
4. FINANCIACIÓN
Para sufragar el precio del contrato hay prevista partida presupuestaria con cargo al presupuesto del año en curso.
El órgano competente en materia presupuestaria se compromete a reservar los créditos oportunos en los presupuestos de los ejercicios futuros que resulten afectados para afrontar obligaciones que se deriven del presente contrato.
5. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
1.- El servicio de recogida de animales municipal se responsabilizará de la recogida de cualquier animal domestico abandonado de aquellos que se encuentren en la vía pública sin el control de sus personas propietarios en el término municipal de Maruri-Jatabe.
2.- El servicio se prestará de forma continuada todos los días del año, las 24h del día, incluso festivos.
La empresa adjudicataria atenderá toda clase de avisos: policía, vigilantes, personal del Ayuntamiento de Maruri-Jatabe, ciudadanía, etc.
3.- En las operaciones de recogida, traslado y mantenimiento de los animales recogidos, se observarán todas las garantías que establecen las leyes y normativa que regula esta materia.
4.- La entidad adjudicataria del servicio comprobará la identificación del animal que ingresa en el albergue, poniéndose en contacto inmediatamente con su personas propietarias.
5.- La empresa licitadora se encargará de una alimentación adecuada de los animales residentes en el centro de acogida.
6.- Los animales, que según la legislación vigente deban estar identificados, saldrán del centro de acogida con la identificación incorporada debiendo la persona propietaria que o quien lo retire abonar el coste que este proceso pueda suponer.
La persona propietaria de un animal identificado recogido por la empresa adjudicataria deberá acudir pos sus medios al centro para que le sea devuelto precio pago de las tasas municipales recogidas.
Los animales de gestión municipal no identificados seguirán el siguiente protocolo:
Revisión y saneamiento general: desparasitación interna, desparasitación externa y baño higiénico.
Vacunación entre 7-15 días
Revacunación al de 30 días de la anterior vacuna.
Cada 3 meses, nuevo saneamiento.
Revacunación anual,
Baño higiénico, en el momento de la salida por adopción.
7.- En aplicación del artículo 8.4 del Decreto 101/2004, de 1 xx xxxxx, sobre tenencia de animales de la especie canina en la Comunidad Autónoma del País Xxxxx: el plazo de retención de un perro sin identificación será como mínimo de 30 días naturales. Transcurrido dicho plazo sin que fuera reclamado, podrá ser sacrificado, previa identificación, podrá ser objeto de apropiación, o cedido a un tercero.
Si el perro lleva identificación, se notificará fehacientemente su recogida o retención a la persona propietaria, quien dispondrá de un plazo de 7 días hábiles para recuperarlo abonando previamente los gastos que haya originado su estancia en el centro de recogida. Transcurrido dicho plazo sin que la persona propietaria lo hubiere recuperado, se dará al animal el destino prevenido anteriormente.
La entidad adjudicataria se responsabilizará de que la persona que retire el animal sea identificada, cumpla los requisitos legales, firme el documento especifico para la cesión de los animales y abone la tasa correspondiente.
Cuando se efectué una cesión de una mascota, la empresa adjudicataria le entregará un documento a la nueva persona propietaria.
Los animales que fallezcan y/o los que sea necesario sacrificar, serán incinerados, presentando siempre al Ayuntamiento documentación para verificarlo.
8.- La entidad adjudicataria se hará cargo del cobro de las tasas municipales por estancia en el centro de acogida emitiendo el oportuno recibo por los diferentes conceptos que se produzcan: custodia, identificación, etc.
9.- Por cada aviso atendido, se elaborará un parte de trabajo en el que se especifique, la hora de recepción del aviso, origen del aviso, la hora de llegada al lugar requerido, las características del animal implicado, estado en el que se encuentra el animal implicado, la intervención realizada y las medidas adoptadas se comunicaran al Ayuntamiento en la mayor brevedad posible.
10.- Se elaborará un informe resumen trimestral de estos partes de trabajo. En este informe se incluirán también todas las incidencias de los animales recogidos en el municipio y se justificarán todos los hechos relativos a los mismos. Se especificarán en el mismo la entradas y salidas y todos los datos relativos al mismo.
11.- La empresa adjudicataria deberá actualizar el censo canino según lo establecido en el Decreto 101/2004, de 1 xx xxxxx, sobre la tenencia de animales de la especie canina en la Comunidad Autónoma del País Xxxxx.
