Contract
1.Objeto y aceptación de la Condiciones.
Las Condiciones particulares descritas a continuación (en adelante, las “Condiciones Fusión Negocios” o las “Condiciones”) tienen por objeto regular las relaciones entre Telefónica de España, S.A.U. (y el Cliente, en todo lo relativo a la prestación del producto Fusión Negocios, (en adelante “Fusión Negocios”), de conformidad con la modalidad contractual elegida por el Cliente en el “Contrato del servicio Fusión Negocios” al que se incorporan las presentes Condiciones.
La aceptación sin reservas de las presentes Condiciones deviene indispensable para la prestación de Fusión Negocios por parte de Telefónica. El Cliente manifiesta, en tal sentido, haber leído, entendido y aceptado las presentes Condiciones Particulares, puestas a su disposición, en todo momento, con carácter previo a la contratación, en la siguiente página web: xxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxx.
2.Contratación de Fusión Negocios.
El Cliente, al contratar Fusión Negocios, dispondrá de una línea telefónica fija con banda ancha (ADSL, Fibra, o Servicio Movistar Internet Radio -en adelante Acceso Fijo Radio-, si no tiene cobertura de las anteriores y es posible instalarlo como alternativa) con Telefónica de España, y una línea móvil de contrato operada por Telefónica Móviles España, S.A.U., cuya gestión asumirá Telefónica Empresas (en adelante, “Línea móvil Fusión principal”). Las modalidades establecidas en el Anexo I de las presentes condiciones serán aplicables exclusivamente a clientes empresariales que cuenten con una atención comercial diferencial respecto a clientes de Gran Público.
En todo caso las líneas, fija y móvil estarán contratados bajo el mismo número de identificación de persona física o jurídica (DNI/CIF/Tarjeta de Residente/ Pasaporte/NIE/NIVA).
En consecuencia con lo anterior, las condiciones generales (I) del contrato tipo de abono general al servicio telefónico disponible al público para usuarios finales, (II) del servicio xx xxxxx ancha disponible al público o, en su caso, las del servicio Movistar Internet Radio, para Acceso Fijo Radio (III), (IV) del servicio de móviles Movistar y (V) del servicio de, que constan publicadas en xxx.xxxxxxxx.xx, completan, en lo previsto en las mismas, a las presentes condiciones particulares.
Los módulos de ahorro-fidelidad o cualquier promoción que pudiera tener contratados el Cliente sobre cualquiera de los servicios que compongan la modalidad de Fusión Negocios elegida por el CLIENTE, incluido el de suministro de TV por satélite en su caso, o el de Acceso Fijo Radio, son incompatibles con Fusión Negocios, por lo que se darán de baja antes de su contratación.
No se podrá disponer de más de un producto Fusión por Cliente, salvo qué se trate de Fusión Empresas o Premium.
Para poder disfrutar de la conexión de datos mediante LTE (Movistar 4G), el Cliente deberá solicitar previamente y sin coste la activación de dicho servicio.
3.Vigencia.
Las presentes condiciones entran en vigor en la fecha de su contratación o el día del alta efectiva en Fusión Negocios, si ésta fuese posterior. No obstante, si no llegara a producirse dicha alta efectiva, conservará su vigor lo dispuesto en la Cláusula 6.2
El acuerdo entre Telefónica Empresas y el Cliente tendrá una vigencia indefinida.
4. Compromisos de permanencia y cambios de modalidad contractual.
4.1. Compromiso de permanencia
Al contratar Fusión Negocios el Cliente se compromete a mantener vigente este producto, por un periodo de 12 meses, sin perjuicio de lo dispuesto en la siguiente cláusula 8, para cualesquiera otros compromisos que hubiera asumido el Cliente con Telefónica Empresas. En estos casos, la baja de Fusión Negocios antes del vencimiento del periodo comprometido, por la baja de la línea móvil o del servicio xx xxxxx ancha fija (ADSL/Fibra/Acceso Fijo Radio), implicará la aplicación de una penalización única proporcional al tiempo no cumplido del compromiso de permanencia, con un importe máximo de 190€.
Al margen de la baja en Fusión Negocios por los motivos anteriores, en aquellas modalidades que conlleven compromiso de permanencia según lo indicado en el párrafo anterior, si el cliente causara baja en Fusión Negocios antes de su vencimiento por el resto de las causas recogidas en la cláusula 6, vendrá obligado a mantener vigente cualquier tarifa de contrato, tanto sobre la línea móvil, como sobre la banda ancha fija (ADSL/Fibra/Acceso Fijo Radio), hasta la finalización de dicho periodo. En otro caso, se le aplicará una penalización única proporcional al tiempo no cumplido del compromiso de permanencia, con un importe máximo de 190€.
4.2.- Cambios de modalidad contractual.
Con carácter general y con las excepciones recogidas en la presente cláusula, el cliente, una vez de alta en Fusión Negocios, podrá si lo desea solicitar el cambio de modalidad Fusión a cualquiera de las vigentes, siempre que tenga cobertura tecnológica para las mismas. No obstante lo anterior, no será posible el cambio, en ningún caso, desde una modalidad Fusión Fibra a otra Fusión prestada sobre cobre.
