MODIFICACIONES
NUEVA REFORMA LABORAL
MODIFICACIONES
ANTECEDENTES | |||
La Ley 32/84, (Xxxxxx Xxxxxxxx - Xx ley 12/2001, (Xxxxx - PP), pasa a PSOE), deroga la disposición considerar “tiempo parcial” a cualquier transitoria de la Ley 8/1980 (Estatuto trabajador que trabaje menos horas de los Trabajadores) que limitaba esta que un trabajador equiparable, modalidad de contratos a eliminando el límite del 77% de la determinados sectores, pasando a ser jornada existente hasta el momento. una “modalidad normal del | |||
contrato de trabajo”. |
En los contratos a tiempo parcial no por encima de la jornada pactada pero esta permitido realizar horas extras. que no superen el tiempo máximo de
Las horas complementarias se trabajo fijado por Xxxxxxxx o consideraran aquellas que se realicen Estatuto.
Acuerdo de gobierno
RD Ley 3/2012
RD Ley 35/2010
Reforzar control de contratación a tiempo parcial, en especial la distribución irregular del tiempo de trabajo. Revisar que los derechos laborales de los trabajadores/as a tiempo parcial son iguales a los de tiempo completo.
Intensificar actuaciones de Inspección de Trabajo y Seguridad Social,
particularmente en materia de tiempo de trabajo y de economía irregular.
Endurecer régimen de infracciones y sanciones aplicables frente a eventuales incumplimientos de las empresas.
Reforzar la obligación de constancia expresa del horario de trabajo en el contrato a tiempo parcial.
Nueva Reforma Laboral
El apartado 2 del art. 12 queda así: El contrato a tiempo parcial podrá concertarse por tiempo indefinido o por duración determinada en los supuestos en los que legalmente se permita la utilización de esta modalidad de contratación.
Elimina prohibición contrato para la formación y el aprendizaje.
No se limita está forma de contratación sino que además extienden los contratos a tiempo parcial a la formación y el aprendizaje. Los contratos a tiempo parcial se han convertido en el mayor mecanismo de precarización y salarios de miseria.
Se permiten las horas extras en la misma proporción que el tope anual
de 80 horas extras para jornada completa.