PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
PROCESO DE CONTRATACIÓN N° | 46/14-0127-LPU21 |
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° | 35/2021 |
EXPEDIENTE PPAL N° | EX-2021-60643835- -APN-DSL#DNV |
Tipo de Obra: | ARQUITECTURA |
Objeto de la Obra: | PUESTA EN VALOR DE LAS INSTALACIONES DEL PUESTO DE CONTROL DE PESOS Y DIMENSIONES EN LALOCALIDAD DE NUEVA XXXXX, XXXX XXXXXXXX Xx 000, XX. 000. |
Xxxx Xxxxxxxx Xx: | 188 |
Tramo: | LOCALIDAD DE NUEVA XXXXX |
Sección: | KM. 570 |
Provincia: | SAN XXXX |
Unidad de Medida.
Sistema de Ejecución:
Plazo de Obra: | 4 meses. | - | Plazo de Garantía: | 12 meses. |
Presupuesto Oficial: | $ 5.193.136,00 | A valores de: | NOVIEMBRE 2020 |
Pesos Argentinos.
Moneda de cotización y de pago:
Total de renglones.
Adjudicación por:
Hasta siete días anteriores a la fecha de apertura de las ofertas.
Plazo para consultas y aclaraciones:
Contratante: DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD.
Inspección de obra a cargo de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
ÍNDICE
(El presente PCP se desarrollará continuando el índice del PUCG).
1. DISPOSICIONES GENERALES. 11
1.1. Objeto xxx xxxxxx. 11
1.2. Glosario y abreviaturas. 11
1.3. Régimen Jurídico de la contratación. 17
1.4. Cómputo de plazos. 18
1.5. Vista de las actuaciones. 18
1.6. Trámite de las presentaciones. 18
1.7. Recursos. 18
1.8. Notificaciones. 18
1.9. Documentación contractual. 18
1.10. Contenido xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares. 19
1.11. Orden de prelación de la Documentación Contractual. 19
1.12. Consultas. 19
1.13. Circulares con consulta y sin consulta. 19
1.14. Jurisdicción. 19
1.15. Política de Integridad en las contrataciones de obra pública. 19
2. SISTEMAS DE CONTRATACIÓN. 23
2.1. Sistemas de contratación de obras públicas. 23
2.2. Contratación por unidad de medida. 23
2.3. Contratación por ajuste alzado. 23
2.4. Contratación por ajuste alzado sin presupuesto oficial detallado. 23
2.5. Contratación por ajuste alzado con presupuesto oficial detallado. 23
2.6. Contrataciones mixtas por ajuste alzado y unidad de medida. 23
2.7. Contratación por coste y costas. 23
3. PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN. 23
3.1. Clases de licitaciones. 23
3.2. Licitaciones de etapa única. 23
3.3. Licitaciones de etapa múltiple. 24
3.4. Licitación nacional. 24
3.5. Licitación internacional. 24
3.6. Contratación directa. 24
4. PROPONENTES. 24
4.1. Capacidad Legal. 24
4.2. Capacidad Técnica. 26
4.3. Capacidad Económico Financiera de Contratación Referencial. 31
4.4. Personas habilitadas para contratar. 42
4.5. Personas no habilitadas para contratar. 42
4.6. Pautas de inelegibilidad. 42
4.7. Domicilio. 42
5. OFERTAS. 43
5.1. Forma de presentación de las Ofertas. 43
5.2. Documentos que integran la oferta. 43
5.3. Causales de desestimación no subsanables. 47
5.4. Causales de desestimación subsanables. 47
5.5. Informes que suministra el contratante. 47
5.6. Efectos de la presentación de Ofertas. 47
5.7. Carácter de la información suministrada por los Proponentes. 47
5.8. Informes que deben obtener los Proponentes y conocimiento de los antecedentes
necesarios para construir la obra. 47
5.9. Garantía de Mantenimiento de Oferta. 47
5.10. Moneda de Garantía de Mantenimiento de la Oferta. 48
5.11. Desistimiento de la Oferta. 48
5.12. Devolución de la Garantía de Mantenimiento de Oferta. 48
5.13. Gravámenes. 48
5.14. Apertura de Ofertas. 48
6. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. 48
PCP - DNV
PLIEG-2021-67542308-APN-DSL#DNV
6.1. Designación de las Comisiones Evaluadoras. 48
6.2. Integración de las Comisiones Evaluadoras. 48
6.3. Sesiones de las Comisiones Evaluadoras. 49
6.4. Comisión de Evaluación de las Ofertas. 49
6.5. Vista de las Ofertas. 49
6.6. Exámen de las Ofertas. 49
6.7. Causales de inadmisibilidad de las Ofertas. 50
6.8. Ampliación de la información. 50
6.9. Precio vil o precio no serio. 51
6.10. Dictamen de evaluación. 51
6.11. Empate. 51
6.12. Rebalanceo. 51
6.13. Publicidad del Dictamen de Evaluación. 51
6.14. Impugnaciones al Dictamen de Evaluación. 52
6.15. Garantía de impugnación. 52
6.16. Resolución de las Impugnaciones. 52
6.17. Licitaciones de etapa múltiple. 52
6.18. Procedimiento de selección desierto o fracasado. 52
7. ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN. 52
7.1. Alta en el padrón único de entes. 52
7.2. Adjudicación. 52
7.3. Garantía de cumplimiento de contrato. 53
7.4. Requisitos a cumplir antes de la firma del Contrato. 53
7.5. Ajuste de la Garantía de Cumplimiento del Contrato. 53
7.6. Vigencia de la Garantía de Cumplimiento del Contrato. 53
7.7. Revocación de la adjudicación. 53
7.8. Perfeccionamiento del Contrato. 53
7.9. Transferencia del Contrato. 53
8. ORGANIZACIÓN DE LA OBRA. 53
8.1. Orden de Inicio de obra 53
PCP - DNV
PLIEG-2021-67542308-APN-DSL#DNV
8.2. Replanteo de la obra. 53
8.3. Errores de replanteo. 55
8.4. Plan de Trabajos Definitivo. 55
8.5. Anticipo Financiero. 55
8.6. Acta de Inicio. 55
8.7. Documentación en Obra. 55
8.8. Planos de Obra y planos adicionales. 55
8.9. Interpretación de la documentación técnica. 56
8.10. Cerco, vallado y protección de Obra. 56
8.11. Derecho de retención. 57
8.12. Vigilancia, seguridad e higiene. 57
8.13. Alumbrado y luces de peligro. 91
8.14. Construcciones provisionales. 91
8.15. Oficina para la Dirección de Obra y la Inspección de Obra. 91
8.16. Movilidad para la Dirección de Obra y la Inspección de Obra. 91
8.17. Daños a personas y bienes. 91
8.18. Infracciones administrativas. 91
8.19. Letreros. 91
8.20. Limpieza de obra. 92
8.21. Provisión de agua y energía eléctrica. 92
8.22. Representante Técnico. 92
8.23. Jefe de Obra. 93
8.24. Dirección de Obra. 93
8.25. Inspección de Obra. 93
8.26. Comunicaciones. 94
8.27. Archivo fotográfico. 95
8.28. Instrumental de medición. 95
8.29. Gastos, tasas y derechos. 95
9. SUBCONTRATISTAS. 95
9.1. Subcontratación de trabajos. 95
9.2. Relaciones con otros Contratistas. 95
PCP - DNV
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9.3. Trabajos defectuosos. 95
10. PERSONAL. 96
10.1. Personal del contratista. 96
10.2. Horario de los trabajos. 97
10.3. Pago del personal. 98
10.4. Indemnidad. 98
11. MATERIALES Y EQUIPOS. 98
11.1. Ingreso de Materiales y equipos. 98
11.2. Calidad de los materiales y trabajos. 98
11.3. Perjuicio por incendio. 101
12. SEGUROS. 101
12.1. Generalidades. 101
12.2. Seguro de Riesgos del Trabajo. 102
12.3. Seguro de Accidentes Personales. 102
12.4. Seguro todo riesgo de Contratistas de construcción. 102
12.5. Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual. 103
13. CERTIFICACIÓN, PAGOS Y GARANTÍAS. 103
13.1. Medición de los trabajos. 104
13.2. Elaboración de los certificados. 104
13.3. Respaldo fotográfico del Certificado de Obra. 104
13.4. Retenciones sobre los Certificados de Obra. 104
13.5. Fondo de Reparos. 104
13.6. Aprobación de los Certificados. 104
13.7. Requisitos de las facturas. 104
13.8. Retenciones sobre los pagos 105
13.9. Moneda de pago. 105
13.10. Plazo de pago de los certificados. 105
14. REDETERMINACIÓN DE PRECIOS. 105
14.1. Variación de referencia. 105
14.2. Cálculo de la Redeterminación Definitiva. 106
PCP - DNV
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15. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO. 106
15.1. Alteraciones del contrato. 106
15.2. Alteraciones que no superen el VEINTE POR CIENTO (20%) del monto contractual. 106
15.3. Alteraciones que superen el VEINTE POR CIENTO (20 %) del monto contractual. 106
15.4. Liquidación de demasías. 106
15.5. Liquidación de economías. 106
15.6. Ítem Nuevo. 106
15.7. Precios nuevos. 107
15.8. Procedimiento para ordenar modificaciones contractuales. 107
15.9. Modificaciones de plazos. 107
15.10. Modificación de las garantías. 107
15.11. Trabajos ejecutados con materiales de mayor valor o sin la conformidad del
Comitente. 107
16. PLAZOS DE EJECUCIÓN DE LA OBRA. 108
16.1. Incumplimiento del plazo total. 108
16.2. Incumplimiento de plazos parciales o secuenciales 109
16.3. Ampliaciones del plazo para la ejecución de la obra. 109
16.4. Causales para el xxxxxxxxxxxx xx xxxxxxxxx. 000
16.5. Lluvias.
109
16.6. Denuncia de hechos que impiden la ejecución de la Obra. 109
16.7. Plazo y requisitos para solicitar ampliaciones de plazos. 110
16.8. Suspensión provisoria de la aplicación de multas. 110
16.9. Ajuste del Plan de Trabajos y Curva de Inversión. 110
16.10. Paralización de la Obra. 110
16.11. Gastos improductivos. 111
16.12. Suspensión de los trabajos por modificaciones contractuales. 111
17. RECEPCIÓN DE LA OBRA. 111
17.1. Pruebas previas a la recepción provisoria. 111
17.2. Recepción Provisoria. 112
17.3. Documentación a entregar por el Contratista previo a la Recepción Provisoria. 112
17.4. Periodo de Garantía. 113
17.5. Fiscalización durante el periodo de garantía. 114
17.6. Ejecución de reparaciones por terceros. 114
17.7. Recepción Definitiva. 114
17.8. Liquidación final de la Obra. 115
18. RESCISIÓN DEL CONTRATO. 115
18.1. Causales de rescisión del Contrato. 115
18.2. Rescisión por causas imputables al Contratista. 115
18.3. Efectos de la rescisión por causas imputables al Contratista. 116
18.4. Rescisión del Contrato por causas imputables al Comitente. 116
18.5. Efectos de la rescisión por causa imputables al Comitente. 116
18.6. Rescisión de común acuerdo. 116
18.7. Efectos de la Rescisión de común acuerdo. 116
18.8. | Inventario. | 116 |
18.9. | Avalúo. | 116 |
18.10. Liquidación de los trabajos y materiales. 116
APÉNDICE DE FORMULARIOS 117
I. - Formulario de Oferta 118
II. - Tabla - Información sobre Litigios.- 120
III. - Tabla - Perfil Empresarial 121
IV. - Formulario Modelo de Detalle de los Precios Unitarios Cotizados 123
V. - Certificado de Determinación de Oferta Independiente. 129
VI. - Modelo de Carta de Financiamiento Bancario. 130
VII. - Formulario Declaración Jurada de Intereses - Decreto N° 202/2017. 131
VIII. - Formulario del Programa de Integridad. 136
IX. - Decreto N° 691/2016: Categoría y Composición de la Obra. 140
1. DISPOSICIONES GENERALES.
1.1. Objeto xxx xxxxxx.
S/PUCG.
1.2. Glosario y abreviaturas.
1.2.1. Glosario General. Se aclara:
7. Comisión Evaluadora: se entenderá por ésta al Consejo Técnico de Adjudicaciones, como la Comisión integrada por personas designadas por Disposición del 14° Distrito San Xxxx, que realiza un análisis de conveniencia sobre la oferta en orden de precios más bajo ajustada x xxxxxx, según el Informe de Admisibilidad. Aconseja la precalificación o la adjudicación de la oferta más conveniente y el rechazo de las que, conforme la documentación contractual y la evaluación de las mismas, resulten inadmisibles o determine, son inconvenientes.
8. Comitente: es el órgano de la Administración Pública Nacional que encarga la ejecución de una obra y figura designado como tal en el Pliego de Condiciones Particulares (PCP) que integra la documentación contractual. Para la contratación de la presente obra, quien reviste la calidad de Comitente es la Dirección Nacional de Vialidad.
9. Contratante: es el órgano de la Administración Pública Nacional, indicado en el Pliego de Condiciones Particulares, que firma el contrato de obra pública con el Contratista. Para la presente contratación, quien reviste la calidad de Contratante es la Dirección Nacional de Vialidad.
11. Contratista: es el Adjudicatario, después que ha firmado el Contrato y sus complementos y que se obliga a ejecutar bajo su responsabilidad, organización y programación empresaria, la obra proyectada por el Comitente.
13. Dirección de Obra: es el órgano de la Administración Pública que tiene a su cargo el control de la ejecución del Contrato por parte del Contratista. Para la presente contratación, es la Dirección Nacional de Vialidad la que licitará y controlará la ejecución de las obras, y las funciones y atribuciones que el PUCG establezca para esta figura, serán desempeñadas por la Inspección de Obra y/o el Contratante.
18. Inspección de Obra: es quien representa al Comitente frente al Contratista y quien tiene a su cargo la supervisión técnica de los trabajos, así como el seguimiento, inspección y control en la ejecución del plan de trabajos definitivo y el control del cumplimiento de las obligaciones del Contratista.
Salvo que se indique lo contrario, la Inspección de Obra será realizada por la Dirección Nacional de Vialidad. Toda vez que la Obra sea licitada y ejecutada por la Dirección Nacional de Vialidad, se entenderá que la Dirección de Obra es la Inspección de Obra.
En aquellas obras donde se disponga la presentación por parte de la Contratista de un responsable de seguridad e higiene y/o un responsable de gestión ambiental, se incorporará, como parte de la Inspección de Obras a los responsables de las áreas con incumbencia existentes en cada Distrito quienes fiscalizarán el cumplimiento de las condiciones exigidas en la materia interactuando de manera directa con los referentes de la contratista en su especialidad.
Las funciones de la inspección de Obras son: fiscalizar e inspeccionar la obra a fin de que ésta se ejecute y se desarrolle en un todo de acuerdo con los términos del Contrato, las leyes y las normas de orden superior aplicables.
Será conformada, como mínimo, por un profesional universitario y técnicos con incumbencias acordes con la característica de la obra a supervisar.
También es el receptor exclusivo de toda presentación del Contratista relacionada con cualquier aspecto de la obra o del Contrato. Decide las cuestiones inherentes a la obra según los términos contractuales y propicia la resolución de las que impliquen modificación o alteración de la obra y/o del Contrato.
En lo que a este PCP se refiere, se usarán indistintamente los términos “Inspección de Obra” y “Supervisión de Obra” como sinónimos.
20. Jefe de Obra: Deberá ser un profesional universitario con título habilitante y matrícula acorde con las características de la Obra, que podrá proponer el contratista, y deberá contar con la aprobación expresa de la Supervisión.
23. Plazo de garantía: Es el lapso que se inicia en la fecha en la que el Contratista solicitó la Recepción Provisional de la obra y concluye con la Liquidación Final de la Obra.
29. Proponente: Es la persona humana o jurídica que presenta una propuesta en un procedimiento de selección de una contratación. En el presente PCP se utilizarán los términos Oferente y Proponente como sinónimos.
33. Representante Técnico: Debe contar con título habilitante y matrícula. Se agrega:
35. Adjudicación: es el acto administrativo mediante el cual el Comitente resuelve la aceptación de una determinada Oferta.
36. Arbitrador o amigable componedor: es el profesional con incumbencia que, de acuerdo con los términos del Contrato, es designado para dirimir los conflictos de carácter eminentemente técnico que se sometan a su decisión.
37. Árbitro: es el profesional del derecho que, de acuerdo a los términos del Contrato, es designado para dirimir los conflictos que se sometan a su decisión.
38. Causales de prórroga: son aquellas que justifican un atraso en el plan de trabajos.
39. Defecto: es toda imperfección o vicio que afecta la calidad de la obra en su totalidad o en cualquiera de sus partes componentes, configurada durante el proceso constructivo o que se evidencie en el período de garantía.
40. Emplazamiento: es el área física donde se realizará la obra, de acuerdo a lo que se indique en el pliego licitatorio.
41. Equipos: son las máquinas y vehículos que se usan en la ejecución de la obra y no quedan incorporados a la misma.
42. Fecha de comienzo: es la fecha de iniciación del replanteo o la del vencimiento hasta los treinta (30) días corridos de firmado el Contrato, lo que ocurra primero.
43. Fecha de terminación: es la fecha que se consigna en el acta de recepción provisional de la obra.
44. Ley o la Ley: es la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y sus modificaciones y concordantes.
45. Mes: lapso comprendido entre una fecha y la misma del mes siguiente.
46. Modificación: es una variación del proyecto o del método de ejecución de las obras, dispuesto por el Comitente.
47. Plazo del Contrato: es el lapso durante el cual subsiste la relación jurídica entre el Comitente y el Contratista. Comienza a partir de la fecha de formalización del contrato y finaliza con las aprobaciones de la recepción definitiva de las obras y una vez satisfechas las indemnizaciones por daños y perjuicios o cualquier otra deuda que corra por cuenta del Contratista. En esta oportunidad se le devolverá al mismo la garantía contractual y el importe del fondo de reparos.
48. Plazo de ejecución: es el lapso que insumirá la concreción de la obra, establecido contractualmente. Se cuenta a partir de la Fecha de Comienzo.
49. Precio del contrato: es el precio establecido en la Resolución de Adjudicación y eventualmente ajustado en adelante según los términos del Contrato.
50. Recepción definitiva: (total o parcial) es el acto mediante el cual el Comitente, una vez vencido el Período de Garantía de la obra recibida provisionalmente, comprueba el buen estado de la misma y verifica el correcto funcionamiento de las instalaciones especiales, recurriendo, a tales efectos, a la realización de las pruebas que estime necesarias y procediendo, en consecuencia, a la Recepción Definitiva de la obra.
51. Recepción provisional: (total o parcial) es el acto mediante el cual el Comitente certifica que la obra, o una parte de ella previamente determinada, ha sido concluida de acuerdo con el Contrato y con los eventuales ajustes posteriormente acordados, en virtud de lo cual se la recibe.
52. Replanteo: es el acto mediante el cual la Supervisión de la obra fija y entrega al Contratista las referencias físicas y lugar del emplazamiento de la obra a ejecutar. A partir de entonces, la conservación inalterada de esas referencias queda a cargo del Contratista.
53. Responsable de Calidad: es el profesional en quien el Contratista delega la tarea de control de calidad de la Obra. Es profesionalmente responsable a título individual por su
actuación en el control de calidad de la obra y solidariamente responsable con la contratista por la calidad de la obra ejecutada. En caso de no estar especificado en el PCP, esta función será realizada por el Representante Técnico y/o el Jefe de Obra. Debe contar con título habilitante y matrícula.
54. Trabajos temporarios: son trabajos temporarios o transitorios diseñados, construidos, instalados y terminados por el Contratista, que se necesitan para la construcción e instalación de las obras, que no queden incorporados a éstas a los fines de la medición y el pago.
55. Volumen Similar: Se refiere a aquellas obras cuya certificación promedio mensual alcance al menos el porcentaje definido en el punto 4.2.1 “Experiencia en una obra de Volumen Similar a la que se licita”, respecto a igual concepto de la obra a ofertar.
56. Volumen total de trabajo: es el monto que surge de aplicar los precios contractuales a las cantidades físicas de obras realizadas y aprobadas. Por lo tanto, dicho monto es el precio final calculado con independencia de las operaciones referidas a acopios, desacopios, anticipos financieros, etc.
57. Naturaleza similar: Así se identificará a las obras que, por sus características, resulten igualmente ubicadas en la siguiente clasificación: I. De Naturaleza Esencialmente Caminera.
Cuando abarcando los rubros típicos de una obra vial nueva, reconstrucción, repavimentación o tratamientos superficiales, no incluya puentes, o éstos - individualmente considerados – sean puentes de dos o más luces con una luz parcial menor o igual a VEINTE METROS (20m), x xxxxxxx de una sola luz siendo esta de una longitud total/ menor o igual a VEINTICINCO METROS (25m), y la incidencia presupuestaria global de los puentes no superará el 50 % del presupuesto total de la obra.
Existen las siguientes complejidades:
1. Movimiento de Suelos y Bases no Cementadas.
Cuando se trate de obras camineras que no incluyan la ejecución de pavimentos asfálticos o de hormigón ni bases o sub-bases cementadas.
2. Pavimentos Rígidos.
3. Pavimentos Flexibles.
Cuando se trate de obras camineras que incluyan la ejecución de pavimentos asfálticos con cualquier tipo de capa de rodamiento y bases o sub-bases u obras básicas.
4. De repavimentación, refuerzo o reacondicionamiento de la capa de rodamiento. Existen las siguientes complejidades:
a) De mezclas asfálticas elaboradas en planta.
b) De tratamientos superficiales triples, dobles o simples.
c) Xx xxxxxxxx asfálticas.
d) Reciclado.
e) Rubblizing.
f) Microaglomerado asfáltico.
g) Whitetopping
h) Texturizado
i) Enripiado
II. De Naturaleza Esencialmente de Estructuras mayores.
Construcción, ampliación y/o reparaciones xx Xxxxxxx (individualmente considerados) de una única luz de más de VEINTICINCO METROS (25m) o de dos o más luces con una luz parcial mayor o igual a VEINTE METROS (20m), con o sin accesos, y siempre que la incidencia presupuestaria global de los puentes sin considerar los accesos supere el 50 % del presupuesto total de la obra.
Existen las siguientes complejidades:
1. Puentes Convencionales.
a. De Hormigón.
b. Metálicos.
c. Mixtos.
x. Xx Xxxxxx.
2. Puentes de Estructuras Especiales
a. Atirantados, Suspendidos,
b. Colgantes,
c. Voladizos Sucesivos, por Xxxxxxx,
d. Otros.
III. Naturaleza esencialmente de Estructuras Menores.
Construcción, ampliación y/o reparaciones de Alcantarillas y Puentes de una sola luz de menos de VEINTICINCO METROS (25m) o de dos o más luces en tanto ninguna de ellas supere los VEINTE METROS (20m), con o sin accesos, y siempre que la incidencia
presupuestaria global de las estructuras sin considerar los accesos supere el 50 % del presupuesto total de la obra.
