Contract
El Comité de Adquisiciones del Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán, con fundamento en los artículos 1º, 5°, 6°, fracciones I, II, III, IV y XI, 17 y 18 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios relacionados con Bienes Muebles e Inmueble (SIC) del Estado de Michoacán xx Xxxxxx y 6° de su Reglamento; 6º y 9º del Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán xx Xxxxxx, emite las siguientes:
BASES Y LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLES DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017.
ÍNDICE
TÍTULO PRIMERO. Disposiciones Generales
CAPÍTULO ÚNICO
TÍTULO SEGUNDO. Del Programa Anual y de la Consolidación de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
CAPÍTULO I. Programa Anual de los Entes Públicos CAPÍTULO II. Compras Consolidadas
TÍTULO TERCERO. Padrón de Proveedores (PDP)
CAPÍTULO I. Trámites CAPÍTULO II. Sistema PDP
TÍTULO CUARTO. Montos
CAPÍTULO I. De la Adjudicación Directa (AD) CAPÍTULO II. De la Invitación Restringida (IR) CAPÍTULO III. De la Licitación Pública (LP)
TÍTULO QUINTO. Procedimientos
CAPÍTULO I. Generales
CAPÍTULO II. De la Adquisición por AD CAPÍTULO III. De la Adquisición por IR y LP
CAPÍTULO IV. De la Evaluación de las Proposiciones Técnicas y Económicas SECCIÓN I. Criterio de Evaluación
SECCIÓN II. Proposiciones Conjuntas SECCIÓN III. Ajuste de Precios
SECCIÓN IV. Requisitos de las Proposiciones
CAPÍTULO V. De la Adquisición de Uniformes para el Personal de Base y Sindicalizado CAPÍTULO VI. Del Acortamiento de Plazos
CAPÍTULO VII. Concurso Público a Través de Ofertas Subsecuentes de Descuentos (CP) SECCIÓN I. Etapas del CP
TÍTULO SEXTO. Del Servicio de Mantenimiento Vehicular
CAPÍTULO ÚNICO
TÍTULO SÉPTIMO. De los Contratos
CAPÍTULO I. De los Contratos CAPÍTULO II. De los Entes Públicos
TÍTULO OCTAVO. Del Arrendamiento de Bienes Inmuebles
CAPÍTULO I. Disposiciones Generales CAPÍTULO II. Del Contrato de Inicio CAPÍTULO III. Del Cambio de Domicilio
CAPÍTULO IV. De la Renovación de los Contratos de Arrendamiento
TÍTULO NOVENO. De los Contratos de Prestación de Servicios
CAPÍTULO I. De la Prestación de Servicios de Equipo de Fotocopiado CAPÍTULO II. De la Prestación de Servicios de Limpieza y Vigilancia CAPÍTULO III. De la Prestación de Servicios de Consultorías y Asesorías
TÍTULO DÉCIMO. Disposiciones Complementarias CAPÍTULO ÚNICO. De las Sesiones del Comité TRANSITORIOS
FORMATO 1. Contrato de Compra Venta Adjudicación Directa
FORMATO 2. Orden de pedido
FORMATO 3. Contrato de arrendamiento de inmueble. Paraestatales FORMATO 4. Contrato de arrendamiento de inmueble. Centralizados FORMATO 5. Contrato de Prestación de Servicio de Fotocopiado FORMATO 6. Contrato de Prestación de Servicios de Vigilancia FORMATO 7. Contrato de Prestación de Servicios de Limpieza FORMATO 8. Bases de Licitación Pública Estatal
ANEXO 1 Especificaciones técnicas del bien o servicio requerido ANEXO 2 Carta para acreditar la personalidad del proveedor ANEXO 3 Carta poder simple
ANEXO 4 Carta de no encontrarse en ningún supuesto del artículo 32 de la Ley de Adquisiciones ANEXO 5 Carta de ser fabricante o mayorista
ANEXO 6 Carta de que la empresa es mexicana y que la integración de sus bienes es por lo menos 50% de contenido nacional
ANEXO 7 Carta compromiso y conformidad de condiciones ANEXO 8 Modelo de Contrato de Licitación Pública ANEXO 9 Garantía de la propuesta
DOCUMENTO 1 Escrito de la oferta técnica DOCUMENTO 2 Escrito de la oferta económica
FORMATO 9. Bases de Invitación Restringida a cuando menos tres proveedores estatal ANEXO 1 Especificaciones técnicas del bien o servicio requerido
ANEXO 2 Carta para acreditar la personalidad del proveedor
ANEXO 3 Carta poder simple
ANEXO 4 Carta de no encontrarse en ningún supuesto del artículo 32 de la Ley de Adquisiciones
ANEXO 5 Carta de ser fabricante o mayorista
ANEXO 6 Carta de que la empresa es mexicana y que la integración de sus bienes es por lo menos 50% de contenido nacional
ANEXO 7 Carta compromiso y conformidad de condiciones ANEXO 8 Modelo de Contrato de Invitación Restringida ANEXO 9 Garantía de la propuesta
DOCUMENTO 1 Escrito de la oferta técnica DOCUMENTO 2 Escrito de la oferta económica
FORMATO 10. Bases de Concurso Público a través de Ofertas Subsecuentes de Descuento ANEXO 1 Especificaciones técnicas del bien o servicio requerido
ANEXO 2 Carta para acreditar la personalidad del proveedor
ANEXO 3 Carta poder simple
ANEXO 4 Carta compromiso y conformidad de condiciones
ANEXO 5 Carta de no encontrarse en ningún supuesto del artículo 32 de la Ley de Adquisiciones ANEXO 6 Modelo de Contrato de Concurso Público
ANEXO 7 Garantía de la propuesta DOCUMENTO 1 Escrito de la oferta técnica DOCUMENTO 2 Escrito de la oferta económica
TÍTULO PRIMERO
Disposiciones Generales CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 1. Las presentes Bases y Lineamientos son de observancia general en el territorio del Estado de Michoacán xx Xxxxxx para todas las Dependencias, Entidades, Coordinaciones y sus Subcomités y tienen por objeto regular todo lo relativo a las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles, en el ámbito de la administración pública estatal.
Artículo 2. Para los efectos de las presentes Bases y Lineamientos se entenderá por:
I. AD: Adjudicaciones Directas;
II. Balines: Las Bases y Lineamientos contenidas en este instrumento;
III. CADPE: Comité de Adquisiciones del Poder Ejecutivo;
IV. CETIC: Centro Estatal de Tecnologias de Información y Comunicaciones;
V. COFOM: Comision Forestal del Estado de Michoacán;
VI. COG: Clasificador por Objeto del Gasto;
VII. CompraNet: Sistema electrónico de información pública gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos y servicios, a cargo de la Secretaría de la Función Pública;
VIII. Convocante: CADPE;
IX. CP: Concurso Público a través de ofertas subsecuentes de descuentos;
X. Decreto de Austeridad: Decreto Administrativo de Medidas de Austeridad, Transparencia y Eficiencia del Gasto Público de la Administración Pública del Estado de Michoacán xx Xxxxxx, publicado en el Periódico Oficial el 25 de febrero de 2016;
XI. Dependencias: Las señaladas en el artículo 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán xx Xxxxxx;
XII. DG: Dirección General;
XIII. Entes Públicos: Dependencias, Entidades y Coordinaciones de la Administración Pública Estatal;
XIV. Entidades: Las señaladas en el artículo 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública artículo 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán xx Xxxxxx;
XV. Economía: Principio rector de los procedimientos administrativos de suministro de bienes y/o servicios, que se encamina a lograr el ahorro de recursos, tanto humanos, como materiales y económicos, así como gastos monetarios y de tiempo de administración;
XVI. Eficiencia: Principio de procedimiento que implica la capacidad para lograr el cumplimiento de los objetivos establecidos, empleando los mejores medios posibles y haciendo un uso eficaz de los recursos humanos, materiales y financieros disponibles;
XVII. Eficacia: Principio de procedimiento que implica la capacidad para cumplir positivamente con los objetivos planteados, logrando la satisfacción de las necesidades de la administración;
XVIII. Xxxxxxxxxx: Desempeño del servicio público incentivando y aceptando la participación corresponsable de la sociedad;
XIX. Honradez: Rectitud e integridad en el obrar de los servidores públicos en el manejo de los procedimientos administrativos;
XX. Imparcialidad: Los servidores públicos actuarán con rectitud sin preferencia o prevención anticipada a favor de persona alguna en el desempeño diario;
XXI. Institucionalidad: Los servidores públicos regirán su actuar conforme a la misión, visión y objetivos del organismo;
XXII. IR: Invitación Restringida;
XXIII. IVA: Impuesto al Valor Agregado;
XXIV. Lealtad: La prestación de servicios se hará en cumplimiento de las obligaciones a favor de la sociedad;
XXV. Legalidad: Apego a las disposiciones jurídicas y administrativas vigentes en el actuar de los servidores públicos;
XXVI. Lineamientos de Austeridad: Lineamientos Específicos de Austeridad, Transparencia y Eficiencia del Gasto Público de la Administración Pública del Estado de Michoacán xx Xxxxxx publicado en el Periódico Oficial del Estado el 04 de octubre de 2016;
XXVII. LP: Licitación Pública;
XXVIII. Ley de Adquisiciones: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios relacionados con Bienes Muebles e Inmueble (SIC) del Estado de Michoacán xx Xxxxxx.
XXIX. MC: Madera certificada proveniente de aprovechamientos forestales que cuentan con certificado de adecuado cumplimiento del programa de manejo forestal con base a lo señalado por la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable o certificado de adecuado cumplimiento del programa de manejo forestal con base a la NMX-AA-143-SCFI-2015 o certificación del manejo sustentable de los bosques con base al estándar FSC-STD-01-001 V5-0 ES;
XXX. PAAAyS: Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios;
XXXI. PDP: Padrón de proveedores registrados en el CADPE;
XXXII. Pleno: Órgano supremo del Comité, de conformidad a los artículos 8° a 11 de la Ley de Adquisiciones;
XXXIII. Reglamento: Reglamento de la Ley de Adquisiciones;
XXXIV. SFA: Secretaría de Finanzas y Administración;
XXXV. SAT: Servicio de Administración Tributaria;
XXXVI. SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
XXXVII. Solicitante: Ente público requirente de bienes o servicios;
XXXVIII. Transparencia: Principio de procedimiento que exige que los servidores públicos que participen en los procedimientos administrativos regulados por el presente ordenamiento, ejecuten sus
actividades de forma que sean visibles para cualquier persona, sin menoscabo de la reserva que el caso amerite; y,
XXXIX. UR: Unidad Responsable de la contratación.
TÍTULO SEGUNDO
Del Programa Anual y de la Consolidación de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
CAPÍTULO I
Programa Anual de los Entes Públicos
Artículo 3. Los Entes Públicos deberán elaborar un programa anual de adquisiciones, arrendamientos y servicios, con base al presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal corriente mediante partidas presupuestales, presentándolo al CADPE en el formato establecido y descargable en xxx.xxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx- 2017, a más tardar el último día hábil del mes de febrero del ejercicio fiscal 2017.
En la programación e integración del PAAAyS, se deberán considerar en primer término los bienes o servicios de uso continuo o de renovación forzosa, seguido de los de nueva contratación.
En caso de que los Entes Públicos no estén en condiciones de presentar dentro del periodo anteriormente señalado el PAAAyS, deberán mediante oficio manifestar y justificar la razón de su incumplimiento, e indicar la fecha de su presentación, previa autorización de la DG del CADPE.
En caso de incumplimiento, se dará aviso a la Secretaría de la Contraloría para los efectos administrativos correspondientes.
Artículo 4. En caso de que los Entes Públicos realicen modificaciones, ampliaciones o actualizaciones al PAAAyS, deberán enviar el formato con los cambios realizados, únicamente los últimos cinco días hábiles de cada mes. No se permitirán modificaciones de manera retroactiva.
Artículo 5. Los Entes Públicos deberán hacer la entrega el último día hábil de enero, en su caso, de un calendario de eventos, ceremonias, congresos, convenciones, ferias, festivales, exposiciones y otros análogos que se lleven a cabo en el ejercicio fiscal; lo anterior siempre que para éstos sea necesaria la contratación de adquisiciones, arrendamientos y/o la prestación de servicios; ésta deberá de ser en forma impresa y magnética. (Formato descargable en xxx.xxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx-0000).
Artículo 6. Las Entidades que tengan ingresos propios, deberán apegarse al Descriptivo del COG vigente, para realizar los procedimientos de contratación de bienes y servicios, mismos que se gestionarán ante el CADPE.
Artículo 7. En la elaboración del programa se considerará, por lo menos, lo siguiente:
I. Las acciones previas, durante y posteriores a la realización de las adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios;
II. Los objetivos y metas programáticas a corto, mediano y largo plazo;
III. La calendarización física y financiera de los recursos necesarios;
IV. Las unidades responsables de su instrumentación;
V. Los programas sustantivos, de apoyo administrativo y de inversiones, así como en su caso, aquéllos relativos a la adquisición de bienes para su posterior comercialización, incluyendo los que habrán de sujetarse a procesos productivos;
VI. La existencia en cantidad suficiente de los bienes; los plazos estimados de suministro; los avances tecnológicos incorporados en los bienes, la optimización y uso sustentable de los recursos, así como la protección al medio ambiente, y en su caso los planos, proyectos y especificaciones;
VII. Los requerimientos de mantenimiento de los bienes muebles a su cargo; y
VIII. Las demás previsiones que deban tomarse en cuenta según la naturaleza y características de las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles.
CAPÍTULO II
Compras Consolidadas
Artículo 8. Las Dependencias deberán presentar a la Dirección de Servicios Generales de la Subsecretaría de Administración e Innovación de Procesos adscrita a la SFA, de acuerdo a lo establecido en el Capítulo IV de los Lineamientos de Austeridad, la solicitud para la adquisición de bienes de uso generalizado.
La adquisición se llevará a cabo a través de una LP de compras consolidadas, con el objeto de obtener mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.
En el caso de las Entidades, deberán presentar el programa anual donde se establecen los bienes de uso generalizado, así como la certificación presupuestal con firma autógrafa de la Delegación Administrativa o lo análogo, a la citada Dirección, deberán observar que los precio obtenidos en la Licitación Pública, sean los máximos autorizados para sus adquisiciones.
Artículo 9. Se considerarán como bienes de uso generalizado en los Entes Públicos, aquellos que se encuentren en el Catálogo Único de Productos, mencionado en el artículo Vigésimo Tercero, del Capítulo cuarto de los Lineamientos de Austeridad.
TÍTULO TERCERO
Padrón de Proveedores (PDP)
CAPÍTULO I
Trámites
Artículo 10. Los Entes Públicos únicamente podrán realizar adquisiciones o celebrar contratos con las personas inscritas en el PDP.
Artículo 11. Las personas físicas y xxxxxxx interesadas en formar parte del PDP deberán cumplir con los siguientes requisitos:
I. Acreditar una antigüedad mínima de dos años previos a la solicitud de registro en el PDP, en la actividad que desarrollan.
II. Hacer el pago de los derechos correspondientes a la inscripción, actualización y, en su caso, ampliación de claves, así como de la tarjeta de registro de proveedor; y,
III. Presentar la documentación necesaria de conformidad con el artículo 16 siguiente.
Las empresas u organizaciones de interés social o que promocionen el desarrollo económico del Estado, quedarán exentas de acreditar la antigüedad a que hace referencia la fracción primera de este artículo, siempre y cuando se acredite por escrito y se autorice por la DG del CADPE
Artículo 12. Los proveedores inscritos en el PDP del CADPE, deberán actualizar su registro y tarjeta anualmente, mismo que tendrá validez dentro del ejercicio fiscal vigente.
Artículo 13. Los costos de los trámites ante el PDP del CADPE son:
I. Inscripción (tarjeta de registro incluida):
a) Proveedores con domicilio fiscal dentro de territorio michoacano $870.00 (Ochocientos setenta pesos 00/100 M. N.)
b) Proveedores con domicilio fiscal fuera de territorio michoacano $2,878.00 (Dos mil ochocientos setenta y ocho pesos 00/100 M. N.)
II. Actualización:
a) Proveedores con domicilio fiscal dentro de territorio michoacano $345.00 (Trescientos cuarenta y cinco pesos 00/100 M.N.) y $200.00 (Doscientos pesos 00/100 M.N.) tarjeta de proveedor.
b) Proveedores con domicilio fiscal fuera de territorio michoacano $1,380.00 (Un mil trescientos ochenta pesos 00/100 M.N.) y $200.00 (Doscientos pesos 00/100 M.N.) tarjeta de registro del proveedor.
III. Ampliación de Claves (tarjeta de registro incluida):
a) Proveedores con domicilio fiscal dentro de territorio michoacano $870.00 (Ochocientos setenta pesos 00/100 M. N.)
b) Proveedores con domicilio fiscal fuera de territorio michoacano $2,878.00 (Dos mil ochocientos setenta y ocho pesos 00/100 M.N.)
IV. Reposición de documentos (dentro del ejercicio fiscal corriente):
a) Inscripción $ 150.00 (Ciento cincuenta pesos 00/100 M.N.)
b) Constancia de actualización $80.00 (Ochenta pesos 00/100 M.N.)
c) Oficio de ampliación $150.00 (Ciento cincuenta pesos 00/100 M.N.)
V. Reposición de tarjeta de registro del proveedor:
a) $200.00 (doscientos pesos 00/100 M.N.)
Artículo 14. Tratándose de cualquier procedimiento de contratación, el CADPE podrá eximir de la obligación de inscribirse previamente en el PDP y de registrar los precios máximos de venta, a las personas físicas x xxxxxxx que provean artículos perecederos, o cuando se trate de adquisiciones de carácter urgente, debidamente comprobado.
Asimismo, no será obligatoria la inscripción anticipada, cuando no se cuente en el PDP, con tres proveedores que puedan proporcionar lo bienes o servicios por adquirir o cuando los proveedores registrados no tengan interés en cotizar, situación que deberá estar debidamente documentada.
El proveedor presentará en su propuesta técnica una carta bajo protesta de decir verdad, de que antes de la firma del contrato hará la inscripción en el PDP del CADPE.
Artículo 15. Para el caso de requerir copia ya sea simple o certificada de cualquier documento que se resguarde en el CADPE, los derechos que se causen por los mismos, se sujetarán de conformidad a lo establecido en la Ley de Ingresos del Estado de Michoacán xx Xxxxxx para el ejercicio fiscal del año 2017.
Artículo 16. Los proveedores deberán presentar al CADPE, para su respectiva inscripción, actualización o ampliación de claves, los documentos siguientes:
A) Documentos necesarios para la inscripción:
1. Solicitud de registro firmada por la persona interesada o su representante legal (descargable en xxxx://xxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx-xx-xxxxxxxx/).
2. En caso de personas xxxxxxx, original o copia certificada para su cotejo del acta constitutiva de la empresa y, en su caso, sus respectivas modificaciones, así como copia simple.
3. Las dos últimas declaraciones anuales, inmediatas a la solicitud de inscripción, en caso de inscribirse
antes de la fecha legal para presentarla, se anexaran los 12 pagos parciales del año inmediato anterior. En caso de estar inscrito en el régimen de incorporación fiscal, se deberá anexar acuse de pagos parciales de los dos años anteriores.
4. Los estados financieros originales correspondientes al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior y otro con una antigüedad no mayor a 60 días naturales anteriores a la fecha de la solicitud; mismos que deberán consistir como mínimo el estado de resultados y balance general, así como contener nombre y firma del contador público que los realizó.
5. Cédula profesional del contador público que firma los estados financieros (con nombre y firma legible).
6. Dos copias de la Constancia de Situación Fiscal con domicilio y actividad económica actuales, con una antigüedad no mayor a 30 días naturales, así como la constancia de la ampliación de actividades económicas en caso de ser necesario.
7. Registro patronal en el Instituto Mexicano del Seguro Social, cuando aplique; en caso contrario, una carta bajo protesta de decir verdad que se no cuenta con empleados en términos de la legislación laboral aplicable.
8. Registro Estatal de Contribuyentes, en su caso.
9. Opinión del Cumplimiento Fiscal emitida por el SAT en sentido positivo con una antigüedad no mayor a 30 días naturales.
10. Preferentemente, contar con el Comprobante de Registro al Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM).
11. Identificación oficial del titular y/o representante legal.
12. Poder notarial en caso de haber representante legal.
13. Cuando se trate de bienes que en su elaboración se haya utilizado madera, deberán acreditar la legal procedencia de las materias primas forestales a través de la documentación que señala la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y, en su caso, los contratos que demuestren que la madera fue adquirida de aprovechamientos forestales autorizados y vigentes.
14. Asimismo, y con la finalidad de acreditar que los bienes de los que habla esta fracción, se ajustan a las normas o lineamientos de normalización nacional o internacional, se podrá anexar la certificación de la madera, expedida por el organismo competente.
15. En caso de que el proveedor desee inscribirse en la clave correspondiente a arrendamiento de inmuebles, se deberá anexar original o copia certificada de los títulos de propiedad, y una copia para su cotejo.
16. En el caso de proveedores con domicilio en la ciudad de Morelia, Michoacán, solicitar cita para realizar la verificación del establecimiento.
17. Acreditación del domicilio, anexando tres fotos de la empresa, una de la fachada con el número oficial y dos de las instalaciones.
18. Comprobante de pago por concepto de inscripción.
19. En casos excepcionales no previstos, se podrá solicitar cualquier otro documento o información complementaria que exijan las normas jurídicas aplicables.
B) Documentos necesarios para la actualización:
1. Carta original y copia en hoja membretada solicitando la actualización, dirigida al Director General del CADPE, con firma autógrafa del interesado o su representante legal.
2. Formato de actualización descargable en xxxx://xxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx-xx-xxxxxxxx/).
3. Acuse de recibo de la declaración anual ante SHCP del año anterior a la fecha de la solicitud, en caso de actualizarse antes de la fecha legal para presentarla, se anexaran los 12 pagos parciales del año inmediato anterior. En caso de estar inscrito en el régimen de incorporación fiscal, anexar acuse de pagos parciales de todo el año anterior.
4. Los estados financieros originales correspondientes al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior y otro con una antigüedad no mayor a 60 días naturales anteriores a la fecha de la solicitud; mismos que deberán consistir como mínimo el estado de resultados y balance general, así como contener nombre y firma del contador público que los realizó.
5. Dos copias de la Constancia de Situación Fiscal con domicilio y actividad económica actuales, con una antigüedad no mayor a 30 días naturales, así como la constancia de la ampliación de actividades
económicas en caso de ser necesario.
6. Registro Estatal de Contribuyentes, en su caso.
7. Opinión del Cumplimiento Fiscal emitida por el SAT en sentido positivo con una antigüedad no mayor a 30 días naturales.
8. Cuando se trate de bienes que en su elaboración se haya utilizado madera, deberán acreditar la legal procedencia de las materias primas forestales a través de la documentación que señala la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y, en su caso, los contratos que demuestren que la madera fue adquirida de aprovechamientos forestales autorizados y vigentes.
Asimismo, y con la finalidad de acreditar que los bienes de los que habla esta fracción, se ajustan a las normas o lineamientos de normalización nacional o internacional, se podrá anexar la certificación de la madera expedida por el organismo competente.
9. Comprobante de pago de derechos en original.
10. Todos aquellos documentos que respalden la información relativa a cambios relevantes que tengan impacto en su situación legal o económica.
11. En casos excepcionales no previstos, se podrá solicitar cualquier otro documento o información complementaria que exijan las normas jurídicas aplicables.
C) Documentos necesarios para la ampliación de claves:
1. Comprobante que acredite legalmente la actividad que se pretende dar de alta (actividad ante SHCP).
2. Carta original y copia en hoja membretada, solicitando la ampliación de claves, dirigida al Director General del CADPE, con firma autógrafa del interesado o su representante legal.
3. Acuse de recibo de la declaración ante SHCP del año anterior a la fecha de la solicitud, en caso de ampliarse antes de la fecha legal para presentarla, se anexaran los 12 pagos parciales del año inmediato anterior. En caso de estar inscrito en el régimen de incorporación fiscal, anexar acuse de pagos parciales de todo el año anterior.
4. Los estados financieros originales correspondientes al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior y otro con una antigüedad no mayor a 60 días naturales anteriores a la fecha de la solicitud; mismos que deberán consistir como mínimo el estado de resultados y balance general, así como contener nombre y firma del contador público que los realizó.
5. Ampliación de actividades ante el SAT (en caso de ser necesario).
6. Registro Estatal de Contribuyentes, en su caso.
7. Dos copias de la Constancia de Situación Fiscal con domicilio y actividad económica actuales, con una antigüedad no mayor a 30 días naturales, así como la constancia de la ampliación de actividades económicas en caso de ser necesario.
8. Opinión del Cumplimiento Fiscal emitida por el SAT en sentido positivo con una antigüedad no mayor a 30 días naturales.
9. Cuando se trate de bienes que en su elaboración se haya utilizado madera deberán acreditar la legal procedencia de las materias primas forestales a través de la documentación que señala la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y, en su caso, los contratos que demuestren que la madera fue adquirida de aprovechamientos forestales autorizados y vigentes.
Asimismo, y con la finalidad de acreditar que los bienes de los que habla esta fracción, se ajustan a las normas o lineamientos de normalización nacional o internacional, se podrá anexar la certificación de la madera expedida por el organismo competente.
10.Comprobante de pago de derechos en original.
11.Todos aquellos documentos que respalden la información relativa a cambios relevantes que tengan impacto en su situación legal o económica.
12.En el caso de proveedores con domicilio en la ciudad de Morelia, Michoacán, solicitud de cita para realizar la verificación del establecimiento.
13.Anexar tres fotos del producto o evidencia de la prestación del servicio sobre el que se desea la ampliación, demostrando su existencia.
14.En casos excepcionales no previstos, se podrá solicitar cualquier otro documento o información
complementaria que exijan las normas jurídicas aplicables.
CAPÍTULO II
Sistema PDP
Artículo 17. El sistema PDP, será de uso de los Entes Públicos y de los proveedores, en donde podrán los primeros, subir sus necesidades de adquisición de montos menores a los de los procedimientos de AD, IR y LP descritos en el siguiente Título, para que los segundos interesados puedan enviarles sus cotizaciones y con esto generar un estudio xx xxxxxxx y así realizar compras con las mejores opciones en precio y calidad. Previo inicio de operación del sistema, se deberán dar a conocer sus lineamientos específicos.
TÍTULO CUARTO
Montos
Artículo 18. Los montos y límites que determinan el procedimiento de adquisición de bienes y contratación de servicios, se regirán de conformidad con el presente Título, siempre que se trate de recursos propios, estatales, así como recursos federales en los que aplique la normatividad estatal.
CAPÍTULO I
De la Adjudicación Directa
Artículo 19. El monto máximo autorizado, para que los Entes Públicos puedan llevar a cabo AD, es de
$349,999.99 (Trescientos cuarenta y nueve mil, novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.), más IVA, por partida presupuestal anual.
Artículo 20. Para la adquisición de bienes o servicios mediante adjudicación directa por un monto superior al establecido en el artículo anterior, el Pleno del CADPE, mediante acuerdo expreso, podrá autorizar la compra o adjudicación respectiva, siempre y cuando se actualicen los supuestos establecidos en los artículos 30 de la Ley de Adquisiciones y 31 de su Reglamento, y previa solicitud oficial del Ente Público de que se trate.
CAPÍTULO II
De la Invitación Restringida
Artículo 21. Los Entes Públicos deberán solicitar al CADPE las adjudicaciones y la contratación de servicios mediante el procedimiento de IR a cuando menos tres proveedores, cuando los montos a adjudicar oscilen entre los $350,000.00 (Trescientos cincuenta mil pesos 00/100 M. N.), más IVA, y hasta $2’599,999.99 (Dos millones quinientos noventa y nueve mil, novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M. N.), más IVA, por partida presupuestal anual.
Artículo 22. Los Entes Públicos podrán solicitar al CADPE las adjudicaciones o la contratación de servicios mediante el procedimiento de IR con acortamiento de plazos, siendo indispensable que su solicitud sea debidamente fundada y motivada, para que esta sea analizada y, en su caso, autorizada por el Pleno del CADPE.
CAPÍTULO III
De la Licitación Pública
Artículo 23. Los Entes Públicos deberán solicitar al CADPE las adjudicaciones y la contratación de servicios mediante el procedimiento de LP, cuando el monto mínimo a adjudicar sea la cantidad de $2’600,000.00 (Dos millones seiscientos mil pesos 00/100 M. N.), más IVA, sin límite superior.
Sin perjuicio de lo anterior, la DG del CADPE podrá optar por realizar LP tratándose de montos menores cuando así lo estime necesario para garantizar al estado las mejores condiciones.
Artículo 24. Los Entes Públicos podrán solicitar al CADPE las adjudicaciones y la contratación de servicios mediante el procedimiento de LP con acortamiento de plazos, siendo indispensable que su solicitud sea debidamente fundada y motivada, para que esta sea analizada y, en su caso, autorizada por el Pleno del CADPE.
TÍTULO QUINTO
Procedimientos CAPÍTULO I
Generales
Artículo 25. Para gestionar la contratación de bienes o servicios ante este Comité, deberán de verificar que dicho requerimiento se encuentra incluido en el PAAAyS, de lo contrario se tendrá que solicitar su inclusión a éste.
Artículo 26. La fecha límite para presentar solicitudes para la instrumentación de procedimientos de adquisiciones de bienes y/o servicios, para el ejercicio fiscal 2017, será el 17 de noviembre de 2017, salvo que la SFA cierre Presupuesto de Egresos con fecha anterior, después de esa fecha, sólo se recibirán y tramitarán los procedimientos previo acuerdo del Pleno del CADPE.
Artículo 27. Los Entes Públicos podrán realizar adquisiciones a través de los procedimientos de AD o IR siempre que el monto no sea superior a lo establecido en los artículos 19 y 21 por partida presupuestal anual, y las operaciones no se hayan fraccionado para quedar comprendidas dentro de dichos procedimientos.
Se considera que se ha fraccionado una operación, cuando en el mismo ejercicio fiscal se realizan diferentes compras, que correspondan a la misma rama de la actividad económica respectiva y que su importe total rebasa el monto máximo autorizado para los procedimientos de AD e IR.
Artículo 28. En los procesos de contratación de adquisiciones, arrendamientos y servicios, el CADPE y los Entes Públicos preferirán, en igualdad de circunstancias, a las personas físicas x xxxxxxx que estén establecidas en el Estado, asimismo, con el propósito de dar cumplimiento al Plan de Desarrollo Integral del Estado de Michoacán, la DG del CADPE podrá establecer en las bases, porcentajes diferenciales de precio en favor de las mismas, los cuales nunca podrán ser superiores al 5% del precio más bajo ofertado por algún proveedor que no tenga domicilio en el Estado de Michoacán.
Tratándose de bienes que contengan madera, se dará preferencia a los proveedores que acrediten que la madera proviene de bosques con madera certificada.
Artículo 29. Los Entes Públicos que cuenten con recursos para operación de origen federal, tendrán que acudir al CADPE para tramitar un Convenio de Coordinación de Acciones para llevar a cabo los procedimientos de contratación, asimismo los que cuenten con registro de unidad compradora, deberán solicitar autorización al Pleno del CADPE para continuar con su operación. El plazo para dar cabal cumplimiento a la gestión de dicha autorización, será durante el mes de enero de cada ejercicio fiscal.
Para el caso de las unidades compradoras autorizadas, deberán rendir un informe mensual de los procedimientos de contratación que se realicen. La DG deberá de dar vista al Pleno del CADPE de las adquisiciones a que hace referencia este artículo al momento de rendir su informe trimestral o, de considerarlo necesario, en cualquier sesión ordinaria o extraordinaria.
De ser omisos ante cualquiera de los dos supuestos anteriores, se dará aviso del incumplimiento a la Secretaría de Contraloría para los efectos administrativos correspondientes.
El pleno del CADPE podrá revocar la autorización del uso de la unidad compradora cuando se detecten irregularidades en el uso de la misma o cuando así resulte conveniente para el Gobierno del Estado.