12.- La empresa adjudicataria ofrecerá asesoramiento técnico y jurídico en la realización y aplicación de las tasas fiscales y la ordenanza en relación a los animales domésticos.
13.- La empresa adjudicataria contará con personal cualificado para la prestación del Servicio de Recogida de Animales.
El personal en contacto directo con los animales deberá estar en posesión de la licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
El servicio veterinario deberá cumplir con todos los requisitos establecidos, deberá ser identificable y estar inscritos en el Colegio Oficial de Veterinarios.
14.- La empresa adjudicataria mediará, visitando y emitiendo informe en las quejas o denuncias que se revivan en el Ayuntamiento de Maruri-Jatabe.
15.- Deberá eutanasiar los animales cuando la Corporación municipal de Maruri-Jatabe así lo determine.
16.- Los animales que pudieran fallecer o que sea necesario sacrificar, así como aquellos que se recojan ya muertos en la vía pública, serán incinerados por parte de la empresa adjudicataria.
6. PRECIO DEL CONTRATO
El precio cierto del contrato está condicionado por las necesidades reales de la administración, que, por tanto, no queda obligada a demandar una determinada cuantía de unidades reales no pudiendo ser determinada en el momento de preparación del contrato las necesidades reales del Ayuntamiento de Maruri-Jatabe.
Precios unitarios máximos por servicios que se indican prestados:
- De estancia por día: 5€
- De saneamiento y desparasitación trimestral: 30€
- Informe veterinario: 25,50€
- Castración: 75€
- Esterilización: 110€
- Salida recogida animal: 45€
- Implantación chip: 19€
- Eutanasia e incineración: Hasta 45kg: 48€
A partir de 45kg: 70€
Estos precios unitarios podrán ser mejorados por las entidades licitadoras, en ningún caso superados, siendo el efecto el rechazo de la oferta.
El valor estimado anual de las prestaciones es 6.693,00€/anuales IVA incluido. Por lo tanto, el valor estimado del contrato para la duración total del mismo, incluido la duración inicial y la prorroga, podrá ascender hasta 26.772€ IVA incluido.
7. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo total de ejecución de la prestación será de dos años, contado a partir de la fecha de formalización del contrato. El contrato podrá ser prorrogado, por mutuo acuerdo, por un periodo de dos años más, sin que la duración total incluida la prorroga pueda exceder de 4 años.
8. FORMA DE PAGO
El importe anual de la adjudicación, será dividido en 4 pagos trimestrales y la entidad adjudicataria emitirá una factura mensual por ese importe, que comprenderá un desglose de los precios unitarios.
La factura irá acompañada de un informe donde se recojan los movimientos del centro de acogida y las actividades de recogida de animales, así como el justificante de ingreso de las tasas recaudadas durante el citado periodo en la cuenta que a tal efecto designe el Ayuntamiento.
9. REVISIÓN DE PRECIOS
No procede revisión de los precios establecidos, ni en el plazo de ejecución ni en el plazo de prórroga del contrato.
10. GARANTÍA PROVISIONAL
No se exige garantía provisional.
11. - GARANTÍA DEFINITIVA
El órgano de contratacion requerirá a la parte licitadora que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar
desde el siguiente a aquel en que hubiere recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva equivalente al 5% del presupuesto base de licitación, excluido el IVA.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que la parte licitadora ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación a la entidad licitadora siguiente, por el orden en el que hayan quedado clasificadas las ofertas.
La garantía podrá constituirse en cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSP.
La devolución y cancelación de las garantías, se efectuara de conformidad con lo dispuesto en los artículos 102 del TRLCSP.
12. CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR
Podrán tomar parte en este procedimiento de contratacion, las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP. La solvencia se acreditará y evaluará de acuerdo con los medios establecidos en la clausula 14 del presente Xxxxxx.
13. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
13.1 Plazo y lugar de presentación de las proposiciones:
Las proposiciones se presentarán en el plazo de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la licitación de la concesión en el Boletín Oficial de Bizkaia, en el Ayuntamiento de Xxxxxx-Xxxxxx (Xxxxxxxx 00, 00000 Xxxxxx- Xxxxxx) en el siguiente horario: de lunes a viernes de 09.00h a 14.00h.
La presentación de proposiciones supondrá la aceptación incondicionada por las personas licitadoras, del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones de este pliego, sin salvedad o reserva alguna.
