CONTRATACIÓN DIRECTA – 2018CD-000267-01
CONTRATACIÓN DIRECTA – 2018CD-000267-01
“Contratación de persona física o jurídica para la construcción de Aceras en el Barrio El Invu.”
La Proveeduría de la Municipalidad de Quepos y el Departamento de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal tendrán a su cargo el presente proceso de Licitación, la primera como ejecutora de todo el procedimiento licitatorio en sí y la segunda como responsable de los aspectos Técnico- Administrativos del proyecto y por ende la encargada de evacuar las consultas relativas a esas áreas. El contacto respectivo será el Lic. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Proveedor Municipal a.i. Tel 0000-0000 Ext. 139 ó 140 o el correo electrónico xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xx.xx, cualquier consulta podrá ser atendida mediante correo electrónico según estipulado en los tiempos que regula esta materia.
1) CONVOCATORIA
La Municipalidad de Quepos le invita a participar en la Contratación Directa: 2018CD-000267-01. Se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 13 de diciembre de 2018, al correo electrónico xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xx.xx
2) PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán ser presentadas en sobre cerrado debidamente rotulado con la siguiente información:
2018CD-000267-01
“Contratación de persona física o jurídica para la construcción de Aceras en el Barrio El Invu.”
3) REQUISITO DE ADMISIBILIDAD
3.1) Los Oferentes deberán ser Empresas o Contratistas legalmente autorizados para realizar en el país actividades de la naturaleza del objeto de esta licitación.
3.2) Los oferentes deben estar debidamente inscritos en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de Quepos, de no ser así, deberán inscribirse formalmente al momento de la presentación de la oferta y antes de la hora de cierre establecida para la recepción de las ofertas, en la Proveeduría de la Municipalidad de Quepos, Puntarenas, todo en conformidad a los artículos 116 y 118 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
3.3) Los participantes tienen que tener una solidez financiera igual o mayor al 2%, el cual debe ser demostrado con un Balance General y Estado de Resultados del periodo anterior de la Empresa, los mismos deben estar auditados por el profesional autorizado, se consideran un documento privado.
3.4) El oferente debe contar con 2.0 años mínimos de experiencia en proyectos de similar o igual naturaleza, por lo que debe aportar certificación de inscripción de la empresa en CFIA. Además, debe adjuntar a su oferta, cartas de recomendación de proyectos similares; donde se incluya en ellas: Nombre del cliente, nombre del proyecto, ubicación, cantidad de obra, nombre del contacto, teléfono, correo electrónico y fechas de ejecución. Deben ser cartas presentadas en original con una certificación general de las cartas. Se tomará como parámetro adicional y positivo la tramitación de planos constructivos del proyecto ante el CFIA que describan la naturaleza y especificaciones del proyecto a construir. Para efectos del presente cartel de conformidad con lo establecido en el artículo 73 del RLCA, la experiencia de las empresas que presenten su oferta en forma consorciada será tomando el promedio de los años de experiencia en proyectos similares o
iguales de las empresas que conforman el consorcio. Lo anterior se tomará como requisito de
admisibilidad.
3.5) El oferente debe ofrecer un profesional responsable que funja como director técnico del proyecto con más de 2.0 años de experiencia en proyectos de infraestructura similares, además de estar claros que la fiscalización de la obra recae sobre el ingeniero de la UTGV y todos los técnicos que este destine a participar en el proyecto.
3.6) PATENTE
a) Los oferentes que estén domiciliados en el Cantón de Quepos deben contar con la respectiva licencia municipal que los faculte para prestar el servicio, y estar al día con el pago del impuesto de patente conforme a lo que establece la legislación vigente para las actividades que así lo requieren. Esto de acuerdo al artículo 01 de la Ley 7457, denominada Ley de Impuestos Municipales de Quepos.
b) La Proveeduría, para los oferentes domiciliados en el cantón de Quepos, verificara que se encuentren al día con el pago de patente y se hallen autorizados por este Municipio a prestar o vender los bienes o servicios ofertados.
c) Para los oferentes que estén domiciliados fuera del cantón de Quepos, y en caso de que este Municipio lo considere necesario, deberán cumplir con dicho requisito si el presente proceso de compra les es adjudicado.
d) En el caso de las profesiones liberales ejercidas lógicamente por un profesional debidamente adscrito al colegio correspondiente, según la Sala Constitucional, están exentos, siempre que estos actúen a nombre propio y no en representación de otra persona jurídica, en otras palabras, si los mismos profesionales ejercen sus funciones de forma agremiada, si les correspondería contar su respectiva patente municipal y por ende realizar el pago respectivo del impuesto.
4) PARTICIPACIÓN.
Quienes participan en esta contratación, se comprometen al fiel cumplimiento de las especificaciones establecidas en este pliego de condiciones, en la Ley de la Contratación Administrativa y su Reglamento General, Ley General de la Administración Pública y demás normas jurídicas que regulan esta materia.
5) PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS:
Las ofertas deben presentarse en original, debidamente firmadas por quien tenga capacidad legal para obligarse o para obligar a su representada. La misma deberá ser presentada en la oficina de Proveeduría de la Municipalidad de Quepos, antes de la hora de cierre de recepción de las ofertas. La hora indicada será tomada oficialmente del reloj de dicha oficina.