Artículo 30. Para la elaboración del Convenio de Coordinación de Acciones, se requiere presentar los siguientes documentos:
Decreto de Creación del Ente Público solicitante;
Reglamento Interno del Ente Público solicitante;
Nombramiento del Titular del Ente Público solicitante, firmado por el Gobernador; e,
Identificación Oficial del Titular.
Asimismo la solicitante sugerirá a proveedores y prestadores de servicios interesados en participar que deberán aplicar lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, quienes contarán con su registro en CompraNet y en caso de resultar adjudicado, la convocante registrará al proveedor ante el Registro Único de Proveedores y Contratistas.
En el caso de las Delegaciones Federales con sede en el Estado, podrán celebrar los convenios a los que hace referencia este artículo siempre y cuando tengan facultades para ejercer sus recursos de manera autónoma.
CAPÍTULO II
De la Adquisición por Adjudicación Directa
Artículo 31. Los proveedores deben estar inscritos y actualizados al ejercicio fiscal 2017, en el PDP del CADPE, debiendo contar con la clave de suministro correspondiente para realizar el proceso de contratación.
Se utilizará el formato de contrato autorizado por el CADPE, ya sea de compraventa o de prestación de servicios (formato 1-7).
Tratándose de adquisiciones directas de bienes y/o servicios que no rebasen el monto de $9,999.99 (Nueve mil novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.) más IVA, deberán contar con una cotización, misma que deberá contener precios unitarios de cada partida y con el IVA desglosado a dos decimales.
Las adquisiciones directas de bienes y servicios mayores de $10,000.00 (Diez mil pesos 00/100 M. N.), más IVA, hasta $49,999.99 (Cuarenta y nueve mil novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.) más IVA, se deberán respaldar con tres cotizaciones como mínimo, las cuales deberán corresponder a bienes o servicios de las mismas características, con precios unitarios de cada partida con el IVA desglosado a dos decimales.
En los supuestos señalados en los dos párrafos anteriores, no será necesario utilizar el formato de contrato establecido, ni presentar las garantías a que hace referencia el artículo 85. Únicamente se utilizará el formato de pedido (formato 2), la requisición de compra y la factura de aplicación de los recursos. Lo anterior, siempre y cuando no se realice el fraccionamiento previsto en el párrafo segundo del artículo 27.
Tratándose de AD de $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), más IVA, hasta $349,999.99 (Trescientos cuarenta y nueve mil, novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.), más IVA, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
I. Los proveedores deberán presentar cheque cruzado como garantía de cumplimiento de contrato a que hace referencia el artículo 85;
II. Los Entes Públicos deberán contar con mínimo tres cotizaciones que deberán corresponder a bienes o servicios de las mismas características, con precios unitarios de cada partida con el IVA desglosado a dos decimales; y,
III. Se deberá utilizar la requisición de compra, la factura de aplicación de los recursos y el formato de
contrato (formato 1).
Tratándose de AD cuyo monto sea superior a $350,000.00 (Trescientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) más IVA, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
I. Los Entes Públicos deberán solicitar la autorización del Pleno del CADPE en términos del artículo 37;
II. Se deberá utilizar el formato de contrato (formato 1), la requisición de compra, y la factura de aplicación de los recursos; y
III. Los proveedores deberán presentar fianza expedida por institución legalmente autorizada para tal efecto en términos de lo establecido en el artículo 85, cumpliendo de manera íntegra con lo solicitado por la Subdirección Jurídica del CADPE.
Artículo 32. En el caso de incumplimiento de la orden de pedido por parte del proveedor, se deberá dar aviso de inmediato a la DG del CADPE, quien deberá iniciar el procedimiento de sanción previsto en la Ley de Adquisiciones.
Artículo 33. Será de la estricta responsabilidad de los Entes Públicos subir a la página de internet xxx.xxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx un informe mensual de las adquisiciones directas de bienes y servicios, realizadas en el mes inmediato anterior, dentro de los primeros cinco días naturales de cada mes.
La información proporcionada por este medio, se ingresará a la página de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Michoacán.
En caso de incumplimiento, se dará aviso a la Secretaría de la Contraloría para los efectos administrativos correspondientes.
Artículo 34. Previo a la adquisición de vehículos, debe agotarse el análisis de la factibilidad de arrendarlos, que estará a cargo de la Subsecretaría de Administración e Innovación de Procesos de la SFA.
Si fuera necesaria la adquisición, se deberá presentar la autorización que emita la Comisión de Gasto- Financiamiento del Estado de Michoacán xx Xxxxxx, ajustándose al procedimiento descrito en el capítulo V de los Lineamientos de Austeridad.
Tratándose de Entidades, deberán adjuntar la autorización de su Junta de Gobierno o equivalente.
Artículo 35. Para la adquisición de vehículos automotores deberán sujetarse a los montos establecidos en el artículo siguiente.
Artículo 36. Para la adquisición por compra de 1 hasta 5 vehículos automotores utilitarios que no rebasen el costo por unidad de $499,999.99 (Cuatrocientos noventa y nueve mil, novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.) más IVA, se deberá cumplir de manera íntegra con lo solicitado por la Subdirección Jurídica del CADPE; y para garantizar el cumplimiento del contrato, se tendrá que presentar cheque cruzado por el 10% del importe total del contrato sin incluir IVA, siempre y cuando dichos vehículos no incluyan balizamiento y/o equipamiento con adaptaciones especiales que no formen parte de su diseño original, de incluirse esto, el proveedor deberá presentar garantía consistente en póliza de fianza por el importe indicado.
A partir de seis vehículos o bien que la adquisición de los mismos rebase el monto señalado en el párrafo anterior, se realizará mediante el procedimiento de adquisición que corresponda conforme a los montos establecidos en el título IV.
Artículo 37. Los Entes Públicos deberán presentar al CADPE, para el procedimiento de AD, la información y documentos siguientes:
Solicitud de adquisición de los bienes y/o servicios, conforme al formato establecido, descargable en xxx.xxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, debidamente fundada, motivada y firmada por el titular del Ente Público solicitante, la cual contendrá los datos y anexos que se indican a continuación:
Justificación de la adquisición por adjudicación directa, fundamentando la excepción en el artículo 30 de la Ley de Adquisiciones en la fracción que corresponda, expresando de manera fundada y motivada, las causas por las cuales no cabe otro tipo de procedimiento de contratación, así como la explicación acerca de la elección del proveedor.
En caso de solicitar una marca o un bien en específico, se deberán expresar los motivos sobre el por qué se requiere la marca, ya sea que se trate de razones técnicas, económicas o de patente; en el caso de la patente, se deberá anexar copia certificada de la misma;
Cantidad de bienes, y/o servicios requeridos y unidad de medida, en documento suscrito por el área operativa demandante de los bienes y/ o servicios;
Descripción técnica con especificaciones detalladas de los bienes y/o servicios;
Monto estimado de adquisición con IVA desglosado a dos decimales, con número y letra (precosteo);
Origen de los recursos. Cuando sean de origen federal, se deberá indicar el ramo y fondo del Presupuesto de Egresos de la Federación al que correspondan y especificar si, para su ejercicio mantienen su naturaleza o se convierten en Estatales, a fin de determinar la normatividad aplicable. En caso de que los recursos sean de origen federal y para su ejercicio mantengan su naturaleza, se manifestará si se cuenta con el Convenio de Coordinación de Acciones suscrito con el CADPE para la realización de los procedimientos de adquisición, en la inteligencia que dichos procedimientos, son facultades de éste;
Indicar el número de cada una de las partidas presupuestales donde se encuentre radicado el recurso, así como las partidas que se afectarán, de acuerdo al COG autorizado para el ejercicio fiscal 2017;
Registro Federal de Contribuyentes del Ente Público emisor del pago; Lugar de entrega y recepción de los bienes y/o servicios;
Plazo para la entrega de los bienes y/o servicios. Si la entrega es en parcialidades, se deberá anexar el calendario que indique el lugar, cantidad, fecha y tiempo de entrega;
Expresar si se requiere muestra, catálogos y/o prototipos, de los bienes y/o servicios por contratar;
Indicar las normas de calidad y/o certificaciones oficiales que deberán de cumplir los bienes y/o servicios, anexar copia simple de cada una de ellas.
Tratándose de bienes que contengan madera, se deberá dar preferencia a los proveedores que acrediten que la madera proviene de bosques con madera certificada;
Manifestar el plazo para efectuar el pago al proveedor precisando días hábiles o naturales, éste no deberá ser menor a 20 días hábiles después de la firma del contrato;
Mencionar si se otorgará anticipo, de ser afirmativo, establecer el monto, mismo que no excederá el 50% del total del contrato;
Domicilio, número telefónico de contacto, correo electrónico y nombre de la persona que fungirá como enlace; así como las personas comisionadas para asistir a los eventos;
Indicar la pena convencional que se aplicará al proveedor por el retraso en la entrega de los bienes o prestación del servicio, que no podrá ser inferior al 0.5 al millar diario sobre el monto total del contrato;
Domicilio, número telefónico de contacto, correo electrónico y nombre del proveedor a adjudicar; y,
Los demás requisitos adicionales que señale la DG del CADPE o el área solicitante y/o disposiciones normativas aplicables.
Copia y original para cotejo de certificación de disponibilidad presupuestaria vigente al momento de formular la solicitud dentro del ejercicio fiscal 2017, misma que deberá ser otorgada por la SFA o el Ente Público que cuente con los recursos a aplicar.
Para el caso del uso de recursos obtenidos como resultado de economías de ejercicios anteriores, considerados como ahorros presupuestales, se adjuntará copia cotejada del acuerdo de autorización por su Órgano de Gobierno o su similar para comprometer dichos recursos. Dicha certificación presupuestal deberá de tener vigencia, cuando menos, desde el inicio del procedimiento y hasta la firma del contrato.
En el caso de que el recurso este ya radicado en el Ente Público, se presentará el estado de cuenta para comprobar la suficiencia presupuestal, deberá ser con fecha xx xxxxx al mes inmediato anterior y certificado por el Delegado Administrativo del Ente Público solicitante, indicando el monto que se reserva para dicho procedimiento;
Dictamen Técnico. Los Entes Públicos deberán obtener un dictamen técnico del CETIC, cuando pretendan adquirir bienes y/o contratar servicios informáticos cualquiera que sea el procedimiento utilizado, con el objeto de garantizar la interoperabilidad, estandarización y eficiencia de los recursos, con una vigencia máxima de 90 días naturales, para realizar la compra.
Quedan incluidos en forma enunciativa y no limitativa: equipo informático, no incluyendo consumibles ni refacciones menores, de telecomunicaciones, software de terceros (licencias, sistemas a la medida o llave en mano), redes, servicios sobre internet y servicios en materia de tecnologías de información y comunicaciones.
El CETIC, deberá emitir y difundir, en un plazo no mayor a 7 días posteriores a la publicación de las presentes BALINES, el procedimiento, criterios y estándares para la emisión de dictámenes técnicos;
Dictamen Técnico. Los Entes Públicos, deberán solicitar un dictamen técnico a la COFOM, cuando pretendan adquirir bienes que contengan madera, con la finalidad de que esta entidad avale la legal procedencia de las materias primas forestales;
Copia del PAAAyS donde aparezca el gasto o en su defecto oficio de ampliación o cambios realizados en él, sellados de recibido por el CADPE;
Carta compromiso de pago, donde indique el Delegado Administrativo, bajo protesta de decir verdad, el nombre del proveedor adjudicado, monto total con IVA incluido y el plazo de tiempo expresado en días hábiles o naturales en el que se compromete a efectuar el pago y/o el plazo para la entrega del contra- recibo, cuando el pago se realice a través de la SFA, mismo que deberá coincidir con el plazo estipulado en la solicitud;
Carta bajo protesta de decir verdad de mejor proveedor, debidamente fundada y motivada, suscrita por el Titular, Delegado Administrativo o equivalente.
Estudio xx xxxxxxx. Consistente en un mínimo de 3 cotizaciones y un cuadro comparativo. Las cotizaciones deberán contener el mismo concepto y preferentemente de proveedores inscritos en el PDP del CADPE; deberán de constar en original, con firma del Proveedor y cuya vigencia no podrá de ser menor a 30 días, monto total en letra y con IVA desglosado y copia de su registro actualizado del PDP del CADPE o registro en CompraNet. El cuadro comparativo deberá contener el precosteo y los demás montos con IVA desglosado a dos decimales, invariablemente firmado por el Titular y/o Delegado Administrativo del Ente Público solicitante; y,
Archivo digital. Deberá contener la solicitud, el cuadro comparativo, las especificaciones, los planos, dibujos o diagramas de los bienes o servicios solicitados y demás anexos en formato Word, Excel y PDF.
CAPÍTULO III
De la Adquisición por IR y LP
Artículo 38. Los Entes Públicos deberán tomar en cuenta que la LP e IR tendrán la duración establecida en la normatividad vigente, más 10 días naturales para la firma del contrato.
Artículo 39. El CADPE podrá celebrar las juntas de aclaraciones que se consideren necesarias, atendiendo a las características de los bienes y/o servicios objeto de la LP o IR, en donde la obligatoriedad de la asistencia se determinará en las bases concursales.
Si derivado de la o las juntas de aclaraciones se determina posponer la fecha de celebración del acto de presentación y apertura de proposiciones, así como el fallo, la modificación respectiva a la convocatoria a la LP o IR, deberá darse a conocer en el acta correspondiente, y se considerará un plazo igual al tiempo en que se difirió la junta de aclaraciones.
Artículo 40. Para el procedimiento de LP e IR se deberá presentar ante el CADPE la siguiente documentación e información:
Solicitud de adquisición de los bienes y/o servicios, debidamente requisitada y firmada por el titular de la Dependencia o Entidad solicitante o bien, por el servidor público al que se le haya delegado dicha atribución, adjuntando el soporte documental correspondiente, la cual contendrá los datos y anexos que se indican acontinuación:
Cantidad de bienes y/o servicios requeridos y unidad de medida, en documento suscrito por el área operativa demandante de los bienes y/ o servicios.
Descripción técnica con especificaciones detalladas de los bienes y/o servicios. En la definición de las características se deberá considerar impulsar la competencia entre proveedores en los procedimientos de contratación, con el propósito de promover una mayor participación de licitantes;
Monto estimado de adquisición con IVA desglosado a dos decimales, con número y letra, en caso de que los bienes y/o servicios no causen IVA se tendrá que señalar;
Origen de los recursos. Cuando sean de origen federal se deberá indicar el ramo y fondo del Presupuesto de Egresos de la Federación al que correspondan y especificar si, para su ejercicio, mantienen su naturaleza o se convierten en Estatales, a fin de determinar la normatividad aplicable.
En caso de que los recursos sean de origen federal y para su ejercicio mantengan su naturaleza, se manifestará si se cuenta con el convenio de coordinación de acciones suscrito con el CADPE para la realización de los procedimientos de contratación, en la inteligencia que los procedimientos de licitaciones son facultades de éste;
Indicar el número y nombre de cada una de las partidas presupuestales donde se encuentre radicado el recurso, así como de las partidas que se afectarán de acuerdo al COG autorizado para el ejercicio fiscal 2017;
Registro Federal de Contribuyentes del Ente Público emisor del pago; Lugar de entrega y recepción de los bienes y/o servicios;
Plazo para entrega de los bienes y/o servicios. Si la entrega es en parcialidades, se deberá anexar el calendario que indique el lugar, cantidad, fecha y tiempo de entrega;
Expresar si se requiere muestra, catálogos y/o prototipos, de los bienes y/o servicios por contratar;
Indicar las normas de calidad y/o certificaciones oficiales que deberán de cumplir los bienes y/o servicios, mismas que deberán adjuntar copia simple de cada una.
Cuando se trate de bienes que contengan madera, incluir los documentos que acrediten que la madera es de legal procedencia;
Manifestar el plazo para efectuar el pago al proveedor precisando días hábiles o naturales, éste no deberá ser menor a 20 días hábiles después de la firma del contrato;
Mencionar si se otorgará anticipo, de ser afirmativo, establecer plazo y éste no excederá el 50% del monto total del contrato;
Domicilio, número telefónico de contacto, correo electrónico y nombre de la persona y cargo, que
fungirá como enlace; así como las personas comisionadas para asistir a los eventos.
El personal comisionado deberá tener pleno conocimiento de las especificaciones técnicas de los bienes y/o servicios que se van a contratar, para que contesten satisfactoriamente las preguntas en las juntas de aclaraciones y, de ser necesario, expliquen con precisión aspectos relacionados con las características técnicas de los bienes y/o servicios;
Indicar la pena convencional que se aplicará al proveedor por el retraso en la entrega de los bienes o prestación del servicio, que no podrá ser inferior al 0.5 al millar diario sobre el monto total del contrato; y,
Los demás requisitos adicionales que señale la DG del CADPE o el área solicitante y/o disposiciones normativas aplicables.
Certificación de disponibilidad presupuestaria vigente dentro del ejercicio fiscal 2017, misma que deberá ser o el Ente Público que cuente con los recursos a aplicar.
Para el caso del uso de recursos obtenidos como resultado de ejercicios anteriores considerados como ahorros presupuestales, se adjuntará copia cotejada del acuerdo de autorización por su órgano de gobierno o su similar para comprometer dichos recursos. Dicha certificación presupuestal deberá de tener vigencia, cuando menos, desde el inicio del procedimiento y hasta la firma del contrato.
En el caso de que el recurso este ya radicado a la dependencia o entidad, se presentará el estado de cuenta para comprobar la suficiencia presupuestal, con fecha xx xxxxx al mes inmediato anterior y certificado por el Delegado Administrativo de la dependencia o entidad solicitante, indicando el monto que se reserva para dicho procedimiento;
Dictamen Técnico. Los Entes Públicos deberán obtener dictamen técnico del CETIC, cuando pretendan adquirir bienes y/o contratar servicios informáticos, cualquiera que sea el procedimiento utilizado, con el objeto de garantizar la interoperabilidad, estandarización y eficiencia de los recursos, con una vigencia máxima de 90 días naturales, para realizar la compra o iniciar el proceso de LP o IR.
Quedan incluidos en forma enunciativa y no limitativa: equipo informático no incluyendo consumibles ni refacciones menores, de telecomunicaciones, software de terceros (licencias, sistemas a la medida o llave en mano), redes, servicios sobre internet y servicios en materia de tecnologías de información y comunicaciones.
El CETIC, deberá emitir y difundir, en un plazo no mayor a 7 días posteriores a la publicación de los presentes BALINES, el procedimiento, criterios y estándares para la emisión de dictámenes técnicos;
Dictamen Técnico. Los Entes Públicos, deberán obtener un dictamen técnico a la COFOM, cuando pretendan adquirir bienes que contengan madera, con la finalidad de que esta entidad avale la legal procedencia de las materias primas forestales.
Carta compromiso de pago, donde indique el Delegado Administrativo, bajo protesta de decir verdad, el plazo de tiempo expresado en días hábiles o naturales en el que compromete a efectuar el pago al proveedor y/o el plazo para la entrega del contra-recibo, cuando el pago se realice a través de la Secretaria de Finanzas y Administración, misma que deberá coincidir con el plazo estipulado en la solicitud;
Copia del PAAAyS donde aparezca el gasto o en su defecto oficio de ampliación o cambios realizados en él, sellados de recibido por el CADPE;
Estudio xx xxxxxxx. Consistente en un mínimo de 3 cotizaciones y un cuadro comparativo. Las cotizaciones deberán contener el mismo concepto y preferentemente de proveedores inscritos en el PDP del CADPE; deberán de constar en original, con firma del Proveedor y cuya vigencia no podrá de ser menor a 30 días, monto total en letra y con IVA desglosado y copia de su registro actualizado del PDP del
CADPE o registro en CompraNet. El cuadro comparativo deberá contener el precosteo y los demás montos con IVA desglosado a dos decimales, invariablemente firmado por el Titular y/o Delegado Administrativo del Ente Público solicitante; y,
Archivo digital. Deberá contener la solicitud, el cuadro comparativo, las especificaciones, los planos, dibujos o diagramas de los bienes o servicios solicitados y demás anexos en formato Word y formato PDF.
Artículo 41. Los proveedores, una vez realizada la compra de bases, deberán acudir ante el CADPE con el recibo de pago para el sello de autorización correspondiente, exclusivamente los días de venta de bases, con la finalidad de contar con el registro de los participantes y así poder garantizar al Gobierno del Estado las mejores condiciones.
Artículo 42. Cuando se declare desierta una LP e IR, será requisito indispensable para iniciar la segunda vuelta, la solicitud por escrito por parte del Ente Público solicitante, siempre y cuando se encuentre en los supuestos de dichos procedimientos, actualizando la documentación vencida y proporcionando fotocopia simple de los demás documentos referidos en el artículo 40.
Artículo 43. Es responsabilidad de los Entes Públicos, enviar al CADPE, a más tardar 10 días hábiles posteriores a la recepción de bienes adquiridos y adjunto al correo xxxxx_xxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx, el documento o constancia de recepción y copia de la factura del proveedor, debidamente selladas y firmadas, con el propósito de comprobar si se entregó en tiempo y forma, de acuerdo a lo establecido en el contrato.
En caso de incumplimiento, se dará aviso a la Secretaría de la Contraloría para los efectos administrativos correspondientes.
Artículo 44. La Secretaría de Contraloría y el CETIC deberán notificar al menos con 24 horas de anticipación al inicio de la licitación, el oficio de comisión donde se asigna a las personas que asistirán en representación a los eventos de los procedimientos de licitatorios, señalando nombre y cargo.
Artículo 45. Las bases concursales para los procedimiento de LP e IR, serán las aquellas señaladas en los formatos 8 y 9 respectivamente, pudiéndose hacer las adecuaciones necesarias según se requiera para cada procedimiento en particular.
CAPÍTULO IV
De la Evaluación de las Proposiciones Técnicas y Económicas
SECCIÓN I
Criterio de Evaluación
Artículo 46. Los Entes Públicos, para la evaluación de las proposiciones, deberán utilizar el criterio indicado por el CADPE en las bases de la IR y LP.
Artículo 47. La convocante y la solicitante deberán verificar que las proposiciones cumplan con los requisitos solicitados en las bases para la IR y LP.
Artículo 48. Se otorgarán beneficios en la contratación con personas con discapacidad, con empresas que cuenten con trabajadores con discapacidad, jefas de familia y adultos mayores, y a proveedores xx xxxxxx certificada, así como lo estipulado por el artículo 28, en los términos de los lineamientos que en específico se emitan para cada uno de los supuestos anteriores por el Pleno del CADPE.
SECCIÓN II
Proposiciones Conjuntas
Artículo 49. Dos o más personas podrán presentar conjuntamente una proposición, sin necesidad de constituir
una sociedad, o una nueva sociedad en caso de personas xxxxxxx. Para efecto de lo señalado en la presente sección, se deberán cumplir los siguientes requisitos:
I. La propuesta técnica y económica deberá ser firmada por todos los participantes que actúen de manera conjunta de manera autógrafa, o por sus representantes legales, debiendo llevar el sello y membrete de cada uno de ellos;
II. Los requisitos señalados en las bases concursales deberán ser cumplidos en su cabalidad por todas los participantes que actúen en conjunto, salvo que la solicitante y la convocante consideren lo contrario y dicha situación se haga constar en la junta de aclaraciones o en el acta de apertura de propuestas;
III. En la propuesta técnica y en la económica, así como en el contrato respectivo, se establecerán con precisión las obligaciones a cargo de cada una de ellas, así como la manera en que se exigirá su cumplimiento;
IV. Cuando la proposición conjunta resulte adjudicada, el contrato deberá ser firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes en la proposición o por ellas mismas en términos del artículo 89; y,
V. Para efectos del procedimiento y del contrato se considerará a los participantes y proveedores como responsables mancomunados, salvo que en la propuesta y/o en el contrato se establezca que la obligación será solidaria.
Lo dispuesto en este artículo deja a salvo la posibilidad que las personas que integran la proposición conjunta puedan constituirse en una nueva sociedad.
Artículo 50. Los actos, contratos, convenios o combinaciones que lleven a cabo los licitantes en cualquier etapa del procedimiento de LP e IR, deberán apegarse a lo dispuesto por la Ley Federal de Competencia Económica en materia de prácticas monopólicas y concentraciones, sin perjuicio de que los Entes Públicos determinarán los requisitos, características y condiciones de los mismos, en el ámbito de sus atribuciones. Cualquier licitante o el convocante podrán hacer del conocimiento de la Comisión Federal de Competencia, hechos materia de la citada Ley, para que resuelva lo conducente.
SECCIÓN III
Ajuste de Precios
Artículo 51. Se podrá pactar en el pedido o contrato el decremento o incremento de precios, siempre que:
I. El ajuste se haya establecido en las bases del procedimiento; y,
II. Se cuente, en su momento, con la suficiencia presupuestal correspondiente que ampare el incremento de los precios.
En estos casos la solicitante deberá incluir en su solicitud la justificación y respaldos del ajuste de precios solicitado y establecer la fórmula o mecanismo que se utilizará para su determinación.
En el caso de AD, el mecanismo de ajuste se deberá considerar tanto en la cotización, como la solicitud de las UR.
Artículo 52. Los contratos deberán redactarse en español y su importe deberá estipularse en moneda nacional, desglosando el IVA e indicando el importe total del contrato.
Sin embargo, cuando la naturaleza del procedimiento de compra o contratación así lo requiera, su importe se podrá consignar en moneda extranjera, debiéndose estipular que el pago se realizará en moneda nacional al tipo de cambio que para tal fin fije el Banco de México para la fecha en que se tenga programada la realización del pago, y se publique en el Diario Oficial de la Federación.
En el supuesto que existan variaciones en el tipo de cambio y el contrato no haya sido pagado, será requisito indispensable contar con la suficiencia presupuestal que ampare el incremento de la contraprestación original en moneda nacional.
SECCIÓN IV
Requisitos de las Proposiciones
Artículo 53. Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas que las integran. Al efecto, se deberán numerar de manera individual, progresivamente las propuestas técnica y económica, así como el resto de los documentos que entregue el participante. Esta previsión se indicará en las bases concursales de la LP o IR.
Artículo 54. Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate entre dos o más proveedores en una misma o más partidas, se deberá adjudicar el contrato en primer término a la empresa que tenga su domicilio en el Estado de Michoacán.
Artículo 55. En caso de subsistir el empate, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice el CADPE, el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada licitante empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente, las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados en esa partida, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. Si hubiera más partidas empatadas se llevará a cabo un sorteo por cada una de ellas, hasta concluir con la última que estuviera en ese caso.
Artículo 56. Cuando el CADPE, detecte un error de cálculo en alguna proposición, podrá llevar a cabo su rectificación, cuando la corrección no implique la modificación del precio unitario.
En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y número, prevalecerá la primera, por lo que de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados, éstos podrán corregirse.
Artículo 57. En los casos previstos en el artículo anterior, el CADPE no deberá desechar la propuesta económica. Las correcciones se harán constar en el fallo a que se refiere el artículo 20 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones.
Artículo 58. Si la propuesta económica del licitante a quien se le adjudique el contrato, fue objeto de correcciones y éste no acepta las mismas, el CADPE, podrá adjudicar el contrato al licitante que haya obtenido el segundo lugar, siempre que la diferencia en precio no sea superior a un margen del 10%, en su caso, sólo por lo que hace a las partidas afectadas por el error.
CAPÍTULO V
De la Adquisición de Uniformes para el Personal de Base y Sindicalizado
Artículo 59. Para la adquisición de uniformes del personal de base y sindicalizado, los Entes Públicos podrán hacerlo mediante los procedimientos previstos en el Título Quinto de los BALINES o por conducto de la Subsecretaría de Administración e Innovación de Procesos de SFA. El Pleno del CADPE deberá emitir los lineamientos que regulen este último supuesto, en el que se contemple la participación de los trabajadores en la evaluación de muestras.
CAPÍTULO VI
Del Acortamiento de Plazos
Artículo 60. Los Entes Públicos que requieran realizar adquisiciones con acortamiento de plazos, deberán presentar al CADPE la solicitud debidamente fundada y motivada, cumpliendo con los requisitos previstos en los artículos 29, 30 y 40, respectivamente.
CAPÍTULO VII
Concurso Público a Través de Ofertas Subsecuentes de Descuentos (CP)
Artículo 61. El Pleno del CADPE podrá autorizar la celebración de CP, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
I. Que los bienes tengan características técnicas objetivamente definidas, por encontrarse estandarizadas en el mercado;
II. Que se verificó con la investigación xx xxxxxxx que existe competitividad suficiente, al constatar que hay al menos tres licitantes potenciales que cumplen con la capacidad y experiencia requeridas para la contratación, de acuerdo a la naturaleza de la licitación;
III. Que se puede realizar la evaluación legal y técnica de las proposiciones en un término máximo de veinticuatro horas, contadas a partir de la conclusión del acto de presentación y apertura de proposiciones; y,
IV. En su caso, que se cuenta con las fórmulas de ajuste que permitan homologar las proposiciones de los licitantes nacionales o extranjeros, cuando la convocante permita a éstos presentar sus ofertas con distintas características, entre otras, el lugar o forma de entrega, a fin de evitar que se favorezca a algún participante.
El CP se deberá celebrar en junta pública, con la representación de la solicitante y de la Secretaría de Contraloría.
Artículo 62. Para el procedimiento de CP se deberá presentar ante el CADPE la siguiente información y documentación:
I. Solicitud de adquisición de los bienes y/o servicios, debidamente requisitada y firmada por el titular de la Dependencia o Entidad solicitante o bien, por el servidor público al que se le haya delegado dicha atribución, adjuntando el soporte documental correspondiente, la cual contendrá los datos y anexos que se indican acontinuación:
La justificación debidamente fundada y motivada, señalando que se cumplen los requisitos mencionados en el artículo 61;
Cantidad de bienes y/o servicios requeridos y unidad de medida;
Descripción técnica con especificaciones detalladas de los bienes y/o servicios. En la definición de las características se deberá considerar impulsar la competencia entre proveedores en los procedimientos de contratación, con el propósito de promover una mayor participación de licitantes;
Monto estimado de adquisición con IVA desglosado a dos decimales, con número y letra, en caso de que los bienes y/o servicios no causen IVA se tendrá que señalar;
Indicar el número y nombre de cada una de las partidas presupuestales donde se encuentre radicado el recurso, así como de las partidas que se afectarán de acuerdo al COG autorizado para el ejercicio fiscal 2017;
Registro Federal de Contribuyentes del Ente Público emisor del pago; Lugar de entrega y recepción de los bienes y/o servicios;
Plazo para entrega de los bienes y/o servicios. Si la entrega es en parcialidades, se deberá anexar el calendario que indique el lugar, cantidad, fecha y tiempo de entrega;
Expresar si se requiere muestra, catálogos y/o prototipos, de los bienes y/o servicios por contratar; Indicar las normas de calidad y/o certificaciones oficiales que deberán de cumplir los bienes y/o servicios,
mismas que deberán adjuntar en copia simple de cada una.
Cuando se trate de bienes que contengan madera, incluir los documentos que acrediten que la madera es de legal procedencia;
Manifestar el plazo para efectuar el pago al proveedor en días hábiles o naturales, éste no deberá ser menor a 20 días hábiles después de la firma del contrato;
Mencionar si se otorgará anticipo, de ser afirmativo, establecer plazo y éste no excederá el 50% del monto total del contrato;
Domicilio, número telefónico de contacto, correo electrónico y nombre de la persona que fungirá como enlace; así como las personas comisionadas para asistir a los eventos.
El personal comisionado deberá tener pleno conocimiento de las especificaciones técnicas de los bienes que se van a adquirir, para que contesten satisfactoriamente las preguntas en las juntas de aclaraciones y, de ser necesario, expliquen con precisión aspectos relacionados con las características técnicas de los bienes;
Indicar la pena convencional que se aplicará al proveedor por el retraso en la entrega de los bienes o prestación del servicio, que no podrá ser inferior al 0.5 al millar diario sobre el monto total del contrato; y,
Los demás requisitos adicionales que señale la DG del CADPE o el área solicitante y/o disposiciones normativas aplicables.
II. Certificación de disponibilidad presupuestaria vigente dentro del ejercicio fiscal 2017, misma que deberá ser otorgada por la SFA o el Ente Público que cuente con los recursos a aplicar.
