EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA
EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA
PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVOS
SELECCIÓN ABREVIADA No 001
OBJETO: COMPRA DE CAMAS ADULTOS, CAMAS PEDIATRICAS, CAMILLAS GINECOLOGICAS Y COLCHONES PARA CAMA HOSPITALARIA
Bucaramanga, Diciembre de 2010
CAPÍTULO PRIMERO
1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCESO
1.1 ANTECEDENTES Y JUSTIFICACCION DEL PROCESO.
La constitución derechos y la ley le ha otorgado a las entidades del Estado correspondientes la responsabilidad por la prestación del servicio de salud y respeto a los derecho fundamentales y la creación de las condiciones para que la garantía de los mismos. El Decreto 0018 del 25 de enero de 2006 de la Gobernación xx Xxxxxxxxx creó la Empresa Social del Estado HOPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA, cuyo objeto es la prestación del servicio de salud y que para el desarrollo y cumplimiento de su objeto podrá celebrar contratos permitidos por la legislación colombiana, que pueden ser ejecutados por personas naturales y jurídicas del derecho publico y privado.
Así, para dar cumplimiento a los requisitos de habilitación como requisito previo a la acreditación y con el propósito de dar cumplimiento a os estándares del sistema único de acreditación, especialmente en lo concerniente a brindar una atención de salud con calidad y segura en el servicio de hospitalización y sala de partos, se requiere adquirir los bienes que se describirán en los presentes pliegos de condiciones.
1.2 OBJETO DEL PROCESO
El proceso de contratación tendrá como objeto la compra de CAMAS HOSPITALARIAS PARA ADULTOS, CAMAS HOSPITALARIAS PEDIATRICAS, CAMILLAS GINECOLÓGICAS Y COLCHONES PARA CAMA HOSPITALARIA a
través de personas jurídicas y/o naturales, nacionales o extranjeras, consorcios o uniones temporales, legalmente constituidas y autorizadas en colombia que desarrollen actividades de fabricación, comercialización, distribución, representación o importación para garantizar el funcionamiento adecuado del Hospital.
1.2.1 Especificaciones esenciales:
• 12 Camas hospitalarias Adultos así:
o Electromecánica, que permita su funcionamiento eléctrico y manual
o Posiciones mínimas: horizontal, xxxxxx, semifowler, trendelenburg.
o Cambio de altura de la cama: 45 a 75 cms del piso.
o Sistema para colocar la cama en posición de reanimación cardiopulmonar
o Barandas de seguridad independientes de cabecero y piecero abatibles, que mantengan la altura en las diferentes posiciones.
o Cabeceros y pieceros removibles, enchapados en fórmica con el color y el logo institucional.
o Sistema xx xxxxxx de seguridad con diámetro mínimo de 5”, con freno total en las 4 ruedas y que tenga sistema que disminuye la acumulación de residuos y suciedad.
o Soportes laterales para bolsas de drenaje y para facilitar procedimiento de inmovilización, soportes para atriles en las 4 esquinas.
o Atril portasueros
o Estructura en lámina xx xxxxx laminadas en frio de alta resistencia, pintura electrostática en polvo, tendidos plásticos, desmontables que faciliten su limpieza.
o Sistema de control de mano con botones para manipular fácilmente los distintos movimientos de la cama, ergonómico, liviano, de alta resistencia mecánica, forrado, impermeable.
o Circuito resistente al agua, aislamiento de las partes eléctricas, que cumpla normas internacionales para productos electromecánicos, sistema protegido contra choques eléctricos. Conexión eléctrica a 110 V.
o Sistema de funcionamiento eléctrico de corriente directa de bajo voltaje, economizadores de energía, bajo ruido, resistentes al agua y con protección sobre voltaje
o Sistema de motores con sistema electromecánico, de corriente directa que evite el riesgo de choques eléctricos, con nivel de ruido mínimo, recubiertos para evitar la entrada de polvo y líquidos.
o Capacidad de carga mínimo de 180 Kg.
• 2 Camas pediátricas así:
o Electromecánica, que permita su funcionamiento eléctrico y manual
o Posiciones mínimas: horizontal, xxxxxx, semifowler, trendelenburg.
o Cambio de altura de la cama: 45 a 75 cms del piso.
o Sistema para colocar la cama en posición de reanimación cardiopulmonar
o Barandas de seguridad de sección completa, abatibles de fácil operación.
o Sistema xx xxxxxx de seguridad con diámetro mínimo de 5”, con freno total en las 4 ruedas y que tenga sistema que disminuye la acumulación de residuos y suciedad.
o Soportes laterales para bolsas de drenaje y para facilitar procedimiento de inmovilización, soportes para atriles en las 4 esquinas.
o Atril portasueros
o Estructura en lámina xx xxxxx laminados en frio de alta resistencia, pintura electrostática en polvo, tendidos plásticos, desmontables que faciliten su limpieza.
o Sistema de control de mano con botones para manipular fácilmente los distintos movimientos de la cama, ergonómico, liviano, de alta resistencia mecánica, forrado, impermeable.
o Circuito resistente al agua, aislamiento de las partes eléctricas, que cumpla normas internacionales para productos electromecánicos, sistema protegido contra choques eléctricos. Conexión eléctrica a 110 V.
o Sistema de funcionamiento eléctrico de corriente directa de bajo voltaje, economizadores de energía, bajo ruido, resistentes al agua y con protección sobre voltaje
o Sistema de motores con sistema electromecánico, de corriente directa que evite el riesgo de choques eléctricos, con nivel de ruido mínimo, recubiertos para evitar la entrada de polvo y líquidos.
o Capacidad de carga mínimo de 180 Kg.
• 2 Xxxxxxxx Ginecológicas así:
o Espaldar reclinable
o Operación de cabecero y piesero por sistema neumático
o Mesa de tres secciones
o Barandas abatibles
o Soporte para pies y piernas
o Corveras y asideras para procedimientos ginecológicos
o Atril portasueros
o Colchoneta de 10 cms de espesor, impermeable e independiente de cada plano
o Acabado en pintura electrostática en polvo
12 Colchones de cama hospitalaria adultos
o Con forro en tela vinílica
o Antialérgico
o Resistente a químicos y fluidos
o Antiescaras
o Se acomoda a las posiciones de la cama
o Grosor de 13 o 16 de alta densidad
1.3 PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO
Se ha estimado para el cumplimiento del objeto del contrato derivado del presente proceso, un presupuesto de CIENTO VEINTE MILLONES DE PESOS M/C ($ 120.000.000.oo) incluidos todos los costos, tasas y demás tributos que se causen por el hecho de su celebración, ejecución y liquidación, según los siguientes parámetros:
1.4 PLAZO EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Tres días (3) días y/o hasta el 31 de diciembre de 2010
1.5 FUENTES DE FINANCIACIÓN
Certificado de Disponibilidad Presupuestal: CDP 10-00711 EXPEDIDO EL 00 XX XXXXXXXXX XX 0000
XXXXX PRESUPUESTAL: 053207-01 Recursos propios.
1.6 RÉGIMEN JURÍDICO Y FUNDAMENTOS DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN.
El presente proceso de selección, así como el contrato que de él se derive están sujetos a la Constitución Política, al derecho privado de acuerdo al artículo 195 numeral 6º de la ley 100 de 1993, a los principios del Estatuto General de Contratación de la administración Pública, contenido en las Leyes 80/93 y 1150/07 y sus decretos reglamentarios, al manual de contratación del ESE HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA y al presente pliego de condiciones. El procedimiento que se utilizará para el presente proceso será la SELECCIÓN ABREVIADA de acuerdo con el numeral 14 del Manual de Contratación de la E.S.E HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA, el cual estipula “ en los procesos de selección cuya cuantía exceda los 100 salarios mínimos y hasta 500 salarios mínimos legales vigentes. El proceso será la Selección Abreviada”
Por disposición del Manual de Contratación vigente en la actualidad, el presente proceso se publicará en la pagina WEB y en la cartelera de la entidad.
1.7 PROGRAMA PRESIDENCIAL “LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN”
Toda persona que llegue a conocer casos especiales de corrupción en las entidades del Estado debe reportar el hecho al Programa Presidencial “Lucha contra la Corrupción” a través de los teléfonos (0) 000 00 00, (0) 000 00 00 y (0) 000 00 00; al
1.8 CONVOCATORIA A LAS VEEDURIAS
E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA CONVOCA a los VEEDORES CIUDADANOS para que realicen el control social en las etapas pre-contractual, contractual y post-contractual del presente proceso de contratación. Esta convocatoria también se publicará en aviso que se fijará en la E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA a partir del inicio del presente proceso de contratación, hasta su culminación.
