Contract
CONTRATO COM 001 DE 2017 DE “RESTAURACION Y MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DE LA CAMARA DE COMERCIO XX XXXXXXXX – UBICADA EN LA CARRERA 5 # 5-88 USO INSTITUCIONAL CELEBRADO ENTRE LA CAMARA DE COMERCIO XX XXXXXXXX Y XXXXXXXXXX XXXXXX HERMANOS COMPAÑÍA LTDA”.
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Entre los suscritos a saber: el Xx. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX con CC.
88.030.089 xx XXXXXXXX, actuando como Representante Legal de la CAMARA DE COMERCIO XX XXXXXXXX NIT 890.503.097 - 2, en su condición de Representante Legal, autorizado mediante Acta No 005 de 2017, y proceso COM 001 de 2017 por el Acta 003de 2017, quien en adelante se denominará LA CAMARA DE COMERCIO XX XXXXXXXX y XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXX identificado con CC. 79.689.294 de Bogotá D.C., actuando como Representante Legal xx XXXXXXXXXX XXXXXX HERMANOS COMPAÑÍA LTDA NIT 900.057.731 - 6, quien para los efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente Contrato de “RESTAURACION Y MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DE LA CAMARA DE COMERCIO XX XXXXXXXX – UBICADA EN LA CARRERA 5 # 5-88 USO INSTITUCIONAL”. contenido en las siguientes cláusulas, previas las siguientes consideraciones: 1) Que es objeto primordial de la CAMARA DE COMERCIO XX XXXXXXXX mejorar las condiciones en la prestación del servicio a sus comerciantes conforme al Xxx. 00 x 00 xxx Xxxxxx xx Xxxxxxxx, “Frente a los programas de construcción, adquisición e inversión en propiedad, planta y equipo, con cargo a los recursos provenientes de las funciones públicas, la Contraloría verificará que dichas inversiones permitan dar cumplimiento a las funciones que pueden atenderse con cargo a los recursos de origen público” “con la ejecución de este proyecto se pretende garantizar el bienestar general y el mejoramiento de la calidad en la prestación del servicio público del Registro Único Empresarial y Social RUES de la población en general.”; 2) Que la Cámara de Comercio xx Xxxxxxxx requiere contratar la “RESTAURACION Y MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DE LA CAMARA DE COMERCIO XX XXXXXXXX – UBICADA EN LA CARRERA 5 # 5-88 USO INSTITUCIONAL”;
3) Que para lo anterior y en cumplimiento del MANUAL DE SELECCCION Y CONTRATACION DE LA ENTIDAD (Se deja claro que la Cámara de Comercio xx Xxxxxxxx es una entidad gremial sin ánimo de lucro de origen privado con funciones públicas por lo tanto aplica el manual de selección y contratación y no la ley 80/93, ley 1150/07 y el Dec. 066/08 y demás normas concordantes, serán mencionados en el presente contrato los ítem de la Ley 80 y demás que rijan en el mismo), la Cámara de Comercio xx Xxxxxxxx agotó el proceso precontractual a través de selección por invitación publica COM 001 del año 2017. 