CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLE
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLE
Conste por el presente documento, el contrato de arrendamiento; que celebran de una parte:
PROPIETARIO
Don identificado con DNI N° ,
estado civil , con domicilio en del Distrito de
, Provincia y Departamento de _ , a quien se le denominara EL ARRENDADOR; y de la otra parte:
PERSONA NATURAL
Don _ identificado con DNI N° ,
estado civil , con domicilio en del Distrito de
, Provincia y Departamento de _ , a quien se le denominara EL ARRENDATARIO; el mismo que se celebra dentro de los siguientes términos:
PRIMERO.- Del inmueble:
1.1.-EL PROPIETARIO declara ser titular de la propiedad ubicada en:
, la misma que se encuentra inscrita en la Partida Electrónica/Ficha /Tomo N° del registro de predios de los Registros Públicos de , en adelante el inmueble.
SEGUNDO.- Objeto
2.1.- Por el presente contrato, EL ARRENDADOR da en arrendamiento el inmueble descrito en la cláusula anterior a favor de EL ARRENDATARIO , a razón de contraprestación EL ARRENDATARIO se obliga a pagar oportunamente, la renta pactada en la cláusula quinta del presente contrato.
TERCERO.- Del uso del inmueble:
3.1.- Queda expresamente establecido que el inmueble será utilizado única y exclusivamente como
…………………….......... El incumplimiento de esta obligación y/o uso distinto del inmueble para otros fines, será causal de resolución expresa y de pleno derecho del contrato, conforme a lo que dispone el Artículo 1430° del Código Civil, operando dicha resolución cuando EL ARRENDADOR comunica a EL ARRENDATARIO su decisión de valerse de la cláusula resolutoria.
3.2.- EL ARRENDATARIO no podrá subarrendar EL INMUEBLE. El incumplimiento es causal de resolución de pleno derecho del presento contrato, conforme lo establece el Artículo 1429° del Código Civil.
CUARTO.- Del plazo:
4.1.-El plazo del presente contrato es de ( ) año(s) de los cuales de manera forzosa son los primeros 12 meses para EL ARRENDATARIO y EL ARRENDADOR, iniciándose el ( ) de
del 201_ y finaliza el ( ) de del 201_
Las partes acuerdan que el presente contrato puede ser renovado.
QUINTO.- De la renta mensual y posesión:
5.1.- EL ARRENDATARIO deberá pagar a EL ARRENDADOR la renta mensual a razón de s/. ( con 00/100 Nuevos Soles) pagados en dinero, por el arrendamiento del inmueble, lo que serán cancelados los días ( ) de cada mes, la renta mensual se pagara por adelantado, sin requerimiento previo.
5.2.- La renta pactada en el numeral anterior, incluye gastos comunes (agua y electricidad) guardianía y servicios de telecomunicaciones.
En el caso de servicios ambas partes señalan que:
a. La cobertura máxima de energía eléctrica es de s/.
b. La cobertura máxima del servicio de telecomunicaciones es de s/.
En el caso que se excedan estos montos, serán asumidos por el arrendatario.
5.3.- La toma de posesión del inmueble por parte del EL ARRENDATARIO se dará el de
del 201_ con la consecuente entrega de llaves del inmueble.
5.4.- La falta de pago oportuno de (2) meses más quince días xx xxxxx, constituye causal de resolución expresa y de pleno derecho del contrato, conforme a lo que dispone el Artículo 1429° y 1430° del Código Civil, operando dicha resolución cuando EL ARRENDADOR comunica a EL ARRENDATARIO su decisión de valerse de la cláusula resolutoria.
SEXTO.- De la garantía y renta adelantada:
6.1.- Las partes acuerdan que a la firma del presente contrato, EL ARRENDATARIO entregará a EL
ARRENDADOR la cantidad de s/. distribuido de la siguiente manera:
( con 00/100 Nuevos Soles),
a. s/. ( _ con 00/100 Nuevos Soles), en calidad de depósito en garantía por posibles daños a el inmueble y en garantía por fiel cumplimiento de todas las obligaciones derivadas del presente contrato. Dicha suma no será computable como pago de la renta, y será devuelta sin intereses a EL ARRENDATARIO al término del contrato, siempre y cuando haya cumplido con todas las obligaciones a su cargo y se encuentre al día en sus pagos.
b. s/. ( con 00/100 Nuevos Soles) por concepto de la renta del mes de del 201 .
EL ARRENDADOR recibe estos conceptos de dinero mediante transferencia bancaria en la cuenta del
Banco Cuenta de Ahorro Soles N° (DNI del arrendador
)
6.2.- Si al concluir el presente contrato, el arrendatario cumple con devolver el inmueble a EL ARRENDADOR, en el mismo estado en que lo recibió y sin más deterioro que el producido por su uso normal, y este último estuviera conforme con la entrega, devolverá a EL ARRENDATARIO el monto entregado en calidad de garantía, en la misma moneda en que lo recibió.
6.3.- Las partes acuerdan que al finalizar el presente contrato, EL ARRENDATARIO entregará a EL ARRENDADOR, la suma de s/. ( con 00/100 nuevos soles) para el pintado del inmueble materia del presente contrato.
SEPTIMO.- De las obligaciones y derechos de EL ARRENDATARIO:
7.1.- Pagar oportunamente la renta mensual de forma adelantada.
7.2.- Dar inmediato aviso a EL ARRENDADOR de cualquier perturbación de la posesión que se intente contra el bien, y de las acciones realizadas para repeler tal perturbación.