Para el caso del uso de recursos obtenidos como resultado de ejercicios anteriores considerados como ahorros presupuestales, se adjuntará copia cotejada del acuerdo de autorización por su órgano de gobierno o su similar para comprometer dichos recursos. Dicha Certificación Presupuestal deberá de tener vigencia, cuando menos, desde el inicio del procedimiento y hasta la firma del contrato.
En el caso de que el recurso este ya radicado a la dependencia o entidad, se presentará el estado de cuenta para comprobar la suficiencia presupuestal, con fecha xx xxxxx al mes inmediato anterior y certificado por el Delegado Administrativo de la dependencia o entidad solicitante, indicando el monto que se reserva para dicho procedimiento;
III. Dictamen Técnico. Los Entes Públicos deberán obtener dictamen técnico del CETIC, cuando pretendan adquirir bienes y/o contratar servicios informáticos, cualquiera que sea el procedimiento utilizado, con el objeto de garantizar la interoperabilidad, estandarización y eficiencia de los recursos, con una vigencia máxima de 90 días naturales, para realizar la compra o iniciar el proceso de LP o IR.
Quedan incluidos en forma enunciativa y no limitativa: equipo informático no incluyendo consumibles ni refacciones menores, de telecomunicaciones, software de terceros (licencias, sistemas a la medida o llave en mano), redes, servicios sobre internet y servicios en materia de Tecnologías de Información y Comunicaciones.
El CETIC, deberá emitir y difundir, en un plazo no mayor a 7 días posteriores a la publicación de los presentes BALINES, el procedimiento, criterios y estándares para la emisión de dictámenes técnicos;
IV. Dictamen Técnico. Los Entes Públicos, deberán solicitar un dictamen técnico a la COFOM, cuando pretendan adquirir bienes que contengan madera, con la finalidad de que esta entidad avale la legal
procedencia de las materias primas forestales.
V. Carta compromiso de pago, donde indique el Delegado Administrativo, bajo protesta de decir verdad, el plazo de tiempo expresado en días hábiles o naturales en el que compromete a efectuar el pago al proveedor y/o el plazo para la entrega del contra-recibo, cuando el pago se realice a través de la Secretaria de Finanzas y Administración, misma que deberá coincidir con el plazo estipulado en la solicitud;
VI. Copia del PAAAyS donde aparezca el gasto o en su defecto oficio de ampliación o cambios realizados en él, sellados de recibido por el CADPE;
VII. Estudio xx xxxxxxx. Consistente en un mínimo de 3 cotizaciones y un cuadro comparativo. Las cotizaciones deberán contener el mismo concepto y preferentemente de proveedores inscritos en el PDP del CADPE; deberán de constar en original, con firma del Proveedor y cuya vigencia no podrá de ser menor a 30 días, monto total en letra y con IVA desglosado y copia de su registro actualizado del PDP del CADPE. El cuadro comparativo deberá contener el precosteo y los demás montos con IVA desglosado a dos decimales, firmado por el Titular y/o Delegado Administrativo del Ente Público solicitante; y,
VIII. Archivo digital. Deberá contener la solicitud, el cuadro comparativo, las especificaciones, los planos, dibujos o diagramas de los bienes o servicios solicitados y demás anexos en formato Word y formato PDF.
SECCIÓN I
Etapas del CP Artículo 63. El procedimiento se desarrollará en los términos siguientes:
Vía correo electrónico se proporciona a los proveedores invitados al CP el anexo técnico donde, el Ente
Público solicitante, establece las características técnicas de los bienes o servicios a adquirir, así como los requisitos que deben de cumplir; se les indicará a los proveedores invitados que tienen un periodo máximo de 24 horas para realizar las preguntas a las bases, las cuales tendrán que ser enviadas al mismo correo electrónico en el que se les envió el anexo técnico, y se les indicará la fecha y hora en que se realizará la junta de aclaraciones, así como fecha y hora de entrega y apertura de propuestas técnicas y económicas;
Los proveedores invitados deberán confirmar la recepción de la documentación, así como su deseo de participar o no en este CP;
La Junta de Aclaraciones se celebrará conforme a lo siguiente:
1. El Subdirector Operativo leerá el acta en la que se anotaron las preguntas de los proveedores participantes y las aclaraciones correspondientes, para cada una de ellas, por parte del solicitante y, en su caso, por la convocante, entregando copia de la misma a todos los que participaron en dicha junta; y,
2. Se asentará en el Acta de Aclaraciones la fecha y hora de entrega y apertura de propuestas técnicas y económicas.
La Junta de Presentación y Apertura de Propuestas Técnicas y Económicas se realizará en la forma siguiente:
1. El Subdirector Operativo procederá a leer el Acta correspondiente y solicitará a los proveedores participantes la entrega de los sobres de propuestas técnicas y económicas;
2. Acto seguido, se procederá a la apertura de sobres de Ofertas Económicas de todos los proveedores
y se dará lectura al precio más bajo ofertado, sin indicar el nombre del participante que presento dicha propuesta;
3. Una vez realizado lo anterior, el Subdirector Operativo comunicará a los proveedores que tienen un receso de 20 minutos y que una vez transcurrido dicho tiempo, dará inicio al proceso de ofertas subsecuentes de descuentos;
4. Durante el receso de los 20 minutos, el representante de la Dependencia o Entidad solicitante, conjuntamente con la Convocante y del representante de la Secretaria de la Contraloría, procederán a realizar la evaluación técnica y económica;
5. Transcurrido el tiempo establecido, el Subdirector Operativo, procederá a solicitar a los proveedores que cumplieron técnicamente que hagan propuestas más bajas al precio originalmente establecido en el numeral 2, indicando que cuentan con un tiempo de 10 minutos para determinar al proveedor ganador que oferto el precio más bajo;
6. Faltando un minuto para que se dé por terminada la oferta subsecuente de descuentos, el Subdirector Operativo entregará una hoja a cada uno de los proveedores participantes para que en ella anoten el precio más bajo que pueden ofertar; y,
7. Transcurrido dicho tiempo, el Subdirector Operativo procederá a dar lectura de cada una de las ofertas económicas presentadas indicadas en el documento, resultando ganador el proveedor que haya ofertado el precio más bajo y haya satisfecho los requisitos establecidos en las bases, lo cual se asentará en el acto de fallo, así mismo se registrará el precio original más bajo con el que dio inicio la subasta inversa y el nombre de la empresa que lo ofertó.
La DG podrá realizar en cualquier momento las atribuciones que se señalan para el Subdirector Operativo en el presente artículo.
Artículo 64. En caso de que se declare desierto un CP, será requisito indispensable para iniciar la segunda vuelta, la solicitud por escrito dirigida a la DG del CADPE firmada por el titular del Ente Público solicitante, actualizando la documentación vencida. No se requerirá solicitar autorización para la segunda vuelta al Pleno del CADPE.
TÍTULO SEXTO
Del Servicio de Mantenimiento Vehicular CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 65. Los Entes Públicos, por conducto de su Delegado Administrativo o similar, presentarán el último día hábil del mes de febrero del ejercicio fiscal 2017, el calendario de mantenimiento preventivo del Parque Vehicular con el que cuenten.
En caso de incumplimiento, se dará aviso a la Secretaría de la Contraloría para los efectos administrativos correspondientes.
Artículo 66. Se dará estricto cumplimiento al calendario de mantenimiento preventivo, por lo que los usuarios de vehículos oficiales serán corresponsables del incumplimiento en que se incurra.
Artículo 67. El Departamento de Control de Vehículos del CADPE podrá supervisar, en cualquier momento, a los Entes Públicos, así como requerirles los informes correspondientes sobre el mantenimiento preventivo indicado.
Artículo 68. Para el mantenimiento y reparación de los vehículos, los Entes Públicos, sin excepción alguna, elaborarán una solicitud de orden de servicio en el Sistema de Control Vehicular, la cual deberá señalar los requisitos siguientes:
Calendario presupuestal del ejercicio fiscal 2017;
Acreditar la suficiencia presupuestal, mediante lo siguiente;
1. Recurso Estatal: Certificado expedido por la SFA.
2. Recurso Propio: Presentar estado de cuenta actualizado al mes inmediato anterior y firmado por el Delegado Administrativo, donde certifique la cantidad que se destinará para el mantenimiento.
3. Recurso Federal: Se deberá presentar copia certificada de las reglas de operación y/o anexo técnico que acredite el uso del recurso para tal fin.
Actualización del Parque Vehicular con el que cuenten, al que se anexará copia de la factura, tarjeta de circulación, póliza de seguro vigente y resguardo emitido por la Dirección de Património Estatal;
Presentar la orden de servicio debidamente requisitada; e,
Ingresar el vehículo al taller indicado por el Departamento de Control de Vehículos en la orden de servicio, tanto para su servicio como para su revisión y, para el caso de que se haya realizado satisfactoriamente el servicio, se validará éste mediante la firma de aceptación de la factura correspondiente.
Artículo 69. Los servicios de mantenimiento y reparación de los vehículos que soliciten los Entes Públicos, serán canalizados a los talleres que otorguen las mejores condiciones de precio, calidad y financiamiento para el Gobierno del Estado.
Artículo 70. Se podrán solicitar servicios de manera directa, cuando el vehículo sufra alguna descompostura estando fuera de la Ciudad de Morelia, ya sea por estar asignado o cubriendo alguna comisión. Para estos casos deberán presentarse, la factura original correspondiente, la orden de servicio y un oficio de justificación firmado por el Delegado Administrativo, ante el Departamento de Control de Vehículos del CADPE dentro de los 10 días hábiles siguientes a aquél en que haya ocurrido la descompostura.
Artículo 71. En caso de que los servicios prestados por los proveedores no cumplan con lo solicitado en la orden correspondiente y/o que la o las unidades propiedad del Gobierno del Estado no se entreguen a los Entes Públicos, se deberá informar al CADPE, cumpliendo con los siguientes puntos:
Indicar el número de orden de servicio de la reparación en cuestión; Anexar, en su caso, copia de la factura correspondiente;
Encontrarse dentro de la garantía ofrecida por el prestador de servicios para la reparación en cuestión o cuando la garantía no se quiera hacer efectiva dentro del plazo indicado en la factura;
En caso de contar con antecedentes de actas levantadas sobre dicha reparación, anexar copias fotostáticas de las mismas; e,
Informe detallado de las deficiencias o inconformidades del servicio recibido.
Artículo 72. En el caso de que el proveedor no regrese las partes sustituidas al vehículo, quedará cancelado su registro en el PDP del CADPE.
De igual forma se dará aviso a la Secretaría de Contraloría para los efectos administrativos correspondientes, independientemente de la responsabilidad penal que derive de la denuncia ante el Ministerio Público correspondiente.
Artículo 73. Con el propósito de vigilar que se proporcione la mejor calidad, trato, precio y garantías en los servicios prestados por los proveedores, se podrán comunicar por escrito al CADPE las inconformidades que se tengan con el proveedor, anexando la información y documentación señalada en el artículo 68.
Artículo 74. Las órdenes de servicio tramitadas deberán ser recogidas en el Departamento de Control de Vehículos del CADPE, por personal designado para tal efecto mediante oficio. Tendrán una vigencia de 20 días naturales posteriores a la fecha de recepción por parte de la solicitante. Las facturas correspondientes deberán estar fechadas dentro de esta vigencia. Las facturas que se presenten con fecha anterior o posterior a la vigencia de la orden de servicio no se recibirán para su trámite.
Se deberá enviar al CADPE, durante los primeros 5 días hábiles del mes, un informe del avance en el proceso de pago de estas facturas.
En caso de incumplimiento, se dará aviso a la Secretaría de la Contraloría para los efectos administrativos correspondientes.
Artículo 75. Las piezas de reemplazo serán regresadas a la solicitante, excepto llantas y baterías. Para el caso de excepción de que la solicitante necesite las llantas usadas, será necesario adjuntar a la orden de servicio una solicitud por escrito firmada por el Delegado Administrativo que corresponda.
Artículo 76. Cuando los mantenimientos y reparaciones excedan de $20,000.00 (veinte mil pesos 00/100 M.N.) en su costo, la agencia y/o taller deberá dar aviso al Departamento de Control de Vehículos, así como presentar presupuesto de reparación para visto bueno del Ente Público solicitante.
Artículo 77. Los mantenimientos correctivos que excedan en 50% el valor comercial del vehículo oficial, no serán atendidos. El vehículo oficial deberá ser valorado para su baja en coordinación con la Dirección de Patrimonio Estatal.
Artículo 78. En lo referente a cambios de llantas, sólo serán autorizados entre los 30,000 y los cada 40,000 km después de la última dotación (previa verificación de garantía del proveedor) y entre los 7,000 y los 10,000 km a las motocicletas (previa verificación de garantía del proveedor).
Artículo 79. Cuando por diferentes motivos y/o circunstancias se requiera de dotación de neumáticos y no se cumpla con lo aquí establecido, se debe justificar mediante escrito dirigido a la DG del CADPE.
Artículo 80. Las llantas deben rotarse, alinearse y balancearse cada 5,000 km, con el fin de mantener la garantía que ofrece el proveedor.
Artículo 81. El servicio de laminado y pintura que requieran los vehículos oficiales, será proporcionado por la agencia y/o taller designado por el Departamento de Control de Vehículos, previa cotización con fotografías, para validar por parte del CADPE, que no haya sido dañado el vehículo en un accidente de tránsito donde los usuarios no dieron aviso a la aseguradora.
Artículo 82. Los servicios preventivos serán conforme a lo siguiente:
Servicio No. 1 cada 5,000 km: cambio de aceite de motor, cambio de filtro de aceite, revisión y relleno de niveles, de frenos, limpiaparabrisas, batería, anticongelante, revisión xx xxxxx en general y rotación llantas;
Servicio No.2 cada 10,000 km: limpieza de carburador y/o inyectores, cambio de aceite de motor, cambio de filtro de aceite y de aire, cambio de bujías, lavado de motor, engrasado de chasis, revisión de poleas y bandas de accesorios/tiempo y sistema de frenos;
Servicio No.3 cada 20,000 km: cambio de aceite de transmisión, empaque y cedazo, revisión de suspensión y dirección en general; y,
Servicio No.4 cada 50,000 km: Cambio xx xxxxx de tiempo y tensores en vehículos automotores marca Chevrolet 4 cilindros (Chevy, Chevy Pick-up, Corsa, Aveo, Cruze), Nissan 4 cilindros (Platina), así como la verificación de bomba de agua.
Artículo 83. Con el objeto de extender la vida útil del parque vehicular, así como para generar ahorros en los servicios de mantenimiento, el Departamento de Control de Vehículos del CADPE podrá realizar visitas a los talleres de servicio para conocer sus instalaciones y la forma en que son atendidas las órdenes de servicio.
TÍTULO SÉPTIMO
De los Contratos
CAPÍTULO I
De los Contratos
Artículo 84. Se deberá utilizar el formato de contrato y pedido autorizados, que se anexan a estos BALINES, pudiéndose hacer las modificaciones procedentes que amerite cada contrato en particular.
Artículo 85. Las personas físicas x xxxxxxx que celebren contratos de conformidad con la Ley de Adquisiciones y su Reglamento, deberá garantizar lo siguiente:
I. El cumplimiento del mismo, por el 10% del monto total sin incluir el IVA; y,
II. Los anticipos que, en su caso, reciban los proveedores. Esta garantía deberá constituirse por el 100% del monto del anticipo en ambos casos, mediante cheque cruzado, por un monto de hasta $349,999.99 (Trescientos cuarenta y nueve mil, novecientos noventa y nueve pesos 99/100 M.N.) más IVA; y mediante fianza, por un monto mayor de $350,000.00 (Trescientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) más IVA.
Artículo 86. Las garantías que deban otorgarse se constituirán en favor de la SFA, quien las conservará en custodia hasta el cumplimiento de la vigencia del contrato. Una vez concluido el plazo serán devueltas previa solicitud a los licitantes.
Artículo 87. Los contratos y pedidos de los distintos procedimientos de adquisición se deberán devolver firmados dentro de las 48 horas posteriores a su recepción, a fin de entregar al proveedor un tanto del contrato y pedido, debidamente firmados por todas las partes, de no ser así, se dará vista a la Secretaría de la Contraloría para que determine lo que en derecho corresponda, evitando causar un perjuicio al Estado o al particular.
Artículo 88. Se podrá solicitar una ampliación de contrato, siempre y cuando se cuente con el oficio de suficiencia.
Artículo 89. Para la formalización de los contratos de proposiciones conjuntas, se deberá realizar un solo contrato, el cual será firmado por los representantes legales de las personas físicas y/x xxxxxxx que en el intervengan.
Para garantizar el cumplimiento del contrato mencionado en el párrafo anterior, se hace necesaria la presentación de la garantía por cada uno de los licitantes adjudicados que ampare lo señalado en el artículo 85, en proporción a sus obligaciones.
Artículo 90. Se podrán celebrar contratos plurianuales conforme a lo estipulado en la normatividad aplicable.
Cuando se opte por la celebración de estos, los Entes Públicos, previo al inicio del procedimiento de contratación, deberán contar con la autorización previa y expresa del titular de la SFA, la cual deberá cumplir con los requisitos siguientes:
I. Indicar las adquisiciones, arrendamientos o servicios que se requieran;
II. Indicar si se trata de gasto corriente o de inversión, señalando la partida presupuestal a afectar;
III. Indicar las ventajas económicas o los términos o condiciones contractuales favorables que concedería la celebración de contratos plurianuales, en comparación con los anuales;
IV. Justificar, que el plazo plurianual de la contratación no afectará negativamente la competencia económica en el sector de que se trate; y,
V. Desglosar para cada ejercicio fiscal el gasto que se considera ejercer, así como el monto total que abarcará el contrato plurianual.
Queda bajo la estricta responsabilidad de la UR el presupuestar el gasto, incluyendo en sus anteproyectos de presupuesto, las previsiones correspondientes para los ejercicios fiscales que abarquen los contratos plurianuales.
Los contratos de los que habla este artículo, que por su naturaleza inicien en un ejercicio fiscal, y la formalización, ejecución o pago del contrato se lleve a cabo en uno distinto al de su inicio, no tendrá el tratamiento de contrato plurianual. Sin embargo, será necesaria expresa la autorización del Titular de la Secretaría de Finanzas y Administración.
Artículo 91. Cuando el tipo de contratación lo amerite, se podrán celebrar contratos abiertos, siempre y cuando se cuente por lo menos con la suficiencia para cubrir el monto mínimo de la contratación solicitada y en el caso de requerir una cantidad superior se deberá contar con la suficiencia y/o ampliación presupuestal correspondiente.
Artículo 92. En el caso del incumplimiento por parte de Gobierno del Estado de Michoacán con la obligación de pago, se establece una pena por gastos financieros a favor del Proveedor, que se calcularán a una tasa igual a la establecida en la Ley de Ingresos del Estado de Michoacán para el pago de créditos fiscales, siempre y cuando se prevea dicha situación en el contrato respectivo. Dichos gastos financieros se calcularán en los términos del Artículo 26, fracción III del Reglamento de la Ley de Adquisiciones.
CAPÍTULO II
De Los Entes Públicos
Artículo 93. Los Entes Públicos podrán celebrar contratos de adquisiciones, arrendamientos o servicios con otros Entes Públicos, así como con Entidades y Dependencias de la Administración Pública Federal, Entidades y Dependencias de otros Estados de la República, y Órganos Constitucionales Autónomos, siempre y cuando la Dependencia o Entidad obligada a entregar el bien o prestar el servicio tenga la capacidad para hacerlo por sí
misma y no contrate a terceros para su realización.
Para los efectos del párrafo anterior, se considerará que una Dependencia, Entidad o persona de derecho público que funja como proveedor, tiene capacidad jurídica para entregar un bien o prestar un servicio por sí misma, cuando para cumplir con el contrato no requiera celebrar otro contrato con terceros, o bien, de requerirlo, éste no exceda del 49% del importe total del contrato celebrado con el Ente Público. Si el contrato se integra por varias partidas, el porcentaje se aplicará para cada una de ellas.
Artículo 94. Para la formalización de los contratos y pedidos, de los que habla este Capítulo, los Entes Públicos deberán presentar ante el CADPE, los siguientes documentos:
I. Solicitud de adjudicación firmada por el Titular de la Dependencia o Entidad, o bien, por el servidor público al que se le haya delegado dicha atribución;
II. Decreto de creación de los Entes Públicos contratantes, señalando su naturaleza y objeto, en su caso;
III. Nombramiento del Titular de los Entes Públicos contratantes, firmado por el Titular del Poder Ejecutivo o quien lo haya designado, y;
IV. Tratándose de Dependencias o Entidades fuera del Estado de Michoacán, anexar el marco jurídico aplicable a la misma.
Para la asignación del contrato, la Solicitante deberá requerir a la Dependencia o Entidad que vaya a fungir como proveedor, un oficio donde manifieste bajo protesta de decir verdad que cuenta con la capacidad técnica, material y humana para la realización del objeto del contrato y que, por ello, no requerirá de la contratación con terceros en un porcentaje mayor al señalado en el artículo anterior. Dicha documentación deberá ser entregada antes de la firma del contrato y deberá formar parte del expediente respectivo bajo la responsabilidad del Área contratante.
Artículo 95. De cumplirse los requisitos anteriores la DG del CADPE, autorizará y formalizará los contratos y pedidos regulados en el presente capítulo, quedando bajo estricta responsabilidad del Ente Público contratante que se garanticen las mejores condiciones de precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.
TÍTULO OCTAVO
Del Arrendamiento de Bienes Inmuebles
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 96. Los entes públicos deberán enviar de manera física y en medio magnético una relación de los inmuebles con los que se formalizarán contratos de arrendamiento para el ejercicio fiscal que inicia, teniendo como fecha límite para la entrega el día 31 de enero de 2017; mismo en el que deberán proporcionar la siguiente información:
I. Nombre del Ente Público;
II. Nombre del arrendador;
III. Domicilio del inmueble;
IV. Municipio donde se encuentre el inmueble;
V. Monto del arrendamiento (mensual); y,
VI. Especificar qué tipo de contrato se realizará (inicio o renovación).
En caso de incumplimiento, se dará aviso a la Secretaría de Contraloría para los efectos administrativos correspondientes.
Artículo 97. Para la elaboración del contrato de arrendamiento de inmuebles, se deberá utilizar el formato que se adjunta a los presentes BALINES (formato 4).
Artículo 98. Si de la revisión del expediente de un contrato de arrendamiento, que obre en poder del CADPE, se determina algún documento faltante, la DG solicitará en cualquier momento, el o los documentos necesarios para la integración debida del expediente indicado.
Artículo 99. En cualquier supuesto de contratación de arrendamiento se atenderá lo dispuesto por la Comisión de Gasto-Financiamiento, de igual forma se observará lo estipulado en el Decreto de Austeridad y en los Lineamientos de Austeridad.
Artículo 100. El inmueble que se pretenda arrendar deberá contar necesariamente con el pago de impuesto predial actualizado al ejercicio fiscal corriente.
CAPÍTULO II
Del Contrato de Inicio
Artículo 101. Para efectuar un contrato de arrendamiento de inicio, se acompañará de los siguientes requisitos, así como cuatro tantos del contrato debidamente firmado por las partes en tinta azul al margen y al calce:
I. Presentar oficio de solicitud para contar con la autorización por parte de la DG del CADPE;
II. Certificación de la Dirección de Patrimonio Estatal, en la que se indique que no existen inmuebles disponibles o con las características requeridas por el solicitante;
III. Acuerdo por escrito de la Comisión de Gasto-Financiamiento para realizar el contrato de arrendamiento, donde se precise, además, la necesidad del arrendamiento, las Entidades deberán presentar autorización de su Junta de Gobierno o equivalente;
IV. Adjuntar el dictamen de justipreciación xx xxxxxx elaborado por la Dirección de Catastro;
V. Copia de identificación oficial del arrendador por ambas caras;
VI. Anexar copia de pago del impuesto predial del ejercicio fiscal corriente;
VII. Constancia actualizada de registro al PDP del CADPE;
VIII. Acreditar la suficiencia presupuestal. En el caso de que el recurso esté ya radicado a la dependencia o entidad, se presentará el estado de cuenta para comprobar la suficiencia presupuestal, deberá ser con fecha xx xxxxx al mes inmediato anterior y certificado por el Delegado Administrativo del Ente Público solicitante, indicando el monto que se reserva para dicho procedimiento;
IX. Copia del título de propiedad del inmueble que se pretende tomar en arrendamiento;
X. Se deberá pactar el pago de la renta del inmueble en mensualidades vencidas;
XI. Documento mediante el cual se acredite la personalidad jurídica del arrendador y/o, en su caso, de su representante legal;
XII. No sujetar el contrato de arrendamiento a garantía alguna;
XIII. Copia del certificado de no gravamen, mismo que es expedido por la Dirección del Registro Público de la Propiedad, Raíz y Comercio
En caso de que el inmueble se encuentre gravado ante la Dirección del Registro Público de la Propiedad, Raíz y Comercio, los Entes Públicos, podrán solicitar de manera escrita a la DG del CADPE, la excepción, para la entrega de este requisito;
XIV. Los Entes Públicos, se reservarán el derecho de retirar las adaptaciones a las instalaciones que realicen en el inmueble al término del arrendamiento.
XV. Las demás que señale la DG del CADPE y/o la Subdirección Jurídica en alcance de sus facultades.
CAPÍTULO III
Del Cambio de Domicilio
Artículo 102. Para realizar el cambio a un nuevo domicilio, se presentarán los requisitos que se señalan en el artículo 101, así como cuatro tantos del contrato debidamente firmado por las partes en tinta azul al margen y al calce.
Artículo 103. De igual manera, al cambiar a un nuevo domicilio se observará lo siguiente:
I. Que el monto del pago xx xxxxx no sea superior al del inmueble arrendado con anterioridad al cambio del domicilio o en caso de exceder, adjuntar la autorización de la Comisión de Gasto-Financiamiento;
II. Consignar en el contrato la superficie real que se ocupa; y,
III. Los Entes Públicos, se reservarán el derecho de retirar las adaptaciones a las instalaciones que realicen en el inmueble al término del arrendamiento.
CAPÍTULO IV
De la Renovación de los Contratos de Arrendamiento
Artículo 104. Los Entes Públicos deberán presentar los requisitos siguientes, para llevar a cabo la renovación del contrato de arrendamiento, así como cuatro tantos del contrato debidamente firmado por las partes en tinta azul al margen y al calce:
I. Presentar oficio de solicitud para contar con la autorización por parte de la DG del CADPE, donde se justifique la necesidad de continuar en el inmueble;
II. Acreditar la suficiencia presupuestal. En el caso de que el recurso este ya radicado en la dependencia o entidad, se presentará el estado de cuenta para comprobar la suficiencia presupuestal, deberá ser con fecha xx xxxxx al mes inmediato anterior y certificado por el Delegado Administrativo del Ente Público solicitante, indicando el monto que se reserva para dicho procedimiento;
III. Respetar las condiciones establecidas en el contrato vencido;
IV. No incrementar el monto de la renta a excepción de que la Comisión de Gasto-Financiamiento autorice el incremento;
V. Copia actualizada del PDP del CADPE del ejercicio fiscal corriente;
VI. Copia del pago del impuesto predial del ejercicio fiscal en curso; y,
VII. Copia del certificado de no gravamen, mismo que es expedido por la Dirección del Registro Público de la Propiedad, Raíz y Comercio
En caso de que el inmueble se encuentre gravado ante la Dirección del Registro Público de la Propiedad, Raíz y Comercio, los Entes Públicos, podrán solicitar de manera escrita a la DG del CADPE, la excepción, para la entrega de este requisito.
TÍTULO NOVENO
De los Contratos de Prestación de Servicios
CAPÍTULO I
De la Prestación de Servicios de Equipo de Fotocopiado
Artículo 105. Los Entes Públicos, para celebrar el contrato de prestación de servicios de equipo de fotocopiado, deberán cumplir con lo siguiente:
I. Acreditar la suficiencia presupuestal. En el caso de que el recurso este ya radicado en la dependencia o entidad, se presentará el estado de cuenta para comprobar la suficiencia presupuestal, deberá ser con fecha xx xxxxx al mes inmediato anterior y certificado por el Delegado Administrativo del Ente Público solicitante, indicando el monto que se reserva para dicho procedimiento;
II. El precio por copia no excederá de $0.16 centavos más IVA sin papel, salvo que la Comisión de Gasto- Financiamiento determine otra tarifa;
III. Se celebrará el contrato con proveedores inscritos y actualizados en el PDP del CADPE y que cuenten con la clave de suministro correspondiente en el ejercicio fiscal en curso; y,
IV. El servicio de fotocopiado se realizará con equipos digitales.
Artículo 106. Los documentos necesarios para celebrar el contrato de prestación de servicios de fotocopiado son:
I. Presentar oficio de solicitud de inicio dirigido a la DG del CADPE, firmado por el Titular y/o Delegado Administrativo del Ente Público, donde se justifique la necesidad de contratar el servicio;
II. Anexar copia de la credencial de elector del prestador por ambas caras;
III. Anexar autorización para la prestación de servicios de fotocopiado, emitida por la Comisión de Gasto y Financiamiento, las Entidades deberán presentar autorización de su Junta de Gobierno o su equivalente;
IV. Exhibir el documento mediante el cual se acredite la personalidad jurídica del prestador de servicios y/o, en su caso, de su representante legal; y,
V. Copia de constancia actualizada del PDP del CADPE.
Se deberán enviar al CADPE cuatro tantos del contrato con firmas originales en tinta azul, al margen y al calce, para su revisión y, en su caso, autorización; para lo cual se deberá utilizar el formato de contrato de prestación de servicios de fotocopiado que se adjunta a los presentes BALINES (formato 5).
CAPÍTULO II
De la Renovación de la Prestación de Servicios de Equipo de Fotocopiado
Artículo 107. Los Entes Públicos para renovar la contratación de la Prestación de Servicios de Equipo de Fotocopiado, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
I. Oficio de solicitud de renovación dirigido al DG del CADPE, firmado por el Titular y/o Delegado Administrativo del Ente Público;
II. El precio por copia no excederá de $0.16 centavos más IVA sin papel, salvo que la Comisión de Gasto- Financiamiento determine otra tarifa;
III. Acreditar la suficiencia presupuestal. En el caso de que el recurso este ya radicado en la dependencia o entidad, se presentará el estado de cuenta para comprobar la suficiencia presupuestal, deberá ser con fecha xx xxxxx al mes inmediato anterior y certificado por el Delegado Administrativo del Ente Público solicitante, indicando el monto que se reserva para dicho procedimiento; y,
IV. Constancia de actualización en el PDP del CADPE del ejercicio fiscal corriente.
Se deberán enviar al CADPE cuatro tantos del contrato con firmas originales en tinta azul, al margen y al calce, para su revisión y, en su caso, autorización; para lo cual se deberá utilizar el formato de contrato de prestación
de servicios de fotocopiado que se adjunta a los presentes BALINES (formato 5).
CAPÍTULO III
Del Contrato de Inicio de la Prestación de Servicios de Limpieza y Vigilancia
Artículo 108. Los Entes Públicos, para celebrar el contrato de prestación de servicios de limpieza y/o de vigilancia, deberán cumplir con lo siguiente:
I. Acreditar la suficiencia presupuestal. En el caso de que el recurso este ya radicado en la dependencia o entidad, se presentará el estado de cuenta para comprobar la suficiencia presupuestal, deberá ser con fecha xx xxxxx al mes inmediato anterior y certificado por el Delegado Administrativo del Ente Público solicitante, indicando el monto que se reserva para dicho procedimiento;
II. Se celebrará el contrato con prestadores de servicios inscritos y actualizados al ejercicio fiscal en curso, en el PDP del CADPE, que cuenten con la clave de suministro correspondiente; y,
III. Para los casos de contratación de servicios de vigilancia, se presentará la autorización del Registro de Prestadores de Servicio y Elementos de Seguridad Privada actualizado al ejercicio fiscal corriente emitido por la Secretaría de Seguridad Pública;
Artículo 109. Los documentos necesarios para celebrar el contrato de inicio de prestación de servicios de limpieza y/o de vigilancia son:
I. Oficio mediante el cual se justifique la necesidad de la contratación del servicio, firmado por el Titular y/o Delegado Administrativo del Ente Público;
II. Exhibir el documento mediante el cual se acredite la personalidad jurídica del prestador de servicios y/o, en su caso, de su representante legal;
III. Copia de la credencial de elector del prestador de servicios por ambas caras;
IV. Copia del comprobante de domicilio fiscal;
V. Acompañar 3 cotizaciones de proveedores diferentes, de las que se desprenda que la propuesta corresponde al mejor servicio y precio; y
VI. Autorización para la prestación de servicio de limpieza y vigilancia, la cual es emitida por la Comisión de Gasto-Financiamiento y de igual forma se observará lo estipulado en el Decreto Administrativo de Medidas de Austeridad, Transparencia y Eficiencia del Gasto Público de la Administración Pública del Estado de Michoacán xx Xxxxxx y en los Lineamientos Específicos de Austeridad, Transparencia y Eficiencia del Gasto Público de la Administración Pública del Estado de Michoacán xx Xxxxxx.