CAPITULO SEGUNDO. TRÁMITE DEL PROCESO
2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO
ACTIVIDAD | OPORTUNIDAD | LUGAR |
Aviso de convocatoria pública y Publicación del proyecto xx xxxxxx de condiciones y | 17 de diciembre de 2010 | |
Pagina web y cartelera de la entidad |
de los estudios y documentos previos | ||
Observaciones al proyecto xx xxxxxx de condiciones. | Del 17 de diciembre de 2010 HASTA 21 de diciembre de 2010 , hasta las 12:00 m | Correo jurídico@hospitallocalde xxxxxxxxxxx.xxx O en la Gerencia de HLP |
Respuesta a las observaciones al proyecto xx xxxxxx de condiciones | 21 de diciembre de 2010 | Pagina web de la entidad |
Expedición del acto administrativo que ordena la apertura del proceso y publicación de pliegos definitivos | 22 de diciembre de 2010 | Pagina web y cartelera de la entidad |
Cierre del término para presentar propuestas | 27 de diciembre de 2010 a las 02:00 pm | Oficina de Gerencia de HLP |
Evaluación de las Propuestas | ||
Publicación de la evaluación | 28 de diciembre de 2010 | Pagina web de la entidad |
Adjudicación del contrato. | 28 de diciembre de 2010 | Gerencia HLP |
NOTA: Estas fechas son susceptibles de cambio. Para todos los efectos se entenderá horas hábiles de lunes a viernes de 7:00 am a 4:30 p.m
2.2 COMUNICACIÓN CON LOS INTERESADOS Y PROPONENTES
Por regla general, los interesados y proponentes podrán enviar comunicaciones electrónicas a la siguiente dirección electrónica xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx o radicarlas en las oficinas de Oficina Gerencia del E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECIUESTA, con la indicación clara del número de proceso al cual se refiere, sin embargo, es necesario tener en cuenta que cuando se envíen comunicaciones por medios electrónicos se debe confirmar la llegada de los mismos.
Sin embargo, cuando en el pliego de condiciones se imponga la obligación de presentar la documentación mediante otro o un único mecanismo, éste prevalecerá frente a lo regulado en el inciso anterior.
2.3 Modificación xxx xxxxxx de condiciones
E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA podrá modificar el presente pliego de condiciones hasta el día anterior al previsto para el vencimiento del término para la presentación de las propuestas iniciales, únicamente mediante adenda. Vencido el término para la presentación de propuestas iníciales E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA podrá modificar el cronograma general del presente pliego de condiciones, mediante comunicación escrita publicada en la web de la entidad.
2.4 Presentación de la propuesta
Dentro del plazo señalado en el cronograma del presente pliego de condiciones, los interesados podrán presentar la propuesta inicial, de acuerdo con las siguientes reglas:
a. Deberán ser entregadas directamente a la oficina de Gerencia de la E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA en la xxxxxxx 0 X0 0-00 xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx.
b. Una vez venza el término para presentar las propuestas y la oferta inicial de precio, se levantará un acta en la que se relacionará la totalidad de las ofertas presentadas en el proceso y se dejará constancia escrita de la fecha y hora exactas de la presentación de propuestas, indicando de manera xxxxx y precisa el nombre o razón social del proponente y el de la persona que en nombre o por cuenta de éste ha efectuado materialmente el acto de presentación. Igualmente, se verificará la información que el comité evaluador considere pertinente.
c. Las ofertas se entenderán recibidas oportunamente siempre que la fecha y hora de recepción se encuentren dentro del plazo establecido para su presentación, de acuerdo con el cronograma del proceso.
2.5. Evaluación de las propuestas
El comité de contratación, conformado mediante la resolución que ordene la apertura del proceso, será el órgano responsable de la evaluación de la totalidad de las
propuestas presentadas y de la determinación del orden de elegibilidad de las mismas, con sujeción a lo establecido en este pliego de condiciones. El comité, de acuerdo con lo establecido en el manual de contratación, presentará ante Gerente para realizar la adjudicación del contrato objeto del presente proceso, la recomendación que corresponda de acuerdo con la evaluación realizada.
E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA se reserva el derecho de solicitar la aclaración y/o ampliación de la información presentada por el proponente para la acreditación de las exigencias establecidas en el presente pliego de condiciones, en cualquier estado en que se encuentre el proceso. Así mismo, el de verificar integralmente la autenticidad, exactitud y coherencia de la información aportada por el proponente, pudiendo acudir para ello a las personas, empresas o entidades respetivas de donde provenga la información.
Los criterios de evaluación se determinarán realizando la verificación del cumplimiento de todos los requisitos de orden técnico, jurídico, financiero y económico y según los criterios descritos en el presente pliego de condiciones.
2.6 Desempate de propuestas
En caso de existir empate entre varios proponentes, la recomendación de adjudicación se definirá de acuerdo con las siguientes reglas:
• En caso de empate en la calificación final de los proponentes, se le otorgará el contrato al proponente que tenga el puntaje más alto en el aspecto técnico.
• En el caso de persistir el empate, se otorgará el contrato al proponente que tenga el puntaje más alto en el aspecto económico.
Si persiste el empate, se otorgará el contrato por sorteo.
2.7 Causales de rechazo
E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA rechazará las propuestas, únicamente, en los siguientes casos:
1. Cuando un proponente, persona natural, jurídica o bajo alguna modalidad de asociación (consorcio o unión temporal) presente propuesta dentro del mismo proceso bien sea como persona natural, jurídica, bajo la misma denominación al proponente plural o como integrante de otro consorcio o unión temporal o socio de una persona jurídica que haya presentado propuesta dentro del proceso. En este
caso, se rechazarán todas las propuestas respecto de la cuales se presente la situación descrita.
2. Cuando no se presente en la oferta la garantía de seriedad de la propuesta y el respectivo recibo de pago de prima en originales, expedidos por una entidad bancaria Colombiana o por una compañía de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia
3. Cuando el proponente o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal no cuente con la capacidad jurídica suficiente para la presentación de la oferta.
4. Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad previstas en las normas constitucionales y legales.
5. Cuando E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA en cualquier estado del proceso evidencie, que alguno(s) de los documentos que conforman la propuesta contiene(n) información engañosa
6. Cuando E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA, en cualquier estado del proceso, evidencie una inexactitud en la información contenida en la propuesta que, de haber sido advertida al momento de la verificación de dicha información, no le hubiera permitido al proponente cumplir con uno o varios de los requisitos necesarios para participar en el proceso.
7. Cuando la propuesta sea presentada luego de la hora y/o fecha exactas señaladas para el cierre del término para presentar propuestas.
8. Cuando, presentada la propuesta mediante consorcio, unión temporal, o cualquier otra modalidad de propuesta conjunta, luego de la fecha señalada para la entrega de propuestas, se modifique el porcentaje de participación de uno o varios de sus integrantes, o uno o algunos de ellos desista o sea excluido de participar en el consorcio, unión temporal o la modalidad de asociación escogida.
9. Cuando el proponente no cumpla alguno de los requisitos habilitantes para participar en el proceso.
10. Cuando en la propuesta se formulen condiciones contractuales diferentes a las establecidas en el presente pliego de condiciones.
11. Cuando no se ajuste en tiempo, la vigencia de la propuesta, en el evento que en el proceso supere el término de la vigencia de la misma.
12. Cuando la propuesta exprese la entrega de los bienes ofertado en condiciones técnicas inferiores a las señaladas en las especificaciones técnicas que contiene el presente pliego de condiciones
13. Cuando el valor total de la oferta inicial económica sea superior al presupuesto oficial estimado.
14. Cuando la carta de presentación de la propuesta no se encuentre debidamente diligenciada y firmada o cualquiera de los anexos del presente pliego.
15. Cuando no se presente propuesta técnica
16. Cuando los bienes ofrecidos no reúnan las condiciones técnicas requeridas
00.Xx allegar, dentro del término fijado para el efecto en la respectiva comunicación documentos o información requerida por la entidad, según lo dispuesto en los términos de referencia
18 No certificar la experiencia mínima requerida.
19- Cuando no se reúnan las condiciones financieras mínimas requeridas en los presentes pliegos
20 La no presentación de la oferta económica en forma impresa y debidamente suscrita por el Representante Legal.
2.8 Declaratoria de desierto
E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA, declarará desierto el proceso únicamente, cuando:
a. Existan motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de una propuesta.
b. No se presente ninguna propuesta.
c. Habiéndose presentado únicamente una propuesta, ésta incurra en alguna causal de rechazo.
d. Habiéndose presentado más de una propuesta, ninguna de ellas se ajuste a los requerimientos y condiciones consignados en este pliego de condiciones.
2.9 Adjudicación del contrato
El E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA, por medio del funcionario competente, declarará desierto o adjudicará el presente proceso de selección, al
proponente recomendado por el comité de contratación. El acto administrativo se notificará al adjudicatario y a los proponentes no favorecidos..
2.10 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Para la suscripción del contrato el proponente adjudicatario deberá haber entregado previamente la siguiente información:
· Cuando el proponente sea persona natural o Jurídica:
❖ RUT.
❖ El Nit del Consorcio o Unión Temporal registrado ante la DIAN
En los eventos en que el proponente no proceda a la suscripción del contrato, le sobrevenga una inhabilidad o incompatibilidad o se demuestre que el acto administrativo de adjudicación se obtuvo por medios ilegales, E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA podrá revocarlo y, en el mismo acto de revocatoria, podrá adjudicar el respectivo contrato al proponente que haya ocupado el segundo lugar.
Se entenderá que el proponente adjudicatario se abstiene injustificadamente de la suscripción del contrato en los casos en que no presente la documentación requerida para tal efecto o, en cualquier caso, no se presente dentro del término señalado por la E.S.E HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA.
