DEL CONTRATO DE SERVICIOS ENERGETICOS Y MANTENIMIENTO CON GARANTÍA TOTAL DEL ALUMBRADO PUBLICO MUNICIPAL
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS
DEL CONTRATO DE SERVICIOS ENERGETICOS Y MANTENIMIENTO CON GARANTÍA TOTAL DEL ALUMBRADO PUBLICO MUNICIPAL
4.1. CUMPLIMIENTO DE REGLAMENTACIÓN 4
4.2. CONDICIONES DE SEGURIDAD 5
4.3. CONDICIONES A GARANTIZAR EN LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO 6
5. PRESTACIONES ASEGURADAS POR EL ADJUDICATARIO 7
5.1. Prestación P1- Gestión Energética 7
5.2. Prestación P2- Mantenimiento 11
5.3. Prestación P3- Garantía Total 19
5.4. Prestación P4- Obras de mejora y renovación de las instalaciones 24
5.5. Prestación P5- Inversiones en ahorro energético y energías renovables, así como contratación del suministro de las mismas 25
6. DISPOSICIONES PARTICULARES 26
7. MEDIDA Y VERIFICACIÓN DE LOS AHORROS CONSEGUIDOS 26
8. DEFINICIÓN DEL CONSUMO ENERGETICO EN EL AÑO BASE 27
1. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto de este pliego de condiciones técnicas y de sus anexos es regular y definir el alcance y condiciones de las prestaciones que habrán de regir para la contratación de los SERVICIOS ENERGETICOS CON MANTENIMIENTO Y GARANTIA TOTAL DE LAS INSTALACIONES Y EQUIPOS DE LA RED DE ALUMBRADO PUBLICO DE ORTUELLA.
Los servicios a contratar tienen como finalidad realizar las siguientes prestaciones:
Prestación P1- Gestión Energética: ejecución de las técnicas de gestión energética y explotación necesarias para el correcto funcionamiento de las instalaciones objeto del contrato; incluida la gestión del suministro energético de la demanda de las instalaciones de alumbrado. Esta prestación incluye los costes de la energía consumida por las instalaciones objeto de este contrato.
Prestación P2- Mantenimiento: ejecución de las tareas de mantenimiento preventivo para lograr el perfecto funcionamiento y rendimiento de las instalaciones de alumbrado exterior y de todos sus componentes, incluida la limpieza periódica de la misma, todo ello de acuerdo con las prescripciones de la ITC-EA-06 del Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior.
Prestación P3- Garantía Total: reparación con sustitución de todos los elementos deteriorados en las instalaciones según se regula en el presente Pliego de Condiciones Técnicas bajo la modalidad de Garantía Total.
Prestación P4- Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones consumidoras de energía: realización y financiación de obras de mejora y renovación de las instalaciones que se especifican en el presente Pliego de Condiciones Técnicas.
Prestación P5- Inversiones en ahorro energético y energías renovables, además de las prestaciones enumeradas, con este contrato se pretende promover la mejora de la eficiencia energética mediante la incorporación de equipos e instalaciones, que
fomenten el ahorro de energía, la eficiencia energética y la utilización de energías renovables y residuales.
Estas instalaciones serán estudiadas, propuestas, ejecutadas y financiadas por el Adjudicatario, mediante los ahorros o venta de energía renovable, conseguidos dentro del periodo de vigencia del contrato, y no tendrán repercusión económica sobre el presupuesto de este contrato.
2. ÁMBITO DE ACTUACIÓN
Los equipos e instalaciones objeto de este contrato son los contemplados en el Diagnóstico Energético del Alumbrado Público de Ortuella realizado la ingeniería GAISEC S.L. en 2015. La relación xx xxxxxxx de mando del alumbrado público objeto del contrato, así como los puntos de luz, luminarias, lámparas, equipos auxiliares de encendido y equipos de regulación y control, vienen reflejados en dicho documento (Anexo I y Anexo II).
El ámbito de actuación de este contrato se extiende a la Red de Alumbrado Público de todo el municipio de Ortuella, es decir, todos los cuadros de mando y todos los elementos que forman parte de los mismos o participan en su funcionamiento, desde la acometida de la compañía distribuidora hasta las salidas de línea que parten de los cuadros de mando. Igualmente quedan incluidos los dispositivos eléctricos y electrónicos instalados entre los cuadros de mando y los puntos de luz destinados a proteger las instalaciones o modificar el suministro de la corriente, los equipos auxiliares que participan en el encendido de las lámparas, así como las propias lámparas, luminarias y tomas de tierra.
Para que los licitadores conozcan las instalaciones, el Ayuntamiento de Ortuella habilitará fecha para la visita de las instalaciones, que se hará efectiva en cualquier fecha a partir del día siguiente a la apertura del plazo de presentación de ofertas, y que será anunciada en el perfil del contratante de la pagina web municipal.
3. REQUISITOS GENERALES
La empresa adjudicataria acepta toda la instalación de alumbrado público en las condiciones de la fecha de formalización del contrato, haciéndose cargo de la misma, de acuerdo con las especificaciones de este Pliego. A este respecto, el adjudicatario manifiesta que tiene completo conocimiento de:
La ubicación y naturaleza de las instalaciones de alumbrado público de Ortuella, objeto del contrato.
Estado de todas las instalaciones y equipos cuya gestión le es encomendada.
Las condiciones particulares de acceso ligadas a la seguridad y a la especificidad de sus instalaciones.
Manifiesta haber visto y revisado las instalaciones de alumbrado público objeto de la presente licitación, no pudiendo prevalerse de las diferencias con los citados datos facilitados en el presente Xxxxxx y Xxxxxx, para pretender un cambio de precio durante el periodo contractual.