Se deberán enviar al CADPE cuatro tantos del contrato con firmas originales en tinta azul al margen y al calce, para su revisión y, en su caso, autorización; para lo cual se deberá utilizar el formato de contrato de prestación de servicios de limpieza o en su caso, de vigilancia que se adjunta a los presentes BALINES (formato 6 y 7).
CAPÍTULO IV
De la Renovación del Contrato de la Prestación de Servicios de Limpieza y Vigilancia
Artículo 110. Los Entes Públicos, para celebrar el contrato de renovación de prestación de servicios de limpieza y/o de vigilancia, deberán cumplir con los requisitos siguientes:
I. Oficio de solicitud de renovación dirigido al DG del CADPE, firmado por el Titular y/o Delegado Administrativo del Ente Público;
II. Acreditar la suficiencia presupuestal. En el caso de que el recurso este ya radicado en la dependencia o entidad, se presentará el estado de cuenta para comprobar la suficiencia presupuestal, deberá ser con fecha xx xxxxx al mes inmediato anterior y certificado por el Delegado Administrativo del Ente Público solicitante, indicando el monto que se reserva para dicho procedimiento;
III. Constancia de actualización en el PDP del CADPE del ejercicio fiscal corriente; y,
IV. Para los casos de contratación de servicios de vigilancia, se presentará la autorización del Registro de Prestadores de Servicio y Elementos de Seguridad Privada actualizado al ejercicio fiscal corriente emitido por la Secretaría de Seguridad Pública;
Artículo 111. En el supuesto de los contratos de renovación de vigilancia y limpieza, no se podrá aumentar el costo más del 3.5%, para lo cual se deberá justificar dicho incremento, salvo que la Comisión de Gasto- Financiamiento determine otra tarifa.
CAPÍTULO V
De la Prestación de Servicios de Consultorías y Asesorías
Artículo 112. Los Entes Públicos que requieran contratar servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones, previamente verificarán en sus archivos la existencia de trabajos sobre la materia de que se trate, emitiendo por escrito oficialmente la manifestación sobre el particular.
En el supuesto de que se advierta la existencia de dichos trabajos y se compruebe que los mismos satisfacen los requerimientos de la dependencia o entidad, no procederá la contratación, con excepción de aquellos trabajos necesarios para su adecuación, actualización o complemento.
Artículo 113. La contratación de servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones, deberá de ser sometido a la autorización del Pleno del CADPE, con la autorización previa de la Comisión de Gasto- Financiamiento, y cumpliendo los siguientes requisitos:
I. Deberá existir un dictamen del área competente en el que se haga constar que no se cuenta con personal capacitado o disponible para su realización;
II. Los Entes Públicos deberán remitir al Pleno del CADPE una descripción detallada del objeto de los contratos que en estas materias deseen celebrar, incluyendo cronograma de entregables, en su caso;
III. Invariablemente se deberá hacer mención expresa respecto a si los servicios tienen o pueden tener continuaciones etapas, o fases posteriores, especificando sus alcances y montos; y,
IV. Se deberá anexar el currículum vitae del prestador de los servicios, para acreditar su experiencia.
La DG del CADPE deberá hacer del conocimiento del Pleno el expediente del PDP de la persona física o moral que proporcionará los servicios, pudiéndose ordenar visitas e inspecciones a los domicilios ahí señalados para verificar la existencia e idoneidad de los mismos.
Artículo 114. Quedan exceptuados de lo señalado en el artículo anterior, aquellos servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones que puedan tener información reservada en términos de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán xx Xxxxxx, o que pudieran tener repercusiones en la seguridad, finanzas o recaudación del Gobierno del Estado. En estos casos se podrán contratar directamente por el titular del Ente Público solicitante en los términos siguientes:
I. Se requerirá autorización previa y expresa de la Comisión de Gasto-Financiamiento en términos del artículo Vigésimo de los Lineamientos de Austeridad y el artículo Séptimo del Decreto de Austeridad, en el que se señale que corresponderá a la ejecutora del gasto público la responsabilidad de la contratación; y,
II. Se requerirá la validación por parte de la DG del CADPE que se cumplen con los requisitos y formalidades señaladas en el Título Séptimo de los BALINES.
Artículo 115. En los contratos de servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones, o de servicios prestados por una persona física, se podrá pactar el precio unitario por hora de servicio y categoría de quienes lo realicen, o bien, se podrá establecer en los contratos la forma en que se determinará el monto total a pagar por los servicios efectivamente prestados.
En el contrato respectivo, los Entes Públicos deberán establecer los mecanismos de comprobación, supervisión y verificación de los servicios contratados y efectivamente prestados, así como del cumplimiento de los requerimientos de cada entregable, lo cual será requisito para proceder al pago correspondiente.
CAPÍTULO VI
De los Servicios de Publicidad y Propaganda
Artículo 116. Los Titulares de los Entes Públicos podrán celebrar sin la intervención del CADPE, la contratación y/o convenios de servicios de publicidad y propaganda a través de los medios de comunicación, al amparo del artículo 32 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, siempre que se realicen por conducto de la Coordinación General de Comunicación Social.
Además de lo anterior, se deberá observar lo estipulado en el artículo Trigésimo Octavo del Capítulo IV, de los Lineamientos de Austeridad.
Artículo 117. Con el objetivo de brindar mayor certeza jurídica y con la finalidad de asegurar las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, los Entes Públicos deberán celebrar los convenios y contratos señalados en este capítulo, con proveedores inscritos en el PDP del CADPE.
Artículo 118. Los Titulares de los Entes Públicos deberán informar a la DG del CADPE, la celebración de convenios y contratos señalados en este capítulo, anexando la información o documentación relacionada con ellos, a fin de realizar el seguimiento y orientación necesaria.
TÍTULO DÉCIMO
Disposiciones Complementarias
Artículo 119. La DG del CADPE podrá realizar la devolución de la solicitud de adquisición presentada que omita algún dato o anexo de los antes indicados, así como solicitar documentación faltante en cualquier etapa del procedimiento, para el efecto de que sean subsanadas las omisiones correspondientes.
Artículo 120. La solicitud de excepción a la LP o IR con acortamiento de plazos deberá presentarse con un mínimo de 3 días hábiles de anticipación a la celebración de la Sesión Ordinaria del Pleno CADPE.
En el supuesto de que dicha solicitud no se presente en el tiempo indicado, serán sometidas a consideración del CADPE hasta la siguiente Sesión Ordinaria.
Artículo 121. Los Entes Públicos deberán reportar inmediatamente a la DG del CADPE, el incumplimiento del contrato o pedido en que incurran los proveedores y prestadores de servicios, a fin de que en uso de facultades coordinadas, se valore el incumplimiento de acuerdo a lo que marca la Ley de Adquisiciones y su Reglamento y, de ser procedente, se inicie el procedimiento para la aplicación de sanciones por violaciones a la Ley de Adquisiciones y de su Reglamento.
Artículo 122. Siempre que en los presentes BALINES se haga referencia a la suficiencia presupuestal, se entenderá que es aquella certificación emitida por la SFA o, en el caso de recursos ya radicados a la dependencia o entidad, el estado de cuenta con fecha xx xxxxx al mes inmediato anterior y certificado por el Delegado Administrativo del Ente Público del que se trate, indicando el monto que se reserva para dicho procedimiento.
La suficiencia presupuestal será requisito indispensable para todos los procedimientos regulados por los presentes BALINES; con la única excepción de que la Comisión de Gasto-Financiamiento autorice una ampliación presupuestal sin ningún tipo de limitante o condición, en cuyo caso podrá considerase como sustituto a lo señalado en el párrafo anterior.
CAPÍTULO ÚNICO
De las Sesiones del Comité
Artículo 123. El Pleno es el órgano supremo del CADPE, el cual dará las resoluciones de los asuntos referidos de excepción o extraordinarios en materia de adquisiciones de bienes y servicios por mayoría de votos.
Artículo 124. Las sesiones se celebrarán en el domicilio del CADPE ubicado en la calle Xxxx X. Xxxxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxxx, Xxxxxxxxx. Se reunirá de manera ordinaria dos veces al mes a las 18:00 horas en las fechas indicadas en el siguiente calendario.
MES | DÍA |
ENERO | 18 y 25 |
FEBRERO | 08 y 22 |
MARZO | 08 y 22 |
ABRIL | 05 y 26 |
MAYO | 17 y 31 |
JUNIO | 14 y 28 |
JULIO | 12 y 26 |
AGOSTO | 09 Y 23 |
SEPTIEMBRE | 06 Y 20 |
OCTUBRE | 04 Y 18 |
NOVIEMBRE | 08 Y 22 |
DICIEMBRE | 06 Y 20 |
Artículo 125. Las sesiones ordinarias podrán ser reprogramadas en cuanto a su hora y/o fecha, dos días hábiles antes o después de lo establecido en la calendarización, sin que por ello pierdan el carácter de ordinarias.
Artículo 126. Los Entes Públicos deberán ingresar su solicitud con 5 días de anticipación a la fecha de sesión, cubriendo los requisitos para su integración en su totalidad. Para el caso de asuntos de carácter urgente, previa autorización de la DG del CADPE se podrán ingresar 48 horas antes de la fecha de sesión.
Artículo 127. El Pleno del CADPE podrá solicitar en cualquier momento, los dictámenes técnicos de entes públicos y/o privados que requiera para la toma de decisiones, de igual forma, podrá requerir la presencia de servidor público facultado, para que justifique personalmente la excepción o el acortamiento de plazos requeridos.
Artículo 128. La DG deberá presentar a cada uno de los integrantes del Pleno, el informe de las actividades de este organismo de forma trimestral, semestral y anual.
TRANSITORIOS
Primero. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán xx Xxxxxx.
Segundo. Los procedimientos de contratación que se encuentren en trámite, deberán sustanciarse conforme al procedimiento vigente en el momento de su inicio.
Tercero. Se derogan las Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios relacionados con Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Michoacán xx Xxxxxx, para el Ejercicio
Fiscal 2016, de observancia obligatoria para las Dependencias, Entidades y Entes Públicos de la Administración Pública Estatal y sus Subcomités.
Cuarto. A los procedimientos celebrados durante el ejercicio fiscal 2016, les resultará aplicable el presente Acuerdo para el ejercicio fiscal 2017, siempre y cuando:
I. Se trate de una situación no regulada en los mismos; y,
II. No afecte derechos de terceros.
Formato 1
Contrato de Compra Venta Adjudicación Directa
FORMATOS
CONTRATO DE COMPRA VENTA ADJUDICACIÓN DIRECTA
CONTRATO NÚM.
CONTRATO DE COMPRAVENTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, POR CONDUCTO DE LA (DEPENDENCIA O ENTIDAD), REPRESENTADA POR EL (TITULAR), EN SU CARÁCTER DE (NOMBRAMIENTO), A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL GOBIERNO” Y POR LA OTRA, LA EMPRESA (NOMBRE DE LA EMPRESA), REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL), EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL PROVEEDOR", Y PARA REFERIRSE A “EL GOBIERNO” Y "EL PROVEEDOR" SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, SUJETÁNDOSE AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I. “EL GOBIERNO” DECLARA:
I.1 QUE EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 9, 14 Y (17 EN CASO DE DEPENDENCIA) (ART. 40 y 41 EN CASO DE ENTIDAD) DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, (NOMBRE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD), (FORMA PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL O PARAESTAL CUANDO SEA ENTIDAD).
I.2 QUE SU TITULAR EL (NOMBRE DEL TITULAR) OCUPA EL CARGO DE (NOMBRAMIENTO) Y TIENE LAS FACULTADES SUFICIENTES PARA REPRESENTAR A “EL GOBIERNO” EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL PRESENTE CONTRATO, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 9, 12, 14 Y (17 EN CASO DE DEPENDENCIA) (ART 40 Y 41 EN CASO DE ENTIDAD) DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, 1, FRACCIÓN (I) (II CUANDO SEA ENTIDAD), DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, Y 34, FRACCIÓN II, DE SU REGLAMENTO.
I.3 QUE PARA CUBRIR LAS EROGACIONES QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE CONTRATO “EL GOBIERNO”, CUENTA CON SALDO DISPONIBLE DENTRO DE SU PRESUPUESTO APROBADO EN LA
PARTIDA CORRESPONDIENTE, LO CUAL ACREDITA CON EL OFICIO NÚMERO (
DE LA CERTIFICACIÓN NÚMERO , DE FECHA (00) DE (MES) DEL (AÑO), EMITIDO POR EL (ADQUIRENTE O SECRETARÍA DE FINANZAS).
I.4 QUE “EL GOBIERNO” CUENTA CON EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (R.F.C.).
I.5 QUE PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES DE ESTE CONTRATO SEÑALA COMO DOMICILIO EL UBICADO (DOMICILIO, C.P. Y TELÉFONOS).
II. "EL PROVEEDOR” DECLARA:
II.1 QUE SATISFECHOS LOS REQUISITOS QUE MARCAN LOS ARTÍCULOS 24 Y 25 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, QUEDA DEBIDAMENTE ACREDITADA SU INSCRIPCIÓN EN EL PADRÓN DE PROVEEDORES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL, CON NÚMERO DE REGISTRO (Nº DE PROVEEDOR).
II.2 QUE (PROVEEDOR), EN SU CARÁCTER DE (REPRESENTANTE LEGAL) DE LA EMPRESA (NOMBRE DE LA EMPRESA), CUENTA CON PODERES AMPLIOS Y SUFICIENTES PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE CONTRATO Y OBLIGA A SU REPRESENTADA EN LOS TÉRMINOS DEL MISMO, LO CUAL ACREDITA CON (DATOS DEL PODER NOTARIAL, FECHA, NOMBRE XXX XXXXXXX, Nº DE
ESCRITURA, LUGAR DE EXPEDICIÓN, Nº DE NOTARÍA.); ASIMISMO, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DECLARA QUE DICHA PERSONALIDAD NO LE HA SIDO REVOCADA, LIMITADA, NI MODIFICADA EN FORMA ALGUNA.
II.3 QUE “EL PROVEEDOR” CUENTA CON REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (R.F.C.).
II.4 QUE CONOCE Y SE OBLIGA A CUMPLIR CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y CANTIDADES DE ACUERDO AL PROGRAMA DE ENTREGAS, CALIDADES Y PRECIOS DE LOS BIENES REQUERIDOS, ASÍ COMO LAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS, RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX Y SU REGLAMENTO.
II.5 QUE “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” MANIFIESTA NO ENCONTRARSE EN ALGÚN SUPUESTO DE LOS SEÑALADOS EN EL ARTÍCULO 32 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, NI 17 DE SU REGLAMENTO.
II.6 QUE PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES DEL PRESENTE CONTRATO, SEÑALA COMO DOMICILIO EL UBICADO EN (DOMICILIO, C.P., TELÉFONOS DEL PROVEEDOR Y CORREO ELECTRÓNICO).
III LAS “PARTES” DECLARAN:
III.1 QUE SE RECONOCEN LA PERSONALIDAD QUE LOS ASISTE, ASÍ COMO LAS DECLARACIONES VERTIDAS SUJETÁNDOSE EN LO SUBSECUENTE A LAS SIGUIENTES:
C L Á U S U L A S
PRIMERA: DEL OBJETO. “EL GOBIERNO” SE OBLIGA A COMPRAR A "EL PROVEEDOR” (BIENES ADQUIRIDOS), QUE SE DETALLAN EN LA ORDEN DE PEDIDO RECIBIDA Y FIRMADA NÚMERO (Nº DE PEDIDO Y FECHA).
SEGUNDA: DEL MONTO DEL CONTRATO. EL PRECIO CONVENIDO POR “LAS PARTES” RESPECTO DE LA COMPRAVENTA DE LOS BIENES A QUE SE HACE REFERENCIA EN LA CLÁUSULA ANTERIOR ES LA CANTIDAD DE $000.00 (IMPORTE CON IVA INCLUIDO CON LETRA).
TERCERA: DE LOS PLAZOS Y CONDICIONES DE ENTREGA. “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A ENTREGAR LOS BIENES OBJETO DE ESTE CONTRATO, EN LAS CANTIDADES SOLICITADAS POR “XX XXXXXXXX”, X XXX (XXXX QUE SE INDIQUEN YA SEAN NATURALES O HÁBILES) POSTERIORES A (LO QUE SE INDIQUE EN BASES) DE ACUERDO A LAS ESPECIFICACIONES QUE SE MENCIONAN EN EL PEDIDO, EN EL ANEXO 1 DE LAS BASES QUE RIGEN LA LICITACIÓN Y LO ACORDADO EN JUNTA DE ACLARACIONES, ASIMISMO QUE CUMPLAN CON LAS NORMAS DE CALIDAD CORRESPONDIENTES PARA ESTE TIPO DE BIENES. “EL PROVEEDOR” BAJO SU RESPONSABILIDAD DEBERÁ TRANSPORTAR LOS BIENES CONTRATADOS BAJO EL RÉGIMEN COSTO, SEGURO, FLETE, MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA HASTA SU DESTINO FINAL, EN (NOMBRE DE LA SOLICITANTE Y EL DOMICILIO DE ENTREGA); LOS ARTÍCULOS SE DEBERÁN ENTREGAR EN ÓPTIMAS CONDICIONES, DEBIDAMENTE EMPACADOS, EN FORMA QUE SATISFAGA LAS EXIGENCIAS DE TRASLADO Y EMBALAJE, A FIN DE PRESERVAR ÉSTOS Y EVITAR DISMINUIR SU VIDA ÚTIL. EL CUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO NO SERÁ SUBROGABLE NI TRANSFERIBLE.
“EL PROVEEDOR” ASUME POR SU ÚNICA Y EXCLUSIVA CUENTA TODA LA RESPONSABILIDAD PROVENIENTE DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE PUDIERA CAUSAR A LOS BIENES Y/O PROPIEDADES DE “EL GOBIERNO” AL MOMENTO EN QUE DÉ CUMPLIMIENTO AL PRESENTE INSTRUMENTO.
CUARTA: DE LA FACTURACIÓN. “EL PROVEEDOR” ESTÁ OBLIGADO A ELABORAR SUS FACTURAS POR BIENES EFECTIVAMENTE ENTREGADOS Y RECIBIDOS A ENTERA SATISFACCIÓN DE “EL GOBIERNO” DE ACUERDO A LAS ESPECIFICACIONES QUE SE MENCIONAN EN EL PEDIDO, EN EL ANEXO N° 1 DE LAS BASES QUE RIGEN LA LICITACIÓN DE LA CUAL DERIVA EL PRESENTE CONTRATO Y LO ACORDADO EN JUNTA DE ACLARACIONES. LAS FACTURAS DEBERÁN EXPEDIRSE A NOMBRE DE
(GOBIERNO DEL ESTADO DE MICHOACÁN Y/O ENTE PÚBLICO) CON (DOMICILIO Y R.F.C.), CON EL IVA DESGLOSADO PARA LOS EFECTOS FISCALES CORRESPONDIENTES.
QUINTA: LA VIGENCIA DEL CONTRATO. SERÁ HASTA 12 (DOCE) MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE FIRMA DEL PRESENTE INSTRUMENTO, PARA GARANTIZAR LA BUENA CALIDAD O LOS VICIOS OCULTOS QUE PUDIESEN APARECER DEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS. IGUAL TIEMPO SE APLICARÁ A LAS MODIFICACIONES O PRÓRROGAS REALIZADAS. SI DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, POR CUALQUIER MOTIVO SE VERIFICARE LA TRANSMISIÓN DE LOS BIENES ADQUIRIDOS, LA COMPRA SUBSISTIRÁ EN LOS TÉRMINOS DEL CONTRATO.
PARA EL CASO DE LOS CONTRATOS MULTIANUALES LA VIGENCIA DE LOS 12 (DOCE) MESES COMENZARÁ A CONTAR A PARTIR DE LA ÚLTIMA ENTREGA DE LOS BIENES O SERVICIOS.
SEXTA: DE LAS CONDICIONES DE PAGO. SE EFECTUARÁ A PARTIR DE LOS __ DÍAS HÁBILES POSTERIORES DE RECIBIDOS LOS BIENES, PREVIA FACTURACIÓN Y ENTREGA DE LAS MISMAS, DEBIDAMENTE REQUISITADAS EN MONEDA NACIONAL Y PRESENTARSE ANTE “EL GOBIERNO”, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 26, FRACCIÓN I, DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLES DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX.
LAS FACTURAS DEBERÁN CONTENER LAS FIRMAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE “EL GOBIERNO” FACULTADOS PARA RECIBIR LOS BIENES OBJETO DE ESTE CONTRATO. EN TODO CASO, “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A CUMPLIR CON LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL PARA LA ELABORACIÓN DE FACTURAS QUE EXPIDA LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, VIGENTES AL MOMENTO DE LA EXPEDICIÓN DE SUS FACTURAS.
SÉPTIMA: DE LAS GARANTÍAS. “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A ENTREGAR PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO, GARANTÍA FAVOR DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX POR EL 10% DEL VALOR DE ESTE CONTRATO, SIN INCLUIR IVA, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 14, DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL MISMO, ADEMÁS DE LAS CARTAS COMPROMISO EMITIDAS POR “EL PROVEEDOR” REFERIDAS A LA GARANTÍA DE LOS BIENES, ANEXAS A SU PROPUESTA TÉCNICA PRESENTADA CON MOTIVO DE LA LICITACIÓN DE LA CUAL DERIVA EL PRESENTE CONTRATO.
OCTAVA: DE LA RECEPCIÓN DE LOS BIENES. LA RECEPCIÓN DE LOS BIENES SE HARÁ A ENTERA SATISFACCIÓN DE “EL GOBIERNO”, CONFORME A LO SEÑALADO EN EL PEDIDO, EN EL ANEXO 1 DE LAS BASES QUE RIGEN LA LICITACIÓN Y LO ACORDADO EN JUNTA DE ACLARACIONES, DE CONFORMIDAD CON EL PROGRAMA DE ENTREGAS, REQUISITOS Y PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO ESTABLECE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS, RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX.
NOVENA: REPOSICIÓN DE LOS BIENES. “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A SUSTITUIR LOS BIENES QUE HAYA ENTREGADO A “EL GOBIERNO” EN MAL ESTADO, EN UN TÉRMINO NO MAYOR DE 10 (DIEZ) DÍAS NATURALES, CONTADOS A PARTIR DE QUE SE LE COMUNIQUE LA DEFICIENCIA EN LA RECEPCIÓN DE LOS BIENES.
DÉCIMA: DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS. “EL PROVEEDOR” QUEDA OBLIGADO A RESPONDER POR DEFECTOS O VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES, DE LAS PATENTES Y MARCAS, DE LA CALIDAD DE LOS MISMOS Y DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS EN EL PEDIDO DEL PRESENTE CONTRATO, DE LAS BASES DE LA LICITACIÓN Y EN EL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, EN CASO DE QUE ESTO NO OCURRIERA, “EL GOBIERNO” PODRÁ HACER EFECTIVA LA APLICACIÓN DE LA CLÁUSULA DÉCIMA DEL PRESENTE INSTRUMENTO.
DÉCIMA PRIMERA: DE LAS PENAS CONVENCIONALES. PARA EN CASO DE ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES POR PARTE DE “EL PROVEEDOR” EN EL PRESENTE
CONTRATO O EN EL CASO DE QUE LOS BIENES NO SE ENTREGUEN DE LA MANERA CONVENIDA, SE ESTABLECE COMO PENA CONVENCIONAL UN PORCENTAJE DEL 0.5% AL MILLAR SOBRE EL MONTO TOTAL DE LOS BIENES NO ENTREGADOS O SERVICIOS NO PRESTADOS, POR CADA DÍA DE ATRASO QUE TRANSCURRA DESDE LA FECHA FIJADA PARA LA ENTREGA DE LOS MISMOS, PARA TAL EFECTO, (NOMBRE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD) DESCONTARÁ DE LA FACTURA PENDIENTE DE PAGO, LA SUMA QUE RESULTE DE LA APLICACIÓN DE LA PENA CONVENCIONAL. ESTA PENA CONVENCIONAL SE ESTIPULA CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 28 ARTÍCULO DE LA LEY ADE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAGO DE LA PENA CONVENCIONAL SEÑALADA, “EL GOBIERNO” PODRÁ EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DEL PROPIO CONTRATO.
PARA EL CASO DE INCUMPLIMIENTO DE “EL GOBIERNO”, EN EL PRESENTE CONTRATO, Y NO SE CUMPLA CON EL PAGO EN LA FORMA CONVENIDA, SE ESTABLECE COMO PENA CONVENCIONAL A FAVOR DEL PROVEEDOR UNA TASA DE GASTOS FINANCIEROS IGUAL A LA ESTABLECIDA EN LA LEY DE INGRESOS DEL ESTADO PARA LA PROGRROGA PARA EL PAGO DE CRÉDITO FISCALES. DICHOS GASTOS FINANCIEROS SE CALCULARAN SOBRE LAS CANTIDADES NO PAGADAS Y SE COMPURTARAN POR DÍAS DE CALENDARIO DESDE QUE SE VENZA EL PLAZO PACTADO, HASTA LA FECHA EN QUE SE PONGAN EFECTIVAMENTE LAS CANTIDADES A DISPOSICION DEL PROVEEDOR, EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 26, FRACCIÓN III DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES.
DÉCIMA SEGUNDA: DE LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. “EL GOBIERNO” PODRÁ EN CUALQUIER MOMENTO RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE ESTE CONTRATO POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO. LA CONTRAVENCIÓN A LAS DISPOSICIONES, LINEAMIENTOS, BASES, PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS QUE ESTABLECE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS, RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX Y DEMÁS DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS ADMINISTRATIVAS SOBRE LA MATERIA, ASÍ COMO EL INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES DE "EL PROVEEDOR" ESTIPULADAS EN EL CUERPO DEL PRESENTE CONTRATO, DA DERECHO A SU RESCISIÓN INMEDIATA SIN RESPONSABILIDAD PARA “EL GOBIERNO” Y SIN PERJUICIO DE QUE SE APLIQUEN A "EL PROVEEDOR" LAS PENAS CONVENCIONALES, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN ESTE CONTRATO Y QUE SE LE HAGAN EFECTIVAS LAS GARANTÍAS OTORGADAS EN SU CASO, PARA EL CUMPLIMIENTO DEL MISMO.
DÉCIMA TERCERA: CAUSALES DE RESCISIÓN DEL CONTRATO. LAS CAUSAS QUE PUEDEN DAR LUGAR A LA RESCISIÓN DEL CONTRATO SIN NECESIDAD DE DECLARACIÓN JUDICIAL Y SIN MÁS TRÁMITE, SON LAS QUE A CONTINUACIÓN SE ENUNCIAN:
1) SI "EL PROVEEDOR" NO ENTREGA LOS BIENES OBJETO DE ESTE CONTRATO, EN CONDICIONES ÓPTIMAS DE USO EN LA (S) FECHA (S) CONVENIDA (S).
2) SI SUSPENDE EL SUMINISTRO O SE NIEGA A REPONER ALGÚN BIEN FALTANTE O DEFECTUOSO.
3) SI NO ENTREGA LOS BIENES DE CONFORMIDAD CON LO ESTIPULADO SIN CAUSA JUSTIFICADA O NO ACATA LAS INSTRUCCIONES DADAS POR ESCRITO POR “EL GOBIERNO”.
4) SI NO DA CUMPLIMIENTO A LO PACTADO EN LA (S) FECHA (S) DE ENTREGA (S) ESTIPULADAS Y A JUICIO DE “EL GOBIERNO”, EL ATRASO PUEDE CAUSARLE PERJUICIOS O CONSECUENCIAS GRAVES.
5) SI "EL PROVEEDOR" SE DECLARA EN QUIEBRA O EN SUSPENSIÓN DE PAGOS.
6) SI "EL PROVEEDOR" NO DA A “EL GOBIERNO”, ASÍ COMO A LAS RESPECTIVAS DEPENDENCIAS OFICIALES QUE TENGAN FACULTADES PARA INTERVENIR, LAS FACILIDADES PARA LA INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y SUPERVISIÓN DE LA ELABORACIÓN Y ENTREGA DE LOS BIENES.
7) CUANDO SE COMPRUEBE QUE “EL PROVEEDOR” NO HAYA MANIFESTADO LA VERDAD SOBRE LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA EN EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN ORIGEN DE ESTE CONTRATO.
8) EN GENERAL, POR INCUMPLIMIENTO POR PARTE DE "EL PROVEEDOR" DE CUALQUIER OTRA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL PRESENTE CONTRATO O SUS ANEXOS, DE LAS LEYES Y DISPOSICIONES LEGALES REGLAMENTARIAS APLICABLES A ESTE CONTRATO.
DÉCIMA CUARTA: DE LA SUJECIÓN DE LAS PARTES. “LAS PARTES” SE OBLIGAN A SUJETARSE ESTRICTAMENTE PARA EL CUMPLIMIENTO DEL OBJETO DE ESTE CONTRATO, A TODAS Y CADA UNA DE LAS CLÁUSULAS QUE LO INTEGRAN, ASÍ COMO A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLES VIGENTE EN EL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX Y DEMÁS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS QUE SEAN APLICABLES EN CUANTO AL FONDO Y CUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO. FORMAN PARTE DE ESTE CONTRATO, LAS BASES DE LA LICITACIÓN, SUS ANEXOS Y TODA LA DOCUMENTACIÓN DERIVADA DE LA MISMA.
DÉCIMA QUINTA: DE LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. “LAS PARTES” SE SOMETEN A LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES DE ESTA CIUDAD DE MORELIA, MICHOACÁN; CON RELACIÓN A LA INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO. POR LO TANTO “LAS PARTES” RENUNCIAN A LA JURISDICCIÓN QUE POR MOTIVO DE DOMICILIO PRESENTE, FUTURO O POR CUALQUIER OTRA CAUSA LES CORRESPONDA.
LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO POR LAS PARTES Y EL RESPONSABLE DEL PROCESO DE ADJUDICACIÓN, LO RATIFICAN CONOCIENDO SUS ALCANCES LEGALES Y SE FIRMA EN TRES TANTOS, EN LA CIUDAD DE MORELIA, CAPITAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, A LOS (FECHA DE FIRMA DEL CONTRATO).
POR “EL GOBIERNO” POR “EL PROVEEDOR”
NOMBRE DEL TITULAR (CARGO) NOMBRE (CARGO DE LA RAZÓN SOCIAL)
Formato 2 Orden de pedido
Formato 3
Contrato de arrendamiento de inmueble.
Paraestatales
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLE
(FORMATO PARA ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARAESTATAL)
U.P.P. ARRENDADOR:
VIGENCIA DEL CONTRATO:
MONTO DE LA RENTA MENSUAL: $ MAS IVA UBICACIÓN DEL INMUEBLE:
NUMERO DE METROS CUADRADOS:
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLE QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE (NOMBRE DE LA ENTIDAD QUE VAYA A SUSCRIBIR EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO), A QUIEN SE LE DENOMINARÁ “EL ARRENDATARIO”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR EL C. (NOMBRE DEL FUNCIONARIO) , EN SU CARÁCTER DE (CARGO DEL FUNCIONARIO), ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL C. (NOMBRE DEL DELEGADO ADMINISTRATIVO), EN SU CARÁCTER DE DELEGADO ADMINISTRATIVO; Y POR LA OTRA PARTE, EL C. (NOMBRE DEL PROPIETARIO DEL BIEN O APODERADO LEGAL), A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL ARRENDADOR”; QUIENES CUANDO ACTÚEN EN SU CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, SUJETANDOSE AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I.- DE “EL ARRENDATARIO”
I.1. QUE EL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO SE CELEBRA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 1° DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX Y 32 DE SU REGLAMENTO.
