CONTRATO PARA VISUALIZACIÓN Y PROMOCIÓN EMPRESARIAL
CONTRATO PARA VISUALIZACIÓN Y PROMOCIÓN EMPRESARIAL
Entre los suscritos, a saber:
● De una parte, XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX identificado con la cédula de ciudadanía número 71.631.310, actuando en su calidad de representante legal de la Cooperativa San Xxx X COOGRANADA, entidad sin ánimo de lucro identificada con el NIT 890.981.912, y domiciliada en la ciudad de Medellín, quien en adelante y para efectos del presente contrato se denominará como LA COOPERATIVA, y
● De otra parte, el asociado , identificado con la cédula de ciudadanía número , actuando en su nombre propio, domiciliado en la ciudad de _, y quien en adelante se denominará como el EMPRESARIO.
Han decidido celebrar el presente contrato de prestación de servicios para determinar los lineamientos de uso de la plataforma de contacto COOPMERCIANTES, de conformidad con las siguientes:
CONSIDERACIONES
1. LA COOPERATIVA es una persona jurídica sin ánimo de lucro, debidamente registrada en la Cámara de Comercio que tiene como objeto social la organización y ejercicio de la actividad financiera de manera exclusiva con las personas asociadas, a partir del fomento del ahorro para la captación de depósitos, el servicio de crédito y los servicios complementarios que contribuyan al mejoramiento integral de las condiciones de vida de la comunidad a la cual sirve.
2. Acorde a los Estatutos Sociales, una de las funciones es apoyar el desarrollo de la comunidad en ámbitos sociales, culturales y económicos.
3. Con posterioridad a la contingencia, LA COOPERATIVA identifica una necesidad conjunta para las micro y pequeñas empresas de generar una mayor visualización comercial en el mercado.
4. Con el objetivo de apoyar a sus asociados en la visualización manifestada, LA COOPERATIVA decide abrir un espacio para tales fines, a través de una plataforma digital que se denominará COOPMERCIANTES.
5. La plataforma COOPMERCIANTES se plantea y propone como un simple directorio virtual de referencia, que le permita a los asociados empresarios visualizar su negocio, promocionando algunos de sus productos y servicios, para que, los usuarios visitantes de la plataforma tengan la posibilidad de contactarlos posteriormente de manera independiente.
6. La plataforma COOPMERCIANTES no implica en ningún caso una intermediación comercial por parte de LA COOPERATIVA, ni de los productos, ni de los canales de pago que eventualmente se puedan derivar de los negocios independientes entre EL EMPRESARIO y los USUARIOS.
7. En razón de lo expuesto, el asociado , siendo propietario del establecimiento de comercio denominado en que comprende la comercialización de , decide celebrar con LA COOPERATIVA el presente contrato para poder hacer uso de la plataforma COOPMERCIANTES.
8. El presente contrato deberá entenderse como el instrumento de regulación entre las PARTES, sin embargo, EL EMPRESARIO deberá atender los términos y condiciones que en general para todos los empresarios se establece para el uso de la plataforma.
9. Los visitantes de la plataforma COOPMERCIANTES serán reconocidos en el presente contrato como USUARIOS.
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO: Por medio del presente, LAS PARTES deciden regular de manera particular y específica las condiciones de acceso, uso y permanencia de la plataforma COOPMERCIANTES, con el objetivo que el EMPRESARIO pueda dar visualización a sus productos y/o servicios, a la par que LA COOPERATIVA logre materializar su finalidad social de contribuir al mejoramiento integral de las condiciones de vida de la comunidad a la cual impacta, mediante la prestación de servicios y/o programas complementarios.
SEGUNDA. VISUALIZACIÓN. La COOPERATIVA se compromete a crear y mantener en funcionamiento la plataforma COOPMERCIANTES bajo todos los lineamientos técnicos y administrativos que se requiera. En tal sentido, la visualización comprende la concesión de una sección en la plataforma COOPMERCIANTES a favor del EMPRESARIO, para que éste último promueva la exhibición de sus productos y/o servicios a los USUARIOS, atendiendo a los lineamientos establecidos en el presente contrato por LA COOPERATIVA para tales efectos.