4) Que mediante Acta de Junta Directiva No 005 del 15 xx Xxxx de 2017 se presentaron los resultados, en los cuales se incluye el concepto técnico de la Arquitecto que realizará la Interventoría de la Obra y se refrendó en Acta 003 del Proceso de Invitación Pública COM 001 de 2017, motivado se adjudicó la ejecución del contrato a LA FIRMA XXXXXXXXXX XXXXXX HERMANOS COMPAÑÍA LTDA, XXXXX LTDA. 5). Que existe la disponibilidad presupuestal para cubrir el valor del presente contrato. Con base en lo anterior, las partes acuerdan: CLAUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. El presente contrato tiene por objeto principal la “RESTAURACION Y MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DE LA CAMARA DE COMERCIO XX XXXXXXXX – UBICADA EN LA CARRERA 5 # 5-88 USO INSTITUCIONAL”; de acuerdo a las especificaciones técnicas señaladas en la cláusula siguiente. CLAUSULA SEGUNDA: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, CANTIDADES Y PRECIOS. La remodelación objeto de este contrato se entenderá efectuado conforme a las especificaciones técnicas señaladas a continuación - FASES (Especificaciones técnicas, cantidades y precios) -- Y dejando como acotación que:
ITEM | DESCRIPCION | UN | CANTIDAD | V. UNITARIO | V. TOTAL | ||
# | 1. PRELIMINARES | ||||||
1.1 | Suministro e instalación de valla informativa para obra. | UND | 1 | $ 150.000 | $ 150.000 | ||
1.2 | Cerramiento en poli sombra para las áreas de intervención-Manejo de plan de seguridad y señalización en obra. | ML | 30 | $ 23.000 | $ 690.000 | ||
1.3 | Alquiler de equipos y xxxxxx de andamios para ejecución de obra | mes | 4 | $ 680.000 | $ 2.720.000 | ||
1.4 | Implementación de plan de seguridad industrial (dotación general del personal en obra) | gl | 1 | $ 2.000.000 | $ 2.000.000 | ||
SUBTOTAL | $ 5.560.000 | ||||||
# | 2. CAMBIO TOTAL DE CUBIERTA "AREA A" | ||||||
2.1 | Desmonte y retiro de cobertura de cubierta (tejas) incluye trasiego vertical a primer piso a punto de acopio temporal para el lavado, selección apilado de tejas y evacuación | m2 | 204,8 | $ 20.000 | $ 4.096.000 | ||
2.2 | Suministro e instalación de tarima en MDF para protección de cielo raso en latón para desmontar cubierta | m2 | 78 | $ 32.000 | $ 2.496.000 | ||
2.3 | Desmonte de mortero de pega, manto de caña brava y estructura en madera existente | m2 | 204,8 | $ 13.000 | $ 2.662.400 | ||
2.4 | Retiro de escombros | viaje | 5 | $ 285.000 | $ 1.425.000 | ||
2.5 | Suministro e instalación de viga en abarco de rio 10x15 para cumbrera | ml | 19 | $ 145.000 | $ 2.755.000 | ||
2.6 | Suministro e instalación de viga en abarco de rio 10x15 para viga solera perimetral | ml | 28 | $ 145.000 | $ 4.060.000 | ||
2.7 | Suministro e instalación de viga en abarco de rio 10x15 para cambio de viga en pasillo área B | ml | 16 | $ 145.000 | $ 2.320.000 | ||
2.8 | Suministro e instalación de viga en abarco de rio 10x15 para limahoya | ml | 7,3 | $ 145.000 | $ 1.058.500 | ||
2.9 | Suministro e instalación de viga en abarco de rio 10x15 para limites | ml | 12,32 | $ 145.000 | $ 1.786.400 |