Cualesquiera cambios que realice el Cliente desde una modalidad con compromiso de permanencia con destino a una modalidad Fusión que incluya TV supondrán la anulación de los compromisos que tuviese el cliente adquiridos en los servicios que componen Fusión, con las excepciones contempladas en la cláusula 8.
Entre modalidades de Fusión que no incluyan TV y conlleven compromiso de permanencia según lo indicado en los Anexo I, cualquier cambio de modalidad Movistar que suponga, bien el paso de una modalidad de Fusión de cobre hacia otra de Fibra, bien el paso de una modalidad a otra siempre que suponga una modificación de las prestaciones sobre el servicio móvil en cualquier sentido, reiniciará el periodo de permanencia. El cambio de cualquier modalidad Fusión distinta de Negocios a la modalidad Fusión Negocios, (y viceversa, siempre que el destino sea una modalidad que no incluya TV y conlleve compromiso de permanencia si así lo especifican los Anexo I) también reiniciará el contrato de compromiso.
El cambio desde una modalidad de Fusión que incluya la opción de añadir líneas móviles opcionales a otra que solo admita la línea móvil principal o bien que admita un número menor de líneas móviles opcionales de las que el cliente tiene activas, supondrá la aplicación sobre las líneas móviles opcionales dadas de alta que con el cambio pierdan la condición de línea opcional de las mismas condiciones previstas para el caso de baja de Fusión recogidas en el apartado 6.2.
El cambio entre modalidades entre aquellas que incluyan líneas móviles opcionales, supondrá que sobre éstas pasen a aplicar las condiciones establecidas para las mismas en la modalidad de destino.
Asimismo, en caso de cambio que suponga, el paso de una modalidad de Fusión de cobre hacia otra de Fibra que incluya el servicio de TV, se observará lo dispuesto en la Cláusula 8.2 respecto a los compromisos asociados a la Fibra.
Excepcionalmente, en el caso de que el Cliente hubiera contratado una modalidad Fusión Fibra y la instalación de la misma deviniera inviable por razones de índole técnica o estructurales imprevistas, cuya subsanación no resulte posible a Telefónica Empresas en términos razonables sin alterar las condiciones económicas o de cualquier tipo del Servicio, ésta podrá ofrecer al Cliente un servicio alternativo y similar en Cobre de los que estuvieran vigentes en el momento, cuya instalación en todo caso el Cliente deberá consentir expresamente. Si por las mismas razones no existiera cobertura de acceso ni en fibra ni en cobre, Telefónica Empresas podrá ofrecer al cliente como alternativa el servicio Fusión sobre Acceso Fijo Radio, si las condiciones lo permiten, sobre Acceso Fijo Radio. Igualmente, la instalación deberá ser consentida expresamente por el cliente.
En el caso de que el Cliente, sustituyera la línea Móvil asociada a Movistar Fusión, por otra, que deberá estar siempre a su nombre, se reiniciará el compromiso de permanencia en Fusión por un nuevo periodo de 12 meses en aquellas modalidades que lo tengan.
5. Precio, facturación y pago.
5.1. Precio
Como contraprestación por todos los servicios incluidos en la modalidad de Fusión Negocios contratada por el Cliente, este vendrá obligado a satisfacer el precio que se indica en los Anexo I, correspondiente a dicha modalidad.
Una vez consumidos los bonos de llamadas que, en su caso, se incluyan en la modalidad contratada por el Cliente, Telefónica Empresas aplicará en cada servicio los precios vigentes que están disponibles, y podrá consultar perfectamente actualizados, en la página web xxx.xxxxxxxx.xx, o en el Número de Atención Personal 1489. El Cliente podrá solicitar y recibir gratuitamente en cualquier momento la información de los precios aplicables, por escrito.
Para aquellos conceptos facturables sobre la línea móvil principal que no estén incluidos entre las prestaciones de la modalidad de Fusión que el Cliente hubiera contratado, serán de aplicación los precios correspondientes de Catálogo, que pueden ser igualmente consultados y accesibles por los medios antes descritos.
5.2. Facturación y pago. Factura electrónica.
La facturación por los servicios prestados se realizará con carácter mensual expresando separadamente el periodo o periodos al que corresponda. Todos los conceptos facturables en virtud de i) Fusión Negocios y ii) de la línea móvil Fusión Negocios principal que excedan de Fusión Negocios, y de aquellas líneas móviles Fusión opcionales distintas a la principal (y al margen de las “líneas móviles adicionales”) que el cliente pudiera en su caso haber dado de alta en aquellas modalidades que lo permitan, que excedan de Fusión Negocios, se incorporarán en la factura correspondiente a la prestación por Telefónica Empresas del servicio telefónico fijo disponible al público para usuarios finales, sin perjuicio de lo establecido en la 5.3 con respecto a los clientes que dispongan de la modalidad de pago del servicio móvil a través de TARJETA TELECOR. En la primera factura emitida conforme a lo dispuesto en la presente cláusula se prorrateará la cuota mensual de Fusión para ajustarla a la fecha de su contratación.
El importe del servicio prestado será exigible desde el momento en que se presente al cobro la correspondiente factura, la cual será abonada por el Cliente, o por tercero, a través de la cuenta en la Entidad Bancaria o Caja de Ahorros que para tal efecto hubiera señalado en el Contrato de prestación de servicios de telecomunicaciones fijas suscrito con Telefónica de España o, en su defecto, en la cuenta que a tal efecto designe al contratar Fusión Negocios, prevaleciendo esta última, sobre cualquier otra que hubiera podido indicar con anterioridad. Sin perjuicio de lo anterior, el cliente podrá solicitar otro medio de pago.