Los oferentes deben presentar su oferta de acuerdo con los requisitos de Admisibilidad y demás requerimientos, así como en cumplimiento de las especificaciones técnicas contenidas en este cartel.
El Departamento de Proveeduría será la oficina que tramitará el procedimiento de licitación y proporcionará cualquier información adicional necesaria respecto a las especificaciones y documentación relacionada con esta contratación, previa coordinación con la unidad respectiva.
La oferta debe presentarse libre de tachaduras, borrones y/o manchas, de lo contrario la
información que sustituya lo tachado, borrado o manchado se tendrá como no puesto.
La oferta, así como su documentación anexa y productos esperados deberán presentarse por escrito en idioma español, o con su correspondiente traducción, según lo dispone el artículo 62 del RLCA, con excepción de la información técnica muy específica que podrá ser suministrada en idioma inglés. Siempre que exista contradicción entre información proporcionada en español y en inglés prevalecerá la que se encuentra en idioma español.
El plazo de vigencia de la oferta será de 60 días hábiles, a partir de la fecha de apertura.
Una vez que se ha verificado el acto de apertura de las ofertas presentadas a concurso en la Proveeduría de la institución, no podrán ser retiradas ni podrán modificarse, entendiéndose que aportadas las ofertas en la proveeduría no podrán retirarse ya que éstas pertenecen a la Municipalidad.
La Proveeduría no considerará oferta alguna presentada después de la hora fijada para el acto de apertura de las ofertas, se recibirán, pero no serán evaluadas.
El oferente debe indicar en su oferta un número de CUENTA CLIENTE O CUENTA CORRIENTE DEL BANCO XX XXXXX RICA O BANCO NACIONAL XX XXXXX RICA por medio del cual se hará efectivo el pago. La Municipalidad realizará los pagos mediante transferencia bancaria del Banco xx Xxxxx Rica o Banco Nacional xx Xxxxx Rica, si no tiene cuenta en alguno de los bancos mencionados el pago se realizará mediante cheque y debe ser retirado en el Departamento de Tesorería de la Municipalidad.
6) DOCUMENTACIÓN QUE SE DEBE INCLUIR CON LA OFERTA:
a) En caso de que se trate de personas jurídicas se deberá presentar certificación sobre la personería legal del oferente y la naturaleza y propiedad de las acciones, y una declaración jurada de que la sociedad está legalmente inscrita y vigente.
b) El oferente debe presentar una declaración jurada de no encontrarse en ninguno de los casos de imposibilidad legal para contratar con la Administración a que se refiere el artículo 22 y 22 bis de La Ley de Contratación Administrativa.
c) Declaración jurada de estar al día en el pago de todo tipo de impuestos, tasas y tributos municipales y nacionales que lo alcancen como empresa constructora, en cualquier parte del país donde por ley le corresponda tributar de acuerdo con su domicilio.
d) Certificación de que el oferente se encuentra al día con las obligaciones con el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF)
e) Certificación de que el oferente se encuentra al día en el pago de las obligaciones obrero patronales con la Caja Costarricense de Seguro Social (en adelante CCSS), o bien, que tenga arreglo de pago aprobado por ésta.
f) Sin perjuicio de lo anterior, en todo caso se podrá constatar en cualquier momento, el cumplimiento de las obligaciones obrero patronales.
g) Para los efectos de esta disposición, el día señalado en el pliego de condiciones para la recepción de las ofertas, el Departamento de Proveeduría recurrirá a la información suministrada por la Caja Costarricense de Seguro Social, en el sistema de consulta de morosidad patronal para la verificación del cumplimiento del artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social.
h) De conformidad con lo estipulado en el artículo 202 del Código de trabajo , como requisito obligatorio, previo a la suscripción del contrato o a la autorización (orden de inicio), el proveedor adjudicado, sea persona física o jurídica, deberá aportar ante el Departamento de Proveeduría, una Constancia del Seguro de Riesgos de Trabajo emitida por el ente asegurador (no puede estar suscrita por ningún agente de seguros), donde conste que cuenta con la póliza de riesgos de trabajo a su nombre y el plazo de vigencia de la póliza el cual deberá ser por el tiempo ofertado al plazo de entrega de las labores, el lugar donde se ejecutará, así como el número, nombre de la contratación y por el monto adjudicado.
Las verificaciones posteriores sobre la vigencia de las pólizas, será responsabilidad del Departamento de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal.
ARTICULO 202.- Prohíbase a los funcionarios, empleados, personeros o apoderados del Estado, suscribir contratos u otorgar permisos para la realización de trabajos, sin la previa presentación, por parte de los interesados, del seguro contra los riesgos del trabajo. (Así reformado por el artículo 1º de la Ley Sobre Riesgos del Trabajo Nº 6727 de 9 xx xxxxx de 1982.)