CAPÍTULO TERCERO
DEL PROPONENTE Y SU PROPUESTA
3.1 CONDICIONES GENERALES
3.1.1 Modalidades de participación
Podrán presentar propuesta personas naturales, personas jurídicas, consorcios y uniones temporales.
3.1.2 Responsabilidad en la elaboración de la propuesta
Los proponentes deberán elaborar por su cuenta y riesgo la propuesta, de acuerdo con lo solicitado en este pliego de condiciones, el cual hará parte integral del contrato. La presentación de la propuesta lleva implícitos el conocimiento y la aceptación, por parte de proponente, de todas las condiciones conforme a las cuales se ejecutará el contrato.
3.1.3 Vigencia de la propuesta
La propuesta deberá permanecer vigente por un período mínimo de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha prevista para el cierre del término para presentar propuestas. E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA podrá solicitar, si ello fuere necesario, la ampliación de la vigencia de la propuesta y, por ende, la ampliación del mecanismo de cobertura de riesgo otorgado para amparar la seriedad del ofrecimiento, por el término que se requiera.
Durante el período de su vigencia, la propuesta será irrevocable, de tal manera que el proponente no podrá modificar los términos o condiciones de la misma, so pena de que E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA haga efectiva la garantía de seriedad de la oferta. Si por cualquier circunstancia se amplía el trámite del proceso y el proponente presenta una ampliación a la garantía de seriedad de la propuesta que comprenda tal ampliación, se entenderá que amplía su propuesta y mantiene la totalidad de sus condiciones.
3.1.4 Idioma y moneda de la propuesta
Toda la información y datos que tenga que presentar el proponente en su propuesta deberán estar en idioma castellano. En los casos en que deba aportar información que se encuentre en un idioma diferente, deberá presentar su correspondiente traducción al castellano, excepto la documentación técnica expedida por el fabricante, menos catálogos y fichas técnicas de los equipos.
Todos los valores que se estimen en la propuesta económica deberán presentarse en pesos colombianos.
3.1.5 Propuestas parciales
No se aceptarán propuestas parciales, el proponente deberá cotizar la totalidad de los elementos descritos en las especificaciones esenciales del presente pliego de condiciones.
3.1.6 Documentos otorgados en el extranjero
Los documentos públicos otorgados en el extranjero deberán cumplir con los requisitos previstos en los artículos 259 y 260 del Código de Procedimiento Civil Colombiano y 480 del Código de Comercio Colombiano o con el requisito de la apostille contemplado en la Ley 455 de 1998, según sea el caso, siempre que de conformidad con dichas disposiciones así se requiera.
3.1.7 Forma, identificación y estructura de la propuesta
La propuesta deberá presentarse en el día y hora previstos para el cierre del presente proceso de contratación, en forma escrita, en medio impreso, debidamente foliada, rubricadas y en dos (2) sobres separados y sellados, con el siguiente contenido:
· Sobre No. 1: –Propuesta Original
· Sobre No. 2: Propuesta copia.
Estos sobres se deberán identificar, cada uno, con el objeto del proceso y los datos del proponente (nombre, dirección, teléfono, etc)
La propuesta debe estar acompañada de los formatos anexos, debidamente diligenciados.
De igual manera para la copia de la propuesta, los sobres correspondientes a la copia, deberán contener los mismos documentos e informaciones aportadas para los originales. Las modificaciones o enmiendas a cualquier documento de la propuesta, deberán ser validadas con la firma al pie de las mismas de quien suscribe la carta de presentación, de lo contrario se tendrán por no escritas.
Si se presentan discrepancias entre cantidades expresadas en letras y en números, prevalecerán las cantidades expresadas en letras.
3.2 Requisitos jurídicos del proponente
La evaluación de los aspectos jurídicos se evaluará según los siguientes requisitos y se determinará con el criterio cumple o no cumple
3.2.1.1 Carta de presentación de la propuesta
La carta de presentación de la propuesta (según formato anexo) debe estar suscrita por la persona natural o por el representante legal de la persona jurídica o por el representante designado por los miembros del consorcio o de la unión temporal. Se deberá anexar copia de la cédula de ciudadanía de quien suscribe la propuesta.
Quien suscriba la carta de presentación de la propuesta deberá:
a. En caso de ser Persona jurídica: Tener la calidad de representante legal o apoderado del proponente, con facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. En este último caso, la facultad de representación debe comprender las de presentar la propuesta, celebrar el contrato (en caso de resultar adjudicatario) y liquidarlo. Si la presentación de la propuesta implica la transgresión del deber establecido en el numeral 7º del artículo 23 de la ley 222 de 1995, el proponente individual o el integrante de la propuesta conjunta deberá, además,
allegar autorización de la junta de socios o asamblea general de accionistas, según corresponda.
b. En caso de ser Consorcio o Unión Temporal: Tener la calidad de representante del consorcio o unión temporal, con facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. Tal facultad de representación debe comprender las de presentar la propuesta, celebrar el contrato (en caso de resultar adjudicatarios) y liquidarlo.
3.2.1.2 Acreditación de la existencia y la representación legal
Los proponentes que tengan la calidad de personas jurídicas deberán presentar el certificado de existencia y representación legal, o sus documentos equivalentes en caso de personas jurídicas extranjeras, para presentar propuestas, donde evidencie que el objeto social permite ejecutar el contrato objeto del presente proceso. Así mismo, en tal documento deberá constar que la duración de la sociedad no es inferior a la duración del contrato objeto del presente proceso y un (1) año más. Deberá adjuntarse fotocopia del documento de identificación del representante legal de la persona jurídica.
Los proponentes que tengan la calidad de personas naturales deberán presentar fotocopia de su documento de identificación. Las propuestas presentadas por personas naturales de origen extranjero que se encuentren dentro del país, deberán estar acompañadas de la autorización correspondiente, expedida de conformidad con las normas de control migratorio vigentes.
Las sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia deberán acreditar que cuentan con un apoderado debidamente constituido, con domicilio en Colombia y ampliamente facultado para representarlas judicial o extrajudicialmente hasta la constitución de la sucursal en Colombia, en caso de resultar aceptada su propuesta, de conformidad con lo señalado en el título VIII del Libro II del Código de Comercio Colombiano.
Los proponentes plurales (uniones temporales o consorcios) deberán presentar el certificado de existencia y representación legal de las personas jurídicas y/o la fotocopia de la cédula de ciudadanía de las personas naturales que los conforman, en los términos y condiciones previstos en el inciso 1 y 2 del presente numeral.
En caso de que uno o varios de los integrantes de la forma conjunta sea una persona natural de origen extranjero o una sociedad extranjera sin sucursal en Colombia, la propuesta deberá acompañarse de los documentos indicados en los dos párrafos precedentes, según corresponda.
3.2.1.3 Documento de constitución del consorcio o unión temporal
El proponente, con la propuesta, deberá anexar un documento suscrito por todos los integrantes de la forma asociativa escogida, o por sus representantes debidamente
facultados, en el que conste la constitución de la unión temporal o el consorcio, según corresponda, en el cual se exprese lo siguiente:
a. Identificación de cada uno de sus integrantes: Nombre o razón social, tipo y número del documento de identificación y domicilio.
b. Designación del representante: Deberán constar su identificación y las facultades de representación, entre ellas, la de presentar la propuesta correspondiente al presente proceso y las de celebrar, modificar y liquidar el contrato en caso de resultar adjudicatario, así como la de suscribir la totalidad de los documentos contractuales que resulten necesarios.
c. Indicación de los términos y extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución del contrato de cada uno de los integrantes de la forma asociativa, así como las reglas básicas que regularán sus relaciones.
d. Indicación de la participación porcentual de cada uno de los integrantes en la forma asociativa correspondiente.
e. Duración de la forma de asociación escogida, la cual no podrá ser inferior al lapso comprendido entre la fecha de entrega de la propuesta y un (1) año después de finalizado el contrato objeto del presente proceso.
El documento deberá ir acompañado de aquellos otros que acrediten que quienes lo suscriben tienen la representación y capacidad necesarias para dicha constitución y para adquirir las obligaciones solidarias derivadas de la propuesta y del contrato resultante.
El proponente deberá tener en cuenta que después de la presentación de la propuesta, no podrá modificar los literales a y d, ni tampoco alguno de los integrantes podrá desistir o ser excluido en la participación, so pena de aplicar las causales de rechazo
3.2.1.4 Registro único de proponentes
El proponente persona natural o jurídica o cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, según corresponda, deberán presentar el certificado de inscripción en el registro único de proponentes – RUP.
Para el presente proceso los proponentes deberán estar inscritos en el RUP como proveedores en la especialidad y grupo correspondiente según el decreto 4881 de 2008.
3.2.1.5 Garantía de seriedad de la propuesta
El proponente deberá anexar a su propuesta, a favor del E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA, una garantía que ampare la seriedad de su propuesta, por un valor equivalente, como mínimo, al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto
oficial, con una vigencia de noventa (90) días, contada a partir de la fecha indicada para el “cierre del término para presentar propuestas”. En todo caso la garantía a titulo deberá ser emitida por una aseguradora o establecimiento bancario, legalmente autorizada para funcionar en Colombia y para expedir esta clase de titulo.