I.2. QUE DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO A LOS ARTÍCULOS 40 Y 41 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, LA (NOMBRE DE LA ENTIDAD) FORMA PARTE DE LA ADMINISTRACION PUBLICA ESTATAL.
I.3. QUE EL TITULAR DE ENTIDAD CUENTA CON FACULTADES PARA FIRMAR EL PRESENTE CONTRATO DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 18 Y 19 DE LA LEY DE ENTIDADES PARAESTATALES DEL ESTADO DE MICHOACÁN Y DEL DECRETO DE CREACIÓN O LA LEY POR LA CUAL SE CREA LA PARAESTATAL.
I.4 QUE EL DELEGADO ADMINISTRATIVO, ESTA FACULTADO PARA ASISTIR AL TITULAR EN LA FIRMA DEL PRESENTE, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO DEL DECRETO DE CREACIÓN O LA LEY POR LA CUAL SE CREA LA PARAESTATAL.
I.5 QUE PARA LAS EROGACIONES QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE CONTRATO, CUENTA CON LA CORRESPONDIENTE AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL, COMO SE CERTIFICA LA CUENTA BANCARIA NO. DE FECHA ; DE ACUERDO A LO ESTIPULADO EN EL ARTÍCULO 7° DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACION DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLES DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX.
I.6 QUE CUENTA CON EL DICTAMEN DE JUSTIPRECIACIÓN XX XXXXX EXPEDIDO POR CATASTRO, DE FECHA
I.7 QUE CUENTA CON OFICIO DE LA DIRECCIÓN DE PATRIMONIO ESTATAL QUE CETIFIQUE QUE NO HAY INMUEBLES DISPONIBLES O CON LAS CARACTERÍSTICAS QUE REQUIERE LA DEPENDENCIA
(SOLO EN CASO DE SER UN NUEVO CONTRATO DE ARRENDAMIENTO).
I.8 QUE CUENTA CON OFICIO DE LA COMISIÓN DE AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PARA LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO (SOLO EN CASO DE SER UN NUEVO CONTRATO DE ARRENDAMIENTO).
I.9. QUE SEÑALA COMO SU DOMICILIO PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES DEL PRESENTE CONTRATO, EL UBICADO EN EL NO. DE LA CALLE
, DE ESTA CIUDAD DE, MICHOACÁN.
II.- DE “EL ARRENDADOR”
II.1. QUE ES PROPIETARIO O (REPRESENTANTE LEGAL) DEL BIEN INMUEBLE OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y TIENE LEGAL CAPACIDAD DE GOCE Y DE EJERCICIO PARA CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO, EL CUAL SE ENCUENTRA UBICADO EN
,DE LA CIUDAD DE , INSCRITO ANTE LA DIRECCION DE REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD DEL ESTADO, BAJO EL NUMERO ,TOMO DEL LIBRO DE PROPIEDAD CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE . (ANEXAR COPIA DE ESCRITURA PÚBLICA O PODER LEGAL, Y COPIA DE CREDENCIAL DE ELECTOR DE QUIEN ESTE CELEBRANDO EL CONTRATO).
II.2. LA SUPERFICIE QUE DA EN ARRENDAMIENTO ES DE M2.
II.3. QUE EL INMUEBLE OBJETO DEL ARRENDAMIENTO NO SOPORTA GRAVAMEN O CARGA ALGUNA QUE PUEDAN AFECTAR EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS QUE LE ASISTEN A “EL ARRENDATARIO” POR VIRTUD DE LA CELEBRACIÓN DE ESTE CONTRATO. (ANEXAR CERTIFICADO NEGATIVO DE GRAVAMEN).
II.4. QUE EL PAGO DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTRIBUCIONES, CON LOS QUE CUENTA EL BIEN RAÍZ SE ENCUENTRAN CUBIERTOS A LA FECHA DE LA CELEBRACIÓN DE ESTE INSTRUMENTO. (ANEXAR ÚLTIMO RECIBO SALDADO, DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTRIBUCIONES).
II.5. QUE SE ENCUENTRA DEBIDAMENTE INSCRITO Y ACTUALIZADO EN EL PADRÓN DE PROVEEDORES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL, BAJO EL NÚMERO .
II.6. QUE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD MANIFIESTA QUE NO DESEMPEÑA EMPLEO CARGO O COMISIÓN EN EL SERVICIO PÚBLICO Y NO ENCONTRARSE EN ALGÚN SUPUESTO DE LOS SEÑALADOS EN LOS ARTÍCULOS 32 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX Y 17 DE SU REGLAMENTO.
II.7. QUE TIENE REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES NO. .
II.8. QUE SEÑALA COMO DOMICILIO PARA TODOS LOS EFECTOS A QUE HAYA LUGAR, EL UBICADO EN EL NO. DE LA CALLE DE LA CIUDAD DE , MICHOACÁN.
III.- DE “LAS PARTES”:
QUE “LAS PARTES” RECONOCEN LA PERSONALIDAD CON QUE COMPARECEN A LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE Y ESTAN CONFORMES EN CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LO QUE SE CONSIGNA EN LAS SIGUIENTES:
X X X X X X X X X
PRIMERA: “EL ARRENDADOR” ENTREGA EN ARRENDAMIENTO Y LA (NOMBRE DE LA DEPENDENCIA), RECIBE, EL INMUEBLE UBICADO EN: , CON UNA SUPERFICIE DE
Y QUE CUENTA CON LOS SERVICIOS DE AGUA, PREDIAL Y LUZ, CUBIERTOS TOTALMENTE AL MOMENTO DE LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO.
SEGUNDA: MONTO Y CONDICIONES DE PAGO.- EL PRECIO MENSUAL DEL ARRENDAMIENTO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $ MAS IVA, (MENOS EL 10% DE I.S.R.), MISMO QUE SERÁ PAGADO POR MENSUALIDADES VENCIDAS EN EL DOMICILIO DE “EL ARRENDATARIO”.
TERCERA: VIGENCIA.- SERÁ POR EL TÉRMINO DE CONTADO A PARTIR DEL AL DE
DEL
CUARTA: OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR.- “EL ARRENDADOR” SE OBLIGA A:
a) RESPONDER DE LOS VICIOS O DEFECTOS OCULTOS QUE PRESENTE EL INMUEBLE;
b) ENTREGAR EL BIEN AL CORRIENTE DEL PAGO DE LOS SERVICIOS REFERIDOS EN LA CLÁUSULA PRIMERA;
c) REALIZAR LAS REPARACIONES MAYORES O MENORES NECESARIAS, DESTINADAS A CONSERVAR EL BIEN ARRENDADO EN EL MISMO ESTADO EN QUE SE ENCONTRABA AL MOMENTO DE LA CONTRATACIÓN;
d) EN CASO DE NO ATENDER LA OBLIGACIÓN ENUNCIADA EN EL INCISO ANTERIOR, COMPENSAR LOS GASTOS EROGADOS POR “EL ARRENDATARIO” POR ESTE CONCEPTO EN LA MISMA MEDIDA, EN LA PENSIÓN O PENSIONES RENTÍSTICAS SUBSECUENTES.
QUINTA: OBLIGACIONES DE “EL ARRENDATARIO”.- EL ARRENDATARIO SE OBLIGA A:
a) A DESTINAR EL INMUEBLE OBJETO DEL CONTRATO PARA EL USO DE OFICINAS ADMINISTRATIVAS, Y NO PODRÁ SUBARRENDARLO SALVO LA VOLUNTAD Y CONSENTIMIENTO EXPRESO DEL ARRENDADOR;
b) MANTENER EL INMUEBLE ARRENDADO EN LAS CONDICIONES DE USO QUE LE SEA ENTREGADO, SALVO QUE EL PROPIO BIEN RAÍZ SUFRA DAÑO O PERJUICIO ALGUNO OCASIONADO POR UN ACONTECIMIENTO NATURAL O DEL HOMBRE, IMPREVISIBLE O DE FUERZA MAYOR, EN CUYO CASO “EL ARRENDATARIO” NO SERÁ RESPONSABLE DE LOS DAÑOS QUE SE OCASIONEN;
c) HACER DEL CONOCIMIENTO DE “EL ARRENDADOR” LOS DESPERFECTOS QUE PRESENTE EL INMUEBLE Y QUE SEAN A CARGO DE ESTE ÚLTIMO;
d) RESPONDER DEL PAGO Y MANTENIMIENTO DE LOS SERVICIOS CON QUE CUENTA EL INMUEBLE DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO;
e) ENTREGAR EL INMUEBLE OBJETO DE ESTE ACTO, UNA VEZ CONCLUIDO EL ARRENDAMIENTO, EN LAS MISMAS CONDICIONES EN QUE FUE RECIBIDO, SALVO EL DETERIORO PROPIO DERIVADO DEL USO NORMAL DEL BIEN.
SEXTA: MODIFICACIONES Y ADAPTACIONES.- LAS PARTES CONVIENEN QUE “EL ARRENDATARIO” PODRÁ REALIZAR LAS MEJORAS, MODIFICACIONES Y ADAPTACIONES QUE CONSIDERE NECESARIAS, SIEMPRE QUE NO ALTEREN O VARÍEN SUBSTANCIALMENTE LA ESTRUCTURA DEL INMUEBLE ARRENDADO.
ASÍ MISMO, “EL ARRENDATARIO” SE RESERVA EL DERECHO DE RETIRAR LAS ADAPTACIONES E INSTALACIONES QUE REALICE EN EL INMUEBLE AL TERMINO DEL ARRENDAMIENTO.
SÉPTIMA.-TERMINACIÓN ANTICIPADA.- “LAS PARTES” CONVIENEN QUE CUALQUIERA DE ELLAS
PODRÁ DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE ESTE CONTRATO, MANIFESTANDO SU VOLUNTAD POR ESCRITO POR LO MENOS CON 30 DÍAS NATURALES DE ANTICIPACIÓN.
OCTAVA: CAUSALES DE RESCISIÓN.- SON CAUSALES DE RESCISIÓN LAS QUE A CONTINUACIÓN SE INDICAN:
a. “EL ARRENDATARIO” DESTINE EL INMUEBLE A UN FIN DIVERSO DEL SEÑALADO EN LA CLÁUSULA QUINTA;
b. POR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTENIDAS EN ESTE CONTRATO, POR CUALQUIERA DE “LAS PARTES”.
NOVENA: JURISDICCIÓN.- PARA LA INTERPRETACIÓN, CUMPLIMIENTO O CUALQUIER CONFLICTO QUE LLEGARE A SUSCITARSE CON MOTIVO DE ESTE CONTRATO, “LAS PARTES” SE SOMETEN A LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES DE ESTA CIUDAD DE MORELIA, MICHOACÁN, POR LO TANTO RENUNCIAN A LA JURISDICCIÓN QUE POR MOTIVO DE DOMICILIO PRESENTE O FUTURO LES CORRESPONDA.
DÉCIMA: LEGALIDAD.- “LAS PARTES” MANIFIESTAN QUE ESTE CONTRATO NO SE ENCUENTRA AFECTADO POR VICIOS DEL CONSENTIMIENTO TALES COMO EL ERROR, DOLO, LESIÓN O MALA FE.
LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO Y TODA VEZ QUE NO HAY ERROR, DOLO O MALA FE, “LAS PARTES” LO RATIFICAN, CONOCIENDO SUS ALCANCES LEGALES, FIRMÁNDOSE POR CUADRUPLICADO, EN LA CIUDAD DE MORELIA, MICHOACÁN, A LOS DÍAS DEL MES DE DEL AÑO DE 2017.
POR “EL ARRENDADOR” POR “EL ARRENDATARIO”
PROPIETARIO O APODERADO LEGAL TITULAR DE LA ENTIDAD
DELEGADO ADMINISTRATIVO
Formato 4
Contrato de arrendamiento de inmueble.
Centralizados
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLE
(FORMATO PARA DEPENDENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL CENTRALIZADA)
U.P.P.: ARRENDADOR:
VIGENCIA DEL CONTRATO:
MONTO DE LA RENTA MENSUAL: $ MAS IVA UBICACIÓN DEL INMUEBLE:
NUMERO DE METROS CUADRADOS:
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLE QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE (NOMBRE DE LA DEPENDENCIA QUE VAYA SUSCRIBIR EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO), A QUIEN SE LE DENOMINARÁ “EL ARRENDATARIO”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR EL C. (NOMBRE DEL FUNCIONARIO) , EN SU CARÁCTER DE (CARGO DEL FUNCIONARIO), ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL C. (NOMBRE DEL DELEGADO ADMINISTRATIVO), EN SU CARÁCTER DE DELEGADO ADMINISTRATIVO; Y POR LA OTRA PARTE, EL C. (NOMBRE DEL PROPIETARIO DEL BIEN O APODERADO LEGAL), A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL ARRENDADOR”; QUIENES CUANDO ACTÚEN EN SU CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, SUJETANDOSE AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I.- DE “EL ARRENDATARIO”
I.1. QUE EL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO SE CELEBRA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 1° DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX Y 32 DE SU REGLAMENTO.
I.2. QUE DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO A LOS ARTÍCULOS 9 Y 17 FRACCION DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, LA (NOMBRE DE LA DEPENDENCIA) FORMA PARTE DE LA ADMINISTRACION PUBLICA.
I.3. QUE EL TITULAR DE LA DEPENDENCIA CUENTA CON FACULTADES PARA FIRMAR EL PRESENTE CONTRATO DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 13,14 15 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, ASÍ COMO LOS ARTÍCULOS 6° FRACCIÓN Y ARTICULO 11 FRACC. XVIII DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRALIZADA DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX.
I.4 QUE EL DELEGADO ADMINISTRATIVO, ESTA FACULTADO PARA ASISTIR AL TITULAR EN LA FIRMA DEL PRESENTE, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 17 FRACCIONES XIX Y XXI DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRALIZADA DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX.
I.5 QUE PARA LAS EROGACIONES QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE CONTRATO, CUENTA CON LA CORRESPONDIENTE AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL COMO SE DESPRENDE DE LA CONSTANCIA EXPEDIDA POR LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, CON OFICIO NO. , Y NUMERO DE FOLIO DE FECHA ; DE ACUERDO A LO ESTIPULADO EN EL ARTÍCULO 7° DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACION DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLES DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX.
I.6 QUE CUENTA CON EL DICTAMEN DE JUSTIPRECIACIÓN XX XXXXX EXPEDIDO POR CATASTRO, DE FECHA
I.7 QUE CUENTA CON OFICIO DE LA DIRECCIÓN DE PATRIMONIO ESTATAL QUE CERTIFIQUE QUE NO HAY INMUEBLES DISPONIBLES O CON LAS CARACTERÍSTICAS QUE REQUIERE LA DEPENDENCIA (SOLO EN CASO DE SER UN NUEVO CONTRATO DE ARRENDAMIENTO).
I.8 QUE CUENTA CON OFICIO DE LA COMISIÓN DE AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PARA LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO (SOLO EN CASO DE SER UN NUEVO CONTRATO DE ARRENDAMIENTO).
I.9. QUE SEÑALA COMO SU DOMICILIO PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES DEL PRESENTE CONTRATO, EL UBICADO EN EL NO. DE LA CALLE , DE ESTA CIUDAD DE MICHOACÁN.
II.- DE “EL ARRENDADOR”
II.1. QUE ES PROPIETARIO O (REPRESENTANTE LEGAL) DEL BIEN INMUEBLE OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y TIENE LEGAL CAPACIDAD DE GOCE Y DE EJERCICIO PARA CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO, EL CUAL SE ENCUENTRA UBICADO EN
,DE LA CIUDAD DE , INSCRITO ANTE LA DORECCION DE REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD DEL ESTADO, BAJO EL NUMERO ,TOMO ,DEL LIBRO DE PROPIEDAD CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE . (ANEXAR COPIA DE ESCRITURA PÚBLICA O PODER LEGAL, Y COPIA DE CREDENCIAL DE ELECTOR DE QUIEN ESTE CELEBRANDO EL CONTRATO).
II.2. LA SUPERFICIE QUE DA EN ARRENDAMIENTO ES DE M2
II.3. QUE EL INMUEBLE OBJETO DEL ARRENDAMIENTO NO SOPORTA GRAVAMEN O CARGA ALGUNA QUE PUEDAN AFECTAR EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS QUE LE ASISTEN A “EL ARRENDATARIO” POR VIRTUD DE LA CELEBRACIÓN DE ESTE CONTRATO. (ANEXAR CERTIFICADO NEGATIVO DE NO GRAVAMEN).
II.4. QUE EL PAGO DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTRIBUCIONES, CON LOS QUE CUENTA EL BIEN RAÍZ SE ENCUENTRAN CUBIERTOS A LA FECHA DE LA CELEBRACIÓN DE ESTE INSTRUMENTO. (ANEXAR ÚLTIMO RECIBO SALDADO, D ELOS SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTRIBUCIONES).
II.5. QUE SE ENCUENTRA DEBIDAMENTE INSCRITO Y ACTUALIZADO EN EL PADRÓN DE PROVEEDORES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL, BAJO EL NÚMERO .
II.6. QUE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD MANIFIESTA QUE NO DESEMPEÑA EMPLEO CARGO O COMISIÓN EN EL SERVICIO PÚBLICO Y NO ENCONTRARSE EN ALGÚN SUPUESTO DE LOS SEÑALADOS EN LOS ARTÍCULOS 32 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX Y 17 DE SU REGLAMENTO.
II.7. QUE TIENE REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES NO. .
II.8. QUE SEÑALA COMO DOMICILIO PARA TODOS LOS EFECTOS A QUE HAYA LUGAR, EL UBICADO EN EL NO. DE LA CALLE DE LA CIUDAD DE , MICHOACÁN.
III.- DE “LAS PARTES”:
QUE “LAS PARTES” RECONOCEN LA PERSONALIDAD CON QUE COMPARECEN A LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE Y ESTAN CONFORMES EN CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LO QUE SE CONSIGNA EN LAS SIGUIENTES:
X X X X X X X X X
PRIMERA: “EL ARRENDADOR” ENTREGA EN ARRENDAMIENTO Y LA (NOMBRE DE LA DEPENDENCIA), RECIBE, EL INMUEBLE UBICADO EN , CON UNA SUPERFICIE DE Y QUE CUENTA CON LOS SERVICIOS DE AGUA, PREDIAL Y LUZ, CUBIERTOS TOTALMENTE AL MOMENTO DE LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO.
SEGUNDA: MONTO Y CONDICIONES DE PAGO.- EL PRECIO MENSUAL DEL ARRENDAMIENTO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $ MAS IVA, (MENOS EL 10% DE I.S.R.), MISMO QUE SERÁ PAGADO POR MENSUALIDADES VENCIDAS EN EL DOMICILIO DE “EL ARRENDATARIO”.
TERCERA: VIGENCIA.-SERÁ POR EL TÉRMINO DE
DE AL DE 20 .
CONTANDO A PARTIR DEL DEL
CUARTA: OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR.- “EL ARRENDADOR” SE OBLIGA A:
a) RESPONDER DE LOS VICIOS O DEFECTOS OCULTOS QUE PRESENTE EL INMUEBLE;
b) ENTREGAR EL BIEN AL CORRIENTE DEL PAGO DE LOS SERVICIOS REFERIDOS EN LA CLÁUSULA PRIMERA;
c) REALIZAR LAS REPARACIONES MAYORES O MENORES NECESARIAS, DESTINADAS A CONSERVAR EL BIEN ARRENDADO EN EL MISMO ESTADO EN QUE SE ENCONTRABA AL MOMENTO DE LA CONTRATACIÓN;
d) EN CASO DE NO ATENDER LA OBLIGACIÓN ENUNCIADA EN EL INCISO ANTERIOR, COMPENSAR LOS GASTOS EROGADOS POR “EL ARRENDATARIO” POR ESTE CONCEPTO EN LA MISMA MEDIDA, EN LA PENSIÓN O PENSIONES RENTÍSTICAS SUBSECUENTES.
QUINTA: OBLIGACIONES DE “EL ARRENDATARIO”.- EL ARRENDATARIO SE OBLIGA A:
a) A DESTINAR EL INMUEBLE OBJETO DEL CONTRATO PARA EL USO DE OFICINAS ADMINISTRATIVAS, Y NO PODRÁ SUBARRENDARLO SALVO LA VOLUNTAD Y CONSENTIMIENTO EXPRESO DEL ARRENDADOR;
b) MANTENER EL INMUEBLE ARRENDADO EN LAS CONDICIONES DE USO QUE LE SEA ENTREGADO, SALVO QUE EL PROPIO BIEN RAÍZ SUFRA DAÑO O PERJUICIO ALGUNO OCASIONADO POR UN ACONTECIMIENTO NATURAL O DEL HOMBRE, IMPREVISIBLE O DE FUERZA MAYOR, EN CUYO CASO “EL ARRENDATARIO” NO SERÁ RESPONSABLE DE LOS DAÑOS QUE SE OCASIONEN;
c) HACER DEL CONOCIMIENTO DE “EL ARRENDADOR” LOS DESPERFECTOS QUE PRESENTE EL INMUEBLE Y QUE SEAN A CARGO DE ESTE ÚLTIMO;
d) RESPONDER DEL PAGO Y MANTENIMIENTO DE LOS SERVICIOS CON QUE CUENTA EL INMUEBLE DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO;
e) ENTREGAR EL INMUEBLE OBJETO DE ESTE ACTO, UNA VEZ CONCLUIDO EL ARRENDAMIENTO, EN LAS MISMAS CONDICIONES EN QUE FUE RECIBIDO, SALVO EL DETERIORO PROPIO DERIVADO DEL USO NORMAL DEL BIEN.
SEXTA: MODIFICACIONES Y ADAPTACIONES.- LAS PARTES CONVIENEN QUE “EL ARRENDATARIO” PODRÁ REALIZAR LAS MEJORAS, MODIFICACIONES Y ADAPTACIONES QUE CONSIDERE NECESARIAS, SIEMPRE QUE NO ALTEREN O VARÍEN SUBSTANCIALMENTE LA ESTRUCTURA DEL INMUEBLE ARRENDADO. ASÍ MISMO, “EL ARRENDATARIO” SE RESERVA EL DERECHO DE RETIRAR LAS ADAPTACIONES E INSTALACIONES QUE REALICE EN EL INMUEBLE AL TERMINO DEL ARRENDAMIENTO.
SÉPTIMA.-TERMINACIÓN ANTICIPADA.- “LAS PARTES” CONVIENEN QUE CUALQUIERA DE ELLAS PODRÁ DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE ESTE CONTRATO, MANIFESTANDO SU VOLUNTAD POR ESCRITO POR LO MENOS CON 30 DÍAS NATURALES DE ANTICIPACIÓN.
OCTAVA: CAUSALES DE RESCISIÓN.- SON CAUSALES DE RESCISIÓN LAS QUE A CONTINUACIÓN SE INDICAN:
A) “EL ARRENDATARIO” DESTINE EL INMUEBLE A UN FIN DIVERSO DEL SEÑALADO EN LA CLÁUSULA QUINTA;
B) POR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTENIDAS EN ESTE CONTRATO, POR CUALQUIERA DE “LAS PARTES”.
NOVENA: JURISDICCIÓN.- PARA LA INTERPRETACIÓN, CUMPLIMIENTO O CUALQUIER CONFLICTO QUE LLEGARE A SUSCITARSE CON MOTIVO DE ESTE CONTRATO, “LAS PARTES” SE SOMETEN A LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES DE ESTA CIUDAD DE MORELIA, MICHOACÁN, POR LO TANTO RENUNCIAN A LA JURISDICCIÓN QUE POR MOTIVO DE DOMICILIO PRESENTE O FUTURO LES CORRESPONDA.
DÉCIMA: LEGALIDAD.- “LAS PARTES” MANIFIESTAN QUE ESTE CONTRATO NO SE ENCUENTRA AFECTADO POR VICIOS DEL CONSENTIMIENTO TALES COMO EL ERROR, DOLO, LESIÓN O MALA FE.
LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO Y TODA VEZ QUE NO HAY ERROR, DOLO O MALA FE, “LAS PARTES” LO RATIFICAN, CONOCIENDO SUS ALCANCES LEGALES, FIRMÁNDOSE POR CUADRUPLICADO, EN LA CIUDAD DE MORELIA, MICHOACÁN, A
LOS DÍAS DEL MES DE DEL AÑO DE 2017.
POR “EL ARRENDADOR” POR “EL ARRENDATARIO”
PROPIETARIO O APODERADO LEGAL
TITULAR DE LA DEPENDENCIA
DELEGADO ADMINISTRATIVO
Formato 5
Contrato de Prestación de Servicio de Fotocopiado
CONTRATO DE PESTACION DE SERVICIO DE FOTOCOPIADO
U.P.P.: PRESTADOR:
VIGENCIA:
PRECIO POR COPIA:
NUMERO DE EQUIPOS:
CONTRATO DE PESTACION DE SERVICIO DE FOTOCOPIADO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE (NOMBRE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD QUE VAYA A SUCRIBIR EL CONTRATO DE FOTOCOPIADO) A QUIEN SE LE DENOMINARÁ “EL PRESTATARIO”, REPRESENTADO EN ESTE ACTÓ POR TITULAR EL
C. (NOMBRE DEL FUNCIONARIO) EN SU CARÁCTER DE (CARGO DEL FUNCIONARIO),ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL C.(NOMBRE DEL DELEGADO ADMINISTRATIVO) EN SU CARÁCTER DE DELEGADO ADMINISTRATIVO Y POR LA OTRA, EL C.(NOMBRE DEL PROPIETARIO DEL BIEN O APODERADO LEGAL), A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL PRESTADOR”, QUIENES CUANDO ACTUEN EN SU CONJUNTO SE LES DENOMINARA “LAS PARTES” SUJETÁNDOSE AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S:
I. DE “EL PRESTATARIO”:
I.1. QUE EL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO SE CELEBRA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 1° DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE(SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX Y 32 DE SU REGLAMENTO.
I.2. QUE SUS ATRIBUCIONES SE ENCUENTRAN ESTABLECIDAS EN LOS ARTÍCULOS 9 Y 17 (O 40 Y 41, TRATÁNDOSE DE ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARAESTATAL) DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX Y EN EL ARTÍCULO DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA ADMINISTRACION PUBLICA CENTRALIZADA DEL ESTADO DE MICHOACAN XX XXXXXX.
I.3. QUE PARA LAS EROGACIONES QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE CONTRATO, CUENTA CON LA CORRESPONDIENTE AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL COMO SE DESPRENDE DE LA CONSTANCIA EXPEDIDA POR LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, MEDIANTE OFICIO NO.
Y FOLIO DE FECHA Y NÚMERO DE CERTIFICACIÓN.
1.4. QUE SEÑALA COMO SU DOMICILIO PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES DEL PRESENTE CONTRATO, EL UBICADO EN XX XX. XX XX XXXXX , XX XXXX XXXXXX XX , XXXXXXXXX.
1.5 QUE EL DELEGADO ADMINISTRATIVO, ESTÁ FACULTADO PARA ASISTIR AL TITULAR EN LA FIRMA DEL PRESENTE, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 17 FRACCIONES XIX Y XXI DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
II. DE “EL PRESTADOR”
II.1. QUE TIENE LEGAL CAPACIDAD DE GOCE Y DE EJERCICIO PARA CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO, Y ENTREGARÁ EL EQUIPO PARA PRESTAR EL SERVICIO DE FOTOCOPIADO, CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: .
II.2. QUE SE ENCUENTRA DEBIDAMENTE INSCRITO Y ACTUALIZADO EN EL PADRÓN DE PROVEEDORES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL BAJO EL NÚMERO .
II.3. QUE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD MANIFIESTA QUE NO DESEMPEÑA EMPLEO, CARGO O COMISIÓN EN EL SERVICIO PÚBLICO Y NO ENCONTRARSE EN ALGÚN SUPUESTO DE LOS SEÑALADOS EN LOS ARTÍCULOS 32 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX Y 17 DE SU REGLAMENTO.
II.4. QUE TIENE REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES NO. .
II.5. QUE SEÑALA COMO DOMICILIO PARA TODOS LOS EFECTOS A QUE HAYA XXXXX XX XXXXXXX XX XX XX. XX XX XXXXX XX XX XXXXXX XX , XXXXXXXXX.
AMBAS PARTES RECONOCEN SU PERSONALIDAD, POR LO QUE ESTÁN CONFORMES EN CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LO QUE SE CONSIGNA EN LAS SIGUIENTES:
X X X X X X X X X:
PRIMERA: DEL OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO CONSISTE EN LA PRESTACION DE SERVICIO DE FOTOCOPIADO SIN LÍMITE DE COPIAS, QUE SE PRESTARÁ CON LOS BIENES MUEBLES SIGUIENTES:
.
SEGUNDA: MONTO Y CONDICIONES DE PAGO SE CONVIENE QUE EL PRECIO DEL SERVICIO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE CENTAVOS MÁS IVA POR COPIA, COSTO QUE SERÁ PAGADO POR MENSUALIDADES VENCIDAS EN EL DOMICILIO DE “EL PRESTATARIO”, DE CONFORMIDAD A LA LECTURA TOMADA POR AMBAS PARTES EN EL MEDIDOR DEL EQUIPO DE FOTOCOPIADO Y CON CARGO AL PRESUPUESTO DE LA UNIDAD PROGRAMÁTICA PRESUPUESTAL QUE RECIBE EL SERVICIO.
TERCERA: OBLIGACIONES DE “EL PRESTADOR” SE COMPROMETE A:
I. INSTALAR EL EQUIPO DE FOTOCOPIADO, EN EL DOMICILIO QUE PARA EL EFECTO SE LE SEÑALE;
II. TRASLADAR E INSTALAR EL EQUIPO EN CASO DE CAMBIO DE DOMICILIO O REDIMENSIONAMIENTO DE LOS ESPACIOS FÍSICOS DE “DEL PRESTATARIO”, TANTAS VECES COMO SEA NECESARIO;
III. PROPORCIONAR EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO CONFORME A LO INDICADO EN EL MANUAL DE OPERACIÓN DEL EQUIPO DE FOTOCOPIADO CADA 30 DÍAS Y EL MANTENIMIENTO CORRECTIVO EN UN TERMINO NO MAYOR A 6 HORAS, PREVIO REPORTE DE “EL PRESTATARIO”, DESIGNANDO PERSONAL CAPACITADO DE SU EMPRESA PARA TAL FIN;
IV. SUMINISTRAR LAS REFACCIONES Y CONSUMIBLES (EXCEPTO PAPEL), QUE SEAN NECESARIAS PARA EL FUNCIONAMIENTO Y MANTENIMIENTO DEL EQUIPO;
V. CAPACITAR EN EL USO DEL BIEN MUEBLE, AL PERSONAL ENCARGADO DE SU OPERACIÓN TANTAS VECES COMO SEA NECESARIO, CONSIDERANDO INCLUSO LOS CAMBIOS DE PERSONAL;
VI. SUSTITUIR EL BIEN POR OTRO DE LAS MISMAS CARACTERÍSTICAS POR EL TIEMPO QUE DUREN
LAS REPARACIONES MAYORES A 48 HORAS.
CUARTA: OBLIGACIONES DE “EL PRESTATARIO” SE COMPROMETE A:
I. PROPORCIONAR A “EL PRESTADOR” UNA INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE: .
II. REALIZAR LOS PAGOS DE MANERA PUNTUAL, PREVIA LA PRESENTACIÓN DE LA FACTURA CORRESPONDIENTE POR PARTE DE “EL PRESTADOR”;
III. RESPONDER POR LA PERDIDA O DETERIORO DEL BIEN, EQUIPO DE FOTOCOPIADO CON EL QUE SE PRESTE EL SERVICIO, A EXCEPCIÓN DEL DERIVADO DEL USO NORMAL DEL MISMO, ASÍ COMO POR CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR;
IV.“EL PRESTATARIO” NO ASUME NINGUNA RESPONSABILIDAD SEA DE TIPO LABORAL, CIVIL, PENAL O ADMINISTRATIVO, CON EL PERSONAL. CONTRATADO POR “EL PRESTADOR” A FIN DE CUMPLIR CON EL PRESENTE.