CONSORCIOS
De conformidad con la LCA la participación de dos o más empresas bajo la figura de consorcio será permitida, a fin de reúnan o completen requisitos del cartel, para lo cual deberá advertirse en la propuesta de manera expresa e indicar el nombre, calidades y representante de cada uno de ellos, cumpliendo los requisitos solicitados. La Municipalidad únicamente permitirá que una empresa solo pueda participar en un consorcio para un mismo concurso. Requisitos:
1. La Oferta deberá cumplir y contener toda la información dentro del cartel
2. La Oferta deberá ser firmada de manera que constituya una obligación legal para todos los socios. Todos los socios serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo.
3. Uno de los socios deberá ser designado como representante y autorizado para contraer responsabilidades y para recibir instrucciones por y en nombre de cualquier o todos los miembros del Consorcio. Al socio designado será el medio de comunicación y notificación entre la Municipalidad y el Consorcio.
4. En el caso de Adjudicación, la ejecución de la totalidad del Contrato, incluyendo los pagos, se hará exclusivamente con el socio designado.
5. Adjunto en la Oferta se deberá presentar una copia del Convenio del Consorcio realizado, firmado por todos los socios y donde también se demuestre el socio que los representará. Esta copia deberá ser autentificada por un notario público.
6. Las empresas que participan asociadas en consorcio deberán de cumplir individualmente con los requisitos legales y financieros.
7. El Socio de un Consorcio que presente oferta no podrá participar en el presente concurso con
una oferta independiente. El Socio de Consorcio que presente oferta tampoco podrá ser Socio de otro Consorcio que igual vaya a presentar ofertas. Ofertas quedaran descalificadas si incumplen esta condición para ambos oferentes.
Deberán tener presente los oferentes que tendrán que cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 72 del RLCA (ofertas en Consorcio).
7) SISTEMA DE EVALUACIÓN.
Las ofertas serán evaluadas según los siguientes criterios:
7.1) PRECIO INACEPTABLE.
Se estimarán inaceptables y en consecuencia motivo de exclusión de la oferta que los contengan, los siguientes precios:
a. Xxxxxx Xxxxxxx y no remunerativo para el oferente, que dé lugar a presumir el incumplimiento por parte de éste de las obligaciones financieras por insuficiencia de la retribución establecida. La Municipalidad de Quepos, deberá indagar con el oferente si con el precio cobrado será capaz de cumplir con los términos del contrato. Esa consulta deberá efectuarla antes de aplicar el sistema de evaluación, a efecto de no incluir en el listado de ofertas elegibles aquélla que contenga un precio ruinoso.
b. Precio excesivo es aquel que comparándose con los precios normales xx xxxxxxx los excede o bien que supera una razonable utilidad. Igualmente, la Municipalidad de Quepos indagará con el oferente cuáles motivos subyacen para ese tipo de cotización, antes de adoptar cualquier decisión.
Precio que excede la disponibilidad presupuestaria, en los casos en que la Municipalidad de Quepos no tenga medios para el financiamiento oportuno; o el oferente no acepte ajustar su precio al límite presupuestario, manteniendo las condiciones y calidad de lo ofrecido. En este último caso, la oferta se comparará con el precio original.
c. Precio producto de una práctica colusoria o de comercio desleal.
La Municipalidad de Xxxxxx deberá acreditar en el estudio de ofertas, mediante un estudio técnico, las razones con base en las cuales concluye que el precio es inaceptable.
El oferente deberá presentar en su oferta el cuadro de cantidades y precios en los respectivos renglones.
8) DEL PRECIO.
El precio deberá ser firme y definitivo, sujeto a las condiciones establecidas en el pliego de condiciones y sin perjuicio de eventuales reajustes o revisiones. En caso de divergencia entre el precio cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real.
a. Los oferentes deberán cotizar preferiblemente en colones costarricenses, pero en caso de cotizar en dólares, se le aplicará la conversión a moneda nacional, para efectos de presupuesto, análisis y evaluación del factor precio, a las ofertas en dólares se les aplicará la conversión a moneda nacional, utilizando el tipo de cambio vigente para la venta del Banco Central xx Xxxxx Rica al día de la apertura.
b. La oferta económica debe incluir el monto expresado por cada línea cotizada y el monto total, en moneda nacional, en número y en letras, prevaleciendo en caso de divergencia, la consignada en letras. Además deberá asumir el costo de traslado y entrega del equipo, estos deben ser asumidos por el adjudicatario en caso que requiera el traslado de la maquinaria a otro lugar que no sea el xxxxxx de la Unidad Técnica, de no hacerlo se le aplicará el artículo 25 del RLCA. La misma debe confeccionarse libre del impuesto de ventas y consumo.
c. Precios unitarios y totales: Se solicita a los oferentes que coticen precios unitarios y totales. Si la sumatoria de los precios unitarios excede el precio total, la oferta se comparará con el mayor precio, según lo establece el artículo 27 del RLCA.
d. Descuentos: El oferente podrá ofrecer descuentos globales a sus precios. Además, podrá ofrecerse descuentos a los precios unitarios, según lo establece el artículo 28 del RLCA.