4. CONDICIONES TÉCNICAS
4.1. CUMPLIMIENTO DE REGLAMENTACIÓN
En el desarrollo de todas las prestaciones derivadas de los trabajos objeto del presente Contrato, será de obligado cumplimiento toda la normativa técnica y de seguridad e higiene vigentes, así como toda la que pueda ser de aplicación por las características de las instalaciones y las prestaciones asumidas con el presente contrato.
Básicamente se contemplará en todo momento el cumplimiento del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT) y sus instrucciones técnicas complementarias, especialmente la ITC-BT 09 que se refiere a instalaciones de alumbrado exterior con prescripciones específicas para la seguridad de las mismas, el Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior (REEIAE) y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-EA-01 a ITC-EA-07, las normas particulares
vigentes de la empresa suministradora de energía aprobadas por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo de las líneas de distribución eléctrica que pueda afectar a la homologación de equipos y disposiciones eléctricas.
La empresa Adjudicataria aportará la ingeniería necesaria para llevar a cabo todos los trámites oportunos, con objeto de mantener debidamente legalizadas las instalaciones eléctricas objeto del contrato sin costo adicional alguno para el Ayuntamiento de Ortuella.
Toda reforma de una instalación requerirá la realización previa de un proyecto o memoria técnica sobre el alcance de la misma.
La empresa Adjudicataria es responsable de la Dirección Técnica correspondiente a las inversiones y reformas que se contraten, bajo la supervisión de los responsables del Ayuntamiento de Ortuella. Para ello deberá contar con el personal a su cargo con la cualificación necesaria para el desarrollo de todas las funciones que como Dirección Técnica le correspondan. Será preceptivo que el director técnico de cada instalación emita un Certificado final de las mismas.
4.2. CONDICIONES DE SEGURIDAD
El Adjudicatario estará obligado a cumplir todas las especificaciones en materia de Seguridad y Salud, Seguridad Laboral y Seguridad señaladas en la Normativa vigente, con el fin de salvaguardar en esta materia tanto a las personas, como a las instalaciones.
El Adjudicatario deberá hacerse cargo de las posibles responsabilidades derivadas por daños producidos a terceros, como consecuencia del desarrollo de los trabajos necesarios para dar cumplimiento al presente Contrato. La empresa Adjudicataria deberá disponer de un Seguro de Responsabilidad Civil para tales efectos.
4.3. CONDICIONES A GARANTIZAR EN LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO
Conservación
El Adjudicatario será responsable del correcto estado de conservación del alumbrado público, incluyendo cuadros de mando, equipos auxiliares de encendido, regulación y control, lámparas y luminarias.
Accionamiento
El Adjudicatario será responsable del correcto encendido y apagado de todas las instalaciones del alumbrado público, de acuerdo con el horario establecido por el Ayuntamiento de Ortuella, basándose en los ortos y ocasos fijados por el Ministerio de Fomento para la zona geográfica donde se sitúa el municipio.
Inspecciones
El Adjudicatario será responsable de efectuar las inspecciones necesarias, con el fin de descubrir situaciones que pudieran presentar deficiencias en la prestación del servicio, averías o accidentes.
Estas rondas de inspección incluirán los centros de mando, lámparas y luminarias, debiéndose realizar un informe con carácter semestral del estado actual del alumbrado público, y en el que se recojan las incidencias detectadas durante las rondas de inspección.
Niveles de iluminación
Se efectuarán mediciones de nivel de iluminación con carácter semestral, siempre y cuando haya habido operaciones importantes de mantenimiento, tales como limpieza de lámparas, sustitución de las mismas o incorporación de equipos de regulación y control.
5. PRESTACIONES ASEGURADAS POR EL ADJUDICATARIO
5.1. Prestación P1- Gestión Energética
Incluye las siguientes prestaciones:
Gestión de suministro eléctrico
El Adjudicatario se compromete a hacer suministrar, a su cuenta y bajo su responsabilidad la electricidad necesaria en cantidad y calidad suficiente para asegurar el funcionamiento y la utilización normal de las instalaciones de alumbrado público de Ortuella.
El 100% de la electricidad suministrada estará Certificada con Garantía de Origen Renovable. Para el cumplimiento de dicho objetivo se considerará el Sistema de Garantías de Origen de la electricidad emitido por Entidades Certificadoras establecidas de acuerdo con la Directiva 2009/28/CE, así como el Sistema de Garantías de Origen establecido en la Orden ITC/1522/2007 de 24 xx xxxx y en su modificado ITC/2914/2011 de 27 de octubre por la que se establece la regulación de la garantía del origen de la electricidad procedente xx xxxxxxx de energía renovable y de cogeneración de alta eficiencia.
En el plazo máximo de una semana desde la firma del contrato, el adjudicatario deberá comunicar de forma fehaciente a la actual compañía comercializadora de electricidad sus datos bancarios para la domiciliación de la factura de consumo de electricidad del alumbrado público. En el mismo sentido, los contratos de compra de energía serán de titularidad del Adjudicatario, quien deberá formalizarlos con las empresas comercializadoras o distribuidoras de energía eléctrica, dentro de ese mismo plazo de una semana.
El Adjudicatario controlará tanto la cantidad como la calidad de los aprovisionamientos de electricidad, así como su uso óptimo en las instalaciones tomadas a su cargo según las condiciones definidas en el presente Pliego de Condiciones Técnicas.
Las garantías de calidad en el suministro y aprovisionamiento dadas por el Adjudicatario se limitarán a las garantías dadas por los organismos o empresas distribuidores o comercializadoras.
El Adjudicatario podrá negarse únicamente a suministrar energía cuando existan graves disturbios, o cuando por cualquier causa se ponga en juego la seguridad de las instalaciones que le han sido confiadas o afecten totalmente o en parte a las instalaciones sometidas a las prescripciones del presente Pliego de Condiciones Técnicas. Igualmente cuando las circunstancias afecten a la seguridad de las personas o de los transportes.
