BASES ESTÁNDAR DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS1
BASES ESTÁNDAR DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS1
LICITACIÓN PÚBLICA N° 03-2018-VIVIENDA-VMCS-PASLC
CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “ESQUEMA CARAPONGO – AMPLIACIÓN DE LOS SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LOS SECTORES 136 Y 137 DEL DISTRITO DE LURIGANCHO”, SNIP 135204 - CÓDIGO ÚNICO 2400301
(PRIMERA CONVOCATORIA)
Información completa del expediente administrativo debe ser verificada en la Página: xxxx://xxx0.xxxxxxxx.xxx.xx/XXXXX/Xxxxxxxxxxxxx_Xxxxxxxxx.xxxx
1 Estas bases se utilizarán para la contratación de la ejecución de obras. Para tal efecto, se deberá tener en cuenta la siguiente definición:
Obra: Construcción, reconstrucción, remodelación, mejoramiento, demolición, renovación, ampliación y habilitación de bienes inmuebles, tales como edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones, carreteras, puentes, entre otros, que requieren dirección técnica, expediente técnico, mano de obra, materiales y/o equipos.
DEBER DE COLABORACIÓN
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista, deben conducir su actuación conforme a los principios previstos en la Ley de Contrataciones del Estado.
En este contexto, se encuentran obligados a prestar su colaboración al OSCE y al Consejo Multisectorial de Monitoreo de las Contrataciones Públicas, en todo momento según corresponda a sus competencias, a fin de comunicar presuntos casos de fraude, colusión y corrupción por parte de los funcionarios y servidores de la Entidad, así como los proveedores y demás actores que participan en el proceso de contratación.
De igual forma, deben poner en conocimiento del OSCE y a la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI los indicios de conductas anticompetitivas que se presenten durante el proceso de contratación, en los términos del Decreto Legislativo N° 1034, "Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas", o norma que la sustituya, así como las demás normas de la materia.
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista del proceso de contratación deben permitir al OSCE o al Consejo Multisectorial de Monitoreo de las Contrataciones Públicas el acceso a la información referida a las contrataciones del Estado que sea requerida, prestar testimonio o absolución de posiciones que se requieran, entre otras formas de colaboración.
SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
1.1. BASE LEGAL
- Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
- Decreto Supremo N° 350-2015-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
- Directivas del OSCE.
- Ley N° 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
- Decreto Supremo N° 304-2012-EF, TUO de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
- Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, TUO de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Código Civil.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes bases.
1.2. PRECALIFICACIÓN
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 57 del Reglamento, cuando el valor referencial de la contratación de la ejecución de una obra sea igual o superior a veinte millones de Soles (S/ 20 000 000,00) la Entidad puede optar por convocar la licitación pública con precalificación con la finalidad de preseleccionar a proveedores con calificaciones suficientes para ejecutar el contrato, e invitarlos a presentar su oferta. En este caso en la sección específica de las bases debe preverse las etapas, los requisitos de precalificación y demás condiciones del procedimiento.
1.3. CONVOCATORIA
Se realiza a través de su publicación en el SEACE de conformidad con lo señalado en el artículo 33 del Reglamento, en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, debiendo adjuntar las bases.
1.4. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se lleva a cabo desde el día siguiente de la convocatoria hasta antes del inicio de la presentación de ofertas, de forma ininterrumpida. En el caso de un consorcio, basta que se registre uno (1) de sus integrantes.
Importante |
En las licitaciones públicas con precalificación, el registro de participantes se realiza hasta antes del término del plazo para la presentación de solicitudes de precalificación. |
El registro de participantes es gratuito y electrónico a través del SEACE.
El proveedor que desee participar en el presente procedimiento de selección debe registrarse como participante, debiendo contar para ello con inscripción vigente en el RNP, conforme al objeto de la contratación.
Importante |
En caso los proveedores no cuenten con inscripción vigente en el RNP y/o se encuentren inhabilitados o suspendidos para ser participantes, postores y/o contratistas, el SEACE restringirá su registro, quedando a potestad de estos intentar nuevamente registrar su participación en el procedimiento de selección en cualquier otro momento, dentro del plazo establecido para dicha etapa, siempre que haya obtenido la vigencia de su inscripción o quedado sin efecto la sanción que le impuso el Tribunal de Contrataciones del Estado. |
1.5. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Todo participante puede formular consultas y observaciones a las bases, en el plazo señalado en el calendario del procedimiento de selección, que no puede ser menor a diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 51 del Reglamento.
Las observaciones a las bases, se realizan de manera fundamentada, por supuestas vulneraciones a la normativa de contrataciones u otra normativa que tenga relación con el objeto de contratación.
Para formular consultas y observaciones se debe emplear el Anexo N° 1 Formato para formular consultas y observaciones de la Directiva “Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y observaciones”.
1.6. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
La absolución simultánea de las consultas y observaciones por parte del comité de selección mediante pliego absolutorio se notifica a través del SEACE en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, en un plazo que no puede exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir consultas y observaciones.
La absolución se realiza de manera motivada debiendo emplear el Anexo N° 2 Formato xx xxxxxx de absolución de consultas y observaciones de la Directiva “Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y observaciones”. Cabe precisar que en el caso de las observaciones se debe indicar si estas se acogen, se acogen parcialmente o no se acogen.
Importante |
No se absolverán consultas y observaciones a las bases que se presenten extemporáneamente, en un lugar distinto al señalado en las bases o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes. |
1.7. ELEVACIÓN AL OSCE XXX XXXXXX DE ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES
En el plazo de tres (3) días hábiles siguientes a la notificación xxx xxxxxx absolutorio a través del SEACE, los participantes pueden solicitar la elevación de los cuestionamientos al pliego
de absolución de consultas y observaciones, a fin que el OSCE emita el pronunciamiento correspondiente, en los siguientes supuestos:
a) Cuando la absolución a una consulta por parte del Comité de Selección se considere contraria a la normativa de contratación pública u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el procedimiento de selección o con el objeto de la contratación.
b) Cuando la absolución de observaciones por parte del Comité de Selección se considere contraria a la normativa de contratación pública u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el procedimiento de selección o con el objeto de la contratación.
El pronunciamiento emitido por el OSCE se notifica a través del SEACE, dentro de los siete
(7) días hábiles, computados desde el día siguiente de recepción del expediente completo por el OSCE.
Importante |
Constituye infracción pasible de sanción según lo previsto en el artículo 50 de la Ley, presentar cuestionamientos maliciosos o manifiestamente infundados al pliego de absolución de consultas y/u observaciones. |
1.8. INTEGRACIÓN DE BASES
Las bases integradas constituyen las reglas definitivas del procedimiento de selección. Estas incorporan obligatoriamente, las modificaciones que se hayan producido como consecuencia de las consultas, observaciones, la implementación del pronunciamiento emitido por el OSCE, así como las modificaciones requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión, y se publican en el SEACE en la fecha establecida en el calendario del procedimiento.
Las bases integradas no pueden ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad, salvo las acciones de supervisión a cargo del OSCE. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del procedimiento por deficiencias en las bases.
El comité de selección no puede continuar con la tramitación del procedimiento de selección si no ha publicado las bases integradas en el SEACE, bajo sanción de nulidad de todo lo actuado posteriormente, conforme lo establece el artículo 52 del Reglamento.
Importante |
En caso el OSCE haya emitido pronunciamiento, dentro de los cuatro (4) días hábiles siguientes a la publicación de la integración de las bases, los participantes pueden solicitar al OSCE, la emisión de Dictamen sobre implementación del Pronunciamiento, según lo previsto en el numeral 8.2 de la Directiva “Acciones de Supervisión a Pedido de Parte”. En caso el OSCE no haya emitido pronunciamiento, los participantes pueden solicitar al OSCE en cualquier momento la emisión de Dictamen sobre Cuestionamientos, cuando consideren de manera sustentada que las bases integradas no recojan aquello que ha sido materia de aclaración y/o precisión en el pliego de absolución de consultas y observaciones, según lo previsto en el numeral 8.8 de la Directiva “Acciones de Supervisión a Pedido de Parte”, en el plazo previsto en la misma. |
1.9. FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Los documentos que acompañan las solicitudes de precalificación, de ser el caso, y las ofertas, se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción simple con la indicación y suscripción de quien oficie de traductor debidamente identificado,
salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Las solicitudes de precalificación, de ser el caso, y las ofertas se presentan por escrito, debidamente foliadas y en un (1) único sobre cerrado.
Las declaraciones juradas, formatos o formularios previstos en las bases que conforman las solicitudes de precalificación, de ser el caso, y las ofertas deben estar debidamente firmados por el postor. Los demás documentos deben ser rubricados (visados) por el postor. En el caso de persona jurídica, por su representante legal, apoderado o mandatario designado para dicho fin y, en el caso de persona natural, por este o su apoderado.
El precio de la oferta debe incluir todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo de la ejecución de la obra a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en el precio de su oferta los tributos respectivos.
El precio total de la oferta y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos decimales.
1.10. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS
La presentación de ofertas se realiza en acto público en presencia xx xxxxxxx o xxxx xx xxx en el lugar indicado en las bases, en la fecha y hora establecidas en la convocatoria.
La presentación puede realizarse por el mismo participante o a través de un tercero, sin que se exija formalidad alguna para ello.
Importante |
Los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertas individuales ni conformar más de un consorcio en un procedimiento de selección, o en un determinado ítem cuando se trate de procedimientos de selección según relación de ítems. |
El acto público se inicia cuando el comité de selección empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron en el procedimiento, para que entreguen sus ofertas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se tiene por desistido.
En la apertura del sobre que contiene la oferta, el comité de selección debe anunciar el nombre de cada participante y el precio de la misma. Además, verifica la presentación de los documentos requeridos en la sección específica de las bases de conformidad con el artículo 53 del Reglamento. De no cumplir con lo requerido la oferta se considera no admitida.
Asimismo, el comité de selección devuelve las ofertas que excedan el valor referencial en más xxx xxxx por ciento (10%) y aquellas que se encuentren por debajo en un veinte por ciento (20%) del promedio de las ofertas admitidas incluido el valor referencial, teniéndose estas por no admitidas.
Esta información debe consignarse en acta, con lo cual se da por finalizado el acto público.
De no estar conformes los postores pueden solicitar que se anote tal circunstancia en el acta, debiendo el notario o xxxx xx xxx mantener en custodia la oferta económica hasta el consentimiento de la buena pro, salvo que en el acto de presentación de ofertas o en fecha posterior el postor solicite su devolución.
Después de abierto cada sobre que contiene la oferta, el notario o xxxx xx xxx procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la oferta.
Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el notario o xxxx xx xxx, los miembros del comité de selección, el veedor y los postores que lo deseen.
De acuerdo a lo previsto en el artículo 53 del Reglamento, en el acto de presentación de ofertas se puede contar con un representante del Sistema Nacional de Control, quien participa como veedor y debe suscribir el acta correspondiente.
1.11. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La evaluación de las ofertas que cumplan con lo señalado en el numeral anterior tiene por objeto determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, según los factores y el procedimiento de evaluación enunciados en la sección específica de las bases.
Para que el comité de selección considere válida la oferta económica que supere el valor referencial, hasta el límite máximo previsto en el artículo 28 de la Ley, se debe contar con la certificación de crédito presupuestario suficiente y la aprobación del Titular de la Entidad, previa opinión favorable del área usuaria; que no puede exceder de cinco (5) días hábiles, contados desde la fecha prevista en el calendario para el otorgamiento de la buena pro, bajo responsabilidad, salvo que el postor acepte reducir su oferta económica.
En caso no se cuente con la certificación de crédito presupuestario se rechaza la oferta.
La evaluación se realiza sobre la base de cien (100) puntos, considerando la ponderación establecida en el numeral 2.3 del Capítulo II y en el Capítulo IV de la sección específica de las bases.
Para determinar la oferta con el mejor puntaje, se toma en cuenta lo siguiente:
a) Cuando la evaluación del precio sea el único factor, se le asigna cien (100) puntos a la oferta más próxima al promedio de las ofertas admitidas que quedan en competencia, incluyendo el valor referencial y otorga a las demás ofertas puntajes, según la siguiente fórmula:
Importante |
Las dos barras ǀǀ representan el valor absoluto. En ese sentido, para la aplicación de la fórmula, se debe considerar que el valor absoluto de un número es su valor numérico sin tener en cuenta su signo, sea este positivo (+) o negativo (-). |
Donde:
i = Oferta
Pi = Puntaje de la oferta a evaluar Oi = Precio i
Om = Precio de la oferta más próximo al promedio de ofertas validas incluido el valor referencial
PMOE = Puntaje máximo del precio
En el supuesto de que dos o más ofertas obtengan el mismo puntaje, obtiene el mejor orden de prelación aquella oferta más cercana por debajo del promedio.
En caso de empate en puntaje y en oferta económica, el orden de prelación se determina por sorteo.
b) Cuando existan otros factores de evaluación además del precio, aquella que resulte con el mejor puntaje, en función de los criterios y procedimientos de evaluación enunciados en la sección específica de las bases. La evaluación del precio se sujeta a la aplicación de la fórmula prevista en el literal anterior.
Si dos (2) o más ofertas empatan, la determinación del orden de prelación de las ofertas empatadas se realiza a través de sorteo.
Para la aplicación del sorteo se requiere la participación xx xxxxxxx o xxxx xx xxx y la citación oportuna a los postores que hayan empatado, pudiendo participar en calidad de veedor un representante del Sistema Nacional de Control.
Importante |
En el caso de procedimientos de selección por relación de ítems cuando la obra se ejecute fuera de la provincia de Lima y Callao y el monto del valor referencial de algún ítem no supere los novecientos mil Soles (S/ 900,000.00), a solicitud del postor se asigna una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre el puntaje total obtenido en dicho ítem por los postores con domicilio en la provincia donde se ejecuta la obra, o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio es el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP2. |
1.12. CALIFICACIÓN DE OFERTAS
Luego de culminada la evaluación, el comité de selección debe determinar si los postores que obtuvieron el primer y segundo lugar según el orden de prelación, cumplen con los requisitos de calificación detallados en la sección específica de las bases. La oferta del postor que no cumpla con los requisitos de calificación debe ser descalificada. Si ninguno de los dos postores cumple con los requisitos de calificación, el comité de selección debe verificar los requisitos de calificación de los postores admitidos, según el orden de prelación obtenido en la evaluación.
Importante |
Cuando los postores presenten dentro de su oferta como personal permanente a profesionales que se encuentran laborando como residente o supervisor en obras contratadas por la Entidad que no cuentan con recepción, dicha oferta será descalificada. |
1.13. SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS
La subsanación de las ofertas se sujeta a los supuestos establecidos en el artículo 39 del Reglamento.
Cuando se requiera subsanación, la oferta continua vigente para todo efecto, a condición de la efectiva subsanación dentro del plazo otorgado, el que no puede exceder de tres (3) días hábiles. La presentación de las subsanaciones se realiza a través de la Unidad de Tramite Documentario de la Entidad. La subsanación corresponde realizarla al mismo postor, su representante legal o apoderado acreditado.
1.14. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
Luego de la calificación de las ofertas, el comité de selección otorga la buena pro en la fecha señalada en el calendario de las bases mediante su publicación en el SEACE.
El otorgamiento de la buena pro en acto privado se publica y se entiende notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados de la evaluación y calificación.
2 La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores: xxx.xxx.xxx.xx
1.15. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o más ofertas, el consentimiento de la buena pro se produce a los ocho (8) días hábiles siguientes de la notificación de su otorgamiento en el SEACE, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.
En caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se produce el mismo día de la notificación de su otorgamiento.
El consentimiento del otorgamiento de la buena pro se publica en el SEACE al día hábil siguiente de producido.
Importante |
Una vez consentido el otorgamiento de la buena pro, la Entidad realiza la inmediata verificación de la oferta presentada por el postor ganador de la buena pro. En caso de comprobar inexactitud o falsedad en las declaraciones, información o documentación presentada, la Entidad declara la nulidad del otorgamiento de la buena pro o del contrato, dependiendo de la oportunidad en que se hizo la comprobación, de conformidad con lo establecido en la Ley y en el Reglamento. Adicionalmente, la Entidad comunica al Tribunal de Contrataciones del Estado para que inicie el procedimiento administrativo sancionador y al Ministerio Público para que interponga la acción penal correspondiente. |
CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1. RECURSO DE APELACIÓN
A través del recurso de apelación se pueden impugnar los actos dictados durante el desarrollo del procedimiento de selección hasta antes del perfeccionamiento del contrato.
El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.
Los actos que declaren la nulidad de oficio y otros actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuidad del procedimiento de selección, pueden impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN
La apelación contra el otorgamiento de la buena pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse notificado el otorgamiento de la buena pro.
La apelación contra los actos dictados con posterioridad al otorgamiento de la buena pro, contra la declaración de nulidad, cancelación y declaratoria de desierto del procedimiento, debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
CAPÍTULO III DEL CONTRATO
3.1. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Dentro del plazo de ocho (8) días hábiles siguientes al registro en el SEACE del consentimiento de la buena pro o de que esta haya quedado administrativamente firme, el postor ganador de la buena pro debe presentar la totalidad de los requisitos para perfeccionar el contrato. En un plazo que no puede exceder de los tres (3) días hábiles siguientes de presentados los documentos la Entidad debe suscribir el contrato, u otorgar un plazo adicional para subsanar los requisitos, el que no puede exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación de la Entidad. Al día siguiente de subsanadas las observaciones, las partes suscriben el contrato.
Para perfeccionar el contrato, el postor ganador de la buena pro debe presentar los documentos señalados en los artículos 117 y 151 del Reglamento, así como los previstos en la sección específica de las bases.
3.2. GARANTÍAS
Las garantías que deben otorgar los postores y/o contratistas, según corresponda, son las de fiel cumplimiento del contrato y por los adelantos.
3.2.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Como requisito indispensable para perfeccionar el contrato, el postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del mismo por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Esta debe mantenerse vigente hasta la hasta el consentimiento de la liquidación final.
3.2.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
En las contrataciones que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se debe otorgar una garantía adicional por este concepto, la misma que debe ser renovada periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
3.2.3. GARANTÍA POR XXXXXXXX
En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.
3.3. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se presenten deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país, al solo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión directa de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
Importante |
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro y/o contratista cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución; sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. |
ADVERTENCIA |
LOS FUNCIONARIOS DE LAS ENTIDADES NO DEBEN ACEPTAR GARANTÍAS EMITIDAS BAJO CONDICIONES DISTINTAS A LAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE NUMERAL. |
3.4. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
La Entidad puede solicitar la ejecución de las garantías conforme a los supuestos contemplados en el artículo 131 del Reglamento.
3.5. INICIO DE PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA3
El inicio del plazo de ejecución de obra comienza a regir desde el día siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones:
1. Que la Entidad notifique al contratista quien es el inspector o el supervisor, según corresponda;
2. Que la Entidad haya hecho entrega total o parcial del terreno o lugar donde se ejecuta la obra, según corresponda;
3. Que la Entidad provea el calendario de entrega de los materiales e insumos que, de acuerdo con las Bases, hubiera asumido como obligación;
4. Que la Entidad haya hecho entrega del expediente técnico de obra completo, en caso este haya sido modificado con ocasión de la absolución de consultas y observaciones;
5. Que la Entidad haya otorgado al contratista el adelanto directo, en las condiciones y oportunidad establecidas en el artículo 156 del Reglamento.
Las condiciones a que se refieren los numerales precedentes, deben ser cumplidas dentro de los quince (15) días contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato. En caso no se haya solicitado la entrega del adelanto directo, el plazo se inicia con el cumplimiento de las demás condiciones.
La Entidad puede acordar con el contratista diferir la fecha de inicio del plazo de ejecución de la obra según los supuestos previstos en el artículo 152 del Reglamento.
Las circunstancias invocadas se sustentan en un informe técnico que forma parte del expediente de contratación, debiendo suscribir la adenda correspondiente.
Importante |
De acuerdo con el artículo 159 del Reglamento, debe designarse a un supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal en el que se convoca el procedimiento de selección. |
3 De conformidad con la Décimo Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento, en las obras bajo la modalidad de concurso oferta para el inicio de la ejecución de la obra es requisito previo la presentación y aprobación del expediente técnico por el íntegro de la obra.
3.6. RESIDENTE DE OBRA4
Profesional colegiado, habilitado y especializado designado por el contratista, previa conformidad de la Entidad, el cual puede ser ingeniero o arquitecto5, según corresponda a la naturaleza de los trabajos, con no menos de dos (2) años de experiencia en la especialidad, en función de la naturaleza, envergadura y complejidad de la obra6.
Por su sola designación, el residente representa al contratista como responsable técnico de la obra, no estando facultado a pactar modificaciones al contrato.
Importante |
El residente de obra no puede prestar servicios en más de una obra a la vez, salvo el caso de obras convocadas por paquete, en las cuales la participación permanente, directa y exclusiva del residente de obra es definida en la sección específica de las bases por la Entidad, bajo responsabilidad, teniendo en consideración la complejidad y magnitud de las obras a ejecutar, de conformidad con el artículo 154 del Reglamento. |
3.7. INSPECTOR O SUPERVISOR7 DE OBRA
Profesional colegiado, habilitado y especializado, con no menos de dos (2) años de experiencia en la especialidad, designado por la Entidad para velar directa y permanentemente por la correcta ejecución técnica, económica y administrativa de la obra y del cumplimiento del contrato. Debe cumplir, como mínimo, con la misma experiencia y calificaciones profesionales establecidas para el residente de obra.
En caso que el supervisor sea una persona jurídica, esta debe designar a una persona natural como supervisor permanente en la obra.
Importante |
El supervisor de obra, cuando es persona natural, o el jefe de supervisión, en caso el supervisor sea persona jurídica, no podrá prestar servicios en más de una obra a la vez, salvo, el caso de obras convocadas por paquete, en las cuales la participación permanente, directa y exclusiva del inspector o supervisor es definida en la sección específica de las bases por la Entidad, bajo responsabilidad, teniendo en consideración la complejidad y magnitud de las obras a ejecutar, de conformidad con el artículo 159 del Reglamento. |
3.8. CUADERNO DE OBRA Y ANOTACIÓN DE OCURRENCIAS
En la fecha de entrega del terreno, el contratista entrega y abre el cuaderno de obra, el mismo que debe encontrarse legalizado y es firmado en todas sus páginas por el inspector o supervisor, según corresponda, y por el residente, a fin de evitar su adulteración. Dichos profesionales son los únicos autorizados para hacer anotaciones en el cuaderno de obra.
El cuaderno de obra consta de una hoja original con tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de estas a la Entidad, otra al contratista y la tercera al inspector o
4 De acuerdo con el artículo 154 del Reglamento, durante la ejecución de la obra debe contarse, de modo permanente y directo, con un residente de obra.
5 Según lo definido en el expediente técnico de obra que es parte de las bases, conforme a la naturaleza de la obra a ser ejecutada.
6 En el expediente técnico que es parte de las bases, la Entidad puede establecer experiencia adicional para el profesional propuesto como residente de obra, según la naturaleza, envergadura y complejidad de la obra a ejecutar.
7 De acuerdo con el artículo 159 del Reglamento, debe designarse a un supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal en el que se convoca el procedimiento de selección.
supervisor. El original de dicho cuaderno debe permanecer en la obra, bajo custodia del residente no pudiendo impedirse el acceso al mismo.
Si el contratista o su personal, no permite el acceso al cuaderno de obra al inspector o supervisor, impidiéndole anotar las ocurrencias, constituye causal de aplicación de una penalidad equivalente al cinco por mil (5/1000) del monto de la valorización del periodo por cada día de dicho impedimento.
