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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YARINACOCHA
RESOLUCION DE GERENCIA -2018-MDY-GM
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VISTOS
Puerto callao ,
14 m . 2018
El Trámite Externo N°21702-2017, Contrato de Ejecución de Obra N° 009-2017-MDY de fecha 00 xx " x xx x x re del 2017, Carta N° 026-2017-CAQ de fecha 19 de diciem bre del 2017, Carta N° 037-2017- '■ CWSORCIO SUPERVISOR 02 XX XXXX de fecha 27 de diciembre del 2017, Informe N° 24-2017-JEFE DE SUPERVISIÓN 02 XX XXXX-IC-WAMG de fecha 27 de diciem bre del 2017, Informe N° 007-2018-MDY-GI-SGE- ASF/EP, v' ' ’ ---- 1/18, Informe N° 043-2018-MDY-GI-SGOP xx xxxx a 25 de enero del 2018, Informe Legal N 31-OMJ de fecha 07 de febrero del 2018, y dem ás recaudos que contiene;
lo con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, m odificado con la Ley N°30305, que prevé que: "Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonom ía, política, eco nóm ica y administrativa en los asuntos de su com petencia". Asimismo, el Titulo Preliminar de la Ley N° 27972, Ley O rgánica de M unicipalidades en su Artículo I, señala:"(...) Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena ca p a c id a d para el cumplimiento de sus fines"; el Artículo li, establece: "Los gobiernos locales gozan de autonomía política, eco nóm ica y administrativa en los asuntos eje su com petencia";
Que, con fech a 06 de setiembre del 2017, se suscribió el Contrato de Ejecución de Obra N° 009- '2017-MDY, entre la M unicipalidad Distrital de Xxxxxxxxxxx y la contratista “ XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX" para ejecutar la obra “ MEJORAMIENTO DEL JR. DOS XX XXXX (DESDE JR. PURUS HASTA XX. XXXXXXXX XXXXXXXX), XXXXXX XXXXXX, XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXX - XXXXXXX XXXXXXXX - XXXXXXX",
por el monto contractual ascend ente a S/. 3'218,317.53 (Tres Millones Doscientos Dieciocho Mil Trescientos Diecisiete con 53/100 Soles), exonerado del IGV, bajo el sistema de Precios Unitarios, por el plazo de ejecución de Ciento Cincuenta (150) días calendarios;
Que, el Representante Legal del "CONSORCIO XXXXXXXX XXXXXXXX”, m ediante Carta N° 026- 2017-CAQ, xx xxxx a 19 de diciem bre del 2017, solicita Ampliación de Plazo Parcial N° 02, para la ejecución de la obra: "MEJORAMIENTO DEL JR. DOS XX XXXX (DESDE JR. PURUS HASTA JR. XXXXXXXX '•UÑONES), XXXXXX XXXXXX, XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXX - XXXXXXX XXXXXXXX - XXXXXXX", por diecisiete
0 ) días calendarios;
” Que, en el m arco del Reglamento de la Ley de Contrataciones Ley N° 30225, aprobado por Decreto Supremo N° 350-2015-EF, en su artículo 169°, estab lece: "El contratista puede solicitar la dmpliación de plazo p actad o por cualquiera de las siguientes causales ajenas a su voluntad, siempre que modifiquen la ruta crítica del programa de ejecución de obra vigente al momento de la solicitud de am pliación: 1. Xxxxxxx y/ o paralizaciones por causas no atribuibles al contratista. 2. Cuando es necesario un plazo adicional p ara la ejecución de la prestación adicional de obra. En este caso, el contratista am plia las garantías que hubiera otorgado. (...)". Asimismo, el artículo 170° del mismo cuerpo legal citado, señala: (...). El contratista, por intermedio de su residente debe anotar en el cuaderno de obra, el inicio y el final de las circunstancias que a su criterio determinen la am pliación de plazo. Dentro de los quince (15) días siguientes de concluida la circunstancia invocad a, el contratista o su representante legal solicito,,; óuantifica y sustenta su solicitud de am pliación de plazo ante el inspector o supervisor, según tbrresponda, siempre que la dem ora afecte la ruta critica del programa de ejecución de obra vigente. Ei