A estos efectos el cliente reconoce y confirma el mandato otorgado en su día para el cobro de las facturas correspondientes a dichos servicios a través de su cuenta de pago en la que viene haciéndose efectivo dicho cobro hasta la fecha, autorizando también ahora, expresamente, a Telefónica de España SAU a cobrar las facturas correspondientes al Servicio Fusión contratado, y a los excesos de la línea móvil principal incluida y de aquellas líneas móviles Fusión opcionales distintas a la principal (y al margen de las “líneas móviles adicionales”) que el cliente pudiera en su caso haber dado de alta en aquellas modalidades que lo permitan, que excedan de Fusión, a través de la cuenta indicada por el cliente en dicho Contrato de prestación de servicios de telecomunicaciones fijas.
La contratación de Fusión Negocios conlleva la aceptación por parte del Cliente de recibir la correspondiente factura en formato electrónico, no obstante su derecho a optar por la factura en papel en la contratación. Esta aceptación implica extender la facturación en formato electrónico, asimismo, a todos los productos de Movistar Fijo que el Cliente haya contratado con Telefónica de España, S.A.U. y se incluyan en la factura de Fusión Negocios, así como a toda línea móvil opcional que el cliente pueda dar de alta (al margen de las “líneas móviles adicionales”) en aquellas modalidades de Fusión Negocios que lo contemplen. Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente podrá escoger, en cualquier momento, la recepción de la factura en formato papel solicitándolo mediante una llamada al Número de Atención Personal 1489. Si el Cliente opta en la contratación o en cualquier momento posterior por la recepción de la factura en formato papel para Fusión Negocios o, en su caso, por la factura en formato electrónico, la opción elegida implica extenderla a todos los productos y servicios que se incluyen en la misma.
5.3. Presentación de cargos por Telefónica de España y S.A.U. Telefónica Móviles España, S.A.U.
Telefónica Móviles España, S.A.U., facturará a los clientes que dispongan de la modalidad de pago del servicio móvil a través de TARJETA TELECOR el tráfico de la línea móvil (incluida la opcional, en aquellas modalidades Fusión Negocios que la incluyan), de las líneas móviles opcionales activadas por el Cliente en aquellas modalidades que las incluyan y cualquier otro servicio que preste al Cliente sobre una y otras, no incluido entre las prestaciones del producto Fusión Negocios que hubiera contratado.
A los anteriores efectos, serán de aplicación las condiciones de pago que hubiera acordado el cliente con TARJETA TELECOR.
Telefónica Móviles España, S.A.U. y Telefónica de España, S.A.U., facturarán al Cliente, respectivamente, con relación al servicio móvil y al servicio xx xxxxx ancha fija (ADSL/Fibra/Acceso Fijo Radio), la penalización que en su caso se devengue por el incumplimiento del compromiso de permanencia de 12 meses que se describe en la cláusula 4 de las presentes condiciones para aquellas modalidades que lo tengan.
Acceso Fijo Radio), la penalización que en su caso se devengue por el incumplimiento del compromiso de permanencia de 12 meses que se describe en la cláusula 4 de las presentes condiciones para aquellas modalidades que lo tengan.
En caso de baja en Fusión Negocios, la gestión del contrato y facturación relativa a la línea móvil principal y a las líneas móviles opcionales que tuviera contratados, se realizarán al Cliente por Telefónica Móviles España, S.A.U.
6. Baja en Fusión Negocios.
6.1. Causas de baja en Fusión Negocios.
Son causas de baja del Cliente en Fusión Negocios las siguientes:
- La solicitud de baja del servicio Fusión Negocios, por parte del Cliente, o de alguno de los diferentes elementos que lo componen (línea telefónica fija, ADSL/Fibra/Acceso Fijo Radio, o línea móvil principal) causará la baja total en Movistar Fusión Negocios.
- Asimismo, la interrupción definitiva de cualquiera de los servicios citados conlleva la baja en Fusión Negocios.
- Si por un cambio de titular, la línea telefónica fija, ADSL/Fibra/Acceso Fijo Radio, la línea móvil Fusión principal, no estuvieran contratadas bajo el mismo número de identificación de persona física o jurídica (DNI/CIF/ Tarjeta de Residente/Pasaporte/NIE/NIVA) se cursará la baja en Fusión Negocios.
En el caso de que el Cliente causase baja en la línea móvil Fusión Negocios principal, pero mantuviese otra línea móvil Fusión Negocios opcional (al margen de las posibles “líneas móviles adicionales”), en aquellas modalidades que lo permitan, ocupará el lugar de la principal dada de baja; en primer lugar, su línea móvil opcional activada si tan sólo dispusiera de una activada; en segundo lugar y en caso de tener activada más de una si su modalidad Fusión Negocios lo permitiera, aquella otra que designara el mismo al solicitar tal baja de la principal y, por último, en defecto de designación, la primera que hubiera activado.