IV. De Naturaleza Esencialmente Viales Integrales.
Cuando abarcando los rubros típicos de una obra vial nueva, reconstrucción, repavimentación o tratamientos superficiales, incluya uno o más puentes, y éstos individualmente considerados- superen los VEINTICINCO METROS (25m) de luz en el caso de los puentes de una sola luz, y en el caso de los puentes de dos o más luces al menos una de ellas supere los VEINTE METROS (20m), y siempre que la incidencia presupuestaria global de los puentes sin considerar los accesos no supere el 50 % del presupuesto total de la obra.
Se considerarán las complejidades descritas en los Rubros I y II complementariamente. V. De Naturaleza Esencialmente de rubros complementarios del camino:
1. Demarcación Horizontal.
2. Señalamiento Vertical.
3. Iluminación y/o Semaforización.
4. Cortes de pastos y malezas.
5. Pintado de estructuras.
6. Colocación de barandas/alambrados.
7. Colocación de colchonetas y/o gaviones.
8. Obras de seguridad vial.
9. Obras de ITS.
10. Balanzas.
11. Obras de Arquitectura.
58. Libro de Notas de Pedidos: es el libro foliado, sellado y rubricado por el Comitente, llevado por triplicado, destinado a asentar, por orden de fecha y obligatoriamente, todas las presentaciones del Contratista posteriores al replanteo de las obras, mediante las cuales comunica a la Supervisión la realización de trabajos, ensayos, u otros hechos relativos a la ejecución de la obra, o realice solicitudes o interponga cualquier reclamo vinculado con aspectos técnicos constructivos de las mismas o con la interpretación de los documentos que integran el Contrato.
59. Libro de Órdenes de Servicio: es el libro foliado, sellado y rubricado por el Comitente, llevado por triplicado, en el cual se consignan por orden cronológico, las decisiones del Supervisor de Obra que se comunican al Contratista.
61. Presupuesto Oficial a la Fecha de Apertura de las Ofertas o POFA: Es el Presupuesto Oficial de la obra, actualizado a la fecha de apertura de las ofertas.
62. Acta de Replanteo: es el documento firmado por la comitente y el contratista a la finalización del Replanteo de la obra; en aquellos casos en que deba realizarse de manera parcial, dicho Acta deberá ser identificada como tal al igual que la realizada una vez concluido la totalidad del replanteo. Estas Actas se denominarán “ACTA DE REPLANTEO PARCIAL” y “ACTA DE REPLANTEO FINAL” respectivamente.
63. Acta de Inicio: es el documento firmado por la comitente y el contratista que determina la fecha de comienzo del plazo contractual. En aquellos casos en los cuales el replanteo se inicie dentro del plazo estipulado en el PCP para su realización, la fecha de replanteo y la de inicio serán coincidentes y se dejará debidamente asentado.
Si por requerimiento del Contratista, y dentro de los plazos establecidos en el PUCG y el PCP, el inicio del replanteo debe ser prorrogado, el Acta de inicio deberá ser realizado al vencimiento del plazo estipulado en el PCP, fecha en la cual comenzará a correr el plazo contractual independientemente de la realización del replanteo.
64. Acta de Medición: o Xxxx xx Xxxxxxxx, es el documento en el cual se consignan las cantidades medias mensualmente, el último día del mes de ejecución que se trata y que serán certificadas.
65. Adjudicación por Grupo de Renglones: es la clasificación que se indicará en el PCP (en la carátula de inicio con los datos de la obra), en virtud de lo indicado en el inciso 23 de la cláusula 1.10 del PUCG, cuando los distintos trabajos a realizar que comprenden la obra que se licita conforman una única encomienda que se adjudicará a una sola oferta.
1.2.2. Glosario de Redeterminación de precios.
S/PUCG.
1.3. Régimen Jurídico de la contratación.
S/PUCG.
1.4. Cómputo de plazos.
S/PUCG.
1.5. Vista de las actuaciones.
Se agrega:
La vista que solicite cualquier persona y a la que se refiere la presente y la cláusula 6.5. podrán ser solicitadas mediante TAD (Trámites a Distancia) o en las oficinas de la Unidad Ejecutora que lleva el procedimiento de selección. No se otorgará vista durante el período de confidencialidad que comienza cuando finaliza el período de vista y de formulación de
observaciones que establece el punto 6.5 del PUCG y se extiende hasta la publicación del Dictamen de Preadjudicación.
A efectos del presente Procedimiento Licitatorio la dirección para solicitar la vista es:
Xx. Xxxxx Xx 000, Xxxxxx xx Xxx Xxxx, en las oficinas de la Sección Licitaciones y Compras del 14° Distrito de la Dirección Nacional de Vialidad.
1.6. Trámite de las presentaciones.
S/PUCG.
1.7. Recursos.
S/PUCG.
1.8. Notificaciones.
Se agrega:
f) El Libro de Notas de Pedidos.
1.9. Documentación contractual.
Se agrega:
Toda la documentación licitatoria (necesaria para realizar consultas o para presentar una oferta) se suministrará en forma gratuita únicamente en el portal xxxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx.
1.9.1 Documentos integrantes del contrato.
Se agrega:
l. El Manual de Evaluación y Gestión de Obras Viales, del Año 2007 (MEGA II) aprobado por Resolución AG N° 1604/2017.
Se aclara que en relación con el inciso g) de la cláusula 1.9.1. del PUCG, que el Presupuesto Oficial de la Obra no forma parte de los documentos que integran el contrato.
1.10. Contenido xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares.
S/PUCG.
1.11. Orden de prelación de la Documentación Contractual.
S/PUCG.
1.12. Consultas.
Se agrega:
Podrán realizarse consultas o solicitudes de aclaraciones al pliego licitatorio hasta siete (7) días hábiles anteriores a la fecha estipulada para el cierre de presentación de ofertas.
El Contratante no está obligado a contestar consultas cuyas respuestas estén, explícita o implícitamente contenidas en los documentos de la licitación.
1.13. Circulares con consulta y sin consulta.
Se agrega:
Las Circulares Modificatorias se publicarán solamente en el XXXXXXX.XX y al respecto, se publicará un aviso informando sobre esa publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
1.14. Jurisdicción.
S/PUCG.
1.15. Política de Integridad en las contrataciones de obra pública.
1.15.1 Deberes.
S/PUCG.
1.15.2 Prácticas prohibidas.
S/PUCG.
1.15.3 Vía de reportes de irregularidades.
S/PUCG.
Se agrega:
1.15.4. Complementos y precisiones de la política de integridad.
1.15.4.1 Conflictos de interés.
Son consideradas conflicto de interés las relaciones o vínculos que puedan interferir en la objetividad e imparcialidad de las decisiones de un funcionario en relación a los procedimientos de selección.
A tales efectos, es importante que sean reportados preventivamente los vínculos descritos por los artículos 1º y 2º del Decreto Nº 202 del 21 xx xxxxx de 2017, potencialmente generadores de tales conflictos.
Son consideradas conflicto de interés las relaciones descritas por los artículos 1º y 2º del Decreto Nº 202 del 21 xx xxxxx de 2017.
En tal sentido, el oferente deberá declarar si se encuentra o no alcanzado por alguno de los supuestos de vinculación respecto de:
El Presidente y Vicepresidente de la Nación, Jefe de Gabinete de Ministros y demás Ministros y autoridades de igual rango en el Poder Ejecutivo Nacional, aunque estos no tuvieran competencia para decidir sobre la contratación o acto de que se trata (artículo 1º del Decreto Nº 202/2017).
Funcionarios de rango inferior a ministro que tenga competencia o capacidad para decidir sobre la contratación o acto que interese al declarante (artículo 2º del Decreto Nº 202/2017).
Los supuestos de vinculación son:
a) Parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad.
b) Sociedad o comunidad,
c) Pleito pendiente,
d) Ser deudor o acreedor,
e) Haber recibido beneficios de importancia,
x) Xxxxxxx pública que se manifieste por gran familiaridad y frecuencia en el trato.
En caso de que el declarante sea una persona jurídica, deberá consignarse cualquiera de los vínculos anteriores, existentes en forma actual o dentro del último año calendario, entre los funcionarios alcanzados y los representantes legales, sociedades controlantes o controladas o con interés directo en los resultados económicos o financieros, director, socio o accionista que posea participación, por cualquier título, idónea para formar la voluntad social o que ejerza una influencia dominante como consecuencia de acciones, cuotas o partes de interés poseídas.
Para el caso de sociedades sujetas al régimen de oferta pública conforme a la Ley N° 26.831 la vinculación se entenderá referida a cualquier accionista o socio que posea más del CINCO POR CIENTO (5%) del capital social.
1.15.4.2. Funcionarios con competencia inferior a Ministros con competencia para decidir sobre la presente contratación.
A los efectos del artículo 2º del Decreto Nº 202/2017, se informa que son considerados como funcionarios con competencia inferior a ministro, con competencia para decir sobre la presente contratación los siguientes:
1. | Administrador General: | Xxxxxxx XXXXXXX | DNI: | 00.000.000 |
2. | Subadministrador General: | Xxxxxxxxx XXXXXXXXXXXX | DNI: | 00.000.000 |
3. | Jefe de Distrito | Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx XXXXX | DNI: | 00.000.000 |
Al momento de presentar su oferta el oferente deberá tener en cuenta los cambios de persona en los cargos precedentes de acuerdo con el boletín oficial.
1.15.4.3. Formularios.
Las personas interesadas en presentarse como oferentes deberán presentar la declaración jurada aprobado por la Resolución Nº 11 del 00 xx xxxx xx 0000 xx xx XXXXXXX XXXXXXXXXXXXXX (XXXXX-0000-00-XXX-XX#XX), la que se agrega en el Apéndice Formularios.-
1.15.5. Programa de integridad.
Junto con la oferta se realizará la acreditación del Programa de Integridad adecuado para la prevención, detección y corrección de los riesgos previstos en la Ley Nº 27.401.
Dicho programa será obligatorio para licitaciones públicas y privadas superiores a 80.000 MÓDULOS y contrataciones directas cuyo valor supere los 50.000 MÓDULOS, en orden a lo previsto por el Decreto Nº 277/18 y el anexo al artículo 9º del Decreto 1030/2016.
El valor del módulo resulta del monto fijado por el artículo 28 del Decreto Nº 1030/2016.
A efecto de la acreditación del plan deberá presentarse la declaración jurada obrante en el Anexo III, cuyo modelo reproduce el aprobado por el artículo 7º del Decreto Nº 1169 del 21 de diciembre de 2018. Adicionalmente, de manera facultativa, los oferentes podrán acompañar documentos, folletos explicativos y/o referenciar el hipervínculo en el que se consigne su programa de integridad y principales características.
Las afirmaciones que se realicen en tales documentos tendrán carácter de declaración jurada efectuada en los términos del artículo 109 del Decreto Nº 1759/72.
En lo que concierne al contenido del programa, cada compañía es libre de definirlo de conformidad con lo establecido en la ley Nº 27.401. Esta DNV no efectuará en cada caso un análisis integral de su idoneidad concreta como sistema interno de control y vigilancia, ni emitirá certificaciones ni requerirá cambios. Cada compañía es libre de evaluar libremente sus riesgos y definir los componentes de su programa. Esta DNV no emitirá juicios de valor
sobre ellos y se limitará a constatar que se hubiese declarado la existencia de los elementos mínimos exigibles.
En caso de requerirse apoyo técnico o consejo especializado podrá ser requerido el auxilio de la UNIDAD DE ÉTICA Y TRANSPARENCIA, la cual podrá solicitar de manera directa información adicional a la empresa antes de completar su intervención.
Unión Transitoria de Empresas UT: Para el caso de uniones transitorias de empresas, resulta exigible el plan de integridad para todas las firmas que la compongan cuando la contratación por su valor así lo requiera.
1.15.6. Consecuencias.
Los proveedores, al descargar los Pliegos Licitatorios como al presentar ofertas declaran y garantizan su conocimiento de la presente política y su conformidad con ella, y se obligan a respetar y hacer respetar sus previsiones.
La violación de los deberes previstos en la presente política, la comisión de alguna de las prácticas prohibidas o las declaraciones falsas podrán dar lugar a:
1. El rechazo de la oferta y pérdida de la garantía respectiva en cualquier estado de la licitación o la rescisión del contrato con culpa del contratista.
2. La realización del correspondiente reporte al Organismo de control competente y, en su caso, la realización de la denuncia penal correspondiente.
3. La comunicación que corresponda al respectivo Colegio Profesional, Cámara o Asociación que realice la actividad de superintendencia, supervisión, o similar, del correcto desempeño ético de sus miembros.
1.15.7. Reporte.
De forma adicional a la vía de reporte establecida por el pliego general, la repartición pone a disposición el contacto de la UNIDAD DE ÉTICA Y TRANSPARENCIA de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN con sede en esta DNV. Mediante este canal podrá reportarse cualquier irregularidad, ilícito o circunstancia contraria la ética pública o la transparencia institucional de la que tome conocimiento en el marco de su participación en los procedimientos de selección de este Organismo contactándose al/ los números (x00) 000 0000 0000 Internos
8005621 / 8005885 / 8005907, escribiendo a xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx.
2. SISTEMAS DE CONTRATACIÓN.
2.1. Sistemas de contratación de obras públicas.
S/PUCG.
2.2. Contratación por unidad de medida.
S/PUCG.
2.3. Contratación por ajuste alzado.
S/PUCG.
2.4. Contratación por ajuste alzado sin presupuesto oficial detallado.
S/PUCG.
2.5. Contratación por ajuste alzado con presupuesto oficial detallado.
S/PUCG.
2.6. Contrataciones mixtas por ajuste alzado y unidad de medida.
S/PUCG.
2.7. Contratación por coste y costas.
S/PUCG.
3. PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN.
3.1. Clases de licitaciones.
Se agrega:
El procedimiento de selección que esta DIRECCIÓN NACIONAL lleva adelante para la presente contratación, será de ETAPA ÚNICA, NACIONAL, PÚBLICA Y SIN PRECIO TOPE.
3.2. Licitaciones de etapa única.
S/PUCG.
3.3. Licitaciones de etapa múltiple.
S/PUCG.
3.4. Licitación nacional.
S/PUCG.
3.5. Licitación internacional.
S/PUCG.
3.6. Contratación directa.
S/PUCG.
4.PROPONENTES.
4.1. Capacidad Legal.
Se agrega:
4.1.1. Capacidad Civil para obligarse:
El Oferente deberá acreditar poseer capacidad civil para obligarse. La inscripción registral requerida deberá estar en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Código Civil y Comercial de la Nación y la Ley de Sociedades Comerciales.
En caso de tratarse de una Sociedad Comercial, deberán presentar copia autenticada del contrato social inscripto. Si se trata de una persona física, la inscripción en el Registro Público respectivo o habilitación para realizar ejecución de obra pública.
La duración de la sociedad, computada desde la fecha de apertura de las ofertas, deberá ser igual o superior al plazo del contrato hasta el vencimiento del plazo de garantía con más doce
(12) meses.
El representante orgánico de la sociedad deberá acreditar que está facultado para actuar en nombre de la misma.
Si el Oferente actúa mediante una representación voluntaria, el apoderado deberá acreditar tener facultades suficientes para obligar a su poderdante en relación a la oferta presentada y en los términos xxx xxxxxx licitatorio.
4.1.2. Propietarios de la sociedad.
El Oferente deberá identificar quienes son los propietarios de la sociedad y sus directores, indicando Nombre y Apellido (o Razón Social), CUIL, porcentaje del capital social y capital con derecho a voto que posee cada uno de sus socios. Al efecto, deberá acompañar la correspondiente actuación notarial, junto con la documentación de respaldo pertinente.
Nota: la información suministrada no deberá poseer una antigüedad mayor a seis (6) meses anteriores a la Fecha de Apertura.
De verificarse que una misma persona humana o jurídica resulte total o parcialmente propietaria de empresas que formulen ofertas en forma separada corresponderá la desestimación de ambas ofertas en los términos de la cláusula 5.3 apartado l) del PUCG.
De verificarse que una misma persona humana integre simultáneamente los órganos de administración de sociedades que formulen Ofertas en forma separada corresponderá la desestimación de ambas ofertas en los términos de la cláusula 5.3 apartado k) del PUCG.
4.1.3. Inversiones Permanentes
El oferente deberá presentar una certificación contable con la correspondiente oblea del Consejo Profesional pertinente, detallando las inversiones permanentes en otras entidades (sociedades), indicando CUIT (u otra clave de identificación de empresas extranjera), denominación, actividad, porcentaje de participación conforme al capital y porcentaje votos posibles en el otro ente.
Asimismo, deberá detallar quienes son los directores (o miembros de los órganos de administración) de las sociedades declaradas, indicando Nombre y Apellido (o Razón Social), CUIL o CUIT y cargo que ocupa. Ello deberá estar acompañado de la documentación respaldatoria pertinente.
Nota: la información deberá estar referida hasta un máximo de seis (6) meses inmediatos anteriores a la fecha de apertura de las ofertas.
De verificarse que una misma persona humana o jurídica resulte total o parcialmente propietaria de empresas que formulen ofertas en forma separada corresponde la desestimación de ambas ofertas en los términos de la cláusula 5.3 apartado l) del PUCG.
De verificarse que una misma persona humana integre simultáneamente los órganos de administración de sociedades que formulen Ofertas en forma separada corresponderá la desestimación de ambas ofertas en los términos de la cláusula 5.3 apartado k) del PUCG.
4.1.4. Litigios pendientes
La Oferente deberá incluir en su Oferta y con carácter de declaración jurada, información sobre todo litigio que tenga pendiente, o que haya ocurrido en los últimos cinco (5) años, sobre las partes litigantes, los resultados y el monto reclamado, de acuerdo a la Tabla Modelo que se encuentra incluida en el Apéndice Formularios.
Los litigios a declarar son aquellos que eventualmente pudieran tener como parte tanto a otros individuos de carácter privado, como a la Administración Nacional, las Administraciones Provinciales y/o Municipales.
Se entiende por litigio ocurrido a todo aquel que se hubiera iniciado, se hallase en desarrollo sin resolver o se hubiese resuelto durante el período de que se trata. Deben incluirse todos los litigios, ya sea que se tramiten en sede judicial o arbitral, y aun los que tuvieran sentencia firme y cumplida.
En caso de no poseer litigios pendientes y/o con sentencia firme y cumplida en los últimos cinco años se deberá informar tal situación.
El Comitente se reserva el derecho de indagar sobre los litigios que hubiera tenido como parte al Oferente aun cuando no hubieren sido mencionados por éste en su oferta.
Lo requerido es a efectos de analizar el pasivo contingente y la litigiosidad de los oferentes. El Oferente y/o miembro de una U.T. Oferente que haya estado afectado en los últimos cinco
(5) años por un Concurso Preventivo de Acreedores, deberá informar dicha situación en su
Oferta. Al respecto, deberá presentar copia certificada por el Juzgado Interviniente de la Resolución de Homologación del Concurso Preventivo y un escrito emitido por el Síndico Concursal en donde este último manifieste que la empresa concursada se encuentra cumpliendo o ha cumplido el Acuerdo en tiempo y forma, a una fecha de referencia de hasta veinte (20) días antes de la fecha de apertura de las ofertas.
La falta de respuesta a este requerimiento en los tiempos previstos puede ser motivo suficiente para la descalificación de la oferta bajo trato.
4.2. Capacidad Técnica.
Se agrega:
4.2.1 Experiencia en obras de Volumen Similar a la que se licita:
La presente aplica para obras cuyos Presupuestos Oficiales superen el monto equivalente a
200.000 Salarios Básicos (Jornal por hora) - Zona A (Oficial Especializado) conforme la última tabla vigente publicada por la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) al momento de la publicación de los avisos licitatorios del presente llamado.
Los Oferentes, a fin de calificar como admisibles, deberán incluir y acreditar en sus ofertas (con la respectiva documentación respaldatoria) poseer experiencia en la construcción de, al menos, una obra de Volumen Similar a la que se licita.
Para ello, el oferente deberá acreditar haber realizado una obra que cuente con una Certificación Promedio Mensual de: PESOS UN MILLON DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS OCEHNTA Y CUATRO CON 00/100 ($ 1.298.284,00) respecto a igual
concepto de la obra a ofertar según la siguiente clasificación:
● Obras de infraestructura: esta clase incluye todas las clases de obra contenidas en los apartados I, II III y IV de la definición de obras de naturaleza similar establecida en el apartado 57) del punto 1.2.1 “Glosario General”.
● Obras complementarias: comprende las incluidas en el apartado V de la definición ya citada.
Para evaluar el cumplimiento del requisito se aplicarán las siguientes reglas:
a) Las obras deben estar iniciadas dentro de los últimos quince (15) años y estar finalizadas o, si se encuentran en ejecución al momento de la fecha de apertura, deben tener un avance de obra de al menos un setenta (70) por ciento.
b) La declaración de la obra antecedente en la oferta deberá estar acompañada por la respectiva información completa e indubitable que la respalde, a saber: Contrato, Memoria Descriptiva, Certificados de Ejecución, contrato de Unión Transitoria si correspondiere, Recepción Provisoria y/o Definitiva y Facturas, entre otra. De la misma deberá surgir claramente los tipos de obras y las características técnicas sobresalientes de las mismas, sus plazos y montos contractuales originales y los, en definitiva, realmente insumidos, así como también sus fechas de comienzo y terminación.
c) El Oferente deberá gozar de buen concepto en la ejecución de las obras con las que pretenda dar cumplimiento a la presente Cláusula. Deberá presentar la documentación que así lo acredite. El Comitente podrá rechazar la Oferta en caso de observar que el Oferente no ha tenido un buen desempeño en la ejecución de las obras.
Sin perjuicio de lo expuesto, el Comitente se reserva el derecho de indagar sobre los datos relativos al cumplimiento de cualquier compromiso contractual oportunamente asumido por el Oferente en el período de tiempo indicado en el punto a) de la presente. En caso de verificarse tal extremo, el Comitente podrá rechazar la oferta.
d) Los montos finales de los contratos de las obras declaradas a los efectos de la determinación de la presente se readecuarán mediante la siguiente Tabla de Actualización:
Año | Índice |
2021 | 1 |
2020 | 1,2223 |
2019 | 1,4820 |
2018 | 1,7109 |
2017 | 1,9187 |
2016 | 2,3637 |
2015 | 2,8835 |
2014 | 3,7450 |
2013 | 4,5804 |
2012 | 5,9136 |
2011 | 7,4410 |
2010 | 9,8285 |
2009 | 12,5254 |
2008 | 17,8225 |
2007 | 26,1552 |
2006 | 37,0557 |
Para el cálculo se ha tomado el valor correspondiente a la Categoría Reestructuración y Reciclaje. Base p/cálculo: Var-Em de enero a enero
e) En caso que los antecedentes para dar cumplimiento a la presente provengan de obras ejecutadas en U.T. dichos antecedentes serán tomados afectándolos por el porcentaje de participación en la U.T. Contratista que ejecutó dicha obra, del Oferente y/o integrante de la U.T. oferente.
f) Cuando los oferentes presenten a fin de acreditar el cumplimiento de la presente, una obra que incluya los rubros Camino y Puente, deberá presentar dentro de la respectiva documentación completa e indubitable que la respalde, la proporción del monto final de obra que corresponde a cada rubro.
g) Los defectos de las ofertas, consistentes en la falta de acreditación de la experiencia referida a la presente son subsanables presentando en el plazo que se le fije a ese fin la documentación correspondiente, si se cumplen las siguientes condiciones:
1.Que en la oferta se haya identificado unívocamente la obra.