2.10 | Suministro e instalación xx xxxxxx rolliza diámetro 12 cms de 4 Y 5 metros de largo para conformar estructura de pares | m2 | 204,8 | $ 28.000 | $ 5.734.400 |
2.11 | Suministro e instalación de manto en caña brava | m2 | 204,8 | $ 18.000 | $ 3.686.400 |
2.12 | Inmunización en sitio por brochado a dos manos con DURSBAN DW para elementos en madera | m2 | 204,8 | $ 12.000 | $ 2.457.600 |
2.13 | Suministro e instalación de alero para fachada principal e interior sobre patio principal e: 50 cms con canes en madera tallado pecho paloma | ml | 25 | $ 56.000 | $ 1.400.000 |
2.14 | Suministro e instalación de mortero impermealizado | m2 | 204,8 | $ 15.000 | $ 3.072.000 |
2.15 | Suministro e instalación de manto asfaltico Fiberglass Manto P4 Pro 6MM para impermeabilización | M2 | 204,8 | $ 19.000 | $ 3.891.200 |
2.16 | Suministro e instalación xx xxxxx para fijar teja | m2 | 204,8 | $ 6.300 | $ 1.290.240 |
2.17 | Suministro xx xxxx española similar para remplazo de partidas | und | 400 | $ 1.000 | $ 400.000 |
2.18 | Instalación de caballete | ml | 24 | $ 20.000 | $ 480.000 |
2.19 | Instalación de limites | ml | 9,32 | $ 20.000 | $ 186.400 |
2.20 | Instalación xx xxxx (manto de cubierta) | m2 | 204,8 | $ 28.000 | $ 5.734.400 |
SUBTOTAL | $ 50.991.940 | ||||
# | 1. CAMBIO TOTAL DE CUBIERTA "AREA A" | ||||
3.1 | Suministro xx xxxx española similar para remplazo de partidas | und | 500 | $ 1.000 | $ 500.000 |
3.2 | Mantenimiento general de cubierta, incluye cambio de tejas partidas, acomodación de tejas, limpieza y retiro de vegetación. | m2 | 310 | $ 14.000 | $ 4.340.000 |
SUBTOTAL | $ 4.840.000 | ||||
# | 4. CANALES Y BAJANTES | ||||
4.1 | Desmonte y retiro xx xxxxxxx y bajantes existentes | ml | 70 | $ 7.500 | $ 525.000 |
4.2 | Suministro e instalación de canal en lámina galvanizada pintada con anticorrosivo y acabado final | ml | 48 | $ 75.000 | $ 3.600.000 |
4.3 | Suministro e instalación de bajantes en lámina galvanizada pintada con anticorrosivo y acabado final | ml | 20 | $ 60.000 | $ 1.200.000 |
SUBTOTAL | $ 5.325.000 | ||||
# | 5. INSTALACIONES HIDROSANITARIAS | ||||
5.1 | Construcción xx xxxxx de inspección 60x60 | und | 3 | $ 480.000 | $ 1.440.000 |
5.2 | Red principal hidrosanitaria | ml | 50 | $ 65.000 | $ 3.250.000 |
5.3 | Puntos hidráulicos | und | 15 | $ 63.000 | $ 945.000 |
5.4 | Puntos sanitarios | und | 8 | $ 93.000 | $ 744.000 |
5.5 | Suministro e instalación llave registro incluye tapa registro | und | 3 | $ 75.000 | $ 225.000 |
SUBTOTAL | $ 6.604.000 | ||||
# | 6. INSTALACIONES ELECTRICAS, VOZ Y DATOS | ||||
6.1 | Acometida general a tablero | ml | 15 | $ 23.000 | $ 345.000 |
6.2 | Suministro e instalación xx xxxx a tierra | und | 1 | $ 430.000 | $ 430.000 |
6.3 | Suministro e instalación de puntos eléctricos, de voz y datos. | und | 60 | $ 91.000 | $ 5.460.000 |
6.4 | Suministro e instalación de lámparas led. | und | 30 | $ 92.000 | $ 2.760.000 |