QUINTA: OBLIGACIONES DE AMBAS PARTES. RESPETAR Y CUMPLIR EN TODOS Y CADA UNO DE SUS TÉRMINOS LO PACTADO DENTRO DEL PRESENTE INSTRUMENTO.
SEXTA: VIGENCIA. EL PERIODO QUE COMPRENDE ESTE CONTRATO ES DEL DE
DEL 20 .
AL DE
SÉPTIMA: TERMINACIÓN ANTICIPADA. LAS PARTES CONVIENEN QUE CUALQUIERA DE ELLAS PODRÁ DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE ESTE CONTRATO, LO QUE COMUNICARÁ A LA OTRA POR LO MENOS 30 TREINTA DÍAS NATURALES ANTES, SIN QUE REQUIERA JUSTIFICACIÓN ALGUNA.
OCTAVA: RESCISIÓN. AMBAS PARTES CONVIENEN QUE ESTE CONTRATO SERÁ RESCINDIDO POR INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES QUE SON A CARGO DE ELLAS; Y ESPECÍFICAMENTE CUANDO “EL PRESTADOR” INCURRA EN ALGUNA DE LAS SIGUIENTES FALTAS:
I. NEGARSE A PRESTAR EL SERVICIO PARA EL QUE FUE CONTRATADO EN LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS;
II. INCURRIR EN FALTA DE PROBIDAD U HONRADEZ EN EL DESEMPEÑO DE LOS SERVICIOS PARA LOS QUE FUE CONTRATADO;
III. NO MANEJE CON LA DISCRECIÓN DEBIDA LA INFORMACIÓN QUE COMO CONSECUENCIA DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS, SEA DE SU CONOCIMIENTO.
DICHA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA, OPERA DE PLENO DERECHO Y SIN NECESIDAD DE DECLARACIÓN JUDICIAL, BASTANDO PARA ELLO QUE “EL PRESTATARIO” COMUNIQUE POR ESCRITO TAL DECLARACIÓN A “EL PRESTADOR”.
NOVENA: PENALIDADES. EL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS POR PARTE DE
“EL PRESTADOR” CONLLEVA A LA APLICACIÓN DE LAS SANCIONES PREVISTAS POR EL ARTÍCULO
38 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX.
DÉCIMA: JURISDICCIÓN. PARA LA INTERPRETACIÓN, CUMPLIMIENTO Y CUALQUIER CONFLICTO QUE SE SUSCITE CON MOTIVO DE ESTE CONTRATO, LAS PARTES SE SOMETEN A LA COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES COMUNES Y FEDERALES CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE MORELIA, MICHOACÁN;
RENUNCIANDO EXPRESAMENTE A LA QUE LES PUDIERA CORRESPONDER POR RAZÓN DE SU DOMICILIO PRESENTE O FUTURO, O POR CUALQUIER OTRA CAUSA; SOMETIÉNDOSE ADEMÁS, A LO DISPUESTO POR LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX.
DÉCIMA PRIMERA: LEGALIDAD. LAS PARTES MANIFIESTAN QUE ESTE CONTRATO NO ADOLECE DE ERROR, MALA FE, LESIÓN, DOLO O CUALQUIER OTRO VICIO DE LA VOLUNTAD QUE LO INVALIDE.
LEÍDO ESTE CONTRATO Y ENTERADAS LAS PARTES DE SU CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL, LO FIRMAN POR XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXXX, XXXXXXXXX; XX XXX XX
XXX XXX.
“EL PRESTADOR” “EL PRESTATARIO”
DELEGADO ADMINISTRATIVO
Formato 6
Contrato de Prestación de Servicios de Vigilancia
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VIGILANCIA
U.P.P.:
PRESTADOR:
MONTO MENSUAL:
VIGENCIA:
NUMERO DE ELEMENTOS:
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VIGILANCIA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, POR CONDUCTO DE , A QUIEN SE LE DENOMINARÁ “EL PRESTATARIO”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU TITULAR, EL C. , EN SU CARÁCTER DE , ASISTIDO EN ESTE ACTO POR , EN SU CARÁCTER DE DELEGADO ADMINISTRATIVO Y POR LA OTRA, LA EMPRESA DENOMINADA
, REPRESENTADA POR EL , A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL PRESTADOR”, QUIENES CUANDO ACTÚEN EN SU CONJUNTO SE LES DENOMINARA “LAS PARTES” SUJETÁNDOSE AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S:
I. DE “EL PRESTATARIO”:
I.1.QUE EL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO SE CELEBRA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 1° DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX Y 32 DE SU REGLAMENTO.
I.2.QUE SUS ATRIBUCIONES SE ENCUENTRAN ESTABLECIDAS EN LOS ARTÍCULOS 9 Y 17 (PARA CENTRALIZADA) O 00 X 00 (PARAESTATALES) DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO, EL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DE 2015 Y EN EL ARTÍCULO 11 FRACCIÓN XVIII DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRALIZADA DEL ESTADO DE MICHOACAN XX XXXXXX.
I.3. QUE PARA LAS EROGACIONES QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE CONTRATO, CUENTA CON LA CORRESPONDIENTE AUTORIZACION PRESUPUESTAL COMO SE DESPRENDE DE LA CONSTANCIA EXPEDIDA POR LA SECRETARIA DE FINANZAS, MEDIANTE OFICIO NUMERO DE FECHA
DE DE LA PRESENTE ANUALIDAD, MISMO QUE SE ADJUNTA AL PRESENTE, FORMANDO PARTE INTEGRANTE DE ESTE INSTRUMENTO. EN VIRTUD DE LA CERTIFICACION DE SUFICIENCIA PRESUPUESTAL NÚMERO .(PARAESTALES)
1.4. QUE SEÑALA COMO SU DOMICILIO PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES DEL PRESENTE CONTRATO, EL UBICADO EN LA XXXXX XXXXXX XX XX XXXXXXX
XX XXXX XXXXXX XX XXXXXXX XXXXXXXXX, X.X.
.
1.5 QUE EL DELEGADO ADMINISTRATIVO, ESTÁ FACULTADO PARA ASISTIR AL TITULAR EN LA FIRMA DEL PRESENTE, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 17 FRACCIONES XIX Y XXI DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRALIZADA DEL ESTADO DE MICHOACAN XX XXXXXX.
1.6. QUE SE PROCEDE A LA FIRMA DEL PRESENTE INSTRUMENTO CON ESTA FECHA, EN VIRTUD DE QUE AL ASUMIR EL CARGO EL ACTUAL TITULAR DE , NO SE ENCONTRABA FORMULADO NI TRAMITADO EL MISMO NI EL TRAMITE RESPECTIVAMENTE, POR ESTE CONCEPTO DE SERVICIOS ANTE LA INSTANCIA CORRESPONDIENTE.
II.- DE “EL PRESTADOR”
II.1. “EL PRESTADOR”: MANIFIESTA QUE TIENE LEGAL CAPACIDAD DE GOCE Y DE EJERCICIO PARA CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO, Y QUE PRESTARA EL SERVICIO DE VIGILANCIA CON ELEMENTOS DE HORAS DE DE AM A PM Y DE PM A
AM, SÁBADOS Y DOMINGOS HORAS.
II.2. QUE SE ENCUENTRA DEBIDAMENTE INSCRITO Y ACTUALIZADO EN EL PADRÓN DE PROVEEDORES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL BAJO EL NÚMERO
.
II.3. QUE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD MANIFIESTA QUE NO DESEMPEÑA EMPLEO, CARGO O COMISIÓN EN EL SERVICIO PÚBLICO Y NO ENCONTRARSE EN ALGÚN SUPUESTO DE LOS SEÑALADOS EN LOS ARTÍCULOS 32 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE(SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX Y 17 DE SU REGLAMENTO.
II.4. QUE TIENE REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES NO. .
II.5. QUE SEÑALA COMO DOMICILIO PARA TODOS LOS EFECTOS A QUE HAYA LUGAR EL UBICADO EN LA CALLE NÚMERO DE LA COLONIA DE ESTA CIUDAD DE MORELIA, MICHOACÁN.
AMBAS PARTES RECONOCEN SU PERSONALIDAD, ES CONFORMIDAD DE LAS PARTES CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LO QUE SE CONSIGNA EN LAS SIGUIENTES:
X X X X X X X X X:
PRIMERA: DEL OBJETO: CONSISTE EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA DE CON
ELEMENTOS DE HORAS DE DE AM A PM Y DE PM A AM, SÁBADOS Y DOMINGOS HORAS.
SEGUNDA: MONTO Y CONDICIONES DE PAGO: SE CONVIENE QUE EL PRECIO DEL SERVICIO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $ ( M.N.) (IVA INCLUIDO TRATANDOCE CON POLICIA AUXILIAR DEL ESDO DE MICHOACAN) QUE SERÁ PAGADO POR MENSUALIDADES VENCIDAS EN EL DOMICILIO DEL “PRESTATARIO”, DE Y CON CARGO AL PRESUPUESTO DE LA UNIDAD PROGRAMÁTICA PRESUPUESTAL QUE RECIBE EL SERVICIO.
TERCERA: OBLIGACIONES: “EL PRESTADOR” SE COMPROMETE A:
I. SE OBLIGA A PROPORCIONAR LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA EN EL DOMICILIO UBICADO EN LA XXXXX XXXXXX XX XX XXXXXXX , XX XXXX XXXXXX XX XXXXXXX, XXXXXXXXX, LUGAR EN DONDE SE ENCUENTRAN LAS OFICINAS DE .
II. SE OBLIGA A PROPORCIONAR LOS SERVICIOS CITADOS; EN LA CLÁUSULA QUE ANTECEDE APORTANDO ELEMENTOS DE VIGILANCIA DE HORAS DE A DE AM A PM Y DE PM A AM, SÁBADOS Y DOMINGOS HORAS INCLUYÉNDOSE DÍAS FESTIVOS.
III. EL PERSONAL A QUE SE REFIERE LA CLÁUSULA ANTERIOR TENDRÁ ESTRICTAMENTE PROHIBIDO REALIZAR LABORES QUE NO ESTÉN DIRECTAMENTE RELACIONADAS CON LAS FUNCIONES DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA QUE TIENEN ENCOMENDADAS.
IV. LAS FUNCIONES A REALIZAR POR EL PERSONAL DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA SE CIRCUNSCRIBIRÁN EXCLUSIVAMENTE AL INTERIOR DE LAS INSTALACIONES DE “EL PRESTATARIO”;
V. “EL PRESTADOR” SE COMPROMETE A PROPORCIONAR A “EL PRESTATARIO” EL PERSONAL IDÓNEO PARA DESEMPEÑAR LOS SERVICIOS MATERIA DEL PRESENTE CONTRATO Y QUE NO TENGA ANTECEDENTES PENALES.
VI. “EL PRESTADOR” A SOLICITUD DEL “EL PRESTATARIO” CAMBIARA A LOS ELEMENTOS, CUANDO ASÍ CONVENGAN A LOS INTERESES DE LAS PARTES.
CUARTA: OBLIGACIONES DE “EL PRESTATARIO” SE COMPROMETE A:
I. REALIZAR LOS PAGOS DE MANERA PUNTUAL, PREVIA LA PRESENTACIÓN DE LA FACTURA CORRESPONDIENTE POR PARTE DE “EL PRESTADOR”;
II. “EL PRESTATARIO” NO ASUME NINGUNA RESPONSABILIDAD SEA DE TIPO LABORAL, CIVIL, PENAL O ADMINISTRATIVO, CON EL PERSONAL CONTRATADO POR “EL PRESTADOR” A FIN DE CUMPLIR CON EL PRESENTE.
QUINTA: OBLIGACIONES DE AMBAS PARTES: RESPETAR Y CUMPLIR EN TODOS Y CADA UNO DE SUS TÉRMINOS, LO PACTADO DENTRO DEL PRESENTE INSTRUMENTO.
SEXTA: VIGENCIA: EL PERIODO QUE COMPRENDE ESTE CONTRATO XX XXX
XX XX 00 XX XX XXX 00 .
SÉPTIMA: TERMINACIÓN ANTICIPADA: LAS PARTES CONVIENEN QUE CUALQUIERA DE ELLAS PODRÁ DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE ESTE CONTRATO, LO QUE COMUNICARA A LA OTRA POR LO MENOS 30 TREINTA DÍAS NATURALES ANTES, SIN QUE REQUIERA JUSTIFICACIÓN ALGUNA.
OCTAVA: RESCISIÓN: AMBAS PARTES CONVIENEN QUE ESTE CONTRATO SERÁ RESCINDIDO POR INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES QUE SON A CARGO DE ELLAS; Y ESPECÍFICAMENTE CUANDO “EL PRESTADOR” INCURRA EN ALGUNA DE LAS SIGUIENTES FALTAS:
I. NEGARSE A PRESTAR EL SERVICIO PARA EL QUE FUE CONTRATADO EN LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS;
II. INCURRIR EN FALTA DE PROBIDAD U HONRADEZ EN EL DESEMPEÑO DE LOS SERVICIOS PARA LOS QUE FUE CONTRATADO;
III. NO MANEJE CON LA DISCRECIÓN DEBIDA LA INFORMACIÓN QUE COMO CONSECUENCIA DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS, SEA DE SU CONOCIMIENTO.
DICHA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA, OPERA DE PLENO DERECHO Y SIN NECESIDAD DE DECLARACIÓN JUDICIAL, BASTANDO PARA ELLO QUE “EL PRESTATARIO” COMUNIQUE POR ESCRITO TAL DECLARACIÓN A “EL PRESTADOR”.
NOVENA: PENALIDADES: EL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS POR PARTE DE
“EL PRESTADOR” CONLLEVA A LA APLICACIÓN DE LAS SANCIONES PREVISTAS POR EL ARTÍCULO
38 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX.
DECIMA: JURISDICCIÓN: PARA LA INTERPRETACIÓN, CUMPLIMIENTO Y CUALQUIER CONFLICTO QUE SE SUSCITE CON MOTIVO DE ESTE CONTRATO, LAS PARTES SE SOMETEN A LA COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES COMUNES Y FEDERALES CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE MORELIA, MICHOACÁN; RENUNCIANDO EXPRESAMENTE A LA QUE LES PUDIERA CORRESPONDER POR RAZÓN DE USO,DOMICILIO PRESENTE O FUTURO, O POR CUALQUIER OTRA CAUSA; SOMETIÉNDOSE ADEMÁS, A LO DISPUESTO POR LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX.
DECIMA PRIMERA: LEGALIDAD: LAS PARTES MANIFIESTAN QUE ESTE CONTRATO NO ADOLECE DE ERROR, MALA FE, LESIÓN, DOLO O CUALQUIER OTRO VICIO DE LA VOLUNTAD QUE LO INVALIDE.
LEÍDO ESTE CONTRATO Y ENTERADAS LAS PARTES DE SU CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL, LO FIRMAN POR CUADRUPLICADO EN LA CIUDAD DE MORELIA, MICHOACÁN; EL DÍA
DE DEL AÑO 20 .
POR “EL PRESTATARIO” “PRESTADOR O REPRESENTANTE LEGAL” TITULAR DEPENDENCIA
DELEGADO ADMINISTRATIVO
Formato 7
Contrato de Prestación de Servicios de Limpieza
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE LIMPIEZA
U.P.P.:
PRESTADOR:
VIGENCIA:
MONTO DEL SERVICIO:
NUMERO DE ELEMENTOS:
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE LIMPIEZA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE (NOMBRE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD QUE VAYA A SUSCRIBIR EL CONTRATO DE LIMPIEZA) A QUIEN SE LE DENOMINARÁ “EL GOBIERNO”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL TITULAR EL
C. (NOMBRE DEL FUNCIONARIO) EN SU CARÁCTER DE (CARGO DEL FUNCIONARIO), ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL C.(NOMBRE DEL DELEGADO ADMINISTRATIVO) EN SU CARÁCTER DE DELEGADO ADMINISTRATIVO Y POR LA OTRA, EL C.(NOMBRE DEL PROPIETARIO O APODERADO LEGAL), A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL PRESTADOR”, QUIENES CUANDO ACTUEN EN SU CONJUNTO SE LES DENOMINARA “LAS PARTES” SUJETANDOSE AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S:
I. DE “EL PRESTATARIO”:
I.1. QUE EL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO SE CELEBRA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 1° DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE(SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX Y 32 DE SU REGLAMENTO.
I.2. QUE SUS ATRIBUCIONES SE ENCUENTRAN ESTABLECIDAS EN LOS ARTÍCULOS 9 Y 17 (O 40 Y 41, TRATÁNDOSE DE ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARAESTATAL) DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO, EL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DE 2015 Y EN EL ARTÍCULO DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA CENTRALIZADA DEL ESTADO DE MICHOACAN XX XXXXXX.
I.3. QUE PARA LAS EROGACIONES QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE CONTRATO, CUENTA CON LA CORRESPONDIENTE AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL COMO SE DESPRENDE DE LA CONSTANCIA EXPEDIDA POR LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, MEDIANTE OFICIO No. DE FECHA Y NÚMERO DE CERTIFICACIÓN .
I.4. QUE SEÑALA COMO SU DOMICILIO PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES DEL PRESENTE CONTRATO, EL UBICADO EN EL NO. DE LA CALLE , DE ESTA CIUDAD DE , MICHOACÁN.
I.5 QUE EL DELEGADO ADMINISTRATIVO, ESTA FACULTADO PARA ASISTIR AL TITULAR EN LA FIRMA DEL PRESENTE, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 17 FRACCIONES XIX Y XXI DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
II.- DE “EL PRESTADOR”
II.1 QUE TIENE LEGAL CAPACIDAD DE GOCE Y DE EJERCICIO PARA CELEBRAR EL PRESENTE
CONTRATO, Y QUE PRESTARA EL SERVICIO DE LIMPIEZA DE CONFORMIDAD CON LA COTIZACIÓN ENVIADA CON FECHA
II.2 QUE SE ENCUENTRA DEBIDAMENTE INSCRITO Y ACTUALIZADO EN EL PADRÓN DE PROVEEDORES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL BAJO EL NÚMERO .
II.3 QUE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD MANIFIESTA QUE NO DESEMPEÑA EMPLEO, CARGO O COMISIÓN EN EL SERVICIO PÚBLICO Y NO ENCONTRARSE EN ALGÚN SUPUESTO DE LOS SEÑALADOS EN LOS ARTÍCULOS 32 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX Y 17 DE SU REGLAMENTO.
II.4 QUE TIENE REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES NO.
II.5 QUE SEÑALA COMO DOMICILIO PARA TODOS LOS EFECTOS A QUE HAYA XXXXX XX XXXXXXX XX XX XX. XX XX XXXXX XX XX XXXXXX XX , XXXXXXXXX.
AMBAS PARTES RECONOCEN SU PERSONALIDAD, ES CONFORMIDAD DE ELLAS CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LO QUE SE CONSIGNA EN LAS SIGUIENTES:
X X X X X X X X X:
PRIMERA: DEL OBJETO. CONSISTE EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE CONFORMIDAD CON LA COTIZACIÓN CON FECHA .
SEGUNDA: MONTO Y CONDICIONES DE XXXX.XX CONVIENE QUE EL PRECIO DEL SERVICIO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $ (CANTIDAD CON LETAR)MÁS IVA, COSTO QUE SERÁ PAGADO POR MENSUALIDADES VENCIDAS EN EL DOMICILIO DE “EL PRESTATARIO”.
TERCERA: OBLIGACIONES DE “EL PRESTADOR” SE COMPROMETE A:
I. PRESTAR EL SERVICIO DE LIMPIEZA XXX XXXXXXX EN QUE OPERAN LAS OFICINAS DE “EL P R E S T A T A R I O ” UBICADO EN CON PERSONAL PROPIO (NÚMERO DE PERSONAS) QUE LABORARAN CON UN HORARIO DE DE LUNES A VIERNES, DURANTE EL PERÍODO QUE SE CONTRATA.
II. UNIFORMAR A SU PERSONAL ENCARGADO DE LA LIMPIEZA, CAPACITAR Y SUPERVISAR AL MISMO.
III. REALIZAR EN LOS SANITARIOS LIMPIEZA GENERAL, DEODORACIÓN, DESINFECCIÓN Y QUITA SARRO DE MANERA DIARIA.
IV. LLEVAR A CABO LA LIMPIEZA DE MAMPARAS Y DESMANCHADO XX XXXXXXX DE MANERA PERIÓDICA CADA MESES.
V. REALIZAR LA LIMPIEZA XX XXXXXXX DE TODAS LAS INSTALACIONES POR DENTRO Y POR FUERA CADA MESES.
VI. RECOLECTAR, EXTRAER Y SEPARAR LA BASURA DIARIAMENTE, ASÍ COMO BARRER CALLES Y BANQUETAS.
CUARTA: OBLIGACIONES DE “EL PRESTATARIO” SE COMPROMETE A:
I. PAGAR A “EL PRESTADOR” POR LOS SERVICIOS DESCRITOS EN LA CLÁUSULA PRIMERA LA CANTIDAD DE $ MÁS IVA MENSUAL, QUE LOS CUBRIRÁ A LA PRESENTACIÓN DE LA FACTURA CORRESPONDIENTE.
II. LA CANTIDAD EXPRESADA EN LA CLÁUSULA ANTERIOR COMPRENDE EL PAGO AL PERSONAL EN CUANTO A SALARIOS, PRESTACIONES LEGALES, UNIFORMES Y EQUIPO NECESARIO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
III. “EL PRESETATARIO” NO ASUME NINGUNA RESPONSABILIDAD SEA DE TIPO LABORAL, CIVIL, PENAL O ADMINISTRATIVA CON EL PERSONAL CONTRATADO POR “EL PRESTADOR”.
IV.“EL PRESTATARIO” POR SU PARTE SE COMPROMETE A ABSTENERSE DE EMPLEAR O HACER
INTERVENIR A DICHO PERSONAL EN CUALQUIER ASUNTO QUE NO ESTE RELACIONADO EXCLUSIVAMENTE CON LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE LIMPIEZA.
V. “EL PRESTATARIO” ARÁ LAS FACILIDADES NECESARIAS A “EL PRESTADOR” PARA EL DESEMPEÑO DEL SERVICIO CONTRATADO PUDIENDO HACER LAS RECOMENDACIONES QUE JUZGUE CONVENIENTES PARA LA MEJOR PRESTACIÓN DEL MISMO.
QUINTA: OBLIGACIONES DE AMBAS PARTES. RESPETAR Y CUMPLIR EN TODOS Y CADA UNO DE SUS TÉRMINOS, LO PACTADO DENTRO DEL PRESENTE INSTRUMENTO.
SEXTA: VIGENCIA EL PERIODO QUE COMPRENDE ESTE CONTRATO ES DEL DE
DEL 20 .
AL DE
SEPTIMA: TERMINACION ANTICIPADA. LAS PARTES CONVIENEN QUE CUALQUIERA DE ELLAS PODRÁ DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE ESTE CONTRATO, LO QUE COMUNICARA A LA OTRA POR LO MENOS 30 TREINTA DÍAS NATURALES ANTES, SIN QUE REQUIERA JUSTIFICACIÓN ALGUNA.
OCTAVA: RESCISION. AMBAS PARTES CONVIENEN QUE ESTE CONTRATO SERÁ RESCINDIDO POR INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES QUE SON A CARGO DE ELLAS; Y ESPECÍFICAMENTE CUANDO “EL PRESTADOR” INCURRA EN ALGUNA DE LAS SIGUIENTES FALTAS:
I. NEGARSE A PRESTAR EL SERVICIO PARA EL QUE FUE CONTRATADO EN LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS.
II. INCURRIR EN FALTA DE PROBIDAD U HONRADEZ EN EL DESEMPEÑO DE LOS SERVICIOS PARA LOS QUE FUE CONTRATADO;
III. NO MANEJE CON LA DISCRECIÓN DEBIDA LA INFORMACIÓN QUE COMO CONSECUENCIA DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS, SEA DE SU CONOCIMIENTO.
DICHA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA, OPERA DE PLENO DERECHO Y SIN NECESIDAD DE DECLARACIÓN JUDICIAL, BASTANDO PARA ELLO QUE “EL PRESTATARIO” COMUNIQUE POR ESCRITO TAL DECLARACIÓN A “EL PRESTADOR”.
NOVENA: PENALIDADES. EL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS POR PARTE DE
“EL PRESTADOR” CONLLEVA A LA APLICACIÓN DE LAS SANCIONES PREVISTAS POR EL ARTICULO
38 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX.
DECIMA: JURISDICION. PARA LA INTERPRETACIÓN, CUMPLIMIENTO Y CUALQUIER CONFLICTO QUE SE SUSCITE CON MOTIVO DE ESTE CONTRATO, LAS PARTES SE SOMETEN A LA COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES COMUNES Y FEDERALES CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE MORELIA, MICHOACÁN; RENUNCIANDO EXPRESAMENTE A LA QUE LES PUDIERA CORRESPONDER POR RAZÓN DE USO, DOMICILIO PRESENTE O FUTURO, O POR CUALQUIER OTRA CAUSA; SOMETIÉNDOSE ADEMÁS, A LO DISPUESTO POR LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX.
DECIMA PRIMERA: LEGALIDAD. LAS PARTES MANIFIESTAN QUE ESTE CONTRATO NO ADOLECE DE ERROR, MALA FE, LESIÓN, DOLO O CUALQUIER OTRO VICIO DE LA VOLUNTAD QUE LO INVALIDE.
LEÍDO ESTE CONTRATO Y ENTERADAS LAS PARTES DE SU CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL, LO
FIRMAN POR CUADRUPLICADO EN LA CIUDAD DE MORELIA, MICHOACÁN; EL DÍA DE DEL AÑO 20 .
“EL PRESTADOR” “EL PRESTATARIO”
EL DELEGADO ADMINISTRATIVO
Formato 8
Bases de Licitación Pública Estatal
BASES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA ESTATAL N° CADPE-EM-LPE-000/2017
BIEN O SERVICIO SOLICITADO
1. DATOS GENERALES.
1.1 El Gobierno del Estado de Michoacán xx Xxxxxx, a través del Comité de Adquisiciones del Poder Ejecutivo, por conducto de su DG, que en lo sucesivo se denominará “la convocante”, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 1º; 5°; 6°, fracciones I y III; 12, fracciones VIII y XI; 30 y demás relativos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmueble (SIC) del Estado de Michoacán xx Xxxxxx; 1º; 3º; 5º, fracción I, 9º; 10; 14; 16; 17; 19; 20; 21; 23; 24; 25; 26, fracciones I y III; 27; 34 y demás relativos del Reglamento de la Ley indicada; 25 de la Ley de Coordinación Fiscal (dejar cuando se trate de recursos provenientes de los fondos previstos en dicho artículo) y otros ordenamientos aplicables; de manera conjunta con la dependencia y/o entidad solicitante, a quien en lo sucesivo se entenderá como “la solicitante”, expiden las presentes bases para realizar la licitación pública Estatal N° CADPE-EM-LPE-000/2017, para la adquisición de bien o servicio solicitado, sobre las bases de precios unitarios y tiempos determinados.
La convocante señala como domicilio el inmueble ubicado en el Nº 441, de la xxxxx Xxxx X. Xxxxxxxx, xx xx xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxx, xx Xxxxxxx, Xxxxxxxxx, X.X. 00000; teléfono 000-00-00; correo electrónico xxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx y página web xxxx://xxx.xxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx.
La solicitante tiene su domicilio en la calle nombre N° 000, en la colonia nombre, C.P. 00000, en la ciudad de Morelia, Michoacán; teléfonos (000) 000-00-00 y fax 000-00-00.
1.2 Las propuestas que se presenten en este procedimiento y toda la documentación relacionada con el mismo, deberá ser presentada en idioma español.
1.3 Únicamente podrán participar los proveedores registrados en el Padrón de Proveedores de la Administración Pública Estatal, que cuenten con la clave de suministro correspondiente actualizada al 2017, acorde con la naturaleza de los bienes y/o servicios motivo de la contratación, de conformidad con lo establecido en los artículos 24 y 25 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmueble (SIC) del Estado de Michoacán xx Xxxxxx.
1.4 Los interesados podrán revisar las bases en la página web xxxx://xxx.xxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, así como en el domicilio de la convocante, previamente al pago.
1.5 En cuanto al origen de los recursos se informa que: los recursos financieros para el pago de esta adquisición son de origen Estatal y/o federal, según sea el caso. Para los casos en que se trate de recursos federales agregar: que por su forma de transferencia se convierten en Estatales y se ejercen sujetándose a la normatividad Estatal, de acuerdo con el Capítulo V, de la Ley de Coordinación Fiscal.
1.6 El costo de las bases: estas bases con sus especificaciones anexas, tienen un costo de $3,090.00 (TRES MIL, NOVENTA PESOS 00/100 M.N.). El pago se realizará en efectivo y en moneda nacional, en la caja de la Secretaría de Finanzas y Administración ubicada en el N° 112 de la Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxx, X.X. 00000, xx Xxxxxxx, Xxxxxxxxx; durante los días 0, 0 y 0 de (mes) de 2017, de 9:00 a 13:00 horas.
Posterior al pago, para poder participar en este procedimiento los proveedores deberán acudir a este Comité por el sello de autorización correspondiente, únicamente los días de venta de bases (no se sellarán los recibos que se presenten en fecha posterior). Para el caso de cancelación de este procedimiento se reintegrará el pago efectuado, previa solicitud por escrito del proveedor presentada ante
la convocante.
En caso de no poder realizar el pago en la Secretaría de Finanzas y Administración por causas ajenas al proveedor, deberán acudir a este Comité de Adquisiciones del Poder Ejecutivo, únicamente los días señalados para la venta de bases y se les indicará el procedimiento a seguir.
2. PROGRAMA DE ACTOS. A excepción del lugar para la entrega de muestras, el lugar de realización de los actos será en la sala de licitaciones de la convocante o bien en el lugar donde previa notificación o publicación para los participantes realice la convocante.
2.1JUNTA DE ACLARACIONES A LAS BASES. Se realizará el día 00 de 000000 de 2017, a las 00:00 horas.
2.2 ENTREGA DE MUESTRAS.
No aplica.
De lo contrario señalar. Se entregarán el día 00 de mes de 2017, en la oficina del Departamento xx Xxxxxx de Proveedores y Control de Calidad de la convocante, dentro del horario de 9:00 a.m. a 14:00 horas (o bien, en el domicilio que indique la solicitante).
2.2.1 ENTREGA DE CATÁLOGOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
No aplica.
De lo contrario señalar: Los participantes entregarán catálogos originales o bajados de internet de la página del fabricante de los bienes ofertados dentro del sobre de proposiciones técnicas, de acuerdo a las especificaciones contenidas en el Anexo N° 1, los cuales deberán estar plenamente identificados en su interior con una etiqueta adherible que contenga el nombre del proveedor, teléfono, dirección, número de licitación, partida y marca.
2.3 ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS TÉCNICAS Y ECONÓMICAS. Será el día 00 de mes de 2017, a las 00:00 horas, se podrán presentar proposiciones conjuntas conforme a lo establecido en el título quinto, capítulo IV, sección II de las Bases Y Lineamientos En Materia De Adquisiciones, Arrendamientos Y Prestación De Servicios Relacionados Con Bienes Muebles E Inmuebles Del Estado De Michoacán Xx Xxxxxx, Para El Ejercicio Fiscal 2017.
2.4 ACTO DE FALLO DE ADJUDICACIÓN. Será el día 00 de mes de 2017, a las 00:00 horas.
3 BIENES O SERVICIOS REQUERIDOS Y ASPECTOS RELACIONADOS.
3.1 BIENES O SERVICIOS REQUERIDOS. Comprende la adquisición de bien o servicio solicitado, cuyas especificaciones y características técnicas requeridas por la solicitante, se describen en el Anexo N° 1 de las presentes bases.