2.Que las fuentes de los datos sobre la base de las cuales se emita la certificación, por tratarse de organismos públicos o privados sometidos a control público, permitan tener por acreditada la preexistencia, fecha y contenido de los datos declarados.
4.2.2. Experiencia en obras de Naturaleza similar a la que se licita.
A fin de calificar como admisibles, los oferentes deberán incluir y acreditar en sus ofertas (con la respectiva documentación) la experiencia en la construcción de, al menos, una (1) obra de Naturaleza Similar a la que se licita, según las definiciones establecidas en el apartado 57) del punto 1.2.1 “Glosario General”.
Resultarán de aplicación a la presente las condiciones establecidas en los puntos 4.2.1.a), 4.2.1.b), 4.2.1.c), 4.2.1.f), 4.2.1.g).
En el caso en que la Oferente sea una Unión Transitoria podrá computar la experiencia aportada por cada uno de sus miembros, en tanto resulte acreditada la experiencia en la obra que se licita.
Para obras de arte mayores y de señalización (horizontal y/o vertical) que formen parte de una obra de naturaleza esencialmente caminera o vial integral, se admite la acreditación por medio de un subcontratista. Al respecto se deberá presentar el compromiso de subcontratación suscripto por el subcontratista propuesto.
Para obras viales integrales los antecedentes de naturaleza podrán cubrirse con la ejecución de una obra esencialmente caminera y una obra de estructuras mayores, en contratos separados, ya sea del oferente individual o de cada miembro de la Unión Transitoria.
4.2.3. Certificación Anual.
Haber alcanzado una certificación anual en trabajos de construcción vial y/o obras de arquitectura, en cualquiera de los últimos quince (15) años, por un valor expresado en PESOS, igual o superior a: PESOS OCHO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS CON 67/100 ($ 8.655.226,67 ).
La cumplimentación de este requisito deberá estar acompañada por la respectiva información completa e indubitable que la respalde, a saber: Contrato, Certificados de Ejecución, contrato de Unión Transitoria si correspondiere y Facturas, entre otra.
Los montos finales de los contratos de las obras declaradas a los efectos de la determinación de la presente se readecuarán mediante la utilización de la Tabla de Actualización incorporada en el punto 4.2.1. La readecuación se efectuará entre el año que contenga al mes de referencia de los precios de la obra antecedente y el año que contenga al mes de referencia del Presupuesto Oficial consignado en la documentación Licitatoria.
En caso de que los antecedentes para dar cumplimiento a la presente provengan de obras ejecutadas en U.T. dichos antecedentes serán tomados afectándolos por el porcentaje de participación en la U.T. Contratista que ejecutó dicha obra, del Oferente y/o integrante de la
U.T. oferente.
De la documentación que se presente a efectos de acreditar la presente Subcláusula, debe surgir que se trata de obras de la especialidad requerida en la presente.
4.2.4. Necesidades mínimas requeridas en equipos.
El oferente deberá acreditar estar en condiciones de disponer oportunamente del equipamiento apto para la correcta ejecución de la obra y la terminación de la misma dentro
del plazo de ejecución fijado, cumpliendo con el ritmo previsto en el programa de trabajo proyectado.
Sin perjuicio de lo expuesto, deberá presentar el listado de equipos a utilizar en la obra, indicando clase, cantidad y tipo.
4.2.5. Desarrollo de metodología y planes de trabajo.
Los oferentes incluirán en sus propuestas el desarrollo de la metodología y planes de trabajos, detallados para demostrar la adecuación de la propuesta del Oferente al Pliego de Especificaciones Técnicas (PET) y al plazo de obra fijado.
4.3. Capacidad Económico-Financiera de Contratación Referencial.
4.3.1. Capacidad de Contratación Referencial RNCOP.
El oferente deberá demostrar que al momento de la apertura de las ofertas posee la
Capacidad Económico-Financiera de Contratación Referencial igual o mayor a: PESOS OCHO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS VEINTISEIS CON 67/100 ( $ 8.655.226,67 ).
P/obras cuyo plazo es menor a 12 meses: PO+PO(12-Plazo)/12 P/obras cuyo plazo es igual o mayor a 12 meses: POx12/Plazo donde:
PO: PRESUPUESTO OFICIAL de la obra que se licita. Plazo: Plazo de Ejecución de la obra que se licita.
4.3.2. Antecedentes Económico Financieros.
4.3.2.1 Estados Contables
4.3.2.1.1 Presentación
A) Para obras cuyo plazo de ejecución es mayor a 12 meses.
El oferente o cada miembro de la UT Oferente deberá presentar los Estados Contables completos, correspondientes a los tres (3) últimos ejercicios económicos cerrados y anuales (de 12 meses cada uno), vigentes a fecha del acto de apertura acompañados de los Informes del auditor independiente (certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas pertinente - Oblea).
Nota: se consideran exigibles a partir de los cinco (5) meses contados desde la fecha de cierre de los mismos. La opinión del Auditor Independiente correspondiente a cada uno de los Estados Contables deberá ser “favorable” (con o sin salvedades). Que la opinión vertida en uno o más de los Informes del auditor independiente, correspondientes a cualquiera de los Estados Contables que se deban incluir en la oferta de que se trate, sea una “Opinión Adversa” o “Abstención de opinión” es causal de desestimación.
Alternativamente, el Oferente podrá obviar la presentación de los Estados Contables, reemplazándolos por la Declaración Jurada de antecedentes (previamente validada por este Organismo) de la que surja la presentación ante esta DNV de los Estados Contables respectivos. También puede ser que se presenten parcialmente por DDJJ y solamente agreguen el último.
B) Para obras cuyo plazo de ejecución es menor o igual a 12 meses.
El oferente o cada miembro de la UT Oferente deberá presentar los Estados Contables completos, correspondientes al último ejercicio económico cerrado y anual (de 12 meses), vigente a fecha del acto de apertura acompañados de los Informes del auditor independiente (certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas pertinente - Oblea).
Nota: se consideran exigibles a partir de los cinco (5) meses contados desde la fecha de cierre de los mismos. La opinión del Auditor Independiente correspondiente a cada uno de los Estados Contables deberá ser “favorable” (con o sin salvedades). Que la opinión vertida en uno o más de los Informes del auditor independiente, correspondientes a cualquiera de los Estados Contables que se deban incluir en la oferta de que se trate, sea una “Opinión Adversa” o “Abstención de opinión” es causal de desestimación.
Alternativamente, el Oferente podrá obviar la presentación de los Estados Contables, reemplazándolos por la Declaración Jurada de antecedentes (previamente validada por este Organismo) de la que surja la presentación ante esta DNV de los Estados Contables respectivos.
4.3.2.1.2 Cálculo de Índices
Se deberá efectuar el cálculo de los ÍNDICES DE LIQUIDEZ, PRUEBA ÁCIDA, ENDEUDAMIENTO Y RENTABILIDAD, detallando para cada uno, el resultado de cada uno de los tres (3) últimos Estados Contables anuales y cerrados según la normativa vigente a la fecha de apertura de la licitación.
Se deberán calcular de la siguiente manera, presentando en forma detallada cada uno de los valores:
i. Liquidez (Activo Corriente / Pasivo Corriente) ≥ a 1
ii. Liquidez Seca o Prueba Ácida (Activo Corriente - Bienes de Cambio (*) / Pasivo
Corriente) ≥ 0,80.
iii. Endeudamiento (Total Pasivo / Patrimonio Neto) ≤ a 2
iv. Rentabilidad (Utilidades antes de Impuestos / Total Ingreso (**) > a 0,
(*): Cada empresa oferente tiene su propio Plan de Cuentas. Para el cálculo del índice Liquidez Seca o Prueba Ácida, se deberá tener en cuenta no solamente la cuenta o rubro denominado “Bienes de Cambio”, sino también otras denominaciones equivalentes como por ejemplo “Obras en Proceso”, “Mercaderías”, “Materiales”, que representan Activos que si bien se encuentran dentro del Activo Corriente tienen menor liquidez. Este índice constituye una prueba severa de la posibilidad de afrontar las obligaciones de corto plazo al excluir los “Bienes de Cambio” (o similares) del total del Activo Corriente y relacionarlos con el total del Activo Corriente.
(**) Siendo Total Ingreso el que corresponde a las actividades ordinarias, permanentes, normales y habituales.
Nota: Para evaluar la admisibilidad, sólo se tendrán en cuenta los índices correspondientes al último ejercicio. Los índices de los otros 2 ejercicios son requeridos a los efectos de tener conocimiento de la situación de la empresa y su evolución.
En el caso de que el oferente sea una UT, se considerarán individualmente a cada una de las empresas que formen parte de la misma, debiendo efectuar el cálculo de los coeficientes anuales para cada una de ellas.
4.3.2.1.3 Evaluación:
Efectuado el cálculo de los índices mencionados en la Subcláusula 4.3.2.1.2, correspondientes al Oferente individual o a cada uno de los miembros de una UT Oferente, la oferta se clasificará en una de las siguientes cinco situaciones:
SITUACIÓN A): RESULTADO CORRECTO: Para el Oferente individual o cada uno de los miembros de una UT Oferente, el resultado de los índices para el último ejercicio económico, alcanza el valor aceptable requerido de cada uno de los índices de Liquidez, Liquidez Seca o Prueba Ácida, Endeudamiento y Rentabilidad. No se requiere la Acreditación Subsidiaria de Acceso al Crédito y/o Activos Líquidos.
SITUACIÓN B): 1 RESULTADO INCORRECTO SUBSANABLE:
OFERENTE INDIVIDUAL: El resultado de uno (1) de los índices mencionados, no alcanza al valor aceptable. El oferente deberá incluir en la oferta la demostración de que dispone acceso al crédito y/o activos líquidos, libres de otros compromisos contractuales y sin incluir los anticipos que puedan efectuarse en virtud del Contrato, por un monto mínimo que se
determina “dividiendo el monto del Presupuesto Oficial en pesos por el plazo de ejecución de la obra, multiplicado por TRES (3).”.
OFERENTE EN UNIÓN TRANSITORIA (UT): El resultado de uno (1) de los índices mencionados, correspondiente a uno solo de los miembros de la UT Oferente, no alcanza al valor aceptable. La UT Oferente deberá incluir en su Oferta la demostración de que dispone acceso a créditos y/o activos líquidos, libres de otros compromisos contractuales y sin incluir los anticipos que puedan efectuarse en virtud del Contrato, por un monto mínimo equivalente al CINCUENTA (50) POR CIENTO del importe calculado para el oferente individual.
SITUACIÓN C): 2 RESULTADOS INCORRECTOS SUBSANABLES:
OFERENTE INDIVIDUAL: El resultado de dos (2) de los índices mencionados, no alcanzan el valor aceptable El oferente deberá incluir en su oferta la demostración de que dispone acceso a créditos y/o activos líquidos, libres de otros compromisos contractuales y sin incluir los anticipos que puedan efectuarse en virtud del Contrato, por un monto mínimo equivalente al doble del monto mínimo requerido para la SITUACIÓN B) Oferente individual.
OFERENTE EN UNIÓN TRANSITORIA (UT): Cuando se trate de una UT Oferente, y sólo
uno (1) de los socios que la integre no alcance el valor aceptable para el resultado de dos
(2) de los índices estipulados, o cuando dos (2) socios distintos no cumplen, cada uno de ellos, con el valor requerido en relación a sólo el resultado de un (1) índice. La UT Oferente deberá acreditar en su oferta, que dispone de acceso a créditos y/o activos líquidos, por un monto mínimo equivalente al doble de lo requerido en la SITUACIÓN B, UT Oferente.
SITUACIÓN D): 3 RESULTADOS INCORRECTOS SUBSANABLES:
OFERENTE INDIVIDUAL: El resultado de tres (3) de los índices mencionados, no alcanzan el valor aceptable. El defecto se considera subsanado si el Oferente acredita en su oferta que dispone del triple del monto mínimo de acceso a créditos y/o activos líquidos (Subcláusula 4.3.2.7. Acreditación subsidiaria de activos líquidos o acceso al crédito - Forma y Recaudos), libres de otros compromisos contractuales y sin incluir los anticipos que puedan efectuarse en virtud del Contrato, requerido al Oferente individual para la SITUACIÓN B).
OFERENTE EN UNIÓN TRANSITORIA (UT): El resultado de tres (3) de los índices estipulados, no cumple con el valor aceptable, ya sea que el resultado de los tres (3) índices correspondan a los balances de un único socio de la UT o cualquiera de las combinaciones posibles, cualquiera sea el número de integrantes de la UT. El defecto se considera subsanado si la UT Oferente acredita en su oferta que dispone de acceso a créditos y/o activos líquidos (Subcláusula 4.3.2.7. Acreditación subsidiaria de activos líquidos o acceso al crédito - Forma y Recaudos), por un monto mínimo equivalente al triple de lo requerido a la UT Oferente en la SITUACIÓN B).
SITUACIÓN E): RESULTADO INCORRECTO NO SUBSANABLE: cuatro (4) o más
resultados dan un valor no aceptable.
Situación Cumplimiento Oferente Individual Oferente UT
de Parámetros
Situación A) Resultado Correcto
Alcanza todos los parámetros
No requiere
No requiere
Situación B): 1 Resultado No alcanza 1 Presupuesto Oficial / 50% Situación B) Incorrecto
Subsanable parámetro Plazo de Ejecución * 3 Oferente
Individual
Situación C): 2 Resultados Incorrectos Subsanables
No alcanza 2 parámetros
El doble de Situación B) Oferente Individual
El doble de Situación B) Oferente UT
Situación D): 3 Resultados No alcanza 3 El triple de Situación El triple de
Incorrectos Subsanables parámetros B) Oferente Individual Situación B)
Oferente UT
Situación E): 4 Resultados Incorrectos No Subsanables
No alcanza 4 parámetros
No Subsanable
No Subsanable
En ningún caso el monto mínimo requerido podrá superar el importe del presupuesto oficial. En virtud de ello, en aquellos casos donde el Plazo de Obra resulte inferior a nueve (< 9) meses, la metodología de cálculo del monto mínimo a acreditar de activos líquidos y/o acceso al crédito definido en la Subcláusula 4.3.2.1.2 es anulada y reemplazada por la presente. El monto de Activos Líquidos a acreditar por parte del Oferente Individual en la Situación D), será el equivalente al monto del Presupuesto Oficial, respetando luego las proporciones establecidas para las Situaciones B) y C) para oferente individual y B), C) y D) para oferente UT.
Situación Cumplimien Oferente Individual Oferente UT
to de Parámetros
Situación A) Resultado Correcto
Alcanza todos los parámetros
No requiere
No requiere
Situación B): 1 Resultado No alcanza 1 1/3 del monto para 1/3 del monto para Incorrecto Subsanable parámetro Situación D) Oferente Situación D)
Individual | Oferente UT | ||
Situación C): 2 Resultados | No alcanza 2 | 2/3 del monto para | 2/3 del monto para |
Incorrectos Subsanables | parámetros | Situación D) Oferente Individual | Situación D) Oferente UT |
Situación D): 3 Resultados | No alcanza 3 | Presupuesto Oficial | El 50 % Situación D) |
Incorrectos Subsanables | parámetros | Oferente Individual | |
Situación E): 4 Resultados Incorrectos No | No alcanza 4 parámetros | No Subsanable | No Subsanable |
Subsanables |
4.3.2.2 Acreditación subsidiaria de activos líquidos o acceso al crédito - Forma y Recaudos
ACCESO A CRÉDITOS Y/O ACTIVOS LÍQUIDOS: Los únicos medios aceptables para la acreditación de la disponibilidad del capital de trabajo, requerido en las SITUACIONES B),
C) y D) son los siguientes:
a) Acceso al crédito: se deberá demostrar mediante la presentación en su oferta, de una carta con firma del Responsable del Banco o Bancos nacionales financiantes, regidos por Banco Central de la República Argentina, la que substancialmente deberá ajustarse al modelo incluido en el Anexo I del presente Pliego.
La carta de acceso al crédito deberá estar confeccionada en papel membretado y con la firma de por lo menos dos autoridades de la entidad bancaria, las que deberán estar certificadas por el Banco Central de la República Argentina.
Dicho trámite tendrá que ser realizado en el SECTOR CERTIFICACIONES, de la GERENCIA DE CUENTAS CORRIENTES, perteneciente al Banco Central de la República Argentina.
b) Activos líquidos:
b.1) Efectivo en caja: se deberá demostrar mediante la presentación en su oferta, de una Certificación por Contador Público, con firma certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas respectivo.
b.2) Efectivo en bancos: se deberá demostrar mediante la presentación en su oferta, de los extractos bancarios comprendidos entre los veinte (20) días
hábiles inmediatos anteriores a la fecha de apertura acompañados de una certificación bancaria (firma y sello de autoridad competente).
b.3) Inversiones corrientes: se deberá demostrar mediante la presentación en su oferta, de los correspondientes certificados de tenencia o resúmenes de cuenta con valor de cotización (emitido por la Caja de Valores o por otra entidad similar debidamente regulada), acompañados de copia del Libro Mayor del Rubro “Inversiones Corrientes”, por el periodo comprendido dentro de los veinte (20) días hábiles inmediatos anteriores a la fecha de apertura, segregado en sus respectivas cuentas y subcuentas, en donde se pueda identificar dichas inversiones corrientes. En el caso de plazos fijos, corresponde presentar copia certificada de los mismos ante Escribano Publico o autoridad bancaria pertinente.
Todos los activos líquidos declarados en la oferta tienen que estar expuestos a una misma fecha (fecha xx xxxxx), criterio que también se aplica para cada empresa que integra una UT Oferente y a toda la UT en su conjunto.
Tanto la fecha xx xxxxx de los activos líquidos como la fecha de emisión de los documentos mencionados en los puntos a) y b) deberá estar ubicada dentro de los veinte
(20) días hábiles inmediatos anteriores a la fecha de apertura.
En caso de que los importes estén expresados en moneda extranjera los mismos deberán ser convertidos a moneda nacional tomando en cuenta el tipo de cambio vendedor del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA correspondiente a la fecha xx xxxxx.
Se podrá solicitar documentación adicional a efectos de que el oferente acredite, a satisfacción del comitente, la tenencia de acceso al crédito y/o activos líquidos. A efectos de alcanzar el monto mínimo requerido, no se podrán incorporar otros créditos o activos líquidos que no hayan sido declarados en su oferta.
Sin perjuicio de lo expuesto en el párrafo precedente, en el caso que la empresa oferente y/o empresa que integra una UT Oferente, presente en su oferta los mismos activos líquidos, reconocidos por el Comitente en otras licitaciones (en las cuales todavía no se ha suscripto contrato), el Comitente se encuentra facultado para solicitar al Oferente activos líquidos adicionales, distintos de aquellos presentados en su oferta y disponibles a la fecha de apertura, todo ello a fin que el Oferente demuestre poseer capacidad financiera suficiente para alcanzar el requisito financiero mínimo exigido para la obra que se licita y el de todos aquellos que se encuentren en proceso de licitación hasta su respectiva firma de contrato.
4.3.2.3 Informe analítico de carácter económico – financiero (para obras de plazo de ejecución mayor a 12 meses).
Cada Oferente individual o cada empresa que integra una UT (Unión Transitoria) Oferente, deberá incluir en su oferta, un “Informe analítico de carácter económico – financiero”.
El mismo debe tener fecha de emisión dentro de los veinte (20) días hábiles inmediatos anteriores a la fecha de apertura de las ofertas fijada en el aviso de llamado a licitación y deberá estar debidamente certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas pertinente (Oblea).
Deberá contener:
1. El cálculo de los ÍNDICES DE LIQUIDEZ, PRUEBA ÁCIDA, ENDEUDAMIENTO Y RENTABILIDAD, según subcláusula 4.3.1.1.2.
2. Se deberá realizar un análisis descriptivo de la situación económico-financiera de la empresa, respecto de cada uno de los Estados Contables involucrados (rubros más significativos y su interrelación con todos los Estados Contables), como de la evolución de la firma a los largo de los tres (3) ejercicios económicos involucrados, teniendo en cuenta la evolución del sector en que se desenvuelve, la estrategia de la empresa y cómo el contexto económico y el impacto inflacionario afectaron a la empresa.
En función del análisis realizado, deberá presentar las principales variaciones Patrimoniales y de Resultados entre los últimos tres (3) ejercicios económicos y su justificación (por ejemplo, el aumento en bienes de uso que puede ser por revalúo o la estrategia de inversiones). Se solicita que se agregue cualquier información que haya servido a la evaluación de la capacidad de la entidad para continuar funcionando como empresa en marcha.
Nota: Una empresa en marcha es aquella que está en funcionamiento y se espera que continuará sus actividades dentro del futuro previsible, por un período de al menos 12 meses desde el cierre del ejercicio, sin limitarse a ese período.
3. Asimismo, dicho profesional en su informe deberá determinar:
· La capacidad que tiene la empresa para generar recursos con su operatoria habitual, el nivel actual de autogeneración de fondos y qué uso se hace de la utilidad operativa de la empresa (Descripción sobre la estrategia de reinversión de utilidades).
· La capacidad de pago de la empresa a corto plazo, identificando los compromisos existentes. En este sentido se deberán indicar los plazos promedio de cobro y de pago y una descripción de cómo se solventa la diferencia.
· Las principales estrategias de financiamiento de la empresa, con una descripción de los tipos de financiamiento que utiliza la empresa (proporción de financiación propia o de terceros). En cuanto a la financiación de terceros, deberá detallar las Entidades Bancarias con las que se opera. En caso de que correspondiera la presentación de Activos líquidos y/o Cartas de Acceso al Crédito para la presente obra, deberá presentar un listado detallando las financiaciones comprometidas para la presente licitación (indicando el monto), y además las obtenidas para ser presentadas en otras licitaciones que se encuentren en proceso de adjudicación, es decir, aquellas que aún no se haya firmado el contrato).
4. Hechos posteriores a la emisión de los Estados Contables: Como valor agregado, se deberán informar hechos ocurridos con posterioridad a la emisión de los últimos Estados Contables presentados, a los efectos de contar con información actualizada para evaluar la situación económico financiera de las empresas oferentes o miembros de una UT Oferente.