9) FACTORES DE EVALUACIÓN
9.1. FACTORES DE CALIFICACIÓN
Los elementos a calificar en esta contratación serán:
Concepto | % de Calificación |
Precio | 60 |
Plazo de Ejecución | 10 |
Experiencia de la Empresa | 10 |
Garantía de la Obra | 20 |
9.2 PRECIO. (Máximo 60 puntos)
Para seleccionar la oferta más conveniente a los intereses de la Municipalidad, de las ofertas que resulten elegibles, se seleccionará la más conveniente para los intereses de la Administración utilizando el siguiente criterio:
) ∗
𝑃𝑃 = ( 𝑀𝑂𝑃 60
𝑀𝑂𝐸𝐴
Donde:
PP: Puntos asignados por precio.
MOP: Monto de la oferta con menor precio.
MOEA: Monto de la oferta económica en estudio.
9.3 PLAZO DE EJECUCIÓN (máximo 10 puntos).
La oferta que ofrezca el menor plazo, se denominará oferta base y recibirá la puntuación máxima de puntos indicados. Para la asignación de puntos a las ofertas restantes, se utilizará la siguiente fórmula:
Se calificará de la siguiente manera:
𝑃𝑃𝐸 = ( 𝑃𝐸𝑂𝐵)
𝑃𝐸𝑂𝐸
∗10
Donde:
PPE: Puntos asignados por plazo PEOB: Plazo de entrega oferta base
PEOE: Plazo de entrega oferta en estudio
9.4 EXPERIENCIA DE LA EMPRESA (máximo 10 puntos).
a) En lo que respecta a la experiencia de la empresa el oferente deberá presentar detalle de la experiencia registrada en los últimos 5 años en trabajos relacionados Al fin de esta contratación.
b) Así mismo, el oferente deberá demostrar fehacientemente su experiencia, para lo cual deberá presentar cartas de referencia originales o copias certificadas, extendidas por la Administración que los contrató.
c) Experiencia en Consorcios: Para efectos del presente cartel de conformidad con lo establecido en el artículo 73 del RLCA la experiencia de las empresas que presenten su oferta en forma consorciada será evaluando a cada una de la empresas que conforman el consorcio hasta un máximo de 10 proyectos por empresa, aplicando la evaluación de la misma forma que en los apartados anteriores, el puntaje obtenido para la oferta consorciada será el promedio de la sumatoria de los puntajes obtenidos de la experiencia a cada una de las empresas entre la cantidad de empresas que conforman el consorcio.
La calificación de este factor de evaluación será de la siguiente manera:
Cantidad de proyectos similares | Porcentaje Correspondiente. |
2 trabajos de la misma naturaleza debidamente certificados | 2 puntos |
De 3 a 5 trabajos de la misma naturaleza debidamente certificados | 3 puntos |
De 6 a 10 trabajos de la misma naturaleza debidamente certificados | 5 puntos |
11 o Más trabajos de la misma naturaleza debidamente certificados | 10 puntos |
9.5 GARANTÍA DE LA OBRA (Máximo 20 puntos).
La empresa que ofrezca mayor plazo de garantía de la obra obtendrá el máximo puntaje, esta se deberá indicar claramente en la oferta para su evaluación, la oferta que indica 60 meses o más tendrá el porcentaje de 20 puntos.
Para la asignación de puntos a las ofertas restantes, se utilizará la siguiente fórmula:
𝑃𝑃𝐺 = ( 𝑃𝐺𝑂𝐸)
𝑃𝐺𝑂𝐵
∗20
Donde:
PPG: Puntos asignados por plazo garantía PGOE: Plazo de garantía oferta en estudio PGOB: Plazo de garantía oferta base
10) ASPECTOS GENERALES DE EVALUACIÓN
Base de calificación: La calificación se realiza con base a cien, lo cual implica que la máxima cantidad de puntos que puede obtener un oferente es de cien.
Criterio para redondeo: Para los cálculos de puntos que impliquen el manejo de decimales se utilizará el redondeo a la unidad más próxima.
Selección del Adjudicatario: La selección del Adjudicatario del presente concurso recaerá en la oferta mejor calificada.
11) ADJUDICACION:
El adjudicatario de esta contratación no podrá traspasar o ceder los derechos derivados de la adjudicación en firme a terceros, sin previo consentimiento y por escrito de la Municipalidad de Quepos.
La adjudicación de esta licitación recaerá en aquella oferta que resulte más ventajosa para la administración, que cumpla con las especificaciones del cartel y lo establecido en la Ley de la Contratación Administrativa, así como con el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. La Municipalidad de Quepos no se obliga a aceptar la oferta de menor precio si considera que ésta contraviene sus intereses o la misma resulta ruinosa.
En caso de que se dé un empate se procederá a tomar en cuenta como segundo elemento para desempatar, la oferta que demostró mayor tiempo en el mercado, si se mantuviera el empate se considerará como factor de evaluación de desempate para la contratación, una puntuación adicional a las PYME que han demostrado su condición a la Administración de acuerdo a los siguientes parámetros: PYME de industria 5 puntos, PYME de servicio 5 puntos, PYME de comercio 2 puntos. Por último, si se mantuviera el empate se procederá al lanzamiento de una moneda en una serie de tres, y resultará adjudicado quien gane dos de tres lanzamientos, el departamento de
Proveeduría Municipal convocara a las empresas empatadas para proceder con esta rifa, previamente.