En caso de requerirse la ampliación de la vigencia de la propuesta, la vigencia de la garantía de seriedad deberá ser, igualmente, ampliada.
La garantía debe ser tomada en formato “a favor de entidades estatales”, a nombre del proponente persona natural o de la razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio o su equivalente, sin utilizar sigla, a no ser que el certificado de existencia y representación legal de la cámara de comercio, o su equivalente, establezca que la firma podrá identificarse con la sigla. Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, deberá tomarse la garantía a nombre de todos y cada uno de los integrantes y deberá indicarse su respectivo porcentaje de participación en la forma asociativa correspondiente.
Al proponente se le hará efectiva la garantía de seriedad de la propuesta, en cualquiera de los siguientes eventos:
a. Cuando solicite el retiro de su propuesta luego de la fecha y hora indicada para el “cierre del término para presentar propuestas” de acuerdo con el Cronograma general del presente proceso, salvo en el caso de inhabilidad o incompatibilidad sobrevinientes a la fecha de su entrega y antes de la suscripción del contrato.
b. Cuando, luego de aceptada la propuesta, el proponente no suscriba el contrato. La no presentación de la póliza de seriedad de la propuesta será causal de rechazo.
3.2.1.6 Certificación de pagos al sistema de seguridad social y de aportes parafiscales
El proponente deberá acreditar que se encuentra al día en el pago de los aportes parafiscales relativos al sistema de seguridad social integral, así como los propios xxx Xxxx, ICBF y cajas de compensación familiar, cuando corresponda. Dicha acreditación se hará mediante certificación expresa suscrita por el revisor fiscal o por el representante legal, según corresponda de conformidad con la ley, de la persona jurídica o de cada uno de los integrantes de la unión temporal o consorcio.
3.2.1.7 Documentos anexos
❖ Hoja de Vida de la función pública del proponente.
❖ Registro único tributario RUT Del proponente.
❖ Certificado de antecedentes judiciales del proponente o del representante legal si es el caso, con no más de un año de expedido o de renovado.
❖ Certificado de Antecedentes Fiscales, (Contraloría) Vigente al momento del cierre, tanto del proponente como de su representante legal.
❖ Certificado de antecedentes Disciplinarios (Procuraduría) vigente al momento del cierre, tanto del proponente como del representante legal.
❖ Fotocopia de la cédula del representante legal.
❖ Registro en el SICE vigente.
3.2.2 Requisitos de Capacidad financiera del proponente
3.2.2.1 Condiciones de la capacidad financiera
Para que la oferta sea considerada como viable deberá ser evaluada y considerada como viable en los aspectos en que se divide el criterio de evaluación de Capacidad Financiera.
En el caso de Consorcios y Uniones Temporales los indicadores se calcularán con base en la suma aritmética de la participación de cada uno de los integrantes.
Los criterios que se tienen en cuenta para evaluar la Capacidad Financiera son los siguientes:
CAPITAL DE TRABAJO | Para el cálculo de Capital de Trabajo se tendrá en cuenta la siguiente fórmula: CT = Activo Corriente - Pasivo Corriente La oferta en que el proponente demuestre poseer un Capital de Trabajo mayor o igual al cincuenta por ciento (50%) del presupuesto oficial incluido IVA será declarada como VIABLE ya que de lo contrario será declarada como NO VIABLE. |
LIQUIDEZ | Para el cálculo de la Liquidez se tendrá en cuenta la siguiente fórmula: LIQUIDEZ = Activo Corriente / Pasivo Corriente. Para que la oferta sea declarada como VIABLE debe demostrar una LIQUIDEZ mayor o igual a uno punto dos (1.2) ya que de lo contrario será declarada como NO VIABLE. |
NIVEL ENDEUDAMIENTO | Para el cálculo del Nivel de Endeudamiento se tendrá en cuenta la siguiente fórmula: NE = Pasivo Total / Activo Total Para que la oferta sea declarada como VIABLE debe demostrar un NIVEL DE ENDEUDAMIENTO menor o igual cero punto ocho (0.8) ya que de lo contrario será declarada como NO VIABLE. |
3.2.3 REQUISITOS TÉCNICOS:
El proponente deberá presentar un capítulo denominado “Propuesta Técnica” en el cual hará una exposición de los bienes a ofertar, donde se determine todas las especificaciones técnicas esenciales requeridas y todas aquellas que consideren den claridad a la presente contratación, y que servirán de soporte al contrato, a ella deberá aportar las certificaciones que pretenda hacer valer a efectos de superar la evaluación técnica..
El proponente deberá acreditar experiencia mínima en la ejecución de dos (2) contratos de venta de muebles hospitalarios en los últimos cinco (5) años y cumplir con todos los requisitos establecidos en la legislación vigente para su funcionamiento.
Para la presentación de la propuesta se exigirá como mínimo una garantía con mantenimiento preventivo y correctivo; por dos años incluido el suministro de repuestos por defectos de fabricación o daños no imputables al mal uso, SIN COSTO ALGUNO PARA EL HOSPITAL.
El eventual contratista deberá entregar instalados los muebles en la sede de la ESE HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA, el transporte del equipo será por cuenta del eventual contratista.
La propuesta técnica deberá cumplir todas las especificaciones técnicas señaladas en el punto en los presentes pliegos de condiciones, caso contrario será rechazada. Con la propuesta técnica deberán aportarse los documentos que demuestren la experiencia del proponente a través de certificaciones de cumplimiento de los contratos o actas de liquidación.
Valor agregado
En caso de ofrecerse valor agregado, el proponente deberá presentar un capitulo denominado “valor agregado” en el que deberá detallarse las mejoras agregadas.
3.2.3.1 Experiencia:
Al Proponente que acredite experiencia adicional a la mínima solicitada en la ejecución de contratos de venta de equipos médicos celebrados en los cinco años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso, se le otorgara cinco (5) puntos por cada contrato adicional acreditado, hasta un máximo de 20 puntos.
La experiencia relacionada deberá comprobarse con copia de las actas de terminación o liquidación de los contratos que el proponente haya ejecutado directamente, o con certificación suscrita por el contratante en la que conste el objeto, la cuantía, duración del contrato y que se dio cumplimiento al mismo.
No se acepta copias de los contratos por sí solos o certificaciones que no se relacionen con el objeto del presente proceso.
5.3.2 Valor Agregado:
Para participar es requisito que los equipos cuenten con las especificaciones técnicas establecidas en el presente pliego de condiciones; pero obtendrá mayor xxxxxxx quien oferte equipo de mejores condiciones explicando detalladamente mejoras agregadas.
Las propuestas que ofrezcan mejoras adicionales obtendrán 5 puntos por cada mejora hasta un máximo de 10 puntos.
3.2.3. Evaluación técnica y económica.
Para ser evaluadas, las propuestas deben cumplir con los mínimos solicitados en la propuesta técnica y económica.
La evaluación de las propuestas que tendrá puntaje consistirá en una Evaluación Técnica y una Evaluación Económica, siendo el puntaje máximo de 100 puntos, distribuidos de la siguiente manera:
Evaluación técnica 30 puntos |
Evaluación Económica 70 puntos |
Total puntaje 100 puntos |
Para la asignación del puntaje en la evaluación técnica se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
El puntaje máximo a recibir en cada área se indica en la siguiente tabla:
ÁREA | PUNTAJE MÁXIMO |
Experiencia Adicional del Proponente | 20 puntos |
Valor Agregado | 10 puntos |
Total evaluación técnica | 30 puntos |
Evaluación económica
Solo se calificarán las propuestas que se encuentren dentro del presupuesto estimado para esta contratación y cumplan con los mínimos solicitados para la oferta técnica. Las propuestas que superen el presupuesto oficial serán rechazadas.
La propuesta económica de menor valor recibirá 70 puntos.
Los puntajes de las demás propuestas serán asignados proporcionalmente mediante la siguiente fórmula:
Puntaje = oferta mas económica * 70 puntos
Valor de la oferta a evaluar
En el momento de la evaluación de las propuestas, se revisará y determinará si existen errores en las operaciones aritméticas de las propuestas, caso en el cual la Entidad verificará las operaciones de los componentes de los valores y procederá a corregirlas en cuyo caso éste será el valor correcto para efectos de la adjudicación.
Se tendrá en cuenta el precio cotizado en la fecha de presentación de la propuesta sin considerar reajustes futuros. Los precios cotizados son fijos e inmodificables y deben incluir todos los impuestos, estampillas, costos, gastos, descuentos, retenciones, imputables a los servicios objeto de la presente cotización.
3.2.4 Puntaje Mínimo para la adjudicación del Contrato
Para que el contrato pueda ser adjudicado la propuesta con mayor xxxxxxx, deberá obtener como Mínimo 50 puntos, caso contrario se entenderá que la propuesta no reúne las condiciones técnicas y económicas para adjudicarse.
CAPÍTULO CUARTO CONDICIONES CONTRACTUALES GENERALES
Se realizará un contrato donde se acordará el valor de los bienes a suministrar y se cancelará el valor del contrato de acuerdo a lo solicitado por el ESE HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA y lo efectivamente entregado en las condiciones descritas en el presente pliego y sus documentos anexos.
