1ª.- OBJETO.-
AYUNTAMIENTO DE SALOBREÑA (GRANADA)
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO (1º ciclo) EN LA ESCUELA INFANTIL “XXXXXXXX XXXXXX XXXXX.
1ª.- OBJETO.-
Constituye el objeto del contrato la prestación del Servicio de educación infantil (1º ciclo) en la Escuela Municipal Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx con 9 monitores/as y 3 de apoyo. cuya necesidad quedó justificada en el acuerdo de iniciación adoptado con fecha 20 xx xxxxxx de 2008 por la J.G.L.
Los trabajos a realizar se corresponden con el Código CPV 80110000-8 “Servicios de enseñanza preescolar” del Anexo II de la Ley 30/2.007 de 30 de Octubre de Contratos del Sector Público
El código CPV reflejado se corresponde con el contenido en el REGLAMENTO (CE) Nº 213/2008 de 28 de noviembre de 2007 que modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV), y las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los procedimientos de los contratos públicos, en lo referente a la revisión del CPV
2ª.- FORMA Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN .
En función del precio, la forma de adjudicación del contrato se efectuará por Procedimiento Abierrto anunciándose en el BOP en cumplimiento de lo regulado en los artículos 153.2, 158.e) y 162.1 de la vigente Ley 30/07.
De conformidad con lo previsto en el artículo 134 de la vigente Ley de Contratos los Criterios de valoración de las ofertas y su ponderación establecidos por orden decreciente será.
A) Menor precio ofertado
Por cada 1% de baja 1 punto
Al amparo de lo regulado en el Artículo 136 de la Ley de Contratos vigente se considerarán bajas anormales o desproporcionadas las que superen el 20 % del precio del contrato.
B) Proyecto según anexo I (al final xxx Xxxxxx) Máximo 2 puntos
C) Medios personales adscritos al servicio
Por cada profesional 0,5 puntos (máx.9)
D) Por titulación del personal en educación infantil
-Por cada especialidad en educación infantil 0,40 puntos
E) Por otros titulaciones además de educación infantil
-Por cada especialidad en educación primaria 0,20
puntos -Por cada especialidad en Jardín de infancia 0,10 puntos
F) Por cada curso (mínimo 30 horas) homologado por Junta Andalucía,
Relacionados con Educación Infantil o Primaria 0,01 puntos/curso
3ª.- PRECIO DEL CONTRATO.-
El precio del Contrato se fija TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MIL EUROS (341.000 €).
El importe indicado incluye:
-La prestación material del servicio
-El 6% de Beneficio Industrial
-El 13% de Gastos Generales.
De conformidad con lo regulado en el artículo 20.1.9 de la Ley 37/1.992 de 28 de diciembre del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) la prestación de los servicios está exenta de IVA
Revisión de Xxxxxxx.- El contrato estará sometido a revisión de precios aplicando el IPC oficial vigente en cada momento en virtud de su duración.
4ª.- PAGOS.-
El pago del servicio se hará mediante facturas mensuales, informadas por los Servicios Técnicos Municipales y aprobadas por la Junta de Gobierno Local. Las facturas reflejarán el IVA como partida independiente.
El importe se abonará con cargo a la partida presupuestaria 31322710 del vigente Presupuesto para el ejercicio de 2.008 dentro del plazo de 60 días siguientes a la fecha de expedición de las facturas siendo de aplicación, en caso de demora, lo regulado en el artículo 200 de la Ley 30/07
5ª.- DURACIÓN DEL CONTRATO.
El Contrato tendrá una duración de Cuatro años a contar de la firma del Contrato. Por mutuo acuerdo de las partes, antes de su finalización, podrá prorrogarse por dos años más.
6ª.- GARANTÍAS.-
Garantía Provisional.- Los licitadores deberán presentar, junto con la documentación preceptiva, una garantía provisional del 3 % del precio de licitación, excluido el IVA. Esta garantía se extingue automáticamente -sin necesidad de acuerdo- y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación definitiva del contrato, salvo al adjudicatario.
Garantía Definitiva.- El adjudicatario del contrato estará obligado a constituir una garantía definitiva del 5 % del precio de adjudicación, excluido el IVA. Esta garantía se devolverá una vez cumplido satisfactoriamente el contrato y en todo caso antes del plazo de un mes desde su finalización.
Ambas se constituirán en la Caja de la Corporación Municipal, admitiéndose las modalidades del artículo 84 de la Ley 30/07. (metálico, aval, seguro de caución)
La garantía definitiva podrá constituirse mediante retención en el precio (artº 84.2 de la Ley 30/07) si el adjudicatario provisional lo manifiesta por escrito.
Igualmente el adjudicatario puede solicitar se aplique el importe de la garantía provisional a la definitiva.
De presentar garantía definitiva, automáticamente se cancelará la garantía provisional y se devolverá al adjudicatario.