La municipalidad se reserva el derecho de adjudicar una línea o varias líneas según conveniencia de la administración. Art 52 incisos n) del Reglamento a la Ley de contratación administrativa.
En la relación de la Municipalidad con el adjudicatario no mediará subordinación laboral alguna, ni salario, por lo que correrá por su cuenta cualquier obligación relacionada con la C.C.S.S. o el I.N.S., liberando de cualquiera de esas responsabilidades a la Municipalidad.
El oferente deberá indicar el lugar donde se ubica su oficina y consignar sus números de teléfono, fax y correo electrónico para notificaciones.
En caso de ser adjudicado se deberá hacer referencia al número de procedimiento indicado para este cartel a la hora de hacer la facturación.
12) PLAZO PARA ADJUDICAR.
La Municipalidad de Quepos utilizará el plazo correspondiente a lo estipulado en los procedimientos de licitación abreviada. La adjudicación de ésta contratación recaerá en aquella Oferta que resulte más ventajosa para la administración, cumpliendo con las especificaciones técnicas del Cartel y lo establecido en la Ley de Contratación Administrativa, así como el Reglamento General de Contratación Administrativa.
13) LA FORMA Y PLAZO DE PAGO.
La Municipalidad cancelará de conformidad con lo que señala el artículo 34 R.L.C.A., que indica que la municipalidad tendrá un plazo de 30 días naturales para cancelar, el cual se realizara en un solo pago. Este se efectuará una vez recibido en Proveeduría; el visto bueno de realizar el pago, por parte del Ingeniero de la Unidad Técnica de Gestión Vial de la Municipalidad de Quepos; en el cual se dará por recibido a satisfacción el servicio brindado. El pago podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación o bien en colones costarricenses, salvo lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Orgánica del Banco Central xx Xxxxx Rica. Para ese efecto se utilizará el tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central xx Xxxxx Rica, vigente al momento de la apertura de las ofertas.
14) ASPECTOS TÉCNICOS DEL BIEN A CONTRATAR.
El proyecto consiste en la demolición de la estructura de acera y xxxxxx xx xxxx existente y la construcción de un nuevo tramo de aceras, xxxxxx xx xxxx, rampas y demás elementos que necesiten reconstrucción, aproximadamente 340 ml a un promedio de ancho de acera de 1.20 metros. Con los parámetros descritos a continuación:
14.1 Acera y Xxxxxx xx Xxxx
a. Debe removerse el sitio a trabajar, la cera, xxxxxx xx xxxx, cuneta o cualquier estructura existente, teniendo el cuidado de no dañar el pavimento existente y las estructuras adyacentes. En caso de ser dañados, deberá ser reconstruido por el constructor.
b. Las aceras, los cordones y caños deberían terminar en cada esquina dado la vuelta en todo el radio de giro (toda la curva hasta donde finalice). Ver croquis adjunto de ubicación.
c. El contratista se encargara de la demolición de las estructuras presentes donde se construirán las obras y deberá encargarse de la posición de los escombros que genera esta demolición. Presentar documento de permiso para depositar los desechos.
d. Debe ser elaborado con concreto de resistencia 210 kg/cm² o superior pre mezclado o mezclado en sitio y deberá presentar certificación de la concretara.
e. El xxxxxx xx xxxx debe cumplir con todas la normas del Manual de Normas y Diseños para Construcción de Carreteras (1966) y el CR 2010.
f. Debajo xxx xxxx a construir debe colocarse una sub-base granular de 20cm de profundidad y sobre ella un mortero de ajuste de 3cm para novelar.
g. La sub-base granular debe ser lastre tobacal.
h. Debe dejarse unas juntas de contracción de medio centímetro a cada 1.5 metros a lo largo de toda la estructura. Dichos cortes deben ser realizado por medio de una máquina para cortar concreto.
i. El concreto chorreado en sitio debe curarse durante 28 días, para lograr la resistencia y plasticidad necesarias.
j. No se permitirá realizar algún tipo de repello. El acabado deberá darse una vez chorreado el concreto. Caso contrario se deberá demoler y volver a construir. El costo de la reparación debe ser asumido por el adjudicatario.
k. Si se realizan daños en la estructura de asfalto deberá ser aprobado por el DICU.
l. No se aceptará espacios, juntas entre cualquier tipo de estructura, llámese espaldón estructura de pavimento o acera, por lo que se deberá sellar con concreto caso de que sea concreto o asfalto en caso de que sea estructura de pavimento.
m. Se debe tomar en cuenta las tuberías de salida de aguas pluviales, donde, se deberán ajustar para que dichas aguas puedan salir adecuadamente al xxxxxx xx xxxx a construir. Se colocara una tubería de PVC o similar que se ajuste a cada necesidad. En caso de que la tubería deba ser sustituida por desde la acera hasta el xxxxxx xx xxxx, este debe de realizarse y el contratista asumir dicho costo.