Entonces, deberá avisar en el plazo más corto, y conjuntamente decidirán las medidas a tomar para restablecer las condiciones normales de suministro y uso.
El adjudicatario estará obligada a conservar las facturas de suministro eléctrico durante el plazo que dure ese contrato. Durante este tiempo, dichas facturas estarán a disposición del Ayuntamiento para consultar cuantos datos sean necesarios.
El adjudicatario deberá realizar:
- Los aprovisionamientos de energía.
- El pago de las facturas de electricidad. A tal fin, el Adjudicatario realizará los trámites precisos para cambiar a su favor tanto la titularidad de los contratos de suministro energético vigentes, o los que se puedan suscribir, como los datos de domiciliación de las facturas de consumo energético.
- La gestión de los contratos con las empresas distribuidoras o comercializadoras de energía.
- Un registro mensual desglosado de la facturación de cada cuadro de mando.
Este registro se mantendrá durante el tiempo de duración del contrato.
Gestión de conducción y vigilancia
El adjudicatario realizará bajo su responsabilidad las acciones siguientes:
- El encendido y apagado de las instalaciones de alumbrado exterior.
- Las regulaciones necesarias.
- El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos.
- La vigilancia general de las instalaciones.
- Las rondas e inspecciones corrientes.
El encendido y apagado de la instalación de alumbrado público se realizará por el adjudicatario en las distintas épocas del año de acuerdo con el horario de funcionamiento publicado por el Ministerio de Industria (ortos y ocasos), con el objetivo de conseguir una optimización energética, no admitiéndose desviaciones del mismo superiores a cinco minutos (más o menos). De la misma manera se gestionará la entrada en funcionamiento de la reducción del nivel de flujo luminoso.
Para el control del encendido y apagado de las instalaciones, así como para la reducción del flujo luminoso, el adjudicatario propondrá un programa de inspecciones y verificaciones, o en su defecto un sistema de gestión, que permita detectar y corregir cualquier mal funcionamiento.
El horario propuesto por el Ayuntamiento de Ortuella podrá ser revisado por el adjudicatario con el objetivo de conseguir una optimización energética. Para ello, y como parte de las obras de mejora, podrá presentar un nuevo horario que, sin desatender las necesidades del servicio, presente una mayor eficiencia energética. Este horario será aprobado por el Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de Ortuella antes de su puesta en funcionamiento.
Para los sistemas de regulación de flujo, los horarios de entrada en funcionamiento de estos sistemas serán los siguientes:
- Invierno: entrarán en funcionamiento a las 23:00 h hasta la hora de apagado.
- Verano: entrarán en funcionamiento a las 00:00 h hasta la hora de apagado.
Los sistemas de regulación de flujo reducirán los niveles de iluminación hasta un máximo del 50% del valor del servicio normal. Esta reducción podrá aminorarse en aquellas zonas o vías cuya intensidad de tráfico de personas o vehículos justifique su modificación.
Las reducciones de flujo de luz por debajo de esta cifra del 50% podrán ser establecidas y negociadas por las partes (Ayuntamiento y adjudicatario), en función de las distintas tipologías de las vías, su densidad ocupacional y funcional u otros parámetros que justificaran esas reducciones.
En ciertos puntos de luz singulares, y como mejora, podrán también ser propuestos por el adjudicatario, sistemas de regulación independientes y autónomos, basados en la utilización de sensores (detectores de presencia, movimiento, velocidad…etc). En todos estos casos, la propuesta realizada por el adjudicatario, será aprobada por el Responsable Municipal del Contrato Ayuntamiento de Ortuella.
Control de consumos, niveles de iluminación y eficiencia energética
Al tratarse de instalaciones de alumbrado público, se deberá instalar un equipo de telemedida compatible con los contadores de energía eléctrica actualmente instalados, o en el caso de que fuera necesario, la sustitución de éste para hacerlo compatible, por cada cuadro o centro de mando.
El Adjudicatario instalará un sistema de control que permita el registro continuo de datos. Las instalaciones objeto de este contrato contarán con los equipos necesarios para efectuar su control en tiempo real desde el punto o puntos que se acuerde con el Ayuntamiento de Ortuella.
El adjudicatario llevará un registro mensual de los consumos de cada cuadro de mando, desglosando las potencias activa y reactiva y el factor de potencia, así como en las horas de funcionamiento con horario punta y horario xxxxx y el funcionamiento de la reducción de flujo. Este registro se mantendrá durante el tiempo de duración del contrato.
Así mismo, el adjudicatario llevará un registro anual de los niveles de iluminación, de la eficiencia energética y del resplandor luminoso de la instalación de alumbrado
público, clasificando los niveles de cada zona de acuerdo al Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior (REEIAE).
Mantenimiento de planos e inventario de la instalación
Durante los seis primeros meses de contrato, el adjudicatario levantará planos de todas las instalaciones de alumbrado exterior público y elaborará un inventario de todos los elementos y equipos:
- Numeración y codificación de todos los puntos de luz.
- Datos de los distintos puntos de luz; numeración, emplazamiento, características y marca de las luminarias, características y marca de los soportes, características y marca de las lámparas, relación cuantitativa y cualitativa de los distintos tipos de conductores instalados y ubicación del centro de mando desde donde se alimenta.
- Inventario y esquemas de los cuadros de mando, relación de elementos de protección y maniobra instalados con tipos y marcas, número de líneas y circuitos.
- Inventario por calle, sector y total de todos los puntos de luz instalados, potencia instalada, luminarias de cada tipo, soportes de cada tipo y otros datos significativos.
Durante la vigencia del contrato, cada vez que se produzcan modificaciones que alteren o varíen los datos anteriores, el adjudicatario actualizará los planos, datos, esquemas e inventario, poniéndolos a disposición del Ayuntamiento de Ortuella.
