Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE ELECTROMEDICINA DEL HOSPITAL INFANTIL UNIVERSITARIO XXXX XXXXX
(EXPEDIENTE SERV 080040 CA)
1 OBJETO DEL CONTRATO
El presente Pliego tiene por objeto regular y definir el alcance y condiciones de prestación, procesos, metodología, normativa, sistemas técnicos, recursos, etc., que habrán de regir para la contratación del Mantenimiento Integral de Equipos de Electromedicina en el Hospital
La prestación del servicio se ejecutará con arreglo a los requerimientos y condiciones que se estipulen en este Pliego, de las que se derivarán los derechos y obligaciones de las partes contratantes.
2 FINALIDAD DEL SERVICIO A CONTRATAR: CONSIDERACIONES GENERALES
El servicio a contratar tiene por finalidad la de mantener en todo momento las instalaciones y equipos de electromedicina del Hospital, que son objeto del contrato, en perfecto estado de funcionamiento, mediante la ejecución de distintas operaciones y tareas, entendiéndose en todo caso que los requisitos exigidos en estos pliegos tienen la consideración de mínimos o básicos y que lo pretendido es la consecución de los objetivos de calidad determinados por el Hospital y que se indican a continuación:
• Conseguir el mejor estado de conservación de las partes y elementos componentes.
• Facilitar la obtención de funciones y prestaciones que deben cumplir.
• Asegurar el funcionamiento continuo y eficaz de las instalaciones y equipos, minimizando las posibles paradas como consecuencia de averías.
• Adecuar las instalaciones y equipos a las necesidades actuales, manteniendo un correcto equilibrio entre las prestaciones que proporcionan y su costo.
• La seguridad integral referida a los aspectos técnicos de estos equipos e instalaciones.
• El cumplimiento de la normativa referente a las instalaciones y equipos objeto del presente contrato.
• La prestación de un eficiente y eficaz servicio de mantenimiento de las instalaciones y equipos de electromedicina del Hospital.
3 AMBITO DE APLICACION
A efectos de adjudicación se consideran los equipos electromédicos que pertenezcan al Hospital y que se incluyen en el inventario existente (a disposición de las empresas licitadoras); dicho inventario será actualizado por la empresa adjudicataria en un plazo no superior a 90 días, incluyendo en él fotografía del elemento que se incorpore.
4 EQUIPOS ELECTROMEDICOS
Se relacionan a continuación de forma genérica los equipos electromédicos más corrientes, objeto del contrato, de que está dotado el Hospital y sobre los cuales se aplicará el mantenimiento Preventivo, Correctivo y Técnico-Legal así como sobre aquellos equipos que, en el ámbito de la electromedicina, le encomiende la Dirección del Hospital, a excepción de los equipos de alta tecnología: Scanner, Resonancia Magnética, T.A.C., Espectrofotómetros, Láser, microscopios electrónicos, ultra-centrífugas, Gammacámaras, PCR, telemando, etc.
• Equipos de tratamiento de onda y electroterapia en general.
• Procesadoras de placas radiográficas.
• Equipos de Radiología.
• Ecógrafos (excepto los de marca TOSHIBA, modelos APPLIO y XARIO del Servicio del Radiología), ecocardiógrafos y equipos de cardiología (excepto sondas).
• Video printer de los ecógrafos.
• Equipos desfibriladores.
• Equipos de monitorización.
• Equipos de respiración asistida (respiradores).
• Electrocardiógrafos y electroencefalógrafos.
• Vaporizadores de mesas de anestesia
• Campanas de flujo laminar y salas con sistemas de aire controlado, tales como quirófanos, incluyendo filtros EPA si fuese necesario.
• Gasómetros.
• Equipos de videoendoscopia y laparoscopia.
• Cámaras y vídeos de uso médico.
• Microscopios (excepto objetivos).
