DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA
III. Otras Disposiciones y Acuerdos
DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA
ORDEN PRE/526/2018, de 19 xx xxxxx, por la que se dispone la publicación del conve- nio de colaboración entre el Gobierno xx Xxxxxx y la Sociedad para la Promoción y Desarrollo Empresarial xx Xxxxxx S.A., para la colaboración en la financiación y apoyo a nuevas empresas y emprendedores.
Inscrito en el Registro General de Convenios con el número 2018/7/0028 el convenio de colaboración suscrito, con fecha 7 xx xxxxx de 2018, por el Consejero del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad y el Presidente del Consejo de Administración de la “So- ciedad para la Promoción y Desarrollo Empresarial xx Xxxxxx S.A.”, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comu- nidad Autónoma xx Xxxxxx y 13 del Decreto 57/2012, de 7 xx xxxxx, del Gobierno xx Xxxxxx, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, he resuelto:
Ordenar la publicación del citado convenio que figura como anexo de esta orden, en el “Boletín Oficial xx Xxxxxx”.
Zaragoza, 19 xx xxxxx de 2018.
El Consejero de Presidencia, XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX
ANEXO
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO XX XXXXXX Y LA SOCIEDAD PARA LA PROMOCIÓN Y DESARROLLO EMPRESARIAL XX XXXXXX S.A., PARA LA COLABORACIÓN EN LA FINANCIACIÓN Y APOYO A NUEVAS EMPRESAS
Y EMPRENDEDORES
En Zaragoza, a 7 xx xxxxx de 2018.
REUNIDOS
De una parte, Sr. D. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno xx Xxxxxx, facultado para este acto por Acuerdo del Go- bierno xx Xxxxxx, celebrado el día 23 de enero de 2018.
De otra parte, D. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx en calidad de Presidente del Consejo de Administración de la “Sociedad para la Promoción y Desarrollo Empresarial xx Xxxxxx S.A.” (en adelante SUMA Teruel), con domicilio en Xxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx, 00 y con CIF número X-00000000.
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica para obligarse en este con- venio de colaboración, y a tal efecto,
EXPONEN
I. El desarrollo local participativo es uno de los objetivos temáticos comunes acordados para los Fondos Estructurales y de Inversión de la Unión Europea en la comunicación “Europa 2020: Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador”, que la Comi- sión Europea presentó el 3 xx xxxxx de 2010.
csv: BOA20180404017
La implementación del desarrollo local LEADER en un territorio determinado se realiza mediante un conjunto coherente de operaciones al que se denomina estrategia de desarrollo local LEADER (EDLL), cuyo fin es satisfacer objetivos y necesidades locales, y que es dise- ñado y puesto en práctica por un Grupo de Acción Local, en el que participan los sectores público y privado de dicho territorio. Las EDLL deben contemplar diversas líneas de ayudas a promotores en el medio rural y a infraestructuras y servicios sociales, así como otro tipo de acciones que se consideren de interés para las zonas en que las estrategias se implementen. El Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, tiene entres sus fines favorecer el de- sarrollo de las zonas rurales, uno de los instrumentos importantes para conseguirlo son las
estrategias participadas e integradas de desarrollo local LEADER diversificación económica. En la provincia xx Xxxxxx, en el periodo 2014-2020, se han seleccionado 7 estrategias LEADER que cubren la totalidad del territorio.
II. SUMA Xxxxxx, es una Sociedad pública que tiene por objeto el fomento de la actividad empresarial en la provincia xx Xxxxxx, contribuyendo al desarrollo y la dinamización de la misma mediante la financiación de proyectos empresariales. Su actividad consiste en prestar un apoyo financiero especializado, la concesión de préstamos, a favor de las empresas esta- blecidas o que se establezcan en Teruel y que desarrollen proyectos empresariales con viabi- lidad técnica, económica y financiera. El Gobierno xx Xxxxxx tiene una participación del 33 % en la misma.
III. La actividad de ambos coincide en apoyar la creación y consolidación en la provincia xx Xxxxxx de un tejido de empresarial, como pieza básica para contribuir al desarrollo empre- sarial y socioeconómico de los territorios rurales; servir de ayuda a todos los emprendedores y empresarios para que todos los proyectos tengan su oportunidad de desarrollo; fomentar la iniciativa emprendedora, favoreciendo la inversión, pero también contribuir al mantenimiento y ampliación de las empresas existentes.
Las partes apuestan por la cooperación y búsqueda de nuevas líneas de trabajo que sirvan para corregir las debilidades de las zonas rurales. Por ello consideran conveniente establecer los mecanismos de colaboración para la mejor financiación de proyectos empresa- riales y emprendedores de la provincia xx Xxxxxx.