Cuando las ofertas se envíen por correo, la parte licitadora deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación, la remisión de la oferta mediante telefax o email en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos o si la comunicación de la remisión es recibida con posterioridad al transcurso del plazo de recepción de proposiciones establecido, la oferta no será admitida. En todo caso, transcurridos siete días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
Cada persona licitadora no podrá presentar más de una oferta.
13.2 Forma y contenido de las proposiciones
Las ofertas para tomar parte en la licitación se presentarán en tres (3) sobres cerrados, firmados por la parte licitadora y con indicación del domicilio o email a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda.
En los sobres deberá constar el titulo “Proposición para tomar parte en la contratacion del servicio integral de recogida, custodia y control de perros en vía publica en Xxxxxx- Jatabe”.
SOBRE A- “Documentación administrativa”
a) Solicitud firmada por el candidato o persona que le represente redactada conforme al modelo establecido en el Anexo I.
b) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o equivalente de su representante.
c) Escritura de poder, bastanteada y legalizada, en su caso, si se actúa en representación de otra persona.
d) Cuando la parte licitadora sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y
número de identificación fiscal, cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Cuando se trate de personas empresarias no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Las empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
e) Declaración expresa de la persona responsable, de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en al artículo 60 del TRLCSP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, salvo que se aporten certificaciones acreditativas de estas dos últimas circunstancias. (Anexo II)
f) Las partes licitadoras deberán disponer de las autorizaciones administrativas previas y de funcionamiento para núcleo zoológico otorgadas por los órganos forales competentes y estar inscritas en el registro de Núcleos zoológicos del País Xxxxx dependiente del órgano xxxxx en cada Territorio Histórico o autorización e inscripción equivalente expedida por las administraciones que resultes competentes.
g) Documentos que justifiquen el cumplimiento de los requisitos de solvencia técnica o profesional, de acuerdo a lo establecido a continuación:
Solvencia técnica
o Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos así como de los medios técnicos exigidos en los pliegos técnicos
Documento acreditativo de que las instalaciones están calificadas como Núcleo Zoológico
Documento acreditativo de los permisos actualizados para estar inscrito en el registro de Núcleos Zoológicos.
Acreditación de que las instalaciones cuentan con las siguientes prestaciones:
Numero de boxes adecuado para que los animales tengan espacio suficiente, evitando de esta forma agresiones, contagios, etc.
Xxxx xx xxxxxx, higiene y desparasitación de los animales.
Servicios veterinarios propios que permiten diagnosticar y tratar a los animales que ingresen en el centro de acogida.
Zona de cuarentenas, especialmente equipada y con el frado de aislamiento necesario para preservar a animales y personas de posibles contagios.
Zona con el equipamiento necesario para llevar a cabo las actividades administrativas de registro.
Sistema de eliminación de excrementos y orines de forma que no comporten peligro para la salubridad pública ni ninguna clase de molestia.
Atención a la ciudadanía.
La documentación exigida se podrá presentar en original o copia de la misma, debidamente compulsada o autenticada por la Administración o por notario.
La parte licitadora podrá sustituir la aportación inicial de la documentación anteriormente señalada por una declaración responsable Xxxxx XXX indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la administración. La
entidad licitadora a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratacion, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos.
SOBRE B- CRITERIOS NO CUANTIFICABLES POR FORMULA
En este sobre se incluirán los documentos necesarios que permitan valorar la oferta, de acuerdo con los criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor.
SOBRE C.- CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FORMULA
Este sobre contendrá la oferta económica en el que se expresarán los precios de todos los servicios que se presten en la ejecución del contrato.
14. MESA DE CONTRATACIÓN
La mesa de contratacion estará integrada del siguiente modo:
- Presidente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx (Alcalde la Corporación)
- Vocales: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (Secretaria de la Corporación) Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx (Concejal de la corporación)
- Secretaria: Xxxxxx Xxxxxx (Empleada del Ayuntamiento)
15. ÓRGANO DE CONTRATACION
Es Órgano de Contratación es el Pleno de la Corporación de Maruri-Jatabe.
16. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL
De conformidad con lo establecido en los artículos 160 del TRLCSP, concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratacion en sesión privada procederá a la apertura del Sobre A- Documentación Administrativa y se hará constar la relación de licitadores y declaraciones aportadas y documentación anexa, en su caso.
Si la Mesa observare defectos materiales en la documentación presentada o declaración y documentación anexa.
Si la mesa observare defectos materiales podrán pedirse aclaraciones o documentos complementarios sobre la capacidad y solvencia de las partes licitadoras que habrán de aportarse, tal como dispone el artículo 22 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en el plazo de 3 días naturales. En la misma forma comunicará la existencia de vicios subsanables en la documentación presentada para que en el plazo, de tres días hábiles, las partes licitadoras subsanen los defectos observados.