5.2. Prestación P2- Mantenimiento
El alcance de la prestación P2 se extiende a la Red de Alumbrado Público, es decir, todos los cuadros de mando y todos los elementos que forman parte de los mismos o participan en su funcionamiento, desde la acometida de la compañía distribuidora hasta las salidas de línea que parten de los cuadros de mando. Igualmente quedan incluidos los dispositivos eléctricos y electrónicos instalados entre los cuadros de mando
y los puntos de luz destinados a proteger las instalaciones o modificar el suministro de la corriente, los equipos auxiliares que participan en el encendido de las lámparas, así como las propias lámparas, luminarias y tomas de tierra.
El mantenimiento e inspecciones de la instalación de alumbrado público contemplado en la Prestación P2, seguirá las prescripciones de la normativa vigente que el adjudicatario deberá ejecutar para llevar a cabo las labores de mantenimiento, verificación e inspección de las instalaciones conectadas a la Red de Alumbrado Exterior Público, y que comprenderán:
- Conservación y mantenimiento de los centros de mando, incluyendo todos sus componentes eléctricos y electrónicos.
- Conservación y mantenimiento del sistema de gestión centralizado xx xxxxxxx de mando, debiendo además actualizarlo cuando se produzcan modificaciones durante la vigencia del contrato.
- Conservación y mantenimiento de los tendidos de cables subterráneos y aéreos, conexiones, cajas de empalme, cajas de fusibles, etc.
- Conservación y limpieza de arquetas con sus tapas, que deberán estar perfectamente atornilladas y enrasadas.
- Conservación de luminarias, lámparas y faroles, sobre soporte o fachada, así como las de todos los elementos para su correcto funcionamiento, tales como inclinación de la luminaria, fijación y sujeción de la misma, adecuado apriete de tornillos, tuercas, posición del portalámparas, adecuación del cierre y estado de la junta en las cerradas, cierres, reactancias, condensadores, conexiones, portalámparas, instalación eléctrica y elementos originarios que puedan faltar, aunque solo tengan una función estética.
- Conservación en perfecto estado de las acometidas de las instalaciones de alumbrado exterior público.
- Cualquier otro elemento o equipo perteneciente a las instalaciones de alumbrado exterior público que no estuviera recogido entre los anteriores.
Trimestralmente, como resultado de las labores de mantenimiento, el adjudicatario emitirá al Ayuntamiento de Ortuella informes sobre los trabajos e inspecciones que se vayan realizando y sobre las incidencias que se produzcan.
Todos los desperfectos tendrán que ser informados al Ayuntamiento de Ortuella, y los referentes a terceros, tendrán que ser presupuestados y reparados a cargo del contratista, una vez se de la aprobación por parte del Ayuntamiento de Ortuella.
Plan de Mantenimiento Preventivo
El adjudicatario deberá presentar en su oferta, un Plan de Mantenimiento Preventivo y de Inspecciones de la instalación de alumbrado público apoyándose en la normativa vigente, y más concretamente en el Reglamento de Eficiencia Energética en las Instalaciones de Alumbrado Exterior (REEIAE), el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT), el resto de normativa vigente que sea de aplicación. Este Plan deberá ser aprobado por el Ayuntamiento de Ortuella durante los seis primeros meses de contrato.
Las labores de mantenimiento a realizar en las Instalaciones Eléctricas deberán ser realizadas por personal especializado, con amplios conocimientos en instalaciones eléctricas de media y baja tensión, y formado específicamente en tareas de mantenimiento de este tipo de sistemas, acreditando el personal la posesión del carné profesional de instalador y mantenedor.
El Adjudicatario será el responsable de realizar los controles, ensayos, inspecciones y pruebas requeridos siendo éstos a su cargo. El Adjudicatario deberá en todos los trabajos cumplir con las normas y disposiciones legales existentes en el momento y aplicables a dichos trabajos, así como las disposiciones referentes a Seguridad e Higiene en el Trabajo.
En el Plan de Mantenimiento e Inspecciones se detallarán tareas, periodicidad, planificación en cada sector del municipio y fechas de inicio y fin de dichas tareas en cada sector.
El Plan de Mantenimiento Preventivo incluye la realización de las tareas de limpieza de las instalaciones, así como de pintura de los elementos susceptibles de ello.
El adjudicatario emitirá informes periódicos en los que indique el grado de avance del plan de Mantenimiento Preventivo, desglosado por tareas y zonas.
Mantenimiento preventivo mínimo en equipos de regulación y control
Trimestralmente se llevará a cabo una revisión de comprobación, ajuste y anotación del funcionamiento y de los parámetros fundamentales (verificación del tarado, regulación, accionamientos) de los relojes astronómicos ubicados en los cuadros de maniobra y sistemas de encendido y apagado.
Estas comprobaciones y ajustes se podrán hacer a través del sistema de telegestión contemplado en la auditoría, si así se considera oportuno por el Ayuntamiento de Ortuella, siempre que se justifique y compruebe la veracidad de la información recogida y la fiabilidad de las maniobras ejecutadas.
Las revisiones de los Equipos estabilizadores de tensión y reductores de flujo luminoso en cabecera de línea deberán ser semestrales como mínimo, y consistirán en las operaciones siguientes:
a) Comprobación que las cargas conectadas al equipo no superan la intensidad máxima por fase admitida. Esta medida es importante tomarla siempre, ya que es posible que se hayan incrementado las cargas conectadas al equipo.
b) Revisar las conexiones de entrada y salida del Equipo, con apriete xx xxxxxx, así como las del centro de mando que lo alimenta, a fin de corregir posibles contactos deficientes.
c) Verificación de funciones del equipo.
d) Comprobación de que realiza el arranque inicial o cebado de las lámparas a tensión nominal o de red.
e) Comprobación de todas las protecciones contra descargas atmosféricas.
f) Limpieza del equipo con aire comprimido.