6.5 | Suministro e instalación de reflectores para fachada. | und | 4 | $ 132.000 | $ 528.000 |
6.6 | Suministro e instalación de tablero para 10 circuitos. | und | 1 | $ 850.000 | $ 850.000 |
SUBTOTAL | $ 10.373.000 | ||||
# | 7. PAÑETES, ESTUCO Y PINTURA | ||||
7.1 | Demolición y retiro de pañetes en mal estado | m2 | 300 | $ 8.500 | $ 2.550.000 |
7.2 | Suministro e instalación de Pañete | m2 | 300 | $ 18.000 | $ 5.400.000 |
7.3 | Estuco sobre muro | m2 | 300 | $ 7.000 | $ 2.100.000 |
7.4 | Pintura general del inmueble calidad TIPO 1 | m2 | 900 | $ 9.000 | $ 8.100.000 |
SUBTOTAL | $ 18.150.000 | ||||
# | 8. FACHADA PRINCIPAL |
8.1 | Demolición de pañetes en mal estado | M2 | 90 | $ 6.300 | $ 567.000 |
8.2 | Suministro e instalación de Pañete DE CAL-ARENA impermeabilizado con malla | M2 | 90 | $ 23.000 | $ 2.070.000 |
8.3 | Estuco sobre muro | m2 | 90 | $ 7.000 | $ 630.000 |
8.4 | Pintura 2 manos KORAZA para fachada | M2 | 90 | $ 12.800 | $ 1.152.000 |
8.5 | Restauración de ventanas en madera | und | 3 | $ 850.000 | $ 2.550.000 |
8.6 | Restauración xx xxxxx en forja sobre ventanas | und | 3 | $ 280.000 | $ 840.000 |
8.7 | Restauración de puerta acceso principal en madera | und | 1 | $ 850.000 | $ 850.000 |
8.8 | Demolición de pañetes en mal estado | M2 | 90 | $ 6.300 | $ 567.000 |
SUBTOTAL | $ 8.659.000 | ||||
# | 9. PISOS | ||||
9.1 | Demolición de pisos existentes | M2 | 300 | $ 13.000 | $ 3.900.000 |
9.2 | Retiro de escombros | VIAJE | 4 | $ 285.000 | $ 1.140.000 |
9.3 | Placa de contrapiso en concreto 3000 psi 7 cms de espesor, incluye malla electro soldada | m3 | 23 | $ 380.000 | $ 8.740.000 |
9.4 | Suministro e instalación de piso en tablón fato artesanal 30x30 tráfico comercial | M2 | 300 | $ 52.000 | $ 15.600.000 |
9.5 | Mantenimiento de piso en madera existente AREA B | m2 | 60 | $ 48.000 | $ 2.880.000 |
9.6 | Suministro e instalación de guarda escoba en Tablón de 10 cms | ML | 200 | $ 23.000 | $ 4.600.000 |
SUBTOTAL | $ 36.860.000 | ||||
# | 10. AREA XX XXXXX | ||||
10.1 | Cielo raso en Drywall RH | m2 | 40 | $ 65.000 | $ 2.600.000 |
10.2 | Suministro e instalación de enchape para pared formato 60x30 rectificada color blanco | M2 | 58,6 | $ 80.000 | $ 4.688.000 |
10.3 | Suministro e instalación de piso para baño xxxxxxx gris formato 60x30 | M2 | 33,3 | $ 60.000 | $ 1.998.000 |
10.4 | Suministro e instalación de sanitario san Xxxxxxx xxxxxxx dual blanco ahorrador xx xxxxx descarga | UND | 6 | $ 480.000 | $ 2.880.000 | ||
10.5 | Suministro e instalación de orinal | und | 1 | $ 230.000 | $ 230.000 | ||
10.6 | Suministro e instalación de Lavamanos Solero color blanco de sobreponer | UND | 5 | $ 150.000 | $ 750.000 | ||
10.7 | Suministro mesón en lavamanos | e instalación granito crema | de para | ML | 4 | $ 356.000 | $ 1.424.000 |
10.8 | Suministro e instalación de mueble flotado en madecor para lavamanos | ML | 4 | $ 320.000 | $ 1.280.000 | ||
10.9 | Divisiones xx xxxxx | m2 | 10 | $ 280.000 | $ 2.800.000 | ||
