PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES A REGIR EN LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTROS A TRAMITAR POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO MEDIANTE CONCURSO
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MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA |
INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA AGRARIA Y ALIMENTARIA |
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES A REGIR EN LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTROS A TRAMITAR POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO MEDIANTE CONCURSO
ANEXO I
1.- |
Centro interesado: |
Centro de Investigación en Sanidad Animal (CISA) |
2.- |
Número de Expediente: |
TA.: 06/271 |
3.- |
Objeto del contrato y necesidades administrativas a satisfacer: |
Suministro y montaje de un equipo de climatización y conductos para los laboratorios NCB2 |
4.- |
Estructura del Contrato (Lotes, en su caso): |
Único |
5.- |
Nomenclatura (CNPA-1996): |
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6.- |
Clasificación CPV, en su caso: |
45331220 - 4 |
7.- |
Xxxxx xx xxxxxxx x xxxxx xx xxxxxxxxx: |
XXXX - Xxxxxxxxxx –(Xxxxxx) Tres meses |
8.- |
Presupuesto de licitación y, en su caso, distribución por organismos: |
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a) |
Presupuesto de licitación: (indicar presupuesto total y, en su caso, presupuestos parciales por lotes) |
203.400,00 Euros |
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b) |
Distribución por organismos: |
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Organismo |
Importe |
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INIA |
203.400,00 Euros |
9.- |
Aplicación presupuestaria, con indicación de las anualidades que procedan: |
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Aplicación presupuestaria |
Ejercicio |
Importe |
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18204.467D.620 |
2007 |
203.400, 00 Euros |
10.- |
Clase de tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: |
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Ordinaria |
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Abierto |
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Concurso Público |
11.- |
Criterios objetivos de valoración: |
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12.- |
Garantía provisional: |
2 % del precio de licitación |
13.- |
Admisibilidad de variantes, condiciones y elementos sobre los que puede recaer: |
No procede |
14.- |
Solvencia económica y financiera: |
Informe de Instituciones financieras hasta 50.000 Euros |
15.- |
Solvencia técnica: |
Muestra, descripciones y fotografía de los productos a suministrar. |
16.- |
Garantía complementaria: |
Exento |
17.- |
Forma de pago: |
Transferencia bancaria |
18.- |
Plazo de garantía: |
Un año |
19.- |
Periodicidad en el abono del precio: |
A las recepciones de conformidad |
20.- |
Importe máximo de los gastos de publicación de la licitación: |
860,29 euros |
Madrid,
EL..................................
Conforme: El adjudicatario
Fdo.:
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA CONTRATOS DE SUMINISTROS POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO MEDIANTE CONCURSO.
(Redactado conforme a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas -en adelante TRLCAP- y en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas -en adelante RGLCAP-)
1. IDENTIFICACIÓN Y ANTECEDENTES DEL CONTRATO
1.1. CENTRO AL QUE INTERESA CELEBRARLO: El indicado en el apartado 1 del Anexo I del presente pliego
1.2. NÚMERO DEL EXPEDIENTE: El indicado en el apartado 2 del Anexo I del presente Xxxxxx
1.3. OBJETO DEL CONTRATO
1.3.1. Descripción: El indicado en el apartado 3 del Anexo I del presente pliego, sin perjuicio de que el detalle y características de los bienes y la forma de hacer efectivo la realización del suministro, serán los que se establecen en el “Pliego de Prescripciones Técnicas”
1.3.2. Estructura del contrato: El indicado en el apartado 4 del Anexo I del presente pliego.
1.3.3. Expresión de la codificación correspondiente de la nomenclatura de la Clasificación Nacional de Productos por Actividades 1996 (CNPA-1996), aprobada por Real Decreto 81/1996, de 26 de enero, y, en su caso, de los lotes: La indicada en el apartado 5 del Anexo I del presente pliego.
1.3.4. Codificación correspondiente a la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV) (Sólo cuando el contrato sea igual o superior a los importes que se determinan en el artículo 177.2 del TRLCAP): El indicado en el apartado 6 del Anexo I del presente pliego.
1.3.5. Plazo de ejecución: El indicado en el punto 7 del Anexo I del presente Pliego.
1.4. RÉGIMEN ECONÓMICO-PRESUPUESTARIO DEL CONTRATO
1.4.1. Presupuesto de licitación: El importe del mismo asciende a la cantidad que se indica en el apartado 8.a) del Anexo I del presente Pliego.
Esta cifra representa el presupuesto de licitación, que determinará la exclusión de cualquier oferta por importe superior. Este presupuesto corresponde a la totalidad del período previsto para la ejecución del contrato. La reducción de este período por demora en el inicio de los efectos del contrato respecto a la fecha inicialmente prevista o por cualquier otro motivo conllevará la reducción proporcional del presupuesto de licitación y del precio ofertado por el adjudicatario.
En la cifra señalada como presupuesto se incluye, sin perjuicio de lo dispuesto en la Resolución 6/1997, de 10 de julio, de la Dirección General de Tributos, el Impuesto sobre el Valor Añadido al tipo impositivo general vigente en el momento de la licitación y, cuando proceda, el Impuesto General Indirecto Canario o el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación en las ciudades de Ceuta y Melilla.
Para el supuesto de que el adjudicatario sea extranjero, el importe de adjudicación deberá ser reducido en la cifra correspondiente al IVA., a los efectos del pago de la factura ó facturas, que deben ser IVA. excluido.
1.4.2. Expedientes cofinanciados: En el caso de expedientes cofinanciados por varios organismos, la distribución del presupuesto de licitación, se llevará a cabo en la forma prevista en el apartado 8.b) del Anexo I del presente pliego.
1.4.3. Distribución en anualidades del gasto derivado del contrato: Serán las reflejadas en el apartado 9 del Anexo I del presente pliego.
La baja ofertada por el adjudicatario se considerará repercutida proporcionalmente en todas las anualidades a que se extienda la ejecución del contrato.
1.4.4. Aplicación presupuestaria: La reflejada en el apartado 9 del Anexo I del presente pliego
1.4.5. Ejercicio con cargo al cual se tramita: El señalado en el apartado 9 del Anexo I del presente pliego.
En el caso de ejercicios posteriores, queda sometida la adjudicación del contrato a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el o los ejercicios correspondientes, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 69.4 de TRLCAP.
1.5. CLASE DE TRAMITACIÓN
La señalada en el apartado 10 del Anexo I del presente pliego.
1.6. NATURALEZA DEL CONTRATO Y RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
El contrato que se suscriba tendrá carácter administrativo, quedando sometido al Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, al Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, y en lo que no contradiga ó resulte derogado por el Real Decreto Legislativo ó el Real Decreto citados, al Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado (aprobado por Decreto 3854/70, de 31 de diciembre), al presente pliego de cláusulas administrativas y particulares y al de prescripciones técnicas.
Los contratistas que se consideren lesionados por las resoluciones administrativas dictadas en esta materia, podrán recurrir en defensa de sus intereses, conforme al artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y al apartado b) del artículo 2º de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
2. FORMA, PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
2.1. FORMA Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará mediante concurso, por procedimiento abierto, de acuerdo con lo previsto en los artículos 73 a 75, 85 a 90 y 180 del TRLCAP, según lo especificado en el punto 10 del Anexo I del presente Xxxxxx.