En el cuaderno de obra se anotan los hechos relevantes que ocurran durante la ejecución de esta, firmando al pie de cada anotación el inspector o supervisor o el residente, según sea el que efectúe la anotación. Las solicitudes que se requieran como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el cuaderno de obra, se presentan directamente a la Entidad o al inspector o supervisor según corresponda por el contratista o su representante, por medio de comunicación escrita.
El cuaderno de obra es cerrado por el inspector o supervisor cuando la obra haya sido recibida definitivamente por la Entidad.
Concluida la ejecución y recibida la obra, el original queda en poder de la Entidad.
Importante |
El inspector o supervisor, y/o el residente, deben anotar en el cuaderno de obra la fecha de inicio del plazo de ejecución de la obra, a efectos de evitar futuras controversias sobre el particular. |
3.9. ADELANTOS
La Entidad puede establecer la entrega de adelantos directos y adelantos para materiales o insumos, de conformidad con el artículo 155 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las bases8.
3.10. VALORIZACIONES
Las valorizaciones son la cuantificación económica de un avance físico en la ejecución de la obra, realizada en un período determinado, tienen el carácter de pagos a cuenta y son elaboradas el último día de cada período previsto en la sección específica de las bases, por el inspector o supervisor, según corresponda y el contratista. Si el inspector o supervisor no se presenta para la valorización conjunta con el contratista, este la efectúa.
En caso de retraso en el pago de las valorizaciones, por razones imputables a la Entidad, el contratista tiene derecho al reconocimiento de los intereses legales efectivos, de conformidad con el artículo 39 de la Ley y los artículos 1244, 1245 y 1246 del Código Civil.
En caso se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago de las valorizaciones se realizará a quien se indique en el contrato de consorcio.
3.11. REAJUSTES
En el caso de contratos de obra pactados en moneda nacional, las valorizaciones que se efectúen a precios originales del contrato y sus ampliaciones son ajustadas multiplicándolas por el respectivo coeficiente de reajuste “K” que se obtenga de aplicar la fórmula o fórmulas polinómicas previstas en el expediente técnico de obra que es parte de las bases, los Índices Unificados de Precios de la Construcción que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, correspondiente al mes en que debe ser pagada la valorización. Una vez
8 En el caso de obras bajo la modalidad de ejecución contractual de concurso oferta, si la Entidad prevé la entrega del adelanto directo para la elaboración del expediente técnico, el monto de este adelanto no puede ser superior al diez por ciento (10%) del monto original correspondiente a esta prestación. Asimismo, si la Entidad prevé la entrega del adelanto directo para la ejecución de la obra, el monto de este adelanto no podrá ser superior al diez por ciento (10%) del monto original correspondiente a esta prestación.
publicados los índices correspondientes al mes en que debió efectuarse el pago, se realizan las regularizaciones necesarias.
Dado que los Índices Unificados de Precios de la Construcción son publicados con un mes de atraso, los reajustes se calculan en base al coeficiente de reajuste “K” conocido al momento de la valorización. Cuando se conozcan los Índices Unificados de Precios que se deben aplicar, se calcula el monto definitivo de los reajustes que le corresponden y se pagan con la valorización más cercana posterior o en la liquidación final sin reconocimiento de intereses.
Importante |
Tanto la elaboración como la aplicación de las fórmulas polinómicas se sujetan a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 011-79-VC y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias. |
3.12. PENALIDADES
3.12.1. PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de conformidad con en el artículo 133 del Reglamento.
3.12.2. OTRAS PENALIDADES
La Entidad puede establecer penalidades distintas a la mencionada en el numeral precedente, siempre y cuando sean objetivas, razonables, congruentes y proporcionales con el objeto de la contratación. Para estos efectos, se deben incluir en la sección específica de las bases los supuestos de aplicación de penalidad, la forma de cálculo de la penalidad para cada supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el supuesto a penalizar.
Estos dos tipos de penalidades se calculan en forma independiente y pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.
3.13. RECEPCIÓN DE LA OBRA
La recepción de la obra se sujeta a las disposiciones previstas en el artículo 178 del Reglamento. Está permitida la recepción parcial de secciones terminadas de las obras, cuando ello se hubiera previsto expresamente en la sección específica de las bases, en el contrato o las partes expresamente lo convengan. La recepción parcial no exime al contratista del cumplimiento del plazo de ejecución; en caso contrario, se le aplican las penalidades correspondientes.
3.14. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA
El procedimiento para la liquidación del contrato de obra que debe observarse, es el que se encuentra descrito en el artículo 179 del Reglamento. No procede la liquidación mientras existan controversias pendientes de resolver.
Luego de consentida la liquidación y efectuado el pago que corresponda, culmina definitivamente el contrato y se cierra el expediente respectivo.
Toda discrepancia respecto a la liquidación, incluso las controversias relativas a su consentimiento o al incumplimiento de los pagos que resulten de la misma, se resuelve según las disposiciones previstas en el numeral 45.2 del artículo 45 de la Ley y en el artículo 179 del Reglamento, sin perjuicio del cobro de la parte no controvertida.
3.15. CONSTANCIA DE PRESTACIÓN
Otorgada la conformidad de la prestación, la Entidad otorga al contratista, una constancia de prestación de ejecución de obra según el formato establecido en el Capítulo VI de la sección específica de las bases, la cual es entregada conjuntamente con la liquidación de la obra. Solo se puede diferir la entrega de la constancia en los casos en que hubiera penalidades, hasta que estas sean canceladas.
3.16. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36 de la Ley y 135 del Reglamento.
3.17. PRESTACIONES PENDIENTES EN CASO DE RESOLUCIÓN O NULIDAD DEL CONTRATO
Cuando se resuelva un contrato y exista la necesidad urgente de culminar con la ejecución de las prestaciones derivadas de este, para asegurar la terminación de la obra, sin perjuicio de que dicha resolución se encuentre sometida a alguno de los medios de solución de controversias; la Entidad puede contratar a alguno de los postores que participaron en el procedimiento de selección. Para dicho efecto debe seguir el procedimiento previsto en el artículo 138 del Reglamento. Agotado dicho procedimiento, la Entidad puede contratar directamente con determinado proveedor, según lo previsto en el literal l) del artículo 27 de la Ley.
El párrafo precedente aplica también para los contratos declarados nulos por las causales previstas en los literales a) y b) del artículo 44 de la Ley.
3.18. DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente procedimiento no contemplados en las bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
Importante |
Cuando se trate de obras bajo la modalidad de ejecución contractual de concurso oferta, a cada una de las prestaciones involucradas se le aplicarán, en principio, las disposiciones de la normativa de contrataciones del Estado que sean compatibles con su naturaleza, salvo en aquellos supuestos que impliquen la erogación de mayores fondos públicos (adelantos y prestaciones adicionales), en los que se aplicarán las disposiciones de dicha normativa que regulan la ejecución de obras |
SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
CAPÍTULO I GENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre | : | PROGRAMA AGUA SEGURA PARA LIMA Y CALLAO |
RUC Nº | : | 20602547443 |
Domicilio legal | : | Xx. Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xx 0000, xxxx 0, Xxx Xxxxxx - Xxxx |
Teléfono: | : | 00-0000000 |
Correo electrónico: | : |
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente procedimiento de selección tiene por objeto la contratación de la ejecución de la obra: “Esquema Carapongo – Ampliación de los Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de los Sectores 136 y 137 del Distrito de Lurigancho”, SNIP 135204 - Código Único 2400301.
1.3. VALOR REFERENCIAL9
El valor referencial asciende a S/ 118 705 770.35 (Ciento dieciocho millones setecientos cinco mil setecientos setenta con 35/100 soles), incluidos los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la ejecución de la obra. El valor referencial ha sido calculado al mes de 30.11.2017.
Valor Referencial (VR) | Límite Superior10 |
S/ 118 705 770.35 (Ciento dieciocho millones setecientos cinco mil setecientos setenta con 35/100 soles), incluye XXX | X/ 000 000 347.38 (Ciento treinta millones quinientos setenta y seis mil trescientos cuarenta y siete con 38/100 soles), incluye IGV |
Importante |
El precio de las ofertas no puede exceder los límites del valor referencial de conformidad con el numeral 28.2 del artículo 28 de la Ley. |
1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante Resolución Directoral N° 16-2018- VIVIENDA-VMCS-PASLC/UA, de fecha 28 xx xxxx de 2018.
Asimismo, el expediente técnico de obra fue aprobado mediante Resolución de Gerencia de Proyectos y Obras N° 253-2017-GPO, de fecha 05.12.2017, (la elaboración de este expediente técnico de obra corresponde al contrato N° 177-2014-SEDAPAL, de fecha 11.03.2014).
9 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del procedimiento en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las bases aprobadas.
10 De acuerdo a lo señalado en el artículo 27 del Reglamento, el límite superior se calcula considerando dos decimales y sin efectuar el redondeo en el segundo decimal.
Mediante Resolución N° 043-2018-GPO, de la Gerencia de Proyectos y Obras del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – SEDAPAL, de fecha 22 de febrero de 2018, se prueba el Valor Referencial actualizado del Expediente Técnico, con precios vigentes al 30.11.2017.
1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito
Importante |
La fuente de financiamiento debe corresponder a aquella prevista en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el procedimiento de selección. |
1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente procedimiento se rige por el sistema de Precios Unitarios, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.7. MODALIDAD DE EJECUCIÓN
No corresponde
1.8. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El alcance de la ejecución de la obra está definido en el Capítulo III de la presente sección de las bases.
1.9. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA
El plazo de ejecución de la obra materia de la presente convocatoria, es de 480 (Cuatrocientos ochenta) días calendario, en concordancia con lo establecido en el expediente de contratación y en el expediente técnico de obra.
1.10. COSTO DE REPRODUCCIÓN Y ENTREGA DE BASES Y DEL EXPEDIENTE TÉCNICO DE LA OBRA
Los participantes registrados tienen el derecho a recabar las bases y el expediente técnico de la obra, para cuyo efecto deben cancelar S/ 65.00 (Sesenta y cinco con 00/100 soles) en Tesorería del Programa de Agua Segura para Lima y Callao, sito en la Xx. Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xx 0000, xxxx 0, Xxx Xxxxxx - Xxxx y recabar las bases y copia del expediente técnico de obra en la Unidad de Administración.
Importante |
La Entidad debe contar con la constancia o formulario de cargos en donde conste que el participante recibió el expediente técnico completo. El costo de entrega del ejemplar de las bases y del expediente técnico, no puede exceder el costo de su reproducción. |
1.11. BASE LEGAL
- Xxx Xx 00000 - Xxx xx Xxxxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx para el Año Fiscal 2018.
- Ley N° 30694 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal 2018.
- Ley 30695 - Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2018.
- Ley N° 28411, Ley General del sistema Nacional de Presupuesto.
- Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
- Reglamento de la Ley N° 30225, aprobado mediante Decreto Supremo N° 350-2015-EF y modificado mediante Decreto Supremo Nº 056-2017-EF
- Directivas del OSCE.
- Ley N° 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
- Decreto Supremo N° 304-2012-EF, TUO de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
- Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, TUO de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Código Civil.
- Decreto Supremo Nº 011-79-VC.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
CAPÍTULO II
DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1. CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN11
Etapa | Fecha, hora y lugar | ||||
Convocatoria | : | 29/05/2018 | |||
Registro de participantes12 A través del SEACE | : | Desde las: 00:01 horas del 30/05/2018 Hasta las: 09:59 horas del 02/07/2018 | |||
Formulación de consultas y | : | Del: 30/05/2018 | |||
observaciones a las bases | Al: 12/06/2018 | ||||
A través del | : | Formato para formular consultas y observaciones del | |||
Anexo N° 01 de la Directiva “Disposiciones sobre la | |||||
formulación y absolución de consultas y observaciones”13 | |||||
En Mesa de Partes o la que haga sus veces en la Entidad en | : | Mesa de Partes del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento sito en Xx. Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xx 0000, Xxxxxxxx XxxxxXxxx, xxxx 0 - Xxx Xxxxxx – Lima, en el | |||
Adicionalmente, remitir el archivo | horario14 de 08:30 a 16:30 | ||||
electrónico a la siguiente dirección | : | ||||
Absolución de consultas y observaciones a las bases | : | 19/06/2018 | |||
Integración de bases | : | 20/06/2018 | |||
Presentación precalificación | de | solicitudes | de | : | 02/07/2018 |
El acto público se realizará en | : | Sito en Xx. Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xx 0000, Xxxxxxxx XxxxxXxxx, xxxx 0 - Xxx Xxxxxx – Lima - 10:00 horas | |||
Evaluación de documentos de precalificación | : | Del: 03/07/2018 al 09/07/2018 | |||
Publicación de pre calificados | : | 10/07/2018 | |||
Presentación de ofertas | : | 19/07/2018 | |||
El acto público se realizará en | : | Sito en Xx. Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xx 0000, Xxxxxxxx XxxxxXxxx, piso 6 - San Xxxxxx - Lima - 10:00 horas | |||
Evaluación de ofertas | : | 20/07/2018 al 24/07/2018 | |||
Calificación de ofertas | : | 25/07/2018 al 31/07/2018 | |||
Otorgamiento de la buena pro | : | 01/08/2018 | |||
A través del SEACE |
11 La información del calendario indicado en las bases no debe diferir de la información consignada en la ficha del procedimiento en el SEACE. No obstante, en caso de existir contradicción primará el calendario indicado en la ficha del procedimiento en el SEACE.
12 El registro de participantes se lleva a cabo desde el día siguiente de la convocatoria hasta antes del inicio de la presentación de ofertas, según lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento.
14 Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho (8) horas.
Importante |
Los proveedores que deseen registrar su participación deben ingresar al SEACE utilizando su Certificado SEACE (usuario y contraseña). Asimismo, deben observar las instrucciones señaladas en el documento de orientación “Guía para el registro de participantes electrónico” publicado en xxx.xxxxx.xxx.xx, pestaña 1. Inicio, opción Documentos y Publicaciones, página Manuales y Otros (Proveedores). |
2.2. CONTENIDO DE LAS OFERTAS
La solicitud de precalificación se presenta en un (1) sobre cerrado en original, dirigido al comité de selección de la Licitación Pública N° 03-2018-VIVIENDA-VMCS-PASLC, conforme al siguiente detalle:
Señores
Programa Agua Segura para Lima y Callao
Xx. Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xx 0000, xxxx 0, Xxx Xxxxxx - Xxxx Att.: Comité de selección
LICITACIÓN PÚBLICA N° 03-2018-VIVIENDA-VMCS-PASLC
Denominación de la convocatoria: “ESQUEMA CARAPONGO – AMPLIACIÓN DE LOS SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LOS SECTORES 136 Y 137 DEL DISTRITO DE LURIGANCHO”, SNIP 135204”
OFERTA
[NOMBRE / DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
La solicitud de precalificación contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente documentación:
2.2.1. CAPACIDAD LEGAL Representación Requisitos:
Declaración jurada de datos del postor.
Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada debe ser presentada por cada uno de los integrantes del consorcio. (Anexo Nº 01).
Documento que acredite fehacientemente la representación de quien suscribe la oferta.
En el caso de consorcios, este documento debe ser presentado por cada uno de los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según corresponda.
Ningún integrante de un Consorcio podrá formar parte de dos ofertas; ningún Consorcio puede estar conformado por más de tres (03) Empresas.
Los Licitantes que se presenten consorciados deberán presentar la Promesa de Consorcio con firmas legalizadas de los respectivos representantes legales que contenga cuando menos la información siguiente:
- Porcentaje de participación de las otras empresas. La participación mínima, de cada empresa consorciada, debe ser del 20%.
- Declaración de que las empresas asociadas asumirán la total responsabilidad solidaria en el orden técnico, económico y legal de los contratos, en forma conjunta e individualmente y que no podrán modificar los términos de su participación en el Contrato de Consorcio hasta la liquidación final del contrato.
Asimismo, el porcentaje mínimo de participación en la ejecución del contrato, para el integrante del consorcio que acredite mayor experiencia en obras similares, es de 50% de participación.
El representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.
Acreditación:
Tratándose de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión.
En caso de persona natural, copia del documento nacional de identidad o documento análogo, o del certificado de vigencia de poder otorgado por persona natural, del apoderado o mandatario, según corresponda, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión.
Promesa de consorcio con firmas legalizadas.
2.2.2. SOLVENCIA ECONOMICA
1. Presentar copia simple del último Balance de gestión (2017) entregado a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) para empresas nacionales. Las empresas extranjeras podrán presentar copia simple del documento similar presentado ante la autoridad tributaria de su país de origen. En caso de consorcio cada empresa asociada deberá presentar la documentación solicitada.
2. Presentar reporte de la calificación de riesgo (INFOCORP) que muestre la clasificación de la deuda bancaria de la empresa por parte de la Superintendencia de Banca, Seguro y AFP (SBS), debiendo obtener una calificación normal al 100% (cien por ciento). Dicho reporte deberá ser de fecha posterior a la fecha de convocatoria del presente proceso. Para el caso de empresas extranjeras, esta calificación de riesgo podrá ser presentada a través de una entidad internacional equivalente.
3. Presentar obligatoriamente copia simple de los Estados Financieros auditados correspondientes a los tres (03) últimos años (2014, 2015 y 2016). En caso de consorcio cada empresa asociada deberá presentar la documentación solicitada.
4. Presentar obligatoriamente un resumen de los principales indicadores financieros correspondientes a los tres (03) últimos años (2014, 2015 y 2016), con sus respectivos sustentos de cálculo para su obtención. En caso de Consorcio la empresa líder deberá cumplir con los siguientes valores mínimos:
Índice de Liquidez : Igual o Mayor a 1.20
Índice de Acidez : Igual o Mayor a 1.05
Índice de Endeudamiento : Igual o Menor a 0.70
Índice Patrimonial : Igual o Mayor a 0.30
Nota:
Los índices se calcularán con las siguientes formulas:
Índice de liquidez = activo corriente / pasivo corriente
Índice de acidez = (activo corriente - inventario) / pasivo corriente.
Índice de endeudamiento = total activo / total pasivo.
Índice patrimonial = total pasivo / patrimonio
El cumplimiento de los indicadores financieros corresponde al promedio de los últimos tres años.
5. Presentar copia simple de la constancia del último pago efectuado por el Impuesto Anual a la Renta y copia simple del comprobante de pago de la última obligación exigible. Las empresas extranjeras podrán presentar copia simple del documento similar presentado ante la autoridad tributaria de su país de origen, de ser aplicable.
6. El postor demostrará que posee solvencia económica mediante la presentación de línea(s) de crédito bancarias(s), por un monto mínimo equivalente al 50% del valor referencial, aprobado y de libre disponibilidad. Las empresas extranjeras presentarán las(s) línea(s) de crédito bancaria(s), otorgadas por banco(s) extranjeros(s) de primera categoría, incluidos en la relación aprobada por el Banco Central de Reserva, vigente a la fecha de presentación de las ofertas.
Para el caso de Perú, la emisión de líneas de crédito será otorgada por los Bancos autorizados por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. Serán aceptados cartas según las características propias de cada Entidad Bancaria, no obstante, estas deberán contener mínimamente la información solicitada en el Formato N° 1. Las cartas pueden estar dirigidas a favor de cualquiera de las siguientes alternativas:
a) Al postor.
b) Al Comité de Selección
c) Al Programa Agua Segura para Lima y Callao.
La carta de la Entidad Bancaria debe estar emitida con fecha posterior a la fecha de convocatoria de la presente licitación y debe acreditar fehacientemente la línea de crédito a favor del postor.
Se podrá presentar el monto requerido en otras monedas, considerando para el tipo de cambio, el valor venta de la fecha de emisión de la carta de la Entidad Bancaria.
Se aclara que estos documentos deben ser presentados en original.
Para el caso de consorcios, se sumarán las respectivas capacidades financieras de las empresas que lo conforman (sin importar el porcentaje de participación). Bastará que sea una de las empresas consorciadas quien acredite la línea de crédito a su favor, siempre que logre igualar o superar el monto requerido en las bases.
7. Presentar Declaración Jurada suscrita por el Representante Legal, de cada empresa asociada, de no encontrarse en proceso de quiebra ni liquidación ni restructuración, de acuerdo a las normas específicas del INDECOPI.
2.2.3. RELACIÓN DE PRINCIPALES OBRAS EJECUTADAS
1. Facturación en los últimos 5 años.
Este monto deberá ser mayor o igual a 1 vez el valor referencial. Esta información será acreditada con copia simple de las Declaraciones Juradas presentadas a la SUNAT o Estados Financieros auditados de los últimos cinco años (2013, 2014, 2015, 2016 y 2017). En caso de una empresa extranjera, se podrá adjuntar los documentos antes indicados presentados ante la autoridad tributaria de su país de origen o en su defecto sus Estados Financieros auditados para los años (2013, 2014, 2015, 2016 y 2017), En caso de consorcios se considerará la facturación promedio a la sumatoria de los promedios individuales de cada empresa asociada.
2. Informe de la experiencia como ejecutor de obras en general.
Sólo se considerarán Obras ejecutadas en los últimos diez (10) años (a la fecha de presentación de propuestas de solicitudes de precalificación), debiendo la sumatoria de dichos montos ser igual o superior a dos (02) veces el valor referencial con un xxxxxx xx xxxx (10) contratos (según Anexo N° 8).
Se define como obras en general: a aquellas que comprendan la construcción, reconstrucción, remodelación, mejoramiento, demolición, renovación, ampliación y habilitación de bienes inmuebles, tales como edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones, carreteras, puentes, túneles u otros, que requieren dirección técnica, expediente técnico, mano de obra, materiales y/o equipos. Además, se considerará obras de rehabilitación o mejoramiento o la combinación de los
términos anteriores siempre y cuando tengan dirección técnica expediente técnico, mano de obra, materiales y/o equipos.
En caso el postor consignara más xx xxxx (10) contratos, sólo se calificarán los diez
(10) primeros del cuadro del Anexo N° 8.
3. Experiencia en la ejecución de obras similares.
Haber ejecutado obras similares por un monto de una (01) vez el valor referencial, en forma individual o consorciada, en los últimos 10 años y en un máximo de 10 contratos.
Se considera Obra similar a obras de ampliación y/o construcción y/o instalación y/o mejoramiento y/o rehabilitación y/o renovación de obras generales y/o secundarias de agua potable y/o alcantarillado, que incluyan alguno de los siguientes componentes.
Obras Generales:
Pozos y/o Cisterna y/o Reservorio Apoyado y/o Reservorio Elevado y/o Estación de Bombeo de Agua Potable y Estación de Bombeo de Desagüe. Pozos de al menos 20 lps de caudal de bombeo y 80 metros de profundidad, Cisternas de al menos 50 m3 de capacidad, Reservorios de al menos 500 m3 de capacidad.
Líneas Principales y/o Línea de Conducción y/o Línea de Impulsión y/o Línea de Aducción y/o Troncales Estratégicas y/o Red Matriz de al menos 250 mm de diámetro de HD y, Colectores Primarios y/o Colectores Principales de al menos 315 mm de diámetro.
Obras secundarias:
Redes secundarias de agua potable y/o alcantarillado, incluye conexiones domiciliarias.
Se excluye lo siguiente:
Piletas públicas, unidades sanitarias y similares.
Sistema de recolección y disposición de agua de lluvias.
Servicio de disposición sanitaria de excretas, letrinas y fosas sépticas.
En caso el postor consignará más de 10 contratos, sólo se calificarán los diez (10) primeros contratos presentados.
4. La información deberá ser acreditada mediante copia simple de los siguientes documentos:
Contratos y sus respectivas actas de recepción y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o contratos y cualquier otra documentación de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida satisfactoriamente, así como su monto total y características. Documentos emitidos por la entidad contratante.