El adjudicatario efectuará las reparaciones de los fallos detectados y emitirá un informe del estado de los equipos como resultado de la revisión. El informe lo entregará al Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de Ortuella.
Mantenimiento preventivo mínimo en cuadros de maniobra
Trimestralmente se llevará a cabo una comprobación visual de su estado y de los parámetros de funcionamiento (tensión, aparatos de medida, ausencia de protecciones automáticas disparadas) y consumo.
Trimestralmente se hará una comprobación y anotación de funcionamiento de los parámetros fundamentales (consumo, revisión termográfica). También se llevará a cabo una limpieza.
Anualmente se realizará una revisión general de todos sus elementos, sin desmontaje, incluyendo el propio armario así como el engrase de cierres y bisagras. Las principales operaciones de control serán:
- Funcionamiento de los aparatos de maniobra y protección.
- Comprobación de los aislamientos entre conductores y entre conductor y tierra.
- Comprobación de la tensión de entrada.
- Comprobación del factor de potencia.
- Comprobación de las intensidades por fase y equilibrado de las mismas.
- Comprobación de la caída de tensión al final de la línea.
- Test de respuesta de los diferenciales.
- Medida de la protección a tierra.
- Repretado xx xxxxxx
El adjudicatario emitirá un informe del estado de los equipos como resultado de la revisión. El informe lo entregará al Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de Ortuella.
Mantenimiento preventivo mínimo en luminarias
Trimestralmente se llevará a cabo una comprobación visual del estado de sustitución sistemática de lámparas, LEDs, tubos fluorescencias, reactancias, cebadores, drivers y protecciones de sobretensiones por agotamiento de su vida útil.
Además, al menos una vez al mes se comprobará el funcionamiento nocturno de todos los puntos de luz de cada zona, corrigiendo aquellos que se encuentren fuera de servicio. El adjudicatario emitirá un informe del estado de los equipos como resultado de la revisión. El informe lo entregará al Ayuntamiento de Ortuella.
Cada dos años, como mínimo, se llevará a cabo una limpieza, realizándose la primera de ellas dentro de los seis primeros meses desde la firma del contrato. La limpieza de las luminarias comprenderá la carcasa, del interior del reflector y los cierres. La limpieza de las luminarias abiertas, de los faroles y de los globos afectará a todos sus componentes y elementos. Se trasladará el informe correspondiente de las acciones realizadas al Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de Ortuella.
Mantenimiento preventivo mínimo en líneas eléctricas
Trimestralmente se llevará a cabo una comprobación visual del estado y parámetros de funcionamiento (canalizaciones y revisión termográfica general).
El adjudicatario emitirá un informe del estado de los equipos como resultado de la revisión. El informe lo entregará al Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento de Ortuella.
Inspecciones de la instalación
El adjudicatario presentará un Plan de Inspecciones tanto nocturnas, como diurnas, donde se vigile tanto el funcionamiento de la instalación como el estado de la totalidad de los soportes, armarios, luminarias, tapas de arquetas, conexiones y en general de todos los elementos o componentes de las instalaciones de alumbrado público.
Así mismo, el adjudicatario estará obligada a detectar todos aquellos puntos de luz afectados por el arbolado o vegetación, o cualquier otro obstáculo, de manera tal que queden notoriamente alteradas o disminuidas las funciones propias del mismo.
El plazo para inspeccionar la totalidad de la zona será de tres meses, debiéndose presentar diariamente al Ayuntamiento un informe con el resultado de los trabajos realizados para subsanar las deficiencias detectadas.
Las inspecciones se realizarán conforme al programa elaborado por el adjudicatario, que deberá ser aprobado previamente por el Ayuntamiento.
El Ayuntamiento de Ortuella tendrá en todo momento la facultad de inspeccionar el uso, la explotación, mantenimiento y conservación de la instalacion. A tales efectos, el adjudicatario se obliga a facilitar al Ayuntamiento de Ortuella el acceso a la instalación y a poner a su disposición los medios necesarios tanto materiales como humanos.
Todas las inspecciones de las instalaciones correrán a cargo de el adjudicatario. El adjudicatario será el único responsable de la calidad de las inspecciones, debiendo tomar las adecuadas medidas para que los inspectores realicen su misión a entera satisfacción, siendo posible la aplicación de penalidades si, mediante comprobación del personal del Ayuntamiento, o por la colaboración de la Policía Municipal, de los vigilantes nocturnos o de los propios vecinos, se observase que los partes que se facilitan no atienden a la realidad, o que los trabajos preventivos efectuados no satisfacen la calidad exigida por la buena práctica.
El adjudicatario se obliga a comunicar al Ayuntamiento de Ortuella, dentro de un plazo de 24 horas, cualquier deterioro, avería o destrucción de la instalación, así como todo accidente causado por o con aquélla.
Los trabajos correspondientes a la corrección de las condiciones insatisfactorias observadas serán programados y normalizados como las demás operaciones de conservación preventiva.
Verificación e inspección reglamentaria
En virtud del artículo 13 del Reglamento de Eficiencia Energética en las Instalaciones de Alumbrado Exterior (REEIAE), periódicamente se comprobará el cumplimiento de las disposiciones y requisitos de eficiencia energética mediante verificaciones e inspecciones que serán realizadas, respectivamente, por instaladores autorizados de acuerdo al Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado por el Real Decreto 842/2002, de 2 xx xxxxxx, y por organismos de control, autorizados para este campo reglamentario.
El calendario será el que se indica a continuación:
- Verificación inicial, previa a su puesta en servicio: todas las instalaciones.
- Inspección inicial, previa a su puesta en servicio: las instalaciones de más de 5 kW de potencia instalada.
- Verificaciones cada cinco años: las instalaciones de hasta 5 kW de potencia instalada.
- Inspecciones cada cinco años: las instalaciones de más de 5 kW de potencia instalada.
