con CI
Asunción, / /
Términos y condiciones generales del servicio
En la ciudad xx Xxxxxxxx, capital de la República del Paraguay, por medio del presente,
, con CI
N° con domicilio en en adelante “EL CLIENTE”, se afilia al plan xx xxxxxxxx de correos de PuntoBox, la cual reside en la oficina ubicada en Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxx 0000 xxx. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxx, en adelante “LA COMPAÑIA”.
LA COMPAÑIA y EL CLIENTE acuerdan celebrar el presente acuerdo, que se regirá por las siguientes cláusulas:
Cláusula Primera. DESCRIPCIÓN DE LAS PARTES.
EL CLIENTE es la persona o entidad que, sometiéndose a las presentes condiciones, entrega a LA COMPAÑIA un paquete para su transporte, y reconoce que es el propietario de este, o, en caso de no serlo, reconoce que actúa como representante o agente autorizado del dueño o de quien tenga derechos sobre el mismo, y, en cualquier caso, acepta los términos y condiciones del presente acuerdo en nombre propio.
LA COMPAÑÍA es la sociedad que, sometiéndose a las presentes condiciones, acepta el envío para darle curso al lugar de destino, pudiendo subcontratar la ejecución de la totalidad o de cualquier parte del presente acuerdo y, en consecuencia, puede servirse para tal ejecución de sus filiales, agentes o colaboradores que, a su vez, pueden también subcontratar a otras entidades o personas para la consecución del fin pactado.
Cláusula Segunda. VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN.
EL CLIENTE declara bajo fe de juramento que sus datos personales son reales y completos haciéndose responsable penal y/o civilmente en caso de falsedad de parte o de la totalidad de estos. Aceptando que los datos declarados podrán ser corroborados a modo de confirmar la veracidad de estos.
Cláusula Tercera. EL ENVÍO.
a) A los efectos del presente contrato, se entiende por “envío” el bien o los bienes materiales u objetos susceptibles de traslado como ser: documentación, impresos y mercaderías, que no son inaceptables o prohibidos conforme el Servicio Nacional de Aduanas del país de Destino y los tratados internacionales, entregados por EL CLIENTE a LA COMPAÑIA para su transporte bajo una misma carta de porte y su entrega en la dirección indicada como lugar de destino por el cliente o en su defecto las oficinas de PuntoBox. Para tales efectos, LA COMPAÑIA proporcionará a EL CLIENTE un número xx xxxxxxx que identificará las mercancías recibidas a su nombre y una dirección física válida para Estados Unidos de Norteamérica, para recibir a su nombre o autorizados y cuando corresponda, desde cualquier lugar de los Estados Unidos de Norteamérica o del mundo, los envíos que desee. Su sola recepción implica su conformidad de traslado desde Estados Unidos de Norteamérica a Paraguay.
b) LA COMPAÑÍA se compromete a transportar los paquetes de Miami a Paraguay, dos veces por semana. Estos tiempos pueden variar en algunas épocas del año ya que están sujetos a los servicios brindados por las empresas proveedoras. Si los paquetes requieren de mayores trámites en aduana como exoneración, permisos etc. para su nacionalización, estos incurrirán en días adicionales.
c) LA COMPAÑÍA no se compromete a cumplir los términos del punto anterior y quedará libre de toda responsabilidad por incumplimiento, por motivos de fuerza mayor, caso fortuito y otros hechos tales como paros, cierres temporales de aeropuerto, extremas condiciones climáticas, terrorismo, accidentes, atraco, asonada conmoción civil, alteración del orden público, explosiones, incendio, acciones para combatir incendios y similares.
d) El tiempo de procesamiento de los paquetes recibidos en Miami tendrá un plazo de 24 a 48 horas en días hábiles. Pudiendo estos ser mayores en caso de eventos fortuitos tales como evacuaciones por condiciones climáticas, daños a las instalaciones, inspecciones por parte de autoridades de los Estados Unidos de Norteamérica, huelgas laborales u otros mencionados en el inciso c.