3.2 FECHA DE ENTREGA. La fecha de entrega de los bienes o realización del servicio, será a los 00 días hábiles, posteriores a la fecha de la firma del contrato y pedido respectivo.
3.3 LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA. El o los participantes ganadores, deberán entregar los bienes y/o servicios en el almacén general de la solicitante, ubicado en domicilio, en esta ciudad.
El costo, seguro, flete, maniobras de carga y descarga en el lugar indicado en el párrafo anterior, serán por cuenta del proveedor adjudicado.
La solicitante podrá pedir que los bienes o servicios sean entregados en domicilios distintos a los de su almacén, sin que con ello se genere un costo adicional para dicha solicitante.
El proveedor adjudicado entregará los bienes en las cantidades descritas en los pedidos y/o contratos, la solicitante no recibirá entregas parciales, salvo autorización por escrito de ésta. La Secretaría de Contraloría, la convocante y/o la solicitante podrán verificar, mediante selección al azar de los bienes entregados o de los resultados de los servicios realizados, que cumplan con las especificaciones técnicas solicitadas, por lo que la solicitante se reservará el derecho de aceptar o rechazar la entrega de los bienes o en su caso, el otorgamiento de los servicios. La solicitante emitirá comunicado oficial al CADPE, acompañado de notificación del área usuaria de la correcta y completa recepción de los bienes o servicios.
4 GARANTÍAS.
4.1 GARANTÍA DE CALIDAD. El licitante se compromete a garantizar la calidad de los bienes o servicios ofertados, conforme a las especificaciones solicitadas de acuerdo a lo establecido en el Anexo N° 1 de las presentes bases, dicha garantía será por lo menos de un año, contado a partir de la entrega de bienes. Para el caso de que los bienes tengan fecha de caducidad ésta no podrá ser menor a un año contado a partir de la fecha de entrega.
4.2 GARANTÍA CONTRA VICIOS OCULTOS. El licitante se compromete a garantizar que los bienes entregados o el resultado de la prestación de los servicios, estén libres de vicios ocultos, por lo que de existir algún defecto que no sea detectado al momento de la entrega de los bienes o en la realización del servicio, asume el compromiso de corregir el defecto, sustituir los bienes con defectos de fabricación o en su caso, realizar la correcta prestación de los servicios. Dicha garantía podrá hacerse válida durante la vigencia del contrato.
5. OTRAS GARANTÍAS QUE SE DEBEN OTORGAR.
De conformidad con el artículo 14 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Michoacán xx Xxxxxx, se deberán presentar las garantías siguientes y será de estricta responsabilidad del proveedor, el retiro de los documentos que presente como garantías, una vez concluidos los plazos y términos que se indican acontinuación.
5.1 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA. Deberá otorgarse por el proveedor en moneda nacional por un importe no menor al 5% del monto total de su oferta económica, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado y deberá otorgarse mediante cheque cruzado y/o con la leyenda para abono en cuenta del beneficiario expedido por el proveedor participante a favor de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Michoacán; subsistirá hasta pasados 15 días hábiles de la fecha en que se dé a conocer el fallo; se regresará a los concursantes que no resultaron adjudicados, previa solicitud por escrito ante la convocante; y en el caso del licitante adjudicado, hasta la fecha en que se otorgue la fianza de cumplimiento del contrato.
5.2 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Para garantizar el cumplimiento del contrato y previo a la firma de éste, el proveedor ganador deberá entregar una fianza expedida por institución nacional autorizada, cuya póliza deberá contener expresamente:
A) Que se expide de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmueble (SIC) del Estado de Michoacán xx Xxxxxx y el Reglamento de la misma;
B) Que se otorga para garantizar el estricto cumplimiento de las condiciones establecidas en el contrato N° CADPE-EM-LPE-000/2017-0 derivado del procedimiento de contratación N° CADPE-EM-LPE-000/2017 (se deberá indicar el número correcto de contrato y procedimiento de adquisición);
C) Que se otorga por el 10% del monto total del contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado a favor de
la Secretaría de Finanzas y Administración;
D) Que su vigencia será por el término de un año, contado a partir de la fecha de la firma del contrato, siempre y cuando estén totalmente cumplidas las obligaciones derivadas del contrato mencionado; en caso de que se ampliara el término para el cumplimiento del contrato, continuará vigente en concordancia con dicha prórroga. Permanecerá la vigencia en los casos de substanciación de recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que cause ejecutoria la resolución definitiva;
E) Que la institución que la otorga, se somete expresamente a lo establecido en los artículos 95 y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas vigente;
F) Para su cancelación, será necesario el consentimiento por escrito de la convocante, previo vencimiento de la vigencia y cumplimiento de las obligaciones del contrato indicado;
Para los casos en que el monto adjudicado sea inferior a $350,000.00 (TRESCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) más IVA, el proveedor ganador podrá garantizar el cumplimiento del contrato mediante cheque cruzado, aplicando para tal efecto los requisitos señalados para las fianzas.
5.3 GARANTÍA POR CONCEPTO DE ANTICIPO.
No aplica.
(Aplica cuando se otorgue anticipo). Para garantizar la correcta inversión del anticipo, el proveedor ganador deberá exhibir una fianza expedida por institución nacional autorizada, por el monto total del anticipo, esta póliza deberá contener expresamente:
A) Que se expide de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmueble (SIC) del Estado de Michoacán xx Xxxxxx y el Reglamento de la misma;
B) Que se otorga por el monto total del anticipo a favor de la Secretaría de Finanzas y Administración;
C) Que garantiza la correcta inversión del anticipo otorgado con motivo del contrato N° CADPE-EM-LPE- 000/2017-0 y su vigencia será hasta la entrega total de los bienes y/o servicios, (se deberá indicar el número correcto de contrato y procedimiento de adquisición);
D) En caso de que se ampliara el término del contrato, continuará vigente en concordancia con dicha prórroga;
E) Para su cancelación, será necesario el consentimiento por escrito de la convocante;
F) Que la institución que la otorga, se somete expresamente a lo establecido en los artículos 95 y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas vigente.
6. MUESTRAS.
No aplican.
En caso de que apliquen indicar:
El proveedor participante entregará muestra física de las partidas que oferta, mismas que se presentarán de acuerdo a las especificaciones técnicas de los bienes solicitados y se acompañará con una relación de las muestras que sean presentadas, en hoja membretada y firmadas por la persona física o moral que cuente con las facultades necesarias para dicho acto, en el entendido de que únicamente se deberá presentar una muestra por partida, mismas que deberán estar plenamente identificadas con una etiqueta adherible que contenga el nombre del proveedor, teléfono, dirección, número de licitación, partida y marca.
Si el participante no presenta muestra para las partidas que oferta, su propuesta económica no será tomada en cuenta en las partidas que omita presentar la muestra correspondiente. Las muestras presentadas podrán sufrir deterioro por el análisis que se realice a las mismas, por lo que el licitante no podrá exigir su
devolución íntegra.
Será de estricta responsabilidad del proveedor no ganador, el retiro de las muestras que haya presentado dentro del término de 15 días hábiles posteriores a la fecha de emisión del fallo de este concurso, las muestras que no se recojan en ese término pasarán a formar parte del inventario de la convocante.
Las muestras del proveedor ganador se conservarán en custodia de la solicitante o convocante, hasta la fecha de entrega total de los bienes objeto del contrato. Si después de 15 días de esta fecha no son recogidas las muestras, pasarán a formar parte del inventario de la convocante.
6.1 CATÁLOGOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
No aplica.
En caso de que apliquen indicar:
Los participantes entregarán catálogos originales o bajados de internet que contengan imágenes de la página del fabricante de los bienes ofertados dentro del sobre de proposiciones técnicas, de acuerdo a las especificaciones contenidas en el Anexo N° 1, los cuales deberán estar plenamente identificados en su interior con una etiqueta adherible que contenga el nombre del proveedor, teléfono, dirección, número de licitación, partida y marca.
Para las partidas en las cuales el participante no presente catálogo, su proposición económica no será tomada en cuenta en las partidas que omita presentar el catálogo correspondiente.
7. REQUISITOS QUE DEBERÁN SATISFACER LOS LICITANTES, RESPECTO DE LAS PROPOSICIONES TÉCNICAS Y ECONÓMICAS.
A) La convocante, la solicitante, la Secretaría de Contraloría y/o demás autoridades competentes, podrán realizar las supervisiones, investigaciones o comprobaciones que consideren convenientes, con el fin de salvaguardar el interés Institucional y en caso de encontrar cualquier irregularidad o falsedad de declaraciones, se procederá a la descalificación del licitante, o en su caso, a la rescisión del contrato del proveedor adjudicado;
B) Los proveedores deberán proporcionar la información solicitada en estas bases, de manera clara y organizada, debiendo foliar consecutivamente todas las hojas (excepto separadores) que se presenten en cada sobre;
C) Todos los documentos que conforman las propuestas y sus anexos se presentarán en papel membretado de la empresa participante, sin tachaduras, ni enmendaduras, sellados y firmados por el proveedor participante que cuente con facultades suficientes para suscribir la propuesta; asimismo deberán firmar y sellar todas las copias de los documentos originales adicionales que quedarán en poder de la solicitante y la convocante (se excluyen los documentos originales que se presentan para cotejo), de no hacerlo así, serán desechados sin más trámite;
D) Para hacer expeditos los actos se deberá ordenar la documentación por incisos en folder o separadores debidamente identificados;
E) La documentación solicitada que conforma la propuesta técnica, deberá presentarse dentro del sobre identificado con el número 1, en tres juegos integrados de la siguiente manera:
Juego No. 1. Original para cotejo, que deberá contener: Recibo de compra de bases, registro actualizado del ejercicio 2017 xxx xxxxxx de proveedores, acta constitutiva, poder notarial, identificación oficial, declaración anual, declaración de pagos parciales de impuestos federales y recibo de muestras (en caso de aplicar). Mismos que una vez cotejados le serán devueltos al proveedor participante.
Juego No. 2. Original para la convocante, que deberá contener: Documentos originales (toda la documentación requerida en el numeral 7, inciso “H” de estas Bases), exceptuando lo solicitado en el juego
No. 1, de los cuales sólo se anexarán copias.
Juego No. 3. Copias para la solicitante, que deberá contener: (copia de todos los documentos solicitados en el numeral 7, inciso “H” de las Bases que rigen este concurso.
F) La documentación que contendrá la propuesta económica deberá presentarse dentro del sobre número 2, en original y copia;
G) Los sobres se presentarán cerrados, firmados e identificados de la siguiente forma:
Al frente: Sobre 1 y sobre 2, nombre, dirección y teléfono del proveedor. Al reverso: Comité de Adquisiciones del Poder Ejecutivo
Licitación Pública Estatal N° CADPE-EM-LPE-000/2017, para la adquisición de (bien o servicio solicitado).
H) Ambos sobres se entregarán durante la primera etapa del acto de presentación y aperturas de proposiciones técnicas y económicas al ser nombrados los participantes. Contendrán la documentación e información (conforme al anexo que se menciona en cada requisito), que a continuación se indica:
SOBRE N° 1 PROPUESTA TÉCNICA
1. Recibo oficial de compra de bases de este concurso debidamente sellado por la Subdirección Operativa de este Comité.
2. Anexo N° 2 debidamente requisitado, que servirá para acreditar la personalidad del proveedor; dicho anexo deberá indicar información verdadera y actualizada del concursante.
3. Registro actualizado al 2017 con claves de suministro ante el Padrón de Proveedores de la Administración Pública Estatal.
4. Identificación oficial del concursante o su representante legal, que deberá coincidir con el nombre de la persona facultada conforme al requisito número 5.
5. Documento notarial que lo faculte para participar en las licitaciones a que convoquen las Dependencias y Entidades, Estatales y Federales, esto es, acta constitutiva y modificaciones de la empresa o poder notarial con facultades para realizar actos de administración.
6. Si la persona física o el representante legal de la persona moral, no acude al acto de apertura de propuestas técnicas, quien asista deberá presentar carta poder simple otorgada por el licitante y su identificación en original y copia. En el entendido de que la persona que presenta la propuesta deberá asistir a todos los actos de este concurso, pues no se aceptarán sustitutos, (Anexo N°3).
7. Declaración escrita y bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en algún supuesto de los señalados en el artículo 32 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, Relacionados con Bienes Muebles e Inmueble (SIC) del Estado de Michoacán xx Xxxxxx, así como tampoco, en lo dispuesto por el artículo 17 de su Reglamento, (Anexo N° 4).
8. Opinión de Cumplimiento Fiscal en sentido positivo con una antigüedad no mayor a 30 días naturales.
9. Carta bajo protesta de decir verdad de ser fabricante y/o distribuidor mayorista, en caso de no serlo, presentará original y copia de la carta de respaldo del fabricante y/o distribuidor mayorista; en ambos casos se deberán señalar las partidas para las que se otorga el respaldo para el suministro, la marca y el número de licitación; la información que contengan estas cartas está sujeta a comprobación por parte de la convocante, (Anexo N° 5).
10.Carta bajo protesta de decir verdad, manifestando que la empresa que representa es de nacionalidad mexicana y que la totalidad de los bienes que oferta y entregará son producidos en México y tienen una
integración de por lo menos 50% de contenido nacional, o que se encuentra dentro de los casos de excepción que establece la Secretaría de Economía (Anexo N° 6).
11.Carta bajo protesta de decir verdad garantizando la entrega total de los bienes solicitados en tiempo y forma, de acuerdo con la descripción y especificaciones técnicas requeridas en el Anexo nº 1 de las presentes bases y lo acordado en junta de aclaraciones; asimismo me comprometo a sustituir los bienes defectuosos, de conformidad con los puntos 4.2 y 23 de las bases que rigen este concurso; de igual forma manifiesto que por mí mismo o a través de terceros, me abstendré de adoptar conductas para que los servidores públicos de la convocante y de la solicitante, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones ventajosas con relación a los demás participantes; en ese mismo orden de ideas manifiesto, estar de acuerdo con las condiciones establecidas en el contrato que se anexa a las bases de licitación, (Anexo nº 7).
12.Original y copia del recibo de entrega de muestras debidamente firmado y sellado por la persona autorizada del Departamento xx Xxxxxx de Proveedores y Control de Calidad de la convocante.
13.Catálogos de las partidas ofertadas, que deberán estar debidamente identificados con una etiqueta adherible que indique el número de licitación, número xx xxxxxxx, marca y nombre de la empresa participante; se presentarán en original o bajados de internet de la página del fabricante, (únicamente de las partidas ofertadas).
14.Proposición de oferta técnica y archivo digital (oferta técnica en formato Word), utilizando el modelo de formato sugerido en estas bases (identificado como DOCUMENTO 1, ESCRITO DE LA OFERTA TÉCNICA), que deberá contener la más amplia y detallada información de los bienes ofertados, tal como se indica en el Anexo N° 1, manifestando número xx xxxxxxx, cantidad de bienes ofertados, descripción y marca; así como incluir en cada partida lo precisado en la junta de aclaraciones de esta licitación.
SOBRE N° 2 PROPUESTA ECONÓMICA
1. Proposición de oferta económica y archivo digital (oferta económica en formato Word) y será elaborada conforme al formato de cotización anexo (DOCUMENTO 2, ESCRITO DE LA OFERTA ECONÓMICA) que se propone en estas bases, en hoja membretada de la empresa, en la que se precisará precio unitario por partida, importe global de la partida y valor total de la propuesta presentada (suma de totalidad de partidas ofertadas), con IVA desglosado (en caso de no desglosar el IVA se entenderá que está incluido en el precio propuesto) y en moneda nacional.
2. Original y copia de la garantía de seriedad de la propuesta de acuerdo con el numeral 5.1, anexo en hoja membretada e identificado con el número de licitación, (Anexo N° 9).
8. JUNTA DE ACLARACIONES A LAS BASES.
La junta de aclaraciones se efectuará en la fecha y hora señaladas en el numeral 2.1 de estas bases, únicamente podrán participar quienes hayan comprado las mismas, se realizará con el objeto de esclarecer todas las dudas que tuvieran los proveedores respecto a cualquiera de los aspectos previstos en dichas bases y sus anexos.
Los licitantes deberán enviar al correo electrónico xxxxx_xxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx o entregar personalmente en el domicilio de la convocante, sus preguntas y solicitudes de aclaración relativas al contenido de las bases y sus anexos, en documento y archivo digital en formato Word, sin excepción alguna, a más tardar el día 00 de mes de 2017, hasta las 00:00 horas, mencionando el número de licitación, el nombre del proveedor participante y de la persona que las envía (y el cargo que tiene en la empresa); no se atenderán preguntas entregadas después de la fecha y hora señaladas y en formato distinto al indicado.
La asistencia a esta junta, será optativa para los licitantes, pero en caso de no asistir, carecerán de derecho para solicitar aclaraciones posteriores o argumentar incomprensión en el contenido de las bases, en el entendido que los acuerdos tomados en dicho acto con los participantes asistentes, serán obligatorios para
todos y deberán incluirlos en su escrito de la oferta técnica y económica, sin perjuicio para la solicitante; la convocante pondrá a disposición de los interesados copia del acta respectiva y anexos que se deriven de la misma.
9. ETAPAS DEL CONCURSO.
9.1. ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS TÉCNICAS Y ECONÓMICAS.
A) Se efectuará en el lugar, fecha y hora establecidos en los puntos 2 y 2.3 de las presentes bases;
B) A la hora mencionada, se cerrará la puerta de la sala de licitaciones y no se permitirá el acceso a más licitantes de los que se encuentren en el interior de la sala;
C) Se declarará iniciado el evento, por el servidor público autorizado para ello;
D) Se presentará a los servidores públicos asistentes;
E) Se pasará lista de los proveedores asistentes de acuerdo a la lista de registro;
F) Los licitantes entregarán sus proposiciones en sobres cerrados, identificados con el número 1 para la propuesta técnica y con el número 2 para la propuesta económica;
G) Se abrirán los sobres marcados con el número 1 de propuestas técnicas, para el inicio de su revisión cuantitativa y se desecharán las propuestas que omitan alguno de los requisitos exigidos en el numeral 7 de estas bases;
H) Los participantes rubricarán todas las propuestas técnicas identificadas como Documento 1, que hayan cumplido con los requisitos solicitados en el numeral 7 inciso H;
I) Una vez iniciado este acto, no se devolverá la documentación original requerida hasta que ésta haya sido cotejada, la demás documentación exhibida en los sobres quedará en poder de la convocante;
J) Se nombrará a los participantes aceptados que cumplieron con todos los requisitos de forma exigidos en las bases, también se darán a conocer los participantes descalificados, fundamentando y motivando dicha decisión; posteriormente se procederá a realizar la valoración de las propuestas técnicas y se emitirá el dictamen correspondiente. En caso de que no sea posible emitir el dictamen en el mismo acto, la convocante indicará que éste será emitido al momento del fallo de la licitación;
K) Acto seguido se procederá a la apertura de propuestas económicas de los licitantes cuyas propuestas técnicas no hubieren sido desechadas;
L) Se verificará que con las ofertas económicas se presenten los documentos y satisfagan los requisitos indicados en el contenido del sobre 2;
M) Se dará lectura en voz alta al importe de las propuestas económicas, sin incluir IVA (Documento 2), serán firmadas por dos proveedores por lo menos y por los servidores públicos asistentes;
N) Los participantes rubricarán todas las propuestas económicas identificadas como Documento 2;
O) Se informará el lugar, la fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la presente licitación;
P) Se levantará el acta de esta primera etapa en la que se harán constar las propuestas aceptadas, así como las que hubieren sido rechazadas y las causas que lo motivaron; previa lectura, el acta será firmada por los participantes y se les entregará copia de la misma; la omisión de la firma de los asistentes no invalidará el contenido y efectos del acta;
Q) La convocante y la solicitante de manera conjunta realizarán un análisis detallado de las propuestas técnicas y económicas aceptadas, mismas que serán evaluadas por la convocante para determinar las que satisfagan los requisitos solicitados y por la solicitante para verificar que se cumpla con las especificaciones técnicas requeridas.
9.2. ACTO DE FALLO DE ADJUDICACIÓN E INFORMACIÓN DE LA EVALUACIÓN Y DICTAMEN CORRESPONDIENTE
A) El fallo de la licitación se dará a conocer en junta pública, a la que libremente podrán asistir los licitantes que hubieren participado en las etapas de presentación y apertura de proposiciones;
B) Se dará a conocer mediante el acta levantada en el lugar, fecha y hora que para este evento se indica en los numerales 2 y 2.4 de las presentes bases;
C) En su caso, se dará a conocer a los participantes el dictamen técnico y económico que contendrá los
resultados de la evaluación detallada de los requisitos solicitados, tanto de la integración documental presentada por los participantes en el sobre de la propuesta técnica, así como de la revisión técnica de los bienes ofertados;
D) Se nombrarán los participantes aceptados que cumplieron con todos los requisitos de forma y especificaciones técnicas exigidos en las bases, también se darán a conocer los participantes descalificados, fundamentando y motivando dicha decisión;
E) El dictamen técnico indicado en el numeral 9.1 y el resultado del análisis de las propuestas económicas servirán como fundamento para el fallo;
F) El fallo podrá diferirse por una sola vez, de ser el caso el nuevo plazo fijado no excederá de siete días contados a partir del plazo establecido originalmente;
G) La asistencia al fallo por parte del licitante será optativa, pero en caso de no asistir se le tendrá por notificado de éste en la fecha que se dé a conocer, quedando a salvo sus derechos para imponerse del mismo.
10. CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
En la evaluación de las proposiciones, se verificará que las mismas contengan de manera correcta la información, documentos y requisitos solicitados en estas bases.
Se aceptarán únicamente las propuestas de los licitantes que se ajusten a las especificaciones técnicas, cantidades, tiempos de entrega y demás condiciones establecidas en las presentes bases y sus anexos; así como lo acordado en la junta de aclaraciones.
Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará por partida (si es el caso, de lo contrario omitir “por partida”) de entre los licitantes, a aquel cuya propuesta resulte solvente porque reúne la totalidad de las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo.
Si de la evaluación económica resultare empate en precio de dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuará preferentemente entre los proveedores radicados fiscalmente en el Estado y si no los hubiere se hará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo que realice la convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en que los licitantes empatados en su propuesta económica, depositen en una urna un boleto con el nombre de la empresa (que representan) y previo el movimiento de la misma, el primer boleto que se extraiga corresponderá al del licitante ganador.
Cuando se presente un error de cálculo en las proposiciones presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios, lo que se hará constar en el acta respectiva. Si el licitante no acepta la corrección de la propuesta, se desechará la misma.
En la evaluación de las proposiciones en ningún caso podrán utilizarse mecanismos de puntos o porcentajes.
11. CONDICIONES DE PRECIO Y PAGO DE LOS BIENES O SERVICIOS.
A) Los precios ofertados serán firmes, permanecerán vigentes desde su presentación y hasta el cumplimiento del contrato que se celebre como resultado del proceso de licitación;
B) Los licitantes deberán presentar sus propuestas en moneda nacional con el IVA desglosado;
C) Los pagos se harán en moneda nacional a partir de posteriores a la fecha de entrega de los bienes o prestación del servicio, previa entrega de factura debidamente requisitada en moneda
nacional, a entera satisfacción de la solicitante;
D) La tasa de gastos financieros por pago extemporáneo, será conforme a la establecida en la Ley de Ingresos del Estado y se aplicará de acuerdo a la fracción III, del artículo 26, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Michoacán xx Xxxxxx;
E) Pago de anticipos. No aplica, (o en su caso poner) Se otorgará un % de anticipo, previa presentación de factura y póliza de fianza correspondiente para garantizar la debida inversión del mismo, conforme a lo especificado en el punto 5.3 de estas bases.
12. FIRMA DEL CONTRATO.
A) Con fundamento en el artículo 24, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Michoacán xx Xxxxxx, los proveedores ganadores o sus representantes legales, deberán presentarse a firmar el contrato a más tardar a los diez días naturales siguientes de la emisión del fallo de la licitación, en el domicilio de la Convocante, acreditando debidamente su carácter y facultades para realizar actos de administración y riguroso dominio, demostrando documentalmente sus facultades con la última reforma de su acta constitutiva o el poder notarial que lo acredite debidamente para la firma; entregando la garantía del 10% para su cumplimiento y en el caso de haberse autorizado anticipo la garantía por concepto del mismo.
B) El proveedor a quien se hubiere adjudicado el contrato perderá a favor de la Secretaría de Finanzas y Administración, la garantía de seriedad de la proposición otorgada, si por causas imputables a él no formaliza el contrato dentro del plazo establecido. La convocante podrá adjudicar el contrato al proveedor que hubiese presentado la siguiente proposición solvente más baja y así sucesivamente, siempre y cuando la diferencia en precios con respecto a la postura ganadora no sea superior al 10%, en caso de que este último no acepte la adjudicación, se declarará desierta la partida o licitación;
C) Los derechos y obligaciones que se deriven del contrato, no podrán cederse en forma parcial ni total en favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso deberá contar con la autorización de la solicitante;
D) La convocante podrá dar por terminado anticipadamente el suministro de los bienes y/o servicios, cuando concurran razones de interés general.
13. MODIFICACIONES A LOS CONTRATOS.
De acuerdo con el artículo 27, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Michoacán xx Xxxxxx, la convocante podrá acordar con la solicitante el incremento en la cantidad de bienes y/o servicios solicitados, mediante modificaciones a sus contratos vigentes, dentro de los seis meses posteriores a su firma, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 15% de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente, en cuyo caso, el precio de los bienes y/o servicios será igual al pactado originalmente.
Por lo que se refiere a las fechas para la entrega de los bienes y/o servicios correspondientes a las cantidades adicionales solicitadas, las mismas serán acordadas con la solicitante y el proveedor.
14. RESCISIÓN DE CONTRATOS.
La convocante podrá rescindir administrativamente, de manera total o parcial, el contrato que en su momento llegase a celebrar, sin necesidad de declaración judicial y sin más trámite, si se presentan los supuestos que se señalan de manera enunciativa, no limitativa, tales como:
A) Si el proveedor no entrega los bienes objeto de este contrato, en condiciones óptimas de uso dentro del plazo que se señale en el mismo;
B) Si suspenden los suministros y/o los servicios o se niega a reponer algún bien faltante o defectuoso;
C) Si no entrega los bienes de conformidad con lo estipulado sin causa justificada o no acata las instrucciones dadas por escrito de la convocante;
D) Si no da cumplimiento a lo pactado en la fecha de entrega estipulada y a juicio de la convocante, el atraso puede causarle perjuicios o consecuencias graves;
E) Si el proveedor se declara en quiebra o en suspensión de pagos; Si el proveedor no otorga a la convocante o a las dependencias oficiales que tengan facultades para intervenir, las facilidades y datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión de los bienes y/o servicios;
F) En general, por incumplimiento por parte del proveedor sobre cualquier otra de las obligaciones consignadas a su cargo en el contrato, la convocante podrá optar entre exigir el cumplimiento del mismo, aplicando en su caso las correspondientes penas convencionales, o bien, declarar la rescisión en las condiciones plasmadas en el cuerpo del contrato. Si la convocante opta por pedir la rescisión el proveedor está obligado a pagar por concepto de daños y perjuicios, una pena convencional equivalente al monto total de la o las garantías otorgadas en sus diferentes modalidades a la convocante;
G) Cuando existan razones de interés general, la convocante procederá a realizar la declaración correspondiente;
H) En caso de que el proveedor no reponga los bienes propiedad de la solicitante, devueltos por problemas de calidad o especificaciones técnicas diferentes a las solicitadas;
I) Cuando el proveedor modifique cualquier característica de los bienes propiedad de la solicitante sin autorización expresa de la misma;
J) Cuando se compruebe que el proveedor no haya manifestado la verdad sobre la información proporcionada en esta licitación.
15. DESCALIFICACIÓN DE LOS LICITANTES.
Se descalificará al licitante que incurra en alguna de las siguientes situaciones:
A) Si no cumple con alguno de los requisitos de las presentes bases, en los términos solicitados;
B) Si se comprueba que algún proveedor ha acordado con otro u otros elevar los precios de los bienes y servicios;
C) Si de la revisión o comprobación de la información proporcionada por el proveedor participante, se prueba que la misma no es verídica;
D) Si no coincide lo ofertado con lo solicitado;
E) Cuando la cantidad propuesta sea inferior a la solicitada;
F) Si no se cumple con lo indicado en las presentes bases y lo acordado en la junta de aclaraciones;
G) Cuando incluya datos económicos en la propuesta técnica;
H) Cuando el licitante se encuentre impedido para participar en licitaciones o para firmar contratos, en virtud de que esté pendiente de resolverse alguna controversia entre la empresa que representa y la convocante o solicitante;
I) Por cualquier violación a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmueble (SIC) del Estado de Michoacán xx Xxxxxx, su Reglamento y/o a estas bases.
16. CAUSAS QUE DETERMINAN LA DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA PARCIAL O TOTALMENTE.
La convocante podrá declarar desierto el concurso a que se refieren las presentes bases, si se presenta alguno de los supuestos siguientes:
A) Cuando ningún proveedor adquiera las bases de la licitación;
B) Si ninguna de las proposiciones presentadas reúne los requisitos establecidos en estas bases y sus anexos;
C) Si con base en investigación previa, los precios ofrecidos no sean aceptables;
D) Cuando no se presenten proposiciones en el acto de presentación y apertura de propuestas técnicas y
económicas;
E) Cuando derivado del resultado de la licitación se determine que el monto total de la misma rebase las previsiones presupuestales;
F) La convocante y la solicitante podrán declarar desierta la partida o partidas de las que no se reciban propuestas satisfactorias o que los precios no fueren aceptables o las partidas que previa valoración, no se consideren estrictamente urgentes para el cumplimiento de sus objetivos y programas.
17. SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA LICITACIÓN.
Se podrá suspender temporalmente la licitación en cualquiera de sus etapas, cuando:
A) Se presuma la existencia de acuerdos entre dos o más licitantes, para elevar los precios de los bienes o servicios objeto de la licitación o la existencia de otras irregularidades graves;
B) Existan causas fortuitas o de fuerza mayor;
C) Lo determine la Secretaría de Contraloría;
Cuando desaparezcan estas causas, con la debida oportunidad se avisará por escrito a los involucrados, la nueva fecha de reinicio del procedimiento.
18. CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN.
A) Se cancelará total o parcialmente la licitación cuando concurran razones de interés general;
B) Cuando existan circunstancias justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad para adquirir los bienes o contratar la prestación de los servicios;
C) Cuando de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la convocante.
19. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
De acuerdo con el artículo 28, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Michoacán xx Xxxxxx, las penas convencionales que se aplicarán por atraso en las fechas de entrega de los productos serán conforme a lo siguiente.
A) La convocante procederá a rescindir el contrato por el simple retraso del proveedor en la entrega de los bienes o en la prestación del servicio;
B) Si el proveedor no cumple con las condiciones establecidas en el contrato, la convocante aplicará las penas convencionales correspondientes.
20. PENAS CONVENCIONALES.
A) Si el proveedor no entrega los bienes en condiciones de operación o no realiza los servicios en las fechas señaladas en el contrato, deberá cubrir a la convocante como pena convencional diaria sobre el valor total de los bienes no entregados o servicios no prestados y hasta que los bienes o servicios queden debidamente entregados o realizados, la cantidad equivalente al 0.5% al millar mientras dure el incumplimiento;
B) Si la solicitante observa que la totalidad o parte de los bienes y/o servicios recibidos no reúnen las características y especificaciones técnicas requeridas, el proveedor se obliga a reponerlos dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de que se realice la reclamación por escrito. Lo anterior, será informado por la solicitante a la convocante, para que ésta aplique la pena convencional indicada en el numeral anterior;
C) Si el proveedor incumple con la obligación a que se refiere el inciso anterior y aún no se realiza el pago de la factura, ello dará lugar a la rescisión del contrato, sin responsabilidad alguna para xxxxxxxxxxxxx.
D) En el caso del incumplimiento por parte de Gobierno del Estado de Michoacán con la obligación de pago, se
establece una pena por gastos financieros a favor del Proveedor, que se calcularán a una tasa igual a la establecida en la Ley de Ingresos del Estado de Michoacán para el pago de créditos fiscales. Dichos gastos financieros se calcularán en los términos del Artículo 26, fracción III del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Michoacán xx Xxxxxx.
