PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES
SELECCIÓN ABREVIADA PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DE CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS UNIFORMES Y DE COMUN UTILIZACIÓN POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA.
SA-MEN-02-2019 SECOP II
OBJETO: “ADQUISICIÓN DEL SERVICIO DE SOPORTE SOBRE LOS DISPOSITIVOS DE RED Y SEGURIDAD CISCO DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, ASÍ COMO AMPLIACIÓN DE EQUIPOS ACTIVOS Y DE GESTIÓN DE RED DE ÁREA LOCAL E INALÁMBRICA”
PRESUPUESTO OFICIAL: El valor estimado del presupuesto total para el presente proceso de selección es de MIL SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS TRECE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS M/CTE. ($ 1.779.513.964) INCLUIDO IVA.
“De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015, todos los documentos que hagan parte del presente proceso de selección serán publicados en el SECOP II página Web dirección xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, Entidad: Ministerio de Educación Nacional, por lo que será responsabilidad de los participantes conocer de estos a través de este mecanismo interactivo.”
Bogotá D. C., junio de 2019
RECOMENDACIONES IMPORTANTES PARA LOS PROPONENTES
Este documento constituye el proyecto xx xxxxxx de condiciones y su publicación en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx no compromete al Ministerio de Educación Nacional a mantener el contenido de estos ni a dar apertura al proceso.
Se recomienda a los aspirantes que deseen participar en este proceso, leer detenidamente las condiciones y requisitos del SECOP II y del presente proyecto xx xxxxxx, cumplir con las exigencias previstas y tener en cuenta las circunstancias que tengan incidencia de cualquier manera en la oferta respectiva, en el cumplimiento del contrato y/o en los costos derivados de éstos.
Para la elaboración de la propuesta respectiva, deberá seguir el orden señalado en el SECOP II, en el presente documento, y en lo señalado en las guías, tutoriales y capacitaciones que brinda Colombia Compra Eficiente a través de diferentes medios, con el objeto de obtener claridad en la operación adecuada de la plataforma, lo cual permitirá una selección sin contratiempos en un plano de absoluta igualdad. Es de responsabilidad del proponente el manejo de la plataforma para lo cual existen las guías respectivas de Colombia Compra.
Antes de entregar la propuesta a través de la plataforma del SECOP II, capacítese sobre su uso y lea las guías de Colombia Compra Eficiente sobre el registro de propuestas tanto de proponente singular como plural. Verifique que se haya incluido la totalidad de los documentos exigidos y haber dado respuestas a cada una de las preguntas del cuestionario establecido en la plataforma.
Los usuarios del SECOP II están obligados a conocer y respetar los Términos y Condiciones de Uso y los Manuales y Guías del SECOP II.
Revise la garantía de seriedad de la propuesta, en especial el nombre del tomador, objeto asegurado, la vigencia y el valor asegurado, de acuerdo con lo exigido en el presente pliego de condiciones. La no entrega de la garantía de seriedad junto con la propuesta, será causal de rechazo de la misma.
Corresponde al proponente enterarse en forma suficiente de las condiciones particulares de ejecución, resolver previamente las inquietudes que le suscite este pliego de condiciones, según el caso. Por los principios de lealtad procesal y buena fe, deberá advertir al Ministerio de Educación Nacional de los errores o inconsistencias que advierta en este documento. Igualmente, le corresponde al proponente inscribirse en el SECOP II y capacitarse en la plataforma.
Cuando la propuesta contenga información o documentos que tengan el carácter de reserva, de acuerdo con la Ley Colombiana, el proponente deberá hacer manifestación expresa de tal circunstancia en la carta de presentación de la oferta y en la plataforma tecnológica SECOP II, según las instrucciones impartidas por Colombia Compra soportándolo legalmente. En caso de no hacerlo se entenderá que toda la información allí contenida es pública.
La presentación de la propuesta para el presente proceso de selección por parte del oferente, constituye evidencia de que se estudiaron completamente las especificaciones técnicas, formatos y demás documentos del mismo; que recibió las aclaraciones necesarias sobre las inquietudes o dudas previamente consultadas y que ha aceptado que este Pliego de Condiciones es completo, claro, compatible, adecuado y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para definir las obligaciones que se adquieren en virtud del contrato que se celebrará.
Los proponentes por la sola presentación de su propuesta autorizan a la Entidad a verificar toda la información que en ella suministren.
En cumplimiento de la Ley 1581 de 2012 por la cual se dictan disposiciones generales sobre la protección de datos personales, y teniendo en cuenta que con la propuesta se incluyen datos personales, con la presentación de su oferta autoriza la publicación de su contenido en el SECOP II, así como de todo documento que se desprenda en desarrollo del proceso de selección. Igualmente, autoriza la expedición de copias a quienes demuestren interés jurídico en el proceso.
Por lo anterior, el proponente deberá dar a conocer a las personas que incluye en su oferta, que se trata de una propuesta pública y que será objeto de publicaciones. Este requisito es responsabilidad del proponente y en ningún caso afecta la validez de la propuesta, sin perjuicio de la responsabilidad del proponente frente a las personas que pueda afectar.
INTRODUCCIÓN
El Ministerio de Educación Nacional pone a disposición de los interesados el Proyecto xx Xxxxxx de Condiciones para la selección de los contratistas encargados de ejecutar los contratos cuyo objeto corresponde a la “ADQUISICIÓN DEL SERVICIO DE SOPORTE SOBRE LOS DISPOSITIVOS DE RED Y SEGURIDAD CISCO DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, ASÍ COMO AMPLIACIÓN DE EQUIPOS ACTIVOS Y DE GESTIÓN DE RED DE ÁREA LOCAL E INALÁMBRICA”.
Los estudios y documentos previos que incluyen el análisis del sector, el aviso de convocatoria que se publique, el proyecto xx xxxxxx de condiciones, así como cualquiera de sus anexos están o estarán a disposición del público en cada una de sus etapas, en el Sistema Electrónico de Contratación Pública - plataforma SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx
La selección de los contratistas se realiza a través de la Selección Abreviada por Subasta Inversa Electrónica a través del SECOP II, teniendo en cuenta que las especificaciones técnicas del objeto del proceso, se consideran de características técnicas uniformes y de común utilización.
I. ASPECTOS GENERALES
A. INVITACIÓN A LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS
En cumplimiento de lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y DEL LITERAL C) DEL ARTÍCULO 15 DE LA LEY 850 DE 2003, El Ministerio de Educación Nacional invita a todas las personas y organizaciones interesadas en hacer control social al presente Proceso de Contratación, en cualquiera de sus fases o etapas, a que presenten las recomendaciones que consideren convenientes, intervengan en las audiencias y a que consulten los Documentos del Proceso en la plataforma electrónica de Colombia Compra Eficiente denominada SECOP II, xxxxx://xxxxxxxxx.XXXXX.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx, para el proceso SA- MEN-02-2019.
B. COSTOS DERIVADOS DE PARTICIPAR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN
Los costos y gastos en que los interesados incurran con ocasión del análisis de los Documentos del Proceso, la presentación de observaciones, la preparación y presentación de las Ofertas, la presentación de observaciones a las mismas, y cualquier otro costo o gasto relacionado con la participación en el Proceso de Contratación estará a cargo exclusivo de los interesados y Proponentes.
C. COMUNICACIONES, OBSERVACIONES Y ACLARACIONES
Las comunicaciones en el marco del Proceso de Contratación deben realizarse por medio electrónico en el módulo de observaciones del SECOP II, en el link del proceso SA-MEN-02-2019.
La comunicación debe contener como mínimo: (a) el número del presente Proceso de Contratación SA-MEN- 02-2019; (b) los datos del remitente que incluyen nombre, dirección electrónica y teléfono; (c) identificación de los anexos presentados con la comunicación.
Las reglas aplicables a la presentación de las Ofertas están señaladas en el presente documento.
En cuanto a las aclaraciones y envío de documentos requeridos con ocasión de la verificación y evaluación de las ofertas, sólo serán tenidas en cuenta aquellas que sean presentadas en línea, es decir, directamente en línea a través de la plataforma de SECOP II, ingresando al Link del proceso, en el tiempo establecido, con la identificación del proceso de selección al que se refieren, la cual debe encontrarse debidamente avalada por la persona natural y/o representante legal de la persona jurídica individual o proponente plural
Las comunicaciones y solicitudes enviadas al Ministerio de Educación Nacional solo serán tenidas en cuenta para los propósitos del Proceso de Contratación cuando sean remitidas a través del canal que corresponda, esto es, bajo la plataforma del SECOP II. El Ministerio de Educación Nacional responderá las comunicaciones a través de dicha plataforma.
D. IDIOMA
La propuesta se presentará en idioma castellano, que será también el idioma para el contrato, para la totalidad de la documentación referida en este pliego de condiciones y para la correspondencia pertinente.
Los documentos otorgados en el exterior, que no estén en idioma Castellano, deberán presentarse acompañados de la traducción oficial a dicho idioma.
E. LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados o apostillados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 74 inciso 3ro y 251 del Código General del Proceso, artículo 480 del Código de Comercio, y en la Resolución 7144 de 2014, proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia
Consularización: Según lo previsto por el Artículo 480 del Código de Comercio, los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes.
Tratándose de sociedades, expresa además el citado artículo del Código de Comercio que “al autenticar los documentos a que se refiere este artículo, los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país (C. P. C. Artículo 65)”. Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes.
Apostilla: Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de consularización señalado, siempre que provengan de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso solo será exigible la apostille, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen.
Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma español proveniente de países signatarios de la convención de La Haya, deberán ser presentados acompañados de una traducción a este idioma, la cual deberá ser oficial en los términos del artículo 251 del Código General del Proceso, cumpliendo el trámite del Apostille.
Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma español y que provengan de países NO signatarios de la Convención de La Haya deberán presentarse acompañado de una traducción oficial a este idioma, en los términos del artículo 251 del Código General del Proceso.
F. CONVERSIÓN DE MONEDAS
Los Proponentes deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos.
Si está expresado originalmente en una moneda diferente a dólares de los Estados Unidos de Norte América, debe convertirse a esta moneda utilizando para ello el valor correspondiente con el siguiente procedimiento de conversión: se debe convertir la moneda a dólar norteamericano y posteriormente convertirlo a pesos colombianos con Tasa de cambio representativa xxx xxxxxxx, de fecha de cierre del año fiscal inmediatamente anterior.
NOTA: para la presentación de la información financiera se debe utilizar el Plan Único de Cuentas para Colombia (PUC).
Una vez que se tengan las cifras en dólares de los Estados Unidos de América o si la información se presenta originalmente en dicha moneda, para la conversión a pesos colombianos se debe tener en cuenta la tasa representativa xxx xxxxxxx certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia para la fecha xx xxxxx de los estados financieros.
G. INFORMACIÓN RESERVADA
Si dentro de la propuesta se incluye información que conforme a la ley colombiana tiene el carácter de información reservada, dicha circunstancia deberá ser indicada con absoluta claridad y precisión, identificando al momento de adjuntar los documentos de la propuesta en la parte correspondiente de la plataforma SECOP II el documento o información que tiene el carácter de reservado y la disposición legal que la ampara como tal. En caso de que sean secretos industriales, deberá indicar con claridad, qué documentos están sujetos a este secreto industrial. Sin perjuicio de lo anterior y para efectos de la evaluación de las propuestas, la entidad se reserva el derecho de dar a conocer la mencionada información a sus funcionarios, empleados, contratistas, agentes o asesores, que designe para el efecto.
En todo caso, la entidad, sus funcionarios, empleados, contratistas, agentes y asesores están obligados a mantener la confidencialidad de la información que por disposición legal tenga dicha calidad y que haya sido debidamente identificada por el proponente. De no identificarse en el módulo de SECOP II dicha información o no citarse las normas que amparan ese derecho, la entidad no tendrá la obligación de guardar reserva respecto de esta.
H. COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
Los Proponentes (singular o plural) deben manifestar su compromiso anticorrupción a través del cuestionario del portal del SECOP II so pena del rechazo de su propuesta; de acuerdo con la información contenida en el respectivo anexo. Si se comprueba el incumplimiento del Proponente, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el Proceso de Contratación actúe en su nombre, es causal suficiente para el rechazo de la Oferta o para la terminación anticipada del contrato, si el incumplimiento ocurre con posterioridad a la adjudicación de este, sin perjuicio de que tal incumplimiento tenga consecuencias adicionales.
II. DEFINICIONES
Las expresiones utilizadas en el presente documento con mayúscula inicial deben ser entendidas con el significado que a continuación se indica. Los términos definidos son utilizados en singular y en plural de acuerdo como lo requiera el contexto en el cual son utilizados. Otros términos utilizados con mayúscula inicial deben ser entendidas de acuerdo con la definición contenida en el Decreto 1082 de 2015. Los términos no definidos a continuación deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio.
ADJUDICACIÓN | Es la decisión final del Ministerio de Educación Nacional, expedida por medio de un acto administrativo, que determina el adjudicatario del presente Proceso de Contratación. |
CONTRATISTA | Es el Proponente que resulte adjudicatario y suscriba el Contrato objeto del presente Proceso de Contratación. |
CONTRATO | Es el negocio jurídico que se suscribirá entre El Ministerio de Educación Nacional y el adjudicatario, por medio del cual se imponen a las partes obligaciones recíprocas y se conceden derechos correlativos que instrumentan la relación contractual que se busca establecer a través del presente Proceso de Contratación. |
OFERTA | Es la propuesta presentada al Ministerio de Educación Nacional por los interesados en ser el contratista del Proceso de Contratación objeto del presente Pliego de Condiciones. |
PLIEGO DE CONDICIONES | Es el conjunto de normas que rigen el proceso de selección y el futuro Contrato, en los que se señalan las condiciones objetivas, plazos y procedimientos dentro de los cuales los Proponentes deben formular su Oferta para participar en el Proceso de Contratación del contratista y tener la posibilidad de obtener la calidad de adjudicatario del presente Proceso de Contratación. |
PRIMER ORDEN DE ELEGIBILIDAD | Es la posición que ocupa el Proponente que, una vez habilitado, obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la evaluación prevista en el presente Pliego de Condiciones. |
PROPONENTE | Es la persona natural o jurídica o el grupo de personas jurídicas y/o naturales, nacionales o extranjeras, asociadas entre sí mediante las figuras de consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura que presenta una Oferta para participar en el Proceso de Contratación. |
TRM | Tasa de cambio representativa xxx xxxxxxx spot de dólares de los Estados Unidos de América certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia para una fecha determinada publicada en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
III. SERVICIO POR CONTRATAR
A. DESCRIPCIÓN
El Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES) aprobó las Bases del Plan Nacional de Desarrollo (PND) ‘Pacto por Colombia, pacto por la equidad’ para el período 2018 – 2022, cuyos pilares son legalidad, emprendimiento y equidad.
De acuerdo con lo expuesto por el Departamento Nacional de Planeación – DNP en su página web, el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, “Pacto por Colombia, pacto por la equidad”, implementará estrategias transversales relacionadas con: Sostenibilidad, Ciencia, Tecnología e Innovación, Transporte y Logística, Transformación Digital, Calidad y eficiencia de los servicios públicos, recursos minero-energéticos, Economía Naranja y la paz en todo el país. Así mismo, se materializarán pactos por la equidad de oportunidades para los grupos étnicos, la igualdad de la mujer, la administración pública eficiente y por la descentralización para conectar territorios.
Conforme a lo anterior, en las bases del PND, el Pacto por la transformación digital de Colombia, tiene como premisa “Gobierno, empresas y hogares conectados con la era del conocimiento” y su enfoque es: Las TIC habilitan la agregación de valor transversal en la economía, generan nuevos negocios y son la puerta de entrada a la industria 4.0. Se avanzará en el cierre de la brecha digital en todos los territorios, se aumentará la velocidad de descarga de internet, se reorganizará el sector, sus fondos y su regulación, se promoverá la difusión pública con contenidos públicos y se generará talento para el mundo digital. El sector público cambiará procesos y cultura, y explotará datos masivos para aumentar eficiencia y generar valor nacional y regional. El sector privado adoptará tecnologías modernas de gestión, producción y transacción.
Adicionalmente el Eje de política al cual está vinculada la necesidad correspondiente a “Fortalecimiento de la Gestión y Dirección del Sector Educación”, establece como proyecto el “Fortalecimiento del acceso a información estratégica e institucional del Sector Educativo Nacional” y como producto asociado “Servicios de información actualizados”; para esto, el Ministerio de Educación Nacional ha realizado inversiones en sistemas de información, proyectos estratégicos, de arquitectura y operación de servicios con componentes tecnológicos, así como de sus recursos tecnológicos para apoyar la gestión eficiente de sus diferentes dependencias, de las Secretarías de Educación, de las Instituciones de Educación Básica y Media y de las Instituciones de Educación Superior. En este sentido, mediante el Decreto 5012 de 2009 y 854 de 2011 se definen como funciones de la Oficina de Tecnología y Sistemas de Información, entre otras las siguientes:
1. Estudiar y coordinar las actividades tendientes a proveer servicios de acceso a internet y facilitar la conectividad y el intercambio de información a las instituciones educativas oficiales y a las secretarias de educación.
2. Garantizar a las áreas del ministerio de educación nacional, una infraestructura de hardware, redes y telecomunicaciones eficiente y segura, que permita el acceso de la información de forma ágil y permanente, identificando las mejores soluciones disponibles en el mercado.
3. Controlar y hacer seguimiento a la operación de los contratos de mantenimiento de redes, aplicaciones, software, soporte técnico y mantenimiento preventivo y correctivo de equipos e infraestructura del sistema de información y comunicaciones del ministerio de educación nacional.
4. Recibir y coordinar la atención y solución de los requerimientos de soporte técnico relacionados con los sistemas de información, servicios de red, hardware y software de los equipos de cómputo asignados a los funcionarios del ministerio de educación nacional.
5. Las demás funciones que se le asignen, que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Teniendo en cuenta que es deber de la Oficina de Tecnología y Sistemas de Información garantizar la prestación de servicios de TI para el Ministerio de Educación Nacional, así como entregar servicios de red en condiciones óptimas, a continuación, se exponen las necesidades del MEN en esta materia, para determinar la forma de suplirla por la oficina conforme a lo ya expuesto.
ANTECEDENTES DE LA NECESIDAD:
La Oficina de Tecnología y Sistemas de Información desde el año 2015 ha venido atendiendo la necesidad de modernización tecnológica en lo que respecta puntualmente a la actualización de la infraestructura o plataforma de Red móvil y fija; lo anterior con el fin de permitir una mayor cobertura de los servicios tecnológicos y de
información TI, incorporando paulatinamente elementos de contingencia para incrementar los niveles de
disponibilidad requeridos por todos los servicios de cómputo a nivel Local del Ministerio de Educación Nacional.
Tal y como fue mencionado, El Ministerio ha realizado inversiones en infraestructura de red en los últimos cuatro
(4) años a través de los siguientes contratos:
CONTRATO | MODALIDAD DE SELECCIÓN | OBJETO | VALOR |
1326 de 2015 Suscrito con GLOBAL NETWORKS SOLUTIONS S A | Subasta Inversa Electrónica | SUMINISTRAR, INSTALAR, CONFIGURAR Y PONER EN FUNCIONAMIENTO DESDE SU NIVEL DE BACKBONE DE FIBRA ÓPTICA, CABLEADO DE RED DE DATOS, PUNTOS DE ENERGÍA Y SUS EQUIPOS DE COMUNICACIONES DE RED LAN Y WLAN, PARA ACTUALIZAR LA INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, DE CONFORMIDAD CON LAS ESPECIFICACIONES DEFINIDAS EN EL ANEXO TÉCNICO. | $ 3.096.206.299 |
0915 de 2016 GLOBAL NETWORKS SOLUTIONS S.A. | Contratación Directa | SUMINISTRAR, INSTALAR, CONFIGURAR Y PONER EN FUNCIONAMIENTO LA PLATAFORMA DE CONTROL DE ACCESO A LA RED LAN, WLAN Y LA RENOVACION DE LOS CONTRATOS DE SOPORTE | $948.571.440 |
La última renovación del servicio de soporte sobre los equipos CISCO de red del Ministerio se realizó a través del contrato 0915 de 2016, cuyo servicio se encontraba vigente hasta el 31/03/2019. El Ministerio cuenta con la propiedad sobre los siguientes equipos de red:
Equipo | Número de Producto | Cantidad | Estado |
Access Point | AIR-CAP3702I-A-K9 | 40 | Con soporte hasta el 31/03/2019 |
Access Point | AIR-CAP3602E- ABULK | 20 | Equipos fuera de línea, no soportado por fábrica |
Switch de Acceso | WS-C2960 | 35 | Con soporte hasta el 31/03/2019. Equipos con más de cinco (5) años de uso, que salen de línea por parte del fabricante el 30/11/2020 por ser tecnología obsoleta. |
Switches | WS-C4507R+E | 2 | Con soporte hasta el 31/03/2019 |
Switches | WS-C2960X-48FPD-L | 17 | Con soporte hasta el 31/03/2019 |
Switches | N9K-C9372PX-BUN | 2 | Con soporte hasta el 31/03/2019 |
Switches | N9K-C9372PX | 4 | Actualmente con soporte hasta el 15/12/2020 |
Solución | Cantidad | Estado | |
Solución ISE | 1 | Con soporte hasta el 31/03/2019 |
El Ministerio de Educación Nacional, con la implementación de estos equipos de red ha logrado:
• Estabilidad en la red LAN del 99% de disponibilidad, toda vez que los equipos han contado con soporte que permiten reposición por parte del fabricante en no más de 4 horas del equipo ante daño.
• Mayor cobertura y velocidad de transferencia de datos de la red WLAN (inalámbrica) en las instalaciones del Ministerio para usuarios internos y visitantes.
• Con la solución ISE se ha logrado fortalecer la seguridad de cada usuario, es decir se implementó doble factor de autenticidad, lo cual mitiga el riesgo de suplantación de identidad al ingresar a la red.
NECESIDAD:
Renovación infraestructura de red:
El Ministerio actualmente cuenta, entre otros equipos de red, con:
• Una (1) Controladora Inalámbrica que se encuentra en estado OFF LINE por parte del fabricante por ser obsoleta en cuanto a tecnología (más de 5 años). Este equipo se encuentra activo en el datacenter CAN del Ministerio y permite administrar el servicio de conectividad WLAN en los sesenta (60) Access Point con los que hoy en día cuenta la entidad, sin embargo, por su obsolescencia el servicio ha presentado cierta inestabilidad, dado que no se encuentra configurada en alta disponibilidad, lo cual ha sido mitigado con mantenimientos preventivos por parte del Operador de Servicios TI. Adicionalmente esta controladora no es compatible con la Solución ISE, lo cual deja vulnerabilidades a nivel de seguridad en la red WLAN.
En aras de contar con equipos de línea, de última generación y soportados por el fabricante, se requiere adquirir dos (2) Controladoras Inalámbricas configuradas en alta disponibilidad que asegure el servicio y disponibilidad necesaria para la sede CAN y que sea compatible con la solución ISE del Ministerio.
Adicionalmente es importante precisar que se tiene planeado por parte del Ministerio que el equipo saliente (Controladora Actual) sea configurado para prestar el servicio de WLAN en la Sede alterna del MEN (actualmente Elementos). Se aclara que esta configuración será desarrollada por parte de la Operación de Servicios TIC del Ministerio, una vez el proveedor adjudicado del presente proceso haga entrega del equipo al MEN.
• Veinte (20) Access Points (en adelante AP) que se encuentran en estado OFF LINE por parte del fabricante por ser obsoletos en cuanto a tecnología (más de 5 años). Estos equipos se encuentran activos y distribuidos en la sede CAN del Ministerio, en particular en las salas de reuniones y juntas. A través de estos equipos se provee el servicio de conectividad WLAN a toda la entidad.
