Tesorería Municipal del
Tesorería Municipal del
H. Ayuntamiento del Municipio xx Xxxxxxxxxx, Sonora Licitación Pública N° DLP-01/2019
Bases de licitación pública para la contratación de financiamiento
para el refinanciamiento de parte de la deuda pública directa de largo plazo del Municipio
Índice
1. | Definiciones. | ||
2. | Objeto. | ||
2.1 2.2 | Destino del Financiamiento. Características del Financiamiento. | ||
2.3 | Fuente de pago. | ||
2.4 | Autorización. | ||
3. | Fundamentación. | ||
4. | Generalidades. | ||
4.1 | Programa de actividades y calendario de la Licitación Pública. | ||
4.2 | De los Licitantes. | ||
4.2.1 | Requisitos que deben reunir los Licitantes. | ||
4.2.2 | Limitaciones a la participación. | ||
4.3 | Modificación de los Documentos de la Licitación. | ||
4.4 | Situaciones no previstas en las Bases de Licitación. | ||
4.5 | Idioma. | ||
4.6 | Moneda. | ||
4.7 | Domicilio. | ||
4.8 | Responsabilidad de la Tesorería Municipal. | ||
4.9 | Junta de Aclaraciones. | ||
5. | Elaboración de las Ofertas de Crédito. | ||
5.1 | Disposiciones generales para la elaboración de las Ofertas. | ||
5.2 | Información que se debe incluir en las Ofertas. | ||
5.3 | Vigencia de las Ofertas de Crédito. | ||
6. | Acto de Presentación y Apertura de las Ofertas. | ||
6.1 | Causas de Desechamiento. | ||
6.2 | Calificación de las Ofertas. | ||
7. | Análisis de las Ofertas. | ||
7.1 Determinación del Plazo del Financiamiento. | |||
7.2 Criterio de Adjudicación de las Ofertas de Crédito Calificadas. | |||
8. | Acto de Fallo de la Licitación. | ||
9. | Formalización del o de los Contratos de Crédito. | ||
10. | Interpretación de los Documentos de la Licitación. | ||
11. | Suspensión temporal de la Licitación. | ||
12. | Cancelación de la Licitación. | ||
13. | Anexos | ||
Formato de Oferta de Crédito. | |||
Formato de Pagaré, en el caso que así lo solicite el Banco. | |||
Modelo de Contrato de Crédito. | |||
Modelo de Fideicomiso. |
1. Definiciones.
Para todos los efectos de la presente Licitación Pública y, para efectos de interpretación de los Documentos de la Licitación, las palabras que se escriban con inicial mayúscula tendrán el significado que se les atribuye más adelante, salvo que expresamente se les asigne un significado distinto, las cuales podrán ser utilizadas en singular o plural, según lo requiera el sentido de la oración de que se trate.
“Acta de Presentación y Apertura de Ofertas” significa el acta circunstanciada de la celebración del Acto de Presentación y Apertura de Ofertas, en la que se hará constar el nombre, denominación o razón social de los Licitantes; las Ofertas Calificadas y sus características, conforme a lo solicitado en la Convocatoria; las Ofertas desechadas y su causa; así como cualquier información referente a situaciones específicas que se considere necesario asentar. El acta será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; la falta de firma de alguno de éstos no invalidará el contenido y efectos del acta.
“Acto de Presentación y de Apertura de Ofertas” significa el acto público en el cual cada Licitante presenta su Oferta a la Tesorería Municipal, mismas que ésta abrirá y dará lectura, para su posterior calificación.
“Autorización xxx Xxxxxxx” significa el acta número 15, de la sesión ordinaria xxx Xxxxxxx del H. Ayuntamiento del Municipio celebrada el 11 xx xxxxx de 2019, en la cual el Ayuntamiento autorizó, entre otros actos, el refinanciamiento de la deuda directa del Municipio, la afectación del Fondo General de Participaciones y la contratación de instrumentos derivados.
“Bases de Licitación” significa (i) las presentes Bases de la Licitación Pública N° DLP- 01/2019, (ii) todos y cada uno de sus anexos, incluyendo sin limitación el Modelo de Contrato de Crédito, el Modelo de Fideicomiso y el Formato de Oferta de Crédito, y (iii) cualquier modificación que éstas o los Documentos de la Licitación pudieran sufrir, desde su publicación y hasta 10 (diez) días naturales previos al Acto de Presentación y Apertura de Ofertas.
“Calificación Preliminar” significa el nivel de calificación de A-(mex).
“Convocatoria” significa el documento que contiene las características y condiciones básicas de la Licitación Pública, publicada el 12 de julio de 2019, en la página web del Municipio (xxxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxx/) y en los periódicos El Imparcial y el Expreso, por medio de la cual se convocó a todas las instituciones de crédito, de banca múltiple y de banca de desarrollo, a participar en la Licitación Pública.
“Créditos Originales” significan los siguientes créditos:
(i) Contrato de apertura de crédito simple de fecha 22 de febrero de 2007, celebrado con el Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte, hasta por la cantidad de $542´000,000.00 (quinientos cuarenta y dos millones de pesos 00/100 M.N.) y su convenio modificatorio de fecha 26 de octubre de 2016,
con la clave de inscripción 022/2007 en el entonces Registro de Obligaciones y Empréstitos de Entidades Federativas y Municipios (hoy Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios en adelante el “Registro Público Único”), cuyo saldo insoluto al 30 xx xxxxx de 2019 ascendía a la cantidad de $387’762,566.82 (trescientos ochenta y siete millones setecientos sesenta y dos mil quinientos sesenta y seis pesos 82/100 M.N.).
(ii) Contrato de apertura de crédito simple de fecha 26 de octubre de 2016, celebrado con el Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte, hasta por la cantidad de $350’000,000.00 (trescientos cincuenta millones de pesos 00/100 M.N.), con la clave de inscripción P26-1116050 en el Registro Público Único, cuyo saldo insoluto al 30 xx xxxxx de 2019 ascendía a la cantidad de
$342’239,891.00 (trescientos cuarenta y dos millones doscientos treinta y nueve mil ochocientos noventa y un pesos 00/100 M.N.).
(iii) Contrato de apertura de crédito simple de fecha 11 de enero de 2017, celebrado con el Banco Interacciones, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Interacciones (hoy Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte) y sus convenios modificatorios de fechas 22 xx xxxxx de 2017, 15 xx xxxx de 2017 y fecha 30 de octubre de 2017, hasta por la cantidad de
$537’270,064.88 (quinientos treinta siete millones doscientos setenta mil sesenta y cuatro pesos 88/100 M.N.), con la clave de inscripción P26-0617040 en el Registro Público Único, cuyo saldo insoluto al 30 xx xxxxx de 2019 ascendía a la cantidad de
$531’115,633.88 (quinientos treinta y un millones ciento quince mil seiscientos treinta y tres pesos 88/100 M.N.), y
(iv) Contrato de apertura de crédito simple de fecha 19 de enero de 2017, celebrado con Bansi, S.A., Institución de Banca Múltiple, hasta por la cantidad de $150’000,000.00 (ciento cincuenta millones de pesos 00/100 M.N.) y sus convenios modificatorios de fechas 4 xx xxxxx de 2017, 13 de julio de 2017 y 13 de diciembre de 2017, con la clave de inscripción P26-0617035 en el Registro Público Único, cuyo saldo insoluto al 30 xx xxxxx de 2019 ascendía a la cantidad de $149’479,013.91 (ciento cuarenta y nueve millones cuatrocientos setenta y nueve mil trece pesos 91/100 M.N.).