4.3.2.4 Perfil Empresarial (para obras de plazo de ejecución mayor a 12 meses).
Las empresas oferentes y/o todos los miembros de la UT oferente deberán completar la planilla PERFIL EMPRESARIAL, adjunta en el Apéndice Formularios.
Deberá informar las Obras en ejecución y comprometida tanto en el ámbito público como privado, indicando a qué fecha xx xxxxx está confeccionada la planilla. La información deberá completarse con carácter de Declaración Jurada.
Nota: El mencionado Formulario deberá presentarse tanto en formato PDF (no modificable) como en formato Excel (archivo de trabajo a fin de poder realizar verificaciones) y su fecha xx xxxxx deberá estar situada dentro de los veinte (20) días hábiles inmediatos anteriores a la fecha de apertura de las ofertas fijada en el aviso de llamado a licitación. Asimismo, las modificaciones al Formulario motivadas por las aclaraciones cursadas en etapa de evaluación deberán realizarse a la fecha declarada originalmente.
4.3.2.5 Hechos posteriores a la fecha de apertura de las ofertas.
El Oferente (y eventualmente Adjudicatario) se encuentra obligado a informar (inmediatamente de ocurrido el hecho) y con carácter de declaración Jurada cualquier cambio en la situación económica financiera y/o jurídica que sea relevante a los fines de la evaluación, adjudicación y contratación de la presente, ya sea que ocurra antes o después de la Fecha de Apertura.
A su vez, el Comitente podrá requerir la presentación de Estados Contables Intermedios correspondientes a ejercicios económicos parciales (de 3, 6 o 9 meses) que se desarrollen entre el cierre del último ejercicio económico (Estado Contable de 12 meses) y la fecha de Apertura. Los mismos deberán estar acompañados por un Informe de Revisión Limitada,
emitido por Contador Público (certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas pertinentes – Oblea).
La presente solicitud es extensible a toda otra documentación económica financiera que el Comitente considere pertinente. Esta deberá ser emitida por Contador Público con firma debidamente certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas pertinente – Oblea. La obligación de informar persiste hasta la finalización del Contrato.
Asimismo, y luego de firmado el Contrato, esta Dirección Nacional de Vialidad podrá solicitar a la empresa Contratista (o a cada una de las empresas que conformen la Unión Transitoria Contratista) la presentación de los Estados Contables correspondientes a los ejercicios económicos posteriores (consecutivos o no) a los oportunamente presentados en la Oferta. Dichos Estados Contables deberán estar acompañados por el correspondiente Informe del Auditor independiente (certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas pertinente – Oblea), referido a cada uno de los Estados Contables requeridos, en el que el profesional interviniente se expida sobre la representatividad de los balances de que se trata.
Si al momento de la solicitud efectuada por el Comitente, la empresa no posee un nuevo ejercicio económico completo (12 meses), esta Dirección Nacional quedará habilitada para solicitar Estados Contables Intermedios correspondientes a ejercicios económicos parciales (de 3, 6 o 9 meses), en cuyo caso los mismos deberán estar acompañados por un Informe de Revisión Limitada, emitido por un Contador Público (certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas pertinente – Oblea).
Los Estados Contables requeridos serán analizados de acuerdo con los parámetros establecidos en las Subcláusulas 4.3.2.1.2 y 4.3.2.1.3 del presente PCP.
Si del análisis mencionado surge que existen variaciones significativas respecto a la situación de la empresa al momento de la presentación de la propuesta, el Comitente podrá requerir la presentación de un Informe Especial mediante el cual explique la situación económico financiera actual de la empresa y, en caso de corresponder, justificar las variaciones detectadas.
El Comitente solicitará a la empresa Contratista (o cualesquiera de los miembros de la Unión Transitoria Contratista) la demostración de una capacidad financiera (mediante la presentación de garantía bancaria o póliza de caución) cuyo valor será equivalente al Monto de obra dividido al plazo de ejecución por 3, ajustado conforme el avance de obra, modificaciones de obra y redeterminaciones de precios.
CF=Monto remanente actualizado / plazo de ejecución restante actualizado)*3
Nota: En caso de verificarse el incumplimiento de los cuatro indicadores, se procederá a solicitar un monto de garantía conforme el criterio de escalonamiento que establece la Subcláusula 4.3.2.1.3 del presente PCP (es
decir el cuádruple de la Situación B) ajustado conforme el avance de obra, modificaciones de obra y redeterminaciones de precios.
Verificado que el incumplimiento se mantenga a lo largo de tres (3) períodos consecutivos, la DNV podrá ejecutar la garantía bancaria o la póliza de caución constituida con motivo del referido incumplimiento, y/o proceder a la rescisión del contrato”.
4.3.2.6 Situación de deudores según BCRA.
Todo Oferente individual y toda UT Oferente, considerando todos sus integrantes, incluido en alguno de los niveles de clasificación de deudores, que surgen de la página web del Banco Central de la República Argentina, xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/, - Central de Deudores,- Informes por CUIT, es admisible como oferente en los siguientes casos: · Estén en las situaciones 1 y 2.
· Estén en la situación 3, son elegibles si demuestran en su oferta o a requerimiento de la Administración, que han resarcido la deuda de que se trate.
· Estando en la situación 4, 5 y/o 6, solo serán considerados aceptables por el Comitente, si las deudas en las mencionadas situaciones representan menos del 20% respecto el Patrimonio Neto del último Estado Contable
Sin perjuicio de ello, deberán demostrar haber regularizado dicha/s situación/es de morosidad frente a las instituciones financieras afectadas, aun cuando dicha regularización no se vea reflejada en la página web del Banco Central de la República Argentina.
Queda bajo la exclusiva responsabilidad del Oferente individual o del miembro de la UT Oferente con una situación irregular, acreditar la regularización de su situación, a satisfacción de la DNV, presentando la documentación que corresponda.
VIGENCIA: La inelegibilidad en razón de la Situación Deudores BCRA de acuerdo a lo precedentemente especificado, es aplicable para todo el lapso que se inicia con la apertura de la licitación y concluye con la firma del contrato.
4.3.2.7 Cláusula transitoria por Emergencia Sanitaria. COVID-19
En virtud de las cuestiones emergentes del contexto actual se incorpora la presente cláusula al PCP, la cual será de carácter transitoria y establece que:
A) Con respecto a la cláusula 4.3.2.1.1 - Presentación, a continuación de “Nota: se consideran exigibles a partir de los cinco (5) meses contados desde la fecha de cierre de los mismos.”, se agrega:
“Sin perjuicio ello, tomando en cuenta la suspensión de los plazos de la ley de procedimientos administrativos y la suspensión de las “desactualizaciones por documentos vencidos” del estado de los constructores informado
por la ONC en la Nota N° NO-2020-54767752-APN-ONC#JGM, en caso de no contar con Estados Contables del último ejercicio económico, acompañando la correspondiente justificación, se podrá ampliar dicho plazo de exigibilidad a siete (7) meses contados desde la fecha de cierre de los mismos.”
B) Con respecto a la cláusula 4.3.2.1.2 - Cálculo de Índices, a continuación de “Nota: Para evaluar la admisibilidad, sólo se tendrán en cuenta los índices correspondientes al último ejercicio. Los índices de los otros 2 ejercicios son requeridos a los efectos de tener conocimiento de la situación de la empresa y su evolución.”, se agrega:
“Por cuestiones de público conocimiento, se considera que los Estados Contables cerrados a partir del 30/04/2020 pueden presentar situaciones extraordinarias y atribuibles a la situación de emergencia sanitaria mundial afectando negativamente la Situación en la que se clasifica al oferente (ver clausula 4.3.2.1.3 - Evaluación). En virtud de ello, a solicitud expresa del oferente, acompañado de la correspondiente justificación, a los efectos de evaluar la admisibilidad, NO se tomarán en cuenta los índices del último ejercicio económico y la evaluación se realizará en función de los índices del ejercicio inmediato anterior.
Se aclara que para solicitar que se analice la admisibilidad en base a los estados contables del anteúltimo ejercicio económico, aunque sean obras con plazo de ejecución menores a 12 meses, también deberán presentar el Informe Analítico indicado en la Cláusula 4.3.2.3. Informe Analítico de carácter económico – financiero (para obras de plazo de ejecución mayor a 12 meses). En dicho informe, además el profesional interviniente deberá explicar la situación económica del último ejercicio y su vinculación con la emergencia sanitaria, exponiendo el deterioro de las principales variables contables, económicas y/o financieras que estime convenientes”.
4.4. Personas habilitadas para contratar.
Se agrega:
De acuerdo a lo establecido por el art. 27 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, Decreto 1023/2001, podrán contratar con la Administración Nacional las personas físicas o jurídicas con capacidad para obligarse que no se encuentren comprendidas en las previsiones del artículo 28 de esa misma norma y que se encuentren incorporadas a la base de datos que diseñará, implementará y administrará el órgano Rector, en oportunidad del comienzo del período de evaluación de las ofertas, en las condiciones que fije la reglamentación. La inscripción previa no constituirá requisito exigible para presentar ofertas.
4.5. Personas no habilitadas para contratar.
S/PUCG.
4.6. Pautas de inelegibilidad.
S/PUCG.
Se agrega:
En relación a los indicios que por su precisión y concordancia configuren las distintas pautas de inelegibilidad, se entenderá que son aquellos que surjan expresa y palmariamente de la oferta.
4.7. Domicilio.
Se agrega:
Los proponentes deberán constituir un domicilio especial en el ámbito de la Provincia de San Xxxx y un domicilio especial electrónico. Ambas declaraciones contenidas en el Formulario de Oferta, Apéndice Formularios.
5. OFERTAS.
5.1. Forma de presentación de las Ofertas.
Se agrega:
La moneda de cotización de las ofertas es PESOS ARGENTINOS.
Los proponentes expresarán con carácter de Declaración Jurada que es correcta la presentación por su parte de la Documentación Contractual requerida y la veracidad de la información contenida en la misma. Dicha declaración se encuentra incluida en el Formulario de Oferta, Apéndice Formularios.
Todos los documentos relacionados con la oferta estarán redactados en idioma castellano.
Todo documento que se presente en idioma extranjero deberá ser acompañado de la respectiva traducción al idioma nacional, suscripta por por Traductor Público Matriculado. Asimismo, a los efectos de que los documentos privados y/o públicos presentados sean válidos en Argentina, los mismos deberán estar legalizados, certificados o visados por el Consulado Argentino correspondiente.
5.2. Documentos que integran la oferta.
1. S/PUCG.
2. S/PUCG.
3. Certificado de visita a obra - Se agrega:
No se organizará una Visita a Obra por parte del Contratante ni se extenderán Certificados de concurrencia a la misma. La visita a obra y aspectos relacionados se rigen por lo establecido en la Cláusula 5.8 del PUCG y del presente PCP.
4. Declaración de conocimiento del lugar y condiciones de la obra - Se agrega:
El oferente presentará la declaración jurada que incluya todos los puntos expuestos en la cláusula 5.8. del PUCG y del PCP. Dicha declaración se encuentra incluída en el Formulario de Oferta en el Apéndice Formularios.
5. S/PUCG.
6. S/PUCG.
7. S/PUCG.
8. Designación del Profesional que actuará en calidad de Representante Técnico, curriculum vitae y conformidad de dicho profesional - Se agrega:
Los proponentes deberán incluir en su oferta el nombre del Representante Técnico propuesto para la dirección de las obras licitadas consignando título profesional, número de inscripción en la matrícula y actuación en trabajos anteriores, acreditando una experiencia mínima de 5 (cinco) años.
El Representante Técnico propuesto deberá contar con título profesional de Ingeniería Civil, Ingeniería Vial o en Vías de Comunicación.
Se deberá incluir en la oferta el compromiso del profesional propuesto a aceptar el cargo para el caso de que el Oferente sea el Contratista de la obra licitada, quedando la aceptación sujeta a la consideración del Contratante.
9. S/PUCG.
10. S/PUCG.
11. S/PUCG.
12. S/PUCG.
13. Presupuesto desagregado por ítem - Se agrega:
Deberá incorporarse en la oferta los archivos de soporte digital del mismo, en formato Excel editable.
14. Análisis de Precios o estructuras de costo - Se agrega:
El Oferente deberá incluir los análisis de precios o estructura de costos de cada uno de los ítems, desagregados en todos sus componentes, incluyendo cargas sociales y tributarias y planillas de materiales comerciales, entre otros, según la estructura del Formulario Modelo de Detalles de los Precios Unitarios Cotizados inserto en el Apéndice Formularios.
PCP - DNV
PLIEG-2021-67542308-APN-DSL#DNV
Asimismo, deberá incorporarse en la oferta el soporte digital de los mismos, en formato Excel editable.
Deberá tenerse presente que todos aranceles, impuestos, seguros, y cualquier otro cargo que deba abonar el Contratista con motivo de este contrato, o por cualquier otra razón, vigente siete (7) días hábiles antes del plazo de vencimiento de presentación de ofertas, se consideran incluidos en el precio total de la oferta presentada por el oferente, sin admitirse prueba en contrario.
Los detalles de precios unitarios que se requieran deberán responder a la medición y forma de pago que establecen las especificaciones respectivas, además de contemplar la cotización individual de todos los elementos necesarios para la correcta ejecución de los trabajos de acuerdo al formulario modelo de Detalle de los Precios Unitarios Cotizados, incluido en el Apéndice Formularios del presente PCP.
El oferente con relación a los materiales, equipos y todo otro elemento necesario para la obra y/o para su ejecución, asume la responsabilidad de las procedencias que haya previsto, estén o no declaradas en su Oferta, así como de la evaluación de las reales distancias de origen a obra y del medio contemplado para su transporte. Los eventuales cambios que se produzcan no darán derecho a reclamo alguno por parte del Contratista.
Las incidencias a detallar sobre los costos netos, correspondientes a gastos generales e indirectos, beneficios, gastos financieros e IVA, deberán ser uniformes para todos y cada uno de los ítems que integran la propuesta.
15. Los precios de referencia asociados a cada insumo incluido en los análisis de precios.
Se agrega: Los insumos de las ofertas deberán asociarse únicamente con los índices de laTabla I - DNV disponible en xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxx.
16. S/PUCG.
17. S/PUCG.
18. S/PUCG.
19. S/PUCG.
20. S/PUCG.
21. Otros documentos exigidos en este PCP - Se agrega:
a) Los oferentes incluirán en su oferta una declaración jurada que dé cuenta de que no se encuentran impedidos de contratar con la Administración Nacional, en los términos
PCP - DNV
PLIEG-2021-67542308-APN-DSL#DNV
expuestos en el punto 4.5 del PUCG (Declaración incorporada en el Formulario de Oferta, Apéndice Formularios).
b) Certificado de Determinación de Oferta Independiente: el oferente deberá completar, suscribir e incorporar el Formulario de nombre homónimo en el Apéndice Formularios.
c) Capacidad y Experiencia del Personal Gerencial y Técnico: el oferente incluirá en su oferta la información que dé cuenta de la capacidad y experiencia del personal gerencial y técnico que propone para la ejecución de la obra.
d) Métodos de Autocontrol de Xxxxxxx: el proponente deberá incluir en su oferta una descripción de los métodos de autocontrol de calidad que, como mínimo, empleará en la ejecución de la obra de resultar contratista.
Se agrega:
5.2.1. Ofertas de personas que se presentan agrupadas (UT).
a) Se designará a uno de los miembros como Socia a Cargo con facultades suficientes para obligar a todos los miembros de esta. A todos los fines de la licitación tal designación se acreditará presentando un poder amplio otorgado por firmantes legalmente autorizados, en representación de todos y cada uno de los socios.
b) Se deberá incluir en la oferta una proforma del contrato de Unión Transitoria la que explicitará los porcentajes de participación de cada una de las empresas y establecerá, que todas las socias serán responsables conjunta y solidariamente por la ejecución del contrato, así como también quien actuará como Socia a cargo. Si el Oferente resultara adjudicatario, el Comitente exigirá la formalización de este contrato. La inscripción registral del contrato sólo será exigida al oferente adjudicatario como requisito para la firma del contrato de obra pública.
c) La Socia a Cargo deberá estar autorizada para incurrir en gastos y recibir instrucciones en nombre de todos los miembros de la Unión Transitoria para la ejecución completa del contrato, incluyendo los pagos.
d) Cumplimiento de requisitos en caso de presentación en UT: en el caso de ofertas presentadas por Unión Transitoria los informes y documentos de cada miembro de la Unión Transitoria, se adicionarán entre ellos para determinar el cumplimiento del Consorcio con las pautas mínimas de calificación especificadas en las siguientes cláusulas:
❖ 4.2.1 Experiencia en obras de Volumen Similar a la que se licita.
❖ 4.2.2 Experiencia en obras de Naturaleza similar a la que se licita.
❖ 4.2.3. Certificación Anual.
❖ 4.3.1 Capacidad de contratación referencial (RNCOP).
Sin embargo, para que una Unión Transitoria pueda calificar a cada una de sus socias, éstas deben cumplir con, al menos, el 25% de las pautas mínimas exigidas,
para un Oferente individual, en las Cláusulas 4.2.1, 4.2.3 y 4.3.1. y la Socia a Cargo con al menos, un 40% de esas mismas pautas mínimas.
5.3. Causales de desestimación no subsanables.
S/PUCG.
5.4. Causales de desestimación subsanables.
S/PUCG.
5.5. Informes que suministra el contratante.
S/PUCG.
5.6. Efectos de la presentación de Ofertas.
S/PUCG.
5.7. Carácter de la información suministrada por los Proponentes.
S/PUCG.
5.8. Informes que deben obtener los Proponentes y conocimiento de los antecedentes necesarios para construir la obra.
Se agrega:
Los oferentes realizarán la visita al lugar del emplazamiento de las obras por su cuenta y medios y declararán en calidad de Declaración Jurada conocer el mismo (dicha DDJJ obra incorporada al Formulario de Oferta, Apéndice Formularios). La presentación de una propuesta implica que el Oferente ha visitado y examinado el emplazamiento de la obra y sus alrededores y que ha obtenido por sí mismo, bajo su propia responsabilidad y bajo su propio riesgo, todos los datos necesarios sobre la configuración y naturaleza del terreno, así como toda otra información que pudiera ser necesaria para preparar la oferta y suscribir el contrato para la construcción de la Obra. Los costos que ello demande estarán también a cargo del Oferente. Asimismo, la visita a obra no podrá realizarse con una antelación mayor a 30 días respecto la Fecha de Apertura.
5.9. Garantía de Mantenimiento de Oferta.
Se agrega:
Las ofertas serán válidas por un período de CIENTO VEINTE (120) días corridos a partir de la fecha de vencimiento del plazo para la presentación de una oferta. Vencido este plazo, el mantenimiento será renovado automáticamente por períodos sucesivos de SESENTA (60)
días corridos, de acuerdo a lo establecido en el punto 5.11 Desistimiento de la oferta del PUCG.
Beneficiario de la garantía:
DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD - CUIT: 30-54667567-6.
Domicilio y Oficina que recepcionará el original de la garantía de oferta:
Xx. Xxxxx Xx 000, Xxxxxx xx Xxx Xxxx, en las oficinas de la Sección Licitaciones y Compras del 14° Distrito de la Dirección Nacional de Vialidad.
5.10. Moneda de Garantía de Mantenimiento de la Oferta.
S/PUCG.
5.11. Desistimiento de la Oferta.
S/PUCG.
5.12. Devolución de la Garantía de Mantenimiento de Oferta.
S/PUCG.
5.13. Gravámenes.
S/PUCG.
5.14. Apertura de Ofertas.
S/PUCG.
6. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
6.1. Designación de las Comisiones Evaluadoras.
Se agrega:
El Consejo Técnico de Adjudicaciones es el órgano colegiado estable constituido mediante la Resolución A.G. RESOL-2018-831-APN-DNV#MTR con sus modificatorias y complementarias, y a los fines de este PCP será considerado como Comisión Evaluadora. El Consejo Técnico de
Adjudicaciones es el encargado de emitir el Dictamen de Preadjudicación en el procedimiento licitatorio, basándose para ello en el Informe de Admisibilidad, elaborado por el Área de Evaluación.
6.2. Integración de las Comisiones Evaluadoras.
Se agrega:
El Consejo Técnico de Adjudicaciones se encuentra integrado por tres miembros titulares, de acuerdo a lo establecido por la Resolución A.G. RESOL-2018-831-APN-DNV#MTR, con sus modificatorias y complementarias.
6.3. Sesiones de las Comisiones Evaluadoras.
Se agrega:
En instancias de elaboración del Informe de Admisibilidad, durante el tiempo que se otorgue para que intervengan otras áreas de la Repartición, de corresponder, como así también durante el tiempo concedido a los oferentes para que subsanen sus errores u omisiones en sus ofertas, se suspenderá el plazo que tiene el Área de Evaluación para generar dicho Informe.
6.4. Comisión de Evaluación de las Ofertas.
Se agrega:
El plazo para que los proponentes, a requerimiento del Contratante, presenten la documentación subsanable que no hubiera acompañado en su oferta es de tres (3) días.
6.5. Vista de las Ofertas.
Se agrega:
La vista y/o la formulación de observaciones podrá ser solicitada mediante TAD (Trámites a Distancia) o en las oficinas de la Unidad Ejecutora que lleva el procedimiento de selección. No se otorgará vista durante el período de confidencialidad que comienza cuando finaliza el período de vista y de formulación de observaciones que establece el punto 6.5 del PUCG y se extiende hasta la publicación del Dictamen de Preadjudicación.
A efectos del presente Procedimiento Licitatorio la dirección para solicitar la vista es:
Xx. Xxxxx Xx 000, Xxxxxx xx Xxx Xxxx, en las oficinas de la Sección Licitaciones y Compras del 14° Distrito de la Dirección Nacional de Vialidad.
6.6. Exámen de las Ofertas.
Se agrega:
Una vez efectuada la apertura de las ofertas y finalizado el período de vista la Comisión Evaluadora examinará la totalidad de las Ofertas recibidas, de acuerdo al siguiente criterio:
a) Para el caso de las obras licitadas por cualquiera de los sistemas de contratación definidos en el Art. 2 del PUCG cuyo Proyecto no se encuentre definido y deba ser presentado como parte de la oferta, se examinará la totalidad de las ofertas recibidas.
b) Para el caso de las obras licitadas por cualquiera de los sistemas de contratación definidos en el Art. 2 del PUCG cuyo proyecto se encuentre definido o establezca tareas mínimas de realización obligatoria, se examinará la oferta de menor valor económico hasta encontrar la primera oferta en orden de precios creciente que se ajuste a los requerimientos del llamado.
Una vez efectuada la apertura de las ofertas y finalizado el período de vista, previo a la intervención del Consejo Técnico de Adjudicaciones, las actuaciones pasarán al Área Evaluadora, comenzando en ese momento el período de confidencialidad que concluirá con la emisión del Dictamen de ese Consejo. El Área Evaluadora producirá el Informe de Admisibilidad.