Se requieren adquirir veinte (20) equipos AP de última generación que permitan reducir las incidencias en caídas del servicio de conectividad móvil que se presta al usuario. La Oficina de Tecnología y Sistemas de Información, recibe a través de la mesa de servicio diversas incidencias relacionadas con indisponibilidad del servicio de conectividad con mayor afluencia en salas de reuniones y capacitaciones, debido a la cantidad de usuarios que al tiempo requieren de este servicio. Por lo anterior, en aras de brindar mayor capacidad del servicio de red WLAN, así como soportar mayor número de conexiones concurrentes en donde se requiere mayor afluencia de usuarios, como es el caso de las salas de reuniones y capacitaciones, se requiere xxxxxxx 00 equipos AP en el Ministerio.
Los veinte (20) equipos AP que debe desinstalar el contratista del presente proceso, se dará de baja por parte del Ministerio.
• Treinta y Cinco (35) Switch de Acceso de 48 puertos XxX, los cuales contaron con soporte hasta el 31/03/2019. Estos equipos cuentan con más de cinco (5) años de uso y salen de línea por parte del fabricante el 30/11/2020 por ser tecnología obsoleta. Estos equipos permiten distribuir servicios de conectividad a los diferentes usuarios del Ministerio en cada piso, así como distribuir red a los equipos Access point.
Dado lo anterior, el Ministerio requiere renovar parte de esta infraestructura y adquirir en total dieciocho
(18) equipos Switch de Acceso del usuario, con lo cual se podrá actualizar la infraestructura a última
tecnología, mantener vigente el soporte con el fabricante en caso xx xxxxx de hardware y correcciones de software que garantizan la seguridad en la red LAN del Ministerio.
Los dieciocho (18) equipos Switch de Acceso que desinstale el contratista del presente proceso, serán reinstalados en la sede alterna del Ministerio (actualmente Elementos) y servirán como respaldo para futuros correctivos.
• Adicionalmente el Ministerio cuenta con un (1) equipo de Email Security Appliance, que permite analizar archivos adjuntos en entradas de correo electrónico de las cuentas corporativas del Ministerio y cuenta con funcionalidades de antispam lo cual retiene en cuarentena el ingreso de correos maliciosos que pueden propagarse por la red del Ministerio.
Así mismo, este equipo permite tener el histórico de la trazabilidad (un año) del flujo de correos electrónicos de la entidad, con lo cual se ha logrado atender solicitudes, quejas, reclamos, derechos de petición, tutelas, entre otros requerimientos de los ciudadanos y entes de control.
El servicio de trazabilidad de correos que ofrece Xxxxxx 000 permite consultar histórico de correos en un máximo de tres (3) meses, lo cual no es suficiente dado los requerimientos y necesidades del Ministerio, por lo anteriormente descrito.
Actualmente el equipo no cuenta con soporte de fábrica por corresponder a tecnología obsoleta (OFF LINE), lo cual imposibilita contar con atención de especialistas ante fallas en hardware y software.
Por lo anterior, se requiere adquirir dos (2) Equipos Antispam (Appliance de protección para 2.500 cuentas de correo electrónico) configurados en alta disponibilidad, con estos equipos se reemplazará el actual equipo de Email Security Appliance, el cual se dará de baja una vez sea desinstalado y entregado al Ministerio por el contratista adjudicado en el presente proceso.
La totalidad de equipos de red que requiere adquirir el Ministerio a través del presente proceso deberá contar con soporte y garantía por tres (3) años.
Soporte infraestructura de red:
El Ministerio requiere renovar el servicio de soporte del fabricante CISCO por el periodo descrito en cada caso, a la siguiente cantidad de equipos que se describen en la tabla:
Tiempo | Equipo | Cantidad | ||
Renovación Servicios CISCO hasta el 30 de noviembre de 2020 | Renovación de servicios Cisco Smarnet para Switch | 17 UNI | ||
Renovación Servicios CISCO por un periodo de 3 años | Renovación de servicios Cisco Smarnet para Access Point AIR-CAP3702I-A-K9 | 40 UNI | ||
Renovación de servicios Cisco Switches WS-C4507R+E | Smarnet | para | 2 UNI | |
Renovación de servicios Cisco Switches WS-C2960X-48FPD-L | Smarnet | para | 17 UNI | |
Renovación de servicios Cisco Switches N9K-C9372PX-BUN | Smarnet | para | 2 UNI | |
Renovación de servicios Cisco Smarnet para ISE | 2 UNI |
Renovación Servicios CISCO homogenizando la fecha de vencimiento de soporte de todos los equipos de seguridad | Renovación de servicios Cisco Smarnet para Switches N9K-C9372PX (actualmente con soporte hasta el 15/12/2020) | 4 UNI |
Esta renovación del servicio de soporte se hace necesaria por las siguientes razones:
• Se requiere garantizar la disponibilidad de los servicios de conectividad en el Ministerio, esto se garantiza con el tipo de soporte ofrecido por el fabricante CISCO, el cual proporciona reemplazo de partes en nivel 24X7X4 (4 horas de entrega) para los equipos más críticos en caso de presentarse algún tipo xx xxxxx en el cual sea necesario efectuar el cambio del equipo o alguna pieza defectuosa.
• Permite al Ministerio de Educación Nacional, mantener el acceso a la biblioteca de conocimiento del fabricante Cisco, lo cual permite la corrección de Bugs y errores conocidos
• Permite cubrir updates de software para mantener al día los equipos con las últimas actualizaciones.
• El Ministerio podrá contar con acceso al Technical Support Service del fabricante (TAC con acceso telefónico, web, con soporte 24 horas al día, los 365 días del año).
• Se garantiza que los casos de todas las prioridades sean atendidos directamente por el fabricante CISCO.
Servicios de Implementación:
El contratista adjudicado del presente proceso deberá prestar los servicios de desinstalación de los equipos actuales que el Ministerio dará de baja, así mismo, deberá realizar la implementación, instalación y configuración de los equipos de red nuevos que adquiera el Ministerio a través de este proceso de acuerdo con las condiciones establecidas en el Anexo Técnico y cumpliendo en su totalidad con el protocolo de paso a producción de nuevas tecnología (documento que será entregado por el Ministerio). Se requiere garantizar este servicio, toda vez que el Ministerio no cuenta con profesionales especializados en instalación y configuración de equipos de red, además que se correría el riesgo de pérdida de garantía si la entidad lo asume.
NOTA: Se aclara que el Ministerio requiere que la tecnología de red nueva ofertada sea completamente compatible con la ya existente, la cual debe estar alineada a la solución de seguridad de red Identity Services Engine (ISE).
Dado lo anterior, es necesario contratar a través de un proceso de Selección Abreviada para la adquisición de Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes por Subasta Inversa Electrónica la compraventa de un canal del fabricante CISCO autorizado para el suministro, soporte, mantenimiento de infraestructura de red CISCO, conforme a la necesidad descrita.
La presente necesidad está incluida en el plan de adquisiciones de la vigencia 2019.
B. DESCRIPCION DE OBJETO A CONTRATAR
1.1 Teniendo en cuenta la necesidad del Ministerio de Educación Nacional de adquirir el SERVICIO DE SOPORTE SOBRE LOS DISPOSITIVOS DE RED Y SEGURIDAD CISCO DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, ASÍ COMO AMPLIACIÓN DE EQUIPOS ACTIVOS Y DE GESTIÓN DE RED DE ÁREA LOCAL E INALÁMBRICA, a continuación, se describen los servicios y productos derivados del objeto a contratar:
1. Para la Renovación infraestructura de red y Servicios de Instalación se requiere:
DESCRIPCIÓN | CANTIDAD | |
Access Points | 20 UNI |
Adquisición e instalación equipos de red con soporte y garantía por 3 años | Controladoras Inalámbricas | 2 UNI |
Switch de Acceso 48 puertos XxX | 18 UNI | |
Equipo antispam (Appliance de protección para 2.500 cuentas de correo electrónico) | 2 UNI | |
Servicios de desinstalación de lo actual, así como implementación, instalación y configuración de lo nuevo. | 1 UNI |
• Adquisición que incluye la totalidad de ópticos de los switches y cables necesarios para su instalación.
• Los equipos deben ser 100% compatibles con la red de datos del Ministerio de Educación Nacional e integrarse con las herramientas de gestión (Cisco Prime Infrastructure), seguridad (Cisco ISE), que actualmente posee la entidad.
• Los switches solicitados deben incluir las configuraciones, funcionalidades e integración con los componentes y servicios de red que actualmente posee el Ministerio; y demás actividades principales o complementarias que en general se requieran para llevar a cabo el objeto a contratar y cumplir con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en el Anexo Técnico.
• La solución deberá ser instalada, probada y puesta en funcionamiento en su totalidad cumpliendo con los requerimientos solicitados en los presentes términos, incluida configuraciones de alta disponibilidad, así como su documentación lo cual debe ser alineado al protocolo de paso a producción de nuevas tecnologías, documento emitido por el Ministerio.
• El contratista deberá contemplar todos los elementos, adecuaciones, ampliaciones, obras complementarias y los recursos necesarios para la instalación y el funcionamiento de la solución, requeridos para entregar el proyecto en perfecto funcionamiento y operatividad, garantizando una excelente calidad y terminación del trabajo sin generar costos adicionales para la Entidad.
• El Contratista debe realizar los levantamientos de información de las redes eléctricas y de datos, de cableado estructurado y las demás que requiera para la implementación de la solución.
• Cumplir a cabalidad, para el desarrollo de las actividades que se deriven de la ejecución del presente proceso, con todas y cada una de las políticas, normas y procedimientos fijados por el Ministerio; así como con los niveles de servicio, cronogramas y horarios previamente aprobados por el Supervisor del contrato.
• Todos los equipos activos deben soportar IPv6.
• Los equipos deben ser nuevos, no remanufacturados.
• Realizar la transferencia de conocimiento técnica certificada y dictada por una institución certificada por el fabricante para máximo diez (10) colaboradores del Ministerio de Educación Nacional con una intensidad horaria de mínimo cuarenta (40) horas, en la cual se provean conocimientos específicos de los fundamentos, administración, operación y manejo de las tecnologías y configuraciones implementadas
2. Soporte infraestructura de red:
El Ministerio requiere renovar el servicio de soporte del fabricante CISCO por el periodo descrito en cada caso, a la siguiente cantidad de equipos que se describen en la tabla:
Tiempo | Equipo | Cantidad |
Renovación Servicios CISCO hasta el 30 de noviembre de 2020 | Renovación de servicios Cisco Smarnet para Switch | 17 UNI |
Renovación Servicios CISCO por un periodo de 3 años | Renovación de servicios Cisco Smarnet para Access Point AIR-CAP3702I-A-K9 | 40 UNI |
Renovación de servicios Cisco Smarnet para Switches WS-C4507R+E | 2 UNI |
Renovación de servicios Cisco Smarnet para Switches WS-C2960X-48FPD-L | 17 UNI | |
Renovación de servicios Cisco Smarnet para Switches N9K-C9372PX-BUN | 2 UNI | |
Renovación de servicios Cisco Smarnet para ISE | 2 UNI | |
Renovación Servicios CISCO homogenizando la fecha de vencimiento de soporte de todos los equipos de seguridad | Renovación de servicios Cisco Smarnet para Switches N9K-C9372PX (actualmente con soporte hasta el 15/12/2020) | 4 UNI |
• El soporte deberá quedar asociado a la cuenta del Ministerio con el fabricante CISCO.
• Debe permitir al Ministerio de Educación Nacional, mantener el acceso a la biblioteca de conocimiento del fabricante Cisco, lo cual permite la corrección de Bugs y errores conocidos, así mismo cubre updates de software para mantener al día los equipos con las últimas actualizaciones
• Debe permitir el acceso al Technical Support Service del fabricante (TAC con acceso telefónico, web, con soporte 24 horas al día, los 365 días del año).
• Debe permitir el servicio de soporte que garantice reemplazo de partes en nivel 24X7X4 (4 horas de entrega) para los equipos más críticos en caso de presentarse algún tipo xx xxxxx en el cual sea necesario efectuar el cambio del equipo o alguna pieza defectuosa.
Cumplimiento del Anexo Técnico y Ficha técnica: El proveedor deberá cumplir con todos los requerimientos o requisitos del servicio definidos en el Anexo Técnico y en el anexo de ficha técnica establecidos para el presente proceso de selección.
C. CLASIFICACIÓN UNSPSC
El servicio objeto del presente proceso de contratación está clasificado en el Código Estándar de Productos y Servicios de Naciones Unidas (The United Nations Standard Products and Services Code) — UNSPSC, y los proponentes podrán estar clasificados en alguno de los productos o servicios como se indica a continuación:
CLASIFICACIÓN | DESCRIPCIÓN |
43223100 | Componentes y equipo de infraestructura de redes móviles y digitales |
43223300 | Dispositivos y equipos para instalación de conectividad de redes y Datacom |
43222500 | Equipo de seguridad de red |
43222600 | Equipo de servicio de red |
43232800 | Software de administración de redes |
43232900 | Software para trabajo en redes |
43233200 | Software de seguridad y protección |
72103300 | Servicios de mantenimiento y reparación de infraestructura |
81111800 | Servicios de sistemas y administración de componentes de sistemas |
81112500 | Servicios de alquiler o arrendamiento de licencias de software de computador |
D. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El valor estimado del presupuesto total para el presente proceso de selección es de MIL SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS TRECE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS M/CTE. ($ 1.779.513.964) INCLUIDO IVA.
Amparado con el siguiente certificado de disponibilidad presupuestal:
XXX | XXXXX | XXXXX |
000000 | 2 C-2299-0700-8-0-2299062-02 | $1.779.513.964 |
E. FORMA DE PAGO:
El valor destinado a esta contratación se pagará de la siguiente forma:
1. Un primer pago correspondiente al valor del ítem RENOVACIÓN DE SERVICIOS CISCO establecido en el contrato de acuerdo con el valor final ofertado por el adjudicatario como resultado de la subasta, pago que se realizará contra entrega del certificado de soporte, protocolo del servicio de soporte y plan de trabajo para el inicio del despliegue y puesta en marcha de la totalidad de hardware adquirido por el Ministerio. El pago debe estar sustentado por las facturas correspondientes y el recibo a satisfacción del servicio por parte del supervisor del contrato de acuerdo con los resultados.
2. Un segundo pago correspondiente al valor del ítem de EQUIPOS DE RED (Access Points, Controladora Inalámbrica, Switch de Acceso y Equipo Antispam), establecido en el contrato de acuerdo con el valor final ofertado por el adjudicatario como resultado de la subasta, pago que se realizará contra entrega de los equipos de red, certificado de soporte y garantía e ingreso Almacén del Ministerio. El pago debe estar sustentado por las facturas correspondientes, el recibo a satisfacción por parte del supervisor del contrato de acuerdo con los resultados y el ingreso del hardware a Almacén del Ministerio.
3. Un tercer y último pago correspondiente al valor de los SERVICIOS DE IMPLEMENTACIÓN Y PUESTA EN PRODUCTIVO, establecido en el contrato de acuerdo con el valor final ofertado por el adjudicatario como resultado de la subasta, pago que se realizará contra entrega la entrega de los documentos y productos entregables definidos en la ficha técnica y la puesta en producción de la totalidad de los servicios y productos a satisfacción del supervisor del contrato. El pago debe estar sustentado por las facturas correspondientes, el recibo a satisfacción del servicio por parte del supervisor del contrato de acuerdo con los resultados.
Para el pago se requiere la presentación de la factura correspondiente, la certificación de cumplimiento a satisfacción expedida por el supervisor del contrato, y la acreditación del pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral en salud y pensiones, ARL y de aportes parafiscales (SENA, ICBF y Caja de Compensación Familiar) cuando a ello hubiere lugar, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007a cuando a ello hubiere lugar, de conformidad con lo establecido en la ley 789 de 2002, artículo 50 y en la Ley 1150 de 2007, artículo 23.
Todo pago está sujeto a la disposición de la programación anual mensualizada de caja - PAC de EL MINISTERIO.
F. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO:
El plazo de ejecución del contrato será a partir de la fecha en que se suscriba el acta de inicio y hasta el 31 de diciembre de 2019, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución. No obstante, el servicio de soporte estará vigente hasta la fecha establecida para cada equipo de red.
G. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO:
El Xxxxx xx xxxxxxxxx xxx xxxxxxxx xxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxx X.X., sede principal del Ministerio de Educación Nacional ubicada en la Xxxxx 00 Xx. 00-00, donde se deben entregar los servicios y equipos requeridos, así como las constancias y certificados del soporte.
DOMICILIO CONTRACTUAL: Bogotá D.C.
H. OBLIGACIONES DE LAS PARTES Y DEL SUPERVISOR:
A) EL CONTRATISTA, desarrollará las siguientes obligaciones:
ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA:
1. Cumplir con lo dispuesto y requerido por el Ministerio en los pliegos de condiciones, adendas si las hubiere, en el anexo técnico, fichas técnicas, y todos los documentos que hacen parte integral del contrato y mediante los cuales se determinan los requerimientos del bien o servicio objeto del presente contrato.
2. Cumplir a cabalidad, para el desarrollo de las actividades que se deriven de la ejecución del presente contrato, con todas y cada una de las políticas, normas y procedimientos fijados por el Ministerio; así como con los niveles de servicio, cronogramas y horarios previamente aprobados por el Supervisor del contrato.
3. Garantizar que todos los equipos y sus componentes, así como partes y elementos entregados al Ministerio, necesarios para la implementación de la solución de red que se encuentran dentro del alcance del presente contrato, son nuevos, no remanufacturados y originales.
4. Garantizar la confidencialidad de toda la información manejada en el desarrollo del contrato. Se entiende como información confidencial, cualquier información técnica, financiera, legal y de cualquier otra índole a la cual tenga acceso el contratista en desarrollo del objeto del contrato, sea que se suministre verbalmente o digital o por escrito o cualquier otro medio. El contratista deberá garantizar y asumir las siguientes obligaciones de confidencialidad con la información:
• Abstenerse de divulgar por cualquier medio el contenido total o parcial de los documentos o información que le sean encomendados o sobre los cuales tenga acceso para el desarrollo del contrato.
• Devolver la totalidad de accesos, documentos o información que le sean entregados en desarrollo del contrato, así como otros bienes que le fueren facilitados para cumplir a cabalidad con sus obligaciones.
• Responder por el manejo de la información que hagan sus directivos, empleados, representantes, contratistas y subcontratistas, previa, durante y posteriormente a la ejecución del contrato.
• Utilizar la información única y exclusivamente para los fines estipulados en el desarrollo del contrato.
• Proteger la confidencialidad de la información restringiendo su uso exclusivamente a personas que tengan absoluta necesidad de conocerla.
Respecto de renovación de los servicios de soporte:
5. Realizar la renovación del servicio de soporte del fabricante CISCO a los equipos de red del Ministerio, en las condiciones y cantidades que se describen en la siguiente tabla:
Tiempo | Equipo | Cantidad |
Renovación Servicios CISCO hasta el 30 de noviembre de 2020 | Renovación de servicios Cisco Smarnet para Switch | 17 UNI |
Renovación Servicios CISCO por un periodo de 3 años | Renovación de servicios Cisco Smarnet para Access Point AIR-CAP3702I-A-K9 | 40 UNI |
Renovación de servicios Cisco Smarnet para Switches WS-C4507R+E | 2 UNI | |
Renovación de servicios Cisco Smarnet para Switches WS-C2960X-48FPD-L | 17 UNI | |
Renovación de servicios Cisco Smarnet para Switches N9K-C9372PX-BUN | 2 UNI | |
Renovación de servicios Cisco Smarnet para ISE | 2 UNI | |
Renovación Servicios CISCO homogenizando la fecha de vencimiento de soporte de todos los equipos de seguridad | Renovación de servicios Cisco Smarnet para Switches N9K-C9372PX (actualmente con soporte hasta el 15/12/2020) | 4 UNI |
6. Entregar el certificado emitido por el fabricante que garantice la activación del servicio de soporte y en el cual se evidencie las fechas de vigencia del servicio.
7. Garantizar que el servicio de soporte quede asociado a la cuenta del Ministerio con el fabricante CISCO.
8. Garantizar el cumplimiento del esquema de soporte definido en el alcance del objeto y en el anexo técnico y ficha técnica en cuanto a: accesos, reemplazo de partes, nivel de servicio, periodo de soporte.
Respecto de la adquisición de infraestructura de red:
9. Entregar a el Ministerio la infraestructura de red y servicios de instalación de acuerdo con las condiciones y requisitos establecidos en el Anexo Técnico en las siguientes cantidades:
DESCRIPCIÓN | CANTIDAD | |
Adquisición e instalación equipos de red con soporte y garantía por 3 años | Access Points | 20 UNI |
Controladoras Inalámbricas | 2 UNI | |
Switch de Acceso 48 puertos XxX | 18 UNI | |
Equipo antispam (Appliance de protección para 2.500 cuentas de correo electrónico) | 2 UNI | |
Servicios de desinstalación de lo actual, así como implementación, instalación y configuración de lo nuevo. | 1 UNI |
10. Documentar y entregar un plan de trabajo en el que se integre todas las actividades, tiempos y responsables, que garanticen la recepción por parte del Ministerio de todos los entregables definidos en el anexo técnico y ficha técnica. Este documento deberá entregarse durante los primeros cinco
(5) días hábiles posterior a la firma del acta de inicio.
11. Suministrar, configurar e implementar los equipos de red adquiridos, la cual debe ser 100% compatibles con la red de datos del Ministerio de Educación Nacional e integrarse con las herramientas de gestión (Cisco Prime Infrastructure) seguridad (Cisco ISE), que actualmente posee la entidad, conforme a las especificaciones técnicas definidas en el anexo técnico y ficha técnica.
12. Incluir con los switches adquiridos, todas las configuraciones, funcionalidades e integración con los componentes y servicios de red que actualmente posee el Ministerio conforme a los requerimientos técnicos mínimos contenidos en el Anexo.
13. Entregar el certificado emitido por el fabricante que garantice el período de vigencia, para el servicio de actualización, garantía y soporte de toda la nueva infraestructura requerida para la renovación de la red LAN y WLAN del Ministerio, por tres (3) años, además deberá garantizar la prestación de este servicio de acuerdo con las condiciones técnicas definidas en el anexo técnico y ficha técnica.
Servicios de Instalación e Implementación:
14. Garantizar la entrega de todos los servicios y productos definidos en el anexo técnico y ficha técnica. La solución de red debe ser instalada, probada y puesta en funcionamiento en su totalidad cumpliendo con los requerimientos solicitados en el anexo técnico, incluida configuraciones de alta disponibilidad, así como su documentación lo cual debe ser alineado al protocolo de paso a producción de nuevas tecnologías, documento emitido por el Ministerio
15. Suministrar todos los elementos, adecuaciones, ampliaciones, obras complementarias y los recursos necesarios para la instalación y el funcionamiento de la solución de red, requeridos para entregar el proyecto en perfecto funcionamiento y operatividad, garantizando una excelente calidad y terminación del trabajo sin generar costos adicionales para la Entidad.
16. Garantizar que los servicios de instalación e implementación de la solución de red adquirida, debe incluir la totalidad de ópticos de los switches y cables necesarios para su instalación.
17. Realizar los levantamientos de información de las redes eléctricas y de datos, de cableado estructurado y las demás que requiera para la implementación de la solución de red adquirida a través del presente contrato.
18. Realizar transferencia de conocimiento técnica certificada y dictada por una institución certificada por el fabricante para máximo diez (10) colaboradores del Ministerio de Educación Nacional con una intensidad horaria de mínimo cuarenta (40) horas, en la cual se provean conocimientos específicos de los fundamentos, administración, operación y manejo de las tecnologías y configuraciones implementadas.
19. Proporcionar los servicios del profesional de redes en las condiciones de formación, experiencia y disponibilidad de tiempo establecido en los pliegos de condiciones.
GENERALES DEL CONTRATISTA:
1. Acatar la Constitución Política, la Ley, los principios de la contratación estatal y las demás normas concordantes y complementarias.
2. Asumir la responsabilidad de todas las actividades relativas a la ejecución de las obligaciones establecidas en este contrato.