PARÁGRAFO PRIMERO. La visualización del negocio registrado por el EMPRESARIO propende por la exhibición de información del establecimiento de comercio, esto es, el nombre comercial, la descripción del negocio, canales de contacto (correo electrónico, dirección, teléfono, redes sociales) y la categoría de los bienes y/o servicios exhibidos según los parámetros establecidos por LA COOPERATIVA. Asimismo, el EMPRESARIO podrá proyectar algunas imágenes de referencia de los productos y/o servicios que hagan parte de su negocio, resaltando que, en todo caso, las imágenes deben ser propiedad del EMPRESARIO o contar con la debida autorización para el uso de ellas, de conformidad con lo establecido en la cláusula décima.
PARÁGRAFO SEGUNDO. El EMPRESARIO al momento de visualizar sus productos y/o servicios podrá establecer un rango de precios que comprendan la totalidad de los elementos exhibidos. No obstante, el EMPRESARIO tendrá como prohibición expresa la constitución de oferta mercantil en los términos establecidos en el artículo 845 y siguientes del Código de Comercio, esto es, no podrá establecer bajo ningún escenario el precio determinado a alguno de los bienes y/o servicios dispuestos, en otras palabras, no podrán fijarse los elementos esenciales de los negocios ofertados, pudiendo únicamente generar visualizaciones, invitaciones, propuestas o cualquier otro término análogo no constitutivo de oferta mercantil en la plataforma COOPMERCIANTES, las ofertas mercantiles, su aceptación, negociación y materialización en contratos solo podrá efectuarla EL EMPRESARIO con el USUARIO luego de que éste lo contacte. Para tales efectos, LA COOPERATIVA establecerá una capacitación a favor del EMPRESARIO para la comprensión y prevención de actuaciones que se encuentren prohibidas.
PARÁGRAFO TERCERO. La visualización de los productos y/o servicios del EMPRESARIO en la plataforma COOPMERCIANTES, no implica la intermediación por parte de LA COOPERATIVA en las negociaciones o eventuales contrataciones, así como en las transacciones o conflictos que se presenten entre EL EMPRESARIO y sus USUARIOS, toda vez que la plataforma solo permite visualizaciones de productos y/o servicios, pero en ningún caso de ofertas mercantiles o canales de pago, puesto que, la eventualidad de acercamientos entre éstos es independiente de la plataforma COOPMERCIANTES.
TERCERA. CONDICIONES DE ACCESO: Entendiendo por acceso el cumplimiento de los requisitos y acciones para poder registrarse y hacer uso de la plataforma COOPMERCIANTES, el EMPRESARIO deberá inicialmente entregar la información y documentación establecida dentro de este contrato, seguidamente, LA COOPERATIVA procederá a realizar la valoración de la referida información solicitada para decidir si se efectúa o no el respectivo registro del perfil del EMPRESARIO dentro de la plataforma COOPMERCIANTES.
PARÁGRAFO PRIMERO: EL EMPRESARIO que desee visualizar sus productos y/o servicios en la plataforma COOPMERCIANTES, deberá facilitar y entregar a LA COOPERATIVA la siguiente información:
INFORMACIÓN PERSONAL: ·
• Nombre
• Cédula
• Correo electrónico
• Ciudad
• Dirección
• Celular/ Teléfono
INFORMACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO:
• Descripción del negocio • Dirección
• Productos y/o servicios que maneja • Ubicación
• Numero de WhatsApp • Categoría: Productos o servicios xx xxxxxxx, moda, peluquería y belleza, deportes, entre otras.
• Link de Facebook • Subir las imágenes de los productos (máximo 5 fotos)
• Horario • URL de un video
PARÁGRAFO SEGUNDO. El EMPRESARIO que se encuentre registrado ante Cámara de Comercio, deberá allegar dentro de la información que suministre en el registro, los respectivos documentos expedidos por la entidad correspondiente, especialmente el RUT.
PARÁGRAFO TERCERO. La información y documentación establecida en la presente cláusula deberá ser diligenciada en la plataforma COOPMERCIANTES, específicamente en el URL xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxx/
CUARTA. VERIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DEL PERFIL DEL EMPRESARIO. LA COOPERATIVA
tendrá un término de dos (2) días hábiles, contados desde el día siguiente al diligenciamiento referido en la cláusula anterior, para efectuar la validación y verificación de la información registrada por el EMPRESARIO. En caso de cumplir con todos los requisitos, LA COOPERATIVA notificará al EMPRESARIO mediante correo electrónico la habilitación del perfil que le corresponde, así como los requisitos necesarios para que pueda hacer uso de ella, especialmente el retorno al correo de envío de del presente contrato debidamente firmado, y de esta manera, EL EMPRESARIO proceda a la utilización de su perfil para la visualización de los bienes y/o servicios a partir del día hábil siguiente del cumplimiento de la totalidad de las indicaciones contenidas en dicho correo.