10.10 | Suministro e instalación de espejos flotados | m2 | 7 | $ 85.000 | $ 595.000 | ||
10.11 | GRIFERIA Y DESAGUES | UND | 6 | $ 180.000 | $ 1.080.000 | ||
SUBTOTAL | $ 20.325.000 | ||||||
# | 11. RESTAURACION DE CARPINTERIAS EN MADERA | ||||||
11.1 | Restauración de pilares en madera patio central | UND | 9 | $ 150.000 | $ 1.350.000 | ||
| | SUBTOTAL | $ 1.350.000 | |||||
# | 12. VARIOS | ||||||
11.1 | Aseo General para entrega de obra | Gl | 1 | $ 500.000 | $ 500.000 | ||
| | SUBTOTAL | $ 500.000 | |||||
COSTO DIRECTO | $ 169.537.940 | ||||||
A.I.U. (17%) | ADMINISTRACION (10%) | $16.953.794 | |||||
IMPREVISTOS | (02%) | $3.390.759 | |||||
UTILIDAD | (05%) | $8.476.897 | |||||
IVA SOBRE UTILIDAD (19%) | $1.610.610 | ||||||
VALOR TOTAL | $199.970.000 |
*NOTA: LOS ESTUDIOS SE ESTIMAN QUE JUNTO CON EL TRAMITE PARA OBTENCION DE LICENCIA DE CONSTRUCCION SE TOMARA UN MES Y LA EJECUCION DE OBRA ES DE CUATRO MESES LOS COSTOS GENERADOS POR LICENCIA SERAN ASUMIDOS POR LA CAMARA DE COMERCIO. SE PLANTEA UN COMITÉ TECNICO DE OBRA MENSUAL PARA EVALUAR PROCESOS Y RENDIMIENTOS DE OBRA.
*HACEN PARTE INTEGRAL DEL CONTRATO LA PROPUESTA PRESENTADA QUE DA ORIGEN AL PRESENTE CONTRATO Y SUS ACLARACIONES.
CLAUSULA TERCERA. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA. 1) Colaborará con la
CAMARA DE COMERCIO XX XXXXXXXX en lo que sea necesario para que el objeto del contrato se
cumpla y que éste sea de la mejor calidad. 2) Acatará las observaciones que durante el desarrollo del contrato se le impartan, y de manera general obrará con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando las dilaciones y en trabamientos que pudieran presentarse. 3) En cumplimiento de esta cláusula atenderá de manera inmediata las solicitudes y observaciones requeridas durante el desarrollo del objeto contractual. 4) No accederá a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la Ley con el fin de obligarlo a hacer u omitir algún acto o hecho. 5) Cuando se presenten tales peticiones o amenazas, deberá informar inmediatamente de su ocurrencia PRESIDENTE EJECUTIVO O AL JEFE DE SISTEMAS, COMPRAS E INFRAESTRUCTURA para que ellos adopten las medidas correctivas que fueren necesarias. CLAUSULA CUARTA: OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA. 1)
Ceñirse en la ejecución del contrato a las normas y especificaciones de la cláusula segunda; 2) Xxxxxse a lo estipulado en la propuesta y en los términos de referencia que dieron origen al presente contrato -el cual se convierte en documento anexo del presente contrato-; 3) Constituir la Garantía Única dentro de los CINCO (05) días hábiles siguientes al perfeccionamiento del mismo. 4) CLAUSULA QUINTA: OBLIGACIONES DE LA CAMARA DE COMERCIO XX XXXXXXXX. 1) LA CAMARA DE COMERCIO
XX XXXXXXXX se reserva el derecho a ejercer el control sobre la calidad del objeto contratado designando para tal efecto a la Arquitecto XXXXXXXX XXXXXXX XXXX identificada con C.C.