3. Participar en las reuniones que sean convocadas por la supervisión, relacionadas con la ejecución del contrato.
4. Disponer de los medios necesarios para el mantenimiento, cuidado y custodia de la información objeto del presente contrato.
5. Entregar a EL MINISTERIO, periódicamente y al finalizar el contrato, o cuando el supervisor o interventor lo solicite, todos los documentos y archivos (físicos y electrónicos) a su cargo y que se produzcan en ejecución de sus obligaciones, debidamente inventariados conforme a las normas y procedimientos que establezca el Archivo General de la Nación.
6. Colaborar en el suministro y respuesta de la información correspondiente a los requerimientos efectuados por los organismos de control del Estado Colombiano o cualquier otra autoridad, en relación con la ejecución, desarrollo o implementación del contrato y de asuntos relacionados con el mismo.
7. Solicitar autorización escrita de EL MINISTERIO para utilizar el nombre, emblema o sello oficial con fines publicitarios o ajenos a los establecidos en los lineamientos de EL MINISTERIO.
8. Cumplir con las normas reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de EL MINISTERIO, según la normatividad vigente.
9. EL CONTRATISTA deberá realizar el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral en salud y pensiones, ARL y de aportes parafiscales (SENA, ICBF y Caja de Compensación Familiar) cuando a ello hubiere lugar, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
10. EL CONTRATISTA se obliga a no subcontratar las actividades propias del objeto contractual, salvo, que dentro del desarrollo de la propuesta se haya previsto disponer de recurso humano, para lo cual deberá tener en cuenta que no podrá vincular menores de edad, dando aplicación a la Resolución No. 1677 de
2008 del Ministerio de Protección Social y los Pactos, Convenios y Convenciones Internacionales ratificados por Colombia, sobre los derechos de los niños.
OBLIGACIONES DEL SUPERVISOR:
1. Observar las obligaciones propias de la actividad, los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011, el Manual de Contratación DEL MINISTERIO, y demás manuales y normas vigentes que regulan la materia.
2. El supervisor ejercerá el control y vigilancia de la ejecución del contrato, exigiendo a las partes el cumplimiento idóneo y oportuno del mismo, así mismo debe verificar el cumplimiento del contrato en cuanto a plazo, lugar, cantidad, calidad, planes, procedimientos, proyectos y acciones.
3. Responder por el recibo a satisfacción de las actividades, servicios y elementos que comporta la ejecución del objeto del presente contrato de conformidad con lo pactado en el mismo.
4. Coordinar la estructuración de la documentación que se genera con ocasión del contrato y el correspondiente envío a las áreas que corresponda.
5. Efectuar los requerimientos que sea del caso a EL CONTRATISTA cuando las exigencias de cumplimiento así lo requieran.
6. Requerir al contratista, con copia al respectivo garante si lo hubiere, cuando advierta incumplimientos y estructurar los soportes y hacer el respectivo informe del caso con las cuantificaciones a que haya lugar, que le permitan adelantar a la entidad el trámite que corresponda, en observancia especialmente de lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 y la reglamentación que esté vigente en EL MINISTERIO en materia de imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento frente a los contratistas.
7. Elaborar los informes, actas y documentos que la actividad de supervisión comporta, con la remisión respectiva a las áreas que correspondan.
8. Certificar sobre el cumplimiento de las obligaciones cumplidas y verificar los informes presentados por EL CONTRATISTA.
9. Verificar la legalidad de la factura electrónica, cuando el contratista se encuentre en régimen común y se haya acogido a dicho sistema de facturación, de acuerdo con la guía expedida por la Subdirección Financiera.
10. Informar al líder o líderes de la contratación sobre los cambios que se presenten durante la ejecución del contrato y velar porque se suscriban por las partes las correspondientes modificaciones, adiciones o prórrogas que se requieran.
11.Una vez perfeccionadas las modificaciones de los contratos y convenios, prórrogas, adiciones, aclaraciones, suspensiones, reinicios o cesiones, requerir al contratista para surta los trámites al respectivo garante, cuando aplique, dentro de los cinco (5) días siguientes.
12.Remitir mensualmente a la Subdirección de Contratación la documentación de la ejecución contractual, que se produzca en físico, para el respectivo archivo en el expediente contractual. Esta información se remitirá una vez haya sido publicada en la plataforma SECOPII.
13.El supervisor debe velar por que la garantía cuando aplique se mantenga vigente incluidos los amparos que correspondan para la etapa de liquidación o postcontractual cuando a ello hubiere lugar.
14.Proyectar con la debida antelación, la liquidación del contrato, en los casos en los que la misma se imponga.
15.Publicar dentro del término xx xxx en la plataforma SECOP II toda la ejecución contractual de acuerdo con lo estipulado en la Ley 1712 de 2014.
16.Mantenerse actualizado en los términos, condiciones, manuales y guías del SECOP ll, de la página de Colombia Compra Eficiente.
17. Velar por la integridad, autenticidad, veracidad y fidelidad de la información del ejercicio de su supervisión o interventoría, por lo tanto, deberán entregar todos los documentos y archivos (físicos y electrónicos) a su cargo y que se produzca en ejercicio de sus funciones, de acuerdo con los procedimientos internos de gestión documental establecidos por EL MINISTERIO.
18.Autorizar los pagos al contratista, previa verificación del cumplimiento del objeto dentro del contexto estipulado y de la acreditación de que el Contratista se encuentra al día en el pago al Sistema de Seguridad Social Integral en salud y pensiones, ARL y de aportes parafiscales (SENA, ICBF y Caja de Compensación Familiar) cuando a ello hubiere lugar, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007
Parágrafo: En caso de ausencia parcial o total del supervisor la misma será asumida por quien haga sus veces, para lo cual no se requerirá de la suscripción de documento adicional. En caso de que se materialice la situación anterior se deberá informar inmediatamente a la Subdirección de Contratación.
I. MODALIDAD DE CONTRATACIÓN
TIPO DE CONTRATO: Soporte y adquisición de licencias informáticas
MODALIDAD DE SELECCIÓN: Selección Abreviada para la adquisición de Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes por Subasta Inversa Electrónica.
La escogencia del contratista se hará de acuerdo con la modalidad de selección establecida en la Ley 1150 de 2007, de conformidad con su Artículo 2do, numeral 2do, en su literal a), que señala como causal del proceso de selección abreviada la adquisición o suministro de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización por parte de las entidades, que corresponden a aquellos que poseen las mismas especificaciones técnicas, con independencia de su diseño o de sus características descriptivas, y comparten patrones de desempeño y calidad objetivamente definidos. Para la adquisición de estos bienes y servicios las entidades deberán, siempre que el reglamento así lo señale, hacer uso de procedimientos de subasta inversa o de instrumentos de compra por catálogo derivados de la celebración de acuerdos marco de precios o de procedimientos de adquisición en bolsas de productos.
Es de anotar que estos bienes y servicios a adquirir por parte del Ministerio de Educación Nacional, se consideran de características técnicas uniformes y de común utilización, los cuales son ofrecidos de manera masiva en el mercado y sus especificaciones son equivalentes para las diferentes entidades que los requieren, tal como se demuestra en la ficha técnica.
El procedimiento de la Selección Abreviada a través de subasta inversa se realizará de forma electrónica de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.1.2.2 y siguientes del Decreto Reglamentario 1082 de 2015.
"Utilización del Acuerdo Marco de Precios. Colombia Compra Eficiente debe publicar el Catálogo para Acuerdos Marco de Precios, y la Entidad Estatal en la etapa de planeación del Proceso de Contratación está obligada a verificar si existe un Acuerdo Marco de Precios vigente con el cual la Entidad Estatal pueda satisfacer la necesidad identificada.
El Ministerio de Educación Nacional verificó previamente en la página de la Agencia Nacional de Contratación Pública, Tienda Virtual si existía o no acuerdo marco de precios para el suministro de soporte de equipos CISCO y suministro de equipos de red LAN y WLAN, sin que figure la existencia de acuerdo marco para tal fin, por lo tanto, la modalidad por la cual se debe adelantar el presente proceso es selección abreviada por subasta inversa.
Los productos por adquirir son bienes y servicios de común utilización (software) con especificaciones técnicas, patrones de desempeño y calidad iguales o similares, que en consecuencia para el presente proceso pueden ser agrupados como bienes y servicios homogéneos para su adquisición pudiéndose definir, así como bienes y servicios de características técnicas uniformes, tal como se evidencia en el anexo y ficha técnica que hacen parte del proceso.
J. CONVOCATORIA LIMITADA A MIPYMES
De acuerdo con lo previsto por los artículos 2.2.1.2.4.2.2 y 2.2.1.2.4.2.3 del Decreto 1082 de 2015, y teniendo en cuenta que el presente Proceso de Contratación supera el Umbral para convocatorias limitadas a Mipyme (2019) establecido por Colombia Compra, es decir, $377'079.000, la presente convocatoria no se limita a Mipymes.
IV. REQUISITOS HABILITANTES
El Ministerio de Educación Nacional verificará con el Registro Único de Proponentes el cumplimiento de los requisitos habilitantes, además se verificará con los documentos que se solicitan para aquella información adicional que no reposa en el RUP. Esta verificación se hará de acuerdo con los artículos 2.2.1.1.1.5.2 y 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015 y el Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en Procesos de Contratación expedido por Colombia Compra Eficiente.
La capacidad jurídica, las condiciones de experiencia, la capacidad financiera y de organización de los proponentes serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección conforme a lo señalado en el artículo 5 de la ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 5 de la Ley 1882 de enero de 2018, en concordancia con el artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015:
N ° | FACTORES DE VERIFICACIÓN | |
1 | CAPACIDAD JURÍDICA | CUMPLE / NO CUMPLE |
2 | CAPACIDAD FINANCIERA | CUMPLE / NO CUMPLE |
3 | CAPACIDAD TÉCNICA | CUMPLE / NO CUMPLE |
RESULTADO | CUMPLE / NO CUMPLE |
VERIFICACION DE LOS REQUISITOS HABILITANTES:
I. CAPACIDAD JURÍDICA HABILITANTE (CUMPLE/NO CUMPLE)
El análisis de los documentos solicitados no da derecho a asignación de puntaje, pero conducirá a determinar si el proponente CUMPLE o NO CUMPLE con las condiciones para participar, lo cual HABILITA o RECHAZA
las propuestas para su verificación técnica y económica. Se estudiarán y analizarán los requisitos esenciales de orden legal, verificando su estricto cumplimiento, para el efecto se verificarán los siguientes documentos:
En el presente Proceso de Contratación pueden participar personas jurídicas, nacionales o extranjeras; consorcios, uniones temporales. La duración de las personas jurídicas, asociaciones en consorcio o unión temporal debe ser por lo menos por el plazo del Contrato y tres (3) años más.
El Ministerio de Educación Nacional también revisará que los Proponentes no se encuentren incursos en causales de inhabilidad, incompatibilidad para celebrar o ejecutar el contrato. Para ello, revisará el boletín de responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios, el certificado de antecedentes judiciales, el certificado del Registro Nacional de Medidas Correctivas RNMC (multas o contravenciones) y el RUP para verificar que no haya sanciones inscritas.
Por lo anterior, el proponente deberá adjuntar los siguientes documentos de carácter jurídico, cuya presentación constituye un factor de verificación de cumplimiento de la propuesta, mas no otorgará calificación alguna:
1.1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA: FORMATO No. 1
El Proponente aportará una carta de presentación de la propuesta debidamente firmada, en la cual se destaque la identificación clara del sujeto jurídico que hace la oferta; el ofrecimiento incondicional de celebrar el contrato propuesto; y la manifestación y el compromiso de acoger y respetar las reglas del proceso de selección. Esta deberá estar suscrita por el interesado que será la persona natural o el representante legal para personas jurídicas, del consorcio o unión temporal, o por el apoderado debidamente constituido, evento en el cual se debe anexar el original del poder donde se especifique que se otorga para presentar la carta de presentación y la oferta.
Para facilitar el trámite del diligenciamiento de la carta de presentación de la oferta, el pliego de condiciones dispondrá del anexo para tal fin, es un modelo que contiene todas las declaraciones que debe realizar el proponente. Por lo tanto, el proponente podrá transcribirlo u obtenerlo en medio magnético. En cualquier caso, la carta que presente el proponente, deberá incluir todas las manifestaciones requeridas por la entidad. El proponente NO podrá señalar condiciones diferentes a las establecidas en el pliego de condiciones.
Con la firma de la carta de presentación de la propuesta se presumirá la aprobación, legalidad y conocimiento de todos los documentos que acompañan el Pliego de Condiciones.
1.2. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL DEL PROPONENTE Y/O REGISTRO MERCANTIL EXPEDIDO POR LA CÁMARA DE COMERCIO Y/O DOCUMENTO LEGAL IDÓNEO:
El proponente (Persona Jurídica) deberá presentar el certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio del domicilio principal o por la autoridad competente que certifique de acuerdo con la naturaleza del proponente; con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario anterior a la fecha fijada para el cierre del proceso, donde conste que de acuerdo con su objeto social se contempla la realización de las actividades y servicios objeto del contrato, y que cuenta con la capacidad jurídica para celebrar y ejecutar contratos.
Además, deberá indicar la duración de la persona jurídica que no podrá ser inferior a la vigencia del contrato y tres (3) años más.
En caso de consorcio o unión temporal (personas jurídicas), cada uno de los integrantes deberá presentar este certificado con los requerimientos establecidos anteriormente. Adicionalmente deberá aportar acta de constitución de la unión temporal o consorcio, con el lleno de requisitos exigidos por el parágrafo 1° del artículo 7 de la Ley 80 del 93.
Si se trata de un proponente persona natural singular y los miembros del proponente Plural (personas naturales), deberán anexar copia de la cédula de ciudadanía o Certificado de Matricula Mercantil del establecimiento de
comercio según el caso, con fecha de expedición no mayor a 30 días calendarios, anterior a la fecha del cierre del plazo de presentación de propuestas del proceso.
En caso de personas naturales que no estén obligadas a inscribirse en el registro mercantil, como es el caso de las profesiones liberales, no deberán acreditar tal requisito.
Si la oferta se presenta a nombre de una Sucursal, se deberán anexar los Certificados, tanto de la Sucursal como de la Casa Principal.
Si el proponente es persona jurídica que legalmente no está obligada a registrarse en la Cámara de Comercio, deberá allegar el documento legal idóneo que acredite su existencia y representación o reconocimiento de personería jurídica, con fecha de expedición no mayor a (30) días calendario anterior al cierre del proceso contractual.
Si el proponente es persona jurídica extranjera sin sucursal en Colombia, deberá acreditar su existencia y representación legal, para lo cual deberá presentar un documento expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio expedido por lo menos dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre del proceso conforme lo establezca el pliego de condiciones, en el que conste su existencia, objeto, fecha de constitución, vigencia, nombre del representante legal de la sociedad o de la persona o personas que tengan la capacidad para comprometerla jurídicamente y sus facultades, señalando expresamente, si fuere el caso, que el representante no tiene limitaciones para presentar la propuesta.
En el evento en que el interesado extranjero no cuente con un documento que contenga la totalidad de la información, deberá presentar los documentos que sean necesarios para acreditar lo solicitado en el presente numeral expedidos por las respectivas autoridades competentes.
Si no existiese ninguna autoridad o entidad que certifique la información aquí solicitada, el proponente extranjero deberá presentar una declaración juramentada de una persona con capacidad para vincular y representar a la sociedad en la que conste: Que no existe autoridad u organismo que certifique lo solicitado en el presente numeral; y que la capacidad para vincular y representar a la sociedad de la persona que efectúa la declaración y de las demás personas que puedan representar y vincular a la sociedad, si las hay.
El proponente extranjero deberá acreditar:
• Que el objeto social principal o complementario permite la celebración y ejecución del Contrato, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los estatutos). Para estos efectos, la autorización se entiende contenida dentro de la autorización general otorgada para comprometer a la sociedad.
• La suficiencia de la capacidad de su representante legal o de su apoderado especial en Colombia para presentar la propuesta y suscribir el Contrato, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el numeral anterior.
• Que su duración es por lo menos igual al plazo de ejecución del contrato y un (1) años más, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o dos (2) certificados del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el numeral anterior).
Apoderado para oferentes extranjeros
Los oferentes extranjeros sin sucursal o domicilio en Colombia deberán presentar sus propuestas a través de apoderado facultado para tal fin, con arreglo a las disposiciones legales que rigen la materia.
La persona natural o jurídica de origen extranjero, que no sea residente en Colombia, podrá presentar propuesta, previo cumplimiento de los requisitos generales establecidos para tal fin, aplicables a los oferentes nacionales con las excepciones del caso y especialmente cumpliendo los siguientes requisitos:
i. Cuando se trate de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán acreditar la constitución de un apoderado
(Poder Especial), domiciliado y residente en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como para representarla administrativa, judicial o extrajudicialmente.
ii. Deberá adjuntar el certificado de existencia y representación legal o el documento equivalente del país en que se haya constituido legalmente. Si el mismo se encuentra en idioma distinto al castellano, debe presentarse en su lengua original junto con la traducción al castellano. En el evento en que el oferente extranjero ostente limitación en su capacidad de contratación o de oferta deberá adjuntar el documento mediante el cual se remueva dicha limitación. En lo no previsto aquí expresamente, se aplicará el régimen dispuesto para los nacionales colombianos y que le sea aplicable a los extranjeros.
iii. En cumplimiento de lo ordenado por el Parágrafo 2° del artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto — Ley 019 de 2012, el oferente extranjero, persona natural sin domicilio en Colombia o persona jurídica extranjera que no tenga establecida sucursal en el país, NO se encuentra obligado a inscribirse ni calificarse en el RUP.
iv. El oferente extranjero deberá relacionar y certificar la experiencia exigida en este proceso. En el evento en que dicha experiencia se haya obtenido en país distinto a Colombia, para efectos de certificarla deberá adjuntar la certificación respectiva que deberá cumplir con los requisitos establecidos en este documento. Adicionalmente, si la certificación se encuentra en idioma distinto al castellano, deberá adjuntarse además del documento en idioma extranjero, la traducción correspondiente.
En el evento de resultar favorecido con la adjudicación un proponente extranjero sin domicilio ni sucursal en Colombia, para efectos de poder ejecutar el contrato deberá previamente constituir una sucursal en Colombia en los términos del Código de Comercio, de acuerdo con lo señalado en los artículos 471 y 474 del citado Código.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 874 del Código de Comercio, en concordancia con el Artículo 28 de la Ley 9 de 1991, el artículo 3 del Decreto 1735 de 1993 y la Resolución No. 8 de 2000, modificada por la Resolución 6 de 2006, emanada del Banco de la República, el valor en pesos colombianos del contrato o contratos celebrados en moneda distinta será el de la fecha de su suscripción o firma, de acuerdo con la tasa de cambio oficial que indique el Banco de la República.
Persona jurídica sin ánimo de lucro:
Cuando el proponente fuere una persona jurídica sin ánimo de lucro domiciliada en Bogotá, D.C., el proponente deberá presentar el Certificado de inspección, vigilancia y control con vigencia no mayor a 30 días calendario, expedido por la Subdirección Distrital de Inspección, Vigilancia y Control de Personas Jurídicas, sin ánimo de lucro - Superpersonas Jurídicas y/o la Entidad que ejerza el control y vigilancia, en el cual conste que la sociedad puede ejercer su objeto social, cumple con los requisitos exigidos y no tiene sanciones o límites a su ejercicio social. Así mismo, su objeto social debe corresponder al objeto del presente proceso de selección o actividades afines.
1.3. REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES – RUP:
Inscripción en el RUP:
Para el presente proceso de contratación el proponente singular o cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal (si el Proponente es plural) debe acreditar el registro único de proponentes-RUP vigente, en firme y con fecha de expedición no mayor a 30 días calendario, a la fecha del cierre del presente proceso de selección.
Dicho registro debe permanecer vigente durante la ejecución del contrato y hasta la liquidación del mismo.
Respecto a las personas naturales extranjeras sin domicilio en el país y las personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, no requieren inscripción en el Registro único de Proponentes.
En consecuencia, el MEN verificará directamente la información solicitada, de conformidad con lo dispuesto en el pliego de condiciones, para lo cual el proponente extranjero deberá diligenciar el FORMATO No. 02 CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS PROPONENTE EXTRANJERO, bajo la gravedad de juramento. Para tal evento será necesario que el proponente adjunte además del formato diligenciado la copia del contrato
que referenció en dicho formato, el cual debe contener la clasificación UNSPSC exigida en el pliego de condiciones.
No obstante, lo anterior, si estas personas conforman una Estructura Plural con una o varias personas(s) natural (es) o jurídica(s) nacionales o personas naturales extranjeras con domicilio en Colombia o con personas jurídicas extranjeras con sucursal establecida en Colombia, estos últimos deberán cumplir con lo establecido en el presente numeral.
1.4. REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO – RUT:
Con el fin de conocer el régimen Tributario a que pertenece el proponente, deberá presentarse con la propuesta el Registro Único Tributario, expedido por la Dirección General de Impuestos Nacionales, donde aparezca claramente el NIT del proponente. En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los integrantes deberá aportar este documento.
Las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia y las personas naturales sin domicilio en Colombia, no deben presentar el Registro Único Tributario (RUT), toda vez que en él se debe inscribir toda persona natural o jurídica que deba cumplir obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de que el adjudicatario sea una persona jurídica extranjera sin sucursal en Colombia o una persona natural sin domicilio en Colombia, esta deberá inscribirse en el Registro Único Tributario (RUT).
1.5. CERTIFICACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PARAFISCALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL. FORMATO No. 3
De conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 , Ley 1150 de 2007 y Ley 1562 de 2012, a la fecha del cierre del proceso de selección, el oferente deberá aportar certificación del cumplimiento de sus obligaciones y pago de aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, o CREE, cuando a ello haya lugar, mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o en su defecto por el representante legal, la cual en todo caso, acreditará el cumplimiento de la obligación como mínimo en los seis (6) meses anteriores a la presentación de la oferta, con el fin de dar cumplimiento al artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
Si se trata de un consorcio o unión temporal, se deberá allegar la certificación de cumplimiento antes mencionada para cada uno de los miembros.
Cuando el proponente sea persona natural, deberá acreditar los documentos de afiliación al Sistema Integral de Seguridad Social, anexando copia del pago y planilla donde se relacionen los conceptos cancelados, realizado en el mes inmediatamente anterior a la fecha del cierre del plazo para presentar las ofertas.
Para el caso en que el Oferente tenga un acuerdo de pago vigente, deberá certificar que se encuentra al día con los pagos acordados en el mismo, al mes anterior al cierre.
Nota: Junto con la certificación deberá anexarse copia del documento de identificación del revisor fiscal o contador junto con copia de la tarjeta profesional su vigencia y antecedentes disciplinarios, este certificado deberá tener una vigencia no superior a 3 meses.
Para personas extranjeras:
Si la propuesta es presentada por una persona natural o jurídica extranjera, deberá presentar el formato de pago o el documento que haga sus veces, en donde acredite el pago de seguridad social de acuerdo a la reglamentación que rija en el país de origen, adjuntando la Ley o norma que la regula. Dicha norma puede anexarse en copia digital o impresa y citar en los documentos presentados con la propuesta, en que numerales y páginas de la misma, se evidencia lo solicitado en el pliego.
Nota: Junto con la certificación deberá anexarse copia del documento de identificación del revisor fiscal o contador junto con copia de la tarjeta profesional su vigencia y antecedentes disciplinarios, este certificado deberá tener una vigencia no superior a 3 meses.
1.6. AUTORIZACIÓN PARA CONTRATAR:
En caso de existir limitaciones en las facultades del representante legal señaladas en los estatutos, el proponente deberá anexar copia del Acta de Junta de Socios o Junta Directiva, según el caso u órgano competente donde se le autorice para comprometer a la sociedad en la contratación y suscribir los documentos que se requieran en su desarrollo y para constituir el consorcio o la unión temporal, si a ello hubiere lugar.