En el caso de las obras en general ejecutadas en consorcio, el postor deberá acreditar el porcentaje de participación mediante copia del Testimonio de Contrato de Consorcio o documento emitido por la entidad contratante en donde se demuestre el porcentaje de participación. Para el caso de obras similares no se aceptarán participaciones menores al 20%.
En el caso de obra similar ejecutada en consorcio, el Acta de recepción y certificado de conformidad emitida por la entidad contratante, y/o copia del Testimonio de Contrato de Consorcio, y/o documento emitido por la entidad contratante en donde se demuestre el porcentaje de participación, No se aceptará una participación menor al 20%.
Para Experiencias en Obras Similares; los documentos de acreditación, indicados en presente numeral, deberán indicar fehacientemente las características técnicas las obras ejecutadas y concluidas en los últimos diez (10) años contados a partir de la fecha de presentación de solicitudes de precalificación. En caso de ser beneficiado con la Buena Pro presentará antes de las firmas de contrato copias legalizadas o certificadas de sus documentos oficiales (escritura de constitución, poderes, contrato de consorcio de ser el caso, registros o licencia en su país(es) de origen; en caso sea extranjero además deberá apostillar esta documentación.
5. Los montos deben ser expresados en soles y, de ser necesario, actualizar los montos contratados aplicando los factores de actualización establecidos por el Instituto Nacional de Estadísticas e Informática – INEI al 28.02.2015. En caso que los montos estén expresados en moneda extranjera deberán realizar la conversión respectiva a soles de acuerdo al tipo de cambio promedio compra – venta que publica la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP vigente a la fecha del Contrato que se sustenta.
2.2.4. CAPACIDAD DE GESTION
1. El postor debe acreditar el lugar donde funciona la empresa mediante copia literal en caso sea el propietario, y/o contrato de alquiler de ser arrendatario. Asimismo, en ambos casos deberá adjuntar la licencia de funcionamiento, incluyendo la certificación de INDECI y el domicilio declarado ante la SUNAT. En caso de consorcio todos los integrantes deben acreditar el lugar donde funciona la empresa, mediante copia literal en caso sea el propietario, y/o contrato de alquiler de ser arrendatario, domicilio declarado ante la SUNAT y su respectiva licencia de funcionamiento.
2. Capacidad Técnica:
a. Staff de Profesionales
El postor deberá demostrar que cuenta con un mínimo xx xxxx (10) profesionales en el Staff del plantel técnico de su Organización, que tengan vínculo contractual vigente con la Empresa y que forman parte de su Organización.
El vínculo contractual se acreditará mediante una Declaración Jurada que evidencie que el profesional labora en la empresa de manera permanente mínimo de un (01) año, indicando su fecha de ingreso. Los profesionales presentados sólo podrán ser acreditados por un postor.
Los profesionales solicitados deben ser acreditados por el Postor, es decir para el caso de un Consorcio bastará que entre todos los consorciados presenten los diez
(10) profesionales, de presentar más xx xxxx (10) profesionales, se evaluará solamente los diez (10) primeros del listado, y en función de dicha evaluación se emitirá el resultado en lo referente a profesionales de la organización.
Estos profesionales deben pertenecer a áreas técnicas de la Empresa y desempeñarse como Especialistas o Asesores o Jefaturas o Gerentes o Directores o Residentes de Obra.
3. Equipo mínimo:
N° | Descripción | Cantidad |
1 | Camión volquete 4x2 210 – 280 HP de 8m3 (*) | 6 |
2 | Camioneta pick-up 4 x 2 simple 1000 kg (carga útil) 90 HP | 7 |
3 | Equipo de estación total incl. prismas jalones telescópicos | 2 |
4 | Mezcladora concreto t/tambor 23HP 11-12p3 | 4 |
5 | Xxxxxxxxx 0 HP 2” incluye manguera | 4 |
6 | Cargador sob. Llanta 80-95HP 1,5-1,75 Yd3 (*) | 2 |
7 | Cargador retroexcavador 0,5-0,75Yd3 62 HP (*) | 2 |
8 | Compactadora vibrat. De plancha 7 HP | 2 |
9 | Compresora neumática 87 HP 250 - 330 pcm | 10 |
10 | Martillo neumático 00 - 00 Xx | 00 |
00 | Motosoldadora de 250 amp | 4 |
12 | Perforadora para pozo profundo | 3 |
13 | Grúa Hidráulica auto propulsada 9 Ton (*) | 2 |
Acreditación:
La acreditación se realizará con los documentos que sustenten la propiedad, la posesión, el compromiso de compra venta o alquiler u otro documento que acredite la disponibilidad del equipamiento requerido.
De las siete (07) camionetas operadas (Incl. Chofer, combustible, lubric., etc.), una (01) camioneta xx xxxxx cabina se asignará para empleo del Coordinador de obra de la Unidad de Obras del PASLC.
Queda entendido que los equipos deben encontrarse en perfectas condiciones de trabajo para realizar eficientemente todas las actividades de construcción y deberá demostrar que estarían disponibles para la ejecución de las obras. El postor podrá listar equipos alternativos que él se propone utilizar.
Las características del equipamiento y vehículos previstas en el expediente técnico, como la antigüedad, serán acreditadas con la copia de documentos que sustenten la propiedad, la posesión, el compromiso de compra venta o alquiler u otro documento que acredite la disponibilidad del equipamiento, no aceptándose equipos con antigüedad mayor a (5) años a la fecha de presentación de las ofertas. Así mismo, estará a cargo y será responsable de los gastos que demanden por concepto chofer, combustible y mantenimiento de las unidades.
La maquinaria pesada (*) debe contar con certificado vigente de análisis de gases, emitida por una entidad Certificadora de Conformidad, autorizada por el MTC y presentada al inicio de la prestación efectiva de servicio de la maquinaria pesada.
Todas las unidades vehiculares (camiones y camionetas) deberán contar con los documentos en regla vigentes, tales como: Seguro SOAT, Seguro Integral (contra robo, siniestros y otros) revisión técnica (de ser el caso) y presentada al inicio efectiva del servicio. Así mismo, el contratista estará a cargo y será responsable de los gastos que demande por concepto de chofer, peajes, combustible y mantenimiento de las unidades.
Se podrá aceptar equipos y/o vehículos con características superiores a lo requerido por la Entidad.
NOTAS:
a) Todos los documentos solicitados tienen carácter de Declaración Jurada y la alteración u omisión de alguna de ellas descalifica a la empresa o Consorcio según sea el caso, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
b) Los documentos deberán ser presentados en “Original” o “Copia” según corresponda, debiendo contar con el sello y la rúbrica del postor, a su vez estar foliados correlativamente, contar con índice y separadores, y en el orden que se indica.
c) Las empresas extranjeras deberán presentar toda la documentación en idioma español, si el documento original está en otro idioma debe acompañarlo de su traducción simple con la indicación y suscripción de quien oficie de traductor debidamente identificado. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
La documentación proveniente del extranjero que tenga por objeto acreditar los requisitos previstos en la precalificación, debe contar con la legalización respectiva del Consulado Peruano correspondiente o con la Apostilla de la Haya, de ser el caso, con su traducción certificada por traductor publico juramentado o traductor colegiado certificado.
2.3. CONTENIDO DE LAS OFERTAS
La oferta se presenta en un (1) sobre cerrado en original, dirigido al comité de selección de la
Licitación Pública N° 03-2018-VIVIENDA-VMCS-PASLC, conforme al siguiente detalle:
Señores
Programa Agua Segura para Lima y Callao
Xx. Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xx 0000, xxxx 0, Xxx Xxxxxx - Xxxx Att.: Comité de selección
LICITACIÓN PÚBLICA N° 03-2018-VIVIENDA-VMCS-PASLC
Denominación de la convocatoria: “ESQUEMA CARAPONGO – AMPLIACIÓN DE LOS SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LOS SECTORES 136 Y 137 DEL DISTRITO DE LURIGANCHO”, SNIP 135204.
OFERTA
[NOMBRE / DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
La oferta contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente documentación:
2.3.1. Documentación de presentación obligatoria
2.3.1.1. Documentos para la admisión de la oferta
a) Declaración jurada de datos del postor.
Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada debe ser presentada por cada uno de los integrantes del consorcio. (Anexo Nº 1)
b) Declaración jurada de acuerdo con el numeral 1 del artículo 31 del Reglamento.
(Anexo Nº 2)
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
c) Declaración jurada de cumplimiento del Expediente Técnico, según el numeral
3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 3)
d) Declaración jurada de plazo de ejecución de la obra. (Anexo Nº 4)
e) Carta de compromiso del personal que integra el plantel profesional clave con firma legalizada, según lo previsto en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 10)
f) El precio de la oferta en soles y el detalle de precios unitarios, cuando dicho sistema haya sido establecido en las bases. (Anexo Nº 5)
El precio total de la oferta y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos decimales.
Importante |
El comité de selección devuelve las ofertas que no se encuentren dentro de los límites del valor referencial previstos en el numeral 28.2 del artículo 28 de la Ley, teniéndose estas por no admitidas. El comité de selección verifica la presentación de los documentos requeridos. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida. |
2.2.1.1. Documentos para acreditar los requisitos de calificación
El postor debe incorporar en su oferta los documentos que acreditan los “Requisitos de Calificación” que se detallan en el numeral 3.2 del Capítulo III de la presente sección de las bases.
La formación académica del personal clave, será a través de la presentación de la copia simple del título profesional correspondiente; siendo que, en el caso de profesionales extranjeros, tal requisito deberá acreditarse además con la copia simple del documento de la revalidación o del reconocimiento del grado académico o título profesional otorgados en el extranjero, extendido por la autoridad competente en el Perú, conforme a la normativa especial de la materia. (Opinión N° 220-2017/DTN).
Importante |
Cabe subsanación de las ofertas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento. La legalización de las firmas en la promesa de consorcio y en la carta de compromiso del personal clave, son subsanables. |
2.3. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL DE LAS OFERTAS
La evaluación se realiza sobre la base de cien (100) puntos.
Para determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, se considera lo siguiente:
Precio = 100 puntos
Importante |
Luego de culminada la evaluación según los factores de evaluación señalados en el Capítulo IV de esta sección, el comité de selección debe determinar si el postor que obtuvo el primer lugar según el orden de prelación cumple con los requisitos de calificación especificados en el numeral 3.2 del capítulo III de la sección específica de las bases. Si dicho postor no cumple con los requisitos de calificación su oferta será descalificada. |
2.4. REQUISITOS PARA PERFECCIONAR EL CONTRATO
El postor ganador de la buena pro debe presentar los siguientes documentos para perfeccionar el contrato:
a) Constancia de capacidad libre de contratación.
b) Garantía de fiel cumplimiento del contrato. Carta Fianza.
c) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de cada uno de los integrantes, de ser el caso.
d) Código de cuenta interbancaria (CCI).
e) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa que acredite que cuenta con facultades para perfeccionar el contrato, cuando corresponda.
f) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado.
g) Copia del RUC de la empresa o del consorcio.
h) Copia de DNI del postor en caso de persona natural, o de su representante legal en caso de persona jurídica.
i) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.
j) Calendario de avance de obra valorizado sustentado en el Programa de Ejecución de Obra (CPM), el cual debe presentar la ruta crítica y la lista de hitos claves de la obra.
k) Calendario de adquisición de materiales o insumos necesarios para la ejecución de obra, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado. Este calendario se actualiza con cada ampliación de plazo otorgada, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado vigente.
l) Póliza Todo Riesgo de Construcción (CAR), por el 100% del monto total del presupuesto, anexando la constancia de pago de la prima, adjuntar copia simple de factura de cancelación.
m) Póliza de Seguro Complementario por Trabajo de Riesgo (SCTR), adjuntar copia simple de factura de cancelación.
n) La equivalencia o convalidación de títulos profesionales, para personal extranjero de corresponder
o) Análisis de costos unitarios correspondiente a su propuesta económica, así como desagregado de sus Gastos Generales de acuerdo al expediente técnico (Presupuesto detallado por partidas y aplicado sobre los metrados considerados en el expediente técnico, se indicará el monto por separado de Gastos Generales Variables y Gastos Generales Fijos, así como la Utilidad y el porcentaje que les corresponde con respecto al Costo Directo; adicionalmente los importes totales correspondientes a los servicios complementarios para la Obra (Intervención Social, Monitoreo Arqueológico, Plan de manejo Ambiental y monitoreo en Obra, Licencias para Autorización de Uso de Frecuencia y Suministro Eléctrico, incluido I.G.V.).
p) Copia de los contratos emitidos en el extranjero legalizados, que fueron presentados para acreditar la experiencia del postor, de ser el caso.
q) Acreditación de la implementación y aplicación de su Reglamento del Sistema de Gestión de la Salud y Seguridad en el Trabajo, acorde a lo normado por la Ley N° 29783 “Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (Copia del Reglamento Interno de Salud y Seguridad en el Trabajo).
r) Calendario de utilización de equipo, en caso la naturaleza de la contratación lo requiera.
Nota:
Directiva N° 016-2016-OSCE/CD, ítem VIII DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, numeral
8.1, se requiere que: "Los documentos provenientes del extranjero Deben contar con la legalización del Consulado Peruano, refrendado por el Ministerio de Relaciones Exteriores en el Perú o, en su defecto, con la Apostilla de la Haya, correspondiente al país de origen del documento".
Importante |
En caso que el postor ganador de la buena pro sea un consorcio, las garantías que presente este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la Ley, deben consignar expresamente el nombre completo o la denominación o razón social de los integrantes del consorcio, en calidad de garantizados, de lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. De conformidad con la Décima Séptima Disposición Complementaria Final del Reglamento, dentro del supuesto de hecho de la infracción establecida en el literal h) del artículo 50.1 de la Ley, referida a la presentación de información inexacta, se encuentra comprendida la presentación de garantías que no hayan sido emitidas por las empresas indicadas en el segundo párrafo del artículo 33 de la Ley. |
Importante |
De conformidad con el artículo 234 del Reglamento, las Entidades son responsables de verificar la vigencia de la inscripción en el RNP del postor ganador de la buena pro en el perfeccionamiento del contrato, ingresando al portal web del OSCE xxx.xxxx.xxx.xx sección RNP. Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. La Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para el perfeccionamiento del contrato. |
2.5. PERFECCIONAMIENTO EL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene. Para dicho efecto el postor ganador de la buena pro, dentro del plazo previsto en el numeral 3.1 de la sección general de las bases, debe presentar la documentación requerida en Unidad de Administración sito en Xx. Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xx 0000, xxxx 0, Xxx Xxxxxx - Xxxx, en el horario de 8.30 hasta las 16.30 horas.
2.6. ADELANTOS15
2.6.1. ADELANTO DIRECTO
La Entidad otorgará 1 (Uno) adelanto directo hasta el 10% 16 del monto del contrato original.
El contratista debe solicitar formalmente el adelanto directo dentro de los ocho (8) días siguientes, a la suscripción del contrato 17 , adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos18 mediante carta fianza y el comprobante de pago correspondiente. La Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) días contados a partir del día siguiente de recibida la solicitud del contratista.
Vencido el plazo para solicitar el adelanto no procede la solicitud.
2.6.2. ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS
“La Entidad otorgará adelantos para materiales o insumos hasta el 20% del monto del, del contrato original19, conforme al calendario de adquisición de materiales o insumos presentado por el contratista.
La entrega de los adelantos se realizará en un plazo de siete (7) días calendario previos a la fecha prevista en el calendario de adquisición de materiales o insumos para cada adquisición, con la finalidad que EL CONTRATISTA pueda disponer de los materiales o insumos en la oportunidad prevista en el calendario de avance de obra valorizado. Para tal efecto, EL CONTRATISTA debe solicitar la entrega del adelanto en un plazo de ocho
(8) días calendario anteriores al inicio del plazo antes mencionado, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos20 mediante carta fianza y el comprobante de pago respectivo.
2.7. VALORIZACIONES
El periodo de valorización será mensual.
Importante
15 Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos, debe prever el procedimiento para su entrega, conforme a lo previsto en los artículos 156 y 157 del Reglamento.
16 En el caso de obras bajo la modalidad de ejecución contractual de concurso oferta, si la Entidad prevé la entrega del adelanto directo para la elaboración del expediente técnico, el monto de este adelanto no puede ser superior al diez por ciento (10%) del monto original correspondiente a esta prestación. Asimismo, si la Entidad prevé la entrega del adelanto directo para la ejecución de la obra, el monto de este adelanto no puede ser superior al diez por ciento (10%) del monto original correspondiente a esta prestación.
17 El plazo se computa desde el día siguiente de la suscripción del contrato. En el caso de obras bajo la modalidad de ejecución contractual de concurso oferta, para el adelanto directo que corresponda a la elaboración del expediente técnico debe indicarse que el plazo se computa desde el día siguiente de la suscripción del contrato; en cambio, para el adelanto directo que corresponda a la ejecución de la obra debe indicarse que el plazo se computa desde el día siguiente del inicio de la ejecución de la obra.
18 De conformidad con el artículo 129 del Reglamento, esta garantía debe ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable por un plazo idéntico hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución contractual sea menor a tres (3) meses, las garantías pueden ser emitidas con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.
19 En el caso de obras bajo la modalidad de ejecución contractual de concurso oferta, debe consignarse que el monto del adelanto para materiales o insumos se calcula en función del monto original de la prestación consistente en la ejecución de la obra.
20 De conformidad con el artículo 129 del Reglamento, esta garantía debe ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable por un plazo idéntico hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución contractual sea menor a tres (3) meses, las garantías pueden ser emitidas con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.
Cuando el periodo de valorización establecido por la Entidad sea el mensual, el plazo del pago de la valorización se regirá por lo dispuesto en el sexto párrafo del artículo 166 del Reglamento. En cambio, si la Entidad prevé un periodo de valorización distinto al mensual, se debe establecer los plazos y procedimiento aplicables para la valorización, teniendo en consideración lo dispuesto en el quinto párrafo del referido artículo, así como el plazo para el pago de las valorizaciones.
De acuerdo con los párrafos quinto y sexto del artículo 166 del Reglamento, para efectos del pago de las valorizaciones, la Entidad debe contar con la valorización del periodo correspondiente, debidamente aprobada por el inspector o supervisor, según corresponda; a la que se debe adjuntar el comprobante de pago respectivo.
2.8. PLAZO PARA EL PAGO DEL SALDO DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA
La Entidad o el contratista, según corresponda, deben efectuar el pago del monto correspondiente al saldo de la liquidación del contrato de obra, en el plazo de treinta (30) días calendario, computados desde el día siguiente del consentimiento de la liquidación. Para tal efecto, la parte que solicita el pago debe presentar el comprobante de pago respectivo.
CAPÍTULO III REQUERIMIENTO
Importante |
Es responsabilidad de la Entidad cautelar la adecuada formulación del expediente técnico, debiendo asegurar la calidad técnica y reducir la necesidad de su reformulación por errores o deficiencias técnicas que repercutan en el proceso de contratación y en la ejecución de la obra. |
3.1. EXPEDIENTE TÉCNICO E INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA DEL EXPEDIENTE TÉCNICO
Nombre de la obra: “ESQUEMA CARAPONGO – AMPLIACIÓN DE LOS SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LOS SECTORES 136 Y 137 DEL DISTRITO DE LURIGANCHO”, SNIP 135204 - CÓDIGO ÚNICO 2400301.
Ubicación : El lugar de ejecución de la obra es el siguiente:
Distrito : Lurigancho
Provincia : Lima
Departamento : Lima
Región : Lima
Nombre del PIP | : | “ESQUEMA CARAPONGO – AMPLIACIÓN DE LOS SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LOS SECTORES 136 Y 137 DEL DISTRITO DE LURIGANCHO”. |
Código del PIP | : | 135204 |
Nivel de los estudios de preinversión | : | PERFIL |
Fecha de declaración de viabilidad | : | 23/06/2011 |
Fecha del informe de verificación de la viabilidad | : | 05/08/2015 |
Expediente Técnico aprobado mediante | : | Resolución de Gerencia de Proyectos y Obras N° 214-2017-GPO, de fecha 05.12.2017, se aprueba el expediente técnico, y mediante Resolución de Gerencia de Proyectos y Obras N° 43-2018-GOP, de fecha 22.02.2018, se actualiza el presupuesto de obra con precios al 30.11.2017. |
Fecha de aprobación | : | 00 xx xxxxxxx xxx 0000 |
“XXXXXXX XXXXXXXXX - AMPLIACIÓN DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LOS SECTORES 136 Y 137 DISTRITO DE LURIGANCHO” SNIP 135204
1. FINALIDAD PÚBLICA
Los servicios de agua potable y saneamiento constituyen servicios básicos importantes porque proporcionan beneficios que permite la mejora sustancial en la calidad de vida de los beneficiarios, cuando se brinda un servicio de calidad, promueven cambios de hábitos de higiene con el propósito de disminuir las enfermedades diarreicas y contribuir a la erradicación de la desnutrición. Además, el acceso y uso del servicio de agua potable y saneamiento de calidad, contribuye con el desarrollo de las actividades domésticas de la comunidad.
2. DEPENDENCIA QUE REQUIERE EL SERVICIO DE EJECUCIÓN DE OBRA
PROGRAMA DE AGUA SEGURA PARA LIMA Y CALLAO
3. OBJETO
El presente proceso tiene por objeto la selección de un contratista que se encargue de la ejecución de la obra “ESQUEMA CARAPONGO - AMPLIACIÓN DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LOS SECTORES 136 Y 137 DISTRITO DE LURIGANCHO”
SNIP 135204, en base al Expediente Técnico de obra aprobado por SEDAPAL mediante Resolución de Gerencia de Proyectos N° 253-2017-GPO y al presupuesto actualizado mediante Resolución N° 043-2018-GPO de fecha 22.02.2018
4. MARCO LEGAL
- Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
- Decreto Supremo N° 350-2015-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
- Directivas del OSCE.
- Ley N° 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
- Decreto Supremo N° 304-2012-EF, TUO de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
- Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, TUO de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Código Civil.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.
5. UBICACIÓN DE LA OBRA Y POBLACIÓN BENEFICIARIA
Departamento : LIMA Provincia : LIMA
Distrito : LURIGANCHO
6. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución de la obra materia de la presente convocatoria es de cuatrocientos ochenta
(480) días calendario, tal como se establece en el Expediente Técnico de obra
7. DOCUMENTOS A SER PROPORCIONADOS POR EL PROGRAMA AGUA SEGURA PARA LIMA Y CALLAO
El Programa Agua Segura para Lima y Callao – PASLC entregará al Contratista el Expediente Técnico de obra, así como toda la documentación existente relacionada al referido Expediente Técnico.
8. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
El Contratista deberá ejecutar la obra en estricto cumplimiento del Expediente Técnico aprobado (planos, sustento de metrados, análisis de precios unitarios, cronogramas de ejecución de obra, presupuestos, especificaciones técnicas, etc.).