• Equipamiento propio de laboratorio, tanto de Anatomía Patológica, Farmacia, Hematología, Microbiología, etc., incluidos los sistemas de refrigeración de los microtomos, criostatos y centrífugas, exceptuando autoanalizadores en general, microscopios electrónicos y equipos cuyo mantenimiento sea por reactivos.
• Equipamiento de quirófanos (electrobisturís, mesas de anestesia, etc.).
• Ópticas rígidas para electrobisturís y xxxxxx de laparoscopia (puentes de trabajo, resectores, ópticas 3 0°, 1 5°...)
• Aparatos de quirófanos para taladro, corte y presión (piezas de mano, portabrocas, motores, etc., exceptuando instrumental quirúrgico (gubias, tijeras, cuchillas, etc.)
• Equipamiento de U. C. I.
• Auditorías de gases anestésicos, quirófanos, UVIs y locales especiales.
• Equipamiento de Neonatología.
• Bombas de infusión.
• Partes hidráulicas, mecánicas y piezas de mano de los sillones dentales.
• Etc.
5 FUNCIONES DEL ADJUDICATARIO
El Hospital ejercerá la supervisión y coordinación del adjudicatario, a fin de asegurarse que el mantenimiento y la conservación se están llevando a cabo conforme a las exigencias xxx Xxxxxx y compromisos contractuales establecidos, ejerciéndose estas funciones preferentemente por parte de los Servicios de Mantenimiento. Las funciones a desarrollar por el adjudicatario serán:
• Poner en marcha los planes de mantenimiento para equipos electromédicos.
• Proponer correcciones de los programas de mantenimiento según las necesidades.
• Desarrollo operativo debidamente protocolizado de los planes de mantenimiento preventivo y predictivo sobre los equipos asignados.
• Tomar acciones correctivas en general o de primera intervención en todos aquellos equipos que así lo requieran.
• Colaborar en el mantenimiento del inventario e historial actualizado de los equipos asignados en soporte informático, incluido etiquetado en código xx xxxxxx.
• Tramitar al Servicio de Mantenimiento información puntual relacionada con los equipos asignados.
• Participar y colaborar con los trabajos desarrollados por otras secciones del Servicio de Mantenimiento.
El Hospital puede requerir, en ocasiones, a técnicos de la empresa para que colaboren en intervenciones de equipos no contratados, a efectos de que sencillamente pueda restablecer una situación de emergencia detectando qué equipo se encuentra averiado, y retirarlo hasta que vengan técnicos especialistas de la empresa mantenedora y suministradora a repararlo. En el caso de poder solucionar la avería, se procederá a su reparación previa aceptación de presupuesto.
El adjudicatario estará obligado a asumir lo que se especifica en los siguientes puntos:
- A efectuar los traslados con su correspondiente instalación, si ello fuera necesario, de los equipos electromédicos a otros departamentos dentro del área de dependencia del Hospital, realizándose previa aceptación del presupuesto.
- Ayudas en el desmontaje de equipos que, aunque no amparados por el contrato de mantenimiento, el Hospital se beneficie de un técnico, como actuación a percibir fuera de contrato previo presupuesto aceptado por la Dirección del Hospital.
6 DESARROLLO OPERATIVO DEL MANTENIMIENTO DE EQUIPOS ELECTROMEDICOS
6.1 ACTIVIDAD
La empresa adjudicataria efectuará sobre los equipos identificados las siguientes actividades:
• Operaciones de mantenimiento Preventivo, Correctivo y Técnico-Legal que garanticen la adecuada utilización, la buena conservación y durabilidad de los equipos.
• Regulación y vigilancia de todos los parámetros funcionales que definen el buen estado de funcionamiento del equipo, tales como temperatura, presiones, caudales, velocidades de paso, revoluciones, intensidades, voltajes, etc.
• Se recogerán las acciones a efectuar en los equipos, con indicación de su periodicidad, la cual deberá corresponder como mínimo a lo exigido y recomendado por el fabricante.
