CONDICIONES DE CRÉDITO
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CONDICIONES DE CRÉDITO
Estos Términos de Crédito establecen las condiciones generales de un acuerdo de crédito en que Transitex, Tránsitos de Extremadura S.A. en nombre propio o a través de agentes locales ("Freight Forwarder" o "Transitex") concede al Cliente y/o a sus entidades filiales y subsidiarias, en conexión con servicios de logistica y organización de transportes. Estos términos de crédito se incorporan en las Condiciones Generales de Transitex aplicadas a todos los servicios provistos por Transitex y disponibles en xxx.xxxxxxxxx.xxx/xx/xxxxxxxxxxx-xxxxxxxxx/
1. PLAZO ESPECIAL Y COMPROMISO DE PAGO
1.1. El cliente está de acuerdo y se compromete a pagar al TRANSITEX todos los fletes y encargos dentro del Periodo de Crédito, previamente acordado y expresamente indicado en las Facturas de Servicios.
1.2 No obstante la cláusula 1.1, cuando el valor total acumulado de las facturas no pagadas emitidas al cliente o a sus filiales o subsidiarias bajo plazo especial de pago, vencidas o no, exceder la suma del Límite de Crédito o el valor equivalente en la moneda facturada, el Cliente y sus filiales o subsidiarias están de acuerdo y garantizan solidariamente pagar instantáneamente el valor que exceda al Límite de Crédito.
2. TASAS ADMINISTRATIVAS
2.1. El cliente pagará todas las tasas administrativas no reembolsables relacionadas exclusivamente con los costos de análisis de crédito, procesamiento de datos, procedimiento de recuperación y emisión de los documentos aplicados al contrato de crédito:
(i)Tasa de admisión: 75,00 euros;
(ii)Límite de crédito excedente: 100,00 euros; (iii)Período de Crédito Excedente: 150,00 euros;
2.2. Esas tasas administrativas no excluyen las demás penalizaciones previstas en este Contrato de Crédito en caso de incumplimiento del Cliente, como se describe en la cláusula 9.
3. TERMINOS ESPECIALES
3.1. Límite de crédito: montante máximo de crédito que Transitex extenderá al Cliente. El Cliente concuerda pagar el montante que excede al Límite de Crédito inmediatamente.
3.2. Período de crédito: Número de días naturales que el Cliente puede esperar antes de pagar las facturas de Transitex, siendo:
(i) Para todas las facturas de Exportación: Fecha de la confirmación de la reserva o de la orden de transporte.
(ii) Para todas las futuras de Importación: fecha de llegada o descarga en el puerto / aeropuerto de destino, momento en que las cargas estarán disponibles para el Cliente o cualquiera de sus Filiales, Subsidiarias o Agentes xx Xxxxx de acuerdo con las disposiciones del contrato de transporte.
3.3. Encargos excluidos: El crédito no es aplicable para impuestos y obligaciones, tasas, costes aduaneros, multas, demora, detención, almacenaje, costos de incidentes y cualquier otro costo adicional no considerado en la oferta.
3.4. Tasa de intereses y Costes de cobranza: cualquier factura no pagada dentro del Período de Crédito, o FF tendrá derecho a todos los costos de cobranza, incluido honorarios e intereses de 12% al año o la tasa máxima permitida por ley, lo que fuera menor, a menos que un valor inferior sea acordado por FF, aplicable acumulativamente a las penalizaciones fijadas en la cláusula 9 de estas condiciones de crédito.
3.5. Número do banco / cuenta corriente: todos los valores relacionados al crédito serán pagados al número de cuenta bancaria especificada en las facturas emitidas por Transitex durante el período de validez del Contrato de Crédito.
3.6. Fecha de Validez: El plazo de pago especial otorgado por Transitex será válido por un período indefinido, siempre que Transitex no lo revoque, lo que puede ocurrir en cualquier momento, siempre que el riesgo relacionado con los créditos involucrados esté justificado.
4. MONEDA
Cualquier cuantía pagadera a Transitex será pagada en euros o, en la opción de Transitex, escrita en la factura enviada al cliente, o su equivalente en moneda aplicada en el país del Cliente.
5. PAGO INTEGRAL
5.1. El pago no será efectivo hasta que el valor del pago sea transferido incondicionalmente e irrevocablemente para la efectiva disposición de Transitex en fondos liberados.