4.1 OBJETO
COMPRA DE CAMAS HOSPITALARIAS PARA ADULTOS, CAMAS HOSPITALARIAS PEDIATRICAS, CAMILLAS GINECOLÓGICAS, COLCHONES DE CAMA HOSPITALARIA.
4.2 VALOR
El valor estimado del contrato corresponderá a la suma por la cual sea adjudicado, costos, tasas y demás tributos que se causen por el hecho de su celebración, ejecución y liquidación.
4.2.1 Forma de pago
La ESE Hospital Local de Piedecuesta, en calidad de contratante pagara al contratista EL CIEN POR CIENTO (100%) del valor del contrato una vez cumplido el objeto a satisfacción, según informe presentado por el supervisor del contrato, previa presentación de la factura de cobro debidamente legalizada. Del valor del contrato, se descontará al contratista los emolumentos xx xxx que se harán efectivos sobre los pagos que se realicen.
4.2.2 Reglas comunes para los pagos y la entrega de recursos
Los pagos y la entrega de recursos relacionados con el contrato quedan sometidos, además de las condiciones anteriormente previstas, a las siguientes reglas:
- El contratista deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones señaladas en el contrato y en el pliego de condiciones y todos los documentos que hacen parte del mismo, así como las señaladas en el manual de contratación del ESE HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA.
- Toda vez que los tributos y retenciones que surjan por la celebración, ejecución y liquidación del contrato corren por cuenta del contratista, E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA hará las retenciones del caso y cumplirá las obligaciones fiscales que ordene la ley.
- Todos los documentos de pago deberán ser aprobados por el supervisor del contrato.
4.3 PLAZO LUGAR DE EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL
El Plazo será el indicado en el numeral 1.3 del presente pliego de condiciones.
El lugar de entrega será La Empresa Social del Estado, Hospital Local de Piedecuesta XXXXXXX 0 # 0 –00, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx
4.3.1 Prórroga
El plazo señalado podrá ser prorrogado, previa ampliación de la garantía única, mediante la suscripción de un documento contractual que así lo disponga, en el cual deberán señalarse las circunstancias que lo motivaron.
4.3.2 Suspensión
El plazo de ejecución del contrato podrá ser suspendido mediante suscripción de un documento contractual que así lo disponga, en el cual se señalarán las causas que motivaron la suspensión.
4.4 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
- Cumplir con todas y cada una de las Especificaciones técnicas establecidas en el presente pliego de condiciones, el cual hace parte integral del presente contrato, en la forma y requerimientos establecidos.
El contratista deberá entregar en funcionamiento las camas en el lugar indicado por el contratante en la sede del Hospital Local de Piedecuesta
Son por cuenta del contratista los costos de trasporte e instalación de los muebles en la sede del contratante.
correctivo; por dos años incluido el suministro de repuestos por defectos de fabricación o daños no imputables al mal uso, SIN COSTO ALGUNO PARA EL HOSPITAL.
contractual e imputado a su responsabilidad a título de DOLO o CULPA generada por imprudencia, impericia, negligencia o por violación de reglamentos. El contratista deberá mantener indemne al Hospital de cualquier reclamación de terceros que tenga como causa la actuación del contratista
- Dar cumplimiento a las normas vigentes en relación con los aportes a pensión y salud;
- Atender oportunamente los requerimientos que realice la supervisión;
- Indemnizar y/o asumir todo daño que se cause a terceros, a bienes propios o de terceros o al personal contratado para la ejecución del contrato, por causa o con ocasión del desarrollo del mismo;
- Responder por el pago de los impuestos tasas y/o contribuciones que se causen con ocasión de la celebración, ejecución y liquidación del contrato;
- Prestar el servicio y/o entregar los bienes, cumpliendo con las especificaciones solicitadas, ofrecidas y contratadas.
- Cambiar el bien o los bienes que llegaren a presentar imperfectos previa solicitud por escrito del supervisor del contrato, por otro completamente nuevo y de iguales o superiores características, dentro de los términos ofertados, o si es el caso prestar el servicio en la forma pactada.
- Las demás requeridas para el cabal cumplimiento del objeto contractual.
4.4.1 Obligaciones de carácter general
- Cumplir el objeto del contrato, ejecutando el contrato de acuerdo con lo establecido en el pliego de condiciones y dentro del plazo establecido.
- Acreditar, en las oportunidades que así se requiera, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 41 xx Xxx 80 de 1993 –adicionado mediante el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar.
- Indemnizar y/o asumir todo daño que se cause a terceros, a bienes propios o de terceros, o al personal contratado para la ejecución del contrato, por causa o con ocasión del desarrollo del mismo.
- Responder por el pago de los tributos que se causen o llegaren a causarse por la celebración, ejecución y liquidación del contrato.
- Cumplir a cabalidad con las obligaciones propias e inherentes al contrato en las condiciones, modos y plazos determinados.
4.5 OBLIGACIONES DE E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA
Son obligaciones de E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA las siguientes:
a. Ejercer la supervisión general del contrato
b. Pagar el valor del contrato en la forma establecida en el Pliego de Condiciones.
c. Aprobar y controlar los desembolsos que se deben efectuar al contratista, previa certificación de la supervisión técnico-administrativa
d. Realizar las observaciones pertinentes al contratista con ocasión del desarrollo del contrato.
e. Formular las sugerencias por escrito sobre los asuntos que estime convenientes en el desarrollo del contrato.
4.5 SUPERVISIÓN
La supervisión será ejecutada por E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA a través de los funcionarios que se designen en el Contrato. En ningún caso el supervisor goza de la facultad de modificar el contenido y alcance del contrato suscrito entre el contratista y E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA, ni de eximir, a ninguno de ellos, de sus obligaciones y responsabilidades y estará obligado a aprobar y revisar los documentos oportunamente y dentro del menor tiempo posible.
4.6 MULTAS
En caso xx xxxx en el cumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista,
E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA le impondrá una multa equivalente al 2 % del valor total del contrato por cada semana xx xxxx.
El simple retardo imputable al contratista dará origen al pago de las multas previstas en este numeral, sin necesidad de requerimiento alguno para constituirlo en xxxx.
El contratista autoriza a E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA para que descuente, de las sumas que le adeude, los valores correspondientes a las multas impuestas, una vez las mismas se causen. De no existir tales deudas o de no resultar suficientes para cubrir la totalidad del valor de las multas, E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA podrá obtener el pago total o parcial de la multa mediante reclamación de pago ante la compañía de seguros, haciendo efectivo el amparo de cumplimiento otorgado con la garantía única.
Procedimiento para la imposición de las multas
Advertida cualquiera de las circunstancias anotadas anteriormente, E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA, mediante comunicación escrita, señalará al contratista los hechos en que se funda el incumplimiento correspondiente, instará al cumplimiento de las obligaciones pertinentes e indicará el monto total de la multa que se causa por tales circunstancias.
Para rendir las explicaciones correspondientes, el contratista contará con un plazo no superior a dos (2) días hábiles. Si, vencido el plazo, el contratista guarda silencio, se entenderá que la multa ha sido aceptada y E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA, procederá a su cobro en los términos previstos anteriormente.
En caso de que el contratista formule, en término, objeciones frente a los hechos en que se fundan las conclusiones sobre la xxxx o la cuantificación de la multa HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA,, decidirá definitivamente sobre su procedencia, mediante decisión motivada. En caso de mantenerse la imposición de la multa, se procederá a su cobro en los términos previstos en el presente numeral.
4.7 CLÁUSULAS EXCEPCIONALES AL DERECHO COMÚN
En el contrato se entenderán pactadas las facultades excepcionales al derecho común de interpretación, modificación y terminación unilateral, las cuales podrán ser ejercidas en los términos y condiciones establecidas en la legislación vigente.
El incumplimiento de una o algunas de las obligaciones a cargo del contratista que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a su paralización facultará a E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA, para que, mediante acto administrativo motivado, declare la caducidad del contrato, lo dé por terminado y ordene su liquidación en el estado en que se encuentre.
La caducidad también podrá ser declarada, entre otras causales ordenadas por la ley o reglamentos, las cuales se entienden incorporadas al respectivo negocio jurídico, por las previstas en las Leyes 40 de 1993, 80 de 1993, 418 de 1997 (modificada por
la ley 782 de 2002 y prorrogada por Ley 1106 de 2006), 610 de 2000 y el artículo 5º del Decreto 280 de 2002. En firme el acto administrativo por medio del cual se declara la caducidad, se hará efectiva la garantía constituida para amparar el cumplimiento del contrato y se procederá al cobro xx xxxx pecuniaria correspondiente.