En todo caso se informará al cliente del cambio, siendo de aplicación en lo sucesivo sobre dicha línea las condiciones de la línea móvil Fusión Negocios principal, incluyendo el pasar a facturarse en la factura del servicio Fusión Negocios según corresponde a aquella.
El Cliente podrá darse de baja en Fusión Negocios, en todo momento, mediante comunicación a Telefónica Empresas por cualquier medio fehaciente, con una antelación mínima de dos días hábiles respecto a la fecha en que ha de surtir efectos.
A estos efectos se entenderán por medios fehacientes los siguientes:
• Fax al número 000 000 000.
• Carta al Xxxxxxxx xx xxxxxxx 0000. 00000. Xxxxxxxxx.
• Por teléfono en el Número de Atención Personal 1489.
6.2. Variaciones debidas a la baja.
Cuando se produzca la baja del Cliente en Fusión Negocios, pero no de los distintos servicios que lo componen (línea telefónica fija, ADSL/Fibra/Acceso Fijo Radio y/o líneas móviles) o, tras contratarse Fusión Negocios, no llegase a producirse el alta efectiva, continuarán prestándose los servicios que permanezcan de alta, de conformidad con sus condiciones contractuales y los precios de Catálogo que se indican a continuación, o los que pudieran haberlos sustituido, cuya consulta será posible en xxx.xxxxxxxx.xx o a través del Número de Atención Personal 1489. Sin perjuicio de cualquier otro que el Cliente elija, de entre los existentes en el mercado al producirse la baja:
Respecto de los servicios fijos (línea telefónica fija, ADSL/Fibra/Acceso Fijo Radio) al producirse la baja del servicio móvil:
Clientes Fusión Negocios (Fibra 100 Mb, ADSL Máxima Velocidad y Acceso Fijo Radio): Pasarán a disfrutar del servicio Movistar Fibra 100 Mb con llamadas a móviles, Movistar ADSL Máxima Velocidad con llamadas a móviles o Movistar Internet Radio con llamadas a móviles, respectivamente, [cuota 38,02€/mes, (46,00 €/mes con IVA) y cuota de línea fija según tarifa vigente: 14,38 €/mes (17,40 €/mes con IVA) en la actualidad]. En el caso de Fibra 100 Mb, conservará la facilidad de Fibra Simétrica de que disfrutó en Fusión (con cuota de 4,13€/mes. 5€/mes con IVA).
Clientes Fusión Negocios 2 y Fusión Negocios 4 (ADSL Máxima Velocidad y Acceso Fijo Radio): Pasarán a disfrutar del servicio Movistar ADSL Máxima Velocidad con llamadas a móviles o Movistar Internet Radio con llamadas a móviles, respectivamente, [cuota 38,02€/mes, (46,00 €/mes con IVA) y cuota de línea fija según tarifa vigente: 14,38 €/mes (17,40 €/mes con IVA) en la actualidad].
Clientes Fusión Negocios, Fusión Negocios 2 y Fusión Negocios 4 (Fibra 600 Mb): Pasarán a disfrutar del servicio Movistar Fibra Óptica 600 Mb (cuota 42,15 €/mes (51,00 €/mes con IVA), con Fibra Simétrica (cuota de 4,13 €/mes, 5 €/mes con IVA) y cuota de línea fija según tarifa vigente: 14,38 €/mes (17,40 €/mes con IVA) en la actualidad].
En aquellos casos en que tras contratarse Fusión Negocios, no llegase a producirse su alta efectiva, se conservarán aquellos compromisos de permanencia que tuviera, en su caso, adquiridos el Cliente en cada uno de los servicios fijos, según lo establecido en las Condiciones de los mismos y por el tiempo que les pudiera restar.
- Línea Individual: En caso de Alta gratuita con compromiso de permanencia durante 6 meses y baja antes del vencimiento de ese periodo, deberá abonar una cantidad proporcional al tiempo no cumplido, con un importe máximo del ahorro de la cuota de instalación especificada en las condiciones del servicio.
- Línea o Kit ADSL: En caso de Alta con compromiso de permanencia 12 meses y baja antes de su vencimiento, deberá abonar una cantidad proporcional al tiempo no cumplido, con un importe máximo de 100€.
- Fibra Óptica: En caso de cuota de alta e instalación gratuita con el compromiso de mantener vigente dicho servicio durante 12 meses y causar baja en el servicio antes de su finalización, el cliente deberá abonar a Movistar una cantidad proporcional al tiempo no cumplido del compromiso, con un importe máximo igual a la cuota bonificada especificada en las condiciones del servicio.
Respecto de los servicios móviles:
- Modalidades Fusión Negocios (Tanto la línea móvil principal, como las opcionales activas en su caso, en aquellas modalidades que las incluyan): Pasarán a disfrutar de contrato móvil con llamadas ilimitadas a fijos y móviles nacionales de cualquier operador a cualquier hora, establecimiento de llamada incluido, SMS incluidos y 12 GB al mes de navegación a máxima velocidad a un precio de 45 €/mes (IVA incluido).