Durante la evaluación las modificaciones, las ofertas alternativas y otros factores no contemplados y/o requeridos por los documentos de licitación no serán considerados.
En la evaluación no será tenida en cuenta ninguna ventaja potencial o futura con relación a la fecha de apertura. Es decir, a todos los efectos de valorización de la oferta, lo será a la fecha de licitación, sin considerar otras ventajas se situación de plaza ocurridas con posterioridad a dicha fecha.
En el Informe de Admisibilidad se verificará que la Oferta en análisis se encuentre completa, y se detallarán los elementos faltantes de acuerdo a los requerimientos del PUCG, del presente PCP y de las PETG y PETP. Asimismo, se analizarán las observaciones que hubieran sido formuladas por los Proponentes durante el período de vista.
El Informe de Admisibilidad se pondrá a consideración del Consejo Técnico de Adjudicaciones, quien se expedirá sobre la conveniencia en la contratación de los trabajos con el Oferente cuya propuesta sea la admisible de menor precio. La conclusión se expresará en un Dictamen labrado al efecto.
Nota I: Cuando las complejidad de las cuestiones a considerar impidiere el cumplimiento del plazo previsto, se podrá exceder dicho plazo, dejando constancia de esta situación en el mismo Informe de Admisibilidad.
6.7. Causales de inadmisibilidad de las Ofertas.
Se agrega:
k) Cuando el Oferente no presente la información o documentación solicitada por el Contratante en relación a la subsanación de errores u omisiones subsanables establecido en la Cláusula 5.4 del PUCG y del PCP.
l) Cuando el Oferente no cumplimente los requisitos exigidos en relación a su capacidad legal, técnica y Económico-Financiera, según cláusulas 4.1., 4.2. y 4.3. del PUCG y del PCP.
6.8. Ampliación de la información.
S/PUCG
6.9. Precio vil o precio no serio.
S/PUCG
6.10. Dictamen de evaluación.
Se agrega:
El Consejo Técnico de Adjudicación, con base en el Informe de Admisibilidad y en el dictamen del órgano de asesoría legal, se expedirá sobre la conveniencia en la contratación con la oferta admisible de menor precio, de acuerdo con la metodología de evaluación establecida para la Contratación, a través del Dictamen de Preadjudicación.
Serán consideradas inconvenientes aquellas ofertas donde:
a) En términos económicos, superen en VEINTE POR CIENTO o más al Presupuesto Oficial a Fecha de Apertura (POFA).
b) Que el monto ofertado por los Ítems correspondientes a Terraplenes y Obras de Arte Menores (o lo que corresponda en cada Proyecto) supere el 20% de la Oferta Total.
Cuando la complejidad de las cuestiones a considerar impidiere el cumplimiento de su cometido dentro del plazo fijado, el Consejo Técnico de Adjudicación podrá excederse de dicho plazo de forma fundada.
El Consejo Técnico de Adjudicaciones recomendará la adjudicación a aquella Oferta que se ajuste sustancialmente a las condiciones de la contratación, de acuerdo con el Informe de Admisibilidad, y resulte evaluada como la más conveniente.
La emisión de este dictamen es la preadjudicación.
6.11. Empate.
Se agrega:
Se considerará que existe empate a los efectos de la presente cláusula cuando las ofertas en cuestión se encuentren entre sí, en relación a su precio total, en el entorno xx xxxx coma cinco por ciento (0,5%).
6.12. Rebalanceo.
S/PUCG.
6.13. Publicidad del Dictamen de Evaluación.
Se agrega:
No se dispondrá la publicación del Dictamen de Evaluación en Boletines Oficiales, siendo el único medio de notificación y publicación el Portal de Contratación xxxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx.
6.14. Impugnaciones al Dictamen de Evaluación.
Se agrega:
La vista del expediente y la presentación de impugnaciones deberán solicitarse y hacerse efectivas vía TAD (Trámites a Distancia) o en las oficinas de la Unidad Ejecutora que lleva adelante el procedimiento de selección:
Xx. Xxxxx Xx 000, Xxxxxx xx Xxx Xxxx, en las oficinas de la Sección Licitaciones y Compras del 14° Distrito de la Dirección Nacional de Vialidad.
6.15. Garantía de impugnación.
Se agregan los datos del Comitente a efectos de la constitución de la garantía. Dirección Nacional de Vialidad.
CUIT: 30-54667567-6 (Exento).
Cuenta Corriente: N° 224052, sucursal Plaza xx Xxxx. CBU: 0110599520000002240529.
6.16. Resolución de las Impugnaciones.
S/PUCG.
6.17. Licitaciones de etapa múltiple.
S/PUCG.
6.18. Procedimiento de selección desierto o fracasado.
S/PUCG.
7. ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN.
7.1. Alta en el padrón único de entes.
S/PUCG.
PCP - DNV
PLIEG-2021-67542308-APN-DSL#DNV
7.2. Adjudicación.
S/PUCG.
7.3. Garantía de cumplimiento de contrato.
S/PUCG.
7.4. Requisitos a cumplir antes de la firma del Contrato.
Se agrega:
El adjudicatario deberá acreditar ante la Contratante que posee vigente su Habilidad para Contratar otorgada por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) al momento de la firma del contrato.
7.5. Ajuste de la Garantía de Cumplimiento del Contrato.
S/PUCG.
7.6. Vigencia de la Garantía de Cumplimiento del Contrato.
S/PUCG.
7.7. Revocación de la adjudicación.
S/PUCG.
7.8. Perfeccionamiento del Contrato.
Se agrega:
El plazo para la firma del contrato es de QUINCE (15) días.
7.9. Transferencia del Contrato.
S/PUCG.
8. ORGANIZACIÓN DE LA OBRA.
8.1. Orden de Inicio de obra
Se agrega:
La Orden de Inicio de Obra será emitida dentro de los quince (15) días corridos de firmado el contrato.
8.2. Replanteo de la obra.
PCP - DNV
PLIEG-2021-67542308-APN-DSL#DNV
Se agrega:
El replanteo se llevará a cabo por el Supervisor de Obra con asistencia del Contratista o de su Representante Técnico autorizado y consistirá en el establecimiento de señales o puntos fijos de referencia que el Contratista queda obligado a conservar por su cuenta.
Si en el terreno ya estuviesen colocadas señales necesarias para la ubicación de las obras, el replanteo consistirá en el reconocimiento y entrega en estos testigos al Contratista. Esas referencias determinarán el eje longitudinal de la obra, progresivo y niveles. En base a éstas, el Contratista complementará, a medida que el estado de las obras lo exija, el replanteo de detalle de acuerdo con los planos generales y detalles del proyecto y conforme con las modificaciones que el Supervisor introduzca durante el curso de los trabajos.
Los gastos en concepto de jornales, movilidad, útiles y materiales que ocasione el replanteo, así como los de revisión de los replanteos de detalles que el Comitente considere conveniente realizar, son por cuenta exclusiva del Contratista.
Cuando por circunstancias especiales no fuera posible efectuar el replanteo total de las obras, se efectuará un replanteo parcial de las mismas. En este caso, el replanteo parcial deberá comprender como mínimo una sección continua de la obra, en la que se puedan ejecutar trabajos.
El replanteo deberá ser completado totalmente antes de haber transcurrido un tercio del plazo contractual, contado desde la fecha en que se efectuó el primer replanteo parcial.
Si el replanteo no fuere completado totalmente dentro del término indicado en el párrafo precedente, por causas no imputables al Contratista, éste podrá solicitar la ampliación del plazo contractual en la medida y proporción que demuestre que el cumplimiento del plazo original se ha visto alterado por la incidencia del replanteo incompleto.
Terminado el replanteo se extenderá por duplicado un acta, en la que conste haberlo efectuado conforme al proyecto, que será firmada por el Supervisor de Obra y el Contratista o su Representante Técnico autorizado.
Cualquier observación que deseare formular el Contratista, relacionada con el replanteo y que pudiera dar lugar a reclamos, deberá constar al pie del acta en forma de reserva, sin cuyo requisito no se considerará válido ningún reclamo.
Todo reclamo relacionado con las reservas efectuadas en el acta de replanteo, deberá ser presentado con expresión de fundamento dentro de los treinta (30) días hábiles posteriores a la firma de dicha acta. Vencido dicho plazo, el Contratista perderá los derechos respectivos y se tendrá por no efectuada la reserva.
Si el Contratista no concurriese al replanteo, se le fijará un nuevo plazo xx xxxx (10) días hábiles para la concreción del mismo. Si tampoco concurriese a esta segunda citación sin
que existan, a exclusivo juicio del Comitente, causas justificadas que le hayan impedido asistir o, si habiendo concurrido, se negase a firmar el acta que se labrará con tal motivo, con la certificación de testigos o autoridad competente, se considerará que el Contratista hace abandono de la obra contratada, pudiendo, en ese caso, el Comitente declarar rescindido el Contrato con las penalidades consiguientes.
Queda establecido que las obras deberán iniciarse dentro del plazo máximo de treinta (30) días hábiles contados a partir de la Fecha de Comienzo.
El replanteo comprenderá la entrega al Contratista de los terrenos necesarios para las obras a ejecutar, es decir el Emplazamiento.
Cuando para la ejecución de las obras se requiera la remoción de algún punto fijo de amojonamiento o marcaciones oficiales, el Contratista deberá comunicarlo con la antelación debida al Comitente, a efectos de que éste tome las precauciones para que las mismas no sufran alteración alguna durante la construcción de las necesarias alteraciones de las obras.
8.3. Errores de replanteo.
S/PUCG.
8.4. Plan de Trabajos Definitivo.
S/PUCG.
8.5. Anticipo Financiero.
Se agrega:
No se prevé para la presente obra el otorgamiento de un anticipo financiero.
8.6. Acta de Inicio.
S/PUCG.
8.7. Documentación en Obra.
S/PUCG.
8.8. Planos de Obra y planos adicionales.
Se agrega:
La cantidad y el formato de los planos que el Contratista deberá entregar al Comitente se establecerá en el Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares. Los planos que conforman la Oferta, deberán además ser presentados en formato DWG.
8.9. Interpretación de la documentación técnica.
S/PUCG.
8.10. Cerco, vallado y protección de Obra.
Se agrega:
a) El Contratista es responsable por la seguridad de todas las actividades desarrolladas en el Emplazamiento y en cualquier otro lugar, fuera del mismo, donde se realicen trabajos relacionados con el Contrato.
b) En la zona de construcción, el Contratista deberá impedir que el público transite por tramos que presenten cortes, obstáculos peligrosos o etapas constructivas no terminadas, que puedan originar accidentes, a cuyo efecto colocará letreros de advertencia, barreras u otros medios eficaces a los fines perseguidos. El Contratista no tendrá derecho a indemnización alguna en concepto de daños y perjuicios producidos por el tránsito público en la obra.
c) Cuando las obras se ejecuten en o a través de vías de comunicación en uso, el Contratista no podrá en ningún caso interrumpir el libre tránsito público de vehículos y toda vez que para la ejecución de los trabajos tuviera que ocupar la calzada, deberá construir o habilitar vías provisionales laterales o desviará la circulación por caminos auxiliares previamente aprobados por el Supervisor de Obra. Tanto en el caso de vías laterales como en el de caminos auxiliares, el Contratista deberá mantenerlos en buenas condiciones de transitabilidad. Es obligación del Contratista señalar todo el recorrido que comprende el desvío y caminos auxiliares, asegurando su eficacia con todas las advertencias necesarias, para orientar y guiar el tránsito, tanto de día como de noche para lo cual, en este último caso, serán absolutamente obligatorias señales luminosas.
d) El Contratista será el único responsable de los accidentes que resulten atribuibles al estado del desvío o a deficiencias, sustracción o rotura del señalamiento o de las medidas de protección.
e) Si el Contratista no diera cumplimiento a sus obligaciones relativas a habilitación de desvío y señalizaciones, el Comitente, previa intimación, podrá ejecutar dichos trabajos por cuenta y cargo del Contratista, no solamente en lo que se refiere al costo, sino también en lo que atañe a las responsabilidades emergentes. En estos casos al formularle cargo por los costos de las obras ejecutadas, se le recargará un 50% en concepto de penalidades.
f) Todas las tareas y obligaciones enunciadas en los apartados a), b) y c) de la presente cláusula, estarán exclusivamente a cargo del Contratista y no recibirán pago directo alguno, considerándose su pago incluido dentro de los ítems del Contrato. Será también por cuenta exclusiva del Contratista el pago de los derechos de arrendamiento que corresponda satisfacer cuando el mismo ocupe terrenos fiscales
en zonas portuarias, ferroviarias, etc., destinados a la instalación de depósitos para sus elementos de trabajo, alojamiento de personal obrero u otros fines correspondientes a la obra.
g) Si el Contratista optase por mantener el tránsito, durante la ejecución de la obra, por media calzada o por las banquinas, deberá contar con la previa autorización de la Inspección de Obra y adoptar la señalización y demás medidas adecuadas a las circunstancias, con el fin de prevenir accidentes. También en este supuesto, rige lo estatuido en el apartado f) de la presente cláusula.
h) Con una anticipación mínima de quince (15) días hábiles a la iniciación de los trabajos, el Contratista está obligado a presentar al Supervisor de Obra un plan de desvíos para el tránsito, el que deberá reunir las condiciones de factibilidad y seguridad necesarias para el desplazamiento del transporte y guardar coherencia con el plan de trabajos respectivo. El Contratista no podrá iniciar ninguna tarea relacionada con dicho plan de desvíos, hasta tanto no cuente con la Aprobación de la Inspección de Obra, la que le será comunicada mediante Orden de Servicio dentro de los quince (15) días hábiles de haber recibido dicho plan; vencido dicho plazo sin observaciones se considerará automáticamente aprobado el mismo.
i) Quedará totalmente a cargo del Contratista, a partir del replanteo, la permanente conservación de: obras básicas, desagües, superficies de rodamiento, obras de arte y cualquier otra instalación existente en la zona de camino correspondiente a la obra.
8.11. Derecho de retención.
S/PUCG.
8.12. Vigilancia, seguridad e higiene.
Se agrega:
8.12.1. Norma General de Seguridad D.N.V. 1 - Recomendaciones generales en materia de seguridad que deberá cumplir todo el personal de la Dirección Nacional de Vialidad.
a) Alcance: Todo el personal.
b) Condiciones Generales: Todo el personal deberá acatar tanto las normas generales de seguridad que se implementen en la empresa, como las normas particulares de seguridad correspondientes a las secciones en que trabajen, o en las que se encuentren por razones de labor.
1) Todo trabajador que en la ejecución de su trabajo note algo que pueda poner en peligro la seguridad de él o de sus compañeros estará obligado a comunicárselo de inmediato a su superior, y en caso de que éste no adopte las medidas preventivas necesarias, lo pondrá en conocimiento de Seguridad Industrial.
2) Todo el personal hará uso apropiado de los resguardos, dispositivos de seguridad o equipos de protección personal para sí mismo u otras personas y obedecerá todas las instrucciones sobre seguridad indicadas por sus superiores. No se podrán retirar protecciones de máquinas sino es únicamente para realizar trabajos de reparación o mantenimiento, las protecciones quitadas deberán ser repuestas en su lugar una vez realizado el trabajo.
3) Ninguna persona intervendrá, desplazará, demorará o destruirá los dispositivos seguridad o demás elementos proporcionados para su protección o la de otras personas, ni tampoco se debe contrariar los métodos o procedimientos adoptados con el fin de reducir al mínimo los riesgos inherentes a su ocupación.
4) Todo accidente, que provoque lesiones corporales, por insignificante que ella parezca, producido bajo cualquier circunstancia y dentro del ámbito de la empresa, debe comunicarse en forma inmediata a su superior, quien notificará al área de Recursos Humanos o quien corresponda, a fin de notificar a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo y concurrir al Servicio Médico. Los accidentes deben denunciarse dentro de la jornada laboral, caso contrario no serán tenidos en cuenta.
5) No está permitido encender fuego en tachos, recipientes, o en cualquier otro elemento, etc.
6) No se permite correr, subir o bajar escaleras corriendo, arrojar objetos contundentes, provocar bromas utilizando vapor, aceite, grasas, combustibles, etc.
7) Ninguna persona deberá poner en marcha máquina alguna o equipo sin autorización de su superior inmediato.
8) El personal no deberá viajar como acompañante en camiones, tractores, palas mecánicas, barredoras, etc., dentro del ámbito de la empresa.
9) No está permitido viajar como acompañante, parado en las uñas o sobre las paletas, en los transportes autoelevadores. La velocidad máxima de circulación de los vehículos dentro de la empresa será de paso de hombre.
10) Mientras se trabaje cerca de máquinas en movimiento, no deben llevarse elementos como: ropas sueltas o abultadas, corbatas, bufandas, anillos, cadenas de identificación, relojes, etc. Las personas xx xxxxxxx largo lo deberán tener recogido y/o atado.
11) La velocidad máxima de circulación de cualquier vehículo dentro de la planta será de 10 Km/hora.
12) La circulación de vehículos y peatones dentro de la empresa se hará respetando las normas de tránsito y observando las señales reglamentarias instaladas.
13) Los accesos a extintores, cajas de mangueras de incendio, hidrantes, deben estar libres de obstáculos que impidan, en caso de emergencia, el uso de estos equipos.
14) Ninguna persona deberá limpiar y/o reparar ninguna máquina y/o equipo cuando éste se encuentre en movimiento. Para hacerlo deberá utilizar el sistema de bloqueo de seguridad.
15) Se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas dentro del ámbito de la empresa y drogas o medicamentos no autorizados por un médico. Está totalmente prohibido presentarse al trabajo en estado de ebriedad o bajo la acción de una droga prohibida.
16) En todos los lugares de la obra es obligatorio el uso xxx xxxxx de seguridad.
17) Los avisos y letreros distribuidos dentro de las obras son norma de seguridad y como tal se los debe respetar, no destruyéndolos y ni deteriorándolos.
18) Está terminantemente prohibido el trabajo en altura en lugares donde no existen protecciones, sin el correspondiente cinturón de seguridad.
19) Para el desplazamiento en los lugares de trabajo, se deberán usar únicamente los medios destinados para tal fin, como ser: escaleras, andamios, caminos, pasarelas, puentes, etc.
20) No podrá retirarse ningún elemento indicador de seguridad sin la correspondiente autorización de Seg. e Hig. Ind.
21) Es obligatorio el uso adecuado de herramientas, equipos y maquinarias como así también el mantenimiento de estos elementos en óptimas condiciones.
22) Es obligatorio para todo el personal que realiza trabajos de soldadura (soldador y ayudante) el uso de elementos de protección para la vista y el rostro.
23) No podrán utilizarse herramientas, equipos, máquinas en condiciones que las hagan inseguras.
24) Está totalmente prohibido realizar instalaciones eléctricas precarias en forma provisoria.
25) No debe utilizarse aire comprimido o cualquier otro gas para limpieza de la ropa y/o solventes para limpieza personal.
26) Es obligatorio el uso de anteojos de seguridad o protector facial en las máquinas y herramientas. Como así también cuando se procede a: picar, soldar, rellenar con metal, esmerilar, pulir, operar con máquinas de afilar, aplicar o quitar pintura, utilizar aire comprimido, cortar o calafatear metal, piedra o concreto, arenar utilizar ácidos, usar herramientas accionadas por aire, etc.
27) No debe trabajarse cerca de conductores eléctricos sin aislación. En tales casos debe quitarse la tensión. Para tomar tal medida debe consultarse al supervisor correspondiente.
28) Antes de poner en movimiento cualquier equipo verificar si no hay ninguna persona en peligro.
29) Los tubos de gases comprimidos deberán mantenerse en posición vertical y sujetos con bandas de fácil remoción al carrito portatubos. No deben ser usados como rodillos o puntos de apoyo, ni deben ser puestos al sol en su almacenamiento.
30) Cuando sea necesario cruzar áreas de trabajo con mangueras de soldar o líneas de aire comprimido, se deberá colocar en forma tal que no ocasionen riesgos, ni puedan ser dañados por el paso de las personas o vehículos.
31) Todo trabajador debe ejecutar sus trabajos de modo de no exponerse innecesariamente al peligro, ni exponer a los demás.
32) Cuando un trabajador tenga alguna duda sobre el significado de las normas de seguridad, debe recurrir a su superior inmediato a fin de eliminarla.
33) Es obligatorio el uso de guantes protectores adecuados cuando: se usen materiales con filo, como planchas xx xxxxx o vidrio; se tenga que cortar o cincelar con soldadura eléctrica; pintar, cavar, manejar rieles, durmientes o cualquier otro tipo de material que tenga astillas.
34) Los electricistas que trabajen con circuitos vivos, deberán utilizar guantes apropiados, teniendo en cuenta que estén en buenas condiciones de servicio.
35) Cuando se utilicen cáusticos y/o ácidos se utilizarán guantes adecuados al riesgo.
36) Todo trabajador debe cerciorarse de que ninguna persona esté en peligro antes de conectar corriente eléctrica, gas, vapor, aire o agua bajo presión.
37) Todo trabajador debe cuidar el orden y la limpieza en su área de trabajo.
38) Todo clavo que sobresalga en pisos, paredes o maderas sueltas, deberá remacharse.
39) Todo lo que sea basura o desperdicio deberá tirarse en los recipientes destinados a tal efecto.
40) Los orificios, tolvas, pozos, etc. deberán estar permanentemente tapados, excepto cuando dichas aberturas se estén utilizando.
41) Está prohibido soldar o cortar recipientes que hayan contenido gases o líquidos inflamables o sustancias químicas sin antes obtener autorización de Seguridad Industrial para realizar trabajos en caliente.
8.12.2. Programa único de seguridad - D.N.V. 2. Comitente: DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD Director de Obra:
Establecimiento:
Fecha de Confección del Programa:
Contratista:
A.R.T. de Contratista:
En su carácter de Comitente, DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD en cumplimiento de la Res35/98 SRT, elabora este programa de seguridad único para todas las obras, al que se adaptarán los programas de seguridad de quienes actúen como contratistas principales, contratistas y subcontratistas, según lo exigido en las resoluciones SRT Nº 51/97 y 35/98. - POLÍTICA DE SEGURIDAD.
El servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo tendrá el objetivo principal de prevenir riesgos físicos y daños, que pudieran causarse a la vida y a la salud de los trabajadores por las condiciones de su trabajo y protegerlos en su actividad y ambiente de riesgos generales y específicos, para lo cual este Servicio implementará políticas de acción para crear y mantener las condiciones y medio ambiente de trabajo.
La Comitente tiene como referencia para llevar a cabo su política de seguridad el cumplimiento de sus normativas internas y el de las leyes vigentes, tanto por su personal como para toda Empresa y/o personas que contrata y/o sean subcontratadas:
● Ley de Riesgos de Trabajo Nº 24557 y sus decretos reglamentarios.