• Control de funcionamiento de equipos. Sobre cada equipo de cierta entidad se efectuará una revisión periódica (incluida en el Plan de Mantenimiento Preventivo) y de los datos obtenidos, se determinará con la suficiente antelación la sustitución parcial o total.
• Indicación de cualquier defecto de los equipos que disminuya su rendimiento, produzca un mayor gasto de energía, consumibles, etc. y ponga en peligro la seguridad del usuario, del paciente o bien pueda ser motivo de avería futura.
• Revisión y mantenimiento diario, semanal, mensual y anual de los quirófanos y UVIs.
• En los quirófanos, y en determinados locales con instalaciones de alto riesgo, se revisarán al principio de cada jornada aquellos equipos previamente identificados y que vayan a ser utilizados durante el transcurso de la misma.
• El adjudicatario deberá realizar, cuando así lo designe el Hospital, la comprobación de reparaciones amparadas en contratos de mantenimiento específico o excluidas de este pliego y que se hagan por las compañías fabricantes o proveedoras.
• Las reparaciones u operaciones cuya realización produzca un trastorno a los Servicios, serán realizadas durante horarios que se señalen por el responsable del Servicio de Mantenimiento.
• El Hospital pondrá a disposición del adjudicatario un local de suficiente amplitud para almacén y taller.
• El Centro proporcionará a la empresa adjudicataria la energía eléctrica, línea telefónica, agua, aire, combustibles, gases medicinales, gases frigoríficos, etc., necesarios para el correcto funcionamiento del servicio y de los equipos.
• El adjudicatario dará cuenta mensualmente al Hospital, mediante informe escrito y protocolizado, de los trabajos y tareas efectuadas, del cumplimiento de los planes de mantenimiento preventivo, así como de los resultados obtenidos y de cualquier incidencia que sea importante destacar.
6.2 MANTENIMIENTO PREVENTIVO
En las ofertas técnicas se indicarán las actuaciones de mantenimiento preventivo que el adjudicatario piensa llevar a cabo sobre las instalaciones y equipos, de forma programada y en las que se incluirán todas las actividades de limpieza, mediciones, comprobaciones, regulaciones, chequeos, ajustes, reglajes, engrases, etc. y todas aquellas acciones que tiendan a asegurar un estado óptimo de los equipos desde el punto de vista funcional, de seguridad, de rendimiento energético y de protección de medio ambiente. Formarán necesariamente parte de dichas actuaciones aquellas expresamente recomendadas por el fabricante.
El adjudicatario se compromete a la elaboración, en el plazo máximo de seis meses desde la adjudicación, del Manual de Mantenimiento Preventivo de Equipos Electromédicos, que definirá el sistema operativo a desarrollar, tanto desde el punto de vista de tareas a realizar como de documentación necesaria para llevarla a cabo.
En su oferta indicará el contenido mínimo de dichos manuales, bien entendido que el definitivo deberá ser aprobado por el Hospital. Se entiende en todo caso que esta aprobación supondrá la mejora del sistema operativo y tareas, operaciones o gamas que el Hospital tiene establecidas y que se considerarán mínimas.
6.3 MANTENIMIENTO CORRECTIVO
El mantenimiento correctivo será realizado sobre la totalidad de los equipos descritos en el apartado 4, realizándose sobre los mismos todo tipo de actuaciones tendentes a su reparación y puesta en servicio en los plazos más exiguos posibles.
Si las reparaciones implicaran parada de equipos o instalaciones, o riesgo xx xxxxxx sobre otras instalaciones subsidiarias en marcha, se requerirá la autorización previa de la Dirección del Centro o persona en quien delegue y serán realizados en los horarios más idóneos a su juicio.
Los concursantes definirán en su oferta el contenido y mecánica de actuaciones en este campo o sistema operativo a desarrollar, tanto desde el punto de tareas como de documentación necesaria para llevarlas a cabo.
Se incluirán todas las intervenciones correctivas que se originen en los equipos relacionados en el apartado 4.