- Una vez superada la franquicia de datos, el Cliente seguirá navegando a máxima velocidad en modalidad de pago por uso a un precio de 3 cents/MB hasta 2 GB adicionales. Superada la franquicia y los 2 GB adicionales en modalidad de pago por uso se podrá seguir navegando a velocidad
reducida. Se establece un importe máximo de navegación de pago por uso de 45 € equivalente a 2 GB que podrá modificarse llamando gratis al 223528. El Cliente tiene la posibilidad de fijar este importe en 0 € en cuyo caso no le aplicará el pago por uso mientras no solicite nuevamente los
2 GB adicionales a máxima velocidad. Superada la franquicia y los 2 GB adicionales, podrá seguir navegando a velocidad reducida sin coste adicional. Podrá modificarse el importe de la navegación de pago por uso una vez por periodo de facturación.
Igualmente en ambos casos conservará su vigencia la Cláusula 10 de las presentes Condiciones.
7. Suspensión de Fusión Negocios.
7.1. Suspensión por impago.
El retraso en el pago, total o parcial por el Cliente de las cantidades adeudadas por un plazo superior a un mes desde la presentación al cobro del documento de cargo correspondiente la facturación de Fusión Negocios, así como, en su caso de las líneas móviles opcionales en aquellas modalidades que las incluyan, dará derecho a Telefónica de España y a Telefónica Móviles España, S.A.U, previo aviso al Cliente, a suspender respectivamente la prestación del servicio telefónico fijo, el servicio xx xxxxx ancha (ADSL/Fibra/Acceso Fijo Radio) y, el servicio de comunicaciones móviles .
Sin perjuicio de lo anterior, en ningún caso el retraso en el pago antes descrito dará lugar a la suspensión temporal de las LÍNEAS ADICIONALES (no incluidas en Fusión) que pudiera haber contratado el Cliente.
Telefónica de España notificará la suspensión de los servicios arriba referidos mediante una comunicación al Cliente que se practicará con al menos 15 días de antelación a la fecha en que vaya a tener lugar la suspensión. En la misma comunicación Telefónica de España incluirá la fecha en que, de no efectuarse el pago, se procederá a la suspensión, que no podrá llevarse a cabo en día inhábil.
El impago de los servicios que no se consideran comunicaciones electrónicas no producirá la suspensión del resto siempre que pague la parte de la factura que corresponda a los servicios de comunicaciones electrónicas. En este caso, si hubiera disconformidad del Cliente con la factura tendrá derecho, previa petición, a la obtención de facturas independientes.
Telefónica de España restablecerá los servicios suspendidos dentro del día siguiente laborable a aquel en que tenga constancia de que el importe adeudado ha sido satisfecho, pasando al cobro al Cliente, en concepto de rehabilitación de todos los servicios, la cantidad de 25 euros (30,25 € con IVA).
7.2. Interrupción definitiva por impago.
En caso de retraso en el pago de los servicios prestados por un periodo superior a tres meses o la reiteración, en dos ocasiones de suspensión temporal por xxxx en el pago de los servicios correspondientes al contrato dará lugar a la consiguiente interrupción definitiva de los servicios que integran Fusión Negocios: el servicio telefónico fijo, del servicio xx xxxxx ancha (ADSL/Fibra/Acceso Fijo Radio), el servicio de comunicaciones móviles movistar incluida en su caso la línea móvil opcional en aquellas modalidades que la integren (y a excepción de las Líneas Adicionales).
En el caso de que el Cliente tuviera contratadas Líneas Móviles Adicionales, causarán baja inmediata en la tarifa Fusión LÍNEA ADICIONAL, asumiendo para el caso de que hubiera formado parte de una modalidad sin TV con compromiso de permanencia, un compromiso de gasto mínimo de 30 € (36,30 € con IVA) por el tiempo que reste hasta el vencimiento del periodo de 12 meses que cada una de ellas tenía comprometido y facturándose todos los servicios que preste a partir de ese momento Telefónica Móviles España. S.A.U. al Cliente de conformidad con lo establecido, respecto de los servicios móviles en la cláusula 6.2 de las presentes Condiciones Particulares.
8. Compromisos de permanencia compatibles con Fusión Negocios
8.1. Compromisos sobre la línea móvil.
Cualquier compromiso de permanencia existente, en su caso, sobre las líneas móviles, previo a la contratación de Fusión Negocios, y asociado a la adquisición de un dispositivo móvil, mantendrá su vigencia hasta completar el periodo comprometido, devengándose la penalización correspondiente en caso de baja anticipada de dicha línea en Telefónica Empresas o incumplimiento de cualquier otra causa que determinen las condiciones que le son de aplicación.
8.2 Compromiso por instalación de Fibra Óptica.
Si el Cliente adquiere compromiso de permanencia por instalación de Fibra Óptica con ocasión de la contratación de Fusión Negocios; el mismo será de 12 meses en aquellas modalidades que no incorporen TV y conlleven compromiso de permanencia según lo indicado en los Anexo I, y por 3 meses en el resto de modalidades, siempre, en este caso, que se trate de la primera instalación de Fibra en el domicilio del Cliente, de no ser dicha primera instalación no conllevaría compromiso.
En caso de causar baja en el servicio de Fibra antes del periodo a que venga obligado, el cliente deberá abonar a Telefónica Empresas una cantidad proporcional al tiempo no cumplido del compromiso, con un importe máximo igual a la cuota bonificada que venga establecida en las Condiciones Generales de dicho Servicio.