● Ley Nacional N° 19587 y su Decreto reglamentario N° 351/79.
● Decreto N° 911/96 de Seguridad en la Construcción.
● Resolución N° 231/96 de Seguridad en la Construcción.
● Resolución N° 51/97 de Seguridad en la Construcción.
● Resolución N° 35/98 de Seguridad en la Construcción.
LA SEGURIDAD será vista como parte esencial de todas las actividades y se considerará igual que todos los objetivos principales de la EMPRESA.
Para esto las Empresas contratistas, a través de sus Jefes de Obra, supervisores y Jefes de Seguridad asumen frente a Dirección Nacional de Vialidad la responsabilidad total por la prevención de accidentes a su personal y al de sus subcontratistas.
Los Jefes de Obra están obligados a comunicar a la Dirección General de Obras el nombre de los encargados de Seguridad, los cuales cumplirán con la legislación vigente.
Cada supervisor que dirija o supervise el trabajo de otros, pondrá sus mayores esfuerzos en garantizar la seguridad de cada trabajador bajo su supervisión. Además, será responsable de la protección del equipo y propiedades dentro de su área de labor.
La planificación pondrá especial atención en eliminar o bien controlar los potenciales riesgos de daños a terceros.
Cabe destacar que además de resguardar la integridad psicofísica de los trabajadores, se asegurará su bienestar en el ejercicio laboral.
Se creará un marco adecuado para la coordinación de cada servicio con los programas de Seguridad e Higiene en el trabajo de los otros contratistas y subcontratistas, a los efectos de lograr el mejor cumplimiento de la normativa específica en la materia.
PROGRAMA DE SEGURIDAD
Cada servicio de Higiene y Seguridad en el trabajo, tiene la autoridad sobre sus operarios y los de sus subcontratistas y es responsable de la implementación de las reglamentaciones sobre el tema.
Las actividades principales del servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo de las empresas serán las siguientes:
✔ Habilitación del legajo técnico de Obra.
✔ Memoria descriptiva de la obra.
✔ Se definirá la ropa de trabajo adecuada.
✔ Se establecerá los elementos de protección personal y se tendrá un registro de entrega de los mismos.
✔ Se reglamentará el desarrollo de las actividades sin riesgo para los trabajadores, mediante normas y procedimientos redactados a tal fin.
✔ Se controlará el cumplimiento de las mismas enunciadas en el punto anterior.
✔ Se capacitará a todo el personal que realice tareas en obra en todos los riesgos de su actividad y los generales de la obra.
✔ Inducción básica inicial a todos los nuevos operarios que lleguen a la obra, entregándoles NORMAS BÁSICAS DE SEGURIDAD Y OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR.
✔ Inspecciones periódicas al lugar de trabajo para asegurar el cumplimiento de las normas de seguridad establecidas.
✔ Supervisar áreas de trabajo
Todo lo detallado anteriormente será llevado a cabo por el responsable del servicio, y sus asistentes cumpliendo con todas las reglamentaciones vigentes.
CAPACITACIÓN DEL PERSONAL
Objetivo: que el personal conozca los métodos de prevención de accidentes y siniestros; promover el conocimiento y el uso de elementos de protección personal y promover también el conocimiento y uso de los elementos de prevención y lucha contra incendios.
Temario:
✔ Normas básicas de seguridad en obra de construcción.
✔ Instrucción especial para capataces y supervisores (específica para esta obra.
✔ Primeros auxilios.
✔ Elementos de protección personal (protección respiratoria, ocular, auditiva, casco, arnés de seguridad, guantes, etc.).
✔ Esfuerzos físicos – movimientos y levantamiento de cargas.
✔ Alcohol y drogas.
✔ Prevención de incendios – rol de emergencias – evacuación. ✔ Riesgo eléctrico – soldadura eléctrica – soldadura y oxicorte.
✔ Trabajos en altura – construcciones en hormigón.
✔ Excavaciones – trabajos en la vía pública – prevención de accidentes.
✔ Orden y limpieza.
✔ Obligaciones del capataz y de los operarios.
✔ Aparatos y elementos para izaje – plumas, grúas y malacates.
✔ Estiba segura de materiales y productos.
✔ Andamios y escaleras.
✔ Señalética – colores de seguridad en obra.
La capacitación debe ser realizada a todos los niveles de la obra; y cada contratista debe convenir la periodicidad de la misma.
DISPOSICIONES GRALES. DE SEGURIDAD PARA EL PERSONAL DE LAS CONTRATISTAS:
Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo.
Normas internas de Dirección Nacional de Vialidad:
Todas las empresas contratistas están obligadas a cumplir y a hacer cumplir a sus subcontratistas las normas internas de seguridad e higiene adoptadas por Dirección Nacional de Vialidad, esto incluye las ya existentes y aquellas que se emitirán.
Serán también de su responsabilidad, el cumplimiento de todas las leyes laborales y previsionales vigentes, para su personal.
Se deja constancia, de su exclusiva responsabilidad por cualquier daño o perjuicio que pudiera ocasionar su personal, cualquiera sea la causa, a terceros y otros contratistas y subcontratistas quedando a su cargo las acciones de reparación y gastos que dichos daños ocasionen.
La Dirección General de la obra de Dirección Nacional de Vialidad, tiene el derecho de comprobar las medidas de seguridad tomadas por la contratista y si las mismas se ajustan a la legislación vigente y a los adelantos existentes en la materia. En el caso de no resultar satisfactorias, la dirección general de obras podrá accionar sobre la contratista para su corrección y/o modificación.
Si la contratista hiciera caso omiso a las órdenes impartidas por la Dirección General de Obras, entonces, ésta podrá disponer de las medidas necesarias a expensas de la contratista en cuestión.
Al iniciar la obra la Dirección General De Obras podrá controlar los equipos ingresados por la contratista y a su criterio hacer retirar aquellos que no cumplan con las condiciones mínimas de seguridad.
Todas las contratistas deberán contar con un servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo a cargo de un responsable habilitado y con personal auxiliar, si correspondiera, en función de la cantidad de personal.
El citado servicio deberá confeccionar y compilar el legajo técnico de obra que mínimamente deberá contemplar los siguientes aspectos:
● Memoria descriptiva de la obra a realizar.
● Programa de prevención.
● Programa de capacitación.
● Nómina actualizada del personal afectado a la obra en membrete de ART, con indicación de fecha de vencimiento del seguro de accidente de trabajo.
● Registro de elementos de protección personal.
● Registro de capacitación en materia de seguridad e higiene
● Toda la documentación precedente será firmada por el profesional responsable de seguridad e higiene y el jefe de obra. El programa de prevención deberá además ser firmado y aprobado por la ART del contratista de acuerdo con la resolución 51/97.
Afiliación a una Aseguradora de Riesgo de Trabajo
Respecto de sus dependientes, la contratista deberá acreditar que se ha afiliado a una ART autorizada por la SRT y por la SSN, de conformidad con las previsiones de la ley 24.557, su decreto y normas concordantes, debiendo entregar a la Dirección Gral. de Obras una copia de del contrato de afiliación y sus anexos, así como la constancia de la inscripción de este documento, en el registro de contratos de afiliación que lleva la SRT.
La dirección general de obras podrá reclamar de la contratista, en cualquier momento, la justificación del pago de las cuotas que se abonan conjuntamente con los aportes y contribuciones que integran la SUSS; asimismo, podrá solicitar informes sobre su cumplimiento directamente a la ART declarada por el contratista.-
El contrato entre ART y contratista deberá contener, además dos cláusulas del siguiente tenor:
1. ……….ART. renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de repetición o de regreso contra Dirección Nacional de Vialidad o cualquiera de sus empresas, su personal directivo, empleados u obreros, y/o contratados, bien sea con fundamento en los art. 6,39 y considerandos de la ley 24557, o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a otorgar o abonar al personal dependiente o expediente de (empresa contratista. alcanzados por la cobertura de la presente póliza, por accidente de trabajo o enfermedad profesional sufridos o contraídos por el hecho o en ocasión del trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo o viceversa.
2. …………ART. se obliga a comunicar a Dirección Nacional de Vialidad en forma fehaciente, los incumplimientos al contrato de afiliación en que incurra el coasegurado, y especialmente, en la falta de pago en término de las cuotas, dentro de los diez días de verificada cualquiera de esas circunstancias.
3. En caso de haber autónomos en la Obra los mismos deberán estar cubiertos por un seguro de accidentes personales, o seguro de vida con cláusula por accidentes de trabajo, por un monto similar al de las ART.
4. Los autónomos deberán firmar una cláusula por la cual, en caso de accidente en obra, Dirección Nacional de Vialidad queda deslindado de toda responsabilidad civil y penal sobre el mismo.
DESCRIPCIÓN DE LA OBRA Y ETAPAS CONSTRUCTIVAS CON FECHAS PROBABLES DE EJECUCIÓN:
La obra consiste en la construcción de….…con una superficie cubierta aproximada de…………..
RIESGO | MEDIDAS DE CONTROL DE RIESGOS |
1. – Condiciones de Higiene contagio /enfermedades. | 1. - Se construirá obrador para la utilización del personal que contará con: |
baño: con inodoros, lavabos y duchas provistos de sistema de agua caliente. vestuario: provisto con bancos y armarios guardarropas. 2. - Se higienizarán diariamente las instalaciones xxx xxxxxxx, | |
2. - Vestimenta de los trabajadores. Elementos de protección personal | 1. - Todo trabajador será provisto y obligado a utilizar permanentemente durante la permanencia en Obra, xx xxxxx de seguridad, y calzado de seguridad con puntera de seguridad. 2. - Se utilizarán guantes en las tareas que correspondan. 3. - En tareas que se realicen con desniveles mayores a 2 |
mts. Se utilizará arnés de seguridad con cola de amarre. | |
4. - En puestos de trabajo con ruidos superiores a 85 db (A) de nivel sonoro, se utilizará protección auditiva.- | |
3. -Protección por caída de objetos de distinto nivel.- | Para la prevención de este tipo de accidentes el personal hará uso permanente xxx xxxxx de seguridad. |
En los lugares con posibilidad de caída de objetos en sectores | |
donde trabaje permanentemente el personal o transiten | |
regularmente se construirán defensas protectoras de material | |
rígido. | |
Los lugares de elevación continua de materiales (montacargas, guinches, norias, etc.) se cercarán para evitar que se transite debajo.- |
Listado de rubros y su cronología tentativa de ejecución: RIESGOS GENERALES Y ESPECÍFICOS DE OBRA: PLANILLAS DE RIESGOS GENERALES
4. -Caída de Personas | Se construirán conforme al avance de obra barandas en todos los sectores con posibilidad de caída de personas (bordes expuestos de losas, huecos, fosas. En tareas donde no sea factible la colocación de barandas, o si a pesar de la construcción de las mismas persista la posibilidad de caídas del personal que las ejecuta, se realizarán las tareas con el uso xx xxxxx de seguridad amarrado a un punto fijo de la estructura. |
Está terminantemente prohibido el transporte de personas en elementos de elevación que no sean específicos para esa función.- | |
5. - Riesgo Eléctrico | La instalación eléctrica en obra se hará a través de un tablero principal, que contará con llaves xx xxxxx termomagnéticas, interruptor por accionamiento xx xxxxx diferencial y puesta a tierra por medio de jabalina hincada al terreno. Todos los conductores utilizados serán del tipo xx xxxxx aislamiento y se verificará el correcto estado de los mismos. Todas las máquinas eléctricas tendrán sus masas conectadas a tierra (se exceptúan las máquinas manuales que poseen protección por sistema xx xxxxx aislación.- |
6. - Riesgos ergonómicos | Para la prevención de lesiones en la columna, desgarros musculares, etc., se mecanizará cuando sea posible el movimiento de materiales. Se capacitará a los trabajadores en la manera correcta de levantar, transportar y llevar pesos en forma manual. Se adjunta norma de seguridad respecto al tema.- |
7. - Riesgos generales | Está prohibido ingresar e ingerir bebidas alcohólicas en obra. Se realizarán las acciones necesarias para mantener el orden y la limpieza de la obra. Se mantendrán iluminadas las escaleras, obradores y sectores de circulación frecuente de los trabajadores.- |
8. - Riesgos de incendio | Se colocarán extintores de incendio de polvo químico seco triclase en las instalaciones xxx xxxxxxx y tablero eléctrico principal. En zonas o locales donde se almacene líquidos inflamables se instalarán extintores y se señalizarán con leyendas de prohibido fumar. En frentes de trabajo donde se generen llamas o chispas, como tareas de soldadura, se proveerá de extintores de incendio. De acuerdo a las necesidades en el avance de obra se realizarán las acciones necesarias para la prevención de estos riesgos.- |
9. – Radiaciones no ionizantes | Las tareas de soldadura eléctrica se realizarán con el uso del siguiente equipo de protección personal: ✔ Máscara facial con cristal oscuro. ✔ Delantal de cuero con protección de plomo. ✔ Guantes. |
Se instalarán pantallas protectoras para proteger los lugares trabajo de otros trabajadores. Se establecerán normas de seguridad para tareas de soldadura | |
10. – Otros | Se realizará capacitación al personal por medio de charlas con el mismo, en él se le entregará material escrito. Se colocarán carteles con leyendas y pictogramas de prevención de riesgos en general.- |
OPERACIÓN | NATURALEZA DEL TRABAJO | MEDIDAS DE CONTROL | MATERIALES | RIESGOS |
1 Demolición | - Apuntalado de edificios antiguos. - Acarreo de material de los pisos superiores. - Remoción xxx xxxxx. - Máquinas | - E.P.P. - Vallado y señalización. - Jefe de Obra. - Bandejas de protección - Apuntalamiento. - Corte de suministro de servicios. - Mantenimiento preventivo | - escombros - perfiles | caída de: - personas - escombros - herramienta |
2. - Demolición | - Excavación - Relleno | - E.P.P. - Jefe de Obra. - Vallado y Señalización - Iluminación | - Tierra - Escombros | - Deslizamiento de tierra - Desprendi- miento de tierra |
3. - Cimentación | - trabajos en altura - doblado de hierros - relleno con HºAº - maquinas | E.P.P. - Jefe de Obra - vallado y señalización - iluminación | HºAº elaborado - maderas | - Deslizamiento de tierras - Desprendi- miento de tierra - Caída de personas |
4.- Estructuras encofrado | - trabajos en alturas | -E.P.P. | - Hº elaborado - acero | Caída de: - Personas |
HºAº Metálicas Premoldeadas | - máquinas - doblado de hierros | - jefe de obra señalización - vallado y - mantenimiento preventivo - redes - orden y limpieza - pantallas de protección | - maderas | - Materiales -Herramientas |
PCP - DNV
PLIEG-2021-67542308-APN-DSL#DNV
5. - Andamiajes | - Trabajos en altura | - E.P.P. - jefe de obra - xxxxxxx y señalización - bandejas de protección | -. maderas -. caños | Caída de: Personas Herramientas |
6. - Albañilería | - trabajos al mismo nivel - trabajo en altura - levantar paredes - revocar paredes | - trabajos al mismo nivel - trabajo en altura - levantar paredes - revocar paredes | - mampuestos - morteros y mezclas | Salpicado ocular |
7. - Instalaciones | - armado de cañerías,prefabrica ción xx xxxxxxx - ídem para ductos de ventilación - conexionado -xxxxxxx xx xxxx- rías - trabajos en altura | E.P.P. Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Jefe de obra | Perfiles, riendas y sostenes.- Caños Maderas Cables | Caída de: Personas Materiales Herramientas Sobreesfuerzo p/embolsado de viento |
8. - Pinturas | Trabajos con aire comprimido. Trabajos con pinturas especiales Trabajos en alturas | E.P.P. Ventilación Mantenimiento de equipo | Pintura Materiales Nocivos | Caída de: Personas Materiales Herramientas Ruidos, vibraciones Quemaduras Cortes |
9. - Montaje de la instalación eléctrica | Trabajos en altura | E.P.P. Herramientas con aislación | Caños, cajas, tableros.- | Caídas desde Altura electrocución |
- tendido xx xxxxx - cableado | Ensamblado, cableado, conexionado | Elemento de seguridad p/corte de energía eléctrica | Cables Artefactos de iluminación |
10. - Tareas incompatibles | Realizar tareas simultaneas a diferentes alturas en el mismo lugar | Prohibir la simultaneidad | Derivados de tareas simultaneas |
8.12.3. Normas de seguridad para Empresas Contratistas – D.N.V. 3
La Dirección Nacional de Vialidad tiene por objetivo ser una dirección eficiente y responsable, que contribuye efectivamente al desarrollo del país dotando la infraestructura necesaria para la prosecución de estas metas.
La Dirección Nacional de Vialidad de acuerdo a lo establecido en las Leyes 24057, 19.587, decreto 351/79 sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, es solidariamente responsable de las obligaciones que afecten a sus contratistas en lo referente a la prevención de riesgos profesionales de sus trabajadores. Igual responsabilidad afecta al contratista con sus subcontratistas, por lo cual la prevención de accidentes laborales requiere de una constante y sostenida acción programada.
En consideración a lo expuesto, se establece lo siguiente sobre prevención de accidentes y enfermedades profesionales que deben aplicar las empresas contratistas que presten sus servicios a la Dirección Nacional de Vialidad.
I.- Las empresas contratistas son responsables de la prevención de accidentes en cada contrato donde presten sus servicios.
II.- Las empresas contratistas deben mantener tareas en un ambiente seguro y saludable desde el inicio hasta el término del contrato.
III.- Deberán cumplir con todas las disposiciones legales vigentes sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
IV.- La prevención de accidentes debe estar integrada a la ejecución de los trabajos por medio de un programa de actividades que garantice la máxima protección a la integridad física y salud de los trabajadores.
V.- La seguridad es responsabilidad de todos y cada uno de los integrantes de la empresa contratista.
VI.- Los responsables de la empresa tienen la obligación de hacer cumplir los principios establecidos, y divulgarlos ampliamente a sus empleados y subcontratistas.
VII.- La Dirección Nacional de Vialidad considera un elemento importante en la adjudicación de sus contratos el desempeño de las empresas, en materia de prevención de riesgos, para lo cual tendrá presente el cumplimiento de la presente norma.
a) Procedimiento de iniciación de los trabajos
OBJETIVO
Establecer el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes para mantener un alto nivel de seguridad e higiene industrial durante el desarrollo de la obra contratada.
ALCANCE
Toda empresa contratista y subcontratista que preste servicio a la Dirección Nacional de Vialidad.
El contratista deberá presentar en la Dirección Nacional de Vialidad con 72 hs de antelación lo siguiente:
b) Normativa
Este procedimiento será entregado por área de Recursos Humanos (Seguridad e Higiene), al contratista, debiendo éste (o quien acredite la representación de su empresa) firmar el documento de recepción del mismo.
c) Legislación aplicable
● Ley Nacional de Higiene y Seguridad en el trabajo N° 19587 /Decreto 351/79 ● Decreto para la construcción 911/96 y Resoluciones complementarias.
● Ley Nacional de accidentes del trabajo N° 24557 y sus resoluciones.
● Leyes y reglamentaciones provinciales y municipales cuando sean de aplicación. ●
Convenios colectivos de trabajo vigentes para la actividad de que se trate.
● Leyes y decretos nacionales y/o provinciales de Medio Ambiente
● Las leyes y/o decretos y/o procedimientos y/o disposiciones internas, son las vigentes a la fecha de emisión y serán automáticamente suplantadas si en el futuro otras las reemplazan o complementan, según corresponda.
1) Antes del inicio de las obras:
I.- Formulario "Registro de Empresas Contratadas" por Dirección Nacional de Vialidad.
II.- Original y fotocopia del contrato de la Aseguradora del Riesgo del Trabajo (A.R.T.) o autorización de autoseguro extendido por la Superintendencia del Riesgo del trabajo (Ley N°
24.557) y nómina del personal afiliado emitido por la ART que presentará para la Dirección Nacional de Vialidad.
III.- Fotocopia de la matrícula del responsable del Servicio de Higiene y Seguridad en el trabajo. De acuerdo al Cap. 3 del decreto Nº 911/96 ley 19587 y la disposición N° 41/89.
IV.- Nota que acredite la relación contractual de la empresa con el profesional habilitado del servicio de higiene y seguridad.
V.- Constancia de la presentación del programa de seguridad según los requisitos que se definen en el anexo I de la resolución 51/97 ante la aseguradora del riesgo del trabajo – ART.
VI.- Nota informando cuáles serán los centros asistenciales de derivación ante el caso de accidentes.
VII.- Nota informando el servicio de ambulancia contratado para el traslado de los accidentados.
VIII.- Nota informando donde será derivado el personal en caso de enfermedades inculpables (no accidentes de trabajo) y sistema de emergencia contratado.
IX.- Plan de emergencia para atender situaciones críticas (incendios- lesionados graves, accidentes en ruta, etc.).
X.- Certificados de exámenes preocupacionales de cada trabajador debidamente firmado e indicando su aptitud (A-B-C-D) por el Instituto médico interviniente (Medico Laboral).
XI.- Constancia de homologaciones de incapacidades detectadas en los exámenes preocupacionales. Ante la autoridad competente.
XII.- Constancia de comunicación a la ART con cinco días de anticipación, de la fecha de inicio de todo tipo de obra que emprendan.
XIII.- Certificado de verificación técnica de todos los vehículos que están afectados a la obra.
XIV.- Seguros de responsabilidad civil de toda máquina pesada, vehículo automotor y o remolque afectado a la obra.
XV.- Certificación técnica de todos los equipos que se encontraran afectados al izaje de cargas.
XVI.- Nómina del personal autorizado para operar vehículos y fotocopia de su respectiva habilitación.
XVII.- Constancia de seguro de accidentes personales para el caso de trabajadores autónomos; empresas unipersonales; fleteros y/o remiseros que manejen su propio vehículo; choferes sin relación de dependencia, que manejen vehículos de terceros y toda forma de contrato donde el contratista y el subcontratista sea autónomo frente a la legislación laboral y/o impositiva.
2) Durante la ejecución de la obra, se presentará la siguiente documentación:
- Confección de legajo técnico de obra, de acuerdo a lo especificado en el artículo 3, de la resolución 231/96.
- Fotocopia de la denuncia de accidente presentada ante la ART.
- Comunicar de inmediato todos los accidentes que ocurran, sean estos con días perdidos o sin ellos y presentar el informe de investigación del accidente dentro de las 24 hs. de producido.
- Fotocopia del registro de entrega de elementos de protección personal con acuse de recibo por parte de cada trabajador y especificación del elemento entregado.
- Fotocopia del registro del personal participante en los cursos de capacitación impartidos.
- Estadística mensual de accidentes, donde se consignarán los siguientes datos: cantidad de personal expuesto al riesgo, cantidad de horas trabajadas, tasa de frecuencia, tasas de gravedad, tasa de incidencia.