Cuando se demuestre que una avería ha sido debida a un golpe, mal uso o desconocimiento en el manejo por parte del usuario, se emitirá el correspondiente informe, donde se indicará la avería y acciones para evitar que se repita, debiendo establecer el adjudicatario los pasos a seguir para minimizar la probabilidad de repetición.
En estos casos, el Hospital asumirá los costes de los materiales necesarios para la reparación, asumiendo la empresa adjudicataria la mano de obra propia para dejar el equipo en perfecto estado de funcionamiento. En el caso de tener que enviar el aparato al Servicio Técnico Oficial, el Hospital asumirá la totalidad del coste de la reparación.
El adjudicatario estará obligado a realizar la reparación correctiva de un equipo bajo contrato siempre y cuando el valor de la misma no exceda del 30% del precio del equipo completo, según inventario. El Hospital se reserva el derecho de poder comprobar esos datos, y si no fuesen correctos, los gastos que se deriven serán descontados de la facturación final del contrato. Si fueran repetitivas en el mismo equipo este tipo de reparaciones, la empresa adjudicataria emitirá el informe correspondiente.
6.4 MANTENIMIENTO TÉCNICO-LEGAL
El mantenimiento técnico-legal será realizado sobre aquellos equipos que, de acuerdo a las especificaciones de los reglamentos industriales o sanitarios, tanto de carácter general, comunitario, nacional o autonómico, que de obligado cumplimiento, lo requieran.
Será igualmente de obligado cumplimiento la normativa que dicte la Comunidad de Madrid.
A estos efectos el adjudicatario elaborará, en un plazo de seis meses, un "Manual de Mantenimiento Técnico-Legal de Equipos Electromédicos" que recoja los equipos afectados y el sistema operativo a desarrollar desde el punto de vista de tareas y de documentación para llevarlas a cabo. Propondrá en su oferta el programa de actuación de mantenimiento legal que estime adecuado.
Como responsable del mantenimiento Integral de los equipos electromédicos y de las revisiones de quirófanos y UVIs, emitirá las preceptivas certificaciones de inspección y control reglamentario y será el titular de los Libros Oficiales de Mantenimiento y en consecuencia de su legalización, actualización y correcta cumplimentación.
Será responsabilidad de la adjudicataria la notificación al Centro de cualquier cambio de la legislación, durante la vigencia del contrato, que obligara a la modificación total o parcial de las instalaciones o de los equipos. Si no realizase esta notificación y el Centro fuera como consecuencia objeto de sanción administrativa, el importe de la misma le seria descontado de la facturación al adjudicatario.
6.5 GESTION INFORMATIZADA
En la actualidad, el Hospital cuenta con la aplicación informática MANTHOSP para llevar la gestión de mantenimiento general de todo el hospital (no sólo de equipos de electromedicina); dicha aplicación da cobertura a conceptos como: gestión de partes y avisos, inventario general de bienes del hospital, análisis de consumos, contratos de obras y servicios, etc.
El coste de mantenimiento de la aplicación, incluidas licencias, actualizaciones del programa y soporte telefónico, asciende a 14.500 euros anuales, cantidad que el adjudicatario del presente concurso deberá abonar anualmente a la empresa ASIME, S. A., propietaria de la aplicación.
El adjudicatario vendrá igualmente obligado a establecer el suficiente soporte administrativo, tanto personal como de sistemas que le permita disponer en todo momento de información actualizada de todos los equipos, objeto del presente Pliego, elaborando una amplia base de datos con la explotación de los mismos, debiendo estar ambas permanentemente a disposición del Centro Hospitalario.
6.6 LIBRO DE CARACTERÍSTICAS TECNICAS.
E1 adjudicatario deberá establecer en el Centro, en un plazo no superior a tres meses desde la fecha de adjudicación, la documentación técnica que se indica a continuación:
Libro de características técnicas, en soporte informático, que aportará el adjudicatario y que deberá contener al menos de cada equipo:
• Identificación: Marca, modelo, tipo, número de serie, etc.