8.3. Compromisos restantes.
Más allá de los casos mencionados en la Cláusula presente, así como lo dispuesto en la Cláusula 6.2 para los casos de baja del Cliente en Fusión Negocios o su no alta efectiva, el resto de contratos de compromiso existentes, en su caso, antes de la contratación de Fusión Negocios, (I) en la línea (o líneas, en su caso) móvil existente (II) en la línea telefónica fija, (III), en TV y/o en el ADSL, así como en el servicio de suministro de TV vía satélite si lo hubiera, serán anulados sin coste alguno para el Cliente.
9. Protección de datos de carácter personal
Telefónica Empresas informa al Cliente de que los datos objeto de tratamiento serán los estrictamente necesarios para la prestación del Servicio contratado, el mantenimiento y gestión de la relación contractual, así como labores de información de los distintos servicios contratados y de las actividades relacionadas con los mismos.
El Cliente declara que ha sido informado por Telefónica Empresas de que la contratación del producto Empresas Fusión Negocios implica que el titular de la línea fija y móvil sea el mismo, por lo que en el caso de que no lo fuera, deberá haber obtenido previamente el consentimiento del titular de la línea móvil asociada a Fusión Negocios, necesario para realizar el cambio de titularidad.
Los datos de contacto de los interlocutores proporcionados por el Cliente para mantener la relación contractual con Telefónica Empresas (en adelante, “los interlocutores”), así como para otras finalidades que nos permita o autorice, serán tratados conforme a lo establecido en la Política de Privacidad, cuya información básica se recoge en la presente cláusula. El contenido íntegro de la misma se puede consultar en el siguiente enlace: xxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxx, solicitando un ejemplar en el 1489 o en las Tiendas Movistar.
De acuerdo con la normativa europea de protección de datos de carácter personal y en virtud de lo establecido en dicha Política, las siguientes empresas del Grupo Telefónica son corresponsables del tratamiento de los datos personales del Cliente Telefónica Empresas en función de los productos y servicios que tenga contratados: Telefónica de España, S.A.U., Telefónica Móviles España, S.A.U. y, en su caso, DTS Distribuidora de Televisión Digital, S.A.U. (en adelante y conjuntamente denominadas, a los efectos establecidos en esta cláusula, como “Telefónica Empresas”).
Adicionalmente, Telefónica Empresas podrá tratar los datos del Cliente o de los interlocutores relativos a los servicios contratados, datos de tráfico y de facturación de la línea telefónica fija, el servicio xx xxxxx ancha, la línea móvil que forman parte del Servicio Fusión Negocios, así como los relativos a la adquisición de productos y servicios por el Cliente, con la finalidad de realizarles ofertas comerciales sobre productos y servicios de Telefónica Empresas.
Si como Cliente empresa no desea que utilicemos la información indicada con la citada finalidad, podrá comunicárnoslo enviando un email a XX_xxxxx@xxxxxxxxxx.xxx; o un escrito a Telefónica Empresas, Ref. Datos al Xxxxxxxx xx Xxxxxxx 00000, 00000 Xxxxxx. En todo caso, los interlocutores tendrán la facultad de oponerse a la recepción de comunicaciones comerciales a través de los mismos medios indicados anteriormente. Como Cliente es su responsabilidad facilitar esta información a los interlocutores cuyos datos se estén tratando por Telefónica Empresas en este contexto, e indicarles que podrán consultar el detalle en la web xxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxx.
Para cualquiera de las finalidades previstas en la Política de Privacidad Telefónica Empresas, Telefónica Empresas podrá encargar su tratamiento a proveedores de confianza. La relación actualizada de las categorías de dichos proveedores, así como de aquellos que realizan transferencias internacionales de datos en el ejercicio de sus funciones se recoge en xxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxx/xxxx-xxxxxxxxx.
Tanto el Cliente como los interlocutores, podrán siempre consultar el detalle de la Política de Privacidad de Telefónica Empresas en xxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxx o solicitando un ejemplar en el 1489 o en las Tiendas Movistar, así como ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad enviando un email a la dirección XX_xxxxx@xxxxxxxxxx.xxx, o dirigiendo un escrito al Xxxxxxxx xx Xxxxxxx 00000, 00000 Xxxxxx.
10. Uso correcto de los servicios.
El Cliente se compromete a realizar un uso razonable de los servicios y prestaciones que comprende Fusión Negocios así como de cualesquiera otros servicios conexos que Telefónica Empresas le preste. El Cliente será responsable frente a Telefónica Empresas de cualquier uso distinto del anterior que pueda causar un daño o perjuicio a Telefónica Empresas o a terceros y, en particular, de cualquier uso de los servicios de Telefónica Empresas con una finalidad que difiera de las comunicaciones de carácter estrictamente personal, en el caso de clientes particulares, o que suponga una reventa o comercialización de dichos servicios.
Sin perjuicio de cualesquiera otros que igualmente impliquen un uso distinto del contemplado en estas condiciones, serán considerados usos contrarios al buen uso, a título de ejemplo, los siguientes:1.- Llamadas dirigidas a números de servicios de redireccionamiento de llamadas, que impliquen la concentración o transformación del tráfico así como las llamadas dirigidas a números 908, de Red Inteligente (numeraciones especiales: 0xy, números cortos, numeración m2m, etc.).