4.8 DISTRIBUCIÓN DE RIESGOS CONTRACTUALES PREVISIBLES
DISTRIBUCIÓN DE RIESGOS:
RIESGO | TIPIFICACIÓN | ASIGNACIÓ N | |
Contra tista | ESE HLP | ||
Variación de precios en los insumos. | Son los efectos derivados de las variaciones en los precios xx xxxxxxx de los materiales, los insumos y demás elementos necesarios para la ejecución del contrato. | X | |
Interferencia de terceros en la ejecución del contrato | Ocurre cuando por interferencia de terceros se pueda ver afectada la ejecución del contrato, tales como grupos al margen de la ley, o delincuencia común. | X | |
Cambios normativos o de legislación tributaria | Ocurre por la expedición de normas posteriores a la celebración del contrato, que impliquen un nuevo componente técnico o efectos tributarios que varían las condiciones económicas inicialmente pactadas. | X | |
Xxxxx y vandalismo | Se refiere a los efectos desfavorables o cualquier daño, perjuicio o pérdida de los bienes a cargo del Contratista, causados por terceros diferentes al ESE HUS. | X | |
Daños a bienes ajenos y a terceros | Ocurre en los eventos de que trata el Capítulo I del Título VII de la Ley 599 de 2000 (Código Penal). | X |
De acuerdo con la distribución que se haga, no procederán reclamaciones del Contratista, basadas en la ocurrencia de alguno de los riesgos asumidos por él, y, en consecuencia, la respectiva entidad no hará ningún reconocimiento, ni ofrecerá garantía alguna, que permita eliminar o mitigar los efectos causados por la ocurrencia de alguno de estos riesgos, salvo que dicho reconocimiento o garantía se encuentren expresamente pactados en el Contrato.
4.9 GARANTÍAS
Los amparos dependen de los riesgos que implican la ejecución del contrato objeto de este estudio, por lo cual consideramos lo siguiente:
• AMPARO DE CUMPLIMIENTO. El amparo de cumplimiento cubre a la ESE HUS contra los perjuicios derivados del incumplimiento imputables al contratista de las obligaciones emanadas del contrato garantizado. Este amparo comprende el pago de las multas y el valor de la cláusula penal pecuniaria que se haga efectiva. El pago de la cláusula penal pecuniaria será considerado como parcial pero definitivo de los perjuicios causados a la entidad contratante.
El valor xxx xxxxxx de cumplimiento no será inferior al monto de la cláusula penal pecuniaria ni al 30% del valor del contrato. La vigencia de este amparo será del plazo del contrato y un (6) seis más contados a partir de la suscripción del acta de recibo a satisfacción del objeto contractual, por parte del Interventor y la ESE HUS.
• CALIDAD Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES Y EQUIPOS SUMINISTRADOS. El amparo de calidad y correcto funcionamiento de los bienes y equipos suministrados cubrirá a la E.S.E. HUS contratante de los perjuicios imputables al contratista garantizado, (i) derivados de la mala calidad o deficiencias técnicas de los bienes o equipos por él suministrados, de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas en el contrato, o (ii) por el incumplimiento de los parámetros o normas técnicas establecidas para el respectivo bien o equipo.
Requisitos generales
En las pólizas deben figurar como afianzadas cada una de las personas que integran la parte contratista.
Suficiencia de las garantías
El contratista debe mantener, durante la vigencia del contrato, la suficiencia de las garantías otorgadas. En consecuencia, en el evento en que el plazo de ejecución del contrato y/o su valor se amplíe o aumente, respectivamente, el contratista deberá proceder a ampliar la vigencia de las garantías y/o el valor amparado de las mismas, según sea el caso, como condición previa y necesaria para el pago de las facturas pendientes de pago. De igual modo, el contratista deberá reponer las garantías cuando su valor se afecte por razón de la ocurrencia de los siniestros amparados. En el caso de los amparos cuya vigencia debe prolongarse con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución del contrato objeto del mismo, el valor amparado también debe reponerse cuando el mismo se afecte por la ocurrencia de los riesgos asegurados con posterioridad a tales fechas.
El pago de todas las primas y demás gastos que generen la constitución, el mantenimiento y el restablecimiento inmediato del monto de las garantías, será de cargo exclusivo del contratista.
4.10 INDEMNIDAD
a. El CONTRATISTA mantendrá indemne y defenderá a su propio costo a E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA de cualquier pleito, queja o demanda y
responsabilidad de cualquier naturaleza, incluyendo costos y gastos provenientes de actos y omisiones del CONTRATISTA en el desarrollo de este contrato.
El CONTRATISTA se obliga a evitar que sus empleados y/o los familiares de los mismos, sus acreedores, sus proveedores y/o terceros, presenten reclamaciones (judiciales o extrajudiciales) con o por razón de acciones u omisiones suyas relacionadas con la ejecución del presente contrato. Si ello no fuere posible y se presentaran reclamaciones o demandas contra E.S.E HLP dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que fueron notificadas o se radiquen aquellas podrá comunicarle la situación al contratista o llamarlo en garantía, en cualquiera de dichas situaciones EL CONTRATISTA se obliga a acudir en defensa de los intereses de
E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA para lo cual contratará profesionales idóneos para que asuman la representación y asumirá el costo de la condena si la hubiere.
4.14 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Las partes podrán buscar solucionar en forma ágil y directa las diferencias y discrepancias surgidas de la actividad contractual, mediante la conciliación, transacción o los mecanismos que las partes acuerden, según los procedimientos establecidos por la ley.
4.14.1 Arreglo directo
Las partes acuerdan que, en el evento que surjan diferencias entre ellas, por razón o con ocasión de la celebración, ejecución o liquidación del presente contrato, las mismas podrán buscar mecanismos de arreglo directo, para lo cual dispondrán de un término de treinta (30) días hábiles contados a partir de la fecha en que cualquiera de ellas manifieste por escrito su inconformidad a la otra. Dicho término podrá ser prorrogado por mutuo acuerdo.
4.15 PERFECCIONAMIENTO
El contrato se perfecciona con la suscripción del mismo por las partes, incluyendo:
_ Publicación en la gaceta departamental, requisito que se entenderá surtido con el pago de los derechos respectivos.
_ Expedición del Registro Presupuestal.
Para la mencionada suscripción, el contratista ha acreditado, previamente, las condiciones establecidas en el presente pliego y en el contrato.
4.16 REQUISITOS DE EJECUCIÓN
Perfeccionado el contrato, para su ejecución se requiere:
4.16.1 Por parte del contratista
- Constituir las garantías previstas en el contrato.
4.17 TERMINACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se entenderá terminado, en los siguientes eventos:
· Orden legal o judicial.
· Vencimiento del plazo de duración pactado, incluido el de su liquidación.
· Mutuo acuerdo de las partes.
· Declaratoria de caducidad.
· Las demás causas de terminación dispuestas en la ley.
4.18 CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
Ninguna de las partes será responsable por el no cumplimiento de las obligaciones a su cargo derivado de circunstancias ajenas a ellas y cuya ocurrencia fue imprevisible e irresistible de conformidad con lo establecido en la ley.
En estos casos, de común acuerdo, se señalarán nuevos plazos y se establecerán las obligaciones que cada parte asume para afrontar la situación. Cada una de las partes se obliga a comunicarle a la otra por escrito, dentro de las 24 horas siguientes a su ocurrencia, los hechos que en su concepto constituyan caso fortuito o fuerza mayor.
La parte afectada con el caso fortuito o fuerza mayor debe realizar todo esfuerzo razonable para minimizar sus efectos y evitar su prolongación y no se exonerará del cumplimiento de las obligaciones pertinentes si omite la citada comunicación.
Las suspensiones del plazo del contrato debido a las circunstancias establecidas en el presente numeral, se sujetarán a lo dispuesto en el numeral 4.3.2.
La ocurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor no dará lugar a indemnizaciones o compensaciones a favor de la parte que resulte afectada.
4.19 PUBLICACIÓN
De acuerdo con la normatividad pertinente, el contratista se obliga a pagar, oportunamente, el importe correspondiente a la publicación del contrato.
4.20 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
Al producirse una o cualquiera de las causas de terminación del contrato, se procederá a su liquidación en un plazo máximo de dos (2) meses, contados a partir de la ocurrencia del hecho o acto que genera la terminación. La liquidación por mutuo acuerdo se hará por acta firmada por las partes, en la cual deben constar los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar y los acuerdos, transacciones y conciliaciones que alcancen las partes para poner fin a las posibles divergencias presentadas y poder declarar liquidado el contrato.
XXXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXXX
HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
FORMATO F-1
Doctor
XXXXXX XXXXXXXX XXXX
Ciudad
REF: Propuesta para el proceso de Selección Abreviada 001 de 2010 cuyo objeto es la COMRA DE CAMAS HOSPITALARIAS ADULTOS, CAMAS HOSPITALARIAS PEDIATRICAS, CAMILLLAS GINECOLOGICAS Y COLCHONES PARA CAMAS HOSPITALARIAS
El suscrito ofrece brindar , mediante la aplicación de la metodología diseñada por la E.S.E. Hospital Local de Piedecuesta.
En mi condición de proponente declaro:
Que ninguna persona ó Entidad distinta de las aquí nombradas tiene intereses en esta propuesta, ni en el contrato, que como consecuencia de ella llegue a celebrarse y que, por consiguiente, solo compromete a los firmantes.
Que en caso de ser adjudicado el contrato, me comprometo a otorgar las garantías requeridas por la entidad, de acuerdo con lo establecido en los términos de referencia definitivos
Que acuso recibo de los siguientes adendos a los documentos de la Convocatoria (escribir el número y fechas de cada uno).