PARÁGRAFO PRIMERO. Si EL EMPRESARIO no cumple con los requisitos establecidos para la verificación y validación del perfil según las políticas y directrices de la COOPERATIVA, ésta procederá a:
a. Emitir un requerimiento al EMPRESARIO, en caso tal de que la información registrada por éste resulte insuficiente, incompleta y/o incomprensible para la verificación, el EMPRESARIO contará con el término de cinco (5) días hábiles contados desde la notificación del requerimiento, para hacer entrega de la información requerida a LA COOPERATIVA de forma completa, clara y verificable.
b. Sí llegado el término, el EMPRESARIO no realiza la complementación o aclaración de la información, LA COOPERATIVA procederá a la destrucción o supresión de la información suministrada de acuerdo a la protección de datos personales, por lo que, se entenderá desistida y culminada la solicitud de acceso.
PARÁGRAFO SEGUNDO. En todo caso, LA COOPERATIVA se reserva el derecho de rechazar y/o retirar la habilitación del perfil en la plataforma COOPMERCIANTES si los titulares desarrollan actividades que tengan por objeto la comercialización de los siguientes productos y/o, sin limitarse a ellos:
• Bebidas alcohólicas, alucinógenas y tabaco.
• Artículos y actividades relacionados con el ámbito sexual.
• Productos de droguería y/o farmacia.
• Servicios turísticos.
• Servicios de aseguradora.
• Productos y/o servicios promovidos por ALMACÉN COOGRANADA, tales como, grandes electrodomésticos, tecnología y entretenimiento, utensilios de cocina, lencerías y todos aquellos contenidos en XXX.XXXXXXXXXXXXXXXXX.XXX.XX. En caso de encontrarse dentro de estos artículos, el EMPRESARIO tendrá la posibilidad de contactar al ALMACÉN COOGRANADA y plantear su comercialización desde esa plataforma.
Asimismo, procederá el rechazo y/o retiro del perfil cuando la información sea contraria a las buenas costumbres, el orden público, las políticas internas de LA COOPERATIVA emitidas, sí es el caso, por el órgano de administración y todos los demás actos contrarios al uso debido de la plataforma establecidos en el presente contrato.
PARÁGRAFO TERCERO. Una vez EL EMPRESARIO presente un perfil habilitado, éste se hará cargo de las actualizaciones necesarias de la información que se suministra a los USUARIOS, siendo así, EL EMPRESARIO es el encargado de la administración de su respectivo perfil, bajo la supervisión e inspección de la COOPERATIVA, mientras que LA COOPERATIVA, es la encargada única y exclusivamente del mantenimiento de la plataforma COOPMERCIANTES, así como de la habilitación y verificación de cada uno de los perfiles.
QUINTA. CONDICIONES DE USO: Con la finalidad de garantizar el adecuado uso de la plataforma COOPMERCIANTES, por una parte, EL EMPRESARIO se compromete a publicar en el perfil información completa, clara, veraz e idónea sobre el establecimiento de comercio y los productos y/o servicios que comercializa, sin que en ningún caso se constituya oferta comercial sobre alguno de los productos y/o servicios que visualiza a través de la plataforma. Asimismo, EL EMPRESARIO deberá realizar una actualización periódica, no mayor a treinta (30) días calendario, de la información correspondiente a sus productos y/servicios, sin que medie requerimiento por parte de la COOPERATIVA, lo anterior con el objetivo de velar que los USUARIOS presenten una visualización del contenido de la plataforma bajo los parámetros del Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011). En tal sentido, LA COOPERATIVA realizará verificaciones periódicas para prevenir, identificar y eliminar cualquier tipo de información que resulte contraria a los parámetros legales y contractuales pactados.
PARÁGRAFO PRIMERO. Se entenderán como conductas contrarias del EMPRESARIO frente al uso y finalidad de la plataforma COOPMERCIANTES, las siguientes:
1. Configuración de oferta comercial de alguno de sus productos y/o servicios visualizados, en los términos del artículo 845 y siguientes del Código de Comercio.