2.- Asimismo, el uso de la tarjeta SIM en dispositivos distintos de los teléfonos móviles. Se excluye expresamente y se considera un caso de uso inadecuado, su utilización en centralitas, SIMBOX u otros elementos de concentración o transformación del tráfico o concebidos para la realización de llamadas masivas o para servicios de reencaminamiento de tráfico.
3.- Igualmente queda prohibido el uso de la facilidad de los SMS en conexión a una aplicación o a un dispositivo que permita la realización de envíos masivos (por ejemplo, un módem), o en general, el envío de SMS con cualquier otro fin que difiera del contemplado en este contrato.
4.- Tampoco podrán destinarse las posibilidades que ofrece el servicio, en cualquiera de sus prestaciones y facilidades, a finalidades de escucha o vigilancia remota, así como a cualquier conexión, con independencia de su duración, sin una finalidad de comunicación activa entre particulares.
5.- En el caso de las modalidades Fusión sobre Acceso Fijo Radio, serán adicionalmente consideradas cualesquiera otras condiciones de uso del acceso a internet que quedarán recogidas para el servicio Movistar Internet Radio en xxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxx.
En todos los casos mencionados, así como en cualesquiera otros que se produjeran igualmente en forma indebida o ajena a la finalidad de comunicación particular prevista para el servicio; Telefónica Empresas se reserva el derecho, tanto a la suspensión o interrupción definitiva del Servicio, (pudiendo si así lo decidiera supeditar el restablecimiento del mismo a la aportación por parte del cliente de las garantías solicitadas por Telefónica Empresas ), como al cobro del tráfico de cualquier tipo (SMS, llamadas, etc.) que se produjera fuera del uso debido del Servicio, siendo en ese caso tarificado al precio estándar de pago por uso, vigente en cada momento, según el Catálogo de precios de Telefónica Móviles España, S.A.U., publicado y disponible, perfectamente actualizado para su consulta, en la página web xxx.xxxxxxxx.xx, sin que en esos casos pueda ser de aplicación reducción alguna de precio asociada a Fusión o a cualquier otra promoción, franquicia de tráfico o módulo de ahorro que implique una disminución del precio de cualquier servicio actual o futuro.
Al margen de lo anterior, e igualmente dado un uso indebido del servicio según lo descrito, en previsión de futuros usos semejantes, Telefónica Empresas se reserva asimismo la posibilidad de asignar al cliente, previa comunicación al mismo, la modalidad de tarifa más acorde con los patrones de uso manifestados y sin perjuicio de cualquier otra que éste pueda considerar más conveniente de entre las disponibles comercialmente.
11. Modificación de Fusión Negocios.
Telefónica Empresas podrá modificar las presentes Condiciones Particulares por los siguientes motivos: variaciones de las características técnicas de los equipos o redes, cambios tecnológicos que afecten al producto, variaciones de las condiciones económicas existentes en el momento de la contratación del servicio y evolución xxx xxxxxxx.
Telefónica Empresas comunicará al Cliente la modificación de Fusión Negocios con un plazo de un (1) mes de antelación respecto del día en que deba ser efectiva dicha modificación. Las facultades de modificación de Telefónica Empresas no perjudican el derecho de resolución anticipada del contrato, reconocido al Cliente en la cláusula 6, sin perjuicio de otros compromisos adquiridos por el Cliente.
12. Cesión del Contrato.
El Cliente consiente en este acto la cesión, total o parcial, de cualesquiera derechos u obligaciones titularidad de Telefónica de España o de Telefónica Móviles España, S.A.U., derivados de las presentes Condiciones a las empresas del Grupo Telefónica, siempre que tal cesión no altere en forma alguna los citados derechos u obligaciones. Telefónica de España o Telefónica Móviles España, S.A.U., según corresponda, notificará al Cliente la cesión, con un mínimo de 15 días de antelación a cesión a la fecha en que deba producir efectos. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de baja en Fusión, la gestión del contrato y facturación relativa a dicha línea volverá a realizarla Telefónica Móviles España.
ANEXO I: Modalidades y precios
Respecto a aquellas modalidades de Fusión que contemplen la posibilidad de activar líneas móviles incluidas, no se exige que estas hayan sido dadas de alta con carácter previo a la contratación de la modalidad Fusión, o en el momento de contratar esta.
(1) Fusión Negocios 4: Con Fibra Simétrica 600 Mb, cuota mensual 140,50 € (170,01 € IVA incluido). Con ADSL Máxima Velocidad o Acceso Fijo Radio, cuota mensual 132 € (159,72 € IVA incluido). Compromiso de permanencia en la banda ancha fija y la línea móvil principal de 12 meses con una penalización máxima por incumplimiento de 190 €. Incluye: Desde el fijo: cuota de línea individual, internet 600 Mb/600 Mb (Fibra Simétrica 600 Mb) o internet hasta 20 Mb (ADSL Máxima Velocidad), llamadas ilimitadas a fijos, tarifa plana a móviles y bono de 1.000 minutos de llamadas internacionales. Desde el móvil: 4 líneas móviles (mínimo una, obligatoria como principal, resto opcionales) con las siguientes características: Llamadas ilimitadas, 500 SMS e internet móvil 15GB/mes a máxima velocidad, compatible con Movistar 4G. Incluye Multisim por cada línea móvil asociada. Compromiso de permanencia de 12 meses con una penalización máxima por incumplimiento de 100 € sobre cada una de las líneas móviles opcionales distintas de la principal. En caso de concurrir todas las penalizaciones por causa de baja en Fusión y las líneas móviles opcionales, deberá abonar una única penalización por un importe máximo de 490€. Esta modalidad conlleva la Tarifa Roaming de Empresas. Desvío inmediato: posibilidad de programar desvío de las llamadas entrantes a fijo, a cualquier numeración. Coste de desvío incluido en tarifa plana, con las excepciones comunes a todas las modalidades Fusión.