1.7. PODER CUANDO LA PROPUESTA SE PRESENTE POR INTERMEDIO DE UN APODERADO
Cuando el oferente actúe a través de un representante o apoderado deberá acreditar, mediante documento legalmente expedido, que su representante o apoderado está expresamente facultado para presentar la oferta y firmar el contrato respectivo.
1.8. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA:
Para garantizar la seriedad de la oferta, cada oferente debe constituir a favor del MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, NIT 899.999.001-7 una garantía de seriedad de la oferta a FAVOR DE ENTIDADES OFICIALES por cualquiera de los métodos admitidos para este criterio de conformidad con las reglas establecidas por el Decreto 1082 de 2015; si esta es una póliza, deberá ser expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia.
El valor de la garantía deberá ser por la suma equivalente al 10% del valor total de la oferta, teniendo en cuenta el presupuesto oficial, conforme al artículo 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto 1082 de 2015.
La vigencia mínima debe ser por noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha del cierre del proceso de selección; en todo caso el amparo de la garantía de seriedad de la oferta deberá extenderse hasta la aprobación de la garantía única de cumplimiento que ampare la actividad contractual, para lo cual, el Ministerio de Educación Nacional, requerirá a los proponentes para que realicen la ampliación de los plazos de la vigencia, de ser el caso.
Cuando la oferta la presente un Consorcio o Unión Temporal, la garantía debe ser tomada a nombre del Consorcio o Unión Temporal y sus integrantes, en este caso, debe quedar claro en la garantía los integrantes del consorcio o unión temporal y su participación en el mismo.
NOTA: El objeto de la garantía deberá corresponder al objeto del presente proceso de selección.
Si el oferente favorecido con la adjudicación no suscribe el correspondiente contrato, el Ministerio, se reserva la facultad de exigir al oferente clasificado en segundo (2°) lugar, la prórroga de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, hasta la expedición de los contratos, y así sucesivamente a los demás oferentes; siempre y cuando, su oferta sea favorable para el Ministerio.
Es preciso aclarar que la no presentación de esta garantía con anterioridad a la fecha de cierre, da lugar al rechazo de la propuesta, conforme al Parágrafo 3 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2017, incluido mediante la Ley 1882 del 15 de enero de 2018.
Igualmente, cuando a la oferta se anexe una garantía tomada para un proceso de selección diferente al que se está adelantando, con objeto, valores diferente al proceso de selección y el afianzado corresponde a otra entidad, en estos supuestos la Oferta será RECHAZADA, toda vez que se tendrá como una garantía emitida y presentada para un proceso de selección diferente al convocado.1
1.9. FOTOCOPIA DE CÉDULA DE CIUDADANÍA:
Presentar Fotocopia del documento de identidad del representante legal y/o del apoderado.
1.10. AUSENCIA DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
El Ministerio consultará en la página web de la Procuraduría General de la Nación, los antecedentes disciplinarios del proponente, y en la página web de la Contraloría General de la República el Boletín de Responsables Fiscales, así como los antecedentes penales y de multas por contravenciones del representante
1 Articulo 5 Ley 1882 de 15 de enero de 2018.
legal (Consultar en: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/XXX/xxx_xxx_xxxxxxxx.xxxx), en la página web de la Policía Nacional. No obstante, con la propuesta se podrán anexar dichos certificados.
1.11. DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL, SI ES LA CONDICIÓN DEL OFERENTE. FORMATO No. 4
Los proponentes que se presenten bajo una de estas modalidades de proponente plural deberán presentar el documento que acredite la conformación del Consorcio o Unión Temporal con el lleno de los requisitos exigidos por el parágrafo 1º del artículo 7º de la Ley 80 de 1993.
En el documento de constitución deberá constar la siguiente información:
a. Los proponentes indicarán si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal, en el caso de la unión temporal deberán señalar los términos y extensión de la participación en la propuesta y en su ejecución, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de EL MIISTERIO.
b. En caso de unión temporal deberán señalar los términos y porcentaje de su participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de EL MINISTERIO.
c. Designar un representante, la persona que para todos los efectos representará el Consorcio o a la Unión Temporal y señalarán las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad. No obstante, el representante no podrá ser reemplazado sin la autorización expresa y escrita de cada uno de los integrantes que la
conforman.
d. Indicar el término de duración del Consorcio o Unión temporal, el cual no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más.
e. Se deberá indicar el nombre del consorcio o unión temporal, el cual no podrá ser modificado dentro del proceso. En el evento que resultare adjudicatario, este será tenido en cuenta para la celebración del contrato y deberá corresponder con la identificación tributaria del proponente asociativo.
Nota1. Los proponentes que se presenten bajo la modalidad de proponente plural deberán dar cumplimiento a las guías de Colombia Compra Eficiente que establecen el procedimiento y paso a paso para crear la unión temporal o consorcio en la plataforma del SECOP II y la forma de presentar propuestas y observaciones bajo alguna de las citadas modalidades.
Nota 2. Para poderse presentar como proponente plural para el presente proceso, es necesario estar registrado previamente como unión temporal o consorcio en el SECOP II. Es obligatorio que el nombre con el cual participan como proponente plural sea el mismo con el cual están registrados en el SECOP II.
1.12.- COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
Los proponentes deberán suscribir su Compromiso Anticorrupción contenido en el cuestionario de la plataforma del Secop II en donde manifiesten su apoyo irrestricto a los esfuerzos del Estado Colombiano contra la corrupción así.
1. Apoyamos la acción del Estado colombiano y del Ministerio de Educación Nacional para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas de la administración pública.
2. No estamos en causal de inhabilidad alguna para celebrar el contrato objeto del Proceso de Contratación.
3. Nos comprometemos a no ofrecer y no dar dádivas, sobornos o cualquier forma de halago, retribuciones o prebenda a servidores públicos o asesores de la Entidad Contratante, directamente o a través de sus empleados, contratistas o tercero.
4. Nos comprometemos a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o efecto la colusión en el proceso de contratación.
5. Nos comprometemos a revelar la información que sobre el Proceso de Contratación nos soliciten los organismos de control de la República de Colombia.
6. Nos comprometemos a comunicar a nuestros empleados y asesores el contenido del presente Compromiso Anticorrupción, explicar su importancia y las consecuencias de su incumplimiento por nuestra parte, y la de nuestros empleados o asesores.
7. Conocemos las consecuencias derivadas del incumplimiento del presente compromiso anticorrupción.
Si se comprueba el incumplimiento, frente a este compromiso, por parte del oferente, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el proceso de contratación actúe en su nombre, habrá causal suficiente para el rechazo de la oferta o para la terminación anticipada del contrato, si el incumplimiento ocurre con posterioridad a la adjudicación, sin perjuicio de que tal incumplimiento tenga consecuencias adicionales.
No se requiere presentar formato alguno solo leer el documento anticorrupción y expresar la manifestación en el cuestionario de la plataforma por parte del proponente que presente oferta.
Notas a los documentos jurídicos
NOTA 1: En caso de unión temporal o consorcio, cada integrante deberá presentar las anteriores certificaciones o documentos, con excepción de los señalados en los literales 1.1,1.8, 1.11. y 1.12 que sólo deberán ser suscritos o presentados por el representante legal designado para la unión temporal o consorcio.
NOTA 2: El no cumplimiento de los requerimientos de carácter jurídico por parte de los proponentes, dará lugar a que la propuesta sea evaluada como NO HABILITADA.
II. CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL - CUMPLE/NO CUMPLE.
De acuerdo con el artículo 2.2.1.1.1.6.2 del Decreto 1082 de 2015, para verificar la capacidad financiera del oferente se requiere la siguiente información:
2.1. CERTIFICADO DE CLASIFICACIÓN DE LA CÁMARA DE COMERCIO (REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES - RUP)
La capacidad financiera del proponente será determinada con base en los indicadores financieros requeridos por el Ministerio de Educación Nacional, calculados según los datos financieros del año inmediatamente anterior en el Registro Único de Proponentes vigente y en firme, es decir, estados financieros con corte a 31 de diciembre de 2018, El RUP debe estar vigente y la información objeto de evaluación en firme, a la fecha de cierre del proceso de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 2.2.1.1.1.5.1 Inscripción, renovación actualización y cancelación del RUP del Decreto 1082 de 2015, el cual reza lo siguiente:
La persona inscrita en el RUP debe presentar la información para renovar su registro a más tardar el quinto día hábil del mes xx xxxxx de cada año. De lo contrario cesan los efectos del RUP…
Respecto a las personas naturales extranjeras sin domicilio en el país y las personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, no requieren inscripción en el Registro único de Proponentes, el Ministerio de Educación Nacional se reserva el derecho a solicitar al proponente la documentación financiera que no se encuentre en el RUP y que sea requerida para acreditar la capacidad del oferente.
No obstante, lo anterior, si estas personas conforman una Estructura Plural con una o varias personas(s) natural (es) o jurídica(s) nacionales o personas naturales extranjeras con domicilio en Colombia o con personas jurídicas extranjeras con sucursal establecida en Colombia, estos últimos deberán cumplir con lo establecido en el presente numeral.
NOTA 1: En caso de consorcios o uniones temporales se deberá anexar a la propuesta el Registro Único de Proponentes de cada uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal.
NOTA 2: El Ministerio se reserva el derecho a solicitar al proponente la documentación financiera que no se encuentre en el RUP y que sea requerida para acreditar la capacidad del oferente.
NOTA 3: En caso de empresas cuya fecha de constitución sea posterior al 31 de diciembre de 2018, los estados financieros que se verificarán serán los del balance de aperturas reportadas en el Certificado de Clasificación de la Cámara de Comercio RUP.
2.2. DOCUMENTOS FINANCIEROS PROPONENTE EXTRANJERO SIN DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA.
Los oferentes extranjeros deberán presentar sus estados financieros, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
a) Las personas naturales o jurídicas extranjeras que no tengan domicilio o sucursal en Colombia, deberán presentar sus estados financieros del último período fiscal aplicado en su país, firmados por el representante legal o Apoderado del Oferente en Colombia y contador público colombiano, consularizados y visados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, acompañados de traducción oficial al castellano, expresados a la moneda colombiana.
b) Moneda – Los oferentes deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos. El proponente y la Entidad Estatal para efectos de acreditar y verificar los requisitos habilitantes tendrán en cuenta la tasa representativa xxx xxxxxxx de la fecha de cierre de año fiscal del país de origen. Para el efecto, el proponente y la Entidad Estatal tendrán en cuenta las tasas de cambio certificadas por la Superintendencia Financiera.
c) La clasificación de cuentas, así como la conversión de los Estados Financieros a la moneda funcional colombiana deben ser avaladas en documento independiente debidamente suscrito por un Contador Público Colombiano y el Representante Legal o Apoderado del Oferente en Colombia. los estados financieros de los cuales se tome la información deberán estar preparados de conformidad con los estándares internacionales de reporte financiero –IFRS, y deberán encontrarse DEBIDAMENTE CERTIFICADOS Y DICTAMINADOS. También podrán, a opción de la empresa extranjera, tomar la información de los estados financieros preparados bajo los principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia – COLGAAP.
d) El contador público colombiano que avala la clasificación de cuentas y la conversión de los Estados Financieros a la moneda funcional colombiana debe allegar copia de la tarjeta profesional y de la certificación de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios expedida por la Junta Central de Contadores, certificación que debe encontrarse vigente a la fecha de presentación de la oferta (3 meses).
En el evento en que cualquiera de estos requerimientos no sea aplicable en el país del domicilio de la empresa extranjera, el Representante Legal de esta última, así como el apoderado en Colombia, deberán hacerlo constar bajo la gravedad de juramento y certificar a través del competente oficial del Estado o de una Auditoría Externa del país del proponente que el (los) requerimiento (s) efectuado (s) no es (son) aplicable (s).
2.3. INDICADORES FINANCIEROS PROPONENTE NACIONAL Y EXTRANJERO
De acuerdo con el artículo 2.2.1.1.1.6.2 del Decreto 1082 de 2015, para la verificación de los requisitos habilitantes los cuales se denominarán CUMPLE- NO CUMPLE; los Índices financieros que se verificarán en el presente proceso de selección son:
INDICADOR | CRITERIO |
ÍNDICE DE LIQUIDEZ | MAYOR O IGUAL A ≥ 1.20 VECES |
NIVEL DE ENDEUDAMIENTO | MENOR O IGUAL AL ≤ 73% |
RAZÓN DE COBERTURA DE INTERÉS | MAYOR O IGUAL A ≥ 1 VECES |
NOTA: Dichos indicadores se requieren con base al respectivo análisis del sector y las características propias del objeto contractual, los cuales se tomaron como referentes para la determinación de los citados indicadores, garantizando la pluralidad de oferentes y una evaluación objetiva de los oferentes para establecer su capacidad financiera y operacional adecuadas al objeto del proceso.
✓ IL = ÍNDICE DE LIQUIDEZ:
Se calculará con la siguiente fórmula:
𝑨𝑪
𝑰𝑳 = 𝑷𝑪
Donde:
IL = Índice Liquidez AC = Activo corriente PC = Pasivo corriente
Proponente singular - personas naturales y jurídicas
El índice de liquidez presentado debe corresponder a:
Índice de liquidez | MAYOR O IGUAL A ≥ 1.20 VECES |
Consorcios y uniones temporales
El índice de liquidez será el resultado de dividir la sumatoria del activo corriente de cada uno de los integrantes, entre la sumatoria de los pasivos corrientes de cada uno de ellos y éste debe corresponder a:
Índice de liquidez | MAYOR O IGUAL A ≥ 1.20 VECES |
✓ NIVEL DE ENDEUDAMIENTO
Se calculará con la siguiente fórmula:
𝑷𝑻
𝑵𝑰𝑽𝑬𝑳 𝑬𝑵𝑫𝑬𝑼𝑫𝑨𝑴𝑰𝑬𝑵𝑻𝑶 = 𝑨𝑻
Donde:
PT = Pasivo total
AT = Activo total
Proponente singular - personas naturales y jurídicas
El nivel de endeudamiento debe corresponder a:
Nivel de endeudamiento | MENOR O IGUAL AL ≤ 73%. |
Consorcios y uniones temporales
El nivel de endeudamiento será el resultado de dividir la sumatoria del pasivo total de cada uno de los integrantes, entre la sumatoria del activo total de cada uno de ellos, el cual deberá corresponder a:
Nivel de endeudamiento | MENOR O IGUAL AL ≤ 73%. |
✓ RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES
Se calculará con la siguiente fórmula:
𝑼𝑶
𝑪𝑶𝑩𝑬𝑹𝑻𝑼𝑹𝑨 𝑰𝑵𝑻𝑬𝑹𝑬𝑺𝑬𝑺 = 𝑮𝑰
Donde:
UO = Utilidad Operacional
GI = Gastos financieros
Proponente singular personas naturales y jurídicas
La razón de cobertura de intereses debe corresponder a:
Razón de cobertura de interés | MAYOR O IGUAL A ≥ 1 VECES |
Consorcios y uniones temporales
La razón de cobertura de intereses para el caso de proponentes plurales será el resultado de la sumatoria de las utilidades operacionales de cada uno de los integrantes que conforman al proponente plural dividido por la sumatoria de los gastos financieros de cada uno de los integrantes que conforman al proponente plural y el resultado deberá corresponder a:
Razón de cobertura de interés | MAYOR O IGUAL A ≥ 1 VECES |
NOTA ACLARATORIA: Los oferentes cuyos gastos financieros sean cero (0), no podrán calcular el indicador de razón de cobertura de intereses, en este caso el oferente CUMPLE el indicador, salvo que la utilidad operacional sea negativa, caso en el cual NO CUMPLE con el indicador de razón de cobertura de intereses.
2.4. INDICADORES DE CAPACIDAD TÉCNICA U ORGANIZACIONAL
La entidad evaluará como CUMPLE al oferente que cumpla como mínimo los siguientes indicadores de capacidad técnica u organizacional, la propuesta que no logre los mínimos será evaluada como NO CUMPLE:
La capacidad organizacional es la aptitud de un proponente para cumplir oportuna y cabalmente el objeto del contrato en función de su organización interna. El Decreto 1082 de 2015 definió los indicadores de rentabilidad para medir la capacidad organizacional de un proponente teniendo en cuenta que está bien organizado cuando es rentable.
CAPACIDAD ORGANIZACIONAL | |
Rentabilidad del patrimonio | MAYOR O IGUAL A ≥ 2% |
Rentabilidad del activo | MAYOR O IGUAL A ≥ 1% |
✓ RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO
Para calcular la rentabilidad del patrimonio se utilizará la siguiente fórmula
𝑼𝑶
𝑹𝑷 =
𝑷
Donde:
𝑿 𝟏𝟎𝟎
RP= Rentabilidad del Patrimonio UO= Utilidad Operacional
P= Patrimonio
Proponente singular - personas naturales y jurídicas
La rentabilidad del patrimonio debe corresponder como mínimo a:
Rentabilidad del patrimonio | MAYOR O IGUAL A ≥ 2% |
Consorcios y uniones temporales
La rentabilidad del será el resultado de dividir la sumatoria de las utilidades operacionales de cada uno de los integrantes, entre la sumatoria del Patrimonio de cada uno de los integrantes, y su resultado debe corresponder como mínimo a:
Rentabilidad del patrimonio | MAYOR O IGUAL A ≥ 2% |
✓ RENTABILIDAD DEL ACTIVO
Para calcular la rentabilidad del activo se utilizará la siguiente fórmula
𝑹𝑨 =
𝑼𝑶
𝑨 𝑿 𝟏𝟎𝟎
Donde:
RA= Rentabilidad del Activo UO= Utilidad Operacional A= Activo
Proponente singular - personas naturales y jurídicas
La rentabilidad del activo debe corresponder como mínimo a:
Rentabilidad del Activo | MAYOR O IGUAL A ≥ 1% |
Consorcios y uniones temporales
La rentabilidad del será el resultado de dividir la sumatoria de las utilidades operacionales de cada uno de los integrantes, sobre la sumatoria del Activo de cada uno de los integrantes, y su resultado debe corresponder como mínimo a:
Rentabilidad del Activo | MAYOR O IGUAL A ≥ 1% |
NOTA: El no cumplimiento de este factor dará lugar a que la propuesta sea evaluada como NO HABILITADA.
III. CAPACIDAD TÉCNICA MÍNIMA HABILITANTE (CUMPLE / NO CUMPLE)
La capacidad técnica del proponente será determinada con base en lo requerido en el pliego “DOCUMENTOS DE CONTENIDO TÉCNICO”, la verificación de la capacidad técnica no otorgará puntaje alguno, solamente determinará si la propuesta cumple o no con lo requerido.
3.1). REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP)
De conformidad con el Artículo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015, para el presente proceso de contratación el Proponente singular o cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal (si el Proponente es plural) debe acreditar que está inscrito en el RUP de la Cámara de Comercio con jurisdicción en su domicilio principal.
El Proponente deberá presentar el registro único de proponentes con fecha de expedición no mayor de Xxxxxxx
(30) días calendario anteriores a la fecha del cierre del presente proceso de selección, conforme a lo indicado en el numeral 1.3. REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES – RUP de la CAPACIDAD JURÍDICA HABILITANTE.
A las personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia o a las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia, no se les exigirá el registro único de proponentes – RUP. En consecuencia, el MEN verificará directamente la información solicitada, de conformidad con lo dispuesto en el pliego de condiciones, para lo cual el proponente deberá diligenciar el FORMATO No. 02 CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS PROPONENTE EXTRANJERO, bajo la gravedad de juramento. Para tal evento será necesario que el proponente adjunte además del formato diligenciado la copia o certificación del contrato que referenció en dicho formato, el cual debe contener alguna de la clasificación UNSPSC exigida en el pliego de condiciones.
No obstante, lo anterior, si estas personas conforman una Estructura Plural con una o varias personas(s) natural (es) o jurídica(s) nacionales o personas naturales extranjeras con domicilio en Colombia o con personas jurídicas extranjeras con sucursal establecida en Colombia, estos últimos deberán cumplir con lo establecido en el presente literal.
El oferente debe tener en cuenta que el RUP debe permanecer vigente por el tiempo de ejecución del contrato y hasta la liquidación de este, dando cumplimiento a las reglas de renovación.
Clasificación UNSPSC
El servicio objeto del presente proceso de contratación está clasificado en el Código Estándar de Productos y Servicios de Naciones Unidas (The United Nations Standard Products and Services Code) — UNSPSC, y los
proponentes podrán estar clasificados en alguno de los productos o servicios como se indica a continuación:
CLASIFICACIÓN | DESCRIPCIÓN |
43223100 | Componentes y equipo de infraestructura de redes móviles y digitales |
43223300 | Dispositivos y equipos para instalación de conectividad de redes y Datacom |
43222500 | Equipo de seguridad de red |
43222600 | Equipo de servicio de red |
43232800 | Software de administración de redes |
43232900 | Software para trabajo en redes |
43233200 | Software de seguridad y protección |
72103300 | Servicios de mantenimiento y reparación de infraestructura |
81111800 | Servicios de sistemas y administración de componentes de sistemas |
81112500 | Servicios de alquiler o arrendamiento de licencias de software de computador |
El oferente debe tener en cuenta que en virtud de la renovación que por disposición legal debe realizarse anualmente, este certificado debe encontrarse vigente por el tiempo de ejecución del contrato y hasta la liquidación de este.
3.2. EXPERIENCIA ESPECÍFICA MÍNIMA DEL PROPONENTE
Para efectos de la acreditación de la experiencia el proponente (Singular - persona natural o jurídica - o en Consorcio o Unión Temporal) por tanto:
Se requiere que el proponente acredite la experiencia en máximo tres (3) contratos ejecutados y terminados hasta antes de la fecha de cierre del presente proceso, cuya sumatoria en valores sea igual o superior al 100%
del presupuesto asignado para el presente proceso, expresado en Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes.
El valor de los contratos con los que se acredita la experiencia general se actualizará a pesos del año 2019. Dicha actualización se hará utilizando el SMLMV así:
- Se tomará el valor del contrato al momento de la terminación y se divide por el valor del SMLMV del año correspondiente a la misma fecha de terminación.
- El número de salarios así obtenido se multiplica por el valor del SMLMV del año 2019.
Los contratos exigidos para acreditar la experiencia específica deberán en su objeto, o alcance del objeto y/o contrato u obligaciones del contrato o anexos técnicos del contrato haber involucrado lo siguiente:
• Implementación o Instalación de Equipos de Red a nivel de 3 capas: Distribución, Core y Acceso, y
• Implementación o Instalación de equipos de seguridad de red LAN y/o WLAN.
Para cumplir con lo anterior, cada experiencia soportada para acreditar este factor, deberá contener al menos uno de los dos componentes anteriormente relacionados, en todo caso la acreditación de los dos (2) componentes en mención, deberán ser cumplidos en sumatoria con la acreditación de los contratos aportados, o con un único contrato, que incluya los 2 componentes y que igualmente cumpla con los demás requisitos establecidos en el presente numeral.
La experiencia específica requerida, deberá estar inscrita en el certificado RUP y clasificada hasta el tercer nivel, en alguno de los siguientes códigos:
CLASIFICACIÓN | DESCRIPCIÓN |
43223100 | Componentes y equipo de infraestructura de redes móviles y digitales |
43223300 | Dispositivos y equipos para instalación de conectividad de redes y Datacom |
43222500 | Equipo de seguridad de red |
43222600 | Equipo de servicio de red |
43232800 | Software de administración de redes |
43232900 | Software para trabajo en redes |
43233200 | Software de seguridad y protección |
72103300 | Servicios de mantenimiento y reparación de infraestructura |
81111800 | Servicios de sistemas y administración de componentes de sistemas |
81112500 | Servicios de alquiler o arrendamiento de licencias de software de computador |
Experiencia Proponente Plural (Consorcio o Unión Temporal) del Proponente:
Experiencia mínima habilitante del proponente plural (Consorcio O Unión Temporal), los proponentes, que se presenten bajo alguna de estas modalidades, deberán acreditar la experiencia en conjunto, hasta el número de
certificaciones de contratos requeridos al proponente singular por ello deberán estar clasificados en el RUP hasta el tercer nivel en al menos uno de los códigos en el cuadro anterior. Igualmente, los contratos deben acreditarse en la vigencia requerida, deben estar ejecutados y terminados al 100%, y la sumatoria de sus valores debe ser igual o superior al presupuesto oficial establecido para el presente proceso expresado en SMLMV, esto es 2149 SMLMV, en las condiciones dadas para los oferentes, personas singulares.