Que ofrezco ejecutar el trabajo necesario y a suministrar todos los elementos requeridos para la realización de la ejecución del objeto contractual, por la suma total de $
y a iniciar la ejecución del mismo dentro de los plazos pactados por la entidad y a terminar dentro de los días calendario siguientes a la iniciación del contrato.
Que no me encuentro incurso en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad acorde con lo establecido en la ley.
Que bajo la gravedad del juramento declaro que toda la información consignada en la propuesta es veraz y susceptible de verificar.
El suscrito señala como dirección comercial y electrónica, teléfono y fax, a donde se pueda remitir ó enviar correspondencia, notificaciones o información relacionada con ésta convocatoria publica, las siguientes:
DIRECCIÓN TELEFONO
E-MAIL FAX
CÉDULA N°
Nombre completo del representante legal
Firma del proponente.
INFORMACIÓN SOBRE EL PROPONENTE
FORMATO F – 2
Nombre Legal de la Compañía Tipo de Sociedad (Señale uno) :
Anónima ( )
Limitada ( )
Persona Natural ( )
Otra (explique cual)
Ciudad de Domicilio Dirección
Fecha de constitución de la sociedad Lugar de registro
Representante Legal
Nombre Cargo en la empresa
Copia del nombramiento del representante Legal ( Debe adjuntarse como anexo) Personal Administrativo
• Presidente
• Secretario
• Gerente General
• Tesorero
• Otros
Nombre de los socios
_
Referencias Bancarias
Dirección
• Nombre y Cargo del Representante a quien la ENTIDAD puede dirigirse Referencias de Compañías Aseguradoras
Nombre al menos una y suministre su dirección respectiva
Nombre y cargo del Representante de esta Compañía que pueden entrevistarse
FIRMA DEL PROPONENTE
FORMATO F – 3
PROPUESTA ECONÓMICA
BIENES O SERVICIOS A SUMINISTRAR | VALOR TOTAL |
$ |
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL:
CONTRATO DE COMPRA VENTA NUMERO XXX DE 2010 ENTRE LA E.S.E HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA Y XXXXXXXXXXXX.
Entre los suscritos a saber: XXXXXX XXXXXXXX XXXX, mayor de edad y vecino de esta ciudad, identificado con la cédula de ciudadanía Nº 91.424.220 expedida en Barrancabermeja, domiciliado en Bucaramanga, actuando en nombre y representación de la Empresa Social del Estado HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA, con NIT No. 900.066.345-4 y quien en adelante se denominará EL CONTRATANTE, por una parte y, por la otra XXXXXXXX , mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No XXXXXXX domiciliada en Bucaramanga, actuando en nombre y representación de XXXXXXXXX, identificada con Nit No.XXXXXXX, y quien para los efectos del presente Documento se denominará EL CONTRATISTA acuerdan celebrar el presente CONTRATO DE COMPRAVENTA, previas estas consideraciones: 1. Que la Constitución Nacional consagra que son fines esenciales del Estado, servir a la comunidad, promover la prosperidad y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo y dar prevalencia al interés general. 2. Que de acuerdo con lo dispuesto en el segundo inciso del artículo 355 de la Constitución Política que señala que el Gobierno, en los niveles nacional, departamental, distrital y municipal podrá, con recursos de los respectivos presupuestos, celebrar contratos con entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad con el fin de impulsar programas y actividades de interés público, con el propósito de impulsar programas y actividades de interés público, deberán constar por escrito, y el decreto 777 del 92 y demás legislación concordantes. 3. Que de conformidad con el manual de contratación de la E.S.E. Hospital Local Piedecuesta esta tiene por objeto la prestación del servicio de salud, entendidos como un servicio público a cargo del estado y como parte integrante del sistema de Seguridad Social en Salud, para lo cual adelantará acciones de promoción y prevención tratamiento y rehabilitación de salud según el nivel de atención acorde con lo consagrado en la Ley 100 de 1993, Decretos Reglamentarios y Estatutos de la Empresa. En desarrollo de este objeto, adelantará acciones de promoción, prevención, tratamientos, rehabilitaciones de la salud, acordes con su nivel de complejidad; Producir servicios de salud eficientes y efectivos, que cumplan con las normas de calidad establecidas, de acuerdo con la reglamentación que expida para tal propósito. Prestar los servicios de salud que la población requiera y que la empresa de acuerdo con su desarrollo y recursos disponibles pueda ofrecer. Satisfacer los requerimientos del entorno, adecuando sus servicios y funcionamientos. Garantizar los mecanismos de participación ciudadana y comunitaria establecidos por la Ley y los reglamentos. 4. Que se requiere la adquisición de los bienes descritos en el presente contrato para cumplir con las normas de habilitación y acreditación. 5. Que además de conformidad con lo establecido en el decreto 0018 de 2006 emanado de la Gobernación xx Xxxxxxxxx se estableció que para todos los efectos legales, de celebración, ejecución y liquidación de contratos se regirá por las normas del derecho privado y demás normas que le sean concordantes y se incluyan teniendo en cuenta el contexto del mismo. 6. Que se adelanto de conformidad con la Ley y el Manual de Contratación el proceso de contratación pública por selección abreviada y según acta del comité de contratación se encontró como la más favorable para la entidad, la propuesta de XXXXXXXXX, esto desde el punto de vista técnico y económico. En consecuencia las partes acuerdan celebrar el presente contrato de acuerdo al ESTUDIO DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD que hace parte integral del presente contrato y las cláusulas que se pactan a continuación. CLAUSULA PRIMERA OBJETO: El presente CONTRATO tiene por objeto LA COMPRA DE DOCE CAMAS HOSPITALARIAS ADULTOS, DOS CAMAS HOSPITALARIAS PEDIATRICAS, CAMILLAS GINECOLOGICAS Y COLCHONES PARA CAMA HOSPITALARIA. CLAUSULA SEGUNDA. — PLAZO. El plazo para la
ejecución del presente contrato será de XXXX (08) DIAS contados a partir de la fecha de suscripción del acta de Inicio. CLAUSULA TERCERA. — VALOR Y APROPIACIONES PRESUPUESTALES. El valor del
contrato será por la suma de XXXXXXXS M.L. ($XXXXXX°°) con cargo al numeral 053207-01 denominado RECURSOS PROPIOS del presupuesto xx xxxxxx y gastos de la entidad correspondiente a la vigencia fiscal 2010, de acuerdo al certificado de disponibilidad presupuestal numero 10-00711 de fecha Diciembre 16 de 2010 expedido por la Subdirección Administrativa y Financiera. CLAUSULA CUARTA. — FORMA DE PAGO. El pago del valor del presente contrato se realizará una vez se reciban los bienes objeto de la compra, previa presentación de la cuenta de cobro (factura) y sus respectivos soportes. CLAUSULA QUINTA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE. Son obligaciones de E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PIEDECUESTA
las siguientes: a. Ejercer la supervisión general del contrato- b. Pagar el valor del contrato en la forma establecida en el Pliego de Condiciones. c. Aprobar y controlar los desembolsos que se deben efectuar al contratista, previa certificación de la supervisión técnico-administrativa. d. Realizar las observaciones pertinentes al contratista con ocasión del desarrollo del contrato. e. Formular las sugerencias por escrito sobre los asuntos que estime convenientes en el desarrollo del contrato. CLAUSULA SEXTA:- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Se obliga para con la empresa: Cumplir con todas y cada una de las Especificaciones técnicas establecidas en el presente pliego de condiciones, el cual hace parte integral del presente contrato, en la forma y requerimientos establecidos.El contratista deberá entregar en funcionamiento las camas en el lugar indicado por el contratante en la sede del Hospital Local de Piedecuesta. Son por cuenta del contratista los costos de trasporte e instalación de los muebles en la sede del contratante. El contratista deberá cumplir con la garantía de mantenimiento
preventivo y correctivo; por dos años incluido el suministro de repuestos por defectos de fabricación o daños no
generado en desarrollo del objeto contractual e imputado a su responsabilidad a título de DOLO o CULPA generada por imprudencia, impericia, negligencia o por violación de reglamentos. El contratista deberá mantener indemne al Hospital de cualquier reclamación de terceros que tenga como causa la actuación del contratista. Dar cumplimiento a las normas vigentes en relación con los aportes a pensión y salud; - Atender oportunamente los requerimientos que realice la supervisión;- Indemnizar y/o asumir todo daño que se cause a terceros, a bienes propios o de terceros o al personal contratado para la ejecución del contrato, por causa o con ocasión del desarrollo del mismo;- Responder por el pago de los impuestos tasas y/o contribuciones que se causen con ocasión de la celebración, ejecución y liquidación del contrato;- Prestar el servicio y/o entregar los bienes, cumpliendo con las especificaciones solicitadas, ofrecidas y contratadas.- Cambiar el bien o los bienes que llegaren a presentar imperfectos previa solicitud por escrito del supervisor del contrato, por otro completamente nuevo y de iguales o superiores características, dentro de los términos ofertados, o si es el caso prestar el servicio en la forma pactada.- Las demás requeridas para el cabal cumplimiento del objeto contractual.. CLAUSULA SEPTIMA. INTERVENTORIA Y VIGILANCIA DEL CONTRATO. La interventoría sobre la