(2) Fusión Negocios 2: Con Fibra Simétrica 600 Mb, cuota mensual 95 € (114,95 € IVA incluido). Con ADSL Máxima Velocidad o Acceso Fijo Radio, cuota mensual 87 € (105,27 € IVA incluido). Compromiso de permanencia en la banda ancha fija y la línea móvil principal de 12 meses con una penalización máxima por incumplimiento de 190 €. Incluye: Desde el fijo: cuota de línea individual, internet 600 Mb/600 Mb (Fibra Simétrica 600 Mb) o internet hasta 20 Mb (ADSL Máxima Velocidad), llamadas ilimitadas a fijos, tarifa plana a móviles y bono de 1.000 minutos de llamadas internacionales. Desde el móvil: 2 líneas móviles con las siguientes características: Llamadas ilimitadas, 500 SMS e internet móvil 15GB/mes a máxima velocidad, compatible con Movistar 4G. Incluye Multisim por cada línea móvil asociada. Compromiso de permanencia de 12 meses con una penalización máxima por incumplimiento de 100 € sobre cada una de las líneas móviles opcionales distintas de la principal. En caso de concurrir todas las penalizaciones por causa de baja en Fusión y las líneas móviles opcionales, deberá abonar una única penalización por un importe máximo de 290€. Esta modalidad conlleva la Tarifa Roaming de Empresas. Desvío inmediato: posibilidad de programar desvío de las llamadas entrantes a fijo, a cualquier numeración. Coste de desvío incluido en tarifa plana, con las excepciones comunes a todas las modalidades Fusión.
(3) Fusión Negocios: Con Fibra Simétrica 600 Mb, cuota mensual 72 € (87,12 € IVA incluido). Con Fibra Simétrica 100 Mb / ADSL Máxima Velocidad / Acceso Fijo Radio, cuota mensual 62 € (75,02 € IVA incluido). Compromiso de permanencia en la banda ancha fija y la línea móvil principal de 12 meses con una penalización máxima por incumplimiento de 190 €. Incluye: Desde el fijo: cuota de línea individual, internet 600 Mb/600 Mb (Fibra Simétrica 600 Mb), internet 100 Mb/100 Mb (Fibra Simétrica 100 Mb) o internet hasta 20 Mb (ADSL Máxima Velocidad), llamadas ilimitadas a fijos y tarifa plana a móviles. Desde el móvil: Llamadas ilimitadas, 500 SMS e internet móvil 15GB/mes a máxima velocidad, compatible con Movistar 4G. Incluye una Multisim. Esta modalidad conlleva la Tarifa Roaming de Empresas. Desvío inmediato: posibilidad de programar desvío de las llamadas entrantes a fijo, a cualquier numeración. Coste de desvío incluido en tarifa plana, con las excepciones comunes a todas las modalidades Fusión.
Países a los que aplica el Bono Internacional 1.000: Alemania, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Bulgaria, Canadá, Chile, China, Chipre, Colombia, Xxxxx Rica, Croacia, Dinamarca, Ecuador, Egipto, El Xxxxxxxx, Eslovaquia, Eslovenia, Estados Unidos, Estonia, Finlandia, Francia, Gibraltar, Xxxxxx, Xxxxxxxxx, Guayana Francesa, Guatemala, Holanda, Honduras, Hong Kong, Hungría, India, Indonesia, Xxxxxxx, Xxxxxx, Islandia, Italia, Japón, Jersey, Kuwait, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malasia, Malta, Méjico, Nicaragua, Noruega, Nueva Zelanda, Pakistán, Panamá, Perú, Polonia, Portugal, Puerto Rico, Reino Unido, Reunión, República Checa, Republica Dominicana, Rumania, Rusia, Singapur, Sudáfrica Suecia, Suiza, Tailandia, Taiwán, Turquía, Ucrania, Uruguay y Venezuela.
En Península y Baleares aplica el IVA 21%, en Ceuta IPSI 10%, en Melilla IPSI 8% y en Canarias IGIC 3% para los servicios de Telecomunicaciones y 6,5% para el resto de servicios. En todas las modalidades de Fusión Negocios, las llamadas y SMS/MMS incluidos son interpersonales. Asimismo, las llamadas fijas son con destino nacional y las llamadas, SMS y navegación con internet móvil son con origen y destino nacional y también a Unión Europea, Islandia, Liechtenstein y Noruega. Quedan excluidas de todas las franquicias las llamadas dirigidas a números de tarifas especiales (902, 901, 060, 0XY, 118AB…, entre otros) y de tarificación adicional (905, 80X), tráfico roaming originado o con destino zona 2, zona 3 o coberturas especiales, llamadas y SMS internacionales (origen España y destino cualquier otro país) y servicios Premium.