El adjudicatario llevará a cabo, por su cuenta, la realización de todas las verificaciones e inspecciones reglamentarias, y deberá conservar los certificados de inspección o de verificación durante el tiempo que dure este contrato, entregándoselos al Ayuntamiento de Ortuella a la finalización del contrato. Igualmente remitirá una copia
de dichos certificados al Ayuntamiento de Ortuella en el momento en que se obtenga alguno de estos certificados.
Documentación técnica y de mantenimiento
Para cada intervención de mantenimiento se mencionarán:
- La fecha.
- El tipo de operación.
- Las sustituciones de piezas realizadas.
- Las observaciones pertinentes.
Los libros de mantenimiento del conjunto de las instalaciones objeto del presente Pliego de Condiciones Técnicas, quedan a disposición del Ayuntamiento de Ortuella para consultarlos en todo momento.
Mensualmente, como resultado de las labores de mantenimiento, el adjudicatario emitirá al Ayuntamiento informes sobre los trabajos e inspecciones que se vayan realizando y sobre las incidencias que se produzcan.
5.3. Prestación P3- Garantía Total
El alcance de la prestación P3 se extiende a la Red de Alumbrado Público, es decir, todos los cuadros de mando y todos los elementos que forman parte de los mismos o participan en su funcionamiento, desde la acometida de la compañía distribuidora hasta las salidas de línea que parten de los cuadros de mando. Igualmente quedan incluidos los dispositivos eléctricos y electrónicos instalados entre los cuadros de mando y los puntos de luz destinados a proteger las instalaciones o modificar el suministro de la corriente, los equipos auxiliares que participan en el encendido de las lámparas, así como las propias lámparas, luminarias y tomas de tierra.
El Adjudicatario se compromete a realizar los trabajos de reparación, sustitución y renovación necesarios para garantizar el buen estado de funcionamiento de las instalaciones y equipos definidos.
Para ello, asume la completa y entera responsabilidad de la consecución del buen estado de funcionamiento de las instalaciones efectuando las reparaciones y reposiciones de todo tipo de materiales precisos tanto en casos de desgaste normal como accidental, por cualquier razón que sea.
Los gastos que de esta prestación se deriven en concepto de reparación y reposición, incluida la mano de obra, el desmontaje y montaje, el transporte y por supuesto el costo del material de reposición y reparación, serán por cuenta del Adjudicatario.
Se repondrán todas las lámparas y equipos fundidos rotos o agotados, sin coste adicional al servicio de mantenimiento. Conforme se vayan sustituyendo las lámparas o equipos auxiliares en este concepto, se llevará un control de la fecha de reposición, con la finalidad de controlar la duración de los mismos.
Si en el marco de prestación P3, el Adjudicatario se viese obligado a reparar o sustituir en su conjunto un equipo o un conjunto de materiales, deberá primero avisar al Ayuntamiento de Ortuella, para que éste pueda, si lo estima oportuno, teniendo en cuenta la evolución de la técnica, estudiar la conveniencia de sustituirlos por equipos xx xxxxxxxxxx o de potencia más adaptada a su utilización y explotación futuras.
En función de las soluciones adoptadas el Ayuntamiento de Ortuella podrá, si lo cree conveniente, participar en los costes de sustitución complementarios o concretar con el Adjudicatario un nuevo acuerdo con un acta adicional, o sugerir cualquier otra solución, previa modificación del contrato.
En el caso de dificultades en la elección de la solución técnica a adoptar, podrán dirigirse a un organismo técnico cualificado aceptado por las dos partes.
Las intervenciones del Adjudicatario en el marco de su obligación de garantía total deberán realizarse con la mayor diligencia y a su entera iniciativa y responsabilidad.
El Adjudicatario informará al Ayuntamiento de Ortuella y acordará con él la fecha de paro parcial de las instalaciones para minimizar las incidencias de dichas intervenciones sobre las condiciones de funcionamiento.
Servicios 24h/24h
En general, las averías deberán ser reparadas en menos de veinticuatro horas, y las que afecten a centros de mando de forma inmediata, aunque pueda tener carácter provisional su puesta en servicio. Para ello, el Adjudicatario organizará un servicio de atención 24h/24h, con medios de comunicación adecuados.
El equipo disponible las 24 h del día dispondrá de un vehículo provisto xx xxxxxxxx hidráulica para una altura de trabajo de 14 metros, sistema de comunicación y dispositivo GPS para optimizar y minimizar los desplazamientos, y estará dotado del personal, medios técnicos y repuestos que lo capaciten para resolver inmediatamente cualquier incidencia, o tomar las medidas necesarias para evitar el posible peligro de los usuarios de la vía pública o deterioro de la instalación. Los vehículos se encontrarán en un local predeterminado, dotado de sistema de comunicación.
Las grandes reposiciones por averías causadas por actos vandálicos, saqueos o robos tumultuosos, desastres naturales o similares, serán reparadas a la mayor brevedad posible. Si en otro tipo de averías su reparación exigiese, por motivos justificados, un mayor plazo, se informará de ello al Responsable Municipal del Contrato del Ayuntamiento.
Cualquier punto de luz averiado o cuyo flujo luminosos sea inferior al mínimo correspondiente al final de su vida útil, deberá ser reparado antes de 48 horas de su baja o, en aquellos casos en los que por su importancia o singularidad lo requiera, en el plazo fijado por el Ayuntamiento de Ortuella.
Suministro y Gestión de Productos Consumibles
Para el desarrollo de las prestaciones del mantenimiento, el Adjudicatario debe asegurarse el suministro de cuantos consumibles, pequeños suministros mecánicos y eléctricos que necesite, así como todos aquellos elementos que le sean precisos para efectuar un correcto mantenimiento, garantizando la disponibilidad de estos
componentes, con el fin de evitar demoras o retrasos en el desarrollo de las prestaciones.