• Situación: Grupo funcional, planta, zona, etc.
• Breve descripción.
• Proveedor y servicio postventa.
• Datos históricos sobre el mantenimiento de los equipos. En este concepto se incluye toda la información procedente de las intervenciones de mantenimiento, incluyendo aspectos administrativos y contables.
7 MEDIOS MATERIALES, TÉCNICOS Y PERSONALES
7.1 MEDIOS MATERIALES
Los materiales necesarios para la ejecución de los trabajos serán por cuenta del adjudicatario, incluyendo cables ECG, cables intermedios SpO2, sondas SpO2, kit de mantenimiento de respiradores, todo tipo de lámparas (xenon, deuterio, halógenos, bi-piu, bayoneta, etc.), a excepción de los materiales considerados fungibles y/o consumibles:
▪ Productos químicos o biológicos que formen parte del proceso de funcionamiento, ajuste o calibración de los equipos, así como los calibradores necesarios para realizar el mantenimiento de usuario, material de un sólo uso, etc.
▪ Tubos de vacío de equipos de Radiología.
▪ Soportes de información, tales como papel, cintas, películas, discos, películas y portachasis, así como cartuchos para impresoras y toner.
▪ Electrodos, filtros de fluidos, exceptuando cabinas de flujo.
▪ Todo tipo de suministro y actualización de software exclusivo de fabricante.
▪ Instrumental quirúrgico sin accionamiento neumático o eléctrico.
▪ Cañones Láser.
▪ Comunicaciones, telefonía, TV, videos de uso no electromédico.
▪ Equipos cuyo mantenimiento es por consumibles.
7.2 GESTION XX XXXXXXX
La gestión xx xxxxxxx correspondiente a este concurso será realizada íntegramente por el adjudicatario, tanto de los materiales propios de equipos como de los materiales de mantenimiento propiamente dicho.
Los concursantes propondrán la organización que consideren más oportuna para la gestión xx xxxxxxx, debiendo, no obstante, la definitiva contar con la aprobación del Centro Hospitalario.
Dicha gestión deberá estar informatizada e integrada en la aplicación de la gestión del mantenimiento.
7.3 MEDIOS TÉCNICOS
Cada técnico irá dotado de los más aventajados equipos de diagnóstico en averías, así como de aquellas herramientas y aparatos de medida precisos para el normal desarrollo de las actividades.
7.4 MEDIOS PERSONALES
Aquellos técnicos que la empresa adjudicataria sitúe en el Centro Hospitalario, deberán tener una alta formación en equipos electromédicos, con presencia física durante la jornada laboral establecida, la cual será de dedicación exclusiva, llevando a cabo una acción directa ante cualquier equipo al que le surja una avería y sea necesario su funcionamiento para no romper la actividad del Hospital.
En los casos de emergencia, el centro sanitario exigirá la presencia de un técnico responsable aunque sea fuera del horario habitual del trabajo.
Para la realización de los trabajos que son objeto del Concurso, el adjudicatario propondrá una relación del personal que destinará, con plena dedicación, en el Centro Hospitalario. Este personal será propio de la empresa y terminará su servicio en el Centro, simultáneamente al término del contrato.
E1 citado personal deberá tener experiencia probada y acreditada en el campo de la electromedicina y formación mínima de Maestro Industrial, F.P.II o equivalente, en las especialidades de electrónica o comunicaciones, que deberá permanecer en el Centro en la jornada laboral establecida.
Deberá contar, al menos, con un responsable técnico directo en el Hospital, preferiblemente titulado de grado medio, en las especialidades de Industrial, Rama Electrónica o Telecomunicaciones, con amplia experiencia en este tipo de mantenimiento, que ostente la representación de la empresa, lleve la coordinación, dirección técnica del presente contrato y preste asesoramiento técnico y legal sobre la totalidad de los equipos contratados.