63.309.009 xx Xxxxxxxx y Matricula Profesional 68700-29008 en Calidad de INTERVENTORA, acompañando en el proceso a la PRESIDENCIA EJECUTIVA Y JEFE DE SISTEMAS COPRAS E INFRAESTRUCTURA. 2) Cancelar el valor del presente contrato en la forma estipulada y previa constancia del cumplimiento del objeto contratado. CLAUSULA SEXTA: DURACION. La duración del presente contrato será de CIENTO VEINTE (120) DIAS CALENDARIOS máximo contados a partir de la firma del ACTA DE INICIO DE LA OBRA. CLAUSULA SEPTIMA: VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. LA CAMARA DE COMERCIO XX XXXXXXXX pagará al CONTRATISTA como valor por el presente contrato LA SUMA DE CIENTO NOVENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA MIL PESOS M/CTE ($ 199.970.000) M/CTE., suma que se pagará así: Un anticipo del 30% a la constitución de las garantías del contrato y con la firma del Acta de Inicio de la obra y un 70% mediante Actas Parciales de avance del objeto contratado, previa certificación del interventor y supervisor del contrato, para el correspondiente pago. CLAUSULA OCTAVA: TRABAJOS EXTRAS Y ADICIONALES. LA CAMARA DE COMERCIO XX XXXXXXXX podrá ordenar que se realicen trabajos extras y el CONTRATISTA estará en la obligación de ejecutarlos, siempre y cuando estos trabajos sean necesarios para proteger o poder ejecutar el objeto de este contrato. Dicha orden deberá ser por escrito y debe contener el objeto del trabajo a realizar, el plazo para realizarlo, el valor y la forma de pago. CLAUSULA NOVENA. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA FRENTE A TERCEROS. El CONTRATISTA se hace responsable por los riesgos y perjuicios comprobados que se causen a la CAMARA DE COMERCIO XX XXXXXXXX o a TERCEROS en el desarrollo y cumplimiento del presente contrato o en operaciones complementarias que llegue a realizar. CLAUSULA DECIMA: SUJECION E IMPUTACION DE LOS PAGOS A LAS APROPIACIONES PRESUPUESTALES. El valor monetario que LA CAMARA DE COMERCIO XX XXXXXXXX se compromete a pagar por el presente contrato queda sujeto a todas las apropiaciones presupuestales que para el efecto se hagan en el Presupuesto de la Entidad y se pagará con cargo al Presupuesto de Inversión de la Entidad de la actual vigencia, del siguiente rublo: RESTAURACION Y MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DE LA CAMARA DE COMERCIO XX XXXXXXXX según disponibilidad presupuestal por valor de DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS M/C ($ 200.000.000,oo). Ratificada mediante Acta de Junta No 012 de 2016 y 005 de 2017. CLAUSULA DECIMO PRIMERA: GARANTIA UNICA. Para respaldar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones contraídas con el presente contrato, el CONTRATISTA constituirá una Garantía Única que se ajustará a los límites, existencia y extensión del riesgo amparado y se mantendrá vigente durante la vida y liquidación del contrato. La garantía deberá ser expedida dentro de los CINCO (05) días hábiles siguientes a la firma del contrato, ya sea en forma de garantía bancaria o de póliza expedida por una compañía de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia. En igual forma procederá en caso de prórroga o modificación del contrato. La Garantía Única deberá
amparar los siguientes riesgos: 1). CUMPLIMIENTO: Por un valor no inferior al diez por ciento (10%) del valor del contrato y con una vigencia igual a la de la duración del contrato (CIENTO VEINTE DIAS) y seis (06) meses más contados a partir de su perfeccionamiento. 2. CALIDAD: Por un valor no inferior al diez por ciento (10%) del valor del contrato y con una vigencia igual a la de la duración del contrato (CIENTO VEINTE DIAS) y dos (2) años más contados a partir de su perfeccionamiento. 