- Fotocopias de auditorías /inspecciones realizadas para prevenir accidentes.
d) Situaciones de incumplimiento
Cuando el contratista incurra en incumplimientos de alguna de las obligaciones relacionadas con la presente norma, será pasible a sufrir sanciones que la gravedad y la urgencia de situación lo justifiquen. Pudiendo llegar hasta la cancelación del contrato.
El no cumplimiento de la normativa presente, habilitará a Higiene y Seguridad para la paralización de los trabajos que esté desarrollando el contratista, hasta tanto no regularice las condiciones de seguridad específicas.
En ningún caso se reconocerá mayores costos y/o adicionales que resulten como consecuencia de dicha paralización.
e) Consideraciones generales
Las normas que a continuación se detallan, son de carácter básico y general.
En el supuesto caso de que alguna situación pudiera exceder su posibilidad de neutralización de riesgos, deberá plantear la situación a la Dirección Nacional de Vialidad y evaluar la minimización o neutralización en forma conjunta, en caso contrario será pasible a sanciones.
1) Está prohibido introducir o ingerir cualquier tipo de bebida alcohólica, drogas sin la autorización médica correspondiente, portar armas, en todo el ámbito de la obra. Ingresar en estado de ebriedad.
2) Está prohibido correr, subir o bajar escaleras corriendo, provocar bromas, arrojar objetos contundentes o utilizar, aceite, grasa, aire comprimido; a tal fin, promover juegos xx xxxx.
3) Instalar los carteles y la señalización necesaria para información de riesgos, medios de protección, normas básicas de seguridad, etc.
4) Lo indicado en letreros y avisos de seguridad ubicados en los sectores por donde circule y/o trabaje debe cumplirse obligatoriamente.
5) La circulación de vehículos dentro de la obra se hará respetando las señales reglamentarias instaladas y a una velocidad máxima de 10 km/hora.
6) No se podrá transportar pasajeros en cajas de camionetas o camiones no aprobados, como así también en cualquier otro equipo móvil de obra no apto para el transporte de personas.
7) El estacionamiento de vehículos se hará solamente en los lugares autorizados, evitando obstruir sendas peatonales, xxxxxxxx xx xxxxxxxx.
8) En caso de necesidad, y al solo efecto de cargar o descargar herramientas, equipos y/o materiales, se podrá estacionar en lugares no autorizados, previo acuerdo entre el responsable de seguridad de la empresa.
9) Todo el personal contratista utilizará ropa de trabajo, la cual debe cubrir el torso, y las piernas.
10) Evitar toda posibilidad de superposición de tareas.
11) No se podrá utilizar líquidos inflamables para limpieza, salvo expresa autorización.
12) Se deberá delimitar con vallas o cintas bicolor u otro medio visible los sitios donde puedan ocurrir:
a.- Caídas de objetos.
b.- Caída de vehículos y/o equipos.
c.- Lesiones personales debidas a otras tareas que se estén realizando en la: c.1.-zona, tales como:
c.2.- Trabajos en altura. c.3.- Excavaciones.
c.4.- Pruebas hidráulicas.
c.5.- Corte con arc- air u oxiacetilénico.
c.6.- Operaciones con equipos o tableros con tensión.
13) No se podrá utilizar aire comprimido u oxígeno para limpieza personal o de otro tipo.
14) No deberá usar xxxxx x xxxxxxx largo cerca de máquinas rotativas o en lugares donde deba usarse protección respiratoria.
15) No poner en funcionamiento o utilizar equipos que no sean de su propiedad y/o sin autorización.
16) No deberá efectuar excavaciones sin consultar planos de instalaciones enterradas o sin la correspondiente autorización escrita.
17) No podrá permanecer injustificadamente en lugares ajenos al trabajo.
18) No se podrá utilizar calentadores, cocinas, estufas sin la debida autorización.
19) No se deberá circular debajo de cargas suspendidas o de lugares donde se realicen trabajos en altura.
20) Esta prohibido almacenar materiales combustibles o explosivos sin previa autorización.
f) Elementos de protección personal.
1) Todo personal de contratista está obligado a utilizar los elementos de protección personal necesarios para las tareas que realicen.
En tal caso el empleador directo deberá proveerle todos aquellos elementos necesarios para la prevención de los riesgos que las tareas impliquen, como ser:
2) Casco de seguridad.
Casco de seguridad - Uso obligatorio en toda la obra.
3) Protección facial / ocular.
El uso de protección facial/ ocular será obligatorio en toda tarea donde exista riesgo de proyección de particular. amolado, picado, etc.
4) Cinturón de seguridad.
El cinturón de seguridad con arnés completo será obligatorio en tareas de altura donde supere el 2,00 mts. y el operario trabaje sobre andamios, plataformas, escaleras, paredes (demolición) o techos, que carezcan de suficiente protección contra caídas.
5) Calzado de seguridad.
El calzado de seguridad con puntera xx xxxxx es obligatorio para todo el personal contratista.
6) Guantes
Los guantes para tareas generales serán de cuero, cuero-cromo para soldaduras, dieléctricos para electricistas y el adecuado para el manejo de productos químicos agresivos a la piel. (Nitrilo).
7) Todo otro elemento de protección que el riesgo justifique.
8) Estos elementos de protección se deberán conservar en buen estado de uso. Su tipo y calidad estarán de acuerdo con las normas IRAM vigentes y las normas homologadas por la Superintendencia de riesgos del trabajo. La provisión deberá hacerla el empleador a cada operario antes de comenzar la tarea específica.
g) Trabajos en altura.
1) Andamios. Será obligación.
2) Los andamios autorizados a utilizar son modulares ó tipo (Acrow). No están permitidos los andamios construidos con madera. Serán armados por personal capacitado y estarán en perfectas condiciones de uso.
3) Cuando se utilicen andamios, éstos contarán con piso que será firme y resistente, de un ancho mínimo de 60 cm. y unidos firmemente a la estructura y/o caballetes. Además, deberán poseer su correspondiente baranda protectora. De no poder cumplir totalmente con lo especificado en éstos, el personal afectado deberá trabajar con cinturón de seguridad y cabo-salvavidas.
4) Cuando los andamios se armen en zonas de tránsito o de trabajo se deberá contar con elementos adecuados para evitar la caída de objetos. Asimismo, a nivel piso, se deberá circundar la zona con señales, sogas, cadenas plásticas (color xxxxx y blancas) o con cintas plásticas anchas (color xxxxx y blancas) que adviertan el peligro.
5) Los tablones a utilizar para andamios y plataformas serán de dos pulgadas de espesor un pie de ancho en buenas condiciones, sin pintar y sin nudos que los vuelvan frágiles.
6) Atar firmemente los tablones a la estructura del andamio, solapándolos solamente sobre los caños transversales.
7) Amarrar la estructura del andamio, cuando esto sea necesario por su altura o su esbeltez, a una estructura firme, mediante anclajes adecuados.
8) Utilizar tablones para suplementar la altura en los pies del andamio, cuando la configuración del terreno así lo requiera.
9) Trabar eficazmente las ruedas de los andamios que posean en sus pies, para evitar su movimiento. No es suficiente girar las ruedas para que no tengan el mismo sentido de orientación.
10)No improvisar andamios con tambores, tablas comunes u otros elementos no específicos.
11)No podrán utilizarse escaleras portátiles como caballetes para andamios, ni tampoco como plataformas de trabajo.
12)Los andamios, guindolas y todo otro dispositivo para trabajos en altura deben estar construidos con elementos y materiales que brinden absoluta seguridad a los trabajadores que los utilizan, de forma tal que impidan la caída de las personas, herramientas y otros elementos. Asimismo, deberán ser perfectamente visibles tanto en horario diurno como nocturno, sobre todo cuando estén sobre caminos, veredas o zonas de operación.
13)En caso de utilizar silletas, guindolas, balancines etc. cada uno de los operarios deberá estar amarrado con su cinturón de seguridad y un dispositivo salva caídas a un cable xx xxxxx fijado en forma independiente a los dispositivos de izaje mencionados.
14)Todos los elementos y estructuras utilizados para trabajos en altura deberán ser aprobados por personal de la Dirección Nacional de Vialidad antes de comenzar las tareas.
h) Escaleras portátiles.
1) Las escaleras portátiles cualquiera sea su material constructivo no podrán estar empalmadas.
2) Las xx xxxxxx deberán estar protegidas con un barniz incoloro o laca; no deben pintarse con esmalte sintético. Las de aluminio y/o fibras xx xxxxxx no deberán pintarse con esmalte sintético.
3) Todo tipo xx xxxxxxxx, simple, de tijera o extensible contará con zapatas de goma antideslizantes en sus bases.
4) Las escaleras tipo tijera contarán con cadenas de seguridad y/o bisagras separadas, las que deberán estar bien ajustadas.
5) Las escaleras simples podrán utilizarse para alturas hasta 5 metros, deberán colocarse en el ángulo correcto (relación 1 a 5) con respecto a la pared de apoyo y de ser necesario fijarlas firmemente a la pared, postes y/o columnas.
6) Para trabajos con electricidad deben utilizarse escaleras xx xxxxxx o de fibra xx xxxxxx (dieléctricas).
7) No podrán utilizarse escaleras portátiles como caballete de andamios.
8) No podrá utilizarse una escalera tipo tijera a modo xx xxxxxxxx simple apoyándola contra una pared, un poste y/o columna.
i) Uso de artefactos con llama abierta.
1) Antes de iniciar cualquier trabajo que involucre llamas abiertas x xxxxxxx de calor, debe obtenerse el correspondiente Permiso de Trabajo en Caliente. Los trabajos podrán ser efectuados únicamente observando las medidas indicadas en el permiso.
2) No se autoriza la improvisación de mecheros para calentar brea, plomo, fundir bituminosos, o para cualquier otro fin, etc., usando sopletes de autógena ó a gas.
Deberá contar para ello con mecheros adecuados. Antes de comenzar a utilizarlos deberá solicitar autorización e indicación del lugar más adecuado para utilizarlo.
j) Equipos contra incendio / Siniestros.
1) Las empresas contratistas contarán con elementos de protección contra incendio que serán de su propiedad. Deberán cubrir todo el predio y en especial en la xxxx xxx xxxxxxx y depósito de materiales y pañol.
2) Cada equipo estará identificado con el nombre de la empresa contratista; los equipos estarán fabricados bajo normas IRAM.
3) No está permitido utilizar hidratantes, mangueras, extintores manuales, etc., para otros fines que los de su uso específico, como así tampoco retirarlos de sus lugares. El hacerlo puede provocar que se necesite para un siniestro y el equipo no funcione.
4) En caso de incendio en otros sectores de la obra, alejados de la zona de trabajo, el personal del contratista solo intervendrá en el mismo, cuando el jefe de brigada o la coordinación de eventos soliciten colaboración. De lo contrario se mantendrá agrupado, alejado de la zona de riesgo, sin obstaculizar la tarea y esperando instrucciones.
5) En caso de que el siniestro ocurra en el área en que opera la contratista, esta deberá intervenir de inmediato con los elementos disponibles, inmediatamente atacará el mismo con el personal idóneo en el uso y utilización de los elementos de defensa contra incendio y se dará aviso a los organismos de defensa zonales.
6) Todo el personal deberá estar instruido para combatir cualquier principio de incendio y estar familiarizado con los equipos con que cuentan.
k) Orden y Limpieza.
El orden y la limpieza son elementos básicos para trabajar con seguridad, dado que generan un ambiente apto para el desarrollo de las tareas.
1) Tanto el obrador, xxxxx, como el lugar de trabajo en obra deberá estar y mantenerse limpio y ordenado, libre de todo desecho, escombro, basura o desperdicio que pueda ocasionar accidentes, principios de incendio entorpecer el normal desenvolvimiento de las tareas.
2) La basura general será guardada en bolsas de polietileno que proveerá la empresa contratista y colocada en los recipientes metálicos con tapa que será propiedad de cada empresa contratista.
3) Los trapos sucios con grasas, aceites, etc., deben almacenarse en recipientes metálicos con tapa que serán propiedad de cada empresa contratista.
4) No se deberán dejar maderas con clavos.
5) Se deberán limpiar inmediatamente todo derrame de combustible aceite, o cualquier otro hidrocarburo que se derrame.
6) Se deberán retirar escaleras andamios, máquinas y equipos que no se utilicen, colocándolos en el lugar adecuado.
7) Mientras no se utilicen, los materiales estarán almacenados ordenadamente y fijados correctamente en lugares adecuados.
No se deben almacenar o depositar equipos, materiales, herramientas en zonas de tránsito junto a equipos de incendio, salidas de emergencia o tableros eléctricos.
l) Ingreso a lugares restringidos.
1) Ninguna persona del contratista podrá ingresar sin autorización a lugares restringidos tales como:
i.- Sala de tableros eléctricos. ii.- Sala de bombas.
iii.- Recintos detransformadores. iv.- Depósitos de combustibles.
v.- Recinto de radiografiado industrial.
vi.- Todo otro lugar que presente riesgo para las personas.
2) Antes de ingresar al lugar se deberá verificar la existencia de oxigeno gases vapores tóxicos. Para tales verificaciones el contratista deberá contar con los instrumentos de medición adecuados.
3) Para ingresar en ambientes confinados, con riesgo de sub-oxigenación, se deberá contar con equipos autónomos de respiración en cantidad tal que permita disponer de un equipo -cómo mínimo- de reserva para que pueda ingresar un segundo hombre en caso de emergencia.
4) Al entrar en espacios confinados, el trabajador deberá llevar -además xx xxxxx- el cabo salvavidas que permita rescatarlo desde el exterior.
5) Se deberá utilizar iluminación de 24 volt, cuando existe riesgo de explosión o inflamabilidad se utilizará iluminación antiexplosiva y no se generará ninguna tarea que genere ignición.
m) Trabajos con equipos de Oxicorte.
1) Se cumplirá en todo lo establecido en la Norma Para Realizar Trabajos en Caliente "Autorización de trabajos con soldadura, corte que necesiten generación de fuego”.
2) No se deberá utilizar aceite o grasa cuando se operen válvulas o accesorios de los
cilindros de gases comprimidos.
3) Los tubos de oxígeno y acetileno estarán dispuestos sobre carros porta tubos, sujetos con cadena metálica y alejados de toda fuente de calor.
4) Los equipos oxicorte (incluido gas en garrafa) deberán estar en las siguientes condiciones:
i.- Con válvula reguladora de presión, llave para cerrar tubo de acetileno. ii.- Manómetros en perfectas condiciones. iii.-
Mangueras sin empalmes, fisuras o grietas. iv.- Con válvulas de seguridad para retroceso de llama.
v.- Con abrazaderas metálicas en las uniones de las mangueras con las válvulas y sopletes.
5) Además los cilindros contarán con:
i- Prueba hidráulica estampada (actualizada). ii.- Con la tapa correspondiente.
iii.-Identificados mediante colores normalizados.
n) Trabajos con Equipos de soldaduras eléctricas
1) Para los trabajos de soladura por arco eléctrico el cable de masa se conectará únicamente con el elemento a soldar y no con cualquier otro objeto de la obra.
2) La puesta a tierra de los equipos de soldar deberá conectarse directamente con el tablero de distribución eléctrica y no con cañerías o partes de estructurales de la obra.
3) Pinzas porta-electrodos en perfectas condiciones.
4) Cables sin empalmes ni uniones, con su correspondiente ficha tomacorriente, para el amperaje adecuado y en buenas condiciones.
o) Trabajos con Compresores con Motor Explosión.
1) Cuando se emplea compresores con motor a explosión para trabajos xx xxxxxxx, hidrolavado, martillo neumático, granallado, pintado, dicho elemento se colocará a cielo abierto.
2) El personal que utiliza el martillo neumático, además de los elementos de seguridad exigidos de uso general, utilizará protectores auditivos de copa. Igual requisito deberá cumplir el personal ayudante y/o los que estuvieran en el lugar o recinto trabajando.
3) Para trabajos xx xxxxxxx o granallado, el operario encargado de las tareas, además de los elementos de seguridad exigidos de uso general, utilizará el capuchón con suministro de aire.
4) Además deberán contar con lo siguiente:
i.- Con su correspondiente silenciador.
ii.- Mangueras sin empalmes, ni fisuras, ni grietas y uniones con abrazaderas metálica (no alambre).
iii.- Batea para recoger pérdidas de combustible, aceite etc.
p) Envases con productos peligrosos.
1) Se entiende como productos peligrosos a los siguientes:
● Explosivos.
● Gases comprimidos, licuados o disueltos bajo presión.
● Líquidos inflamables.
● Sólidos inflamables.
● Productos oxidantes.
● Productos venenosos.
● Productos infecciosos.
● Productos radioactivos.
● Productos corrosivos.
2) La empresa contratista pondrá en conocimiento y solicitará la autorización correspondiente cuando deba utilizar productos peligrosos.
3) Los residuos de cualquier producto peligroso no podrán ser volcados en la red cloacal, pluvial, zanjas a cielo abierto, Será obligación del contratista guardarlos en recipientes adecuados, claramente identificados y retirarlos de la obra.
4) Cada envase con producto peligroso tendrá el nombre de la sustancia que lo contiene y además tendrá el rótulo distintivo del riesgo de dicho producto.
5) Los rótulos se colocarán en una posición destacada y fijados por un adhesivo que asegure una muy buena adhesión.
6) Los envases serán de material sintético o metálico, no xx xxxxxx, tendrá su respectiva manija, pico vertedor y su correspondiente tapón o cierre el que estará firmemente asegurado sin dar lugar a pérdidas.
7) El almacenaje de los envases con producto peligroso se hará en un piso firme, en lugar fresco, ventilado y lejos de la acción de los rayos solares.
q) Riesgo eléctrico.
1) Todos los equipos de obra con alimentación eléctrica deberán contar con su correspondiente llave de corte individual al alcance del operador.
2) Los tableros portátiles deben ser metálicos, no xx xxxxxx, y todos los elementos que los constituyen correctamente instalados y en buenas condiciones. Deberán poseer disyuntor diferencial.
3) No se permite el uso de equipos eléctricos sin puesta a tierra, a menos que estén provistos xx xxxxx aislasen.
4) Los empalmes, conexiones, derivaciones etc. serán ejecutados con elementos adecuados como fichas, tomacorrientes, empalmes etc. mientras que los cables
deberán ser de tipo taller y tendrán sección adecuada a la intensidad de corriente a emplear.
5) Se evitará el desorden en la instalación eléctrica y su distribución y se protegerán aquellos cables que deban cruzar vías transitables.
r) Protecciones en máquinas.
1) Todas las máquinas utilizadas deberán contar con sus correspondientes protecciones mecánicas, tales como protección xx xxxxxx de amolar, protecciones xx xxxxxxx, arrestallamas en equipos oxicorte (válvula de seguridad) etc.
s) Operaciones con vehículos y máquina automotriz.
1) Los vehículos deberán mantenerse en correcto estado de utilización y estarán de acuerdo a las normas legales vigentes al respecto, en la jurisdicción donde operen.
2) Se verificará el correcto funcionamiento del sistema de frenos (de tránsito y estacionamiento), luces de posición y/o reglamentarias, dirección, bocina limpiaparabrisas, buen estado de los neumáticos, paragolpes y espejos retrovisores.
3) Los vehículos estarán dotados de cinturones de seguridad conforme con la cantidad de pasajeros que transportan, al igual que los apoya cabezas.
4) Los camiones y camionetas que se usen para transporte de personal deben acondicionarse a tal fin. Para ello se le incorporarán asientos, pasamanos, barandas, estribos y todo aquel elemento que resulte necesario. No se permitirá que viajen personas paradas en las cajas de los vehículos y en los bordes, estribos o para golpes de los mismos.
5) Todos los conductores deberán cumplir con las normas de seguridad y con las reglamentaciones de tránsito vigente, tanto fuera como dentro de la obra; especialmente a lo que se refiere a velocidades máximas indicadas en las diferentes vías de circulación.
6) En los obradores se transitará a paso de hombre.
7) DNV por medio de su supervisor responsable podrá ordenar el retiro del vehículo o máquina automotriz que no cumpla con lo especificado en la presente norma, así como el conductor que no acate las disposiciones.
t) Señalización - Zanjas - Excavaciones:
1) Se deberá alertar adecuadamente la presencia de obstáculos que pudieran originar accidentes.
2) Para las horas diurnas se utilizarán barreras o carteles indicadores que permitan avisar debidamente sobre peligros, siendo conveniente estudiar su situación para evitar el retroceso de vehículos por falta de adecuado señalamiento. Este se hará de acuerdo a lo indicado en la norma de colores de seguridad.
3) En horas nocturnas se utilizarán complementariamente a las barreras, balizas de xxx xxxx en lo posible intermitentes, a prueba de explosión con alimentación eléctrica para zonas de seguridad.
4) Queda prohibido colocar balizas de las denominadas “de fuego abierto”, dentro de zonas de seguridad.
5) Si fuese necesario ejecutar zanjas o pozos y en especial si fueran de profundidad apreciable, se tendrá preferente cuidado en considerar el tipo de terreno y efectuar los cortes laterales de acuerdo al talud que correspondiere al mismo. Deberá asimismo prever las correspondientes salidas de emergencias. El pozo o zanja, tendrá las dimensiones adecuadas para permitir al personal su libre accionar en toda circunstancia. Se deberá consultar planos de la zona para verificar la presencia de cables eléctricos, cañerías, etc. con el objeto de evitar producir daños a los mismos y accidentes personales.
6) Cualquier excavación que se realice deberá contar con algún sistema de protección en todo su perímetro.
7) Cuando la profundidad supere 1,20 m. deberá usarse escaleras para el ascenso y descenso del personal.
8) El material extraído deberá colocarse a no menos de 1 m del borde de la excavación, colocándose barreras para delimitar el área.
9) En todo momento deberá permanecer libre el espacio necesario para la circulación del personal en casos de emergencia como, asimismo.
10)Deberá estudiarse cuidadosamente el posible deslizamiento del terreno y si fuera necesario se efectuará el apuntalamiento correcto.
11)Cuando la excavación se realice próxima a sobrecargas, equipos, acumulaciones de materiales, etc., el apuntalamiento deberá hacerse en todos los casos.
12)Cuando el personal debe trabajar dentro de una zanja para diferentes servicios estando realizado el tendido, deberán colocarse caños transversales de protección sobre zanja.
u) Radiografía y gammagrafía industrial.
1) Cuando deban realizarse pruebas radiográficas en equipos y/o instalaciones, la empresa contratada que realice el trabajo, contará con el permiso correspondiente de la Comisión Nacional de Energía Atómica a nivel empresa y los permisos individuales (operadores de equipos y/o ayudantes).
v) Utilización de instalaciones o equipos ajenos.
1) Ninguna persona del contratista podrá operar o utilizar instalaciones, herramientas, líneas de gases (aire comprimido, oxígeno, gases combustibles etc.) que no sean propias sin la debida autorización de su dueño.
w) Manipulación y uso de explosivos.