¡r^ pector o supervisor emite un informe que sustenta técnicam ente su opinión sobre la solicitud de
am pliación de plazo y lo remite a la Entidad y al contratista en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados desde el día siguiente de presentada la solicitud. La Entidad resuelve sobre dicha am pliación y notifica su decisión al contratista en un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles, contados ( ié só e el día siguiente de la recepción del indicado informe o del vencim iento del plazo, bajo fésponsabilidad. ( ...) ” ;
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YARINACOCHA
Que, de acuerd o al Anexo de Definiciones del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, señala que la Ruta Critica del Programa de Ejecución de Obra: "Es la secuencia program ada de las actividades constructivas de una obra cuya variación a fecta el plazo total de ejecución de la obra";
Que, en el caso de autos m ediante anotación en el Cuaderno de Obra, Asientos N° 97, 102, 104, i 1,2, 119, 121, 122 y 123 por el Residente de Obra y los Asientos N° 95, 110 y 124 del supervisor de obras, se déja constancia que el supervisión pone en conocimiento al Contratista que fue notificado para elaborar
'<ei adicional y los cam bios a realizarse tanto en la rasante, que va implicar cam bios en los planos, a la vez
^ co n t ratista persiste en que todavía no se han levantado las absoluciones y el pronunciamiento de la entidad sobre las prestaciones adicionales necesarias, no es posible proseguir con la secuencia
l constructiva, en conclusión se deb e a las deficiencias del expediente técnico que acarrea ia incidencia
I do la dem ora que resulta 17 días calendarios hasta el 05 de diciem bre del 2017, y constituye una causal
' de am pliación de plazo porque la dem ora no tiene fecha prevista de conclusión, configurándose la causal ATRASOS POR CAUSAS NO ATRIBUIBLES AL CONTRATISTA, por lo que dicho plazo constituye el plazo adicional que resb-tta parcialm ente necesario para la culminación de la obra;
Que, m ediante Carta N° 037-2017-CONSORCIO SUPERVISOR 02 XX XXXX de fecha 27 de diciem bre del 2017, la representante legal del CONSORCIO SUPERVISIOR 02 XX XXXX, remite a la entidad la Am pliación de Plazo N°02, solicitado por el representante legal del “ CONSORCIO XXXXXXXX XXXXXXXX", evaluad o por el Jefe de Supervisión, según su Informe N° 024-2017-JEFE DE SUPERVISIÓN 02 XX XXXX-IC-WAMG xx xxxx a 27/12/17, en su análisis visto las anotaciones en el cuaderno de obra, sé observa que el residente no consigno el Inicio (19/11/2017) y el final (05/12/2017) de las circunstancias hue a su criterio determinan la ampliación del plazo N° 02; es decir, no indica en el cuaderno de obra, e¡ inicio y el termino de la causal por las causales ajenas a su voluntad, y tampoco precisa la solicitud de ampliación de plazo por los días afectados; asimismo, se tiene que el día 19/11/2017 (Precisando que este Citó fue domingo y a su vez feriado no laborable), no hay anotaciones en cuaderno de obra del residente de obra, y el 05/12/2017 el residente NO consigna el término de la causal en los asientos N° 121, 122 y 123, Obviando este requisito indispensable para el procedimiento de la ampliación del plazo, concluye mediante OPINIÓN considerando IMPROCEDENTE la Ampliación de Plazo N° 02, por Diecisiete (17) días;
Que, con el Informe N°007-2018-MDY-GI-SGE-ASF/EP de fecha 18 de enero del 2018, el
\ Coordinador de Xxxx, señala que en mérito a la opinión vertida por la supervisión se tiene como 'MPROCEDENTE la Am pliación de Plazo Parcial N° 02 por Diecisiete (17) días calendario adicionales al plazo inicial de contrato para la ejecución de la obra del proyecto en mención, el mismo que ha sido solicitado por la em presa contratista m ediante Carta N° 026-2017-CAQ;