2. Ejecución de actos de competencia desleal establecidos en la ley 256 de 1996, haciendo uso de la plataforma COOPMERCIANTES.
3. Dar un manejo, uso, aplicación, referencia o utilización de imágenes y signos distintivos no autorizados para su uso, por su titular o por la ley, al igual que cualquier elemento de propiedad intelectual que no se encuentre autorizado por su titular o por la ley.
4. Ausencia de atención oportuna a los requerimientos realizados por los USUARIOS a través PQRS realizada directamente al EMPRESARIO.
5. Indicar al USUARIO de forma directa o indirecta, esto es, que de manera expresa o que de cualquier manera de a entender que LA COOPERATIVA es intermediaria en los productos y/o servicios que éste exhibe en la plataforma, que opera como canal de pagos, y/o de financiación de precios.
PARÁGRAFO SEGUNDO. LAS PARTES acuerdan, y en especial, EL EMPRESARIO asume y entiende, que la vulneración del contenido en la presente cláusula, eventualmente puede generar consecuencias jurídicas y patrimoniales, que asume entera y exclusivamente EL EMPRESARIO, por lo cual, si LA COOPERATIVA se viera vinculada a una reclamación, investigación, proceso, indemnización o sanción derivada del accionar del EMPRESARIO, LA COOPERATIVA tendrá derecho a reclamarle cualquier costo, gasto o pago al cual se haya visto involucrada.
SEXTA. CANALES DE COMUNICACIÓN Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: LA COOPERATIVA
pondrá a disposición el correo xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx como canal de comunicación para que:
1. EL EMPRESARIO pueda recurrir a él en caso de tener algún problema técnico o irregularidad con la plataforma COOPMERCIANTES.
2. Sea atendido cualquier tipo de requerimiento, queja, reclamación o sugerencia por parte de LA COOPERATIVA, así como también por parte de los USUARIOS hacia los EMPRESARIOS o por parte de LOS USUARIOS y EMPRESARIOS hacia LA COOPERATIVA.
al cinco
por ciento (5%)
SÉPTIMA. TARIFA. EL EMPRESARIO se compromete a contribuir para el manejo y soporte de la plataforma COOPMERCIANTES, con el pago único de una tarifa anualizada correspondiente a un día
(1) SMLMV
xxx xxxxxxx mínimo mensual vigente para el año respectivo.
PARÁGRAFO PRIMERO. Esta tarifa será actualizada cada año de acuerdo al incremento anual xxx xxxxxxx mínimo mensual legal vigente, y deberá ser pagado a más tardar en la fecha del 1 de febrero del año respectivo por los EMPRESARIOS que ya se encuentren habilitados para el uso de la plataforma, porque los demás EMPRESARIOS que se habiliten con posterioridad a esta fecha, deberán pagar para que sea habilitado el perfil para el respectivo acceso de la plataforma.
PARÁGRAFO SEGUNDO. El pago de la tarifa establecida en la presente cláusula se realizará mediante el pago de la factura emitida por ALMACEN COOGRANADA dentro de los cinco (5) días siguientes a su recepción, en cualquier de los puntos de pago o medios de pago que en ésta se indicaren.
PARÁGRAFO TERCERO. El acceso y uso de la plataforma COOPMERCIANTES será totalmente gratuito durante el primer año para el EMPRESARIO, término contado desde el día en el cual efectivamente se habilitó el perfil del EMPRESARIO en la plataforma COOPMERCIANTES.
OCTAVA. OBLIGACIONES DE LA COOPERATIVA: LA COOPERATIVA deberá cumplir con las
siguientes obligaciones frente al EMPRESARIO:
a) Poner a disposición un espacio virtual para el funcionamiento de la plataforma COOPMERCIANTES, así como efectuar el mantenimiento necesario para su adecuada utilización.
b) Proporcionar al EMPRESARIO a través de la plataforma COOPMERCIANTES mecanismos de registro de la información, usuario, clave y recuperación de contraseña, como canales de comunicación para los efectos de ejecución del presente contrato.
c) Garantizar la seguridad de la información que suministra EL EMPRESARIO, en cumplimiento de los principios de protección de datos personales consagrados en las Políticas de Tratamiento de Datos Personales de LA COOPERATIVA que se pueden consultar en xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xx-xxxxxxx/xxxxxxx/0000/00/Xxxxxxxx%X0%X0x-xx-xxxxx.xxx , acorde la regulación de la Ley 1581 de 2012 y sus decretos reglamentarios, así como, garantizar en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data.
d) Intervenir en las verificaciones a LOS EMPRESARIOS, así como actuar en los eventuales acercamientos de posibles conflictos entre éstos y los USUARIOS, atendiendo a un concepto de beneficio común, equidad, y cumplimiento contractual y normativo.
