CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS NO PERSONALES QUE CELEBRA EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS CON UNA PERSONA NATURAL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS NO PERSONALES QUE CELEBRA EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS CON UNA PERSONA NATURAL
Conste por el presente documento, el Contrato de Locación de Servicios No Personales, que celebran; de una parte, el Ministerio de Economía y Finanzas, con RUC No. 20131370645, domiciliado en Xx. Xxxxx Xx 000 – Xxxx 1, a quien en adelante se le denominará EL MINISTERIO, debidamente representado por el Jefe de la Oficina General de Administración Xx. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX, identificado con D.N.I. Nº 09080749, facultado por Resolución Ministerial Nº 018-2005-EF/43, y en aplicación de lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y sus modificaciones; en adelante LA LEY, de otra parte, la señorita XXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, debidamente identificada con D.N.I. Nº 07501633, domiciliada en la Xx. Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxxx Xx 0000 – San Xxxx de Lurigancho, a quien en adelante se denominará EL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERA.- ANTECEDENTES
La Dirección Nacional del Endeudamiento Público del MEF, requiere contratar los servicios de un profesional para ser asignado como EVALUADOR EN EL MARCO DE LOS CONTRATOS DE CONCESIÓN.
Como resultado del proceso de Adjudicación de Menor Cuantía Nº 196-2007-EF/43, EL LOCADOR ha obtenido la Buena Pro, para la prestación del servicio que se detalla en la cláusula siguiente, de acuerdo con los Términos de Referencia Mínimos previstos en las Bases del indicado proceso y la oferta ganadora de EL LOCADOR, las mismas que forman parte del presente Contrato.
SEGUNDA.- OBJETO DEL CONTRATO
Por el presente contrato EL LOCADOR se compromete ante EL MINISTERIO a realizar los servicios de EVALUADOR EN EL MARCO DE LOS CONTRATOS DE CONCESIÓN para la Dirección Nacional del Endeudamiento Público del MEF y las actividades que se señalan en los Términos de Referencia considerados en el Anexo Nº 01 del Contrato: Términos de Referencia, y a la Propuesta aceptada, la misma que forma parte integrante del presente contrato.
Asimismo, EL LOCADOR se obliga a cumplir con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal documentada que haya aportado adicionalmente en el curso del proceso de selección y en la formalización del contrato.
TERCERA.- PLAZO DEL CONTRATO
El presente Contrato tendrá vigencia a partir del día siguiente de la suscripción del contrato hasta el día 31 de diciembre de 2007.
CUARTA.- PRECIO Y CONDICIONES DE PAGO
EL MINISTERIO pagará a EL LOCADOR por los servicios prestados, de acuerdo con lo señalado en el Anexo Nº 02 del Contrato: Cronograma Referencial de Pagos, mediante el Abono en Cuenta Bancaria, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 24º de la Directiva de Tesorería para el Año Fiscal 2007, aprobada por Resolución Directoral Nº 002-2007-EF/77.15, previa conformidad del servicio emitida por la Dirección Nacional del Endeudamiento Público del MEF.
De acuerdo a la frecuencia de pago indicada en el Anexo mencionado, EL LOCADOR presentará un resumen de los servicios realizados, durante el período en cuestión, a la Dirección Nacional del Endeudamiento Público del MEF, la cual de considerarlo procedente emitirá su conformidad por escrito y la remitirá a la Oficina General de Administración para la tramitación del respectivo pago.
EL MINISTERIO pagará a EL LOCADOR el importe del servicio deducido los impuestos xx Xxx, previa verificación de la conformidad del mismo.
QUINTA.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
EL LOCADOR se compromete a proporcionar el servicio a que se refiere la Cláusula Segunda de acuerdo a lo establecido en los Términos de Referencia señalados en el Anexo Nº 1.
EL LOCADOR podrá solicitar a EL MINISTERIO el reembolso de los gastos correspondientes a movilidad, necesarios para el cumplimiento de las obligaciones asumidas por éste, siempre que se encuentren debidamente sustentadas y con la opinión favorable o Visto Bueno de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público del MEF.
EL MINISTERIO supervisará el cumplimiento del servicio materia del presente contrato en forma permanente y sin restricción alguna, a través de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público del MEF.