2.2. CRITERIOS OBJETIVOS DE ADJUDICACIÓN, FORMA DE ACREDITARLOS Y SISTEMA DE ASIGNACIÓN DE PUNTOS A CADA UNA DE LAS OFERTAS
El órgano de contratación acordará la adjudicación en base a los criterios objetivos que se definen y ponderan, por orden decreciente según su importancia, en el apartado 11 del Anexo I de este pliego.
2.2.1. Empate entre proposiciones.
En caso de empate entre dos o más proposiciones, la propuesta de adjudicación se hará a favor de la empresa que tenga en su plantilla mayor número de minusválidos, siempre que el mismo no sea inferior al 2% de los trabajadores y haya incluido, en el sobre nº 1, el documento señalado con el nº 80.
Si aún continuase el empate, la propuesta de adjudicación se hará a favor de la oferta más económica, y si el empate persistiese se hará a favor de la que resulte agraciada mediante sorteo.
3. REQUISITOS DE LOS LICITADORES INTERESADOS
3.1. REQUISITOS GENERALES DE CARÁCTER JURÍDICO
Podrán formular oferta para la adjudicación del contrato las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en agrupación o unión temporal, con plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en alguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 20 del TRLCAP y cuya finalidad ó actividad tenga relación directa con el objeto del contrato. Esta relación deberá deducirse de cualquiera de los documentos que el pliego exige a los licitadores para acreditar su personalidad y capacidad ó, en su defecto, de los que adicionalmente decida aportar el licitador y sean considerados suficientes por la Mesa de Contratación.
La Mesa de Contratación efectuará la comprobación pertinente al examinar la documentación administrativa requerida a los licitadores, sin perjuicio del derecho de la Administración a hacerlo en cualquier otro momento previo o posterior a la adjudicación del contrato.
3.2. REQUISITOS DE CAPACIDAD ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA
La admisión a la licitación requerirá la previa acreditación de la capacidad económica, financiera y técnica necesaria para la ejecución del contrato. La Mesa de Contratación resolverá sobre la posesión de este requisito por cada uno de los licitadores, en base a la documentación que, según los casos, debe incluirse con esta finalidad en el sobre indicado en el apartado 5 del presente pliego.
3.3. CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA PROVISIONAL
Los licitadores deberán constituir una garantía provisional, cuya cuantía figura en el apartado 12 del Anexo I de presente pliego, equivalente al 2% del presupuesto de licitación establecido en el apartado 1.4.1 de este pliego, para el lote o lotes a los que concurra, en cualquiera de las formas previstas en el artículo 35 del TRLCAP, con los requisitos exigidos en los artículos 55 a 58 de RGLCAP, y de acuerdo con los modelos establecidos en los anexos III a VI del citado Reglamento.
En caso de uniones temporales de empresarios, esta garantía podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal.
Cualquiera que sea la forma en que se otorgue la garantía, ésta se constituirá a disposición de la Dirección General del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaría, (en adelante INIA) NIF Q2821013F.
De conformidad con lo establecido en el artículo 35.1, párrafo último, del TRLCAP, no se exige garantía provisional en aquellos expedientes de cuantía inferior a la fijada en el artículo 177.2, en cuyo caso así se hará constar en el citado apartado 12 del Anexo I.
4. ANUNCIO DE LA LICITACIÓN
El concurso se anunciará en el Boletín Oficial del Estado, según modelo del anexo VII del RGLCAP. Cuando se trate de expedientes con presupuesto de licitación igual o superior a los señalados en el artículo 177.2 del TRLCAP, se publicará en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas, según modelo establecido en el citado Reglamento.
El importe del citado anuncio asciende a la cantidad señalada en el apartado 20 del Anexo I del presente pliego.
5. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES
5.1. SOBRE Nº 1, DE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Se incluirán en el mismo los documentos que se indican en cada caso, de los relacionados, con carácter general, en el Anexo 2 del presente pliego ("Documentación Administrativa a incluir en el sobre número 1, según los casos")
Dichos documentos deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias compulsadas por el Registro General o por el Servicio de Contratación, del INIA.
Las empresas extranjeras presentarán la documentación traducida de forma oficial al castellano
5.1.1. Persona física española
Documentos señalados con los números: 1, 7, 20, 23, y, en su caso, 30, 60 y 80.
5.1.2. Persona jurídica española
Documentos señalados con los números: 2, 7, 11, 21, 24, y, en su caso, 30, 60 y 80.
5.1.3. Persona física de los demás países de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo
Documentos señalados con los números: 3, 5, 7, 8, 22, 23 y, en su caso, 30 ó 32, 60 y 80.
5.1.4. Persona jurídica de los demás países de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo
Documentos señalados con los números: 4, 5, 7, 8, 21, 24, y, en su caso, 30 ó 32, 60 y 80.
5.1.5. Persona física de país ajeno a la Unión Europea y signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio:
Documentos señalados con los números: 3, 6, 7, 8, 10, 22, 23, y, en su caso, 30, 60 y 80.
5.1.6. Persona jurídica de otro país, signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio:
Documentos señalados con los números: 4, 6, 7, 8, 10, 21, 24, y, en su caso, 30, 60 y 80.
5.1.7. Persona física de país no comprendido en los números anteriores
Documentos señalados con los números: 3, 6, 7, 8, 9, 10, 22, 23, y, en su caso, 30, 60 y 80.
5.1.8. Persona jurídica de país no comprendido en los números anteriores
Documentos señalados con los números: 4, 6, 7, 8, 9, 10, 21, 24 y, en su caso, 30, 60 y 80.
5.1.9. Uniones de empresas
En este sobre se deberá incluir también la documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica en la forma siguiente:
La acreditación de la solvencia económica y financiera se efectuará por uno o varios de los medios previstos en el artículo 16 del TRLCAP, señalados en el Anexo 2 y que se harán constar en el apartado 14 del Anexo I del presente pliego.
La acreditación de la solvencia técnica se efectuará por uno o varios de los medios previstos en el artículo 18 del TRLCAP, señalados en el Anexo 2 y que se harán constar en el apartado 15 del Anexo I del presente pliego
Las uniones de empresas deberán presentar, respecto a cada una de las empresas integrantes de la agrupación, además de la documentación que para cada una de ellas sea exigible según los números anteriores, la declaración prevista en el número 65.
SOBRE Nº 2, DOCUMENTACIÓN TÉCNICA.
Se incluirán, debidamente ordenados y relacionados según los casos, los documentos acreditativos de los elementos distintos del precio que constituyen criterios de adjudicación del contrato, de acuerdo con el apartado 2.2 del presente pliego, explicando el contenido y alcance de cada uno de ellos, a fin de poder asignar a cada oferta la puntuación que le corresponda.
Para los contratos cuya ejecución sea periódica y repetitiva durante el plazo de ejecución (tracto sucesivo), el contratista deberá presentar dentro de la documentación técnica, un programa de trabajo, de conformidad con lo establecido en el art. 198 del RGLCAP.
SOBRE Nº 3, PROPOSICIÓN ECONÓMICA.
La proposición, necesariamente firmada, se ajustará al modelo incluido como Anexo 3 de este pliego.
Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición económica y ésta contendrá una única oferta. Tampoco podrá suscribir una propuesta en unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente ó figurando en otra unión temporal. La contravención de esta prohibición dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas incursas en duplicidad.