17. APERTURA DE PROPOSICIONES
En acto público procederá a la apertura y examen de los SOBRES B “Criterios no cuantificables por formula”, correspondientes a las entidades licitadoras admitidas y a su calificación.
Una vez calificado el Sobre B, seguidamente, se procederá a la apertura del SOBRE C – proposición económica-, en acto público, y a la lectura de las ofertas económicas contenidas en las mismas.
18. CRITERIO DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS Y EVALUACIÓN DE LAS MISMAS
CUANTIFICABLES POR FÓRMULA- 95 puntos en total.
1.- Precio unitario por estancia cada día – 35 puntos
Se otorgará un máximo de 35 puntos a la oferta económica, y al resto de ofertas que se desprenda de la formula de multiplicar el resultado del cociente entre la oferta económica más baja y la oferta de la parte licitadora que se valora, por el número total de puntos aplicable al criterio.
Ob*35 Ol
Ob: Es la oferta económica más baja
Ol: Es la oferta del la entidad licitadora que se valora.
2.- Precio unitario tratamiento común (saneamiento y desparasitación trimestral)
– 15 puntos
Se otorgará un máximo de 15 puntos a la oferta económica, y al resto de ofertas que se desprenda de la formula de multiplicar el resultado del cociente entre la oferta económica más baja y la oferta de la parte licitadora que se valora, por el número total de puntos aplicable al criterio.
Ob: Es la oferta económica más baja
Ob*15 Ol
Ol: Es la oferta de la entidad licitadora que se valora.
3.- Salida recogida animal -20 puntos-
Se otorgar un máximo de 20 puntos a la oferta económica, y al resto de ofertas que se desprenda de la formula de multiplicar el resultado del cociente entre la oferta económica más baja y la oferta de la parte licitadora que se valora, por el número total de puntos aplicable al criterio.
Ob: Es la oferta económica más baja
Ob*20 Ol
Ol: Es la oferta de la entidad licitadora que se valora.
4.- Implantación chip -5 puntos-
Se otorgara un máximo de 5 puntos a la oferta económica, y al resto de ofertas que se desprenda de la formula de multiplicar el resultado del cociente entre la oferta económica más baja y la oferta de la parte licitadora que se valora, por el número total de puntos aplicable al criterio.
Ob: Es la oferta económica más baja
Ob*5 Ol
Ol: Es la oferta de la entidad licitadora que se valora.
5.- Sacrificio eutanásico e incineración. – 10 puntos- Hasta 45kg- 5 puntos
Se otorgar un máximo de 5 puntos a la oferta económica, y al resto de ofertas que se desprenda de la formula de multiplicar el resultado del cociente entre la oferta económica más baja y la oferta de la parte licitadora que se valora, por el número total de puntos aplicable al criterio.
Ob*5 Ol
Ob: Es la oferta económica más baja
Ol: Es la oferta de la entidad licitadora que se valora. A partir de 45kg – 5 puntos
Se otorgar un máximo de 5 puntos a la oferta económica, y al resto de ofertas que se desprenda de la formula de multiplicar el resultado del cociente entre la oferta económica más baja y la oferta de la parte licitadora que se valora, por el número total de puntos aplicable al criterio.
Ob: Es la oferta económica más baja
Ob*5 Ol
Ol: Es la oferta de la entidad licitadora que se valora.
6.- Informe veterinario- 5 puntos-
Se otorgar un máximo de 5 puntos a la oferta económica, y al resto de ofertas que se desprenda de la formula de multiplicar el resultado del cociente entre la oferta económica más baja y la oferta de la parte licitadora que se valora, por el número total de puntos aplicable al criterio.
Ob: Es la oferta económica más baja
Ob*5 Ol
Ol: Es la oferta de la entidad licitadora que se valora.
7.- Castración y esterilización - 5 puntos-
Se otorgar un máximo de 5 puntos a la oferta económica, y al resto de ofertas que se desprenda de la formula de multiplicar el resultado del cociente entre la oferta económica más baja y la oferta de la parte licitadora que se valora, por el número total de puntos aplicable al criterio.
Ob*5 Ol
Ob: Es la oferta económica más baja
Ol: Es la oferta de la entidad licitadora que se valora.