IV. El presente convenio pretende establecer un proceso sencillo y ágil que permita a las empresas y los emprendedores solicitar de manera coordinada tanto subvenciones de la me- dida LEADER como un préstamo o microcrédito a SUMA Xxxxxx, a partir de la compatibilidad y complementariedad de ambas fuentes de financiación.
Esta colaboración supone un refuerzo de los proyectos, en la medida de que se mejora su análisis compaginando el análisis de proximidad al entorno y al emprendedor propio de LEADER y un análisis más técnico y financiero propio de XXXX. También se asegura el uso de los fondos comprometidos por ambas partes y el mejor seguimiento. Igualmente se hace un uso más eficiente de los recursos públicos, circunstancias que justifican, conforme al ar- tículo 48.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que la suscripción del mismo mejorará la eficiencia de la gestión pública, facilitará la utilización conjunta de medios y servicios públicos, contribuirá a la realización de actividades de utilidad pública y al cumplimiento con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad fi- nanciera.
V. Este convenio se encuentra recogido dentro de los supuestos enumerados en el artículo
47.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, legisla- ción básica en esta materia, siéndole aplicable la misma, sin perjuicio de las especialidades que al respecto se establecen en la normativa autonómica.
VI. De acuerdo con lo anteriormente expuesto, las partes consideran necesario suscribir el presente convenio, de conformidad con lo establecido en las siguientes,
Primera.— Objeto.
CLÁUSULAS
1. El objeto de este convenio es establecer mecanismos de cooperación entre el Gobierno xx Xxxxxx y SUMA Xxxxxx con la finalidad de potenciar, fortalecer y diversificar el tejido em- presarial del entorno rural de la provincia xx Xxxxxx.
csv: BOA20180404017
2. Este objetivo se llevará a cabo a través de la puesta en común, con consentimiento del posible beneficiario, de la información que conste en las bases de datos del Gobierno xx Xxxxxx y de los Grupos de Acción Local de la provincia xx Xxxxxx de los solicitantes de ayudas LEADER relativos a éstas para que los mismos, sin que deban presentar nuevamente la do- cumentación, puedan solicitar como complemento de la ayuda otorgada, la financiación a proyectos empresariales, existentes o de nueva creación, que tengan un centro de trabajo en la provincia xx Xxxxxx o que tengan prevista su apertura. Este procedimiento será recíproco para los solicitantes de financiación a través de SUMA Xxxxxx que soliciten posteriormente subvención a un Grupo LEADER de la provincia xx Xxxxxx.
Segunda.— Funcionamiento del convenio.
1. Requisitos Generales:
a) Sin perjuicio de que el acceso a la financiación está dirigida a todo tipo de empresas y/o autónomos, se priorizará a aquellos que les resulta más difícil el acceso a la financia- ción ordinaria: empresas nueva creación, jóvenes, proyectos novedosos, promotores con pocos recursos o sin apoyo de su entorno. Las ayudas de los Grupos se otorgarán en concurrencia competitiva según los criterios de selección establecidos en sus estra- tegias de desarrollo.
b) Para el acceso a las subvenciones y los créditos, los solicitantes deberán cumplir con los requisitos y plazos planteados tanto en las convocatorias anuales de las ayudas LEADER para la realización de operaciones conforme a las estrategias de desarrollo local LEADER en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Xxxxxx 2014-2020 como los requisitos para el acceso a los créditos gestionados por SUMA Xxxxxx.
c) La decisión de financiar o no un proyecto corresponderá exclusivamente a SUMA Teruel, la de otorgar una subvención al Grupo de Acción Local correspondiente.
2. Operativa:
a) La documentación que deberán presentar las empresas interesadas o autónomos para obtener las mencionadas ayudas LEADER y la financiación mediante préstamos de SUMA Xxxxxx será exigida para cada actuación, de conformidad con las convocatorias anuales de ayudas LEADER, documentación que se depositará en las oficinas del grupo LEADER al que pertenezca el municipio donde se va a desarrollar la actividad. Las partes se intercambiarán la información y documentación precisa para decidir res- pecto a los procedimientos de su competencia.
b) Se requerirá consentimiento expreso del solicitante, recabado en la solicitud de ayuda LEADER o de la solicitud de financiación a SUMA Xxxxxx, para intercambiar la informa- ción y documentación antedicha.
c) El grupo LEADER, recogerá los proyectos presentados y remitirá a SUMA Xxxxxx aque- llos que considere susceptibles de formar parte de este convenio y de los que el pro- motor manifieste su voluntad de solicitar tanto el préstamo como la subvención LEADER. El procedimiento será recíproco para los proyectos presentados a SUMA Teruel.
d) La decisión de aprobar un proyecto tanto por LEADER como por XXXX Xxxxxx son in- dependientes. La concesión de una ayuda LEADER no conlleva la obligatoriedad de otorgar un préstamo de SUMA Xxxxxx, ni viceversa.
Tercera.— Compromisos de las partes.