NOVENA. OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO: EL EMPRESARIO deberá con las siguientes obligaciones:
1. Obligaciones del empresario frente a LA COOPERATIVA:
a) Entregar información veraz, clara y completa relacionada con cualquier asunto derivado de la ejecución del presente contrato, específicamente, respecto de sus datos personales y establecimiento de comercio, esto es, sus productos y/o servicios.
b) Aceptar y cumplir con los términos y condiciones de uso expresados en la plataforma COOPMERCIANTES.
c) Actualizar la información que se suministra en la plataforma máximo cada treinta (30) días calendario, en caso de no realizarla, se procederá a notificar la suspensión de publicación de productos y/o servicios hasta que no se reporte en el sistema la actualización correspondiente.
d) Informar los cambios que se presenten con su establecimiento comercial, los productos y los servicios, que impliquen un cambio de categoría comercial o incursión en un nuevo nivel de productos y/o servicios.
2. Obligaciones del empresario frente a los USUARIOS:
a) Recibir y atender oportunamente y con respuestas de fondo a las PQRS que sean radicadas en sus propios canales virtuales o destinados para tal función, cuando las referidas solicitudes se hayan derivado del uso de la plataforma COOPMERCIANTES.
b) Cumplir con los parámetros de negociación acordados entre EL EMPRESARIO y USUARIO sobre los productos y/o servicios, garantizando en todo caso, el cumplimiento a la normativa en materia de protección al consumidor (Ley 1480 de 2011)
PARÁGRAFO. Atendiendo que la regulación entre LA COOPERATIVA y EL EMPRESARIO se derivan tanto del contenido del presente contrato como de las disposiciones establecidas en los Términos y Condiciones de Uso contenidas en la plataforma COOPMERCIANTES, en caso de contradicción entre éstos, siempre se preferirá la exigencia contractual, excepto que sea una situación no contemplada en el contrato pero que su ejecución o aplicación beneficie a los USUARIOS, toda vez que los USUARIOS solamente tendrán acceso a los términos y condiciones.
DÉCIMA. PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL: La plataforma COOPMERCIANTES es una
idea originaria y materializada por LA COOPERATIVA, en razón de ello, EL EMPRESARIO declara y reconoce que cualquier derecho de autor, paternidad, creación o cualquier otro derecho vinculado o relacionado con este tema es propiedad exclusiva de LA COOPERATIVA. Asimismo, las marcas, lemas, enseñas o cualquier otro elemento de propiedad industrial de LA COOPERATIVA que sea usado en la plataforma COOPMERCIANTES, incluyendo esta misma identificación, pertenecen a LA COOPERATIVA en forma exclusiva, por lo que, cualquier uso o explotación deberá ser expresamente licenciado, salvo lo estrictamente relacionado con la ejecución del presente contrato, ya que con la firma del presente se autoriza su uso.
PARÁGRAFO PRIMERO. EL EMPRESARIO, a propósito de propiedad intelectual e industrial, se obliga de manera expresa y particular dentro de la plataforma COOPMERCIANTES al momento de visualizar
sus productos y/o servicios a cumplir con toda la normativa y regulación concerniente al respeto de la propiedad intelectual e industrial de terceros, esto es, sin limitarse a ello, no hacer uso sin la debida autorización de ideas, obras o elementos cuyo derecho de autor pertenezca a un tercero, así como, sin la debida autorización, tampoco podrá hacer uso o utilizar marcas, lemas, imágenes, fotografías, videos, o cualquier otro elemento que pertenezca a terceros, o donde éstos aparezcan sin que se cuente con la autorización de uso de imagen o cesión de derechos patrimoniales correspondiente. En caso de que LA COOPERATIVA evidencie algún tipo de acto en contravención de lo establecido en este parágrafo, además de las acciones que permite este contrato y la misma Ley, estará facultada para retirar las imágenes, fotografías y/o signos distintivos o cualquier otro elemento publicado en la plataforma COOPMERCIANTES, además de eventualmente proceder a la suspensión del perfil del EMPRESARIO.