En su oferta, definirá claramente la organización que piensa poner en práctica para el mejor cumplimiento del servicio, teniendo en cuenta las singularidades del Hospital, y expresará la composición y cualificación de cada una de las personas que destinará en el Centro, indicando matizadamente:
• Número, categoría y titulación de los de dedicación exclusiva. Se tendrá en cuenta que esta dedicación implica la permanencia en el número y jornadas indicadas, considerando por tanto que en vacaciones y ausencias se sustituirán los titulares.
• La titulación y dedicación al Hospital del responsable o responsables técnicos.
Habrá de entenderse, en todo caso, que el personal encargado de realizar los servicios descritos contará con reconocida experiencia y en su caso con la titulación específica requerida.
En caso de enfermedad, vacaciones u otras situaciones, la empresa adjudicataria tomará las medidas oportunas con el objeto de mantener siempre el nivel de servicio ofertado.
Asistencia Técnica: Como complemento a los medios técnicos, el ofertante indicará el organigrama de su empresa, resaltando la posibilidad y disponibilidad de sus cuadros técnicos para prestar asistencia técnica complementaria, cuantificándose por cada especialidad.
8 CALIDAD DEL SERVICIO.
Lo hasta aquí requerido en cuanto a metodología, recurso, organización e informatización, debe considerarse como medios para conseguir la finalidad pretendida por el presente concurso, y en consecuencia serán exigidos y valorados como grado de cumplimiento y calidad de servicio.
Por la importancia que tienen en el objetivo final pretendido, dos parámetros tendrán la consideración de críticos en cuanto a la calidad del servicio se refiere:
a) Tiempo de respuesta: definido como el tiempo transcurrido entre la comunicación de una incidencia o avería hasta que un determinado equipo de especialistas está en disposición física para proceder a su solución.
El concursante indicará el tiempo de respuesta que oferta, si bien este nunca será superior a las 6 horas, quedando, por tanto, excluidas las ofertas que lo superen.
b) Acreditación de certificación de aseguramiento de la calidad según normas UNE, ISO o equivalentes en el mantenimiento de equipos de electromedicina y manual de calidad de la empresa.
9 SUBCONTRATACION
Es filosofía general de las presentes prescripciones evitar en la medida de lo posible la subcontratación. Siendo, no obstante, el contenido xxx xxxxxx suficientemente amplio y específico, se establecen las condiciones en que ésta podría realizarse a fin de que en ningún momento sea esto un impedimento para la adecuada realización del servicio.
Si el adjudicatario necesitara subcontratar a otras empresas especializadas del sector para efectuar trabajos para los que no cuente con los técnicos idóneos o para los que legalmente no se encuentre capacitado, podrá hacerlo dando previa cuenta a la Dirección del Hospital. Esta subcontratación no implicará repercusión económica alguna sobre el contrato establecido.
No obstante, en el supuesto siguiente, se deberá operar tal como se indica:
En el mantenimiento de todo un sistema específico, no podrá subcontratarse con posterioridad a la adjudicación del contrato. Si el ofertante prevé la necesidad de subcontratar este capítulo, deberá así indicarlo en su oferta y su propuesta contendrá nombre y documentación completa de la empresa que propone como subcontratista o colaboradora. En este supuesto, la valoración de la propuesta se efectuará ponderadamente en virtud de los méritos de la principal y la subcontrata.
Si el Centro hospitalario tuviera que realizar contrataciones de mantenimiento con empresas distintas a la del adjudicatario sobre alguna de las instalaciones objeto del contrato, con motivo de carácter legal, de propuestas del adjudicatario, o por incumplimiento o negligencia de éste, serán por cuenta del adjudicatario, deduciéndose de su facturación los importes de las referidas contrataciones. La responsabilidad que se derive de tales trabajos contratados a terceros será, sin embargo, del adjudicatario a todos los efectos que en este contrato se contemplan.
10 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
El contratista tendrá todos los derechos y deberes respecto al personal que por su cuenta aporte o utilice, dependiendo única y exclusivamente de él, con arreglo a la legislación vigente y aquellas que en lo sucesivo puedan promulgarse.