Todo contratista que para el desarrollo de sus trabajos deba transportar, almacenar, manipular y usar explosivos, debe dar fiel cumplimiento a las siguientes disposiciones legales.
● Ley nacional xx xxxxx y explosivos N° 20.249 (Ley de carácter general).
● Decreto N° 302/83 y sus modificaciones.
● Normas establecidas por el manufacturero.
1) Todo contratista que deba utilizar explosivos debe tener autorización previa.
2) Toda persona que trabaje con explosivos, debe tener autorización vigente.
3) El contratista debe tener en el frente de trabajo, previo a ejecutar la voladura, todos los accesorios e instrumentos que el manejo y uso de explosivos exige.
4) Las voladuras con disparos iniciados eléctricamente deben contar con galvanómetros y/o voltímetros y máquina eléctrica detonadora de estopines o detonadores.
5) El contratista debe tener autorización previa cada vez que deba realizar voladuras, para ello debe presentar una solicitud indicando el lugar, fecha y hora de la voladura.
6) El contratista para cualquier voladura que deba ejecutar, debe destinar un número adecuado de señaleros, debidamente implementados con banderines amarillos o rojos, cuya función será de controlar el acceso de personas y vehículos a la zona de voladura.
7) En toda voladura habrá letreros de advertencia, señalizaciones visuales, luminosas, xxxxxxxx xx xxxxxxxx, alarmas sonoras y todo tipo de accesorios necesarios.
8) Respecto a los polvorines, el contratista debe cumplir con todas las disposiciones vigentes.
x) Tarjeta Peligro.
El contratista que requiera dejar fuera de servicio alguna máquina o equipo para efectuar reparaciones en el mismo, deberá utilizar el sistema de bloqueo, por medio de tarjeta de peligro y/o candado; la cual será colocada en la llave de corte, botonera, valvula que comanda dicha instalación, equipo o máquina. Finalizada la reparación, el contratista retirará la tarjeta Peligro colocada.
y) Disposiciones para el tránsito de vehículos de carga y de pasajeros.
1) Los vehículos automotores máquinas que utilice la firma contratista, serán sometidos a Supervisión previa, cualquiera sea el término de permanencia en la dependencia u obra, por intermedio del responsable de H y S, debiendo contar con los seguros vigentes, (siendo indispensable el seguro contra terceros, para su desplazamiento por obra).
2) Los vehículos de las empresas contratistas que operen expresamente dentro de las zonas de obras con motivos directos de la ejecución de las mismas, deberán estar provistos de extintores de incendio y respetarán en todo las leyes que regulan la circulación y el estacionamiento.
3) No podrán estacionarse vehículos en forma indebida que interrumpan el tránsito en caminos interiores y exteriores. Deberá darse preferencia de paso a los vehículos contra incendio y ambulancias.
4) La velocidad máxima de los vehículos será de 5 km/hora, salvo que se indique expresamente otra velocidad. Así mismo deberán ser conducidos por personal habilitado al efecto, con su correspondiente licencia de conductor.
5) La contratista con sus vehículos solamente podrá transitar por los lugares autorizados a tal efecto.
6) En dependencias de la obra no podrá cortarse el tránsito y/o acceso en ninguna calle, camino o lugar sin autorización previa, del responsable de H y S o autoridad competente. Una vez autorizada la operación citada, deberán señalizar y balizar (esto último si fuera necesario) convenientemente, a fin de evitar posibles accidentes y/o encierros.
7) Cuando se deba realizar el transporte de carga de envergadura dentro de las instalaciones existentes de la obra, deberán dar parte a la dirección general de obras, a fin de analizar las circunstancias de la tarea y señalar las previsiones a tomar en cada caso.
8) No se admitirán más de tres (3) personas sentadas en el asiento delantero de vehículos tipo camioneta o camión dentro del predio de la obra. Asimismo, estará prohibido transportar personal en la caja de los rodados a menos que estén debidamente carrozados y dispongan de asientos fijados a la carrocería.
9) Cuando se estacione un vehículo se deben dejar los frenos de posición colocados y el motor detenido y embragado.
10)Cuando un camión es cargado o descargado, el conductor y ocupantes no permanecerán en él.
11)Las cargas que sobresalgan de la parte trasera de un vehículo, deberán ser señalizadas por una bandera roja (si es de noche con luces xxxxx) y estar aseguradas de tal manera que no tenga movimiento alguno. Esta exigencia deberá cumplirse cuando se transite dentro del predio de las obras.
12)Todo tipo de transporte debe observar una altura de carga acorde con la limitación del espacio libre existente entre el nivel de la calzada y las instalaciones aéreas o eléctricas o de cualquier otro tipo, ajustándose en un todo a las reglamentaciones vigentes.
13)El estacionamiento solo podrá hacerse en los lugares autorizados.
14)Deberá quedar liberada la xxxxx 00 x. antes de la bocacalle y se estacionará sobre su mano.
15)Queda prohibido el estacionamiento frente a los elementos de seguridad (matafuegos, hidrantes, camillas etc.).
16)No se podrá transportar personal en máquinas pesadas. Por ejemplo: tractores, grúas, motoniveladoras, guinches, etc.
17)El transporte de cilindros o tubos con productos inflamables, se hará respetando las normas vigentes (con su capuchón protector en forma vertical) atados adecuadamente, etc. Asimismo, su descarga se hará teniendo las máximas precauciones, prohibiéndose en esta situación tirar dichos elementos desde la caja del vehículo que los transporta.
18)El almacenamiento de tubos o cilindros se efectuará en lugares adecuados y adecuadamente separados según el tipo de contenido (oxígeno, acetileno, etc.).
z) Resumen de tareas que necesitan previo conocimiento y autorización de Seguridad e Higiene Industrial.
● Encender fuego.
● Utilización de hidrantes, mangueras y extintores (éstos últimos como elemento preventivo).
● Trabajos en alturas y/o techos.
● Uso de equipos de oxicorte o eléctrico.
● Trabajos en ambientes pulverulentos y/o confinados.
● Trabajos en caliente.
● Trabajos con compresores con motor a explosión.
● Manipulación y uso de explosivos.
● Trabajos con productos peligrosos.
z.a.) Medio ambiente.
A través de la ejecución de su trabajo, el contratista conducirá todas sus operaciones de tal forma de minimizar impactos sobre el medio ambiente natural, y cumplirá asimismo con todas las leyes, disposiciones y reglamentos aplicables en el sitio de las tareas.
El contratista proporcionará:
1) Control de polvo en toda excavación, almacenamiento de material, caminos y áreas de desecho dentro de las áreas de trabajo asignado a su responsabilidad.
2) Equipos, instalaciones y precauciones adecuadas para evitar el vaciado de agentes contaminantes que puedan ensuciar la atmósfera, cursos de agua, tierras o que puedan dañar a cualquier forma de xxxx xxxxxxxxx. 3) Protección del medio ambiente:
3.1.) En la ejecución de las obras y/o trabajos, que se desarrollen en terrenos del proyecto el contratista deberá tomar todas las medidas necesarias para la minimización o eliminación de los efectos negativos del medio ambiente. Esto es,
sobre el ambiente poblacional, flora y fauna y sobre el ecosistema del entorno; aire, agua y suelo.
z.b.) Servicios sanitarios, comedores y agua potable.
El contratista instalará la provisión de agua potable, servicios de sanitarios (baños y vestuarios) y locales para comedor del personal, de acuerdo con los establecido por el decreto 911/96.
Anexo I
Anexo II
Anexo III
8.13. Alumbrado y luces de peligro.
Se agrega:
Regirá también para esta cláusula lo que se establezca en las Especificaciones Técnicas Particulares.
8.14. Construcciones provisionales.
Se agrega:
Complementará esta cláusula lo que se establezca en las Especificaciones Técnicas Particulares.
8.15. Oficina para la Dirección de Obra y la Inspección de Obra.
Se agrega:
Complementará esta cláusula lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas Generales Edición 1998 – Anexo 2 Modificatorio (Aprobado por Resolución RESOL- 20171069-APN-DNV#MTR) y lo que se establezca en las Especificaciones Técnicas Particulares.
8.16. Movilidad para la Dirección de Obra y la Inspección de Obra.
Se agrega:
Complementará esta cláusula lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas Generales Edición 1998 – Anexo 2 Modificatorio (Aprobado por Resolución RESOL- 20171069-APN-DNV#MTR) y lo que se establezca en las Especificaciones Técnicas Particulares.
8.17. Daños a personas y bienes.
S/PUCG.
8.18. Infracciones administrativas.
S/PUCG.
8.19. Letreros.
Se agrega:
Complementará esta cláusula lo que se establezca en las Especificaciones Técnicas Particulares.
8.20. Limpieza de obra.
Se agrega:
Complementará esta cláusula lo establecido en el Manual de Evaluación y Gestión Ambiental de Obras Viales (MEGA), versión II, edición 2007 de la Dirección Nacional de Vialidad y lo que se establezca en las Especificaciones Técnicas Particulares.
8.21. Provisión de agua y energía eléctrica.
Se agrega:
La provisión de agua potable y energía eléctrica a la que refiere la cláusula 8.21 del PUCG a cargo del Contratista deberá mantenerse hasta la realización del Acta de Recepción Definitiva.
8.22. Representante Técnico.
Se agrega:
El Representante técnico deberá poseer Título Habilitante de Ingeniería Civil, Ingeniería Vial o en Vías de Comunicación.
En ausencia del Representante Técnico quedará siempre en la Obra un Jefe de Obra para reemplazarlo en las funciones que le competen, en forma que no se resienta la marcha de la misma. En ningún caso dicho sustituto podrá observar planos y/u órdenes impartidas por el Supervisor de Obra, todo lo cual será exclusivo del Representante Técnico.
El Representante Técnico deberá actuar en las mediciones mensuales y finales y firmar la documentación correspondiente.
El Representante Técnico se considerará autorizado para suscribir cómputos métricos, fojas de mediciones, ensayos de laboratorio, y toda otra documentación de respaldo para la confección del certificado mensual de pago el cual también deberá suscribir el citado representante.
El Contratista deberá dejar expresamente aclarado si autoriza el Representante Técnico para suscribir las actas de replanteo, recepciones y acuerdos o convenios que puedan modificar alguna de las condiciones contractuales vigentes. A estos efectos, previamente extenderá el correspondiente poder.
Toda modificación de obra, con su detalle de precios y, en general, toda presentación de carácter técnico deberá ser estudiada con la Inspección de Obra y firmada por el Representante Técnico además del Contratista.
El Representante Técnico deberá notificarse de toda Orden de Servicio en el día de la fecha de ésta. El Representante Técnico está obligado a tomar vista diaria del Libro de Órdenes de Servicio en las dos primeras horas del horario de trabajo normal de la obra, dejando
PCP - DNV
PLIEG-2021-67542308-APN-DSL#DNV
constancia escrita y firmada en dicho libro. En ese acto, queda subsidiariamente notificado de toda Orden de Servicio de la que aún no se hubiese notificado.
8.22.1. Responsable de Calidad.
No se exige para la presente obra.
8.23. Jefe de Obra.
Se agrega:
El técnico capacitado a que refiere igual cláusula del PUCG será un profesional con incumbencias para la obra que se trata, para el reemplazo del Representante Técnico en sus funciones técnicas y organizativas.
8.24. Dirección de Obra.
Se agrega:
Para la ejecución de obras por parte de esta Dirección Nacional de Vialidad, se entenderá que las funciones y atribuciones que se indican en el PUCG en relación a la Dirección de Obra, serán desempeñadas por la Inspección de Obra.
8.25. Inspección de Obra.
Se agrega:
Serán también funciones y facultades de la Inspección de Obra (se agregan según numeración de la cláusula 8.25 del PUCG):
23) Firmar la Orden de Inicio y el Acta de Inicio.
24) Controlar que el Contratista y sus subcontratistas interpreten fielmente los planos y de la Documentación Contractual.
25) Aprobar o rechazar el Certificado de Obra presentado por la Contratista y formular las observaciones que correspondan, notificando al Contratista.
26) Intervenir en las modificaciones de obra.
27) Suscribir el Acta de Entrega de inmuebles o sectores de inmuebles cuando corresponda.
28) Representar al Comitente ante el Contratista en la ejecución de la Obra para la que fue asignado.
29) Firmar el Acta de Recepción Provisoria Total o Parcial.
30) Firmar las Actas de Fiscalización durante el período de garantía de la Obra.
31) Firmar, ad referéndum de quién firmó el Contrato, el Acta de Recepción Definitiva.
La Inspección de Obra canalizará todas las dudas que plantee el Contratista relacionadas con la interpretación de los distintos documentos que integran el Contrato, respondiendo aquellos que, por su naturaleza, encuadran en la órbita de su competencia específica o elevando a consideración del Comitente las que exceden dicho marco, En todos los casos en que no esté en condiciones de emitir un juicio indubitado, recurrirá al procedimiento señalado en el último término.
8.26. Comunicaciones.
Se agrega:
El plazo para el cumplimiento de una orden de servicio será determinado por la Inspección de Obra en la misma orden.
El no cumplimiento de una orden de servicio dará lugar a la aplicación de una multa equivalente a 300 litros de gasoil por día de incumplimiento al precio del combustible publicado en la página de Vialidad en el link.: Transporte de Cargas> Pagos > Valor de Combustibles, o el que en un futuro se indique. La multa será de aplicación inmediata y deberá ser descontada del certificado del mes de ejecución en el cual se produjo el incumplimiento.
El plazo para cuestionar una orden de servicio mediante una nota de pedido será: tres (3) días hábiles desde su notificación, plazo en el que la obligatoriedad de cumplimentar la misma quedará suspendida, y en el que el Representante Técnico deberá exponer los fundamentos de su objeción al cumplimiento. Dentro de los siete (7) días hábiles siguientes, el Representante Técnico podrá ampliar dichos fundamentos. El plazo podrá ser ampliado por la Inspección de Obra según las circunstancias.
El Comitente podrá disponer la ejecución de los trabajos ordenados y no ejecutados por el Contratista, por terceros o directamente, x xxxxx de éste, deduciendo el importe resultante del primer certificado que se le extienda y, en caso necesario, del fondo de reparo.
Se considerará que toda orden de servicio está comprendida en las estipulaciones del Contrato y que no importa modificación de lo pactado ni encomienda de trabajos adicionales, salvo en el caso en que la misma hiciera manifestación explicita de lo contrario.
8.27. Archivo fotográfico.
S/PUCG.
8.28. Instrumental de medición.
Se agrega:
Será en las Especificaciones Técnicas Particulares donde se indicará sobre el instrumental de medición y/o demás requisitos vinculados a lo que indica la cláusula 8.28 del PUCG, que deberá facilitar el Contratista a su cargo.
8.29. Gastos, tasas y derechos.
S/PUCG.
9. SUBCONTRATISTAS.
9.1. Subcontratación de trabajos.
S/PUCG.
9.2. Relaciones con otros Contratistas.
Se agrega:
El Comitente se reserva el derecho de ejecutar tareas no previstas en el Contrato de la obra y dentro de la zona de trabajo en que ésta se desarrolla.
Dichas tareas podrán ser ejecutadas directamente por personal del Comitente o contratadas a terceros, y al respecto el Contratista de la obra está obligado a prestar la máxima colaboración para que los trabajos se desarrollen sin interferencias, no pudiendo por ello efectuar ningún tipo de reclamos.
9.3. Trabajos defectuosos.
Se agrega:
El Contratista debe corregir todos los defectos que se detecten durante la vigencia del plazo de ejecución de las obras o bien en el periodo de garantía. A tal efecto, la Inspección de obra le cursará la pertinente orden de servicio y a partir de la fecha de su recepción comenzará a correr el plazo de corrección de defectos que se fije, si el indicado precedentemente no fuera adecuado a las circunstancias.
En el supuesto que el defecto se evidenciara durante el periodo de garantía, este periodo se extenderá por igual lapso que el que demande la corrección del defecto. Esta ampliación comprenderá el total o parte de la obra, según se haya previsto o no recepciones definitivas parciales.
La Inspección de obra certificará que todos los defectos han sido corregidos cuando todos los defectos conocidos lo han sido. Si el Inspector de obra considera que la corrección de un defecto no es esencial, puede solicitar al Contratista una cotización para la correspondiente
reducción en el precio del Contrato. Si la Inspección de obra considera aceptable la cotización, la someterá a la decisión definitiva del Comitente.
9.3.1. Defectos no corregidos después de la fecha de terminación de los trabajos. Materiales Rechazados.
a) Con posterioridad a la fecha de terminación de los trabajos, la Inspección de obra puede encargar la corrección de un Defecto a terceros si el Contratista no lo ha corregido dentro del periodo de garantía.
b) La Inspección de obra deberá notificar al Contratista con una anticipación de VEINTIOCHO (28) días hábiles como mínimo, su intención de encomendar a terceros la corrección de un Defecto. Si el Contratista no efectúa la corrección correspondiente dentro de dicho periodo, la Inspección de obra podrá delegar la corrección a terceros. El costo de la misma se deducirá de cualquier crédito a favor del Contratista emergente de este contrato o de otros celebrados con el Comitente.
c) Los materiales rechazados, serán retirados de la obra por el Contratista dentro del plazo de OCHO (8) días hábiles. Cuando el Contratista no cumpliese esta orden, la Inspección de obra, previa notificación con indicación del lugar de depósito, podrá retirar los materiales rechazados y serán por cuenta del Contratista los gastos que se originen.
d) El Comitente no se responsabiliza por pérdida, sustracciones u otros perjuicios que esta medida pudiere causar al Contratista. A pedido del mismo, la Inspección de obra podrá autorizar la corrección del material rechazado, si a su juicio, la naturaleza del mismo lo hiciera practicable.
10. PERSONAL.
10.1. Personal del contratista.
Se agrega:
Salvo que aquí se regule lo contrario, el SESENTA POR CIENTO (60%) como mínimo de la totalidad del personal que el Contratista emplee en las Obras o que tenga relación directa con la ejecución de las mismas, debe ser argentino nativo o naturalizado.
El OCHENTA POR CIENTO (80%) por lo menos del personal obrero no especializado deberá residir en la provincia en la que se ejecuten las obras.
Todo personal, en particular los capataces, deberán conocer y utilizar en la obra el idioma castellano.
El Contratista deberá hacer cesar, dentro del plazo que fije la Inspección de obra, toda perturbación emergente de la conducta del personal que destaque en obra y que afecte el normal cumplimiento de las funciones de aquel y/o la relación con terceros. De no adoptar
en tiempo oportuno las medidas pertinentes, encaminadas a subsanar la causa de la perturbación, se le fijará un nuevo plazo y en caso de persistir en su actitud reticente, se hará pasible a la rescisión del Contrato en los términos establecidos en el Art. 50 – Inciso a) – de la Ley N° 13.064 (Rescisión por culpa del Contratista debido a grave negligencia y contravención de las obligaciones y condiciones estipuladas en el Contrato).
10.2. Horario de los trabajos.
Se agrega:
a) El trabajo nocturno o en días de descanso obligatorio o los sábados después de las TRECE (13) horas queda sujeto a las disposiciones generales aplicables en la materia. Si el Contratista deseare trabajar en los horarios mencionados deberá solicitarlo a la Inspección de obra, exponiendo las razones y demás argumentos que crea convenientes.
b) Cuando según lo previsto en el párrafo precedente el Contratista pueda disponer se trabaje días u horas así señalados deberá informarlo fehacientemente a la Inspección de la obra con la antelación pertinente, según las circunstancias, a fin de posibilitar el ejercicio de las facultades propias de la Inspección. Serán por cuenta del Contratista las retribuciones por horas extras que las disposiciones vigentes establecen para el personal a sus órdenes. La retribución por hora establecida se bonificará con los porcentajes que establece la reglamentación en vigencia.
c) El Contratista debe adecuar su plan de trabajos en forma de poder cumplir con el plazo establecido, aunque para ello deba recurrir a turnos de labor que se extiendan las 24 horas del día durante los 7 días de la semana, para lo cual se tendrá en cuenta el carácter de interés público que reviste la obra, así como las disposiciones sobre jornada legal de trabajo, vigentes en oportunidades de recurrirse a horarios extraordinarios. Bastará que el Contratista obtenga las autorizaciones pertinentes de las autoridades laborales e informe por escrito a la Inspección con suficiente antelación de la fecha en que comenzará a autorizar turnos extraordinarios, los que tendrán que tener carácter sistemático, es decir que comprenderán periodos quincenales completos por lo menos y no se aplicarán a días o circunstancias aisladas. Se deja expresa constancia que no se reconocerán ajustes de precios ni compensaciones de ninguna naturaleza por el hecho de que el trabajo haya sido realizado en turnos extraordinarios, corriendo todas las responsabilidades y erogaciones por cuenta del Contratista. A su vez el Comitente se hará cargo íntegro
de las retribuciones que correspondan por estos conceptos a su propio personal de Inspección, siempre que hayan sido debidas a la antelación de trabajos realizados con turnos extraordinarios cumplidos en la forma expuesta en el párrafo anterior, dentro del plazo contractual debiendo hacer frente el Contratista, en forma total, a estas erogaciones una vez vencido este o fuera de la programación enunciada previamente. Estas disposiciones valen exclusivamente para la habilitación de turnos
completos de labor adicionales al normal. Para el cumplimiento de “horas extraordinarias” que deba cumplir el personal que trabaja la jornada habitual se aplican las normas contenidas en este mismo apartado.
10.3. Pago del personal.
S/PUCG.
10.4. Indemnidad.
S/PUCG.
11. MATERIALES Y EQUIPOS.
11.1. Ingreso de Materiales y equipos.
Se agrega:
a) El Contratista es el único responsable por la provisión en obra de todos los materiales y elementos necesarios para la ejecución de los trabajos, representando el precio unitario cotizado su única y total compensación.
b) Estando bajo su responsabilidad la construcción de la obra de acuerdo con las especificaciones técnicas, cualquier alteración de dosajes, distancias de transporte o todo otro elemento que surja del Detalle de Precios Unitarios Cotizados, no dará lugar a reconocimiento alguno por parte del Comitente.
c) La Dirección se reserva el derecho de exigir a los oferentes la presentación de toda mayor información que estime necesaria y en la forma que lo considere conveniente, relativa a los equipos con que aquellos proponen realizar la obra. Ellos deberán cumplir con lo requerido en el pedido de aclaraciones correspondiente. El no cumplimiento de tal exigencia otorgará al Comitente el derecho de desestimar las Ofertas en cuestión con la pérdida de la garantía presentada.
d) Los costos emergentes de la pérdida o daño de la obra o de los materiales acopiados en la misma ocurridos dentro del Plazo de Garantía, correrán por cuenta del Contratista si tales pérdidas daños surgen de sus acciones u omisiones.
11.2. Calidad de los materiales y trabajos.
Se agrega:
a) Si la Inspección de obra ordena al Contratista que se realice una prueba no consignada en la especificación para determinar si un trabajo tiene o no un defecto y