PARÁGRAFO SEGUNDO. EL EMPRESARIO será el responsable exclusivo por cualquier infracción relacionada a los derechos establecidos en la presente cláusula, razón por la que, éste se obliga a responder por cualquier perjuicio o sanción que se le genere a LA COOPERATIVA por la referida infracción, independiente de cualquier otra acción legal o contractual derivada del incumplimiento del EMPRESARIO.
DÉCIMO PRIMERA. MANEJO DE IMÁGENES Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES: Los datos
personales y las imágenes usadas por EL EMPRESARIO para el funcionamiento de la plataforma COOPMERCIANTES son manejados de acuerdo a la protección de tratamiento de datos personales, cuando dichas imágenes cumplan con los requisitos para ser entendidas como un dato personal. De acuerdo a lo anterior, EL EMPRESARIO autoriza que LA COOPERATIVA recolecte, almacene y trate los datos personales suministrados para el registro en la plataforma COOPMERCIANTES para lograr una eficiente comunicación durante el presente servicio y autoriza en los mismos términos, que dicha información pueda ser tratada con la finalidad de desplegar acciones de mercadeo, prospección comercial y acciones que redunden en el desarrollo de los EMPRESARIOS, asumiendo éste la responsabilidad de que los sujetos que aparezcan en las imágenes, fotografías o videos utilizados en la plataforma COOPMERCIANTES cuenten con la debida autorización de uso de imagen y dato personal.
Asimismo, EL EMPRESARIO, tiene el derecho como titular de la información a conocer, actualizar y rectificar sus datos personales, solicitar prueba de la autorización otorgada para el tratamiento, informarse sobre el uso que se ha dado a los mismos, revocar la autorización, solicitar la supresión de sus datos cuando sea procedente y acceder en forma gratuita a los mismos, tal como lo indica la normativa de HABEAS DATA y la política de tratamiento de datos personales de LA COOPERATIVA que se puede consultar en xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xx- content/uploads/2021/05/Protecci%C3%B3n-de-datos.pdf .
DÉCIMO SEGUNDA. RESPONSABILIDAD DE LA COOPERATIVA. LA COOPERATIVA será
responsable de mantener la disponibilidad, seguridad y estabilidad de la información que se gestiona en la plataforma, así como, asegurar que la funcionalidad del sistema operativo opere de manera idónea. Por lo tanto, asume la obligación de monitorear, auditar y gestionar el hardware, el software, la red y el tráfico de la información propios de la plataforma COOPMERCIANTES, atendiendo a las normas y directrices del Sistema de Seguridad de la Información establecidas en la norma ISO/IEC 27000, quedando entonces para los USUARIOS las responsabilidad descritas en el presente contrato y los recursos correspondiente para la conectividad a la plataforma.
PARÁGRAFO PRIMERO. LA COOPERATIVA al actuar exclusivamente como directorio digital entre EL EMPRESARIO y USUARIOS, no asume ninguna responsabilidad frente a la idoneidad, existencia, calidad, cantidad, experiencia, credibilidad, integridad, disponibilidad o garantías de los productos y/o servicios ofrecidos por EL EMPRESARIO, así como tampoco por los retrasos o problemas que surjan del pedido, envío, transporte o entrega, la calidad o cantidad de los productos y/o servicios vendidos o prestados por EL EMPRESARIO, e igualmente, LA COOPERATIVA no asume ninguna responsabilidad respecto de las sumas, montos, precios, honorarios o cualquier otro concepto que en razón de la negociación entre EMPRESARIO y USUARIO se derive en términos monetarios, toda vez que LA COOPERATIVA no opera como canal de pagos, ni como entidad de financiamiento para los efectos de este contrato.
PARÁGRAFO SEGUNDO. En razón de lo expuesto, LA COOPERATIVA no es responsable por:
a) Las fallas técnicas de la plataforma COOPMERCIANTES que no sean atribuibles a su falta de diligencia o cuidado, sino por razones ajenas a su voluntad, quedando exonerada por cualquier tipo de responsabilidad por daño y perjuicio causados debido a la no disponibilidad y/o interrupción del servicio ocasionados por fallas o no disponibilidad de las redes y servicios de telecomunicaciones utilizados para su soporte.
b) Los daños y perjuicios causados por virus informáticos, troyanos, código malicioso o cualesquiera otros sistemas físicos o lógicos a los sistemas de los USUARIOS y/o EMPRESARIOS.
c) La inactivación del perfil del EMPRESARIO del sistema por realización de prácticas indebidas o restrictivas en los términos del presente contrato y la Ley.
d) Por los medios de contacto inadecuados e ineficaces que disponga el EMPRESARIO con los USUARIOS con posterioridad a la visualización en la plataforma. No obstante, en caso de reiterarse en múltiples ocasiones se podría derivar en la suspensión del perfil asignado al EMPRESARIO en COOPMERCIANTES.
e) Por la información suministrada durante el proceso de registro que ocasione daños o perjuicios a terceros o se suplante la identidad de un tercero.
f) La información que sea suministrada directamente por EL EMPRESARIO al USUARIO, ni viceversa.
g) Las referencias publicitarias que aparezcan en la plataforma, las cuales son responsabilidad exclusiva del EMPRESARIO, incluyendo aquellas ofertas mercantiles que por error o falta de diligencia de éste lleguen a visualizarse en la plataforma.
h) Cualquier reclamación por infracción a la propiedad industrial, derechos de autor, derechos del consumidor o infracciones a la competencia con ocasión o en razón de conductas del EMPRESARIO.
DÉCIMO TERCERA. RESPONSABILIDAD DEL EMPRESARIO. EL EMPRESARIO asume la
responsabilidad exclusiva de dar cumplimiento a las condiciones contractuales que se llegaren a acordar entre él y el USUARIO respecto de los productos y/o servicios visualizados en la plataforma COOPMERCIANTES, pero negociados y contratados directamente entre éstos, así como, de su disponibilidad, envío, transporte, entrega, cobro y pago de conformidad con el artículo 23 de la Ley 1480 de 2011 y demás normas concordantes. Asimismo, el EMPRESARIO tiene la obligación de suministrar a los USUARIOS, información clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e
idónea sobre los productos y/o servicios que negocian y contraten, así como, respecto de lo que se visualice en la plataforma sin que en ningún caso se constituyan ofertas mercantiles en los términos del artículo 845 y siguientes del Código de Comercio.
PARÁGRAFO. Sin perjuicio de lo señalado, para los productos defectuosos, conlleva a que EL EMPRESARIO sea responsable frente al USUARIO de la garantía legal, así como de todo daño generado por la inadecuada o insuficiente información, mala calidad e inseguridad del producto y/o servicio.
DÉCIMO CUARTA. DURACIÓN: El presente contrato empezará a regir a partir de la firma del mismo y tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de la facultad que tienen las PARTES para dar por terminado el contrato, de acuerdo a lo establecido en la cláusula decimosexta.
PARÁGRAFO. En todo caso, LA COOPERATIVA se encuentra facultada para terminar el contrato con ocasión a la desactivación y retiro de la plataforma COOPMERCIANTES, hecho que advertirá con una antelación no menor a treinta (30) días calendario al EMPRESARIOS. En ningún caso procede la devolución de la tarifa pagada, toda vez que, esta comprende una contribución para finalidad social del proyecto.
DÉCIMO QUINTA. CAUSALES DE SUSPENSIÓN. Constituirán causales válidas para que LA COOPERATIVA suspenda la visualización de los productos y/o servicios del EMPRESARIO, las siguientes:
1. Ausencia de pago de la tarifa establecida en la cláusula séptima.
2. Falta de actualización de la información por un periodo superior a treinta (30) días calendario.
3. Recepción de tres (3) PQRS por parte de los USUARIOS que precisen la falta de atención, mala calidad en los productos, ausencia de información veraz e inobservancia a la obligación legal de garantía.
4. Indicar al USUARIO de forma directa o indirecta, esto es, que de manera expresa o que de cualquier manera de a entender que LA COOPERATIVA es intermediaria en los productos y/o servicios que éste exhibe en la plataforma, que opera como canal de pagos y/o de financiación de precios.
5. Dar un manejo, aplicación, referencia o utilización de propiedad intelectual, imágenes, fotografías, vídeos, marcas, lemas y cualquier otro signo distintivo no autorizados para su uso, por su titular o por la ley.
6. Presentar xxxx en el pago de alguno de los productos
PARÁGRAFO PRIMERO. LA COOPERATIVA procederá a notificar al EMPRESARIO indicando el fundamento de la suspensión, y solicitando que clarifique, enmienda y/o cumpla con las obligaciones establecidas en el presente contrato y en los términos y condiciones de la plataforma en un término no superior a ocho (8) días calendario.