7.3.- Permitir que EL ARRENDADOR visite el inmueble cuando lo juzgue necesario, previo aviso a EL ARRENDATARIO con dos (02) días calendarios de anticipación.
7.4.- Hacer uso prudente del inmueble.
7.5.- No realizar modificaciones en la apariencia externa, cambios, modificaciones en el interior del bien, sin la autorización expresa de EL ARRENDADOR.
7.6.- No sub-arrendar total ni parcialmente el bien, ni cederlo a terceros, sin autorización escrita de EL ARRENDADOR.
7.7.- Devolver el inmueble al vencerse el plazo del contrato o al producirse la resolución del mismo. Antes de dejar el inmueble, deberá solicitar autorización por escrito de EL ARRENDADOR, la que será concedida luego de constatar que EL ARRENDATARIO está al día en sus pagos, y que el inmueble arrendado se entrega en buen estado.
7.8. EL ARRENDATARIO se compromete con EL ARRENDADOR en cubrir los gastos íntegros de los arbitrios municipales y serenazgo y los que corresponden conforme x xxx del inmueble, las cuales serán cancelados en su totalidad en el mes de del 201_.
OCTAVO.- Del mantenimiento del inmueble
El inmueble se encuentra en perfecto estado de conservación y sin mayor desgaste que el producido por el uso normal y ordinario.
EL ARRENDATARIO declara recibir el bien inmueble que forma parte integrante del presente contrato. El mismo que se encuentra en buenas condiciones y en aptitud de servir para el uso al que lo destinará, efectuando las reparaciones necesarias para el mantenimiento y conservación de los mismos. Asimismo, deberá pintar periódicamente el inmueble, mantenerlo limpio y en buenas condiciones higiénicas.
En caso de que el bien inmueble, se encuentre en grave deterioro, EL ARRENDATARIO se compromete expresamente a devolverlo en las mismas condiciones en la que se entregó el inmueble.
NOVENO.- De las mejoras:
Las mejoras que requiere el inmueble, serán asumidas por EL ARRENDATARIO, y quedarán necesariamente en beneficio del inmueble, sin obligación de rembolso alguno por parte de EL ARRENDADOR.
DÉCIMO.- De la resolución del contrato:
Es causal resolutoria del presente contrato, el incumplimiento de las prestaciones contenidas en las cláusulas tercera, quinta, séptima (numerales 7.1, 7.3, 7.4, 7.5 y 7.6) y novena del presente contrato. Con finalidad, al amparar del Artículo 1430° del Código Civil, será suficiente que EL ARRENDADOR comunique por escrito a EL ARRENDATARIO que la resolución se ha producido. Las partes tienen, alternativamente, la posibilidad de exigir el cumplimiento del contrato.
De resolverse el contrato, por causas atribuibles a EL ARRENDATARIO, este pagará a EL ARRENDADOR como penalidad el monto correspondiente a dos rentas.
DÉCIMO PRIMERO.- Del no pago oportuno de la renta:
Si EL ARRENDATARIO no abona la renta convenida en la oportunidad señalada de la cláusula cuarta, se le entenderá constituido en xxxx en forma automática. Ello será causal suficiente para que EL ARRENDADOR de por concluido el contrato y soliciten la devolución del inmueble.
DÉCIMO SEGUNDO.- De la penalidad por retraso de pago de la renta:
En todo caso de retraso en el pago de la renta, a partir del sexto retraso, se pagarán los intereses moratorios que señala la tasa TAMN que señala el BCR.
DÉCIMO TERCERO.- De la penalidad por no devolución oportuna del inmueble:
Si EL ARRENDATARIO no desocupa el inmueble al vencerse el plazo de duración del contrato, o en la fecha que se hubiera señalado en la carta de resolución del mismo, abonará además del importe de la renta mensual, la suma diaria de s/.50.00 (cincuenta con 00/100 nuevos soles) como penalidad pactada, además del pago de la mensualidad correspondiente.
DÉCIMO CUARTO.- Clausula de allanamiento a futuro del arrendamiento
EL ARRENDATARIO en caso de incurrir en más de 2 meses y 15 días de incumplimiento en el pago de la renta convenida o de haberse concluido el plazo del contrato, EL ARRENDATARIO deberá desocupar y restituir inmediatamente el bien a EL ARRENDADOR, de conformidad con el Articulo 594 y 692-a del Código Procesal Civil, modificado mediante Ley 30201.
Las partes declaran expresamente someterse anticipadamente a la entrega en vigencia de la Ley 30201 y su reglamento, conforme lo establece la primera disposición transitoria de la acotada Ley.
DÉCIMO QUINTO.- Del domicilio de las partes:
Las partes señalan como sus domicilios a los que indican en el presente contrato, cualquier modificación, para ser válida, deberá ser comunicada a los demás intervinientes en este contrato por vía notarial, indicando el nuevo domicilio que, necesariamente, deberá estar ubicado dentro de la Provincia de .
DÉCIMO SEXTO.- Solución de controversias:
Toda desavenencia, litigio o controversia que pudiera derivarse de este contrato, convenio o acto jurídico, incluidas las de su nulidad o invalidez, serán resueltas a través del arbitraje popular, mediante fallo definitivo, de conformidad con los Reglamentos del Centro de Arbitraje Popular "ARBITRA PERU", a cuya administración, reglamentos y decisión se someten las partes en forma incondicional, declarando conocerlas y aceptarlas en su integridad.
Firman la presente en señal de conformidad, cumpliendo con legalizar sus firmas a los días del mes de del .
EL ARRENDATARIO DNI N° | EL ARRENDADOR DNI N° |