Se admitirá la presentación de variantes si así se señala en el apartado 13 del Anexo I.
En el caso de que se prevea la presentación de variantes, el licitador se atendrá a las siguientes instrucciones:
Deberá incluir en el sobre nº 3, dedicado a la proposición económica, dos modelos de la misma: uno con la oferta básica y otro con la oferta con variantes.
Deberá hacer constar, en el lugar previsto al efecto en el modelo de proposición económica, la identificación de su oferta básica, ajustada íntegramente al pliego de prescripciones técnicas, y la de las variantes adicionales que oferte en las condiciones y sobre los elementos determinados en el pliego.
En el sobre nº 2 incluirá, además de los documentos requeridos en el apartado correspondiente a documentación técnica, la descripción de las variantes ofertadas, en las condiciones y sobre los elementos que han sido determinados por el órgano de contratación en el pliego.
PRESENTACIÓN DE MUESTRAS O REFERENCIAS TÉCNICAS.
A requerimiento de la administración, los licitadores vendrán obligados a presentar muestras de algunos o todos los artículos que integran el suministro o, si ésta lo considera necesario, de documentación técnica de la marca/modelo del suministro ofertado.
6. EXAMEN Y DISPOSICIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN DEL EXPEDIENTE
En las dependencias indicadas en el anuncio de la licitación, los licitadores podrán consultar la documentación del expediente constituida por el presente pliego y el de prescripciones técnicas.
El órgano de contratación facilitará las copias de los pliegos o condiciones de los contratos a todos los interesados que lo soliciten.
Asimismo dicha documentación se encuentra disponible en las páginas Web del Ministerio de Administraciones Públicas xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx (portal del ciudadano), apartado de licitaciones, y del INIA xxxx://xxx.xxxx.xx (contratación).
7. FORMA, LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
7.1. FORMA DE PRESENTACIÓN
Los sobres a presentar deberán estar cerrados, identificados en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurran, firmados por el licitador o la persona que lo represente y con indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa. En el interior de cada sobre, en hoja independiente, se hará constar su contenido, enunciado numéricamente.
7.2. LUGAR DE PRESENTACIÓN
La documentación podrá ser presentada en mano contra recibo de la oficina receptora (Registro General del INIA).
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, telegrama o fax, en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
A los efectos anteriores debe tenerse en cuenta que la denominación y dirección de la Unidad donde se centraliza la entrega es en el Registro General, dirigido a la Mesa de Contratación del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaría (INIA), Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx, Xx. 0,000 (28040 – Madrid), pudiendo efectuarse el anuncio del envío por correo mediante fax dirigido al número 91347 35 97.
7.3. PLAZO DE PRESENTACIÓN
El plazo de presentación o envío se iniciará al día siguiente de la publicación del anuncio de la licitación en el Boletín Oficial del Estado, y su duración será la que se indique en el citado anuncio.
8. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN, APERTURA DE PROPOSICIONES ECONÓMICAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
8.1. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
La Mesa de Contratación se constituirá para calificar los documentos presentados en tiempo y forma. A tal efecto, procederá a abrir y examinar el sobre nº 1 de las ofertas presentadas en plazo. Si se observan defectos materiales en la documentación presentada por los licitadores, se estará a lo previsto en el artículo 81.2 del RGLCAP.
8.2. OFERTAS TÉCNICAS.
En el mismo acto mencionado en el apartado 8.1 de este Pliego, la Mesa de Contratación procederá a la apertura de las ofertas técnicas para su examen, las cuales deberán ser valoradas con anterioridad a la apertura pública de las ofertas económicas presentadas por los licitadores.
8.3. VALORACIÓN DE LAS OFERTAS ECONÓMICAS.
La apertura en sesión pública de las proposiciones económicas correspondientes a las ofertas admitidas en la calificación previa se realizará en el lugar, día y hora indicados en el anuncio de la licitación.
La Mesa de Contratación excluirá de la valoración y propuesta de adjudicación, las ofertas que no cumplieran las prescripciones técnicas del contrato.
8.4. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
El órgano de contratación, previo los informes técnicos correspondientes y en el plazo máximo de tres meses a contar desde la apertura, en acto público, de las proposiciones de las ofertas recibidas, procederá a la adjudicación del contrato a la proposición más ventajosa, salvo que se diera la circunstancia prevista en el artículo 83.2 del TRLCAP, o a declarar desierto el concurso, motivando, en todo caso, su resolución, con referencia a los criterios de adjudicación.
Con carácter previo a la adjudicación, se solicitarán del posible adjudicatario las certificaciones acreditativas del cumplimiento de sus obligaciones tributarias (documentos 70 y 00 xxx Xxxxx 0 del presente pliego), de Seguridad Social (documento 72) y, en su caso, del número de trabajadores minusválidos que la empresa tenga en plantilla (documento 81), a cuyo efecto se le concederá un plazo máximo de cinco días hábiles.
Transcurridos tres meses desde la apertura de las proposiciones económicas sin haber recibido la notificación o haberse publicado la resolución de adjudicación, la empresa que lo desee podrá requerir por escrito, en cualquier momento, la retirada de su proposición y la devolución o cancelación de la garantía provisional prestada, a lo que procederá obligadamente la Administración, salvo que el acuerdo de resolución del concurso hubiera sido dictado antes de expirar el plazo indicado, debiendo en ese caso justificarlo así ante la empresa.
9. NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
Sin perjuicio de la publicación del resultado en la forma y casos previstos en el artículo 93 del TRLCAP, el órgano de contratación comunicará por escrito, a la empresa o empresas que hayan presentado ofertas, la resolución de adjudicación, mediante fax o cualquier otro procedimiento que deje constancia de su recepción. La comunicación al adjudicatario indicará el lugar, día y hora en que su representante debe comparecer para proceder a la formalización del contrato, de acuerdo con lo previsto en el apartado 10.3 siguiente.
10. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
10.1. CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
Notificada la adjudicación definitiva del contrato, el adjudicatario estará obligado a constituir una garantía definitiva, del cuatro por ciento (4%) del importe de adjudicación, de conformidad con lo establecido y en la forma señalada en el Real Decreto 1098/2001, de 2 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Cuando el precio del contrato se determine en función de precios unitarios, el importe de la garantía a constituir será del cuatro por ciento (4 %) ó, en su caso, de un ____% adicional para caso de garantías especiales, del importe del presupuesto base de licitación.
En el supuesto de adjudicación a un empresario cuya proposición hubiera estado incursa inicialmente en presunción de temeridad, el Órgano de Contratación exigirá al contratista la constitución de una garantía definitiva por el veinte por ciento (20 %) del importe de adjudicación ó del presupuesto base de licitación.
De acuerdo con el artículo 5 de la Ley 30/95, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de Seguros Privados, no se admitirán los avales prestados por Compañías de Seguros, aunque sí los seguros de caución que se constituyan por las mismas.
El Contratista deberá acreditar en el plazo de quince días, contados desde que se le notifique la adjudicación, la constitución de la garantía definitiva correspondiente.
10.2. CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA COMPLEMENTARIA
Se constituirá en la forma señalada en el apartado anterior, en el supuesto de que así se señale en el apartado 16 del Anexo I del presente pliego.
10.3. EXCEPCIÓN A LA CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA
Cuando se den alguno de los supuestos establecidos en los Art. 39 y 40 del TRLCAP, podrá quedar exceptuada la constitución de garantía definitiva, debiendo, en su caso, garantizarse el cumplimiento del contrato, de acuerdo con lo establecido en la Ley.
10.4. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El adjudicatario viene obligado a concurrir a la formalización del contrato dentro del plazo de treinta días a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación. A este acto, que no podrá tener lugar sin la previa constitución de la garantía definitiva y, en su caso, la complementaria concurrirá el adjudicatario ó su representante con el resguardo del depósito de la garantía y, cuando el representante sea persona distinta del firmante de la proposición económica, poder bastante otorgado por el adjudicatario.
Cuando no pueda formalizarse el contrato en el plazo indicado, por causas imputables al contratista ó a la Administración, se estará a lo previsto, respectivamente, en los párrafos 1º y 2º del artículo 54.3 del TRLCAP y el artículo 62 del RGLCAP.
El contrato también podrá formalizarse en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx, en este caso, los gastos derivados de su otorgamiento.
Al contrato que se formalice se unirá como anexo, un ejemplar de este Pliego de Cláusulas Administrativas y Pliego de Prescripciones Técnicas, que será firmado, en prueba de conformidad, por el adjudicatario.
10.5. ABONO DE GASTOS DECLARADOS POR CUENTA DEL ADJUDICATARIO
10.5.1. GASTOS DE ANUNCIO DE LA LICITACIÓN
La Administración repercutirá al contratista en el abono del primer pago a cuenta, o de los sucesivos si resultara necesario, el importe del anuncio de la licitación, en base a la factura previamente abonada por ella, según el siguiente detalle:
Diario o Boletín Inserción Observaciones
Boletín Oficial del Estado 1 Incluida tarifa de urgencia en su caso
El adjudicatario podrá requerir justificación del abono previamente efectuado por la Administración.
10.5.2. OTROS GASTOS
Serán por cuenta del contratista todos los gastos necesarios para la realización y entrega del suministro, incluidos los de desplazamiento del personal de la Administración cuando el contratista solicite la recepción en distinto lugar del inicialmente previsto, y cualesquiera impuestos o tasas que puedan gravar la operación y que no se encuentren expresamente excluidos en el presente pliego.
10.6. REALIZACIÓN DEL SUMINISTRO
10.6.1. ENTREGA Y RECEPCIÓN DEL SUMINISTRO
El contratista procederá a la entrega del total o entregas parciales del suministro en el lugar establecido en el apartado 7 del anexo I del presente pliego, y en el plazo igualmente requerido en el mismo.
Las responsabilidades en la entrega y recepción del suministro serán las previstas para cada una de las partes en el artículo 185 del TRLCAP.
En caso de entrega de bienes defectuosos la Administración podrá exigir, optativamente, la subsanación de los defectos observados o la realización de un nuevo suministro. En este último supuesto, con el fin de garantizar la efectiva aportación del nuevo suministro, podrá retener, hasta que éste se produzca y reciba de conformidad, los artículos defectuosos previamente entregados. Cuando las prescripciones técnicas de este pliego prevean la comprobación por muestreo de las entregas, la superación del porcentaje de artículos defectuosos que se establezca facultará a la Administración a rechazar la totalidad de la entrega.
La primera ocasión en que se rechace una entrega podrá el adjudicatario solicitar de la Administración que se reinicie el cómputo del plazo para hacerla, antes de apreciar demora y proceder a la imposición de penalidades a que se refiere el apartado 10.6 de este pliego.
10.6.2. EJECUCIÓN Y MODIFICACIONES DEL CONTRATO
El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
El contratista vendrá obligado a la total ejecución del contrato en los términos previstos en los artículos 95, 98 y 185 del TRLCAP.
Las modificaciones del contrato se regirán íntegramente por lo dispuesto en los artículos 101 y 189 del TRLCAP.
10.7. RESPONSABILIDAD POR DEMORA EN LA EJECUCIÓN
La demora en la ejecución dará lugar a la imposición de penalizaciones y a la eventual resolución del contrato, en los términos previstos en los artículos 95 y 96 del TRLCAP.
La demora se establecerá, con los efectos previstos en el párrafo anterior, por el retraso en la entrega respecto al plazo único previsto para el suministro íntegro del objeto del contrato o para las entregas parciales. El plazo computable será el previsto en el pliego o el más reducido que hubiera ofertado el adjudicatario.
La imposición de penalidades podrá ser tenida en cuenta, como factor negativo, en las cláusulas administrativas particulares de los pliegos de bases de expedientes de suministros, de cualquier Área del Departamento, que deban adjudicarse en el plazo de cinco años, a contar desde la imposición de aquellas.
La aplicación de las penalidades que correspondan, así como la resolución del contrato por causas imputables al contratista, no obstan para que la Administración pueda reclamar daños y perjuicios al contratista.
Si el retraso no fuese imputable al contratista y éste ofreciera cumplir sus compromisos, la Administración concederá un plazo al menos igual al tiempo perdido, salvo que el contratista pidiese otro menor.
10.8. GARANTÍA DE LOS BIENES SUMINISTRADOS
Se podrá establecer un plazo de garantía, señalado en tal caso en el apartado 18 del anexo I del presente pliego.
Sin perjuicio de las peculiaridades que el pliego de prescripciones técnicas establezca al respecto, la garantía ampara la reparación o reposición de los artículos comprobados como defectuosos en un régimen de normal utilización, sobre los que la Administración hubiera informado al contratista antes de la expiración del plazo de garantía.
Serán por cuenta del contratista todos los gastos que por cualquier concepto genere la retirada, reparación o reposición de los artículos defectuosos, sin que prevalezca a estos efectos cualquier declaración contenida en la oferta del adjudicatario.
La declaración de responsabilidad por vicios ocultos podrá ser tenida en cuenta, como factor negativo, en los pliegos de cláusulas administrativas particulares de expedientes de suministros, de cualquier Área del Departamento, que deban adjudicarse en el plazo de cinco años, a contar desde la declaración de aquélla.
11. OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN
11.1. ABONO DEL PRECIO Y PAGOS A CUENTA.
El precio del contrato será abonado mediante la presentación de la correspondiente factura, una vez efectuada de conformidad la entrega e instalación, en su caso, del suministro objeto de contrato.
El pago se hará efectivo en la forma prevista en el apartado 17 el Anexo I del presente Xxxxxx, en base a la factura presentada por el contratista y conformada por la Unidad encargada del seguimiento de la ejecución del contrato. La factura deberá incluir todas las menciones legalmente obligatorias. Los plazos previstos en el artículo 99 del TRLCAP se computarán a partir de la entrega por el contratista de la respectiva factura.
En caso de que la ejecución del contrato tenga carácter parcial, el abono de la prestación se realizará mediante pagos parciales. Estos abonos al contratista tendrán el concepto de pagos a cuenta del precio total.
En caso de establecerse abonos a cuenta por importe de operaciones preparatorias de la ejecución del contrato, se asegurarán estos pagos mediante prestación de garantía.
11.1.1. PAGO EN METÁLICO Y EN OTROS BIENES.
De conformidad con lo establecido en el art. 187 del TRLCAP podrá establecerse en el pliego de cláusulas administrativas particulares, que el pago del precio total de los bienes a suministrar consista parte en dinero y parte en la entrega de otros bienes de la misma clase, sin que, en ningún caso, el importe de éstos pueda superar el 50 % del precio total, de conformidad con el punto 17 del Anexo I del presente pliego.
11.2. REVISIÓN DE PRECIOS
El contrato no tendrá revisión de precios, para el periodo de duración establecido, en razón de que el precio determinado por la Administración ha sido calculado teniendo en cuenta las posibles variaciones de los diferentes elementos del coste que en el mismo intervienen.
11.3. RECEPCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO
La Administración viene obligada a la recepción del suministro y de las entregas parciales del mismo efectuadas de acuerdo con las previsiones de este pliego, sin que en ningún caso puedan derivar para la Administración obligaciones que supongan anticipación de las anualidades previstas para el contrato.
El incumplimiento de la obligación de recibir los bienes por plazo superior a seis meses desde el momento en que se cumpla la obligación de entrega por el contratista, se considerará como suspensión del contrato por causa imputable a la Administración, a los efectos previstos en el artículo 192.a) del TRLCAP
11.4. DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS CONSTITUIDAS
Las garantías constituidas, una vez liquidadas las eventuales responsabilidades con cargo a las mismas, serán devueltas de oficio por la Administración de acuerdo con lo previsto en el artículo 47 del TRLCAP y 65 de RGLCAP.
Las eventuales recepciones parciales no facultarán al contratista para solicitar el reintegro o cancelación proporcional de la garantía definitiva ni, en su caso, de la complementaria.
12. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
Durante la vigencia del contrato la Administración ostentará, respecto al mismo, las prerrogativas de interpretación, dirección, modificación y resolución previstas en los artículos 59 y 189 del TRLCAP.
La facultad de dirección e inspección será ejercida, previa comunicación e identificación ante el contratista, por los servicios técnicos propios de la Administración o los expresamente concertados al efecto.
La inspección podrá tener por objeto las condiciones técnicas de ejecución del suministro, los requisitos para concurrir a su adjudicación, las obligaciones asumidas por el contratista en cuanto a su ejecución o la justificación de los abonos a cuenta percibidos o propuestos por el contratista.
El contratista podrá requerir la identificación documental de quienes deban ejercer esta facultad de inspección y la entrega por escrito de las instrucciones del órgano de contratación.
13. CAUSAS ESPECIALES DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se resolverá por las causas previstas para los contratos administrativos en el artículo 111 del TRLCAP y por las específicamente indicadas para este tipo de contrato en el artículo 192 de la citada ley.
La suspensión del inicio del suministro por causa imputable a la Administración y el desistimiento o suspensión por la misma, serán causa de resolución por el transcurso de los plazos previstos el artículo 192 del TRLCAP y con los efectos previstos en el artículo 193 del TRLCAP.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 112.2 del RGLCAP, el contratista tendrá obligación de guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
Al amparo de los apartados g) y h) del artículo 111 del TRLCAP, se consideran causa de resolución por incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales las siguientes:
13.1. PÉRDIDA SOBREVENIDA DE LOS REQUISITOS PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN
13.2. INCUMPLIMIENTO REITERADO DE LAS PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL SUMINISTRO
La Administración podrá resolver el contrato por incumplimiento reiterado de las prescripciones técnicas del suministro, en relación con las características de los bienes o las condiciones de entrega. La apreciación de la reiteración requerirá la previa advertencia escrita al contratista.
Se asimila al supuesto anterior la falta de concordancia de los bienes suministrados con las muestras, la documentación técnica o las referencias aportadas en la oferta, salvo previa conformidad escrita del órgano de contratación.
13.3. OBSTRUCCIÓN A LAS FACULTADES DE DIRECCIÓN E INSPECCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN
Se considerará igualmente justa causa de resolución del contrato por incumplimiento del contratista la reiterada obstrucción o falta de colaboración para hacer efectivas las facultades de dirección e inspección reconocidas a la Administración en el presente pliego, previamente advertida por escrito.
13.4. COMPROBACIÓN DE INCLUSIÓN INDEBIDA DE ARTÍCULOS EN LAS FACTURACIONES
Será causa de resolución la inclusión, en las facturas presentadas a la Administración por el contratista y correspondientes a entregas parciales, de artículos o unidades no incluidas en la entrega y recepción.
En el supuesto a que se refiere este apartado la Administración se abstendrá de cualquier pago hasta la liquidación subsiguiente a la resolución del contrato.
DILIGENCIA, para hacer constar que el presente pliego ha sido informado como pliego-tipo de cláusulas administrativas particulares por la Abogacía del Estado del Ministerio de Educación y Ciencia, con fecha 24 de enero de 2005, y que el mismo ha sido aprobado por la Presidencia del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaría el 8 de febrero de 2005.
EL (1)
Firmado: (2)
Fecha: (3)
POR EL ADJUDICATARIO:
Firmado: (4)
DNI. : (5)
Fecha: (6)
ANEXO 2
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA A INCLUIR EN EL SOBRE NÚMERO 1, SEGÚN LOS CASOS
Documentación acreditativa de la personalidad y capacidad de obrar
1.- DNI. del empresario individual.
2.- Escritura de constitución o modificación inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
3.- Documento equivalente a DNI. o pasaporte.
4.- Documento de constitución.
5.- Acreditación de inscripción en el Registro o certificación prevista para el país respectivo en el Anexo I del Real Decreto 1987/2001, de 12 de octubre.
6.- Certificación expedida por la respectiva representación diplomática española, en la que se haga constar que figuran inscritas en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
7.- Declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones de contratar con la Administración, señaladas en el artículo 20, en la forma prevista en el artículo 21.5, y de encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, conforme al artículo 79, en todos los casos, del TRLCAP.
8.- Declaración de sumisión a la jurisdicción española y de renuncia a otro fuero.
9.- Informe de la representación diplomática española sobre reciprocidad de trato.
10.- Informe de la Embajada española sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio.
11.- Tarjeta de Identidad Fiscal
Documentación acreditativa de la representación
20.- DNI. o pasaporte del firmante de la proposición, cuando la proposición no sea presentada por el propio empresario individual.
21.- DNI., documento equivalente al DNI. o pasaporte del firmante de la proposición.
22.- DNI., documento equivalente al DNI. o pasaporte del firmante de la proposición, cuando no sea presentada por el propio empresario individual.
23.- Poder bastante del firmante de la proposición, cuando no sea presentada por el propio empresario individual.
24.- Poder bastante del firmante de la proposición.
Documentación acreditativa de la clasificación
30.- Certificado de clasificación, suficiente y en vigor, expedido por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.
31.- Certificado de clasificación expedido por otro Estado de la Unión Europea a favor de empresas de su país o declaración de volumen de negocio global, por tipo de contrato, de los tres últimos años y relación de obras ejecutadas en los últimos cinco años, con certificado de buena ejecución del director de obra, de las cuales, al menos tres, de importe igual o superior al presupuesto de licitación.
32.- Certificado de clasificación expedido por otro Estado de la Unión Europea a favor de empresas de su país o relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicándose su importe, fechas y destino público o privado, a la cual se incorporarán los correspondientes certificados sobre dichos suministros o certificaciones establecidas por los institutos o servicios oficiales u homologados encargados del control de calidad y que acrediten la conformidad de artículos, bien identificados, con referencia a ciertas especificaciones o normas.
33.- Certificado de clasificación expedido por otro Estado de la Unión Europea a favor de empresas de su país o relación de los principales servicios o trabajos realizados en los tres últimos años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos.
Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera
34.- Informe de institución financiera.
35.- Justificante de seguro de indemnización por riesgos profesionales.
36.- Cuentas anuales o extractos de las mismas.
37.- Declaración de volumen de negocio global, por tipo de contrato, de los tres últimos años.
38.- Cualquier otro documento considerado suficiente por la Administración.
Documentación acreditativa de la solvencia técnica
39.-Títulos y experiencia de empresario, cuadros y responsables de las obras.
40.- Relación de obras ejecutadas en los últimos cinco años, con certificado de buena ejecución del director de obra, de las que, al menos, tres serán de importe igual o superior al presupuesto de licitación.
41.- Declaración de maquinaria, material y equipo técnico para la obra.
42.- Declaración sobre efectivos personales, promedios anuales de la empresa, indicando, en su caso, grado de estabilidad en el empleo de los mismos y la importancia de sus equipos directivos durante los tres últimos años.
43.- Declaración de técnicos o unidades técnicas disponibles para la ejecución de las obras.
44.- Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicándose su importe, fechas y destino público o privado, a la que se incorporarán los correspondientes certificados sobre los mismos o certificaciones establecidas por los institutos o servicios oficiales u homologados encargados del control de calidad que acrediten la conformidad de artículos, bien identificados, con referencia a ciertas especificaciones o normas.
45.- Descripción del equipo técnico, medidas para asegurar la calidad y los medios de estudio e investigación.
46.- Indicación de técnicos o unidades técnicas participantes en el contrato, especialmente los encargados del control de calidad, así como, en su caso, grado de estabilidad en el empleo del personal integrado en la empresa.
47.- Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar.
48.- Certificaciones establecidas por institutos o servicios oficiales u homologados encargados del control de la calidad que acrediten la conformidad de artículos, bien identificados, con referencia a ciertas especificaciones o normas.
49.- Documento acreditativo del control, efectuado por la Administración o, en su nombre, por un organismo oficial competente del Estado en el cual el empresario esté establecido, sobre las capacidades de producción y, si fuera necesario, de estudio e investigación del empresario, así como sobre las medidas empleadas por este último para controlar la calidad, cuando los productos a suministrar sean complejos o deban responder a un fin particular.
50.- Titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal de dirección de la empresa, así como del personal responsable de la ejecución del contrato.
51.- Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los tres últimos años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos.
52.- Descripción del equipo técnico y unidades técnicas participantes en el contrato, especialmente de los responsables del control de calidad.
53.- Declaración sobre promedio anual de personal, con mención, en su caso, del grado de estabilidad en el empleo y la plantilla del personal directivo durante los últimos tres años.
54.- Declaración del material, instalaciones y equipo técnico para la realización del contrato.
55.- Declaración de medidas para controlar la calidad, así como de los medios de estudio y de investigación de que dispongan.
56.- Documento acreditativo del control, efectuado por la Administración o, en su nombre, por un organismo oficial competente del Estado en el cual el empresario esté establecido, sobre las capacidades de producción y, si fuera necesario, de estudio e investigación del empresario, así como sobre las medidas empleadas por este último para controlar la calidad, cuando se trate de servicios o trabajos complejos o que deban responder a un fin especial.
Documentación acreditativa de constitución de la garantía provisional
60.- Resguardo de la Caja General de Depósitos o sucursal de la misma del depósito de metálico, valores públicos o valores privados avalados o aval prestado por banco, caja de ahorros, cooperativa de crédito o sociedad de garantía recíproca autorizados para operar en España o póliza de seguro de caución con entidad autorizada para operar en el ramo.
Documentación acreditativa de unión de empresarios
65.- Declaración firmada por el representante de cada una de las empresas, en la que se indique el porcentaje de participación de cada una de ellas en la unión de empresarios y la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todas ellas frente a la Administración.
Documentación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la
Seguridad Social
70.- Documento justificativo del alta en el Impuesto de Actividades Económicas, referida al ejercicio corriente, o del último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
71.- Certificación positiva, expedida por el órgano competente de la Administración Tributaria, establecida en los términos y condiciones fijados en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
72.- Certificación positiva, expedida por el órgano competente de la Seguridad Social, establecida en los términos y condiciones fijados en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Documentación acreditativa de los requisitos valorables en caso de empate entre
dos o más proposiciones, para aplicar la preferencia en la adjudicación
80. Declaración responsable sobre el número de trabajadores minusválidos, no inferior al 2%, que la empresa tenga en su plantilla, a los efectos previstos en la cláusula 2.2.1. xxx xxxxxx.
81. Justificantes que acrediten el número de trabajadores minusválidos, no inferior al 2%, que la empresa tenga en su plantilla, a los efectos previstos en la cláusula 2.2.1. xxx xxxxxx.
ANEXO 3
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EXPEDIENTE
Expediente Nº (7)
Contratación de (8)
Presupuesto de licitación: (9)
Órgano del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaría, que anuncia la contratación o solicita las ofertas (10):
Convocatoria publicada en BOE (11):
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL FIRMANTE DE LA PROPOSICIÓN Y DEL LICITADOR
Apellidos y nombre del firmante de la proposición:
DNI o equivalente del firmante de la proposición:
Relación que une al firmante con el licitador:(12)
Razón Social del licitador:
NIF del licitador:
Domicilio del licitador:
Teléfono: FAX:
PROPOSICIÓN ECONÓMICA
El abajo firmante, en virtud de la representación que ostenta, se compromete, en nombre de su representado, a la ejecución del contrato en la cifra de euros (en letra y número) lo que representa una baja sobre el presupuesto de licitación del , %.
En el precio ofertado se consideran y aceptan como incluidos, sin perjuicio de lo dispuesto en la Resolución 6/1997, de 10 de julio, de la Dirección General de Tributos, el Impuesto sobre el Valor Añadido y, en su caso el Impuesto General Indirecto Canario o el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación en las ciudades de Ceuta y Melilla, así como cualquier otro tributo o gasto que se derive de la ejecución del contrato y que no figure excluido expresamente en el pliego de cláusulas administrativas particulares, plenamente aceptado por la mera presentación de esta oferta.
En a de de 200 .
Firmado
MODELO DE DECLARACION DE COMPATIBILIDAD
D.
con DNI o PASAPORTE Nº
en nombre de:
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
Que ni él, ni la empresa a la que representa, ni ninguno de los administradores o representantes legales de la misma, se encuentran incursos en alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración señaladas en el artículo 20 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Igualmente declara que la citada empresa se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, comprometiéndose, caso de resultar adjudicatario, a presentar en un plazo máximo de 5 días hábiles, la justificación o acreditación de tal requisito.
Y para que conste, firmo la presente declaración en , x .
XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN DE LA OBRA Y SUMINISTRO DE UN EQUIPO DE CLIMATIZACIÓN y CONDUCTOS PARA LOS LABORATORIOS NCB2 SITUADOS EN EL:
CENTRO DE INVESTIGACIÓN EN SANIDAD ANIMAL (CISA)
Objetivo:
Con el fin de poder garantizar el mantenimiento de unas condiciones termo higrométricas adecuadas y ajustadas a lo establecido en las diferentes normativas y legislación de aplicación, es necesario dotar de nuevos equipos de climatización (frío/calor) y conductos, a los laboratorios de nivel de Contención Biológica 2 existentes en las instalaciones del Centro de Investigación en Sanidad Animal, perteneciente al Instituto Nacional de Investigaciones Agrarias y Alimentarías del Ministerio de Educación y Ciencia.
Con el fin de poder concursar, será necesario visitar las instalaciones con carácter previo a la presentación de la oferta.
PLAZO DE ENTREGA
Máximo 3 meses a partir de la fecha de adjudicación.
INCLUSIONES
Queda incluido:
- Desmontaje de equipos, conductos, instalaciones y/o canalizaciones existentes.
- Conexiones.
- Cualquier Obra Civil y/o ayudas de albañilería necesarias y en particular:
- Alimentación eléctrica y puesta a tierra del cuadro general de maniobra y control.
- Acometida de cualquier tipo de fluido o conducción eléctrica al interior de la zona de ubicación, desde cualquier punto situado fuera del perímetro delimitado por sus paramentos.
MONTAJE MECANICO Y PUESTA EN MARCHA
Queda incluido el montaje mecánico y la puesta en marcha de todos los elementos objeto de la obra y suministro.
DOCUMENTACION
- Especificación Técnica
- Catálogo de repuestos y lista de referencias.
UNIDADES DE OBRA
1.- CLIMATIZACION
* Retirada de los conductos existentes
COSTE 6.780,00 €
* 3 Unidades.
Suministro e instalación de maquina exterior tipo bomba de calor para sistema VRF, formada por 3 módulos para un circuito frigorífico a tres tubos, con un compresor twin hermético tipo scroll, compuesto por un compresor inverter con control de capacidad mediante regulación de frecuencia, y el otro fijo, más otros cuatro fijos con dos etapas de potencia cada uno, control de capacidad desde el 10% al 100% con capacidad simultánea para el 135% de la potencia instalada en unidades interiores.
- Capacidad frigorífica 84 Kw. con 35ºC de bulbo seco y 19ºC de bulbo húmedo y 94,5kW con 7ºC de capacidad calorífica.
- rango de funcionamiento desde -15ºC hasta 43ºC.
- consumo máximo de 36 kW.
Se incluirán accesorios y pequeño material necesarios para su correcta instalación.
COSTE 36.725,00 €
* 9 Unidades.
Suministro e instalación de unidad interior bomba de calor para sistema VRV, tipo Conductos, con válvula de expansión electrónica para regulación del flujo de refrigerante, sensor electrónico de presión para equilibrado del sistema, variación automática y manual de la dirección del flujo de aire.
- control de temperatura por microprocesador.
- capacidad frigorífica de 6100 frig/h.
- 6800 Kcal./h de capacidad calorífica.
- refrigerante R-407C.
- consumo eléctrico 000 X
Xx incluirán accesorios y pequeño material necesarios para su correcta instalación.
COSTE 13.560,00 €
* 2 Unidades.
Suministro e instalación de unidad interior bomba de calor para sistema VRV, tipo Conductos, con válvula de expansión electrónica para regulación del flujo de refrigerante, sensor electrónico de presión para equilibrado del sistema, variación automática y manual de la dirección del flujo de aire.
- control de temperatura por microprocesador.
- capacidad frigorífica de 8600 frig/h.
- 9300 Kcal./h de capacidad calorífica.
- refrigerante R-407C.
- consumo eléctrico 000 X.
Xx incluirán accesorios y pequeño material necesarios para su correcta instalación.
COSTE 3.390,00 €
* 11 Unidades.
Suministro e instalación de mando por cable para control de cada zona, permitiendo puesta en marcha y parada del equipo, la regulación del caudal de aire, su orientación y la temperatura.
COSTE 1.695,00 €
* 1 Unidad.
Suministro e instalación de multicontroladores de 3 tubos con tres salidas para recuperación de calor atendiendo de forma simultanea refrigeración y calefacción.
COSTE 4.520,00 €
* 2 Unidades.
Suministro e instalación de multicontroladores de 4 tubos con tres salidas para recuperación de calor atendiendo de forma simultanea refrigeración y calefacción.
COSTE 9.040,00 €
* Suministro e instalación de tuberías de cobre frigorífico comprendidos entre 6,4 mm y 54,1 mm, incluido aislamiento, puesta al vacío, carga de gas y pruebas de presión.
COSTE 11.300,00 €
* Suministro e instalación de líneas de control realizadas bajo tubo de PVC con cable apantallado de 2 hilos 1,5 mm.
COSTE 3.390,00 €
* 2 Unidades.
Recuperadores entalpicos de 1000m3/h para el tratamiento de aire exterior realizando un intercambio de temperatura.
COSTE 7.910,00 €
* 11 Unidades.
Rejillas de impulsión de aire fabricadas en aluminio anodizado, marca Airflow o similar, con compuerta de regulación, de 750x450 mm.
COSTE 1.130,00 €
* 11 Unidades.
Rejillas de retorno de aire fabricadas en aluminio anodizado, marca Airflow o similar, de 600x450 mm.
COSTE 1.130,00 €
* 500 m2 de conducto de climaver Plus Metal, de 25 mm de grosor, para emboquillado de las impulsiones y los retornos de aire de las unidades interiores, incluido accesorios y pequeño material.
COSTE 31.640,00 €
2.- ELECTRICIDAD
* 1 cuadro eléctrico xxxxx XXXXX o similar de aire acondicionado conteniendo en su interior, todos los elementos de protección necesarios para el buen funcionamiento de la instalación, para las siguientes unidades:
1 Interruptor general
3 Automáticos tetrapolares para unidades exteriores.
1 Automático para iluminación de emergencia
1 Automático para iluminación sala de máquinas
1 Automáticos para unidades interiores
2 Automáticos para unidades de recuperación
COSTE 5.650,00 €
* 70 ml. de bandeja porta cables construida en xxxxx xx xxxxx galvanizado perfilada en frío, embutida, borde de seguridad y tapa encastrable de 300x50 mm con parte proporcional de accesorios y soportes.
COSTE 4.520,00 €
* 70 ml. de bandeja porta cables construida en xxxxx xx xxxxx galvanizado perfilada en frió, embutida, borde de seguridad y tapa encastrable de 150x35 mm con parte proporcional de accesorios y soportes.
COSTE 3.390,00 €
* 1016 ml. de cable Retemax Flam RV-U-F o similar de 3x1,5+T, instalado en bandeja, para alimentación desde cuadro a unidades interiores, incluido tubo xx xxxxx flexible desde bandeja a equipo, en total 12 equipos.
COSTE 4.520,00 €
* 50 ml. de cable tipo RZ1 0,6/1kV de 1x35 mm2 en cobre, instalado bajo tubo xx xxxxx con latiguillos flexibles xx xxxxx para su conexión a las bombas de agua.
COSTE 1.130,00 €
* 10 Unidades.
Instalación de luminarias fluorescentes de 1x40 W, incluido 12 m de tubo de PVC y manguera de 3x 1,5 mm2, incluido interruptor y enganche a cuadro eléctrico.
COSTE 1.469,00 €
* 4 Unidades.
Aparatos autónomo de emergencia de 8 W de potencia, equipado con batería para una duración mínima de 1 hora. Instalados.
COSTE 791,00 €
3.- ALBAÑILERIA Y OBRA CIVIL
* 175 m2 de xxxxx xx xxxxx estriada galvanizada
COSTE 16.950,00 €
* 24 m2. Destrucción xx xxxx de 1/2 pie, y evacuación de escombros a un vertedero autorizado.
COSTE 2.260,00 €
* 3 Aperturas de huecos en la cubierta del edificio para paso de conductos, cierre de los mismos e impermeabilización.
COSTE 4.520,00 €
* Alquiler de equipos especiales para elevación y desplazamiento de los nuevos equipos.
COSTE 3.390,00 €
* Desmontaje de antiguos equipos y antiguos conductos, recuperación del gas y transporte a una planta de tratamiento y evacuación de los equipos y conductos a un vertedero autorizado.
COSTE 7.910,00 €
* Apertura de huecos en la escayola del techo de los laboratorios, modificación de otros, tapado y sellado de aquellos que queden en desuso.
COSTE 6.215,00 €
* 16 m2. Reconstrucción xx xxxx de 1/2 pie, incluido enlucido por las dos caras.
COSTE 2.825,00 €
* 2 Unidades. Instalación de puertas corta fuego, RF 60 de 800x2045 m, incluidas barras antipánico por una cara y manivela por la otra.
COSTE 2.260,00 €
4.- PROYECTO DE LEGALIZACION
* Proyecto de legalización, firmado por ingeniero y presentado en Colegio Profesional competente, incluso tasas de presentación en delegación de industria y obtención de los correspondientes boletines.
COSTE 3.390,00 €
Otra documentación a entregar con el grupo:
- Normas de instalación grupo.
- Manual de entretenimiento y funcionamiento.
- Esquema eléctrico.
5.- OTRAS CONDICIONES
Estará incluido en el suministro del equipo:
* Serán por cuenta del adjudicatario, todos los acabados que sean necesarios para asegurar la estanqueidad del equipo y de la zona donde este se ubique de manera que se cumpla con todos los criterios existentes en Seguridad Biológica.
* El embalaje
* Traslado y descarga hasta el Centro.
* Una vez en el Centro, su traslado y montaje en el lugar de ubicación definitivo y donde será operativo
* La conexión eléctrica entre el cuadro de control y el equipo.
* La puesta en marcha del equipo.
* El dossier técnico completo de instalación, mantenimiento y funcionamiento. Constará de al menos:
- Planos de conexionados
- Documentación técnica de los componentes utilizados
- Lista de recambios recomendados
- Instrucciones de uso
- Recomendaciones de mantenimiento
- Certificados de materiales utilizados
- Certificados de calibración de los instrumentos ópticos
- Resultados de los ensayos realizados en el equipo.
* Garantía de un año en piezas y mano de obra incluido el desplazamiento y estancia del personal necesario y el transporte de materiales
* El equipo tendrán marcaje CE y reunirá todos los requisitos del vigente reglamento de Seguridad en Máquinas.
* El equipo será validado a su entrega, suministrándose dossier y certificación de la misma. Dicha validación cumplirá con toda la normativa existente al respecto.
* Evaluación del ruido producido por el equipo en el lugar de trabajo según el RD. 1316/89, determinando como va a afectar este al Área y a los trabajadores.
Constará de sonometría y dosimetría. Se establecerán mapas de ruido, análisis de frecuencias, niveles pico, nivel de presión acústica por trabajador (16) ponderado en el tiempo para 8 horas/día y 40 horas/semana.
Se establecerán:
1/ Medidas de control técnico midiendo coeficientes de reflexión, refracción y absorción, introduciendo y colocando en el área los aislamientos necesarios,
2/ Medidas de control técnico administrativo estableciendo los tiempos máximos de exposición por trabajador y
3/ Medidas de control sobre el receptor con cálculos de atenuaciones y suministro de los protectores endo y exoaurales necesarios.
* Evaluación de materia particulada según método establecido por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Se incluirán un mínimo de 10 muestreos de materia particulada en general y fracción respirable. Esta operación se realizará una vez concluida la eliminación de los conductos existentes.
6.- FORMACIÓN
Será por cuenta del adjudicatario:
* La impartición en el Centro de Investigación en Sanidad Animal de un curso teórico-practico de manejo y mantenimiento del equipo para todos los técnicos actuantes en el Centro de Mantenimiento y Prevención de Riesgos.
* Dicho curso deberá acreditarse mediante la expedición del correspondiente certificado y versará sobre el manejo, validación, seguridades, incidencia en riesgos laborales y ambientales y mantenimiento del equipo.
7.- CONDICIONANTES DE LOS TRABAJOS
SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
La retirada de los conductos existes y la colocación de los nuevos, por necesidades de Seguridad Laboral y de funcionamiento del Centro, se realizarán fuera del horario laboral y en días no laborables.
La empresa adjudicataria deberá cumplir en todos momento las normas establecidas y la legislación vigente en referencia a Seguridad y Salud Laboral y por lo tanto y en cumplimiento de la actual Ley de Prevención de Riesgos Laborales, deberá suministrar a sus trabajadores las prendas de protección individual necesarias, excepto la ropa de trabajo en el área de Alta Contención Biológica que será suministrada por el Centro.
Así mismo presentará previo a la instalación una evaluación de los riesgos a los que estarán sometidos los trabajadores por empresa acreditada.
Como mínimo los equipos de protección que se utilicen serán:
* 4 Mascaras faciales provistas de filtros contra partículas
* 4 gafas de protección antiimpacto.
* 4 pares de guantes anticorte
* pantallas de soldador.
* Protección auditiva exoaural (atenuación min. 20dB (A))
Dichas equipos de protección individual cumplirán los requisitos exigidos en la legislación vigente.
8.- VALORACIÓN DE LA INSTALACION
CLIMATIZACIÓN 132.210, 00 €
ELECTRICIDAD 21.470,00 €
ALBAÑILERÍA 46.330,00 €
LEGALIZACIÓN 3.390,00 €
TOTAL 203.400,00 € IVA incluido
00 xx Xxxxxxx xx 0000
XXX XX XXXX. POR EL ADJUDICATARIO
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1 Se incluirá la identificación orgánica del firmante de la diligencia, que se procurará sea el titular de un puesto con nivel de Jefe de Servicio o superior (p.e.: Jefe de Servicio de Contratación Administrativa y Gestión Financiera de ).
2 Se incluirán el nombre y los apellidos del firmante de la diligencia a que se refiere el párrafo anterior.
3 Se incluirá la fecha en que se firma la diligencia, que deberá ser, lógicamente, posterior a la de la Resolución aprobatoria.
4 Se incluirá nombre y apellidos del adjudicatario o de su representante en la firma del contrato.
5 Se incluirá el número del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente del adjudicatario o de su representante en la firma del contrato.
6 Se incluirá la fecha de la firma por el adjudicatario o de su representante en la firma del contrato.
7 Se incluirá el número reflejado en el apartado 1.2 de este pliego. ( Apartado 2 del Anexo I)
8 Se incluirá un extracto del objeto reflejado en el apartado 1.3.1 de este pliego.( Apartado 3 del Anexo I)
9 Se incluirá la cifra reflejada en el apartado 8. a) del Anexo I del presente pliego.
10 Se incluirá el centro reflejado en el apartado 1. del anexo I del presente pliego.
11 Se incluirá el número y la fecha de su publicación.
12 A cumplimentar por el licitador: "Apoderado, Gerente o Administrador". Si el ofertante actúa en su propio nombre, dejará en blanco este apartado.
Pliego tipo Suministros Concurso 27