NO CUANTIFICABLES POR FORMULA- 5 puntos en total
1.- Campañas de concienciación y sensibilización en el municipio por parte de la empresa- 2,5 puntos
2.- Plan de adopción- 2,5 puntos
19. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
La Mesa de Contratación elevará al Órgano de contratación la propuesta que estime pertinente. Este, teniendo en cuenta los informes técnicos que pudieran resultar pertinentes, adjudicará el contrato dentro del plazo máximo de un mes contado desde la apertura de las proposiciones.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 151 del TRLCSP, requerirá a la parte licitadora que haya presentado la oferta más ventajosa en conjunto para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de:
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Haber constituido la garantía definitiva
- Disponer de la póliza de seguro de la entidad aseguradora.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado,
se entenderá que la parte licitadora ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en el que hayan quedado clasificadas las ofertas.
20. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
La Administración y la parte contratista deberán formalizar el contrato de adjudicación, dentro de los 15 días siguientes al de la notificación de la adjudicación.
21. INFRACCIONES Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO INFRACCIONES
A efectos del régimen sancionador, las infracciones que se cometan por el contratista por actos y omisiones se clasificaran en leves, graves y muy graves.
Se consideraran infracciones leves:
El retraso de más de 10 días hábiles en la entrega del informe de actuaciones.
El incumplimiento de cualquier obligación indicada en este pliego que no tenga la consideración de infracción grave o muy grave.
Se consideraran infracciones graves:
Impedir el acceso a los servicios de inspección municipales a los locales y dependencias del servicio.
No facilitar cuantos datos se precise, respecto a la organización y ejecución del servicio.
No facilitar las adopciones de animales.
No disponer el local y/o las dependencias donde estén alojados los animales en perfectas condiciones de cuidado y limpieza.
Retraso en la actuación de un aviso, según los plazos señalados en este Xxxxxx.
No prestar la actuación veterinaria mínima necesaria a los animales, que una vez recogidos lo requieran.
No mantener abierto al público el centro de recogida de animales, en los horarios señalados en el pliego o los establecidos por el adjudicatario en su oferta.
Se consideraran infracciones muy graves:
No recoger y/o alojar los animales objeto del contrato, incluidos los que se determinen por orden de la autoridad municipal o judicial.
No cumplir las decisiones adoptadas por la Corporación sobre la situación de los animales.
La comisión de dos infracciones graves sobre el mismo hecho tipificado, supondrá que la tercera que se dicte por los mismos hechos, se considere muy grave.
SANCIONES
Las infracciones leves podrán ser sancionadas con sanciones pecuniarias hasta 300€.
Las infracciones graves podrán ser sancionadas con sanciones pecuniarias de hasta 750€.
Las infracciones muy graves podrán ser sancionadas con sanciones pecuniarias de hasta 1.500€ o resolución del presente contrato.
El procedimiento sancionador se realizará previa instrucción de procedimiento contradictorio y con audiencia de la parte adjudicataria de 10 días hábiles.
22. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Constituyen causa de resolución del contrato, las establecidas en los artículos 223 y 308 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Además, serán causas de resolución específica:
a) No recoger y/o alojar los animales objeto del contrato
b) Perdida de la habilitación empresarial exigida
c) No adscripción de los medios personales y materiales requeridos
23. OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando la administración exonerada de responsabilidad por este incumplimiento, debiendo concertar los seguros de responsabilidad necesarios que cubran posibles daños a terceros, en la realización de los trabajos contemplados.
24. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del TRLCSP.
25. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
La administración podrá modificar el contrato, por razones de interés público, para atender a causas imprevistas, no teniendo derecho el contratista a indemnización alguna, sin perjuicio de lo que se establece en los artículos 219 y 306 del TRLCSP.
26. CONFIDENCIALIDAD
Toda la información a la que tenga acceso la empresa contratista, con ocasión de la ejecución del contrato tiene carácter confidencial. La empresa contratista y el personal por ella asignado a la ejecución del contrato, no pueden utilizar para sí, ni proporcionar a terceros, dato o información alguna de los trabajos contratados o a la que tengan acceso con ocasión de la ejecución, sin autorización escrita de la Administración. Estando, por tanto, obligados a poner todos los medios a su alcance para conservar el carácter confidencial y reservado tanto de la información como de los resultados obtenidos del trabajo realizado (artículo 140 TRLCSP).
En todo caso, en la realización de trabajos que no impliquen el tratamiento de datos personales, queda prohibido a la empresa y su personal acceder a datos personales, y tienen obligación xx xxxxxxx respecto a los datos que el personal hubiera podido conocer con motivo de la prestación del servicio.
27. TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
Por tratamiento de datos de carácter personal, se entenderán las operaciones y procedimientos técnicos de carácter automatizado o no, que permitan la recogida,
grabación, conservación, elaboración, modificación, bloqueo y cancelación, así como las conexiones de datos que resulten de comunicaciones, consultas, interconexiones y transferencias que afecten a cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables.
En el caso de que el contrato conlleve tratamiento de datos de carácter personal o el acceso de la empresa contratista o subcontratista a datos de este carácter, se estará a lo dispuesto en la disposición adicional vigésimo sexta de TRLCSP, y a las siguientes reglas:
1. La empresa contratista únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones del responsable del tratamiento.
2. Los datos personales objeto del tratamiento serán utilizados, única y exclusivamente, para la realización del objeto del contrato, no pudiendo ser destinados a finalidad diferente a la señalada.
3. Ninguno de los datos personales tratados como consecuencia de este contrato será facilitado a terceros. A tal efecto, la parte contratista se compromete a no revelar, transferir, ceder o comunicar dichos datos o los ficheros creados con los mismos, ya sea verbalmente o por escrito, por medios electrónicos, papel o mediante acceso informático, ni siquiera para su visualización, a ningún tercero.
4. La empresa contratista y todo el personal que intervengan en la prestación objeto del contrato quedan obligados por el deber xx xxxxxxx a que se refiere el artículo 10 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter Personal.
Este deber perdurará, aún después de que el contrato se haya extinguido, bien por su cumplimiento, bien por su resolución.
5. La parte contratista se compromete a adoptar las medidas técnicas, administrativas y organizativas exigidas por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, necesarias para
garantizar la seguridad de los datos de carácter personal tratados para la realización de los trabajos objeto de este contrato.
28. JURISDICCIÓN COMPETENTE
Las cuestiones litigiosas que se deriven del contrato se entenderán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa, no obstante la cual, las partes pueden acordar el sometimiento de sus litigios a arbitraje, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
En Xxxxxx-Jatabe, el 28 xx xxxxx de 2017.
XXXXX X.-Modelo de solicitud de participación a presentar por las empresas licitadoras.
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN
D./Xx con domicilio
en ……………………………………………………………………………., DNI nº
……………………, teléfono …………………. e-mail ………………………….., en representación de la entidad ………………………………, con CIF nº
…………………… presento la documentación requerida en el Pliego de Clausulas Administrativas Particulares para tomar parte en la contratacion del SERVICIO INTEGRAL DE RECOGIDA, CUSTODIA Y CONTROL DE ANIMALES DOMÉSTICOS EN XXXXXX-JATABE.
En………………………, a ………. de ……… de ………..
Firma
ANEXO II- Modelo de declaración
DECLARACIÓN
D./ Xx ………………………………………………………… en representación de la empresa…………………………………………………… con domicilio en
………………………………………………………… y CIF ………………………….
DECLARA
Que ni la persona representante, ni la Sociedad Mercantil que representa, ni las personas que integran los órganos de gobierno de la Sociedad, se hallan incursos en las causas de prohibición, incapacidad o incompatibilidad para contratar con la Administracion, enumeradas en el artículo 60 del TRLCSP.
Asimismo, hace constar que dicha empresa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y que no se ha dado de baja en IAE.
En………………………………., a ………de………………… de……………….
ANEXO III.- Modelo de proposición económica
PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D./ Xx ………………………………………………………… en representación de la empresa…………………………………………………… con domicilio en
………………………………………………………… y CIF …………………………
enterado del expediente para la contratacion del SERVICIO INTEGRAL DE RECOGIDA, CUSTODIA Y CONTROL DE ANIMALES DOMÉSTICOS EN
MARURI-JATABE manifiesta lo siguiente:
1.- Que ha examinado y conoce el pliego de condiciones jurídicas y económico- administrativas que sirve de base para la adjudicación.
2.- Que conoce los textos legales que se citan en el pliego de condiciones.
3.- Que se compromete a su ejecución por un precio a satisfacer por el Ayuntamiento de Maruri-Jatabe
- De estancia por día: €
- De saneamiento y desparasitación trimestral: €
- Informe veterinario: €
- Castración: €
- Esterilización: €
- Salida recogida animal: €
- Implantación chip: €
- Eutanasia e incineración: Hasta 45kg: €
A partir de 45kg: €
En………………………………., a ………de………………… de……………….