Las garantías responderán por los conceptos referidos en el artículo 88 de la Ley 30/07
7ª.- REQUISITOS DE LOS OFERTANTES.-
Sólo podrán participar las personas naturales o jurídicas que tengan capacidad de obrar, no estén incursas incursas en alguna de las causas de prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y, en su caso, debidamente Clasificadas en función del importe del contrato.
Capacidad de Obrar.- No podrán contratar con el Sector Público las personas naturales que carezcan de capacidad de obrar a la que se refiere el Código Civil y, en el supuesto de personas jurídicas, las que carezcan de Escritura de Constitución, de Estatutos o de Acto fundacional, debidamente inscritos en el Registro Público. En el supuesto de empresarios no españoles se acreditará por algunas de las formas establecidas en el artículo 61.2 y 3 de la Ley 30/07.
Prohibición de Contratar.- No podrán contratar con el Sector Público las personas en las que concurra algunas de las circunstancias relacionadas en el artículo 49 de la Ley 30/07.
Solvencia Económica y financiera. Solvencia Profesional o Técnica.- En función del precio del contrato (Artº 54 Ley Contratos) sólo podrán participar los empresarios que acrediten la siguiente Clasificación:
REQUISITO DE CLASIFICACIÓN:
GRUPO: U SUBGRUPO: 5 CATEGORÍA: C
8º .-PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.-
Los interesados podrán presentar sus ofertas en el plazo de 15 días, a contar del siguiente al de la publicación el anuncio en el BOP. Si el último día coincide con sábado x xxxxxxx se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Si la proposición se envía por correo, el interesado deberá remitir un justificante al FAX municipal nº 000-000000. El justificante deberá obrar en el Ayuntamiento, como máximo, el último día de presentación de ofertas. En caso contrario la proposición quedaría desechada.
9ª.- DOCUMENTACIÓN.-
Los licitadores presentarán, simultáneamente, dos sobres cerrados. En cada uno figurará el nombre del licitador y el título del Servicio y la identificación de SOBRE Nº 1 y SOBRE Nº 2 con el siguiente contenido:
Sobre nº 1 (DOCUMENTACIÓN). Incluirá:
-Copia D.N.I. y Escritura de Poder (si actúa por representación).
-Escritura de Constitución de la Sociedad, con datos de inscripción en el Registro Mercantil.
-Justificante de haber depositado el 3% de la Garantía Provisional.
-Justificante de Alta Censal (o I.A.E.) en el Epígrafe que le faculte para contratar
-Declaración responsable de no hallarse incurso en causas de prohibición para contratar señaladas en el art. 49 de la vigente Ley 30/07 de Contratos del Sector Público.
-Declaración responsable de hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias, ante la Administración del Estado y Ayuntamiento de Salobreña
-Declaración responsable de estar al corriente en el pago de cuotas a la Seguridad Social
-Acreditación de la Clasificación exigida
La prueba de no estar incurso en prohibición de contrata podrá realizarse por cualquiera de las formas de las señaladas en el artículo 62 de la Ley 30/07.
Sobre nº 2 (PROPUESTA ECONÓMICA).- Se formalizará en el siguiente modelo, debidamente fechado y firmado
MODELO DE PROPOSICIÓN
D. , con D.N.I. núm. , en nombre propio o representación de (_____________________), enterado de la Contratación del Servicio de
publicada en el B.O.P. nº de fecha se compromete a su ejecución en la cantidad de (letra y número) más el 16 % de IVA y todo ello con arreglo al Pliego de Cláusulas Administrativas que manifiesta conocer, aceptando su contenido de forma incondicionada y sin reservas. Lugar, fecha y firma.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición ni participar en Unión Temporal con otros si lo hace individualmente
Así mismo se incluirá en el sobre nº 2 a los efectos de su valoración los siguiente méritos (Base 2ª) y en concreto:
Proyecto Pedagógico.
Medios personales adscritos al servicio Titulación del personal en educación infantil Otros titulaciones además de educación infantil
Curso/s (mínimo 30 horas) homologado por Junta Andalucía,
10ª.- PUBLICIDAD.-
Se remitirá Anuncio de la licitación en el BOP por tratarse de un Procedimiento Abierto
11ª.- MESA DE CONTRATACIÓN.-
De conformidad con lo regulado en el artículo 295.1 de la Ley 30/07 se constituye la Mesa de Contratación formada por:
Presidente: Alcalde o concejal en quien delegue
Vocales: El Secretario de la Corporación, el Interventor, la concejala delegada de Asuntos Sociales. Secretario: Un funcionario del Área de Secretaría
12ª.- APERTURA DE LOS SOBRES Y ADJUDICACIÓN PROVISIONAL.-
La Mesa de Contratación, a las 12:00 horas del tercer día hábil (excluidos sábados) a contar de la finalización del plazo de presentación de proposiciones, calificará la documentación presentada en los Sobres Nº 1 y procederá a la apertura de los Sobres Nº 2 que contienen la oferta económica.