“Decreto de Autorización” significa el Decreto 32 emitido por el Congreso del Estado de Sonora, publicado el 13 xx xxxxx de 2019, en el Boletín Oficial del Estado de Sonora, mediante el cual se autoriza al Municipio xx Xxxxxxxxxx, Sonora, a través del Ayuntamiento, entre otros actos, la contratación de financiamiento, a través de uno o más créditos, hasta por la cantidad de $1’554,080,198.00 (un mil quinientos cincuenta y cuatro millones ochenta mil ciento noventa y ocho pesos 00/100 M.N.), para destinarlos al refinanciamiento de los Créditos Originales, y la afectación de hasta el 70% (setenta por ciento) del derecho y los ingresos a las Participaciones, como fuente de pago del financiamiento, autorizando para tales efectos la constitución de un nuevo fideicomiso y/o la modificación de los fideicomisos previamente constituidos.
“Día Hábil” Significa cualquier día excepto (i) sábados, (ii) domingos, y (iii) cualquier día en que las instituciones bancarias estén autorizadas u obligadas a cerrar sus puertas al público
y suspender operaciones, conforme lo determine la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
“Documentos de la Licitación” significan (i) la Convocatoria, (ii) las presentes Bases de Licitación, (iii) el Modelo del Contrato de Crédito, (iv) el Modelo de Fideicomiso, (v) el Formato de Oferta de Crédito, (vi) las respuestas que emita la Tesorería Municipal en la Junta de Aclaraciones y el acta circunstanciada que se levante con tal motivo, (vii) el Acta de Presentación y Apertura de Ofertas, (viii) el Acta de Fallo, y (ix) en su caso, las modificaciones que se realicen a los documentos antes mencionados en términos de las presentes Bases de Licitación.
“Estado” significa el Estado de Sonora.
“Fallo” significa el acto en el cual la Tesorería Municipal, conforme a lo establecido en las presentes Bases de Licitación, elegirá al o a los Licitantes Ganadores, o bien, declarará desierta la Licitación Pública.
“Fideicomiso” significa el contrato de fideicomiso irrevocable de administración y fuente de pago que celebrará el Municipio, a más tardar en la fecha de celebración del Financiamiento, en calidad de fideicomitente y fideicomisario en segundo lugar, con la institución de crédito de su elección como fiduciario, a fin de que sirva como mecanismo de pago del o de los Financiamientos que se contraten como resultado del proceso de Licitación Pública y, en su caso, de los Instrumentos Derivados, en términos sustancialmente similares al Modelo de Fideicomiso, en el cual el acreditante, una vez inscrito el financiamiento en el Registro del Fideicomiso tendrá la calidad de Fideicomisario en Primer Lugar A y, en su caso, la Contraparte del Instrumento Derivado, una vez inscrito en el Registro del Fideicomiso, tendrá la calidad de Fideicomisario en Primer Lugar B.
“Financiamiento” significa el o los contratos de crédito a celebrarse por el Municipio, a través del Ayuntamiento, representado por la Presidente Municipal, el Tesorero Municipal y el Secretario del Ayuntamiento, con la o las instituciones bancarias que resulten Licitantes Ganadores de la Licitación Pública.
“Gastos Adicionales” significa los costos y gastos asociados a la contratación, administración, mantenimiento y cualquier otro concepto del Financiamiento adicionales al costo de los intereses, tales como comisiones de apertura, comisiones de estructuración, comisiones por retiro y anualidades, entre otros costos asociados, que cada Licitante incluya en la Oferta de Crédito que presente. Dichos gastos serán considerados para el cálculo de la Tasa Efectiva.
“Gastos Adicionales Contingentes” significa los gastos adicionales cuyo pago se encuentra sujeto a la actualización de eventos, incluso aquéllos que modifiquen las proyecciones de pago previstas al inicio del Financiamiento, tales como, la pena por prepago, costo de rompimiento de tasas de interés, bonificaciones, entre otros costos de naturaleza contingente, que cada Licitante incluya en la Oferta de Crédito que presente.
“Gastos del Financiamiento” significan las primas, comisiones, honorarios de calificadores, asesores financieros y/o legales, contratación de instrumentos derivados y, en general, cualquier concepto contratado por el Municipio relacionado con el diseño, estructuración y/o instrumentación del Financiamiento que se refieren la Autorización xxx Xxxxxxx y el Decreto de Autorización, que pagará el Municipio con cargo a la disposición del Financiamiento, en el entendido que si el Monto del Financiamiento se contrata a través de dos o más Financiamientos, el monto de los Gastos del Financiamiento se distribuirá proporcionalmente entre el número de Contratos de Crédito.
“Instituciones Interesadas” significa cada una de las instituciones de crédito, de banca múltiple o de banca de desarrollo autorizadas para prestar servicios de banca y crédito, que tengan interés en participar y/o dar seguimiento a la presente Licitación Pública.
“Instrumento Derivado” significa una operación financiera en la que el Municipio pacte un intercambio de tasas, de una tasa variable a una tasa fija, asociado a un financiamiento, por un plazo y montos determinados.
“Junta de Aclaraciones” significa la sesión en la cual la Tesorería Municipal responderá las preguntas y hará las aclaraciones a las dudas formuladas por las Instituciones Interesadas, en el periodo previsto para tales, en los términos de las presentes Bases de Licitación.
“Ley de Disciplina Financiera” significa la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
“Leyes Aplicables” significa todas las leyes, tratados, reglamentos, decretos, acuerdos, normas, especificaciones, reglas, decisiones, órdenes, autorizaciones, lineamientos, jurisprudencias o directivas emitidas por cualquier autoridad competente en la materia de que se trate y sus modificaciones, que se encuentren en vigor en México.
“Licitación Pública” significa el conjunto de actos, documentos, información y procedimientos establecidos en la Convocatoria, en las presentes Bases de Licitación, en los Documentos de la Licitación, que regulan el proceso de licitación pública para seleccionar la mejor o las mejores Ofertas de Crédito para la celebración del Financiamiento.
“Licitante” significa cada una de las instituciones de crédito, de banca múltiple o de banca de desarrollo autorizadas para prestar servicios de banca y crédito, que de conformidad con los requisitos establecidos en el presente documento participe en la presente Licitación Pública, mediante la presentación de una o varias Ofertas de Crédito.
“Licitante Ganador” significa el o los Licitantes cuya o cuyas Ofertas de Crédito Calificadas sean declaradas ganadoras de la Licitación Pública, en los términos de las presentes Bases de Licitación y las Leyes Aplicables.
“Lineamientos” significa el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos de la Metodología para el cálculo del menor costo financiero y de los procesos competitivos de los financiamientos y obligaciones a contratar por parte de las Entidades Federativas, los
Municipios y sus Entes Públicos, emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicados en el Diario Oficial de Federación el 25 de octubre de 2016.
“México” significa los Estados Unidos Mexicanos.
“Municipio” significa el Municipio de Hermosillo, Sonora.
“Modelo de Contrato de Crédito” significa el modelo de contrato de apertura de crédito simple y sus anexos, el cual contendrá los términos y condiciones bajo los cuales el Municipio propone celebrar el Financiamiento y que podrá ser modificado en términos de las presentes Bases de Licitación.
“Modelo de Fideicomiso” significa el proyecto de contrato de fideicomiso irrevocable de administración y fuente de pago y sus anexos, con base en el cual el Municipio celebrará el Fideicomiso, a más tardar en la fecha de celebración del Financiamiento en términos sustancialmente similares proyecto, mismo que podrá ser modificado en términos de las presentes Bases de Licitación.