21. EJECUCIÓN DE LAS GARANTÍAS.
A) Se podrá hacer efectiva la garantía relativa a la seriedad de la propuesta en los casossiguientes:
1. Cuando los participantes no sostengan sus proposiciones.
2. Cuando los proveedores participantes, retiren sus proposiciones después del acto de presentación y apertura de proposiciones.
3. Cuando los participantes ganadores, no confirmen su aceptación para suscribir el contrato dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que se les hubiere comunicado el fallo a su favor.
4. Cuando los participantes ganadores, no firmen el contrato en el plazo establecido o no entreguen la garantía de cumplimiento correspondiente.
B) Se podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato cuando:
1. Por cualquier causa de incumplimiento imputable al proveedor.
2. Se rescinda el contrato por cualquier causa imputable al proveedor.
C) Solo cuando hay anticipo, sino eliminar. Se podrá hacer efectiva la garantía por concepto de anticipo cuando:
1. El proveedor no entregue los bienes conforme a las especificaciones técnicas solicitadas o no preste el servicio en las condiciones requeridas.
2. Por el retraso en la entrega de los bienes o en la prestación del servicio.
22. MEDIOS DE DEFENSA.
Los licitantes podrán interponer los medios de defensa que establece el Código de Justicia Administrativa del Estado. Lo anterior, sin perjuicio de que el proveedor que lo estime conveniente pueda manifestar su inconformidad para efectos de responsabilidad de los servidores públicos ante la Secretaría de Contraloría.
23. DEVOLUCIONES.
Cuando durante la vida útil de los bienes propiedad del Gobierno del Estado de Michoacán xx Xxxxxx adquiridos a través de la presente licitación, se comprueben deficiencias en dichos bienes por razones imputables al proveedor, serán motivo de devolución para cambio, el proveedor se obliga a su reposición total dentro de los siguientes 10 días naturales contados a partir de la fecha de notificación.
En todos los casos la solicitante o la convocante informarán al proveedor los motivos de la devolución para el rechazo.
En el caso de que no se confirmen dichas anomalías expresadas por la solicitante o la convocante, se recibirán los bienes o servicios.
Los gastos que se generen con motivo de la devolución y cambio, correrán por cuenta del proveedor. Cuando los bienes entregados sean diferentes a los solicitados se procederá a su rechazo y el proveedor deberá sustituirlos a más tardar en el término de 10 días naturales y se aplicarán las sanciones correspondientes, para el caso de que el proveedor en forma espontánea sustituya los bienes sin que haya mediado requerimiento por parte de la solicitante o la convocante no se aplicará sanción alguna.
24. PROHIBICIÓN PARA NEGOCIAR LAS BASES Y LAS OFERTAS.
No podrá ser negociada ninguna de las condiciones contenidas en las presentes bases o en las proposiciones presentadas por los proveedores.
25. CONTROVERSIAS.
Las controversias que llegaren a suscitarse, deberán resolverse con apego a lo previsto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmueble (SIC) del Estado de Michoacán xx Xxxxxx y su Reglamento, así como en lo dispuesto por el Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán, los proveedores se someterán a la jurisdicción y competencia de los tribunales establecidos en esta ciudad de Morelia, Michoacán; por lo que deberán renunciar al fuero presente y futuro que pudiera corresponderles en razón de su domicilio.
Morelia, Michoacán; 00 de mes de 2017
LIC. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX DIRECTOR GENERAL
DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES DEL PODER EJECUTIVO
NOMBRE DEL TITULAR CARGO
NOMBRE DE LA DEPENDENCIA SOLICITANTE
A N E X O Nº 1
LICITACIÓN PÚBLICA ESTATAL Nº CADPE-EM-LPE-000/2017 (BIEN O SERVICIO REQUERIDO)
N° PARTIDA | CANTIDAD | UNIDAD DE MEDIDA | DESCRIPCIÓN |
A N E X O Nº 2 LICITACIÓN PÚBLICA ESTATAL
Nº CADPE-EM-LPE-000/2017 (BIEN O SERVICIO REQUERIDO)
(nombre), manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como, que cuento con facultades suficientes para suscribir la proposición en la presente licitación, a nombre y representación de: (persona física o moral).
Registro Federal de Contribuyentes: Nº de registro de proveedor: Domicilio:
Calle y número:
Colonia: Delegación o Municipio:
Código Postal: Entidad Federativa:
Teléfonos: Fax:
Correo electrónico:
Nº de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Fecha: N° de Tomo: N° de Fojas:
Nombre, Número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma: Relación de Accionistas.
Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombres (s): % de Acciones: Descripción del objeto social:
:
Reformas al acta constitutiva:
(Lugar y Fecha) Protesto lo necesario
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PROVEEDOR NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL (SI SE TRATA DE PERSONA MORAL)
A N E X O Nº 3 LICITACIÓN PÚBLICA ESTATAL
Nº CADPE-EM-LPE-000/2017
(BIEN O SERVICIO REQUERIDO)
LIC. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX DIRECTOR GENERAL
COMITÉ DE ADQUISICIONES DEL PODER EJECUTIVO
P R E S E N T E .
Lugar y fecha:
(Nombre del representante legal), manifiesto bajo protesta de decir verdad, en mi carácter de apoderado de la empresa (nombre de la empresa), según consta en el testimonio notarial Nº de fecha , otorgado ante el notario público Nº (nombre del xxxxxxx xx xxxxx), otorgo el poder necesario a nombre de (quien recibe el poder), para que en mi nombre y representación, se presente ante el Comité de Adquisiciones del Poder Ejecutivo a entregar y recibir los documentos derivados de la Licitación Pública Estatal Nº CADPE-EM-LPE-000/2017, para la adquisición de (bienes o servicios requeridos), así como para comparecer a los actos derivados de la licitación y en su caso, realice las preguntas o aclaraciones relacionadas con dicho procedimiento de contratación.
Otorga el poder Recibe el poder
Nombre y cargo dentro de la empresa
TESTIGOS
Nombre Nombre
A N E X O Nº 4 LICITACIÓN PÚBLICA ESTATAL
Nº CADPE-EM-LPE-000/2017
(BIEN O SERVICIO REQUERIDO)
LIC. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX DIRECTOR GENERAL DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES DEL PODER EJECUTIVO
PRESENTE.
Lugar y fecha:
Quien suscribe (persona física o representante legal), de la empresa (nombre de la empresa) señalada al rubro, personalidad que acredito con la documentación solicitada en las bases de la licitación respectiva, declaro bajo protesta de decir verdad, no encontrarme en los supuestos del artículo 32 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmueble (SIC) del Estado de Michoacán xx Xxxxxx, así como tampoco, en lo dispuesto por el artículo 17 de su Reglamento.
Lo anterior con el objeto de dar cumplimiento a dichas disposiciones y para los fines y efectos a que haya lugar.
A T E N T A M E N T E
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PROVEEDOR NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL (SI SE TRATA DE PERSONA MORAL)
A N E X O Nº 5 LICITACIÓN PÚBLICA ESTATAL
Nº CADPE-EM-LPE-000/2017
(BIEN O SERVICIO REQUERIDO)
LIC. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX DIRECTOR GENERAL DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES DEL PODER EJECUTIVO
PRESENTE.
Lugar y fecha:
Quien suscribe (persona física o representante legal de la empresa) (nombre de la empresa), manifiesto bajo protesta de decir verdad, que la empresa que represento es fabricante y/o distribuidor mayorista autorizado para la comercialización de los productos de la marca (s): marca (s), por lo que la empresa (nombre de la empresa) cuenta con nuestro respaldo comercial y apoyo solidario para la oferta que presenta en la licitación pública Estatal Nº CADPE-EM-LPE-000/2017, en la (s) siguiente (s) partida (s): .
A T E N T A M E N T E
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PROVEEDOR NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL (SI SE TRATA DE PERSONA MORAL
CARGO DENTRO DE LA EMPRESA)
A N E X O Nº 6 LICITACIÓN PÚBLICA ESTATAL
Nº CADPE-EM-LPE-000/2017
(BIEN O SERVICIO REQUERIDO)
LIC. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX DIRECTOR GENERAL DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES DEL PODER EJECUTIVO
PRESENTE.
Lugar y fecha:
Quien suscribe (persona física o representante legal de la empresa) (nombre de la empresa), manifiesto bajo protesta de decir verdad, que la empresa que represento es de nacionalidad mexicana y que la totalidad de los bienes que oferto y entregaré son producidos en México y tienen una integración de por lo menos el 50% de contenido nacional.
Lo anterior con el objeto de dar cumplimiento a dichas disposiciones y para los fines y efectos a que haya lugar.
A T E N T A M E N T E
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PROVEEDOR NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL (SI SE TRATA DE PERSONA MORAL)
A N E X O Nº 7 LICITACIÓN PÚBLICA ESTATAL
Nº CADPE-EM-LPE-000/2017
(BIEN O SERVICIO REQUERIDO)
LIC. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX DIRECTOR GENERAL DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES DEL PODER EJECUTIVO
PRESENTE.
Lugar y fecha:
Quien suscribe (persona física o representante legal) de la empresa (nombre de la empresa), manifiesto bajo protesta de decir verdad que:
Garantizo la entrega total de los bienes solicitados en tiempo y forma, de acuerdo con la descripción y especificaciones técnicas requeridas en el Anexo Nº 1 de las presentes bases y lo acordado en junta de aclaraciones; asimismo me comprometo a sustituir los bienes defectuosos, de conformidad con los puntos 4.2 y 23 de las bases que rigen este concurso; de igual forma manifiesto que por mí mismo o a través de terceros, me abstendré de adoptar conductas para que los servidores públicos de la convocante y de la solicitante, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones ventajosas con relación a los demás participantes; en ese mismo orden de ideas manifiesto, estar de acuerdo con las condiciones establecidas en el contrato que se anexa a las bases de licitación.
Lo anterior con el objeto de dar cumplimiento a dichas disposiciones y para los fines y efectos a que haya lugar.
A T E N T A M E N T E
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PROVEEDOR NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL (SI SE TRATA DE PERSONA MORAL)
A N E X O Nº 8 LICITACIÓN PÚBLICA ESTATAL
Nº CADPE-EM-LPE-000/2017
(BIEN O SERVICIO REQUERIDO) CONTRATO DE COMPRA VENTA
CONTRATO NÚM. CADPE-EM-LPE-000/2017-0
CONTRATO DE COMPRAVENTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, POR CONDUCTO DE LA (DEPENDENCIA O ENTIDAD), REPRESENTADA POR EL (TITULAR), EN SU CARÁCTER DE (NOMBRAMIENTO), A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL GOBIERNO” Y COMO RESPONSABLE DEL PROCESO DE ADJUDICACIÓN, EL COMITÉ DE ADQUISICIONES DEL PODER EJECUTIVO, REPRESENTADO POR EL LIC. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL Y POR LA OTRA LA EMPRESA (NOMBRE DE LA EMPRESA), REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL), EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL PROVEEDOR" Y PARA REFERIRSE A “EL GOBIERNO” Y "EL PROVEEDOR" SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, SUJETÁNDOSE AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I. “EL GOBIERNO” DECLARA:
I.1 QUE EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 9°, 16° Y (22° EN CASO DE DEPENDENCIA) (ART. 46° EN CASO DE ENTIDAD) DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, (NOMBRE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD), (FORMA PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL O PARAESTAL CUANDO SEA ENTIDAD).
I.2 QUE SU TITULAR EL (NOMBRE DEL TITULAR) OCUPA EL CARGO DE (NOMBRAMIENTO) Y TIENE LAS FACULTADES SUFICIENTES PARA REPRESENTAR A “EL GOBIERNO” EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL PRESENTE CONTRATO, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 9º, 16° (22º EN CASO DE DEPENDENCIA) (ART 46º EN CASO DE ENTIDAD) DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, 1, FRACCIÓN (I) (II CUANDO SEA ENTIDAD), DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, Y 34, FRACCIÓN II, DE SU REGLAMENTO.
I.3 QUE PARA CUBRIR LAS EROGACIONES QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE CONTRATO “EL GOBIERNO”, CUENTA CON SALDO DISPONIBLE DENTRO DE SU PRESUPUESTO APROBADO EN LA PARTIDA CORRESPONDIENTE, LO CUAL ACREDITA CON EL OFICIO NÚMERO ( DE LACERTIFICACIÓN NÚMERO ), DE FECHA (00) DE (MES) DEL (AÑO), EMITIDO POR EL (ADQUIRENTE O SECRETARÍA DE FINANZAS).
I.4 QUE “EL GOBIERNO” CUENTA CON EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (R.F.C.).
I.5 QUE PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES DE ESTE CONTRATO SEÑALA COMO DOMICILIO EL UBICADO (DOMICILIO, C.P. Y TELÉFONOS).
EL “RESPONSABLE DEL PROCESO DE ADJUDICACIÓN” DECLARA:
II.1 QUE INTERVIENE EN ESTE ACTO, COMO RESPONSABLE DEL PROCESO DE ADJUDICACIÓN, EL LIC. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX, DIRECTOR GENERAL DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES DEL PODER EJECUTIVO, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 12, FRACCIÓN VIII, DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, Y 34, FRACCIÓN II, DE SU REGLAMENTO.
II.2 QUE PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES DE ESTE CONTRATO SEÑALA COMO DOMICILIO EL UBICADO EN LA XXXXX XXXX X. XXXXXXXX Xx 000, XXX. XXXXX XXXXXXXXXXX, X.X. 00000, EN ESTA CIUDAD DE MORELIA, MICHOACÁN; TELÉFONO (000) 000-00-00 Y FAX 000-00-00.
"EL PROVEEDOR” DECLARA:
III.1 QUE SATISFECHOS LOS REQUISITOS QUE MARCAN LOS ARTÍCULOS 24 Y 25 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, QUEDA DEBIDAMENTE ACREDITADA SU INSCRIPCIÓN EN EL PADRÓN DE PROVEEDORES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL, CON NÚMERO DE REGISTRO (Nº DE PROVEEDOR).
III.2 QUE (PROVEEDOR), EN SU CARÁCTER DE (REPRESENTANTE LEGAL) DE LA EMPRESA (NOMBRE DE LA EMPRESA), CUENTA CON PODERES AMPLIOS Y SUFICIENTES PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE CONTRATO Y OBLIGA A SU REPRESENTADA EN LOS TÉRMINOS DEL MISMO, LO CUAL ACREDITA CON (DATOS DEL PODER NOTARIAL, FECHA, NOMBRE XXX XXXXXXX, Nº DE ESCRITURA, LUGAR DE EXPEDICIÓN, Nº DE NOTARÍA.); ASIMISMO, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DECLARA QUE DICHA PERSONALIDAD NO LE HA SIDO REVOCADA, LIMITADA, NI MODIFICADA EN FORMA ALGUNA.
III.3 QUE “EL PROVEEDOR” CUENTA CON REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (R.F.C.).
III.4 QUE CONOCE Y SE OBLIGA A CUMPLIR CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y CANTIDADES DE ACUERDO AL PROGRAMA DE ENTREGAS, CALIDADES Y PRECIOS DE LOS BIENES REQUERIDOS, ASÍ COMO LAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS, RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX Y SU REGLAMENTO.
III.5 QUE “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” MANIFIESTA NO ENCONTRARSE EN ALGÚN SUPUESTO DE LOS SEÑALADOS EN EL ARTÍCULO 32 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, NI 17 DE SU REGLAMENTO.
III.6 QUE PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES DEL PRESENTE CONTRATO, SEÑALA COMO DOMICILIO EL UBICADO EN (DOMICILIO, C.P., TELÉFONOS DEL PROVEEDOR Y CORREO ELECTRÓNICO).
IV LAS “PARTES” DECLARAN:
IV.1 QUE EN CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 5° DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, SE LLEVÓ A CABO LA (TIPO DE LICITACIÓN, NÚMERO DE LA MISMA Y FECHA DEL FALLO) DE LA CUAL RESULTÓ ADJUDICADA LA EMPRESA (NOMBRE DEL PROVEEDOR ADJUDICADO).
IV.2 QUE SE RECONOCEN LA PERSONALIDAD QUE LOS ASISTE, ASÍ COMO LAS DECLARACIONES VERTIDAS SUJETÁNDOSE EN LO SUBSECUENTE A LAS SIGUIENTES:
C L Á U S U L A S
PRIMERA: DEL OBJETO. “EL GOBIERNO” SE OBLIGA A COMPRAR A "EL PROVEEDOR” (BIENES ADQUIRIDOS), QUE SE DETALLAN EN LA ORDEN DE PEDIDO RECIBIDA Y FIRMADA NÚMERO (EL
NÚMERO DE LA LICITACIÓN, Nº DE PEDIDO Y FECHA).
SEGUNDA: DEL MONTO DEL CONTRATO. EL PRECIO CONVENIDO POR “LAS PARTES” RESPECTO DE LA COMPRAVENTA DE LOS BIENES A QUE SE HACE REFERENCIA EN LA CLÁUSULA ANTERIOR ES LA CANTIDAD DE $000.00 (IMPORTE CON IVA INCLUIDO CON LETRA).
TERCERA: DE LOS PLAZOS Y CONDICIONES DE ENTREGA. “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A ENTREGAR LOS BIENES OBJETO DE ESTE CONTRATO, EN LAS CANTIDADES SOLICITADAS POR “XX XXXXXXXX”, X XXX (XXXX QUE SE INDIQUEN YA SEAN NATURALES O HÁBILES) POSTERIORES A (LO QUE SE INDIQUE EN BASES) DE ACUERDO A LAS ESPECIFICACIONES QUE SE MENCIONAN EN EL PEDIDO, EN EL ANEXO 1 DE LAS BASES QUE RIGEN LA LICITACIÓN Y LO ACORDADO EN JUNTA DE ACLARACIONES, ASIMISMO QUE CUMPLAN CON LAS NORMAS DE CALIDAD CORRESPONDIENTES PARA ESTE TIPO DE BIENES. “EL PROVEEDOR” BAJO SU RESPONSABILIDAD DEBERÁ TRANSPORTAR LOS BIENES CONTRATADOS BAJO EL RÉGIMEN COSTO, SEGURO, FLETE, MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA HASTA SU DESTINO FINAL, EN (NOMBRE DE LA SOLICITANTE Y EL DOMICILIO DE ENTREGA); LOS ARTÍCULOS SE DEBERÁN ENTREGAR EN ÓPTIMAS CONDICIONES, DEBIDAMENTE EMPACADOS, EN FORMA QUE SATISFAGA LAS EXIGENCIAS DE TRASLADO Y EMBALAJE, A FIN DE PRESERVAR ÉSTOS Y EVITAR DISMINUIR SU VIDA ÚTIL. EL CUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO NO SERÁ SUBROGABLE NI TRANSFERIBLE.
“EL PROVEEDOR” ASUME POR SU ÚNICA Y EXCLUSIVA CUENTA TODA LA RESPONSABILIDAD PROVENIENTE DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE PUDIERA CAUSAR A LOS BIENES Y/O PROPIEDADES DE “EL GOBIERNO” AL MOMENTO EN QUE DÉ CUMPLIMIENTO AL PRESENTE INSTRUMENTO.
CUARTA: DE LA FACTURACIÓN. “EL PROVEEDOR” ESTÁ OBLIGADO A ELABORAR SUS FACTURAS POR BIENES EFECTIVAMENTE ENTREGADOS Y RECIBIDOS A ENTERA SATISFACCIÓN DE “EL GOBIERNO” DE ACUERDO A LAS ESPECIFICACIONES QUE SE MENCIONAN EN EL PEDIDO, EN EL ANEXO N° 1 DE LAS BASES QUE RIGEN LA LICITACIÓN DE LA CUAL DERIVA EL PRESENTE CONTRATO Y LO ACORDADO EN JUNTA DE ACLARACIONES. LAS FACTURAS DEBERÁN EXPEDIRSE A NOMBRE DE (GOBIERNO DEL ESTADO DE MICHOACÁN Y/O ENTE PÚBLICO) CON (DOMICILIO Y R.F.C.), CON EL IVA DESGLOSADO PARA LOS EFECTOS FISCALES CORRESPONDIENTES.
QUINTA: LA VIGENCIA DEL CONTRATO. SERÁ HASTA 12 (DOCE) MESES A PARTIR DE LA FIRMA DEL PRESENTE INSTRUMENTO, PARA GARANTIZAR LA BUENA CALIDAD O LOS VICIOS OCULTOS QUE PUDIESEN APARECER DEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS. IGUAL TIEMPO SE APLICARÁ A LAS MODIFICACIONES O PRÓRROGAS REALIZADAS. SI DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, POR CUALQUIER MOTIVO SE VERIFICARE LA TRANSMISIÓN DE LOS BIENES ADQUIRIDOS, LA COMPRA SUBSISTIRÁ EN LOS TÉRMINOS DEL CONTRATO.
SEXTA: DE LAS CONDICIONES DE PAGO. SE ENTREGARÁ A PARTIR DE LOS __ DÍAS HÁBILES POSTERIORES DE RECIBIDOS LOS BIENES, PREVIA FACTURACIÓN Y ENTREGA DE LAS MISMAS, DEBIDAMENTE REQUISITADAS EN MONEDA NACIONAL Y PRESENTARSE ANTE “EL GOBIERNO”, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 26, FRACCIÓN I, DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLES DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX.
LAS FACTURAS DEBERÁN CONTENER LAS FIRMAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE “EL GOBIERNO” FACULTADOS PARA RECIBIR LOS BIENES OBJETO DE ESTE CONTRATO. EN TODO CASO, “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A CUMPLIR CON LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL PARA LA ELABORACIÓN DE FACTURAS QUE EXPIDA LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, VIGENTES AL MOMENTO DE LA EXPEDICIÓN DE SUS FACTURAS.
SÉPTIMA: DE LAS GARANTÍAS. “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A ENTREGAR PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO, GARANTÍA FAVOR DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX POR EL 10% DEL VALOR DE ESTE CONTRATO, SIN INCLUIR IVA, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 14, DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES
XXXXXXX E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL MISMO, ADEMÁS DE LAS CARTAS COMPROMISO EMITIDAS POR “EL PROVEEDOR” REFERIDAS A LA GARANTÍA DE LOS BIENES, ANEXAS A SU PROPUESTA TÉCNICA PRESENTADA CON MOTIVO DE LA LICITACIÓN DE LA CUAL DERIVA EL PRESENTE CONTRATO.
OCTAVA: DE LA RECEPCIÓN DE LOS BIENES. LA RECEPCIÓN DE LOS BIENES SE HARÁ A ENTERA SATISFACCIÓN DE “EL GOBIERNO”, CONFORME A LO SEÑALADO EN EL PEDIDO, EN EL ANEXO 1 DE LAS BASES QUE RIGEN LA LICITACIÓN Y LO ACORDADO EN JUNTA DE ACLARACIONES, DE CONFORMIDAD CON EL PROGRAMA DE ENTREGAS, REQUISITOS Y PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO ESTABLECE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS, RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX.
NOVENA: REPOSICIÓN DE LOS BIENES. “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A SUSTITUIR LOS BIENES QUE HAYA ENTREGADO A “EL GOBIERNO” EN MAL ESTADO, EN UN TÉRMINO NO MAYOR DE 10 (DIEZ) DÍAS NATURALES, CONTADOS A PARTIR DE QUE SE LE COMUNIQUE LA DEFICIENCIA EN LA RECEPCIÓN DE LOS BIENES.
DÉCIMA: DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS. “EL PROVEEDOR” QUEDA OBLIGADO A RESPONDER POR DEFECTOS O VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES, DE LAS PATENTES Y MARCAS, DE LA CALIDAD DE LOS MISMOS Y DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS EN EL PEDIDO DEL PRESENTE CONTRATO, DE LAS BASES DE LA LICITACIÓN Y EN EL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, EN CASO DE QUE ESTO NO OCURRIERA, “EL GOBIERNO” PODRÁ HACER EFECTIVA LA APLICACIÓN DE LA CLÁUSULA DÉCIMA DEL PRESENTE INSTRUMENTO.
DÉCIMA PRIMERA: DE LAS PENAS CONVENCIONALES. PARA EN CASO DE ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES POR PARTE DE “EL PROVEEDOR” EN EL PRESENTE CONTRATO O EN EL CASO DE QUE LOS BIENES NO SE ENTREGUEN DE LA MANERA CONVENIDA, SE ESTABLECE COMO PENA CONVENCIONAL UN PORCENTAJE DEL 0.5% AL MILLAR SOBRE EL MONTO TOTAL DE LOS BIENES NO ENTREGADOS O SERVICIOS NO PRESTADOS, POR CADA DÍA DE ATRASO QUE TRANSCURRA DESDE LA FECHA FIJADA PARA LA ENTREGA DE LOS MISMOS, PARA TAL EFECTO, (NOMBRE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD) DESCONTARÁ DE LA FACTURA PENDIENTE DE PAGO, LA SUMA QUE RESULTE DE LA APLICACIÓN DE LA PENA CONVENCIONAL. ESTA PENA CONVENCIONAL SE ESTIPULA CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 28 ARTÍCULO DE LA LEY ADE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAGO DE LA PENA CONVENCIONAL SEÑALADA, “EL GOBIERNO” PODRÁ EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DEL PROPIO CONTRATO.
PARA EL CASO DE INCUMPLIMIENTO DE “EL GOBIERNO”, EN EL PRESENTE CONTRATO, Y NO SE CUMPLA CON EL PAGO EN LA FORMA CONVENIDA, SE ESTABLECE COMO PENA CONVENCIONAL A FAVOR DEL PROVEEDOR UNA TASA DE GASTOS FINANCIEROS IGUAL A LA ESTABLECIDA EN LA LEY DE INGRESOS DEL ESTADO PARA LA PROGRROGA PARA EL PAGO DE CRÉDITO FISCALES. DICHOS GASTOS FINANCIEROS SE CALCULARAN SOBRE LAS CANTIDADES NO PAGADAS Y SE COMPURTARAN POR DÍAS DE CALENDARIO DESDE QUE SE VENZA EL PLAZO PACTADO, HASTA LA FECHA EN QUE SE PONGAN EFECTIVAMENTE LAS CANTIDADES A DISPOSICION DEL PROVEEDOR, EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 26, FRACCIÓN III DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES.
DÉCIMA SEGUNDA: DE LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. “EL GOBIERNO” PODRÁ EN CUALQUIER MOMENTO RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE ESTE CONTRATO POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO. LA CONTRAVENCIÓN A LAS DISPOSICIONES, LINEAMIENTOS, BASES, PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS QUE ESTABLECE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS, RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLE (SIC) DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX Y DEMÁS DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS ADMINISTRATIVAS SOBRE LA MATERIA, ASÍ COMO EL INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIERA DE LAS
OBLIGACIONES DE "EL PROVEEDOR" ESTIPULADAS EN EL CUERPO DEL PRESENTE CONTRATO, DA DERECHO A SU RESCISIÓN INMEDIATA SIN RESPONSABILIDAD PARA “EL GOBIERNO” Y SIN PERJUICIO DE QUE SE APLIQUEN A "EL PROVEEDOR" LAS PENAS CONVENCIONALES, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN ESTE CONTRATO Y QUE SE LE HAGAN EFECTIVAS LAS GARANTÍAS OTORGADAS EN SU CASO, PARA EL CUMPLIMIENTO DEL MISMO.
DÉCIMA TERCERA: CAUSALES DE RESCISIÓN DEL CONTRATO. LAS CAUSAS QUE PUEDEN DAR LUGAR A LA RESCISIÓN DEL CONTRATO SIN NECESIDAD DE DECLARACIÓN JUDICIAL Y SIN MÁS TRÁMITE, SON LAS QUE A CONTINUACIÓN SE ENUNCIAN:
1) SI "EL PROVEEDOR" NO ENTREGA LOS BIENES OBJETO DE ESTE CONTRATO, EN CONDICIONES ÓPTIMAS DE USO EN LA (S) FECHA (S) CONVENIDA (S).
2) SI SUSPENDE EL SUMINISTRO O SE NIEGA A REPONER ALGÚN BIEN FALTANTE O DEFECTUOSO.
3) SI NO ENTREGA LOS BIENES DE CONFORMIDAD CON LO ESTIPULADO SIN CAUSA JUSTIFICADA O NO ACATA LAS INSTRUCCIONES DADAS POR ESCRITO POR “EL GOBIERNO”.
4) SI NO DA CUMPLIMIENTO A LO PACTADO EN LA (S) FECHA (S) DE ENTREGA (S) ESTIPULADAS Y A JUICIO DE “EL GOBIERNO”, EL ATRASO PUEDE CAUSARLE PERJUICIOS O CONSECUENCIAS GRAVES.
5) SI "EL PROVEEDOR" SE DECLARA EN QUIEBRA O EN SUSPENSIÓN DE PAGOS.
6) SI "EL PROVEEDOR" NO DA A “EL GOBIERNO”, ASÍ COMO A LAS RESPECTIVAS DEPENDENCIAS OFICIALES QUE TENGAN FACULTADES PARA INTERVENIR, LAS FACILIDADES PARA LA INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y SUPERVISIÓN DE LA ELABORACIÓN Y ENTREGA DE LOS BIENES.
7) CUANDO SE COMPRUEBE QUE “EL PROVEEDOR” NO HAYA MANIFESTADO LA VERDAD SOBRE LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA EN LA LICITACIÓN ORIGEN DE ESTE CONTRATO.
8) EN GENERAL, POR INCUMPLIMIENTO POR PARTE DE "EL PROVEEDOR" DE CUALQUIER OTRA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL PRESENTE CONTRATO O SUS ANEXOS, DE LAS LEYES Y DISPOSICIONES LEGALES REGLAMENTARIAS APLICABLES A ESTE CONTRATO.
DÉCIMA CUARTA: DE LA SUJECIÓN DE LAS PARTES. “LAS PARTES” SE OBLIGAN A SUJETARSE ESTRICTAMENTE PARA EL CUMPLIMIENTO DEL OBJETO DE ESTE CONTRATO, A TODAS Y CADA UNA DE LAS CLÁUSULAS QUE LO INTEGRAN, ASÍ COMO A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES E INMUEBLES VIGENTE EN EL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX Y DEMÁS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS QUE SEAN APLICABLES EN CUANTO AL FONDO Y CUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO. FORMAN PARTE DE ESTE CONTRATO, LAS BASES DE LA LICITACIÓN, SUS ANEXOS Y TODA LA DOCUMENTACIÓN DERIVADA DE LA MISMA.
DÉCIMA QUINTA: DE LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. “LAS PARTES” SE SOMETEN A LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES DE ESTA CIUDAD DE MORELIA, MICHOACÁN; CON RELACIÓN A LA INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO. POR LO TANTO “LAS PARTES” RENUNCIAN A LA JURISDICCIÓN QUE POR MOTIVO DE DOMICILIO PRESENTE, FUTURO O POR CUALQUIER OTRA CAUSA LES CORRESPONDA.
LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO POR LAS PARTES Y EL RESPONSABLE DEL PROCESO DE ADJUDICACIÓN, LO RATIFICAN CONOCIENDO SUS ALCANCES LEGALES Y SE FIRMA EN TRES TANTOS, EN LA CIUDAD DE MORELIA, CAPITAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, A LOS (FECHA DE FIRMA DEL CONTRATO).
POR “EL GOBIERNO” POR “EL PROVEEDOR”
(TITULAR DEL SOLICITANTE)
(NOMBRE DEL SOLICITANTE Y CARGO)
(NOMBRE DEL REPRESENTANTE) REPRESENTANTE LEGAL DE (NOMBRE DE LA EMPRESA)
RESPONSABLE DEL PROCESO DE ADJUDICACIÓN
LIC. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX DIRECTOR GENERAL DEL COMITÉ DE
ADQUISICIONES DEL PODER EJECUTIVO
FIANZA
CHEQUE CRUZADO
A N E X O Nº 9
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PROVEEDOR NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL (SI SE TRATA DE PERSONA MORAL)
SIV
A T E N T A M E N T E
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PROVEEDOR NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL (SI SE TRATA DE PERSONA MORAL)