La falta de documentación, que no sea subsanable, supondrá el rechazo del licitador sin necesidad de abrir el sobre nº 2. No será subsanable en ningún caso la falta de garantía provisional.
La mesa levantará Acta de lo actuado y propondrá a la J.G.L., como Órgano de Contratación, la Adjudicación Provisional del Contrato.
La Junta de Gobierno Local, en la primera sesión que celebre, acordará la adjudicación provisional a la oferta económicamente más ventajosa entendiéndose como tal la que contenga el precio más bajo, salvo que esté incursa en valores anormales o desproporcionados. En tal supuesto se aplicará lo regulado en el artículo 136 de la Ley 30/07 que admite la adjudicación en favor de la siguiente proposición más ventajosa.
El acuerdo de adjudicación provisional se notificará a todos los licitadores y se publicará en el Perfil de Contratante del Ayuntamiento de Salobreña.
El que resulte adjudicatario provisional dispondrá del plazo de 15 días hábiles, a contar desde la publicación del acuerdo en el Perfil del Contratante del Órgano de Contratación, para aportar:
-La garantía definitiva de 5 % del precio de adjudicación, excluido el IVA
-Documento justificativo de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias ante Hacienda y Ayuntamiento de Salobreña
-Documento justificativo de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social
La garantía definitiva puede ser sustituida si se solicita por escrito se aplique mediante retención del crédito (cláusula 6ª)
13ª.- ADJUDICACIÓN DEFINITIVA.-
Presentada la documentación requerida y la garantía definitiva o escrito de retención de crédito, en su caso, la Junta de Gobierno Local, en el plazo máximo de 15 días, acordará la adjudicación definitiva del contrato.
Caso contrario, de conformidad con lo regulado en el artículo 135.5 de la Ley 30/07 la adjudicación definitiva recaerá en el siguiente licitador, con mejor oferta, si presta su conformidad y aporta los documentos preceptivos antes señalados.
La adjudicación definitiva se notificará a todos los licitadores y se publicará en el “Perfil del Contratante” del Ayuntamiento de Salobreña y en el BOP.
14ª.- PERFIL DEL CONTRATANTE
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información contractual el Ayuntamiento de Salobreña difundirá a través de su página WEB (xxx.xxxx-xxxxxxxxx.xxx) el “Perfil del Contratante”donde se publicará el expediente y, en todo caso, la adjudicación provisional y definitiva del contrato.
15ª.- FORMALIZACIÓN.-
El contrato se formalizará en documento administrativo en un plazo no superior a 10 días hábiles, contados desde la notificación del acuerdo de adjudicación definitiva. El adjudicatario podrá proponer la formalización en escritura pública corriendo con los gastos.
De no formalizarse el contrato dentro del plazo por causa imputable al contratista podrá acordarse la resolución del mismo con incautación de la garantía. Caso contrario se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le haya ocasionado.
No podrá iniciarse la ejecución del Servicio hasta la formalización del contrato.
16ª.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de la prestación del servicio realizado respondiendo de las consecuencias que se deduzcan ante el Ayuntamiento o terceros por las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas del contrato. (Artº281 de la Ley 30/07)
17ª.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.-
Las causas de resolución serán las previstas en el artículo 284 de la Ley 30/07 de Contratos del Sector Público.
18ª.- CARÁCTER CONTRACTUAL.- Tienen carácter contractual además del presente Xxxxxx, el Pliego de Prescripciones técnicas.
19ª.- LEYES ESPECIALES.- El contratista viene obligado, bajo su responsabilidad, a cumplir lo dispuesto por la legislación vigente en materia laboral sobre contratación de personal, salarios mínimos y normativa sobre Seguridad Social.
20ª.- LEGISLACIÓN SUPLETORIA.- En lo no previsto en el presente Pliegos será de aplicación lo dispuesto en la vigente Ley 30/07 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público y R.D. 1098/2.001 que aprueba el Reglamento de Contratos de las Administraciones Públicas en lo que no se oponga.
21ª.- TRIBUNALES.- Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos serán resueltas por el Órgano de Contratación, cuyas resoluciones agotarán la vía administrativa y abrirán la vía Contencioso-Administrativa, a tenor de la Ley de dicha Jurisdicción.
ANEXO I
1.- ASPECTOS PEDAGÓGICOS
1.1 Planteamiento educativo de la escuela infantil, teniendo en cuenta el contexto en que se sitúa dicha escuela.
1.2 Definición específica referida a los siguientes aspectos:
- Contenido de actividades y recursos.
- Metodología y organización.
- Relación con las familias y con el medio.
- Formación permanente del equipo educativo.
1.3 Sistemas de evaluación.
2.- ORGANIGRAMA DE FUNCIONAMIENTO.
3.- PLANTILLA.
Relación de personas que constituyen el equipo educativo (nueve miembros), acompaada del correspondiente currículum individual.
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DILIGENCIA: Para hacer constar que el presente Pliego de Cláusulas fue aprobado por la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 13 de enero de 2.009