n. Es responsabilidad de contratista resolver las salidas de aguas pluviales de cada comercio o casa. Para esto deberá de realizar todas las conexiones, instalaciones de tuberías para que el agua sea desalojada adecuadamente y no se regrese a la casa o comercio ni llegue a un punto muerto en el xxxxxx xx xxxx.
o. En caso que los niveles, con respecto con el desalojo de aguas al cordón de y xxxx queden a mayor elevación que la cera, esta deberá rellenarse para evitar gradas y obstáculos para los transeúntes.
p. El xxxx debe tener una pendiente del 2% como mínimo para dirigir las aguas para su adecuada canalización, a continuación un ejemplo de la sección.
q. En caso de ameritar cambio se debe informar al DICU los cambios a realizar.
r. Debe tomarse en consideración los accesos a garaje, en todos los casos que actualmente exista o no, debe de construirse una rampa de acceso.
s. Las rampas para la ley 7600 deben colocarse en cada una de las esquinas después de finalizadas la curva de radio de giro. Coordinar con el DICU para la ubicación de dichas rampas.
t. El lastre tobacal debe ser xx xxxxxx tritura y de aproximadamente 10cm de grosor, será de origen aluvial. Libre de finos plásticos, materia orgánica y otrs sustancias censurables.
u. Se debe incluir zacate de la zona verde donde se pueda, esto se indicará en la visita de campo, debido a que los anchos de acera no es uniforme a lo largo del tramo a intervenir. El tipo de zacate será zacate dulce.
v. Se deberán reconstruir todas las cajas de registro, pozos o rejillas que se encuentren dentro del proyecto o a lo largo del proyecto.
w. Debe colocarse a todo largo de toda la acera losetas táctiles para no videntes, donde tanto el tramo inicial y final de la acera, rampa u obstáculo se debe informar con loseta con círculos. Como se muestra a continuación.
x. A lo largo del tramo (a excepto cerca de las entradas xx xxxxx) deben colocarse barreras de concreto a cada 1 metro de distancia. Esta barreras o “Bolardos” serán de concreto prefabricado o colado en sitio, de no más de 60cm de altura. A continuación un ejemplo.
14.2 Otras Consideraciones
a. Es obligación del CONTRATISTA todos aquellos materiales necesarios para el desarrollo adecuado y eficiente del proyecto.
b. Se deberá respetar las especificaciones técnicas en cuanto a espesores y tipos de tubos a excepción de aclaraciones específicas indicadas por el inspector o encargado de la obra.
c. Es obligación del CONTRATISTA proveer todos aquellos insumos necesarios para el desarrollo del proyecto con la mayor brevedad posible.
d. Una vez concluido el proyecto, debe limpiarse el área de trabajo de modo que quede libre de escombros y en perfecto estado de limpieza tal y como se encontraba antes del inicio de las obras.
e. Deberán presentar rótulos informativos y preventivos. Acoplándose a lo establecido por el SIECA en tema de seguridad vial para los peatones, conductores y empleados constructores.}
f. Cualquier daño a estructuras públicas, llámese tubería de agua potable o pluvial, tuberías de desalojo pluvial, válvulas, muras, mallas, etc. Deben ser reparadas por el contratista y debe corre por todos los gastos que el arreglo.
14.3 Alcances y ubicación de las obras.
Las obras deben ejecutarse en el tramo que comprende desde las cercanías de la iglesia católica de Quepos, hasta la bifurcación de las xxxx xxxxxxxx 000 y la calle cantonal código C-6-06-205. Coordenadas CRTM 05 para el primero punto 482440.4 E / 1042642.8 N. y para el segundo punto 482745.1 E / 1042445.5 N. para un total aproximado de 340 metros lineales, con un promedio de 1.20 metros de ancho.
Xxxxx xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, xxxx xxxxxxxx 000, Xxxxxx, Xxxxx Xxxx.
14.4 Control de calidad
En concordancia con el Artículo 45 del Decreto No. 34624-MOPT, “corresponderá al contratista como responsable directo, ante la Administración, el control de la calidad obtenida en la obra ejecutada, el cual deberá diseñar y ejecutar un Plan de Control de Calidad que contenga como mínimo una descripción detallada de las tareas, procedimientos y personal que desplegará en el proyecto para un adecuado control de calidad de los materiales, mezclas y procesos constructivos.
La cantidad y frecuencia de los ensayos de laboratorio o mediciones que se incluyan en dicho plan, deberá tomar en consideración la normativa establecida por el MOPT y los ajustes que correspondan de conformidad con las características de los materiales que se utilizan y los requisitos contractuales”. El contratista presentará junto con la oferta, el Plan de Control de Calidad al Ingeniero de proyecto de la Administración para su respectiva revisión y aprobación.
Este control de calidad será respaldado mediante certificados de calidad generados a partir de las pruebas pertinentes realizadas, por laboratorios debidamente certificados ante ECA. Dichas certificaciones serán indispensables para el trámite de estimaciones de pago, el contratista debe demostrar que su laboratorio está certificado ante “ECA”. Será requisito indispensable para la aprobación final y pago de los trabajos el aporte de estos documentos.