PARÁGRAFO SEGUNDO. En caso de que EL EMPRESARIO no ejecute ninguna acción encaminada a clarificar, enmendar y/o cumplir con las obligaciones objeto de suspensión en el término previsto en el parágrafo anterior, LA COOPERATIVA estará facultada para dar terminación unilateral del contrato.
DÉCIMO SEXTA. CAUSALES DE TERMINACIÓN. Constituirán causales válidas para la terminación del presente contrato:
1. Mutuo acuerdo de las partes.
2. Retiro voluntario por parte del EMPRESARIO, el cual deberá ser avisado prudentemente por parte de éste a LA COOPERATIVA, haciendo uso de los canales de comunicación establecidos en el presente contrato.
3. Terminación unilateral por parte de LA COOPERATIVA, por no subsanarse el motivo de suspensión, por el incumplimiento de las prohibiciones y obligaciones en cabeza del EMPRESARIO o por la decisión de no dar continuidad a la plataforma COOPMERCIANTES.
4. Falta de actualización de la información por un periodo superior a sesenta (60) días calendario por parte del EMPRESARIO.
5. Recepción de tres (3) o más PQRS por parte de los USUARIOS a instancia de LA COOPERATIVA, que precisen la falta de atención, mala calidad en los productos, ausencia de información veraz e inobservancia a la obligación legal de garantía por parte del EMPRESARIO, sin que exista una explicación razonable posterior a la suspensión del perfil.
DÉCIMO SÉPTIMA. SAGRILAFT. Dando cumplimiento a la normativa y directrices aplicables a LA COOPERATIVA en cuanto la administración y aplicación de un sistema de gestión frente a los riesgos relacionados con el lavado de activos y la financiación del terrorismo, EL EMPRESARIO con la firma del presente contrato autoriza de manera expresa e irrevocable a LA COOPERATIVA para que realice las gestiones correspondientes a dicho sistema con sus Datos Personales y Empresariales, así como, la consulta, requerimiento y reportes derivados de dicha gestión, siempre y cuando, se adecuen a los términos xx xxx y sistemas previamente establecidos por LA COOPERATIVA.
PARÁGRAFO PRIMERO. Para efectos complementarios de la presente cláusula, EL EMPRESARIO declara de forma unilateral y bajo la gravedad de juramento que el origen de los fondos invertidos y relacionados con la actividad personal y de su Establecimiento de Comercio, corresponden a una causa lícita.
PARÁGRAFO SEGUNDO. En caso de abrirse una investigación penal o dictarse una sentencia condenatoria por parte de las autoridades competentes en contra del EMPRESARIO o alguno de sus socios comerciales, relacionada directamente con los delitos xx xxxxxx de activos, financiación del terrorismo, o cualquier otro conexo a los mismos, LA COOPERATIVA queda facultada para dar terminación inmediata al presente contrato y eliminar de forma definitiva el perfil en la plataforma COOPMERCIANTES.
DÉCIMO OCTAVA. DIRECCIONES Y NOTIFICACIONES. Para todos los efectos de comunicación entre las partes en la ejecución o cualquier otro asunto relacionado con el presente contrato, las partes aportan los siguientes contactos:
● LA COOPERATIVA, en la dirección , en el e-mail:
y en los teléfonos .
● EL EMPRESARIO en la dirección , en el e-mail:
y en los teléfonos .
DÉCIMO NOVENA. UNIDAD CONTRACTUAL. El presente contrato y los Términos y Condiciones de Uso de la plataforma COOPMERCIANTES se constituye en un instrumento único para la regulación de la relación contractual, teniendo en cuenta los parámetros interpretativos establecidos en este mismo contrato. Por lo tanto, cualquier otro acuerdo previo se tendrá por no escrito o no pactado de ser verbal, e igualmente, cualquier tipo de modificación al mismo para ser válida y exigible tendrá que ser por escrito y suscrito por las mismas partes intervinientes.
En constancia de aceptación se suscriben 2 copias del presente de igual tenor y valor probatorio a los
días del mes de de 2021
LA COOPERATIVA EL EMPRESARIO
Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Cooperativa San Xxx X COOGRANADA CC.
NIT. 890.981.912