NOTAS COMUNES A LA EXPERIENCIA:
1. Todos y cada uno de los contratos presentados para acreditar la experiencia de los proponentes deben estar inscritos en el RUP, conforme al decreto 1082 de 2015. la experiencia que cumpla con lo requerido por el Ministerio, pero que no esté registrada en el RUP en al menos uno de los códigos descritos, no será válida para efectos de acreditación de la Experiencia Específica Mínima del Proponente.
2. El proponente nacional, o extranjero con domicilio o sucursal en Colombia, o los integrantes de una estructura plural, respecto a la experiencia que acredita esta debe estar inscrita en el Registro Único de Proponentes en alguna de las clasificaciones relacionadas en este acápite para ser considerada en la verificación de requisitos habilitantes.
3. Teniendo en cuenta que en el RUP no se indica la totalidad de la información requerida para acreditar los requisitos de la experiencia, el proponente deberá allegar la documentación soporte a efectos de acreditar los datos que no están soportados en dicho registro.
4. Como soporte de la información inscrita en el RUP y teniendo en cuenta que se requiere verificar información adicional, se deberán anexar las certificaciones respectivas, que deberán contener como mínimo, la siguiente información:
✓ Nombre de la entidad contratante.
✓ Nombre del contratista.
✓ Si se trata de consorcio o de una unión temporal se debe señalar el nombre de quienes lo(a) conforman. Además, se debe indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros.
✓ Número del contrato.
✓ Objeto del contrato.
✓ Fecha de inicio (día, mes y año) y fecha de terminación (día, mes y año)
✓ Valor del contrato y de las adiciones, si las hubo.
✓ Cargo y firma de quien expide la certificación.
✓ Fecha de expedición de la certificación
✓ Indicación de las actividades realizadas por el oferente o por cada uno de los miembros de la unión temporal o el consorcio que se presente como oferente y su correspondiente valor.
5. No se aceptarán auto certificaciones. Las certificaciones sobre la experiencia del proponente deben ser suscritas por el representante legal o la persona autorizada para el efecto, de la empresa o entidad contratante.
6. En caso de que la certificación no permita verificar algún(os) datos señalados anteriormente, el Proponente deberá anexar a la propuesta copia del contrato o de los documentos soportes que sean del caso, que permita tomar claramente la información que falte en la certificación.
7. En caso de discrepancias entre las certificaciones presentadas y lo registrado en el RUP, teniendo en cuenta que este último es plena prueba de las condiciones del proponente, se tendrá en cuenta con preferencia la información de este último.
8. Para la verificación de este requisito, el proponente deberá indicar por cada contrato que pretenda hacer valer para acreditar la experiencia, el número del consecutivo con el que se encuentra registrado el contrato en el Registro Único de Proponentes (RUP), según FORMATO NO. 05 definido a efectos registrar la experiencia del proponente, con las siguientes consideraciones:
a) Solo se verificará la cantidad máxima requerida de contratos y en el orden de inscripción realizada por el oferente en el FORMATO NO. 05 definido para registrar la experiencia del proponente.
b) En caso de presentarse más de tres (3) contratos con el fin de acreditar la experiencia, solo serán los primeros tres (3) de acuerdo con el orden en que fueron incorporados en el FORMATO NO. 05 correspondiente. Si alguno de los contratos relacionados no cumple con los requisitos establecidos
en el pliego de condiciones, se continuará la revisión del contrato siguiente en el listado y así sucesivamente, si el proponente relaciono más contratos.
c) En caso de que los SMMLV no coincida entre la información consignada en el FORMATO NO. 05
definido para registrar la experiencia del proponente y el RUP se tomará el valor registrado en el RUP.
d) En caso de que el consecutivo del RUP registrado en el FORMATO NO. 05 definido para registrar la experiencia del proponente, no coincida con el RUP se solicitará aclaración al proponente sobre el número de consecutivo correcto, sin que esto se considere una subsanación.
9. El Ministerio se reserva el derecho de verificar, cuando lo considere necesario, la información que los proponentes suministren sobre su experiencia, y solicitar durante la evaluación y hasta la adjudicación, la información y soportes que considere convenientes tales como certificaciones, copias de los contratos, actas de liquidación y demás documentos necesarios para verificar la información presentada.
10. Cada contrato acreditado se analizará por separado, en caso de presentar certificaciones que incluyan contratos adicionales al principal. Sólo se tendrá en cuenta el valor en SMMLV registrado en el RUP.
11. En el evento en que el proponente acredite experiencia en contratos en los cuales haya participado bajo una estructura plural, para efectos de la evaluación de este factor, se tomará el valor equivalente al porcentaje de participación del proponente en dicha estructural de la cual acredite la experiencia. En este caso, se validará con la información proveniente del RUP.
12. Experiencia de los socios: En el evento que el proponente o integrante del consorcio o unión temporal pretenda acreditar la experiencia de algún de sus socios, accionistas o constituyentes deberá tenerla inscrita en el RUP en los términos del numeral 2.5 del artículo 2.2.1.1.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015 o la norma que lo modifique, complemente o derogue.
13. No serán válidas las certificaciones expedidas por grupos empresariales o empresas en situación de control, expedidas desde casa matriz o empresa controlante a sucursal, filial, subsidiaria, asociada o controlada, salvo que aparezca registrada como experiencia en el RUP del proponente, como creador, socio o accionista.
14. No serán objeto de verificación los contratos ejecutados en la modalidad de subcontratación.
15. Cuando los contratos para acreditar experiencia hayan sido celebrados con el MEN, en aplicación del artículo 9 del decreto ley 19 de 2012, no será necesaria la presentación de certificaciones en la propuesta, caso en el cual será verificada internamente por el Comité Evaluador. Sin embargo, deberán relacionarse en el respectivo FORMATO NO. 05 y encontrase registrados en el RUP.
16. Es preciso aclarar dos situaciones: un tema es la inscripción del proponente en el código de la Clasificador de Bienes y Servicios de Naciones Unidas (UNSPSC) y otro es la inscripción de la experiencia de los contratos, esta última es obligatorio de los proponentes inscribirla y registrarla en el Registro Único de Proponente para que sea tenida en cuenta en la verificación de requisitos habilitantes.
La Agencia Nacional de Contratación Pública mediante la Circular 12 del 5 xx xxxx de 2014, señaló la diferencia entre la inscripción del proponente (es facultativo) frente a la experiencia (es obligatorio) que pretende acreditar y certificar a través del Registro Único de Proponentes, indicó:
• En relación con la clasificación del proponente “…” “no es un requisito habilitante sino un mecanismo para establecer un lenguaje común entre los partícipes del Sistema de Compras y Contratación Pública. En consecuencia, las Entidades Estatales no pueden excluir a un proponente que ha acreditado los requisitos habilitantes exigidos en un Proceso de Contratación por no estar inscrito en el RUP con el código de los bienes, obras o servicios del objeto de tal Proceso de Contratación.”
• En relación con la experiencia ésta debe estar inscrita en el RUP según los códigos de clasificación relacionados en el pliego de condiciones para efectos de verificación, en aplicación de lo señalado en la citada Circular “La experiencia es un requisito habilitante. Los proponentes deben inscribir en el RUP su experiencia usando los códigos del Clasificador de Bienes y Servicios. Por su parte, las Entidades Estatales al establecer el requisito habilitante de experiencia deben incluir los códigos específicos del objeto a contratar o el de bienes, obras o servicios afines al Proceso de Contratación respecto de los cuales los proponentes deben acreditar su experiencia.”
17. Si se trata de un proponente extranjero, éste deberá relacionar y certificar la experiencia exigida en el proceso de selección. En el evento en que dicha experiencia se haya obtenido en un país distinto a Colombia, para efectos de demostrarla deberá anexar la certificación respectiva en los términos que establece este proceso de contratación, adicionalmente, si la certificación se encuentra en un idioma diferente al castellano, deberá anexar al documento en idioma extranjero la traducción oficial de dicha certificación.
En el evento de resultar favorecido con la adjudicación un proponente extranjero sin domicilio ni sucursal en Colombia, para efectos de poder ejecutar el contrato deberá previamente constituir una sucursal en Colombia de acuerdo con lo señalado en los artículos 471 y 474 del Código de Comercio.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 874 del Código de Comercio, en concordancia con el artículo 28 de la ley 9 de 1991, el artículo 3 del decreto 1735 de 1993 y la Resolución No. 8 de 2000, modificada por la Resolución No. 6 de 2006, emitidas ambas por el Banco de La República, el valor en pesos colombianos del contrato o contratos celebrados en moneda distinta será el de la fecha de su suscripción o firma, de acuerdo con la tasa de cambio oficial que indique el Banco de la República.
18. El no cumplimiento de alguno de los anteriores requisitos dará lugar a que el proponente sea evaluado como NO HABILITADO.
3.3. RECURSO HUMANO.
El proponente tendrá que contar con el siguiente equipo de trabajo mínimo durante la ejecución del contrato para cumplir con el objeto de este:
Cantidad | Rol |
1 | Ingeniero de redes. |
Para el personal listado anteriormente, no se requiere que, con la presentación de la propuesta alleguen hoja de vida y soportes, en su lugar, el proponente deberá presentar documento de compromiso firmado por el representante legal, donde garantice el ofrecimiento del profesional según la cantidad mínima relacionada anteriormente y el perfil descrito en la siguiente sección.
El personal asignado por el oferente para la ejecución del contrato debe ser conformado, como mínimo, bajo los perfiles que se describen a continuación:
Cantidad rol | Formación Académica y profesional. | Experiencia |
(1) Ingeniero de redes | • Título profesional en Ingeniería • Con tarjeta y/o matricula profesional vigente. • Certificaciones vigentes: Cisco Certified CCNP. | Mínima de dos (2) años de experiencia profesional relaciona con la implementación y/o soporte técnico en redes de datos, soportada a partir de la expedición de la tarjeta y/o matricula profesional |
Es de responsabilidad del proponente seleccionado contar con la hoja de vida y los soportes del profesional, para efectos de la verificación y aprobación con el tiempo suficiente por parte del supervisor, con el fin de que no se altere la prestación del objeto contratado, so pena de las sanciones que el incumplimiento de esta circunstancia.
Por lo anterior, el proponente adjudicatario del contrato deberá entregar para aprobación del supervisor del contrato la hoja de vida del profesional requerido, con sus respectivos soportes, para su validación y verificación del cumplimiento mínimo de formación académica y experiencia, documentos que entregará como máximo
cinco (5) días calendario, posteriores a la firma del contrato, fecha en la cual el profesional requerido debe estar disponible y contratado para la ejecución del contrato.
Nota 1: El ingeniero deberá contar con una dedicación completa para la ejecución del contrato únicamente durante el tiempo de implementación. El ingeniero deberá contar con sus respectivos certificados Cisco Certified CCNP vigente durante toda la ejecución del contrato.
Notas comunes y generales a la experiencia y formación académica:
1. Conforme al Decreto Ley 019 de 2012, art. 229, la experiencia del personal solicitado se contará a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior, para lo cual, deberá anexar el documento que así lo acredite. No obstante, se verificará la matricula o tarjeta profesional cuando aplique y la constancia de vigencia de esta a la fecha de presentación de la propuesta, (Para los profesionales que les aplique esta normatividad). Excepto para los profesionales de las ciencias de la salud. Para las profesiones cobijadas por el COPNIA (ingenierías y afines) – Consejo Profesional Nacional de Ingeniería, la experiencia se contará a partir de la expedición de la Tarjeta o matrícula profesional.
2. TARJETAS PROFESIONALES, Respecto de los programas académicos que requieran para su ejercicio la acreditación de la matrícula o la tarjeta profesional, deberá aportarse el correspondiente soporte dentro de la documentación académica del profesional- indicado en la propuesta y o documento de compromiso.
3. Cuando se hayan desarrollado actividades de manera simultánea en varios proyectos o contratos, se contabilizará la experiencia por una sola vez, sin traslapos.
4. La formación académica y estudios de posgrado deberán acreditarse con la copia del título correspondiente.
5. Los títulos provenientes del exterior deberán presentarse debidamente convalidados según la normatividad vigente (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx/0000/x0-xxxxxxx-000000.xxxx)
6. La experiencia deberá acreditarse aportando certificaciones, copias de contratos o cualquier otro documento idóneo que permita corroborar la información. Las certificaciones de experiencia de cada uno de los profesionales presentados para el cumplimiento de este requisito habilitante deberán contener como mínimo la siguiente información:
• Nombre de la empresa
• Dirección de la empresa
• Teléfono de la empresa
• Nombre del profesional
• Número de identificación (Cédula, Tarjeta Profesional y ambos cuando la ley así lo exija)
• Cargo desempeñado
• Tiempo de vinculación (DIA – MES- AÑO), inicio y término.
• Funciones o actividades realizadas
• Firma de la persona competente
7. IMPORTANTE: AUTOCERTIFICACIONES. No se aceptan autocertificaciones. En el caso que la experiencia de un profesional sea certificada por el contratista, deben anexar copia de los respectivos contratos por los cuales fueron vinculados con el contratista, y documento expedido por la firma contratante del contrato base, es decir para quien el contratista ejecutó el contrato, en donde se pueda establecer que el profesional propuesto para el presente proceso, sí desempeño el rol que se está acreditando y el periodo laborado, indicando día, mes y año. El proponente podrá presentar documentos tales como propuesta aprobada en la cual se encuentra el profesional dentro del equipo de trabajo, actas de seguimiento en las cuales se relacione el profesional y su rol desempeñado, entre otros.
Si los proyectos en donde ha participado uno o varios del equipo de trabajo ha sido con el Ministerio, el proponente deberá indicar el número de contrato, su objeto, el tiempo o plazo, el rol desempeñado por cada integrante, lo cual será verificado por el Ministerio a través del supervisor o mediante informes o actas que reposen en los documentos de la ejecución contractual. En caso de que las partes no hayan dejado implícito en la ejecución del contrato el personal que participó, las partes aceptan que no se tendrá en cuenta dicha experiencia.
8. Para acreditar la formación académica se requiere:
• Diploma o acta de grado.
3.4. CERTIFICACIÓN DEL FABRICANTE.
3.4.1. Respecto de canal autorizado para suministro soporte CISCO:
El proponente deberá presentar con su oferta, certificación donde se evidencie que es PARTNER autorizado en COLOMBIA para el suministro del servicio de soporte emitida por el fabricante CISCO, con fecha de expedición no superior a noventa (90) días calendarios, anteriores a la fecha fijada para el cierre del proceso.
El documento presentado para acreditar este requisito deberá contener:
• Comunicado en membrete oficial de CISCO.
• Dirigido al Ministerio de Educación Nacional o a quien interese.
• Fecha de emisión
• Nombre del partner certificado por CISCO
• Indicar claramente que es PARTNER autorizado en COLOMBIA para el suministro del servicio de soporte en equipos CISCO en nivel: Premier o Gold o Global Gold.
• Documento firmado
3.4.2. Respecto de canal autorizado para suministro de equipos de red ofertado:
El proponente deberá presentar con su oferta, certificación donde se evidencie que es PARTNER autorizado en COLOMBIA para el suministro de los equipos ofertados, emitida por el fabricante de los equipos, con fecha de expedición no superior a noventa (90) días calendarios, anteriores a la fecha fijada para el cierre del proceso.
El documento presentado para acreditar este requisito deberá contener:
• Comunicado en membrete oficial del fabricante.
• Dirigido al Ministerio de Educación Nacional o a quien interese.
• Fecha de emisión
• Nombre del partner certificado por el fabricante
• Indicar claramente que es PARTNER autorizado en COLOMBIA para el suministro de equipos en nivel:
Premier o Gold.
• Respecto de la compatibilidad de los equipos de red nuevos ofertados con la solución Identity Services Engine (ISE) indicar lo siguiente:
o Para los equipos Access Points, Controladoras Inalámbricas y Switch de Acceso: indicar que son completamente compatibles y alineados a la solución de seguridad de red Identity Services Engine (ISE) ya existente en el Ministerio.
o Para el equipo Antispam: No se requiere indicación de compatibilidad.
• Documento firmado
3.4.3. Respecto del periodo de garantía y soporte de los equipos:
El proponente deberá presentar con su oferta, certificación donde se evidencie el periodo de garantía y soporte ofertado para los equipos nuevos expedido por el fabricante de estos.
El documento presentado para acreditar este requisito deberá contener:
• Comunicado en membrete oficial del fabricante.
• Dirigido al Ministerio de Educación Nacional o a quien interese.
• Fecha de emisión
• Nombre del partner certificado por el fabricante
• Indicar claramente el periodo de soporte y garantía de los equipos nuevos exigida en el presente proceso, el cual debe ser de mínimo tres (3) años.
• Adicionalmente indicar que los equipos ofertados corresponden a tecnología vigente que puede ser soportada por el fabricante en máximo cinco (5) años.
• Documento firmado
3.4. CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES TÉCNICAS:
El proponente diligenciar, suscribir y adjuntar con su oferta su ofrecimiento técnico, haciendo uso del anexo denominado “ANEXO 1.1 FICHA TÉCNICA”, con el compromiso de cumplimiento de las condiciones técnicas y ambientales definidas para los servicios, producto y/o ítems a contratar en forma obligatoria.
De no presentar con su propuesta el anexo ofrecimiento técnico que hace parte xxx xxxxxx de condiciones, debidamente diligenciado, deberá adjuntar con su propuesta documento en que se verifique que la persona
natural o el representante legal de la persona jurídica o proponente plural, acepta y se obliga a cumplir con las especificaciones técnicas establecidas por la entidad, en el pliego de condiciones, es decir, que los servicios, bienes o elementos ofrecidos son idénticos a los exigidos en el proceso por parte de la Entidad, sin realizar modificaciones o alteraciones a las características, condiciones o productos solicitados.
V. VERIFICACION DE LA OFERTA
El Ministerio de Educación Nacional verificará las Ofertas de los Proponentes que hayan acreditado los requisitos habilitantes establecidos en el presente pliego de condiciones.
CRITERIOS DE VERIFICACION
Conforme al numeral 3º del artículo 5º de la Ley 1150 de 2007, para las contrataciones cuyo objeto sea la adquisición o suministro de bienes y servicios de características técnicas uniformes y común utilización, las entidades estatales incluirán como único factor de evaluación el menor precio ofrecido. Teniendo en cuenta que los servicios que se pretenden adquirir son de características técnicas uniformes y de común utilización y conforme con lo expresado en citado artículo, el ofrecimiento más favorable corresponde a aquel que dé el menor precio a la Entidad, teniendo en cuenta lo siguiente:
N° | FACTORES DE ESCOGENCIA | |
Subasta | Propuesta Económica – Precio más bajo. | Según puja, se adjudicará al que oferte el menor precio cumpliendo las características mínimas técnicas exigidas. |
Así pues, los proponentes HABILITADOS en los criterios de verificación podrán participar en la Subasta Inversa Electrónica, para hacer mejoras de precio y buscar ofrecer el menor precio a la entidad. El procedimiento para la realización de la subasta será conforme lo establece el artículo 2.2.1.2.1.2.2 del Decreto 1082 de 2015 y los manuales e instructivos que para el efecto ha emitido Colombia Compra Eficiente.
Xxxxxx Xxxxxx de Mejora para cada lance: El margen mínimo de mejora de la oferta será del 3% sobre el valor total de la propuesta inicial de menor valor.
NOTA 1: El contrato se adjudicará por el valor resultante del proceso de subasta.
NOTA 2: La propuesta económica deberá presentarse en pesos colombiano y presentar todos los elementos y/o servicios requeridos por la entidad, de conformidad con las condiciones establecidas en el Anexo Técnico.
NOTA 3: El valor de la oferta inicial de cada proponente no podrá superar el valor del presupuesto oficial establecido para el proceso de selección, so pena de rechazo de la oferta económica. Igualmente, la propuesta económica inicial no podrá superar los valores TECHO unitarios establecidos por la entidad respecto de cada ítem, de acuerdo con el anexo denominado “ANEXO 2 ANÁLISIS DEL VALOR DE PRESUPUESTO Y XXX XXXXXXX - PROCESO SA-MEN-02-2019”, so pena de rechazo de la oferta económica respectiva.
NOTA 4: Si al terminar la subasta inversa hay empate, El Ministerio seleccionará al oferente que presentó el menor precio inicial. En caso de persistir el empate, se dará aplicación de las reglas del numeral 1 al 5 del artículo 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto 1082 de 2015.
NOTA 5: El valor unitario de cada uno de los ítems de la oferta adjudicada, corresponderán al valor de la menor oferta inicial del evento de subasta menos el margen de mejora total ofrecido por el proponente adjudicatario aplicada a todos y cada uno de los ítems que conforman la oferta.
NOTA 6: El proceso de selección se adelantará a través de la plataforma dispuesta para Subastas Inversas Electrónicas por Colombia Compra Eficiente - CCE en el Secop II.
NOTA 7: El proponente deberá estar inscrito como proveedor en la plataforma y es de exclusiva responsabilidad capacitarse en el uso de la herramienta a través de los diferentes medios que ofrece CCE, así como leer cuidadosamente las guías correspondientes, en especial la de presentación de ofertas como proponente plural y las relativas a la subasta inversa.
El proponente deberá estar inscrito como proveedor en la plataforma, para ello deberá tener en cuenta las guías establecidas por Colombia Compra Eficiente en especial la de conformación de un proponente plural en el
evento que la propuesta sea presentada por esta modalidad, y deberá por su cuenta capacitarse en el uso de la herramienta a través de los diferentes medios que ofrece CCE.
NOTA 8: En caso de presentarse adiciones contractuales, durante la ejecución del contrato adjudicado, el mayor valor a ejecutar será calculado con base en los precios unitarios base de la propuesta final adjudicada, luego de aplicado el margen de mejora correspondiente en los términos del presente pliego de condiciones.
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
Teniendo en cuenta que los bienes y/o servicios que se pretenden adquirir cuentan con características técnicas uniformes y de común utilización y conforme con lo expresado en el numeral 3 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, concordante con el artículo 2.2.1.2.1.2.1 y subsiguientes del Decreto 1082 de 2015, el ofrecimiento más favorable corresponde a aquel que ofrezca el menor precio a la Entidad, es decir, que en este tipo de procesos de contratación se tendrá como único factor de selección el menor precio.
Así pues, los proponentes que se califiquen como HABILITADOS en los criterios de verificación, podrán participar en la Subasta Inversa Electrónica, para hacer mejoras de precio y buscar ofrecer el menor precio a la entidad.
La celebración de la Subasta Inversa Electrónica será a través del SECOP II, en el día y hora definido en el cronograma del proceso.
De conformidad con lo establecido en el numeral 4 del artículo 2.2.1.2.1.2.2 del Decreto 1082 de 2015, solamente podrá efectuarse la subasta inversa para mejorar OFERTAS económicas iniciales, cuando existan por lo menos dos (2) proponentes habilitados.
La subasta debe iniciar con el precio más bajo presentado por los oferentes, y, en consecuencia, solamente serán válidos los lances efectuados durante la subasta inversa, en los cuales la oferta sea mejorada en por lo menos el margen mínimo valido establecido, expresados en números enteros.
En el evento que un proponente habilitado no participe en la subasta inversa, la Entidad tomará como su oferta económica definitiva la oferta económica inicial.
De conformidad con el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, numeral 3, el cual establece que “Sin perjuicio de lo previsto en el numeral 1 del presente artículo, en los pliegos de condiciones para las contrataciones cuyo objeto sea la adquisición o suministro de bienes y servicios de características técnicas uniformes y común utilización, las entidades estatales incluirán como único factor de evaluación el menor precio ofrecido”, el presente proceso se adjudicará a quien conforme a lo ya enunciado, cumpla con los requisitos habilitantes y presente el menos precio total de cierre, en el evento de subasta.