Todos los materiales empleados para el desarrollo de los trabajos deberán mantener el criterio de igualdad de marca y modelo a los instalados. En caso contrario, deberá justificarse técnica y económicamente la proposición del cambio. En general se tenderá a estandarizar y homogeneizar los materiales, evitando la proliferación de marcas, modelos, etc.
Así mismo, las soluciones adoptadas en las tareas de mantenimiento y reposición deberán guardar la estética y la uniformidad del resto de las instalaciones del área.
Medios y señalización
El adjudicatario deberá disponer del correspondiente detector de averías subterráneas de forma que facilite la rápida determinación del punto donde se encuentra y que evite tener que descubrir canalizaciones de una longitud superior a los tres metros.
El adjudicatario tendrá que señalizar la vía pública de acuerdo con las Ordenanzas Municipales y Reglamentos en vigor o con las instrucciones que reciba por parte del Ayuntamiento de Ortuella, siendo de su exclusiva responsabilidad los daños y perjuicios que puedan derivarse por el incumplimiento de esta obligación, independientemente de cualquier otra responsabilidad civil o penal.
Aseguramiento de la instalación
En caso de averías provocadas por actos vandálicos, robos, hechos malintencionados, accidentes o similares, el adjudicatario tendrá igualmente la obligación de su detección y reparación, a su cargo.
Con tal motivo el adjudicatario se obliga a concertar, previo conocimiento y aprobación del Ayuntamiento, y por cuantía suficiente en las sumas aseguradas, la póliza o pólizas de seguros que cubran de manera suficiente al menos:
- Seguro todo riesgo de toda la instalación.
- Daños a terceros y responsabilidad civil por la explotación.
- Incendio, explosión, rayo y adicionales incluidos los riesgos extensivos de daños por huelgas y acciones tumultuosas con inclusión de la prima del consorcio de compensación de seguros para riesgos catastróficos.
- Robo y expoliación.
El adjudicatario se obliga a remitir al Ayuntamiento previamente a la fecha de su formalización, copia acreditativa de dichas Pólizas y de todas sus renovaciones, no quedando obligado este último con la Aseguradora al pago de las primas que serán
de única cuenta y cargo de el adjudicatario.
El beneficiario de la póliza o pólizas que suscriba para garantizar tales riesgos será el Ayuntamiento. El pago de la indemnización o indemnizaciones en caso de siniestro, deberá ser por tanto satisfecho directamente al Ayuntamiento por la Entidad Aseguradora.
El periodo durante el cual deberán mantenerse en vigor tales pólizas coincidirá con la duración del presente contrato.
Estas pólizas podrán ser sustituidas por una franquicia anual destinada a cubrir el importe de reposición de los elementos de la instalación afectados por cualquiera de estos riesgos.
El adjudicatario informará por escrito al Ayuntamiento, en caso de siniestro y con independencia de su gravedad, dentro del mismo plazo en que venga obligado a comunicar su acaecimiento a la entidad aseguradora, precisando su naturaleza, la fecha, el lugar y las circunstancias del mismo, así como la índole y valoración provisional de los daños producidos.
En caso de siniestro, el importe de la indemnización recibida de la Compañía Aseguradora será destinado por el Ayuntamiento a la reconstrucción o reparación de la instalación, transfiriendo los importes recibidos, directamente al adjudicatario a estos solos efectos.
El adjudicatario completará por su cuenta y cargo la sustitución de los elementos y/o equipos siniestrados, los trabajos necesarios y los importes que no estén incluidos en la
indemnización del seguro o que correspondan a franquicias, y que sean necesarios para la total reposición y nueva puesta en operación de la instalación en caso de siniestro.
Podrá abonar el ayuntamiento las MEJORAS que puedan ocasionarse con motivo de las sustituciones de elementos deteriorados por estas causas ( esto es, mejoras tales como: cambio a material normalizado si no lo fuera el que se sustituye, cambio de luminarias abiertas a cerradas, etc.) y las modificaciones que se realicen para evitar o minimizar las causas de robos o vandalismo (cambios a luminarias a más altura, protecciones diversas adicionales, desplazamientos a lugares más idóneos, etc.), todo ello a iniciativa del propio Ayuntamiento.
5.4. Prestación P4- Obras de mejora y renovación de las instalaciones
El Adjudicatario se compromete a realizar y financiar durante el período contractual, las obras de mejora y renovación de las instalaciones que se determinan a continuación:
- Inversiones incluidas en el Diagnóstico Energético del Alumbrado Público de Ortuella realizado la ingeniería GAISEC S.L. adjunta. Dichas inversiones se resumen en la tabla de la página 55 de dicha auditoría
- Implantación de un sistema de telegestión que cumpla al menos con lo indicado en la auditoría.
- Inversión para el cumplimiento del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, con la preceptiva legalización de Centros de Mando, tomando como marco de actuación la relación recogida en la Auditoría. Cualquier actuación necesaria para la legalización de los cuadros de mando que no esté incluida en la auditoría no estará incluida dentro de la prestación P4.
Las luminarias LED propuestas por el Adjudicatario, deberán cumplir con los “Requerimientos técnicos exigibles para luminarias LED de alumbrado exterior”, definidos en el documento redactado por el Comité Español de Iluminación y el IDAE, adjunto.
Las obras comprendidas dentro de la P4 se ejecutarán dentro de los 6 primeros meses de la ejecución del contrato.
Entre estas actuaciones se incorporará un sistema de monitorización y control, solicitado en la prestación P4, que permita realizar un seguimiento de los consumos energéticos, incluyendo los equipos comunicables de medida necesarios.
A fin de atender a las posibles reclamaciones de los usuarios, el sistema permitirá el registro continuo de datos, el cual estará a plena disposición del Ayuntamiento de Ortuella para su inspección, y éste podrá requerir copia del registro guardado, en cualquier momento, por lo que se deberá guardar los registros de todo el periodo de explotación del contrato.