RESERVORIO APOYADO PROYECTADO RAP-01 V=200 M3 |
RESERVORIO APOYADO PROYECTADO RAP-02 V=250 M3 |
RESERVORIO APOYADO PROYECTADO RAP-03 V=150 M3 |
RESERVORIO APOYADO PROYECTADO RAP-04 V=850 M3 |
RESERVORIO APOYADO PROYECTADO RAP-05 V=250 M3 |
RESERVORIO APOYADO PROYECTADO RAP-06 V=150 M3 |
RESERVORIO DE REBOMBEO PROYECTADO RRP-01 V=550 M3 |
RESERVORIO DE REBOMBEO PROYECTADO RRP-02 V=650 M3 |
RESERVORIO DE REBOMBEO PROYECTADO RRP-03 V=1,400 M3 |
CISTERNA PROYECTADA CP-01 V=50 M3 |
POZO PROYECTADO PP-01 |
POZO PROYECTADO PP-02 |
POZO PROYECTADO PP-03 |
POZO PROYECTADO PP-04 |
POZO PROYECTADO PP-05 |
POZO PROYECTADO PP-06 |
POZO PROYECTADO PP-07 |
POZO PROYECTADO PP-08 |
MEJORAMIENTO POZO EXISTENTE P-758 |
MEJORAMIENTO POZO EXISTENTE P-770 |
MEJORAMIENTO POZO EXISTENTE P-876 |
MEJORAMIENTO DE RESERVORIO APOYADO EXISTENTE RE-02 V=350 M3 |
MEJORAMIENTO DE RESERVORIO ELEVADO EXISTENTE REE-01 V=100 M3 |
MEJORAMIENTO DE RESERVORIO APOYADO EXISTENTE R-01 (CR-269) V=650 M3 |
MEJORAMIENTO DE RESERVORIO APOYADO EXISTENTE RAE-219 (CR-260) V=1,750 M3 |
MEJORAMIENTO DE RESERVORIO APOYADO EXISTENTE RAE-220 V=88 M3 LINEAS DE IMPULSION K-9 DN 100, 200, 250, 300, 400 MM TRONCALES ESTRATÉGICAS, CAMARAS DE DERIVACIÓN EN LINEA DE IMPULSIÓN, CAMARAS REDUCTORAS DE PRESIÓN, CAMARAS DE VÁLVULAS COLECTOR PROYECTADO AV. CENTRAL PVC-U UF NTP ISO 4435 DN 250 - 400 MM COLECTOR PROYECTADO SANTA CLARA PVC-U UF NTP ISO 4435 DN 450 MM COLECTOR PROYECTADO XXXXXX XXXXXX PVC-U UF NTP ISO 4435 DN 315 - 450 MM DERIVACION DE COLECTOR ÑAÑA PVC-U UF NTP ISO 4435 DN 355 MM REDES SECUNDARIAS DE AGUA PROYECTADAS Y MEJORADAS |
CONEXIONES DOMICILIARIAS DE AGUA POTABLE
MICROMEDICION
REDES SECUNDARIAS CONVENCIONALES Y CONDOMINIALES PROYECTADAS Y
CONEXIONES DOMICILIARIAS DE ALCANTARILLADO
8.1 EJECUCIÓN
La ejecución del Proyecto se realizará y desarrollará de acuerdo a lo establecido en el Expediente Técnico aprobado por SEDAPAL mediante Resolución de Gerencia de Proyectos y Obras N° 253-2014-GPO, y al presupuesto actualizado, aprobado mediante Resolución N° 043-2018-GPO.
Sistema de Contratación: A Precios Unitarios Modalidad de Ejecución: Por Contrata
Fuente de Financiamiento: Recursos de Operaciones Oficiales de Crédito.
8.2 VALOR REFERENCIAL
El valor referencial asciende a S/. 118 705 770,35 (Ciento dieciocho millones setecientos cinco mil setecientos setenta con 35/100 Nuevos Soles) , incluidos los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la ejecución de la obra. El valor referencial ha sido calculado al 30.11.2017.
Item | Descripción | Desagregado | Totales S/. Incluye GG+U e IGV | |
A 01.00 02.00 03.00 04.00 | OBRAS GENERALES OBRAS CIVILES - ESTRUCTURAS EQUIPAMIENTO HIDRAULICO E INSTALACIONES ELECTRICAS LINEAS DE AGUA POTABLE LINEAS DE ALCANTARILLADO TOTAL OBRAS GENERALES: | |||
16,732,996.02 17,040,551.40 11,531,700.84 | 4,491,089.03 | |||
45,305,248.26 | 4,491,089.03 | |||
B 05.00 06.00 | OBRAS SECUNDARIAS REDES Y CONEXIONES DE AGUA POTABLE REDES Y CONEXIONES DE ALCANTARILLADO TOTAL OBRAS SECUNDARIAS: | 12,825,889.84 | 18,889,664.51 | |
12,825,889.84 | 18,889,664.51 | |||
TOTAL OBRAS GENERALES, SECUNDARIAS INCL. MICROMEDICIÓN (A+B) | 58,131,138.10 | 23,380,753.54 | ||
GASTOS GENERALES (12.01%) Gastos Generales Fijos ( 2.03% ) Gastos Generales Variables (9.98% ) | 6,981,549.69 1,180,062.10 5,801,487.59 | 2,808,028.50 474,629.30 2,333,399.20 | ||
UTILIDAD (8.00%) | 4,650,491.05 | 1,870,460.28 | ||
TOTAL COSTO DIRECTO INCL. GASTOS GENERALES Y UTILIDAD | 69,763,178.84 | 28,059,242.32 | 115,430,456.97 | |
INTERVENCION SOCIAL PARA EJECUCION DE OBRA | 1,500,109.02 | |||
SUMINISTRO ELÉCTRICO | 287,532.94 | |||
COSTOS AMBIENTALES (MONITOREOS AMBIENTALES) | 85,778.45 | |||
PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO | 451,959.20 | |||
PRESUPUESTO: ELABORACION E IMPLEMENTACION DEL PMA | 422,137.10 | |||
LICENCIA ANTE EL MTC (CANÓN - USO DE ESPECTRO RADIOELÉCTRICO) | 117,473.79 | |||
COSTO DE ESTUDIO E IMPLEMENTACION DE DESVIOS DE TRANSITO | 410,322.88 | |||
TOTAL PRESUPUESTO | 118,705,770.35 |
9. CONSIDERACIONES GENERALES PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
Se tendrá en cuenta la propuesta formulada de los precios unitarios de las partidas consideradas, teniendo en cuenta, las condiciones previstas en los planos, especificaciones técnicas y las cantidades referenciales, valorizándose en relación a su ejecución real y por un determinado plazo de ejecución.
9.1 OBJETO DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Las Especificaciones Técnicas tienen como objeto definir las normas y procedimientos que serán aplicados en la construcción de la obra, siendo las mismas partes integrantes del Expediente Técnico.
Más allá de lo establecido en estas especificaciones, el Residente de Obra podrá
ampliarlas en cuanto a la calidad de los materiales a emplearse y la correcta metodología constructiva a seguir en cualquier trabajo, previa aprobación del supervisor de la obra.
9.2 CUADERNO DE OBRA Y ANOTACIÓN DE OCURRENCIAS
El cuaderno de obra es un documento técnico de uso obligatorio en la ejecución de la obra, debiendo cumplir con lo establecido en el Art. 163 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en el cual se registran los hechos relevantes durante la ejecución de la obra, de acuerdo al Art. 164 del RLCE, además mediante él se realizan las consultas sobre ocurrencias en la obra. El contratista en la fecha de la entrega de terreno entrega y abre el cuaderno de obra.
9.3 CONSULTAS
Las consultas en cuaderno de obra son el mecanismo a través del cual el residente de obra comunica al Supervisor las observaciones, discrepancias, deficiencias, omisiones, aclaraciones que tiene respecto a determinada información del expediente técnico. El residente de obra debe formular las consultas con toda claridad cuál es el tema a discernir. En tanto que el Supervisor debe absolver las consultas en la forma, plazos de respuesta, alcances y atribuciones, de acuerdo lo dispuesto en el Art.165° del RLCE.
9.4 INSPECCIÓN
Todo material y mano de obra empleada, estará sujetos a la verificación de la Supervisión, quién ordenará el retiro de todo material que se encuentre dañado o defectuoso o la mano de obra deficiente, que no cumplan con lo indicado en los planos, especificaciones técnicas, memoria descriptiva y presupuesto, u otros documentos que conforman el expediente técnico.
Los trabajos mal ejecutados deberán ser satisfactoriamente corregidos y el material rechazado deberá ser reemplazado por otro aprobado por la Supervisión, por cuenta del Contratista.
El Contratista deberá suministrar y dar todas las facilidades en lo que respecta a mano de obra y materiales adecuados para la inspección y pruebas que sean necesarias, esto sin cargo al PASLC, ni a la Supervisión.
9.5 MATERIALES Y MANO DE OBRA
Todos los materiales adquiridos o suministrados para las obras deben cumplir las especificaciones técnicas, deberán ser nuevos, de primer uso, de utilización actual en el Mercado Nacional.
Los materiales que se expendan envasados deberán entrar a la obra en sus recipientes originales, intactos y debidamente sellados.
Los materiales deben ser almacenados en la obra en forma adecuada, sobre todo siguiendo las indicaciones dadas por el fabricante o las señaladas en los manuales de instalación
El control de calidad de materiales está determinado en forma estricta a las normas, indicaciones de las especificaciones autorizadas y de calidad establecida en el Proyecto; en donde deba, el supervisor de obra solicitará al contratista los certificados de calidad emitidos por la entidad que corresponda; por ejemplo: calidad de concreto, de tubería, etc.
9.6 TRABAJOS
Al inicio de la obra el responsable de la ejecución de la obra podrá presentar a la Supervisión las consultas técnicas para que sean debidamente absueltas.
El contratista debe notificar a la Supervisión de Obra por escrito o vía Cuaderno de obra, sobre el inicio de sus labores para cada frente de obra y/o etapa de trabajo.
Cualquier cambio durante la ejecución de la obra que obligue a modificar el Proyecto Original será aprobado por el PASL a través del Proyectista, previo pronunciamiento de conformidad de la Supervisión, debiendo para ello el contratista presentar oportunamente el debido sustento.
9.7 MOVILIZACIÓN
El Contratista bajo su responsabilidad movilizará oportunamente a la obra los equipos mecánicos, materiales, insumos, equipos menores, personal y otros necesarios para la ejecución de la obra.
9.8 ENTREGA DEL TERRENO PARA LA OBRA
La entrega de obra se realizará en fecha y hora señaladas en concordancia con lo indicado en el Art. 152 del Reglamento. En la fecha de entrega de terreno el contratista entrega y apertura el cuaderno de obra, con la transcripción del Acta de Entrega de terreno (Asiento N° 01).
9.9 MATERIALES BÁSICOS PARA LA OBRA
El contratista es el responsable de proveer todos los materiales a la obra en la cantidad y oportunidad a fin de que la obra se ejecute de acuerdo a lo programado.
9.10 CONOCIMIENTO DEL TERRENO PARA LA OBRA Y ACCESOS
El contratista tiene conocimiento expreso de las características y condiciones geográficas y climáticas del lugar para la obra, así como de sus accesos, de tal forma que con la debida anticipación prevea todo lo necesario para el inicio y avance de la obra de acuerdo al programa contractual, asegurando entre otros el transporte de materiales, insumos, equipos, etc.
9.11 OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES DEL CONTRATISTA
El contratista suministrará toda la mano de obra, materiales, alumbrado, combustible, agua, herramientas, instrumentos, equipos, abastecimiento y otros medios adecuados para la ejecución y termino de la obra. El contratista suministrará todos los seguros y pruebas de laboratorio.
El contratista protegerá las obras durante su ejecución, realizándolas de manera compatible con la seguridad de las personas y de la propiedad.
El Contratista mantendrá limpio del lugar de las obras, durante la construcción y después de ésta, hasta la recepción de la misma. Reparará y reconstruirá todas las estructuras y propiedades que, a juicio de la supervisión, fueran dañadas o afectadas durante la ejecución de las obras, dejándolas en las mismas o mejores condiciones.
El contratista suministrará las estaciones y campamentos que fueran necesarios, y según lo que establezca el contrato, así como las herramientas y equipos para efectuar las obras. Se utilizarán únicamente equipos de eficiencia comprobada por la supervisión. Los campamentos, almacenes, talleres, laboratorios, enfermería y/u oficinas, etc. deberán estar previstos de instalaciones eléctricas, sanitarias, mobiliario, equipos, enseres, menaje y facilidades necesarias para su funcionamiento.
El contratista entregará la programación de obra CPM y el calendario de avance de obra valorizado la suscripción del contrato, en cumplimiento del artículo 151° del Reglamento, adecuado a lo siguiente:
a) La programación de obra CPM debe de incluir los recursos que se usarán en cada una de las partidas.
b) La curva de programación debe obedecer a la xxxxxxx xx Xxxxx
c) Debe tener una adecuada concatenación de partidas predecesoras, así como debe de apreciarse la ruta crítica.
d) Conjuntamente con la programación CPM se adjuntará la programación Xxxxx vinculada a esta.
e) El cronograma y calendario de avance de obra debe estar vinculado a la programación CPM.
El Contratista deberá presentar las Pólizas de Seguro CAR y SCTR a la firma del contrato, de acuerdo a lo siguiente:
Póliza de Seguro CAR por el monto contratado, endosado a favor del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, con vigencia mínima de 1 año, renovable hasta alcanzar la finalidad del contrato (240 días calendario más lo correspondiente a la liquidación), cuyo costo se considera en los gastos generales del expediente técnico.
Póliza de Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR), que cubra a su plantel profesional clave, con vigencia mínima renovable hasta alcanzar la finalidad del contrato.
Para la firma del Contrato de Obra, el Contratista debe consignar una dirección de correo electrónico. Cabe precisar, que las comunicaciones no necesitarán acuse de recibido.
El contratista deberá cumplir con los procedimientos establecidos por PASLC, vigentes a
fecha de la convocatoria, acorde a lo establecido en el expediente técnico, tanto en los aspectos técnicos para la ejecución de la obra como en la intervención social.
El Contratista estará obligado en un plazo de 7 días después de iniciada la obra, a comenzar con los trámites para obtener los permisos xx xxxxx de vías ante PROVIAS y Municipalidades, debiendo cumplir con presentar toda la documentación necesaria en el plazo que se requiera, a fin que los permisos sean otorgados antes de la fecha programada para ejecutar los trabajos en las vías, caso contrario se aplicará la penalidad indicada en el ítem 9.25.
El contratista estará obligado a la implementación del Estudio de Tránsito, Costo Ambiental, de acuerdo a lo previsto en el Expediente Técnico, en concordancia con el Presupuesto.
El contratista estará obligado a realizar el trámite de revisión de expediente de conformidad de obra de los sistemas eléctricos a contratar en las inversiones, trámite a presentar en las empresas concesionarias del servicio eléctrico. Asímismo tramitara ante el ente correspondiente se otorgue el suministro de energía eléctrica a nombre de los beneficiarios.
El contratista es responsable del desarrollo de la Intervención Social, cumpliendo con lo establecido en los Términos de Referencia de la Intervención Social, que forman parte del expediente técnico.
9.12 EL CONTRATISTA ASUME LAS SIGUIENTES OBLIGACIONES EN EJECUCIÓN DEL PLAN DE MONITOREO ARQUELÓGICO (PMA)
El Contratista deberá contar con un Plan de Monitoreo Arqueológico necesarios para la ejecución del Proyecto, que cumpla con lo establecido en el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas (D.S. 003-2014-MC), emitida por el Ministerio de Cultura para prevenir, evitar, controlar y mitigar los posibles impactos negativos, durante la fase de ejecución de obra, que pudieran afectar los bienes integrantes del patrimonio cultural de la nación, para cual El Contratista deberá realizar las siguientes actividades con relación al PMA
Actividades:
Elaboración del Plan de Monitoreo arqueológico según los requerimientos del RIA vigente, que incluya todas las áreas de intervención del Proyecto y su presentación al Ministerio de Cultura para su autorización, dentro de los dos días siguientes de suscrito el Contrato.
El Contratista está obligado a realizar el trámite a nombre de la Entidad, ante el Ministerio de Cultura, dentro de los dos días siguientes de la firma del contrato hasta la obtención de la Resolución Directoral, que autorice el PMA.
Coordinación permanente con el Ministerio de Cultura, según lo establecido en el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas y Resolución Directoral de la aprobación del PMA
Los trabajos de excavación serán monitoreados permanentemente, por el arqueólogo, así mismo monitoreará las labores de ejecución de la obra y áreas auxiliares según el PMA autorizado, en cada frente de trabajo según Cronograma de obra, y propondrá medidas de mitigación de impactos negativos sobre el patrimonio cultural.
Realizar el registro escrito, gráfico, dibujo de planta, perfiles, fotográfico de las actividades desarrolladas durante la obra empleando fichas de registro específicos según PMA autorizado.
El arqueólogo, director del PMA, deberá programar charlas de inducción arqueológica al personal profesional, técnico y obrero del Contratista y Supervisor responsable de la ejecución de la obra, con relación a la conservación y protección del patrimonio cultural involucrado de las obras. Se elaborará para ello cartillas de inducción y se aplicará fichas de inducción arqueológica y asistencia, las que deberán ser firmadas por el arqueólogo responsable y el supervisor de la obra.
En el caso de encontrarse evidencias culturales durante los trabajos de excavación, estas serán paralizadas momentáneamente, hasta recuperar las evidencias en el marco del PMA, y luego podrán reiniciarse los trabajos de excavación, Comunicar el Ministerio de Cultura
El informe mensual deberá incluir la ejecución del PMA que contenga la descripción de los trabajos realizados en el ámbito del plan
Los materiales recuperados durante los trabajos de monitoreo, serán llevados a
gabinete para su respectivo análisis y embalaje, hasta su entrega al Ministerio de Cultura.
Elaboración y presentación para su aprobación del Informe Final del Plan de Monitoreo Arqueológico para el Proyecto, ante el Ministerio de Cultura como se indica en el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas (RIA) y TUPA vigente
Presentar a la Entidad la Resolución Directoral de aprobación del Informe final del Plan de Monitoreo arqueológico para el proyecto como se indica en el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas (RIA) y TUPA vigente
9.13 EL CONTRATISTA ASUME LAS SIGUIENTES OBLIGACIONES EN REPRESENTACIÓN DEL PASLC ANTE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA DURANTE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El contratista está obligado a realizar a nombre del PASLC, ante la Autoridad Nacional del Agua - XXX, o la que tenga competencia en el ámbito del Proyecto, la obtención de las licencias de uso de agua permanentemente y las licencias necesarias para el uso de agua durante la ejecución de la obra, de acuerdo a la normatividad vigente, en el Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua aprobado por RJ N° 007-2017-XXX.
9.14 EL CONTRATISTA ASUME LAS SIGUIENTES OBLIGACIONES EN SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y MEDIO AMBIENTE DURANTE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El contratista deberá cumplir y hacer cumplir obligatoriamente a sus trabajadores con lo establecido en la Ley 29783 – Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, y la Ley 28611, Ley General de Ambiente
El contratista deberá cumplir con dotar de equipos y protección personal, herramientas e instrumentos de seguridad en óptimo estado a todo el personal contratado en todo momento del desarrollo de la actividad contratada.
El contratista deberá indicar al Especialista en seguridad, que deberán cumplir con realizar charlas técnicas de campo de 5 minutos, de acuerdo a la tarea a ejecutar, así mismo realizar la lista de verificación de equipos de protección personal antes del inicio de la tarea; Asimismo al inicio del plazo contractual deberá presentar su Plan de Seguridad y Salud en el trabajo, debiendo estar suscrito por el representante legal, con visto bueno del profesional propuesto como especialista en seguridad.
El contratista deberá entregar información fidedigna toda vez que sea solicitad a por el PASLC, por ello deberá contar con los medios y vías de comunicación tecnológicos necesarios y mantenerse al pendiente de cualquier notificación o solicitud hecha por el PASLC.
9.15 SUPERVISIÓN Y CONTROL DEL PROYECTO
La supervisión y control de la obra, estará a cargo de la supervisión designada por la Entidad. La coordinación estará a cargo de la Unidad de Obras del PASLC.
El Contratista está sujeto a la verificación por parte de la Supervisión, de la participación del personal, mano de obra, equipos, materiales y de la infraestructura propuesta durante el período que corresponde a la etapa e ejecución de la obra.
9.16 OTRAS CONSIDERACIONES
El contratista para el cumplimiento de las obligaciones objeto de la presente convocatoria deberá tener presente lo siguiente:
a) Revisar detenidamente los documentos relacionados al Proyecto, y de ser el caso comunicar por escrito, dentro del plazo normado las consultas u observaciones, para absolver las aclaraciones o rectificaciones, de no hacerlo se entenderá que el postor está de acuerdo y acepta todas las condiciones establecidas.
b) Los postores deberán tener pleno conocimiento de la ubicación de la obra, condiciones de la superficie del terreno, ubicación de canteras, accesos, disponibilidad de recursos, así como de todos los documentos de la Licitación Pública. Además, cada postor debe efectuar una inspección del lugar donde se va a ejecutar el Proyecto e informarse de las condiciones climáticas, hidrológicas, condiciones de tránsito, base legal y en general de todos los aspectos relacionados con el Proyecto.
c) El contratista debe contar con seguro contra accidentes personales, seguro
complementario de trabajo de riesgo u otros seguros para todo su personal y deberá estar vigente desde el inicio de sus actividades y por el plazo estipulado en su contrato.
9.17 ADELANTOS Y AMORTIZACIÓN DE ADELANTOS
En concordancia con el art. 155 del reglamento de la ley de contrataciones del estado, para la ejecución de obra se establecen los siguientes adelantos:
Adelanto directo: El contratista podrá solicitar el adelanto directo hasta el 10% del monto del contrato original, en concordancia con lo establecido en el art. 156° el RLCE
Adelanto para materiales o insumos: El contratista podrá solicitar este Adelanto hasta por el 20% del monto del contrato original, en concordancia con lo establecido en el art. 157° del RLCE
La solicitud del adelanto de materiales será presentada en forma simultánea a la Supervisión y al PASLC.
La amortización de los adelantos se efectuará de acuerdo a lo establecido en el art. 158 del Reglamento de la ley de contrataciones del Estado.
9.18 VALORIZACIONES Y METRADOS
La valorización es la cuantificación económica de los avances físicos contratados y/o ejecutados; tienen el carácter de pagos a cuenta toda vez que es en la liquidación donde se define el monto total de la obra y el saldo a cancelar.
El periodo de valorización será mensual.
De acuerdo con los párrafos quinto y sexto del artículo 166 del Reglamento, para efectos del pago de las valorizaciones, la Entidad debe contar con la valorización del periodo correspondiente, debidamente aprobada por el Supervisor, según corresponda; a la que se debe adjuntar el comprobante de pago respectivo.
Si surgieran discrepancias respecto de la formulación, aprobación o valorización de los metrados, entre el Contratista y la Supervisión, según sea el caso, éstas deberán ser resueltas de acuerdo a lo establecido en el art. 168° de RLCE.
9.19 AMPLIACIONES DE PLAZO
En concordancia con el artículo 169° del RLCE, el contratista podrá solicitar la ampliación de plazo pactado por cualquiera de las siguientes causales ajenas a la voluntad del contratista, siempre que modifiquen la ruta crítica del programa de ejecución de obra vigente al momento de la solicitud de la ampliación:
1. Xxxxxxx y/o paralizaciones por causas no atribuibles al contratista
2. Cuando es necesario un plazo adicional para la ejecución de la prestación adicional de obra. En este caso, el contratista amplía el plazo de las garantías que hubiere otorgado.
3. Cuando es necesario un plazo adicional para la ejecución de los mayores metrados que no provengan de variaciones del expediente técnico de obra, en contratos a precios unitarios.
4. Para que proceda una ampliación de plazo, deberá observarse el procedimiento y plazos regulados en el Art. 170° del RLCE.
9.20 EFECTOS DE LA MODIFICACIÓN DEL PLAZO CONTRACTUAL
Los efectos de la modificación del plazo contractual se encuentran estipulado en el Art. 171° del RLCE. Las ampliaciones de plazo darán lugar a mayores costos directos debidamente acreditados y los gastos generales variables. Las reducciones de plazo por reducción de prestaciones que generen menores gastos generales serán deducidas de la liquidación final del contrato.
La entidad ampliará el plazo de los otros contratos celebrados vinculados directamente al contrato principal, de acuerdo a los artículos 171° y 172° del RLCE.