Solo podrán participar en la subasta inversa las propuestas que resulten HABILITADAS en las condiciones jurídicas, financieras y técnicas.
APERTURA DEL SOBRE ECONOMICO
Llegada la fecha y hora, EL MINISTERIO procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta inicial de precio de los oferentes habilitados antes de la diligencia de subasta, para que los evaluadores del comité verifiquen dichas propuestas y determinen el precio de arranque de la subasta.
Los proponentes que hayan sido habilitado para participar en la subasta electrónica inversa deberán tener en cuenta las siguientes recomendaciones técnicas para su participación:
1) Tener conexión a internet estable.
2) Estar registrado, tener usuario y clave de acceso a SECOP II
Con la presentación de la propuesta el proponente acepta las condiciones establecidas en el proceso y por lo tanto es su responsabilidad estar enterado y capacitarse adecuadamente en la subasta.
DESARROLLO DE LA SUBASTA:
Los oferentes habilitados podrán acceder a la subasta desde su cuenta de proveedor de SECOP II, además
cuentan con el soporte técnico a través de la mesa de servicio de Colombia Compra Eficiente.
Si el proveedor tiene problemas de conexión al momento del evento de subasta, se aplicará lo definido en el artículo 2.2.1.2.1.2.6. del Decreto 1082 de 2015 que señala:… “si por causas imputables al oferente o a su proveedor de soluciones de tecnología de la información y telecomunicaciones, durante la subasta electrónica la conexión con el sistema se pierde, la subasta continuará y la entidad estatal entiende que el proveedor que pierde su conexión ha desistido de participar en la misma”…, salvo que logre volver a conectarse antes de la terminación del evento, entendiendo que su propuesta está constituida por la presentación de oferta inicial de precio dentro del proceso de selección de conformidad con el artículo 2.2.1.2.1.1.1 del Decreto 1082 de 2015, o por el último lance mientras estuviera conectado a la plataforma tecnológica de subasta. (leer guía de indisponibilidad).
La entidad iniciará con la subasta en la fecha y hora establecida en el cronograma del proceso. La subasta tendrá una duración de veinte (20) minutos, con auto extensión.
Si se realiza una postura por uno cualquiera de los oferentes habilitados en los últimos dos (2) minutos de duración del evento, y esta postura mejora la oferta que al momento se encuentra en la posición número uno (1), la subasta se extenderá tres (3) minutos más. Lo anterior se ejecutará de forma sucesiva y automática hasta que no se presenten posturas o lances en los últimos dos (2) minutos. Será importante establecer que, por restricciones técnicas de los sistemas electrónicos, la autoextensión se realiza de manera automática siempre y cuando medien diez (10) segundos entre el momento xxx xxxxx que da origen a la autoextensión y el momento en que culmina dicha autoextensión o el término establecido para la finalización del evento.
Los oferentes habilitados que participen en la subasta electrónica deberán acceder a la misma a través de sus propios recursos, EL MINISTERIO no provee conexiones desde sus instalaciones para este evento.
El precio de arranque de la subasta inversa electrónica será el menor precio total de los ofrecidos por los oferentes que resulten habilitados para participar en el evento.
Los oferentes habilitados para participar en la subasta presentarán sus posturas de precio electrónicamente, usando su usuario y contraseña para ingresar en el SECOP II.
Para que sea válido un lance, cada lance deberá reflejar el margen mínimo de mejora de oferta del tres por ciento (3%). Es importante tener en cuenta que el proponente deberá realizar sus lances estimando para ello dicho margen mínimo a su último lance. Lo anterior sin perjuicio de que el proponente establezca realizar un lance por un margen mayor.
Serán lances no válidos:
• Si el lance está por debajo del margen mínimo de mejora, es decir del 3%
• Si el proponente realiza lances por fuera del tiempo establecido.
En el caso que un proponente no haga lances de precio, durante el tiempo que se ha establecido para la subasta, se entenderá que su propuesta económica inicial es su propuesta económica definitiva.
El evento de subasta permite al oferente conocer el valor de sus ofertas y la posición frente a los demás oferentes. Para que el oferente al momento de iniciar la subasta pueda tener conocimiento de su posición, necesariamente deberá hacer un lance. La modalidad de precio invisible será la desarrollada para el presente evento de subasta, donde el precio de la mejor oferta NO es conocido, los proponentes hacen sus lances y solo conocen la posición en la que se encuentran.
Si en el curso de la subasta electrónica dos o más proponentes presentan una postura del mismo valor, SECOP II tendrá la capacidad de establecer cuál proponente envió cronológicamente primero dicha postura.
Conforme avanza la subasta electrónica, al llevar a cabo un lance, los oferentes serán informados por parte del sistema de la recepción de su postura y la confirmación de su valor, así como de la ubicación en que se encuentra su propuesta en el evento que se realice.
De igual manera, si al terminar la subasta inversa hay empate, se seleccionará al oferente que presentó el menor precio inicial, conforme a lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 2.2.1.2.1.2.2 del Decreto 1082 de 2015,
el cual determina: “… la entidad estatal debe seleccionar al oferente que presentó el menor precio inicial”, en caso de persistir el empate se aplicarán las reglas del numeral 1 al 5 del artículo 2.2.1.1.2.2.9 del mismo Decreto.
PROCEDIMIENTO APLICABLE CUANDO SOLO SE PRESENTA UN PROPONENTE O SÓLO UN PROPONENTE RESULTA HABILITADO EN EL PROCESO DE SELECCIÓN.
Si se presenta un único oferente cuyos bienes o servicios cumplen con la ficha técnica y está habilitado, la Entidad Estatal puede adjudicarle el contrato al único oferente, si el valor de esta es igual o inferior al presupuesto oficial establecido, caso en el cual no habrá lugar a subasta inversa, igual procedimiento se aplicará en el evento en que un solo proponente de los que se presentaron al proceso de selección resultare habilitado.
VI. OFERTA
A. PRESENTACIÓN
Los Proponentes deben presentar sus Ofertas en la plataforma del SECOP II a través del link xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxxx.xxxx, teniendo en cuenta los formatos contenidos y anexos en el presente pliego, en la fecha establecida en el Cronograma establecido para el presente proceso de selección, y acompañadas de los documentos soportes, así como de la garantía de seriedad de la Oferta a la que se refiere el presente Pliego de Condiciones.
Además de lo previsto en estos pliegos de condiciones, la forma de presentar las ofertas en el SECOP II por parte de proponentes singulares y plurales están definidas en el Manual de uso del SECOP II el cual indica entre otros, los requisitos, formularios y procedimientos para crear y presentar las ofertas en línea.
Para presentar oferta en Procesos de Contratación como proponente plural, se debe crear la cuenta de la unión temporal, el consorcio o la promesa de sociedad futura a través del SECOP II y realizar la manifestación de interés al igual que la presentación de oferta desde dicha cuenta.
La forma de constituirse como proponente plural y presentar las ofertas en el SECOP II están definidas en la Guía de creación de proponente plural en el SECOP II y la Guía para presentar Ofertas en el SECOP II.
Las Guías en desarrollo de la Ley 527 de 1999 regulan entre otros temas el envío de ofertas en forma de mensaje de datos, indicando la forma de crear ofertas, los requisitos, formularios y procedimientos para que un proponente presente una oferta en el SECOP II. De esta forma, un documento adjunto a la oferta de forma distinta a lo previsto en los Documentos del Proceso y la Guía no será tenido en cuenta, pues, en desarrollo de la Ley 527 de 1999, no hay una oferta y en consecuencia no podría ser evaluada. Xxxxxxx será tenida en cuenta la oferta de un proponente plural presentada desde la cuenta de uno de los integrantes de dicho proponente plural.
Cada usuario maneja su firma electrónica, la cual permite obligarse u obligar a su representado, cuando se conforma el proponente plural en plataforma y se fija en la misma la persona que firmará el contrato está obligando desde la presentación de la oferta a cada uno de quienes componen el proponente plural.
Se recomienda a los proponentes ir creando su propuesta con la anterioridad debida en el Sistema SECOP II, ya que el sistema les permitirá ir subiéndola por partes hasta el día y hora de cierre.
INDISPONIBILIDAD DE LA PLATAFORMA: En caso de presentarse indisponibilidad de la plataforma del SECOP II, se dará aplicación a lo dispuesto en la “Protocolo de Indisponibilidad del SECOP II” disponible en la siguiente dirección electrónica: “xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxx_xxxxxx/xxxxx/xxx_xxxxxxxxxx/xxxxxxxxx_xx_xxxxxxxxxx ilidad_secop_ii.pdf”, para lo cual se establece como correo para dicho evento el siguiente: xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx.xx
No se aceptará propuestas que por cualquier causa lleguen o sean radicadas en el Ministerio, o enviadas a través de fax, correo electrónico, Internet o cualquier otro medio telemático que no sea el SECOP II, en el link
del proceso, salvo que deba aplicarse el protocolo de indisponibilidad anteriormente citado.
La carta de presentación de las respectivas propuestas (FORMATO N° 1) deben llevar la firma del representante legal o del apoderado debidamente constituido o del representante del Consorcio o Unión Temporal, cuando de estos se trate.
La presentación de la Oferta implica la aceptación por parte del Proponente de la distribución de Riesgos efectuada en el Pliego de Condiciones y/o sus adendas de ser el caso.
El día del vencimiento del término para presentar las Ofertas, el Ministerio de Educación Nacional a través de la plataforma del SECOP II publicará la lista de las Proponentes que presentaron su Ofertas tal y como la genera dicha plataforma.
B. ORDEN DE PRESENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS:
La propuesta se presentará a través de la plataforma SECOP II, adjuntando cada uno de los documentos y la información solicitada en el pliego de condiciones debidamente suscrita por la persona legalmente autorizada, en los espacios habilitados para cada uno de los aspectos requeridos por la entidad y en el orden en que se relaciona en el cuestionario establecido en el pliego y plataforma del SECOP II.
Con relación al diligenciamiento sobre económico, este debe ser debidamente diligenciado en los campos habilitados en el Sobre No. 2 ECONÓMICO directamente en la plataforma. En esta sección de la propuesta solo debe ir información relacionada con el anexo económico.
Lo anterior de acuerdo con los formatos establecidos en el pliego de condiciones y los requisitos ya establecidos líneas arriba.
C. OFERTAS PARCIALES
El Ministerio NO aceptará la presentación de propuestas de forma parcial, condicionadas o alternativas, so pena de rechazo.
D. VALIDEZ DE LAS OFERTAS
La Oferta debe tener una validez de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de cierre. En el caso de una suspensión que supere este término, la Entidad Estatal solicitará la convalidación de la oferta al proponente por un término igual a la suspensión.
E. RESERVA DURANTE EL PROCESO DE EVALUACIÓN
Los proponentes serán responsables de advertir a través de la plataforma del SECOP II que alguna de la información presentada en las ofertas contiene información confidencial, privada o que configure secreto industrial, de acuerdo con la ley colombiana, debiendo indicar tal calidad y expresar las normas legales que le sirven de fundamento. Reserva que la Entidad Estatal mantendrá en el Proceso de Contratación frente a terceros.
En todo caso, La Entidad se reserva el derecho de revelar dicha información a sus agentes o asesores, con el fin de evaluar la propuesta.
La información relativa al análisis, aclaración, evaluación y comparación de las propuestas y la recomendación para la adjudicación, no podrá ser revelada a los proponentes, ni a terceros, hasta que La Entidad, comunique a los primeros que el informe de evaluación se encuentra disponible para que presenten las observaciones correspondientes.
F. VERIFICACION DE LAS OFERTAS Y TRASLADO DEL INFORME DE VERIFICACIÓN REQUISITOS HABILITANTES
Los Proponentes que hayan acreditado los requisitos habilitantes de que trata el título V serán evaluadas, conforme se determinó en ese mismo título.
El Ministerio de Educación Nacional publicará a través de la plataforma del SECOP II el informe de evaluación de Ofertas en la oportunidad señalada en el Cronograma establecido para el proceso.
Así mismo, en el caso de las propuestas presentadas por los proponentes, éstas estarán a disposición de quien así lo solicite en la plataforma SECOP II en el link del proceso, a partir del traslado del informe de evaluación preliminar dispuesto por la entidad en el cronograma del presente proceso o en las adendas que lo modifiquen, salvo los documentos que por expresa disposición de la ley sean catalogados como reservados, como es el caso de las declaraciones tributarias de conformidad con el Artículo 583 del Estatuto respectivo.
G. REGLAS DE SUBSANABILIDAD
En todo proceso de selección de contratistas primará lo sustancial sobre lo formal. En consecuencia, no podrá rechazarse una propuesta por la ausencia de requisitos o la falta de documentos que verifiquen las condiciones del proponente o soporten el contenido de la oferta, y que no constituyan los factores de escogencia establecidos por el Ministerio de Educación Nacional en el pliego de condiciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 5º de la Ley 1882 de 2018.
El Ministerio de Educación Nacional se reserva el derecho a efectuar requerimientos o solicitudes de aclaración a los proponentes durante cualquier etapa del proceso siempre que sea con posteridad a la fecha de cierre de las propuestas, a lo cual los proponentes deberán atenderlos de forma clara, completa, precisa y dentro del plazo indicado para ello por la entidad.
En ejercicio de esta facultad, y de conformidad con el numeral 8 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993 y del inciso final del parágrafo 1º del artículo 5º de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 5º de la Ley 1882 de 2018, el proponente no podrá completar, adicionar, modificar o mejorar su propuesta.
H. DECLARATORIA DE DESIERTA
El Ministerio de Educación Nacional declarará desierto el presente proceso de selección cuando: (a) no se presenten Ofertas; (b) ninguna de las Ofertas resulte admisible en los factores jurídicos, técnicos, financieros y de experiencia previstos en el Pliego de Condiciones; (c) existan causas o motivos que impidan la escogencia objetiva del Proponente; (d) la no suscripción del Compromiso Anticorrupción contenido en el cuestionario de la plataforma del Secop II; (e) el ordenador del gasto no acoja la recomendación del comité evaluador y opte por la declaratoria de desierta del proceso, caso en el cual deberá motivar su decisión; y (f) se presenten los demás casos contemplados en la ley.
I. RETIRO DE LA OFERTA
Los Proponentes que opten por entregar su Oferta antes de la fecha de cierre del proceso de selección, podrán retirarlas, a través de la plataforma SECOP II, antes de la fecha y hora de cierre del presente proceso. Vencida la fecha programada para el cierre, las ofertas no podrán ser retiradas.
X. XXXXXXX
En adición a otras causas previstas por la ley, el Ministerio de Educación Nacional rechazará las Ofertas presentadas por los Proponentes que:
(a) Cuando la propuesta no sea presentada a través de la plataforma del SECOP II o se registre de forma diferente a lo establecido en los manuales, guías de uso y en general, acorde a sus términos y condiciones, salvo que deba aplicarse el protocolo de indisponibilidad establecido por Colombia Compra Eficiente y se llegare a certificar una indisponibilidad de la plataforma al momento de presentar ofertas y se cumpla con lo expresamente dispuesto en dicho protocolo.
(b) Cuando intenten enterarse indebidamente de las evaluaciones o influir en el proceso de evaluación de las ofertas o en la decisión sobre la evaluación y adjudicación por parte de la entidad contratante.
(c) Cuando no se cumplan los requisitos habilitantes o cuando no se subsanen los mismos durante el término para subsanar establecido en la Ley.
(d) Cuando el proponente o uno de los miembros del Consorcio o de la Unión temporal, se encuentre incurso en las causales de inhabilidad o incompatibilidad fijadas por la constitución o la ley.
(e) La presentación de varias propuestas para un proceso por parte del mismo proponente por sí o por interpuesta persona, o la participación de una misma persona en más de una propuesta para un mismo
proceso.
(f) Cuando un proponente haga parte directa o indirectamente de dos o más consorcios o uniones temporales.
(g) Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse.
(h) Cuando el Representante Legal de la sociedad individualmente considerada, o como parte de una propuesta conjunta, no se encuentre debidamente autorizado para presentar la propuesta de acuerdo con los estatutos sociales.
(i) Cuando existan evidencias de que el proponente ha tratado de interferir o influenciar indebidamente en el análisis de las propuestas, o la decisión de adjudicación.
(j) Cuando el Ministerio de Educación Nacional compruebe que la propuesta contiene información o documentos que no guardan correspondencia con lo solicitado, previa verificación de la información correspondiente.
(k) Cuando la propuesta se presente en forma parcial o extemporánea, o se deje en un lugar distinto al indicado en este pliego.
(l) Cuando el valor de la oferta económica presentada sobrepase el presupuesto oficial establecido para el proceso de selección o cuando el valor de alguno de los ítems supere los valores TECHO unitarios establecidos por la entidad, de acuerdo con el anexo denominado “ANEXO 2 ANÁLISIS DEL VALOR DE PRESUPUESTO Y XXX XXXXXXX - PROCESO SA-MEN-02-2019”.
(m) Cuando el proponente no cumpla los requisitos de habilitación, o desatienda los requerimientos del MEN, una vez le hayan solicitado subsanarlos o aclararlos, o desatienda los aspectos sustanciales del requerimiento.
(n) Si la Entidad comprueba el incumplimiento del oferente o de sus representantes o empleados por hechos constitutivos de corrupción durante el proceso de selección. Si esta comprobación se da con posterioridad a la adjudicación, el MEN podrá dar por terminado de manera anticipada el contrato por causa imputable al contratista, haciendo aplicables todas las consecuencias previstas para esta situación.
(o) Cuando no coincida la información diligenciada en los formatos con la información de los documentos soporte solicitados como aclaración por parte del MEN. El MEN, entiende que la información no coincide cuando no exista correspondencia entre la información contenida en el documento soporte frente a la relacionada por el proponente en los respectivos formatos.
(p) Cuando el proponente o alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal se encuentre reportado en el boletín de responsables fiscales que expide la Contraloría General de la República.
(q) Cuando en la propuesta se encuentre información o documentos que contengan datos tergiversados o alterados tendientes a inducir a error a la Administración.
(r) Cuando el proponente no presente la garantía de seriedad de la propuesta, o la presente con un objeto diferente al proceso de selección o a nombre de una entidad diferente al MEN.
(s) Cuando la propuesta no sea presentada a través de la plataforma del SECOP II y con el procedimiento y manuales establecidos para el efecto.
(t) Las demás establecidas en la normatividad vigente y previstas en este pliego de condiciones.
K. CONFLICTO DE INTERESES
No podrán presentar propuesta las personas que hayan intervenido en la elaboración de los estudios previos, proyecto xx xxxxxx y pliego de condiciones, respuesta a las observaciones o aclaraciones, dentro del presente proceso, de forma directa, de terceros o de sociedades en las cuales tenga participación.
Tampoco podrán presentar propuesta los familiares hasta el tercer grado de consanguinidad y hasta el segundo de afinidad de aquellas personas que participaron en las actividades enunciadas en el párrafo anterior.
Así como tampoco quienes se encuentre ejecutando contratos de auditoria interna al Ministerio de Educación Nacional.
Evidenciado lo anterior, la entidad procederá a rechazar la propuesta presentada.
L. CRITERIOS DE DESEMPATE
Si al terminar la subasta inversa hay empate, el Ministerio seleccionará al oferente que presentó el menor precio inicial. En caso de persistir el empate, se dará aplicación de las reglas del numeral 1 al 5 del artículo 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto 1082 de 2015.
VII. ACUERDOS COMERCIALES
De acuerdo con lo establecido en el numeral 8 del artículo 2.2.1.1.2.1.1. del Decreto 1082 de 2015, y en consonancia con lo indicado en el “Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación” M-MACPC-13, se procedió a realizar el análisis de si el presente proceso de contratación se encuentra o no cobijado por un acuerdo comercial, de lo cual se estableció lo siguiente:
ACUERDO COMERCIAL | ENTIDAD ESTATAL INCLUIDA | PRESUPUESTO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN SUPERIOR AL VALOR DEL ACUERDO COMERCIAL | EXCEPCIÓN APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN | PROCESO DE CONTRATACIÓN CUBIERTO POR EL ACUERDO COMERCIAL | |
Alianza Pacífico | Chile | SI | SI | NO | SI |
Perú | Si | SI | NO | SI | |
México | SI | SI | NO | SI | |
Canadá | Si | SI | NO | SI | |
Chile | Si | SI | NO | SI | |
Corea | SI | SI | NO | SI | |
Estados AELC | Si | SI | NO | SI | |
Estados Unidos | Si | SI | NO | SI | |
Xxxxx Rica | Si | Si | NO | SI | |
México | SI | SI | NO | SI | |
Triángulo Norte con Centro América | El Salvador | Si | SI | NO | SI |
Guatemala | Si | SI | NO | SI | |
Honduras | Si | SI | NO | SI | |
Unión Europea | SI | SI | NO | SI | |
Comunidad Andina de Naciones | Si | Si | NO | SI |
Estados AELC (1. Los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA por sus siglas en inglés) son: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.)
De lo anterior se establece que el Ministerio de Educación Nacional como entidad estatal del Nivel Nacional se encuentra cubierta por los acuerdos comerciales señalados con la palabra SI en el cuadro anterior.
En consecuencia, el Ministerio de Educación Nacional concederá trato nacional a los bienes y servicios de proponentes de dichos países. También está sujeto a la Decisión 439 de la Secretaría de la Comunidad Andina. Adicionalmente, los Proponentes de Estados con los cuales el Gobierno Nacional haya certificado la existencia de trato nacional por reciprocidad recibirán este trato.
Adicionalmente, los Proponentes de Estados con los cuales el Gobierno Nacional haya certificado la existencia de trato nacional por reciprocidad recibirán este trato.
VIII. ORDEN DE ELEGIBILIDAD Y ADJUDICACIÓN
De conformidad con el artículo 2.2.1.2.1.2.4 del Decreto 1082 de 2015, la entidad Estatal debe adjudicar el contrato al oferente que haya presentado el lance más bajo. En el acto de adjudicación, la Entidad Estatal indicará el nombre de los oferentes y el precio del último lance presentado, acompañado del reporte de la subasta que arroja Colombia Compra Eficiente.
Si se presenta un único oferente cuyos bienes o servicios cumplen con la ficha técnica y está habilitado, la Entidad Estatal puede adjudicarle el contrato al único oferente previa recomendación del comité técnico, siempre y cuando el valor de esta sea igual o inferior al presupuesto oficial establecido, caso en el cual no habrá lugar a subasta inversa, igual procedimiento se aplicará en el evento en que un solo proponente de los que se presentaron al proceso de selección resultare habilitado.
El acto de adjudicación es irrevocable y obliga a la entidad y al adjudicatario. No obstante, lo anterior, si dentro del plazo comprendido entre la adjudicación del contrato y la suscripción del mismo, sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o si se demuestra que el acto se obtuvo por medios ilegales, éste podrá ser revocado, caso en el cual, la Entidad podrá aplicar lo previsto en el inciso final del numeral 12 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993.
IX. RIESGOS
De acuerdo con la metodología de Colombia Compra Eficiente, se anexa la matriz de riesgos que aplica el proceso de selección, la cual hace parte integral del presente proyecto xx xxxxxx.
La matriz se encuentra también publicada en los estudios y documentos previos y desde el proyecto xx Xxxxxx de Condiciones.
X. GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO
En atención a las obligaciones y cuantía del contrato, el contratista deberá constituir a favor del Ministerio de Educación Nacional, dentro de los tres (3) días siguientes al perfeccionamiento del contrato, Garantía Única de Cumplimiento, en una compañía de seguros o en una entidad bancaria debidamente reconocida por la Superintendencia Financiera, que ampare los siguientes riesgos, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015 así:
1. CALIDAD DEL SERVICIO: Por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, con vigencia igual al plazo de ejecución y tres (3) años más a partir de la finalización del plazo de ejecución.
2. PAGO DE SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES: Por una cuantía equivalente al quince por ciento (15%) del valor total del contrato, con vigencia igual al término de duración del contrato y tres (3) años más.
3. RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: El contratista, a través de un amparo contenido en anexo a la garantía única o mediante amparo autónomo en póliza de seguros anexa, cubrirá la
Responsabilidad Civil Extracontractual que se pudiera llegar a atribuir al Ministerio con ocasión de las actuaciones, hechos u omisiones del Contratista o de los subcontratistas de este, por un valor asegurado de acuerdo con lo siguiente:
La cobertura de Responsabilidad Civil Extracontractual será de trescientos (300) SMMLV, en virtud de lo señalado en el numeral 2 del artículo 2.2.1.2.3.1.17 del Decreto 1082 de 2015, con una duración igual al plazo de ejecución del contrato. La Póliza deberá cumplir con los requisitos y los amparos propios de la responsabilidad civil extracontractual a la luz de lo señalado en el artículo 2.2.1.2.3.2.9 ibidem.
El Contratista debe mantener vigente la garantía única y ajustarla siempre que se produzca alguna modificación en el plazo y/o valor del contrato o en el evento en que se produzca la suspensión temporal del mismo. Igualmente, el contratista deberá notificar a la compañía aseguradora de cualquier modificación del contrato, así esta no conlleve cambio del plazo o el valor de este y deberá allegar el certificado de notificación de la modificación a la entidad como constancia de realización de la misma
La garantía única de cumplimiento expedida a favor del Ministerio no podrá expirar por falta de pago de la prima ni puede ser revocada unilateralmente.
EL CONTRATISTA debe mantener vigente la garantía única y ajustarla siempre que se produzca alguna modificación en el plazo y/o valor del contrato o en el evento en que se produzca la suspensión temporal del mismo. Igualmente, EL CONTRATISTA deberá notificar a la compañía aseguradora de cualquier modificación del contrato, así esta no conlleve cambio del plazo o el valor del mismo y deberá allegar el certificado de notificación de la modificación a EL MINISTERIO como constancia de realización de la misma. Será de cargo de EL CONTRATISTA el pago oportuno de todas las primas y erogaciones de constitución y mantenimiento de la garantía.
NOTA: El monto de las garantías no constituye límite de responsabilidad para EL CONTRATISTA y en caso de resultar adeudada una suma mayor a la amparada, éste se obliga a cancelar directamente.
XI. INTERVENTORÍA Y/O SUPERVISIÓN
La Supervisión del presente contrato la efectuará la Profesional Especializado 2028 grado 16, o quien haga sus veces a quien le corresponde velar por el cabal cumplimiento de las obligaciones de las partes, de conformidad con lo estipulado en el contrato, en la Ley, y en el Manual de Contratación de EL MINISTERIO. En caso de ausencia parcial o total del supervisor, la misma será asumida por quien ocupe el cargo, sin necesidad de documento adicional alguno. Si no se da la situación anterior, el ordenador del gasto designará uno nuevo, previa solicitud radicada ante la Subdirección de Contratación, para lo cual no se requerirá de modificación contractual y el memorando con la nueva designación se comunicará a las partes.
XII. CRONOGRAMA
El siguiente es el Cronograma del Proceso de Contratación.
Las fechas y plazos antes indicados podrán variar de acuerdo con la ley y con las condiciones previstas en el presente Pliego de Condiciones. En todo caso el proponente deberá estar verificando el cronograma de la plataforma SECOP II.
ACTIVIDAD | FECHA Y HORA | LUGAR |
Publicación aviso convocatoria pública (artículo 2.2.1.1.2.1.2 del Decreto 1082 de 2015) | 13 xx xxxxx de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxx n.aspx y aviso de convocatoria en xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
Publicación estudios y documentos previos | 13 xx xxxxx de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxx n.aspx |
Publicación proyecto xx Xxxxxx de Condiciones | 13 xx xxxxx de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxx n.aspx |
ACTIVIDAD | FECHA Y HORA | LUGAR |
Plazo para presentar observaciones al proyecto xx Xxxxxx de Condiciones | Hasta el 20 xx xxxxx de 2019 hasta las 17:00 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxx n.aspx |
Respuesta a observaciones y sugerencias al proyecto xx Xxxxxx de Condiciones | 26 xx xxxxx de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxx n.aspx |
Expedición acto administrativo de apertura del proceso de selección | 26 xx xxxxx de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxx n.aspx |
Publicación pliego de condiciones definitivo | 26 xx xxxxx de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxx n.aspx |
Presentación de observaciones al Pliego de Condiciones definitivo | Hasta el 2 de julio de 2019 hasta las 17:00 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxx n.aspx |
Respuesta observaciones al Pliego de condiciones definitivo | 5 de julio de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxx n.aspx |
Expedición de Adendas | Hasta el 5 de julio de 2019 | xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxx n.aspx |
Presentación de Ofertas | 9 de julio de 2019 a las 10:00 a.m. | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxx n.aspx |
Apertura de ofertas (Sobre con Requisitos Habilitantes y técnico) | 9 de julio de 2019 a las 10:05 a.m. | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxx n.aspx |
Verificación requisitos habilitantes (Sobre habilitante y técnico) | Del 9 al 11 de julio de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxx n.aspx |
Publicación de Informe verificación de requisitos habilitantes | 15 de julio de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxx n.aspx |
Presentación de observaciones al informe verificación requisitos de habilitación y subsanaciones a requisitos habilitantes requeridos durante el traslado al informe de verificación | Del 16 al 18 de julio de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxx n.aspx |
Respuesta a las observaciones presentadas al informe verificación requisitos de habilitación y consolidación y reporte Oferentes Habilitados. | 23 de julio de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxx n.aspx |
Apertura de sobre económico | 24 de julio de 2019 Hora: 9:00 a.m. | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxx n.aspx |
Consolidación y publicación lista de Oferentes habilitados al evento de subasta | 24 de julio de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxx n.aspx |
Evento de Subasta Electrónica | 24 de julio de 2019 Hora: 2:30 p.m. | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxx n.aspx - Electrónica |
Publicación informe evento de Subasta Electrónica | 24 de julio de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxx n.aspx |
Publicación acto administrativo de adjudicación o declaratoria de desierto | 26 de julio de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxx |
ACTIVIDAD | FECHA Y HORA | LUGAR |
n.aspx | ||
Firma del Contrato | 29 de julio de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxx n.aspx |
Registro Presupuestal | Dentro de los tres días de la firma del contrato | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxx n.aspx |
Entrega de garantías | 30 de julio de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxx n.aspx |
Aprobación de garantías | 31 de julio de 2019 | SECOP II – xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx/XXX/xxx/Xxxx n.aspx |
FORMATO N° 1
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Lugar y fecha
Señores
Ministerio de Educación Nacional
Referencia: Selección abreviada por Subasta Inversa SA-MEN-02-2019 Estimados señores:
[Nombre del representante legal o de la persona natural Proponente], identificado como aparece al pie de mi firma, [obrando en mi propio nombre o en mi calidad de representante legal de] [nombre del Proponente], presento Oferta para el Proceso de Contratación de la referencia y hago las siguientes manifestaciones:
1. Que conozco y acepto los Documentos del Proceso, tuve la oportunidad de solicitar aclaraciones y modificaciones a los mismos, y recibí del Ministerio de Educación Nacional respuesta oportuna a cada una de las solicitudes.
2. Que estoy autorizado para suscribir y presentar Oferta en nombre del Proponente y estoy autorizado para suscribir el contrato si el Proponente resulta adjudicatario del Proceso de Contratación de la referencia.
3. Que conocemos y aceptamos la Legislación de la República de Colombia.
4. Que conocemos y aceptamos los términos y condiciones de uso de la plataforma SECOP II junto con los Manuales y Guías de la plataforma los cuales definen, en desarrollo del artículo 4 de la Ley 527 de 1999, la forma en la cual debe ser realizado el envío, recepción, archivo y proceso de mensajes de datos en el Sistema Electrónico de Compra Publica, y nos declaramos responsables de su manejo y uso.
5. Que ninguna de las personas representadas por los firmantes se encuentran incursas en causal alguna de inhabilidad y/o incompatibilidad señaladas por la Constitución, la Leyes Colombianas o el pliego de condiciones, o son morosas en obligaciones con ninguna entidad pública, que les impida celebrar contratos con el MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL.
6. Que la Oferta que presento cumple con la totalidad de los requisitos y especificaciones técnicas xxx Xxxxxx de Condiciones y sus anexos.
7. Que la oferta económica y la oferta técnica están adjuntas a la presente comunicación y han sido elaboradas de acuerdo con los Documentos del Proceso y hacen parte integral de la Oferta.
8. Que los documentos que presento con la Oferta son ciertos y han sido expedidos por personas autorizadas para el efecto.
9. Que con la presentación de la propuesta estoy aceptando los riesgos establecidos en el proceso de la referencia.
10. Que nos acogemos a los plazos establecidos para la ejecución del contrato.
11. Que la oferta económica fue elaborada teniendo en cuenta todos los gastos, costos, derechos, impuestos, tasas y demás contribuciones que se causen con ocasión de la presentación de la Oferta, suscripción y ejecución del contrato y que en consecuencia, de resultar adjudicatario no presentaré reclamos con ocasión del pago de tales gastos.
12. Que en caso de resultar adjudicatario del contrato resultante del proceso, suscribiré el contrato en la fecha prevista para el efecto en el Cronograma contenido en los Documentos del Proceso.
13. Que en caso de resultar adjudicatario, me obligo a presentar la garantía de cumplimiento prevista en los Documentos del Proceso en la fecha prevista para el efecto en el Cronograma allí contenido.
14. Que en caso de resultar adjudicatario me comprometo a que a la terminación de la vigencia del Contrato, el servicio contratado cumplirá con la totalidad del alcance y los requerimientos y especificaciones técnicas establecidas en el Pliego de Condiciones y sus anexos.
15. Que manifiesto que el Proponente está x xxx y salvo con sus obligaciones parafiscales y laborales frente al sistema de seguridad social integral y demás aportes relacionados con las obligaciones laborales.
16. Adjunto la garantía de seriedad de la Oferta la cual cumple con lo establecido en los Documentos del Proceso.
17. Apoyamos las acciones del Estado colombiano y del Ministerio de Educación Nacional para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas de la administración pública.
18. No estamos en causal de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de intereses alguna para celebrar el contrato objeto del Proceso de Contratación.
19. En lo referente al compromiso anticorrupción, nos comprometemos a cumplir con todos y cada una de las manifestaciones que a continuación se relacionan: a) Apoyamos la acción del Estado colombiano y del Ministerio de Educación Nacional para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas de la administración pública; b) No estamos en causal de inhabilidad alguna para celebrar el contrato objeto del Proceso de Contratación; c) Nos comprometemos a no ofrecer y no dar dádivas, sobornos o cualquier forma de halago, retribuciones o prebenda a servidores públicos o asesores de la Entidad Contratante, directamente o a través de sus empleados, contratistas o tercero; d) Nos comprometemos a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o efecto la colusión en el Proceso de selección SA-MEN-02-2019; e) Nos comprometemos a revelar la información que sobre el Proceso de selección SA-MEN-02-2019 nos soliciten los organismos de control de la República de Colombia; f) Nos comprometemos a comunicar a nuestros empleados y asesores el contenido del presente Compromiso Anticorrupción, explicar su importancia y las consecuencias de su incumplimiento por nuestra parte, y la de nuestros empleados o asesores; y g) Conocemos las consecuencias derivadas del incumplimiento del presente compromiso anticorrupción.
20. Que para efecto de comunicaciones mis datos como PROPONENTE son:
NOMBRE DEL PROPONENTE | |
NOMBRE DEL REPRESENTANTE | |
TELÉFONO | |
DIRECCIÓN y CIUDAD | |
FAX | |
CORREO ELECTRÓNICO |
Firma del Representante legal Nombre.
C.C. No.
FORMATO No. 02
CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS PROPONENTES EXTRANJEROS SIN DOMICILIO
Proceso de selección SA-MEN-02-2019 Oferente:
Nit:
Clasificador de Bienes y Servicios de las Naciones Unidas UNSPSC
Clasificación UNSPSC | BIEN O SERVICIO | CONTRATO | CONTRATANTE | OBJETO |
Los abajo firmantes declaramos bajo la gravedad de juramento que los datos consignados en el presente formato son verídicos por cuanto la empresa y/o persona natural cumple con lo dispuesto en el pliego de condiciones del presente proceso de selección, sin perjuicio de las sanciones penales a que haya lugar.
Firma Representante legal del Oferente Nombre:
Documento de Identidad:
FECHA DE DILIGENCIAMIENTO DE
ESTE FORMATO:
FORMATO No. 3
FORMATO PAZ Y SALVO PARAFISCALES
Yo , en calidad de Revisor Fiscal o Representante Legal de la sociedad , con NIT , (o en nombre propio) identificado con cédula de ciudadanía No de acuerdo con la Ley 789 de 2002 manifiesto bajo juramento que la sociedad se encuentra al día en el cumplimiento del pago de sus obligaciones legales con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a la caja de compensación familiar, ICBF y SENA, cuando a ello hubiere lugar, en relación con sus empleados por un periodo no inferior a seis (6) meses anteriores a la presentación de esta certificación.
Firma:
Tarjeta Profesional N°
En calidad de: Revisor Fiscal o (Representante Legal) Fecha
NOTA: En caso de que la firma esté obligada por ley a tener revisor fiscal, la certificación deberá ser firmada por la persona que se desempeñe como tal en la empresa.
FORMATO N° 4
DOCUMENTO DE UNIÓN TEMPORAL O CONSORCIO
Lugar y fecha
Señores
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
Ciudad
Referencia: Selección abreviada por Subasta Inversa SA-MEN-02-2019 Apreciados Señores:
Los representantes , y , debidamente autorizados para actuar en nombre de , y , nos permitimos manifestar por este documento que hemos convenido asociarnos en UNIÓN TEMPORAL denominada: , para participar en la Subasta Inversa SA-MEN-02-2019, para el proyecto denominado y por lo tanto manifestamos lo siguiente:
1.- La duración de esta UNIÓN TEMPORAL será igual al plazo del contrato y tres (3) años más.
2.- La UNIÓN TEMPORAL está integrada por las siguientes personas que desarrollarán las actividades con los porcentajes de participación que a continuación se indican:
NOMBRE | ACTIVIDAD | % DE PARTICIPACIÓN |
3 – La responsabilidad de los integrantes de la UNIÓN TEMPORAL será solidaria.
4.- El representante de la UNIÓN TEMPORAL es , identificado con cédula de ciudadanía No de , quien está expresamente facultado para firmar, presentar la propuesta y en caso de salir favorecidos con la adjudicación, para firmar el contrato y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias al respecto, con amplias y suficientes facultades. En su ausencia, se designa como representante suplente a , identificado con cédula de ciudadanía No
de .
5.- Para todos los efectos el presente documento será considerado el único constitutivo del proponente asociativo.
En constancia se firma en a los días del mes de de 2019
NOMBRE Y FIRMA NOMBRE Y FIRMA
C.C. N° C.C. N°
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DE LA UNIÓN TEMPORAL
C.C. N°
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DE LA UNIÓN TEMPORAL
C.C. N°
Lugar y fecha
Señores
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
Ciudad
Referencia: Selección abreviada por Subasta Inversa SA-MEN-02-2019 Apreciados Señores:
Los representantes y , debidamente autorizados para actuar en nombre de
y , nos permitimos manifestar por este documento que hemos convenido asociarnos en CONSORCIO denominado: , para participar en la Subasta Inversa SA-MEN- 02-2019, para el proyecto denominado y por lo tanto manifestamos lo siguiente:
1.- La duración de este consorcio será igual al plazo del contrato y tres (3) años más. 2.- El consorcio está integrado así:
NOMBRE | PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN |
3.- La responsabilidad de los integrantes del consorcio es solidaria, ilimitada y mancomunada.
4.- El representante del consorcio es , identificado con cédula de ciudadanía No de , quien está expresamente facultado para firmar, presentar la propuesta, y en caso de salir favorecidos con la adjudicación, para firmar el contrato y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias al respecto, con amplias y suficientes facultades. En su ausencia, se designa como representante suplente a
, identificado con cédula de ciudadanía No de .
5.- Para todos los efectos el presente documento será considerado el único constitutivo del proponente asociativo.
En constancia se firma en a los días del mes de de 2019
NOMBRE Y FIRMA NOMBRE Y FIRMA
C.C. N° C.C. N°
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DEL CONSORCIO
C.C. N°
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DEL CONSORCIO
C.C. N°
FORMATO N° 5
INFORMACIÓN SOBRE LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA
PROPONENTE:
PERSONA QUE ACREDITA LA EXPERIENCIA:
No. DE CONSECU TIVO EN EL RUP | N° CTO | ENTIDAD CONTRATANT E | OBJETO | FECHA DE INICIO | FECHA DE FINALIZA CIÓN | CODIGO UNSPSC | DESCRIPCI ÓN EXPERIENCI A RELEVANTE | % PARTICI- PACIÓN | VALOR (smlmv) REPORTAD O EN EL RUP |
NOTA 1: Para acreditar la experiencia específica el Proponente deberá cumplir con los requisitos establecidos en el numeral 3.2. EXPERIENCIA ESPECÍFICA MÍNIMA DEL PROPONENTE del capítulo III.CAPACIDAD
TÉCNICA MÍNIMA HABILITANTE (CUMPLE / NO CUMPLE), xxx xxxxxx de condiciones.
NOTA 2: Si el contrato registrado en el RUP se refiere a la prestación de diferentes suministros o servicios, se debe efectuar dentro del formulario una discriminación de los mismos con su valor correspondiente en SMLMV, para efectos de establecer los que se relacionan con la clasificación por el Código de Bienes y Servicios de las Naciones Unidas requerido para el presente proceso de selección.