Para cualquier otra especificación técnica que se haya omitido en este cartel, se tendrá como obligatorio lo estipulado en las “Especificaciones generales para la construcción de caminos, carreteras y puentes, CR – 2010”. La sola presentación de la oferta, es prueba de que conoce y acepta dicha norma, así como las condiciones que el sitio presente.
La fiscalización municipal podrá llevar un control independiente y paralelo al proyecto, en caso de existir algún error constructivo o inconveniente en los materiales, se valorará la contratación de estudios de laboratorio adicionales.
15 ESTIMACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
Se estima el costo del proyecto en un monto aproximado ¢12.608.000,00 (Setenta y ocho millones seiscientos dieciocho mil colones con 00/100 céntimos).
16 DEDUCCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
En toda contratación que supere la suma de CUATROCIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS COLONES, se rebajará en cada pago el 2% del impuesto sobre la renta, según artículo 24, inciso G, del Reglamento del Impuesto sobre la Renta.
17 ESPECIES FISCALES.
Las ofertas deben contener los siguientes timbres:
a- Timbre del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas. Por un monto total de ¢200.00
b- Timbre de la Ciudad de las Niñas. Por un monto total de ¢5.00
DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS
18 GARANTIAS - REQUISITOS FINANCIEROS Y CONDICIONES GENERALES
18.1 GARANTIAS.
18.1.1 GARANTÍA DE PARTICIPACIÓN.
Cada oferta deberá acompañarse de una Garantía de Participación. El monto de la misma será de un 5% del valor total de la oferta y deberá tener una vigencia de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha fijada para la apertura de las ofertas.
Los documentos presentados como Garantía de Participación deberán estar dentro de la oferta a presentar en la apertura de las ofertas, un funcionario del departamento de Tesorería Municipal estará presente en la apertura, quien mediante nota aceptará dicha garantía.
En caso de ser dinero en efectivo, la cuenta de la Municipalidad de Quepos es la 000-000000-0 del Banco xx Xxxxx Rica, para colones costarricenses, a nombre de la Municipalidad de Quepos.
18.1.2 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.
El adjudicatario deberá rendir una Garantía de Cumplimiento del 10% del monto adjudicado, deberá aportar certificación original y vigente de la CCSS, de estar al día en el pago de las cuotas obrero patronales. Esta garantía deberá ser entregada la Municipalidad dentro de los diez días hábiles siguientes a la firmeza de la adjudicación.
Deberá presentar una fotocopia del documento original presentado como garantía de cumplimiento al Departamento de Proveeduría.
En cuanto a las formas de rendir la garantía de cumplimiento, según lo dispone el artículo 42 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
En caso de ser dinero en efectivo, la cuenta de la Municipalidad de Quepos es la 000-000000-0 del Banco xx Xxxxx Rica, para colones costarricenses a nombre de la Municipalidad de Quepos. El recibo de depósito bancario debe agregado a la oferta y un funcionario de Tesorería Municipal estará presente en la apertura, el cual emitirá una constancia de la garantía de cumplimiento.
La garantía podrá rendirse en moneda nacional o cualquier otra moneda extranjera para lo cual la
Administración adoptará las medidas contables que resulten necesarias. Se exceptúa de lo anterior, las garantías rendidas mediante un depósito en efectivo o una transferencia, en cuyo caso podrán rendirse en su equivalente en moneda nacional al tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central xx Xxxxx Rica, vigente al día anterior a la presentación de la oferta o la suscripción del contrato. En este último caso el contratista está obligado a mantener actualizado el monto de la garantía
18.2 VIGENCIA DE LA GARANTÍA
Garantía de cumplimiento: deberá ser de 3 meses contados a partir del vencimiento del plazo ofrecido para la entrega de lo adjudicado.
18.3 DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA.
La de cumplimiento, a solicitud del interesado, dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha en que la Administración, haya recibido de forma definitiva y a satisfacción el objeto contractual.
19 PERSONERÍA DEL FIRMANTE.
Las personas jurídicas oferentes deberán adjuntar una certificación notarial original o fotocopias certificadas notarialmente, en que conste que el firmante tiene el suficiente poder para someter a consideración la oferta. Además, debe indicar las calidades, el domicilio y la dirección del oferente en caso de ser persona física, o las citas de inscripción en el Registro Público y número de cédula jurídica, en caso de ser persona jurídica.
DE LA CONTRATACIÓN
20 FORMALIZACIÓN CONTRACTUAL.
Dentro de los cinco días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación, la Municipalidad de Quepos comunicará al adjudicatario el día en que deberá presentarse a suscribir la formalización contractual, previo rendimiento satisfactorio de la garantía de cumplimiento y la cancelación del 0.25% del valor del contrato en timbres fiscales.
21 DIVERGENCIAS.
En caso de divergencias entre el Contratista y La Municipalidad de Quepos, el procedimiento a seguir será el siguiente:
Las partes en conflicto agotarán las vías de mutuo acuerdo, mediante negociación para resolver las divergencias que se presenten por la ejecución del contrato.