e) Para envíos marítimos EL CLIENTE deberá informar vía correo electrónico los paquetes deseados a embarcar vía marítima, adjuntando datos del cliente, comprobante de compra, y número de tracking. Los envíos marítimos cuentan con un periodo de desembarque estimado de 60 a 90 días.
f) Para la facturación se podrá tener una diferencia en el peso hasta dos decimales. Esto debido a calibraciones de las diferentes marcas de balanzas electrónicas disponibles y por el desgaste de sus componentes. LA COMPAÑÍA mantendrá calibrada las mismas de manera regular para evitar diferencias mayores a los permitidos. El peso mínimo será de 100 gramos.
g) No efectuar la entrega del envío cuando la prestación del servicio deba ser cobrada en destino (servicio x xxxxxx debidos) hasta que LA EMPRESA haya sido satisfecha de todos los importes debidos por el transporte, derechos de aduanas, almacenaje, impuestos y cualquier otro cargo o gravamen derivado de la expedición del envío conforme a este contrato. EL CLIENTE será responsable del pago de todos los importes devengados, incluyendo los gastos de devolución del envío, en el caso de que en destino se niegue al pago. LA EMPRESA puede exigir el pago por adelantado del envío si considera que así fuere necesario.
h) En los casos cuyos envíos sean detenidos por las autoridades aduaneras de PARAGUAY, la responsabilidad de LA COMPAÑÍA se limitará a la entrega de la guía debidamente autorizada para que el CLIENTE proceda a la nacionalización.
i) Son inaceptables o prohibidos los bienes u objetos siguientes: dinero efectivo, joyas, antigüedades, obras de arte, sellos, metales preciosos, lingotes y similares, piedras preciosas, diamantes y carbones industriales, títulos valores al portador, cheques de viajes, materiales obscenos o pornográficos, armas de fuego, explosivos, materiales radioactivos, plantas, productos perecederos, animales vivos o muertos, fármacos, drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, productos sometidos a régimen de reserva, mercancías peligrosas, materiales combustibles, y, en general, cualesquiera otros objetos sujetos a restricción por las normas vigentes en los países de origen, tránsito o destino del envío. En particular, son bienes u objetos prohibidos los reflejados en las normas de la IATA (International Air Transport Association) y en la versión vigente de la norma 4.1.1 del Anexo 17 de la OACI (Organización de Aviación Civil Internacional: Convenio sobre Aviación Civil Internacional firmado en Chicago el 7 de diciembre de 1.994). En el supuesto de que EL CLIENTE remitiera a LA COMPAÑÍA un envío inaceptable o prohibido, se compromete a indemnizar los daños, perjuicios, gastos y sanciones en que pudiera incurrir LA COMPAÑÍA.
j) EL CLIENTE se compromete a instruir a todos sus remitentes y proveedores de la forma cómo deben consignar los envíos. EL CLIENTE se compromete a abstenerse de enviar o permitir que las personas autorizadas a utilizar su cuenta hagan envíos que no cumplan con las regulaciones de los Estados Unidos y Paraguay. Específicamente, no efectuará envíos de dinero, narcóticos, químicos de alto riesgo radiactivo y productos que pongan en riesgo la integridad física del transportador o de sus equipos, o cuyo transporte esté restringido o prohibido por las normas legales de ambos países. En consecuencia, EL CLIENTE exonera a LA COMPAÑÍA, de toda responsabilidad legal y contractual ante las autoridades, que se puede derivar del transporte de este tipo de artículos o elementos, para lo que asumirá el pago de cualquier multa o sanción que por este hecho que se le imponga a él o a LA COMPAÑÍA. Deberá cumplir con cualquier requisito que el gobierno de Estados Unidos y Paraguay, así como la empresa, requiera para el servicio de los clientes.
k) El CLIENTE deberá cargar los datos de cada compra realizada en las tiendas del exterior antes de su recepción en Miami, los datos a tener completar serán:
- Nombre del vendedor
- País de origen
- Número de factura
- Monto de factura
- Número de rastreo (tracking number)
- Monto de cada producto en dólares americanos (USD)
- Fecha de compra
- Descripción del producto
- Además de completar los datos obligatorios deberá adjuntar una captura de pantalla, copia digital o foto, donde se detallen todos los datos xxxxxxx mencionados.
LA COMPAÑÍA dispondrá de dichos formularios en el portal web y en la aplicación móvil.
l) LA COMPAÑÍA no podrá embarcar los paquetes que no hayan sido declarados por EL CLIENTE, esto de conformidad con las reglamentaciones de la Dirección Nacional de Aduanas según Resolución 515/2015, y Resolución 121/2018 en cumplimiento de la Xxx 000/00 x Xxx 000/00 xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx.
Cláusula Cuarta. PRECIO DEL SERVICIO.
a) El precio de los servicios está estipulado en el sitio web oficial de LA COMPAÑÍA.
b) EL CLIENTE se compromete a pagar cualquier el tipo de servicio contratado y cualquier otro adicional por LA COMPAÑIA y da por aceptadas las tarifas publicadas en el sitio web y en las documentaciones firmadas al momento de la suscripción. La empresa se reserva el derecho de congelar la entrega de paquetes hasta que EL CLIENTE tenga al día su cuenta. LA COMPAÑÍA realizará la facturación y el pago automático al instante del recibo de los paquetes.
c) Si EL CLIENTE desea que LA COMPAÑÍA le brinde el servicio de entrega a domicilio (disponible dentro xx Xxxxxxxx y Gran Xxxxxxxx), deberá solicitar el servicio de delivery antes de que sus paquetes lleguen a nuestro centro de distribución en Asunción y deberá abonar por el mismo previamente el monto estipulado en el sitio web de LA COMPAÑÍA o podrá retirarlos en la sucursal que indicó al momento del registro. Quedan exentos aquellos que por la naturaleza del plan contratado cuentan con delivery incluido.
d) El precio del seguro adicional queda estipulado en 3.5 % del valor del producto, debiendo EL CLIENTE presentar el comprobante de compra del producto nuevo para contratar el seguro. El mismo cubrirá un 90% sobre el valor del producto, debiendo EL CLIENTE abonar una franquicia del 10% por cada evento.
e) El precio por los servicios contratados será determinado por LA COMPAÑÍA, y podrá sufrir variaciones debidamente comunicadas al cliente, cuyo envió implica suficiente conocimiento y total conformidad con el mismo.
f) En caso de que EL CLIENTE no acepte los nuevos precios podrá solicitar la cancelación del servicio, abonando todo lo que tenga pendiente al momento de la solicitud acercándose a una oficina y firmando la cancelación de este en un plazo máximo de 30 días. Si la rescisión se produjera por parte de EL CLIENTE, éste no podrá optar por la devolución de la cuota de suscripción ni siquiera a la parte proporcional aplicable, comunicada la información y por tiempo de uso no devengado.
Cláusula Quinta. GARANTÍAS GENERALES.
EL CLIENTE declara y garantiza que:
a) ha cumplido adecuadamente la carta de porte y, en consecuencia, que la descripción y detalles del envío son completos y precisos;
b) ha embalado y preparado el envío conforme a su propia naturaleza y circunstancias, permitiendo un transporte y manipulación seguros;
c) el valor declarado, en su caso, es el correcto;
d) ha respetado todas las leyes, normas o regulaciones aplicables en los países de origen, tránsito y destino del envío y, por tanto, no es ilegal para LA COMPAÑÍA proceder con el envío;
e) el envío no es o no contiene bienes u objetos de los declarados inaceptables o prohibidos conforme a la cláusula tercera, inciso h.
Cláusula Sexta. LÍMITES DE RESPONSABILIDAD POR DAÑO Y/O PÉRDIDA.
En el supuesto de que el envío sometido a la presente guía aérea sufriera daño (lo que incluye destrucción, parcial, deterioro y avería) o pérdida (lo que incluye destrucción total y extravío) imputable a LA COMPAÑIA, sus filiales, agentes o demás colaboradores por culpa o negligencia de cualquiera de ellos, y salvo declaración especial de valor por EL CLIENTE, la responsabilidad de LA COMPAÑIA quedará limitada exclusiva y únicamente al pago de una indemnización que no podrá exceder las cantidades que se indican a continuación, según el caso:
a) Tratándose de TRANSPORTE AÉREO INTERNACIONAL: si el transporte del envío incluye como punto final de destino o una escala un país distinto al xx xxxxxxx, será regulado por el Convenio xx Xxxxxxxx de 12 de diciembre de 1.929 (modificado en la Haya en 1.955 y por el Protocolo nº 4 de Montreal de 1.975), el cual limita la responsabilidad de LA COMPAÑÍA por daño pérdida del envío a un máximo de 17 Derechos Especiales de Giro por kilogramo de peso (aproximadamente, 23 dólares E.E.U.U., sujeto a las variaciones del tipo de cambio).
b) Si no fuera por ninguno de los citados convenios, la responsabilidad de LA COMPAÑÍA quedará limitada como máximo a la cantidad que, en el momento de producirse el daño o la pérdida, éste fijado por la normativa Paraguaya de Ordenación de los Transportes.
c) En caso de pérdida de paquetes que hubieran sido satisfactoriamente recibidas por LA COMPAÑÍA en sus oficinas de Miami, LA COMPAÑÍA se compromete en reembolsar a EL CLIENTE previo acuerdo que satisfagan a ambos, pudiendo estos no ser únicamente reembolso en efectivo. El plazo de respuesta será de dos semanas hábiles.
LA COMPAÑÍA tampoco será responsable por daños, pérdidas, retrasos, falta de entrega o entrega equivocada causadas por:
a) Fuerza mayor, caso fortuito y por cualquier acción u omisión que éste fuera de su control (como huelgas, conflictos laborales, disturbios civiles, actos bélicos, actos terroristas y demás circunstancias análogas) y, especialmente, por las acciones u omisiones causadas por las autoridades aduaneras, aeroportuarias u otros funcionarios o empleados públicos, en la salida, entrada o tránsito del envío.
b) Incumplimiento por EL CLIENTE de las presentes condiciones generales, en particular de la cláusula 5 anterior.
c) La naturaleza o el vicio propio del envío y las alteraciones magnéticas, eléctricas o semejantes en cualquier clase de grabación o banda.
Cláusula Séptima. LÍMITE DE RESPONSABILIDAD EN CASO DE DECLARACIÓN DE VALOR.
El cliente podrá obtener un seguro ofrecido por LA COMPAÑÍA que tiene un costo de 3.5% sobre el valor declarado con factura original de compra, las cargas aseguradas serán inspeccionadas al llegar a nuestras agencias y deberán ser acompañadas de la debida documentación demostrando el valor real del envío. Todas las cargas aseguradas deberán ser inspeccionadas nuevamente con nuestros colaboradores previo retiro de estas, una vez realizada la entrega y conformidad por parte del cliente, se da por finalizada la cobertura. LA COMPAÑÍA cubrirá el 90% del producto asegurado con 10% de franquicia en caso de siniestro, previa verificación de los documentos y peritajes, no excediendo más de 72 horas hábiles para la respuesta al cliente y con un tiempo de procesamiento total de solicitud de 30 días hábiles.
Cláusula Octava. RECLAMOS y FRAUDES.
Toda reclamación debe hacerse por EL CLIENTE a LA COMPAÑÍA, por escrito, email o canales habilitados para el efecto dentro de las 24 horas siguientes al de la aceptación del envío para darle curso. No se admitirá ninguna reclamación realizada fuera del referido plazo o cuando no se hubieren cumplido previamente por EL CLIENTE las obligaciones que el presente contrato le impone. Para casos de fraude u errores de envíos se seguirá el siguiente canal: a) primero con los proveedores, siendo EL CLIENTE asesorado por los canales de atención de LA COMPAÑÍA. b) segundo, se verá cada caso específico y llegando a un acuerdo que satisfagan ambas partes.
Cláusula Novena. DESPACHO DE ADUANAS.
Salvo instrucciones en contrario de EL CLIENTE dadas por escrito a LA COMPAÑÍA, la aceptación del envío por LA COMPAÑIA implica que EL CLIENTE designa a aquella como agente plenamente autorizado para gestionar el despacho de aduanas cuando éste sea necesario, así como para designar a un Agente de Aduanas para tal fin, EL CLIENTE está obligado a suministrar toda la documentación e información que sea necesaria para el cumplimiento de las formalidades aduaneras, y de seguridad con
anterioridad a la aceptación del envío. LA COMPAÑÍA no está obligada a examinar o comprobar si la referida documentación e información es exacta o suficiente. EL CLIENTE se compromete a indemnizar a LA COMPAÑÍA por cualquier sanción, gasto o coste en que pudiera incurrir ésta en el despacho aduanero por cualquier causa imputable.
Cláusula décima. GASTOS SUPLEMENTARIOS y PLAZOS DE RETIRO.
Los gastos suplementarios en que incurra LA COMPAÑÍA en la ejecución del presente acuerdo desde el momento de la aceptación del envío hasta su entrega, tales como derechos de aduanas, almacenaje, impuestos, o cualquier otro cargo o gravamen, deberán ser pagados por EL CLIENTE, inmediatamente, una vez le sean requeridos. El tiempo de retiro de los envíos llegadas a nuestras oficinas se establece en 2 semanas hábiles, debiendo el cliente comunicar en forma justificada la causa de la demora de su retiro. Transcurrido 30 días, se cobrará un recargo del 10%. Transcurrido el plazo establecido de 45 días, se procederá a la venta pública de conformidad al régimen del código Procesal civil.
Cláusula décimoprimera. JURISDICCIÓN.
El presente acuerdo se regirá por la legislación paraguaya y los convenios Internacionales referentes al objeto de esta. Las partes, para tratar sobre cualquier controversia que pudiera surgir en relación con el presente acuerdo, se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales correspondientes al domicilio social de LA COMPAÑIA (la ciudad xx Xxxxxxxx, Paraguay), en cualquier caso, con renuncia expresa a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.
Cláusula décimosegunda. CONVENIOS INTERNACIONALES.
Las cláusulas del presente acuerdo regirán la relación entre las partes, sin perjuicio de lo dispuesto en las normas imperativas de los convenios internacionales que sean de aplicación, por lo que en caso de contradicción prevalecerán tales normas imperativas sobre las cláusulas pactadas.
Todos los servicios descritos en el presente instrumento deben utilizarse en conformidad con las normas internacionales, aduaneras y legales vigentes, sus restricciones y demás disposiciones relativas a los servicios Courier de carga aérea y Marítima, que en este acto EL CLIENTE declara conocer y aceptar. Este acuerdo es irrevocable e intransferible y EL CLIENTE se compromete a cumplir fielmente los términos descritos. EL CLIENTE igualmente declara reconocer y tener conocimiento acabado de los reglamentos, modo de uso, tarifas de envío y las normas y condiciones establecidas por LA COMPAÑÍA que se encuentran publicadas en: xxx.xxxxxxxx.xxx.xx de cuyas variaciones tanto de normativas y tarifarias se somete a su cumplimiento.
Cláusula décimotercera. VALIDEZ.
Este Acuerdo tiene validez por el término de un año a partir de la fecha de su registro y se renovará en forma automática a su vencimiento, a no ser que EL CLIENTE comunique por escrito vía correo o email a LA COMPAÑÍA, con 30 (treinta) días de anticipación.
FIRMA DEL CLIENTE FIRMA
ACLARACIÓN: REPRESENTANTE
DOCUMENTO N°: PUNTOBOX