“Monto del Financiamiento” significa hasta la cantidad de $1,518’177,552.41 (un mil quinientos dieciocho millones ciento setenta y siete mil quinientos cincuenta y dos pesos 41/100 M.N.) solicitada por el Municipio en términos de la Convocatoria, la cual se encuentra dentro del monto de endeudamiento autorizado, para la contratación del Financiamiento.
“Notificación e Instrucción Irrevocable” significa el documento a través del cual el Municipio notificará a la Secretaría de Hacienda del Estado la afectación las Participaciones al Fideicomiso, así como para instruirla que, en cada entrega o ministración del Fondo General de Participaciones, entregue los flujos correspondientes a las Participaciones Fideicomitidas al patrimonio del Fideicomiso.
“Oferta de Crédito” significa el conjunto de condiciones financieras bajo las cuales un Licitante deberá formular su oferta de crédito, en términos del Formato de Oferta de Crédito, que se anexa como parte de las Bases de Licitación y que podrá ser modificado en términos de las presentes Bases de Licitación.
“Oferta de Crédito Calificada” significa la Oferta de Crédito que cumpla con los requisitos previstos en las presentes Bases de Licitación y será tomada en cuenta por el Municipio para determinar la Oferta de Crédito que represente las mejores condiciones xx xxxxxxx, por tener la menor tasa efectiva, en los términos previstos en el apartado de Criterio de Adjudicación de las presentes Bases de Licitación.
“Página Oficial de la Licitación” significa el sitio de internet con la dirección xxxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxx/, en la que se publicarán todos los Documentos de la Licitación y será el medio para informar a las Instituciones Interesadas en la Licitación Pública sobre los requisitos para participar, así como del desarrollo de la misma.
“Participaciones” significa las participaciones, presentes y futuras, que en ingresos federales le correspondan al Municipio provenientes del Fondo General de Participaciones, así como
aquellos derechos e ingresos que, en su caso, los sustituyan y/o complementen total o parcialmente.
“Participaciones Fideicomitidas” significa el derecho y los ingresos hasta del 70% (setenta por ciento) de las Participaciones, que serán afectadas al patrimonio del Fideicomiso para servir como fuente de pago de los financiamientos que se contraten como resultado del presente proceso de Licitación Pública.
“Secretaría” significa la Secretaría de Hacienda del Estado de Sonora.
“Sobretasa” significa el margen, expresado en puntos porcentuales, que deberá sumarse a la Tasa de Referencia para componer la tasa de interés aplicable, en términos del Modelo de Oferta de Crédito y del Modelo de Contrato de Crédito.
“Tasa Efectiva” significa la tasa anual que representa el servicio de la deuda y los Gastos Adicionales de una Oferta de Crédito Calificada, la cual se calculará en términos del numeral
7.2 de las presentes Bases de Licitación, de conformidad con los Lineamientos.
“Tasa de Referencia” significa la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio a plazo de 28 días, determinada por Banco de México y publicada todos los días hábiles bancarios en su portal de internet (xxx.xxxxxxx.xxx.xx) (“TIIE”).
“Tesorería Municipal” significa la Tesorería Municipal del Municipio.
2. Objeto.
El objeto de la presente Licitación Pública es seleccionar al o a los Licitantes que propongan los términos y condiciones financieras más favorables para el Municipio para la contratación de financiamiento hasta por la cantidad $1,518’177,552.41 (un mil quinientos dieciocho millones ciento setenta y siete mil quinientos cincuenta y dos pesos 41/100 M.N.) (el “Monto del Financiamiento”) sin incluir intereses, para destinarlo en términos del numeral 2.1 siguiente.
El Monto del Financiamiento podrá instrumentarse a través de uno o varios contratos de crédito, la suma de los cuales no podrá exceder el Monto del Financiamiento.
2.1 Destino del Financiamiento.
El Monto del Financiamiento se destinará a cubrir los siguientes conceptos:
A. Hasta la cantidad de $1,410’597,105.61 (un mil cuatrocientos diez millones quinientos noventa y siete mil ciento cinco pesos 61/100 M.N.) al Refinanciamiento de los Créditos Originales, a saber:
(i) Contrato de apertura de crédito simple de fecha 22 de febrero de 2007, celebrado con el Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte, hasta por la cantidad de $542´000,000.00 (quinientos
cuarenta y dos millones de pesos 00/100 M.N.) y su convenio modificatorio de fecha 26 de octubre de 2016, con la clave de inscripción 022/2007 en el Registro Público Único, cuyo saldo insoluto al 30 xx xxxxx de 2019 ascendía a la cantidad de $387’762,566.82 (trescientos ochenta y siete millones setecientos sesenta y dos mil quinientos sesenta y seis pesos 82/100 M.N.).
(ii) Contrato de apertura de crédito simple de fecha 26 de octubre de 2016, celebrado con el Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte, hasta por la cantidad de $350’000,000.00 (trescientos cincuenta millones de pesos 00/100 M.N.), con la clave de inscripción P26- 1116050 en el Registro Público Único, cuyo saldo insoluto al 30 xx xxxxx de 2019 ascendía a la cantidad de $342’239,891.00 (trescientos cuarenta y dos millones doscientos treinta y nueve mil ochocientos noventa y un pesos 00/100 M.N.).
(iii) Contrato de apertura de crédito simple de fecha 11 de enero de 2017, celebrado con el Banco Interacciones, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Interacciones (hoy Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte) y sus convenios modificatorios de fechas 22 xx xxxxx de 2017, 15 xx xxxx de 2017 y fecha 30 de octubre de 2017, hasta por la cantidad de $537’270,064.88 (quinientos treinta siete millones doscientos setenta mil sesenta y cuatro pesos 88/100 M.N.), con la clave de inscripción P26-0617040 en el Registro Público Único, cuyo saldo insoluto al 30 xx xxxxx de 2019 ascendía a la cantidad de $531’115,633.88 (quinientos treinta y un millones ciento quince mil seiscientos treinta y tres pesos 88/100 M.N.), y
(iv) Contrato de apertura de crédito simple de fecha 19 de enero de 2017, celebrado con Bansi, S.A., Institución de Banca Múltiple, hasta por la cantidad de
$150’000,000.00 (ciento cincuenta millones de pesos 00/100 M.N.) y sus convenios modificatorios de fechas 4 xx xxxxx de 2017, 13 de julio de 2017 y 13 de diciembre de 2017, con la clave de inscripción P26-0617035 en el Registro Público Único, cuyo saldo insoluto al 30 xx xxxxx de 2019 ascendía a la cantidad de $149’479,013.91 (ciento cuarenta y nueve millones cuatrocientos setenta y nueve mil trece pesos 91/100 M.N.).
B. Hasta la cantidad de $72’315,519.16 (setenta y dos millones trescientos quince mil quinientos diecinueve pesos 16/100 M.N.) para la constitución de fondos de reserva de los nuevos Financiamientos, y
C. Hasta la cantidad de $35’264,927.64 (treinta y cinco millones doscientos sesenta y cuatro mil novecientos veintisiete pesos 64/100 M.N.) para los gastos y costos relacionados con la contratación de los financiamientos, incluyendo la contratación de instrumentos derivados y operaciones de cobertura.