Si agotadas las negociaciones, no se llegasen a resolver la(s) divergencia(s), la Administración tomará la determinación pertinente, siendo potestativo acudir al procedimiento de arbitraje que establece la Ley sobre resolución alterna de conflictos y promoción de la paz No 7727 del 9 de diciembre de 1997 del Código de Procedimientos Civiles.
22 MULTAS.
Si existiera atraso no justificado en la entrega del objeto de esta Contratación, de acuerdo con los términos del Contrato, y por ende de la Oferta y del presente Xxxxxx, una vez vencido el plazo de entrega, incluyendo las prórrogas que se hubiesen otorgado, la Municipalidad rebajará al Contratista una cantidad equivalente al 1% del total del valor adjudicado por cada día hábil de
atraso, hasta un máximo del 25%, porcentaje a partir del cual se considerará como incumplido el
contrato a efecto de que la Municipalidad acuda a la figura jurídica de la resolución por incumplimiento contractual, de conformidad con la normativa vigente y aplicable a esta materia. (Art. 712 Código Civil)
Se entenderá que el retraso en la entrega del objeto contractual, una vez vencido el plazo establecido, no resulta imputable al adjudicatario, a título de incumplimiento contractual, cuando el mismo sea consecuencia directa del acaecimiento de caso fortuito y/o fuerza mayor debidamente comprobada por el Contratista y aceptada por la Municipalidad; siempre que la justificación respectiva haya sido presentada por el Contratista dentro de los cinco días hábiles posteriores al acontecimiento que provocó el atraso.
23 PRÓRROGAS AL PLAZO DE ENTREGA
Se determina un plazo no mayor a 30 días naturales, ni menor a 10 días naturales, para la realización de todas las actividades contempladas en el desarrollo del proyecto.
Sólo se podrán autorizar prórrogas por parte del Ingeniero de la Municipalidad, para la ejecución del contrato por razón de fuerza mayor debidamente acreditada por el Contratista; o por demoras ocasionadas por la misma Administración. En uno o en otro caso, el Contratista solicitará por escrito a la Municipalidad dicha prórroga a más tardar dentro de los cinco días hábiles siguientes al momento en que tuvo el conocimiento del hecho que provoca la extensión del plazo. No se concederán prórrogas, vencidos los términos de ejecución previstos, sin perjuicios del derecho de justificar el incumplimiento por los medios legales establecidos.
24 ORDEN DE INICIO DEL CONTRATO.
La Municipalidad deberá dictar la orden de inicio dentro de los quince días hábiles siguientes a la aprobación interna del contrato por parte del Departamento Legal de la Municipalidad de Quepos. Dicha orden de inicio será emitida por el Coordinador del departamento de la Unidad Técnica de Gestión Vial de La Municipalidad de Quepos, en caso de no iniciar con los trabajos correspondientes en el plazo máximo de quince (15) días hábiles posteriores a la fecha indicada en la orden de inicio el contratante podrá rescindir el contrato sin ninguna responsabilidad y el contratista acarreará con los eventuales perjuicios materiales y xxxxxxx que se le causen a la Institución o a terceros.
Dentro de las cláusulas exorbitantes, la Municipalidad conserva su derecho a decretar la rescisión o resolución del contrato, según las causales que deberán concretarse y bajo los parámetros admitidos por la normativa de contratación administrativa.
25 RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN FINAL O FINIQUITO DE LOS TRABAJOS.
Para efectos de la recepción de las obras se procederá de conformidad con lo establecido en el artículo 151 del Reglamento General de Contratación Administrativa. Producto de ese procedimiento, el Ingeniero de la Municipalidad elaborará un documento denominado “Acta de Recepción” de las obras y de recomendación para el finiquito del correspondiente contrato y autorización del pago, luego de la mencionada inspección. Este documento o acta de recepción de obra, será dirigido a la Alcaldía Municipal para el correspondiente
Visto Bueno, y para que se proceda con el finiquito esperado y se gire la Orden de Pago correspondiente si procediera. El Ingeniero de la Municipalidad contará con un plazo de hasta veintidós días hábiles, contados a partir de la fecha de la gira de inspección para emitir su acta de recepción de obras.
No se podrá dar por concluido el trabajo, y por ende no procederá el finiquito, mientras el Contratista no haya limpiado debidamente los lugares del proyecto removiendo los materiales sobrantes o descartados, equipos y estructuras no permanentes.
26 DISPOSICIONES FINALES
La Municipalidad de Quepos, está exenta del pago de impuestos según el Artículo 8, del Código Municipal.
Cualquier condición no prevista, regirá conforme a lo dispuesto por la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, así como cualquier otra normativa aplicable a la materia.
Para consultas se pueden comunicar al Departamento de Proveeduría Municipal con el Lic. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx al teléfono 0000-0000 Ext 139 y 140, o con el Ingeniero Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx al teléfono 0000 0000.
XXXXXXXX
Firmado digitalmente por XXXXXXXX XXXXX
XXXXX XXXXXXX XXXXXXX (FIRMA)
(FIRMA)
Fecha: 2018.12.10
11:55:09 -06'00'
Lic. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Proveedor a.i.
Municipalidad de Quepos