RESOLUCIÓN
Datos Del Expediente: F_RESOLUCION
CONTRATOS MENORES |
Unidad Tramitadora: CONTRATACION - MFT |
Numero expediente: Documento: Fecha: 2297/2018 CON12I0PI |
²1Y5S3O3T51126C2A00KK;» ²1Y5S3O3T51126C2A00KK;» 1Y5S3O3T51126C2A00KK |
RESOLUCIÓN
ASUNTO: CONCURSO PUBLICO PARA ADJUDICACION DE UN CONTRATO PRIVADO DE SERVICIOS DE CREACION, EJECUCION E INSTALACION DE UNA ESCULTURA EN HOMENAJE AL SURF EN LA PLAYA XX XXXXXXX. RESOLUCION ADJUDICANDO CONTRATO
Del expediente referenciado resultando los siguientes:
ANTECDENTES DE HECHO
1.-Resultando que por el Concejal de Educación y Cultura, Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, mediante Providencia de Alcaldía de fecha 1-10-2018, se justifica la convocatoria del concurso público y posterior adjudicación del contrato menor privado de servicios:
Objeto: Implantación de una estatua - monumento conmemorativa como homenaje a los orígenes del Surf en la playa xx Xxxxxxx y a los pioneros, en la plaza existente al inicio de la calle Xxxxx Xxxxxx, entre ésta y el paseo del Cantábrico.
Presupuesto: 10.000,00€
2.- Resultando que en fecha 2-10-2018 se redactan las Bases de la convocatoria del concurso público por el Concejal Delegado de Educación y Cultura.
3.-Resultando que con fecha 10-10-2018, se realiza Resolución de Alcaldía aprobando la convocatoria de concurso publico.
4.- Considerando el acta xxx xxxxxx del concurso de escultura sobre el Surf del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, de fecha 22 de Diciembre de 2018:
“Presentados 34 proyectos, identificados por un número aleatorio otorgado en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento el día de su presentación, sin que conste nombre o referencia alguna de su autor, y que han quedado custodiados en el Archivo Municipal hasta el 21 de Diciembre a las 14 horas , en que son traslados al Salón de Plenos Municipal, el cual ha quedado precintado por la Policía Local, hasta su apertura por la Presidenta xxx Xxxxxx junto al resto de integrantes del mismo día 22 de Diciembre de 2018 a las 11 horas, para su valoración con arreglo a las Bases del Concurso aprobadas por Resolución de Alcaldía de fecha 10 de Octubre de 2018.
Tras las deliberaciones oportunas y realiza la valoración correspondiente todos los proyectos presentados, el Jurado acuerda, por unanimidad:
N.I.F: P-3301600-G
1) Excluir los proyectos identificados con el numero de orden 33 y numero identificativo 521 y el numero de orden 34 y numero identificativo 314, al ser presentados en el Registro General Municipal con decías 3 y 4 de Diciembre de 2018 respectivamente, cuando la finalización del plazo para su presentación fue el 30 de Noviembre de 2018 a las 14 horas
2) Conceder el premio a la obra presentado con el numero de orden 21 y numero de identificación 653, que una vez abierto el sobre B, resulta que es un obra sin titulo siendo su autor y ganador del Concurso D. XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX, con DNI: 00.000.000.E y domicilio Xxxx. xx Xxxxxxxx, 00 – 0x X, xx Xxxxxx (XX: 33401).
3)Distinguir como finalista por la calidad y creatividad del proyecto presentada la obra con el número de orden 2 y numero de identificación 466, que una vez abierto sobre B, resulta que es una obra titulada “Abrazo x Xxxxx”, siendo su autor X. XXXXX XXXXXXXXX XXXX, con DNI: 00.000.000- L, y domicilio en Bº Xxxxxxxxxx, (CP: 39776), Liendo (Cantabria)”
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I.- Considerando que, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, corresponde a los Alcaldes las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos de obras, de suministro, de servicios y los contratos privados cuando su valor estimado no supere el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, eventuales prórrogas incluidas siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.
II.- Considerando que el artículo 118 de la LCSP establece lo siguiente:
1. Se consideran contratos menores los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 229 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal.
En los contratos menores la tramitación del expediente exigirá el informe del órgano de contratación motivando la necesidad del contrato. Asimismo se requerirá la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la factura correspondiente, que deberá reunir los requisitos que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
2. En el contrato menor de obras, deberá añadirse, además, el presupuesto de las obras, sin perjuicio de que deba existir el correspondiente proyecto cuando normas específicas así lo requieran. Deberá igualmente solicitarse el informe de las oficinas o unidades de supervisión a que se refiere el artículo 235 cuando el trabajo afecte a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra.
3. En el expediente se justificará que no se está alterando el objeto del contrato para evitar la aplicación de las reglas generales de contratación, y que el contratista no ha suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superen la cifra que consta en el apartado primero de este artículo. El órgano de contratación comprobará el cumplimiento de dicha regla. Quedan excluidos los supuestos encuadrados en el artículo 168.a).2.º
4. Los contratos menores se publicarán en la forma prevista en el artículo 63.4.
III.- Considerando que el artículo 29.8 de la LCSP establece que los contratos menores definidos en el apartado primero del artículo 118 no podrán tener una duración superior a un año ni ser objeto de prórroga.
IV.- Considerando el artículo 26 de la LCSP que establece los contratos considerados como privados.
IV.- Considerando que existe crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria 0602 334 2269911 “Premios y concursos”, del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2018.
N.I.F: P-3301600-G
Analizado lo expuesto y en uso de las atribuciones que me son conferidas,
HE RESUELTO:
PRIMERO: Adjudicar a XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX, con DNI: 00.000.000-E el “CONTRATO PRIVADO DE SERVICIOS DE CREACIÓN, EJECUCIÓN E INSTALACIÓN DE UNA ESCULTURA EN HOMENAJE AL SURF EN LA PLAYA XX XXXXXXX” por un importe 10.000
euros.
SEGUNDO: El plazo de ejecución del presente contrato será de a contar desde el siguiente a la notificación de la presente resolución. Debiendo la escultura ser instalada en el espacio público indicado como máximo el día 29 xx xxxxx de 2019.
TERCERO: Dar traslado de la presente resolución al interesado y a los servicios económicos municipales.
Así lo dispuso la persona abajo firmante, en la fecha indicada, todo lo cual, en el exclusivo ejercicio de la fe pública que me es propia, certifico.
En Piedrasblancas
N.I.F: P-3301600-G
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