2.2 Características del Financiamiento
Monto del Financiamiento: | Hasta la cantidad de $1,518’177,552.41 (un mil quinientos dieciocho millones ciento setenta y siete mil quinientos cincuenta y dos pesos 41/100 M.N.). |
Plazo: | Hasta 240 (doscientos cuarenta) meses, pero no menos de 180 (ciento ochenta) meses, equivalentes a 7300 días o 5475 días, según corresponda, a definirse por el Municipio. El plazo se contará a partir de que se ejerza la primera disposición del crédito (la cual deberá realizarse a más tardar dentro del plazo de seis meses siguientes a la fecha de firma del financiamiento). |
Perfil de amortizaciones: | Pagos mensuales, crecientes al 1.3% (uno punto tres por ciento), predeterminados y consecutivos de principal. |
Periodo xx xxxxxx: | Sin periodo xx xxxxxx. |
Periodo de disposición: | Tres meses a partir de la firma del contrato. En su caso, prorrogables por un periodo igual. |
Condiciones suspensivas mínimas para la disposición: | i. Que el Municipio entregue al acreditante la constancia de inscripción del Contrato de Crédito en el Registro Municipal. |
ii. Que el Municipio entregue al acreditante la constancia de inscripción del Contrato de Crédito en el Registro Estatal de Deuda Pública. | |
iii. Que el Municipio entregue al acreditante la impresión de la constancia de inscripción electrónica del Contrato de Crédito en el Registro Público Único. | |
iv. Que el Municipio o el fiduciario del Fideicomiso entregue al acreditante la constancia de inscripción del Contrato de Crédito en el Registro del Fideicomiso. | |
v. Que el Municipio hubiere entregado a la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado, la Notificación e Instrucción Irrevocable correspondiente. | |
vi. Que el Municipio presente la solicitud de disposición debidamente firmada. | |
vii. Si así lo solicita el acreditante, que el Municipio entregue al acreditante el Pagaré que documenta la disposición. | |
viii. Que, a la fecha de disposición, el Municipio no haya incurrido en una causa de aceleración o de vencimiento anticipado del crédito, que todas las autorizaciones sigan en vigor y que las declaraciones del Contrato de Crédito sigan siendo ciertas a dicha fecha. |
Tasa de referencia: | Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) a plazo de 28 días, determinada por el Banco de México y publicada todos los días hábiles bancarios en su portal de internet (xxx.xxxxxxx.xxx.xx). La tasa TIIE aplicable para el cálculo de los intereses será la que el Banco de México dé a conocer en su portal de internet (xxx.xxxxxxx.xxx.xx), en la fecha de inicio de cada periodo de intereses en que se devenguen los intereses, en el entendido que, para los días inhábiles en los que no se dé a conocer la Tasa TIIE, se aplicará la publicada el Día Hábil inmediato anterior. |
Tasa de interés: | Variable. La Tasa de Referencia, más los puntos porcentuales de la sobretasa correspondiente al nivel de calificación del crédito. Para efectos de la Oferta, se considerará la sobretasa que corresponda a la Calificación Preliminar, a fin de determinar la tasa efectiva. |
Periodicidad de pago de los intereses: | Mensual. |
Oportunidad de entrega de los recursos: | Dentro de las 48 horas siguientes a la entrega de la solicitud de disposición por parte del Municipio, previo cumplimiento de las condiciones suspensivas. |
Recursos a otorgar como fuente de pago: | El derecho y los ingresos hasta el 70% (setenta por ciento) de las Participaciones (las “Participaciones Fideicomitidas”). |
Vehículo de pago: | El contrato de fideicomiso irrevocable de administración y fuente de pago que celebrará el Municipio, en calidad de Fideicomitente y Fideicomisario en Segundo Lugar, y la institución de crédito de su elección como fiduciario, a cuyo patrimonio se afectarán las Participaciones Fideicomitidas. |
Contratación de instrumentos derivados: | El Financiamiento, durante toda su vigencia, deberá contar con un contrato de cobertura de tasa de interés o con un Instrumento Derivado. Durante los primeros tres años de vigencia de los financiamientos la cobertura será un Instrumento Derivado el cual podrá renovarse por un plazo igual, o bien, contratarse otro instrumento, en los términos que se estipulen en los contratos respectivos. |
Gastos adicionales: | Las Ofertas deberán especificar los Gastos Adicionales y Gastos Adicionales Contingentes del Financiamiento. |
Condiciones de la Oferta: | (i) Irrevocables; (ii) con una vigencia expresa de 60 días naturales a partir de su presentación; (iii) por el monto total o parcial del Monto de Financiamiento; (iv) que exprese el resto de las características del financiamiento antes señaladas y que se prevean en el Formato de Oferta; y (v) que incluyan todos los requisitos previstos en el apartado 5 de las presentes Bases de Licitación. |
2.3 Información Adicional de la Fuente de Pago.
Como fuente de pago del o los Financiamientos que se celebren como resultado de la presente Licitación Pública, el Municipio afectará al patrimonio del Fideicomiso el derecho y los ingresos hasta del 70% (setenta por ciento) de las Participaciones. Lo anterior en el entendido que en el caso de que dos o más Ofertas de Crédito resulten Ofertas Ganadoras, la determinación del Porcentaje de Participaciones para cada Financiamiento, se asignará en proporcionalmente al monto de las Ofertas de Créditos Ganadoras.
El Municipio deberá notificar a la Secretaría, a través de la Notificación e Instrucción Irrevocable, la constitución del Fideicomiso y la afectación de las Participaciones Fideicomitidas, instruyéndola irrevocablemente para que, respecto de cada ministración abone los flujos correspondientes de las Participaciones Fideicomitidas en la Cuenta General del Fideicomiso (según dicho término se define en el Modelo de Fideicomiso), hasta el pago total de los financiamientos contratados.
2.4 Autorización.
El Municipio se encuentra facultado y cuenta con las autorizaciones necesarias para llevar acabo la presente Licitación Pública para la contratación del Financiamiento y la afectación de las Participaciones Fideicomitidas como fuente de pago del mismo, de la Autorización xxx Xxxxxxx, el Decreto de Autorización y las Leyes Aplicables.
3. Fundamentación.
La presente Licitación Pública se convoca con fundamento en los artículos artículo 117, fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 22, 23, 25, 26, 29 y 53 de la Ley de Disciplina Financiera; por los numerales 1, 2, 5, 6, 8, 10, 11, 12, 14,
15, 17, 21, 25, 26 y demás aplicables de los Lineamientos; los artículos 1, 2, 3, fracción XIV, 11, 12, 17, 20 bis y demás relativos a la Ley de Deuda Pública del Estado Libre y Soberano de Sonora; y 61, fracción IV, inciso H), 63, 65, fracción V, 89, fracción VII, 91, fracción XVII, de la Ley de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Sonora, así como en la Autorización xxx Xxxxxxx y Decreto de Autorización.
La Tesorería Municipal publicó la Convocatoria de la Licitación Pública, el viernes 12 de julio de 2019, en los siguientes medios de difusión pública: (i) en la Página Oficial de la Licitación, y (ii) en los periódicos El Imparcial y el Expreso.