Firma representante legal o apoderado
Nombre: Cedula:
ANEXO No. 1
ANEXO ESPECIFICACIONES TÉCNICA
(ADJUNTO EN DOCUMENTO ANEXO AL PLIEGO DE CONDICIONES)
ANEXO No. 1.1
ANEXO FICHA TÉCNICA
(ADJUNTO EN DOCUMENTO ANEXO AL PLIEGO DE CONDICIONES)
ANEXO No. 2
ANÁLISIS DEL VALOR DE PRESUPUESTO Y XXX XXXXXXX - PROCESO SA-MEN-02-2019
(ADJUNTO EN DOCUMENTO ANEXO AL PLIEGO DE CONDICIONES)
ANEXO No. 3 ANALISIS DEL SECTOR
(ADJUNTO EN DOCUMENTO ANEXO AL PLIEGO DE CONDICIONES)
No. | CLASE | FUENTE | ETAPA | TIPO | DESCRIPCIÓN | CONSECUE NCIA DE LA OCURRENCI A DEL EVENTO | PROBABILIDAD | IMPACTO | VALORACION DEL RIESGO | CATEGORIA | A QUIEN SE LE ASIGNA | TRATAMIENTO / CONTROLES A SER IMPLEMENTADOS | IMPACTO DESPUES DEL TRATAMIE NTO | AFECTA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO? | PERSONA RESPONSABLE POR IMPLEMENTAR EL TRATAMIENTO | FECHA ESTIMADA EN QUE SE INICIA EL TRATAMIENTO | FECHA ESTIMADA EN QUE SE COMPLETA EL TRATAMIENTO | MONITOREO Y REVISION | ||||
PROBABILIDAD | IMPACTO | VALORACIÓN DEL | CATEGORÍA | COMO SE REALIZA EL MONITOREO? | PERIODICID AD ¿CUANDO? | |||||||||||||||||
1 | E S P E C I F I C O | I N T E R N O | E J E C U C I O N | O P E R A C I O N A L | Riesgo por entrega de información errada. Se materializa cuando EL MINISTERIO entrega, para la ejecución del contrato, información errada o desactualizada y EL CONTRATISTA ejecuta actividades propias del objeto contractual y de sus obligaciones con dicha información. | NO SATISFACCI ÓN DE LA NECESIDAD | 3 | 4 | 7 | A L T O | CO NT RA TA NT E | CANALIZACION DE LA INFORMACIÓN A TRAVES DE UNA SOLA PERSONA, EVITANDO EL MANEJO POR MUCHAS | 1 | 1 | 2 | B A J O | SI | SUP ERV ISO R DEL CON TRA TO | Inici o del contr ato | Finaliz ación del contrat o | A TRAVÉS DE LOS INFOMES PARCIALES QUE GENERE EL SUPERVISOR DEL CONTRATO Y COMUNICACIÓN A LAS DEMAS PERSONAS QUE MANEJAN INFORMACIÓN A FIN DE CANALIZAR | DE ACUERDO AL PLAZO DE EJECUCION |
2 | E S P E C I F I C O | E X T E R N O | E J E C U C I O N | O P E R A C I O N A L | Riesgo por uso o información errada. A contrario del anterior, se materializa cuando EL CONTRATISTA en cumplimiento de sus obligaciones debe recopilar la información o usar la que se encuentra en su poder y esta no corresponde para el desarrollo del contrato. | INCUMPLIMI ENTO DE LAS OBLIGACIO NES DEL CONTRATO | 3 | 4 | 7 | A L T O | CO NT RA TIS TA | REDUCIR LAS CONSECUENCIAS A TRAVÉS DE PLANES DE CONTINGENCIA Y REALIZANDO REVISIONES PERIODICAS AL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO. | 1 | 1 | 2 | B A J O | SI | SUP ERV ISO R DEL CON TRA TO | Inici o del contr ato | Finaliz ación del contrat o | A TRAVÉS DE LOS INFOMES PARCIALES QUE GENERE EL SUPERVISOR DEL CONTRATO Y COMUNICACIÓN A LAS DEMAS PERSONAS QUE MANEJAN INFORMACIÓN A FIN DE CANALIZAR | DE ACUERDO AL PLAZO DE EJECUCION |
3 | E S P E C I F I C O | E X T E R N O | E J E C U C I O N | O P E R A C I O N A L | Riesgo por servicios adicionales. Nota: Se materializa cuando se requieren servicios complementarios o adicionales a los contratados necesarios para que el objeto del servicio satisfaga completamente la necesidad de contratación. | PRESTACIO N DE SERVICIO SIN DISPONILID AD PRESUPUE STAL QUE GENEREN RECLAMACI ONES | 2 | 3 | 5 | M O D E R A D O | CO NT RA TIS TA / SU PE RV IS OR ES | NO PRESTAR SERVICIOS SIN LAS DEBIDAS LEGALIZACIONES DE ADICIONES, PRORROGAS O MODIFICACIONES CONTRACTUALES. | 1 | 1 | 2 | B A J O | SI | CON TRA TIST A /SU PER VIS OR DEL CON TRA TO | Inici o del contr ato | Finaliz ación del contrat o | A TRAVÉS DE LOS INFOMES PARCIALES QUE GENERE EL SUPERVISOR DEL CONTRATO Y COMUNICACIÓN A LAS DEMAS PERSONAS QUE MANEJAN INFORMACIÓN A FIN DE CANALIZAR REUNIONES DE SEGUIMIENTO ENTRE EL SUPERVISOR, LAS ÁREAS INTERESADAS Y EL PROVEEDOR. | DE ACUERDO AL PLAZO DE EJECUCION |
No. | CLASE | FUENTE | ETAPA | TIPO | DESCRIPCIÓN | CONSECUE NCIA DE LA OCURRENCI A DEL EVENTO | PROBABILIDAD | IMPACTO | VALORACION DEL RIESGO | CATEGORIA | A QUIEN SE LE ASIGNA | TRATAMIENTO / CONTROLES A SER IMPLEMENTADOS | IMPACTO DESPUES DEL TRATAMIE NTO | AFECTA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO? | PERSONA RESPONSABLE POR IMPLEMENTAR EL TRATAMIENTO | FECHA ESTIMADA EN QUE SE INICIA EL TRATAMIENTO | FECHA ESTIMADA EN QUE SE COMPLETA EL TRATAMIENTO | MONITOREO Y REVISION | ||||
PROBABILIDAD | IMPACTO | VALORACIÓN DEL | CATEGORÍA | COMO SE REALIZA EL MONITOREO? | PERIODICID AD ¿CUANDO? | |||||||||||||||||
4 | G E N E R A L | I N T E R N O | E J E C U C I O N | O P E R A C I O N A L | Incumplimiento de las obligaciones en oportunidad o calidad | NO SE SATISFACE LA NECESIDAD DE CONTRATA CION | 3 | 5 | 8 | C A T A S T R O F I C O | CO NT RA TIS TA / SU PE RV IS OR ES | EJERCER UNA BUENA SUPERVISIÓN A LAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES | 1 | 2 | 3 | M E N O R | SI | CON TRA TIST A /SU PER VIS OR DEL CON TRA TO | Inici o del contr ato | Finaliz ación del contrat o | A TRAVÉS DE LOS INFOMES PARCIALES QUE GENERE EL SUPERVISOR DEL CONTRATO Y MEDIDAS CORRECTIVAS REUNIONES DE SEGUIMIENTO ENTRE EL SUPERVISOR, LAS ÁREAS INTERESADAS Y EL PROVEEDOR. | DE ACUERDO AL PLAZO DE EJECUCION |
5 | G E N E R A L | E X T E R N O | E J E C U C I O N | T É C N I C O | Falta de disponibilidad de personal de soporte especializado por parte del proveedor | Retraso en el cronograma y en la implementaci ón de necesidades específicas del Ministerio | 2 | 2 | 0 | x x x x x | Xx xxx atis ta | Contar previo a la solicitud de requerimientos por parte del ministerio, con la disponibilidad de personal que atenderá el soporte especializado. | 1 | 1 | 2 | i n s i g n i f i c a n t e | SI | ARE A TEC NIC A - CON TRA TIST A | Inici o del contr ato | Finaliz ación del contrat o | Monitoreo en reuniones de seguimiento | Programada s |
6 | G E N E R A L | E X T E R N O | E J E C U C I O N | T É C N I C O | Las actualizaciones del producto instalado bloquen o impiden el normal funcionamiento de la operación. | No se puede prestar servicio a través de las herramientas de CA | 2 | 2 | 4 | m e n o r | con trat ant e | Certificar los ambientes para después ser desplegados en ambientes productivos | 1 | 1 | 2 | i n s i g n i f i c a n t e | SI | ARE A TEC NIC A - CON TRA TIST A | Inici o del contr ato | Finaliz ación del contrat o | Monitoreo en reuniones de seguimiento | Programada s |
7 | E S P E C Í F I C O | E X T E R N O | E J E C U C I Ó N | E C O N O M I C O | Riesgo por alza en los precios xxx xxxxxxx debido a cambios en la tasa representativa xxx xxxxxxx (inflación, tasas de interés, tasa de cambio o disponibilidad de financiación) | No se satisface la necesidad de contratación / Variación en el valor del servicio y/o productos contratados | 4 | 4 | 8 | E x t r e n o | Co ntr atis ta | Revisión constante de los precios frente a cambios en la TRM. | 1 | 1 | 2 | M e n o r | Si | Cont ratist a | Inici o del contr ato | Finaliz ación del plazo de ejecuci ón | Reuniones y seguimiento de supervisión | Permanente |
No. | CLASE | FUENTE | ETAPA | TIPO | DESCRIPCIÓN | CONSECUE NCIA DE LA OCURRENCI A DEL EVENTO | PROBABILIDAD | IMPACTO | VALORACION DEL RIESGO | CATEGORIA | A QUIEN SE LE ASIGNA | TRATAMIENTO / CONTROLES A SER IMPLEMENTADOS | IMPACTO DESPUES DEL TRATAMIE NTO | AFECTA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO? | PERSONA RESPONSABLE POR IMPLEMENTAR EL TRATAMIENTO | FECHA ESTIMADA EN QUE SE INICIA EL TRATAMIENTO | FECHA ESTIMADA EN QUE SE COMPLETA EL TRATAMIENTO | MONITOREO Y REVISION | ||||
PROBABILIDAD | IMPACTO | VALORACIÓN DEL | CATEGORÍA | COMO SE REALIZA EL MONITOREO? | PERIODICID AD ¿CUANDO? | |||||||||||||||||
0 | X X X X C Í F I C O | I N T E R N O | E J E C U C I Ó N | O P E R A C I O N A L | Riesgos por demoras en la importación de los bienes o consecución de las materias primas | No se satisface la necesidad de contratación. | 3 | 3 | 6 | C a t a s t r ó fi c o | Co ntr atis ta | Planeación inicial sobre las fechas de entrega de los equipos y estimación de plazos | 3 | 2 | 5 | M e d i o | Si | Cont ratist a/Su pervi sore s. | Inici o del contr ato | Finaliz ación del plazo de ejecuci ón | Reuniones y seguimiento de supervisión | Durante el término establecido y aprobado en el plan de trabajo aprobado por el supervisor del contrato |
9 | E s p e c í f i c o | E x t e r n o | E j e c u c i ó n | T e c n o l ó g i c o s | Vulnerabilidad de las soluciones que comprometan la seguridad de la información o mal uso de la información por parte del Proveedor. | Uso diferente, pérdida o destrucción de la información. | 3 | 4 | 7 | A lt o | Co ntr atis ta | Análisis periódico de vulnerabilidades. Contar con mecanismos alternativos para salvaguardar la información. Validación requisitos técnicos | 2 | 2 | 4 | B a j o | Sí | Cont ratist a | Inici o de la ejec ució n contr ato | Finaliz ación del plazo de ejecuci ón del contrat o | Seguimiento a la implementación | Permanente |
ANEXO No. 5
ANEXO MINUTA CONTRATO ELÉCTRONICO SECOP II
Las partes acuerdan las siguientes cláusulas que hacen parte del contrato establecido electrónicamente en la plataforma SECOP II:
CLÁUSULA PRIMERA. - OBJETO: | ADQUISICIÓN DEL SERVICIO DE SOPORTE SOBRE LOS DISPOSITIVOS DE RED Y SEGURIDAD CISCO DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, ASÍ COMO AMPLIACIÓN DE EQUIPOS ACTIVOS Y DE GESTIÓN DE RED DE ÁREA LOCAL E INALÁMBRICA |
CLÁUSULA SEGUNDA. – DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR: | La establecida en el estudio previo y en el presente pliego |
CLÁUSULA TERCERA. - OBLIGACIONES DE LAS PARTES: | Las establecida en el estudio previo y en el presente pliego |
CLÁUSULA CUARTA. - PLAZO DE EJECUCIÓN: | El establecido en el estudio previo y en el presente pliego |
CLÁUSULA QUINTA. - VALOR DEL CONTRATO: | El resultante del último lance del evento de subasta |
CLÁUSULA SEXTA. - DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL: | El establecido en el estudio previo y en el presente pliego |
CLÁUSULA SÉPTIMA. - FORMA DE PAGO: | La establecida en el estudio previo y en el presente pliego |
CLÁUSULA OCTAVA. – SUPERVISIÓN: | La Supervisión del presente contrato la efectuará , o quien haga sus veces, a quien le corresponde vigilar y velar por el cabal cumplimiento de las obligaciones de las partes, de conformidad con lo estipulado en el contrato, en la Ley, y en el Manual de Contratación de EL MINISTERIO, y hacer los requerimientos del caso y en especial: 1. Observar las obligaciones propias de la actividad, los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011, el Manual de Contratación DEL MINISTERIO, y demás manuales y normas vigentes que regulan la materia. 2. El supervisor ejercerá el control y vigilancia de la ejecución del contrato, exigiendo a las partes el cumplimiento idóneo y oportuno del mismo, así mismo debe verificar el cumplimiento del contrato en cuanto a plazo, lugar, cantidad, calidad, planes, proyectos y acciones. 3. Responder por el recibo a satisfacción de las actividades que comporta la ejecución del objeto del presente contrato de conformidad con lo pactado en el mismo. 4. Coordinar la estructuración de la documentación que se genera con ocasión del contrato y el correspondiente envío a las áreas que corresponda. 5. Efectuar los requerimientos que sea del caso a EL CONTRATISTA cuando las exigencias de cumplimiento así lo requieran. 6. Requerir al contratista, con copia al respectivo garante si lo hubiere, cuando advierta incumplimientos y estructurar los soportes y hacer el respectivo informe del caso con las cuantificaciones a que haya lugar, que le permitan adelantar a la entidad el trámite que corresponda, en observancia especialmente de lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 y la reglamentación que esté vigente en EL MINISTERIO en materia de imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento frente a los contratistas. 7. Elaborar los informes, actas y documentos que la actividad de supervisión comporta, con la remisión respectiva a las áreas que |
correspondan. 8. Certificar sobre el cumplimiento de las obligaciones cumplidas y verificar los informes presentados por EL CONTRATISTA. 9. Verificar la legalidad de la factura electrónica, cuando el contratista se encuentre en régimen común y se haya acogido a dicho sistema de facturación, de acuerdo con la guía expedida por la Subdirección Financiera. 10. Informar al líder o líderes de la contratación sobre los cambios que se presenten durante la ejecución del contrato y velar porque se suscriban por las partes las correspondientes modificaciones, adiciones o prórrogas que se requieran. 11.Una vez perfeccionadas las modificaciones de los contratos y convenios, prórrogas, adiciones, aclaraciones, suspensiones, reinicios o cesiones, requerir al contratista para surta los trámites al respectivo garante, cuando aplique, dentro de los cinco (5) días siguientes. 12.Remitir mensualmente a la Subdirección de Contratación la documentación de la ejecución contractual, que se produzca en físico, para el respectivo archivo en el expediente contractual y publicación en la plataforma SECOP. 13.El supervisor debe velar por que la garantía cuando aplique se mantenga vigente incluidos los amparos que correspondan para la etapa de liquidación o postcontractual cuando a ello hubiere lugar. 14.Proyectar con la debida antelación, la liquidación del contrato, en los casos en los que la misma se imponga. 15.Mantenerse actualizado en los términos, condiciones, manuales y guías del SECOP, de la página de Colombia Compra Eficiente. 16. Velar por la integridad, autenticidad, veracidad y fidelidad de la información del ejercicio de su supervisión, por lo tanto, deberán entregar todos los documentos y archivos (físicos y electrónicos) a su cargo y que se produzca en ejercicio de sus funciones, de acuerdo con los procedimientos internos de gestión documental establecidos por EL MINISTERIO. 17.Autorizar los pagos al contratista, previa verificación del cumplimiento del objeto dentro del contexto estipulado y de la acreditación de que el Contratista se encuentra al día en el pago al Sistema de Seguridad Social Integral en salud y pensiones, ARL y de aportes parafiscales (SENA, ICBF y Caja de Compensación Familiar) cuando a ello hubiere lugar, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007 Parágrafo: En caso de ausencia parcial o total del supervisor la misma será asumida por quien haga sus veces y en caso de que el designado no tenga remplazo en su ausencia temporal o definitiva, la supervisión será asumida por el inmediato superior, sin necesidad de modificación contractual alguna. En caso de que se materialice la situación anterior se deberá informar inmediatamente a la Subdirección de Contratación. | |
CLÁUSULA NOVENA. – GARANTÍAS: | Las establecidas en el estudio previo y en el presente pliego |
CLÁUSULA DÉCIMA. - AUTONOMÍA ADMINISTRATIVA Y AUSENCIA DE RELACIÓN LABORAL: | EL CONTRATISTA obrará con plena autonomía administrativa y en ningún caso el presente contrato generará relación laboral ni prestaciones sociales entre EL MINISTERIO y EL CONTRATISTA y sus empleados, vinculados o subcontratistas. El personal que requiera EL CONTRATISTA para el cumplimiento del contrato será de su exclusiva responsabilidad y EL MINISTERIO declara que no asume responsabilidad laboral alguna con ellos. |
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. - INDEMNIDAD DE EL MINISTERIO: | EL CONTRATISTA mantendrá indemne a EL MINISTERIO contra todo reclamo, demanda, acción legal y costos que puedan causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, que se ocasionen |
durante la ejecución del objeto de este contrato. En caso de que se instaure demanda o acción legal alguna, o se formule reclamo contra EL MINISTERIO por asuntos que, según el contrato sean de responsabilidad de EL CONTRATISTA, EL MINISTERIO, se lo comunicará lo más pronto posible para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas pertinentes previstas por la Ley para mantener indemne a EL MINISTERIO y adelante los trámites para llegar a un arreglo del conflicto. Si en cualquiera de los eventos previstos en esta cláusula, EL CONTRATISTA no asume debida y oportunamente la defensa de los intereses de EL MINISTERIO, éste podrá hacerlo directamente, previa notificación escrita a EL CONTRATISTA y éste último pagará todos los gastos en que EL MINISTERIO incurra por tal motivo. | |
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. - CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN: | Las partes se obligan a guardar estricta confidencialidad sobre toda la información sometida a reserva debidamente identificada como tal por la parte originadora y conocida en virtud del desarrollo y ejecución del presente contrato, así como la información que la parte receptora debe entender y saber que es confidencial por su naturaleza y sensibilidad para la parte dueña de dicha información. Esta obligación de confidencialidad se aplicará para todos los casos, salvo que la información confidencial sea requerida por autoridad competente, caso en el cual, deberán dar aviso de tal hecho a la parte originadora dentro de los dos (2) días siguientes a la fecha en que le sea notificada la orden, o sea conocida la solicitud. Igualmente, el deber de confidencialidad no será obligatorio cuando dicha información sea poseída por la otra parte con anterioridad a este contrato, por un medio legal o, cuando sea públicamente accesible por un medio legal o, cuando sea hecha pública por su dueño o poseedor legal. Asimismo, las partes se comprometen a exigir a todo tercero que por medio de cualquiera de las partes tenga acceso a esta información, la misma reserva a que se refiere esta cláusula y tomarán las medidas de control y precauciones necesarias para asegurar el cumplimiento de la misma. Parágrafo: La presente cláusula de confidencialidad se mantendrá vigente mientras la información catalogada como tal conserve el carácter de reservada o bien durante cinco (5) años luego de que dicha información fuera compartida con las otras partes, cualquiera de los dos que ocurra primero. En todo caso estará sujeta a la reglamentación sobre información confidencial de los artículos 260 a 266 de la Decisión 486 de la Comisión del Acuerdo xx Xxxxxxxxx y lo previsto en el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015, respecto de la información y documentos reservados, artículo 24 sustituido, y en las demás normas concordantes y complementarias que regulen la materia. |
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. - INVALIDEZ PARCIAL: | Si cualquier estipulación o disposición de este contrato se considerase nula, inválida o no exigible por cualquier juez competente, dicha decisión será interpretada estrictamente para dicha estipulación o disposición y no afectará la validez de ninguna otra estipulación del presente contrato. |
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. - CESIÓN DEL CONTRATO: | De conformidad con lo establecido en el artículo 41 de la Ley 80 de 1993, el presente contrato es “intuitu personae” en consecuencia no podrá ser cedido a ningún título por EL CONTRATISTA sin la autorización previa, expresa y escrita de EL MINISTERIO. EL CONTRATISTA responderá por la ejecución de las obligaciones contractuales hasta que el documento de cesión esté suscrito por las partes y la ordenadora del gasto. |
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA. - SUSPENSIÓN: | Las partes contratantes podrán suspender el presente contrato, mediante la suscripción de un acta en donde conste tal evento, cuando medie alguna de las siguientes causales: 1. Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, y 2. Por acuerdo entre las partes justificado en que no se afecta el servicio. PARÁGRAFO: El término de suspensión será computable para efecto del plazo de ejecución del contrato, pero no dará derecho a exigir indemnización, sobrecostos o reajustes, ni a reclamar gastos diferentes a los pactados en el contrato. |
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. – CADUCIDAD ADMINISTRATIVA: | En caso de que se presente algún hecho constitutivo de incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato, El MINISTERIO, mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá declarar la caducidad del contrato, dando por terminado el contrato y ordenando su liquidación en el estado en que se encuentre sin perjuicio de las acciones penales y civiles a que hubiere lugar. |
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA. - INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES POR PARTE DE EL MINISTERIO Y SOMETIMIENTO A LAS LEYES NACIONALES: | De conformidad con el artículo 14, numeral 2, 15,16 y 17 de la Ley 80 de 1993, el presente contrato se rige por las cláusulas de interpretación, modificación y terminación unilaterales y de sometimiento a las leyes nacionales de que traten las precitadas normas, las cuales se entienden incorporadas al presente contrato |
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA. - CAUSALES DE TERMINACIÓN: | Este contrato se podrá dar por terminado por la ocurrencia de uno de los siguientes eventos: 1. Por vencimiento del plazo previsto en la cláusula respectiva o el de una de sus prórrogas, si las tuviere. 2. Por cumplimiento del objeto del contrato. 3. Por declaratoria de nulidad del contrato. 4. Por mutuo acuerdo de las partes. 5. Por las demás causales contempladas en la ley. |
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA. - MULTAS: | En caso xx xxxx o incumplimiento parcial de las obligaciones adquiridas por EL CONTRATISTA, EL MINISTERIO impondrá multas, de la siguiente manera: a) Multas por xxxx en los plazos establecidos para el cumplimiento de las obligaciones: si EL CONTRATISTA incumple los plazos establecidos para el cumplimiento de las obligaciones en las fechas que se acuerden, deberá pagar a EL MINISTERIO, por cada día calendario de retraso, el 0.5% del valor del contrato, sin que el total de estas multas sobrepase el 10% del valor del contrato; b) Multas por incumplimiento parcial: si durante la ejecución del contrato EL CONTRATISTA incumple alguna otra u otras de las obligaciones contractuales, EL MINISTERIO le impondrá multas equivalentes al 0.5% del valor del contrato por cada obligación incumplida, sin que el total de estas multas sobrepase el diez por ciento (10%) del valor total de mismo. EL CONTRATISTA autoriza a EL MINISTERIO para descontar y tomar el valor de las multas de que tratan los literales anteriores, una vez en firme la resolución que las impone, de cualquier suma que le adeude EL MINISTERIO, sin perjuicio de que las haga efectivas conforme a la Ley. El pago o la deducción de dichas multas no exonera a EL CONTRATISTA de la obligación de cumplir con el objeto del contrato, ni de las demás obligaciones y responsabilidades que emanen del mismo. Parágrafo: Para su imposición se seguirá el procedimiento establecido en la Ley 1474 de 2011 o la norma que lo adicione, modifique, derogue o sustituya. |
CLÁUSULA VIGESIMA. - PENAL PECUNIARIA: | Se fija como cláusula penal pecuniaria la suma equivalente hasta el diez por ciento (10%) del valor total del contrato, independientemente de la indemnización plena de los perjuicios a que hubiere lugar, en caso de |
incumplimiento parcial o total del contrato por parte de EL CONTRATISTA, la cual pagará a EL MINISTERIO sin necesidad de requerimiento judicial, en un término no mayor de veinte (20) días a partir de la fecha en que se declare el incumplimiento. Para hacerla efectiva se seguirá el procedimiento establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, en el Manual de Contratación y demás documentos que regulen el procedimiento en EL MINISTERIO. | |
CLÁUSULA VIGESIMA PRIMERA. - SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: | Cualquier diferencia que surja entre las partes por la ejecución, interpretación, terminación o liquidación del presente contrato y en general, sobre los derechos y obligaciones derivados del mismo, durante su etapa precontractual, contractual y post contractual se solucionará primero por las partes, mediante arreglo directo, la cual tendrá una duración de hasta treinta (30) días hábiles. En caso de no llegar a un acuerdo, las partes convienen hacer uso de los mecanismos de solución previstos en la Ley, tales como la conciliación, amigable composición y transacción. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA. - INHABILIDADES, INCOMPATIBILIDADES, CONFLICTOS DE INTERÉS Y ORIGEN Y DESTINACIÓN DE RECURSOS: | Para los efectos de los artículos 8° y 9° de la Ley 80 de 1993, de la Ley 1474 de 2011 y del Decreto 1082 de 2015, EL CONTRATISTA teniendo conocimiento de las inhabilidades, incompatibilidades y conflictos de interés para contratar de que tratan las disposiciones legales citadas y de las responsabilidades legales de que tratan los artículos 26, numeral 7°, 44 y 52 de la Ley 80 de 1993, las partes declaran por el presente documento, bajo la gravedad del juramento no encontrarse incursos en ninguna de tales inhabilidades e incompatibilidades, ni conflictos de interés, lo que se entiende surtido con la suscripción del presente contrato. Parágrafo Primero. - Si llegare a sobrevenir inhabilidad o incompatibilidad en EL CONTRATISTA, este podrá ceder el contrato previa autorización escrita de EL MINISTERIO, y si ello no fuere posible EL CONTRATISTA renunciará a su ejecución (artículo 9 de la Ley 80 de 1993). Parágrafo Segundo. - Presentada la causal de inhabilidad o incompatibilidad o conflicto de interés, EL CONTRATISTA deberá informar a EL MINISTERIO dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su acontecimiento, ante lo cual EL MINISTERIO tomará la decisión que en derecho corresponda. En caso de incumplimiento del deber de información, EL MINISTERIO ejercerá las acciones legales correspondientes. EL CONTRATISTA manifiesta que los recursos que componen su patrimonio no provienen xx xxxxxx de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita; de igual manera manifiesta que los recursos recibidos en desarrollo de este contrato no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA. - CONTROL A LA EVASIÓN DE LOS RECURSOS PARAFISCALES: | EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento que ha venido y continuará cumpliendo con sus obligaciones a los sistemas de seguridad social en salud, riesgos laborales y pensiones, así como los parafiscales, a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), cuando a ello haya lugar y en caso de incumplimiento será responsable a las consecuencias y sanciones xx Xxx. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA. - LIQUIDACIÓN: | El presente contrato se liquidará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 80 de 1993 en concordancia con el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 217 del decreto 0019 de 2012, dentro del término de seis (6) meses contados desde la fecha de finalización del contrato, o de la fecha de expedición del acto que ordene la terminación. La liquidación se fundamentará en el informe final de gestión y certificado de cumplimiento del objeto del presente contrato suscrito por el supervisor, el |
cual deberá presentar en la Subdirección de Contratación dentro de los dos (2) meses siguientes a la finalización del plazo de ejecución. | |
CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA. - LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Y DOMICILIO CONTRACTUAL: | El domicilio contractual será la ciudad de Bogotá D.C. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA. - NOTIFICACIONES A LAS PARTES: | Para efectos de la notificación a las partes se tendrán en cuenta los datos registrados en la herramienta SECOP II. De conformidad con el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y demás normas concordantes, EL CONTRATISTA autoriza expresamente a EL MINISTERIO a remitir notificaciones electrónicas al correo electrónico registrado en la herramienta SECOP II Por lo anterior, toda notificación a realizar por parte de EL MINISTERIO se remitirá a las últimas direcciones informadas, por lo que los efectos que ellas conlleven serán asumidos por EL CONTRATISTA en caso de que se allane a no actualizar la información en la citada herramienta en caso de cambios en la misma. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA SÉPTIMA. - INTEGRACIÓN INSTRUMENTAL DEL CONTRATO: | Hacen parte integral del presente contrato: estudio previo, incluidos los riesgos que allí se establecieron, los documentos que identifican a EL CONTRATISTA, la propuesta de EL CONTRATISTA, el certificado de disponibilidad presupuestal, el certificado de registro presupuestal, y los demás documentos soportes de la contratación. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA. - PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: | Este contrato se perfecciona con la aprobación de las partes en la plataforma del SECOP II, y tendrá como requisito de ejecución el registro presupuestal, y la aprobación de la garantía única por parte de EL MINISTERIO. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA NOVENA - MANIFESTACIÓN: | Las partes manifiestan libremente que han procedido a la lectura total y cuidadosa del texto del presente anexo, por lo que, en consecuencia, se obligan a todo lo consignado y manifestado. Igualmente acuerdan, que, en caso de aclaración del presente anexo, en alguna de sus cláusulas, por errores de digitación o aritméticos, se realizará la aclaración directamente por parte del MINISTERIO, sin necesidad de firma y/o aprobación por parte del CONTRATISTA. |