5.2. El cliente garantizará el pago de todos los fletes y encargos relativos a todos los servicios prestados por Transitex a su cuenta, así como a las subsidiarias y filiales del cliente, conforme aplicable, antes o en la Fecha de Vencimiento, y esta garantía permanecerá valida, aunque sus subsidiarias o filiales hayan sido vendidas, quebradas o insolventes durante o después de la ejecución de cualquier servicio por el cual la Transitex solicite el pago.
5.3. Después de la primera solicitud escrita de Transitex, sus agentes, representantes y/o subcontratados, y sin la documentación adicional que demuestre las cuentas consolidadas del cliente, el cliente deberá pagar a Transitex por trasferencia bancaria electrónica en el plazo de (2) días útiles el montante total no pagado reivindicado por Transitex al Cliente y sus filiales y subsidiarias, más las tasas de penalizaciones.
5.4 Cada pago será hecho íntegramente sin compensación, retención, reducción, reconvención o deducción o suspensión de ejecución de cualquier tipo.
6. RELACIÓN DE FACTURAS PAGADAS
6.1. Si la liquidación xx xxxxx y los encargos fueran hechos vía transferencia bancaria, el Cliente acuerda enviar un listado en separado, describiendo aquellas facturas que están incluidas en cada pago. Esto es para facilitar el registro correcto del pago y evitar que Transitex considere erróneamente que el flete, que ya fue resuelto, está atrasado.
6.2 En ausencia de este listado de facturas pagadas por transferencia, cualquier pago será aplicado a las facturas pendientes más antiguas.
7. FATURAS RECLAMADAS
7.1. Si el Cliente reclama cualquier factura, en su totalidad o parcialmente, Transitex debe ser notificado por escrito, inclusive por e-mail, a más tardar 15 (quince) días después de la recepción de la factura por Cliente tras el cual el Cliente tundra derecho para contestar la factura. Cualquier parte incontestable de una facture debe ser liquidada de acuerdo con las condiciones especiales de pago negociadas.
7.2. Una parte reclamada de una factura está exenta de las condiciones de pago patrón hasta que la disputa sea resuelta. Una vez que la disputa sea resuelta, el pago, conforme aplicable, debe ser hecho de acuerdo con la fecha de vencimiento original.
8. ENTIDADES FILIALES, SUBSIDIÁRIAS Y AGENTES XX XXXXX
8.1. Si el Cliente desea que Transitex conceda plazo especial de pago a cualquiera de sus subsidiarias, filiales o agentes xx xxxxx, el Cliente de primero obtener el consentimiento previo por escrito de Transitex. En esos casos, esas Condiciones de Crédito, conforme se aplican al Cliente, también incluirán y se aplican solidariamente a esos terceros. El cliente garantiza el desempeño y el pago por todos sus terceros y debe indemnizar Transitex por todas las consecuencias, costes, en caso de incumplimiento, reclamación o no pago por cualquiera de sus Subsidiarias, Filiales o Agentes xx Xxxxx.
8.2. El cliente está de acuerdo y se compromete a indemnizar a Transitex por todos los encargos en caso de incumplimiento, reclamación o no pago por parte de Filiales, Subsidiarias y Agentes xx Xxxxx. El cliente confirma que él tiene la autoridad de cualquier agente para aceptar Términos de Xxxxxxx en su nombre.
9. INCUMPLIMIENTO
9.1. Si, en cualquier momento:
(a) cualquier encargo facturado aplicable no es pagado dentro del Periodo de Crédito; y/o (b) el límite de crédito es excedido; y/o (c) el Cliente o cualquier de sus Filiales, Subsidiarias o Agentes xx Xxxxx violen cualquiera de esos Termino de crédito; y/o (d) el Cliente no alcanzó el volumen mínimo de embarques acordados previamente en acuerdo comercial o simplemente deja de trabajar con Transitex; y/o (e) el Cliente o cualquiera de sus Filiales, Subsidiarias o Agentes xx Xxxxx cesen las actividades o entrasen en proceso de liquidación, quiebra, insolvencia en cualquier jurisdicción, o no pueden cumplir con los pagos vencidos; Transitex se reserva el derecho de tomar una o todas las acciones siguientes:
9.1.1. Vencimiento de todas las facturas requiriendo el pago inmediato de todos los encargos;
9.1.2. Suspende o rescindir todos los beneficios concedidos por el contrato de crédito y por las condiciones de crédito.
9.1.3. Ejercer el derecho de retención sobre cualquier carga y documentos del cliente o sus filiales, subsidiarias o agente xx xxxxx y retener documentos originales, incluyendo documentos de transporte, documentos aduaneros y/o operacionales, bloqueando cargas hasta que todos los fletes y encargos vencidos, incluyendo tasas de intereses, costes de cobranza y cualquier otro gasto adicional;
9.1.4. Parar de ofrecer u organizar servicios al Cliente y sus filiales, subsidiarias y/o agentes xx xxxxx;
9.1.5. Aplicar automáticamente y sin aviso previo los encargos fijos e intereses sobre la tasa indicada en la cláusula 3.4. y calculados a partir de la fecha de emisión de cada facture, siguiendo las instrucciones de la factura y las Condiciones Generales de los Servicios de Transitex;
9.1.6. Inicie los procedimientos legales contra el Cliente, sin nueva interpelación para el cobro de los valores debidos, incluyendo incrementos legales a partir de la fecha de vencimiento, costos legales, honorarios de Abogados y cualquier otro coste efectuado por causa del proceso iniciado por la violación de esta Condición de Xxxxxxx. Todos esos valores, administrativos y judiciales, deben ser soportados por el cliente.
10. DERECHO DE RETENCION
10.1. Con respecto al derecho de retención indicado en la Cláusula 9.1.3 de esas Condiciones de Crédito, Transitex tendrá una garantía sobre las Mercancías y cualquier documento relativo a los servicios prestados para todos los importes pagaderos en las facturas emitidas con un plazo de pago especial y que permiten la liberación de mercancías sin liquidación xx xxxxx y gastos relacionados. Transitex también ejercerá una garantía contra los clientes y sus filiales y/o subsidiarias y cualquier documento relacionado para todos los valores debidos Transitex bajo cualquier otro contrato, este o no relacionado al crédito reclamado.
10.2. Transitex puede ejercer el derecho de retención en cualquier momento y en cualquier lugar, a su exclusivo criterio, si el transporte contractual está completo o no. En cualquier caso, cualquier retención se debe extender para cubrir el coste de recuperación de los montantes debidos y, para el efecto, Transitex tendrá el derecho de vender los bienes en subasta pública o trato privado, sin aviso previo al Cliente.
10.3. Todos los costes adicionales relacionados al ejercicio de este derecho de retención serán pagados por el cliente con facturas en abierto y esos costes también serán incluidos en los debidos que deben ser liquidados antes de la entrega de las mercancías.
10.4. El derecho de retención prevalecerá a la entrega de cualquier mercancía y es aplicable a todo y cualquier transporte a exclusivo criterio de Transitex.
11. INDEMNIZACIÓN
El cliente debe indemnizar a Transitex contra cualquier coste, tasa, perdida y otros montantes, incurridos o sufridos por o en nombre de Transitex, en conexión con la concesión del crédito al Cliente, incluyendo cualquier coste, y tasa incurrida por Transitex con relación a cualquier arbitraje, litigio u otros procesos o de cualquier forma relacionada a estos términos de Crédito y relativo al cobro de tasas vencidas o de otra forma.
12. TERMINO
12.1. Transitex proporcionará el Crédito en virtud de estas Condiciones de crédito y de acuerdo con la Fecha de vencimiento prevista en las facturas emitidas, a menos que Transitex informe al Cliente y antes de la Fecha de vencimiento. Transitex o los agentes que actúan en nombre de este, tiene derechos, a su criterio, a rescindir el suministro de crédito en cualquier momento o a prorrogar la fecha de vencimiento en cualquier momento mediante notificación por escrito, inclusive por e-mail, al Cliente.
12.2. Si la aprobación de crédito por Transitex termina antes de alguna evolución de servicios o contrato de transporte haya sido ejecutado integralmente, esas condiciones de crédito dejarán de inscribirse en el servicio en cuestión y todos los fletes y encargos no pagados serán pagaderos el día de la recepción de la factura.
13. SUSPENSIÓN DE CRÉDITO
13.1. Sin prejuicio de la generalidad de las disposiciones mencionadas en la sección 10, en el caso de una facture no ser pagada dentro del Periodo de Crédito o en el caso del límite de Crédito ser excedido, Transitex podrá optar por suspender la concesión del crédito en relación con el Cliente y/o en relación a cualquier entidad indicada por este. Esa suspensión debe ser notificada por escrito, incluso por e-mail.
13.2. En el caso de tal suspensión de crédito, el Cliente pagará las tasas administrativas descritas en la cláusula 2 y estos Términos de Crédito no se aplicarán a ningún servicio y contrato de transporte después de la suspensión haber entrado en vigor.
14. INFORMACIÓN
Si la situación financiera del Cliente o cualquiera de sus Afiliadas o Subsidiarias cambia materialmente después de la concesión del período de pago especial, el Cliente debe informarlo de inmediato a Transitex.
15. GENERAL
Sin prejuicio de la Cláusula 16, las presentes Condiciones de Crédito constituyen el entendimiento y acuerdo previo de las partes en relación el asunto y reemplazan todos los acuerdos anteriores relacionados con dichos asuntos. El contenido de esas Condiciones de Crédito está sujeto a revisión periódica y alteraciones a criterio de Transitex.
16. AUTONOMIA DE LAS CLÁUSULAS
Si alguna de las disposiciones de estas Condiciones de Crédito fue declarada nula o inaplicable por cualquier tribunal de jurisdicción y/o otra autoridad competente, las demás disposiciones de estas Condiciones de crédito continuaran en vigor en sus efectos.
17. CLÁUSULA PARAMOUNT
17.1. Salvo expresamente descrito en esas Condiciones de Crédito, estos términos están sujetos a las Condiciones Globales de los servicios Transitex. Excepto con relación al plazo especial de pago definido en la Cláusula 1 de estas Condiciones y la Ley Aplicable definida en la cláusula 18, en caso de conflicto entre esas Condiciones de Crédito y las Condiciones Globales de Servicios Transitex, esta prevalecerá.
17.2. Los derechos y remedies disponibles para Transitex bajo estas Condiciones de crédito son cumulativos y están en adición a todos los derechos y remedios para los cuales tenga derechos de acuerdo con la ley, equidad, condiciones de transporte y prácticas xx Xxxxxxx relacionadas a las actividades de Freight Forwarder y servicios de transporte.
18. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCION DE DATOS
18.1. El Cliente y/o sus entidades se comprometen a respetar y proteger la confidencialidad de todas las informaciones adquiridas, en conformidad con el plazo especial y compromiso de pago, y sin el consentimiento previo por escrito de otras partes, no divulgaran tales informaciones a terceros, a menos que sea obligado a hacerlo por cualquier ley o regulación aplicable o este específicamente autorizado a hacer cualquier acuerdo separado, especialmente cuando la disponibilidad de tales informaciones es objeto o parte del servicio ofrecido por Transitex.
18.2. A fin de ofrecer sus servicios al Cliente y cumplir las obligaciones legales a la que está sujeto, Transitex procesará (en particular, sin limitarse, colectando, grabando, organizando, almacenando, adaptando o alterando, recuperando, consultando, usando, divulgación por transmisión de divulgación de terceros) datos relativos al Cliente, sus administradores o gerentes y sus entidades (incluyendo, sin limitar al nombre, dirección, ocupación, nacionalidad, forma corporativa, etc.) . El cliente puede rechazar libremente el ofrecer esas informaciones, y así, evitar que Transitex utilice esos Sistemas de procesamiento de datos. No obstante, ese rechazo puede ser un obstáculo que impida el inicio o continuación de los servicios, la concesión del plazo especial de pago y las relaciones comerciales entre el Cliente y Transitex. Transitex solo pedirá la información necesaria para cumplir sus obligaciones y ofrecerá los servicios al Cliente y sus entidades. El Cliente podrá, a su pedido, accede a los datos relativos a él y tendrá derecho a su alteración. Los datos serán mantenidos durante el periodo en que Transitex es obligado a mantenerlo por ley.
19. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
19.1. Estas "Condiciones de crédito" se interpretarán de conformidad con la legislación y la jurisdicción del Tribunal Marítimo xx Xxxxxx en Portugal, después de la ubicación de la sede principal de Transitex, donde se autorizó la concesión del período de pago especial, excluyendo las reglas de conflicto xx xxxxx.
19.2. No obstante a lo expuesto encima, Transitex puede además de eso y por exclusiva elección suya, optar que la regulación del plazo especial de pago este sujeto a la ley y jurisdicción de un tribunal competente en el principal local de actuación del Cliente, o de cualquiera de sus Filiales y/o subsidiarias.