4. Generalidades.
4.1 Programa de Actividades y Calendario de la Licitación Pública.
12 de julio de 2019 | Publicación de la Convocatoria. |
15 de julio de 2019 | Publicación de las Bases de la Licitación en la Página de la Licitación. |
15 de julio de 2019, a las 9:00 horas de la Ciudad de México | Sesión informativa, en el Club de Industriales en la Ciudad de México, con domicilio en Xxxxxx Xxxxx 00, Xxxxxxx, Xxxxxxx XX Xxxxxxx, 00000 Xxxxxx xx Xxxxxx, XXXX |
Del 15 al 00 xx xxxxx 0000 | Periodo para la entrega de preguntas y aclaraciones por parte de las Instituciones Interesadas, en preparación de la Junta de Aclaraciones. |
29 de julio de 2019 a las 12:30 horas de la Ciudad xx Xxxxxxxxxx | Junta de Aclaraciones. |
5 de septiembre de 2019 a las 12:30 horas de la Ciudad xx Xxxxxxxxxx | Acto de Presentación y Apertura de Ofertas. |
9 de septiembre de 2019 a las 12:30 horas de la Ciudad xx Xxxxxxxxxx | Acto de Fallo. |
20 de septiembre de 2019 | Fecha objetivo para la firma del o de los contratos de crédito. |
Con la finalidad de generar la mayor participación posible en la presente Licitación Pública por parte de las instituciones de crédito del país, el único evento de participación obligatoria para las Instituciones Interesadas en la Licitación Pública, el cual les atribuye la calidad de Licitantes, es acudir al Acto de Presentación y Apertura de Ofertas y presentar una Oferta de Crédito, por lo anterior, es responsabilidad de cada Institución Interesada consultar de manera constante la Página Oficial de la Licitación, a fin de mantenerse enteradas del desarrollo de la Licitación Pública, la publicación de los modelos de contrato y formatos, así como, en su caso, de la modificación de los Documentos de la Licitación.
4.2 De los Licitantes.
4.2.1 Requisitos que deben reunir los Licitantes.
Podrán participar las Instituciones Interesadas que reúnan los siguientes requisitos:
(i) Tener nacionalidad mexicana.
(ii) Ser personas xxxxxxx legalmente constituidas en México, con autorización o facultades para actuar como institución de crédito, ya se banca múltiple o de banca de desarrollo.
(iii) Ser representadas por un funcionario facultado de la Institución Interesada.
(iv) Presentar una Oferta de Crédito en términos de las presentes Bases de Licitación, y
(v) Acreditar su personalidad jurídica y representación.
Se les solicita a las Instituciones Interesadas que, en el caso que decidieran no presentar una Oferta de Crédito, presenten la carta de negativa que, si bien no es obligatoria en términos del artículo 29 de la Ley de Disciplina Financiera, el Municipio solicita su presentación con la finalidad de tener lo mejor integrado el expediente de la Licitación Pública.
4.2.2 Limitaciones a la participación.
No podrán participar en la Licitación las siguientes personas:
(i) Cualesquiera personas de nacionalidad extranjera, y
(ii) Las Instituciones Interesadas, por cualquier causa, se encuentren impedidas para contratar con el Municipio en términos de las Leyes Aplicables.
Por el simple hecho de presentarse al Acto de Presentación y Apertura de Ofertas, se entenderá que la Institución Interesada conoce las características específicas de la presente Licitación Pública y de los Documentos de la Licitación e invariablemente se sujetará a lo establecido en los Documentos de la Licitación y en las Leyes Aplicables, incluyendo sin limitar, en materia de deuda pública, transparencia, competencia económica, combate a la corrupción y, en este último caso, ya sea que dichas disposiciones legales sean de carácter federal, estatal, municipal y/o internacional, según sea aplicable.
4.3 Modificación de los Documentos de la Licitación Pública.
El Municipio, sin responsabilidad alguna, podrá modificar los Documentos de la Licitación si lo considera necesario y/o conveniente, mediante su publicación en la Página Oficial de la Licitación, siendo responsabilidad de cada Institución Interesada la consulta frecuente de la misma, para mantenerse actualizado del desarrollo de la Licitación Pública.
El Municipio podrá modificar cualquier aspecto establecido en la Convocatoria y/o en las presentes Bases de Licitación, a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales previos al Acto de Presentación y Apertura de las Ofertas, debiendo difundir dichas modificaciones, a más tardar el Día Hábil siguiente a aquél en que se efectúen, a través de la Página Oficial de la Licitación.
Cualquier modificación a la Convocatoria y/o a las Bases de la Licitación, incluyendo las que resulten de la o las Juntas de Aclaraciones, formarán parte de los Documentos de la Licitación y deberá ser considerada por las Instituciones Interesadas en la elaboración de su Oferta de Crédito.
Las modificaciones previstas en el presente numeral no podrán consistir en la variación substancial de las condiciones del Financiamiento que se pretenden celebrar, como son: monto, perfil de amortizaciones, tasa de referencia, periodicidad en el pago, y/o recurso a otorgar como fuente de pago.
Se destaca que, considerando que no todas las instituciones de créditos ofertan financiamiento entes públicos municipales por plazos mayores a quince años y con la finalidad de propiciar la mayor participación posible, el Municipio, en relación con el plazo del Financiamiento, solicita que las Instituciones Interesadas consideren dos posibles escenarios un plazo de 240 (doscientos cuarenta meses), equivalente a 7300 días, o bien, 180 (ciento ochenta) equivalentes a 5475 días, en el entendido que (i) los Licitantes no están obligados a presentar Oferta de Crédito por cada uno de los plazos, pero se encuentran facultados para presentar una o varias Ofertas de Crédito, respecto de cada plazo previsto;
(ii) al momento de analizar las Ofertas de Crédito Calificadas, el Municipio las agrupará en función del plazo y calculará la Tasa Efectiva de las Ofertas de Crédito Calificadas con el mismo plazo; (iii) dependiendo de las condiciones de las Ofertas de Crédito Calificadas, decidirá por qué plazo de financiamiento decide contratar, desechando las Ofertas de Crédito Calificadas del plazo no seleccionado, y (iv) respecto de las Ofertas de Crédito del plazo seleccionado, asignará el Financiamiento a los Licitantes cuyas Ofertas de Crédito Calificadas representen las mejores condiciones, en atención a mejor Tasa Efectiva. Lo anterior, en los términos previstos en el apartado 7 de las presentes Bases de Licitación.
La presente Licitación Pública no constituye un proceso competitivo flexible, por lo que no resulta aplicable el criterio previsto en el numeral 26 de los Lineamientos.
4.4 Situaciones no previstas en las Bases de Licitación.
Cualquier situación relacionada con la Licitación Pública que no esté prevista en las presentes Bases de Licitación será resuelta por la Tesorería Municipal, apegándose a la legislación aplicable y su decisión será final e inapelable, la cual será comunicada, con independencia de quien hubiere planteado la consulta, de forma general en la Página Oficial de la Licitación.
4.5 Idioma.
Las Ofertas de Crédito y todos sus documentos deberán presentarse en idioma español. En caso de haberse formulado documentación en algún otro idioma, ésta deberá acompañarse de su correspondiente traducción libre formulada por perito traductor autorizado por el Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Sonora, la cual prevalecerá para los efectos de interpretación de la Oferta de Crédito.
4.6 Moneda y domicilio de pago.
La moneda en que se ofertará, contratará y pagará el Financiamiento será en pesos, moneda de curso legal en México, y el Financiamiento se pagadero dentro del territorio nacional.
4.7 Domicilio.
Salvo aviso en contrario, publicado en la Página Oficial de la Licitación, los actos presenciales de la presente Licitación Pública se llevarán a cabo en el domicilio de la Tesorería Municipal, ubicada en Xxxxxxxxx Xxxxxxx x Xxxxxxxxx x/x, xxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxx, Xxxxxx, X.X. 00000.
4.8 Responsabilidad de la Tesorería Municipal.
Salvo por lo expresamente establecido en las presentes Bases de Licitación, la Tesorería Municipal no tendrá responsabilidad alguna derivada de la presente Licitación Pública.
Los Licitantes deberán absorber todos los costos que, en su caso, impliquen el análisis, preparación, formulación y presentación de sus Ofertas de Crédito. La Tesorería Municipal en ningún supuesto será responsable por dichos costos, ni aún en el caso que la Licitación Pública sea declarada desierta, suspendida o cancelada, lo que es aceptado incondicionalmente por los Licitantes por el hecho de presentar una Oferta de Crédito.
4.9 Junta de Aclaraciones.
La Junta de Aclaraciones tendrá el objetivo de contestar y/o aclarar cualquier aspecto del procedimiento de la Licitación Pública, los Documentos de la Licitación, el Modelo de Contrato de Crédito, el Modelo de Fideicomiso, el Formato de Oferta de Crédito y, en general, sobre la información puesta a disposición de los Instituciones Interesados.
Las Instituciones Interesadas tendrán desde el 15 de julio de 2019 hasta las 14:00 horas (horario de la Ciudad xx Xxxxxxxxxx) del día 26 de julio de 2019, para formular preguntas y/o solicitar aclaraciones respecto del proceso y/o de la Documentación de la Licitación Pública, vía el siguiente correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxx00.xxxxxxxxxx@xxxxx.xxx, a través del cual la Tesorería Municipal acusará de recibido, respecto de cada comunicado recibido.
La Junta de Aclaraciones se celebrará el día 29 de julio de 2019, a las 12:30 horas de la Ciudad xx Xxxxxxxxxx, en el domicilio de la Licitación Pública a que se refiere el numeral
4.7 anterior, por lo que, a partir de las 12:00 horas se dará acceso e iniciará el periodo de registro de las Instituciones Interesadas, las cuales podrán asistir por medio del número de personas que considere conveniente cada institución.
Durante la Junta de Aclaraciones, las Instituciones Interesadas no podrán formular preguntas adicionales a las previamente formuladas durante el periodo establecido para tales efectos. La Tesorería Municipal dará respuesta a todas preguntas y/o aclaraciones que se hubieren recibido.
La Tesorería Municipal levantará un acta circunstanciada de la Junta de Aclaraciones, la cual incluirá la reseña de la reunión, así como las preguntas y aclaraciones formuladas y las respuestas correspondientes, la cual será firmada por el representante de la Tesorería Municipal. El Acta de la Junta de Aclaraciones será publicada en Página Oficial de la Licitación.
En el caso que la Tesorería Municipal considere pertinente la celebración de una segunda Junta de Aclaraciones, así lo publicará en la Página Oficial de la Licitación, señalando fecha y hora para su celebración.
Como se señaló en el numeral 4.1 anterior, la asistencia a esta reunión no es obligatoria para las Instituciones Interesadas.
5. Elaboración de las Ofertas.
5.1 Disposiciones generales para la elaboración de las Ofertas.
La Institución Interesada que se presente al Acto de Presentación y Apertura de Ofertas y presente una Oferta de Crédito será considerada un Licitante en términos de las presentes Bases de Licitación, para todos los efectos a los que haya lugar.
Cada Institución Interesada que presente una Oferta de Xxxxxxx será responsable que la misma cumpla con todos y cada uno de los requisitos establecidos en los Documentos de la Licitación.
Cada Licitante podrá presentar una o más Ofertas de Crédito, respecto de cada supuesto de plazo considerado en la Convocatoria, cada una de las cuales constituirá una Oferta de Crédito y se analizará de manera independiente.
Todas las Ofertas de Crédito deberán (i) imprimirse en papel membretado del Licitante, (ii) rubricarse en cada una sus hojas por el representante legal, (iii) presentarse en sobre cerrado, y (iv) adjuntar la Oferta de Crédito por medios electromagnéticos de almacenamiento de datos, tales como dispositivos USB, en términos iguales a la propuesta impresa en formato de archivo “word” y/o “excel” (según corresponda) y en “pdf”, en el entendido que, la falta de presentación del dispositivo electrónico no será causa de descalificación y en caso de existir inconsistencias entre la documentación física y la digital, prevalecerá la documentación física.
Para facilitar el proceso de recepción y apertura de las Ofertas de Crédito, se solicita que en la carátula del sobre cerrado que contenga la o las Ofertas de Crédito de cada Licitante, se indique la denominación del Licitante, en el entendido que este no es un requisito de la Oferta de Crédito.
Las Ofertas de Crédito deberán formularse con base en el Formato de Oferta de Xxxxxxx y deberá reunir todas las condiciones señaladas en el numeral 5.2 siguiente.
La presentación de la Oferta de Crédito, por si misma, representa la aceptación irrevocable por parte del Licitante de los términos y condiciones de los Documentos de la Licitación, así como, en su caso, de las modificaciones realizadas a los mismos durante el desarrollo de la Licitación Pública, en los términos previstos en las presentes Bases de Licitación.
La Tesorería Municipal no recibirá Ofertas de Crédito en lugar u hora distinto a los aquí señalados o, en su caso, a la nueva fecha y/u hora que la Tesorería Municipal hubiere comunicado a las Instituciones Interesadas a través de la Página Oficial de la Licitación.
5.2 Información que deben contener las Ofertas de Crédito.
La Oferta de Xxxxxxx deberá presentarse por escrito, con base en el Formato de Oferta de Crédito, a fin de que incluya la siguiente información:
(i) Monto ofertado, el cual deberá ser en pesos, moneda de curso legal en México.
(ii) Plazo del Financiamiento (expresado en meses y en días).
(iii) En su caso, condiciones suspensivas para la disposición, adicionales a las propuestas en el Modelo de Contrato de Crédito.
(iv) La Sobretasa ofertada para la Calificación Preliminar incluyendo, para efectos informativos, la tabla de sobretasas en función de los diferentes niveles de calificación.
(v) Gastos Adicionales y, en el caso de comisiones aplicables relacionadas con la calificación del crédito, expresar dicha comisión desglosada por calificación de riesgo crediticio y la forma de cálculo para la misma.
(vi) Gastos Adicionales Contingentes.
(vii) La Oferta de Crédito deberá tener la calidad de irrevocable, vinculante, en firme y con una vigencia mínima de 60 (sesenta) días naturales, contados a partir de la fecha de su presentación.
(viii) Adjuntar la Tabla de Amortización, en función del monto y el plazo ofertado, considerando pagos mensuales, consecutivos, y crecientes al factor de 1.3% (uno punto tres por ciento).
(ix) Contener el apartado previsto en el Formato de Oferta de Crédito, de los aspectos que no son modificables, en los términos contenidos en el Formato de Oferta de Crédito, y
(x) Declaración, bajo protesta de decir verdad, que:
(a) La institución a la que representa es una sociedad mexicana, autorizada para operar como institución de crédito o sociedad nacional de crédito.
(b) Sus órganos internos competentes autorizaron la Oferta de Crédito en sus términos.
(c) No ha comentado con otras instituciones de crédito o sociedades nacionales de crédito el alcance y términos de su Oferta de Crédito, ni en forma alguna se ha puesto de acuerdo con otras instituciones de crédito o sociedades nacionales de crédito competidoras respecto de su participación en la Licitación Pública.
(d) Tiene facultades suficientes para representar a la institución de crédito o sociedad nacional de crédito y presentar su Oferta de Crédito, las cuales no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna, y
(e) En su caso, la institución de crédito no se encuentra impedida para contratar con el Municipio, de conformidad con las Leyes Aplicables.
Junto con la Oferta de Crédito se deberá adjuntar (i) el Modelo de Contrato de Crédito, en su caso, con las modificaciones que el Licitante propone, en caso de resultar Licitante Ganador, en el entendido que las modificaciones propuestas no pueden incluir los aspectos que no son modificables en términos del Formato de Oferta de Crédito; (ii) la Tabla de Amortizaciones correspondiente, (iii) una copia certificada y copia simple del poder que acredite las facultades del representante de la institución de crédito o sociedad nacional de crédito que ha suscrito la Oferta de Crédito para suscribir el contrato de crédito hasta por el monto de la Oferta de Crédito; (iv) copia simple de los estatutos sociales de la institución de crédito; y (v) copia de la identificación oficial vigente del representante que suscribió la Oferta. En el caso que, el representante del Licitante que firma la Oferta de Crédito sea una persona distinta de que aquélla que suscribiría el Contrato de Crédito de resultar Licitante Ganador, se deben adjuntar copia certificada y copia simple de los poderes de ambos representantes.
Si no se presenta el Modelo de Contrato de Crédito se entenderá que el Licitante acepta el Modelo de Contrato de Crédito en los términos propuestos por el Municipio, salvo por las modificaciones que, en su caso, se tuvieran que hacer al clausulado del contrato, en congruencia con las condiciones de la Oferta de Crédito Calificada.
Si un Licitante presenta dos o más Ofertas de Crédito, únicamente deberá adjuntar un ejemplar de los documentos a que se refieren los incisos (iii) a (v) del párrafo inmediato anterior.
Las copias certificadas adjuntas a las Ofertas de Crédito serán devueltas a los representantes de los Licitantes, en el Acto de Fallo, salvo al Licitantes o Licitantes que resulten Licitantes Ganadores.
5.3 Vigencia de las Ofertas de Crédito.
Las Oferta de Crédito deberá estar vigente por un plazo de 60 (sesenta) días naturales contados a partir de la fecha del Acto de Presentación y de Apertura de Ofertas.
6. Acto de Presentación y Apertura de las Ofertas.
El Acto de Presentación y Apertura de Ofertas se llevará a cabo el día 5 de septiembre de 2019, a las 12:30 horas de la Ciudad xx Xxxxxxxxxx en el domicilio de la Licitación Pública previsto en el numeral 4.7 de las Bases de Licitación.
Para tales efectos, a partir de las 12:00 horas se dará acceso a los funcionarios de las Instituciones Interesadas, a efecto de llevar a cabo el proceso de registro de los asistentes. A las 12:30 horas se cerrarán las puertas y ya no podrá accederse al acto correspondiente.
Los Licitantes entregarán sus Ofertas de Crédito, las cuales serán recibidas por los funcionarios de la Tesorería Municipal. Acto seguido, el representante de la Tesorería Municipal abrirá cada una de las Ofertas de Crédito y las leerá en voz alta, en el orden en que las Ofertas de Crédito hayan sido recibidas.
Ninguna Oferta podrá ser modificada o negociada ni podrá ser retirada después de su presentación.
Acto seguido, los funcionarios de la Tesorería Municipal revisarán que las Ofertas de Crédito recibidas cumplan los requisitos previstos en las Bases de la Licitación y que no se actualice una causa de desechamiento, en términos de los numerales 6.1 y 6.2 siguientes, y se levantará el Acta de Presentación y Apertura Propuestas.
El Acta de Presentación y Apertura de Propuestas contendrá, en cumplimento a los Lineamientos, en la que se hará constar la siguiente información: (i) el nombre de los Licitantes, (ii) las Ofertas de Crédito Calificadas y sus características, señalando el monto, plazo, la sobretasa propuesta respecto de la Calificación Preliminar, los Gastos Adicionales y los Gastos Adicionales Contingentes, y (iii) las Ofertas de Crédito desechadas y su causa, y (iv) en su caso, cualquier información referente a situaciones específicas que se considere necesario y/o conveniente asentar. El acta será firmada por los asistentes, a quienes se les entregará una copia de la misma, en el entendido que la falta de firma de alguno de éstos no invalidará el contenido y efectos del acta.
La Tesorería Municipal publicará el Acta de Presentación y Apertura de Ofertas en la Página Oficial de la Licitación, a más tardar dentro de los 2 (dos) Días Hábiles siguientes a la fecha de celebración del Acto de Presentación y Apertura de Ofertas.
6.1 Causas de desechamiento.
La Tesorería Municipal revisará las Ofertas de Crédito y deberá verificar, respecto de cada una, que no se actualice alguna causa de descalificación. Son causas de descalificación de la Oferta, las siguientes:
(i) La no presentación de la documentación que acredite las facultades del representante legal del Licitante.
(ii) La omisión de firmas y/o datos en la Oferta de Crédito realizada por el Licitante.
(iii) La modificación de aspectos no susceptibles de modificación de la Oferta de Crédito en términos del Formato de Oferta de Crédito.
(iv) El incumplimiento de alguno de los requisitos previstos en la sección 5.2 de las presentes Bases de Licitación y del Formato de Oferta de Crédito, o
(v) La comprobación de que alguno de los Licitantes haya acordado con otro u otros de los Licitantes, previo a la presentación de las Ofertas de Crédito, fijar o elevar cualquier aspecto económico relacionado con la Oferta de Crédito.
6.2 Calificación de las Ofertas.
Las Ofertas de Crédito presentadas por los Licitantes se considerarán Ofertas Calificadas cuando éstas cumplan con los siguientes requisitos:
(i) Ser irrevocables y en firme;
(ii) Contar con una vigencia mínima de 60 (sesenta) días naturales, a partir de la fecha de su presentación, y
(iii) Cumplir con los requisitos previstos en el Formato de Oferta de Crédito y en la sección 5 y sus numerales, de las presentes Bases de Licitación.
La Tesorería Municipal se reserva el derecho de desestimar aquellas Ofertas de Crédito que no guarden congruencia.
Las Ofertas de Crédito que reúnan los requisitos previstos para tales efectos serán consideradas Ofertas Calificadas y serán objeto del análisis comparativo correspondiente a fin de que la Tesorería Municipal determine cuál o, en su caso, cuáles de las Ofertas Calificadas representan el costo financiero más bajo y, en consecuencia, las mejores condiciones financieras para el Municipio, de acuerdo a los Lineamientos y a los criterios de adjudicación que se señalan en el apartado 7 siguiente, determine las Ofertas Ganadoras.
7. Análisis de las Ofertas.
7.1 Determinación del plazo del Financiamiento.
Una vez analizadas las Ofertas de Crédito Calificadas, el Municipio las agrupará en función del plazo y calculará la Tasa Efectiva de las Ofertas de Crédito Calificadas con el mismo plazo y dependiendo de las condiciones de las Ofertas de Crédito Calificadas, decidirá por qué plazo de financiamiento decide contratar, descartando las Ofertas de Crédito Calificadas del plazo no seleccionado y se considerarán como ofertas no presentadas para todos los efectos legales a que haya lugar.
La Tesorería Municipal, respecto del grupo de Ofertas de Crédito Calificadas que se hubiere seleccionado, asignará el Financiamiento a los Licitantes cuyas Ofertas de Crédito
Calificadas representen las mejores condiciones, en atención a la mejor Tasa Efectiva. Lo anterior, en los términos previstos en el apartado 7.2 siguiente.
7.2 Criterios de Adjudicación de las Ofertas de Crédito Calificadas.
La Tesorería Municipal determinará, de entre las Ofertas de Crédito Calificadas del plazo seleccionado, aquélla o aquéllas que representen las mejores condiciones xxx xxxxxxx de acuerdo con los Lineamientos.