3). BUEN MANEJO Y CORRECTA INVERSION DEL ANTICIPO: Por el cien por ciento (100%) del anticipo y con una vigencia igual a la de la duración del contrato (CIENTO VEINTE DIAS) y seis (6) meses más contados a partir de su perfeccionamiento; 4). SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES: Por el cinco por ciento (5%) del valor del contrato y con una vigencia igual a la de la duración del contrato (CIENTO VEINTE DIAS) y dos (2) años más contados a partir de su finalización. DECIMO SEGUNDA: CADUCIDAD. LA CAMARA DE COMERCIO XX XXXXXXXX podrá declarar la caducidad del presente contrato de conformidad con el artículo 5º, numeral 5, artículo 14, numeral 2 y artículo 18 de la Ley 80 de 1993 -(por ejecutar el contrato con recursos públicos)- mediante resolución motivada, que tendrá como consecuencias, a partir de su ejecutoria, dar por terminado el presente contrato, hacer efectivas las garantías, las multas decretadas, la cláusula penal pecuniaria y la indemnización de perjuicios a que haya lugar, si fuere el caso, de conformidad con las normas procedimentales respectivas. CLAUSULA DECIMO TERCERA: EXCLUSION DE LA RELACION LABORAL. Puesto que el CONTRATISTA
ejecutará el objeto del contrato con plena autonomía técnica y administrativa, queda entendido que no habrá vínculo laboral alguno entre éste y LA CAMARA DE COMERCIO XX XXXXXXXX, ni entre éste y las personas que él emplee para la ejecución del presente contrato. CLAUSULA DECIMO CUARTA: MULTAS. En caso xx xxxx o de incumplimiento parcial de las obligaciones por parte del CONTRATISTA, la CAMARA DE COMERCIO XX XXXXXXXX podrá imponer a este mediante resolución motivada multas sucesivas hasta por el valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, según la gravedad del incumplimiento a juicio de él, sin perjuicio de la declaratoria de caducidad. CLAUSULA DECIMO QUINTA: PENAL PECUNIARIA. En caso de incumplimiento de las obligaciones por parte del CONTRATISTA o declaratoria de caducidad, éste pagará a la CAMARA DE COMERCIO XX XXXXXXXX a título xx xxxx una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato y su valor se imputará al de los perjuicios que reciba la CAMARA DE COMERCIO XX XXXXXXXX por su incumplimiento (Artículo 40, inciso 3º de la Ley 80 de 1993). LA CAMARA DE COMERCIO XX XXXXXXXX queda facultado para imponerle al CONTRATISTA una sanción pecuniaria xxx xxxx por ciento (10%) del valor del contrato, en caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento total del mismo. CLAUSULA DECIMO SEXTA: CESION DEL CONTRATO. EL CONTRATISTA no podrá ceder el
presente contrato sin el previo consentimiento escrito de la CAMARA DE COMERCIO XX XXXXXXXX. En caso de cesión, tanto cedente como cesionario, serán solidariamente responsables ante la CAMARA DE COMERCIO XX XXXXXXXX por todas las obligaciones emanadas de este contrato. El cesionario deberá obtener las mismas o mejores calidades del cedente durante el proceso de evaluación de las ofertas. CLAUSULA DECIMO SEPTIMA: CLAUSULAS EXCEPCIONALES, DE INTERPRETACION,
MODIFICACION Y TERMINACION UNILATERALES. Al presente contrato se entienden incorporadas las cláusulas excepcionales al derecho común de terminación, interpretación y modificación unilaterales, de sometimiento a las leyes nacionales y de caducidad a que se refieren los artículos 14, 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993. CLAUSULA DECIMO OCTAVA: CONTROL Y VIGILANCIA. Para los
efectos del presente contrato LA CAMARA DE COMERCIO XX XXXXXXXX verificará la ejecución del objeto contratado y el cumplimiento del CONTRATISTA a través de la INTERVENTORIA contratada para el objeto del Presente Contrato, adicional podrán ejercer CONTROL Y VIGILANCIA el JEFE DE SISTEMAS, COPRAS E INFRAESTRUCTURA Y EL PRESIDENTE EJECUTIVO -PODRAN INCORPORARSE EN CUALQUIER
MOMENTO DIRECTIVOS DE JUNTA-, quienes ejercerán las funciones de control y vigilancia. Son funciones y atribuciones de quien ejerce el control y vigilancia del presente contrato, las siguientes: a) Colaborar con el CONTRATISTA con miras a la correcta ejecución del presente contrato. b) Exigir el cumplimiento del contrato en todas y cada una de sus partes. c) Estudiar, recomendar y decidir los cambios substanciales que sean necesarios o convenientes y presentarlos a consideración de LA CAMARA DE