Queda expresamente establecido que el presente contrato no genera vínculo laboral alguno entre EL MINISTERIO y EL LOCADOR, en consecuencia EL MINISTERIO no asume obligación alguna referida a pagos de beneficios sociales y cualquier otro de índole laboral.
SEXTA.- PROHIBICIÓN DE LA CESIÓN DE OBLIGACIONES
EL LOCADOR no podrá transferir parcial ni totalmente la prestación del servicio a que se refiere el presente Contrato, teniendo responsabilidad total sobre la ejecución y cumplimiento del mismo.
SEPTIMA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Y PENALIDADES
De conformidad con los Artículos 41º literal c) y 45º de LA LEY y los Artículos 224º, 225º, 226º y 227º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en adelante EL REGLAMENTO, se podrá resolver el Contrato por incumplimiento injustificado de las obligaciones asumidas en virtud del mismo, si previamente ha sido requerido su cumplimiento de acuerdo a las formalidades y requisitos establecidos en LA LEY y EL REGLAMENTO, quedando expedito el derecho de la parte afectada para demandar los daños y perjuicios a que hubiere lugar.
En caso de retraso injustificado y/o incumplimiento en la prestación del servicio contratado, se impondrá a EL LOCADOR las penalidades establecidas en el Artículo 222º de EL REGLAMENTO.
OCTAVA.- DECLARACIÓN DE EL LOCADOR
EL LOCADOR declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas de este contrato bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
NOVENA.- DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Por la presente Cláusula, las partes acuerdan que todos los conflictos que deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, serán resueltos mediante arbitraje unipersonal de derecho, bajo la organización y administración de los órganos del Sistema Nacional de Conciliación y Arbitraje del CONSUCODE y de acuerdo con su Reglamento.
DÉCIMA.- PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES DEL CARGO
El incumplimiento de EL LOCADOR de las normas que precisan prohibiciones e incompatibilidades previstas en la Ley Nº 27588 y el Decreto Supremo Nº 019-2002-PCM; dará lugar al cobro de una penalidad ascendente al monto total de la retribución pactada, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales a que hubiere lugar.
DÉCIMA PRIMERA.- DOMICILIO
Las partes señalan como sus domicilios los que aparecen en la introducción del presente Contrato, donde deberán cursarse todas las comunicaciones entre ellas. Las partes se comprometen a dar aviso anticipado, por escrito de cualquier modificación en sus domicilios, los cuales necesariamente deberán encontrarse dentro del radio urbano de la ciudad de Lima.
Como evidencia de aceptación y conformidad con el contenido del presente Contrato, firman las partes contratantes en acto de fe, en Lima a los 12 días del mes de setiembre del año dos mil siete.
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA Nº 196-2007-EF/43
ANEXO Nº 01 DEL CONTRATO
TÉRMINOS DE REFERENCIA
Dependencia: Dirección Nacional del Endeudamiento Público del Ministerio de Economía y Finanzas.
Descripción del Servicio:
EVALUADOR EN EL MARCO DE LOS CONTRATOS DE CONCESIÓN
Términos de Referencia:
Participar en la evaluación de la estructura financiera de los proyectos de Contratos de Concesión.
Participar en la gestión para la elaboración de operaciones de garantías a ser otorgadas o contratadas por el Gobierno Nacional en el marco de Concesiones.
Participar en el registro, análisis y evaluación de los compromisos firmes y contingentes asumidos por el Estado Peruano, en el marco de las Concesiones.
Participar en las actividades ligadas al proceso de las concesiones, en el marco de la normatividad vigente.
Demás actividades que se le asigne.
ANEXO Nº 02 DEL CONTRATO
CRONOGRAMA REFERENCIAL DE PAGOS
Nº |
CUOTAS |
MONTO (S/.) |
Fecha a Pagar |
1 |
Cuota 1 |
4 500,00 |
A Fines del Mes de Setiembre de 2007 |
2 |
Cuota 2 |
3 000,00 |
A Fines del Mes de Octubre de 2007 |
3 |
Cuota 3 |
3 000,00 |
A Fines del Mes de Noviembre de 2007 |
4 |
Cuota 4 |
3 000,00 |
A Fines del Mes de Diciembre de 2007 |
Total |
13 500,00 |
|
Nota.- Las Cuotas se pagarán previa emisión de la conformidad del servicio prestado.