9.21 PROGRAMACIÓN Y AVANCE DE OBRA
Durante todo el transcurso de la ejecución de obra, el Contratista desarrollara la actividad de control de la programación de obra, tomando en consideración la fecha y los plazos de cada una de las partidas que conforman el presupuesto de cada componente a ejecutar, especialmente las que correspondan a la ruta crítica.
El Contratista deberá remitir al Supervisor un Plan de Trabajo Quincenal y, a partir de la segunda semana de ejecución de obra, evaluar conjuntamente con el Supervisor qué
actividades se lograron ejecutar y cuáles no, lo que posibilitará evaluar las causas del no cumplimiento, a partir del cual se generen las acciones para corregirlas.
El Contratista proyectará los diagramas Xxxxx y PERT-CPM, siendo estos actualizados en forma continua por las variaciones que se presenten durante la ejecución del Proyecto, los que serán revisados y aprobados por la Supervisión.
9.22 CONTROL CONSTRUCTIVO
Esta actividad será desarrollada por el Contratista en forma continua durante el período de construcción e implica el control permanente de todos los trabajos, apoyado por las pruebas de campo y/o ensayos de laboratorio que señalen las especificaciones técnicas del Expediente Técnico o las que hayan sido requeridas por la supervisión, las cuales serán aprobados por la Supervisión y asumidas por el Contratista.
9.23 CONTROL DE CALIDAD
En este rubro se incluye las actividades de control de calidad que se realizarán, tanto para la ejecución de las partidas que conforman la obra, como a los diferentes materiales que se requieran. El control consistirá en un análisis de la muestra, especificaciones, resultado de los ensayos y certificados de prueba, a fin de verificar si los materiales están conforma a las especificaciones técnicas del Expediente Técnico. Los costos de las pruebas de campo y/o ensayos de laboratorio serán asumidos por el Contratista.
9.24 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
De conformidad con el artículo 132° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, se establece las penalidades aplicables al contratista ante el incumplimiento injustificado de sus obligaciones contractuales, las mismas que deben ser objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria. La Entidad ha previsto la aplicación de la penalidad por xxxx y otras penalidades.
Las penalidades por xxxx se calculan de acuerdo al Art. 133° del reglamento. Asimismo, las causales para la resolución contempladas en el Art. 135° del RCLE, serán aplicadas en concordancia con los Arts. 173°, 174° y 177° del RCLE.
9.25 OTRAS PENALIDADES QUE IMPONDRÁ EL PASLC
Otras penalidades se calculan de forma independiente a la penalidad por xxxx, de acuerdo al Art. 134° del reglamento, cuyos supuestos de aplicación son los siguientes:
N° | INFRACCION | UNIDAD | Monto |
1 | No cumple con proveer con el personal clave establecido en su propuesta técnica. | Por día y por ocurrencia | 1 UIT |
2 | No cuenta con materiales necesarios en obra de acuerdo a su Calendario de Adquisición de Materiales. | Por día | 2 UIT |
3 | Emplea materiales y equipos en obra no autorizados previamente por el Supervisor. | Por ocurrencia | 2 UIT |
4 | No cumple en recoger el desmonte y efectuar la limpieza de la zona de trabajo dentro de los plazos establecidos en el cuaderno de obra o mediante carta. | Por día | 1 UIT |
5 | El residente no se encuentra en obra sin haber justificado su ausencia ante el Supervisor. | Por día | 2 UIT |
6 | No cumple en colocar y mantener la señalización de la zona de trabajo y/o mantener los puentes peatonales y/o vehiculares en la zona de trabajo | Por cada punto de trabajo | 4 UIT |
7 | No cumple con realizar las medidas de mitigación ambiental indicadas en el estudio de Impacto Ambiental | Por ocurrencia | 4 UIT |
8 | El personal del contratista no cuenta con uniformes y equipos de protección personal completos. | Por día | 4 UIT |
9 | No reporta los accidentes de trabajo de acuerdo a lo estipulado en la Ley 29783 – Ley General de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo – D.S. N° 005- 2012-TR | Cada accidente | 4 UIT |
10 | No cumple con lo estipulado en el Reglamento Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxx X.000 – | Por ocurrencia | 10 UIT |
Seguridad durante la construcción | |||
11 | No cumple con las responsabilidades de pago oportuno xxx xxxxxxx de acuerdo a la oferta económica a su personal, incluyendo los beneficios sociales de acuerdo con la Ley, evidenciado por reclamos de su personal ante PASLC | Por cada trabajador | 10 UIT |
12 | No cuenta con equipos y/o instrumentos de medición calibrados antes de su utilización en obras. | Por ocurrencia | 1 UIT |
13 | Demora en el término del levantamiento de observaciones durante la ejecución de la obra formuladas por el Supervisor. | Por ocurrencia | 1 UIT |
14 | No permanencia del cuaderno de obra, en la obra y/o no tiene al día el cuaderno de obra. | Por ocurrencia | 10 UIT |
15 | No cumple con la formulación y/o ejecución de actividades establecidas en el Plan de Monitoreo Arqueológico. | Por ocurrencia | 4 UIT |
16 | No cumple con renovar o ampliar la vigencia de la Póliza Todo Riesgo de Construcción (CAR) hasta la recepción de la obra | Por ocurrencia | 10 UIT |
17 | En caso culmine la relación contractual entre el contratista y el personal ofertado y la Entidad no haya aprobado la sustitución del personal por no cumplir con las experiencias y calificaciones del profesional a ser reemplazado | Por cada día de ausencia de cada personal | 1 UIT |
18 | Por cambio del residente de obra, salvo incapacidad permanente debidamente justificada. | Por cada cambio | 10 UIT |
19 | Si el contratista o su personal, no permite el acceso al cuaderno de obra al Supervisor de obra, impidiéndole anotar las ocurrencias | Por ocurrencia | 10 UIT |
20 | No cumple con lo indicado en los términos de referencia – requerimientos mínimos | Por ocurrencia | 2 UIT |
Aplicación de otras penalidades en Ejecución de Obras
a) El Supervisor de Obra al detectar el incumplimiento de las obligaciones señaladas en la tabla de Penalidades, registra la infracción en el Cuaderno de Obra, y remite carta de preaviso al contratista, adjuntando las evidencias que pudiera haber obtenido, en dicha carta se establece un plazo para la subsanación de la infracción.
b) El Contratista revisa el caso notificado y procede a subsanarlo en el plazo establecido, de no hacerlo pasa al siguiente numeral
c) El Supervisor de Obra procede a calcular la penalidad según la Tabla de penalidades, por día, personal u ocurrencia, de corresponder, verificando antes que el monto acumulado de penalidades aplicadas no haya excedido el monto máximo de penalidad admisible, equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, caso contrario pasa al literal f).
d) El Supervisor de Xxxx registra en el cuaderno de obra la aplicación de la penalidad y mediante carta comunica a PASLC que la penalidad será incluida en la siguiente valorización.
e) El Supervisor de Xxxx elabora y remite la valorización con la aplicación de la penalidad.
f) En los casos que el monto acumulado de penalidades aplicadas haya excedido el monto máximo admisible, el Supervisor de obra evaluará y podrá proponer a la Entidad que inicie la Resolución del Contrato de obra.
9.26 DEL REAJUSTE AUTOMÁTICO DE PRECIOS
Las valorizaciones deberán ser ajustadas multiplicándolas por el respectivo coeficiente “K” que se obtenga de aplicar las formulas polinómicas previstas en el Expediente Técnico de obra, en concordancia con lo estipulado en los Art. 17° y 167° del RLCE.
9.27 DISPOSICIONES VARIAS
Son de responsabilidad del contratista todos los tributos y gravámenes que le correspondan de acuerdo a la ley. Toda responsabilidad de carácter laboral y por el pago de aportaciones sociales es exclusivamente del Contratista. Así mismo, corresponde al Contratista la contratación de todos los seguros necesarios para resguardar la integridad de su personal, de los recursos que se utilizan y a los terceros que pudieran ser afectados.
9.28 CUMPLIMIENTO DE LO PACTADO
El Contratista está obligado a cumplir con lo ofrecido en su propuesta técnica – económica y en cualquier manifestación formal documentada, que haya aportado adicionalmente, en el curso del proceso de selección o en la formalización del contrato, así como lo dispuesto en los incisos 2) y 3) del artículo 1774° del Código Civil.
9.29 ENTREGA DE LA OBRA TERMINADA
Al terminar todos los trabajos, el Contratista hará entrega de la obra a la Comisión de Recepción nombrada por el PASLC. La recepción de la obra se hará de acuerdo a lo estipulado en el Art. 178 del RLCE.
9.30 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA
El procedimiento para la liquidación del contrato de obra será en concordancia con lo establecido en el Art. 179 del RLCE.
No se procederá a la liquidación de obra, mientras existan controversias pendientes de resolver. Luego de haber quedado consentida la liquidación y efectuado el pago del saldo de la liquidación culmina el contrato y se Cierra el expediente respectivo.
9.31 RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA EN OBRA – GARANTÍA DE OBRA
El plazo de responsabilidad de El Contratista será de siete (07) años, contados a partir de la conformidad otorgada por la entidad para el presente proceso, acorde a lo dispuesto en el Artículo 40° de la Ley de Contrataciones del Estado
9.32 DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
10. CONTENIDO DE LAS SOLICITUDES DE PRECALIFICACIÓN
La solicitud de precalificación contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente documentación:
10.1 CAPACIDAD LEGAL Representación
Requisitos:
Declaración jurada de datos del postor.
Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada debe ser presentada por cada uno de los integrantes del consorcio. (Anexo N° 01)
Documento que acredite fehacientemente la representación de quien suscribe la oferta.
En el caso de consorcios, este documento debe ser presentado por cada uno de los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según corresponda.
Ningún integrante de un Consorcio podrá formar parte de dos ofertas; ningún Consorcio puede estar conformado por más de tres (03) Empresas.
Los Licitantes que se presenten consorciados deberán presentar la Promesa de Consorcio con firmas legalizadas de los respectivos representantes legales que contenga cuando menos la información siguiente:
- Porcentaje de participación de las otras empresas. La participación mínima, de cada empresa consorciada, debe ser del 20%.
- Declaración de que las empresas asociadas asumirán la total responsabilidad so- lidaria en el orden técnico, económico y legal de los contratos, en forma conjunta e individualmente y que no podrán modificar los términos de su participación en el Contrato de Consorcio hasta la liquidación final del contrato.
Asimismo, el porcentaje mínimo de participación en la ejecución del contrato, para el integrante del consorcio que acredite mayor experiencia en obras similares, es de 50% de participación.
El representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.
Acreditación:
Tratándose de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión.
En caso de persona natural, copia del documento nacional de identidad o documento análogo, o del certificado de vigencia de poder otorgado por persona natural, del apoderado o mandatario, según corresponda, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión.
Promesa de consorcio con firmas legalizadas.
10.2 SOLVENCIA ECONÓMICA
1. Presentar copia simple del último Balance de gestión (2017) entregado a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) para empresas nacionales. Las empresas extranjeras podrán presentar copia simple del documento similar presentado ante la autoridad tributaria de su país de origen. En caso de consorcio cada empresa asociada deberá presentar la documentación solicitada.
2. Presentar reporte de la calificación de riesgo (INFOCORP) que muestre la clasificación de la deuda bancaria de la empresa por parte de la Superintendencia de Banca, Seguro y AFP (SBS), debiendo obtener una calificación normal al 100% (cien por ciento). Dicho reporte deberá ser de fecha posterior a la fecha de convocatoria del presente proceso. Para el caso de empresas extranjeras, esta calificación de riesgo podrá ser presentada a través de una entidad internacional equivalente.
3. Presentar obligatoriamente copia simple de los Estados Financieros auditados correspondientes a los tres (03) últimos años (2014, 2015 y 2016). En caso de consorcio cada empresa asociada deberá presentar la documentación solicitada.
4. Presentar obligatoriamente un resumen de los principales indicadores financieros correspondientes a los tres (03) últimos años (2014, 2015 y 2016), con sus respectivos sustentos de cálculo para su obtención. En caso de Consorcio las empresas deberán cumplir con los siguientes valores mínimos:
Índice de Liquidez : Igual o Mayor a 1.20
| Índice de Acidez : | Igual o Mayor a 1.05 |
| Índice de Endeudamiento : | Igual o Menor a 0.70 |
| Índice Patrimonial : | Igual o Mayor a 0.30 |
Nota:
Los índices se calcularán con las siguientes formulas:
Índice de liquidez = activo corriente / pasivo corriente
Índice de acidez = (activo corriente-inventario) / pasivo corriente.
Índice de endeudamiento = total activo / total pasivo.
Índice patrimonial = total pasivo / patrimonio
El cumplimiento de los indicadores financieros corresponde al promedio de los últimos tres años.
5. Presentar copia simple de la constancia del último pago efectuado por el Impuesto Anual a la Renta y copia simple del comprobante de pago de la última obligación exigible. Las empresas extranjeras podrán presentar copia simple del documento similar presentado ante la autoridad tributaria de su país de origen, de ser aplicable
6. El postor demostrará que posee solvencia económica mediante la presentación de línea(s) de crédito bancarias(s), por un monto mínimo equivalente al 50% del valor referencial, aprobado y de libre disponibilidad. Las empresas extranjeras presentarán las(s) línea(s) de crédito bancaria(s), otorgadas por banco(s) extranjeros(s) de primera categoría, incluidos en la relación aprobada por el Banco Central de Reserva, vigente a la fecha de presentación de las ofertas.
Para el caso de Perú, la emisión de líneas de crédito será otorgada por los Bancos autorizados por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. Serán aceptados cartas según las características propias de cada Entidad Bancaria, no obstante, estas deberán contener mínimamente la información solicitada en el Formato N° 1. Las cartas pueden estar dirigidas a favor de cualquiera de las siguientes alternativas:
d) Al postor.
e) Al Comité de Selección
f) Al Programa Agua Segura para Lima y Callao.
La carta de la Entidad Bancaria debe estar emitida con fecha posterior a la fecha de convocatoria de la presente licitación y debe acreditar fehacientemente la línea de crédito a favor del postor.
Se podrá presentar el monto requerido en otras monedas, considerando para el tipo de cambio, el valor venta de la fecha de emisión de la carta de la Entidad Bancaria.
Se aclara que estos documentos deben ser presentados en original.
Para el caso de consorcios, se sumarán las respectivas capacidades financieras de las empresas que lo conforman (sin importar el porcentaje de participación). Bastará que sea una de las empresas consorciadas quien acredite la línea de crédito a su favor, siempre que logre igualar o superar el monto requerido en las bases.
7. Presentar Declaración Jurada suscrita por el Representante Legal, de cada empresa asociada, de no encontrarse en proceso de quiebra ni liquidación ni restructuración, de acuerdo a las normas específicas del INDECOPI.
10.3 RELACIÓN DE PRINCIPALES OBRAS EJECUTADAS
1. Facturación en los últimos 5 años.
Este monto deberá ser mayor o igual a 1 vez el valor referencial. Esta información será acreditada con copia simple de las Declaraciones Juradas presentadas a la SUNAT o Estados Financieros auditados de los últimos cinco años (2013, 2014, 2015, 2016 y 2017). En caso de una empresa extranjera, se podrá adjuntar los documentos antes indicados presentados ante la autoridad tributaria de su país de origen o en su defecto sus Estados Financieros auditados para los años (2013, 2014, 2015, 2016 y 2017), En caso de consorcios se considerará la facturación promedio a la sumatoria de los promedios individuales de cada empresa asociada.
2. Informe de la experiencia como ejecutor de obras en general.
Sólo se considerarán Obras ejecutadas en los últimos diez (10) años (a la fecha de presentación de propuestas de solicitudes de precalificación), debiendo la sumatoria de dichos montos ser igual o superior a dos (02) veces el valor referencial con un xxxxxx xx xxxx (10) contratos (según Anexo N° 08).
Se define como obras en general: a aquellas que comprendan la construcción, reconstrucción, remodelación, mejoramiento, demolición, renovación, ampliación y habilitación de bienes inmuebles, tales como edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones, carreteras, puentes, túneles u otros, que requieren dirección técnica, expediente técnico, mano de obra, materiales y/o equipos. Además, se considerará obras de rehabilitación o mejoramiento o la combinación de los términos anteriores siempre y cuando tengan dirección técnica expediente técnico, mano de obra, materiales y/o equipos.
En caso el postor consignara más xx xxxx (10) contratos, sólo se calificarán los diez (10) primeros del cuadro del Anexo N° 08.
3. Experiencia en la ejecución de obras similares.
Haber ejecutado obras similares por un monto de una (01) vez el valor referencial, en forma individual o consorciada, en los últimos 10 años y en un máximo de 10 contratos. Se considera Obra similar a obras de ampliación y/o construcción y/o instalación y/o mejoramiento y/o rehabilitación y/o renovación de obras generales y/o secundarias de agua potable y/o alcantarillado, que incluyan alguno de los siguientes componentes.
Obras Generales de agua potable y alcantarillado:
Pozos y/o Cisterna y/o Reservorio Apoyado y/o Reservorio Elevado y/o Estación de Bombeo de Agua Potable y Estación de Bombeo de Desagüe. Pozos de al menos 20 lps de caudal de bombeo y 80 metros de profundidad, Cisternas de al menos 50 m3 de capacidad, Reservorios de al menos 500 m3 de capacidad.
Líneas Principales y/o Línea de Conducción y/o Línea de Impulsión y/o Línea de Aducción y/o Troncales Estratégicas y/o Red Matriz de al menos 250 mm de diámetro de HD y, Colectores Primarios y/o Colectores Principales de al menos 315 mm de diámetro.
Obras secundarias de agua potable y alcantarillado:
Redes secundarias de agua potable y/o alcantarillado, incluye conexiones
domiciliarias.
Se excluye lo siguiente:
Piletas públicas, unidades sanitarias y similares.
Sistema de recolección y disposición de agua de lluvias.
Servicio de disposición sanitaria de excretas, letrinas y fosas sépticas.
En caso el postor consignará más de 10 contratos, sólo se calificarán los diez (10) primeros contratos presentados en el cuadro del Anexo N° 09.
4. La información deberá ser acreditada mediante copia simple de los siguientes documentos:
Contratos y sus respectivas actas de recepción y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o contratos y cualquier otra documentación de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida satisfactoriamente, así como su monto total y características. Documentos emitidos por la entidad contratante.
En el caso de las obras en general ejecutadas en consorcio, el postor deberá acreditar el porcentaje de participación mediante copia del Testimonio de Contrato de Consorcio o documento emitido por la entidad contratante en donde se demuestre el porcentaje de participación. Para el caso de obras similares no se aceptarán participaciones menores al 20%
En el caso de obra similar ejecutada en consorcio, el Acta de recepción y certificado de conformidad emitida por la entidad contratante, y/o copia del Testimonio de Contrato de Consorcio, y/o documento emitido por la entidad contratante en donde se demuestre el porcentaje de participación No se aceptará una participación menor al 20%.
Para Experiencias en Obras Similares; los documentos de acreditación, indicados en presente numeral, deberán indicar fehacientemente las características técnicas las obras ejecutadas y concluidas en los últimos diez (10) años contados a partir de la fecha de presentación de ofertas de solicitudes de precalificación. En caso de ser beneficiado con la Buena Pro presentará antes de la firma de contrato copias legalizadas o certificadas de sus documentos oficiales (escritura de constitución, poderes, contrato de consorcio de ser el caso, registros o licencia en su país(es) de origen; en caso sea extranjero además deberá apostillar esta documentación.
5. Los montos deben ser expresados en nuevos soles y, de ser necesario, actualizar los montos contratados aplicando los factores de actualización establecidos por el Instituto Nacional de Estadísticas e Informática – INEI al 28.02.2015. En caso que los montos estén expresados en moneda extranjera deberán realizar la conversión respectiva a nuevos soles de acuerdo al tipo de cambio promedio compra – venta que publica la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP vigente a la fecha del Contrato que se sustenta.
10.4 CAPACIDAD DE GESTIÓN
1. El postor debe acreditar el lugar donde funciona la empresa mediante copia literal en caso sea el propietario, y/o contrato de alquiler de ser arrendatario. Asimismo, en ambos casos deberá adjuntar la licencia de funcionamiento, incluyendo la certificación de INDECI y el domicilio declarado ante la SUNAT. En caso de consorcio todos los integrantes deben acreditar el lugar donde funciona la empresa, mediante copia literal en caso sea el propietario, y/o contrato de alquiler de ser arrendatario, domicilio declarado ante la SUNAT y su respectiva licencia de funcionamiento.
2. Capacidad Técnica:
a. Staff de Profesionales
El postor deberá demostrar que cuenta con un mínimo xx xxxx (10) profesionales en el Staff del plantel técnico de su Organización, que tengan vínculo contractual vigente con la Empresa y que forman parte de su Organización.
El vínculo contractual se acreditará mediante una Declaración Jurada que evidencie que el profesional labora en la empresa de manera permanente mínimo de un (01) año, indicando su fecha de ingreso. Los profesionales presentados sólo podrán ser acreditados por un postor.
Los profesionales solicitados deben ser acreditados por el Postor, es decir para el caso de un Consorcio bastará que entre todos los consorciados presenten los diez
(10) profesionales, de presentar más xx xxxx (10) profesionales, se evaluará
solamente los diez (10) primeros del listado, y en función de dicha evaluación se emitirá el resultado en lo referente a profesionales de la organización.
Estos profesionales deben pertenecer a áreas técnicas de la Empresa y desempeñarse como Especialistas o Asesores o Jefaturas o Gerentes o Directores o Residentes de Obra.
3. Equipo mínimo:
N° | Descripción | Cantidad |
1 | Camión volquete 4x2 210 – 280 HP de 8m3 (*) | 6 |
2 | Camioneta pick-up 4 x 2 simple 1000 kg (carga útil) 90 HP | 7 |
3 | Equipo de estación total incl. prismas jalones telescópicos | 2 |
4 | Mezcladora concreto t/tambor 23HP 11-12p3 | 4 |
5 | Xxxxxxxxx 0 HP 2” incluye manguera | 4 |
6 | Cargador sob. Llanta 80-95HP 1,5-1,75 Yd3 (*) | 2 |
7 | Cargador retroexcavador 0,5-0,75Yd3 62 HP (*) | 2 |
8 | Compactadora vibrat. De plancha 7 HP | 2 |
9 | Compresora neumática 87 HP 250 - 330 pcm | 10 |
10 | Martillo neumático 00 - 00 Xx | 00 |
00 | Motosoldadora de 250 amp | 4 |
12 | Perforadora para pozo profundo | 3 |
13 | Grúa Hidráulica auto propulsada 9 Ton (*) | 2 |
Acreditación:
La acreditación se realizará con los documentos que sustenten la propiedad, la posesión, el compromiso de compra venta o alquiler u otro documento que acredite la disponibilidad del equipamiento requerido.
De las siete (07) camionetas operadas (Incl. Chofer, combustible, lubric., etc.), una (01) camioneta xx xxxxx cabina se asignará para empleo del Coordinador de obra de la Unidad de Obras del PASLC.
Queda entendido que los equipos deben encontrarse en perfectas condiciones de trabajo para realizar eficientemente todas las actividades de construcción y deberá demostrar que estarían disponibles para la ejecución de las obras. El postor podrá listar equipos alternativos que él se propone utilizar.
Las características del equipamiento y vehículos previstas en el expediente técnico, como la antigüedad, serán acreditadas con la copia de documentos que sustenten la propiedad, la posesión, el compromiso de compra venta o alquiler u otro documento que acredite la disponibilidad del equipamiento, no aceptándose equipos con antigüedad mayor a (5) años a la fecha de presentación de las ofertas. Así mismo, estará a cargo y será responsable de los gastos que demanden por concepto chofer, combustible y mantenimiento de las unidades.