ejecución del contrato se realizará a través del Profesional Universitario del Área Operativa de la Empresa Social del Estado Hospital Local de Piedecuesta, o quien haga sus veces y EL CONTRATANTE o su representante supervisará la ejecución del servicio profesional encomendado, y podrá formular las observaciones del caso con el fin de ser analizadas conjuntamente con el CONTRATISTA y efectuar por parte de éste las modificaciones o correcciones a que hubiere lugar. CLAUSULA OCTAVA. — CLAUSULA PENAL. Si el CONTRATISTA no diere cumplimiento en forma total o parcial al objeto o a las obligaciones emanadas del presente contrato, pagará al CONTRATANTE el treinta (30%) por ciento del valor del mismo como estimación anticipada de perjuicios, sin que lo anterior sea óbice para que se declare la caducidad del contrato y se imponga las multas a que haya lugar. El CONTRATANTE podrá hacer efectivo el valor de la cláusula penal descontándola de la suma que adeude al CONTRATISTA en desarrollo del contrato o sobre la garantía o se cobrara por la jurisdicción de lo contencioso administrativo es decir, que no obsta para que el CONTRATANTE pueda demandar al CONTRATISTA ante ésta jurisdicción por el mayor perjuicio ocasionado por el incumplimiento. CLAUSULA NOVENA. - CAUSALES DE TERMINACION DEL CONTRATO. El CONTRATANTE podrá dar por terminado el presente contrato antes del vencimiento del plazo en los siguientes casos: 1. Por incumplimiento de una o algunas de las obligaciones o su ejecución tardía, defectuosa o de forma diferente a la acordada, lo cual no dará lugar a indemnización alguna para el CONTRATISTA. 2. El CONTRATANTE podrá en cualquier momento terminar total o parcialmente el contrato por razones de conveniencia. Para éste fin será más que suficiente la comunicación que en tal sentido remite el funcionario interventor del contrato al CONTRATISTA y éste al CONTRATANTE. En éste evento el CONTRATANTE procederá a cancelar al CONTRATISTA los pagos que se le adeuden por el servicio debidamente ejecutado, según concepto de la Oficina de Interventoría. PARÁGRAFO: Los hechos sujetos a comprobación de las causales de terminación serán establecidas unilateralmente por el CONTRATANTE. La terminación anticipada del contrato no impide que el CONTRATANTE tome posesión de lo contratado directamente o por interpuesta persona y continúe inmediatamente la ejecución contractual. 3.) por mutuo acuerdo de las partes. CLAUSULA DECIMA. INDEPENDENCIA. El CONTRATISTA actuará por su propia cuenta, con absoluta autonomía y no estará sometido a subordinación laboral con EL CONTRATANTE y sus derechos se limitarán, de acuerdo con la naturaleza del contrato, a exigir el cumplimiento de las obligaciones del CONTRATISTA y al pago de los honorarios estipulados. CLAUSULA DECIMA PRIMERA. — EXCLUSION DE LA RELACION LABORAL.
Dada la forma de ejecución del presente contrato, el mismo no constituye ni representa vínculo laboral entre las partes. Serán de exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA los compromisos que ésta adquiera con terceras personas para la ejecución del contrato, debiendo responder por toda reclamación judicial o extra-judicial que le formulen. En el evento que el CONTRATANTE fuere condenado a pagar la suma de dinero a un tercero por razón de la ejecución del presente contrato; el CONTRATISTA le reembolsará la totalidad de lo pagado y lo autoriza para que descuente tales valores de lo que tenga a su favor, sin perjuicio de la obligación de responder con sus bienes y rentas. CLAUSULA DECIMO SEGUNDA. — CESION. El CONTRATISTA no podrá ceder parcial ni totalmente la ejecución del presente contrato. CLAUSULA DECIMO TERCERA. DOMICILIO CONTRACTUAL. Para todos los efectos legales, el domicilio contractual será la ciudad de Piedecuesta y las notificaciones serán recibidas por las partes en las siguientes direcciones: por EL CONTRATANTE en: la Carrera 5 Nº 5-59 en la cuidad de Piedecuesta y EL CONTRATISTA en la XXXXXXXXXXXXX. CLASULA DECIMA CUARTA. — CLAUSULA COMPROMISORIA. Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, su ejecución y liquidación, se resolverá por un Tribunal de Arbitramento designado por la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Bucaramanga, mediante sorteo efectuado entre los árbitros inscritos en las listas que lleva el Centro de Arbitraje y Conciliación Mercantiles de dicha Cámara. El Tribunal se sujetara a lo dispuesto en el Decreto 1818 de 1998 o estatuto orgánico de los sistemas alternos de solución de conflictos y demás normas concordantes, de acuerdo con las siguientes reglas: a) El Tribunal estará integrado por Tres (3) árbitros, b) La organización interna del tribunal se sujetará a las reglas previstas en el Centro de Arbitraje y Conciliación Mercantiles, c) El Tribunal decidirá en derecho, en conciencia o en principios técnicos, d) El Tribunal funcionará en el Centro de Arbitraje y Conciliación Mercantiles. CLAUSULA DECIMA QUINTA. CADUCIDAD. El Hospital Local de Piedecuesta podrá declarar la caducidad administrativa del presente contrato mediante acto administrativo debidamente motivado, de acuerdo a lo previsto en los artículos 18 de la ley 80 de 1993. CLAUSULA DECIMA SEXTA. GARANTIAS. El CONTRATISTA se obliga a constituir a favor del hospital garantía única expedida por una entidad bancaria o una compañía de seguros, legalmente establecida en Colombia, así: a) EL CUMPLIMIENTO del contrato (por el 30% del valor del contrato por el término de
duración, y seis meses más), b) CALIDAD DEL SERVICIO (10%, del valor del contrato y con vigencia igual al mismo y seis meses mas) CLAUSULA DECIMA SEPTIMA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. El Representante legal de la XXXXXXXXXXXXX declara no hallarse incurso en ninguna de las inhabilidades, incompatibilidades y conflictos de intereses establecidos en la Constitución política y demás normas concordantes. CLAUSULA DECIMA OCTAVA. MODIFICACIÓN, INTERPRETACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERAL. El presente contrato en materia de modificación, interpretación y terminación unilateral se regirá por los procedimientos previstos para tales efectos en el Código civil, Código de Comercio y Ley 222 de 1995, normatividad de la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y Decreto 2474 de 2008. Será causal de terminación unilateral el incumplimiento de las obligaciones previstas en el presente contrato. CLAUSULA DECIMA NOVENA. MULTAS: Las partes acuerdan que en caso xx xxxx o retardo en el cumplimiento de cualesquiera de las obligaciones señaladas en el presente contrato, a cargo del CONTRATISTA y como apremio para que las atienda oportunamente, el CONTRATANTE podrá imponerle mediante resolución motivada, multas equivalentes al uno por ciento (1%) del valor del Contrato por cada día de atraso o retardo en el cumplimiento de su obligaciones, previo requerimiento al CONTRATISTA, sin que el valor total de ellas pueda llegar a exceder el diez por ciento (10%) del mismo. Si el CONTRATISTA demuestra que su tardanza x xxxx obedeció a hechos constitutivos de caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados, la multa no será efectiva. CLAUSULA VIGESIMA : PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACION DE LAS MULTAS: El procedimiento para la
aplicación de las multas previstas en la cláusula anterior, será el siguiente: 1) El funcionario de la EMPRESA encargado de verificar el desarrollo del convenio, enviará a la oficina Jurídica, un informe escrito sobre los hechos que puedan constituir el fundamento para la aplicación de una multa; 2) Una vez recibido, se estudiará sin tales hechos constituyen incumplimiento de las obligaciones del CONTRATISTA que ameriten la aplicación de las multas pactadas. Para el efecto la EMPRESA citará al CONTRATISTA con el fin de solicitarle las explicaciones del caso, y determinar su grado de responsabilidad; 3) Si el CONTRATANTE considera que el incumplimiento amerita la multa, determinará su monto y lo descontará de los saldos a favor del CONTRATISTA, una vez se encuentre en firme el acto administrativo que declare el incumplimiento e imponga la multa. CLAUSULA VIGESIMA PRIMERA: REQUISITOS PREVIOS A LA LEGALIZACIÓN. Una vez perfeccionado el
contrato se requiere para su ejecución cumplir los siguientes requisitos: a) Certificado de disponibilidad presupuestal; b) Constitución y aprobación de las garantías exigidas; c) Presentación de los documentos de afiliación de pensión, salud, parafiscales y riesgos profesionales d) Publicación en el diario único de contratación pública o a falta de éste en la gaceta oficial, decreto 2504 de 2001; si a ello hubiere lugar e) Pago del Impuesto de Timbre Nacional si a ello hubiere lugar. Los costos de diligenciamiento del presente contrato serán de entera cuenta del CONTRATISTA. De conformidad con lo anterior, las partes suscriben el presente contrato a los XXXXXXXXXXXXXXXXX en la ciudad de Piedecuesta.
EL CONTRATISTA | EL CONTRATANTE |
XXXXXXXXXX XXXXXXX | XXXXXX XXXXXXXX XXXX Représentante Légal E.S.E. H.L.P |