En consecuencia, dicho personal no tendrá vinculaciones ni derecho alguno con respecto al Centro en que presten servicio, y en ningún caso la parte contratante resultará responsable de las obligaciones del contratista.
El adjudicatario queda obligado a que todo el personal, propio o ajeno, que emplee esté afiliado a la Seguridad Social, obligándose a cumplir con dicho personal toda la legislación laboral vigente. El Centro Hospitalario podrá solicitar al contratista la demostración documental de estos extremos.
El Centro Hospitalario podrá solicitar al adjudicatario el cambio de personal que preste sus servicios en el mismo si considera que no cumple las normas vigentes en el Centro Hospitalario, o bien por una manifiesta y reiterada dejación en la prestación del servicio encomendado.
Cualquier infracción o incumplimiento del contrato será comunicado a la empresa adjudicataria a través de su Responsable Técnico en el Centro, mediante la correspondiente acta de incidencias.
11 NORMATIVA DE SEGURIDAD E HIGIENE
El adjudicatario queda igualmente obligado al más estricto cumplimiento de la normativa de Seguridad e Higiene en el Trabajo, así como lo dispuesto en la vigente Ley, 31/1/1995 de 8 de Noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales. A tal efecto nombrará un responsable directo en esta materia, que podrá ser el propio del contrato.
12 INFORME MENSUAL DEL SERVICIO
Independientemente de los informes que diariamente el adjudicatario aporte al Centro a través de los distintos soportes y documentos, el responsable técnico del contrato deberá elaborar con carácter mensual, dentro de los 10 primeros días del mes, un informe donde se recogerán los trabajos y tareas ejecutados de acuerdo con la organización del servicio.
Este informe tendrá una estructura fija y permanente y recogerá como mínimo:
• Datos relativos a la actividad.
Servicios realizados por tipos de mantenimiento, averías, revisiones preventivas o legales, etc., así como índice de ocupación de tareas.
• Datos técnicos.
Rendimientos, parámetros, niveles de seguridad, etc.
• Datos económicos.
Consumos xx xxxxxxx, costes relativos por tipos de mantenimiento, costes por Grupos Funcionales Homogéneos (G.F.H.).
Este informe será básicamente una base de datos que resuma y refleje de forma clara y comprensible el estado y actuaciones realizadas sobre los distintos equipos. Cada concursante expondrá el esquema de informe que considere más adecuado, si bien, su contenido será el definitivamente sea aprobado por la Dirección del Centro Hospitalario.
13 COORDINACION, CONTROL E INSPECCION
El Centro Hospitalario dispondrá de una estructura técnica de supervisión suficiente para la coordinación, control e inspección de los trabajos objeto de este concurso, a fin de asegurarse de que el Mantenimiento se está realizando conforme a los Pliegos establecidos en el mismo y conforme asimismo a los cánones más exigentes del buen mantenedor.
Al frente de la citada estructura existirá un Responsable Técnico, que ostentará la representación del Centro a los efectos antes mencionados.
En razón de los objetivos a conseguir con la ejecución del mantenimiento, se considera trascendente la existencia de una estrecha colaboración entre el Técnico Responsable de la adjudicataria y el Responsable Técnico del Centro Hospitalario. Se establecerán visitas conjuntas y periódicas de inspección, que servirán de base de información acerca de la calidad del Servicio que se presta.
Con independencia de todo esto, el Centro Hospitalario podrá tomar en cualquier momento, las medidas de control, inspección y auditoría que considere necesarias para detectar el grado de cumplimentación de los objetivos de este concurso.
14 DOCUMENTACIÓN TÉCNICA A INCLUIR
Al objeto de proceder a su valoración, las empresas licitadoras deberán, junto con la memoria técnica, presentar como parte de su oferta cuantos datos, información y documentación estimen oportunos a efectos aclaratorios de su capacidad material y técnica y expresamente lo siguiente: