Contrato de Préstamo entre la República Argentina
XXXXX X
XXXXXX Xx 0
Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx xxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx
y
Corporación Andina de Fomento
Programa de Desarrollo de Nuevas Áreas xx Xxxxx en Argentina - Etapa II
Conste por el presente documento la Adenda N° 1 al Contrato xx Xxxxxxxx CFA 9458 (el “Contrato” o “Contrato xx Xxxxxxxx”), que se celebra entre la Corporación Andina de Fomento (en adelante, “CAF”), representada en este acto por su Representante en la República Argentina señor Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, civilmente hábil, e identificado con el pasaporte número XX000000 emitido por la República de Colombia, debidamente facultado según poder otorgado ante la Notaría Xxxxx en 25 de febrero de 2019, comprobante 3073 de fecha 00 xx xxxxxxx xx 0000, xxx xxxxxxxxx Xxx. XXX00000000000000000; x xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx(xx adelante, el “Prestatario”, y conjuntamente con CAF, las “Partes”), representada en este acto por Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, de nacionalidad argentina, mayor de edad y titular del Documento Nacional de Identidad, número 00.000.000, actuando en su calidad de Secretario de Asuntos Estratégicos; debidamente facultado para ello mediante [identificar documento(s) que faculta(n) al firmante] de fecha [*], y cuyo nombramiento se evidencia en el Decreto 25/2019 de fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx de fecha 11 de diciembre de 2019.
Los términos iniciados en mayúscula no definidos específicamente en este documento tendrán el significado asignado a ellos en el Contrato xx Xxxxxxxx.
ANTECEDENTES
En fecha 5 xx xxxxxx de 2015, CAF aprobó el financiamiento del Programa de Desarrollo de Nuevas Áreas xx Xxxxx en Argentina - Etapa II (el “Programa”), hasta por la cantidad de cuarenta millones de Dólares (USD 40.000.000,00) (el “Préstamo”).
CAF y el Prestatario suscribieron en fecha 12 xx xxxxxx de 2016 el Contrato xx Xxxxxxxx para el financiamiento del Programa hasta por cuarenta millones de Dólares (USD 40.000.000,00).
En agosto de 2020, con el contexto económico que derivó de la pandemia del COVID-19, el Organismo Ejecutor y el Prestatario propusieron redireccionar los recursos xxx Xxxxxxxx hacia proyectos de ejecución rápida y eficiente bajo el objetivo de ser vehículos para la reactivación productiva y potenciar las economías regionales.
En este marco, la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales (DIPROSE) inició un proceso de reorientación de la gestión interna que implica el cambio de destino de los programas que en la actualidad cuentan con saldos no comprometidos. El sentido estratégico de las inversiones determinará que se orienten a contribuir a mejorar la competitividad agroproductiva de las economías regionales.
Con fecha 26 xx xxxxxx de 2020, el Prestatario solicitó formalmente a CAF mediante Nota NO-2020-56530285-APN-DNFORC#SAE, la reorientación de los recursos xxx Xxxxxxxx en virtud de lo solicitado por el responsable de la ejecución xxx Xxxxxxxx mediante Nota NO- 2020-56493177-APN-DGPYPSYE#MAGYP en la cual señala que, para transformar la operación en un instrumento reactivador de la actividad productiva planteando para ello
modificar su objeto y extender sus alcances a proyectos de Caminos Rurales, Electrificación Rural y Conectividad Rural.
De conformidad con lo previsto en la Cláusula Decimoctava de las Condiciones Particulares de Contratación titulada “Modificaciones”, toda modificación que en el futuro se incorpore a las Condiciones Particulares de Contratación, a las Condiciones Generales de Contratación o al Programa, cuya descripción consta en el anexo (“Anexo Único”) del Contrato xx Xxxxxxxx deberá ser efectuada por escrito y de común acuerdo entre las Partes.
En atención a lo anterior, las Partes han acordado suscribir la presente Adenda N°1 (la “Adenda” o la “Adenda N°1”) a los fines de acordar las modificaciones al Contrato xx Xxxxxxxx necesarias para reflejar la ampliación del objeto del Programa, en los términos y condiciones a continuación:
PRIMERO Objeto del Programa
Se modifica la Cláusula Primera de las Condiciones Particularesde Contratación titulada “Antecedentes”, a los fines de modificar el nombre del Programa; la cual quedará redactada de la siguiente manera:
“CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
El Prestatario ha solicitado a CAF el otorgamiento de un préstamo a interés para financiar parcialmente el “Programa de Desarrollo de Nuevas Áreas xx Xxxxx en Argentina, Etapa II e Infraestructura Rural”, en adelante el “Programa”.
CAF ha consentido en aprobar el otorgamiento de dicho préstamo a interés a favor del Prestatario, sujeto a los términos y condiciones estipulados en el presente documento.”
SEGUNDO Aplicación de los Recursos
Se modifica la Cláusula Quinta de las Condiciones Particulares de Contratación titulada “Aplicación de los Recursos”, a los fines de incluir los rubros de impuestos e imprevistos asociados directamente al Programa; la cual quedará redactada de la siguiente manera:
“CLÁUSULA QUINTA: APLICACIÓN DE LOS RECURSOS
El Prestatario, a través del Organismo Ejecutor, expresamente conviene en que los fondos xxx xxxxxxxx serán destinados a financiar únicamente los siguientes rubros: (i) la ejecución de obras; (ii) la compra de bienes y equipos; (iii) la contratación de actividades de consultoría, capacitación o asistencia técnica; (iv) la supervisión, fiscalización y/o administración de las obras, así como la gestión de los aspectos ambientales y sociales; (v) impuestos e imprevistos asociados directamente al Programa; (vi) los gastos de administración del Programa; y (vi) la comisión de financiamiento y los gastos de evaluación.
La descripción del Programa se explica en el Anexo Único, el cual forma parte integrante del presente contrato (en adelante el “Anexo Único”).”
TERCERO Organismo Ejecutor
Se modifica la Cláusula Sexta de las Condiciones Particulares de Contratación titulada “Organismo Ejecutor”, a los fines de modificar el nombre del Organismo Ejecutor del Programa; la cual quedará redactada de la siguiente manera:
“CLÁUSULA SEXTA: ORGANISMO EJECUTOR
Las Partes convienen en que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos xxx Xxxxxxxx serán llevados a cabo por el Prestatario, por intermedio del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca (MAGyP), a través de la Dirección General de Programas y
Proyectos Sectoriales y Especiales (DIPROSE) o la entidad que lo sustituya (i) conforme a lo previsto en la Xxx xxx Xxxx, o (ii) según sea acordado por las Partes, en adelante, el “Organismo Ejecutor”.
El Prestatario declara que el Organismo Ejecutor se encuentra debidamente facultado para cumplir las obligaciones y ejercer las atribuciones que le corresponden conforme a lo previsto en el Contrato xx Xxxxxxxx, siendo en todo caso el Prestatario el único responsable frente a CAF por el cumplimiento de las obligaciones de éste y del Organismo Ejecutor bajo el Contrato xx Xxxxxxxx.”
CUARTO Plazo para solicitar los Desembolsos xxx Xxxxxxxx
Se modifica la Cláusula Séptima de las Condiciones Particulares de Contratación titulada “Plazo para solicitar los desembolsos xxx xxxxxxxx”, a los fines de extender el plazo de desembolsos xxx Xxxxxxxx; la cual quedará redactada de la siguiente manera:
“CLÁUSULA SÉPTIMA: PLAZO PARA SOLICITAR LOS DESEMBOLSOS XXX XXXXXXXX
El Prestatario tendrá un plazo de seis (6) meses para solicitar el primer desembolso y ochenta y cuatro (84) meses para solicitar el último desembolso xxx xxxxxxxx. Estos plazos serán contados desde la fecha de entrada en vigencia del contrato xx xxxxxxxx.”
QUINTO Condiciones Especiales
Se modifica parcialmente la Cláusula Octava de las Condiciones Particulares de Contratación titulada “Condiciones Especiales”, a los fines de incluir los apartados adicionales necesarios para reflejar las condiciones especiales aplicables al Programa con posterioridad a la suscripción de esta Adenda, y que serán las únicas condiciones especiales aplicables al Programa a partir de la fecha de entrada en vigencia de la Adenda, a efectos de lo cual se incorpora lo siguiente:
“(…)
Previas a los desembolsos posteriores a la suscripción de la Adenda N° 1.
Previo al primer desembolso:
(i) El Manual Operativo del Programa (MOP) actualizado, conforme a lo acordado con CAF.
(ii) Evidencia de que se encuentra operativo un equipo de apoyo técnico y administrativo para la gestión xxx xxxxxxxx.
(iii) El Plan de Contrataciones y Adquisiciones del Programa, definido con un horizonte temporal de veinticuatro (24) meses.
Previas al inicio de los procesos de contratación y adquisición de obras, servicios y bienes a ser financiados con recursos xxx xxxxxxxx con posterioridad a la suscripción de la Adenda N° 1.
Al menos treinta (30) Días hábiles antes de publicar cada llamado a licitación, presentar a CAF:
1. En el caso de contratación de obras:
x. Xxxxxx de condiciones de licitación definitivo, que en su alcance incluya, entre otros:
(a) las especificaciones técnicas, ambientales y sociales exigibles en el marco del
Programa; (b) la elaboración e implementación del Plan de Manejo Ambiental y Social con su presupuesto asociado, discriminado por su modalidad de pago; (c) los mecanismos de sanción por incumplimiento de todas las obligaciones ambientales, sociales y de contrato, que permitan a la fiscalización y supervisión exigir el adecuado cumplimiento de la normativa ambiental, incluyendo las Salvaguardas Ambientales y Sociales de CAF y lo establecido en los estudios y demás documentos de gestión ambiental; (d) para las obras viales, las obligaciones de la contratista respecto de las medidas de Manejo de Tráfico que garanticen la continuidad del tránsito durante la ejecución de las obras, orientado a minimizar el impacto sobre la operación y seguridad vial de los usuarios, y e) los lineamientos y medidas de manejo de las interferencias con redes de servicios públicos, entre otras que puedan presentarse durante la ejecución de la obra, cuando aplique.
ii. Plan de Gestión Ambiental y Social del Proyecto (PGAS), según el alcance definido en el MOP.
iii. Todos los planes y programas ambientales y sociales detallados en el MOP, cuando apliquen.
2. Para el caso específico de las obras viales, además:
a. una nota de la provincia ratificando que la información técnica consignada en el proyecto se encuentra vigente respecto de: los planos de planta y perfil estudios de suelos, memorias de cálculo y de los drenajes, incluyendo la ubicación y dimensionamiento de cada estructura de drenaje.
b. un informe de seguridad vial, realizado por un equipo distinto al que realizó el diseño, incluyendo las respuestas por parte del ejecutor sobre las recomendaciones informadas y su costo de implementación.
3. En el caso de servicios, consultorías y/o adquisición de bienes: (i) pliego de condiciones, términos de referencia y/o detalles descriptivos, según aplique; (ii) toda información adicional a ser publicada en el proceso de contratación; y (iii) presupuesto referencial detallado y precisiones respecto del objetivo, alcance, productos, cronogramas de tareas, proceso de contratación y otros aspectos que se consideren significativos, en el caso de que no hayan sido incluidos en los puntos anteriores.
Previas al inicio de obras de cada contrato financiado por CAF con posterioridad a la suscripción de la Adenda N° 1.
Al menos quince (15) Días antes del inicio de obras, el Organismo Ejecutor presentará a CAF:
1. Un informe jurídico del área competente del organismo licitante que verifique que el respectivo proceso de contratación o adquisición ha cumplido con la ley aplicable y lo dispuesto en el contrato xx xxxxxxxx. Cada informe jurídico deberá estar acompañado con una copia de la siguiente documentación del correspondiente proceso: (i) el acta de apertura de ofertas; (ii) el acta de adjudicación. Cada informe legal presentado a CAF será revisado a los solos fines de verificar que su contenido se corresponde con los requerimientos indicados por CAF antes mencionados.
2. Copia del contrato suscrito.
3. Copia de las autorizaciones y/o permisos y/o licencias ambientales requeridas para el inicio y/o etapa de ejecución de la obra, exigidas por la legislación ambiental vigente y los estudios ambientales que dieron lugar a estas autorizaciones y/o permisos y/o licencias, según lo establecido en la normativa vigente.
4. Evidencia de la contratación de la inspección técnica, ambiental, social y de género. En caso de que se proponga realizar la inspección, parcial o totalmente, con personal propio de las Unidades Ejecutoras Provinciales (UEPs) y/x XXXXXXX, presentar un informe que evidencie la capacidad técnica, ambiental, social y de género para llevar a cabo las actividades y que la misma se encuentra en funciones, conforme a lo establecido en el MOP.
5. Informe y evidencia de las áreas liberadas y/o que no presentan conflictos de propiedad donde iniciaran las obras.
6. Copia del Acuerdo de Ejecución suscrito con la provincia respectiva.
Previas al inicio de los servicios y consultorías de cada contrato financiado con recursos xxx xxxxxxxx CAF con posterioridad a la suscripción de la Adenda N° 1
1. Cuando corresponda, una declaración o informe jurídico del área competente del organismo contratante que verifique que el respectivo proceso de contratación ha cumplido con la ley aplicable y lo dispuesto en el contrato xx xxxxxxxx. Cada informe jurídico deberá estar acompañado de copia de la documentación que respalde el proceso de contratación respectivo. Cada informe legal presentado a CAF será revisado a los solos fines de verificar que su contenido se corresponde con los requerimientos indicados por CAF antes mencionados.
2. Copia del contrato suscrito.
Durante el período de desembolsos posteriores a la suscripción de la Xxxxxx Xx 0.
0. Xx Xxxxxxxxxxx y/o el Organismo Ejecutor, según corresponda, deberán llevar a cabo la ejecución del Programa conforme a lo previsto en el MOP. Las obligaciones, requisitos y procedimientos previstos en el MOP y acordados por CAF, incluyendo sin limitación, aquellos relacionados con el contenido mínimo de la documentación referida en estas condiciones especiales, serán de obligatorio cumplimiento.
2. Cumplir con las Salvaguardas Ambientales y Sociales de CAF que se encuentran publicadas en el siguiente link: xxxxx://xxx.xxx.xxx/xxxxx/00000/xxxxxxxxxxxx- ambientales-y-sociales.pdf, así como con las recomendaciones incluidas en las autorizaciones y/o licencias acordadas, y todas las autorizaciones que durante el periodo de desembolsos y por razones inherentes a los trabajos y sus implicaciones sean requeridos de acuerdo con la normativa ambiental y social aplicable.
3. Garantizar que la supervisión técnica, ambiental y social se encuentra operativa y en funciones durante el período de ejecución de los contratos de obras del Programa.
4. Previamente a su realización: (i) presentar para análisis de CAF, cualquier modificación en el alcance; (ii) notificar sobre modificaciones en el costo o plazo de los contratos financiados con recursos xxx Xxxxxxxx; y (iii) presentar a CAF todo cambio significativo en el medio natural o social donde se desarrollará el Programa, así como cualquier emergencia o contingencia que pueda generar impactos ambientales y sociales no previstos en la evaluación oportunamente realizada por CAF o potenciar los originalmente previstos, deberá incorporarse en la adecuación del PGAS.
5. Dentro de los treinta (30) Días siguientes de la recepción provisoria de cada una de las obras presentar el Manual de Operación y Mantenimiento que incluya rubros de presupuestos y los mecanismos esperados para atender el mantenimiento, de acuerdo al modelo establecido en el MOP.
6. Dentro de los primeros ciento veinte (120) Días calendario de cada año, y para cada ejercicio anual, evidencia de que cada uno de los proyectos del Programa cuenta con la asignación presupuestaria necesaria para su ejecución.
7. Dentro de los ciento veinte (120) Días del año siguiente al primer desembolso y de los años sucesivos, presentar copia del contrato suscrito con una entidad de reconocido prestigio encargada de realizar la auditoría externa del Programa, con el fin de auditar el cumplimiento del contrato xx xxxxxxxx y la debida utilización de los recursos. El objeto de dicho contrato deberá incluir, al menos, la verificación de los siguientes aspectos: (i) el adecuado uso de los recursos de las fuentes de financiamiento, incluyendo las justificaciones de gastos presentadas; (ii) el cumplimiento del Contrato xx Xxxxxxxx y las leyes y/o disposiciones especiales aplicables; y (iii) el desarrollo de los procedimientos de contrataciones y adquisiciones de acuerdo con lo dispuesto en el contrato xx xxxxxxxx y en la normativa aplicable.
8. Presentar los siguientes informes:
a. Actualización. Dentro de los quince (15) Días de suscrita la Adenda Nro 1, cuyo contenido mínimo se encuentra definido en el MOP.
b. Semestrales, dentro de los cuarenta y cinco (45) Días siguientes al 30 xx xxxxx y 31 de diciembre de cada año y durante el periodo de desembolso xxx xxxxxxxx: (i) los avances físicos y presupuestales de cada uno de los programas y medidas de manejo contemplados en los Estudios Ambientales; (ii) la identificación de los aspectos críticos y las soluciones planteadas.
c. Trimestrales, dentro de los veinte días (20) Días siguientes a cada trimestre calendario, se presentará un informe de avance de la liberación de activos incluyendo un cronograma ajustado al momento del informe, el cual preverá las liberaciones a gestionarse en el siguiente trimestre. En ningún caso podrá autorizarse el avance de las obras en sitios cuyas trazas no hayan sido previamente liberadas. El primer informe trimestral se presentará luego del inicio de las obras.
d. Auditoría externa del Programa. Dentro de los ciento cincuenta (150) Días posteriores al cierre de cada año.
e. Seguimiento: en toda ocasión que CAF realice misiones de seguimiento, el Organismo Ejecutor remitirá un informe de seguimiento con la información solicitada por CAF.
f. Especiales: Otros informes que CAF solicite en referencia al Programa.
g. De cierre: dentro de los noventa (90) Días siguientes a la fecha del último desembolso, cuyo contenido estará de acuerdo al formato establecido con CAF.”
SEXTO Ajustes adicionales al Contrato xx Xxxxxxxx
A los fines de viabilizar las modificaciones acordadas en las cláusulas anteriores, las Partes acuerdan:
1. Incorporar en la sub-cláusula 1.1 “Definiciones” de la Cláusula 1 titulada “Generalidades” de las Condiciones Generales de Contratación, las siguientes definiciones:
“Licitación Pública Internacional: significa el proceso de licitación público, abierto a la participación de entidades nacionales y extranjeras sin limitación con respecto al origen o nacionalidad de los participantes, para la adquisición de bienes; y/ o para la contratación de obras; y/o para la contratación de servicios de consultoría.
Prácticas Prohibidas: significa ofrecer, dar, recibir, o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte, así como cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación; perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte; un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia; o todo acto dirigido a impedir materialmente el ejercicio de inspección y supervisión de CAF de acuerdo a lo previsto en este Contrato xx Xxxxxxxx o en la xxx xxx Xxxx.
Procesos de Selección: significa todo proceso de adquisición de bienes, contratación de obras y/o servicios de consultoría para el Programa o Proyecto que se lleve a cabo por causa o con ocasión: a) del Contrato xx Xxxxxxxx; y/o b) de contrataciones a ser financiadas con recursos xxx Xxxxxxxx, incluyendo la Licitación Pública Internacional.”
2. Que además de lo previsto en la Cláusula 5 de las Condiciones Generales de Contratación titulada “Condiciones Previas a los Desembolsos”, los desembolsos xxx xxxxxxxx estarán sujetos a que la modalidad de implementación del desembolso no contravenga o se encuentre vinculada a cualquier actividad que contravenga: (a) cualquier norma local de cualquier país, o cualquier norma regional, supranacional, comunitaria, incluyendo pero no limitado a las normas de los países accionistas de CAF, de los miembros de la Unión Europea, de los Estados Unidos de América, etc. relativas al combate xxx xxxxxx de activos y a la prevención del financiamiento del terrorismo y/o los requisitos y procedimientos de las políticas y principios implementados por CAF, para la prevención y detección xx xxxxxx de activos y prevención del financiamiento del terrorismo; y/o (b) cualquier principio, recomendación o disposición emitida por la Organización de las Naciones Unidas y/o cualquier otro organismo dedicado al combate xxx xxxxxx de activos y a la prevención del financiamiento del terrorismo, tales como, pero sin limitarse a, el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI/Financial Action Task Force-FATF), el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT, ex GAFISUD) y cada uno de sus restantes grupos regionales.
3. Que además de lo previsto en la Cláusula 16 de las Condiciones Generales de Contratación titulada “Suspensión de Obligaciones a cargo de CAF”, CAF, mediante aviso dado por escrito al Prestatario, podrá suspender la ejecución de sus obligaciones bajo el Contrato xx Xxxxxxxx, cuando se presente y mientras subsista, cualquiera de las siguientes circunstancias:
a) que exista evidencia suficiente de que un tercero que haya recibido o pudiese recibir recursos xxx Xxxxxxxx haya incurrido o se encuentre involucrado en una Práctica Prohibida, o en una actividad tipificada como lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo y haya transcurrido el plazo razonable que sea determinado por CAF en cada caso, desde que el Prestatario y/o el Organismo Ejecutor tengan conocimiento,
o CAF le haya notificado, de la comisión de la Práctica Prohibida o actividad tipificada como lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo que se trate, sin que el Prestatario y/o el Organismo Ejecutor hayan tomado las medidas correctivas que fueran necesarias, aceptables para CAF y acordes al debido proceso establecidas en la xxx xxx Xxxx (incluida la notificación adecuada a CAF); o
b) que a criterio razonable de CAF, el objetivo del Programa o Proyecto, o el Préstamo, pudieren ser afectados desfavorablemente, o la ejecución del Programa o Proyecto pudiere resultar improbable como consecuencia de: (i) cualquier restricción, modificación o alteración de las facultades legales, de las funciones o del patrimonio del Prestatario y/o del Organismo Ejecutor, y el Garante, si lo hubiere; o (ii) cualquier modificación o enmienda de cualquier condición cumplida antes de la aprobación xxx Xxxxxxxx por CAF, que hubiese sido efectuada sin la conformidad escrita de CAF, siempre que CAF considere, luego de consulta previa y solicitud de información y aclaraciones del Prestatario, que los cambios introducidos afectan sustancialmente y en forma desfavorable al Programa o hacen imposible su ejecución; o
c) cualquier circunstancia extraordinaria que, a criterio razonable de CAF: (i) haga improbable que el Prestatario y/o el Organismo Ejecutor o el Garante, si lo hubiere, cumpla con las obligaciones establecidas en este Contrato o las obligaciones de hacer del Contrato de Garantía, respectivamente; o (ii) impida alcanzar los objetivos de desarrollo del Programa o Proyecto.
No obstante lo previsto en el literal (a) anterior, CAF se reserva el derecho de suspender en cualquier momento los Desembolsos cuyo propósito sea financiar pagos directos o indirectos a terceros que a criterio razonable de CAF estén incursos o involucrados en una Práctica Prohibida, o en una actividad tipificada como lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo. De presentarse tal circunstancia CAF podrá suspender en forma inmediata los Desembolsos que tengan por objeto financiar pagos directa o indirectamente a dicho tercero y la ejecución de sus demás obligaciones en relación con al tercero respectivo y tendrá derecho a exigir al Prestatario la devolución de la porción xxx Xxxxxxxx que hubiese sido utilizada para realizar pagos directos o indirectos a dicho tercero, junto con sus correspondientes intereses. En este último evento, el Prestatario estará obligado a efectuar la devolución en la fecha señalada para el efecto en la comunicación escrita de CAF en tal sentido.
Las partes acuerdan que en caso de la ocurrencia el literal (a) anterior CAF no tendrá derecho a declarar de plazo vencido el Préstamo.
4. Se modifica la Cláusula 24 de las Condiciones Generales de Contratación titulada “Adquisición de Bienes y Contratación de Bienes y Servicios” y se incorporan las siguientes previsiones con relación a los Procesos de Selección para la adquisición de bienes, contratación de obras y selección y contratación de consultores del Programa posteriores a la Adenda N° 1, quedando redactada de la siguiente manera:
“Cláusula 24 “Adquisición de Bienes y Contratación de Bienes y Servicios”
I. Principios Generales
Todos los Procesos de Selección posteriores a la Xxxxxx Xx 0 deberán cumplir con la xxx xxx Xxxx aplicable al Prestatario y el Organismo Ejecutor y con lo previsto en el Contrato xx Xxxxxxxx, incluyendo los siguientes principios generales:
a) Amplia difusión: deberán ser comunicados a través de medios impresos o digitales que favorezcan la participación del mayor número posible de proponentes.
b) Igualdad: no podrán incluir restricciones relacionadas con el origen de los bienes u otras que impidan o dificulten el Proceso de Selección. Las condiciones propuestas deberán ser iguales para todos los oferentes evitando restricciones y/o discriminaciones respecto a la participación de alguno de ellos.
c) Transparencia: los anuncios y los documentos de los Procesos de Selección serán únicos y deberán contener de manera clara y explícita las características, fases, plazos, normativas aplicables, criterios de evaluación y selección, y condiciones generales y particulares, entre otros elementos.
d) Libre Competencia: deberán estar orientados a obtener las mejores condiciones que el mercado pueda ofrecer, debiendo por ello fomentar la participación de todos los potenciales proponentes, sin imponer restricción alguna, salvo aquellas de naturaleza legal o regulatoria que le prevengan participar, a los potenciales candidatos. No se deberá promover la división de procesos ni el fraccionamiento de contratos.
II. Licitación Pública Internacional
A. El Prestatario y/o el Organismo Ejecutor, según corresponda, deberá convocar una Licitación Pública Internacional, para la adquisición de bienes, contratación de obras y selección y contratación de consultores en el marco del Programa, para:
1) la adquisición de bienes por montos superiores a un millón quinientos mil Dólares (USD 1.500.000,00);
2) la contratación de obras por montos superiores a seis millones de Dólares (USD 6.000.000,00); y
3) la contratación de consultores por montos superiores a setecientos cincuenta mil Dólares (USD 750.000,00).
Si la xxx xxx Xxxx aplicable al Prestatario prevé montos inferiores a los previstos en los numerales 1), 2) y 3) anteriores para llevar a cabo procedimientos de Licitación Pública Internacional, se aplicarán los montos previstos en la xxx xxx Xxxx a los fines de dar cumplimiento a la obligación anterior.
Los mencionados procesos de licitación serán convocados y ejecutados en cumplimiento a lo previsto en la xxx xxx Xxxx aplicable al Prestatario y conforme a los principios generales de amplia difusión, igualdad, transparencia y libre competencia aquí descritos.
Los montos referidos en los numerales 1), 2) y 3) para llevar a cabo procedimientos de Licitación Pública Internacional podrán ser modificados por CAF de tiempo en tiempo, bastando para ello el envío de una comunicación al Prestatario en tal sentido.
B. El Prestatario y/o el Organismo Ejecutor, según corresponda, presentará a CAF después de efectuada la adjudicación del contrato respectivo y antes del inicio de actividades bajo el mismo, una declaración o certificado jurídico del órgano gubernamental competente del Prestatario o del Organismo Ejecutor, según corresponda, que verifique la legalidad y elegibilidad del proceso (un “Informe Legal de los Procesos de Selección”), en el cual declare y garantice expresamente que el referido proceso cumple de manera concurrente con lo siguiente:
a) se considera como una Licitación Pública Internacional, dado que es un proceso de licitación público abierto a la participación de entidades nacionales
y extranjeras, que no previó limitaciones respecto al origen o nacionalidad de los participantes;
b) se efectuó en cumplimiento con lo previsto en la xxx xxx Xxxx aplicable al Prestatario;
c) dio cumplimiento a lo dispuesto en el presente Contrato xx Xxxxxxxx.
Se podrá prescindir de la Licitación Pública Internacional, solamente en casos especiales, permitidos por la xxx xxx Xxxx aplicable al Prestatario, que por motivos de orden técnico, sean sustentados y debidamente justificados por el Prestatario y autorizados previamente en forma expresa por CAF.
III. Otros Procesos de Selección
Cuando se trate de Procesos de Selección por montos inferiores a los previstos en el literal A, numerales 1), 2) y 3) del apartado anterior, el Prestatario deberá cumplir con lo previsto en la xxx xxx Xxxx aplicable al Prestatario y los principios generales previstos de amplia difusión, igualdad, transparencia y libre competencia, aquí descritos.
El Prestatario y/o el Organismo Ejecutor, según corresponda, presentará a CAF después de efectuada la adjudicación del contrato respectivo y antes del inicio de actividades bajo el mismo, un Informe Legal de los Procesos de Selección, que verifique la legalidad y elegibilidad del Proceso de Selección, en el cual declare y garantice expresamente que el referido proceso cumple de manera concurrente con lo siguiente:
a) se efectuó en cumplimiento con lo previsto en la xxx xxx Xxxx aplicable al Prestatario;
b) dio cumplimiento a lo dispuesto en el Contrato xx Xxxxxxxx.
IV.Responsabilidad del Prestatario en los Procesos de Selección.
El Prestatario y el Organismo Ejecutor son los únicos responsables de los Procesos de Selección, incluyendo, la preparación de los pliegos, hacer los llamados a la presentación de ofertas, contestar dudas y consultas efectuando enmiendas y circulares aclaratorias a los pliegos, realizar la evaluación de los proponentes, adjudicar, realizar las contrataciones y adquisiciones, así como de suscribir, gestionar, supervisar y administrar los contratos suscritos con sus contratistas y proveedores, dando cumplimiento a lo previsto en el Contrato xx Xxxxxxxx y la xxx xxx Xxxx aplicable al Prestatario y al Organismo Ejecutor.
CAF no será responsable, ni participará, ni otorgará su aprobación o no objeción, a los Procesos de Selección, ni emitirá opinión sobre los mismos o sus resultados. En este sentido, CAF no tendrá responsabilidad alguna respecto al resultado de los Procesos de Selección, ni respecto a ningún aspecto de fondo ni de forma concerniente a los mismos.
CAF podrá solicitar los pliegos de licitación y los términos y condiciones a ser incluidos en los mismos, y efectuar comentarios a los mismos con el único propósito de verificar el cumplimiento de las condiciones de orden técnico, ambiental y social previstas en el Contrato xx Xxxxxxxx y asociadas al Programa, consistentes con las mejores prácticas para el financiamiento de proyectos y/o programas en los Países Accionistas de CAF.
La solicitud de pliegos, y términos y condiciones que sea acordada en el Contrato xx Xxxxxxxx, bajo ningún concepto podrá ser considerada como una señal de aprobación, no objeción o autorización al Proceso de Selección.
V. En relación con los Procesos de Selección que se lleven a cabo en el marco del Programa con posterioridad a la Adenda N° 1 cuyos contratos son susceptibles de ser financiados con recursos xxx Xxxxxxxx, el Organismo Ejecutor deberá presentar a satisfacción de CAF:
a) Previo al inicio de los procesos licitatorios, y al menos treinta (30) Días Hábiles antes de publicar cada llamado a licitación, los pliegos de licitación y los términos y condiciones a ser incluidos en los mismos (i) para la contratación de obras o grupos de obras, incluyendo las especificaciones técnicas, generales y particulares, así como las ambientales y sociales (cuando sea aplicable); (ii) para la contratación de otros servicios y consultorías y adquisición de bienes (los “Pliegos de Licitación”).
CAF se reserva el derecho de revisar con antelación suficiente a dar a publicidad la convocatoria a licitación los Pliegos de Licitación y de ser el caso efectuar las observaciones que considere pertinentes, exclusivamente para verificar que los mismos cumplan con las condiciones de orden técnico, ambiental y social previstas en el Contrato xx Xxxxxxxx y asociadas al Programa.
b) Después de efectuada la adjudicación del contrato respectivo y antes del inicio de actividades bajo el mismo, un Informe Legal del Proceso de Selección.
Cada Informe Legal del Proceso de Selección presentado a CAF será revisado a los solos fines de verificar que su contenido se corresponde con los requerimientos indicados por CAF conforme a lo previsto en las sub- cláusulas mencionadas.
El hecho de que CAF reciba los documentos a que se refieren los literales a) y b) anteriores, que los revise y/o comente, o que deje de hacerlo, bajo ningún concepto podrá ser considerado como una señal de participación, aprobación, no objeción o autorización al Proceso de Selección, a su resultado, ni a ningún aspecto de forma o de fondo concerniente al mismo.