La maquinaria pesada (*) debe contar con certificado vigente de análisis de gases, emitida por una entidad Certificadora de Conformidad, autorizada por el MTC y presentada al inicio de la prestación efectiva de servicio de la maquinaria pesada.
Todas las unidades vehiculares (camiones y camionetas) deberán contar con los documentos en regla vigentes, tales como: Seguro SOAT, Seguro Integral (contra robo, siniestros y otros) revisión técnica (de ser el caso) y presentada al inicio efectiva del servicio. Así mismo, el contratista estará a cargo y será responsable de los gastos que demande por concepto de chofer, peajes, combustible y mantenimiento de las unidades. Se podrá aceptar equipos y/o vehículos con características superiores a lo requerido por la Entidad.
NOTAS:
a Todos los documentos solicitados tienen carácter de Declaración Jurada y la alteración u omisión de alguna de ellas descalifica a la empresa o Consorcio según sea el caso, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
b Los documentos deberán ser presentados en “Original” o “Copia” según corresponda, debiendo contar con el sello y la rúbrica del postor, a su vez estar foliados correlativamente, contar con índice y separadores, y en el orden que se indica.
c Las empresas extranjeras deberán presentar toda la documentación en idioma español, si el documento original está en otro idioma debe acompañarlo de su traducción simple con la
indicación y suscripción de quien oficie de traductor debidamente identificado. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
La documentación proveniente del extranjero que tenga por objeto acreditar los requisitos previstos en la precalificación, debe contar con la legalización respectiva del Consulado Peruano correspondiente o con la Apostilla de la Haya, de ser el caso, con su traducción certificada por traductor publico juramentado o traductor colegiado certificado.
11. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
11.1 RECURSOS HUMANOS MINIMOS REQUERIDO – PERSONAL CLAVE Formación académica
1 | Ingeniero Principal Residente de la Obra: Ingeniero Sanitario y/o Civil. |
2 | Ingeniero Asistente de Residente de Obra: Ingeniero Sanitario y/o Civil. |
3 | Ingeniero Asistente de Residente de Obra: Ingeniero Sanitario y/o Civil. |
4 | Ingeniero Asistente de Residente de Obra: Ingeniero Civil. |
5 | Ingeniero Asistente de Residente de Obra: Ing. Mecánico electricista y/o electromecánico y/o electricista. |
6 | Ingeniero Especialista en Mecánica de Suelos: Ingeniero Civil y/o Geólogo |
7 | Ingeniero Especialista en Estructuras: Ingeniero Civil. |
8 | Ingeniero Especialista en Instalaciones Electromecánicas: Ing. Mecánico electricista y/o electromecánico y/o electricista |
9 | Ingeniero Especialista en Telecomunicaciones, Scada: Ingeniero electrónico y/o Ing. Telecomunicaciones y/o Ing., Mecatrónica |
10 | Ingeniero de Costos – Valorizaciones y Programación de Obras: Ingeniero Sanitario y/o Civil |
11 | Ingeniero Especialista en Seguridad e Higiene Ocupacional: Ingeniero de Higiene y Seguridad Industrial y/o Industrial y/o Civil y/o Sanitario. |
12 | Ingeniero Especialista en monitoreo y mitigación ambiental: Ingeniero Ambiental o Ing. Sanitario o Ing. Civil. |
13 | Ingeniero de Transito: Ingeniero de Transito y/o Civil y/o Transporte. |
14 | Ingeniero Especialista en Hidrogeología: Ingeniero Sanitario y/o Civil y/o Geólogo y/o Mecánico de Fluidos. |
15 | Coordinador General de Intervención Social: Profesional en Sociología y/o Trabajo Social y/o Comunicación y/o Educación. |
16 | Arqueólogo Director: Licenciado en Arqueología. |
Experiencia del personal clave
1.- (01) Ingeniero Principal Residente de la Obra: Ingeniero Sanitario y/o Civil, titulado, colegiado. Xxxx acreditar una experiencia mínima de 48 meses como Residente y/o Residente de obra (no asistente) y/o Residente Principal de Obras y/o Director Residente de Obras y/o Gerente de Obra y/o Director de Proyecto en Ejecución de Obras y/o Supervisión de Obras y/o Ingeniero Residente y/o Ingeniero Residente de Obras y/o Ingeniero Jefe de Frente y/o Ingeniero Supervisor y/o Ingeniero Supervisor Residente y/o Ingeniero Supervisor Principal y/o Supervisor de Obra y/o Inspector de Xxxx y/o Jefe de Obra y/o Jefe de Frente y/o Jefe de Supervisión y/o Jefe Supervisor de Obra en la ejecución y/o supervisión y/o inspección de Obras iguales y/o similares.
2.- (02) Ingeniero Asistente de Residente de Obra: Ingeniero Sanitario y/o Civil, titulado, colegiado. Xxxx acreditar una experiencia mínima de 36 meses como Residente de Obra y/o Jefe de Frente de Obra y/o Ingeniero Residente de Obras y/o Supervisor de Obras y/o Inspector de Obra y/o Ingeniero de Campo y/o Asistente de Ingeniero Residente de Obras y/o Asistente de Obra y/o Ingeniero Asistente de Residente y/o Inspector y/o Asistente de Obras Generales y/o Asistente de Obras Secundarias en la ejecución de obras iguales y/o similares de agua potable.
3.- (02) Ingeniero Asistente de Residente de Obra: Ingeniero Sanitario y/o Civil, titulado,
colegiado. Xxxx acreditar una experiencia mínima de 24 meses como Residente de Obra y/o Jefe de Frente de Obra y/o Ingeniero Residente de Obras y/o Supervisor de Obras y/o Inspector de Obra y/o Ingeniero de Campo y/o Asistente de Ingeniero Residente de Obras y/o Asistente de Obra y/o Ingeniero Asistente de Residente y/o Inspector y/o Asistente de Obras Generales y/o Asistente de Obras Secundarias en la ejecución de obras iguales y/o similares de alcantarillado.
4.- (02) Ingeniero Asistente de Residente de Obra: Ingeniero Civil, titulado, colegiado. Debe acreditar una experiencia mínima de 36 meses como Residente de Obra y/o Jefe de Frente de Obra y/o Ingeniero Residente de Obras y/o Supervisor de Obras y/o Inspector de Obra y/o Ingeniero de Campo y/o Asistente de Ingeniero Residente de Obras y/o Asistente de Obra y/o Ingeniero Asistente de Residente y/o Inspector y/o Asistente de Obras Generales; en la ejecución de obras estructurales de agua potable y/o alcantarillado.
5.- (02) Ingeniero Asistente de Residente de Obra: Ing. Mecánico electricista y/o electromecánico y/o electricista, titulado, colegiado. Debe contar con una experiencia mínima de 24 meses como residente de obra electromecánicas y/o eléctricas, en la ejecución de obras iguales o similares. (Suministro eléctrico, estaciones de bombeo de agua potable, cámaras de bombeo de alcantarillado y/u otras instalaciones que cuente con obras generales y secundarias de agua potable de agua y alcantarillado).
6.- (01) Ingeniero Especialista en Mecánica de Suelos: Ingeniero Civil y/o Geólogo, titulado, colegiado. Debe contar con experiencia mínima de 24 meses como Especialista en Mecánica de Suelos y/o Geotecnia y/o Especialista en/de Suelos y/o Ingeniero de Suelos o Geotécnica y/o especialista en suelos y/o especialista en mecánica de suelos en la ejecución de obras iguales y/o similares.
7.- (01) Ingeniero Especialista en Estructuras: Ingeniero Civil, titulado, colegiado. Debe contar con experiencia mínima de 24 meses como Ingeniero Especialista en/de Estructuras y/o Ingeniero Estructural y/o Especialista estructural y/o Especialista en Estructuras en la ejecución de obras iguales y/o similares.
8.- (01) Ingeniero Especialista en Instalaciones Electromecánicas: Ing. Mecánico electricista y/o electromecánico y/o electricista, titulado, colegiado. Debe contar con una experiencia mínima de 24 meses como especialista electromecánico, y/o electricista en la ejecución de obras iguales o similares. (Suministro eléctrico, estaciones de bombeo de agua potable, cámaras de bombeo de alcantarillado y/u otras instalaciones que cuente con obras generales y secundarias de agua potable de agua y alcantarillado).
9.- (01) Ingeniero Especialista en Telecomunicaciones, Scada: Ingeniero electrónico y/o Ing. Telecomunicaciones y/o Ing. Mecatrónica, titulado, colegiado. Debe contar con experiencia mínima de 24 meses como Especialista en automatización – SCADA en la ejecución de obras iguales y/o similares.
10.- (01) Ingeniero de Costos – Valorizaciones y Programación de Obras: Ingeniero Sanitario y/o Civil, titulado, colegiado. Debe contar con un mínimo de 24 meses de experiencia como Especialista en/de Metrados y Valorizaciones, y/o Especialista en Metrados, Valorizaciones y Liquidaciones y/o especialista de/en Metrados, costos y Presupuestos y/o valorizaciones y/o especialista en presupuesto, programación y valorizaciones y/o especialista en valorizaciones y liquidaciones y/o Ingeniero y/o Especialista en Costos, Valorizaciones y Programación de Obra y/o Ingeniero Especialista de Metrados, Costos y Valorizaciones y/o Especialista en Costos Presupuestos y Programación y/o Especialista en/de Costos y Presupuestos y/o Especialista en/de Costos, Presupuestos y valorizaciones, y/o Especialista en Programación y Valorización y/o Especialista en programación y liquidación y/o Especialista en programación y costos y/o Especialista en/de Costos y/o Valorizaciones y/o Presupuesto en la ejecución de obras iguales y/o similares.
11.- (01) Ingeniero Especialista en Seguridad e Higiene Ocupacional: Ingeniero de Higiene y Seguridad Industrial y/o Industrial y/o Civil y/o Sanitario, titulado, colegiado. Xxxx acreditar una experiencia mínima de 24 meses de experiencia como ingeniero en seguridad y/o Especialista de/en Seguridad e Higiene Ocupacional y/o Especialista en Seguridad, Higiene y Salud Ocupacional y/o ingeniero de Seguridad y Salud Ocupacional y/o Jefe de Seguridad
e Higiene Ocupacional y/o Inspector de Seguridad e Higiene y/o residente de Seguridad e Higiene Ocupacional y/o Especialista en Seguridad y Salud y/o Especialista en Seguridad, Salud e Higiene Ocupacional y/o Jefe de/en Seguridad y/o Salud en el trabajo y/o Especialista en Seguridad de Obra y/o Ingeniero Especialista en Seguridad y/o Ingeniero de Seguridad en obra y/o Especialista de/en Seguridad y Salud Ocupacional y/o Especialista en Seguridad e Higiene Ocupacional en la ejecución de obras en general.
12.- (01) Ingeniero Especialista en Monitoreo y Mitigación Ambiental: Ingeniero Ambiental y/o Ing. Sanitario y/o Ing. Civil titulado, colegiado. Xxxx acreditar una experiencia mínima de 24 meses contados a partir de la colegiatura, como Profesional de Impacto Ambiental y/o Ingeniero Ambiental y/o Especialista en Mitigación Ambiental y/o Ingeniero en Mitigación Ambiental y/o Supervisor de Impacto Ambiental y/o Residente de Impacto Ambiental y/o Supervisor Ambiental y/o Ingeniero y/o Especialista y/o responsable y/o Jefe en/de medio ambiente o impacto ambiental o ambientalista y/o Ingeniero especialista de/en impacto ambiental y/o Especialista Ambiental y/o Residente Ambientalista y/o Ingeniero Especialista en Medio Ambiente y/o Especialista en Monitoreo y Mitigación Ambiental y/o especialista en Impacto Ambiental y/o Especialista en Medio Ambiente en la ejecución y/o supervisión de obras iguales y/o similares.
13.- (01) Ingeniero de Transito: Ingeniero de Transito y/o Civil y/o Transporte, titulado, colegiado. Xxxx acreditar una experiencia mínima de 12 meses de experiencia como Especialista en Seguridad Vial y/o Transito, y/o especialista en tráfico y/o Ingeniero Especialista de/en Tránsito o Transporte o vial en la ejecución y/o supervisión de obras en general.
14.- (01) Ingeniero Especialista en Hidrogeología: Ingeniero Civil y/o Sanitario y/o Geólogo y/o Mecánico de Fluidos, especialista en Hidrogeología, titulado, colegiado. Xxxx acreditar una experiencia mínima de 36 meses de experiencia en la ejecución de obras generales.
15.- (01) Coordinador General de Intervención Social: Profesional en Sociología y/o Trabajo Social y/o Comunicación y/o Educación, profesional titulado, colegiado. Debe contar con una experiencia mínima de 24 meses como Coordinador de Intervención Social y/o Coordinador General de Intervención Social y/o Coordinador del Equipo de Intervención Social y/o Especialista Social y/o Coordinador Especialista de Promoción Social y/o Responsable Social y/o Jefe de Intervención Social en Estudios Definitivos y/o Ejecución de obras de saneamiento iguales y/o similares.
16.- (01) Arqueólogo Director: Licenciado en Arqueología, profesional titulado, colegiado. Xxxx acreditar una experiencia mínima de 24 meses como Arqueólogo y/o Especialista y/o Director en elaboración y/o implementación de Planes de Monitoreo Arqueológico y/o Rescate Arqueológico en la ejecución de obras en general y/o Director en Monitoreo Arqueológico en la ejecución de obras en general.
Acreditación:
La experiencia del personal profesional clave requerido se acreditará con cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal profesional clave propuesto; los documentos deben ser emitidos por aquel órgano que tenga competencia para ello dentro de la organización interna de la entidad pública o privada donde dicho profesional adquirió la experiencia.
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape) para el cómputo del tiempo de dicha experiencia solo se considerará una vez el período traslapado.
La experiencia será pasible de acreditación en el presente proceso siempre y cuando el profesional la obtuvo contando con las condiciones legales para el ejercicio de su profesión, esto es, colegiado por el correspondiente Colegio Profesional.
NOTAS:
Debe tenerse presente que, dichos profesionales deben encontrarse habilitados para el ejercicio de la profesión, la habilitación de los profesionales se requerirá a la suscripción del contrato, tanto para aquellos titulados en el Perú como en el extranjero, siendo que esto no resulta impedimento para que la Entidad, antes de suscribir el contrato, en el
ejercicio de su función fiscalizadora, verifique que la experiencia que se pretende acreditar haya sido adquirida cuando el profesional se encontraba habilitado legalmente para ello.
Durante la ejecución contractual del presente, el cambio de personal procede por iguales o superiores características al ofertado en la propuesta técnica, pudiéndose reemplazar al personal solo por causas demostradas, no atribuibles al contratista, es decir por caso fortuito o fuerza mayor. La sustitución solo procederá previa autorización escrita del funcionario de la Entidad que cuente con facultades suficientes para ello, dentro de los ocho (08) días hábiles siguientes de presentada la solicitud a la Entidad con la respectiva carta legalizada de renuncia del profesional.
Xxxxxxx presentar los informes de cada especialista en las valorizaciones, acorde al cronograma de trabajo y cuando estos sean requeridos por la Entidad.
11.2 PERMANENCIA EN OBRA DEL PERSONAL CLAVE:
REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS RECURSOS HUMANOS MÍNIMOS REQUERIDOS – PERSONAL CLAVE | |||
Nº | Descripción / Cargo | Cantidad (unid) | Porcentaje de Participación (%) |
01 | Ingeniero Residente de la Obra | 01 | 100 |
02 | Ingeniero Asistente de Residente de Obra (en Sistemas de agua potable). | 02 | 100 |
03 | Ingeniero Asistente de Residente de Obra (en Sistemas de alcantarillado). | 02 | 100 |
04 | Ingeniero Asistente de Residente de Obra (en Estructuras). | 02 | 100 |
05 | Ingeniero Asistente de Residente de Obra (en instalaciones electromecánicas). | 02 | 100 |
06 | Ingeniero Especialista en Mecánica de Suelos | 01 | 50 |
07 | Ingeniero Especialista en Estructuras | 01 | 50 |
08 | Ingeniero Especialista en Instalaciones electromecánicas | 01 | 100 |
09 | Ingeniero Especialista en Telecomunicaciones, Scada | 01 | 100 |
10 | Ingeniero de Costos – Valorizaciones y Programación de Obras | 01 | 100 |
11 | Ingeniero Especialista en Seguridad e Higiene Ocupacional | 01 | 100 |
12 | Ingeniero Especialista en Monitoreo y Mitigación Ambiental | 01 | 50 |
13 | Ingeniero de Transito | 01 | 50 |
14 | Ingeniero Especialista en Hidrogeología | 01 | 50 |
15 | Coordinador General de Intervención Social | 01 | 100 |
16 | Arqueólogo Director. | 01 | 50 |
PERSONAL EXTRANJERO
Para el caso de profesionales extranjeros, éstos deberán presentar los mismos documentos señalados en “Formación Académica”, “Calificaciones” y “Experiencia o equivalentes en su país de origen”, tal requisito deberá acreditarse con la copia simple del documento de la revalidación o del reconocimiento del grado académico o título profesional otorgados en el extranjero, extendido por la autoridad competente en el Perú, conforme a la normativa especial de la materia.
En caso de presentar títulos profesionales con diferente denominación que la requerida, para la presentación de ofertas los postores deberán adjuntar obligatoriamente: i) la revalidación u homologación del título profesional extranjero, emitido por una de las universidades peruanas autorizadas por SUNEDU; o ii) el reconocimiento del título profesional extranjero, emitido por la SUNEDU.
11.3 RELACIÓN DE EQUIPO MÍNIMO
N° | Descripción | Cantidad |
1 | Camión volquete 4x2 210 – 280 HP de 8m3 (*) | 6 |
2 | Camioneta pick-up 4 x 2 simple 1000 kg (carga útil) 90 HP | 7 |
3 | Equipo de estación total incl. prismas jalones telescópicos | 2 |
4 | Mezcladora concreto t/tambor 23HP 11-12p3 | 4 |
5 | Xxxxxxxxx 0 HP 2” incluye manguera | 4 |
6 | Cargador sob. Llanta 80-95HP 1,5-1,75 Yd3 (*) | 2 |
7 | Cargador retroexcavador 0,5-0,75Yd3 62 HP (*) | 2 |
8 | Compactadora vibrat. De plancha 7 HP | 2 |
9 | Compresora neumática 87 HP 250 - 330 pcm | 10 |
10 | Martillo neumático 00 - 00 Xx | 00 |
00 | Motosoldadora de 250 amp | 4 |
12 | Perforadora para pozo profundo | 3 |
13 | Grúa Hidraúlica auto propulsada 9 Ton (*) | 2 |
Notas:
i. Se deberá precisar la antigüedad de los equipos no deberá ser mayor de cinco (5) años a la fecha de presentación de ofertas.
ii. La maquinaria pesada (*) debe contar con certificado vigente de análisis de gases, emitida por una entidad Certificadora de Conformidad, autorizada por el MTC y presentada al inicio de la prestación efectiva de servicio de la maquinaria pesada.
iii. Todas las unidades vehiculares (camiones y camionetas) deberán contar con los documentos en regla vigentes, tales como: Seguro SOAT, Seguro Integral (contra robo, siniestros y otros) revisión técnica (de ser el caso) y presentada al inicio efectiva del servicio. Así mismo, el Contratista estará a cargo y será responsable de los gastos que demande por concepto de chofer, peajes, combustible y mantenimiento de las unidades.
iv. Se podrá aceptar equipos y/o vehículos con características superiores a lo requerido por la Entidad.
Acreditación:
Copia de documentos que sustenten la propiedad, la posesión, el compromiso de compra venta o alquiler u otro documento que acredite la disponibilidad del equipamiento estratégico requerido.
Deberá consignar el tiempo máximo de antigüedad.
La presentación del Staff profesional y del equipo mínimo inferior, a las relaciones antes citadas, acarreará la pérdida de la condición de postor.
El costo de pruebas y controles de calidad, de materiales y ejecución de trabajos, será por cuenta exclusiva del Contratista, las cuales se efectuarán en laboratorios externos de Universidades y/o instituciones, debidamente inscritos en INDECOPI.
COORDINACION CON ENTIDADES PÚBLICAS Y EMPRESAS DE SERVICIOS
El Contratista inmediatamente después de la firma del contrato, está obligado a efectuar las respectivas coordinaciones con las Entidades Públicas y Empresas Concesionarias de Servicios Públicos, mediante cartas y gestiones a fin de asegurar la correcta y oportuna
ejecución de los trabajos contratados, siempre que éstos se encuentren supeditados a autorizaciones y aceptación de dichas empresas para su realización.
La inobservancia del Contratista de realizar dichas coordinaciones con las Entidades Públicas y la Entidades Concesionarias de Servicios Públicos, acerca de los trabajos en la vía pública de instalaciones de servicio, ampliaciones, modificaciones, mejoramiento, será de entera y exclusiva responsabilidad, por lo que corresponde bajo su cuenta la adopción de acciones necesarias que eviten daños a los trabajos proyectados.
El encargado de la ejecución de la obra, para la formulación y/o elaboración de su propuesta técnica (Cronograma de actividades, cronograma de ejecución de obras y utilización de personal), deberá tener en consideración los tiempos requeridos para continuar y culminar los trámites del saneamiento, si fuera necesario.
El postor debe contemplar en su propuesta los costos para la presentación y obtención del Plan de Monitoreo Arqueológico ante el Ministerio de Cultura, previo a la remoción de tierra y habilitación de accesos a las zonas o sectores en donde se ejecutará las obras.
El retraso en la presentación y aprobación del Plan de Monitoreo Arqueológico por reiteradas observaciones formuladas por el Ministerio de Cultura, o por la no efectiva subsanación de observaciones por parte del arqueólogo del Contratista, no serán causales para la ampliación de plazo de la obra y serán materia de multa por el retraso generado.
El postor debe contemplar en su propuesta los costos para la actualización y ejecución del plan de desvío de tránsito, autorización municipal, transporte urbano, trámite, control, etc.
El postor debe contemplar en su propuesta los costos para realizar la ejecución del programa de mitigación, el programa de participación ciudadana, el plan de manejo de residuos sólidos, el programa de monitoreo ambiental y el plan de contingencias.
El postor debe contemplar todos los costos para realizar la ejecución de la obra, con la finalidad de cumplir las metas establecidas.
11.4 DEFINICIÓN DE OBRAS IGUALES Y/O SIMILARES
Se considerará como Obras iguales o Similares, a las obras de Construcción y/o Instalación y/o Ampliación y/o Rehabilitación y/o Mejoramiento y/o Reconstrucción y/o Renovación o la combinación de alguno de los términos anteriores, de obras generales y/o secundarias y/o sistemas de agua potable y/o alcantarillado y/o esquemas que incluyan uno o más de los siguientes componentes:
Obras Generales de agua potable y alcantarillado:
Pozos y/o Cisterna y/o Reservorio Apoyado y/o Reservorio Elevado y/o Estación de Bombeo de Agua Potable y Estación de Bombeo de Desagüe. Pozos de al menos 20 lps de caudal de bombeo y 80 metros de profundidad, Cisternas de al menos 50 m3 de capacidad, Reservorios de al menos 500 m3 de capacidad.
Líneas Principales y/o Línea de Conducción y/o Línea de Impulsión y/o Línea de Aducción y/o Troncales Estratégicas y/o Red Matriz de al menos 250 mm de diámetro de HD y, Colectores Primarios y/o Colectores Principales de al menos 315 mm de diámetro.
Obras secundarias de agua potable y alcantarillado:
Redes secundarias de agua potable y/o alcantarillado, incluye conexiones domiciliarias.
Se excluye lo siguiente:
Piletas públicas, unidades sanitarias y similares.