Los niveles luminosos obtenidos tras la ejecución de las obras de mejora y renovación de las instalaciones de alumbrado exterior (Prestación P4), y las obras de mejora de la eficiencia energética (Prestación P5) si las hubiere, deberán estar dentro de los parámetros marcados por el R.D. 1890/2008. En el caso de que hubiera desviaciones importantes en las mediciones obtenidas, la Adjudicataria deberá realizar las acciones necesarias para subsanarlas en una plazo inferior a 30 días. Estas actuaciones deberán contar con la aprobación de los servicios técnicos del Ayuntamiento de Ortuella. Los costes derivados de dicha subsanación correrán a cuenta de la Adjudicataria.
5.5. Prestación P5- Inversiones en ahorro energético y energías renovables, así como contratación del suministro de las mismas
Como se ha indicado, además de las prestaciones P1, P2, P3 y P4, se pretende promover la utilización de equipos de elevada eficiencia energética y/o de energías renovables mediante la prestación P5, con la incorporación de equipos e instalaciones de elevada eficiencia energética, paneles solares fotovoltaicos, etc.
Estas instalaciones serán ejecutadas y financiadas voluntariamente por el Adjudicatario mediante los ahorros conseguidos dentro del periodo de vigencia del contrato, y no tendrán repercusión económica sobre el presupuesto del contrato.
Cualquier inversión planteada de forma voluntaria por el Adjudicatario en las instalaciones de alumbrado público del Ayuntamiento de Ortuella, deberá contar con el consentimiento del propio Ayuntamiento, teniendo ésta la potestad para admitir o rechazar la ejecución de dicha inversión.
6. DISPOSICIONES PARTICULARES
Prestación P2- Mantenimiento. Exclusiones.
En las prestaciones descritas anteriormente a cargo del Adjudicatario, no se incluyen los trabajos de modernización y de adecuación de las instalaciones que provengan de nuevas necesidades planteadas no incluidas en el programa de inversiones de la oferta del Adjudicatario (P4), ni aquellas cuya realización venga impuesta por la entrada en vigor de una nuevas normativas.
Prestación P3- Garantía Total. Exclusiones.
Estarán excluidas de la Garantía Total cualquier obra civil que sea necesario ejecutar.
7. MEDIDA Y VERIFICACIÓN DE LOS AHORROS CONSEGUIDOS
Uno de los fines de la presente licitación es conseguir ahorros de energía en las instalaciones de alumbrado público del Ayuntamiento de Ortuella, gracias tanto a contar con unas instalaciones eficientes desde el punto de vista energético, como a una conducción eficiente de las mismas. Dichos ahorros de energía deben ser medidos, verificados y aceptados por ambas partes, Adjudicatario y Ayuntamiento de Ortuella.
Para ello, el Adjudicatario deberá realizar las medidas y verificaciones de los ahorros siguiendo la metodología IPMVP (International Performance Measurement&VerificationProtocol) y por un técnico acreditado por certificación por EVO (EfficiencyValuationOrganization) como CMVP (CertifiedMeasurement&Verification Professional). Sin perjuicio de que durante la vigencia del contrato se consolidasen otras organizaciones que acrediten la capacitación para realizar verificaciones.
El Adjudicatario confirmará al Ayuntamiento de Ortuella en el plazo máximo de un mes desde la firma de contrato, los datos del técnico que haya presentado en la oferta con la acreditación y certificación por EVO como CMVP, que vaya a realizar la medición y verificación de los ahorros de energía durante la vigencia del contrato. En caso de tratarse de otra persona distinta, deberá poseer la misma titulación y similar experiencia que la persona indicada en la oferta.
En el plazo máximo de un mes desde la definición de la relación de equipos e instalaciones actualizada y los usos y parámetros de funcionamiento de cada instalación, el Adjudicatario definirá y presentará al Ayuntamiento de Ortuella el Plan de Medida y Verificación (M&V). Dicho Plan, con carácter previo a su puesta en marcha, deberá ser sometido por el Ayuntamiento de Ortuella para su aprobación en el plazo máximo de quince días desde su presentación con la participación del técnico independiente encargado.
En el plazo máximo de un mes desde la aprobación del Plan por parte del Ayuntamiento de Ortuella, el Adjudicatario debe implantar los sistemas de medida y verificación necesarios para realizar la medición de los ahorros conseguidos. En el plazo de quince días desde la finalización de las pruebas para su puesta en marcha, el Ayuntamiento de Ortuella procederá a la recepción de los mismos.
El informe que se presentará junto con la liquidación anual será elaborado por el técnico certificado por EVO, verificando los ahorros en consumo de energía obtenidos según la metodología IPMVP basados en el Plan de Medida y Verificación (M&V), y expresará el gasto de electricidad en euros. El coste de dicho informe será asumido por el adjudicatario.
8. DEFINICIÓN DEL CONSUMO ENERGETICO EN EL AÑO BASE
Los valores indicados a continuación se tomarán como valores de referencia a la hora de realizar los cálculos de la prestación P1.
Energía Eléctrica EA (kWh/año) = 1.394.359
El valor base de la propuesta EAO indicado en el pliego de condiciones administrativas, a partir del cual se determina el precio de la prestación P1, resultará de aplicar al valor de referencia anterior EA el ahorro estimado por el Adjudicatario como resultado de las obras de mejora y renovación integradas en la P4:
EAO = EA - Aea
Siendo Aea los ahorros garantizados en electricidad en alumbrado público, propuestos por el Adjudicatario como resultado de la aplicación de las obras de mejora y renovación. Dichos ahorros deberán ser justificados en el estudio técnico de cada una de las inversiones
ANEXO I Diagnóstico Energético del Alumbrado Público de Ortuella
ANEXO II “Requerimientos técnicos exigibles para luminarias LED de alumbrado exterior”