CAF notificará al Prestatario cuando se hayan cumplido las condiciones previstas en esta Cláusula, en la Cláusula de las Condiciones Generales titulada “Condiciones Previas a los Desembolsos” y las Cláusulas de estas Condiciones Particulares de Contratación tituladas “Condiciones Especiales”.
5. Incorporar en las Condiciones Generales de Contratación del Contrato xx Xxxxxxxx las siguientes previsiones respecto a las Prácticas Prohibidas: las Partes acuerdan que el Prestatario y/o el Organismo Ejecutor, según corresponda, deberán (i) tomar las medidas que fueran necesarias a los fines de prevenir la comisión de Prácticas Prohibidas, por causa o con ocasión del Contrato xx Xxxxxxxx; y/o de las contrataciones a ser financiadas con recursos xxx Xxxxxxxx; (ii) informar a CAF sobre cualquier hecho que sea de su conocimiento, en el cual se alegue la comisión de alguna Práctica Prohibida en el uso de los fondos otorgados en virtud del Contrato xx Xxxxxxxx; debiendo cooperar con CAF en cualquier investigación que ésta realice como resultado de tales alegaciones, obligándose a suministrar la información y documentación que le sea requerida a tales efectos; y (iii) deberán tomar las medidas correctivas que fueran necesarias, a criterio razonable de CAF, a los fines de que la ocurrencia de una Práctica
Prohibida no afecte el desarrollo del Programa o Proyecto y/o las obligaciones bajo el Contrato xx Xxxxxxxx.”
SÉPTIMO Anexo Técnico Complementario
Las Partes acuerdan incorporar al Contrato xx Xxxxxxxx un “Anexo Técnico Complementario”, en los términos y condiciones incluidos en el “Anexo 1” de la presente Adenda.
El Anexo Técnico Complementario contiene la descripción del Programa luego de las modificaciones acordadas en la presente Adenda, forma parte integrante del Contrato xx Xxxxxxxx y sustituirá al Anexo Único a partir de la fecha de entrada en vigencia de la Adenda. En consecuencia, a partir de la fecha de entrada en vigencia de la Adenda, toda referencia al Anexo Único incluida en el Contrato xx Xxxxxxxx se entenderá como una referencia al Anexo Técnico Complementario.
OCTAVO Comunicaciones
Las Partes acuerdan modificar la Cláusula DECIMOSÉPTIMA de las Condiciones Particulares de contratación titulada “Comunicaciones”, la cual quedará redactada de la forma siguiente:
“CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA: COMUNICACIONES
17.1 Todo aviso, solicitud o comunicación que las Partes y el Organismo Ejecutor deban dirigirse entre sí para cualquier asunto relacionado con el presente Contrato, se efectuará por escrito documento suscrito por sus Representantes Autorizados, y se considerará realizado desde el momento en que el documento correspondiente sea recibido por el destinatario, en las direcciones que a continuación se detallan:
A CAF
Atención: Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx
Av. Xxxxxx 900 piso 15 (Torre Xxxxxxxxx Xxxxx) X0000XXX, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx
Teléfono No. x00-00-0000-0000
Al Prestatario
Atención Xxxxxxx Xxxxx
Secretaría de Asuntos Estratégicos Xxxxxxxx 00 XX (X0000XXX) Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Teléfono No.
Fax No. 00-00-0000-0000.
Al Organismo Ejecutor
Dirección Postal: Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca
Xxxxxxx Xxxxxxxx 000 XX (0000) Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Teléfono No. 00-00-0000-0000
17.2 Las comunicaciones entre las Partes podrán ser transmitidas entre sí por medio de uno o varios mensajes de correo electrónico, tendrán la misma validez y fuerza obligatoria que el original impreso, suscrito y entregado, y se considerarán realizadas desde el momento en que el documento correspondiente sea recibido por el destinatario según se evidencie del acuse de recibo respectivo, en las direcciones de correo electrónico indicadas a continuación. No se negará validez o fuerza obligatoria a las comunicaciones aquí referidas por la sola razón de haberse utilizado en su formación uno o más mensajes de datos.
Para efectos de la aplicación del párrafo anterior los documentos correspondientes se presumirán auténticos por el hecho de provenir o bien de quien suscribe este documento en nombre del Prestatario y/o el Organismo Ejecutor o bien de quienes figuran como representantes autorizados conforme a la Cláusula de las Condiciones Generales de Contratación titulada “Representantes Autorizados”, en los términos y condiciones allí contemplados.
A CAF Corporación Andina de Fomento Correo electrónico: xxxxxxxxx@xxx.xxx
Al Prestatario: Secretaría de Asuntos Estratégicos
Correo electrónico: xxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx; xxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx
Al Organismo Ejecutor Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca Correo electrónico: Xxxxxxx@xxxxx.xxx.xx
17.3 En cualquier caso, CAF se reserva el derecho de requerir al Prestatario que toda o parte de la documentación a ser presentada o remitida a CAF conforme a lo previsto en el Contrato xx Xxxxxxxx se considere entregada únicamente al ser recibida en las direcciones físicas indicadas en el numeral 17.1 anterior.
17.4 Cualquier cambio o modificación en los domicilios y/o direcciones electrónicas especificados en la presente cláusula deberá ser comunicado a la otra Parte por cualquiera de los medios anteriormente indicados, no surtiendo efecto hasta tanto ésta no acuse recibo de dicho cambio o modificación.”
NOVENO Contenido del Contrato xx Xxxxxxxx
Las Partes acuerdan modificar la Cláusula VIGESIMOTERCERA de las Condiciones Particulares de contratación titulada “Contenidos del Contrato xx Xxxxxxxx”, la cual quedará redactada de la forma siguiente:
“CLÁUSULA VIGESIMOTERCERA: CONTENIDOS DEL CONTRATO XX XXXXXXXX
Forman parte integrante del presente contrato:
(i) Condiciones Particulares de Contratación.
(ii) Condiciones Generales de Contratación.
(iii) Anexo Único Descripción del Programa.
(iv) Anexo Técnico Complementario.”
DÉCIMO Declaraciones
El Prestatario declara que ha obtenido las autorizaciones y cumplido con los requisitos exigidos por la legislación aplicable, necesarios y suficientes para celebrar la presente Adenda y que su sola firma es suficiente para celebrar la presente Adenda y para cumplir o ejercer las obligaciones que asume de conformidad con ella, las cuales son legales, válidas y exigibles de conformidad con sus términos.
Asimismo, declara que es su voluntad modificar las cláusulas contenidas en el Contrato xx Xxxxxxxx, en los términos y condiciones estipulados en las Cláusulas precedentes.
UNDÉCIMO Interpretación del contenido de la Adenda; No Novación
La presente Adenda amplía y/o modifica exclusiva y expresamente las cláusulas en ella incluidas, sin que lo anterior afecte la vigencia y obligatoriedad del resto del contenido del Contrato xx Xxxxxxxx.
Las Partes en este acto reconocen y aceptan expresamente que la celebración de la presente Adenda no implica novación, subrogación o confusión de derecho alguno respecto de las obligaciones contenidas en el Contrato xx Xxxxxxxx y en ningún momento se entenderá que como resultado de esta Adenda, el Contrato xx Xxxxxxxx perderá su validez o exigibilidad.
Las Partes reconocen que los títulos que encabezan las cláusulas de la presente Adenda son enunciativos y no serán tomados en cuenta para la interpretación de su contenido.
En caso de discrepancia entre una estipulación de la presente Adenda y el Contrato xx Xxxxxxxx, prevalecerá lo dispuesto en la presente Adenda.
DUODÉCIMO Vigencia y Ratificación del Contrato
Las Partes dejan constancia que la Adenda entrará en vigencia en la fecha que aparece al pie de sus firmas y luego que sea suscrita por todas las Partes. Quedan con plena fuerza y vigor todas y cada una de las Cláusulas del Contrato xx Xxxxxxxx, no reformadas por la presente Adenda.
EN CONSTANCIA DE LO ANTERIOR las Partes suscriben la presente Adenda en dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina, en la fecha que aparece al pie de sus respectivas firmas.
REPÚBLICA ARGENTINA CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO
Nombre:Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Cargo:Secretario de Asuntos Estratégicos Fecha:
Nombre:Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Cargo:Representante en la República Argentina
Fecha:
“Anexo 1”
ANEXO TÉCNICO COMPLEMENTARIO
PROGRAMA DE DESARROLLO DE NUEVAS ÁREAS XX XXXXX EN ARGENTINA - ETAPA II E INFRAESTRUCTURA RURAL
A. Objetivo del Programa
Contribuir al desarrollo de las economías regionales y mejorar la competitividad del sector agroindustrial mediante mejoras en la infraestructura rural que favorezca la accesibilidad, productividad y conectividad de los productores rurales
B. Descripción y localización de las obras del Programa
El Programa prevé intervenciones en ocho (8) proyectos, de los cuales cuatro (4) corresponden a electrificación rural, dos (2) a caminos rurales y dos (2) a conectividad rural. Las Provincias beneficiadas incluyen: Buenos Aires, Chaco, Corrientes, Formosa, Misiones, Neuquén y Salta.
Las intervenciones se listan a continuación:
1. Caminos Rurales:
(i) Provincia de Corrientes: el Proyecto se encuentra localizado en el noroeste de la Provincia, comprende el mejoramiento de la Ruta Provincial Nro. 19 en una longitud de aproximadamente 29 xx. xxx xx xxxxxxxxxxxx xx xx xxxxxxxxx xx xxxxx.
(xx) Xxxxxxxxx xxx Xxxxx: mejoramiento en al menos cuatro caminos provinciales que suman aproximadamente 106,3 km.
2. Electrificación Rural:
(i) Provincia de Neuquén. El área de ejecución del proyecto comprende zonas rurales del interior hacia el sur de la Provincia. Las obras incluyen aproximadamente 217 km de LMT, 23km de LBT y 93 Sub-Estaciones Transformadoras.
(ii) Provincia de Misiones. Las obras se llevarán a cabo en varios departamentos de la Provincia e incluyen la construcción de aproximadamente 35,98km de LBT, 118km de LMT y 267 Sub-Estaciones Transformadoras (monofásicas y trifásicas).
(iii) Provincia xx Xxxxxxx. Las obras se ubican en la región sudeste de la Provincia y cuenta con aproximadamente 51,8 km de LMT para repotenciar y casi 111km de LMT para extender el servicio.
(iv) Provincia xx Xxxxx. La obra se encuentra ubicada a sobre la Xxxx Xxxxxxxx Xx 00 desde Tartagal hacia Xxxxxx. Esta obra prevé la construcción de una LMT con hilo de guarda de aproximadamente 15,4 xx. xx xxxxxxxxx.
0. Xxxxxxxxxxxx Xxxxx:
(x) Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx: se contempla la implementación de aproximadamente (a) 11 enlaces de alta capacidad de fibra óptica y radioenlaces entre 500 Mbps y 1 Gbps; (b) 16 enlaces secundarios de mediana capacidad entre 100 Mbps y 200 Mbps full dúplex en frecuencia licenciada; (c) 26 Access Points en frecuencias no licenciadas que permitan brindar cobertura de conectividad a Internet a productores rurales en un radio máximo de 20 km. en línea de vista y (iv) 1 Centro de Control de Red.
(ii) Provincia de Misiones: se implementarán aproximadamente (a) la canalización de 21,5 km.; (b) el tendido de 68,6 km. de fibra; (c) la instalación y equipamiento de 2 nodos en las localidades de 25 xx Xxxx y Xxxx Xxxxx y (d) la provisión de equipamiento de última milla, 4 antenas PMP y 350 antenas PTP.
C. Componentes del Programa
El Programa se estructura a partir de los siguientes componentes:
1) Componente 1: Infraestructura Rural Productiva. El componente tiene como objetivo desarrollar o incrementar la cobertura y calidad de la infraestructura pública rural principalmente a través de la construcción, instalación o mejoramiento de caminos, electrificación y conectividad rural.
2) Componente 2: Capacitación y Fortalecimiento Institucional. Para potenciar el impacto de la inversión en infraestructura rural, el Programa propone realizar actividades de capacitación y asistencia técnica a los productores, organizaciones de productores e instituciones públicas o privadas vinculadas a los proyectos, con el fin de desarrollar y fortalecer las capacidades de gestión, las técnicas de producción, procesamiento y/o comercialización, así como la adopción de nuevas tecnologías. Esto se desarrollará a través de capacitaciones, talleres y asistencia técnica en terreno que alcanzarán al menos a 2000 productores de las zonas de influencia de los proyectos, asistidos técnicamente y/o capacitados y 4 instituciones públicas fortalecidas en sus capacidades operativas.
3) Componente 3: Administración. Corresponde a la comisión de financiamiento y gastos de evaluación del Programa.