Que, con el Informe N° 043-2018-MDY-GI-SGOP de fecha 25 de enero del 2018, la Sub Gerencia I vio Obras Públicas, indica que en mérito al Informe N° 007-2018-MDY-GI-SGE-ASF/EP, de fecha 18 de enero J' £l;yi 2018, se deb e d eclarar IMPROCEDENTE la Ampliación de Plazo Parcial N°02 por Diecisiete (17) días
calendario, por que los informes técnicos emitidos por el Coordinador de Obra y la Sub G erencia de fib ras Publicas son vinculantes para el presente caso;
Que, con el Informe Legal N°026-2018-MDY-GI-OMJ de fecha 00 xx xxxxxxx xxx 0000, xxxxxxx xxx x¡ asesor legal de la G erencia de Infraestructura (Abog. Xxxxx Xxxxxxx Xxx xxxx), que opina: Declarar improcedente, la solicitud de ampliación de Plazo N°02 por un periodo de diecisiete (17) días calendario, para la ejecución de la obra denominada: “Mejoramiento del Jr. Dos xx Xxxx (Xxxxx Xx. Purús hasta Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx), Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx - Xxxxxxx Xxxxxxxx";
Que, la normativa de contrataciones del Estado otorga al contratista el derecho a solicitar la dmpliación del plazo de ejecución de obra cuando se produzcan situaciones ajenas a su voluntad principalmente, atrasos y/ o paralizaciones que afecten la ruta crítica del programa de ejecución de obrd vigente, con la finalidad de extender el plazo de ejecución de obra y, de esta m anera, reparar sjguilibrar las condiciones inicialmente p actad as;
Que, en ese sentido, si bien la am pliación de plazo es aquella que m odifica la fecha de término program ada, resulta necesario que su causa esté justificada y debidamente probada, com o se tiene en el
.á s e n t e con la opinión vertida por el ente supervisor y actuados presentados por la empresa contratista; asimismo, se observa que la solicitud de Ampliación de Plazo Parcial N° 02 NO cumple con acreditar
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mediante anotación en el cuaderno de obra el inicio de la ocurrencia y término de las causales que generan la ampliación de plazo, así como con las formalidades en la presentación de dicha solicitud incumpliendo en ambos casos los requisitos del procedimiento de ampliación de plazo previstos en el artículo 170° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado;
Por consiguiente, en mérito a los considerandos expuestos, y de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, Ley N° 30225 - Ley de Contrataciones del Estado, Reglamento de la Ley de Contrataciones Ley N° 30225, aprobado por Decreto Supremo N° 350-2015- EF, y en uso de las facultades conferidas al Despacho de la Gerencia Municipal m ediante Resolución de Alcaldía N° 371-2017-MDY, de fecha 00 xx xxxxxxx xxx 0000, xx xxxxx que delega al gerente municipal C .P .C . Xxxx Xxxxxx Xxxxxx x Xxxxxx la^ atribuclones administrativas propias del despacho de Alcaldía, según el Inc. 20) del Art. 20° de la Ley Na 27972^"Ley O rgánica de M unicipalidades" y sus modificatorias;
SE RESUELVE;
ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar IMPROCEDENTE, la solicitud de Ampliación de Plazo N° 02 de! CONTRATO DE EJECUCIÓN DE OBRA N° 009-2017-MDY, para la ejecución de la obra denom inada: “ MEJORAMIENTO DEL JR. DOS XX XXXX (DESDE JR. PURUS HASTA XX. XXXXXXXX XXXXXXXX), XXXXXX XXXXXX, XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXX - XXXXXXX XXXXXXXX - XXXXXXX", por diecisiete (17) días
calendarios;
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ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General y Archivos la distribución de la presente resolución y su notificación a la empresa “CONSORCIO XXXXXXXX XXXXXXXX";
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