Sistema de recolección y disposición de agua de lluvias.
Servicio de disposición sanitaria de excretas, letrinas y fosas sépticas.
11.5 RECURSOS FÍSICOS MÍNIMOS REQUERIDOS Oficina y materiales
a) Oficina. - El postor debe contemplar en su propuesta los gastos de mantenimiento que le demande las oficinas de operaciones que debe acondicionar para la ejecución de las obras, debiendo contar con mobiliario adecuado, ambiente propicio y teléfono fijo incluido, correo electrónico, equipos de cómputo, calculadoras, etc.
b) Radiotelefonía. - El postor deberá proveer a su principal personal profesional, técnico y administrativo de equipo de radiotelefonía, los mismos que deberán ser del mismo operador usado por el PASLC. Esto con el fin de asegurar la comunicación directa y sin problemas de compatibilidad entre el personal de la obra (Residente principal de Obra, Asistente, Ingenieros Especialistas, Administrador, etc.) y el personal de PASLC.
c) Material técnico. - Xxxxxxxxx, copias, plotter, trabajo de imprenta, estuches de expediente, portafolios y otros que sean necesarios para la ejecución de la obra.
d) Liquidación de obra. - El postor debe contemplar en su propuesta los costos por los trabajos concernientes a la liquidación de obra (Ing. Residente, Ing. Valorizaciones, materiales, movilidad, etc.)
e) El postor deberá presentar la filmación editada (en video formato DVD) conteniendo las secuencias más importantes de cada componente de la obra, desde el inicio hasta su culminación, el cual deberá ser entregado al momento de la recepción de los servicios prestados.
12.- REQUISITOS DE CALIFICACIÓN
A | CAPACIDAD LEGAL |
A.1 | REPRESENTACIÓN |
Requisitos: Documento que acredite fehacientemente la representación de quien suscribe la oferta. En el caso de consorcios, este documento debe ser presentado por cada uno de los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según corresponda. Promesa de consorcio con firmas legalizadas, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio, así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. La promesa de consorcio debe ser suscrita por cada uno de sus integrantes. De conformidad con el artículo 28 del Reglamento, el número máximo de consorciados es de tres (03) integrantes. Asimismo, el porcentaje mínimo de participación en la ejecución del contrato, para el integrante del consorcio que acredite mayor experiencia en obras similares, es de 50% de participación. El representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades. Acreditación: Tratándose de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión. En caso de persona natural, copia del documento nacional de identidad o documento análogo, o del certificado de vigencia de poder otorgado por persona natural, del apoderado o mandatario, según corresponda, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión. Promesa de consorcio con firmas legalizadas. |
B | CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL | ||||
B.1 | EQUIPAMIENTO ESTRATÉGICO | ||||
Requisitos: | |||||
N° | Descripción | Cantidad | |||
1 | Camión volquete 4x2 210 – 280 HP de 8m3 (*) | 6 | |||
2 | Camioneta pick-up 4 x 2 simple 1000 kg (carga útil) 90 HP | 7 | |||
3 | Equipo de estación total incl. prismas jalones telescópicos | 2 | |||
4 | Mezcladora concreto t/tambor 23HP 11-12p3 | 4 |
5 | Xxxxxxxxx 0 HP 2” incluye manguera | 4 | |||
6 | Cargador sob. Llanta 80-95HP 1,5-1,75 Yd3 (*) | 2 | |||
7 | Cargador retroexcavador 0,5-0,75Yd3 62 HP (*) | 2 | |||
8 | Compactadora vibrat. De plancha 7 HP | 2 | |||
9 | Compresora neumática 87 HP 250 - 330 pcm | 10 | |||
10 | Martillo neumático 00 - 00 Xx | 00 | |||
00 | Motosoldadora de 250 amp | 4 | |||
12 | Perforadora para pozo profundo | 3 | |||
13 | Grúa Hidráulica auto propulsada 9 Ton (*) | 2 | |||
Acreditación: Copia de documentos que sustenten la propiedad, la posesión, el compromiso de compra venta o alquiler u otro documento que acredite la disponibilidad del equipamiento estratégico requerido, deberá consignar el tiempo máximo de antigüedad. | |||||
B.2 | CALIFICACIONES DEL PLANTEL PROFESIONAL CLAVE | ||||
FORMACIÓN ACADÉMICA | |||||
Requisitos: 1 Ingeniero Principal Residente de la Obra: Ingeniero Sanitario y/o Civil, 2 (02) Ingeniero Asistente de Residente de Obra: Ingeniero Sanitario y/o Civil 3 (02) Ingeniero Asistente de Residente de Obra: Ingeniero Sanitario y/o Civil 4 (02) Ingeniero Asistente de Residente de Obra: Ingeniero Civil 5 (02) Ingeniero Asistente de Residente de Obra: Ing. Mecánico electricista y/o electromecánico y/o electricista 6 Ingeniero Especialista en Mecánica de Suelos: Ingeniero Civil y/o Geólogo 7 Ingeniero Especialista en Estructuras: Ingeniero Civil 8 Ingeniero Especialista en Instalaciones Electromecánicas: Ing. Mecánico electricista y/o electromecánico y/o electricista 9 Ingeniero Especialista en Telecomunicaciones, Scada: Ingeniero electrónico y/o Ing. Telecomunicaciones y/o Ing. Mecatrónica 10 Ingeniero de Costos – Valorizaciones y Programación de Obras: Ingeniero Sanitario y/o Civil 11 Ingeniero Especialista en Seguridad e Higiene Ocupacional: Ingeniero de Higiene y Seguridad Industrial y/o Industrial y/o Civil y/o Sanitario. 12 Ingeniero Especialista en Monitoreo y Mitigación ambiental: Ingeniero Ambiental o Ing. Sanitario o Ing. Civil. 13 Ingeniero de Transito: Ingeniero de Transito y/o Civil y/o Transporte. 14 Ingeniero Especialista en Hidrogeología: Ingeniero Sanitario y/o Civil y/o Geologo y/o Mecánico de Fluidos. 15 Coordinador General de Intervención Social: Profesional en Sociología y/o Trabajo Social y/o Comunicación y/o Educación. 16 Arqueólogo Director: Licenciado en Arqueología. Acreditación: Se acreditará con copia simple del título profesional. Para títulos extranjeros: “En caso de presentar títulos profesionales con diferente denominación que la requerida en las presentes Bases, para la presentación de ofertas los postores deberán adjuntar obligatoriamente: i) la revalidación u homologación del título profesional extranjero, emitido por una de las universidades peruanas autorizadas por SUNEDU; o ii) el reconocimiento del título profesional extranjero, emitido por la SUNEDU. | |||||
B.3 | EXPERIENCIA DEL PLANTEL PROFESIONAL CLAVE | ||||
Requisitos: | |||||
1 | (01) Ingeniero Principal Residente de la Obra: Xxxx acreditar una experiencia mínima de 48 meses como Residente y/o Residente de obra (no asistente) y/o Residente Principal de Obras y/o Director Residente de Obras y/o Gerente de Obra y/o Director de Proyecto en Ejecución de Obras y/o Supervisión de Obras y/o |
Ingeniero Residente y/o Ingeniero Residente de Obras y/o Ingeniero Jefe de Frente y/o Ingeniero Supervisor y/o Ingeniero Supervisor Residente y/o Ingeniero Supervisor Principal y/o Supervisor de Obra y/o Inspector de Obra y/o Jefe de Obra y/o Jefe de Frente y/o Jefe de Supervisión y/o Jefe Supervisor de Obra en la ejecución y/o supervisión y/o inspección en la ejecución de obras iguales y/o similares. | ||||
2 | (02) Ingeniero Asistente de Residente de Obra: Ingeniero Sanitario y/o Civil, titulado, colegiado. Xxxx acreditar una experiencia mínima de 36 meses como Residente de Obra y/o Jefe de Frente de Obra y/o Ingeniero Residente de Obras y/o Supervisor de Obras y/o Inspector de Obra y/o Ingeniero de Campo y/o Asistente de Ingeniero Residente de Obras y/o Asistente de Obra y/o Ingeniero Asistente de Residente y/o Inspector y/o Asistente de Obras Generales y/o Asistente de Obras Secundarias en la ejecución de obras iguales y/o similares de agua potable. | |||
3 | (02) Ingeniero Asistente de Residente de Obra: Ingeniero Sanitario y/o Civil, titulado, colegiado. Xxxx acreditar una experiencia mínima de 24 meses como Residente de Obra y/o Jefe de Frente de Obra y/o Ingeniero Residente de Obras y/o Supervisor de Obras y/o Inspector de Obra y/o Ingeniero de Campo y/o Asistente de Ingeniero Residente de Obras y/o Asistente de Obra y/o Ingeniero Asistente de Residente y/o Inspector y/o Asistente de Obras Generales y/o Asistente de Obras Secundarias en la ejecución de obras iguales y/o similares de alcantarillado. | |||
4 | (02) Ingeniero Asistente de Residente de Obra: Ingeniero Civil, titulado, colegiado. Debe acreditar una experiencia mínima de 36 meses como Residente de Obra y/o Jefe de Frente de Obra y/o Ingeniero Residente de Obras y/o Supervisor de Obras y/o Inspector de Obra y/o Ingeniero de Campo y/o Asistente de Ingeniero Residente de Obras y/o Asistente de Obra y/o Ingeniero Asistente de Residente y/o Inspector y/o Asistente de Obras Generales; en la ejecución de obras estructurales de agua potable y/o alcantarillado. | |||
5 | (02) Ingeniero Asistente de Residente de Obra: Ing. Mecánico electricista y/o electromecánico y/o electricista, titulado, colegiado. Debe contar con una experiencia mínima de 24 meses como residente de obra electromecánicas y/o eléctricas, en la ejecución de obras iguales o similares. (Suministro eléctrico, estaciones de bombeo de agua potable, cámaras de bombeo de alcantarillado y/u otras instalaciones que cuente con obras generales y secundarias de agua potable de agua y alcantarillado). | |||
6 | (01) Ingeniero Especialista en Mecánica de Suelos: Ingeniero Civil y/o Geólogo, titulado, colegiado. Debe contar con experiencia mínima de 24 meses como Especialista en Mecánica de Suelos y/o Geotecnia y/o Especialista en/de Suelos y/o Ingeniero de Suelos o Geotécnica y/o especialista en suelos y/o especialista en mecánica de suelos en la ejecución de obras iguales y/o similares. | |||
7 | (01) Ingeniero Especialista en Estructuras: Ingeniero Civil, titulado, colegiado. Debe contar con experiencia mínima de 24 meses como Ingeniero Especialista en/de Estructuras y/o Ingeniero Estructural y/o Especialista estructural y/o Especialista en Estructuras en la ejecución de obras iguales y/o similares | |||
8 | (01) Ingeniero Especialista en Instalaciones Electromecánicas: Ing. Mecánico electricista y/o electromecánico y/o electricista, titulado, colegiado. Debe contar con una experiencia mínima de 24 meses como especialista electromecánico, y/o electricista en la ejecución de obras iguales o similares. (Suministro eléctrico, estaciones de bombeo de agua potable, cámaras de bombeo de alcantarillado y/u otras instalaciones que cuente con obras generales y secundarias de agua potable de agua y alcantarillado). | |||
9 | (01) Ingeniero Especialista en Telecomunicaciones, Scada: Ingeniero electrónico y/o Ing. Telecomunicaciones y/o Ing., Mecatrónica, titulado, colegiado. Debe contar con experiencia mínima de 24 meses como Especialista en automatización – SCADA en la ejecución de obras iguales y/o similares. | |||
10 | (01) Ingeniero de Costos – Valorizaciones y Programación de Obras: Ingeniero Sanitario y/o Civil, titulado, colegiado. Debe contar con un mínimo de 24 meses de experiencia como Especialista en/de Metrados y Valorizaciones, y/o Especialista en Metrados, Valorizaciones y Liquidaciones y/o especialista de/en Metrados, costos y Presupuestos y/o valorizaciones y/o especialista en presupuesto, programación y valorizaciones y/o especialista en valorizaciones y liquidaciones y/o Ingeniero y/o Especialista en Costos, Valorizaciones y Programación de Obra y/o Ingeniero Especialista de Metrados, Costos y Valorizaciones y/o Especialista en Costos |
Presupuestos y Programación y/o Especialista en/de Costos y Presupuestos y/o Especialista en/de Costos, Presupuestos y valorizaciones, y/o Especialista en Programación y Valorización y/o Especialista en programación y liquidación y/o Especialista en programación y costos y/o Especialista en/de Costos y/o Valorizaciones y/o Presupuesto en la ejecución de obras iguales y/o similares. | ||||
11 | (01) Ingeniero Especialista en Seguridad e Higiene Ocupacional: Ingeniero de Higiene y Seguridad Industrial y/o Industrial y/o Civil y/o Sanitario, titulado, colegiado. Xxxx acreditar una experiencia mínima de 24 meses de experiencia como ingeniero en seguridad y/o Especialista de/en Seguridad e Higiene Ocupacional y/o Especialista en Seguridad, Higiene y Salud Ocupacional y/o ingeniero de Seguridad y Salud Ocupacional y/o Jefe de Seguridad e Higiene Ocupacional y/o Inspector de Seguridad e Higiene y/o residente de Seguridad e Higiene Ocupacional y/o Especialista en Seguridad y Salud y/o Especialista en Seguridad, Salud e Higiene Ocupacional y/o Jefe de/en Seguridad y/o Salud en el trabajo y/o Especialista en Seguridad de Obra y/o Ingeniero Especialista en Seguridad y/o Ingeniero de Seguridad en obra y/o Especialista de/en Seguridad y Salud Ocupacional y/o Especialista en Seguridad e Higiene Ocupacional en la ejecución de obras en general. | |||
12 | (01) Ingeniero Especialista en Monitoreo y Mitigación Ambiental: Ingeniero Ambiental y/o Ing. Sanitario y/o Ing. Civil titulado, colegiado. Xxxx acreditar una experiencia mínima de 24 meses contados a partir de la colegiatura, como Profesional de Impacto Ambiental y/o Ingeniero Ambiental y/o Especialista en Mitigación Ambiental y/o Ingeniero en Mitigación Ambiental y/o Supervisor de Impacto Ambiental y/o Residente de Impacto Ambiental y/o Supervisor Ambiental y/o Ingeniero y/o Especialista y/o responsable y/o Jefe en/de medio ambiente o impacto ambiental o ambientalista y/o Ingeniero especialista de/en impacto ambiental y/o Especialista Ambiental y/o Residente Ambientalista y/o Ingeniero Especialista en Medio Ambiente y/o Especialista en Monitoreo y Mitigación Ambiental y/o especialista en Impacto Ambiental y/o Especialista en Medio Ambiente en la ejecución y/o supervisión de obras iguales y/o similares. | |||
13 | (01) Ingeniero de Transito: Ingeniero de Transito y/o Civil y/o Transporte, titulado, colegiado. Xxxx acreditar una experiencia mínima de 12 meses de experiencia como Especialista en Seguridad Vial y/o Transito, y/o especialista en tráfico y/o Ingeniero Especialista de/en Tránsito o Transporte o vial en la ejecución y/o supervisión de obras en general. | |||
14 | (01) Ingeniero Especialista en Hidrogeología: Ingeniero Civil y/o Sanitario y/o Geólogo y/o Mecánico de Fluidos, especialista en Hidrogeología, titulado, colegiado. Xxxx acreditar una experiencia mínima de 36 meses de experiencia en la ejecución de obras generales. | |||
15 | Coordinador General de Intervención Social: Profesional en Sociología y/o Trabajo Social y/o Comunicación y/o Educación, profesional titulado, colegiado. Debe contar con una experiencia mínima de 24 meses como Coordinador de Intervención Social y/o Coordinador General de Intervención Social y/o Coordinador del Equipo de Intervención Social y/o Especialista Social y/o Coordinador Especialista de Promoción Social y/o Responsable Social y/o Jefe de Intervención Social en Estudios Definitivos y/o Ejecución de obras de saneamiento iguales y/o similares. | |||
16 | Arqueólogo Director: Licenciado en Arqueología, profesional titulado, colegiado. Xxxx acreditar una experiencia mínima de 24 meses como Arqueólogo y/o Especialista y/o Director en elaboración y/o implementación de Planes de Monitoreo Arqueológico y/o Rescate Arqueológico en la ejecución de obras en general y/o Director en Monitoreo Arqueológico en la ejecución de obras en general. | |||
Acreditación: La experiencia del personal profesional clave requerido se acreditará con cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal profesional clave propuesto; los documentos deben ser emitidos por aquel órgano que tenga competencia para ello dentro de la organización interna de la entidad pública o privada donde dicho profesional adquirió la experiencia. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. |
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo N° 7 referido al plantel profesional clave propuesto para la ejecución de la obra. Importante: El residente de la obra debe cumplir la experiencia mínima establecida en el artículo 154 del Reglamento. |
C | EXPERIENCIA DEL POSTOR |
C.1 | EXPERIENCIA EN OBRAS EN GENERAL |
Requisito: El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a dos (2) veces el valor referencial de la contratación, en la ejecución de obras en general, durante un periodo de no mayor a diez (10) años a la fecha de la presentación de ofertas, correspondientes a un xxxxxx xx xxxx (10) contrataciones. Acreditación: Copia simple de contratos y sus respectivas actas de recepción y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o contratos y cualquier otra documentación de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, así como su monto total y características. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva N° 002- 2016-OSCE/CD, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando los contratos presentados se encuentren expresados en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo N° 8 referido a la experiencia en obras en general del postor. La obra presentada para acreditar la experiencia en obras similares servirá para acreditar la experiencia en obras en general. Importante: En el caso de consorcios, la calificación de la experiencia se realiza conforme a la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. | |
C.2 | EXPERIENCIA EN OBRAS SIMILARES |
Requisito: El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a una (1) vez el valor referencial de la contratación, en la ejecución de obras similares, durante los 10 años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas, correspondientes a un xxxxxx xx xxxx (10) contrataciones. Se considerará como Obras iguales o Similares, a las obras de Construcción y/o Instalación y/o Ampliación y/o Rehabilitación y/o Mejoramiento y/o Reconstrucción y/o Renovación o la |
combinación de alguno de los términos anteriores, de obras generales y/o secundarias y/o sistemas de agua potable y/o alcantarillado y/o esquemas que incluyan uno o más de los siguientes componentes: Obras Generales de agua potable y alcantarillado: Pozos y/o Cisterna y/o Reservorio Apoyado y/o Reservorio Elevado y/o Estación de Bombeo de Agua Potable y Estación de Bombeo de Desagüe. Pozos de al menos 20 lps de caudal de bombeo y 80 metros de profundidad, Cisternas de al menos 50 m3 de capacidad, Reservorios de al menos 500 m3 de capacidad. Líneas Principales y/o Línea de Conducción y/o Línea de Impulsión y/o Línea de Aducción y/o Troncales Estratégicas y/o Red Matriz de al menos 250 mm de diámetro de HD y, Colectores Primarios y/o Colectores Principales de al menos 315 mm de diámetro. Obras secundarias de agua potable y alcantarillado: Redes secundarias de agua potable y/o alcantarillado, incluye conexiones domiciliarias. Se excluye lo siguiente: Piletas públicas, unidades sanitarias y similares. Sistema de recolección y disposición de agua de lluvias. Servicio de disposición sanitaria de excretas, letrinas y fosas sépticas. Acreditación: Copia simple de contratos y sus respectivas actas de recepción y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o contratos y cualquier otra documentación de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, así como su monto total. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando los contratos presentados se encuentren expresados en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo N° 9 referido a la experiencia en obras similares del postor Importante: En el caso de consorcios, la calificación de la experiencia se realiza conforme a la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. |
Importante |
Para determinar que los postores cuentan con las capacidades necesarias para ejecutar el contrato, las cuales deben ser acreditadas documentalmente, la Entidad incorpora los requisitos de calificación que se extraen del expediente técnico, no pudiendo incluirse requisitos adicionales a los previstos en el mismo, los cuales son los siguientes: |
Importante
Las consultas y observaciones no deben emplearse para formular pretensiones que desnaturalicen la decisión de compra adoptada por la Entidad. Si como resultado de una consulta u observación debe modificarse el requerimiento, debe solicitarse la autorización del área usuaria y remitir dicha autorización a la dependencia que aprobó el expediente de contratación para su aprobación, de conformidad con el artículo 51 del Reglamento.
Los requisitos de calificación determinan si los postores cuentan con las capacidades necesarias para ejecutar el contrato, lo que debe ser acreditado documentalmente. Para ello, las Entidades deben establecer de manera clara y precisa los requisitos que deben cumplir los postores a fin de acreditar su calificación en el numeral 2.2.1.2 concordante con el numeral 3.2 de esta sección de las bases.
CAPÍTULO IV FACTORES DE EVALUACIÓN
Puntaje Total: 100 Puntos
FACTOR DE EVALUACIÓN | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN | |
A. | PRECIO | |
Evaluación: Se evaluará considerando el precio ofertado por el postor. Acreditación: Se acreditará mediante el documento que contiene el precio de la oferta (Anexo N° 5) | La evaluación consistirá en otorgar el máximo puntaje a la oferta más próxima al promedio de las ofertas admitidas que quedan en competencia incluyendo el valor referencial y otorgar a las demás ofertas puntajes, según la siguiente fórmula: i = Oferta Pi = Puntaje de la oferta a evaluar Oi = Precio i Om = Precio de la oferta más próximo al promedio de ofertas válidas incluido el valor referencial PMOE = Puntaje máximo del precio 100 puntos |
Importante |
Los factores de evaluación elaborados por el comité de selección deben ser objetivos y deben guardar vinculación, razonabilidad y proporcionalidad con el objeto de la contratación. Asimismo, estos no pueden calificar con puntaje el cumplimiento del Expediente Técnico ni los requisitos de calificación. |
CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO
Conste por el presente documento, la contratación de la ejecución de la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………], con domicilio legal en [………], representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en
[……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [ ]
del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [ ], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en
los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [………………..], el comité de selección adjudicó la buena pro de la LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN] para la
contratación de la ejecución de la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles
e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN].
CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], que incluye todos los impuestos xx Xxx.
Este monto comprende el costo de la ejecución de la obra, todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre la ejecución de la prestación materia del presente contrato.
CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO21
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA], en periodos de valorización [CONSIGNAR MENSUALES U OTRO TIPO DE PERIODO], conforme a lo previsto en la sección específica de las bases. Asimismo, LA ENTIDAD o EL CONTRATISTA, según corresponda, se obligan a pagar el monto correspondiente al saldo de la liquidación del contrato de obra, en el plazo de [CONSIGNAR PLAZO EN DÍAS] días calendario, computados desde el día siguiente del consentimiento de la liquidación.
En caso de retraso en el pago de las valorizaciones, por razones imputables a LA ENTIDAD, EL CONTRATISTA tiene derecho al reconocimiento de los intereses legales efectivos, de conformidad con el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado y los artículos 1244, 1245 y 1246 del Código Civil. Para tal efecto, se formulará una valorización de intereses y el pago se efectuará en las valorizaciones siguientes.
CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
El plazo de ejecución del presente contrato es de 480 días calendario, el mismo que se computa desde el día siguiente de cumplidas las condiciones previstas en el numeral 3.5 de la sección general de las bases.
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
21 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.
El presente contrato está conformado por las bases integradas, la oferta ganadora, así como los documentos derivados del procedimiento de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS
EL CONTRATISTA entregó al perfeccionamiento del contrato la respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y de realización automática en el país al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, montos y vigencias siguientes:
De fiel cumplimiento del contrato22: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA, CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] N° [INDICAR NÚMERO
DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final.
CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA ENTIDAD puede solicitar la ejecución de las garantías cuando EL CONTRATISTA no las hubiere renovado antes de la fecha de su vencimiento, conforme a lo dispuesto por el artículo 131 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA NOVENA: ADELANTO DIRECTO23
“LA ENTIDAD otorgará uno (1) adelanto directo hasta el 10% del monto del contrato original] 24 del monto del contrato original.
EL CONTRATISTA debe solicitar formalmente el adelanto directo dentro de los ocho (8) días calendario siguientes, a la suscripción del contrato 25 , adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos26 mediante carta fianza y el comprobante de pago correspondiente. LA ENTIDAD debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) días siguientes a la presentación de la solicitud de EL CONTRATISTA.
Vencido el plazo para solicitar el adelanto no procederá la solicitud.
CLÁUSULA DÉCIMA: ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS27
“LA ENTIDAD otorgará adelantos para materiales o insumos hasta el 20% del monto del contrato original 28 conforme al calendario de adquisición de materiales o insumos presentado por EL
22 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel cumplimiento debe ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final.
23 Si la Entidad ha previsto la entrega de xxxxxxxxx, deberá consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva garantía, precisando el plazo en el cual el contratista solicitará los adelantos. Asimismo, deberá consignar la oportunidad y plazo en el cual se entregarán dichos adelantos, conforme a lo previsto por los artículos 186 y 187 del Reglamento.
24 En el caso de obras bajo la modalidad de ejecución contractual de concurso oferta, si la Entidad prevé la entrega del adelanto directo para la elaboración del expediente técnico, el monto de este adelanto no puede ser superior al diez por ciento (10%) del monto original correspondiente a esta prestación. Asimismo, si la Entidad prevé la entrega del adelanto directo para la ejecución de la obra, el monto de este adelanto no puede ser superior al diez por ciento (10%) del monto original correspondiente a esta prestación.
25 El plazo se computa desde el día siguiente de la suscripción del contrato. En el caso de obras bajo la modalidad de ejecución contractual de concurso oferta, para el adelanto directo que corresponda a la elaboración del expediente técnico debe indicarse que el plazo se computa desde el día siguiente de la suscripción del contrato; en cambio, para el adelanto directo que corresponda a la ejecución de la obra debe indicarse que el plazo se computa desde el día siguiente del inicio de la ejecución de la obra.
26 De conformidad con el artículo 129 del Reglamento, esta garantía debe ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable por un plazo idéntico hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución contractual sea menor a tres (3) meses, las garantías pueden ser emitidas con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.
27 En caso de obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico, este adelanto solo cabe para la prestación consistente en la ejecución de la obra.
28 En el caso de obras bajo la modalidad de ejecución contractual de concurso oferta, debe consignarse que el monto del adelanto para materiales o insumos se calcula en función del monto original de la prestación consistente en la ejecución de la obra.
CONTRATISTA.
La entrega de los adelantos se realizará en un plazo de siete (7) días calendario previos a la fecha prevista en el calendario de adquisición de materiales o insumos para cada adquisición, con la finalidad que EL CONTRATISTA pueda disponer de los materiales o insumos en la oportunidad prevista en el calendario de avance de obra valorizado. Para tal efecto, EL CONTRATISTA debe solicitar la entrega del adelanto en un plazo de veinticinco (25 días calendario anteriores al inicio del plazo antes mencionado, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos29 mediante carta fianza y el comprobante de pago respectivo.
La primera solicitud de El CONTRATISTA debe realizarse una vez iniciado el plazo de ejecución de la obra. No procede el otorgamiento del adelanto para materiales e insumos en los casos en que las solicitudes correspondientes sean realizadas con posterioridad a las fechas señaladas en el calendario de adquisición de materiales e insumos.
CLÁUSULA UNDÉCIMA: CONFORMIDAD DE LA OBRA
La conformidad de la obra será dada con la suscripción del Acta de Recepción de Obra.
CLÁUSULA DUODÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: RESPONSABILIDAD POR XXXXXX XXXXXXX
Ni la suscripción del Acta de Recepción de Obra, ni el consentimiento de la liquidación del contrato de obra, enervan el derecho de LA ENTIDAD a reclamar, posteriormente, por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por los artículos 40 de la Ley de Contrataciones del Estado y 146 de su Reglamento.
El plazo máximo de responsabilidad de EL CONTRATISTA es de 7 años, contados a partir de la conformidad de la recepción total de la obra.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = | 0.10 x Monto |
F x Plazo en días |
Donde:
F = 0.15 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse.
Se considera justificado el retraso, cuando EL CONTRATISTA acredite, de modo objetivamente sustentado, que el mayor tiempo transcurrido no le resulta imputable. Esta calificación del retraso como justificado no da lugar al pago de gastos generales de ningún tipo, conforme el artículo 133 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Adicionalmente a la penalidad por xxxx se aplicarán las siguientes penalidades:
N° | INFRACCION | UNIDAD | Monto |
1 | No cumple con proveer con el personal clave establecido en su propuesta técnica. | Por día y por ocurrencia | 1 UIT |
2 | No cuenta con materiales necesarios en obra de | Por día | 2 UIT |
29 De conformidad con el artículo 129 del Reglamento, esta garantía debe ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable por un plazo idéntico hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución contractual sea menor a tres (3) meses, las garantías pueden ser emitidas con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.
acuerdo a su Calendario de Adquisición de Materiales. | |||
3 | Emplea materiales y equipos en obra no autorizados previamente por el Supervisor. | Por ocurrencia | 2 UIT |
4 | No cumple en recoger el desmonte y efectuar la limpieza de la zona de trabajo dentro de los plazos establecidos en el cuaderno de obra o mediante carta. | Por día | 1 UIT |
5 | El residente no se encuentra en obra sin haber justificado su ausencia ante el Supervisor. | Por día | 2 UIT |
6 | No cumple en colocar y mantener la señalización de la zona de trabajo y/o mantener los puentes peatonales y/o vehiculares en la zona de trabajo | Por cada punto de trabajo | 4 UIT |
7 | No cumple con realizar las medidas de mitigación ambiental indicadas en el estudio de Impacto Ambiental | Por ocurrencia | 4 UIT |
8 | El personal del contratista no cuenta con uniformes y equipos de protección personal completos. | Por día | 4 UIT |
9 | No reporta los accidentes de trabajo de acuerdo a lo estipulado en la Ley 29783 – Ley General de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo – D.S. N° 005- 2012-TR | Cada accidente | 4 UIT |
10 | No cumple con lo estipulado en el Reglamento Nacional de Edificaciones Norma G.050 – Seguridad durante la construcción | Por ocurrencia | 10 UIT |
11 | No cumple con las responsabilidades de pago oportuno xxx xxxxxxx de acuerdo a la oferta económica a su personal, incluyendo los beneficios sociales de acuerdo con la Ley, evidenciado por reclamos de su personal ante PASLC | Por cada trabajador | 10 UIT |
12 | No cuenta con equipos y/o instrumentos de medición calibrados antes de su utilización en obras. | Por ocurrencia | 1 UIT |
13 | Demora en el término del levantamiento de observaciones durante la ejecución de la obra formuladas por el Supervisor. | Por ocurrencia | 1 UIT |
14 | No permanencia del cuaderno de obra, en la obra y/o no tiene al día el cuaderno de obra. | Por ocurrencia | 10 UIT |
15 | No cumple con la formulación y/o ejecución de actividades establecidas en el Plan de Monitoreo Arqueológico. | Por ocurrencia | 4 UIT |
16 | No cumple con renovar o ampliar la vigencia de la Póliza Todo Riesgo de Construcción (CAR) hasta la recepción de la obra | Por ocurrencia | 10 UIT |
17 | En caso culmine la relación contractual entre el contratista y el personal ofertado y la Entidad no haya aprobado la sustitución del personal por no cumplir con las experiencias y calificaciones del profesional a ser reemplazado | Por cada día de ausencia de cada personal | 1 UIT |
18 | Por cambio del residente de obra, salvo incapacidad permanente debidamente justificada. | Por cada cambio | 10 UIT |
19 | Si el contratista o su personal, no permite el acceso al cuaderno de obra al Supervisor de obra, impidiéndole anotar las ocurrencias | Por ocurrencia | 10 UIT |
20 | No cumple con lo indicado en los términos de referencia – requerimientos mínimos | Por ocurrencia | 2 UIT |
Importante |
De haberse previsto otras penalidades a las previstas, incluir los supuestos de aplicación de penalidad, la forma de cálculo de la penalidad para cada supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el supuesto a penalizar, conforme el artículo 134 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. |
Estas penalidades se deducen de las valorizaciones o en la liquidación final, según corresponda; o si fuera necesario, se cobra del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.
La penalidad por xxxx y las otras penalidades pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por xxxx o el monto máximo para otras penalidades, LA ENTIDAD puede resolver el contrato por incumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes puede resolver el contrato, de conformidad con el literal d) del inciso 32.3 del artículo 32 y artículo 36 de la Ley de Contrataciones del Estado, y el artículo 135 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en los artículos 136 y 177 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando se resuelva el contrato por causas imputables a algunas de las partes, se debe resarcir los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: ANTICORRUPCIÓN
EL CONTRATISTA declara y garantiza no haber, directa o indirectamente, o tratándose de una persona jurídica a través de sus socios, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores o personas vinculadas a las que se refiere el artículo 248-A, ofrecido, negociado o efectuado, cualquier pago o, en general, cualquier beneficio o incentivo ilegal en relación al contrato.
Asimismo, el CONTRATISTA se obliga a conducirse en todo momento, durante la ejecución del contrato, con honestidad, probidad, veracidad e integridad y de no cometer actos ilegales o de corrupción, directa o indirectamente o a través de sus socios, accionistas, participacionistas, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores y personas vinculadas a las que se refiere el artículo 248-A.
Además, EL CONTRATISTA se compromete a comunicar a las autoridades competentes, de manera directa y oportuna, cualquier acto o conducta ilícita o corrupta de la que tuviera conocimiento; y adoptar medidas técnicas, organizativas y/o de personal apropiadas para evitar los referidos actos o prácticas.
CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.
CLÁUSULA VIGÉSIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Las controversias que surjan entre las partes durante la ejecución del contrato se resuelven mediante conciliación o arbitraje, según el acuerdo de las partes.
Cualquiera de las partes tiene derecho a iniciar el arbitraje a fin de resolver dichas controversias dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 122, 146, 152, 168, 170, 177, 178, 179 y 180 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado o, en su defecto, en el inciso 45.2 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado.
El arbitraje será institucional y resuelto por Tribunal Arbitral conformado por tres (3) árbitros. LA ENTIDAD propone las siguientes instituciones arbitrales: Colegio de Ingenieros del Perú y el
Centro de Análisis y Resolución de Conflictos PUCP30.
Importante |
Al momento de la presentación de su oferta, el postor elegirá a una de las instituciones arbitrales propuestas por la Entidad, señalando un orden de prelación con relación a las demás, de ser el caso. Si el postor no cumple con realizar la elección, se procederá de conformidad con el inciso 185.3 del artículo 185 del Reglamento. Asimismo, el postor puede consentir o no la propuesta de la Entidad sobre el número de árbitros que resuelven las controversias. Si el postor no está de acuerdo con la propuesta o no se pronuncia al respecto en su oferta o si la Entidad no formula ninguna propuesta, se procederá de conformidad con el inciso 189.1 del artículo 189 del Reglamento. |
Facultativamente, cualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar una conciliación dentro del plazo de caducidad correspondiente, según lo señalado en el artículo 183 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de recurrir al arbitraje, en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas partes o se llegue a un acuerdo parcial. Las controversias sobre nulidad del contrato solo pueden ser sometidas a arbitraje.
El Laudo arbitral emitido es inapelable, definitivo y obligatorio para las partes desde el momento de su notificación, según lo previsto en el inciso 45.8 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado.
Importante |
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado las controversias que surjan desde el inicio del plazo de ejecución de la obra hasta la recepción total de la misma pueden ser sometidas a la Junta de Resolución de Disputas. Las partes pueden pactar hasta antes del inicio de la ejecución de la obra, una cláusula de solución de disputas a cargo de una Junta de Resolución de Disputas en aquellos contratos de ejecución de obra cuyos montos sean superiores a cinco millones de Soles (S/ 5 000 000,00), siendo sus decisiones vinculantes para las partes. |
CLÁUSULA VIGÉSIMO PRIMERA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes puede elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA VIGÉSIMO SEGUNDA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:
DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [. ]
DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO]
La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.
De acuerdo con las bases integradas, la oferta y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].
“LA ENTIDAD” | “EL CONTRATISTA” |
30 Preferentemente, las instituciones arbitrales deberán encontrarse ubicadas en el lugar del perfeccionamiento del contrato.
CAPÍTULO VI
CONSTANCIA DE PRESTACIÓN DE EJECUCIÓN DE OBRA
De conformidad con el artículo 145 del Reglamento, se deja expresa constancia de la culminación de la prestación derivada del contrato mencionado en el numeral 3 del presente documento. | |||||
1 | DATOS DEL DOCUMENTO | Número del documento | |||
Fecha de emisión del documento | |||||
2 | DATOS DEL CONTRATISTA | Nombre, denominación o razón social | |||
RUC | |||||
EN CASO EL CONTRATISTA SEA UN CONSORCIO, ADEMÁS SE DEBERÁ REGISTRAR LA SIGUIENTE INFORMACIÓN: | |||||
Nombre o razón social del integrante del consorcio | RUC | % | Descripción de las obligaciones | ||
3 | DATOS DEL CONTRATO | Número del contrato | |||
Tipo y número del procedimiento de selección | |||||
Descripción del objeto del contrato | |||||
Fecha de suscripción del contrato | |||||
Monto del contrato | |||||
4 | DATOS DE LA OBRA | Denominación de la obra | |||
Ubicación de la obra (Región, Provincia y Distrito) | |||||
Nombres y apellidos del Supervisor de la Obra | |||||
Plazo de ejecución de la obra | Plazo original | días calendario | |||
Ampliación(es) de plazo | días calendario | ||||
Total plazo | días calendario | ||||
Fecha de culminación de la obra | |||||
Fecha de recepción de la obra | |||||
Fecha de liquidación de la obra | |||||
Monto de la obra | Número de adicionales de obra | ||||
Monto total de los adicionales | |||||
Número de deductivos | |||||
Monto total de los deductivos | |||||
Monto total de la obra (sólo componente de obra) |
5 | APLICACIÓN DE PENALIDADES | Monto de las penalidades por xxxx | ||||
Monto de otras penalidades | ||||||
Monto total de las penalidades aplicadas | ||||||
6 | SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DEL CONTRATO | Junta de Resolución de Disputas | Si | No | ||
Arbitraje | Si | No | ||||
N° de arbitrajes | ||||||
7 | DATOS DE LA ENTIDAD | Nombre de la Entidad | ||||
RUC de la Entidad | ||||||
Nombres y apellidos del funcionario que emite la constancia | ||||||
Cargo que ocupa en la Entidad | ||||||
Teléfono de contacto | ||||||
8 | ||||||
NOMBRE, FIRMA Y SELLO DEL FUNCIONARIO COMPETENTE |
ANEXOS
ANEXO Nº 1
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 03-2018-VIVIENDA-VMCS-PASLC
Presente.-
El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD]
N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA],
DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre, Denominación o Razón Social : | |||
Domicilio Legal : | |||
RUC : | Teléfono(s) : | ||
Correo electrónico : |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Importante |
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada debe ser presentada por cada uno de los integrantes del consorcio. |
ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 31 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 03-2018-VIVIENDA-VMCS-PASLC
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:
1.- No tener impedimento para postular en el procedimiento de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado.
2.- Xxxxxxx, aceptar y someterme a las bases, condiciones y reglas del procedimiento de selección. 3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento en el presente
procedimiento de selección.
4.- No haber incurrido y me obligo a no incurrir en actos de corrupción, así como respetar el principio de integridad.
5.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el procedimiento de selección y a perfeccionar el contrato, en caso de resultar favorecido con la buena pro.
6.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como las disposiciones aplicables en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Importante |
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio. |
ANEXO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DEL EXPEDIENTE TÉCNICO
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 03-2018-VIVIENDA-VMCS-PASLC
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las bases y demás documentos del procedimiento de la referencia y, conociendo todos los alcances y las condiciones existentes, el postor que suscribe ofrece la ejecución de la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con el respectivo Expediente Técnico y las demás condiciones que se indican en el numeral 3.1 del Capítulo III de la sección específica de las bases y los documentos del procedimiento.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 4
DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 03-2018-VIVIENDA-VMCS-PASLC
Presente.-
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las bases del procedimiento de la referencia, me comprometo a ejecutar la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA] en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 5
PRECIO DE LA OFERTA (MODELO)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 03-2018-VIVIENDA-VMCS-PASLC
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, mi oferta es la siguiente:
CONCEPTO | PRECIO TOTAL [CONSIGNAR PRECIO TOTAL DE LA OFERTA EN LA MONEDA DE LA CONVOCATORIA] |
TOTAL |
El precio de la oferta incluye todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo de la obra a ejecutar; excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en el precio de su oferta los tributos respectivos.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
Importante para la Entidad |
En caso de tratarse de la contratación de la ejecución de una obra bajo el sistema a precios unitarios, consignar lo siguiente: “El postor debe consignar en su oferta los precios unitarios ofertados considerando las partidas, planos y cantidades referenciales contenidos en el expediente técnico que es parte de las bases; y que se valorizarán en función a su ejecución real y por un determinado plazo de ejecución”. |
Ver Información completa del expediente administrativo, el cual debe ser verificado en la Página:
xxxx://xxx0.xxxxxxxx.xxx.xx/XXXXX/Xxxxxxxxxxxxx_Xxxxxxxxx.xxxx
ANEXO Nº 6
PROMESA DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 03-2018-VIVIENDA-VMCS-PASLC
Presente.-
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el procedimiento de selección, para presentar una oferta conjunta a la LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO].
Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido por el artículo 118 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, bajo las siguientes condiciones:
a) Integrantes del consorcio
1. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 1].
2. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 2].
b) Designamos a [CONSIGNAR NOMBRES Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE COMÚN], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato correspondiente con [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD].
Asimismo, declaramos que el representante común del consorcio no se encuentra impedido, inhabilitado ni suspendido para contratar con el Estado.
c) Fijamos nuestro domicilio legal común en [. ].
d) Las obligaciones que corresponden a cada uno de los integrantes del consorcio son las siguientes:
1. | OBLIGACIONES DE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 1] | [ % ] 31 |
[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 1]
2. | OBLIGACIONES DE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 2] | [ % ] 32 |
[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 2]
TOTAL OBLIGACIONES | 100%33 |
31 Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
32 Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
33 Este porcentaje corresponde a la sumatoria de los porcentajes de las obligaciones de cada uno de los integrantes del consorcio.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
..…………………………………………. Consorciado 1 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 1 o de su Representante Legal Tipo y N° de Documento de Identidad | ..………………………………………….. Consorciado 2 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 2 o de su Representante Legal Tipo y N° de Documento de Identidad |
Importante |
De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, las firmas de los integrantes del consorcio deben ser legalizadas. |
ANEXO Nº 7
DECLARACIÓN JURADA DEL PLANTEL PROFESIONAL CLAVE PROPUESTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 03-2018-VIVIENDA-VMCS-PASLC
Presente.-
De nuestra consideración,
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que la información del plantel profesional clave propuesto para la ejecución de la obra es el siguiente:
NOMBRES Y APELLIDOS | DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD U OTRO ANÁLOGO | CARGO | ESPECIALIDAD | N° DE FOLIO EN LA OFERTA | TIEMPO DE EXPERIENCIA ACREDITADA | N° DE FOLIO EN LA OFERTA |
Residente de la Obra | ||||||
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
Importante |
El postor debe presentar dentro de su oferta la carta de compromiso de cada integrante del plantel profesional clave, con firma legalizada, según Anexo Nº 11. Cuando los postores presenten dentro de su oferta como personal permanente a profesionales que se encuentran laborando como residente o supervisor en obras contratadas por la Entidad que no cuentan con recepción, dicha oferta será descalificada. |
ANEXO Nº 8
EXPERIENCIA DEL POSTOR EN OBRAS EN GENERAL
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 03-2018-VIVIENDA-VMCS-PASLC
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla la siguiente EXPERIENCIA EN OBRAS EN GENERAL:
Nº | CLIENTE | OBJETO DEL CONTRATO | N° CONTRATO | FECHA34 | MONEDA | IMPORTE | TIPO DE CAMBIO VENTA35 | MONTO FACTURADO ACUMULADO36 |
1 | ||||||||
2 | ||||||||
3 | ||||||||
4 | ||||||||
5 | ||||||||
6 | ||||||||
7 | ||||||||
8 | ||||||||
9 | ||||||||
10 | ||||||||
TOTAL |
34 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato.
35 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato.
36 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 9
EXPERIENCIA DEL POSTOR EN OBRAS SIMILARES
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 03-2018-VIVIENDA-VMCS-PASLC
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN OBRAS SIMILARES:
Nº | CLIENTE | OBJETO DEL CONTRATO | N° CONTRATO | FECHA37 | MONEDA | IMPORTE | TIPO DE CAMBIO VENTA38 | MONTO FACTURADO ACUMULADO39 |
1 | ||||||||
2 | ||||||||
3 | ||||||||
4 | ||||||||
5 | ||||||||
6 | ||||||||
7 | ||||||||
8 | ||||||||
9 | ||||||||
10 |
37 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato.
38 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato.
39 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.
Nº | CLIENTE | OBJETO DEL CONTRATO | N° CONTRATO | FECHA37 | MONEDA | IMPORTE | TIPO DE CAMBIO VENTA38 | MONTO FACTURADO ACUMULADO39 |
TOTAL |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
PROGRAMA AGUA SEGURA PARA LIMA Y CALLAO LP N° 02-2018-VIVIENDA-VMCS-PASLC
ANEXO Nº 10
CARTA DE COMPROMISO DEL PERSONAL CLAVE
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 03-2018-VIVIENDA-VMCS-PASLC
Presente.-
Yo [CONSIGNAR NOMBRES Y APELLIDOS COMPLETOS] identificado con documento de identidad N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DNI O DOCUMENTO DE IDENTIDAD ANÁLOGO], domiciliado en
[CONSIGNAR EL DOMICILIO LEGAL], declaro bajo juramento:
Que, me comprometo a prestar mis servicios en el cargo de [CONSIGNAR EL CARGO A DESEMPEÑAR] para ejecutar la obra [CONSIGNAR LA OBRA A EJECUTAR, OBJETO DE LA CONVOCATORIA] en caso que el postor [CONSIGNAR EL NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN
SOCIAL DEL POSTOR40] resulte favorecido con la buena pro y suscriba el contrato correspondiente. Para dicho efecto, declaro que mis calificaciones y experiencia son las siguientes:
A. Calificaciones
Carrera o Especialidad | |||
Universidad | |||
Bachiller | Título Profesional | ||
Fecha de expedición del grado o título |
B. Experiencia
N° | Cliente o Empleador | Objeto de la contratación | Fecha de inicio | Fecha de culminación | Tiempo acumulado |
1 | |||||
2 | |||||
(…) |
La experiencia total acumulada es de: [CONSIGNAR LA EXPERIENCIA TOTAL ACUMULADA EN AÑOS, MESES Y/O DÍAS]
Asimismo, manifiesto mi disposición de ejecutar las actividades que comprenden el desempeño del referido cargo, durante el periodo de ejecución de la obra.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del personal
Importante |
De conformidad con el numeral 3 del artículo 31 del Reglamento la carta de compromiso de cada integrante del plantel profesional clave, debe contar con la firma legalizada. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. |
88
40 En el caso que el postor sea un consorcio se debe consignar el nombre del consorcio o de uno de sus integrantes.