El criterio de adjudicación será la Tasa Efectiva más baja, que se traduce en el menor costo financiero.
Si de entre las Ofertas de Crédito Calificadas, la Oferta de Crédito Calificada con la Tasa Efectiva más baja no cubre el Monto del Financiamiento solicitado, el monto restante se adjudicará a la Oferta de Crédito Calificada que represente la siguiente menor Tasa Efectiva y así, sucesivamente, hasta alcanzar el Monto del Financiamiento.
En el caso que, dos o más Ofertas de Crédito Calificadas se encontraran en el supuesto de tener la misma Tasa Efectiva, se asignará en partes iguales entre las Ofertas de Crédito Calificadas empatadas, considerando que, si con ambas Ofertas Calificadas no se cubre el Monto del Financiamiento, el monto restante se adjudicará a la Oferta de Crédito Calificada que represente la siguiente menor Tasa Efectiva y así, sucesivamente, hasta alcanzar el Monto del Financiamiento.
La Tasa Efectiva de las Ofertas de Crédito Calificadas será calculada por la Tesorería Municipal, en términos de los numerales 14, 15, 16 y 17 de los Lineamientos, con base en el motor que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ha puesto a disposición de los entes públicos para tales efectos. Para efectos de la información en relación con las proyecciones de la Tasa de Referencia, la Tesorería Municipal contratará a un proveedor de precios, utilizando las proyecciones que le entreguen el Día Hábil anterior a la fecha del Acto de Presentación y Apertura de Ofertas.
Asimismo, en el caso que la mejor o las mejores Ofertas de Crédito Calificadas no se encuentren dentro del rango de sobretasa de la Calificación Preliminar que resulte aceptable para la Tesorería Municipal, ésta podrá declarar desierta la Licitación Pública.
8. Acto de Fallo de la Licitación Pública.
Una vez analizadas las Ofertas de Crédito Calificadas en términos del apartado 7 anterior, la Tesorería Municipal determinará la o las Ofertas Ganadoras y elaborará el Acta de Fallo de la Licitación Pública.
La Tesorería Municipal notificará el Acta de Fallo de la Licitación Pública el 9 de septiembre de 2019, a las 12:30 horas, en el domicilio señalado en el numeral 4.7 anterior, para lo cual se dará acceso a los Licitantes a partir de las 12:00 horas.
En el acto correspondiente el funcionario de la Tesorería Municipal designado para tales efectos dará lectura al Acta de Fallo. Adicionalmente, la Tesorería Municipal notificará a los Licitantes el Acta de Fallo, vía correo electrónico, a las direcciones que cada uno hubiere designado para recibir notificaciones y se publicará en la Página Oficial de la Licitación.
Como se señaló en el numeral 4.1 anterior, la asistencia a esta reunión no es obligatoria para las Instituciones Interesadas o los Licitantes, pero el Licitante que resulte Licitante Ganador deberá contactar a la Tesorería Municipal, a más tardar el Día Hábil siguiente para iniciar los trabajos para la firma del Contrato de Crédito.
El Acta de Fallo deberá contener, respecto de las Ofertas de Crédito del plazo determinado por el Municipio, lo siguiente:
(i) La relación de las Ofertas de Xxxxxxx desechadas y su causa.
(ii) La relación de las Ofertas de Crédito Calificadas, describiendo las características de monto, sobretasa propuesta respecto de la Calificación Preliminar, los Gastos Adicionales y los Gastos Adicionales Contingentes.
(iii) En su caso, las negativas de participación por parte de la Instituciones Interesadas.
(iv) Nombre del o los Licitantes Ganadores, a quien se les adjudicará el o los Contratos de Crédito, indicando el monto asignado a cada Licitante Ganador y, en consecuencia, el porcentaje de Participaciones que le corresponde, y
(v) Nombre, cargo y firma del Tesorero Municipal, señalando sus facultades de acuerdo con la normatividad aplicable e indicando los nombres y cargos de las personas que hayan sido responsables de la evaluación de las Ofertas de Crédito Calificadas.
Lo anterior en el entendido que las Ofertas de Crédito Calificadas que hubieren sido descartadas, en atención a que correspondieron al plazo no seleccionado por el Municipio no serán referidas o en forma alguna incluidas en el Acta de Fallo.
La Tesorería Municipal publicará el Acta del Fallo en la Página Oficial de la Licitación.
9. Formalización del o de los Contratos de Crédito.
El objetivo del Municipio es formalizar los contratos de crédito, a más tardar, el 20 de septiembre de 2019, con el o los Licitantes Ganadores del Financiamiento. Si por cualquier causa, no se llegare a concretar la formalización del Financiamiento, la Tesorería Municipal, sin responsabilidad alguna, podrá optar por la siguiente mejor Oferta de Crédito Calificada en términos de la evaluación descrita en el numeral 7.2 anterior.
10. Interpretación de los Documentos de la Licitación.
El encabezado de cada apartado es para efectos de referencia y no será tomado en cuenta para la interpretación de las presentes Bases de Licitación.
En caso de discrepancias en las presentes Bases de Licitación y sus Anexos se estará a lo siguiente:
(i) Entre un original y sus copias, prevalecerá el original.
(ii) Entre las cantidades escritas con letra y las cantidades escritas con número, prevalecerán las cantidades escritas en letra.
(i) Entre la Convocatoria y las Bases de Licitación, prevalecerán las Bases de Licitación.
(ii) Entre las Bases de Licitación y el Formato de Oferta prevalecerá el Formato de Oferta.
(iii) Entre el Formato de Oferta de Crédito y el Modelo de Contrato de Crédito, en los aspectos comunes, prevalecerá el Formato de Oferta de Crédito.
Para la interpretación de las presentes Bases de Licitación se estará a lo siguiente:
(i) Al sentido literal de los apartados, cuando sus términos sean claros y no dejen lugar a duda.
(ii) Si algún apartado admite diversos sentidos, deberá aplicarse el que se traduzca en las mejores condiciones para el Municipio en la contratación del Financiamiento, y
(iii) Si una palabra puede tener distintas acepciones, la misma será considerada en la acepción que sea conforme al objeto y contenido integral de los Documentos de la Licitación.
11. Suspensión temporal de la Licitación Pública.
La Tesorería Municipal, por así considerarlo conveniente para el Municipio, podrá suspender temporalmente la Licitación Pública en cualquiera de sus etapas, cuando:
(i) Se presuma la existencia de acuerdos entre dos o más Licitantes, para manipular la Tasa Efectiva de los Financiamientos objeto de la Licitación Pública o la existencia de otras irregularidades graves.
(ii) Existan causas fortuitas o de fuerza mayor, o
(iii) Así lo determine la Tesorería Municipal, discrecionalmente.
Cuando desaparezcan estas causas, con la debida oportunidad, se avisará por escrito a las Instituciones Interesadas, la fecha de suspensión y, en su caso, de reinicio de la Licitación Pública.
12. Cancelación de la Licitación Pública.
La Tesorería Municipal tendrá la facultad de cancelar la Licitación Pública cuando lo estime conveniente, existan circunstancias justificadas que provoquen la extinción de la necesidad para contratar los Financiamientos, o cuando de continuarse con el procedimiento se le pudiera ocasionar un daño o perjuicio al Municipio.
13. Anexos.
Los Anexos se publican, por separado, en la Página Oficial de la Licitación, a más tardar el 00 xx xxxxx xx 0000.
Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx, a 15 de julio de 2019.
Municipio xx Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx Tesorero Municipal