1. Ambas partes se obligan a divulgar los instrumentos de apoyo empresarial a la otra parte y simplificar la gestión de ayudas financieras por los emprendedores, mediante:
a) La información que cada una de las partes tenga de la otra a partir de la relación activa entre ambas partes en orden a comunicar las vías y condiciones de los apoyos.
b) La recogida, con el consentimiento expreso del emprendedor, de la documentación precisa para evaluar el proyecto por ambas partes.
c) Asesorando a los emprendedores sobre el modo de plantear las solicitudes de apoyo.
2. Obligaciones de SUMA.
a) SUMA Xxxxxx financiará estos proyectos con cargo al Fondo de Financiación de Em- presas del Fondo de Inversiones xx Xxxxxx.
b) Colaborar en la difusión de la firma del convenio, aportación de materiales de comuni- cación (fichas, carpetas…) al LEADER y formación al personal de LEADER si se es- tima conveniente.
c) Atención personalizada a los proyectos que soliciten información: por e-mail, telefónica y/o presencial cuando sea necesario.
d) Informar a los Grupos de Acción Local LEADER de la provincia xx Xxxxxx de la aproba- ción o denegación del proyecto y de la formalización en su caso xxx xxxxxxxx.
3. Obligaciones del Gobierno xx Xxxxxx.
csv: BOA20180404017
a) Colaboración en la difusión de la firma del convenio.
b) Informar a los proyectos que soliciten las ayudas del grupo LEADER sobre el convenio y la posibilidad de ser financiados por SUMA Xxxxxx, principalmente a proyectos de creación de nuevas empresas y la Línea de Emprendedores y Creación de Empresas.
c) Remitir la documentación sobre el proyecto a SUMA Teruel si cuenta con la aprobación del emprendedor.
d) Ser el interlocutor entre emprendedor y SUMA Teruel.
e) Informar a SUMA Xxxxxx de la aprobación o denegación de la solicitud de subvención del proyecto y del cobro de las subvenciones.
4. Las obligaciones del Gobierno xx Xxxxxx objeto de este convenio se realizarán a través de los distintos grupos Leader en el marco de los Convenios suscritos por el Gobierno xx Xxxxxx y los Grupos Leader.
5. Ambas partes se comprometen a colaborar en la solicitud de información a los promo- tores, el análisis del proyecto y el posterior seguimiento. Igualmente se comprometen a ela- borar un informe anual sobre el seguimiento del convenio así como al posible planteamiento de cambios y mejoras.
Cuarta.— Duración del convenio.
1. El presente convenio extenderá sus efectos tres años desde la firma del mismo y se circunscribe exclusivamente al cumplimiento del objeto definido en las cláusulas anteriores.
2. El presente convenio podrá ser prorrogado, por periodo similar por mutuo acuerdo de las partes, antes de que finalice su plazo de vigencia, mediante adenda, donde se establezca el nuevo plazo y el programa de funcionamiento.
3. La modificación del convenio se llevará a cabo mediante adenda al mismo, por mutuo acuerdo de las partes.
Quinta.— Extinción del convenio.
1. El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que consti- tuyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
2. Son causas de resolución del presente convenio, sin perjuicio de aquellas legalmente previstas, las siguientes:
a) El incumplimiento de las obligaciones impuestas en el mismo.
b) La imposibilidad sobrevenida.
c) El mutuo acuerdo de las partes firmantes, debiendo constar el mismo por escrito.
d) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.
e) La denuncia de una de las partes realizada por escrito, con una antelación mínima de tres meses.
Sexta.— Contenido económico del convenio.
Este convenio no establece obligaciones económicas para las partes.
Séptima.— Comisión de seguimiento.
1. Se constituye una Comisión de seguimiento de este convenio, compuesta por un miembro designado por cada una de las partes y por otro designado por los Grupos de Acción Local xx Xxxxxx.
2. La Comisión se reunirá al menos una vez al año, para analizar el resultado de la aplica- ción del convenio y proponer, en su caso modificaciones o mejoras.
3. La comisión de seguimiento se sujeta, sin perjuicio de las previsiones específicas con- tenidas en el convenio, a las reglas de organización y funcionamiento para los órganos cole- giados previstas en la normativa vigente en materia de organización y régimen jurídico del sector público autonómico xx Xxxxxx, así como a las disposiciones de la Ley 40/2015, de 1 de octubre en esta materia en aquellas cuestiones que son normativa básica.
Octava.— Naturaleza jurídica.
1. El presente convenio tiene naturaleza administrativa. De conformidad con lo dispuesto la legislación vigente en materia de contratación del Sector Público, el convenio se rige por los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx y demás normativa que resulte de aplicación.
csv: BOA20180404017
2. La resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan surgir en la ejecución de este convenio corresponderá a la Comisión de Seguimiento y en defecto de acuerdo al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio por duplicado en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.