COMERCIO XX XXXXXXXX. d) Practicar permanente vigilancia a los trabajos. e) Aceptar o rechazar los informes que presente el CONTRATISTA. f) Ordenar que se rehagan los trabajos e informes deficientes. g) Todas las demás atribuciones que correspondan según el contrato y sus anexos al CONTRATANTE. PARAGRAFO PRIMERO: Ninguna observación de quien ejerce el control y la vigilancia podrá darse verbalmente. Es obligatorio para quien ejerce el control y la vigilancia entregar por escrito sus observaciones o sugerencias y ellas deben enmarcarse dentro de los términos del respectivo contrato. EL CONTRATISTA deberá cumplir inmediatamente cualquier observación que dicte control y vigilancia, sin embargo, si el CONTRATISTA considera que alguna de las exigencias está fuera de lo estipulado en el contrato, o si considera injusta una observación de control y vigilancia, deberá manifestar su inconformidad por escrito al CONTRATANTE dentro de los CINCO (5) días calendario siguientes al recibo de la misma, señalando claramente y en detalle sobre las que soporta su reclamación. Si el CONTRATISTA no hace uso de este término, las sugerencias o decisiones de control y vigilancia se consideran como definitivas. CLAUSULA DECIMO NOVENA: REQUISITOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. El presente contrato se entiende perfeccionado con la firma de las partes interesadas como producto de acuerdo sobre el objeto y contraprestación. XXXXXXXX XXXXXXXX: REQUISITOS PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO. Para iniciar la
ejecución del objeto del presente contrato se requiere: A) Realizar el Acta de Inicio de Obra. B) Para el pago se debe presentar y legalizar; Constitución por el CONTRATISTA y aprobación por parte de LA CAMARA DE COMERCIO XX XXXXXXXX de la garantía relacionada en la cláusula décima primera; (igualmente el contratista debe presentar factura y RUT actualizado). C) Publicación conforme a las normas vigentes. PARAGRAFO: Cumplidos los requisitos y formalidades contempladas en las dos (2) cláusulas anteriores el presente contrato se considera perfeccionado y en ejecución, procediendo el CONTRATISTA a pagar por su cuenta dentro de los cinco (5) días siguientes de cumplidos de los mismos. XXXXXXXX XXXXXXXX PRIMERA: APLICACION DE PRINCIPIOS GENERALES. Las
contempladas en el manual de contratación de la CAMARA DE COMERCIO XX XXXXXXXX y las enunciadas en el presente contrato referencia de la Ley 80, además de sus estipulaciones se rige por los principios previstos de las normas civiles, comerciales y las consagradas en esta ley, que correspondan a su esencia y/o naturaleza. CLAUSULA VIGÉSIMO SEGUNDA: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. El CONTRATISTA responderá por el ocultamiento de inhabilidades e incompatibilidades para contratar del tipo constitucional y legal y en especial de las qué trata el artículo 8º de la Ley 80 de 1993, 190 de 1995, 617 de 2000 y 821 de 2003 o por suministrar información falsa (Artículo 26, numeral 7º y 40, inciso 3º de la Ley 80 de 1993), además de declarar que no se encuentra sancionado por la Contraloría General de la República ni que es deudor moroso del municipio de LA CAMARA DE COMERCIO XX XXXXXXXX o del estado, o en su defecto que ha suscrito acuerdo de pago vigente. CLAUSULA VIGÉSIMO TERCERA: LIQUIDACION. El presente contrato deberá ser liquidado dentro de los seis (06) meses -Max- siguientes a su terminación. XXXXXXXX XXXXXXXX CUARTA: DOMICILIO CONTRACTUAL. Para todos los efectos legales, el domicilio contractual será la ciudad xx XXXXXXXX. En constancia se firma el presente contrato en LA CIUDAD DE PAMPLONA, Norte xx Xxxxxxxxx, a los Nueve (09) días del mes xx Xxxxx de dos diecisiete (2017).