D. Gestión del Programa
DIPROSE será el Organismo Ejecutor que tendrá a su cargo y responsabilidad el control y supervisión del cumplimiento de las obligaciones contractuales correspondientes al endeudamiento y tendrá a su cargo la coordinación, gestión y supervisión de los recursos técnicos, humanos y financieros del Programa.
Unidades Sub Ejecutoras. Para la ejecución de los proyectos definidos en el Programa, las provincias cuentan con sus respectivas estructuras y, dentro de las mismas, de organismos técnicos sustantivos con experiencia específica. Son estas dependencias las que conformarán las Unidades Ejecutoras Provinciales (UEPs) y serán las encargadas de gestionar y coordinar los procesos de contratación correspondientes para cada una de las obras y servicios. Las responsabilidades de las UEPs estarán enmarcadas en Acuerdos de Ejecución entre representantes del Estado Provincial y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca.
Manual Operativo del Proyecto (MOP). El Organismo Ejecutor deberá dar cumplimiento al MOP que será definido previo acuerdo con CAF. El MOP es una herramienta complementaria al contrato xx xxxxxxxx, que define el marco conceptual y operativo del Proyecto, y mediante el cual se establecerán los lineamientos, procedimientos y modelos documentarios que regirán y orientarán su implementación, ejecución, acompañamiento, monitoreo, supervisión y sostenibilidad. Una vez aprobado por cada una de las Partes, cualquier propuesta de modificación al MOP deberá ser previamente acordada con CAF y debidamente formalizada.
Indicadores de seguimiento. El monitoreo y seguimiento de la implementación del Programa se apoyará en una matriz de indicadores que incluirá las líneas de base y las metas a nivel de productos y resultados esperados, desglosados por género cuando aplique. A continuación, se definen de manera estimada los posibles indicadores a utilizar para la medición de resultados:
• Indicador 1. Personas beneficiadas por una nueva o mejor infraestructura energética (# personas)
• Indicador 2. Reducción en los costos de operación vehicular (USD/año)
• Indicador 3. Usuarios adicionales de las vías construidas mejoradas o rehabilitadas (vehículos /año)
• Indicador 4. Personas beneficiadas por nueva infraestructura de tele-comunicaciones (# personas)
• Indicador 5. Líneas de Transmisión y Distribución instaladas o rehabilitadas (km.)
• Indicador 6. Carreteras construidas (caminos rurales), mejoradas y/o rehabilitadas (km.)
• Indicador 7. Fibra óptica instalada (km.)
• Indicador 8. Enlaces y Access points instalados y funcionando (# equipamientos)
• Indicador 9. Nodos instalados y funcionando (# equipamientos)
• Indicador 10. Antenas de última milla instaladas (# equipamientos)
• Indicador 11. Productores rurales capacitados (# productores)
• Indicador 12. Capacitaciones y talleres realizados (# de capacitaciones y # de productores capacitados)
• Indicador 13. Instituciones públicas fortalecidas (# instituciones fortalecidas)
X. Xxxxx y financiamiento
La aplicación de los recursos por componente y fuente de financiamiento se presenta en el Cuadro N° 1. El costo total del Programa se estima en CUARENTA MILLONES DE DÓLARES (USD 40.000.000,00), cuya totalidad representa el préstamo con CAF.
Cuadro No 1. Presupuesto estimado del Programa (en USD)
Componente | Costo | |
CAF | % | |
Componente 1. Obras de Infraestructura | 38.247.548 | 95,62% |
1.1 Electrificación Rural | 17.267.699 | 43,17% |
1.2 Caminos Rurales | 15.408.587 | 38,52% |
1.3 Conectividad Rural | 5.571.262 | 13,93% |
Componente 2. Capacitación y Fortalecimiento Institucional | 1.427.452 | 3,57% |
Componente 3. Administración | 325.000 | 0,81% |
3.1 Comisión de Financiamiento | 260.000 | 0,65% |
3.2 Gastos de Evaluación | 25.000 | 0,06% |
3.3 Auditoría | 40.000 | 0,10% |
Total | 40.000.000 | 100% |
Los contratos a ser financiados con recursos xxx Xxxxxxxx conforme a lo previsto en la Cláusula de las Condiciones Particulares de Contratación titulada “Aplicación de los Recursos”, incluirán: (i) el incremento o escalamiento de precios por inflación en el marco de la normativa aplicable; y (ii) las modificaciones al alcance permitidas en la legislación aplicable, las cuales deben ser presentadas a CAF para su análisis previo a su realización según lo indicado en las condiciones especiales previstas en la Cláusula de las Condiciones Particulares de Contratación titulada “Condiciones Especiales”. Si durante la ejecución del Programa se produjera una modificación del costo total del mismo, sea por un aumento en sus costos o por modificaciones en sus alcances originales, el Prestatario se compromete a aportar los recursos adicionales que fueren necesarios para asegurar la correcta y oportuna ejecución del mismo.
F. Aspectos ambientales y sociales del Proyecto
El Programa deberá ser ejecutado de tal manera que se minimicen los impactos sociales y ambientales que pudiese producir la implementación de las obras. A tal efecto, las obras a ser financiadas deberán poseer la licencia ambiental correspondiente y deberán ser inspeccionadas y supervisadas a fin de asegurar el cumplimiento de la normativa vigente en materia ambiental, del PGAS, de las recomendaciones de las autoridades de aplicación respectiva, si las hubiere, y de las Salvaguardas Ambientales y Sociales de CAF.
La supervisión de los aspectos ambientales y sociales del Programa estará a cargo del Equipo Ambiental y Social de la DIPROSE como ente independiente de los órganos subejecutores y que cuenta con una larga experiencia en estos tipos de proyectos. El Equipo Ambiental y Social interviene en todas las fases de los Programas y Proyectos de la DIPROSE, desde su Identificación y Formulación hasta su Ejecución, Seguimiento y Supervisión, y Monitoreo, asegurando la elegibilidad y sostenibilidad ambiental y social de los mismos.
República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2021 - Año de Homenaje al Premio Nobel de Medicina Xx. Xxxxx Xxxxxxxx
Hoja Adicional de Firmas Anexo
Número: IF-2021-61783640-APN-SSRFID#SAE
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Lunes 12 de Julio de 2021
Referencia: ANEXO I - Modelo de Adenda N° 1 al Contrato CFA 9458 "Programa de Desarrollo de Nuevas Áreas xx Xxxxx en Argentina - Etapa II"
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Digitally signed by Gestion Documental Electronica Date: 2021.07.12 12:20:07 -03:00
Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Subsecretario
Subsecretaría de Relaciones Financieras Internacionales para el Desarrollo Secretaría de Asuntos Estratégicos
Digitally signed by Gestion Documental Electronica
Date: 2021.07.12 12:20:08 -03:00